Registration Form • May 15, 2021
Registration Form
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| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2020 |
|---|---|
| CIF: | A84856947 |
Denominación Social:
VERTICE TRESCIENTOS SESENTA GRADOS, S.A.
C/ AGASTIA Nº 80 (MADRID)

| Fecha de última | Capital social (€) | Número de | Número de | |
|---|---|---|---|---|
| modificación | acciones | derechos de voto | ||
| 16/12/2020 | 85.907.526,00 | 85.907.526 | 85.907.526 |
Indique si existen distintas clases de acciones con diferentes derechos asociados:
[ ] [ √ ] Sí No
A.2. Detalle los titulares directos e indirectos de participaciones significativas a la fecha de cierre del ejercicio, excluidos los consejeros:
| Nombre o denominación |
% derechos de voto atribuidos a las acciones |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de | |||
|---|---|---|---|---|---|---|
| social del accionista | Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | derechos de voto | |
| SQUIRREL CAPITAL, S.L. |
94,10 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 94,10 |
| Nombre o | Nombre o | % derechos de | % derechos de voto a | % total de |
|---|---|---|---|---|
| denominación social | denominación social | voto atribuidos | través de instrumentos | derechos de voto |
| del titular indirecto | del titular directo | a las acciones | financieros | |
| Sin datos |
Indique los movimientos en la estructura accionarial más significativos acontecidos durante el ejercicio:

| Nombre o denominación social del consejero |
% derechos de voto atribuidos a las acciones |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
% derechos de voto que pueden ser transmitidos a través de instrumentos financieros |
|||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | ||
| DON JAVIER CALVO SALVE |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| DON JULIAN MARTINEZ SAMANIEGO |
0,09 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,09 | 0,00 | 0,00 |
| SQUIRREL CAPITAL, S.L. | 94,10 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 94,10 | 0,00 | 0,00 |
| DOÑA MARÍA JOSÉ PEREIRO LAGE |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| DON TEÓFILO JIMENÉZ FUENTES |
0,02 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,02 | 0,00 | 0,00 |
| % total de derechos de voto en poder del consejo de administración | 94,21 |
| % derechos de | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Nombre o | Nombre o denominación |
% derechos de | % derechos de | % total de | voto que pueden |
| voto a través de | ser transmitidos | ||||
| denominación | social del | voto atribuidos | instrumentos | derechos de voto | a través de |
| social del consejero | titular directo | a las acciones | financieros | instrumentos | |
| financieros | |||||
| Sin datos |
El porcentaje de acciones pertenecientes al consejero Javier Calvo es de 0,00028.
El porcentaje de acciones pertenecientes al consejero Julian Martinez es de 0,091.
El porcentaje de acciones pertenecientes a la consejera Maria José Pereiro es de 0,005.
El porcentaje de acciones pertenecientes al consejero Teófilo Jiménez es de 0,019.

A.4. Indique, en su caso, las relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, en la medida en que sean conocidas por la sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario, excepto las que se informen en el apartado A.6:
| Nombre o denominación social relacionados | Tipo de relación | Breve descripción |
|---|---|---|
| Sin datos |
A.5. Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, y la sociedad y/o su grupo, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:
| Nombre o denominación social relacionados | Tipo de relación | Breve descripción |
|---|---|---|
| Sin datos |
A.6. Describa las relaciones, salvo que sean escasamente relevantes para las dos partes, que existan entre los accionistas significativos o representados en el consejo y los consejeros, o sus representantes, en el caso de administradores persona jurídica.
Explique, en su caso, cómo están representados los accionistas significativos. En concreto, se indicarán aquellos consejeros que hubieran sido nombrados en representación de accionistas significativos, aquellos cuyo nombramiento hubiera sido promovido por accionistas significativos, o que estuvieran vinculados a accionistas significativos y/o entidades de su grupo, con especificación de la naturaleza de tales relaciones de vinculación. En particular, se mencionará, en su caso, la existencia, identidad y cargo de miembros del consejo, o representantes de consejeros, de la sociedad cotizada, que sean, a su vez, miembros del órgano de administración, o sus representantes, en sociedades que ostenten participaciones significativas de la sociedad cotizada o en entidades del grupo de dichos accionistas significativos:
| Nombre o denominación social del consejero o representante, vinculado |
Nombre o denominación social del accionista significativo vinculado |
Denominación social de la sociedad del grupo del accionista significativo |
Descripción relación/cargo |
|---|---|---|---|
| DON PABLO PEREIRO LAGE |
SQUIRREL CAPITAL, S.L. | SQUIRREL CAPITAL, S.L. | El Sr. Pereiro es Administrador Único de Squirrel Capital. |
| DON JULIAN MARTINEZ SAMANIEGO |
SQUIRREL CAPITAL, S.L. | SQUIRREL CAPITAL, S.L. | Consejero cuyo nombramiento fue promovido por Squirrel Capital |
| DOÑA MARÍA JOSÉ PEREIRO LAGE |
SQUIRREL CAPITAL, S.L. | SQUIRREL CAPITAL, S.L. | Consejero cuyo nombramiento fue promovido por Squirrel Capital |

A.7. Indique si han sido comunicados a la sociedad pactos parasociales que la afecten según lo establecido en los artículos 530 y 531 de la Ley de Sociedades de Capital. En su caso, descríbalos brevemente y relacione los accionistas vinculados por el pacto:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
Indique si la sociedad conoce la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas. En su caso, descríbalas brevemente:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
En el caso de que durante el ejercicio se haya producido alguna modificación o ruptura de dichos pactos o acuerdos o acciones concertadas, indíquelo expresamente:
A.8. Indique si existe alguna persona física o jurídica que ejerza o pueda ejercer el control sobre la sociedad de acuerdo con el artículo 5 de la Ley del Mercado de Valores. En su caso, identifíquela:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
| Nombre o denominación social | |
|---|---|
| SQUIRREL CAPITAL, S.L. |
| Número de | Número de acciones | % total sobre |
|---|---|---|
| acciones directas | indirectas(*) | capital social |
| 22.999 | 0,02 |
EL porcentaje exacto es de 0,026% del Capital Social

| Nombre o denominación social del titular directo de la participación |
Número de acciones directas |
|---|---|
| Sin datos |
Los mandatos vigentes de la junta de accionistas al consejo de administración, para emitir acciones de la Sociedad, con una duración de cinco (5) años desde la fecha de la Junta, 24 de noviembre de 2015, son los siguientes:
"NOVENO.- Aprobación de un acuerdo de delegación en el Consejo de Administración para la emisión de obligaciones u otros valores similares de renta fija o variable, simples o garantizados, ordinarios o convertibles y/o canjeables en acciones, directamente o a través de sociedades del grupo, con delegación expresa de la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente de los accionistas de la Sociedad en caso de emisión de obligaciones convertibles, de conformidad con lo previsto en el artículo 511 de la Ley de Sociedades de Capital."
"DÉCIMO.- Delegación en el Consejo de Administración de la facultad de aumentar el capital social mediante la emisión de nuevas acciones ordinarias, conforme a lo establecido en el artículo 297.1.(b) de la Ley de Sociedades de Capital, dentro de los límites de la ley, con facultad expresa de delegar la exclusión del derecho de suscripción preferente de conformidad con lo previsto en el artículo 506 de la Ley de Sociedades de Capital, revocando y dejando sin efecto la cantidad pendiente resultante de las delegaciones anteriores concedidas por la Junta General."
Así mismo, en la Junta General Ordinaria de Accionistas de fecha 11 de mayo de 2018, en el punto 4ª del Orden del día se autorizó al Consejo de Administración para la adquisición de acciones propias hasta el limite legal de autocartera del 10%.
| % | |
|---|---|
| Capital flotante estimado | 5,90 |
A.12. Indique si existe cualquier restricción (estatutaria, legislativa o de cualquier índole) a la transmisibilidad de valores y/o cualquier restricción al derecho de voto. En particular, se comunicará la existencia de cualquier tipo de restricciones que puedan dificultar la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado, así como aquellos regímenes de autorización o comunicación previa que, sobre las adquisiciones o transmisiones de instrumentos financieros de la compañía, le sean aplicables por normativa sectorial.
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
A.13. Indique si la junta general ha acordado adoptar medidas de neutralización frente a una oferta pública de adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007.
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |

En su caso, explique las medidas aprobadas y los términos en que se producirá la ineficiencia de las restricciones:
A.14. Indique si la sociedad ha emitido valores que no se negocian en un mercado regulado de la Unión Europea.
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
En su caso, indique las distintas clases de acciones y, para cada clase de acciones, los derechos y obligaciones que confiera:
La modificación de los Estatutos es competencia de la Junta General de Accionistas (art. 15.1.j) de los Estatutos de la Sociedad) y deberá de llevarse a cabo de conformidad con las previsiones contenidas en la Ley de Sociedades de Capital y los Estatutos Sociales. De acuerdo con el artículo 18.2 de los Estatutos Sociales, para cualquier modificación estatutaria se requerirá la concurrencia de accionistas presentes o representados que posean, al menos, el cincuenta por ciento (50%) del capital suscrito con derecho a voto (en primera convocatoria) y del 25% de dicho capital en segunda convocatoria. Cuando concurran accionistas que representen menos del cincuenta por ciento del capital suscrito con derecho a voto, los acuerdos que modifiquen los estatutos sociales sólo podrán adoptarse válidamente con el voto favorable de los dos tercios del capital presente o representado en la Junta. Conforme al artículo 26 de los Estatutos Sociales, la adopción de acuerdos se regirá por lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital.
Entre la información disponible para los accionistas a partir del día de la convocatoria de la junta, se debe incorporar las propuestas de acuerdos formuladas por el Consejo de Administración en relación con los puntos comprendidos en el orden del día (artículo 10 del reglamento de la Junta y artículo 34 del reglamento del Consejo).

B.4. Indique los datos de asistencia en las juntas generales celebradas en el ejercicio al que se refiere el presente informe y los de los dos ejercicios anteriores:
| Datos de asistencia | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Fecha junta general | % de presencia física |
% en representación |
% voto a distancia Voto electrónico |
Otros | Total |
| 29/03/2019 | 62,23 | 2,35 | 0,00 | 0,00 | 64,58 |
| De los que Capital flotante | 7,57 | 2,35 | 0,00 | 0,00 | 9,92 |
| 30/10/2019 | 57,42 | 1,66 | 0,00 | 0,00 | 59,08 |
| De los que Capital flotante | 2,76 | 1,66 | 0,00 | 0,00 | 4,42 |
| 30/07/2020 | 64,71 | 12,21 | 0,00 | 0,00 | 76,92 |
| De los que Capital flotante | 0,94 | 12,21 | 0,00 | 0,00 | 13,15 |
| 14/12/2020 | 93,06 | 0,02 | 0,00 | 0,00 | 93,08 |
| De los que Capital flotante | 0,04 | 0,02 | 0,00 | 0,00 | 0,06 |
La Sociedad mantiene una página web para información de los accionistas e inversores cuya URL es http://www.vertice360.com. Dentro de dicha página web hay una sección denominada "Inversores" que conduce directamente al menú principal de Accionistas e Inversores, en la que se puede acceder a toda la información relativa a la sociedad (capital social, gobierno corporativo, estatutos y reglamentos, hechos relevantes, información financiera e información sobre las Juntas de accionistas).

C.1.1 Número máximo y mínimo de consejeros previstos en los estatutos sociales y el número fijado por la junta general:
| Número máximo de consejeros | 15 |
|---|---|
| Número mínimo de consejeros | 5 |
| Número de consejeros fijado por la junta | 7 |
| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Categoría del consejero |
Cargo en el consejo |
Fecha primer nombramiento |
Fecha último nombramiento |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|---|
| DOÑA PAULA ELIZ SANTOS |
Independiente | CONSEJERO | 15/12/2016 | 14/12/2020 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON JAVIER CALVO SALVE |
Independiente | CONSEJERO COORDINADOR INDEPENDIENTE |
28/10/2019 | 14/12/2020 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON JULIAN MARTINEZ SAMANIEGO |
Dominical | CONSEJERO | 22/07/2016 | 14/12/2020 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON URIEL GONZALEZ MONTES ALVAREZ |
Independiente | CONSEJERO | 15/12/2016 | 14/12/2020 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| SQUIRREL CAPITAL, S.L. |
DON PABLO PEREIRO LAGE |
Ejecutivo | PRESIDENTE CONSEJERO DELEGADO |
22/07/2016 | 14/12/2020 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
| DOÑA MARÍA JOSÉ PEREIRO LAGE |
Dominical | CONSEJERO | 14/12/2020 | 14/12/2020 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |

| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Categoría del consejero |
Cargo en el consejo |
Fecha primer nombramiento |
Fecha último nombramiento |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|---|
| DON TEÓFILO JIMENÉZ FUENTES |
Independiente | CONSEJERO | 16/10/2020 | 14/12/2020 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| Número total de consejeros | 7 |
Indique los ceses que, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, se hayan producido en el consejo de administración durante el periodo sujeto a información:
| Nombre o denominación social del consejero |
Categoría del consejero en el momento del cese |
Fecha del último nombramiento |
Fecha de baja | Comisiones especializadas de las que era miembro |
Indique si el cese se ha producido antes del fin del mandato |
|---|---|---|---|---|---|
| DON ALESSANDRO GIGLIO |
Dominical | 30/10/2019 | 14/10/2020 | SI |
| CONSEJEROS EJECUTIVOS | ||||
|---|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Cargo en el organigrama de la sociedad |
Perfil | ||
| SQUIRREL CAPITAL, S.L. |
Presidente del Consejo y consejero Delegado |
Squirrel Capital es un grupo especializado, entre otras cuestiones, en la prestación de servicios como agencia de medios de comunicación y audiovisuales, así como en la compraventa y distribución de todo tipos de productos relacionados con este Sector. |
||
| Número total de consejeros ejecutivos | 1 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 14,29 |

| CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES | ||
|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
Perfil |
| DON JULIAN MARTINEZ SAMANIEGO |
SQUIRREL CAPITAL, S.L. | Auditor-Censor Jurado de Cuentas, miembro del ROAC y del ICJCE, ha desarrollado su carrera en el área financiera y estratégica dentro de la división de Auditoria, dirigiendo equipos en materia multidisciplinar tanto en empresas nacionales como en grupos internacionales. Involucrado en trabajos de concentración empresarial, salidas a bolsa, valoraciones en negocio e implantación de procesos y procedimientos. |
| DOÑA MARÍA JOSÉ PEREIRO LAGE |
SQUIRREL CAPITAL, S.L. | Licenciada en Derecho y Económicas por la Universidad San Pablo – CEU y el Portobello College Dublin Business School" de Irlanda. Cuenta con experiencia de más de 16 años en el asesoramiento jurídico y la profesión de letrada, fundando el Despacho Jurídico PEREIRO LAGE ABOGADOS, que le lleva a desempeñar funciones de asesoramiento y asistencia jurídica integral, tanto en Tribunales como en todos los ámbitos jurídicos públicos y privados. |
| Número total de consejeros dominicales | 2 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 28,57 |
| CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES | ||
|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Perfil | |
| DOÑA PAULA ELIZ SANTOS |
Abogada y empresaria. Ha desarrollado su carrera profesional dentro del sector de las Telecomunicaciones, especializándose en Servicios Audiovisuales, Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, Propiedad Intelectual, Protección de Datos de Carácter Personal, Competencia, Protección de Consumidores y Usuarios y Compliance. Desde 2002, Letrada de los Servicios Jurídicos del Grupo Telefónica. |
|
| DON JAVIER CALVO SALVE |
Licenciado en Derecho. Con dilatada experiencia en el área jurídico-contenciosa como Socio del despacho Calvo Sobrino donde desarrolla su actividad. |
|
| DON URIEL GONZALEZ MONTES ALVAREZ |
Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales. Auditor de cuentas, miembro del ROAC, con dilatada experiencia en distintas entidades, como PricewaterhouseCoopers, en la que desarrolló su actividad como Senior Manager responsable de grandes grupos empresariales del Sector Servicios, incluyendo entidades financieras, inmobiliarias, constructoras, telecomunicaciones, y siendo responsable a nivel nacional del Sector Turismo en la práctica de Governance, Risk and Compliance. Profesor universitario de la Universidad Pompeu Fabra, de Barcelona, en su departamento de Economía y Empresa. Desde 2013, trabaja en ANDBANK, como Responsable de Auditoria Interna y de la Función Global de Intervención y Control Interno del Grupo. |
|
| DON TEÓFILO JIMENÉZ FUENTES |
Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales y Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid y la Universidad Europea de Madrid, respectivamente, con formación de |

| CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES | ||
|---|---|---|
| Nombre o | ||
| denominación | Perfil | |
| social del consejero | ||
| postgrado y profesor en las Escuelas de Negocios del Colegio de Economistas de Madrid y del ISDE. Cuenta con experiencia de más de 38 años en puestos del asesoramiento financiero y económico, destacando sus puestos de Director de Mercados de Capitales y Director General de EBN BANCO DE NEGOCIOS, S.A., donde tuvo la responsabilidad en las políticas de inversiones del Banco, fondos de capital riesgo, desarrollo de nuevos proyectos y su financiación, fusiones y adquisiciones y relaciones con inversores institucionales. En sus años de experiencia formó y forma parte de múltiples Consejos de Administración. |
| Número total de consejeros independientes | 4 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 57,14 |
% sobre el total del consejo N.A.
Indique si algún consejero calificado como independiente percibe de la sociedad, o de su mismo grupo, cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de consejero, o mantiene o ha mantenido, durante el último ejercicio, una relación de negocios con la sociedad o con cualquier sociedad de su grupo, ya sea en nombre propio o como accionista significativo, consejero o alto directivo de una entidad que mantenga o hubiera mantenido dicha relación.
En su caso, se incluirá una declaración motivada del consejo sobre las razones por las que considera que dicho consejero puede desempeñar sus funciones en calidad de consejero independiente.
| Nombre o denominación social del consejero |
Descripción de la relación | Declaración motivada | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Sin datos | ||||||
| OTROS CONSEJEROS EXTERNOS | ||||||
| dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad, sus directivos, o sus accionistas: | Se identificará a los otros consejeros externos y se detallarán los motivos por los que no se puedan considerar | |||||
| Nombre o denominación social del consejero |
Motivos | Sociedad, directivo o accionista con el que mantiene el vínculo |
Perfil | |||
| Sin datos | ||||||
| Número total de otros consejeros externos | N.A. |

| Nombre o denominación social del consejero |
Fecha del cambio | Categoría anterior | Categoría actual |
|---|---|---|---|
| Sin datos |
| Número de consejeras | % sobre el total de consejeros de cada categoría |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2020 |
Ejercicio 2019 |
Ejercicio 2018 |
Ejercicio 2017 |
Ejercicio 2020 |
Ejercicio 2019 |
Ejercicio 2018 |
Ejercicio 2017 |
|
| Ejecutivas | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
| Dominicales | 1 | 50,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||
| Independientes | 1 | 1 | 1 | 1 | 25,00 | 33,33 | 20,00 | 20,00 |
| Otras Externas | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
| Total | 2 | 1 | 1 | 1 | 28,57 | 16,67 | 20,00 | 20,00 |
En caso afirmativo, describa estas políticas de diversidad, sus objetivos, las medidas y la forma en que se ha aplicado y sus resultados en el ejercicio. También se deberán indicar las medidas concretas adoptadas por el consejo de administración y la comisión de nombramientos y retribuciones para conseguir una presencia equilibrada y diversa de consejeros.
En caso de que la sociedad no aplique una política de diversidad, explique las razones por las cuales no lo hace.

C.1.6 Explique las medidas que, en su caso, hubiese convenido la comisión de nombramientos para que los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras, y que la compañía busque deliberadamente e incluya entre los potenciales candidatos, mujeres que reúnan el perfil profesional buscado y que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres. Indique también si entre estas medidas está la de fomentar que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas:
No hay medidas concretas en los procedimientos de selección.
Cuando a pesar de las medidas que, en su caso, se hayan adoptado, sea escaso o nulo el número de consejeras o altas directivas, explique los motivos que lo justifiquen:
C.1.7 Explique las conclusiones de la comisión de nombramientos sobre la verificación del cumplimiento de la política dirigida a favorecer una composición apropiada del consejo de administración.
Al tratarse de un Consejo de Administración compuesto por siete miembros, resulta menos fácil seleccionar personas, de uno u otro sexo, que encajen en el perfil pretendido, habiéndose conseguido que, de los consejeros incorporados como independientes, uno –la Sra. Eliz Santos- sea mujer, y de los dominicales otra, la Sra. Pereiro Lage. Partiendo del punto de que, como se ha dicho, han sido seleccionadas dos mujeres para dos puestos del Consejo, lo cual supone un 28,57% sobre el total del consejo, alcanzado casi el objetivo del 30% de consejeras en 2020, y se considera alcanzable como parte del desarrollo natural de la sociedad, que puedan alcanzarse mayor porcentaje en el futuro.
| Nombre o denominación social del accionista |
Justificación |
|---|---|
| Sin datos |
Indique si no se han atendido peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial es igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. En su caso, explique las razones por las que no se hayan atendido:
| Nombre o denominación social del consejero o comisión |
Breve descripción |
|---|---|
| SQUIRREL CAPITAL, S.L. | SQUIRREL CAPITAL SLU tiene delegadas todas las funciones del Consejo de administración legalmente delegables. |

| Nombre o denominación social del consejero |
Denominación social de la entidad del grupo |
Cargo | ¿Tiene funciones ejecutivas? |
|---|---|---|---|
| SQUIRREL CAPITAL, S.L. | Vertice Cine SLU | Representante administrador único |
SI |
| SQUIRREL CAPITAL, S.L. | TELESPAN 2000 SLU | Representante administrador único |
SI |
| SQUIRREL CAPITAL, S.L. | ESPACIO 360 SLU | Representante administrador único |
SI |
| SQUIRREL CAPITAL, S.L. | VERTICE CONTENIDOS SLU | Representante administrador único |
SI |
| SQUIRREL CAPITAL, S.L. | ERPIN 360 SLU | Representante administrador único |
SI |
| SQUIRREL CAPITAL, S.L. | VERTICE INTERACTIVA SLU | Representante administrador único |
SI |
| SQUIRREL CAPITAL, S.L. | VERTICE GLOBAL INVESTMENTS SLU |
Representante administrador único |
SI |
| SQUIRREL CAPITAL, S.L. | Nautical Channel LTD | Representante administrador único |
SI |
| SQUIRREL CAPITAL, S.L. | SQUIRREL MEDIA, S.L.U | Representante administrador único |
SI |
| SQUIRREL CAPITAL, S.L. | SQUIRREL NETWORKS, S.L.U. |
Representante administrador único |
SI |
| DON JAVIER CALVO SALVE | Radio Total | Miembro del Consejo de Administración |
NO |
| DON JULIAN MARTINEZ SAMANIEGO |
Radio Total | Miembro del Consejo de Administración |
NO |
En este ejercicio 2020 se han integrado las siguientes sociedades al grupo:
SQUIRREL BUSINESS SERVICE, S.L.U., BOM COMUNICACION BEST OPTION MEDIA SL BEST OPTION MEDIA SRL BEST OPTION PRODUCT SL BEST OPTION PRODUCT SRL
RADIO TOTAL, donde el Sr. Pereiro, Don Javier Calvo y Julian Martinez pertenecen al Consejo de administración de dicha sociedad
Empresas integradas al grupo pero administradas por tercenas personas ajenas al Consejo de Administración Vértice 360: SQUIRREL GLOBAL MEDIA SLU BETS OPTION GROUP BRASIL

C.1.11 Detalle, en su caso, los consejeros o representantes de consejeros personas jurídicas de su sociedad, que sean miembros del consejo de administración o representantes de consejeros personas jurídicas de otras entidades cotizadas en mercados regulados distintas de su grupo, que hayan sido comunicadas a la sociedad:
| Nombre o denominación social del consejero |
Denominación social de la entidad cotizada |
Cargo |
|---|---|---|
| Sin datos |
C.1.12 Indique y, en su caso explique, si la sociedad ha establecido reglas sobre el número máximo de consejos de sociedades de los que puedan formar parte sus consejeros, identificando, en su caso, dónde se regula:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
El artículo 21. 2. Del Reglamento del Consejo de Administración establece que "El consejero también deberá informar a la Sociedad:
a) De todos los puestos que desempeñe y de la actividad que realice en otras compañías o entidades, así como de sus restantes obligaciones profesionales. En particular, antes de aceptar cualquier cargo de consejero o directivo en otra compañía o entidad, el consejero deberá informar a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, sin que en ningún caso el Consejero pueda formar parte de más de cinco (5) Consejos de Administración."
Por tanto, el artículo mencionado, limita a un máximo de cinco los Consejos de Administración de los que puede formar parte el consejero.
| Remuneración devengada en el ejercicio a favor del consejo de administración (miles de euros) | |
|---|---|
| Importe de los derechos acumulados por los consejeros actuales en materia de pensiones (miles de euros) |
|
| Importe de los derechos acumulados por los consejeros antiguos en materia de pensiones (miles de euros) |
La remuneración total exacta seria de 241,9 miles de euros.
| Nombre o denominación social | Cargo/s |
|---|---|
| Sin datos |
C.1.15 Indique si se ha producido durante el ejercicio alguna modificación en el reglamento del consejo:

C.1.16 Indique los procedimientos de selección, nombramiento, reelección y remoción de los consejeros. Detalle los órganos competentes, los trámites a seguir y los criterios a emplear en cada uno de los procedimientos.
El nombramiento de los miembros del Consejo de Administración corresponde a la Junta General de Accionistas, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital y en los Estatutos Sociales. Conforme a estos últimos, el Consejo estará compuesto por un mínimo de cinco y un máximo de quince miembros elegidos por la Junta General de Accionistas. En caso de producirse vacantes, el Consejo puede designar las personas que hayan de ocuparlas hasta que se reúna la primera Junta General de Accionistas.
Las personas propuestas para el cargo de consejero deben reunir los requisitos que en cada momento establezcan las disposiciones legales vigentes y los Estatutos Sociales, además de gozar de reconocido prestigio profesional y de poseer los conocimientos y la experiencia adecuados para el desempeño del cargo.
No pueden ser Consejeros de la Sociedad quienes se hallen incursos en las prohibiciones y en las causas de incompatibilidad que establezca la legislación aplicable.
Las propuestas de nombramiento o de reelección de los Consejeros que se eleven por el Consejo a la Junta General de Accionistas, así como su nombramiento provisional por cooptación, deben ir precedidas del correspondiente informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. Cuando el Consejo se aparte de las propuestas de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones habrá de motivas las razones dejando constancia de las mismas en el acta.
De acuerdo con lo establecido en el Reglamento del Consejo en cuanto a la composición cualitativa del referido órgano, el número de consejeros externos constituirá una amplia mayoría del Consejo, siendo el número de consejeros ejecutivos el mínimo necesario teniendo en cuenta la complejidad de la sociedad y el porcentaje de participación de los consejeros ejecutivos en el capital de la misma. Dentro de los consejeros externos, la relación entre el número de consejeros dominicales y el de independientes y otros reflejará la proporción existente entre el capital representado por los consejeros dominicales y el resto del capital, siendo el número de consejeros independientes de al menos un tercio del total de los consejeros.
Los consejeros ejercerán su cargo durante el periodo de cinco (5) años, mientras la Junta General no acuerde su separación ni renuncien a su cargo. Los consejeros podrán ser reelegidos un o más veces por periodos de cinco (5) años.
(Se encuentra pendiente la modificación del Reglamento del Consejo de Administración de la compañía, que se abordará en breve, tal como ya se hizo con el Reglamento de la Junta General de Accionistas).
Los consejeros designados por cooptación ejercerán su cargo hasta la fecha de reunión de la primera Junta General.
Los consejeros cesarán en el cargo cuando haya transcurrido el periodo para el que fueron nombrados o cuando lo decida la Junta General en uso de las atribuciones que tiene conferidas legal y estatutariamente.
Los consejeros deberán presentar su renuncia al cargo y formalizar su dimisión cuando incurran de forma sobrevenida en cualquiera de los supuestos de incompatibilidad o prohibición para el desempeño del cargo de consejero previstos en la Ley, así como en los supuestos que, en su caso, prevea el Reglamento del Consejo de Administración.
El Consejo de Administración no podrá proponer el cese de ningún consejero independiente antes del cumplimiento del periodo estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el Consejo previo informe de la comisión de Nombramientos y Retribuciones. En particular, se entenderá que existe justa causa cuando el consejero hubiera incumplido los deberes inherentes a su cargo o incurrido en algunas de las circunstancias descritas en el artículo 9.2.a del Reglamento del Consejo que impiden su nombramiento como consejero independiente.
No ha procedido a evaluar la actividad.
Describa el proceso de evaluación y las áreas evaluadas que ha realizado el consejo de administración auxiliado, en su caso, por un consultor externo, respecto del funcionamiento y la composición del consejo y de sus comisiones y cualquier otra área o aspecto que haya sido objeto de evaluación.
No hubo evaluación.

C.1.18 Desglose, en aquellos ejercicios en los que la evaluación haya sido auxiliada por un consultor externo, las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo.
Los consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si este lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en los siguientes casos:
a) Cuando cesen en los puestos, cargos o funciones a los que estuviere asociado su nombramiento como consejeros ejecutivos.
b) Si se trata de consejeros dominicales, cuando el accionista a cuya instancia han sido nombrados transmita íntegramente la participación que tenía en la Sociedad o la reduzca hasta un nivel que exija la reducción del número de sus consejeros dominicales.
c) Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos.
d) Cuando el propio Consejo así lo solicite por mayoría de, al menos, dos tercios de sus miembros, por haber infringido sus obligaciones como consejero, previa propuesta o informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, o cuando su permanencia en el consejo pueda poner en riesgo el crédito y reputación de la Sociedad.
En el caso de que una persona física representante de una persona jurídica consejero incurriera en alguno de los supuestos previstos en el apartado anterior, aquella deberá ser sustituida de inmediato por la persona jurídica consejero.
C.1.20 ¿Se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales, en algún tipo de decisión?:
| [ ] | Sí |
|---|---|
[ √ ] No
En su caso, describa las diferencias.
C.1.22 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen algún límite a la edad de los consejeros:

C.1.24 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo de administración establecen normas específicas para la delegación del voto en el consejo de administración en favor de otros consejeros, la forma de hacerlo y, en particular, el número máximo de delegaciones que puede tener un consejero, así como si se ha establecido alguna limitación en cuanto a las categorías en que es posible delegar, más allá de las limitaciones impuestas por la legislación. En su caso, detalle dichas normas brevemente.
Conforme al artículo 35.2 de los Estatutos Sociales, todos los consejeros podrán hacerse representar mediante otro consejero. La representación se otorgará con carácter especial para la reunión del Consejo de Administración de que se trate, y podrá ser comunicada por cualquiera de los medios previstos en el apartado 2 del artículo 34.
C.1.25 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio. Asimismo, señale, en su caso, las veces que se ha reunido el consejo sin la asistencia de su presidente. En el cómputo se considerarán asistencias las representaciones realizadas con instrucciones específicas.
| Número de reuniones del consejo | 11 |
|---|---|
| Número de reuniones del consejo sin la asistencia del presidente |
0 |
Indíquese el número de reuniones mantenidas por el consejero coordinador con el resto de consejeros, sin asistencia ni representación de ningún consejero ejecutivo:
| Número de reuniones | 0 |
|---|---|
Indique el número de reuniones que han mantenido en el ejercicio las distintas comisiones del consejo:
| Número de reuniones de COMISION DE AUDITORIA |
9 |
|---|---|
| Número de reuniones de | |
| COMISION DE NOMBRAMIENTOS | 4 |
| Y RETRIBUCIONES |
C.1.26 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio y los datos sobre asistencia de sus miembros:
| Número de reuniones con la asistencia presencial de al menos el 80% de los consejeros |
11 |
|---|---|
| % de asistencia presencial sobre el total de votos durante el ejercicio |
100,00 |
| Número de reuniones con la asistencia presencial, o representaciones realizadas con instrucciones específicas, de todos los consejeros |
10 |
| % de votos emitidos con asistencia presencial y representaciones realizadas con instrucciones |
90,90 |


C.1.27 Indique si están previamente certificadas las cuentas anuales individuales y consolidadas que se presentan al consejo para su formulación:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
Identifique, en su caso, a la/s persona/s que ha/han certificado las cuentas anuales individuales y consolidadas de la sociedad, para su formulación por el consejo:
C.1.28 Explique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por el consejo de administración para que las cuentas anuales que el consejo de administración presente a la junta general de accionistas se elaboren de conformidad con la normativa contable.
No hay establecido ningún mecanismo especial.
C.1.29 ¿El secretario del consejo tiene la condición de consejero?
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
Si el secretario no tiene la condición de consejero complete el siguiente cuadro:
C.1.30 Indique los mecanismos concretos establecidos por la sociedad para preservar la independencia de los auditores externos, así como, si los hubiera, los mecanismos para preservar la independencia de los analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación, incluyendo cómo se han implementado en la práctica las previsiones legales.
Conforme a lo establecido en el artículo 36.1 del Reglamento del Consejo, las relaciones del Consejo con los auditores externos de la Sociedad se encauzarán a través de la Comisión de Auditoría, cuya presidencia corresponde a un Consejero independiente. Asimismo, de acuerdo con el segundo apartado del artículo 36, para preservar la independencia de los auditores externos, el Consejo se abstendrá de contratar aquellas firmas de auditoría en las que los honorarios que prevea satisfacer la compañía y las empresas de su grupo, por todos los conceptos, sean superiores al 5% de los ingresos de la firma de auditoría en España durante el ejercicio inmediatamente anterior.
C.1.31 Indique si durante el ejercicio la Sociedad ha cambiado de auditor externo. En su caso identifique al auditor entrante y saliente:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
| Auditor saliente | Auditor entrante |
|---|---|
| CROWE HORWATH | ETL GLOBAL |
En el caso de que hubieran existido desacuerdos con el auditor saliente, explique el contenido de los mismos:

C.1.32 Indique si la firma de auditoría realiza otros trabajos para la sociedad y/o su grupo distintos de los de auditoría y en ese caso declare el importe de los honorarios recibidos por dichos trabajos y el porcentaje que el importe anterior supone sobre los honorarios facturados por trabajos de auditoría a la sociedad y/ o su grupo:
| [ ] | Sí | |
|---|---|---|
| Individuales | Consolidadas | |
|---|---|---|
| Número de ejercicios ininterrumpidos | 1 | 1 |
| Individuales | Consolidadas | |
| Nº de ejercicios auditados por la firma actual de auditoría / Nº de |
||
|---|---|---|
| ejercicios que la sociedad o su grupo han sido auditados (en %) |
7,14 | 7,14 |
Se regula en el artículo 22 del Reglamento del Consejo:
Para el cumplimiento de sus funciones, todo consejero podrá informarse sobre cualquier aspecto de la Sociedad y sus participadas. A tales efectos podrá examinar sus libros, registros, documentos y demás antecedentes de las operaciones sociales, pudiendo inspeccionar todas sus instalaciones y comunicarse con los altos directivos de la Sociedad.
Con el fin de no perturbar la gestión ordinaria de la Sociedad, el ejercicio de las facultades de información se canalizará a través del Presidente del Consejo de Administración, quien atenderá las solicitudes del consejero, facilitándole directamente la información u ofreciéndole los interlocutores apropiados en el nivel de la organización que proceda

C.1.36 Indique y, en su caso detalle, si la sociedad ha establecido reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad que puedan perjudicar al crédito y reputación de ésta:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
Cuando la permanencia de los consejeros en el Consejo pueda poner en riesgo el crédito y reputación de la Sociedad, deberán poner a su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente, la correspondiente dimisión
C.1.39 Identifique de forma individualizada, cuando se refiera a consejeros, y de forma agregada en el resto de casos e indique, de forma detallada, los acuerdos entre la sociedad y sus cargos de administración y dirección o empleados que dispongan indemnizaciones, cláusulas de garantía o blindaje, cuando éstos dimitan o sean despedidos de forma improcedente o si la relación contractual llega a su fin con motivo de una oferta pública de adquisición u otro tipo de operaciones.
| Numero de beneficiarios | 1 |
|---|---|
| Tipo de beneficiario | Descripción del acuerdo |
| Squirrel Capital SLU, Presidente y Consejero delegado |
La compañía, ésta podrá resolver unilateralmente dicho contrato con un preaviso de tres meses a la fecha de efectividad de la decisión. Si la Compañía no cumple con dicho preaviso, deberá abonar al Ejecutivo la cuantía correspondiente a la remuneración fija del periodo incumplido. |
Indique si, más allá de en los supuestos previstos por la normativa, estos contratos han de ser comunicados y/o aprobados por los órganos de la sociedad o de su grupo. En caso positivo, especifique los procedimientos, supuestos previstos y la naturaleza de los órganos responsables de su aprobación o de realizar la comunicación:
| Consejo de administración | Junta general | |
|---|---|---|
| Órgano que autoriza las cláusulas | √ |

| Si | No | |
|---|---|---|
| ¿Se informa a la junta general sobre las cláusulas? |
√ |
C.2.1 Detalle todas las comisiones del consejo de administración, sus miembros y la proporción de consejeros ejecutivos, dominicales, independientes y otros externos que las integran:
| COMISION DE AUDITORIA | ||||
|---|---|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría | ||
| DON JAVIER CALVO SALVE | VOCAL | Independiente | ||
| DON JULIAN MARTINEZ SAMANIEGO | VOCAL | Dominical | ||
| DON URIEL GONZALEZ-MONTES ALVAREZ | PRESIDENTE | Independiente |
| % de consejeros ejecutivos | 0,00 |
|---|---|
| % de consejeros dominicales | 33,33 |
| % de consejeros independientes | 66,67 |
| % de consejeros otros externos | 0,00 |
Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.
La comisión de Auditoría y la Comisión de Nombramientos y Retribuciones tendrán como función esencial el apoyo al Consejo de Administración en sus cometidos de supervisión y control de la gestión ordinaria de la Sociedad, teniendo a este respecto las facultades de información, asesoramiento y propuesta que se establezcan en estos Estatutos y en el Reglamento del Consejo de Administración. Sus miembros serán designados por el Consejo de Administración ante el que responderán respecto del ejercicio de sus funciones.
La comisión de Auditoría estará compuesto por un mínimo de tres (3) Consejeros, nombrados por el Consejo de Administración de entre sus miembros no ejecutivos por un período no superior al de su mandato como consejeros. La mayoría de dichos consejeros será independiente y, al menos uno de ellos, será designado teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría y gestión de riesgos.
La Comisión de Auditoría elegirá de entre sus miembros un Presidente, pudiendo elegir, además, un Vicepresidente. La duración de estos cargos no podrá exceder de cuatro años ni de la de sus mandatos como miembros de la Comisión, pudiendo ser reelegidos una vez transcurrido al menos un año desde su cese.
Actuará como Secretario, y en su caso Vicesecretario, la persona que, sin precisar la cualidad de consejero, designe la Comisión. Los miembros de la Comisión de Auditoría podrán ser asistidos en sus sesiones por las personas que, con la cualidad de asesores y hasta un máximo de dos por cada uno de dichos miembros, consideren éstos conveniente. Tales asesores asistirán a las reuniones con voz pero sin voto. La Comisión de Auditoría tendrá como función primordial la de servir de apoyo al Consejo de Administración en sus cometidos de vigilancia, mediante la revisión periódica del proceso de elaboración de la información económico-financiera, de sus controles internos y de la independencia del Auditor externo.
Entre sus competencias estarán como mínimo, las siguientes:
a) Informar a la Junta General de Accionistas sobre las cuestiones que en ella planteen los accionistas en materias de su competencia.
b) Supervisar la eficacia del control interno de la Sociedad, la auditoría interna, en su caso, y los sistemas de gestión de riesgos, así como discutir con los auditores de cuentas las debilidades significativas del sistema de control interno detectadas en el desarrollo de la auditoría.
c) Supervisar el proceso de elaboración y presentación de la información financiera regulada.
d) Proponer al Consejo de Administración para su sometimiento a la Junta General, el nombramiento de los auditores de cuentas, de acuerdo con la normativa aplicable.
e) Establecer las oportunas relaciones con los auditores de cuentas para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan poner en riesgo la independencia de éstos, para su examen por el Comité, y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la auditoría de cuentas, así como aquellas otras comunicaciones previstas en la legislación de auditoría de cuentas y en las normas de auditoría. En todo caso, deberán

recibir anualmente de los auditores de cuentas la confirmación escrita de su independencia frente a la Sociedad o a entidades vinculadas directa o indirectamente, así como
la información de los servicios adicionales de cualquier clase prestados a estas entidades por los citados auditores, o por las personas o entidades vinculados a éstos de acuerdo con lo dispuesto en la legislación sobre auditoría de cuentas.
f) Emitir anualmente, con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de cuentas, un informe en el que se expresará una opinión sobre la independencia de los auditores de cuentas o sociedades de auditoría. Este informe deberá pronunciarse, en todo caso, sobre la prestación de los servicios adicionales a que hace referencia el apartado anterior.
g) Informar al consejo de administración, en particular, sobre:
i. La información financiera que la sociedad deba hacer pública periódicamente.
ii. La creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la
consideración de paraísos fiscales y
iii. Las operaciones con partes vinculadas.
A efectos de su funcionamiento, la Comisión se reunirá, a juicio de su Presidente, cuantas veces sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones y al menos una vez al trimestre.
Quedará válidamente constituido cuando concurran, presentes o representados, la mitad más uno de sus miembros, adoptándose sus acuerdos por mayoría de sus miembros presentes o representados. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
La Comisión de Auditaría elaborará un plan de actuación para el ejercicio del que dará cuenta al Consejo de Administración. A través del Reglamento del Consejo de Administración se desarrollarán estas normas relativas a la Comisión de Auditoría, favoreciendo siempre la independencia en su funcionamiento.
Durante el ejercicio no ha habido actuaciones a destacar.
Identifique a los consejeros miembros de la comisión de auditoría que hayan sido designados teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o en ambas e informe sobre la fecha de nombramiento del Presidente de esta comisión en el cargo.
| Nombres de los consejeros con experiencia |
DON JULIAN MARTINEZ SAMANIEGO / DON URIEL GONZALEZ-MONTES ALVAREZ |
|---|---|
| Fecha de nombramiento del presidente en el cargo |
16/12/2016 |
| COMISION DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría | |||
| DOÑA PAULA ELIZ SANTOS | PRESIDENTE | Independiente | |||
| DON JAVIER CALVO SALVE | VOCAL | Independiente | |||
| DON JULIAN MARTINEZ SAMANIEGO | VOCAL | Dominical |
| 0,00 |
|---|
| 33,33 |
| 66,67 |
| 0,00 |
Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones se compondrá de un mínimo de tres (3) miembros designados por el Consejo de Administración de entre sus miembros no ejecutivos, siendo la mayoría de sus miembros consejeros independientes y nombrando la Comisión al Presidente de entre estos últimos. El mandato de sus miembros no podrá ser superior al de su mandato como consejero, sin perjuicio de poder ser reelegidos indefinidamente, en la medida en que también lo fueran como consejeros.

La Comisión de Nombramientos y Retribuciones centrará sus funciones en el apoyo y auxilio al Consejo de Administración en relación esencialmente con las propuestas de nombramiento, reelección, ratificación y cese de consejeros, el establecimiento y control de la política de retribución de los consejeros y altos directivos de la Sociedad, el control en el cumplimiento de sus deberes por los consejeros, particularmente en relación con las situaciones de conflicto de interés y operaciones vinculadas, y la supervisión del cumplimiento de los Códigos Internos de Conducta y de las reglas de Gobierno Corporativo.
A efectos del funcionamiento de la Comisión, se reunirá, a juicio de su Presidente, cuantas veces sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones, y al menos una vez al trimestre.
Quedará válidamente constituida cuando concurran, presentes o representados, la mitad más uno de sus miembros, adoptándose sus acuerdos por mayoría de sus miembros presentes o representados. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
A través del Reglamento del Consejo de Administración se desarrollarán estas normas relativas a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, contemplándose cuantos otros aspectos sean precisos en relación con su composición, cargos, competencias y régimen de funcionamiento, favoreciendo siempre la independencia.
Durante el ejercicio no ha habido actuaciones a destacar.
| Número de consejeras | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2020 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | |||||
| Número | % | Número | % | Número | % | Número | % | |
| COMISION DE AUDITORIA |
0 | 0,00 | 0 | 0,00 | 0 | 0,00 | 0 | 0,00 |
| COMISION DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
1 | 33,33 | 1 | 33,33 | 1 | 33,33 | 1 | 33,33 |
C.2.3 Indique, en su caso, la existencia de regulación de las comisiones del consejo, el lugar en que están disponibles para su consulta, y las modificaciones que se hayan realizado durante el ejercicio. A su vez, se indicará si de forma voluntaria se ha elaborado algún informe anual sobre las actividades de cada comisión.
Está regulada en los artículos 29 y 31 del Reglamento del Consejo de administración, que está disponible para su consulta en la página web de la sociedad, dentro del apartado de "Inversores / Gobierno Corporativo". Esta regulación no ha sufrido modificaciones durante el ejercicio. También debemos mencionar la regulación incluida en los artículos 38 y 39 de los Estatutos Sociales, modificado y aprobado en Junta General de Accionistas el 24 de noviembre de 2015.
Durante el ejercicio 2020 no se ha publicado ningún informe sobre las funciones y actividades de esta comisión.
Está regulada en los artículos 29 y 32 del Reglamento del Consejo de Administración, que está disponible para su consulta en la página web de la sociedad dentro del apartado de "Inversores / Gobierno Corporativo". Esta regulación no ha sufrido modificaciones durante el ejercicio. También debemos mencionar la regulación incluida en los artículos 38 y 39 de los Estatutos Sociales, modificado y aprobado en Junta General de Accionistas el 24 de noviembre de 2015.
Durante el ejercicio 2020 no se ha publicado ningún informe sobre las funciones y actividades de esta comisión.

Las operaciones con partes vinculadas deben ser aprobadas por el Consejo en pleno -absteniéndose de votar los consejeros incursos en conflicto de intereses-, previo informe favorable del Comité de Auditoría. Adicionalmente, el artículo 19 del Reglamento del Consejo establece, respecto de las oportunidades de negocio, que:
Los consejeros no podrán aprovechar en beneficio propio o de Personas Vinculadas a cualquier oportunidad de negocio que esté estudiando la Sociedad o alguna de las sociedades del grupo al que ésta pertenezca, a no ser que previamente dichas sociedades hayan desistido del estudio o materialización de la misma sin mediar influencia del consejero que desee aprovechar tal oportunidad. Se exigirá, además, que el aprovechamiento sea autorizado por el Consejo, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
A los efectos del número anterior, se entiende por oportunidad de negocio cualquier posibilidad de realizar una inversión u operación comercial que haya surgido o de la que se haya tenido conocimiento en conexión con el ejercicio del cargo por parte del consejero, o mediante la utilización de medios e información de la Sociedad o sociedades del grupo al que ésta pertenezca, o bajo circunstancias tales que sea razonable pensar que el ofrecimiento del tercero en realidad estaba dirigido a dichas sociedades.
Asimismo, el consejero deberá abstenerse de utilizar el nombre de la Sociedad y de invocar su condición de consejero de la Sociedad para la realización de operaciones por cuenta propia o de Personas Vinculadas.
| Nombre o denominación social del accionista significativo |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad de su grupo |
Naturaleza de la relación |
Tipo de la operación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|---|---|
| SQUIRREL CAPITAL, S.L. |
VERTICE TRESCIENTOS SESENTA GRADOS SA |
Societaria | Acuerdos de financiación: aportaciones de capital en efectivo o en especie |
220.000 |
| Nombre o denominación social de los administradores o directivos |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad de su grupo |
Vínculo | Naturaleza de la operación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|---|---|
| SQUIRREL CAPITAL, S.L. |
VERTICE TRESCIENTOS SESENTA GRADOS |
PRESIDENTE Y CONSEJERO |
Prestación de servicios |
200 |
| SQUIRREL CAPITAL, S.L. |
VERTICE TRESCIENTOS SESENTA GRADOS SA |
PRESIDENTE | Acuerdos de financiación: aportaciones de |
220.000 |

| Nombre o denominación social de los administradores o directivos |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad de su grupo |
Vínculo | Naturaleza de la operación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|---|---|
| capital en efectivo | ||||
| o en especie |
INTEGRACIÓN DE LA SOCIEDADES DEL GRUPO SQUIRREL CAPITAL EN VERTICE
D.4. Informe de las operaciones significativas realizadas por la sociedad con otras entidades pertenecientes al mismo grupo, siempre y cuando no se eliminen en el proceso de elaboración de estados financieros consolidados y no formen parte del tráfico habitual de la sociedad en cuanto a su objeto y condiciones.
En todo caso, se informará de cualquier operación intragrupo realizada con entidades establecidas en países o territorios que tengan la consideración de paraíso fiscal:
| Denominación social de la entidad de su grupo |
Breve descripción de la operación | Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| Sin datos | N.A. |
| Denominación social de la parte vinculada |
Breve descripción de la operación | Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| Sin datos | N.A. |
El mecanismo de resolver el conflicto de interés esta recogido en el art. 8 del Código de Ética y Conducta aprobado por el Consejo de Administración, publicado en la Web de Vértice.
El presente Código se aplica a todos los administradores, directivos, empleados y personal dependiente del Grupo VÉRTICE, incluyendo a todos los grupos de interés y todas las entidades mercantiles y/o jurídicas que configura este grupo en la actualidad y en el futuro.
Los consejeros y altos directivos de la Sociedad, con carácter previo a la realización de cualquier operación vinculada, deberán comunicarla y someterla a la Comisión de Auditoría y control, entre cuyas funciones figura el análisis y evaluación de este tipo de operaciones. Para llevar a cabo dicha comunicación se ha establecido un modelo de propuesta de operaciones que exige informar de lo siguiente: persona o entidad vinculada y tipo de vinculación, operaciones vinculadas anteriores, empresa del grupo que participa en la operación, tipo de operación, fecha de la operación, importe y detalles de la operación.
Corresponde a la Comisión de Auditoría evaluar si la operación propuesta beneficia a las personas vinculadas de forma contraria a los intereses sociales o si concurren circunstancias que justifican y aconsejan la realización de la operación. Una vez analizada la operación por la Comisión de Auditoría y Control, éste deberá informar – favorablemente o no – al Consejo de Administración de la Sociedad, que la someterá a votación. Siempre bajo el estricto cumplimiento del Código de Conducta.

[ √ ] No
La Comisión de Auditoría, en tanto que órgano encargado, entre otras funciones, de (i) velar por el buen funcionamiento de los sistemas de información y control interno, en particular respecto de los procesos de elaboración en integridad de la información financiera relativa a la Sociedad, (ii) supervisar los sistemas de control y gestión de riesgos internos asociados a los riesgos relevantes de la Sociedad, y (iii) velar por el cumplimiento de los códigos internos de conducta y las reglas de gobierno corporativo. Adicionalmente, la Sociedad se encuentra en un proceso de preparación del protocolo de prevención penal del grupo, por lo que se está realizando en la actualidad una revisión del Sistema de Gestión de Riesgos de la Sociedad.
Comisión de Auditoría y Control.
E.3. Señale los principales riesgos, incluidos los fiscales y en la medida que sean significativos los derivados de la corrupción (entendidos estos últimos con el alcance del Real Decreto Ley 18/2017), que pueden afectar a la consecución de los objetivos de negocio:
Los riesgos que podríamos destacar como más significativos a la fecha serían los siguientes:
Motivada por la crisis sanitaria del Coronavirus COVID-19, se está apreciando una caída significativa en la cifra de negocios, por sus efectos en los principales segmentos de actividad de la compañía.
La recuperabilidad de los fondos de comercio e inmovilizado intangible están supeditados a que el valor recuperable de estos activos exceda su valor en libros. Para ello, el fondo de comercio se asigna a Unidades Generadoras de Efectivo ("UGEs") con el propósito de probar las pérdidas por deterioro. El Grupo calcula al cierre de cada ejercicio anual el valor recuperable de las Unidades Generadoras de Efectivo y evalúa, la existencia, o no, de deterioros. La determinación del valor recuperable se realiza mediante el método del valor en uso en base al descuento de flujos de caja futuros.
En el supuesto de producirse variaciones en las condiciones económicas generales, en la estrategia de negocio del Grupo, en los resultados operativos o en otros indicadores de deterioro, el Grupo podría tener que reconocer pérdidas por deterioro de sus activos en el futuro. - RIESGO DE NO OBTENCIÓN DE LOS RETORNOS PREVISTOS EN LAS ADQUISICIONES E INVERSIONES REALIZADAS:
El Grupo ha realizado y puede realizar en el futuro operaciones de compra de compañías que se ajusten al plan estratégico y los parámetros económicos que ha establecido.Las adquisiciones e inversiones realizadas exponen al grupo al riesgo de encontrar dificultad a la hora de integrar los negocios, de no conseguir las sinergias esperadas o de entrada en nuevos sectores de actividad, así´ como a los riesgos asociados al incremento del endeudamiento o al posible impacto de un deterioro de los activos adquiridos.
Asimismo, existe el riesgo de que los resultados futuros de estas adquisiciones e inversiones puedan variar sobre las estimaciones iniciales por factores y hechos acaecidos con posterioridad a su adquisición.
Nuestro accionista mayoritario tiene la capacidad de ejercer una influencia significativa sobre la compañía, su administración y operaciones, pudiendo suceder que sus intereses pudieran en no estar alineados con los intereses de nuestros otros accionistas.
-RIESGO DE TENDENCIA A LA BAJA DE LOS PRECIOS DE RENOVACIÓN DE LOS CONTRATOS CON CLIENTES EN UN SECTOR ALTAMENTE COMPETITIVO:
El Grupo desarrolla sus operaciones en sectores altamente competitivos (principalmente servicios de contenidos audiovisuales y de publicidad) con una elevada presión en el nivel de precios por parte del cliente final ya que suelen ser clientes clave para los operadores de estos sectores. Asimismo, existe una tendencia a la concentración de los operadores en estos sectores (en los últimos años se ha producido operaciones societarias encaminadas a aumentar el volumen de operaciones de los operadores en búsqueda de sinergias), lo que deriva en competidores de mayor tamaño y con mayor poder de negociación ante sus proveedores. Existe el riesgo de que las renovaciones de contratos con los clientes del Grupo lo sean a menor precio de los actuales debido a estar operando en estos sectores altamente competitivos.
Además, el Grupo esta´ expuesto al riesgo de la pérdida de clientes por consolidación de proveedores de servicios que desarrollen mayores ventajas competitivas.
Descensos futuros de precios podrían generar dificultades para adaptar la estructura de costes manteniendo los niveles de calidad exigidos por los clientes y podrían afectar de forma negativa a los resultados operativos y los flujos de efectivo del Grupo. - RIESGO DE CRÉDITO:
Vértice 360 esta´ expuesta al riesgo de crédito en cuanto al incumplimiento por parte de los clientes de sus obligaciones de pago establecidas contractualmente. La Sociedad tiene una amplia cartera de clientes que le hacen estar expuesta a deudas comerciales originadas por operaciones

ordinarias del tráfico mercantil, tanto nacional como internacionalmente. Una evolución negativa en las magnitudes relacionadas con el crédito de las contrapartidas del Grupo podría afectar negativamente a los resultados, situación financiera, patrimonial y a los negocios del Grupo. Debido a la solvencia de las contrapartes, no existe riesgo significativo de crédito a 31 de diciembre de 2020 - RIESGO DE LIQUIDEZ:
Dado el negocio de las agencias de publicidad en el que opera el Grupo -tras la integración de las sociedades de Squirrel Capital SLU, es habitual que existan decalajes entre la fecha de la efectiva prestación de los servicios y la fecha de facturación y cobro de éstos. Un retraso en este proceso puede retrasar la generación de caja operativa y eventualmente poner en riesgo el cumplimiento de las obligaciones del Grupo. Dado que el sector es operado habitualmente con decalajes, es posible que nuevas cuentas comerciales o contratos los contengan. Cualquier desequilibrio podría agravar la situación afectando a la liquidez del Grupo, lo que podría tener un impacto negativo en el negocio, los resultados o la situación financiera del grupo.
Si bien actualmente no existen decalajes entre el periodo medio de cobro de cuentas comerciales por cobrar y el periodo medio de pago ni el periodo medio de transformación de caja (es decir, periodo medio de cobro de las cuentas por cobrar comerciales y el de la facturación y cobro a clientes, no se puede asegurar que esta situación se vaya a mantener en el futuro.
Los riesgos se evalúan por la alta dirección del Grupo, conforme al impacto y a la probabilidad de ocurrencia, con el objeto de determinar su posición en los mapas de riesgos del Grupo y de las líneas de negocio.
E.6. Explique los planes de respuesta y supervisión para los principales riesgos de la entidad, incluidos los fiscales, así como los procedimientos seguidos por la compañía para asegurar que el consejo de administración da respuesta a los nuevos desafíos que se presentan:
Inversión en nuevos títulos de cine con mayor potencial comercial
Búsqueda de nuevos proyectos de televisión y producción.

Describa los mecanismos que componen los sistemas de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de emisión de información financiera (SCIIF) de su entidad.
Informe, señalando sus principales características de, al menos:
F.1.1 Qué órganos y/o funciones son los responsables de: (i) la existencia y mantenimiento de un adecuado y efectivo SCIIF; (ii) su implantación; y (iii) su supervisión.
En el Reglamento del Consejo se encuentran formalizadas las funciones del Consejo de administración y de la Comisión de Auditoría, en sus artículos 5 y 31.
En este sentido, el Consejo de Administración es responsable último de organizar los sistemas de control interno y de información adecuados. Por ello, se reserva entre sus competencias exclusivas la implantación y seguimiento de los sistemas de control interno y de información, para comprobar que éstos sean adecuados. Asimismo, la información financiera periódica que, por su condición de cotizada, Vértice deba hacer pública periódicamente, debe someterse a la aprobación del Consejo.
La Comisión de Auditoría supervisa el proceso de información financiera y los sistemas de control interno de la Sociedad y comprueba la adecuación e integridad de dichos sistemas revisando la designación y sustitución de responsables.
El diseño y la revisión de la estructura organizativa son desarrollados por la Dirección Corporativa de Recursos Humanos, siendo responsabilidad última del Consejero Delegado y Presidente de la Compañía.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones, según estipula el Reglamento del Consejo, tiene la función de informar al Consejo sobre los nombramientos y ceses de altos directivos y proponer su política de retribución y velar por su observancia.
· Código de conducta, órgano de aprobación, grado de difusión e instrucción, principios y valores incluidos (indicando si hay menciones específicas al registro de operaciones y elaboración de información financiera), órgano encargado de analizar incumplimientos y de proponer acciones correctoras y sanciones:
El Código ético, como norma que emana del Consejo de Administración, es de obligado cumplimiento para todos los empleados de la empresa y para aquellos terceros que se hayan comprometido voluntariamente a cumplirlo. A tal efecto, el presente Código se incorporará a la página web de VÉRTICE dentro del apartado relativo a "Gobierno Corporativo".
El Consejo de Administración, asistido por su Comisión de Auditoría y Control, es responsable, entre otros, de asegurar el clima ético de la organización, de establecer las pautas de conducta de las personas, las políticas, procesos y controles que las soportan, así como de determinar los requerimientos en la relación con terceros. El consejo ha delegado en la Comisión de Auditoría algunas responsabilidades relativas a la supervisión, orientación y control del modelo de ética y cumplimiento. Ésta, a su vez, cuenta con el apoyo de la Comisión de Ética para el control de su aplicación.

· Canal de denuncias, que permita la comunicación a la comisión de auditoría de irregularidades de naturaleza financiera y contable, en adición a eventuales incumplimientos del código de conducta y actividades irregulares en la organización, informando, en su caso, si éste es de naturaleza confidencial:
El Grupo Vértice ha implantado de un canal de comunicación oficial de denuncias, cuyo Protocolo de Canal de Denuncias Código está incorporado a la página web de VÉRTICE dentro del apartado relativo a "Gobierno Corporativo".
El presente procedimiento tiene por objeto establecer los principios de actuación del sistema interno de gestión y respuesta frente a la comunicación de incidencias y denuncia de irregularidades relativas al Código de Ética y Conducta, así como frente al incumplimiento de naturaleza ética de la normativa externa e interna que rige al Grupo VÉRTICE.
VÉRTICE garantiza su compromiso respecto a la confidencialidad absoluta de los datos identificativos del denunciante, así como la total ausencia de represalias. Todas las personas que, con objeto del correcto tratamiento de la irregularidad, deban conocer su contenido, nunca su autoría, quedan sujetas a un compromiso de confidencialidad sobre la completitud de la información conocida.
Sin perjuicio de lo anterior, los datos de un denunciante pudieran llegar a ser facilitados a las autoridades judiciales, previa solicitud de estas, cumpliendo siempre la legislación sobre protección de datos de carácter personal.
Con objeto de facilitar cualquier seguimiento, clarificación o asistencia durante la potencial investigación, la denuncia de irregularidades deberá llevarse a cabo bajo la identificación del denunciante. Sin embargo, siempre que así lo prefiera el denunciante, la denuncia también podrá presentarse de forma anónima a través del Canal Ético simplemente no completando aquellos datos que sean de carácter personal. El órgano competente último para dar respuesta a cualquier irregularidad que se produzcan en relación con el Grupo VÉRTICE es el Comité de Ética que, con la finalidad de simplificar la tramitación, estas funciones podrán ser desempeñadas directamente por la Comisión de Auditoría y Control.
· Programas de formación y actualización periódica para el personal involucrado en la preparación y revisión de la información financiera, así como en la evaluación del SCIIF, que cubran al menos, normas contables, auditoría, control interno y gestión de riesgos:
En la evaluación de riesgos de la información financiera, el Grupo Vértice aplica un enfoque top down (de arriba hacia abajo) basado en los riesgos significativos del Grupo. Este enfoque comienza con la identificación de los epígrafes o cuentas significativas, que son aquellos en los que existe una posibilidad razonable de contener un error que, de manera individual o agregada con otros, tenga un impacto material en los estados financieros. Para determinar la importancia
de una cuenta en los estados financieros consolidados, el Grupo Vértice considera tanto factores cuantitativos como cualitativos. La evaluación cuantitativa se basa en la materialidad de la cuenta, y se complementa con el análisis cualitativo que determina el riesgo asociado en función de las características de las transacciones, la naturaleza de la cuenta, la complejidad contable y de reporting, la probabilidad de generarse pasivos contingentes significativos como resultado de las transacciones asociadas a la cuenta y susceptibilidad de pérdidas por errores o fraude.
La Comisión de Auditoría es la encargada de supervisar su funcionamiento y, en última instancia, el Consejo de Administración en pleno.
Como parte del plan de negocio que se está elaborando por la compañía. se contempla un proceso de reestructuración societaria y redemensionamiento que conllevaría una simplificación de la estructura corporativa y , con ello , una redefinición del perímetro de consolidación, una vez solventada la situación concursal.
· Si el proceso cubre la totalidad de objetivos de la información financiera, (existencia y ocurrencia; integridad; valoración; presentación, desglose y comparabilidad; y derechos y obligaciones), si se actualiza y con qué frecuencia:
En la evaluación de riesgos de la información financiera, el Grupo Vértice aplica un enfoque top down (de arriba hacia abajo) basado en los riesgos significativos del Grupo. Este enfoque comienza con la identificación de los epígrafes o cuentas significativas, que son aquellos en los que existe una

posibilidad razonable de contener un error que, de manera individual o agregada con otros, tenga un impacto material en los estados financieros. Para determinar la importancia de una cuenta en los estados financieros consolidados, el Grupo Vértice considera tanto factores cuantitativos como cualitativos. La evaluación cuantitativa se basa en la materialidad de la cuenta, y se complementa con el análisis cualitativo que determina el riesgo asociado en función de las características de las transacciones, la naturaleza de la cuenta, la complejidad contable y de reporting, la probabilidad de generarse pasivos contingentes significativos como resultado de las transacciones asociadas a la cuenta y susceptibilidad de pérdidas por errores o fraude.
La Comisión de Auditoría es la encargada de supervisar su funcionamiento y, en última instancia, el Consejo de Administración en pleno.
Como parte del plan de negocio que se está elaborando por la compañía, se contempla un proceso de reestructuración societaria y redimensionamiento que conllevaría una simplificación de la estructura corporativa y, con ello, una redefinición del perímetro de consolidación, una vez solventada la situación concursal.
· La existencia de un proceso de identificación del perímetro de consolidación, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la posible existencia de estructuras societarias complejas, entidades instrumentales o de propósito especial:
En la evaluación de riesgos de la información financiera, el Grupo Vértice aplica un enfoque top down (de arriba hacia abajo) basado en los riesgos significativos del Grupo. Este enfoque comienza con la identificación de los epígrafes o cuentas significativas, que son aquellos en los que existe una posibilidad razonable de contener un error que, de manera individual o agregada con otros, tenga un impacto material en los estados financieros. Para determinar la importancia
de una cuenta en los estados financieros consolidados, el Grupo Vértice considera tanto factores cuantitativos como cualitativos. La evaluación cuantitativa se basa en la materialidad de la cuenta, y se complementa con el análisis cualitativo que determina el riesgo asociado en función de las características de las transacciones, la naturaleza de la cuenta, la complejidad contable y de reporting, la probabilidad de generarse pasivos contingentes significativos como resultado de las transacciones asociadas a la cuenta y susceptibilidad de pérdidas por errores o fraude.
La Comisión de Auditoría es la encargada de supervisar su funcionamiento y, en última instancia, el Consejo de Administración en pleno.
Como parte del plan de negocio que se está elaborando por la compañía, se contempla un proceso de reestructuración societaria y redimensionamiento que conllevaría una simplificación de la estructura corporativa y, con ello, una redefinición del perímetro de consolidación, una vez solventada la situación concursal.
En la evaluación de riesgos de la información financiera, el Grupo Vértice aplica un enfoque top down (de arriba hacia abajo) basado en los riesgos significativos del Grupo. Este enfoque comienza con la identificación de los epígrafes o cuentas significativas, que son aquellos en los que existe una posibilidad razonable de contener un error que, de manera individual o agregada con otros, tenga un impacto material en los estados financieros. Para determinar la importancia
de una cuenta en los estados financieros consolidados, el Grupo Vértice considera tanto factores cuantitativos como cualitativos. La evaluación cuantitativa se basa en la materialidad de la cuenta, y se complementa con el análisis cualitativo que determina el riesgo asociado en función de las características de las transacciones, la naturaleza de la cuenta, la complejidad contable y de reporting, la probabilidad de generarse pasivos contingentes significativos como resultado de las transacciones asociadas a la cuenta y susceptibilidad de pérdidas por errores o fraude.
La Comisión de Auditoría es la encargada de supervisar su funcionamiento y, en última instancia, el Consejo de Administración en pleno.
Como parte del plan de negocio que se está elaborando por la compañía, se contempla un proceso de reestructuración societaria y redimensionamiento que conllevaría una simplificación de la estructura corporativa y, con ello, una redefinición del perímetro de consolidación, una vez solventada la situación concursal.
La Comisión de Auditoría es la encargada de supervisar su funcionamiento y, en última instancia, el Consejo de Administración en pleno.

Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:
F.3.1 Procedimientos de revisión y autorización de la información financiera y la descripción del SCIIF, a publicar en los mercados de valores, indicando sus responsables, así como de documentación descriptiva de los flujos de actividades y controles (incluyendo los relativos a riesgo de fraude) de los distintos tipos de transacciones que puedan afectar de modo material a los estados financieros, incluyendo el procedimiento de cierre contable y la revisión específica de los juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones relevantes
Vértice cuenta con diferentes políticas específicas orientadas a mitigar los riesgos derivados de los posibles errores, inexactitudes o irregularidades de la información financiera, entre los que destaca el procedimiento de cierre de estados financieros consolidados. Vértice cuenta con un procedimiento específico de cierre contable, recayendo esta responsabilidad en la Dirección Financiera Corporativa, así como con un procedimiento de reporte financiero y revisión presupuestaria en cada área de actividad.
Vértice cuenta, dentro de sus sistemas de información, con procedimientos de gestión de los principales procesos de negocio, en los cuales se incluyen flujos de actividades y controles (compras, gestión de cobros y pagos, etc.).
La información financiera trimestral, semestral y anual preparada bajo la supervisión de la Dirección Financiera Corporativa es presentada a la Comisión de Auditoría, la cual traslada la misma al Consejo de Administración para su adecuada formulación y aprobación antes de su publicación.
Los hechos relevantes son comunicados a los miembros del Consejo y publicados bajo la supervisión de la Secretaría del Consejo.
La relación de los inversores se centraliza en la Dirección Económico Financiera y secretaría del Consejo y da soporte a las cuestiones planteadas al mismo por éstos.
F.3.2 Políticas y procedimientos de control interno sobre los sistemas de información (entre otras, sobre seguridad de acceso, control de cambios, operación de los mismos, continuidad operativa y segregación de funciones) que soporten los procesos relevantes de la entidad en relación a la elaboración y publicación de la información financiera.
El departamento de sistemas de información tiene como competencia el soporte y mantenimiento del sistema de información, comunicaciones y administración de datos, estando entre sus funciones el estudio de los sistemas y normas que permitan un nivel adecuado de seguridad, protección y recuperación de los datos y programas, asegurando el cumplimiento de la normativa y medidas de seguridad legalmente exigibles.
Vértice cuenta con una política de seguridad global y procedimientos que abarcan los aspectos referentes a seguridad en cuanto a acceso físico y lógico, seguridad en el procesamiento de datos y seguridad de usuario final.
Las aplicaciones con repercusión contable se encuentran integradas dentro del sistema de información del Grupo y se dispone de un Plan de Recuperación de datos para las áreas involucradas en el proceso de reporting a la CNMV. El mismo cubre los sistemas de información existentes.
El Grupo tiene implementados mecanismos que aseguran la realización periódica de una copia de seguridad de los entornos críticos.
F.3.3 Políticas y procedimientos de control interno destinados a supervisar la gestión de las actividades subcontratadas a terceros, así como de aquellos aspectos de evaluación, cálculo o valoración encomendados a expertos independientes, que puedan afectar de modo material a los estados financieros.
Vértice no ha subcontratado a terceros funciones que afecten al proceso de elaboración de la información financiera utilizada en la generación de los estados individuales y consolidados que se publican en el mercado; por tanto no considera necesario el diseño e implementación de políticas y procedimientos al respecto.

Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:
F.4.1 Una función específica encargada de definir, mantener actualizadas las políticas contables (área o departamento de políticas contables) y resolver dudas o conflictos derivados de su interpretación, manteniendo una comunicación fluida con los responsables de las operaciones en la organización, así como un manual de políticas contables actualizado y comunicado a las unidades a través de las que opera la entidad.
El Departamento Económico-Financiero del Grupo es el responsable de interpretar y fijar las políticas contables que se implantan en la Sociedad. Actualmente existen circulares internas que dan respuesta a determinados aspectos técnicos y el Grupo tiene la intención de trabajar en la formalización de un manual completo de políticas contables.
En todo caso, las directrices contables aplicadas por el Grupo se basan en las Normas Internacionales de Información Financiera y son objeto de seguimiento por parte del Director Financiero Corporativo, que las actualiza en caso de cualquier cambio normativo y cualquier nueva decisión que las modifique en aquellos casos en los que exista cierta discrecionalidad.
Por último, el Director Financiero Corporativo es la persona encargada de resolver cualquier duda o conflicto de interpretación que surja en la aplicación de las políticas contables, manteniendo una comunicación fluida con los distintos responsables de las áreas de la sociedad matriz y del resto de filiales del Grupo involucrados en el proceso de elaboración de la información financiera.
El proceso de consolidación de la información financiera recibida de las filiales del grupo se lleva a cabo de manera centralizada. La información remitida por las filiales es preparada en un paquete de reporting bajo las instrucciones del Grupo. En este proceso se utilizan como inputs los estados financieros reportados por las filiales del Grupo en los formatos establecidos, así como el resto de información financiera requerida tanto para el proceso de homogenización contable como para la cobertura de las necesidades de información establecidas.
Vértice, dentro de su procedimiento de cierre incorpora una serie de controles para asegurar la fiabilidad y el correcto tratamiento de la información recibida de las distintas filiales entre los que caben destacar controles sobre los análisis de variaciones de todas las partidas patrimoniales y resultados, variaciones de resultados obtenidos sobre presupuesto mensual y controles propios sobre los propios Estados Financieros, en los que se interrelacionan las diversas partidas del balance y cuenta de resultados
Informe, señalando sus principales características, al menos de:
F.5.1 Las actividades de supervisión del SCIIF realizadas por la comisión de auditoría así como si la entidad cuenta con una función de auditoría interna que tenga entre sus competencias la de apoyo a la comisión en su labor de supervisión del sistema de control interno, incluyendo el SCIIF. Asimismo se informará del alcance de la evaluación del SCIIF realizada en el ejercicio y del procedimiento por el cual el encargado de ejecutar la evaluación comunica sus resultados, si la entidad cuenta con un plan de acción que detalle las eventuales medidas correctoras, y si se ha considerado su impacto en la información financiera.
En el marco de la elaboración y publicación de la información financiera, la Comisión de Auditoría realiza durante el ejercicio las siguientes funciones, que le vienen asignadas en el Reglamento del Consejo:
i) Recibe del auditor externo información sobre el plan de auditoría y los resultados de su ejecución;
ii) Verifica que la alta dirección tiene en cuenta las recomendaciones del auditor externo y del propio comité.
iii) Supervisa el buen funcionamiento de los sistemas de información y control interno, en particular respecto de los procesos de elaboración en integridad de la información financiera relativa a la Sociedad;

iv) Informa al Consejo de Administración respecto de la información financiera que la Sociedad debe hacer pública periódicamente (conforme a su condición de sociedad cotizada), asegurándose de que las cuentas intermedias se formulan con los mismos criterios contables que las anuales; v) Informa, en su caso, al Consejo de Administración de la creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales.
vi) Informa al Consejo de Administración de las operaciones vinculadas, así como de cualesquiera transacciones u operaciones que, por su complejidad, pudieran menoscabar la transparencia del grupo al que pertenezca la Sociedad.
En cuanto a la función de auditoría interna, se encuentra en la actualidad en fase de redefinición como consecuencia de los cambios producidos en la organización y su estructura societaria; no obstante, hasta la definitiva implantación de esta función, se realiza por la Dirección Económico-Financiera con el apoyo de la firma externa de auditoría, con la que mantienen un seguimiento
continuado de la información financiera elaborada.
F.5.2 Si cuenta con un procedimiento de discusión mediante el cual, el auditor de cuentas (de acuerdo con lo establecido en las NTA), la función de auditoría interna y otros expertos puedan comunicar a la alta dirección y a la comisión de auditoría o administradores de la entidad las debilidades significativas de control interno identificadas durante los procesos de revisión de las cuentas anuales o aquellos otros que les hayan sido encomendados. Asimismo, informará de si dispone de un plan de acción que trate de corregir o mitigar las debilidades observadas.
La Comisión de Auditoría y la Dirección Económico-Financiera se reúne con los auditores externos para programar el plan de auditoría y revisar su actualización o bien, de manera previa a la formulación de cuentas, para presentar los principales resultados y contrastar la coherencia con los registros contables de la Sociedad de la información pública periódica que se comunica a la CNMV.
No existe ninguna otra información relevante.
F.7.1 Si la información del SCIIF remitida a los mercados ha sido sometida a revisión por el auditor externo, en cuyo caso la entidad debería incluir el informe correspondiente como anexo. En caso contrario, debería informar de sus motivos.
Determinados aspectos del SCIIF se encuentran actualmente en proceso de revisión y modificación. Por esta razón, el Grupo Vértice ha decidido no someter el SCIIF a revisión por parte del auditor externo

Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas.
En el caso de que alguna recomendación no se siga o se siga parcialmente, se deberá incluir una explicación detallada de sus motivos de manera que los accionistas, los inversores y el mercado en general, cuenten con información suficiente para valorar el proceder de la sociedad. No serán aceptables explicaciones de carácter general.
Cumple [ X ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

Y que, sin perjuicio de las obligaciones legales de difusión de información privilegiada y otro tipo de información regulada, la sociedad cuente también con una política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa a través de los canales que considere adecuados (medios de comunicación, redes sociales u otras vías) que contribuya a maximizar la difusión y la calidad de la información a disposición del mercado, de los inversores y demás grupos de interés.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]
La sociedad mantiene una política de comunicar a sus accionistas e inversores información sobre la marcha de la compañía, a través de la dirección electrónica habilitada para ello ([email protected]), gestionada por el Departamento de Atención al Inversor, y coordinada por la Secretaría del Consejo y la Dirección General de la compañía, asi como un día. Asimismo, en la página web corporativa se mantiene actualizada una relación de preguntas que más frecuentemente ha recibido el Departamento de Atención al Inversor y las respuestas a dichas preguntas, para mayor facilidad de los accionistas e inversores. No obstante, es cierto que no existe como tal una "política corporativa" formalmente establecida al respecto.
Y que cuando el consejo de administración apruebe cualquier emisión de acciones o de valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, la sociedad publique inmediatamente en su página web los informes sobre dicha exclusión a los que hace referencia la legislación mercantil.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
| Cumple [ ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ X ] |
|---|---|---|
El Consejo de Administración y sus Comisiones no han considerado oportuno publicar actualmente dichos informes

Y que la sociedad cuente con mecanismos que permitan la delegación y el ejercicio del voto por medios telemáticos e incluso, tratándose de sociedades de elevada capitalización y en la medida en que resulte proporcionado, la asistencia y participación activa en la Junta General.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y que tales requisitos y procedimientos favorezcan la asistencia y el ejercicio de sus derechos a los accionistas y se apliquen de forma no discriminatoria.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Y que en la búsqueda del interés social, además del respeto de las leyes y reglamentos y de un comportamiento basado en la buena fe, la ética y el respeto a los usos y a las buenas prácticas comúnmente aceptadas, procure conciliar el propio interés social con, según corresponda, los legítimos intereses de sus empleados, sus proveedores, sus clientes y los de los restantes grupos de interés que puedan verse afectados, así como el impacto de las actividades de la compañía en la comunidad en su conjunto y en el medio ambiente.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Explique [ ]
Que el resultado del análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración se recoja en el informe justificativo de la comisión de nombramientos que se publique al convocar la junta general de accionistas a la que se someta la ratificación, el nombramiento o la reelección de cada consejero.
La comisión de nombramientos verificará anualmente el cumplimiento de esta política y se informará de ello en el informe anual de gobierno corporativo.
Los procedimientos de selección no adolecen de sesgo alguno, si bien la compañía no ha buscado durante este ejercicio de forma deliberada mujeres como potenciales consejeras, existiendo un 28,5% de consejeras actualmente en el Consejo de administración. Alcanzando prácticamente en este 2020 ese 30 por ciento de miembros del Consejo de sexo femenino.

Y que el número de consejeras suponga, al menos, el 40% de los miembros del consejo de administración antes de que finalice 2022 y en adelante, no siendo con anterioridad inferior al 30%.
| Cumple [ X ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ ] |
|---|---|---|
| -------------- | ---------------------------- | ----------------- |
Este criterio podrá atenuarse:
Cumple [ X ] Explique [ ]
Que, sin embargo, cuando la sociedad no sea de elevada capitalización o cuando, aun siéndolo, cuente con un accionista o varios actuando concertadamente, que controlen más del 30% del capital social, el número de consejeros independientes represente, al menos, un tercio del total de consejeros.
Cumple [ X ] Explique [ ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

También podrá proponerse la separación de consejeros independientes como consecuencia de ofertas públicas de adquisición, fusiones u otras operaciones corporativas similares que supongan un cambio en la estructura de capital de la sociedad, cuando tales cambios en la estructura del consejo de administración vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en la recomendación 16.
Cumple [ X ] Explique [ ]
Y que, habiendo sido informado o habiendo conocido el consejo de otro modo alguna de las situaciones mencionadas en el párrafo anterior, examine el caso tan pronto como sea posible y, atendiendo a las circunstancias concretas, decida, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, si debe o no adoptar alguna medida, como la apertura de una investigación interna, solicitar la dimisión del consejero o proponer su cese. Y que se informe al respecto en el informe anual de gobierno corporativo, salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta. Ello sin perjuicio de la información que la sociedad deba difundir, de resultar procedente, en el momento de la adopción de las medidas correspondientes.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y que cuando el consejo de administración adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, este saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir, explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente.
Esta recomendación alcanza también al secretario del consejo de administración, aunque no tenga la condición de consejero.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

Y que, sin perjuicio de que se dé cuenta de todo ello en el informe anual de gobierno corporativo, en la medida en que sea relevante para los inversores, la sociedad publique a la mayor brevedad posible el cese incluyendo referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el consejero.
| Cumple [ X ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ ] | No aplicable [ ] | |
|---|---|---|---|---|
Y que el reglamento del consejo establezca el número máximo de consejos de sociedades de los que pueden formar parte sus consejeros.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

Cumple [ X ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cuando, excepcionalmente, por razones de urgencia, el presidente quiera someter a la aprobación del consejo de administración decisiones o acuerdos que no figuraran en el orden del día, será preciso el consentimiento previo y expreso de la mayoría de los consejeros presentes, del que se dejará debida constancia en el acta.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ X ] Explique [ ]

Para la realización de la evaluación de las distintas comisiones se partirá del informe que estas eleven al consejo de administración, y para la de este último, del que le eleve la comisión de nombramientos.
Cada tres años, el consejo de administración será auxiliado para la realización de la evaluación por un consultor externo, cuya independencia será verificada por la comisión de nombramientos.
Las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo deberán ser desglosadas en el informe anual de gobierno corporativo.
El proceso y las áreas evaluadas serán objeto de descripción en el informe anual de gobierno corporativo.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]
Dado que el consejo tiene siete miembros, se reúne periódicamente (una vez al mes, y en ocasiones con mayor frecuencia), con un alto porcentaje de asistencia de sus miembros, y que el Presidente mantiene informados a los miembros del consejo de la marcha de los asuntos de la sociedad y del grupo, la calidad y eficiencia de su funcionamiento se evalúa permanentemente, así como el grado de desempeño de las funciones atribuidas al Presidente (quien también es el primer ejecutivo) y a las Comisiones.
| Cumple [ ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ ] | No aplicable [ X ] |
|---|---|---|---|
| --------------- | ---------------------------- | ----------------- | -------------------- |
| Cumple [ ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ ] | No aplicable [ X ] |
|---|---|---|---|
| --------------- | ---------------------------- | ----------------- | -------------------- |

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ] No aplicable [ ]
La Comisión de Auditoría, a través de la persona de su Presidente, mantiene un control continuo sobre el desarrollo del trabajo de la función de auditoría interna, por lo que no se ha considerado necesario realizar un plan anual de trabajo ni un informe de incidencias, al ser cuestiones tratadas continuamente.


Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Y que cualquier consejero pueda solicitar de la comisión de nombramientos que tome en consideración, por si los encuentra idóneos a su juicio, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
En 2020 se aprobó por el Consejo de Administración el Código de Ética y Conducta.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]
En el informe de gestión de las cuentas anuales se incluye un apartado específico que hace referencia a la responsabilidad de la sociedad en materia de medio ambiente. No obstante, como se señaló en el punto 54 anterior, no existe una política específica de responsabilidad social corporativa, aunque se prevé que el Código de Conducta en proceso de definición contenga una referencia a la misma

Cumple [ X ] Explique [ ]
Se podrá contemplar la entrega de acciones como remuneración a los consejeros no ejecutivos cuando se condicione a que las mantengan hasta su cese como consejeros. Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar, en su caso, para satisfacer los costes relacionados con su adquisición.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y, en particular, que los componentes variables de las remuneraciones:
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ] No aplicable [ ]
De momento, no existen retribuciones variables de los Consejeros, si bien es intención del actual equipo ejecutivo establecerlas en el próximo informe de política retributiva, en función, no sólo de asistencia a reuniones, sino de criterios de rendimiento

Que, adicionalmente, las entidades valoren el establecimiento de una cláusula de reducción ('malus') basada en el diferimiento por un período suficiente del pago de una parte de los componentes variables que implique su pérdida total o parcial en el caso de que con anterioridad al momento del pago se produzca algún evento que lo haga aconsejable.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ] No aplicable [ ]
Nos remitimos al punto anterior
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ] No aplicable [ ]
Nos remitimos al punto 58.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Se exceptúa el caso en el que el consejero mantenga, en el momento de la transmisión o ejercicio, una exposición económica neta a la variación del precio de las acciones por un valor de mercado equivalente a un importe de al menos dos veces su remuneración fija anual mediante la titularidad de acciones, opciones u otros instrumentos financieros.
Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar para satisfacer los costes relacionados con su adquisición o, previa apreciación favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, para hacer frente a situaciones extraordinarias sobrevenidas que lo requieran.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

| Cumple [ ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ ] | No aplicable [ X ] |
|---|---|---|---|
| --------------- | ---------------------------- | ----------------- | -------------------- |
A efectos de esta recomendación, entre los pagos por resolución o extinción contractual se considerarán cualesquiera abonos cuyo devengo u obligación de pago surja como consecuencia o con ocasión de la extinción de la relación contractual que vinculaba al consejero con la sociedad, incluidos los importes no previamente consolidados de sistemas de ahorro a largo plazo y las cantidades que se abonen en virtud de pactos de no competencia post-contractual.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

En concreto, se indicará si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de la exigida en el presente informe.
No se considera que exista ningún aspecto relevante que no haya sido referido en los restantes apartados de este informe.
La sociedad no está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo, ni tampoco se ha adherido voluntariamente a otros códigos de principios éticos o de buenas prácticas.
Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha:
30/04/2021
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
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