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SPECIAL GRAINS S A — Capital/Financing Update 2022
Jan 3, 2022
68720_rns_2022-01-03_8e520cf7-f5e2-41de-bd4e-e709fb8be87e.pdf
Capital/Financing Update
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SPECIAL GRAINS S.A.
En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley N°23.576 se hace saber que: (a) mediante Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas del 24 de septiembre de 2021, Special Grains S.A. (“Special Grains” o la “Sociedad”) aprobó el ingreso al régimen de oferta pública y la creación de un Programa Global de Emisión y/o Co-Emisión de Obligaciones Negociables simples, a corto, mediano y/o largo plazo, por un monto máximo en circulación de hasta US$ 20.000.000 (Dólares estadounidenses veinte millones) (o su equivalente en otras monedas, y/o unidades de valor) (el “Programa”). Los términos y condiciones del Programa fueron ratificados a través del Acta de Directorio N° 121, de fecha 24 de septiembre de 2021. Bajo el Programa, Special Grains podrá emitir obligaciones negociables en forma individual y/o conjunta con Petroagro S.A. (“Petroagro”), que aprobó la creación del Programa por medio de la Asamblea del 20 de octubre de 2021 y por Acta de Directorio del 26 de octubre de 2021. (b) La emisora (o co-emisora, según el caso) es Special Grains S.A. , una sociedad anónima constituida bajo las leyes de la República Argentina e inscripta en la Inspección General de Justicia desde el 3 de noviembre de 1982 bajo el N° 7528, L° 96, T° A de Sociedades por Acciones. El plazo de duración de la Sociedad es de 99 años a partir de su fecha de inscripción. El domicilio legal de la Sociedad es Lavalle 1527, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (c) La sociedad tiene por objeto AGROPECUARIAS: a) Compra, venta, depósito, importación, exportación, comercialización, producción, industrialización, elaboración de semillas cereales, oleaginosos, haciendas, frutos del país y todo otro producto derivado de la explotación agrícola, ganadera y forestal o que tenga aplicación en la misma, pudiendo actuar en negocios derivados, subsidiarios, conexos y complementarios de los anteriores; producción, comercialización, representación, distribución, importación y exportación de productos agroquímicos, herramientas, maquinarias, materias primas y todo lo relacionado con su aplicación; explotar semilleros y/o producir semillas originales propias o de terceros; b) explotación y arrendamiento de campos; explotación de cabañas para animales de pedigree o establecimientos rurales para la ganadería o la agricultura, molinos e instalaciones para la preparación de alimentos para el ganado y aves; explotación de frigoríficos; c) realizar todas las operaciones emergentes de la consignación, intermediación, transporte y comercialización de productos agropecuarios en general, propios o de terceros, y en general de toda clase de distribuciones, representaciones, comisiones y mandatos relacionados con la actividad agropecuaria; d) la producción, elaboración, fraccionamiento, intermediación y comercialización de productos agropecuarios, semillas, acopio de cereales, productos agroquímicos, combustibles y lubricantes y sus derivados; e) inscribirse y actuar como Corredora y/o comisionista de cereales o en su caso - conforme la legislación aplicable – preste tales servicios por si o – si correspondiera - con la intervención de los agentes y/o profesionales con incumbencias reglamentadas en la materia de que se trata; FORESTALES: f) la explotación de bosques y su talado con fines de industrialización; fabricación de carbón de leña y de todos los productos derivados de la madera.- COMERCIALES: g) La compra, venta, exportación, importación, consignación, representación, distribución y comercialización bajo cualquier modalidad aceptada por la ley, de todo lo relacionado y conexo al objeto social.AERONAUTICA: h) Compra, venta, permuta, distribución, importación, exportación, distribución y representación de aeronaves y sus motores, equipos, accesorios, instrumentos y demás partes; prestación de servicios de aeroapliaciones.- FINANCIERAS: I) Otorgar préstamos y/o aportes e inversiones de capitales a particulares o a sociedades por acciones o de cualquier tipo en la medida permitida por la ley, realizar financiaciones, operaciones del crédito en general, aceptando y/o exigiendo cualesquiera de las garantías previstas en la legislación vigente, o sin ellas, inclusive fideicomisos, negociando títulos, acciones u otros valores mobiliarios, y realizar operaciones financieras en general pudiendo constituirse en fideicomisario, fideicomitente o beneficiario de todo tipo de fideicomisos y en especial de fideicomisos de garantía. La sociedad podrá financiar las operaciones sociales, obrando como acreedor hipotecario o prendario en los términos de la Ley de prenda con registro 12.962 y sus concordantes, realizando todas las operaciones necesarias de carácter financiero referidas al objeto social con dinero propio, y
permitidas por la legislación vigente. La sociedad no desarrollará las operaciones y actividades comprendidas en la ley de bancos y/o entidades financieras ni otras que requieran del concurso del ahorro público.- Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones inclusive las prescriptas en el artículo 1681 y concordantes del Código Civil y el artículo 5to Libro Segundo, Título Décimo del Código de Comercio; también podrá otorgar garantías reales y/o personales a favor de terceros, incluyendo la constitución de hipotecas, prendas y cualquier otro derecho real o gravamen, respecto de bienes de la sociedad, en garantía o en cumplimiento de obligaciones propias o de terceros (d) Al 31 de mayo de 2021, el capital social de la Sociedad era de $12.150 y su patrimonio neto, en miles, de $393.265. (e) Las obligaciones negociables a emitirse bajo el Programa no podrán exceder el monto máximo en circulación de U$S 20.000.00 y podrán ser denominadas en Dólares Estadounidenses y/o Pesos, o, a opción de la Emisora, en las otras monedas o unidades de valor que eventualmente se especificarán en el respectivo suplemento de precio. Las obligaciones negociables a emitirse bajo el Programa, podrán ser emitidas individualmente por Special Grains o en conjunto con Petroagro. En el caso de que Special Grains oferte Obligaciones Negociables en forma individual, todas las referencias a las Co-Emisoras en el Programa y en el presente deberán ser entendidas como hechas exclusivamente con relación a Special Grains. Bajo el Programa, se emitirán obligaciones simples, a corto, mediano y/o largo plazo, no convertibles en acciones y con garantía común sobre el patrimonio de las Co-Emisoras, o con garantía especial, o con recurso limitado y exclusivo a determinados activos de la Emisora; subordinadas o no. Las Co-Emisoras podrán responder en forma solidaria o simplemente mancomunada, conforme se determine en el suplemento de precio aplicable. Salvo conforme lo prevea o pudiere preverlo la ley argentina, las obligaciones negociables tendrán en todo momento igual grado de privilegio que todo otro endeudamiento no garantizado y no subordinado de la Emisora; previéndose sin embargo, que si se especificara en el suplemento de precio aplicable, las obligaciones negociables podrán estar subordinadas a todo otro endeudamiento no garantizado y no subordinado de la Emisora y podrán estar garantizadas, gozando del privilegio que se especifique en el suplemento de precio aplicable. Las Obligaciones Negociables que se emitan en el marco del Programa, tendrán los plazos y formas de amortización que se fijen en el correspondiente suplemento de precio, respetando los plazos mínimos y máximos que resulten aplicables de acuerdo con las normas vigentes y pudiendo ser emitidas a corto, mediano y/o largo plazo. (f) A 31 de mayo de 2021, Special Grains registra deudas con privilegios y/o garantías por un monto global, en miles, $890.836.