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TECPETROL S.A. Capital/Financing Update 2020

Feb 12, 2020

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Capital/Financing Update

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AVISO DE SUSCRIPCIÓN

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TECPETROL S.A.

Obligaciones Negociables Simples (no convertibles en acciones) Clase 2 denominadas en Dólares Estadounidenses a Tasa Fija a Licitar con Vencimiento a los 12 meses a contar desde la Fecha de Emisión y Liquidación por un valor nominal de hasta US$50.000.000 en conjunto con las Obligaciones Negociables Clase 3

Obligaciones Negociables Simples (no convertibles en acciones) Clase 3 denominadas en Pesos a Tasa Variable con vencimiento a los 12 meses desde su Fecha de Emisión y Liquidación por un valor nominal de hasta el equivalente en Pesos convertidos al Tipo de Cambio Inicial a US$50.000.000 en conjunto con las Obligaciones Negociables Clase 2

El valor nominal conjunto de las Obligaciones Negociables que se emitan en ningún caso superará US$50.000.000 (o lo equivalente en Pesos convertidos al Tipo de Cambio Inicial).

Las Obligaciones Negociables serán emitidas en el marco del Programa de Obligaciones Negociables Simples (No Convertibles en Acciones) por hasta U$S 1.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas)

Se comunica al público inversor en general que Tecpetrol S.A. (la “ Emisora ”) ofrece en suscripción (i) las Obligaciones Negociables Simples (no convertibles en acciones) Clase 2 denominadas en Dólares Estadounidenses a tasa fija a licitar con vencimiento a los 12 meses a contar desde la Fecha de Emisión y Liquidación (conforme se define más adelante) por un valor nominal de hasta US$50.000.000 en conjunto con las Obligaciones Negociables Clase 3 (las “ Obligaciones Negociables Clase 2 ”) y (ii) las Obligaciones Negociables Simples (no convertibles en acciones) Clase 3 denominadas en Pesos a tasa variable con vencimiento a los 12 meses desde su Fecha de Emisión y Liquidación por un valor nominal de hasta el equivalente en Pesos calculados al Tipo de Cambio Inicial de US$50.000.000 en conjunto con las Obligaciones Negociables Clase 2 (las “ Obligaciones Negociables Clase 3 ”, junto con las Obligaciones Negociables Clase 2, las “ Obligaciones Negociables ”). El valor nominal conjunto de las Obligaciones Negociables que se emitan en ningún caso superará US$50.000.000 (o el equivalente en Pesos convertidos al Tipo de Cambio Inicial) (el “ Monto Máximo de Emisión ”). Las Obligaciones Negociables serán emitidas bajo el Programa de Emisión de Obligaciones Negociables Simples (No Convertibles en Acciones) por hasta US$1.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas) (el “ Programa ”), y de acuerdo con los principales términos y condiciones que se resumen a continuación y que forman parte del prospecto del Programa de fecha 22 de enero de 2020 (el “ Prospecto ”), publicado en la misma fecha en el sitio web de la CNV, www.cnv.gov.ar, bajo el ítem “ Emisiones ” (la “ Página Web de la CNV ”) y en el Boletín Diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (el “ Boletín Diario de la BCBA ”), y del suplemento de precio relativo a las Obligaciones Negociables de fecha 12 de febrero de 2020 (el “ Suplemento ”), publicado en la misma fecha en la Página Web de la CNV, en el Boletín Diario de la BCBA, y en el Boletín Electrónico del Mercado Abierto Electrónico S.A. ( el “ MAE ”).

Todos los términos utilizados en mayúscula no definidos en el presente aviso, tendrán el significado que se les asigna en el Prospecto y/o el Suplemento, según corresponda:

Emisora: Tecpetrol S.A. con domicilio en Pasaje Carlos M. Della Paolera 297/299, piso 16°, C1001ADA Ciudad de Buenos Aires, República Argentina (+5411) 4018-5900, e-mail: [email protected].

Agentes Colocadores : Balanz Capital Valores S.A.U., Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U., HSBC Bank Argentina S.A., y Banco Santander Río S.A.

Valor Nominal:

  • Clase 2: El monto a emitir de las Obligaciones Negociables Clase 2 será por un valor nominal de hasta US$50.000.000 en conjunto con las Obligaciones Negociables Clase 3. El valor nominal conjunto de las Obligaciones Negociables que se emitan en ningún caso superará el Monto Máximo de Emisión.

  • Clase 3: El monto a emitir de las Obligaciones Negociables Clase 3 será por un valor nominal de hasta el equivalente en Pesos convertidos al Tipo de Cambio Inicial a US$50.000.000 en conjunto con las Obligaciones Negociables Clase 2. El valor nominal conjunto de las Obligaciones Negociables que se emitan en ningún caso superará el Monto Máximo de Emisión.

LA EMISORA PODRÁ DECLARAR DESIERTO EL PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE CUALQUEIRA DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES, LO CUAL IMPLICARÁ QUE SE EMITIRÁ UNA ÚNICA CLASE, O QUE NO SE EMITIRÁ OBLIGACIÓN NEGOCIABLE ALGUNA. ESTA CIRCUNSTANCIA NO OTORGARÁ DERECHO ALGUNO DE COMPENSACIÓN O INDEMNIZACIÓN.

EN CASO DE DECLARARSE DESIERTA LA COLOCACIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE 2 Y/O DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE 3, LA/S CLASE/S CUYO/S MONTO/S NO FUESEN DECLARADO/S DESIERTO/S PODRÁ/N SER EMITIDA/S POR HASTA EL MONTO MÁXIMO DE EMISIÓN.

LA EMISORA PODRÁ, HASTA LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN, DEJAR SIN EFECTO LA COLOCACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES, EN CASO DE QUE HAYAN SUCEDIDO CAMBIOS EN LA NORMATIVA Y/O DE CUALQUIER ÍNDOLE QUE TORNEN MÁS GRAVOSA LA EMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PARA LA EMISORA, BASÁNDOSE EN ESTÁNDARES DE MERCADO HABITUALES Y RAZONABLES PARA OPERACIONES DE SIMILARES CARACTERÍSTICAS EN EL MARCO DE LAS DISPOSICIONES PERTINENTES ESTABLECIDAS POR LA LEY DE MERCADO DE CAPITALES Y LA NORMATIVA APLICABLE DE LA CNV Y DE LA AFIP, QUEDANDO SIN EFECTO ALGUNO LA TOTALIDAD DE LAS OFERTAS RECIBIDAS. ESTA CIRCUNSTANCIA NO OTORGARÁ DERECHO ALGUNO DE COMPENSACIÓN O INDEMNIZACIÓN.

Moneda de denominación y pago:

  • Clase 2: Dólares Estadounidenses.

  • Clase 3: Pesos.

Amortización : el capital de las Obligaciones Negociables será repagado en forma íntegra en la Fecha de Vencimiento de la Clase 2 y en la Fecha de Vencimiento de la Clase 3, respectivamente (las “ Fechas de Amortización ”). Las Fechas de Amortización serán informadas mediante el Aviso de Resultados.

Fecha de Vencimiento :

  • Clase 2: a los 12 meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación.

  • Clase 3: a los 12 meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación.

Fecha de Emisión y Liquidación: Será a los 2 Días Hábiles de la finalización del Período de Licitación Pública, o en aquella otra fecha que sea informada en el Aviso de Resultados.

Precio de Emisión: 100% del valor nominal (a la par).

Tasa de Interés:

  • Clase 2: El capital no amortizado de las Obligaciones Negociables Clase 2 devengará intereses a una tasa de interés fija que será informada mediante el Aviso de Resultados.

  • Clase 3: El capital no amortizado de las Obligaciones Negociables Clase 3 devengará intereses a una tasa de interés variable, que será la suma de (i) la Tasa de Referencia más (ii) el Margen Aplicable. La Tasa de Interés de las Obligaciones Negociables Clase 3 será calculada para cada Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables Clase 3.

Tasa de referencia (de las Obligaciones Negociables): Será el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más de Ps.1.000.000 por períodos de entre treinta y treinta y cinco días de plazo de bancos privados de Argentina publicada por el BCRA (la “ Tasa Badlar Privada ”), durante el período que se inicia el octavo Día Hábil anterior al inicio de cada Período de Devengamiento de Intereses de las Obligaciones Negociables Clase 3 y finaliza el octavo Día Hábil anterior a la Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables Clase 3 correspondiente.

En caso de que la Tasa Badlar Privada dejare de ser informada por el BCRA, se tomará: (i) la tasa sustitutiva de la Tasa Badlar Privada que informe el BCRA o (ii) en caso de no existir o no informarse la tasa sustituta indicada en (i) precedente, el Agente de Cálculo calculará la Tasa de Referencia, considerando el promedio de tasas informadas para depósitos a plazos fijo de más de Ps.1.000.000 por períodos de entre treinta y treinta y cinco días de plazo de los cinco primeros bancos privados de Argentina. A fin de seleccionar los cinco primeros bancos privados se considerará el último informe de depósitos disponibles publicados por el BCRA.

Margen Aplicable : es la cantidad de puntos básicos (expresada como porcentaje nominal anual truncado a dos decimales) adicional a la Tasa de Referencia. El mismo será determinado luego del cierre del Período de Licitación Pública y antes de la Fecha de Emisión y Liquidación e informado mediante el Aviso de Resultados. Dicha determinación será efectuada sobre la base del resultado del procedimiento de adjudicación de las Obligaciones Negociables detallado en la sección “ Plan de Distribución ” del Suplemento.

Base de Cálculo para el pago de los Intereses : para el cálculo de los intereses de las Obligaciones Negociables se considerará la cantidad real de días transcurridos y un año de 365 días (cantidad real de días transcurridos/365).

Fechas de Pago de Intereses :

  • Clase 2: Los Intereses serán pagados trimestralmente, en forma vencida, a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación, en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente trimestre o, de no ser un Día Hábil o no existir dicho día, el primer Día Hábil posterior (cada

una, una “ Fecha de Pago de Intereses de la Clase 2 ”). Las Fechas de Pago de Intereses de la Clase 2 serán informadas mediante el Aviso de Resultados.

  • Clase 3: Los Intereses serán pagados trimestralmente, en forma vencida, a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación, en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente trimestre o, de no ser un Día Hábil o no existir dicho día, el primer Día Hábil posterior (cada una, una “ Fecha de Pago de Intereses de la Clase 3 ”). Las Fechas de Pago de Intereses de la Clase 3 serán informadas mediante el Aviso de Resultados.

Monto Mínimo de Suscripción:

  • Clase 2: US$100 y múltiplos de US$1 por encima de dicho monto.

  • Clase 3: Ps.1.000 y múltiplos de $1 por encima de dicho monto.

Unidad Mínima de Negociación y Denominación Mínima :

  • Clase 2: US$1 y múltiplos de US$1 por encima de dicho monto.

  • Clase 3: Ps.1 y múltiplos de $1 por encima de dicho monto.

Forma de las Obligaciones Negociables, Liquidación y Compensación : las Obligaciones Negociables se emitirán en la forma de certificado global permanente a ser depositado en Caja de Valores S.A.

Listado y Negociación: la Emisora solicitará autorización para el listado y negociación de las Obligaciones Negociables en BYMA y en el MAE.

Período de Difusión : comenzará a las 10:00 hs. del 13 de febrero de 2020 y finalizará a las 16:00 hs. del 17 de febrero de 2020.

Período de Licitación Pública: comenzará a las 10:00 hs. y finalizará a las 16:00 hs. del 18 de febrero de 2020.

Modificación, Suspensión y/o Prórroga : la Emisora, con el consentimiento previo de los Colocadores y sin necesidad de invocar motivo alguno, podrá suspender y/o prorrogar y/o terminar el Período de Difusión y/o el Período de Licitación Pública en cualquier momento del mismo, comunicando por escrito dicha circunstancia (a más tardar el Día Hábil correspondiente al día de finalización del período de que se trate o en el mismo día antes del cierre de la rueda en el caso en que el Período de Licitación Pública fuere de un Día Hábil), publicando un “ Hecho Relevante ” en la AIF, con anterioridad al vencimiento del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública, en el cual se indicará, en su caso, la nueva fecha de vencimiento del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública o la fecha en que se reanudará el curso del mismo o la forma en que se hará pública la reanudación del curso del mismo.

Método de Colocación y Adjudicación : las Obligaciones Negociables serán adjudicadas aplicando el procedimiento conocido en la República Argentina como subasta pública, la cual se realizará a través del sistema “SIOPEL” del MAE y será de modalidad abierta, conforme lo establece el Artículo 8, inciso d), Sección II, Capítulo IV del Título VI de las Normas de la CNV.

Adjudicación y Prorrateo : se realizará de acuerdo con lo detallado en la sección “ Plan de distribución—Adjudicación y Prorrateo ” del Suplemento.

Regla de Prorrateo : Si, como resultado de los prorrateos, la cantidad de pesos/dólares a asignar a una oferta fuera un monto que incluya entre 1 y 49 centavos, el monto asignado será el importe entero inferior, y si fuera un monto que incluya entre 50 y 99 centavos, el monto asignado será el importe entero superior.

Tramo Competitivo y Tramo No Competitivo : La oferta constará de un tramo competitivo (el “ Tramo Competitivo ”) y de un tramo no competitivo (el “ Tramo No Competitivo ”). Las Órdenes de Compra remitidas bajo el Tramo Competitivo deberán indefectiblemente incluir la Tasa Fija Solicitada y/o el Margen Solicitado, según corresponda, mientras que aquellas que se remitan bajo el Tramo No Competitivo no incluirán dicha variable. Tramo No Competitivo: podrán participar del Tramo No Competitivo los Inversores Interesados que fueran personas humanas o jurídicas y remitieran Órdenes de Compra de Obligaciones Negociables que no indiquen una Tasa Fija Solicitada o un Margen Solicitado. Aquellas ofertas remitidas bajo esta modalidad serán consideradas, a todos los efectos, como ofertas irrevocables y en firme. Las Ofertas que conformen el Tramo No Competitivo no se tomarán en cuenta para la determinación de la Tasa Aplicable o el Margen Aplicable (según estos términos se definen en el Suplemento). Podrán participar del Tramo No Competitivo los potenciales inversores que fueran personas físicas y remitieran, de manera individual o agregada Órdenes de Compra de Obligaciones Negociables Clase 2 por hasta US$50.000. La totalidad de Obligaciones Negociables adjudicadas al Tramo No Competitivo, no podrá superar, el 50% de las Obligaciones Negociables a emitirse. Tramo Competitivo: podrán participar en el Tramo Competitivo los Inversores Interesados que fueran personas humanas o jurídicas y remitieran, una o más Órdenes de Compra que contengan monto, Tasa Fija Solicitada y Margen Solicitado, según corresponda, incluso cuando sean distintos entre las distintas Órdenes de Compra del mismo oferente, pudiendo quedar adjudicadas una, todas, o ninguna de las Órdenes de Compra remitidas, de conformidad con el procedimiento que se describe en el Suplemento.

En virtud de ello, durante el Período de Licitación Pública, los Colocadores y los agentes del MAE y/o adherentes al mismo, que sean habilitados a tal efecto, podrán participar en la rueda y ver las Ofertas de Compra a medida que las mismas se vayan ingresando en el sistema a través del sistema “SIOPEL” del MAE. A dichos efectos, todos aquellos agentes del MAE y/o adherentes al mismo que cuenten con línea de crédito otorgada por los Colocadores serán, a pedido de dichos agentes, dados de alta para participar en la rueda, sin más. Aquellos agentes del MAE y/o adherentes al mismo que no cuenten con línea de crédito otorgada por los Colocadores, también deberán solicitar a los mismos la habilitación para participar en la rueda, para lo cual deberán acreditar su inscripción ante la CNV como “Agente Registrado” en los términos de la Ley de Mercado de Capitales y el cumplimiento de las normas en materia de prevención de encubrimiento, lavado de activos y financiación del terrorismo de forma satisfactoria para los Colocadores, quienes observarán y respetarán en todo momento el trato igualitario entre aquéllos. En cualquier caso, la solicitud deberá realizarse con una antelación mínima de 48 horas hábiles al inicio del Período de Licitación Pública.

Integración:

  • Clase 2: Las Obligaciones Negociables Clase 2 deberán ser integradas en Dólares Estadounidenses de la siguiente manera: (i) con débito en cuentas bancarias y/o de inversión locales que se indique en el formulario de las Órdenes de Compra; y/o (ii) con transferencias en Dólares Estadounidenses a una cuenta en Argentina a ser indicada por el Agente Colocador en la orden de compra en cuestión.

  • Clase 3: Los suscriptores de las Órdenes de Compra que hubieran sido adjudicadas deberán integrar el precio de suscripción correspondiente a las Obligaciones Negociables Clase 3 efectivamente adjudicadas, en Pesos, mediante (i) transferencia electrónica del correspondiente precio a la cuenta que se indique en el formulario de las Órdenes de Compra y/o (ii) débito del correspondiente precio de la cuenta del suscriptor que se indique en la correspondiente Orden de Compra.

En la Fecha de Emisión y Liquidación, una vez efectuada la integración de las Obligaciones Negociables, las mismas serán acreditadas en las cuentas depositante y comitente en CVSA de titularidad de los Oferentes adjudicados indicadas en sus respectivas Órdenes de Compra.

Tipo de Cambio Inicial : Es el tipo de cambio determinado y publicado por el BCRA mediante la Comunicación “A” 3500 del Día Hábil inmediato anterior al Período de Licitación Pública, el cual será informado en el Aviso de Resultados.

Destino de los Fondos : la Emisora planea utilizar el producido de esta oferta, en cumplimiento de los requisitos del Artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables, según se detalla en la sección “ Destino de los Fondos ” del Suplemento.

Calificaciones de Riesgo : Las Obligaciones Negociables serán calificadas por Fix, calificación de riesgo que será informada mediante un aviso complementario al Suplemento.

Compensación y Liquidación: Central de compensación y liquidación de operaciones de MAE denominada “MAE Clear” (siendo el número de mercado de MAE, asignado por CNV, el N°14).

Agente de Liquidación: Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U.

Agente de Cálculo: Tecpetrol S.A.

Ley Aplicable : las Obligaciones Negociables se regirán por, y serán interpretadas de conformidad con, las leyes de la Argentina.

La oferta pública de las Obligaciones Negociables emitidas bajo el Programa ha sido autorizada por las Resoluciones la CNV N° RESFC-2017-18994-APN-DIR#CNV de fecha 30 de octubre de 2017. La CNV y el MAE no han emitido juicio sobre los datos contenidos en el Prospecto y/o en el Suplemento. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el Prospecto y/o en el Suplemento es exclusiva responsabilidad del directorio y, en lo que les atañe, del órgano de fiscalización de la Emisora y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados financieros consolidados que se acompañan y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley de Mercado de Capitales. El directorio de la Emisora manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el Prospecto y el Suplemento contienen a la fecha de su respectiva publicación, información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de la Emisora y de toda aquélla que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes.

El Prospecto, el Suplemento y demás documentos relevantes para la emisión de las Obligaciones Negociables se encuentran a disposición de los interesados en la sede social de la Emisora y en las oficinas de los Colocadores. La Emisora recomienda la lectura y examen del Prospecto y el Suplemento en su totalidad y de los estados financieros condensados consolidados de la Emisora referidos en los mismos y sus notas correspondientes a los últimos tres ejercicios anuales cerrados el 31 de diciembre de 2018, 2017 y 2016 y los períodos de nueve meses finalizados el 30 de septiembre de 2019 y 2018.

Por cualquier consulta, dirigirse a los Colocadores: (i) Balanz Capital Valores S.A.U., con domicilio en Av. Corrientes 316, Piso 3 Of. 362, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, Dirección (Atención: Sebastián Money / Gonzalo Mendive / Estefania Servian), teléfono 5276-7074 / 2150-4026 / 5276-7044, e-mail [email protected] / [email protected] / [email protected]; (ii) Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. con domicilio en Tte. Gral. Juan D. Perón 430, Piso 21°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina (Atención: Juan Ignacio Roldan, teléfono 6329-3084, e-mail: [email protected]), (iii) HSBC Bank Argentina S.A. con domicilio en con domicilio en Bouchard 557, Piso 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina (Atención Sebastian Garat/ Matias Rubio, teléfono: 4344-8116/4344-8113, e-mail [email protected]/ [email protected]); y (iv) Banco Santander Río S.A, con domicilio en Juan de Garay 151, Buenos Aires, República Argentina, (Atención: Damián Gaido , teléfono (+54 11) 4341 1140, e-mail: d [email protected]).

Agentes Colocadores

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Balanz Capital

Valores S.A.U. ALyC y AN - Integral Matrícula N°210

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Banco de Galicia y HSBC Bank Banco Santander Río S.A Buenos Aires S.A.U. Argentina S.A. ALyC y AN - Integral ALyC y AN – Integral ALyC y AN - Propio Matrícula N° 72 de la Matrícula N° 22 de la Matrícula N°167 CNV CNV

La fecha de este Aviso de Suscripción es 12 de febrero de 2020

_________ Juan José Mata Subdelegado Tecpetrol S.A.