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SICOM S.A. — Capital/Financing Update 2017
Aug 31, 2017
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Download source fileADENDA AL SUPLEMENTO DE PRECIO DE FECHA 28 DE AGOSTO DE 2017
SICOM S.A.
Emisora
OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CLASE IV
POR UN VALOR NOMINAL DE HASTA $60.000.000 – O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS
El presente documento es una adenda al suplemento de precio de fecha 28 de agosto de 2017 (el “Suplemento de Precio”) correspondiente a las Obligaciones Negociables Pyme Clase IV a Tasa Variable con vencimiento a los 36 meses de la Fecha de Emisión y Liquidación (las “Obligaciones Negociables”) por un valor nominal de hasta $60.000.000 (Pesos sesenta millones), a ser emitidos por Sicom S.A. (la “Emisora” o “Sicom” o la “Compañía”, indistintamente) en el marco de su Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables Pyme por un Valor Nominal de hasta $100.000.000 (pesos cien millones) (o su equivalente en otras monedas) (el “Programa”), el cual fue publicado en la misma fecha en el boletín diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “BCBA”), en virtud del ejercicio de la facultad delegada por el Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“ByMA”) a la BCBA, conforme lo dispuesto por la Resolución N° 18.629 de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) (el “Boletín Diario de la BCBA”), en el micrositio web de colocaciones primarias del Mercado Abierto Electrónico S.A. (el “MAE”) (www.mae.com.ar), en la página web de la CNV (www.cnv.gob.ar), sección “Información Financiera” (la “Página Web de la CNV”) y en el sitio de Internet de Sicom www.sicomcreditos.com (la “Página Web de la Emisora”).
Los términos y condiciones generales del Programa y de las Obligaciones Negociables a emitirse bajo el mismo se describen en el prospecto del Programa actualizado de fecha 17 de julio de 2017 (en adelante, el “Prospecto”), el cual debe leerse junto con el Suplemento de Precio y la presente adenda.
Esta adenda tiene por objeto modificar la sección del Suplemento de Precio “Proceso de Colocación y Adjudicación - Generalidades” En dicha sección será reemplazado el tercer párrafo en su totalidad por el párrafo que se indica a continuación:
Las Obligaciones Negociables serán colocadas, de acuerdo a lo dispuesto por el Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV, mediante el sistema de “Licitación Pública”, a ser efectuado en relación con las Obligaciones Negociables es el denominado “sistema holandés modificado”, a través del Sistema SIOPEL. Dicho sistema garantiza igualdad de trato entre los inversores y transparencia, de conformidad con las Normas de la CNV. Las ofertas serán en firme y vinculantes. La licitación pública será abierta; de conformidad con las Normas de la CNV todos los participantes, incluido los Colocadores, de la presente oferta tendrán acceso a la información de las órdenes de compra a medida que se vayan ingresando en el Sistema SIOPEL. Para mayor información respecto del Sistema SIOPEL, se recomienda lectura de su manual en el sitio web del MAE: http://www.mae.com.ar/mercados/mpmae.
Esta Adenda será publicada en los medios descriptos precedentemente respecto de la publicación del Suplemento de Precio.
La presente adenda debe leerse conjuntamente con el Prospecto y el Suplemento de Precio. El Prospecto, el Suplemento de Precio, el Aviso de Suscripción y demás documentos relevantes para la emisión de las Obligaciones Negociables se encuentran a disposición de los interesados en las oficinas de la Emisora y de los Colocadores, así como en la Página Web de la CNV, en la Página Web del MAE y en la Página Web de la Emisora. La Emisora recomienda la lectura y examen del Prospecto y el Suplemento de Precio en su totalidad y de sus estados contables.
Salvo definición en contrario incluida en esta adenda, los términos que comienzan en mayúsculas aquí utilizados tendrán los mismos significados que se les asigna en el Prospecto y/o en el Suplemento de Precio, según corresponda.
TODOS LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN EL SUPLEMENTO DE PRECIO MANTENDRÁN SU PLENA VALIDEZ Y VIGENCIA, EXCEPTO POR LO EXPRESAMENTE MODIFICADO A TRAVÉS DE LA PRESENTE ADENDA.
La creación del Programa y la Oferta pública de las Obligaciones Negociables ha sido autorizada mediante Resolución Nº 17.641 de fecha 16 de abril de 2015 de la CNV, y la ampliación de su monto autorizada por la CNV bajo la Resolución N° 18.395 del 05 de diciembre de 2016. La emisión de las Obligaciones Negociables ha sido autorizada con fecha 28 de agosto de 2017 por la Gerencia de Emisoras de la CNV. Estas autorizaciones sólo significan que se han cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La CNV no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el presente Suplemento de Precio. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el Suplemento de Precio, tal como es enmendado por la presente, es exclusiva responsabilidad del Directorio de la Emisora y, en lo que atañe, del órgano de fiscalización de la Emisora y de los auditores que suscriben los estados contables, y de los demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley de Mercado de Capitales N° 26.831 (la “Ley de Mercado de Capitales”). El Directorio de Sicom manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el presente Suplemento de Precio, tal como es enmendado por la presente, contiene, a la fecha de su publicación, información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de la Emisora y de toda aquella que deba ser de conocimiento de los inversores calificados con relación a la presente emisión, conforme a las normas vigentes en la República Argentina.
EMISORA
SICOM S.A.
Calle Necochea Nº 474
San Salvador de Jujuy
| ORGANIZADOR Y COLOCADOR |
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| COLOCADOR |
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| ASESORES LEGALES DE LA TRANSACCIÓN |
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| FIDUCIARIO |
AUDITORES DEL EMISOR Y AGENTES DE CONTROL Y REVISION BDO BECHER Y ASOCIADOS SRL Maipú 942 PB Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina |
La fecha de esta Adenda es 31 de agosto de 2017.