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TECPETROL S.A. — Capital/Financing Update 2025
Oct 13, 2025
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Capital/Financing Update
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SUPLEMENTO DE PROSPECTO
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TECPETROL S.A.
OBLIGACIONES NEGOCIABLES SIMPLES (NO CONVERTIBLES EN ACCIONES) CLASE 11 DENOMINADAS, SUSCRIPTAS, INTEGRADAS Y PAGADERAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES EN ARGENTINA, A TASA DE INTERÉS FIJA NOMINAL ANUAL, CON VENCIMIENTO A LOS 24 MESES CONTADOS DESDE LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN POR UN VALOR NOMINAL TOTAL DE HASTA US$50.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MILLONES) AMPLIABLE HASTA EL MONTO MÁXIMO DE EMISIÓN.
Las Obligaciones Negociables serán emitidas en el marco del Programa de Obligaciones Negociables Simples (No Convertibles en Acciones) por hasta US$ 2.000.000.000 (Dólares Estadounidenses dos mil millones) (o su equivalente en otras monedas o unidades de medida o valor)
El presente suplemento de prospecto (el “ Suplemento ”) corresponde a las obligaciones negociables clase 11 denominadas, suscriptas, integradas y pagaderas en Dólares Estadounidenses en Argentina a tasa de interés fija nominal anual a licitar, con vencimiento a los 24 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación (las “ Obligaciones Negociables Clase 11 ” o las “ Obligaciones Negociables ”, indistintamente) a ser emitidas por Tecpetrol S.A. (indistintamente, la “ Sociedad ”, “ Tecpetrol ”, o la “ Emisora ”) bajo el Programa de Emisión de Obligaciones Negociables Simples (No Convertibles en Acciones) por hasta US$2.000.000.000 (Dólares Estadounidenses dos mil millones) (o su equivalente en otras monedas o unidades de medida o valor) (el “ Programa ”), según se detalla en la sección “ Oferta de las Obligaciones Negociables ”. El presente Suplemento complementa y deberá ser leído junto con el prospecto del Programa de fecha 22 de abril de 2025 (el “ Prospecto ”) el cual se encuentra a disposición del público inversor en las oficinas de la Emisora, así como en la página web de la CNV (www.cnv.gob.ar) a través de la Autopista de la Información Financiera (la “ Página Web de la CNV ”) y en la página web de A3 Mercados S.A. (https://a3mercados.com.ar/) (la “ Página Web de A3 Mercados ” y “ A3 Mercados ”, respectivamente). Los responsables del presente Suplemento manifiestan, con carácter de declaración jurada, que la totalidad de los términos y condiciones en el presente se encuentran vigentes.
El valor nominal de las Obligaciones Negociables a ser emitido no podrá superar el monto de US$50.000.000 (Dólares Estadounidenses cincuenta millones) ampliable hasta el monto disponible del Programa (el “ Monto Máximo de Emisión ”) y será informado oportunamente a través de un aviso complementario al presente Suplemento informando el resultado de la colocación que se publicará en el sitio web de la CNV, www.cnv.gob.ar (la “ AIF ”), en la Página Web de la Compañía (según se define más adelante), en Página Web de A3 Mercados y por un Día Hábil (según se define a continuación) en el Boletín Diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “ BCBA ”), luego del cierre del Período de Licitación Pública (según este término se define más adelante) (el “ Aviso de Resultados ”).
Las Obligaciones Negociables serán obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones y no subordinadas, emitidas y colocadas conforme a la Ley de Obligaciones Negociables Nº23.576 y sus modificatorias y complementarias (la “ Ley de Obligaciones Negociables ”), y las normas de la Comisión Nacional de Valores (la “ CNV ”) (T.O. Resolución General N°622/2013 y sus modificaciones) (las “ Normas de la CNV ”), que tendrán derecho a los beneficios establecidos en dichas normas y estarán sujetas a los requisitos de procedimiento previstos en la Ley de Obligaciones Negociables. Asimismo, resultarán aplicables la Ley General de Sociedades Nº19.550 y sus enmiendas (T.O. 1984) (la “ LGS ”), la Ley de Mercado de Capitales Nº26.831, modificada por la Ley de Financiamiento Productivo N°27.440 (la “ Ley de Mercado de Capitales ”) y demás modificatorias y normas vigentes.
El Programa no cuenta con calificación de riesgo. Las Obligaciones Negociables contarán con una o más calificaciones de riesgo otorgadas por una o más calificadoras de riesgo, las cuales serán informadas mediante un aviso complementario al presente Suplemento de Prospecto. Las actualizaciones de las calificaciones estarán disponibles en la AIF. Las calificaciones de riesgo no constituirán -ni podrán ser consideradas como- una recomendación de adquisición de las Obligaciones Negociables por parte de la Emisora o por parte de cualquier agente colocador participante en una Clase y/o Clase bajo el Programa.
La Emisora ha solicitado autorización a Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“ BYMA ”) y al A3 Mercados para el listado y negociación de las Obligaciones Negociables.
La Emisora podrá declarar desierto el proceso de adjudicación de las Obligaciones Negociables, lo cual implicará que podrá no emitirse Obligación Negociable alguna.
Claudio G. Gugliuzza Subdelegado Tecpetrol S.A.
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Invertir en obligaciones negociables de Tecpetrol conlleva riesgos. Todo eventual inversor deberá leer cuidadosamente los factores de riesgo contenidos en el presente Suplemento y en el Prospecto. Véase la sección titulada “Factores de Riesgo” en este Suplemento, el Prospecto y en cualquier documento incorporado por referencia.
La oferta pública de las Obligaciones Negociables que se describen en este Suplemento se encuentra comprendida dentro de la autorización de oferta pública otorgada por la CNV al Programa, en el marco de lo establecido por el artículo 41 del Título II del Capítulo V de las Normas de la CNV. Este Suplemento no ha sido previamente revisado ni conformado por la CNV. De acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 51 del Título II del Capítulo V de las Normas de la CNV, dentro de los cinco días hábiles de suscriptas las Obligaciones Negociables la Emisora presentará la documentación definitiva relativa a las mismas.
La creación del Programa fue autorizada por Resolución de la CNV N° RESFC-2017-18994-APN-DIR#CNV de fecha 30 de octubre de 2017 y la prórroga de vigencia del Programa mediante Disposición DI-2022-7-APN-GE#CNV de fecha 21 de abril de 2022. Asimismo, el aumento del monto del Programa por hasta US$ 2.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas o unidades de medida o valor) y la actualización de la información comercial, contable y financiera, así como toda otra información contenida en el Prospecto fue autorizada por la CNV mediante DI-2025-59-APN-GE#CNV de fecha 15 de abril de 2025. Esta autorización sólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La CNV no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el Prospecto y/o en este Suplemento. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el Prospecto y/o en este Suplemento, según fuera el caso, es exclusiva responsabilidad del Directorio y, en lo que les atañe, del órgano de fiscalización de la Sociedad y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados contables que se acompañan y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley de Mercado de Capitales. El Directorio manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el Prospecto y este Suplemento contienen, a la fecha de su publicación, información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de la Sociedad y de toda aquélla que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes. La Emisora asume expresamente la responsabilidad por las declaraciones realizadas en los Prospectos y Suplementos, y por la completitud en la divulgación de los riesgos involucrados y la situación actualizada de la Emisora, incluyendo toda información que cualquier inversor razonable debe conocer para adoptar decisiones fundadas respecto de la colocación y posterior negociación de la serie o clase a emitir. La Emisora declara, bajo juramento, que los datos consignados en el Suplemento son correctos y completos, que no se ha omitido ni falseado dato alguno que deba contener, y que el contenido del mismo constituye fiel expresión de la verdad.
La Emisora manifiesta conocer las penalidades previstas por los artículos 172, 293 y 309 del Código Penal de la Nación Argentina, relativas al fraude y a la falsedad en documentos, respectivamente.
El Directorio de la Emisora manifiesta con carácter de declaración jurada que la Emisora, sus beneficiarios finales, y las personas físicas o jurídicas que poseen como mínimo el 10% de su capital o de los derechos a voto, o que por otros medios ejercen el control final, directo o indirecto sobre la misma, no registran condenas por delitos de lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo y/o no figuran en las listas de terroristas y organizaciones terroristas emitidas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Tecpetrol S.A. - CUIT: 30-59266547-2 Teléfono: (+54 11) 4018-5900 Pasaje Carlos M. Della Paolera 297/299, piso 16°, C1001ADA Ciudad de Buenos Aires - República Argentina [email protected] / www.tecpetrol.com
Los Artículos 119 y 120 de la Ley de Mercado de Capitales establecen, respecto a la información del prospecto y del suplemento de prospecto, que los emisores de valores, juntamente con los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, estos últimos en materia de su competencia, y en su caso los oferentes de los valores con relación a la información vinculada a los mismos, y las personas que firmen el prospecto de una emisión de valores con oferta pública, serán responsables de toda la información incluida en los prospectos y suplementos de prospecto por ellos registrados ante la CNV. Las entidades y agentes intermediarios en el mercado que participen como organizadores o colocadores en una oferta pública de venta o compra de valores deberán revisar diligentemente la información contenida en los prospectos y suplementos de prospecto de la oferta. Los expertos o terceros que opinen sobre ciertas partes del prospecto y del suplemento de prospecto sólo serán responsables por la parte de dicha información sobre la que han emitido opinión.
LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES NO CUMPLEN CON LOS REQUISITOS PREVISTOS EN EL DECRETO N° 621/2021 AL SER OBLIGACIONES NEGOCIABLES DENOMINADAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES.
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Agentes Colocadores
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Balanz Capital Valores S.A.U.
Banco Santander Argentina S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N° 210
Agente de Liquidación y Compensación Agente de Liquidación Integral Matrícula CNV N° 72
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Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A.U.
Macro Securities S.A.U.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N° 59
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N° 74
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Facimex Valores S.A.
Banco de la Provincia de Buenos Aires
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N° 99 Matrícula CNV N° 43
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Invertir en Bolsa S.A.
Banco Patagonia S.A.
Agente de Compensación y Liquidación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N° 246
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral. Matrícula CNV N° 66
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Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.
- Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N° 22
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Allaria S.A.
- Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N° 24
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Industrial Valores S.A.
Agente de Liquidación y Compensación Propio Matrícula CNV N° 153
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PP Inversiones S.A.
Agente de Liquidación y Compensación Integral Matrícula CNV N° 686
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SBS Trading S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV Nº 53
Banco BBVA Argentina S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N° 42
Cono Sur Inversiones S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Propio Matrícula CNV N° 628
La fecha de este Suplemento es 13 de octubre de 2025.
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ÍNDICE
| AVISO A LOS INVERSORES Y DECLARACIONES | 5 |
|---|---|
| INFORMACIÓN ELEMENTAL SOBRE LA EMISORA | 6 |
| APROBACIONES SOCIETARIAS | 6 |
| PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO | 6 |
| OFERTA DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES | 7 |
| DESTINO DE LOS FONDOS | 14 |
| PLAN DE DISTRIBUCIÓN | 15 |
| FACTORES DE RIESGO | 23 |
| INFORMACIÓN FINANCIERA | 29 |
| GASTOS DE EMISIÓN | 47 |
| CONTRATO DE COLOCACIÓN | 48 |
| HECHOS POSTERIORES AL CIERRE | 49 |
| INFORMACIÓN ADICIONAL | 52 |
AVISO A LOS INVERSORES Y DECLARACIONES
Antes de tomar decisiones de inversión respecto de las Obligaciones Negociables, el público inversor deberá considerar la totalidad de la información contenida en el Prospecto y en este Suplemento (complementados y/o modificados, en su caso, por los avisos, actualizaciones y/o suplementos correspondientes).
Para obtener información relativa a la normativa vigente en materia de prevención del lavado de activos, control de cambios y carga tributaria, véase “ XVI. Información Adicional— Régimen de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo ” del Prospecto.
Al tomar decisiones de inversión respecto de las Obligaciones Negociables, el público inversor deberá basarse en su propio análisis de la Emisora, de los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables y de los beneficios y riesgos involucrados. El Prospecto y este Suplemento constituyen los documentos básicos a través de los cuales se realiza la oferta pública de las Obligaciones Negociables. El contenido del Prospecto y/o de este Suplemento no debe ser interpretado como asesoramiento legal, comercial, financiero, cambiario, impositivo y/o de otro tipo por parte de la Emisora y/o de los Agentes Colocadores. El público inversor deberá consultar con sus propios asesores respecto de los aspectos legales, comerciales, financieros, cambiarios, impositivos y/o de otro tipo relacionados con su inversión en las Obligaciones Negociables.
Asimismo, los inversores no residentes deberán considerar las regulaciones cambiarias vigentes en Argentina que les impiden acceder al mercado local de cambios para repatriar el producido de su inversión en las Obligaciones Negociables, y que las mismas pueden modificarse y/o agravarse en el futuro.
No se ha autorizado a ningún agente colocador y/u otra persona a brindar información y/o efectuar declaraciones respecto de la Emisora y/o de las Obligaciones Negociables que no estén contenidas en el Prospecto y/o en el presente Suplemento y, si se brindara y/o efectuara, dicha información y/o declaraciones no podrán ser consideradas autorizadas y/o consentidas por la Emisora y/o los Agentes Colocadores.
Ni el Prospecto ni este Suplemento constituyen o constituirán una oferta de venta, y/o una invitación a formular órdenes de compra, de las Obligaciones Negociables en aquellas jurisdicciones en que la realización de dicha oferta y/o invitación no fuera permitida por las normas vigentes. El público inversor deberá cumplir con todas las normas vigentes en cualquier jurisdicción en que comprara, ofreciera y/o vendiera las Obligaciones Negociables y/o en la que poseyera, consultara y/o distribuyera el Prospecto y/o este Suplemento y deberá obtener los consentimientos, las aprobaciones y/o los permisos para la compra, oferta y/o venta de las Obligaciones Negociables requeridos por las normas vigentes en cualquier jurisdicción a la que se encontraran sujetos y/o en la que realizaran tales compras, ofertas y/o ventas. Ni la Emisora ni los Agentes Colocadores tendrán responsabilidad alguna por incumplimientos a dichas normas vigentes.
La información contenida en el Prospecto y/o en este Suplemento corresponde a las respectivas fechas consignadas en los mismos y podrá sufrir cambios en el futuro. Ni la entrega del Prospecto y/o de este Suplemento, ni el ofrecimiento y/o venta de Obligaciones Negociables en virtud de los mismos, en ninguna circunstancia significará que la información contenida en el Prospecto es correcta en cualquier fecha posterior a la fecha del Prospecto y/o que la información contenida en el presente Suplemento es correcta en cualquier fecha posterior a la fecha del presente Suplemento, según corresponda.
La información contenida en el Prospecto y/o en este Suplemento con respecto a la situación política, legal y económica de Argentina ha sido obtenida de fuentes gubernamentales y otras fuentes públicas y la Emisora no es responsable de su veracidad. El Prospecto y/o este Suplemento contienen resúmenes, que la Emisora considera precisos, de ciertos documentos de la Emisora. Los resúmenes contenidos en el Prospecto y/o en este Suplemento se encuentran condicionados en su totalidad a esas referencias.
DEFINICIONES
A los fines de este Suplemento, “Argentina” significa la República Argentina, “Pesos”, “Ps.” o “$” significa la moneda de curso legal en la Argentina, “Estados Unidos” significa los Estados Unidos de América, “Dólares” o “US$” o “Dólares Estadounidenses” significa la moneda de curso legal en los Estados Unidos, y “Banco Central” significa Banco Central de la República Argentina. Las referencias a cualquier norma contenida en el presente Suplemento son referencias a las normas en cuestión incluyendo sus modificatorias y reglamentarias.
INFORMACIÓN ELEMENTAL SOBRE LA EMISORA
La Emisora es una compañía que realiza actividades de exploración, explotación y transporte de petróleo y gas en Argentina. Para mayor información, véase la página web institucional de la Emisora (http://www.tecpetrol.com) (la “ Página Web de la Compañía ”) e “ Información sobre la Emisora ” del Prospecto.
APROBACIONES SOCIETARIAS
La creación y los términos y condiciones generales del Programa y de las Obligaciones Negociables fueron aprobados en la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad de fecha 15 de mayo de 2017 y por el Directorio de la Sociedad con fecha 30 de agosto de 2017. El 27 de diciembre de 2019, mediante Asamblea Extraordinaria se resolvió renovar las facultades oportunamente delegadas al Directorio con fecha 15 de mayo de 2017. La extensión del plazo de vigencia y la modificación de ciertos términos y condiciones del Programa fue aprobada por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de fecha 23 de marzo de 2022 y por el Directorio de la Sociedad con fecha 23 de marzo de 2022. Mediante Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha 08 de marzo de 2024 se resolvió renovar nuevamente las facultades oportunamente delegadas al Directorio con fecha 15 de mayo de 2017. Mediante Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha 18 de marzo de 2025 se resolvió renovar nuevamente las facultades oportunamente delegadas al Directorio con fecha 15 de mayo de 2017 y renovadas en fecha 8 de marzo de 2024 y autorizar la ampliación del monto del Programa por hasta US$ 2.000.000.000 (Dólares dos mil millones). El aumento del monto del Programa y la aprobación de la actualización de la información comercial, contable y financiera, así como toda otra información contenida en el Prospecto fue autorizada por el Directorio de la Sociedad con fecha 18 de marzo de 2025. Conforme con las facultades delegadas en virtud de la mencionada asamblea de accionistas de la Sociedad, el Directorio de la Sociedad aprobó los términos y condiciones particulares de las Obligaciones Negociables en su reunión de fecha 9 de octubre de 2025.
PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO
La Emisora y/o los Agentes Colocadores podrán requerir a quienes deseen suscribir y a los tenedores de las Obligaciones Negociables, información relacionada con el cumplimiento del régimen de Prevención del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo conforme con lo dispuesto por la Ley N°25.246, la Ley N°26.733, la Ley N°27.739 sus modificaciones y reglamentaciones, o por disposiciones, resoluciones o requerimientos de la Unidad de Información Financiera, de la CNV o del Banco Central. La Emisora podrá rechazar las suscripciones cuando quien desee suscribir las Obligaciones Negociables no proporcione, a satisfacción de la Emisora y de los Agentes Colocadores, la información y documentación solicitada. Para mayor información, véase “ XVI. Información Adicional— Régimen de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo ” del Prospecto.
OFERTA DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES
La siguiente constituye una descripción de los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables ofrecidas por el presente y complementa la información incluida en el Prospecto y cualquier declaración allí contenida será considerada modificada en la medida en que una declaración en el presente la modifique, lo que sólo podrá realizarse en beneficio de los inversores. En el presente Suplemento, los términos utilizados y no definidos mantendrán los respectivos significados que se les otorga en el Prospecto.
Términos y condiciones de las Obligaciones Negociables:
| Emisora: | Tecpetrol S.A. |
|---|---|
| Agentes Colocadores: | Balanz Capital Valores S.A.U., Banco Santander Argentina S.A., Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., Industrial and Commercial Bank of China Argentina S.A.U., Macro Securities S.A.U., Allaria S.A., Facimex Valores S.A., Banco de la Provincia de Buenos Aires, Industrial Valores S.A., Invertir en Bolsa S.A., Banco Patagonia S.A., PP Inversiones S.A., SBS Trading S.A., Banco BBVA Argentina S.A. y Cono Sur Inversiones S.A. |
| Descripción: | Obligaciones Negociables Clase 11. |
| Moneda de Denominación y Pago: | Las Obligaciones Negociables estarán denominadas en Dólares Estadounidenses. Conforme lo establecido en el Artículo 4° de la Ley de Obligaciones Negociables, cualquier pago en virtud de las Obligaciones Negociables será realizado única y exclusivamente en Dólares Estadounidenses, no teniendo efecto cancelatorio ningún pago realizado en cualquier otra moneda que no fuera Dólares Estadounidenses, siendo de estricta aplicación lo establecido en el artículo 765 del Código Civil y Comercial de la Nación (el “CCCN”), conforme fuera modificado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 (publicado en el Boletín Oficial el 21 de diciembre de 2023) (el “DNU 70/23”). En caso de que recobre vigencia el artículo 765 del CCCN conforme la redacción previa al dictado del DNU 70/23, la Emisora renuncia a liberarse de sus obligaciones de pago dando el equivalente en moneda de curso legal, no teniendo efecto cancelatorio ningún pago realizado en cualquier otra moneda que no fuera Dólares Estadounidenses. La Emisora renuncia a invocar en el futuro la norma de los artículos 1077 a 1079 del CCCN, teoría de la imprevisión, caso fortuito, fuerza mayor, acto del príncipe, lesión subjetiva, imposibilidad de pago, abuso del derecho, abuso de posición dominante, frustración de la finalidad, principios de equidad, esfuerzo compartido o cualquier otro derecho, y/o cualquier otra doctrina, figura o instituto, creado o a crearse en el futuro, legal, jurisprudencial o doctrinariamente, o cualquier otra similar que en base a presuntas e imprevisibles alteraciones en los mercados (o de cualquier otro tipo) persiga el propósito de alterar el compromiso de la Emisora en relación con lo previsto en el presente Suplemento. |
| Monto Máximo de Emisión: | El valor nominal de las Obligaciones Negociables que se emitan en ningún caso superará el Monto Máximo de Emisión. LA EMISORA PODRÁ DECLARAR DESIERTO EL PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES, LO CUAL IMPLICARÁ QUE NO SE EMITIRÁ OBLIGACIÓN NEGOCIABLE ALGUNA. ESTA CIRCUNSTANCIA NO OTORGARÁ DERECHO ALGUNO |
| DE COMPENSACIÓN O INDEMNIZACIÓN NI GENERARÁ RESPONSABILIDAD DE NINGÚN TIPO PARA LA SOCIEDAD NI PARA LOS AGENTES COLOCADORES. LA EMISORA PODRÁ, HASTA LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN, DEJAR SIN EFECTO LA COLOCACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES, EN CASO DE QUE HAYAN SUCEDIDO CAMBIOS EN LA NORMATIVA Y/O DE CUALQUIER ÍNDOLE QUE TORNEN MÁS GRAVOSA LA EMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PARA LA EMISORA, BASÁNDOSE EN ESTÁNDARES DE MERCADO HABITUALES Y RAZONABLES PARA OPERACIONES DE SIMILARES CARACTERÍSTICAS EN EL MARCO DE LAS DISPOSICIONES PERTINENTES ESTABLECIDAS POR LA LEY DE MERCADO DE CAPITALES Y LA NORMATIVA APLICABLE DE LA CNV Y DE LA AFIP, QUEDANDO SIN EFECTO ALGUNO LA TOTALIDAD DE LAS OFERTAS RECIBIDAS. ESTA CIRCUNSTANCIA NO OTORGARÁ DERECHO ALGUNO DE COMPENSACIÓN O INDEMNIZACIÓN. El monto de la emisión será informado oportunamente a través del Aviso de Resultados que se publicará en la AIF, en la Página Web de la Compañía, en la Página Web de A3, y por un Día Hábil (según se define a continuación) en el Boletín Diario de la BCBA, luego del cierre del Período de Licitación Pública. |
|
|---|---|
| Forma y Moneda de Integración: | Las Obligaciones Negociables serán integradas en Dólares en Argentina (dólar mep). En la Fecha de Emisión y Liquidación, una vez efectuada la integración de las Obligaciones Negociables, las mismas serán acreditadas en las cuentas depositante y comitente en CVSA de titularidad de los Oferentes adjudicados indicadas en sus respectivas Órdenes de Compra. |
| Unidad Mínima de Negociación y Denominación Mínima: |
La denominación mínima de las Obligaciones negociables será V/N US$1 (Dólares Estadounidenses uno). Las Obligaciones Negociables sólo podrán ser negociadas por montos iguales a V/N US$1 (Dólares Estadounidenses uno) y múltiplos enteros de V/N US$ 1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto. |
| Monto Mínimo de Suscripción: | V/N US$ 1 (Dólares Estadounidenses uno) y múltiplos enteros de V/N US$1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto. |
| Fecha de Vencimiento: | El día en que se cumplan 24 meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación (la “Fecha de Vencimiento”). En caso de que dicha Fecha de Vencimiento corresponda a un día que no sea un Día Hábil, la Fecha de Vencimiento será el Día Hábil inmediatamente siguiente. |
| Amortización: | El capital de las Obligaciones Negociables será repagado en forma íntegra en la Fecha de Vencimiento (la “Fecha de Amortización”). La Fecha de Amortización de las Obligaciones Negociables será informada mediante el Aviso de Resultados. |
| Fechas de Pago de Intereses: | Los intereses de las Obligaciones Negociables se pagarán en forma vencida, semestralmente, a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación, en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación pero del correspondiente mes y año (cada una, una “Fecha de Pago de Intereses”) y finalizando en la Fecha de Vencimiento. Si cualquier Fecha de Pago de Intereses no fuera un Día Hábil, dicho pago será efectuado en el Día Hábil inmediatamente posterior. Las Fechas de Pago de Intereses serán informadas mediante el Aviso de Resultados. |
|---|---|
| Período de Devengamiento de Intereses: |
Es el período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses y la Fecha de Pago de Intereses inmediatamente posterior, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. Respecto del Primer Período de Devengamiento de Intereses será el comprendido entre la Fecha de Emisión y Liquidación y la primera Fecha de Pago de Intereses, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. Respecto del último Período de Devengamiento de Intereses, será el comprendido entre la Fecha de Pago de Intereses inmediatamente anterior a la Fecha de Vencimiento y dicha Fecha de Vencimiento incluyendo el primer día y excluyendo el último día. |
| Precio de Emisión: | 100% del valor nominal. |
| Tasa de Interés: | Las Obligaciones Negociables devengarán intereses a una tasa de interés fija nominal anual truncada a dos decimales, que surgirá del procedimiento de subasta o licitación pública indicado en el Suplemento de Prospecto (la “Tasa Aplicable”). La Tasa Aplicable será informada mediante el Aviso de Resultados y en caso de que sea equivalente a 0,00%, las Obligaciones Negociables no devengarán intereses. |
| Base de Cálculo para el pago de los Intereses |
Para el cálculo de los intereses se considerará la cantidad real de días transcurridos y un año de 365 días (cantidad real de días transcurridos/365). |
| Emisiones adicionales: | Es posible que, de vez en cuando, sin el consentimiento de los tenedores de las Obligaciones Negociables que se emiten bajo el presente, la Emisora emita obligaciones negociables adicionales con los mismos términos y condiciones que las Obligaciones Negociables Originales que se emiten bajo el presente en todos los aspectos, excepto la fecha de emisión, el precio de emisión y, si corresponde, la primera fecha de pago de intereses. Tales Obligaciones Negociables se consolidarán con y formarán una sola clase y serán fungibles con las Obligaciones Negociables que se emiten bajo el presente. |
| Forma | Las Obligaciones Negociables estarán representadas en un certificado global permanente, a ser depositado en la CVSA de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 24.587 de Nominatividad de los Títulos Valores Privados (la “Ley de Nominatividad de Títulos Valores Privados”). Los tenedores renuncian al derecho a exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo, conforme a la Ley Nº 20.643 y sus posteriores modificaciones, encontrándose habilitada la CVSA para cobrar los aranceles de los depositantes, que éstos podrán trasladar a los tenedores. |
| Fecha de Emisión y Liquidación: | Será dentro de los 2 Días Hábiles de la finalización del Período de Licitación Pública (la “Fecha de Emisión y Liquidación”). La Fecha de Emisión y Liquidación será informada en el Aviso de Resultados. |
|---|---|
| Rango: | Las Obligaciones Negociables calificarán como obligaciones negociables simples no convertibles en acciones según la Ley de Obligaciones Negociables y tendrán derecho a los beneficios allí establecidos y se encontrarán sujetas a los requisitos procesales de dichas normas. Las Obligaciones Negociables constituirán obligaciones simples, directas e incondicionales, con garantía común sobre el patrimonio de la Emisora y calificarán_pari passu_ en todo momento entre ellas y con todas las demás deudas no garantizadas y no subordinadas tanto presentes como futuras de la Emisora (con excepción de las obligaciones preferidas en virtud de disposiciones legales y/o contractuales). |
| Pagos: | Todos los pagos serán efectuados por la Emisora mediante transferencia de los importes correspondientes a CVSA para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores con derecho a cobro. Las obligaciones de pago bajo las Obligaciones Negociables se considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Emisora ponga a disposición de CVSA los fondos correspondientes al pago en cuestión. Si cualquier día de pago de cualquier monto bajo las Obligaciones Negociables no fuera un Día Hábil, dicho pago será efectuado en el Día Hábil inmediatamente posterior. Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables efectuado en dicho Día Hábil inmediatamente posterior tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el mismo, y no se devengarán intereses durante el período comprendido entre dicha Fecha de Pago de Intereses y el Día Hábil inmediato posterior, salvo con relación a la última Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables respecto de la cual, en caso que no fuera un Día Hábil, la Emisora pagará los intereses devengados entre dicha fecha y la de su efectivo pago. |
| Montos Adicionales: | La Emisora realizará los pagos respecto de Obligaciones Negociables sin retención o deducción de impuestos, tasas, contribuciones y/u otras cargas gubernamentales presentes o futuras de cualquier naturaleza fijadas por Argentina, o cualquier subdivisión política de la misma o autoridad gubernamental de la misma con facultades fiscales. En caso de que las normas vigentes exijan practicar tales retenciones o deducciones, la Emisora, en el mismo momento en que efectúe la retención y/o deducción en cuestión, pagará sujeto a ciertas excepciones los montos adicionales necesarios para que los tenedores reciban el mismo monto que habrían recibido respecto de pagos bajo las Obligaciones Negociables de no haberse practicado tales retenciones o deducciones. |
| Día Hábil: | Se entenderá por “Día Hábil” cualquier día excepto sábado, domingo u otro día en que los bancos comerciales y/o los mercados de valores autorizados en que se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables estén autorizados a permanecer cerrados, o se les exija hacerlo por ley o regulación, en la Ciudad de Buenos Aires. |
| Destino de los Fondos: | La Emisora planea utilizar el producido de esta oferta, en cumplimiento de los requisitos del Artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables, según se detalla en la sección “Destino de los Fondos”del presente Suplemento. |
|---|---|
| Rescate por Razones Impositivas: | La Emisora podrá rescatar las Obligaciones Negociables en su totalidad, pero no parcialmente, en caso de que tuvieran lugar ciertos cambios impositivos que generen en la Emisora la obligación de pagar montos adicionales bajo las Obligaciones Negociables. Ver_“XIV. Términos y Condiciones de las_ Obligaciones Negociables―Rescate por Razones Impositivas” del Prospecto. |
| Rescate a Opción de la Emisora: | La Emisora tendrá derecho a rescatar anticipadamente, a su sola opción, la totalidad o una parte de las Obligaciones Negociables que se encuentren en circulación en cualquier momento, a partir del décimo segundo (12°) mes (inclusive) contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación, a un precio de rescate de capital (más los intereses devengados y no pagados calculados hasta la fecha de rescate, los Montos Adicionales y cualquier otra suma adeudada bajo las Obligaciones Negociables) de 100%. Para ello, la Emisora notificará previamente a los tenedores de Obligaciones Negociables con una anticipación de al menos cinco (5) Días Hábiles de la fecha en la que se realizará el rescate. Sin perjuicio del procedimiento que se establezca para cada caso, se respetará la igualdad de trato de todos los tenedores de las Obligaciones Negociables. |
| Recompra: | La Emisora podrá en cualquier momento comprar o de otro modo adquirir Obligaciones Negociables mediante la compra o a través de acuerdos privados, en el mercado abierto o de otra forma, a cualquier precio, y podrá revenderlas o cancelarlas en cualquier momento a su solo criterio. Para determinar mayorías si los tenedores representativos del capital requerido de las Obligaciones Negociables en circulación han formulado o no una solicitud, demanda, autorización, instrucción, notificación, consentimiento o dispensa en los términos del Prospecto y de este Suplemento, las Obligaciones Negociables que mantengan la Emisora y las Sociedades Controladas no se computarán y se considerarán fuera de circulación. |
| Ley Aplicable: | Las Obligaciones Negociables se regirán por, y serán interpretadas de conformidad con, las leyes de la Argentina. |
| Jurisdicción: | Toda controversia que se origine entre la Emisora y los tenedores de Obligaciones Negociables en relación con las Obligaciones Negociables se resolverá en forma definitiva e irrecurrible por el Tribunal de Arbitraje General de la BCBA o el que se cree en el futuro en la BCBA de conformidad con el artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales y en virtud de la delegación de facultades otorgadas por BYMA a la BCBA en materia de constitución de tribunales arbitrales, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución N°18.629 de la CNV. No obstante lo anterior, los inversores tendrán el derecho de optar por acudir a los tribunales judiciales competentes. Asimismo, en los casos en que las normas vigentes establezcan la acumulación de acciones entabladas con idéntica finalidad ante un solo tribunal, la acumulación se efectuará ante el Tribunal de Arbitraje General de la BCBA. |
| Acción Ejecutiva: | Las Obligaciones Negociables serán emitidas de conformidad con la Ley de Obligaciones Negociables y constituirán “obligaciones negociables” conforme con las disposiciones de la misma y gozarán de los derechos allí establecidos. En particular, conforme con el artículo 29 de dicha ley, en el supuesto de incumplimiento por parte de la Emisora en el pago de cualquier monto adeudado bajo las Obligaciones Negociables, los tenedores de las mismas podrán iniciar acciones ejecutivas ante tribunales competentes de la Argentina para reclamar el pago de los montos adeudados por la Emisora. En virtud del régimen de depósito colectivo establecido de conformidad con los términos de la Ley de Nominatividad de Títulos Valores Privados, CVSA podrá expedir certificados de tenencia a favor de los tenedores en cuestión a solicitud de éstos y éstos podrán iniciar con tales certificados las acciones ejecutivas mencionadas. |
|---|---|
| Listado y Negociación: | La Emisora solicitará autorización para el listado y negociación de las Obligaciones Negociables en BYMA y en A3 Mercados. |
| Compensación y Liquidación: | Central de compensación y liquidación de operaciones de A3 Mercados denominada “CLEAR” (siendo el número de mercado de A3 Mercados, asignado por CNV, el N°14). |
| Agente de Liquidación: | Balanz Capital Valores S.A.U. |
| Agente de Cálculo: | Tecpetrol S.A. |
| Calificación de Riesgo: | Las Obligaciones Negociables contarán con una o más calificaciones de riesgo otorgadas por una o más calificadoras de riesgo, las cuales serán informadas mediante un aviso complementario al presente Suplemento de Prospecto. |
D) Compromisos de la Sociedad
Mientras cualquiera de las Obligaciones Negociables se encuentre en circulación, la Emisora cumplirá con los siguientes compromisos:
a) Mantenimiento de la Existencia Societaria: La Emisora preservará y mantendrá en plena vigencia su existencia societaria, todos los registros necesarios a tal efecto y no modificará de forma sustancial su objeto social.
b) Cumplimiento de la Ley: La Sociedad deberá cumplir con todas las leyes, normas, reglamentaciones, órdenes y resoluciones aplicables de cada autoridad gubernamental con competencia sobre sus actividades, salvo cuando dicho incumplimiento no fuera susceptible de generar un efecto adverso significativo sobre sus actividades, activos, operaciones y/o situación financiera.
c) Mantenimiento de Libros y Registros: La Sociedad preparará sus estados contables de acuerdo con los principios de contabilidad que le resultaren aplicables, las normas contables vigentes y las demás normas aplicables (incluyendo, sin limitación, las Normas de la CNV), y los mismos serán dados a conocer al público inversor a través de los medios previstos por las normas vigentes. La Sociedad mantendrá sus libros, cuentas y registros de conformidad con los principios contables que le sean aplicables según la normativa vigente.
Eventos de Incumplimiento
En el caso que ocurra o subsista cualquiera de los siguientes acontecimientos:
(a) Falta de Pago: que la Emisora no pague cualquier monto de capital con respecto a las Obligaciones Negociables, dentro de los siete (7) días de la Fecha de Vencimiento, para el pago del mismo, o no pague cualquier
monto de intereses con respecto a las Obligaciones Negociables, según sea el caso, dentro de los treinta (30) días de cualquier Fecha de Pago de Intereses, para el pago de los mismos; o
(b) Incumplimiento de otras obligaciones: que la Emisora deje de cumplir o realizar cualquiera de las demás obligaciones a su cargo en virtud de lo prescripto en el presente Suplemento y dicho incumplimiento no sea subsanado dentro de los sesenta (60) días de recibir notificación escrita del hecho, remitida por tenedores de las Obligaciones Negociables que representen por lo menos el 25% del capital impago de las mismas; entonces, los tenedores que totalicen al menos el veinticinco por ciento (25%) del capital impago de las Obligaciones Negociables en circulación emitidas, mediante notificación escrita dirigida a la Emisora, podrán declarar las Obligaciones Negociables de plazo vencido y pagaderas de inmediato.
Modificaciones a los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables
La Sociedad podrá convocar a asambleas de tenedores de las Obligaciones Negociables a los efectos de modificar los términos y condiciones de las mismas.
Las asambleas de tenedores de las Obligaciones Negociables deberán ser convocadas y celebradas en base a los requisitos dispuestos en la Ley de Obligaciones Negociables, Normas de la CNV aplicables y requisitos dispuestos por los mercados de valores en los cuales estén listadas las Obligaciones Negociables.
Las asambleas de tenedores de las Obligaciones Negociables serán celebradas en la Ciudad Buenos Aires.
Las modificaciones y reformas a las Obligaciones Negociables podrán efectuarse con la aprobación de los tenedores de las Obligaciones Negociables que representen por lo menos una mayoría del capital total de las Obligaciones Negociables pendiente de pago, según corresponda, respecto de la cual la obligación, compromiso, Evento de Incumplimiento u otro término que sea el objeto de dicha modificación, reforma o renuncia resulta aplicable. Será de aplicación el Art. 14 de la Ley de Obligaciones Negociables.
Las asambleas de tenedores de las Obligaciones Negociables podrán ser ordinarias o extraordinarias. Las modificaciones a los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables podrán ser aprobadas solamente en el seno de una asamblea extraordinaria. El quórum en cualquier asamblea en primera convocatoria se constituirá con las personas que tengan o representen el 60% y en cualquier asamblea en segunda convocatoria serán las personas que tengan o representen el 30% del monto total de capital que permanezca impago de las Obligaciones Negociables. En una asamblea en la cual esté presente un quórum según lo precedentemente descripto, cualquier resolución para modificar o reformar o para renunciar al cumplimiento de cualquier disposición será efectivamente adoptada y decidida si cuenta con la aprobación de una mayoría del capital total de las Obligaciones Negociables de las personas con derecho a votar, según corresponda, presentes en la asamblea y debidamente representadas, en su caso, para votar en la misma. Cualesquiera modificaciones, reformas o renuncias bajo las Obligaciones Negociables serán concluyentes y obligatorias para la totalidad de los tenedores de las Obligaciones Negociables, según corresponda, hayan aprobado o no y hayan estado presentes o no en cualquier asamblea, y también lo será para todos los futuros tenedores de las Obligaciones Negociables.
La mayoría exigible de obligacionistas podrá expresarse sin necesidad de asamblea, por un medio fehaciente que asegure a todos los obligacionistas la debida información previa y el derecho a manifestarse. En tal caso, toda referencia de la presente a la asamblea se entenderá aplicable al régimen alternativo.
DESTINO DE LOS FONDOS
La Emisora destinará los fondos netos que reciba en virtud de la colocación de las Obligaciones Negociables, de conformidad con los requisitos del Artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables y las demás leyes y reglamentaciones aplicables vigentes en Argentina, para uno o más de los destinos que se detallan a continuación:
(i) inversiones en activos físicos y/o bienes de capital situados en el país, incluyendo la financiación de su plan de inversiones productivas, la adquisición de activos y/o fondos de comercio a ser utilizados para su proceso productivo; y/o
(ii) integración de capital de trabajo en el país, entendiéndose como tal todos aquellos conceptos que afectan los activos y pasivos de corto plazo tales como la compra de bienes de cambio, inventarios y gastos relacionados, compra de crudo no refinado, el pago a proveedores vinculados a la operación/actividad de la Emisora, pago de impuestos, tasas y regalías, y pago de remuneraciones al personal, entre otros; y/o
(iii) refinanciación de pasivos preexistentes de la Emisora, fundamentalmente deuda bancaria y financiera de corto plazo incluyendo financiamientos a través de acuerdos de descubierto en cuenta corriente con instituciones bancarias del país (por hasta la totalidad del valor nominal emitido de las Obligaciones Negociables); y/o
(iv) realización de aportes de capital y/o financiamiento del giro comercial del negocio de la Emisora y/o de sus subsidiarias.
La aplicación de los fondos netos derivados de esta oferta está sujeta a la influencia de las condiciones de mercado vigentes periódicamente. Por ende, la Emisora podrá modificar el orden de prioridad de los destinos antes descriptos en forma acorde con su estrategia comercial.
Mientras se encuentre pendiente su aplicación, los fondos podrán invertirse en instrumentos financieros líquidos de alta calidad y en otras inversiones de corto plazo.
PLAN DE DISTRIBUCIÓN
General
Las Obligaciones Negociables serán colocadas por oferta pública, dentro del territorio de la Argentina, conforme con los términos de la Ley de Mercado de Capitales, las Normas de la CNV y las demás normas aplicables, mediante el sistema denominado de licitación pública (la “ Licitación ”).
A través de la celebración de un Contrato de Colocación (el “ Contrato de Colocación ”), la Emisora ha designado como agentes colocadores a Balanz Capital Valores S.A.U., Banco Santander Argentina S.A., Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., Industrial and Commercial Bank of China Argentina S.A.U., Macro Securities S.A.U., Allaria S.A., Facimex Valores S.A., Banco de la Provincia de Buenos Aires, Industrial Valores S.A., Invertir en Bolsa S.A., Banco Patagonia S.A., PP Inversiones S.A., SBS Trading S.A., Banco BBVA Argentina S.A. y Cono Sur Inversiones S.A. (cada uno un “ Agente Colocador ” y, en conjunto, los “ Agentes Colocadores ”).
En virtud del Contrato de Colocación, los Agentes Colocadores deberán realizar sus mejores esfuerzos para la colocación de las Obligaciones Negociables mediante su oferta pública dentro del territorio de la Argentina conforme con las leyes y regulaciones vigentes en la materia, en los términos del artículo 774, inciso a), del CCCN (dichos esfuerzos, los “ Esfuerzos de Colocación ”).
Conforme los términos de la Ley de Mercado de Capitales, la Ley de Obligaciones Negociables y las Normas de la CNV, los inversores que quisieran suscribir Obligaciones Negociables deberán presentar sus correspondientes órdenes de compra (las “ Órdenes de Compra ”) en los términos descriptos más abajo, las cuales deberán ser remitidas a (i) los Agentes Colocadores, quienes las recibirán, procesarán e ingresarán como ofertas, a través del módulo de licitaciones del sistema “SIOPEL” de A3 Mercados, de forma inmediata o (ii) como ofertas por agentes de A3 Mercados (excluyendo los Agentes Colocadores) y/o adherentes al mismo, quienes las recibirán, procesarán e ingresarán, a través del módulo de licitaciones del sistema “SIOPEL” de A3 Mercados, todo ello de acuerdo con el Prospecto y este Suplemento.
En el caso de Órdenes de Compra ingresadas como ofertas por agentes de A3 Mercados y/o adherentes al mismo, ni la Emisora ni los Agentes Colocadores tendrán responsabilidad alguna respecto de la forma en que las ofertas sean cargadas a través del módulo de licitaciones del sistema “SIOPEL” de A3 Mercados ni por el cumplimiento de la normativa referente a encubrimiento, lavado de activos y financiación del terrorismo regulada por la ley N°25.246 (según fuera modificada y complementada).
Esfuerzos de Colocación
Los Esfuerzos de Colocación podrán consistir en uno o más de los siguientes actos, habituales en el mercado argentino para la colocación mediante oferta pública de valores negociables, entre otros:
(i) distribuir el Prospecto y/o el Suplemento (y/o versiones preliminares y/o resumidas de los mismos) y/u otros documentos que resuman información contenida en los mismos, por medios físicos y/o electrónicos;
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(ii) realizar reuniones informativas individuales y/o grupales a distancia, mediante los medios tecnológicos usualmente utilizados (Zoom, Webinar, Teams, etc.);
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(iii) enviar correos electrónicos;
(iv) realizar contactos y/u ofrecimientos personales y/o telefónicos;
(v) publicar avisos ofreciendo las Obligaciones Negociables;
(vi) realizar conferencias telefónicas; y/o (vii) cualesquiera otros actos que consideren necesarios y/o convenientes para la colocación de las Obligaciones Negociables.
Procedimiento de Colocación Primaria de las Obligaciones Negociables
En la oportunidad que determinen en conjunto la Emisora y los Agentes Colocadores, y en forma simultánea, o con posterioridad a la publicación de este Suplemento en la AIF, en el Boletín Diario de la BCBA, en la Página Web de A3 Mercados y en la Página Web de la Compañía, la Emisora publicará un aviso de suscripción en la AIF, y por al menos un Día Hábil en el Boletín Diario de la BCBA, en la Página Web de A3 Mercados y en la Página Web de la Compañía (el “ Aviso de Suscripción ”), en el que se indicará, entre otros datos: (I) la fecha de inicio y de finalización del período de difusión pública de las Obligaciones Negociables, el cual tendrá una duración de al menos un Día Hábil, durante el cual se realizará la difusión pública de la información referida a la Emisora y a las Obligaciones Negociables y se invitará a potenciales inversores a presentar las correspondientes Órdenes de Compra para suscribir Obligaciones Negociables; pero no se recibirán Órdenes de Compra durante
dicho período (el “ Período de Difusión ”), (II) la fecha de inicio y de finalización del período de licitación pública de las Obligaciones Negociables, el cual tendrá una duración no inferior a un Día Hábil y durante el cual, sobre la base de tales Órdenes de Compra de potenciales inversores (los “ Inversores Interesados ”), los Agentes Colocadores y los agentes de A3 Mercados y/o adherentes al mismo podrán presentar las correspondientes ofertas a través del módulo de licitaciones del sistema “SIOPEL” de A3 Mercados (el “ Período de Licitación Pública ”) conforme a lo dispuesto en el artículo 8, inciso c), Sección II, Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV, (III) los datos de contacto de los Agentes Colocadores, y (IV) demás datos que pudieran ser necesarios, en su caso, incluyendo pero no limitado a los indicados en el artículo 8, inciso a), Sección II, Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV. En todos los casos, el Período de Licitación Pública deberá ser posterior al Período de Difusión. A los efectos de este párrafo, “Día Hábil” será entendido como cualquier día durante el cual BYMA y A3 Mercados operen con normalidad.
Durante el Período de Licitación Pública, los Agentes Colocadores y los agentes de A3 Mercados y/o adherentes al mismo podrán ingresar como ofertas a través del módulo de licitaciones del sistema “SIOPEL” de A3 Mercados (las “ Ofertas de Compra ”), las Órdenes de Compra que hayan recibido de los Inversores Interesados. Las Órdenes de Compra que oportunamente presenten los Inversores Interesados a los Agentes Colocadores y a los agentes de A3 Mercados y/o adherentes al mismo deberán detallar, entre otras cuestiones, (1) nombre y apellido/denominación social y número de CUIT y/o identificación tributaria correspondiente del Inversor Interesado, (2) cuenta del custodio depositante en CVSA y cuenta comitente donde las Obligaciones Negociables serán liquidadas; (3) el valor nominal solicitado (el “ Monto Solicitado ”); y/o (4) la tasa de interés fija solicitada para las Obligaciones Negociables expresada como porcentaje nominal anual truncado a dos decimales (la “ Tasa Fija Solicitada ”).
Los Inversores Interesados podrán asimismo presentar Órdenes de Compra sin indicar la Tasa Fija Solicitada, las cuales serán consideradas como Órdenes de Compra no competitivas y serán ingresadas como tales.
Los Inversores Interesados que presenten Órdenes de Compra podrán limitar su adjudicación final en un porcentaje máximo del monto a emitir para las Obligaciones Negociables, porcentaje que deberá ser detallado en dichas Órdenes de Compra por cada inversor interesado (el “ Porcentaje Máximo ”). Para la adjudicación final de las Obligaciones Negociables se tomará en consideración: (i) el monto que resulte de aplicar el Porcentaje Máximo al monto de Obligaciones Negociables que decida emitir la Emisora, y (ii) el monto nominal previsto en la orden de compra solicitada; el que sea menor.
Ningún Inversor Interesado podrá presentar órdenes de compra, cuyos Montos Solicitados superen el Monto Máximo de Emisión, ya sea que se presenten en una o más órdenes de compra del mismo inversor presentadas a través de cualquier Colocador y/o a través de los Agentes de A3 Mercados.
Excepto por lo previsto más arriba, cada uno de los Inversores Interesados podrá presentar, sin limitación alguna, más de una Orden de Compra, con distinto Monto Solicitado y/o Tasa Fija Solicitada. Dado que solamente los Agentes Colocadores y los agentes de A3 Mercados y/o adherentes al mismo pueden ingresar las Ofertas de Compra correspondientes a través del módulo de licitaciones del sistema “SIOPEL” de A3 Mercados, los Inversores Interesados que no sean agentes de A3 Mercados y/o adherentes al mismo deberán, mediante las Órdenes de Compra correspondientes, instruir a los Agentes Colocadores y/o a cualquier agente de A3 Mercados y/o adherente al mismo para que, por cuenta y orden de los Inversores Interesados en cuestión, presenten las correspondientes Ofertas de Compra durante el Período de Licitación Pública. Ni la Emisora ni los Agentes Colocadores tendrán responsabilidad alguna por las Órdenes de Compra presentadas a agentes de A3 Mercados y/o adherentes al mismo, distintos de los Agentes Colocadores. Tales Órdenes de Compra podrán ser otorgadas por los Inversores Interesados a los Agentes Colocadores y/o a cualquier agente de A3 Mercados y/o adherente al mismo durante el Período de Licitación Pública.
Los Inversores Interesados en presentar Órdenes de Compra deberán contactar a los Agentes Colocadores y/o a cualquier agente de A3 Mercados y/o adherente al mismo con suficiente anticipación a la finalización del Período de Licitación Pública, a fin de posibilitar que sus Órdenes de Compra sean presentadas a través del sistema “SIOPEL” de A3 Mercados antes de que finalice el Período de Licitación Pública. Ni la Emisora ni los Agentes Colocadores pagarán comisión y/o reembolsarán gasto alguno a los agentes de A3 Mercados (distintos de los Agentes Colocadores) y/o adherentes al mismo a través de los cuales se presenten Órdenes de Compra, sin perjuicio de que estos últimos podrían cobrar comisiones y/o gastos directamente a los Inversores Interesados que presenten Ofertas de Compra a través de los mismos.
La licitación pública que se realizará durante el Período de Licitación Pública será de modalidad “abierta” conforme lo establece el Artículo 8, inciso d), Sección II, Capítulo IV del Título VI de las Normas de la CNV. Respecto de cada oferta, constará en el registro la siguiente información: (i) los datos identificatorios del inversor o el nombre del agente y/o adherente que cargó dicha oferta, y si lo hizo para cartera propia o por cuenta y orden de terceros; (ii) el Monto Solicitado; (iii) el tramo correspondiente; (iv) la Tasa Fija Solicitada (para el caso de ofertas de compra remitidas bajo el Tramo Competitivo (según se define más adelante)); (v) la fecha, hora, minuto y segundo de recepción de la oferta; (vi) su número de orden; y (vii) cualquier otro dato que resulte relevante y/o sea requerido por el formulario de SIOPEL.
En virtud de ello, durante el Período de Licitación Pública, los Agentes Colocadores y los agentes de A3 Mercados y/o adherentes al mismo, que sean habilitados a tal efecto, podrán participar en la rueda a través del sistema “SIOPEL” de A3 Mercados. A dichos efectos, todos aquellos agentes de A3 Mercados y/o adherentes al mismo que cuenten con línea de crédito otorgada por los Agentes Colocadores serán, a pedido de dichos agentes, dados de alta para participar en la rueda, sin más. Aquellos agentes de A3 Mercados y/o adherentes al mismo que no cuenten con línea de crédito otorgada por los Colocadores, también deberán solicitar a los mismos la habilitación para participar en la rueda, para lo cual deberán acreditar su inscripción ante la CNV como “Agente Registrado” en los términos de la Ley de Mercado de Capitales y el cumplimiento de las normas en materia de prevención de encubrimiento, lavado de activos y financiación del terrorismo de forma satisfactoria para los Agentes Colocadores, quienes observarán y respetarán en todo momento el trato igualitario entre los Inversores. En cualquier caso, la solicitud deberá realizarse con una antelación mínima de 48 horas hábiles al inicio del Período de Licitación Pública.
Todas las Ofertas de Compra serán irrevocables, firmes, vinculantes y definitivas a todos los efectos que pudiera corresponder, sin necesidad de ser ratificadas ni la posibilidad de ser retiradas. Los Agentes Colocadores y los agentes de A3 Mercados y/o adherentes al mismo que reciban Órdenes de Compra en relación con las Obligaciones Negociables, podrán rechazar cualquier Orden de Compra presentada a los mismos que no cumpla con las normas aplicables y/o los requisitos establecidos en relación con aquellas, y/o con la normativa sobre prevención de encubrimiento, lavado de activos y financiación del terrorismo regulada por la ley N°25.246 (según fuera modificada y complementada), aun cuando dichas Órdenes de Compra contengan una Tasa Fija Solicitada inferior o igual a la Tasa Aplicable, sin que tal circunstancia otorgue a los Inversores Interesados que hayan presentado tales Órdenes de Compra derecho a compensación y/o indemnización alguna. Las Órdenes de Compra rechazadas quedarán automáticamente sin efecto.
Los Agentes Colocadores y/o los agentes de A3 Mercados y/o adherentes al mismo a través de los cuales los Inversores Interesados presenten sus Ofertas de Compra, podrán solicitar a éstos a su solo criterio y como condición previa a presentar las Ofertas de Compra por su cuenta y orden, información y/o documentación necesaria para verificar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de encubrimiento, lavado de activos y financiación del terrorismo regulada por la ley N°25.246 (según fuera modificada y complementada) y/o garantías suficientes que aseguren la integración de sus Ofertas de Compra en caso de resultar adjudicadas, y en caso de que los correspondientes Inversores Interesados no las suministraren, ni los Agentes Colocadores, ningún agente de A3 Mercados ni ningún adherente al mismo estarán obligados a presentar las Ofertas de Compra en cuestión. En el caso de las Ofertas de Compra que se presenten a través de agentes de A3 Mercados y/o adherentes al mismo distintos de los Agentes Colocadores, tales agentes de A3 Mercados y/o adherentes al mismo serán, respecto de tales Ofertas de Compra, los responsables de verificar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de encubrimiento, lavado de activos y financiación del terrorismo regulada por la ley N°25.246 (según fuera modificada y complementada) y de que existan garantías suficientes que aseguren la integración de tales Ofertas de Compra en caso de resultar adjudicadas, no teniendo los Agentes Colocadores responsabilidad alguna al respecto, sin perjuicio de lo cual la Emisora y Agentes Colocadores podrán requerir a tales agentes de A3 Mercados y/o adherentes al mismo que provean la información necesaria que demuestre el cumplimiento de tales normas por los respectivos Inversores Interesados.
La Emisora, con el consentimiento previo de los Agentes Colocadores y sin necesidad de invocar motivo alguno, podrá suspender y/o prorrogar y/o terminar el Período de Difusión y/o el Período de Licitación Pública en cualquier momento del mismo, pero con una antelación de por lo menos 1 (una) hora a la finalización de los mismos, comunicando por escrito dicha circunstancia (a más tardar el Día Hábil correspondiente al día de finalización del período de que se trate o en el mismo día antes del cierre de la rueda en el caso en que el Período de Licitación Pública fuere de un Día Hábil), publicando un “Hecho Relevante” en la AIF, con anterioridad al vencimiento del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública, en el cual se indicará, en su caso, la nueva fecha de vencimiento del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública o la fecha en que se reanudará el curso del mismo o la forma en que se hará pública la reanudación del curso del mismo.
La terminación, suspensión y/o prórroga del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública no generará responsabilidad alguna a la Emisora y/o a los Agentes Colocadores ni otorgará a los Inversores Interesados que hayan presentado Órdenes de Compra, ni a los agentes de A3 Mercados y/o adherentes al mismo que hayan presentado Ofertas de Compra, derecho a compensación y/o indemnización alguna. En caso de terminación del Período de Licitación Pública, todas las Ofertas de Compra que en su caso se hayan presentado hasta ese momento quedarán automáticamente sin efecto. En caso de suspensión y/o prórroga y/o terminación del Período de Licitación Pública, las Ofertas de Compra presentadas con anterioridad a tal suspensión y/o prórroga y/o terminación podrán ser retiradas en cualquier momento anterior a la finalización del Período de Licitación Pública, sin penalidad alguna.
Ni la Emisora ni los Agentes Colocadores serán responsables por problemas, fallas, pérdidas de enlace, errores en la aplicación y/o caídas del software al utilizar el sistema “SIOPEL” de A3 Mercados. Para mayor información respecto de la utilización del sistema “SIOPEL” de A3 Mercados, se recomienda a los interesados leer detalladamente el “Manual del Usuario ―Colocadores” y documentación relacionada publicada en el sitio de internet de A3 Mercados.
Una vez finalizado el Período de Licitación no podrán modificarse las ofertas ingresadas ni podrán ingresarse nuevas.
Tramo Competitivo y Tramo No Competitivo
La oferta constará de un tramo competitivo (el “ Tramo Competitivo ”) y de un tramo no competitivo (el “ Tramo No Competitivo ”). Las Órdenes de Compra remitidas bajo el Tramo Competitivo deberán indefectiblemente incluir la Tasa Fija Solicitada, mientras que aquellas que se remitan bajo el Tramo No Competitivo no incluirán dicha variable.
Tramo No Competitivo: podrán participar del Tramo No Competitivo los Inversores Interesados que fueran personas humanas o jurídicas y remitieran Órdenes de Compra de Obligaciones Negociables que no indiquen una Tasa Fija Solicitada. Aquellas ofertas remitidas bajo esta modalidad serán consideradas, a todos los efectos, como ofertas irrevocables y en firme. Las Ofertas que conformen el Tramo No Competitivo no se tomarán en cuenta para la determinación de la Tasa Aplicable (según este término se define más abajo).
Podrán participar del Tramo No Competitivo los potenciales inversores que fueran personas humanas o jurídicas y remitieran, de manera individual o agregada, Órdenes de Compra de Obligaciones Negociables por hasta la suma de US$50.000.
La totalidad de Obligaciones Negociables adjudicadas al Tramo No Competitivo no podrá superar el 50% de las Obligaciones Negociables a emitirse, salvo que el total de las ofertas adjudicadas en el Tramo Competitivo, más la suma de las ofertas adjudicadas bajo el Tramo No Competitivo, sea menor al monto a ser adjudicado, en cuyo caso la cantidad de Órdenes de Compra a ser aceptadas bajo el Tramo No Competitivo podrá incrementarse hasta el porcentaje que permita cubrir el monto total a ser emitido. En caso de que dichas Órdenes de Compra que conformen el Tramo No Competitivo superen el 50% del monto total a ser emitido y las Órdenes de Compra que conformen el Tramo Competitivo sean iguales al 50% del monto total a ser emitido, la totalidad de las Órdenes de Compra que conformen el Tramo No Competitivo serán prorrateadas, reduciéndose en forma proporcional los montos de dichas Órdenes de Compra hasta alcanzar el 50% del monto a ser emitido. En el supuesto que se adjudiquen Órdenes de Compra para el Tramo No Competitivo por un monto inferior al 50% del monto a ser emitido, el monto restante será adjudicado a las Órdenes de Compra que conforman el Tramo Competitivo.
Tramo Competitivo: podrán participar en el Tramo Competitivo los Inversores Interesados que fueran personas humanas o jurídicas y remitieran, una o más Órdenes de Compra que contengan Monto Solicitado y Tasa Fija Solicitada, incluso cuando sean distintos entre las distintas Órdenes de Compra del mismo oferente, pudiendo quedar adjudicadas una, todas, o ninguna de las Órdenes de Compra remitidas, de conformidad con el procedimiento que se describe en la sección “ Plan de distribución—Adjudicación y Prorrateo de las Obligaciones Negociables ” del presente Suplemento.
NINGÚN INVERSOR PODRÁ PRESENTAR ÓRDENES DE COMPRA CUYOS MONTOS SOLICITADOS SUPEREN EL MONTO MÁXIMO DE EMISIÓN, YA SEA QUE SE PRESENTEN EN UNA O MÁS ÓRDENES DE COMPRA DEL MISMO INVERSOR PRESENTADAS A TRAVÉS DE UNO O MÁS DE LOS COLOCADORES.
Determinación de la Tasa Aplicable. Adjudicación y Prorrateo.
Tan pronto como sea posible luego de finalizado el Período de Licitación Pública, las Órdenes de Compra serán ordenadas en forma ascendente en el sistema “SIOPEL” de A3 Mercados, sobre la base de la Tasa Fija Solicitada, volcando en primer lugar las ofertas que formen parte del Tramo No Competitivo y en segundo lugar las Órdenes de Compra que formen parte del Tramo Competitivo. La Emisora, junto con los Agentes Colocadores, teniendo en cuenta las condiciones de mercado vigentes, determinarán el valor nominal a ser emitido, o si en su defecto se declarará desierta dicha emisión.
Asimismo, en dicha oportunidad determinarán la tasa de interés fija aplicable a las Obligaciones Negociables “ Tasa Aplicable ”), la cual será expresada como porcentaje nominal anual truncado a dos decimales, considerando la Tasa Fija Solicitada en las Órdenes de Compra que conformen el Tramo Competitivo de las Obligaciones Negociables.
El Agente de Liquidación será el responsable de ingresar el resultado en el pliego del SIOPEL.
SE INFORMA QUE PUEDE OCURRIR QUE, COMO PRODUCTO DEL PROCESO DE LICITACIÓN, LA TASA APLICABLE SEA EQUIVALENTE A 0,00% (CERO POR CIENTO), EN CUYO CASO LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES NO DEVENGARÁN INTERESES.
Adjudicación y Prorrateo de las Obligaciones Negociables
a) La adjudicación de las Órdenes de Compra comenzará por el Tramo No Competitivo:
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a) Todas las Órdenes de Compra que conformen el Tramo No Competitivo serán adjudicadas, no pudiendo superar el 50% del monto a ser emitido, salvo que el total de las ofertas adjudicadas en el Tramo Competitivo, más la suma de las ofertas adjudicadas bajo el Tramo No Competitivo, sea menor al monto a ser adjudicado, en cuyo caso la cantidad de Órdenes de Compra a ser aceptadas bajo el Tramo No Competitivo podrá incrementarse hasta el porcentaje que permita cubrir el monto total a ser emitido. En todo momento las adjudicaciones se realizarán de conformidad el Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV y las demás normas aplicables;
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b) En caso de que dichas Órdenes de Compra que conformen el Tramo No Competitivo superen el 50% del monto total a ser emitido y las Órdenes de Compra que conformen el Tramo Competitivo sean iguales al 50% del monto total a ser emitido, la totalidad de las Órdenes de Compra que conformen el Tramo No Competitivo serán prorrateadas, reduciéndose en forma proporcional los montos de dichas Órdenes de Compra hasta alcanzar el 50% del monto a ser emitido, desestimándose cualquier Orden de Compra que como resultado de dicho prorrateo su monto sea inferior al Monto Mínimo de Suscripción;
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c) En el supuesto que se adjudiquen Órdenes de Compra para el Tramo No Competitivo por un monto inferior al 50% del monto a ser emitido, el monto restante será adjudicado a las Órdenes de Compra que conforman el Tramo Competitivo;
b) El monto restante será adjudicado a las Órdenes de Compra que conforman el Tramo Competitivo de la siguiente forma:
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(i) Las Órdenes de Compra que conformen el Tramo Competitivo serán ordenadas en forma ascendente sobre la Tasa Fija Solicitada;
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(ii) Todas las Órdenes de Compra cuya Tasa Fija Solicitada sea menor a la Tasa Aplicable serán adjudicadas en su totalidad, a la Tasa Aplicable comenzando por aquellas con menor Tasa Fija Solicitada y continuando en forma ascendente;
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(iii) Todas las Órdenes de Compra cuya Tasa Fija Solicitada sea igual a la Tasa Aplicable, serán adjudicadas en su totalidad a la Tasa Aplicable, pero en caso de sobresuscripción serán adjudicadas a la Tasa Aplicable a prorrata entre sí, sobre la base de su valor nominal y sin excluir ninguna Orden de Compra, desestimándose cualquier Orden de Compra que como resultado de dicho prorrateo su monto sea inferior al Monto Mínimo de Suscripción;
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(iv) Todas las Órdenes de Compra cuya Tasa Fija Solicitada sea superior a la Tasa Aplicable, no serán adjudicadas;
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(v) Si, como resultado de los prorrateos, la cantidad de dólares a asignar a una oferta fuera un monto que incluya entre 1 y 49 centavos, el monto asignado será el importe entero inferior, y si fuera un monto que incluya entre 50 y 99 centavos, el monto asignado será el importe entero superior.
La Emisora no puede asegurar a los Inversores Interesados que sus Órdenes de Compra serán adjudicadas y que de serlo, lo serían por la totalidad del Monto Solicitado en las Órdenes de Compra en base a lo detallado más arriba, ni que la proporción del monto de Obligaciones Negociables solicitado adjudicado a dos Inversores Interesados que hayan presentado Órdenes de Compra idénticas sea el mismo.
Ni la Emisora ni los Agentes Colocadores tendrán obligación alguna de notificar a ningún inversor cuya Orden de Compra hubiere sido total o parcialmente excluida. Las Órdenes de Compra no adjudicadas quedarán automáticamente sin efecto. Dicha circunstancia no generará responsabilidad alguna a la Emisora y/o los Agentes Colocadores, ni otorgará a los oferentes derecho a compensación y/o indemnización alguna. En caso que se declare desierta la colocación de las Obligaciones Negociables, las Órdenes de Compra quedarán automáticamente sin efecto.
LA EMISORA, PREVIA CONSULTA A LOS AGENTES COLOCADORES, PODRÁ, HASTA LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN, DEJAR SIN EFECTO LA COLOCACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES, EN CASO DE QUE HAYAN SUCEDIDO CAMBIOS EN LA NORMATIVA CAMBIARIA, IMPOSITIVA Y/O DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE QUE TORNEN MÁS GRAVOSA LA EMISIÓN PARA LA EMISORA, SEGÚN LO DETERMINEN LOS AGENTES COLOCADORES Y LA EMISORA, QUEDANDO PUES SIN EFECTO ALGUNO LA TOTALIDAD DE LAS ÓRDENES DE COMPRA. ESTA CIRCUNSTANCIA NO OTORGARÁ A LOS INVERSORES INTERESADOS DERECHO A COMPENSACIÓN NI INDEMNIZACIÓN ALGUNA.
LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES SERÁN COLOCADAS Y ADJUDICADAS APLICANDO EL PROCEDIMIENTO CONOCIDO EN LA REPÚBLICA ARGENTINA COMO LICITACIÓN PÚBLICA, LA CUAL SERÁ DE MODALIDAD ABIERTA CONFORME LO ESTABLECE EL ARTÍCULO 8, INCISO D), SECCIÓN II, CAPÍTULO IV DEL TÍTULO VI DE LAS NORMAS DE LA CNV.
NI LA EMISORA NI LOS AGENTES COLOCADORES GARANTIZAN A LOS INVERSORES QUE SE LES ADJUDICARÁ EL MISMO VALOR NOMINAL DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES DETALLADO EN LA RESPECTIVA OFERTA, DEBIDO A QUE PUEDE EXISTIR SOBRESUSCRIPCIÓN DE DICHOS TÍTULOS RESPECTO DEL MONTO DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES QUE LA EMISORA, CONJUNTAMENTE CON LOS AGENTES COLOCADORES, DECIDAN EMITIR Y COLOCAR.
NI LOS ORGANIZADORES NI LOS AGENTES COLOCADORES NI LA EMISORA SERÁN RESPONSABLES POR LOS PROBLEMAS, FALLAS, PÉRDIDAS DE ENLACE, ERRORES EN LA APLICACIÓN NI CAÍDAS DEL SOFTWARE AL UTILIZAR EL SIOPEL. PARA MAYOR INFORMACIÓN RESPECTO DE LA UTILIZACIÓN DEL SIOPEL, SE RECOMIENDA A LOS INVERSORES LA LECTURA DETALLADA DEL “MANUAL DEL USUARIO - COLOCADORES” Y DOCUMENTACIÓN RELACIONADA PUBLICADA EN LA PÁGINA WEB DE A3 MERCADOS.
Suscripción, integración y liquidación
La emisión y liquidación de las Obligaciones Negociables tendrá lugar en la Fecha de Emisión y Liquidación que será informada en el Aviso de Resultados.
La liquidación de las Obligaciones Negociables será efectuada a través de CLEAR, comprometiéndose los inversores adjudicados a tomar los recaudos necesarios en relación al pago del precio de suscripción en efectivo.
Integración
Las sumas en efectivo correspondientes a las Obligaciones Negociables adjudicadas deberán ser integradas por los inversores adjudicados con las sumas en Dólares Estadounidenses en Argentina (dólar MEP) suficientes para cubrir el valor nominal que le fuera adjudicado de Obligaciones Negociables hasta las 14:00 horas de la Fecha de Emisión y Liquidación, del siguiente modo: (i) en caso de que los inversores adjudicados hubieran cursado las Órdenes de Compra a través de un Colocador, deberán pagar el precio de suscripción respectivo mediante: (a) CLEAR, (b) transferencia electrónica a una cuenta abierta a nombre de dicho Colocador correspondiente, la cual será informada en la Orden de Compra, o (c) autorización otorgada a dicho Colocador para que debite de una o más cuentas de titularidad del inversor adjudicado las sumas correspondientes; todo ello de acuerdo a las instrucciones consignadas en la Orden de Compra respectiva; y (ii) en caso de que los inversores adjudicados hubieran cursado sus Órdenes de Compra a través de un agente de A3 Mercados y/o adherente al mismo, deberán pagar el precio de suscripción respectivo mediante transferencia electrónica a la cuenta de titularidad del Agente de Liquidación abierta en el BCRA.
Una vez efectuada la integración del 100% del precio de suscripción en efectivo de las Obligaciones Negociables en la Fecha de Emisión y Liquidación (salvo en aquellos casos en los cuales, por cuestiones regulatorias, sea necesario transferir las Obligaciones Negociables a los inversores previamente a ser integrado el precio correspondiente), incluyendo, de ser el caso, el precio de suscripción de aquellas Obligaciones Negociables que hubieran sido adjudicadas a los Agentes Colocadores como consecuencia de las Órdenes de Compra eventualmente presentadas por dichos Agentes Colocadores, conforme fuera detallado en el párrafo anterior, el Agente de Liquidación: (i) pagará a la Emisora el precio de suscripción recibido de los suscriptores; y (ii) acreditará las Obligaciones Negociables adjudicadas en las cuentas depositante y comitente en CVSA indicadas por los correspondientes Agentes Colocadores y los agentes de A3 Mercados y/o adherentes al mismo. Una vez recibidas las Obligaciones Negociables adjudicadas por los Agentes Colocadores y/o por los agentes de A3 Mercados y/o adherentes al mismo, éstos transferirán en la Fecha de Emisión y Liquidación dichas Obligaciones Negociables, bajo su exclusiva responsabilidad, a las cuentas que hubieren indicado en sus Ofertas de Compra los inversores adjudicados.
En caso de que cualquiera de las Ofertas de Compra adjudicadas no sean integradas en o antes de las 14:00 horas de la Fecha de Emisión y Liquidación, los Agentes Colocadores procederán según las instrucciones que le imparta la Emisora (que podrán incluir, entre otras, la pérdida por parte de los inversores adjudicados incumplidores del derecho a suscribir las Obligaciones Negociables en cuestión sin necesidad de otorgarle la posibilidad de remediar su incumplimiento), sin perjuicio que dicha circunstancia no generará responsabilidad alguna a la Emisora y/o a los Agentes Colocadores ni otorgará a los agentes de A3 Mercados y/o adherentes al mismo que hayan ingresado las correspondientes Ofertas de Compra (y/o a los Inversores Interesados que hayan presentado a los mismos las correspondientes Órdenes de Compra) derecho a compensación y/o indemnización alguna, y sin perjuicio, asimismo, de la responsabilidad de los incumplidores por los daños y perjuicios que su incumplimiento ocasione a la Emisora y/o a los Agentes Colocadores.
Las Obligaciones Negociables no integradas por los inversores adjudicados serán canceladas con posterioridad a la Fecha de Emisión y Liquidación.
Liquidación
En la Fecha de Emisión y Liquidación, la Emisora depositará las Obligaciones Negociables en CVSA e instruirá la transferencia (la cual debe ser libre de pago) de las Obligaciones Negociables a la cuenta comitente del Agente de Liquidación, quien luego los transferirá a través de CLEAR a las cuentas depositante y comitente de titularidad de los inversores adjudicados, en la modalidad delivery versus payment . En caso de que no fuera posible realizar la liquidación a través de CLEAR, la liquidación se hará a través de CVSA.
Las Obligaciones Negociables serán emitidas en forma de certificado global permanente, que será depositado en el sistema de depósito colectivo que administra CVSA.
Inexistencia de Mercado para las Obligaciones Negociables — Estabilización.
En relación con la emisión de las Obligaciones Negociables, los Agentes Colocadores que participen en su colocación y distribución podrán realizar operaciones destinadas a estabilizar el precio de mercado de dichas Obligaciones Negociables, una vez que éstas ingresaron en la negociación secundaria, conforme con el Artículo 12, Sección IV, Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV y demás normas vigentes. En caso de ser efectuadas, dichas operaciones deberán ajustarse a las siguientes condiciones: (i) el Prospecto y/o el Suplemento correspondiente a la oferta pública en cuestión deberá haber incluido una advertencia dirigida a los inversores respecto de la posibilidad de realización de estas operaciones, su duración y condiciones; (ii) podrán ser realizadas
por agentes que hayan participado en la organización y coordinación de la colocación y distribución de la emisión; (iii) no podrán extenderse más allá de los primeros 30 días corridos desde el primer día en el cual se haya iniciado la negociación secundaria de las Obligaciones Negociables en el mercado; (iv) podrán realizarse operaciones de estabilización destinadas a evitar o moderar alteraciones bruscas en el precio al cual se negocien las Obligaciones Negociables que han sido objeto de colocación primaria; (v) no podrán efectuarse a precios superiores a aquellos a los que se hayan negociado las Obligaciones Negociables en los mercados autorizados, en operaciones entre partes no vinculadas con las actividades de organización, colocación y distribución; y (vi) los agentes que realicen operaciones en los términos antes indicados, deberán informar a los mercados la individualización de las mismas. Los mercados deberán hacer públicas las operaciones de estabilización, ya fuere en cada operación individual o al cierre diario de las operaciones.
FACTORES DE RIESGO
El presente apartado complementa y actualiza la sección “VI. Factores de Riesgo” del Prospecto y debe leerse de manera conjunta con el Prospecto. Invertir en las Obligaciones Negociables implica asumir ciertos riesgos. Consulte con sus asesores y vea la sección “VI. Factores de Riesgo” del Prospecto.
Riesgos relacionados con la Argentina
Somos altamente dependientes de las condiciones macroeconómicas de Argentina.
Nuestros resultados comerciales y financieros dependen en gran medida de las condiciones macroeconómicas, políticas, regulatorias y sociales de Argentina. Somos una sociedad constituida en virtud de las leyes de Argentina y casi todas nuestras operaciones, activos e ingresos se encuentran o derivan de Argentina. La economía argentina ha experimentado una volatilidad significativa en las últimas décadas, caracterizada por períodos de crecimiento bajo o negativo, altos niveles de inflación y devaluación de la moneda, y podría experimentar más volatilidad en el futuro.
En años recientes, las condiciones económicas en Argentina incluyeron la imposición de controles cambiarios, controles de precio, incremento de la intervención directa del Estado en la economía, modificación a leyes y reglamentaciones que afectaron al comercio exterior y a las inversiones extranjeras directas, aumento de la inflación, un déficit fiscal en aumento y limitaciones de la capacidad de Argentina de cumplir con su deuda soberana. Entre el 2016 y el 2019 el gobierno de Mauricio Macri impulsó una serie de medidas tendientes a reordenar las variables económicas. Sin embargo, la alta inflación y la depreciación de la moneda obligaron al gobierno a la reimplementación de medidas excepcionales, tales como los controles de cambio que habían sido eliminados entre 2015 y 2016.
Adicionalmente, durante el año 2020, el gobierno de Alberto Fernández tuvo que hacer frente a la pandemia de Covid-19 imponiendo una serie de medidas que afectaron a la economía argentina.
Asimismo, durante el año 2023 se llevó a cabo un proceso electoral a nivel nacional, provincial y local. En este sentido, a lo largo del año (i) se realizaron las elecciones presidenciales de la República Argentina; (ii) se eligió el jefe de gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los gobernadores de 21 provincias; (iii) se renovó la mitad de la Cámara de Diputados de la Nación; (iv) se renovó un tercio del Senado de la Nación y (v) hubo elecciones para los cargos de legisladores provinciales, intendentes y concejales municipales.
El 19 de noviembre de 2023, Javier Milei fue electo como el próximo presidente de Argentina en representación del partido político La Libertad Avanza, que tomó posesión el 10 de diciembre de 2023, venciendo a su contrincante en un balotaje con un 55,7% de los votos. El gobierno se enfrenta a una delicada situación económica: • la inflación continúa siendo alta y puede continuar en niveles similares en el futuro; de acuerdo con un informe publicado por el INDEC, al 31 de diciembre de 2023 el índice de inflación acumulado en 2023 medido por el IPC fue del 211,4%, la más elevada desde 1991, mientras que la inflación acumulada de 2024 fue de 112% y de enero a agosto de 2025 fue de 19,5%;
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en el segundo trimestre de 2025 el PBI mostró un aumento del 6,3% con relación al mismo período del
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año anterior;
• la deuda pública de Argentina como un porcentaje del PBI continúa siendo elevada; no obstante, este porcentaje ha ido disminuyendo desde 2023;
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el aumento discrecional del gasto público ha generado y podría continuar generando déficit fiscal;
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la inversión como porcentaje del PBI continúa siendo muy baja;
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podrían llevarse a cabo una cantidad significativa de manifestaciones o huelgas, como sucedió en el
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pasado, que podrían afectar adversamente los distintos sectores de la economía argentina;
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el suministro de energía o gas natural podría no ser suficiente para abastecer la actividad industrial
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(limitando así el desarrollo industrial) y el consumo interno;
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el desempleo y el empleo informal continúan siendo elevados; y
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el peso se devaluó aproximadamente un 22,3% durante los primeros ocho meses de 2025.
Además, la economía argentina es particularmente sensible a las fluctuaciones del plano político local. En Argentina se celebran elecciones legislativas cada dos años, lo que da lugar a la renovación parcial de ambas cámaras del Congreso. Las próximas elecciones legislativas nacionales están previstas para octubre de 2025. El resultado de estas elecciones puede dar lugar a cambios en las políticas gubernamentales que podrían afectar a
nuestro negocio. No podemos garantizar que se produzcan dichos cambios ni estimar su fecha o sus posibles efectos en nuestras operaciones y nuestra situación financiera.
El 7 de septiembre de 2025 se realizaron las elecciones legislativas de medio término en la Provincia de Buenos Aires. La oposición, liderada por el Gobernador Axel Kicillof, obtuvo el 47% de los votos, mientras que el partido oficialista del Presidente Milei obtuvo el 34%. Luego del resultado de la elección, el mercado de capitales internacional respondió negativamente, lo que generó un incremento en la volatilidad de los valores negociables argentinos y una disminución del precio de las acciones argentinas. Estos hechos acentuaron la sensibilidad de la confianza de los inversores en los acontecimientos políticos en Argentina y podrían afectar adversamente nuestra capacidad de acceder al mercado de capitales internacional o los términos y condiciones del mismo.
De acuerdo con el informe de MSCI, Argentina fue considerada un mercado emergente hasta junio de 2021, cuando se la declaró un mercado independiente. Las condiciones económicas y de mercado en Argentina y en los mercados emergentes, especialmente aquellos en América Latina, influyen en el mercado de valores emitidos por compañías argentinas. La volatilidad en los mercados de valores en América Latina y en los países de mercados emergentes, así como los potenciales aumentos en las tasas de interés en Estados Unidos y otros países desarrollados, pueden tener un impacto negativo en el valor de negociación de nuestros valores de capital y en nuestra capacidad y los términos en los que podemos acceder a los mercados de capitales internacionales. Además, los mercados independientes incluyen riesgos adicionales, tales como restricciones gubernamentales que pueden limitar las inversiones y los riesgos asociados con acontecimientos políticos. El 24 de junio de 2025, MSCI mantuvo a la Argentina en la categoría de “mercado independiente”, considerando que el país aún no cumple los criterios mínimos en materia de liquidez, acceso al mercado y marco regulatorio para ser reclasificado.
Existen demandas pendientes contra el gobierno argentino ante el CIADI que podrían implicar nuevas sentencias contra el gobierno argentino, lo que a su vez podría tener un efecto sustancialmente adverso en la capacidad del gobierno argentino para implementar reformas y fomentar el crecimiento económico. No podemos garantizar que en el futuro el gobierno argentino no incumplirá sus obligaciones.
En esta etapa inicial, y debido a la frágil situación económica y financiera actual de Argentina, no podemos anticipar cuáles serán sus medidas político-económicas iniciales ni cuándo comenzarán a tener efecto.
La economía argentina puede resultar afectada adversamente si las presiones sociales y políticas impiden la implementación por parte del gobierno argentino de políticas diseñadas para controlar la inflación, bajar el déficit fiscal, promover inversiones productivas, generar crecimiento y mejorar la confianza de los inversores y consumidores, o si las políticas implementadas por el gobierno argentino diseñadas para alcanzar esos objetivos no son exitosas. Estos sucesos podrían afectar en forma sustancialmente adversa la situación financiera y los resultados de nuestras operaciones.
Una disminución de la demanda internacional de productos argentinos, la pérdida de competitividad de los productos y servicios argentinos con respecto a otros mercados, una disminución de la confianza entre los consumidores e inversionistas locales y extranjeros, la imposibilidad del gobierno de disminuir la tasa de inflación y las incertidumbres políticas futuras, factores macroeconómicos externos, inestabilidad política, la imposibilidad de cumplir con los requisitos bajo préstamo del FMI, la imposibilidad de bajar el gasto público, renegociar la deuda interna, entre otros factores, podrían afectar el desarrollo de la economía argentina.
La volatilidad de la economía argentina y de las medidas adoptadas por el gobierno argentino han tenido y se espera que sigan teniendo un gran impacto sobre nosotros. No podemos proporcionar ninguna garantía de que los eventos económicos, sociales y políticos futuros en Argentina, sobre los que no tenemos control alguno, no perjudiquen nuestras condiciones comerciales y financieras ni los resultados de las operaciones.
La capacidad de Argentina para obtener financiamiento de los mercados internacionales es limitada, lo que podría afectar su capacidad para implementar reformas y generar crecimiento económico sostenible.
El gobierno argentino ha incumplido con los pagos de sus instrumentos de deuda soberana en el pasado. Como resultado, el gobierno argentino puede no tener acceso al financiamiento internacional, o su acceso puede ser costoso, lo que puede limitar su capacidad para realizar inversiones y fomentar el crecimiento económico. Además, las empresas del sector privado del país también pueden tener dificultades para acceder al financiamiento internacional o para acceder a precios razonables, como ha ocurrido en ocasiones anteriores.
Adicionalmente, en junio de 2018 el gobierno argentino y el FMI firmaron un acuerdo de préstamo a tres años por valor de 50.000 millones de dólares, que se modificó a 57.100 millones de dólares, reprogramándose los desembolsos, con un anticipo de aproximadamente U.S.$13.400 millones hasta diciembre de 2018, totalizando
U.S.$28.400 millones para el año 2018, y unos U.S.$22.650 millones en 2019. Sin embargo, el FMI suspendió los desembolsos después de septiembre de 2019, cancelando el programa; por lo tanto, el monto total desembolsado al cierre de 2019 ascendía a aproximadamente U.S.$44.500 millones (el "Acuerdo FMI 2018"). Tras un informe del FMI en febrero de 2020 en el que se afirmaba que la deuda de Argentina podría no ser sostenible, el gobierno argentino solicitó iniciar conversaciones con el FMI para renegociar el Acuerdo FMI 2018.
Durante el año 2020, el gobierno argentino llevó a cabo negociaciones con acreedores de la deuda argentina tanto bajo legislación extranjera como legislación argentina, a los efectos de lograr un camino para la sostenibilidad de la deuda de Argentina. Luego de diversas negociaciones, el 31 de agosto de 2020, el gobierno argentino anunció que había obtenido los consentimientos requeridos para canjear el 99,01% del monto total de capital pendiente de todas las series de Bonos Elegibles bajo ley extranjera, tras lo cual se consumó el canje. Por su parte, el 4 de abril de 2022 se concluyó definitivamente el canje de deuda externa bajo ley local. La adhesión de los bonistas privados logró alcanzar el 99,75%.
El 3 de marzo de 2022, el gobierno argentino y el FMI anunciaron que se llegó a un acuerdo a nivel del personal técnico. El acuerdo se basa en lo que se conoce como Servicio Ampliado del FMI, que incluye 10 revisiones que se realizan de manera trimestral durante dos años y medio (el “Acuerdo SAF”). Desde la finalización de la cuarta revisión, los principales objetivos del programa no se alcanzaron, como consecuencia de la sequía sin precedentes y desviaciones de las políticas. En un contexto de elevada inflación y crecientes presiones sobre la balanza de pagos, se acordó el 28 de julio de 2023 un nuevo paquete de medidas centrado en fortalecer las reservas y reforzar el orden fiscal. El 13 de junio de 2024 el FMI concluyó la octava revisión, luego de la cual el FMI desembolsó aproximadamente U.S.$800 millones al gobierno argentino para sostener la recuperación económica y reforzar las reservas fiscales y externas. Con esto, los desembolsos totales en el marco del Acuerdo SAF ascienden a aproximadamente U.S.$41,4 millones.
Con fecha 11 de marzo de 2025, el Poder Ejecutivo argentino emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia N°179/2025 que aprobó un nuevo acuerdo a 10 años (el “Programa de Facilidades Extendidas”) a celebrarse con el FMI, cuyo propósito consiste en refinanciar pasivos, incluyendo letras del tesoro no transferibles y los montos pendientes de amortización bajo el actual Acuerdo SAF. El 11 de abril de 2025, Argentina anunció el Programa de Facilidades Extendidas de 48 meses acordado con el FMI por un monto de U$S 20.000 millones. El mencionado programa será utilizado para fortalecer las reservas del BCRA, levantar las restricciones cambiarias y consolidar los resultados del programa económico. El Programa de Facilidades Extendidas cuenta con un plazo de 10 años y 4 años y medio de gracia de pagos de capital; y sus desembolsos de 2025 serán de US$ 15.000 millones que ingresarán a lo largo del año. El 15 de abril de 2025, en cumplimiento del Programa de Facilidades Extendidas, el BCRA recibió el primer desembolso por parte del FMI por un monto total de US$ 12.000 millones.
Adicionalmente, el 11 de abril de 2025, el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo (“BID”) aprobaron una asistencia financiera a la Argentina en el marco de sus respectivos programas plurianuales por un importe de 10.000 millones de U.S.$. El 8 de mayo de 2025, el BID confirmó que Argentina recibirá 500 millones de U.S.$ para fortalecer su balanza de pagos y avanzar en las reformas estructurales. El préstamo forma parte de un paquete de financiamiento de 10 mil millones de U.S.$ que el BID aportará a los sectores público y privado de Argentina durante los próximos tres años.
En el supuesto en que el Estado Nacional no cumpla con los compromisos y metas económicas y fiscales acordadas con el FMI, o que el acuerdo no sea aprobado por el Directorio Ejecutivo del FMI, la Argentina podría verse en situación de default respecto a la deuda contraída con el FMI y, en consecuencia, su situación financiera y económica podrían verse adversamente afectadas.
En octubre de 2022, fue renegociada la deuda que la Argentina mantenía con el Club de París. El acuerdo es una adenda al firmado en 2014 por el entonces Ministro de Economía Axel Kicillof y reconoce un monto de capital por U.S.$1.971 millones, extendiendo un período de repago de trece cuotas semianuales, empezando en diciembre de 2022 para cancelarse definitivamente en septiembre de 2028. A su vez, se estableció una mejora en la tasa de interés pasando de pagar un 9% al 3,9% en las primeras tres cuotas, con un aumento paulatino hasta el 4,5%. El perfil de pagos implica una cuota promedio semestral de $170 millones (capital e intereses incluidos). En los próximos dos años Argentina devolverá un 40% del capital adeudado.
A pesar de las reestructuraciones de deuda desde 2020, los mercados internacionales siguen mostrando dudas sobre la sostenibilidad de la deuda argentina, como lo indican los elevados índices de riesgo país, aunque se ha registrado una disminución significativa desde 2024. A lo largo de 2025, el riesgo país ha fluctuado entre 600 y 800 puntos básicos. No podemos garantizar que se mantengan las calificaciones crediticias de Argentina, y estas
podrían ser rebajadas, suspendidas o retiradas. Tampoco podemos garantizar que Argentina cumpla los objetivos fijados por el FMI o el Club de París o que sea capaz de gestionar sus elevados niveles de deuda pública y comercial externa. Cualquier rebaja, suspensión o cancelación de la calificación de la deuda soberana de Argentina, o cualquier incumplimiento de los acuerdos, podría tener efectos adversos en la economía argentina, en la capacidad del gobierno para obtener financiamiento en los mercados de capitales internacionales y, en consecuencia, en nuestra capacidad para obtener financiamiento en condiciones favorables o en absoluto.
A la fecha del presente Suplemento no se puede predecir con exactitud los efectos que pueda tener la falta de éxito, en la economía y situación financiera argentina y, en consecuencia, en la situación financiera de la Compañía; pero ello podría afectar negativamente la capacidad del gobierno argentino de emitir títulos de deuda u obtener términos favorables cuando surja la necesidad de acceder a los mercados de capitales internacionales y, en consecuencia, la capacidad de la Compañía para acceder a estos mercados también podría ser limitada.
El alto gasto público podría tener consecuencias adversas duraderas para la economía argentina.
En los últimos años, el gobierno argentino ha recurrido al BCRA y al ANSES para satisfacer parte de sus requisitos de financiamiento. Por otra parte, el saldo fiscal primario podría verse afectado en el futuro si el gasto público se aumenta a un ritmo más acelerado que el ingreso.
La actual administración del Gobierno Nacional ha lanzado un paquete de medidas de ajuste fiscal destinadas a reducir el déficit. En lo que va de 2025, el gobierno ha obtenido superávit fiscal todos los meses. Para 2025, el Poder Ejecutivo ha fijado el objetivo de alcanzar un superávit equivalente al 1,6% del PBI. Sin embargo, no se puede asegurar que dichas medidas logren contener el déficit fiscal o tengan el resultado esperado en el largo plazo. Un deterioro adicional de las cuentas fiscales podría afectar adversamente la capacidad del gobierno argentino de acceder a los mercados financieros a largo plazo y, a su vez, podría limitar el acceso de las compañías argentinas a dichos mercados, lo cual podría afectar adversamente el negocio, situación patrimonial y el resultado de las operaciones de la Emisora.
Riesgos relacionados con la situación global
La economía argentina puede contraerse en el futuro debido a las condiciones internacionales, lo que podría afectar adversamente nuestras operaciones.
Las tensiones y conflictos geopolíticos actuales, como la guerra entre Rusia y Ucrania, los disturbios o amenazas en Medio Oriente, incluido el conflicto entre Israel, Irán y Hamás, y las preocupaciones sobre las relaciones entre China y otros países asiáticos (por ejemplo, los relacionados con Taiwán) podrían crear en el futuro ciertas inestabilidades en el mercado global. Crisis económicas y sociales regionales continúan afectando a América Latina, agravadas por factores como un crecimiento regional más lento tras casi una década de expansión.
Cambios en las políticas de los Estados Unidos, entre ellas las políticas comerciales, bajo la administración Trump, podrían impactar negativamente en nuestro negocio, nuestras condiciones financieras y en los resultados de nuestras operaciones.
Los recientes cambios en la política comercial y regulatoria de Estados Unidos, en particular bajo la administración Trump, crean riesgos para nuestro negocio, nuestra situación financiera y nuestros resultados operativos. Desde la asunción del cargo, el presidente Trump ha implementado una serie de aranceles y restricciones comerciales, lo que ha llevado a algunos países a imponer medidas de represalia. Si bien la aplicación de ciertos aranceles se ha retrasado y algunos productos energéticos específicos, como el petróleo crudo, han quedado exentos a la fecha de este Suplemento, el impacto general de estas medidas en el comercio mundial y el crecimiento económico sigue siendo impredecible. Dichas medidas podrían perturbar las cadenas de suministro mundiales, aumentar los costos y afectar los ingresos de las empresas que dependen del comercio exterior.
El actual gobierno argentino ha expresado su interés en negociar un acuerdo comercial con Estados Unidos, lo que podría fomentar un mayor acceso al mercado y la inversión. Sin embargo, a la fecha de este Suplemento, no se ha llegado a ningún acuerdo y la fecha, los términos o el impacto del mismo siguen siendo inciertos.
Como empresa de petróleo y gas que opera en Argentina, estamos expuestos a regulaciones de importación, obstáculos en la cadena de suministro y políticas comerciales que pueden cambiar con las medidas del gobierno de los EEUU. Cualquier aumento de los aranceles o de su aplicación podría elevar los costos, limitar el acceso a materiales esenciales o interrumpir las operaciones.
Existe una considerable incertidumbre sobre cómo evolucionará la política comercial de Estados Unidos en el futuro. No podemos asegurar a los inversores que los cambios futuros no afectarán de manera significativa y adversa nuestras operaciones, situación financiera o rendimiento y el resultado de nuestras operaciones.
Riesgos relacionados con el negocio de petróleo y gas
La falta de disponibilidad de transporte o de infraestructura de almacenamiento puede limitar nuestra posibilidad de aumentar la producción de hidrocarburos y podría afectar adversamente nuestra situación financiera y los resultados de las operaciones.
Nuestra capacidad para explotar nuestras reservas de hidrocarburos depende, entre otros factores, de la disponibilidad de infraestructura de transporte en condiciones comercialmente aceptables para transportar los hidrocarburos producidos a los mercados en los que se venden. Por lo general, el petróleo se transporta por tuberías a las refinerías, y el gas se suele transportar por tubería a los clientes. La falta de infraestructura de almacenamiento, o carga adecuada o alternativa, o la capacidad disponible en los sistemas existentes de transporte de hidrocarburos de largo alcance podría afectar adversamente nuestra situación financiera y los resultados de las operaciones.
Particularmente, hemos realizado esfuerzos significativos para asegurar la capacidad de transporte a través de nuestro involucramiento en proyectos clave, como VMOS o en la expansión del oleoducto Oldelval (Duplicar Norte). Sin embargo, si estos proyectos experimentaran retrasos significativos, o si no fueran finalizados dentro de lo planeado, podría haber insuficiente capacidad disponible para satisfacer nuestros incrementos de producción anticipados. Los retrasos en la construcción o finalización del oleoducto VMOS o el proyecto de Oldelval podrían limitar nuestra capacidad para transportar hidrocarburos de nuestras áreas principales de producción, limitar el crecimiento de la producción, o requerirnos reducir la producción, cada uno de los cuales podría afectar negativamente nuestra condición financiera y resultados operativos.
Riesgos relacionados con la Emisora
No podemos garantizar que se cumplan las condiciones necesarias para la Venta.
En junio de 2025, suscribimos un acuerdo con Crown Point Energía S.A. para la transferencia de: (i) nuestras participaciones en las concesiones de explotación de “El Tordillo”, “La Tapera” y “Puesto Quiroga” (lo que representa el 52,13347%); (ii) las relativas concesiones de transporte de hidrocarburos; y (iii) nuestro 4,2% de participación en Terminales Marítimas Patagónicas S.A. (conjuntamente, la “Venta”):
El perfeccionamiento de la Venta se encuentra sujeto al cumplimiento de varias condiciones importantes, que pueden no cumplirse como se espera, o no cumplirse en absoluto. Estas condiciones incluyen:
(i) YPF S.A., Pampa Energía S.A. y Petrominera Chubut S.E. decidiendo no ejercer sus derechos de preferencia y otorgando las aprobaciones necesarias en virtud de los acuerdos conjuntos relevantes de operaciones; (ii) Obtención de la aprobación de las transferencias por parte de la Provincia de Chubut; y
(iii) aprobación de la auditoría de cierre ambiental y del plan ambiental propuesto por la autoridad de control ambiental de la Provincia de Chubut.
No se puede garantizar que estas condiciones se cumplan dentro del plazo previsto, o que efectivamente se cumplan. Si cualquier autorización o aprobación requerida se retrasa, se deniega o se somete a condiciones inesperadas, la finalización de la Venta podría posponerse o no producirse. El hecho de no completar el proceso de la Venta podría afectar negativamente a nuestra estrategia comercial y a los resultados financieros previstos.
Riesgos relacionados con las Obligaciones Negociables
Las Obligaciones Negociables y la capacidad de la Emisora de efectuar pagos de capital y/o intereses en Dólares Estadounidenses podrían verse afectadas por las disposiciones cambiarias vigentes.
Las Obligaciones Negociables estarán denominadas y serán integrables y pagaderas en Dólares Estadounidenses localmente en Argentina a través de Caja de Valores, según lo previsto en este Suplemento.
Las normas del Banco Central han restringido y podrían restringir en el futuro el acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera destinada al pago de obligaciones pagaderas en moneda extranjera, ya sea en la Argentina, como es el caso de las Obligaciones Negociables, o en el exterior tanto en monto como en oportunidad de pago.
Por lo cual, la posibilidad de la Emisora para acceder posteriormente al mercado libre de cambios para adquirir las divisas necesarias para efectuar pagos de capital y/o de intereses bajo las Obligaciones Negociables a sus respectivas fechas de pago podría verse afectada.
Por otro lado, la Emisora no puede garantizar que el BCRA no emitirá en el futuro otras regulaciones o interpretaciones que de algún otro modo amplíen o modifiquen las restricciones y limitaciones existentes a la fecha, o si, por el contrario, se establecerán restricciones adicionales o más severas que las existentes a la fecha de este Suplemento. Para más información acerca de los controles cambiarios, véase “ Información Adicional⸻Controles de Cambio ” del Prospecto.
No puede garantizarse que las calificaciones de riesgo que se asignen a las Obligaciones Negociables no serán objeto de una disminución, suspensión o retiro por parte de las agencias calificadoras y las calificaciones crediticias podrían no reflejar todos los riesgos de invertir en las Obligaciones Negociables.
Las calificaciones de riesgo que se asignen a las Obligaciones Negociables representan una evaluación por parte de las agencias calificadoras de riesgo de la capacidad de la Emisora de pagar sus deudas a su vencimiento. En consecuencia, cualquier disminución o retiro de una calificación por parte de una agencia calificadora podría reducir la liquidez o el valor de mercado de las Obligaciones Negociables. Estas calificaciones crediticias podrían no reflejar el posible impacto de los riesgos relacionados con la estructura o la comerciabilidad de las Obligaciones Negociables. Una calificación asignada podría incrementarse o disminuirse dependiendo, entre otras cuestiones, de la evaluación realizada por la agencia calificadora respectiva de su solidez financiera, así como de su evaluación del riesgo soberano de los países en los que la Emisora opera generalmente. La baja, la suspensión o el retiro de dichas calificaciones podrían tener un efecto negativo sobre el precio de mercado y la comerciabilidad de las Obligaciones Negociables.
Las calificaciones no constituyen una recomendación para comprar, vender o mantener títulos valores, y pueden ser modificadas o retiradas en cualquier momento por la agencia que las emite, y las calificaciones no emiten juicio sobre el precio de mercado o la conveniencia para un inversor particular. La calificación de cada agencia debe evaluarse en forma independiente de la de cualquier otra agencia. La Emisora no puede asegurar que la calificación de las Obligaciones Negociables permanecerá vigente por un período de tiempo determinado o que la calificación no será objeto de una disminución, suspensión o retiro en su totalidad por parte de una o más agencias calificadoras si, a criterio de dichas agencias calificadoras, las circunstancias lo justifican.
En caso de quiebra de la Emisora los créditos resultantes de las Obligaciones Negociables estarán subordinados a otros créditos establecidos por ley.
De acuerdo a lo establecido por el artículo 209 de la Ley de Concursos y Quiebras Nº 24.522 (la “Ley de Concursos y Quiebras”), a los acreedores los titulares de créditos comunes o quirografarios no se les reconoce privilegio alguno.
En ese caso, el pago de los créditos de los tenedores de las Obligaciones Negociables estará subordinado al pago de ciertos créditos establecidos por ley, como los gastos de ejecución, créditos de tipo impositivo, créditos con privilegio especial o general.
La Emisora podrá rescatar las Obligaciones Negociables antes del vencimiento.
Las Obligaciones Negociables podrán ser rescatadas, en forma total, a opción de la Emisora en determinadas condiciones. En consecuencia, un inversor podrá no estar en posición de reinvertir los fondos provenientes del rescate en un título similar a una tasa de interés efectiva similar a la de las Obligaciones Negociables.
INFORMACIÓN FINANCIERA
a) Estados Financieros
Este resumen está sujeto a la información financiera detallada en el Prospecto y debe ser leído conjuntamente con la misma, incluyendo los Estados Financieros Auditados de la Emisora al 31 de diciembre de 2024, 2023 y 2022 y por los ejercicios económicos finalizados a tales fechas, y las notas que los acompañan, así como con las secciones “ Información sobre la Emisora ” y “ Capítulo XI. Antecedentes Financieros - f) Reseña y perspectiva operativa y financiera ” de dicho Prospecto. Los Estados Financieros Auditados de la Emisora han sido auditados por PwC.
La información sobre los Estados Financieros Intermedios Condensados (no auditados) al 30 de junio de 2025 y por el período de seis meses finalizado al 30 de junio de 2025 y 2024 ha sido preparada de acuerdo con la norma internacional de contabilidad (“ NIC ”) 34 “Información financiera intermedia”.
Presentación de información financiera en economías de hiperinflación
La Emisora ha definido como su moneda funcional el dólar estadounidense, ya que ésta es la moneda que mejor refleja la sustancia económica del contexto en el cual opera. Tanto las ventas de hidrocarburos como los precios de los principales costos de perforación son negociados, pactados y perfeccionados en dólares estadounidenses o tienen en consideración la fluctuación del tipo de cambio respecto de dicha moneda.
Las partidas incluidas en los Estados Financieros de la Emisora se registran en la moneda funcional, siendo el peso argentino la moneda de presentación de los Estados Financieros Anuales e Intermedios.
Dado que la moneda funcional adoptada no es la moneda correspondiente a una economía hiperinflacionaria, no se aplica la Norma Internacional de Contabilidad 29 “Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias” .
1) Estado de Resultados (expresado en millones de pesos)
| Operaciones continuas Ingresos por ventas Costos operativos Margen bruto Gastos de comercialización Gastos de administración Costos de exploración y evaluación Otros ingresos operativos Otros egresos operativos Resultado operativo Ingresos financieros Costos financieros Otros resultados financieros netos Resultado antes de resultado de inversiones a valor patrimonial proporcional y del impuesto a las ganancias Resultado de inversiones a valor patrimonial proporcional Resultado antes del impuesto a las ganancias Impuesto a las ganancias Resultado del período de operaciones continuas Operaciones discontinuas Resultado del período |
Período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 2024 |
|---|---|
| (No auditados) 732.421 559.633 (532.075) (363.837) |
|
| 200.346 195.796 |
|
| (53.555) (51.361) (62.094) (46.095) (3.895) (6.962) 475 814 (5.558) (1.156) |
|
| 75.719 91.036 |
|
| 11.050 10.928 (35.946) (50.106) (28.727) 25.541 |
|
| 22.096 77.399 |
|
| 8.603 652 |
|
| 30.699 78.051 |
|
| (21.114) 162.873 |
|
| 9.585 240.924 |
|
| (10.823) (34.028) |
|
| (1.238) 206.896 |
| Resultado atribuible a: Accionistas de la Sociedad (1.238) 206.896 2) Estado de Resultados Integrales (expresado en millones de pesos) Período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 2024 (No auditados) Resultado del período (1.238) 206.896 Otros resultados integrales: Ítems que no pueden ser reclasificados posteriormente en resultados: Operaciones continuas Efecto de conversión monetaria - Tecpetrol S.A. 253.303 122.230 Variación en el valor razonable de inversiones en instrumentos de patrimonio 577 (747) Resultados actuariales netos generados por programas de beneficios al personal (302) (2.740) Impuesto a las ganancias relativo a componentes de otros resultados integrales (444) 1.219 Operaciones discontinuas Efecto de conversión monetaria (6.853) 3.815 Total de otros resultados integrales del período 246.281 123.777 Total de resultados integrales del período 245.043 330.673 Resultados integrales atribuibles a: Accionistas de la Sociedad 245.043 330.673 Operaciones continuas 262.719 360.886 Operaciones discontinuas (17.676) (30.213) 3) Estado de Situación Financiera (expresado en millones de pesos) 30 de junio de 2025 31 de diciembre de 2024 (No auditados) ACTIVO Activo no corriente Propiedades, planta y equipos. Activos de exploración, evaluación y desarrollo 2.237.695 1.742.955 Activos por derecho de uso 44.209 55.226 Inversiones en sociedades a valor patrimonial proporcional - 7.917 Inversiones en instrumentos de patrimonio a valor razonable 54.533 15.673 Activo por impuesto diferido 187.594 177.115 Otros créditos y anticipos 147.951 94.062 Crédito por impuesto a las ganancias 33 34 Total del Activo no corriente 2.672.015 2.092.982 Activo corriente Inventarios 77.433 66.605 Otros créditos y anticipos 140.776 86.812 Crédito por impuesto a las ganancias 5.340 685 Créditos por ventas 382.036 149.518 Otras inversiones - 17.506 Efectivo y equivalentes de efectivo 3.206 48.254 Total del Activo corriente 608.791 369.380 Activos clasificados como mantenidos para la venta 84.647 - Total del Activo 3.365.453 2.462.362 |
Resultado atribuible a: Accionistas de la Sociedad (1.238) 206.896 2) Estado de Resultados Integrales (expresado en millones de pesos) Período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 2024 (No auditados) Resultado del período (1.238) 206.896 Otros resultados integrales: Ítems que no pueden ser reclasificados posteriormente en resultados: Operaciones continuas Efecto de conversión monetaria - Tecpetrol S.A. 253.303 122.230 Variación en el valor razonable de inversiones en instrumentos de patrimonio 577 (747) Resultados actuariales netos generados por programas de beneficios al personal (302) (2.740) Impuesto a las ganancias relativo a componentes de otros resultados integrales (444) 1.219 Operaciones discontinuas Efecto de conversión monetaria (6.853) 3.815 Total de otros resultados integrales del período 246.281 123.777 Total de resultados integrales del período 245.043 330.673 Resultados integrales atribuibles a: Accionistas de la Sociedad 245.043 330.673 Operaciones continuas 262.719 360.886 Operaciones discontinuas (17.676) (30.213) 3) Estado de Situación Financiera (expresado en millones de pesos) 30 de junio de 2025 31 de diciembre de 2024 (No auditados) ACTIVO Activo no corriente Propiedades, planta y equipos. Activos de exploración, evaluación y desarrollo 2.237.695 1.742.955 Activos por derecho de uso 44.209 55.226 Inversiones en sociedades a valor patrimonial proporcional - 7.917 Inversiones en instrumentos de patrimonio a valor razonable 54.533 15.673 Activo por impuesto diferido 187.594 177.115 Otros créditos y anticipos 147.951 94.062 Crédito por impuesto a las ganancias 33 34 Total del Activo no corriente 2.672.015 2.092.982 Activo corriente Inventarios 77.433 66.605 Otros créditos y anticipos 140.776 86.812 Crédito por impuesto a las ganancias 5.340 685 Créditos por ventas 382.036 149.518 Otras inversiones - 17.506 Efectivo y equivalentes de efectivo 3.206 48.254 Total del Activo corriente 608.791 369.380 Activos clasificados como mantenidos para la venta 84.647 - Total del Activo 3.365.453 2.462.362 |
|---|---|
| Operaciones discontinuas | |
| Efecto de conversión monetaria | |
| Total de otros resultados integrales del período | |
| Total de resultados integrales del período | |
| Resultados integrales atribuibles a: | |
| Accionistas de la Sociedad | |
| Operaciones continuas Operaciones discontinuas 3) Estado de Situación Financiera (expresado en millones de pesos) ACTIVO Activo no corriente |
|
| 1.742.955 55.226 7.917 15.673 177.115 94.062 34 |
|
| Propiedades, planta y equipos. Activos de exploración, evaluación y desarrollo |
|
| Activos por derecho de uso | |
| Inversiones en sociedades a valor patrimonial proporcional | |
| Inversiones en instrumentos de patrimonio a valor razonable Activo por impuesto diferido |
|
Otros créditos y anticipos |
|
| Crédito por impuesto a las ganancias Total del Activo no corriente Activo corriente Inventarios Otros créditos y anticipos Crédito por impuesto a las ganancias Créditos por ventas Otras inversiones Efectivo y equivalentes de efectivo Total del Activo corriente Activos clasificados como mantenidos para la venta Total del Activo |
|
| 2.092.982 | |
| 66.605 86.812 685 149.518 17.506 48.254 |
|
| 369.380 | |
| - | |
| 2.462.362 |
| PATRIMONIO NETO Y PASIVO Patrimonio Neto Capital social Contribuciones de capital Reserva legal Otras reservas |
4.436 898 72.756 547.151 1.084.315 (282) 1.709.274 722.188 21.444 38.246 76.208 858.086 351.087 14.434 10.047 31.830 298.251 705.649 92.444 1.656.179 3.365.453 |
4.436 898 44.216 467.944 584.834 361.903 |
|---|---|---|
| Reserva para futuros dividendos | ||
| Resultados no asignados Total del Patrimonio Neto Pasivo no corriente Deudas bancarias y financieras |
||
| 1.464.231 | ||
| 385.204 27.243 31.059 117.491 |
||
Pasivos por derecho de uso |
||
| Programas de beneficio al personal Previsiones Total del Pasivo no corriente Pasivo corriente Deudas bancarias y financieras |
||
| 560.997 | ||
| 174.921 18.355 8.605 30.415 204.838 |
||
Pasivos por derecho de uso |
||
| Programas de beneficio al personal Previsiones Deudas comerciales y otras deudas Total del Pasivo corriente Pasivos clasificados como mantenidos para la venta Total del Pasivo Total del Patrimonio Neto y del Pasivo |
||
| 437.134 | ||
| - | ||
| 998.131 | ||
| 2.462.362 |
4) Estado de Evolución del Patrimonio Neto (expresado en millones de pesos)
Por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025
| Saldos al 31 de diciembre de 2024 Resultado del período Otros resultados integrales del período Saldos al 30 de junio de 2025 |
Total atribuible a los accionistas de la Sociedad (No auditados) 1.464.231 (1.238) 246.281 1.709.274 |
|---|---|
Por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2024
| Saldos al 31 de diciembre de 2023 Resultado del período Otros resultados integrales del período Saldos al 30 de junio de 2024 |
Total atribuible a los accionistas de la Sociedad (No auditados) 865.045 206.896 123.777 1.195.718 |
|---|---|
5) Estado de Flujo de Efectivo (expresado en millones de pesos)
| Período de seis meses |
|---|
| finalizado el 30 de junio de |
| 2025 2024 |
| ACTIVIDADES OPERATIVAS Resultado del período Ajustes al resultado del período para arribar al flujo operativo de fondos Variación en el capital de trabajo |
(No auditados) (1.238) 206.896 383.104 99.092 (250.371) (299.215) 67.648 70.514 (4.441) (3.158) (4.659) (546) |
(No auditados) (1.238) 206.896 383.104 99.092 (250.371) (299.215) 67.648 70.514 (4.441) (3.158) (4.659) (546) |
(No auditados) (1.238) 206.896 383.104 99.092 (250.371) (299.215) 67.648 70.514 (4.441) (3.158) (4.659) (546) |
|---|---|---|---|
Otros, incluyendo el efecto de conversión monetaria |
|||
| Pagos de programas de beneficio al personal Pagos de impuesto a las ganancias Efectivo generado por actividades operativas ACTIVIDADES DE INVERSIÓN Inversiones en propiedades, planta y equipos Cobro por ventas de propiedades, planta y equipos Cobro de otras inversiones Aportes en inversiones en instrumentos de patrimonio a valor razonable Cobro en efectivo por venta de inversiones a valor patrimonial proporcional Efectivo aplicado a actividades de inversión ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN Tomas de préstamos Emisión de obligaciones negociables, neto de costos de emisión Cancelación de préstamos Pagos de pasivos por derecho de uso Efectivo generado por actividades de financiación Disminución del efectivo y equivalentes de efectivo Variación en efectivo y equivalentes de efectivo Efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del período, neto de descubiertos en cuenta corriente Disminución del efectivo y equivalentes de efectivo Resultados financieros generados por el efectivo y equivalentes de efectivo Diferencias de conversión Efectivo y equivalentes de efectivo al cierre del período, neto de descubiertos en cuenta corriente Efectivo y equivalentes de efectivo de operaciones continuas Efectivo y equivalentes de efectivo de operaciones discontinuas Descubiertos en cuenta corriente Efectivo y equivalentes de efectivo al cierre del período, neto de descubiertos en cuenta corriente Transacciones que no afectan el efectivo Inversiones en propiedades, planta y equipos no pagadas al cierre del período Cobranza de créditos con bonos Cobro en especie por venta de inversiones a valor patrimonial proporcional |
|||
| 190.043 | 73.583 | ||
| (579.914) (308.270) 413 349 18.064 67.566 (35.612) - |
|||
1.710 - |
|||
| (595.339) | (240.355) | ||
| 59.826 419.334 (125.743) (11.562) |
198.667 106.304 (154.496) (6.758) |
||
| 341.855 | 143.717 | ||
| (63.441) | (23.055) | ||
| 48.254 3.673 (63.441) (23.055) (1.986) (74) 20.935 468 |
|||
| 3.762 (18.988) |
|||
| Al 30 de junio de | |||
| 2025 | 2024 | ||
| (No auditados) | |||
| 3.206 | 10.957 | ||
| 568 | - | ||
| (12) | (29.945) | ||
| 3.762 97.295 - 16.050 |
(18.988) | ||
| 54.752 22.902 - |
b) Indicadores Financieros
El siguiente cuadro contiene ciertos índices comparativos de la Emisora al 30 de junio de 2025 y al 31 de diciembre de 2024. Dichos indicadores han sido calculados con datos extraídos de los Estados Financieros que se mencionan en el presente Suplemento, y deben ser leídos junto con dichos Estados Financieros.
| Solvencia (i) Liquidez (ii) Inmovilización del capital (iii) Rentabilidad (iv) |
Al 30 de junio de 2025 Al 31 de diciembre de 2024 |
|---|---|
| (No auditados) 103,21% 146,70% 86,27% 84,50% |
|
| 79,40% 85,00% |
|
| (0,08%) 26,20% |
(i) Solvencia: Patrimonio neto / Total del pasivo
(ii) Liquidez: Activo corriente / Pasivo corriente (iii) Inmovilización de capital: Activo no corriente / Total del activo
(iv) Rentabilidad: Resultado del período/ ejercicio / Patrimonio neto promedio
A continuación, se explican las principales variaciones de los indicadores financieros:
Solvencia:
El índice de solvencia disminuyó 43 puntos en el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 principalmente por el aumento de las deudas bancarias y financieras para atender el plan de inversiones en Los Toldos II Este.
Liquidez:
El índice de liquidez no tuvo una variación significativa en el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025.
Al 30 de junio de 2025 Tecpetrol presenta un capital de trabajo negativo de $96.858 millones generado principalmente por las deudas bancarias y financieras, el cual es monitoreado en forma permanente por el Directorio y la Gerencia. La Sociedad cuenta con distintas alternativas que le permitirán atender adecuadamente los compromisos asumidos.
Inmovilización del capital:
El índice de inmovilización de capital disminuyó 6 puntos en el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 principalmente por el aumento del total del activo debido al incremento de los créditos por ventas en el período invernal.
Rentabilidad:
El índice de rentabilidad disminuyó 26 puntos en el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 debido principalmente por menores resultados del período.
c) Capitalización y Endeudamiento
El siguiente cuadro detalla cierta información financiera de la Emisora al 30 de junio de 2025 y al 31 de diciembre de 2024 incluyendo su deuda de corto y largo plazo y patrimonio neto. Este cuadro debe leerse junto con el “ Capítulo XI. Antecedentes Financieros - f) Reseña y perspectiva operativa y financiera ” del Prospecto, así como con los Estados Financieros incluidos en otra sección del Prospecto y en el presente Suplemento (valores expresados en millones de pesos).
| Endeudamiento de corto plazo (i) Endeudamiento de largo plazo (i) Total de endeudamiento (i) (ii) Total del patrimonio neto Capitalización total (iii) |
Al 30 de junio Al 31 de diciembre de 2025 de 2024 |
|---|---|
| (No auditados) 351.087 174.921 722.188 385.204 |
|
| 1.073.275 560.125 |
|
| 1.709.274 1.464.231 |
|
| 2.782.549 2.024.356 |
(i) La Emisora registra sus obligaciones de deuda en sus Estados Financieros de acuerdo con la suma de dinero recibida, menos los costos directos de transacción incurridos, más los intereses devengados al cierre del ejercicio / período.
(ii) Al 30 de junio de 2025 y al 31 de diciembre de 2024 el endeudamiento de la Emisora garantizado asciende a $111.643 millones y $143.420 millones, respectivamente.
(iii) La capitalización total representa el total del endeudamiento más el total del patrimonio neto.
El incremento de la capitalización total al 30 de junio de 2025 se explica por el incremento del endeudamiento en $513.150 millones y por el incremento del patrimonio neto en $245.043 millones.
El aumento del total del endeudamiento de la Emisora se explica principalmente por un mayor endeudamiento motivado por el plan de inversiones en Los Toldos II Este.
El aumento del patrimonio neto se explica principalmente por los resultados del período y el efecto de la conversión del patrimonio neto de la moneda funcional (dólar estadounidense) a la moneda de presentación (pesos), debido a la variación del tipo de cambio.
De conformidad con el criterio interpretativo N°94 de la CNV, a continuación se presenta información relativa a la capitalización y endeudamiento desde la presentación de los estados contables al 30 de junio de 2025 hasta la fecha de este Suplemento.
| Cifras expresadas en millones de pesos | Para el período finalizado el 30 de junio de 2025 |
Al | 8 de octubre de 2025 |
|---|---|---|---|
| Pagarés electrónicos | 0 | 0 | |
| Cheques y diferidos (físicos y electrónicos) | 0 | 0 | |
| Facturas de crédito | 0 | 0 | |
| Cauciones | 0 | 0 | |
| Deudas financieras bancarias | 249.431 | 600.636 | |
| Obligaciones Negociables | 804.907 | 955.200 | |
| Otras deudas de la Sociedad | 2.350 | 2.789 | |
| Total | 1.056.687 | 1.558.625 |
A la fecha del presente, la Sociedad no tiene previsto emitir pagarés electrónicos, cheques de pago diferido, cheques electrónicos, facturas de crédito u otorgar cauciones de manera significativa y que puedan afectar el cumplimiento de las obligaciones de la Sociedad.
Las cifras detalladas en el cuadro anterior no se encuentran auditadas. La Emisora asume la responsabilidad por las declaraciones realizadas en el Prospecto y/o en los respectivos Suplementos sobre la completitud en la divulgación de los riesgos involucrados y la situación actual de la Emisora, los cuales se basan en la información disponible y en las estimaciones razonables de la administración. No se han producido variaciones entre el 8 de octubre y la fecha del presente, que pudieran afectar significativamente la situación de endeudamiento de la Emisora.
El siguiente cuadro indica el vencimiento de capital de las obligaciones en los siguientes tramos desde el 30 de junio de 2025:
| Cifras expresadas en millones de pesos | Menos de 2 meses |
Menos de 6 meses |
Menos de 1 año | Mayor a 1 año |
|---|---|---|---|---|
| Pagarés electrónicos | 0 | 0 | 0 | 0 |
| Cheques y diferidos (físicos y electrónicos) | 0 | 0 | 0 | 0 |
| Facturas de crédito | 0 | 0 | 0 | 0 |
| Cauciones | 0 | 0 | 0 | 0 |
|---|---|---|---|---|
| Deudas financieras bancarias | 27.808 | 27.808 | 127.915 | 65.900 |
| Obligaciones Negociables | 0 | 0 | 144.600 | 660.307 |
| Otras deudas de la Sociedad | 0 | 0 | 2.350 | 0 |
El siguiente cuadro indica el vencimiento de capital de las obligaciones en los siguientes tramos desde el 8 de octubre de 2025:
| Cifras expresadas en millones de pesos | Menos de 2 meses |
Menos de 6 meses |
Menos de 1 año | Mayor a 1 año |
|---|---|---|---|---|
| Pagarés electrónicos | 0 | 0 | 0 | 0 |
| Cheques y diferidos (físicos y electrónicos) | 0 | 0 | 0 | 0 |
| Facturas de crédito | 0 | 0 | 0 | 0 |
| Cauciones | 0 | 0 | 0 | 0 |
| Deudas financieras bancarias | 33.000 | 92.907 | 33.000 | 441.729 |
| Obligaciones Negociables | 0 | 0 | 171.600 | 783.600 |
| Otras deudas de la Sociedad | 0 | 0 | 2.789 | 0 |
Las cifras detalladas en los cuadros anteriores no se encuentran auditadas.
La relación de la deuda bancaria y financiera respecto del activo total, del pasivo total, del patrimonio neto y del resultado al 31 de diciembre de 2024 y del resultado al 30 de junio de 2025 fue de 22%, 55%, 38%, 181% y - 44.715%, respectivamente.
Al 8 de octubre de 2025, y manteniendo los valores del activo total, pasivo total, patrimonio neto y resultado al 31 de diciembre de 2024 y del resultado al 30 de junio de 2025, dichas relaciones respecto a la deuda bancaria y financiera a la fecha ascienden a 43%, 106%, 72%, 346% y 85.354%, respectivamente. El aumento/disminución en dichas relaciones en 20%, 50%, 34%, 165% y -40.639%, respectivamente, se debe a un incremento en el endeudamiento a la fecha del Suplemento, el cual se explica principalmente por la emisión de nuevas obligaciones negociables y tomas de préstamos bancarios, compensada parcialmente por cancelaciones de capital de obligaciones negociables y deudas bancarias.
Cabe destacar que el ratio entre la deuda bancaria y financiera y el resultado al 30 de junio de 2025 presenta un valor significativamente elevado y negativo, lo cual responde a una cuestión meramente matemática y no refleja una situación estructural de riesgo. Esta variación no obedece a un cambio estructural en la situación financiera de la sociedad, sino que responde a una distorsión matemática derivada de la comparación entre un monto relevante de deuda y un resultado contable negativo de escasa magnitud.
d) Valores negociables en circulación
| ON Clase | |
|---|---|
| 7 | |
| Fecha de emisión | 22 de abril de 2024 |
| Monto colocado | US$ 120.000.000 |
| Monto en circulación | US$ 120.000.000 |
| Fecha de vencimiento | 22 de abril de 2026 |
| ON Clase | |
| 8 | |
| Fecha de emisión | 24 de octubre de 2024 |
| Monto colocado | US$ 67.400.000 |
| Monto en circulación | US$ 67.400.000 |
| Fecha de vencimiento | 24 de octubre de 2027 |
| ON Clase | |
| 9 | |
| Fecha de emisión | 24 de octubre de 2024 |
| ON Clase | |
|---|---|
| 9 | |
| Monto colocado | US$ 80.500.000 |
| Monto en circulación | US$ 80.500.000 |
| Fecha de vencimiento | 24 de octubre de 2029 |
| ON Clase | |
|---|---|
| 10 | |
| Fecha de emisión | 22 de enero de 2025 |
| Monto colocado | US$ 400.000.000 |
| Monto en circulación | US$ 400.000.000 |
| Fecha de vencimiento | 22 de enero de 2033 |
d) Reseña y perspectiva operativa y financiera
El siguiente análisis debe leerse junto con los estados financieros de la Emisora y sus respectivas notas incluidas en otras partes del Prospecto.
1) Resultado Operativo
Factores que afectan nuestras operaciones
Nuestros resultados operativos se ven afectados principalmente por las condiciones económicas en Argentina, cambios en las regulaciones gubernamentales, cambios en los precios y la demanda de petróleo y gas y productos derivados, y fluctuaciones en nuestros costos de ventas y gastos de operación.
Condiciones económicas argentinas
Dado que nuestras operaciones, instalaciones y clientes están ubicados en Argentina, estamos afectados por las condiciones macroeconómicas en el país, incluyendo la inflación y las fluctuaciones de los tipos de cambio. La volatilidad en la economía argentina y las medidas adoptadas y que pueda llegar a adoptar el gobierno argentino han tenido, y se espera que continúen teniendo, un impacto significativo en nuestro negocio, por lo cual la Emisora no puede asegurar que los acontecimientos que afecten las condiciones macroeconómicas, políticas, regulatorias o sociales del país no afecten los negocios, resultados de las operaciones y la situación financiera de la Emisora.
Regulaciones cambiarias e impacto en la Emisora:
Por otro lado, el Banco Central de la República Argentina (“ BCRA ”) impuso restricciones cambiarias, las cuales afectan también el valor de la moneda extranjera en mercados alternativos existentes para ciertas transacciones cambiarias restringidas en el mercado oficial. Estas medidas tendientes a restringir el acceso al mercado cambiario a fin de contener la demanda de dólares implican la autorización previa del BCRA a ciertas transacciones, siendo de aplicación para la Emisora principalmente las relacionadas al pago de capital de préstamos financieros otorgados por no residentes y la cancelación de emisiones de títulos de deuda con registro público en el país denominados en moneda extranjera.
Adicionalmente, el régimen cambiario ya determinaba como obligatorio el ingreso y liquidación a moneda nacional de los fondos obtenidos como resultado, entre otras, de las operaciones de exportación de bienes y servicios. Estas restricciones cambiarias, o las que se dicten en el futuro, podrían afectar la capacidad de la Emisora para acceder al mercado libre de cambios para adquirir las divisas necesarias para hacer frente a sus obligaciones financieras.
Para mayor información, véase “ Capítulo VI. Factores de Riesgo – Riesgos relacionados con Argentina” del Prospecto.
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Operaciones discontinuas
En junio de 2025, suscribimos un acuerdo con Crown Point Energía S.A. para la transferencia de: (i) nuestras participaciones en las concesiones de explotación de “El Tordillo”, “La Tapera” y “Puesto Quiroga”; (ii) las relativas concesiones de transporte de hidrocarburos; y (iii) nuestro 4,2% de participación en Terminales Marítimas Patagónicas S.A. La transacción está sujeta a ciertas condiciones para el cierre y no ha sido perfeccionada a la fecha de este Suplemento.
En consecuencia, para el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025, determinamos que se habían cumplido los criterios para la clasificación de los activos y pasivos asociados con esta transacción como mantenidos para la venta. Como resultado, nuestro estado de resultados intermedio condensado no auditado para el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 refleja los resultados asociados a estas operaciones como operaciones discontinuas. De acuerdo con las NIIF, hemos ajustado retroactivamente el estado de resultados intermedio condensado no auditado comparativo para el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2024 para reflejar los efectos de la operación discontinua.
Precios del Petróleo y Gas
Precio del Petróleo
Los resultados de las operaciones y los flujos de efectivo de nuestro negocio son susceptibles a los riesgos relacionados con la volatilidad de los precios internacionales del petróleo, así como a las intervenciones directas e indirectas en el mercado del petróleo y combustibles. Debido a factores normativos, económicos y de política gubernamental, los precios del petróleo en Argentina han quedado en varias oportunidades, en el pasado, desfasados respecto de los precios vigentes en el mercado internacional. Además, con el fin de asegurar la oferta interna y aumentar los ingresos del gobierno, el gobierno argentino ha impuesto altos derechos de exportación y otras restricciones a las exportaciones que han impedido a las empresas beneficiarse de aumentos significativos en los precios internacionales del petróleo. Las exportaciones de petróleo siguen sujetas a la autorización de la Secretaría de Energía, que exige que los productores demuestren que se ha satisfecho la demanda local antes de emitir el permiso que habilita la exportación. Esto ha provocado en los últimos años que, en algunas ocasiones, los precios del petróleo en el mercado doméstico queden desconectados de los precios internacionales y se fijen en relación a los precios en dólares de los combustibles en el mercado doméstico.
Para una descripción de estos programas, remitirse a “Capítulo V. Información Sobre La Emisora - b) Descripción del sector donde la Emisora desarrolla su actividad” del Prospecto.
Véase “ Capítulo VI. Factores de Riesgo – Riesgos relacionados con el negocio de petróleo y gas” del Prospecto .
Precios y Subsidios de Gas
Desde 2004, el precio del gas natural en la Argentina se ha visto limitado por una serie de medidas gubernamentales destinadas a asegurar la oferta interna a precios asequibles. De acuerdo con las modificaciones de la normativa argentina, los productores de gas debieron vender a los distribuidores el gas necesario para satisfacer las necesidades del mercado interno regulado, también conocido como demanda prioritaria, a precios establecidos por las autoridades competentes. A su vez, los productores de gas sólo pudieron vender su excedente de producción de gas en el mercado desregulado, ya sea en Argentina o eventualmente, y sujeto al cumplimiento de determinados requisitos, a través de exportaciones. Históricamente, los precios del gas en el mercado regulado han quedado muy por detrás de los precios en los mercados desregulados y regionales.
En línea con su estrategia para asegurar la demanda interna, en los últimos quince años el gobierno argentino ha adoptado una serie de medidas que han resultado en restricciones a la exportación de gas natural de Argentina. A partir de la implementación del Plan.Gas.Ar y del aumento de la oferta de gas natural, las exportaciones de gas a Chile se han incrementado y se encuentran sujetas a la autorización de la Secretaría de Energía, tanto en condición firme de corto plazo (período estacional) y como en condiciones interrumpibles. Para más información sobre el marco regulatorio del gas natural, véase Capítulo V. Información Sobre La Emisora - b) Descripción del sector donde la Emisora desarrolla su actividad – La industria del gas y petróleo en la Argentina – Reglamentación específica del mercado para petróleo, gas y GLP (Gas Licuado de Petróleo).
Desde 2004, debido a la fijación de precios y restricciones a la exportación, la Argentina ha enfrentado un importante déficit energético y ha dependido en gran medida de la importación de gas para satisfacer su oferta
interna. Como resultado de este déficit y de la brecha entre los precios regionales y los aranceles locales en los mercados argentinos regulados y desregulados de gas, el gobierno argentino ha creado ciertos programas de estímulo. Dado que los precios y el estímulo del gas están vinculados a los dólares estadounidenses pero pagaderos en pesos al tipo de cambio promedio del mes en que se calcula la compensación, cualquier retraso en los pagos nos somete a los riesgos de inflación y devaluación de la moneda. Además, los pagos de subsidios nos sujetan al riesgo de que el gobierno decida hacer pagos no monetarios, como los pagos con bonos del gobierno. Para más información, véase “ Capítulo V. Información Sobre La Emisora - b) Descripción del sector donde la Emisora desarrolla su actividad – La industria del gas y petróleo en la Argentina) ” del Prospecto.
Programa de Exploración y Desarrollo
La Emisora está comprometida con el crecimiento sostenido del negocio invirtiendo en actividades de exploración y desarrollo dentro de las áreas en las que opera. En ese sentido, en julio de 2016, se obtuvo la concesión para la explotación del área de Fortín de Piedra dentro del reservorio de Vaca Muerta (provincia de Neuquén), un reservorio de clase mundial de alta productividad en pozos horizontales multifracturados. Alentada por el marco establecido a partir del acuerdo con los sindicatos petroleros y el anuncio del gobierno nacional sobre el estímulo al precio del gas, ambos ocurridos a inicios de 2017, junto con la disponibilidad de equipos y mano de obra calificada, el directorio de la Emisora aprobó un plan de inversión para la exploración y producción de hidrocarburos no convencionales en el área de Fortín de Piedra, que incluía no solo la perforación de pozos, sino también la construcción de facilidades de transporte y tratamiento.
Con fecha 14 de agosto de 2018, se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz el Decreto N° 734/18, a través del cual, en el marco de la Licitación Pública Nacional e Internacional IESC-N° 06/18, se otorgó a la Sociedad un permiso de exploración y eventual explotación y desarrollo de hidrocarburos del área “Gran Bajo Oriental” de la Provincia de Santa Cruz, la cual consta de una superficie aproximada de 2.536,24 km², y que resulta lindera con otras áreas operadas por la Sociedad en dicha provincia.
El 26 de julio de 2019 la Emisora fue notificada por parte del Poder Ejecutivo de la Provincia del Neuquén del dictado del Decreto N° 1392/2019, a través del cual se otorgó la concesión de explotación no convencional de hidrocarburos para los yacimientos “Los Toldos I Norte” y “Los Toldos II Este”. Ambos yacimientos se encuentran ubicados en la porción Centro-Norte de la Cuenca Neuquina, estando el bloque “Los Toldos I Norte” emplazado en la ventana de gas, con una superficie total aproximada de 203 km², mientras que el bloque “Los Toldos II Este” tiene una superficie de 77 km² y se encuentra emplazado en la ventana de petróleo. La Tecpetrol S.A. es el Operador de ambos yacimientos y titular de una participación del 90% en cada una de las Uniones Transitorias constituidas a los fines de la explotación de las mismas, siendo GAS Y PETRÓLEO DEL NEUQUÉN S.A. el titular del 10% restante en cada una de ellas. Las mencionadas concesiones de explotación se otorgaron por un plazo de treinta y cinco (35) años –pudiendo ser renovadas por periodos adicionales de diez (10) años cada uno- con un periodo inicial de Plan Piloto de tres (3) años.
En octubre de 2019, la Resolución 645/2019 de la Secretaría de Gobierno de Energía otorgó a un consorcio del cual la Emisora participa con un 10% (Eni Argentina Exploración y Explotación S.A. es el Operador y titular del 80% y MITSUI & CO., LTD, a través de su controlada Mitsui E&P Argentina S.A., del 10% restante), un permiso de exploración sobre el área MLO-124 ubicada en la cuenca marina Malvinas Este a 100 kilómetros aproximadamente de la costa de Tierra del Fuego. Las actividades que se completarán durante los cuatro años de la Primera Fase del Período de Exploración consisten principalmente en un estudio geofísico 3D y otros estudios geofísicos potenciales.
Al 30 de junio de 2025, la Emisora ha invertido aproximadamente U.S.$4.100 millones en el desarrollo del área Fortín de Piedra que incluyen, principalmente, la perforación de 179 pozos, instalaciones de tratamiento de gas con capacidad para procesar hasta 24 MMm3/d, la construcción de un gasoducto de 36”/24” hasta Tratayén con una extensión de 58 km que permitió conectar la producción de Fortín de Piedra al sistema troncal de transporte de TGN y TGS, la construcción de un oleoducto de 8” hasta Loma Campana con una extensión de 43 km sumado a la participación en la construcción de un oleoducto de 18” y 88 km entre Loma Campana y la estación Lago Pellegrini, una toma de agua en el Río Neuquén, 41 km de acueductos de distribución de agua y cerca de 100 km de ductos para recolectar la producción del campo. Durante el primer semestre de 2025, Tecpetrol llevó adelante la actividad de perforación en 649 etapas (7,3 etapas por día promedio), y completó la perforación de 12 pozos.
En la concesión no convencional obtenida a finales de 2022, Puesto Parada, se han realizado al cierre de 2023 la perforación y terminación de 3 pozos appraisal, en profundidades cercanas a 2.300 metros con rama horizontal de 2.300 metros con objetivo de Shale Oil en Vaca Muerta, en los cuales se realizaron 133 etapas de fracturas. Los
pozos se encuentran en producción. Asimismo, se lanzó a principios de 2024 la ampliación de la planta de procesamiento existente en Los Bastos para incrementar su capacidad de procesamiento a un estimado de 1.000 m3/d. Los trabajos fueron finalizados en diciembre de 2024. Al 30 de junio de 2025, se perforaron once pozos adicionales en 3 PADs diferentes, a profundidades de aproximadamente 2.300 metros con ramas horizontales de 3.500 metros con objetivo de Shale Oil en Vaca Muerta. La finalización de los primeros 8 pozos (en 2 diferentes PADs) experimentó problemas operacionales en dos de ellos. Los nuevos pozos comenzaron su producción a través de la nueva planta expandida en diciembre de 2024.
En Los Toldos II Este se llevó a cabo durante 2023 la perforación y terminación de 2 pozos appraisal con objetivo de Shale Oil en Vaca Muerta, en profundidades cercanas a 2.600 metros con rama horizontal de 2.100 metros, en los cuales se realizaron 77 etapas de fracturas. En 2024, dos pozos appraisal adicionales, de similares características, fueron perforados. Los pozos se encuentran en producción, junto con los otros 3 pozos perforados y completados en 2021 y 2022. A fines de 2024, se inició el desarrollo masivo de Los Toldos II Este, tal y como se describe a continuación.
En Los Toldos I Norte se llevó a cabo la perforación y terminación (en 2024) de 4 pozos appraisal con objetivo de shale gas en Vaca Muerta, en profundidades cercanas a 3.000 metros con rama horizontal de 1.700 metros con objetivo de Shale Oil en Vaca Muerta, en los cuales se realizaron 73 etapas de fractura. Los pozos fueron puestos en producción en el primer trimestre de 2024 y se encuentran en producción desde entonces.
Estacionalidad
La demanda en el mercado de gas natural argentino es por naturaleza estacional, siendo mayor durante los meses de frío en el invierno y menor durante los meses más cálidos de verano. Debido a esta estacionalidad, los precios de comercialización del hidrocarburo en el mercado interno suelen acompañar esta dinámica, los cuales normalmente aumentan en el período invernal debido a la falta de excedentes de gas disponible para distribución en el mercado y caen en el período estival debido a excedentes de oferta.
Regalías, cánones de producción y otros conceptos similares
En virtud de lo establecido por la Ley de Hidrocarburos N° 17.319 y normas complementarias, los titulares de concesiones de explotación y exploración se encuentran obligados al pago de regalías a la nación y a las provincias donde extraen hidrocarburos, según corresponda. Las regalías se abonan sobre la producción de petróleo crudo y gas, valorizada sobre la base de los precios efectivamente obtenidos en la comercialización de dichos hidrocarburos, menos deducciones previstas en la legislación, tales como transporte, almacenaje y tratamiento, entre otras. El porcentaje de regalías a abonar sobre la producción valorizada asciende a un 12%, y se abona un 3% o un 4% adicional en ciertas concesiones que han sido prorrogadas. En el caso de los permisos de exploración, dicho porcentaje asciende al 15%.
El costo por las regalías abonadas originado en las concesiones ubicadas en Argentina se expone dentro de Costos Operativos en los Estados Financieros de la Emisora.
Para mayor información, véase “ Capítulo V. Información Sobre La Emisora – c) Descripción de las actividades y negocios – Regalías, cánones de producción y otros conceptos similares ” del Prospecto.
Competencia
La Emisora compite con importantes empresas de hidrocarburos internacionales y con otras empresas de hidrocarburos del ámbito nacional para adquirir permisos de exploración y concesiones de producción, como también para conformar nuevos joint ventures.
Los recientes cambios introducidos en la Ley de Hidrocarburos a través de la Ley N° 27.007 limitan la posibilidad de las empresas de hidrocarburos formadas por las provincias argentinas de poseer futuros derechos exclusivos en permisos y concesiones, lo cual fomenta la competencia en el sector de petróleo y gas de Argentina. Durante los últimos años, se han aprobado algunas medidas, entre ellas, el Programa de Estímulo al Gas Natural, en pos de fomentar el desarrollo de la industria, lo cual incrementó la competencia en el sector. Para mayor información, véase “Capítulo VI. Factores de Riesgo. Riesgos relacionados con el negocio de petróleo y gas – La incertidumbre sobre la posibilidad de adquirir, desarrollar y explotar nuevas reservas puede afectar adversamente los resultados de nuestras operaciones” y “Capítulo VI. Factores de Riesgo. Riesgos relacionados con el negocio de petróleo y gas – Nuestra adquisición de áreas de exploración y reservas de petróleo crudo y gas natural está sujeta a una fuerte competencia” del Prospecto.
Muchos competidores poseen más recursos financieros, técnicos y humanos que la Emisora. En consecuencia, los competidores de la Emisora podrían estar en condiciones de pagar precios más altos por activos hidrocarburíferos, como también de evaluar, presentar ofertas y adquirir una mayor cantidad de concesiones de hidrocarburos que la Emisora. Asimismo, estas empresas de mayor envergadura también podrían estar mejor posicionadas para soportar las presiones financieras de pozos infructuosos, la volatilidad del mercado financiero y del mercado de materias primas, y las condiciones adversas de la industria y la economía mundial. Por otra parte, estas empresas pueden estar mejor posicionadas para adaptarse a los cambios en la normativa aplicable, con el consiguiente efecto adverso en la posición competitiva de la Emisora. Véase “Capítulo VI. Factores de Riesgo – Riesgos relacionados con Argentina – Riesgos relacionados con el negocio de petróleo y gas” del presente Prospecto.
La Emisora también está expuesta a competencia en plataformas de perforación y la disponibilidad de los equipos relacionados. Por lo general, cuando los precios del gas natural son altos, aumenta la demanda de plataformas, suministros, servicios, equipos y mano de obra de perforación, pudiendo generar escasez o incrementos en los costos de equipos, servicios y personal de perforación. Remítase a “Capítulo VI. Factores de Riesgo-Riesgos relacionados con Argentina – Riesgos relacionados con el negocio de petróleo y gas – La industria del petróleo y del gas está sujeta a riesgos económicos y operativos específicos” del Prospecto.
Resultados de las Operaciones para los períodos de seis meses finalizados el 30 de junio de 2025 y 2024
Resumen de Resultados (valores expresados en millones de pesos)
| Por el periodo de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 2024 |
|
|---|---|
| (No auditados) 732.421 559.633 (532.075) (363.837) |
|
| Operaciones continuas | |
| Ingresos por ventas | |
| Costos operativos | |
| Margen bruto | 200.346 195.796 |
| Gastos de comercialización | (53.555) (51.361) (62.094) (46.095) (3.895) (6.962) 475 814 (5.558) (1.156) |
| Gastos de administración | |
| Costos de exploración y evaluación | |
| Otros ingresos operativos | |
| Otros egresos operativos | |
| Resultado operativo | 75.719 91.036 |
| Ingresos financieros | 11.050 10.928 (35.946) (50.106) (28.727) 25.541 |
| Costos financieros | |
| Otros resultados financieros netos | |
| Resultado antes de resultado de inversiones a valor patrimonial proporcionaly del impuesto a lasganancias |
22.096 77.399 |
| Resultado deinversiones a valorpatrimonialproporcional | 8.603 652 |
| Resultado antes del impuesto a las ganancias | 30.699 78.051 |
| Impuesto alas ganancias | (21.114) 162.873 |
| Resultado delperíodo de operaciones continuas | 9.585 240.924 |
| (10.823) (34.028) |
|
| Operaciones discontinuas | |
| Resultado del período | (1.238) 206.896 |
Los estados financieros son preparados en base a las partidas registradas en la moneda funcional (dólar estadounidense “USD”) y se convierten a la moneda de presentación del siguiente modo: (i) los activos y pasivos se convierten al tipo de cambio vigente al cierre de cada período y (ii) los resultados se convierten al tipo de cambio promedio de cada período.
El tipo de cambio (TC) del peso argentino respecto al dólar estadounidense en los períodos analizados fue el siguiente:
| Período de seis meses |
|---|
| finalizado el 30 de junio de |
| 2025 2024 |
| TC inicio del período | 1.032,00 | 808,45 |
|---|---|---|
| TC cierre del período | 1.205,00 | 912,00 |
| TC promedio del primer trimestre | 1.056,67 | 834,07 |
| TC promedio del segundo trimestre | 1.150,84 | 885,86 |
El presente análisis de variaciones se realizó considerando la moneda funcional.
El resultado operativo del período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 ascendió a $75.719 millones (ganancia). La variación con el mismo período del ejercicio anterior se explica principalmente por: i) mayores cantidades despachadas de crudo, pese a menores cantidades despachadas de gas y un menor precio promedio de crudo y gas; ii) mayores depreciaciones ante el aumento de la producción de crudo y las inversiones y un incremento en la actividad de mantenimiento de pozos, los costos laborales y los cargos por almacenaje y transporte; y iii) menores cargos por créditos incobrables.
El resultado neto del período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 arrojó una pérdida de $1.238 millones, comparado con una ganancia de $206.896 millones en el mismo período del año anterior. La variación se explica principalmente por: i) la variación del resultado operativo antes mencionada; ii) mayores resultados financieros negativos por diferencias de cambio sobre saldos en pesos argentinos y el resultado por tenencia de otras inversiones (negativo en el presente período versus un resultado positivo en el mismo período del año 2024), parcialmente compensado con menores costos financieros ante la variación del mix de monedas del endeudamiento a pesar del aumento del mismo para atender las inversiones en Los Toldos 2 Este; y iii) la variación del cargo por impuesto a las ganancias debido a la actualización de los saldos fiscales y su posterior conversión a dólares estadounidenses a efectos del cálculo del impuesto diferido. En el primer semestre de 2025 la inflación acumulada fue de 15,1%, mientras que la devaluación fue de 16,8% (en el primer semestre de 2024 la inflación acumulada fue de 79,8% y la devaluación fue de 12,8%); y iv) la variación del resultado de operaciones discontinuas dado que en el segundo trimestre de 2024 se reconoció una desvalorización sobre propiedades, planta y equipos.
Niveles de Producción y Precios Promedio de Venta de Gas y Petróleo
La siguiente tabla muestra la producción total de gas y petróleo y los precios promedio de venta de la Emisora en Argentina para los períodos indicados:
| Por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 2024 (No auditados) 3.713 3.683 3.213 3.281 500 402 573 454 3.140 3.229 62,37 79,33 67,19 75,52 3,50 3,57 |
Variación % |
|
|---|---|---|
| 30 1% (68) (2%) 98 24% 119 26% (89) (3%) (16,96) (21%) (8,33) (11%) (0,07) (2,0%) |
||
| Producción en unidades equivalentes (*) | ||
| (miles de m3 equivalentes de petróleo y gas) | ||
| Mercado interno | ||
| Mercado externo | ||
| Producción de petróleo | ||
| Producción de gas | ||
| Precios promedio venta | ||
| Crudo escalante (U$S / bbl) | ||
| Crudo medanito (U$S / bbl) | ||
| Gas (U$S/MMbtu) |
(*) Equivalencia volumétrica (1.000 m[3] de gas = 1 m[3] de petróleo)
Ingresos por ventas
Los ingresos de la Emisora se componen de la venta de gas proveniente de los yacimientos de las cuencas Neuquina y Noroeste, de crudo escalante proveniente de la cuenca Golfo San Jorge y de crudo medanito proveniente de la cuenca Neuquina.
Los ingresos por la venta de crudo escalante y medanito estuvieron sujetos a la variación de los precios internacionales. Las ventas del período fueron realizadas tanto al mercado de exportación como al mercado interno, a precios paridad de exportación acordados entre productores y refinadores.
Los precios de gas en los segmentos industrial, gas natural comprimido y de exportación, se pactaron entre las partes a través de negociaciones directas y fueron afectados por el momento del año en que se concretaron las entregas. En el caso de exportación, la Secretaría de Energía de la Nación estableció precios mínimos. Las ventas para el mercado residencial y de generación, se realizaron dentro del marco de lo establecido en el “Concurso Público Nacional – plan de reaseguro y potenciación de la producción federal de hidrocarburos, el autoabastecimiento interno, las exportaciones, la sustitución de importaciones y la expansión del sistema de transporte para todas las cuencas hidrocarburíferas del país 2023-2028 dispuesto por el Decreto Nº 892/20 (con las modificaciones establecidas por el DNU 730/22) y la Resolución N° 317/2020 de la Secretaría de Energía de la Nación” (en adelante “Plan Gas.Ar”), con excepción de las subastas para suministro de gas interrumpible. Asimismo, los ingresos por ventas de la Emisora en los períodos informados incluyen estímulos otorgados por el gobierno argentino en el marco del Plan Gas.Ar.
La siguiente tabla muestra los ingresos derivados de las ventas de petróleo y gas (en millones de pesos):
| Gas Crudo escalante Crudo medanito Crudo Servicios |
Por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 2024 (No auditados) 496.521 404.084 35.596 34.499 235.523 155.873 271.119 190.372 789 1.620 768.429 596.076 (36.008) (36.443) 732.421 559.633 |
Variación % |
|---|---|---|
| 92.437 23% 1.097 3% 79.650 51% 80.747 42% (831) (51%) |
||
| 172.353 29% |
||
| De operaciones discontinuas | 435 (1%) |
|
| Ingresos por ventas | 172.788 31% |
Los ingresos por ventas ascendieron a $732.421 millones, aumentando $172.788 millones respecto del mismo período del año anterior.
La producción de gas ascendió a 3.140 millones m3, siendo un 3% menor a la del mismo período del año anterior. Los volúmenes de producción de crudo ascendieron a 573 mil m3 (correspondiendo un 13% a crudo escalante y el 87% restante a crudo medanito), representando un aumento del 26% respecto del mismo período del año anterior, principalmente en el área Puesto Parada.
Los ingresos por venta de gas totalizaron $496.521 millones. La variación respecto al mismo período del año anterior se debe principalmente a la variación del tipo de cambio entre el peso argentino y el dólar estadounidense utilizado para convertir los estados financieros a moneda de presentación, parcialmente compensado por menores cantidades despachadas de gas y una disminución de los precios promedio de venta.
Los ingresos por venta de crudo escalante fueron de $35.596 millones. La variación respecto al mismo período del año anterior se debe principalmente a la variación del tipo de cambio entre el peso argentino y el dólar estadounidense utilizado para convertir los estados financieros a moneda de presentación y a un incremento de las cantidades despachadas de crudo, parcialmente compensado por una disminución de los precios promedio de venta. Los ingresos por venta de las áreas El Tordillo y La Tapera/Puesto Quiroga se exponen como operaciones
discontinuas en el Estado de Resultados Intermedio Condensado por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 y 2024.
Los ingresos por venta de crudo medanito fueron de $235.523 millones. La variación respecto al mismo período del año anterior se debe principalmente a un aumento de las cantidades despachadas de crudo, parcialmente compensado por una disminución de los precios promedio de venta.
Costos operativos
La siguiente tabla muestra los principales componentes de los costos operativos de la Emisora para los períodos indicados (en millones de pesos):
| Costos laborales Honorarios y servicios Operaciones de mantenimiento y servicios de pozos Depreciación de propiedades, planta y equipos Desvalorización de propiedades, planta y equipos Depreciación de activos por derecho de uso Acondicionamiento y almacenaje Regalías y otros impuestos Otros costos de producción, compras y consumos de stock De operaciones discontinuas Costos operativos |
Por el periodo de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 2024 (No auditados) (42.607) (27.122) (6.891) (3.667) (77.283) (54.370) (320.698) (213.471) - (34.079) (11.002) (7.578) (5.762) (4.205) (90.110) (69.268) (17.523) (14.092) (571.876) (427.852) 39.801 64.015 (532.075) (363.837) |
Variación % |
|---|---|---|
| (15.485) 57% (3.224) 88% (22.913) 42% (107.227) 50% 34.079 (100%) (3.424) 45% (1.557) 37% (20.842) 30% (3.431) 24% |
||
| (144.024) 34% |
||
| (24.214) (38%) |
||
| (168.238) 46% |
Los costos operativos totalizaron $532.075 millones en el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025. La variación respecto al mismo período del año anterior se debe a: i) un incremento de las depreciaciones de propiedades, planta y equipos como consecuencia del aumento de la producción de crudo y de las inversiones; ii) mayores actividades de mantenimiento de pozos; iii) mayores costos laborales; y iv) el cargo por desvalorización de propiedades, planta y equipos reconocido en el primer semestre de 2024 en el área El Tordillo y La Tapera – Puesto Quiroga, el cual se expone como operaciones discontinuas en el Estado de Resultados Intermedio Condensado al 30 de junio 2025 y 2024.
Gastos de comercialización
La siguiente tabla muestra los gastos de comercialización para los períodos indicados (en millones de pesos):
| Impuestos y derechos Almacenaje y transporte Cargo de previsión para créditos incobrables Otros De operaciones discontinuas Gastos de comercialización |
Por el periodo de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 2024 (No auditados) (28.358) (20.922) (25.194) (14.001) (1.488) (19.078) (92) (95) (55.132) (54.096) 1.577 2.735 (53.555) (51.361) |
Variación % |
|---|---|---|
| (7.436) 36% (11.193) 80% 17.590 (92%) 3 (3%) |
||
| (1.036) 2% |
||
| (1.158) (42%) |
||
| (2.194) 4% |
Los gastos de comercialización en el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 fueron de $53.555 millones. La variación respecto al mismo período del año anterior se debe principalmente a la variación del tipo
de cambio entre el peso argentino y el dólar estadounidense utilizado para convertir los estados financieros a moneda de presentación y al incremento de los cargos por almacenaje y transporte en las áreas Fortín de Piedra, Los Toldos 1 Norte y Puesto Parada, lo cual fue parcialmente compensado por menores cargos por créditos incobrables, debido al cobro de ciertos créditos comerciales y el Plan Gas.Ar durante el 2024 con bonos soberanos cuyo valor de mercado resultó menor al valor nominal.
Gastos de administración
La siguiente tabla muestra los principales componentes de los gastos de administración de la Emisora para los períodos indicados (en millones de pesos):
| Costos laborales Honorarios y servicios Depreciación de propiedades, planta y equipos Depreciación de activos por derecho de uso Impuestos Gastos de oficina Reembolsos de gastos De operaciones discontinuas Gastos de administración |
Por el periodo de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 2024 (No auditados) (40.097) (30.466) (12.960) (6.334) (2.544) (1.108) (1.447) (736) (6.815) (9.096) (8.672) (4.972) 10.148 5.930 (62.387) (46.782) 293 687 (62.094) (46.095) |
Variación % |
|---|---|---|
| (9.631) 32% (6.626) 105% (1.436) 130% (711) 97% 2.281 (25%) (3.700) 74% 4.218 71% |
||
| (15.605) 33% |
||
| (394) (57%) |
||
| (15.999) 35% |
Los reembolsos de gastos incluyen los cargos facturados por la Emisora por asistencia técnica y overhead y no son pasibles de asociación o prorrateo respecto de cada concepto antes detallado, sino con el conjunto de tareas que constituyen la función del operador.
Los gastos de administración para el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 ascendieron a $62.094 millones. La variación respecto al mismo período del año anterior se debe principalmente al incremento de honorarios relacionados con asesoramientos de nuevos proyectos, depreciaciones de propiedades, planta y equipos por altas y de los costos laborales, lo cual fue parcialmente compensado por menores cargos relacionados con el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (Impuesto PAIS), cuya vigencia finalizó en diciembre de 2024.
Costos de exploración y evaluación
Los costos de exploración y evaluación de un área y los costos de perforación de pozos exploratorios se activan inicialmente, hasta que se determina si existen reservas probadas que justifiquen su desarrollo comercial. En el caso de áreas exclusivamente exploratorias, estos costos incluyen estudios geológicos y demás costos directamente atribuibles a la actividad. Posteriormente, si se determina que los resultados no son exitosos, los mencionados costos se imputan al estado de resultados.
Los costos de exploración y evaluación ascendieron a $3.895 millones y $6.962 millones en el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 y 2024, respectivamente. En ambos períodos incluyen principalmente estudios geológicos e inversiones no exitosas en la Cuenca Neuquina.
Resultados financieros netos
La siguiente tabla muestra los principales componentes de los resultados financieros de la Emisora para los períodos indicados (en millones de pesos):
| Por el periodo de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 2024 (No auditados) |
Variación % |
|---|---|
| Intereses ganados Ingresos financieros Intereses perdidos Costos financieros Resultado neto por diferencia de cambio Cambios en el valor razonable de los instrumentos derivados Resultados por operaciones de compra-venta con valores negociables () Resultado por tenencia de otras inversiones Otros resultados financieros netos Otros resultados financieros netos De operaciones discontinuas Resultados financieros netos* |
11.146 11.059 11.146 11.059 (40.827) (53.391) (40.827) (53.391) (30.235) (3.773) (222) (392) 1.793 7.212 (232) 22.503 (331) (169) (29.227) 25.381 (58.908) (16.951) 5.285 3.314 (53.623) (13.637) |
87 1% |
|---|---|---|
| 87 1% |
||
| 12.564 (24%) |
||
| 12.564 (24%) |
||
| (26.462) 701% 170 (43%) (5.419) (75%) (22.735) (101%) (162) 96% |
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| (54.608) (215%) |
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| (41.957) 248% |
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| 1.971 59% |
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| (39.986) 293% |
(*) Corresponde a la liquidación de divisas provenientes de exportaciones en el marco de la Resolución N° 808/2023 de la Secretaría de Energía, posteriormente prorrogada, y el Decreto N° 28/2023.
Los resultados financieros netos arrojaron una pérdida de $53.623 millones. La variación respecto al mismo período del año anterior se debe principalmente a: i) un mayor cargo por diferencias de cambio sobre saldos en pesos argentinos; ii) al resultado por tenencia de otras inversiones (negativo en el presente período versus un resultado positivo en el mismo período del año 2024); y iii) menores intereses perdidos producto del cambio de moneda de ciertas deudas financieras que generan en el presente período un menor costo de financiamiento, pese al incremento de la deuda para financiar las inversiones en Los Toldos 2 Este.
Impuesto a las ganancias
El cargo por impuesto a las ganancias ascendió a $21.114 millones (pérdida). La variación respecto al mismo período del año anterior se debe principalmente a las variaciones en ventas, costos y demás gastos antes comentados y la diferencia entre el ajuste por inflación fiscal y la devaluación del peso argentino frente al dólar estadounidense. En el primer semestre de 2025 la inflación acumulada fue de 15,1%, mientras que la devaluación fue de 16,8% (en el primer semestre de 2024 la inflación acumulada fue de 79,8% y la devaluación fue de 12,8%), lo que impacta en el cálculo del impuesto debido a la actualización de los saldos fiscales y su posterior conversión a dólares estadounidenses a efectos del cálculo del impuesto diferido.
Resultado del período
Debido a las explicaciones antes mencionadas, el resultado del período de seis meses finalizado al 30 de junio de 2025 ascendió a $1.238 millones (pérdida), comparado con $206.896 millones (ganancia) en el mismo período del 2024.
El resultado de operaciones continuas ascendió a $9.585 millones (ganancia) y $240.924 millones (ganancia) en el periodo de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 y 2024, respectivamente.
En junio de 2025 Tecpetrol S.A. celebró un acuerdo con Crown Point Energía S.A. en virtud del cual Tecpetrol le transferirá: (i) su participación sobre las concesiones de explotación sobre las áreas “El Tordillo”, “La Tapera” y “Puesto Quiroga”; (ii) las concesiones de transporte de hidrocarburos sobre ciertos gasoductos y oleoductos; y (iii) su 4,2% de participación en Terminales Marítimas Patagónicas S.A. Los resultados asociados a dichas operaciones se exponen como operaciones discontinuas en el Estado de Resultados Intermedio Condensado, los cuales ascendieron a $10.823 millones (pérdida) y $34.028 millones (pérdida) por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 y 2024, respectivamente. La variación respecto al mismo período del año anterior se debe principalmente al cargo por desvalorización de propiedades, planta y equipos reconocido en el primer semestre de 2024 en el área El Tordillo y La Tapera – Puesto Quiroga como consecuencia principalmente de un incremento en los costos operativos y un rendimiento de los pozos menor al esperado, parcialmente compensado por una disminución en las ventas producto de menores precios de venta, pese al aumento de las cantidades
despachadas y a la variación del tipo de cambio entre el peso argentino y el dólar estadounidense utilizado para convertir los estados financieros a moneda de presentación.
Flujo de Efectivo (valores expresados en millones de pesos)
| lujo de Efectivo (valores expresados en millones de pesos) | |
|---|---|
| Efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del período, neto de descubiertos en cuenta corriente Resultados financieros generados por el efectivo y equivalentes de efectivo Diferencias de conversión Efectivo y equivalentes de efectivo al cierre del período, neto de descubiertos en cuenta corriente Disminución del efectivo y equivalentes de efectivo Efectivo generado por actividades operativas Efectivo aplicado a actividades de inversión Efectivo generado por actividades de financiación Disminución del efectivo y equivalentes de efectivo |
Por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 2024 |
| (No auditados) 48.254 3.673 (1.986) (74) 20.935 468 3.762 (18.988) |
|
| (63.441) (23.055) |
|
| 190.043 73.583 (595.339) (240.355) 341.855 143.717 |
|
| (63.441) (23.055) |
El efectivo neto generado por las actividades operativas en el período de seis meses del año 2025 y 2024 fue de $190.043 millones y $73.583 millones, respectivamente.
Al 30 de junio de 2025 Tecpetrol presenta un capital de trabajo negativo de $96.858 millones generado principalmente por las deudas bancarias y financieras, el cual es monitoreado en forma permanente por el Directorio y la Gerencia. La Sociedad cuenta con distintas alternativas que le permitirán atender adecuadamente los compromisos asumidos.
Durante el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 y 2024, la Emisora ha contado con flujos de fondos provenientes de sus actividades ordinarias, del financiamiento bancario, préstamos otorgados por sociedades relacionadas y de la emisión de obligaciones negociables (ONs).
Al 30 de junio de 2025, las deudas bancarias y financieras de la Emisora ascienden a $1.073.275 millones y el patrimonio neto a $1.709.274 millones.
En el período de seis meses finalizado al 30 de junio de 2025 y 2024, la Emisora no ha distribuido dividendos.
Las inversiones en Propiedades, planta y equipos en el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 ascendieron a $574.268 millones, siendo las más significativas las correspondientes al área Fortín de Piedra, Puesto Parada y Los Toldos II Este.
GASTOS DE EMISIÓN
Los gastos relacionados con la emisión y colocación de las Obligaciones Negociables serán afrontados por la Emisora e incluyen principalmente: (i) los honorarios de los Agentes Colocadores; (ii) los honorarios del agente calificador de riesgo; (iii) los honorarios de los asesores legales de los Agentes Colocadores; y (iv) los aranceles a pagar al organismo de control y agentes y mercados de valores ante los cuales se hubiere solicitado la autorización para el listado y negociación de las Obligaciones Negociables y las publicaciones en medios de difusión. Asumiendo que las Obligaciones Negociables fueran colocadas por un valor nominal de US$100.000.000 (Dólares Estadounidenses cien millones), se estima que los gastos en conjunto asciendan aproximadamente al 0,53% del total del valor nominal de las Obligaciones Negociables. Ni la Emisora ni los Agentes Colocadores pagarán comisión alguna y/o reembolsarán gasto alguno a los agentes de A3 Mercados y/o adherentes del mismo, sin perjuicio de lo cual, dichos agentes de A3 Mercados o adherentes del mismo, según corresponda, podrán cobrar comisiones y/o gastos directamente a los oferentes que hubieran cursado Órdenes de Compra a través suyo.
Los inversores que reciban las Obligaciones Negociables no estarán obligados a pagar comisión alguna, excepto que, si un inversor realiza la operación a través de su corredor, operador, banco comercial, compañía fiduciaria u otra entidad, puede ocurrir que dicho inversor deba pagar comisiones a dichas entidades, las cuales serán de su exclusiva responsabilidad. Asimismo, en el caso de transferencias u otros actos o constancias relativas a las Obligaciones Negociables incorporadas al régimen de depósito colectivo, CVSA se encuentra habilitada para cobrar aranceles a los depositantes, que éstos podrán trasladar a los tenedores de las Obligaciones Negociables (incluyendo por el traspaso del depósito colectivo al registro a cargo de CVSA).
CONTRATO DE COLOCACIÓN
En o antes del Período de Difusión, la Emisora y los Agentes Colocadores firmarán un contrato de colocación (el “ Contrato de Colocación ”) con el objeto de que estos últimos realicen sus mejores esfuerzos para colocar mediante oferta pública en Argentina las Obligaciones Negociables por cuenta y orden de la Emisora, conforme los procedimientos usuales en el mercado de capitales de Argentina, en los términos del artículo 774, inciso a) del CCCN y de acuerdo con el procedimiento descripto en la sección “ Plan de Distribución ” del presente Suplemento.
Sujeto a los términos y condiciones establecidos en el Contrato de Colocación, entre el Período de Difusión Pública y la finalización del Período de Difusión, los Agentes Colocadores se comprometerán a ofrecer públicamente las Obligaciones Negociables exclusivamente dentro del territorio de Argentina a Inversores Interesados, a fin de colocar las mismas por cuenta y orden de la Emisora sobre la base de los mejores esfuerzos de dicho colocador.
Los Agentes Colocadores serán los encargados de ingresar las Órdenes de Compra al registro, debiendo cumplir con las normas vigentes que resulten aplicables, incluyendo sin limitación, las Normas de la CNV y demás normativa vigente aplicable.
El Contrato de Colocación será presentado en la CNV dentro de los plazos establecidos en la normativa aplicable.
Los Agentes Colocadores no asumen compromiso alguno de suscripción en firme de las Obligaciones Negociables, dejándose constancia que sus obligaciones son simplemente mancomunadas. Para más información véase el capítulo “ Plan de Distribución ” del presente Suplemento.
HECHOS POSTERIORES AL CIERRE
La Emisora asume la responsabilidad por las declaraciones realizadas en los prospectos y suplementos y sobre la completitud en la divulgación de los riesgos involucrados y la situación de la Emisora, dejando claro que se basan en la información disponible y en las estimaciones razonables de la administración.
“ – ” Venta de participación en Oleoducto Loma Campana Lago Pellegrini S.A.
El 24 de enero de 2018 Tecpetrol S.A., junto a YPF S.A., constituyeron la sociedad “Oleoducto Loma Campana – Lago Pellegrini S.A.” (“OLCLP”), la cual tiene como objeto la construcción y explotación de un oleoducto para el transporte de la producción de petróleo crudo de los socios y de terceros, con ingreso localizado en la planta de tratamiento de crudo en el área Loma Campana (provincia del Neuquén) y salida en las instalaciones de Oleoductos del Valle S.A. (provincia de Río Negro). Tecpetrol S.A. era titular del 15% del capital de dicha sociedad e YPF S.A. del 85% restante; sin embargo, ambos socios tenían control conjunto sobre Oleoducto Loma Campana - Lago Pellegrini S.A., debido a que, según se establece en el Acuerdo de Accionistas, los socios designan la misma cantidad de miembros del Directorio y las decisiones sobre las cuestiones relevantes requieren el consentimiento unánime de las partes. El 31 de enero de 2019, a través de la Resolución N° 18/2019, la SE otorgó a YPF S.A. y a Tecpetrol S.A., con un porcentaje de participación de 85% y 15%, respectivamente, la concesión de transporte de petróleo crudo para el Oleoducto Loma Campana – Lago Pellegrini hasta agosto de 2052, cuya operación y mantenimiento quedarán a cargo de Oleoductos del Valle S.A.
En enero de 2025 Tecpetrol acordó con YPF S.A. -sujeto al cumplimiento de ciertas condiciones suspensivas y otras condiciones precedentes- la venta de su participación en OLCLP y celebró un acuerdo para la reserva de capacidad y la prestación del servicio de transporte a través del Oleoducto Vaca Muerta Sur – Tramo 1 por la capacidad comprometida de 2.500 M³/d y la capacidad adicional de hasta 2.000 M³/d adicionales a la capacidad comprometida, cuando Tecpetrol la solicite y por un plazo de 15 años. El precio de venta de la participación en OLCLP se acordó en la suma de U.S.$ 15 millones, de los cuales U.S.$ 13,6 millones serían compensados con la obligación de pago por parte de la Sociedad en virtud del acuerdo de servicios de transporte firme antes mencionado y U.S.$ 1,4 millones serían cancelados en efectivo. Esta transacción se cerró en junio de 2025.
Participación en VMOS S.A.
En junio de 2025, nos convertimos en accionistas de VMOS S.A., adquiriendo una participación del 8,1633% a través de un aporte de U.S.$30,4 millones. VMOS S.A. desarrolla el proyecto "Vaca Muerta Sur", que consiste en la construcción, desarrollo y manejo de un gasoducto de aproximadamente 437 kilómetros, que va desde Allen hasta Punta Colorada en la Provincia de Río Negro. La inversión estimada para el proyecto es de U.S.$3.000 millones, que se financiarán principalmente a través de deuda externa y, en menor medida, aportes de capital. Esperamos tener una capacidad de transporte, almacenamiento y despacho acorde a nuestra participación societaria. Para el financiamiento del proyecto, Tecpetrol y los demás accionistas transferimos nuestras acciones de VMOS S.A. a un fideicomiso para garantizar las obligaciones derivadas de los contratos de préstamo.
Venta de participación en las concesiones de explotación de “El Tordillo”, “La Tapera” y “Puesto Quiroga”
En junio de 2025, suscribimos un acuerdo con Crown Point Energía S.A. para la transferencia de: (i) nuestras participaciones en las concesiones de explotación de “El Tordillo”, “La Tapera” y “Puesto Quiroga” (lo que representa el 52,13347%); (ii) las concesiones de transporte de hidrocarburos para los gasoductos El Tordillo/Rada Tilly y El Tordillo-Gasoducto General San Martín, y los oleoductos El Tordillo/Caleta Córdova y El Tordillo/Puesto Quiroga; y (iii) nuestro 4,2% de participación en Terminales Marítimas Patagónicas S.A. (conjuntamente, la “Venta”):
El perfeccionamiento de la Venta se encuentra sujeto al cumplimiento de varias condiciones importantes, que pueden no cumplirse como se espera, o no cumplirse en absoluto. Estas condiciones incluyen: (i) YPF S.A., Pampa Energía S.A. y Petrominera Chubut S.E. decidiendo no ejercer sus derechos de preferencia y otorgando las aprobaciones necesarias en virtud de los acuerdos conjuntos relevantes de operaciones; (ii) obtención de la aprobación de las transferencias por parte de la Provincia de Chubut; y (iii) aprobación de la auditoría de cierre ambiental y del plan ambiental propuesto por la autoridad de control ambiental de la Provincia de Chubut.
El precio de la transacción es de U.S.$49,3 millones, de los cuales U.S.$8,1 millones se pagarán como anticipo, y el saldo restante se pagará al cierre, sujeto a los ajustes de precios habituales. A la fecha de este Suplemento, la transacción no se ha cerrado.
Deuda contraída recientemente
Desde el 30 de junio de 2025, la Emisora ha contraído los siguientes acuerdos de deuda financiera:
• Itaú Unibanco S.A. – Sucursal Nassau 3
El 1 de julio de 2025, UTE Los Toldos celebró un contrato de préstamo con Itaú Unibanco S.A. Sucursal Nassau por un monto de U.S.$15,6 millones, a una tasa SOFR más un margen, con pagos de intereses trimestrales y vencimiento el 8 de enero de 2029. El capital se cancelará en seis cuotas trimestrales, a partir del mes 27 (a partir del 7 de octubre de 2027).
• Banco Ciudad de Buenos Aires
El 25 de julio de 2025 celebramos un contrato de prefinanciación de exportaciones con el Banco Ciudad de Buenos Aires por un monto de U.S.$30 millones a una tasa SOFR más un margen, con intereses y capital pagaderos al vencimiento el 23 de octubre de 2025. A la fecha del presente Suplemento dicha deuda se encuentra completamente cancelada.
• Contrato de préstamo sindicado 2
El 6 de agosto de 2025 celebramos un contrato de préstamo sindicado con Itaú Unibanco S.A. - Sucursal Nassau y Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., por un monto de U.S.$270 millones. El contrato incluye un período de disponibilidad de seis meses a partir de la fecha de ejecución, durante el cual podemos solicitar desembolsos como resultado de la línea de crédito. A la fecha de este Suplemento, hemos solicitado un primer desembolso de U.S.$60 millones. La amortización del capital se realizará en 13 cuotas trimestrales consecutivas a partir del mes 24 desde la fecha de ejecución, y la última cuota vencerá el 6 de agosto de 2030. El capital devenga intereses compensatorios trimestralmente a tasa SOFR más un margen. Las restantes condiciones son habituales en financiaciones de esta naturaleza. El saldo a la fecha del presente Suplemento es de U.S.$60 millones.
• Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.
El 6 de agosto de 2025 celebramos un contrato de prefinanciación de exportaciones con Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., por un monto de U.S.$150 millones. El contrato incluye un período de disponibilidad de seis meses a partir de la fecha de ejecución, durante el cual podemos solicitar desembolsos en virtud de la línea de crédito. A la fecha de este Suplemento, hemos solicitado un primer desembolso de U.S.$50 millones y un segundo desembolso por un monto de U.S.$25 millones tendrá lugar en estos días. La amortización del capital se realizará en 13 cuotas trimestrales consecutivas a partir del mes 24 desde la fecha de ejecución, y la última cuota vencerá el 6 de agosto de 2030. El capital devenga intereses compensatorios trimestrales a una tasa fija. Los restantes términos y condiciones son habituales en financiamientos de esta naturaleza.
• Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A.U.
El 6 de agosto de 2025, celebramos un contrato de prefinanciación de exportaciones con Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A.U., por un monto de U.S.$150 millones. El contrato incluye un período de disponibilidad de seis meses a partir de la fecha de ejecución, durante el cual podemos solicitar desembolsos en virtud de la línea de crédito. A la fecha de este Suplemento, hemos solicitado un primer desembolso de U.S.$50 millones. La amortización del capital se realizará en 13 cuotas trimestrales consecutivas a partir del mes 24 desde la fecha de ejecución, y la última cuota vencerá el 6 de agosto de 2030. El capital devenga intereses compensatorios trimestrales a una tasa fija. Los restantes términos y condiciones son habituales en financiaciones de esta naturaleza. El saldo a la fecha de este Suplemento es de U.S.$50 millones.
• Banco Santander Argentina S.A.
El 6 de agosto de 2025 celebramos un contrato de prefinanciación de exportaciones con Banco Santander Argentina S.A., por un monto de U.S.$150 millones. El contrato incluye un período de disponibilidad de seis meses a partir de la fecha de ejecución, durante el cual podemos solicitar desembolsos en virtud de la línea de crédito. A la fecha de este Suplemento, hemos solicitado un primer desembolso de U.S.$50 millones. La amortización del capital se realizará en 13 cuotas trimestrales consecutivas a partir del mes 24 desde la fecha de ejecución, y la última cuota vencerá el 6 de agosto de 2030. El capital devenga intereses compensatorios trimestrales a una tasa fija. Los restantes términos y condiciones son habituales en financiaciones de esta naturaleza. El saldo a la fecha de este Suplemento es de U.S.$50 millones.
• Banco BBVA Argentina S.A.
El 6 de agosto de 2025, celebramos un contrato de prefinanciación de exportaciones con BBVA Argentina S.A., por un monto de U.S.$30 millones. El contrato incluye un período de disponibilidad de seis meses a partir de la fecha de ejecución, durante el cual podemos solicitar desembolsos en virtud de la línea de crédito. A la fecha de este Suplemento, hemos solicitado un primer desembolso de U.S.$10 millones. La amortización del capital se realizará en 13 cuotas trimestrales consecutivas a partir del mes 24 desde la fecha de ejecución, y la última cuota
vencerá el 6 de agosto de 2030. El capital devenga intereses compensatorios trimestrales a una tasa fija. Los restantes términos y condiciones son habituales en financiamientos de esta naturaleza. El saldo a la fecha de este Suplemento es de U.S.$10 millones.
• Itaú Unibanco S.A. – Sucursal Nassau 4
El 21 de agosto de 2025, UTE Los Toldos celebró un contrato de préstamo con Itaú Unibanco S.A. Sucursal Nassau por un monto de U.S.$4.8 millones, a una tasa SOFR más un margen, con pagos de intereses y vencimiento el 26 de febrero de 2029. El capital se cancelará en seis cuotas trimestrales, comenzando el mes 27 (a partir del 27 de noviembre de 2027). El capital pendiente al 31 de agosto de 2025 era de U.S.$4,8 millones.
• Itaú Unibanco S.A. – Sucursal Nassau 5
El 23 de septiembre de 2025, UTE Los Toldos celebró un contrato de préstamo con Itaú Unibanco S.A. Sucursal Nassau por un monto de U.S.$14,4 millones, a una tasa SOFR más un margen, con pagos de intereses y vencimiento el 26 de marzo de 2029. El capital se cancelará en seis cuotas trimestrales, comenzando el mes 27 (a partir del 26 de diciembre de 2027).
RIGI
En agosto de 2025, presentamos una solicitud para adherirnos al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), creado por la Ley N° 27.742 y sus modificatorias y complementarias. Para ello, constituimos una UTE (Unión Transitoria) con Gas y Petróleo del Neuquén Sociedad Anónima, que actuará como vehículo de proyecto único (VPU) en virtud del inciso d) del artículo 170 de la Ley N° 27.742 para el desarrollo de un proyecto en el sector de gas y petróleo. Este proyecto implica la construcción y operación de una instalación de tratamiento y evacuación de petróleo y gas, con un objetivo inicial de alcanzar los 35.000 barriles por día en la primera fase, incluida la construcción de los oleoductos y gasoductos necesarios. Anticipamos expandir la capacidad a 70.000 barriles por día seis meses después de que la primera fase entre en funcionamiento. La inversión estimada es de entre 1.320 y 2.150 millones de dólares, y se espera que la construcción de la primera fase tome entre 25 y 30 meses. A la fecha de emisión del presente Suplemento de Prospecto, la solicitud de adhesión al RIGI no había sido aprobada.
INFORMACIÓN ADICIONAL
a) Controles de Cambio
Para más información acerca del presente, se recomienda al público inversor la lectura de la sección “ XVI. Información Adicional— Controles de cambio ” del Prospecto. Asimismo, a continuación, se resumen los principales cambios ocurridos desde la publicación del Prospecto a la fecha del presente, en materia de controles cambiarios:
Comunicación “A” 8244 del BCRA
Mediante la Comunicación “A” 8244 del 15 de mayo del 2025, el BCRA estableció como condición adicional que, para realizar una transferencia al exterior para el pago del capital de títulos de deuda emitidos a partir del 16/05/25, el pago tenga lugar una vez transcurridos como mínimo 18 meses desde su fecha de emisión.
Comunicación “A” 8245 del BCRA
Mediante la Comunicación “A” 8245 del BCRA de fecha 22 de mayo de 2025, el BCRA dispuso que, para acceder al Mercado de Cambios para cancelar vencimientos de capital de títulos de deuda emitidos por entidades financieras locales a través de operaciones concertadas a partir del 26 de mayo de 2025, como condición adicional el pago tenga lugar una vez transcurridos como mínimo 12 (doce) meses desde su fecha de emisión.
Además, establece que el requisito de liquidación previsto en el inciso i) del punto 3. de la Comunicación “A” 8230 también se considerará cumplimentado cuando el cliente no residente haya aplicado moneda extranjera en forma directa a partir del 23 de mayo de 2025 a la suscripción primaria de títulos de deuda emitidos por el Tesoro Nacional. Asimismo, se considerará cumplimentado el requisito del inciso iii) del referido punto cuando el título de deuda del Tesoro Nacional suscripto en moneda extranjera tenga una vida promedio no menor a 180 (ciento ochenta) días corridos.
Comunicación “A” 8257 del BCRA
Mediante la Comunicación “A” 8257 del BCRA de fecha 12 de junio de 2025, el BCRA dejó sin efecto lo previsto en el inciso iii) del punto 3. de la Comunicación “A” 8230, e incorpora en el punto 3.16.3.5. del texto ordenado sobre Exterior y Cambios a las operaciones de repatriaciones de no residentes que se cursen en el marco de lo dispuesto en el punto 3. de la mencionada comunicación y complementarias.
El mencionado punto 3 dispone que no resultará necesario contar con la conformidad previa prevista en el punto 3.13.1. para acceder al mercado de cambios para la repatriación por parte de no residentes de servicios de capital, rentas y el producido de las ventas de inversiones de portafolio en instrumentos con cotizaciones en mercados locales autorizados por la CNV siempre que:
(i) se cuente con la certificación de una entidad financiera local que acredite que la inversión fue constituida con fondos ingresados y liquidados en el mercado local de cambios a partir del 21/04/25,
(ii) se cuente con la documentación que demuestre que el monto por el cual se accede al mercado no supera los servicios cobrados y/o el monto efectivamente recibido por la venta de la inversión realizada y
(iii) la repatriación tenga lugar al menos 180 días después de la liquidación de los fondos (inciso dejado sin efecto por la presente).
Comunicación “A” 8296 del BCRA
Mediante la Comunicación “A” 8296 de fecha 7 de agosto de 2025, el BCRA estableció que, a partir del 8 de agosto de 2025, los exportadores que obtengan nuevas prefinanciaciones de exportaciones otorgadas por entidades financieras del exterior o locales con fondeo externo, con una vida promedio mínima de tres años (y al menos un año de gracia) o de dos años (y al menos 18 meses de gracia), podrán mantener en cuentas en moneda extranjera —en el país o en el exterior— los cobros de exportaciones destinados a garantizar el pago de dichas prefinanciaciones, hasta un máximo del 125% de los servicios de capital e intereses a vencer en el mes corriente
y los seis siguientes. También podrán acceder al mercado de cambios para comprar moneda extranjera destinada a la constitución de garantías asociadas a estas operaciones.
Las entidades financieras locales que intervengan deberán certificar el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad, contar con una declaración jurada del cliente, y realizar el seguimiento de los permisos de embarque, garantías y cuentas especiales. Asimismo, se incorpora la posibilidad de aplicar cobros de exportaciones al pago de nuevos endeudamientos financieros que cumplan requisitos similares de plazo y gracia, siempre que se ingresen y liquiden en el mercado de cambios a partir de la fecha mencionada.
Comunicación “A” 8304 del BCRA
Con fecha 19 de agosto de 2025, el BCRA modifica, con vigencia a partir de los datos correspondientes al primer trimestre de 2026, aspectos correspondientes al “Relevamiento de Activos y Pasivos Externos”.
Las empresas con activos y pasivos externos menores a US$ 10 millones pasarán a presentar las declaraciones anualmente, y el resto, trimestralmente.
Comunicación “A” 8307 del BCRA
Con fecha 25 de agosto de 2025, el BCRA emitió un nuevo régimen modificado y ordenado que incluye todas las comunicaciones emitidas desde el último régimen modificado y ordenado, así como ciertas otras modificaciones formales y aclaraciones interpretativas.
Comunicación “A” 8330 del BCRA
Con fecha 18 de septiembre de 2025, el BCRA deja sin efecto el límite anual de US$ 36.000 previsto en el punto 2.2.2.1. del texto ordenado de Exterior y Cambios del BCRA y habilita para las personas humanas el mecanismo de excepción de la obligación de liquidación de los cobros de exportaciones de servicios sin límite de monto.
En forma complementaria, aclara que las entidades no podrán cobrar comisiones en aquellas operaciones concretadas por personas humanas residentes que impliquen la acreditación de ingresos de divisas del exterior a las cuentas abiertas por el cliente en moneda extranjera. Ello, sin perjuicio del traslado al cliente de los cargos que pudieran corresponder por los servicios prestados por las entidades del exterior intervinientes en la transferencia.
Por último, disponen nuevas excepciones en el punto 7.1.1.2. del texto ordenado de Exterior y Cambios del BCRA referido al plazo para el ingreso y liquidación de los cobros de exportaciones de bienes.
Comunicación “A” 8331 del BCRA
Con fecha 18 de septiembre de 2025, el BCRA incorpora nuevas condiciones para el acceso al mercado de cambios en relación a las repatriaciones de inversiones directas y otras compras de moneda extranjera por parte de no residentes (punto 3.13 del texto ordenado de Exterior y Cambios del BCRA). En ese sentido, entre otras cuestiones, indica que las repatriaciones directas de no residentes serán aplicables (y en la medida que se cumplan los restantes requisitos previstos), a la adquisición de empresas residentes de todos los sectores económicos en la medida que no sean entidades financieras o empresas controlantes de ellas.
Comunicación “A” 8332 del BCRA
Con fecha 18 de septiembre de 2025, el BCRA establece, respecto a la compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes para la formación de activos externos, que cuando el cliente sea alguna de las personas listadas en el nuevo punto 3.8.5. del texto ordenado de Exterior y Cambios del BCRA, la entidad deberá contar con una declaración jurada del cliente en la que deje constancia de que se compromete a no concertar, de manera directa o indirecta o por cuenta y orden de terceros, compras de títulos valores con liquidación en moneda extranjera a partir del momento en que requiere el acceso y por los 90 días corridos subsiguientes. Adicionalmente, deberán cumplimentar los requisitos complementarios que constan en el punto 3.16. del texto ordenado de Exterior y Cambios del BCRA que resulten aplicables en cada caso.
Comunicación “A” 8336 del BCRA
Con fecha 26 de septiembre de 2025, y en relación con la compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes para la formación de activos externos, el BCRA modificó lo regulado recientemente por la Comunicación "A" 8332 indicando que, en todos los casos, la entidad deberá contar con una declaración jurada del cliente en la que deje constancia que se compromete a no concertar, de manera directa o indirecta o por cuenta y orden de terceros, compras de títulos valores con liquidación en moneda extranjera a partir del momento en que requiere el acceso y por los 90 días corridos subsiguientes. El BCRA aclaró que dicha restricción no alcanza a las personas humanas que adquieran dichos títulos valores en suscripción primaria.
Resoluciones Generales de la CNV
Resolución General CNV N° 1076
Mediante la Resolución General de la CNV N° 1076 de fecha 23 de julio de 2025, la CNV introdujo modificaciones orientadas a simplificar procedimientos con el fin de agilizar los procesos de colocación. Entre otros, se eliminó la obligación de los emisores frecuentes de notificar con cinco (5) días de antelación su intención de emitir; se habilitó la posibilidad de emitir y/o reemitir series o clases dentro del monto global previamente autorizado bajo el régimen de emisor frecuente; se actualizó el monto mínimo de suscripción; y se flexibilizaron los plazos aplicables a la difusión de las colocaciones de valores negociables.
Resolución General CNV 1081
Con fecha 28 de agosto de 2025, la CNV aprobó la segunda etapa del Régimen de Tokenización, introduciendo modificaciones a la Resolución General N° 1069. La normativa establece que la representación digital será admisible para acciones (incluidas aquellas con doble listado), obligaciones negociables, CEDEARs, valores representativos de deuda o certificados de participación de fideicomisos financieros con oferta pública cuyo activo subyacente esté compuesto por activos del mundo real (real world assets) u otros bienes admisibles, así como para cuotapartes de fondos comunes de inversión cerrados con oferta pública cuyo patrimonio se integre por dichos activos o bienes. En todos los casos, podrán representarse digitalmente los derechos accesorios inherentes a los valores negociables.
La tokenización no será admisible para valores negociables con características SVS o VS, valores emitidos bajo regímenes de oferta pública con autorización automática (excepto emisores frecuentes) y títulos de deuda pública de países o jurisdicciones extranjeras, con excepción de los emitidos por los países parte del MERCOSUR y la República de Chile, los cuales tampoco podrán integrar el activo subyacente de fideicomisos financieros ni el patrimonio de fondos comunes de inversión cerrados.
Asimismo, se incorpora a los Agentes de Liquidación y Compensación integral como sujetos habilitados para actuar como titulares registrales de valores tokenizados, junto con los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales inscriptos en todas las categorías, los Agentes de Administración de Productos de Inversión Colectiva y los Agentes de Custodia de Productos de Inversión Colectiva. Respecto de la colocación, se establece que los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales podrán contratar con Agentes de Liquidación y Compensación, Agentes de Colocación y Distribución de Fondos Comunes de Inversión y Agentes de Colocación y Distribución Integral, quedando expresamente prohibida la colocación de valores que no sean representados digitalmente.
La resolución dispone, además, que los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales podrán actuar como depositantes en los términos del artículo 32 de la Ley 20.643, únicamente respecto de los valores negociables representados digitalmente y en todas las categorías del Registro de PSAV.
Criterio Interpretativo CNV N°99
Con fecha 12 de septiembre de 2025, la CNV emitió el Criterio Interpretativo N° 99 mediante el cual se establecieron limitaciones a las ventas de títulos contra USD para la Cartera Propia de los Agentes.
Se establece que la limitación de venta de valores negociables contra moneda extranjera para clientes que mantengan posiciones tomadoras en cauciones y/o pases en moneda local y/o a cualquier tipo de financiamiento en moneda local a través de operaciones en el ámbito del mercado de capitales abarca también a aquellas que resulten comprendidas en el concepto de cartera propia previsto en el artículo 6° del Capítulo V del Título VI de las Normas (N.T. 2013 y mod.) y los criterios interpretativos N° 48 y N° 59.
Se aclara que las cuentas y/o subcuentas de titularidad de los Agentes inscriptos no se encontrarán alcanzadas por la limitación indicada en (a), en la medida que en la concertación de operaciones con liquidación en jurisdicción local y con liquidación en jurisdicción extranjera en los diferentes segmentos de negociación y plataformas, la cantidad neta de moneda extranjera a liquidar no genere -en el conjunto de las referidas cuentas y/o subcuentas- saldo a cobrar.
Finalmente se aclara que la limitación no incluirá a las ventas de Valores Negociables en la modalidad antes referida que hubieren sido adquiridos con anterioridad al presente Criterio Interpretativo.
Regulaciones contra el lavado de dinero y financiamiento del terrorismo
Para más información acerca del presente, se recomienda al público inversor la lectura de la sección “ Información Adicional— Régimen de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo ” del Prospecto.
b) Carga Tributaria
Para más información acerca del presente, se recomienda al público inversor la lectura de la sección “ XVI. Información Adicional— Carga tributaria ” del Prospecto. Asimismo, a continuación, se resumen los principales cambios ocurridos desde la publicación del Prospecto a la fecha del presente, en materia tributaria:
1. Impuesto a las ganancias (“IG”)
Entidades Argentinas. Actualización de escala al 2025:
Para los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1 de enero de 2025, las alícuotas progresivas del IG aplicables son las siguientes: (i) 25% sobre la renta neta imponible acumulada hasta $ 101.679.575,26; (ii) un monto fijo de $ 25.419.893,82, si la renta neta imponible acumulada se encuentra entre $ 101.679.575,26 y $ 1.016.795.752,62, más un 30% adicional sobre el excedente de $ 101.679.575,26; y (iii) un monto fijo de $ 299.954.747,02, si la renta neta gravable acumulada excede $ 1.016.795.752,62, más un 35% adicional sobre el excedente. $ 1.016.795.752,62.
2. Impuesto sobre los bienes personales (“IBP”)
Actualización del monto mínimo imponible:
- El mínimo no imponible aplicable a partir del período fiscal 2024 es de $ 292.994.964,89.
3. Convenios para evitar la doble imposición internacional (“CDI”):
A partir del 1 de enero de 2023, entró en vigencia un acuerdo internacional para el intercambio automático de información entre la ARCA y el Servicio de Impuestos Internos (“IRS”) de los Estados Unidos.
A partir del 7 de febrero de 2013, se encuentra en vigencia el Acuerdo entre la República Argentina y la República Oriental Del Uruguay para el Intercambio de Información Tributaria y Método para Evitar la Doble Imposición.
A partir del 1 de enero de 2026, entrará en vigencia la “Convención Multilateral para Implementar Medidas Relacionadas con los Tratados Tributarios para Prevenir la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios” (“MLI”), en el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (“OCDE”). La MLI ha sido aprobada por la Ley N° 27.788 y el 29 de septiembre de 2025 Argentina depositó el instrumento de ratificación. La MLI alterará la interpretación de los CDI firmados con múltiples jurisdicciones, sujeto a (i) la lista de tratados incluidos bajo las modificaciones del MLI —que Argentina notificó a la OCDE— y (ii) la fecha en que la otra jurisdicción signataria complete plenamente sus respectivos procedimientos internos de ratificación y notificación ante el depositario.
c) Documentos a disposición
Copias del Prospecto y del presente Suplemento, así como de los demás documentos relacionados con el Programa y las Obligaciones Negociables, serán oportunamente entregados al público inversor y se encuentran asimismo a disposición en las oficinas de la Emisora y de los Agentes Colocadores detalladas en la última página del presente Suplemento, y los Estados Contables anuales y trimestrales de la Emisora podrán ser consultados en la Página Web de la CNV y en la Página Web de A3 Mercados.
Emisora
Tecpetrol S.A.
Pasaje Carlos M. Della Paolera 297/299, Piso 16° (C1001ADA) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina
Agentes Colocadores
Balanz Capital Valores S.A.U.
Av. Corrientes 316, Piso 3°, Of. 362, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina
Banco Santander Argentina S.A.
Av. Juan de Garay 151, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina
Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.
Tte. Gral. Juan Domingo Perón 430, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina
Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A.U.
Florida 99, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina
Facimex Valores S.A.
Olga Cossettini 831, Piso 1°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina
Macro Securities S.A.U.
Av. Eduardo Madero 1182, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina
Banco de la Provincia de Buenos Aires
San Martín 108, Piso 15°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina
Allaria S.A.
25 de Mayo 359, Piso 12° Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina
Industrial Valores S.A.
Maipú 1210, Piso 10°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina
Invertir en Bolsa S.A.
Av. del Libertador 498, Piso 10°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina
SBS Trading S.A.
Av. E. Madero 900, Piso 19º, Torre Catalinas Plaza Ciudad Autónoma de Buenos Aires República Argentina
Banco Patagonia S.A.
Av. De Mayo 701, Piso 24°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires República Argentina
Banco BBVA Argentina S.A.
Avda. Córdoba 111, Piso 31°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires República Argentina
PP Inversiones S.A.
Sarmiento 459, Piso 4°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina
Cono Sur Inversiones S.A.
Av. del Libertador 1068, Piso 4°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina
Asesores Legales de la Emisora
Asesores Legales de los Agentes Colocadores
FINMA S.A.I.F.
Pasaje Carlos M. Della Paolera
297/299, Piso 16° (C1001ADA) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina
Bruchou & Funes de Rioja Ing. Enrique Butty 275, Piso 12° Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina
Claudio G. Gugliuzza Subdelegado Tecpetrol S.A.