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TECPETROL S.A. — Board/Management Information 2026
Mar 6, 2026
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Board/Management Information
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TECPETROL S.A. Acta del Consejo de Vigilancia Nº 279
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ACTA Nº 279. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los treinta días del mes de enero de dos mil veintiséis, siendo las ocho horas y cuarenta y cinco, se reunió el Consejo de Vigilancia de la Sociedad, con la presencia de sus miembros señora Andrea S. Barbagelata, señores Ricardo J.P. Soler y Pablo R. Stampalia. Declarada abierta la sesión, se pasó a considerar el siguiente punto del orden del día: PROPUESTA DE CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE AUDITORÍA PARA EL CUADRAGÉSIMO SEPTIMO EJERCICIO QUE FINALIZARÁ EL 31 DE DICIEMBRE DE 2026 Y FIJACIÓN DE LOS HONORARIOS POR LA AUDITORÍA DEL EJERCICIO
2025. Sometido el mismo a consideración, el Sr. Ricardo J.P. Soler manifestó que, conforme los términos del art. 283 de la Ley General de Sociedades (Ley N° 19.550), y atento que la Sociedad prescindía de la Sindicatura, era obligación del Consejo de Vigilancia contratar una auditoría anual a los fines de que la misma informe sobre los estados contables. A continuación, el Sr. Soler informó que, con motivo del dictado de la Ley de Mercado de Capitales - Ley N° 26.831, la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) había emitido la Resolución General N° 622/2013 a través de la cual reglamentó lo dispuesto por la mencionada ley, dictándose las Normas de la CNV vigentes, las cuales establecían que correspondía a la Asamblea Ordinaria de Accionistas la designación de los auditores externos, y que la misma se efectuaba a propuesta del órgano de administración de la emisora. En consecuencia, y a fin de armonizar las normas antedichas, el Sr. Soler señaló que correspondía al Consejo de Vigilancia elevar al Directorio de la Sociedad una propuesta de designación de auditores externos para el ejercicio 2026, a fines de que el mismo, a su vez, lo eleve a consideración de la Asamblea Ordinaria de Accionistas de la Sociedad. Agregó que idéntico procedimiento debía efectuarse en relación con la aprobación de los honorarios a ser fijados a la firma PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. por la auditoría y revisiones limitadas de los estados financieros del ejercicio 2025 y otros servicios brindados por dicha firma en el año 2025. En virtud de todo lo mencionado, se proponía: (i) se mantenga la designación de la firma PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. como auditores externos de la Sociedad para el cuadragésimo séptimo ejercicio que finalizará el 31 de
TECPETROL S.A. Acta del Consejo de Vigilancia Nº 279
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diciembre de 2026, cuyos honorarios se determinarán oportunamente en función de los honorarios asignados por la auditoría y revisiones limitadas de los estados financieros del ejercicio 2025, más los correspondientes ajustes en los términos de la corrección monetaria y eventuales cambios en el scope de trabajo que defina la Gerencia de la Sociedad; y (ii) la aprobación de honorarios a ser asignados a la firma PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. y a otras firmas de la red global de PRICEWATERHOUSECOOPERS por la auditoría y revisiones limitadas de los estados financieros del ejercicio 2025 y otros servicios brindados por dicha firma en el año 2025 en la suma de $ 926.713.491 más IVA, correspondiendo la suma de $ 267.484.769 más IVA a la auditoría de los estados financieros anuales, la suma de $ 185.754.972 más IVA por las a las revisiones limitadas de los trimestrales y la suma de $ 473.473.750 más IVA a otros servicios, archivándose por Secretaría el detalle de los servicios y rubros facturados los cuales fueron debidamente informados. Oído lo expuesto, el Consejo de Vigilancia por unanimidad de votos resolvió elevar al Directorio de la Sociedad -a los fines de que lo incluya en el orden del día de la Asamblea Ordinaria a convocarse a dichos efectos-, su propuesta para que se mantenga la contratación de PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L., a los efectos de la auditoría de los estados financieros correspondientes al cuadragésimo séptimo ejercicio que finalizará el 31 de diciembre de 2026, así como la propuesta de asignación de honorarios precedentemente detallada.
No habiendo más asuntos que tratar, se levantó la sesión siendo las nueve horas, previa lectura y ratificación de la presente acta por los asistentes.
FIRMADO: R.J.P. SOLER - P.R. STAMPALIA - A.S. BARBAGELATA.
Es copia fiel de su original que obra de fojas trece a catorce del libro de Actas de Consejo de Vigilancia número cuatro de TECPETROL SOCIEDAD ANÓNIMA, rubricado en la Inspección General de Justicia, el quince de noviembre de dos mil veintitrés. Referencia: RL-2023-136063820-APNDSC#IGJ-Oblea E 299209.
Ricardo J.P. Soler Consejero de Vigilancia