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Rigolleau S.A. Audit Report / Information 2020

Nov 5, 2020

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Audit Report / Information

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ACTA N° 297

A los 4 días del mes de noviembre de 2020, siendo las 12:17 horas, en virtud del aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 y sus sucesivas prórrogas, se reúnen a través del sistema de videoconferencia los señores miembros de la Comisión Fiscalizadora de RIGOLLEAU S.A. (en adelante, “la Sociedad”), a saber, Sebastián Carlos Peña, César Manuel Cavalli y Juan Carlos Ismirlian.

Abierto el acto bajo la presidencia del Dr. Cavalli, éste expresa que se encuentra en la localidad de San Antonio de Areco y que, como es de conocimiento de los restantes miembros de la Comisión Fiscalizadora, se ha concluido con las tareas de revisión de los estados financieros condensados intermedios al 31 de agosto de 2020 de RIGOLLEAU S.A., y que miembros de esta Comisión han participado de las reuniones del Directorio celebradas en el período. Agrega el Presidente que, consecuentemente y con el propósito de cumplir con las formalidades de ley a cargo de esta Comisión, se ha elaborado el informe a ser dirigido a los Señores Accionistas de la Sociedad, cuyo texto circulara entre los presentes con anterioridad, por lo cual propone se omita su lectura, se apruebe su texto conforme se transcribirá en el acta respectiva y se delegue en el Dr. César Manuel Cavalli la firma del respectivo informe, expresando su voto en sentido favorable a dicha propuesta.

Acto seguido el Síndico Titular Dr. Ismirlian expresa que se encuentra situado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que vota por aprobar la propuesta del Presidente.

Acto seguido el Síndico Titular Dr. Peña expresa que se encuentra situado en la localidad de Villa de Mayo y que vota por aprobar la propuesta del Presidente.

El presidente expresa que queda aprobada por unanimidad su propuesta, procediendo a la transcripción del texto aprobado a los fines del acta de esta reunión:

INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA SOBRE ESTADOS FINANCIEROS CONDENSADOS DEL PERIODO INTERMEDIO FINALIZADO EL 31 DE AGOSTO DE 2020

Señores Accionistas de RIGOLLEAU S.A. C.U.I.T.: 30-50052693-5 Domicilio legal: Lisandro de la Torre 1651 - Berazategui Provincia de Buenos Aires

Introducción

En nuestro carácter de miembros de la Comisión Fiscalizadora, hemos dado cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 294 de la Ley General de Sociedades N° 19.550 y sus modificatorias. En ejercicio de estas funciones, informamos sobre la revisión que hemos realizado de los documentos detallados en el párrafo siguiente.

Documentación objeto de la revisión

Hemos revisado los estados financieros condensados intermedios adjuntos de Rigolleau S.A. (en adelante “la Sociedad”) que comprenden el estado de situación financiera al 31 de agosto de 2020, el estado de resultados integral por el período de nueve y de tres meses finalizados el 31 de agosto de 2020, y los estados de cambios en el patrimonio y de flujo de efectivo por los períodos de nueve y de tres meses finalizados en esa misma fecha y las notas explicativas, que los complementan y forman parte de los mismos.

Los saldos y otra información correspondientes al ejercicio 2019 y a sus períodos intermedios son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y por lo tanto deberán ser considerados en relación con esos estados financieros.

Responsabilidad de la Dirección

El Directorio de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación de los estados financieros condensados intermedios de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) como normas contables profesionales e incorporadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV) a su normativa, tal y como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por sus siglas en inglés) y, por lo tanto, es responsable por la preparación y presentación de los estados financieros condensados de período intermedio mencionados en el primer párrafo de acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad 34 “Información Financiera Intermedia” (NIC 34).

Alcance de nuestra revisión

Nuestro trabajo fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Dicha revisión se limitó a la aplicación de los procedimientos establecidos en la Norma Internacional de Encargos de Revisión NIER 2410 “Revisión de información financiera intermedia desarrollada por el auditor independiente de la entidad”, la cual fue adoptada como norma de revisión en Argentina mediante la Resolución Técnica N° 33 de la FACPCE tal y como fue aprobada por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB por sus siglas en inglés), incluyendo la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.

Para realizar nuestra tarea profesional hemos efectuado una revisión del trabajo efectuado por los auditores externos Price Waterhouse & Co. S.R.L., quienes emitieron su informe de revisión con fecha 4 de noviembre de 2020 sin observaciones. Una revisión de información financiera intermedia consiste en la realización de indagaciones al personal de la Sociedad responsable de la preparación de la información incluida en los estados financieros condensados de período intermedio y en la realización de procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión. El alcance de esta revisión es sustancialmente inferior al de un examen de auditoría realizado de acuerdo con las normas internacionales de auditoría; en consecuencia, una revisión no nos permite obtener seguridad de que tomaremos conocimiento sobre todos los temas significativos que podrían identificarse en una auditoría. Por lo tanto, no expresamos una opinión de auditoría sobre la situación patrimonial, el resultado integral y el flujo de efectivo de la Sociedad.

Dado que no es responsabilidad de la Comisión Fiscalizadora efectuar un control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio.

Conclusión

Sobre la base de nuestra revisión, informamos que nada ha llamado nuestra atención que nos hiciera pensar que los estados financieros condensados intermedios mencionados en el párrafo “Documentación objeto de la revisión”, no están preparados, en todos sus aspectos significativos, de conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 34.

Informe sobre cumplimiento de disposiciones vigentes

Adicionalmente, informamos que:

  • Los mencionados estados financieros condensados intermedios de Rigolleau S.A. cumplen, en lo que es materia de nuestra competencia, con lo dispuesto en la Ley General de Sociedades N° 19.550 y en las resoluciones pertinentes de la Comisión Nacional de Valores excepto que a la fecha no se encuentran transcriptos en el Libro de Inventario y Balances;

  • Los mencionados estados financieros condensados intermedios de Rigolleau S.A. surgen de registros contables llevados en sus aspectos formales de conformidad con normas legales excepto que a la fecha no se encuentran transcriptos en el Libro de Inventario y Balances;

  • Hemos verificado la constitución de la garantía a cargo de los Directores de la Sociedad exigida por el Art. 256 de la Ley N° 19.550;

  • Hemos leído la reseña informativa y la información adicional a las notas a los mencionados estados financieros condensados intermedios requerida por el artículo 12°, Capítulo III, Título IV de la normativa de la Comisión Nacional de Valores, sobre la cual, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos observaciones que formular;

  • El presente informe no tiene validez sin la autenticación de la firma por parte del Consejo Profesional respectivo.

Berazategui, Provincia de Buenos Aires, 4 de noviembre de 2020.

Dr. César M. Cavalli Síndico Titular (por Comisión Fiscalizadora) Contador Público (U.B.A.) C.P.C.E.P.B.A. Tº 168 Fº 43 Legajo Nº 43598/8 C.U.I.T. 20-14038312-1

Seguidamente toma la palabra el Dr. Ismirlian expresando que propone delegar en el Presidente la firma del acta de reunión.

En uso de la palabra el Dr. Peña vota a favor de la propuesta.

En uso de la palabra el Presidente expresa que vota a favor de la propuesta, la que resulta aprobada por unanimidad de los asistentes, tras lo cual y no habiendo otros asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 12:20 horas.

César Manuel Cavalli Síndico Titular