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TECPETROL S.A. — Audit Report / Information 2021
Mar 4, 2021
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Audit Report / Information
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TECPETROL S.A. Acta del Consejo de Vigilancia Nº 244
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ACTA Nº 244. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los dos días del mes de marzo de dos mil veintiuno, siendo las nueve horas, se reunieron los miembros titulares del Consejo de Vigilancia señores Ricardo J.P. Soler, Claudio R. Hirschler y Pablo R. Stampalia. Se deja constancia que debido a la situación sanitaria ocasionada por la pandemia de COVID-19, que es de público y notorio conocimiento, y en cumplimiento con las medidas de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” adoptadas por el Gobierno Nacional mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 125/2021, así como por lo previsto en la Resolución General de la Comisión Nacional de Valores (“CNV“) N° 830/2020 y la aplicación analógica del mismo al Consejo de Vigilancia conforme lo previsto en el art. 158 inc. b) del Código Civil y Comercial de la Nación, todos los miembros del Consejo de Vigilancia que participan de la presente reunión lo hacen comunicados a través del sistema “Microsoft Teams”, que permite la conexión mediante sistema de audio y video en forma simultánea, y suscribirán la presente acta dentro de los cinco días hábiles de celebrada la presente reunión, o inmediatamente luego de que las medidas dictadas por el Gobierno Nacional en relación a la situación sanitaria así lo permitan. Declarada abierta la sesión, se pasó a considerar el siguiente punto del orden del día: INFORME DEL CONSEJO DE VIGILANCIA. Sometido el mismo a consideración, el señor Ricardo J. P. Soler informó que los Consejeros habían analizado la Memoria, el Inventario y los estados contables por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 de Tecpetrol Sociedad Anónima, y el Informe de los Auditores, habiendo realizado las verificaciones pertinentes en los libros y documentos de la Sociedad. Correspondía en consecuencia se emitiera el Informe pertinente. Previo un cambio de ideas sobre el particular, el Consejo de Vigilancia por unanimidad resolvió:
Primero: Expedir el Informe correspondiente a los estados contables por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020, que textualmente dice así: “ A los señores Accionistas de TECPETROL S.A.
Cumplimos en informar que el Consejo de Vigilancia ha revisado los:
- Estados Financieros de TECPETROL S.A. al 31 de diciembre de 2020 compuesto por el estado de resultados y estado de resultados integrales por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020, el estado de situación
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financiera a dicha fecha, el estado de evolución del patrimonio neto y estado de flujo de efectivo por el ejercicio mencionado, y notas 1 a 36 a dichos estados financieros;
- Memoria e Inventario referentes al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2020,
La preparación de los documentos bajo análisis es responsabilidad de la Dirección de la Sociedad.
Hemos tenido a la vista el Informe de auditoría emitido por los Auditores Independientes de la firma de Auditores externos, Price Waterhouse & Co. S.R.L., del 02 de marzo de 2021, correspondientes a los Estados Financieros por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 de TECPETROL S.A. Respecto de dicha documentación, informamos que hacemos nuestros los términos del Informe de auditoría emitido por los Auditores Independientes del día de la fecha, suscripto por el Dr. (C.P.) Alejandro J. Rosa, socio de la mencionada firma.
Esta documentación preparada por la Sociedad, para ser considerada y aprobada por el Directorio en su reunión del día de la fecha, se ajusta a lo requerido por las normas de aplicación, vigentes en la República Argentina, por lo que no tenemos observaciones que formular sobre la misma.
Con respecto a la Memoria y el Inventario referentes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 y, habiendo obtenido al respecto las informaciones y explicaciones que hemos considerado necesarias, no tenemos en lo que es materia de nuestra competencia observaciones que formular. Las proyecciones sobre hechos futuros contenidas en esta Memoria son responsabilidad del Directorio de la Sociedad.
Asimismo, hemos realizado una revisión del Informe sobre el grado de cumplimiento del Código de Gobierno Societario, acompañado como anexo a la Memoria, elaborado por el órgano de Administración en cumplimiento del Inciso a.1.), del Artículo Primero, Sección I, Capítulo I, Título IV de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (conforme actualización dispuesta por la Resolución General Nro. 797), respecto del que no tenemos observaciones que formular.
Dejamos constancia, por otra parte, de que hemos ejercido, en la medida correspondiente, las atribuciones que nos asignan la ley y el estatuto,
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habiendo participado regularmente de las reuniones del Directorio de la Sociedad.
Hemos dado cumplimiento a las disposiciones del artículo 281 de la Ley N° 19.550 de la República Argentina.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 02 de marzo de 2021 .”
Segundo: Autorizar al Consejero de Vigilancia señor Ricardo J. P. Soler, para que en nombre y representación del Consejo de Vigilancia, suscriba la documentación contable referida a los Estados Contables por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020, y el respectivo Informe del Consejo de Vigilancia.
No habiendo más asuntos que tratar, se levantó la sesión, siendo las nueve horas y treinta minutos, previa lectura y ratificación de la presente acta por los asistentes. FIRMADO: R.J.P.SOLER - C.R. HIRSCHLER – P.R. STAMPALIA.
Es copia fiel de su original que obra de foja ciento ochenta y nueve a foja ciento noventa y uno del libro de Actas de Consejo de Vigilancia número tres de TECPETROL SOCIEDAD ANÓNIMA, rubricado en la Inspección General de Justicia, el dieciocho de octubre de dos cinco, bajo el número sesenta y nueve mil quinientos noventa y siete- cero cinco.
RICARDO J.P. SOLER Consejero de Vigilancia