AGM Information • May 14, 2020
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COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES Área de Mercados Edison, 4 28006 MADRID
Madrid, 14 de mayo de 2020
Muy Srs. míos:
De conformidad con lo establecido en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores adjunto les remitimos la siguiente OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE relativa a Red Eléctrica Corporación, S.A.:
Adjunto se acompaña el texto íntegro de los acuerdos adoptados por la Junta General Ordinaria de Accionistas de la sociedad, celebrada el 14 de mayo de 2020, a propuesta del Consejo de Administración de Red Eléctrica Corporación, S.A.
Atentamente,
Rafael García de Diego Barber Secretario General y del Consejo de Administración Texto íntegro de los acuerdos adoptados por la Junta General Ordinaria de Accionistas, celebrada el 14 de mayo de 2020, a propuesta del Consejo de Administración de Red Eléctrica de Corporación, S.A.
EXAMEN Y APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LAS CUENTAS ANUALES (BALANCE, CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS, ESTADO TOTAL DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO, ESTADO DE INGRESOS Y GASTOS RECONOCIDOS, ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO Y MEMORIA) Y DEL INFORME DE GESTIÓN DE RED ELÉCTRICA CORPORACIÓN, S.A. CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO CERRADO A 31 DE DICIEMBRE DE 2019.
Aprobar las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado Total de Cambios en el Patrimonio Neto, Estado de Ingresos y Gastos Reconocidos, Estado de Flujos de Efectivo y Memoria) y el Informe de Gestión de Red Eléctrica Corporación, S.A. correspondientes al ejercicio 2019.
Las Cuentas Anuales y el Informe de Gestión de Red Eléctrica Corporación, S.A., cuya aprobación se propone en este acto, se corresponden con las que fueron formuladas por el Consejo de Administración en su reunión del día 25 de febrero de 2020 y han sido debidamente auditadas por KPMG Auditores, S.L.
EXAMEN Y APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LAS CUENTAS ANUALES CONSOLIDADAS (ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA CONSOLIDADO, CUENTA DE RESULTADOS CONSOLIDADA, ESTADO CONSOLIDADO DE RESULTADOS GLOBAL, ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO CONSOLIDADO, ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO CONSOLIDADO Y MEMORIA CONSOLIDADA) Y DEL INFORME DE GESTIÓN CONSOLIDADO DEL GRUPO CONSOLIDADO DE RED ELÉCTRICA CORPORACIÓN, S.A. Y SOCIEDADES DEPENDIENTES, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO CERRADO A 31 DE DICIEMBRE DE 2019.
Aprobar las Cuentas Anuales Consolidadas (Estado de Situación Financiera Consolidado, Cuenta de Resultados Consolidada, Estado Consolidado de Resultados Global, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto Consolidado, Estado de Flujos de Efectivo Consolidado y Memoria Consolidada) y el Informe de Gestión Consolidado del Grupo Consolidado de Red Eléctrica Corporación, S.A. y Sociedades dependientes, correspondientes al ejercicio 2019.
Las Cuentas Anuales y el Informe de Gestión del Grupo Consolidado de Red Eléctrica Corporación, S.A., cuya aprobación se propone en este acto, se corresponden con las que fueron formuladas por el Consejo de Administración en su reunión del día 25 de febrero de 2020 y han sido debidamente auditadas por KPMG Auditores, S.L.
Aprobar la aplicación del resultado propuesta por el Consejo de Administración, en su sesión del día 25 de febrero de 2020 y, en consecuencia, distribuir el beneficio del ejercicio 2019, que asciende a 570.668.467,48 euros del siguiente modo:
IMPORTE EN EUROS
A RESERVA VOLUNTARIA 2.057.226,94
A DIVIDENDOS:
DIVIDENDO A CUENTA 147.001.704,54 DIVIDENDO COMPLEMENTARIO 421.609.536,00 (calculado sobre la totalidad de acciones)
TOTAL 570.668.467,48
Se acuerda expresamente pagar a las acciones de cincuenta céntimos de euro (0,50 €) de valor nominal con derecho a dividendo, la cantidad bruta de 1,0519 euros por acción. El pago del dividendo se efectuará el día 1 de julio de 2020, en los bancos y entidades financieras que oportunamente se anunciará, descontando de su importe la cantidad bruta de 0,2727 euros por acción de cincuenta céntimos de euro (0,50 €) de valor nominal, pagados a cuenta del dividendo el día 7 de enero de 2020, en virtud del acuerdo del Consejo de Administración de fecha 29 de octubre de 2019.
EXAMEN Y APROBACIÓN, EN SU CASO, DEL INFORME SOBRE LA INFORMACIÓN NO FINANCIERA DEL GRUPO CONSOLIDADO DE RED ELÉCTRICA CORPORACIÓN, S.A., CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2019, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY 11/2018, DE 28 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA EL CÓDIGO DE COMERCIO, EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL APROBADO POR EL REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2010, DE 2 DE JULIO, Y LA LEY 22/2015, DE 20 DE JULIO, DE AUDITORÍA DE CUENTAS, EN MATERIA DE INFORMACIÓN NO FINANCIERA Y DIVERSIDAD.
Aprobar el informe sobre la información no financiera del Grupo Consolidado de Red Eléctrica Corporación, S.A., correspondiente al ejercicio 2019, de conformidad con lo establecido en la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.
El informe sobre la información no financiera del Grupo Consolidado de Red Eléctrica Corporación, S.A., cuya aprobación se propone en este acto, se corresponde con la información contenida en el punto 11 del Informe de Gestión del Grupo Consolidado de Red Eléctrica Corporación, S.A., correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2019, formulado por el Consejo de Administración en su reunión del día 25 de febrero de 2020.
El estado de información no financiera contenido en el citado informe ha sido objeto de verificación por Ernst & Young, S.L. y se encuentra disponible en la página web corporativa de la compañía, en la sección correspondiente a la Junta General Ordinaria de Accionistas.
Aprobar la gestión del Consejo de Administración de Red Eléctrica Corporación, S.A. correspondiente al ejercicio 2019.
Ratificar la designación de Dª Beatriz Corredor Sierra como consejera de Red Eléctrica Corporación, S.A., dentro de la categoría de "otros externos", acordada por el Consejo de Administración en la sesión celebrada el día 25 de febrero de 2020 y, en consecuencia, proceder a su nombramiento como consejera, dentro de la categoría de "otros externos", por el plazo de cuatro años fijado en los Estatutos Sociales, de conformidad con lo establecido en el artículo 529 decies de la Ley de Sociedades de Capital.
Ratificar la designación de D. Roberto García Merino como consejero ejecutivo de Red Eléctrica Corporación, S.A., acordada por el Consejo de Administración en la sesión celebrada el día 27 de mayo de 2019 y, en consecuencia, proceder a su nombramiento como consejero ejecutivo por el plazo de cuatro años fijado en los Estatutos Sociales, de conformidad con lo establecido en el artículo 529 decies de la Ley de Sociedades de Capital.
Reelegir a Dª Carmen Gómez de Barreda Tous de Monsalve, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, como consejera independiente de Red Eléctrica Corporación, S.A., por el plazo de cuatro años fijado en los Estatutos Sociales, de conformidad con lo establecido en el artículo 529 decies de la Ley de Sociedades de Capital.
DELEGACIÓN A FAVOR DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, POR UN PLAZO DE CINCO (5) AÑOS, DE LA FACULTAD DE AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL EN CUALQUIER MOMENTO, EN UNA O VARIAS VECES, HASTA UN IMPORTE MÁXIMO DE CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL (135.270.000) EUROS, EQUIVALENTE A LA MITAD DEL CAPITAL SOCIAL ACTUAL, EN LA CUANTÍA Y AL TIPO DE EMISIÓN QUE EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DECIDA EN CADA CASO, CON ATRIBUCIÓN DE LA FACULTAD DE EXCLUIR TOTAL O PARCIALMENTE EL DERECHO DE SUSCRIPCIÓN PREFERENTE POR UN LÍMITE MÁXIMO, EN CONJUNTO, DEL 10% DEL CAPITAL, Y CON EXPRESA AUTORIZACIÓN PARA DAR, EN SU CASO, NUEVA REDACCIÓN AL ARTÍCULO 5 DE LOS ESTATUTOS SOCIALES Y PARA SOLICITAR, EN SU CASO, LA ADMISIÓN, PERMANENCIA Y/O EXCLUSIÓN DE LAS ACCIONES EN MERCADOS SECUNDARIOS ORGANIZADOS.
1.- Delegación en el Consejo de Administración, plazo y límite cuantitativo.- Autorizar al Consejo de Administración, en la forma más amplia y eficaz posible en Derecho y en uso de la facultad de delegación prevista en el artículo 297.1.b) de la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 8 de los Estatutos Sociales, para que, dentro del plazo máximo de cinco (5) años a contar desde la fecha de adopción del presente acuerdo, y sin necesidad de convocatoria ni acuerdo posterior de la Junta General de Accionistas, acuerde, en una o varias veces, en la oportunidad y cuantía que el mismo decida, aumentar el capital social en la cantidad máxima de ciento treinta y cinco millones doscientos setenta mil (135.270.000) euros, equivalente a la mitad del capital social actual de la Sociedad.
2.- Alcance de la delegación.- Los aumentos de capital que, en su caso, acuerde el Consejo de Administración al amparo de esta delegación se realizarán mediante la emisión y puesta en circulación de nuevas acciones ordinarias, privilegiadas o rescatables, con voto o sin voto, o de cualquier otra clase, con prima, fija o variable, o sin prima, cuyo contravalor consistirá en aportaciones dinerarias.
El Consejo de Administración podrá fijar, en todo lo no previsto por el presente acuerdo de delegación, los términos y condiciones de los aumentos de capital, incluyendo, a título meramente enunciativo, las características de las acciones, el tipo de emisión, los inversores y mercados a los que se destinen las ampliaciones y el procedimiento de colocación, así como ofrecer libremente las nuevas acciones que no sean suscritas dentro del periodo o periodos de suscripción preferente, en caso de que no se excluyera este derecho.
El Consejo de Administración podrá asimismo establecer que, en caso de suscripción incompleta, el aumento de capital quede sin efecto o bien que el capital social quede aumentado sólo en la cuantía de las suscripciones efectuadas, así como dar una nueva redacción al artículo 5 de los Estatutos Sociales relativo al capital social y al número de acciones en circulación, una vez acordado y ejecutado cada uno de los aumentos.
3.- Exclusión del derecho de suscripción preferente.- De conformidad con lo previsto en el artículo 506 de la Ley de Sociedades de Capital, se concede expresamente al Consejo de Administración la facultad de excluir, en todo o en parte, el derecho de suscripción preferente respecto de todas o algunas de las emisiones de acciones que, en su caso, acordare realizar en virtud de la presente autorización, siempre que el interés de la Sociedad así lo exija y siempre que el valor nominal de las acciones a emitir más la prima de emisión que, en su caso, se acuerde, se corresponda con el valor razonable de las acciones de la Sociedad que resulte del informe que, a petición del Consejo de Administración, deberá elaborar un experto independiente, distinto del auditor de cuentas de la Sociedad, nombrado a estos efectos por el Registro Mercantil en cada ocasión en que se hiciere uso de la facultad de exclusión del derecho de suscripción preferente; asimismo, el Consejo de Administración habrá de emitir un informe detallando las concretas razones de interés social que justifiquen dicha medida, de conformidad con lo previsto en los artículo 308.2.a) y 506 de la Ley de Sociedades de Capital, informes que serán publicados en la página web de la Sociedad inmediatamente después de la adopción del acuerdo de aumento y que serán puestos a disposición de los accionistas y comunicados a la primera Junta General que se celebre.
No obstante, esta facultad quedará limitada a la cantidad máxima correspondiente al 10% del capital social de la Sociedad en el momento de esta autorización, esto es, a la cifra de veintisiete millones cincuenta y cuatro mil (27.054.000) euros.
4.- Cómputo del límite en su conjunto.- Se considerará incluido dentro de los límites máximos referidos en los puntos 1 y 3 anteriores disponibles en cada momento, el importe de los aumentos de capital que, en su caso y con el fin de atender la conversión de obligaciones, bonos y otros valores análogos de renta fija convertibles en acciones de nueva emisión, o el ejercicio de warrants con derecho a la entrega de acciones de nueva emisión, pueda acordar el Consejo de Administración al amparo de la propuesta que, bajo el punto octavo del Orden del Día, se somete a la aprobación de esta Junta General.
5.- Admisión a cotización.- Se faculta asimismo al Consejo de Administración para solicitar la admisión a negociación, permanencia y, en su caso, exclusión, en mercados secundarios organizados, españoles o extranjeros, de las acciones que pudieran emitirse en virtud de la presente autorización, realizando en tal caso, ante los organismos competentes de los distintos mercados de valores, nacionales o extranjeros, los trámites y actuaciones necesarios o convenientes para la admisión a negociación, permanencia y/o, en su caso, para su exclusión.
6.- Delegación.- Se faculta expresamente al Consejo de Administración para que, a su vez, pueda delegar o sustituir las facultades contenidas en el presente acuerdo.
7. Revocación.- La presente delegación supone la revocación expresa, en cuanto no haya sido utilizada con anterioridad a la adopción del presente acuerdo, de la delegación conferida al Consejo de Administración, en virtud del acuerdo adoptado por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el día 15 de abril de 2015, con análoga naturaleza a la recogida en este punto del Orden del Día.
DELEGACIÓN A FAVOR DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, POR UN PLAZO DE CINCO (5) AÑOS Y CON UN LÍMITE CONJUNTO DE CINCO MIL MILLONES (5.000.000.000) DE EUROS, DE LA FACULTAD DE EMITIR, EN UNA O VARIAS VECES, DIRECTAMENTE O A TRAVÉS DE SOCIEDADES DEL GRUPO RED ELÉCTRICA, OBLIGACIONES, BONOS Y OTROS INSTRUMENTOS DE RENTA FIJA O INSTRUMENTOS DE DEUDA DE ANÁLOGA NATURALEZA, TANTO SIMPLES COMO CONVERTIBLES O CANJEABLES POR ACCIONES DE LA SOCIEDAD, DE OTRAS SOCIEDADES DEL GRUPO RED ELÉCTRICA O DE OTRAS SOCIEDADES AJENAS AL MISMO, INCLUYENDO, SIN CARÁCTER LIMITATIVO, PAGARÉS, BONOS DE TITULIZACIÓN, PARTICIPACIONES PREFERENTES, DEUDA SUBORDINADA, HÍBRIDOS Y WARRANTS QUE DEN DERECHO A LA ENTREGA DE ACCIONES DE LA SOCIEDAD O DE OTRAS SOCIEDADES DEL GRUPO RED ELÉCTRICA, DE NUEVA EMISIÓN O EN CIRCULACIÓN, CON EXPRESA ATRIBUCIÓN, EN EL CASO DE VALORES CONVERTIBLES Y EQUIVALENTES, DE LA FACULTAD DE EXCLUIR, TOTAL O PARCIALMENTE, EL DERECHO DE SUSCRIPCIÓN PREFERENTE POR UN LÍMITE MÁXIMO, EN CONJUNTO, DEL 10% DEL CAPITAL; AUTORIZACIÓN PARA QUE LA SOCIEDAD PUEDA GARANTIZAR NUEVAS EMISIONES DE VALORES DE RENTA FIJA (INCLUSO CONVERTIBLES O CANJEABLES) EFECTUADAS POR SOCIEDADES DEL GRUPO RED ELÉCTRICA; AUTORIZACIÓN PARA DAR, EN SU CASO, NUEVA REDACCIÓN AL ARTÍCULO 5 DE LOS ESTATUTOS SOCIALES Y PARA SOLICITAR, EN SU CASO, LA ADMISIÓN, PERMANENCIA Y/O EXCLUSIÓN DE DICHOS VALORES A NEGOCIACIÓN.
1.- Delegación en el Consejo de Administración.- Delegar en el Consejo de Administración, en la forma más amplia y eficaz posible en Derecho y al amparo de lo dispuesto en el artículo 511 de la Ley de Sociedades de Capital y demás normas sobre la emisión de obligaciones, la facultad de emitir valores de renta fija de conformidad con las condiciones incluidas en este acuerdo.
Asimismo, el Consejo de Administración podrá, en su caso, autorizar la adquisición, recompra, amortización, canje o permuta de los valores de renta fija existentes – emitidos (o garantizados) directamente por la Sociedad o a través de sociedades del Grupo Red Eléctrica – o de los nuevos que se emitan (o garanticen) directamente por la Sociedad o, en su caso, por sociedades del Grupo Red Eléctrica, en ambos casos pendientes de amortización, por otros valores de renta fija emitidos o que se vayan a emitir por la Sociedad o por otras sociedades del Grupo Red Eléctrica.
2.- Valores objeto de la emisión.- Los valores a los que se refiere la presente delegación podrán ser bonos, obligaciones y demás valores de renta fija o instrumentos de deuda de análoga naturaleza, en cualquiera de las formas admitidas en Derecho, emitidos directamente o a través de sociedades del Grupo Red Eléctrica, incluyendo, sin carácter limitativo, pagarés, bonos de titulización, participaciones preferentes, deuda subordinada, híbridos y warrants u otros valores análogos, tanto simples como convertibles y/o canjeables, directa o indirectamente, en acciones de nueva emisión y/o ya en circulación de la Sociedad, de otras sociedades del Grupo Red Eléctrica o de otras sociedades ajenas al mismo, liquidables mediante entrega física o mediante diferencias, así como valores de renta fija, participaciones preferentes y warrants que incorporen el derecho de opción a la suscripción de acciones de nueva emisión o a la adquisición de acciones en circulación de la Sociedad o de otras sociedades del Grupo Red Eléctrica.
3.- Plazo de la delegación.- La emisión de los valores objeto de delegación podrá efectuarse, en una o varias veces, en cualquier momento, dentro del plazo máximo de cinco (5) años a contar desde la fecha de adopción del presente acuerdo.
4.- Importe máximo de la delegación.- El importe máximo agregado de la emisión o emisiones de valores que se acuerden al amparo de esta delegación será de cinco mil millones (5.000.000.000) de euros o su equivalente en otra divisa al tiempo de su emisión.
A efectos del cálculo del anterior límite, en el caso de los warrants se tendrá en cuenta la suma de primas y precios de ejercicio de los warrants de cada emisión que se acuerde al amparo de la presente delegación. Por su parte, en el caso de obligaciones, pagarés o títulos análogos que se emitan al amparo de esta delegación dentro de programas de emisión, se computará a efectos del cálculo del anterior límite el saldo vivo de los mismos.
Se hace constar que, de conformidad con lo previsto en los artículos 401 y 510 de la Ley de Sociedades de Capital, la Sociedad no está sujeta a ningún límite legal máximo para la emisión de obligaciones y otros valores que reconozcan o creen deuda.
5.- Alcance de la delegación.- La delegación a que se refiere este acuerdo se extenderá, tan ampliamente como se requiera en Derecho, a la fijación de los distintos términos económicos, régimen, aspectos y condiciones de cada emisión. En particular y a título meramente enunciativo y no limitativo, corresponderá al Consejo de Administración de la Sociedad determinar, para cada emisión, su importe, el lugar de emisión (ya sea éste nacional o extranjero) y la moneda o divisa y, en caso de que sea extranjera, su equivalencia inicial en euros; la denominación, ya sean bonos, obligaciones o cualquiera otra admitida en Derecho (incluso híbridos o subordinados); la fecha o fechas de emisión; cuando los valores no sean convertibles, la posibilidad de que sean canjeables, total o parcialmente, por acciones preexistentes de la Sociedad, de otras sociedades del Grupo Red Eléctrica o, en su caso, de otras sociedades ajenas al mismo- y la circunstancia de poder ser convertibles o canjeables necesaria o voluntariamente, y, en este último caso, a opción del titular de los valores o de la Sociedad o en función de algún criterio objetivo, o de incorporar un derecho de opción de compra o suscripción sobre las aludidas acciones; el tipo de interés, incluyendo la posibilidad de que éste varíe en función de uno o varios indicadores, en particular y a título meramente enunciativo y no limitativo, indicadores sociales, medioambientales o de gobierno corporativo (ESG); fechas y procedimientos de pago del cupón; el carácter de perpetua o amortizable y, en este último caso, el plazo de amortización y la fecha o fechas de vencimiento; el tipo de reembolso, primas y lotes; las garantías de la emisión, incluso hipotecarias, prestadas directamente por la Sociedad o por sociedades pertenecientes al Grupo Red Eléctrica; la forma de representación, mediante títulos o anotaciones en cuenta; el número de valores y su valor nominal, que, en caso de valores convertibles y/o canjeables, no será inferior al valor nominal de las acciones; la legislación aplicable a los términos y condiciones de la emisión, ya sea nacional o extranjera; solicitar, en su caso, la admisión a negociación en mercados secundarios oficiales o no oficiales, organizados o no, nacionales o extranjeros, de los valores que se emitan con cumplimiento de los requisitos y condiciones que en cada caso exija la normativa vigente; en su caso, designar al comisario del correspondiente sindicato de tenedores de los valores que puedan emitirse y aprobar las reglas fundamentales que hayan de regir las relaciones jurídicas entre la Sociedad y dicho sindicato que, de resultar procedente, exista; y, en general, cualquier otra condición de la emisión, así como la realización de cuantos trámites sean necesarios o convenientes para la ejecución de las concretas emisiones que se acuerden al amparo de la presente delegación.
La delegación incluye asimismo la atribución al Consejo de Administración de la facultad de decidir respecto de las condiciones de amortización de los valores emitidos en uso de esta autorización, pudiendo emplear a tales efectos cualesquiera de los previstos al respecto en la vigente Ley de Sociedades de Capital, y la de adquirir, recomprar o canjear los valores emitidos por otros valores distintos.
Asimismo, el Consejo de Administración queda facultado para, cuando lo estime conveniente, y condicionado a la obtención de las autorizaciones oficiales que puedan ser necesarias y, en su caso, a la conformidad de las asambleas de los correspondientes sindicatos de tenedores de los valores pertinentes que puedan emitirse en uso de esta autorización, modificar los términos y condiciones de tales valores.
6.- Bases y modalidades de la conversión o canje.- Para el caso de emisiones de valores convertibles en nuevas acciones de la Sociedad o de sociedades pertenecientes al Grupo Red Eléctrica o canjeables por acciones ya en circulación de la Sociedad, de sociedades pertenecientes al Grupo Red Eléctrica o, en su caso, de otras sociedades ajenas al mismo, y a los efectos de la determinación de las bases y modalidades de la conversión o canje, se acuerda establecer los siguientes criterios:
1.- Los valores que se emitan al amparo de este acuerdo podrán ser convertibles en acciones de nueva emisión de la Sociedad o de sociedades pertenecientes al Grupo Red Eléctrica, canjeables por acciones en circulación de la Sociedad, de sociedades pertenecientes al Grupo Red Eléctrica o, en su caso, de otras sociedades ajenas al mismo, o permitir la conversión o el canje en función de las circunstancias y con las condiciones que establezca el acuerdo de emisión, con arreglo a una relación de conversión o de canje fija (determinada o determinable) o variable, que podrá incluir límites máximos y/o mínimos al precio de conversión, correspondiendo al Consejo de Administración determinar si son convertibles o canjeables o de ambos tipos a la vez, o si la conversión o el canje ha de hacerse mediante la entrega física de acciones o por diferencias, así como para determinar si son necesaria o voluntariamente convertibles o canjeables y, en el caso de que lo sean voluntariamente, si lo son a opción de su titular o del emisor, con la periodicidad y durante el plazo que se establezca en el acuerdo de emisión, plazo que no podrá exceder de quince (15) años contados desde la fecha de emisión.
2.- Para el caso de que la emisión fuese convertible y canjeable, el Consejo de Administración podrá establecer que la Sociedad se reserve el derecho de optar en cualquier momento entre la conversión en acciones nuevas o su canje por acciones en circulación, concretándose la naturaleza de las acciones a entregar al tiempo de realizar la conversión o canje, pudiendo optar incluso por entregar una combinación de acciones de nueva emisión y de acciones preexistentes, o por la entrega total o parcial de dinero.
3.- A efectos de la conversión y del canje, las obligaciones, bonos o valores se valorarán por su importe nominal. Las acciones se valorarán al cambio que determine el acuerdo del Consejo de Administración, que podrá ser (i) fijo y venir determinado en el propio acuerdo del Consejo de Administración, (ii) fijo y ser determinable en la fecha o fechas que se indiquen en el propio acuerdo del Consejo de Administración o (iii) variable. El cambio fijo determinable o el cambio variable podrán determinarse bien en función del valor de cotización en Bolsa de las acciones de la Sociedad en la fecha o fechas, o en el período o períodos, que se fijen como referencia, bien en función de cualquier otro criterio que determine el Consejo de Administración. Asimismo, podrá el Consejo de Administración determinar un cambio con o sin prima o descuento, los cuales podrán ser distintos para cada fecha de conversión y/o canje de cada emisión (o, en su caso, cada tramo de una emisión).
4.- Cuando proceda la conversión o el canje, las fracciones de acción que en su caso correspondiera entregar al titular de los valores se redondearán por defecto hasta el número entero inmediatamente inferior y cada tenedor recibirá en metálico la diferencia que en tal supuesto pueda producirse.
5.- En la emisión de obligaciones, bonos o demás valores de análoga naturaleza que sean convertibles en acciones de nueva emisión, el valor de la acción a efectos de la relación de conversión no podrá ser, en ningún caso, inferior a su valor nominal.
6.- Conforme a lo previsto en el artículo 415.2 de la Ley de Sociedades de Capital, no podrán ser convertidas en acciones las obligaciones, bonos u otros valores cuando el valor nominal de tales obligaciones, bonos o valores a convertir sea inferior al valor nominal de las acciones en que se conviertan. Tampoco podrán emitirse las obligaciones, bonos o valores de renta fija que sean convertibles por una cifra inferior a su valor nominal.
7.- Al tiempo de aprobar una emisión de obligaciones, bonos u otros valores convertibles al amparo de esta autorización de la Junta General, el Consejo de Administración emitirá un informe desarrollando y concretando, a partir de los criterios anteriormente descritos, las bases y modalidades de la conversión específicamente aplicables a la emisión. El informe será acompañado del correspondiente informe de un auditor de cuentas, todo ello conforme a lo previsto en los artículos 414 y 511 de la Ley de Sociedades de Capital.
7.- Derechos de los titulares de valores convertibles.- Los titulares de los valores convertibles o canjeables y de warrants gozarán de cuantos derechos les reconozcan los términos y condiciones de cada emisión, de conformidad con la legislación a la que se someta.
8.- Exclusión del derecho de suscripción preferente en valores convertibles y ampliación de capital.- La delegación en favor del Consejo de Administración aquí prevista se realiza conforme a los siguientes términos y condiciones y comprende:
1.- La facultad de que el Consejo de Administración, al amparo de lo previsto en el artículo 511 de la Ley de Sociedades de Capital, en relación con el artículo 417 de dicha Ley, excluya, total o parcialmente, el derecho de suscripción preferente de los accionistas, cuando así lo justifique el interés de la Sociedad.
En cualquier caso, si el Consejo de Administración decidiera suprimir el derecho de suscripción preferente de los accionistas en relación con una emisión concreta de valores convertibles que, eventualmente, decidiese realizar al amparo de la presente autorización, emitirá, al tiempo de aprobar la emisión y de conformidad con lo previsto en los artículos 417 y 511 de la Ley de Sociedades de Capital, un informe detallando las concretas razones de interés social que justifiquen dicha medida y deberá obtener el preceptivo informe de un experto independiente distinto del auditor de cuentas de la Sociedad en el que se emita un juicio técnico sobre la razonabilidad de los datos contenidos en el informe de los administradores y sobre la idoneidad de la relación de conversión, y, en su caso, de sus fórmulas de ajuste, para compensar una eventual dilución de la participación económica de los accionistas. Dichos informes serán publicados en la página web de la Sociedad inmediatamente después de la adopción del acuerdo de emisión y puestos a disposición de los accionistas y comunicados a la primera Junta General que se celebre.
Esta facultad de exclusión del derecho de suscripción preferente quedará en todo caso limitada a las ampliaciones de capital que se realicen al amparo de esta autorización y de las ampliaciones de capital que constituyen el objeto del punto séptimo del Orden del Día de la presente Junta General hasta la cantidad máxima correspondiente, en conjunto, al 10% del capital social a la fecha de adopción de este acuerdo.
2.- La facultad de aumentar el capital social en la cuantía necesaria para atender las solicitudes de conversión de valores convertibles emitidos conforme a la presente delegación, de conformidad con el artículo 414.1 de la Ley de Sociedades de Capital. Dicha facultad sólo podrá ser ejercitada en la medida en que el Consejo de Administración no exceda con dichos aumentos, conjuntamente con cualesquiera otros aumentos de capital que pueda realizar en virtud de ésta u otras delegaciones para aumentar el capital social con las que cuente, el límite de la mitad de la cifra del capital social previsto en el artículo 297.1.b) de la Ley de Sociedades de Capital.
Esta autorización para aumentar el capital social para atender la conversión de valores o el ejercicio de warrants incluye la facultad de emitir y poner en circulación, en una o varias veces, las acciones representativas del mismo que sean necesarias para llevar a efecto la conversión o el ejercicio, así como la de dar nueva redacción al artículo 5 de los Estatutos Sociales relativo a la cifra del capital social y al número de acciones en circulación y para, en su caso, dejar sin efecto la parte de dicho aumento de capital que no hubiere sido necesaria para la conversión de valores en acciones o el ejercicio de warrants.
De conformidad con lo previsto en el artículo 304.2 de la Ley de Sociedades de Capital, en el aumento de capital que lleve a cabo el Consejo de Administración para atender tales solicitudes de conversión o ejercicio no habrá lugar al derecho de preferencia de los accionistas de la Sociedad.
3.- La facultad de desarrollar y concretar las bases y modalidades de la conversión y/o canje, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el apartado 6 anterior y, en general y en sus más amplios términos, la determinación de cuantos extremos y condiciones resulten necesarios o convenientes para la emisión.
El Consejo de Administración, en las sucesivas Juntas Generales que celebre la Sociedad, informará a los accionistas del uso que, en su caso, se haya hecho hasta el momento de la delegación para emitir valores convertibles y/o canjeables.
9.- Warrants.- Las reglas previstas en los apartados 6 a 8 anteriores resultarán de aplicación, en condiciones análogas, en caso de emisión de warrants u otros valores análogos que puedan dar derecho, directa o indirectamente, a la suscripción de acciones de nueva emisión de la Sociedad o de sociedades pertenecientes al Grupo Red Eléctrica, comprendiendo la delegación las más amplias facultades, con el mismo alcance de los números anteriores, para decidir todo lo que estime conveniente en relación con dicha clase de valores.
10. Admisión a negociación.- La delegación en favor del Consejo de Administración aquí prevista comprende asimismo la facultad de solicitar la admisión a negociación, cuando el Consejo de Administración considere procedente su negociación, en mercados secundarios oficiales o no oficiales, organizados o no, nacionales o extranjeros, de las obligaciones, bonos, participaciones preferentes, warrants y cualesquiera otros valores que se emitan o garanticen en virtud de esta delegación, quedando asimismo facultado el Consejo de Administración para la realización de los trámites y las actuaciones necesarios o convenientes para la admisión a cotización ante los organismos competentes de los distintos mercados de valores nacionales o extranjeros, prestando asimismo cuantas garantías o compromisos sean exigidos por las disposiciones legales vigentes, así como para solicitar y tramitar la correspondiente solicitud de admisión a cotización de las acciones que pudieran emitirse en caso de conversión o ejercicio de los derechos de adquisición o suscripción de los valores emitidos.
11.- Garantía de emisiones de valores realizadas por sociedades del Grupo Red Eléctrica.- El Consejo de Administración de la Sociedad queda igualmente facultado para garantizar en nombre de la Sociedad, bajo cualquiera de las fórmulas admitidas en Derecho, dentro de los límites anteriormente señalados, las nuevas emisiones de valores (incluso convertibles o canjeables) que, durante el plazo de vigencia del presente acuerdo, puedan llevar a cabo sociedades pertenecientes al Grupo Red Eléctrica.
12.- Delegación y sustitución.- Se faculta expresamente al Consejo de Administración para delegar o sustituir las facultades contenidas en el presente acuerdo.
13. Revocación.- La presente delegación supone la revocación expresa, en cuanto no haya sido utilizada con anterioridad a la adopción del presente acuerdo, de la delegación conferida al Consejo de Administración por el acuerdo adoptado por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el día 15 de abril de 2015, con análoga naturaleza a la recogida en este punto del Orden del Día de esta Junta General, sin perjuicio de la plena validez y eficacia de las emisiones, programas de emisión, delegaciones de facultades y cualesquiera otros actos acordados al amparo de dicha delegación que estén en vigor en la fecha del presente acuerdo.
Se somete a los accionistas, como en años anteriores, la renovación de la autorización otorgada por la Junta General Ordinaria de Accionistas al Consejo de Administración para la adquisición derivativa de acciones propias por la Sociedad o por sociedades del Grupo Red Eléctrica, así como para su entrega directa a empleados, miembros de la dirección y consejeros ejecutivos de la Sociedad y de las sociedades del Grupo Red Eléctrica, como retribución, con los límites que se contemplan en la propuesta.
Y, asimismo, como apartado separado del orden del día, dentro de este punto, se pretende establecer un Plan de retribución de los empleados, de los miembros de la dirección y consejeros ejecutivos de Red Eléctrica Corporación, S.A., extensible también a los mismos colectivos de las sociedades integradas en su Grupo consolidado en España, que permita que una parte de su retribución anual se pueda realizar mediante entrega de acciones de la Sociedad, procedente de la autocartera; Plan cuya aprobación requiere el establecimiento de unas condiciones básicas que se incorporen a la propuesta de acuerdo correspondiente. En este aspecto la Sociedad seguirá las últimas recomendaciones de gobierno corporativo internacional, en cuanto a que el número máximo de acciones no excederá en ningún caso del 10% del capital social por el total de los beneficiarios del Plan, ni del 5% del capital social para el caso de los consejeros ejecutivos. Igualmente, la Sociedad solo podrá adquirir sus propias acciones bajo programas de recompra, prácticas de mercado aceptadas y cualquier otra fórmula que sea compatible con la normativa sobre abuso de mercado.
En consecuencia, se proponen los siguientes acuerdos, para que así se sometan a la Junta General:
Primero.- Autorización para la adquisición derivativa de acciones propias por la Sociedad o por sociedades del Grupo Red Eléctrica, así como para su entrega directa a empleados, miembros de la dirección y consejeros ejecutivos de la Sociedad y de las sociedades del Grupo Red Eléctrica en España, como retribución.
Autorizar, de conformidad con lo establecido en el artículo 146 y concordantes de la Ley de Sociedades de Capital y demás normativa aplicable, la adquisición derivativa de acciones propias de Red Eléctrica Corporación, S.A. por la propia Sociedad y por sociedades del Grupo Red Eléctrica, directa o indirectamente, en la medida que el Consejo de Administración estime que así lo aconsejan las circunstancias, siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:
El Consejo de Administración de la Sociedad, de conformidad con lo establecido en el párrafo tercero del artículo 146.1 a) de la Ley de Sociedades de Capital, podrá destinar, total o parcialmente, las acciones propias adquiridas en virtud de esta autorización y las que ya son propiedad de la Sociedad a la fecha de aprobación del presente acuerdo, a la ejecución de programas retributivos que tengan por objeto la entrega directa de acciones a empleados, miembros de la dirección y consejeros ejecutivos de la Sociedad y de las sociedades pertenecientes al Grupo Red Eléctrica en España.
Y para todo ello se autoriza al Consejo de Administración tan ampliamente como fuera necesario para solicitar cuantas autorizaciones y adoptar cuantos acuerdos fueran necesarios o convenientes en orden al cumplimiento de la normativa legal vigente y la ejecución y buen fin del presente acuerdo.
La duración de la presente autorización será de cinco (5) años contados a partir de la fecha de la presente Junta General.
Aprobar la participación de los empleados, miembros de la dirección y de los consejeros ejecutivos de la Sociedad y de las sociedades pertenecientes al Grupo Red Eléctrica en España, en un sistema de retribución consistente en que el pago de una parte de su retribución pueda realizarse mediante la entrega de acciones de la Sociedad procedentes de la autocartera.
Las principales características de este sistema son las siguientes:
en cada momento durante la vigencia del Plan, con el límite máximo, en todo caso, de 120.000 euros.
Facultar al Consejo de Administración, tan ampliamente como fuera necesario, para solicitar cuantas autorizaciones y adoptar cuantos acuerdos fueran necesarios o convenientes en orden a la plena ejecución y buen fin del presente acuerdo.
Revocar y, por tanto, dejar sin efecto, en la parte no utilizada con anterioridad a la fecha de adopción de los anteriores acuerdos, las autorizaciones para la adquisición derivativa de acciones propias y el plan retributivo en acciones, aprobados por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada con fecha 15 de abril de 2015 y, en lo que respecta al plan retributivo en acciones, posteriormente modificado por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada con fecha 15 de abril de 2016.
Primero.- Aprobación del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Red Eléctrica Corporación, S.A.
Aprobar el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de la sociedad, de conformidad con la propuesta del Consejo de Administración aprobada en la sesión de 25 de febrero de 2020.

25 de febrero de 2020
Informe anual sobre remuneraciones de los consejeros
| 1. | Presentación del Informe por la presidente de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones 3 |
|---|---|
| 2. | Comisión de Nombramientos y Retribuciones 7 |
| 3. | Resultados y niveles de incentivos ("Pay for Performance") 9 |
| 4. | Política de remuneraciones de los consejeros en 2020 16 |
| 5. | Ejecución de la política de remuneraciones en 2019 31 |
| 6. | Retribución de los directivos de primer nivel 43 |
| 7. | Alineación de la política de remuneraciones y su aplicación con el perfil de riesgo 46 |
| 8. | Tablas de remuneración individual 48 |
| 9. | Tablas de resultados de voto 51 |
| 10. | Información complementaria de las tablas del Anexo III Estadístico del Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros de las sociedades anónimas cotizadas (Circular 2/2018, de 12 de junio, de la CNMV), correspondiente a Red Eléctrica Corporación S.A. que figura como anexo del presente Informe 52 |
| Anexo III Estadístico del Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros de las sociedades anónimas cotizadas (Circular 2/2018, de 12 de junio, de la CNMV), correspondiente a Red Eléctrica Corporación S.A 55 |
Estimados accionistas:
En nombre de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones me complace presentarles el Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros, que incluye la aplicación de las remuneraciones de los consejeros en 2019, conforme a la política de remuneraciones de los consejeros de Red Eléctrica Corporación, S.A.1 (en adelante denominada también la "compañía", la "sociedad", el "Grupo" o "Red Eléctrica"), aprobada por la Junta General de Accionistas de 22 de marzo de 2019.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones de Red Eléctrica aprobó mi nombramiento como presidente de la misma en la sesión de 26 de marzo de 2019, y durante todo el año 2019 he sido miembro de ésta, cargos que mantengo en la actualidad; a lo largo del año, la Comisión ha venido analizando diversas cuestiones relativas a la remuneración de los consejeros y del equipo directivo.
Antes de comentar los aspectos más relevantes sobre las citadas remuneraciones, me gustaría destacar tres hitos acaecidos en el ejercicio 2019, dada su implicación en las decisiones que la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha evaluado sobre la aplicación de la política de remuneraciones en 2019 y la definición de la política de remuneraciones para 2020:
1 La política de remuneraciones de los consejeros de Red Eléctrica Corporación, S.A. puede encontrarse en este enlace: https://www.ree.es/sites/default/files/03\_GOBIERNO\_CORPORATIVO/Documentos/Junta\_General\_de\_Accionistas/Politica\_Re muneraciones\_2019.pdf
nombramiento será propuesto para su ratificación por la Junta General Ordinaria de Accionistas de 2020. Dichas decisiones fueron adoptadas ante el adecuado impulso ejecutivo que va a requerir el desarrollo del nuevo Plan Estratégico 2018-2022.
• El 3 de octubre de 2019 se formalizó por el Grupo Red Eléctrica el cierre de la adquisición del 89,68% del capital social de Hispasat S.A. Esta adquisición posiciona al Grupo Red Eléctrica como operador global de infraestructuras eléctricas y de telecomunicaciones, tanto en España como en el ámbito internacional.
En términos de remuneraciones, la Junta General de Accionistas de 2019 aprobó la política de remuneraciones que, si bien es continuista con la anterior, contempla la posibilidad de introducir en su aplicación aspectos que mejoran el grado de alineamiento con los principios y fundamentos definidos por Red Eléctrica en materia de remuneraciones. Las principales decisiones sobre remuneraciones que la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha evaluado en 2019 y en 2020 hasta la fecha de publicación de este Informe han sido las siguientes:
cumplimiento global de los objetivos del 107% equivalente a un 80,25% de su retribución fija anual para el ejercicio 2019 como consejero delegado. El presente informe incorpora el detalle de los objetivos, ponderaciones y mecánica seguida para la determinación del correspondiente importe de retribución variable.
elevar al Consejo de Administración una nueva propuesta de retribución anual del Consejo de Administración, por todos los conceptos, para el ejercicio 2020, en la que se propuso, como en ejercicios anteriores, mantener las mismas cuantías y conceptos que los establecidos para 2019, lo que se fundamenta en los principios de prudencia y moderación retributivas.
En atención a lo establecido en la Circular 2/2018, de 12 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, y como es práctica habitual de Red Eléctrica, se incorpora como anexo del presente Informe el Anexo III Estadístico del Informe Anual de Remuneraciones de los Consejeros, previsto en la citada Circular, correspondiente a la compañía.
El Consejo de Administración someterá a la aprobación de la Junta General Ordinaria de Accionistas, entre otros, los acuerdos del Consejo que establecen la retribución del Consejo de Administración para el ejercicio 2020 y, de forma separada, someterá a la aprobación de la citada Junta General el presente Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros.
Deseo concluir agradeciendo a los miembros de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, así como a quienes han colaborado con esta Comisión, por su compromiso, apoyo y asistencia a lo largo de todo el año; y quiero agradecer también los comentarios, recomendaciones y sugerencias recibidos de nuestros accionistas en nuestro proceso de engagement y consulta permanente, que resultan clave para la mejora continua en la adopción de prácticas responsables en materia retributiva.
Fdo: Socorro Fernández Larrea
Miembros actuales y a 31 de diciembre de 2019
Socorro Fernández Larrea Antonio Gómez Expósito José Juan Ruiz Gómez (Presidente, c. independiente) (c. dominical) (c. independiente)
En 2019 la composición de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha experimentado las siguientes variaciones:
Con dichos nombramientos la Comisión de Nombramientos y Retribuciones se compone de tres (3) miembros, dos (2) de ellos consejeros independientes y uno (1) consejero dominical, siendo su presidente un consejero independiente.
En 2019 la Comisión de Nombramientos y Retribuciones se ha reunido en dieciséis (16) ocasiones, cinco (5) de ellas en sesión extraordinaria. De las reuniones de la Comisión se informa al Consejo, poniendo a disposición del mismo a través de la intranet del consejero, en cuanto finaliza la reunión de la Comisión, la documentación tratada en la misma; y se levanta acta de las reuniones celebradas que, una vez aprobadas, se ponen a disposición de todos los consejeros.
De acuerdo con el calendario previsto para el ejercicio 2020, se prevé que la Comisión de Nombramientos y Retribuciones mantenga once (11) reuniones ordinarias durante ese ejercicio, sin perjuicio de que se puedan celebrar reuniones extraordinarias si se considera conveniente.
| Actividades | Q1 2019 |
Q2 2019 |
Q3 2019 |
Q4 2019 |
Q1 2020 |
|---|---|---|---|---|---|
| Evaluación del cumplimiento de los objetivos ligados a la remuneración variable del consejero delegado y de los directivos de primer nivel, para el ejercicio 2018 |
|||||
| Aprobación de los objetivos ligados a la remuneración variable del consejero delegado y de los directivos de primer nivel para 2019 |
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| Supervisión de los acuerdos relativos a la liquidación e indemnización del consejero delegado saliente, informados al Consejo de Administración de 27 de mayo de 2019, que acordó su cese como consejero delegado y aceptó su dimisión como consejero ejecutivo. |
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| Supervisión del contrato y de las condiciones retributivas del nuevo consejero delegado |
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| Seguimiento de los objetivos ligados a la remuneración variable del consejero delegado y directivos de primer nivel en 2019 |
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| Evaluación del cumplimiento de los objetivos ligados a la remuneración variable del consejero delegado para el ejercicio 2019 |
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| Evaluación del cumplimiento de los objetivos de empresa, Gerenciales y del Comité de Dirección, ligados a la remuneración variable de directivos de al primer nivel para el ejercicio 2019 |
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| Evaluación del cumplimiento de los objetivos vinculados al Plan 2014-2019 de retribución variable plurianual en efectivo |
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| Aprobación de los objetivos ligados a la remuneración variable del consejero delegado y directivos de primer nivel para 2020 |
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| Propuestas de retribución del Consejo de Administración y propuesta de Informe Anual de Remuneraciones de los consejeros, relativos a 2019 y 2020, para su elevación al Consejo y posterior sometimiento a la Junta General Ordinaria de Accionistas |
En 2019 y 2020 -hasta la fecha de aprobación del presente informe- Willis Towers Watson, asesor independiente especializado en materia de remuneración de consejeros y directivos, ha prestado sus servicios a la Comisión en los siguientes aspectos: benchmarking retributivo para el presidente (no ejecutivo) del Consejo de Administración y para el consejero delegado, benchmarking retributivo de los consejeros no ejecutivos y, finalmente, asistencia en la elaboración del Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros.

3.1 Análisis del "Pay for Performance" de Red Eléctrica en términos absolutos
En el ejercicio 2019 cabe destacar también la siguiente información sobre los resultados obtenidos por el Grupo:
⚫ En relación con la política de dividendos, el dividendo bruto correspondiente a 2019 propuesto por el Consejo de Administración a la próxima Junta General Ordinaria de Accionistas, supone un incremento de un 7% respecto al dividendo bruto aprobado para el ejercicio 2018.

(*) Nota: el beneficio neto indicado para 2014 (1,33 euros por acción) incorpora hechos excepcionales acaecidos en el ejercicio, todos ellos positivos.
(**) Nota: a los exclusivos efectos de comparabilidad entre ejercicios, se ha aplicado el desdoblamiento de 2016 en el precio por acción de todos los ejercicios.
⚫ El 21 de mayo la agencia de calificación crediticia Standard & Poor's mantuvo el nivel de rating a largo plazo en 'A-' con una perspectiva estable. Con fecha 8 de abril de 2019, Fitch Ratings rebajó el rating a largo plazo de Red Eléctrica Corporación, S.A. a 'A-' desde el nivel previo 'A', eliminándose el "Rating Watch Negative" y estableciendo una perspectiva estable.
El siguiente gráfico muestra la variación de la retribución total devengada del primer ejecutivo respecto a la variación del Retorno Total para el Accionista en los últimos 8 años:

Notas explicativas del gráfico:
El siguiente gráfico muestra la relación entre la retribución total devengada del primer ejecutivo y la retribución media de la plantilla. Este ratio se muestra para Red Eléctrica, para la mediana del Ibex-35 (excluyendo Red Eléctrica) y para la mediana de las compañías energéticas del Ibex-35 (excluyendo Red Eléctrica).

El dato de Red Eléctrica referido a 2018 muestra la relación entre la retribución total del entonces consejero delegado (D. Juan Francisco Lasala Bernad) y la retribución total anual media de toda la plantilla.
Para calcular el dato del mercado se ha considerado la retribución total devengada del primer ejecutivo en 2018 y, para estimar la retribución media de la plantilla, se ha considerado el número total de empleados en 2018 y los gastos de personal desglosados en las cuentas anuales consolidadas, excluyendo los gastos de seguridad social.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones considera fundamental revisar periódicamente la política de remuneraciones de los consejeros, en línea con las mejores prácticas de gobierno corporativo adoptadas por accionistas institucionales y las recomendaciones de los principales proxy advisors.
En este sentido, la Comisión ha llevado a cabo en 2019 un benchmarking retributivo para el cargo de consejero delegado, en el que se han considerado tres grupos de comparación, en línea con los análisis realizados en años anteriores:
Las compañías que conforman el grupo de comparación son las siguientes:
| Acerinox | Ebro Foods | Meliá Hotels |
|---|---|---|
| Applus | Enagás | Mediaset |
| Catalana Occidente | Grifols | Prosegur |
| Cellnex | Fluidra | Viscofan |
| CIE Automotive | Indra | Zardoya Otis |
⚫ Un grupo de comparación formado por 14 empresas energéticas europeas, que la compañía ("REC") y/o el proxy advisor Institutional Shareholder Services ("ISS") consideran comparables con Red Eléctrica, en 2019, en términos de dimensión (facturación) y que son relevantes en el sector en términos de evolución de resultados, con el detalle que se indica a continuación:
| AAK (ISS) | Energiedienst (ISS) | Snam (ISS y REC) |
|---|---|---|
| BKW (ISS) | EVN (ISS) | Terna (ISS y REC) |
| Électricité de Strasbourg (ISS) |
Pennon (ISS) | United Utilities (ISS) |
| Elia System Operator (ISS y REC) | REN (REC) | Verbund (ISS) |
| Enagás (ISS y REC) | Severn Trent (ISS) |
Los gráficos siguientes muestran los resultados de los análisis:

de los objetivos) la posición del consejero delegado del Grupo Red Eléctrica se sitúa en el percentil 28.
Los datos de mercado son los desglosados en los informes anuales de remuneraciones de cada compañía publicados en 2019.
A continuación se incluyen los gráficos que reflejan el mix del sistema de remuneración del consejero delegado y su comparación con el mercado para un escenario de cumplimiento estándar (target o 100%) de objetivos, así como el mix del consejero delegado correspondiente a la retribución devengada en 2019. En conjunto en Red Eléctrica, la retribución variable target ("en riesgo"), anual y plurianual, representa un 39% de la retribución total target (suma de la retribución fija y variable anual y plurianual).

Red Eléctrica: Mix Retributivo Target






Grupo Ad-hoc: Mix Retributivo Target Primer Ejecutivo

Notas explicativas:
Los siguientes gráficos reflejan el posicionamiento del Grupo Red Eléctrica respecto a compañías representativas del sector energético. Se compara la variación del EBITDA entre los años 2016 y 2018 y del Retorno Total para el Accionista (RTA) de cada compañía en los últimos 3 años, con la media de la remuneración total de su primer ejecutivo en ese mismo periodo.
Las líneas transversales señalan el rango de correlación proporcional entre el crecimiento del indicador y el de la remuneración. Un posicionamiento en las zonas amarilla y roja pone de manifiesto una correlación de crecimiento no proporcional entre la magnitud considerada y la remuneración. Un posicionamiento en la parte roja derecha señala un crecimiento más que proporcional de la remuneración frente la magnitud considerada, y un posicionamiento en la parte izquierda blanca señala un crecimiento de la magnitud considerada (EBITDA y RTA en cada gráfico) más que proporcional frente a la remuneración.

El Retorno Total para el Accionista (RTA) es la rentabilidad total de la acción e incluye la revalorización en precio de la acción y los dividendos.
Las compañías incluidas son las del grupo de comparación de energéticas europeas: AAK, BKW, Électricité de Strasbourg, Elia System Operator, Enagás, Energiedienst, EVN, Pennon, REN, Snam, Terna, United Utilities y Verbund.
La evolución del RTA de Red Eléctrica en los últimos 3 años se sitúa en el percentil 50 del grupo de comparación mientras que la media de la remuneración total en el mismo periodo se sitúa en el percentil 21.
Fuente datos RTA: Bloomberg.
Las compañías incluidas son las del grupo de comparación de energéticas europeas: AAK, BKW, Électricité de Strasbourg, Elia System Operator, Enagás, Energiedienst, EVN, Pennon, REN, Snam, Terna, United Utilities y Verbund.
La variación del EBITDA de Red Eléctrica en los últimos 3 años se sitúa en 50 del grupo de comparación, mientras que la media de la remuneración total en el mismo periodo se sitúa en 21. Fuente datos EBITDA: Bloomberg.
La Junta General Ordinaria de Accionistas de 22 de marzo de 2019 aprobó la política de remuneraciones de los consejeros. El periodo de vigencia de dicha política abarca los ejercicios 2019, 2020 y 2021.
(*) Periodo de retención hace referencia al periodo de tiempo posterior a la consolidación de instrumentos que han sido concedidos como remuneración variable durante el cual no pueden venderse ni ser accesibles.
El sistema de remuneración del consejero delegado (primer ejecutivo) incluye elementos de carácter fijo y de carácter variable, estos últimos de corto y de largo plazo, alineados con los objetivos y estrategias del Grupo.
Los elementos que integran el sistema de remuneración del consejero delegado en 2020 se detallan a continuación:
El importe de la Retribución Fija Anual para el consejero ejecutivo se ha establecido en 350.000 euros. Se abonará íntegramente en efectivo.
La Retribución Variable Anual para el consejero ejecutivo está basada en el cumplimiento de una combinación de objetivos, predeterminados y cuantificables, medidos a nivel de Grupo. Corresponde a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones la aprobación de los objetivos, al inicio de cada ejercicio. La citada Comisión aprobó los objetivos y sus ponderaciones para el ejercicio 2020 en su reunión de 21 de enero de 2020 y se detallan en el presente apartado.
Todos los objetivos están contemplados en el Presupuesto del ejercicio 2020 y están alineados con el Plan Estratégico 2018-2022 del Grupo, aprobado por el Consejo de Administración. Estos objetivos son los siguientes:
I- 75% del incentivo está vinculado a los siguientes objetivos de empresa, cuyas ponderaciones se distribuyen de la siguiente manera:
En la tabla siguiente se describen en detalle las ponderaciones, los umbrales y los límites aplicables a las referidas métricas.
II- El 25% restante depende de objetivos gerenciales operativos ligados a los negocios del Grupo Red Eléctrica. A continuación, se desglosan conjuntamente con sus ponderaciones:
En la tabla siguiente se describen en detalle las ponderaciones, los umbrales y los límites aplicables a las referidas métricas. En el Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros, correspondiente al ejercicio 2020 que se someta a la Junta General Ordinaria de Accionistas en 2021, se recogerá la información sobre dicha evaluación.
En los objetivos gerenciales operativos ligados a los negocios del Grupo Red Eléctrica, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones también podrá evaluar el umbral mínimo de cumplimiento individual y determinar un nivel máximo de cumplimiento individual, que podría
alcanzar un máximo global del (155%) en caso de sobrecumplimiento. La Comisión de Nombramientos y Retribuciones dispondrá del nivel de autonomía necesario para evaluar el grado de cumplimiento anual de estos objetivos.
A continuación se incluye un cuadro-resumen que incorpora todos los objetivos, umbrales y ponderaciones que determinarán el cálculo de la Retribución Variable Anual del consejero delegado:
| MÉTRICAS | PONDERACIÓN | NIVEL DE CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS | NIVEL DE PAGO DEL INCENTIVO | |||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Mínimo | Target | Máximo | Mínimo | Target | Máximo | |||
| 75% Objetivos de empresa, cuantitativos y cualitativos | ||||||||
| 1.Resultado Neto | 40% | 95% | 100% | 125% | 0% | 100% | 125% | |
| 2.ROIC | 40% | 95% | 100% | 100% | 0% | 100% | 100% | |
| 3.Inversión Total del Grupo | 20% | 85% | 100% | 100% | 0% | 100% | 100% | |
| 25% Objetivos gerenciales operativos ligados a los negocios del Grupo Red Eléctrica | ||||||||
| 1.Transición Energética | 32% | 100% | 125% | 100% | 125% | |||
| 2.Operador de referencia de infraestructuras de telecomunicaciones |
10% | 100% | 160% | 100% | 160% | |||
| 3.Expansión internacional | 10% | Valoración por la Comisión de |
100% | 160% | Valoración por la Comisión de |
100% | 160% | |
| 4.Aceleración e Innovación Tecnológica | 10% | Nombramientos y Retribuciones |
100% | 150% | Nombramientos y Retribuciones |
100% | 150% | |
| 5.Cultura y Personas | 10% | 100% | 150% | 100% | 150% | |||
| 6.Eficiencia y Transformación Digital | 16% | 100% | 150% | 100% | 150% | |||
| 7.Sostenibilidad | 12% | 100% | 100% | 100% | 100% |
Nota: Niveles intermedios (entre mínimo y target y entre target y máximo) se calculan por interpolación lineal
Para el cálculo del importe de la Remuneración Variable Anual se considerará el grado de cumplimiento y la ponderación de cada uno de los objetivos y se aplicarán las normas y procedimientos internos de evaluación de objetivos, establecidos por la sociedad para sus directivos.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones podrá proponer al Consejo ajustes sobre la Remuneración Variable Anual bajo circunstancias excepcionales, debidas a factores internos o externos. El detalle sobre estos ajustes se desglosará, en su caso, en el correspondiente Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros.
El cumplimiento máximo global de los objetivos anteriores (de empresa y gerencialesoperativos) no podrá superar el 110%.
El nivel target que se alcanzará en caso de cumplimiento del 100% de los objetivos preestablecidos será equivalente a un 75% de la Retribución Fija Anual. El nivel máximo, que se alcanzará en caso de sobrecumplimiento máximo de los objetivos preestablecidos será equivalente a un 82,5% de la Retribución Fija Anual, que corresponde con el nivel máximo global de consecución de los objetivos (110% del nivel target).
Un 75% de la Retribución Variable Anual bruta se liquidará efectivo y el 25% restante se entregará en acciones de la sociedad. Además, el consejero ejecutivo ha asumido el compromiso frente a la sociedad, mientras ostente dicha condición, de mantener la titularidad de las acciones recibidas durante, al menos, cinco (5) años.
De acuerdo con lo anunciado en el Informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones que acompaña y motiva la política de remuneraciones aprobada por la Junta General Ordinaria de Accionistas 2019, y con el punto 4 de la propia política de remuneraciones, una vez finalizado el Plan Retributivo de Largo Plazo 2014-2019, aprobado por el Consejo de Administración el 24 de febrero de 2015, previo informe favorable de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones celebrada el 17 de febrero de 2015 (de cuyo cumplimiento se informa en detalle en el apartado 5. "Ejecución de la política de remuneraciones en 2019" del presente informe), la compañía está analizando el diseño de un nuevo plan de retribución variable plurianual, vinculado al Plan Estratégico 2018-2022 y dirigido a directivos, incluyendo al consejero delegado.
El diseño en el que se está trabajando es un nuevo Plan que contemple una combinación de un bonus plurianual, parte en efectivo y parte en acciones, y que, transcurrido el período de tiempo determinado en el propio Plan y verificado, en su caso, el cumplimiento de los objetivos concretos preestablecidos y cuantificables, se abonará a los beneficiarios del Plan, en su totalidad o en el porcentaje que resulte de aplicación.
El período de medición de los objetivos del Plan será, como mínimo, de 3 años y se pretende incorporar, entre otros, objetivos en materia de sostenibilidad en línea con la gran relevancia de ésta en el nuevo Plan Estratégico del Grupo Red Eléctrica.
Está previsto que el Plan incorpore alguna métrica relativa, es decir, en relación a un grupo de comparación compuesto por compañías competidoras o que realicen actividades similares.
Cabe destacar también que, respecto al consejero delegado, está previsto que el "incentivo target anualizado" pueda alcanzar como máximo hasta un 50% de su retribución fija anual por cada uno de los años de medición de los objetivos del Plan.
Una vez finalizado el periodo de medición que se establezca en el Plan, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones realizará, en el primer trimestre del ejercicio siguiente a su vencimiento, una evaluación del cumplimiento alcanzado en cada uno de los objetivos y del Plan en su conjunto, considerando la información facilitada por la sociedad, y propondrá los niveles de incentivo asociados al cumplimiento, en función de las escalas de logro establecidas en el Plan.
De todo ello se dará cuenta en el Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros del año que corresponda.
De conformidad con lo establecido en la política de remuneraciones de los consejeros aprobada por la Junta General Ordinaria de Accionistas de 2019, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones tendrá la competencia para proponer al Consejo la cancelación o la devolución del pago de la retribución variable, de corto o de largo plazo, del/los beneficiario/s o responsable/s correspondiente/s ante circunstancias sobrevenidas que justifiquen que la retribución variable se haya devengado o pagado atendiendo a informaciones o datos inexactos o erróneos, o se hayan producido incumplimientos de la normativa interna corporativa o de la legislación aplicable, que resulten posteriormente probados. Además, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones valorará si, ante circunstancias excepcionales de este tipo, puede proponerse al Consejo de Administración incluso la extinción de la relación contractual con el/los beneficiario/s o responsable/s correspondiente/s, pudiendo proponer, asimismo, la adopción de cuantas medidas considere oportunas.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones podrá proponer al Consejo de Administración la realización de ajustes sobre los elementos, criterios, umbrales y límites de la retribución variable, anual o plurianual, ante circunstancias excepcionales motivadas por factores o hechos extraordinarios, internos o externos. El detalle y la justificación de dichos ajustes se recogerán en el correspondiente Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros.
El consejero delegado participa en un sistema de previsión social de aportación definida. La obligación de Red Eléctrica se limita a la realización de una contribución anual equivalente a un 20% de la Retribución Fija Anual del consejero delegado.
Las contingencias cubiertas por este sistema son jubilación, fallecimiento e incapacidad permanente.
Este sistema se instrumenta a través de una póliza de seguro suscrita con una entidad aseguradora externa. La prestación consiste en el derecho económico que corresponde al beneficiario como consecuencia del acaecimiento de cualquiera de las contingencias cubiertas por este sistema.
En caso de cese de la relación, los derechos económicos se consolidarán a favor del consejero delegado, salvo cuando el cese se produzca como consecuencia de una conducta dolosa o gravemente negligente por su parte en el ejercicio de sus funciones, que produzca daños o perjuicios a la compañía. La percepción de cualquier indemnización será compatible con el reconocimiento del derecho económico sobre el sistema de previsión.
El consejero delegado tiene asignado un complemento en concepto de beneficios sociales, cuyo importe asciende a 60.000 euros. Este importe podrá ser percibido en efectivo o en especie en concepto de beneficios sociales.
El consejero delegado no percibe otro tipo de beneficios sociales.
La política de remuneraciones del consejero delegado contempla la concesión de créditos, anticipos y garantías constituidas por la sociedad, en línea con la política de los directivos del Grupo.
El contrato que regula el desempeño de las funciones y responsabilidades del consejero delegado es de naturaleza mercantil e incluye las cláusulas que en la práctica acostumbran a incluirse en este tipo de contratos.
A continuación, se describen las principales cláusulas indemnizatorias, de exclusividad y no competencia del citado contrato del consejero delegado, de conformidad con la política de remuneraciones aprobada por la Junta General de Accionistas.
Sin perjuicio de la obligación de confidencialidad establecida expresamente en dicho contrato, el consejero delegado está también vinculado por el deber de secreto incorporado al deber de lealtad establecido en el artículo 31 del Reglamento del Consejo de Administración de la sociedad, aplicable a todos los consejeros, de acuerdo con el cual los consejeros se abstendrán de revelar informaciones, datos, informes o antecedentes a los que hayan tenido acceso en el desempeño de su cargo, incluso cuando hayan cesado en él.
En su calidad de consejero de Red Eléctrica, el consejero delegado tiene la obligación de no desarrollar actividades, por cuenta propia o ajena, que entrañen una competencia efectiva, actual o potencial, con la sociedad, en los términos en los que se regula dicha obligación para los consejeros de la sociedad en la ley y en el artículo 32 del Reglamento del Consejo de Administración.
Además, la obligación de no competencia recogida expresamente en el contrato por un plazo de dos (2) años desde su cese, sin que la misma le confiera derecho a indemnización en concepto de no competencia post-contractual, al considerarse retribuida con su remuneración establecida contractualmente.
El contrato, siguiendo las prácticas habituales de mercado, contempla una indemnización para el caso de extinción de la relación contractual motivado por el cese por voluntad de Red Eléctrica, (siempre que el cese no produzca como consecuencia de una conducta dolosa o gravemente negligente por parte del consejero delegado en el ejercicio de sus funciones, que produzca daños o perjuicios a la compañía) y sin necesidad de preaviso alguno de la compañía. También procederá la citada indemnización si el cese se produce por voluntad del consejero delegado debido a un incumplimiento grave y culpable de la sociedad o a una modificación sustancial de sus funciones por causa no imputable al propio consejero delegado. El importe de la indemnización será equivalente a una anualidad de Retribución Fija, más el importe correspondiente a su remuneración variable como consejero delegado, calculada considerando un grado de cumplimiento de objetivos del 100%.
En caso de cese voluntario por el consejero delegado, deberá comunicarlo a la sociedad con un preaviso de 2 meses y en caso de incumplimiento de dicho plazo, el consejero delegado deberá indemnizar a la sociedad con el importe de todas las retribuciones correspondientes al tiempo que reste por cumplir de dicho periodo.
En un escenario de cambio de control, el consejero delegado tendrá la opción, en el plazo de 2 meses, de cesar en su cargo, extinguiéndose de forma automática su contrato y percibiendo la indemnización indicada para los casos de cese por voluntad de la sociedad.
Siguiendo las prácticas de mercado para estos casos, como consecuencia del nombramiento del nuevo consejero delegado, el contrato laboral existente con anterioridad queda en suspensión. En el caso en que se produjera la extinción del mismo, devengaría en términos indemnizatorios la retribución existente a la fecha de su suspensión, considerándose, a los efectos oportunos, su antigüedad en Red Eléctrica de España, S.A.U. hasta la fecha de su nombramiento como consejero delegado (15 años), más el periodo de servicios – si los hubiera – tras su cese como consejero delegado; todo ello de acuerdo con la legislación laboral vigente. Tanto el régimen económico, como la suspensión de la relación laboral del nuevo consejero delegado, se encuentran en línea con lo aplicable al anterior consejero delegado.
(*) Aplicable también al consejero delegado como miembro del Consejo de Administración
A continuación, se desglosan los elementos de la política de remuneraciones de los consejeros en su condición de tales (por sus funciones no ejecutivas).
Los Estatutos sociales establecen el importe máximo de la retribución, global y anual, para todo el Consejo, en su condición de miembros del consejo ("en su condición de tales", según la LSC") y, por todos los conceptos no podrá exceder del importe equivalente al 1,5 por ciento de los beneficios líquidos de la compañía aprobados por la Junta General, permaneciendo vigente este límite en tanto no se apruebe su modificación.
La retribución anterior tiene, en todo caso, el carácter de máxima, correspondiendo al propio Consejo la distribución de su importe entre los conceptos previstos y entre los consejeros, en la forma, momento y proporción que determine atendiendo a las funciones y responsabilidades atribuidas a cada consejero, la pertenencia a Comisiones del Consejo y las demás circunstancias objetivas que considere relevantes.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones revisa periódicamente la política de remuneraciones del Consejo de Administración, en línea con las mejores prácticas de gobierno corporativo adoptadas por accionistas institucionales y conforme a las recomendaciones de los principales proxy advisors.
En este sentido, la Comisión ha realizado recientemente un benchmarking retributivo del cargo de presidente (no ejecutivo) del Consejo de Administración en el que se ha considerado un grupo de comparación formado por 12 de las 15 empresas del Ibex-35 que tienen nombrado un presidente no ejecutivo. Se han excluido las siguientes empresas:
En términos de dimensión, Red Eléctrica se sitúa entre el percentil 25 y la mediana del grupo de comparación.
El gráfico siguiente muestra la comparación entre la remuneración del presidente del Consejo de Administración de Red Eléctrica, respecto al grupo de comparación indicado:

Presidente del Consejo de Administración (no ejecutivo): Remuneración Total
En términos de remuneración, Red Eléctrica ocupa el percentil 52.
Adicionalmente, con el objetivo de revisar la adecuación de los niveles de remuneración de los consejeros (por sus funciones no ejecutivas) y asegurar que guardan una proporción razonable con la importancia de la sociedad, la situación económica que tuviera en cada momento y los estándares de empresas comparables, la Comisión ha considerado, entre otros factores, un análisis de competitividad externa realizado en 2019. En dicho estudio, desarrollado también con el apoyo del consultor independiente Willis Towers Watson, el grupo de comparación seleccionado ha sido el integrado por las compañías pertenecientes al índice bursátil Ibex-35, al igual que en años anteriores, dado que el Grupo Red Eléctrica pertenece a este índice y se sitúa en el entorno de la mediana del mismo por capitalización bursátil.
Nota: La remuneración total incluye el importe total de las remuneraciones devengadas por los presidentes no ejecutivos considerados en 2018.
El gráfico siguiente muestra la comparación entre la remuneración de los consejeros no ejecutivos de Red Eléctrica respecto al grupo de comparación indicado (*) en 2019:

(*) Incluye la remuneración que podría percibir un consejero por su pertenencia al Consejo, a la Comisión Delegada (en Red Eléctrica ésta no existe) y a una de las otras Comisiones consultivas del Consejo (bien la de Auditoría, bien la de Nombramientos y Retribuciones, bien otras que puedan estar constituidas).
La remuneración de los consejeros de la compañía por sus funciones no ejecutivas está en línea con la media del grupo de comparación (Ibex-35), de la misma manera que en años anteriores.
Vistos los análisis anteriores, basándose en los principios de prudencia retributiva y de vinculación de la remuneración de los consejeros por sus funciones no ejecutivas con su dedicación efectiva, con su responsabilidad y con el desarrollo de sus funciones como consejeros, el Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, ha decidido para el ejercicio 2020, mantener las mismas cuantías y conceptos retributivos que los establecidos para 2019 para los miembros del Consejo de Administración.
Por lo tanto, las cuantías y conceptos retributivos previstos para 2020 quedarían de la siguiente manera:
⚫ 130.742 euros anuales por consejero, que se abonarán mediante pagos mensuales, antes del día cinco (5) del mes siguiente.
⚫ 1.500 euros por la asistencia personal de cada consejero a cada una de las once (11) sesiones ordinarias previstas para el ejercicio 2020 en el calendario aprobado por el Consejo de Administración, pudiendo delegarse la representación sin pérdida del derecho a la percepción de la remuneración por asistencia, por causa debidamente justificada y como máximo dos (2) veces al año. Dicha cantidad se abonará dentro de los quince (15) días siguientes a la celebración de las sesiones.
La celebración de sesiones extraordinarias del Consejo de Administración, presenciales o por vía telemática, no dará lugar a retribución por este concepto.
⚫ 399.170 euros anuales, que se abonarán mediante pagos mensuales antes del día cinco (5) del mes siguiente.
El presidente del Consejo de Administración mantendrá adicionalmente la retribución anual establecida para todos los consejeros, como miembros del Consejo de Administración, en concepto de "Retribución Fija" y de "Remuneración por asistencia a las sesiones del Consejo de Administración".
⚫ 15.000 euros anuales, que se abonarán mediante pagos mensuales, antes del día cinco (5) del mes siguiente.
A los consejeros se les abonarán o reembolsarán los gastos razonables y debidamente justificados en que éstos hubieran incurrido como consecuencia de su asistencia a las reuniones y demás tareas directamente relacionadas con el desempeño de su cargo, tales como desplazamiento, alojamiento, manutención y cualquier otro en que puedan incurrir.
La política de remuneraciones de los consejeros, en su condición de miembros del Consejo de Administración sin funciones ejecutivas, no prevé la concesión de créditos, ni anticipos, ni garantías constituidas por la sociedad a favor de los mismos.
Tampoco se establece la participación de los consejeros sin funciones ejecutivas en sistemas de previsión social, ni indemnizaciones por sus funciones de supervisión y decisión colegiada en relación con la terminación de su vinculación con la sociedad por la condición de consejero no ejecutivo, ni la concesión de otras remuneraciones adicionales distintas a las indicadas anteriormente en este apartado del informe.
En 2020 la sociedad tiene contratadas pólizas de seguro de responsabilidad civil que cubren reclamaciones de terceros por posibles daños y/o perjuicios ocasionados por actos u omisiones en el ejercicio del cargo como miembros del Consejo de Administración.
Además de las retribuciones anteriores, conforme a la vigente política de remuneraciones de los consejeros, los consejeros de Red Eléctrica podrán percibir las retribuciones que, en su caso, proceda de otras sociedades del Grupo Red Eléctrica por su pertenencia al Consejo de Administración de dichas sociedades. Esas retribuciones estarán sujetas a los requisitos legales y estatutarios correspondientes aplicables a cada una de esas sociedades, y se informará debidamente de su percepción por los consejeros en el correspondiente Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Red Eléctrica. Es el caso de los consejeros de la compañía que sean también consejeros de Hispasat S.A., a excepción del presidente del Consejo y del consejero delegado de Red Eléctrica Corporación, S.A. que no perciben remuneración por ello.
Por último, cabe destacar que el Consejo de Administración de Red Eléctrica Corporación, S.A., en sesión celebrada el día 28 de enero de 2020, ha tomado razón de la renuncia irrevocable presentada por D. Jordi Sevilla Segura, como consejero y, en consecuencia, como presidente no ejecutivo del Consejo de Administración y de la compañía. El Consejo de Administración ha activado el Plan de Contingencia para la sucesión del Presidente, aprobado por el Consejo en su sesión de enero de 2019, por el cual:
La Consejera Independiente Coordinadora ha asumido la gestión del Consejo de Administración y presidirá temporalmente las reuniones del Consejo, y el consejero delegado, además de sus funciones propias, gestionará la representación de la compañía frente al Gobierno y la Administración del Estado. Además, este último será la persona responsable de comunicar información a los medios de comunicación, a los inversores y a los accionistas.
El presidente de la Comisión de Auditoría ha asumido temporalmente la gestión sobre las funciones de auditoría interna y control de riesgos.
Asimismo, se ha puesto en marcha el proceso de selección de un nuevo presidente, que deberá ser nombrado por parte del Consejo de Administración, tras la pertinente convocatoria de la Consejera Independiente Coordinadora y previo informe favorable de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
Adicionalmente cabe añadir que se mantienen plenas las funciones ejecutivas del consejero delegado, que garantizan el normal funcionamiento de la sociedad y su Grupo.
Por las funciones provisionales asumidas por la Consejera Independiente Coordinadora, por el consejero delegado y por el presidente de la Comisión de Auditoría, en relación con la ejecución del citado Plan de Contingencia para la sucesión del presidente del Consejo, a día de hoy no hay prevista una remuneración específica al entenderse incluida en la retribución ordinaria asignada respectivamente a dichos cargos.
Conforme a lo establecido en su contrato aprobado por el Consejo de Administración el 31 de julio de 2018, el presidente del Consejo saliente, Sr. Sevilla Segura, no percibió indemnización alguna con motivo de la terminación de su relación jurídico-mercantil con la compañía como presidente del Consejo de Administración y de la compañía.
A fecha de emisión de este informe, en relación con la remuneración de los consejeros correspondiente al ejercicio 2020, no existe ningún otro tipo de concepto retributivo distinto a los explicados en los anteriores apartados.
Durante 2019 se ha aplicado la política de remuneraciones aprobada por la Junta General Ordinaria de Accionistas de 22 de marzo de 2019.
En 2019 existen dos periodos diferentes a efectos de recoger las remuneraciones del consejero delegado:
De conformidad con lo establecido en la política de remuneraciones de los consejeros y en el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros, aprobados en la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada en marzo de 2019, y de conformidad con lo dispuesto en el contrato mercantil suscrito por el consejero delegado, aprobado por el Consejo de Administración de la compañía, el 28 de julio de 2015 y su Adenda de 5 de abril de 2016, la remuneración del consejero delegado consiste en una Retribución Fija Anual (399.170 euros en términos anuales), y en una Retribución Variable Anual target equivalente a un 75% de su retribución fija, en caso de cumplimiento del 100% de los objetivos preestablecidos al inicio del año por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, pudiendo alcanzar hasta un nivel máximo del 82,5% de la retribución fija.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su reunión de 22 de enero de 2019, estableció los objetivos y sus ponderaciones para el ejercicio 2019, que determinarían la Retribución Variable Anual del consejero delegado en dicho ejercicio, objetivos que se describieron en detalle en el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros aprobado por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada en 2019.
En concreto, la Retribución Variable Anual para el consejero delegado, establecida para 2019, se basó en el cumplimiento de una combinación de objetivos de empresa, cuantitativos y cualitativos, medidos a nivel de Grupo -que ponderan un 75% de su Retribución Variable Anual total- así como al cumplimiento de objetivos operativos ligados a los negocios del Grupo Red Eléctrica – que ponderan un 25% de su Retribución Variable Anual total. El 25% de la citada Retribución Variable Anual se hace efectivo en acciones de la compañía, existiendo el compromiso de no enajenarlas durante al menos 5 años.
Adicionalmente, el consejero delegado ha participado en el plan de Retribución Variable Plurianual para directivos para el período 2014-2019, aprobado por el Consejo el 24 de febrero de 2015 previo informe favorable de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones celebrada el 17 de febrero de 2015, ligado a la consecución de los objetivos establecidos en el Plan Estratégico del Grupo para dicho período y sujeto al cumplimiento de determinadas condiciones, expuestas en detalle en el último Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de 2019.
En relación con la retribución variable, de corto y de largo plazo, en el periodo de 1 de enero a 27 de mayo de 2019 no se han producido circunstancias que justifiquen la consideración por parte de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de la aplicación de cláusulas de reducción, cancelación o devolución de la citada retribución variable.
Adicionalmente, el consejero delegado ha participado en un sistema de previsión social de aportación definida durante el periodo de 1 de enero a 27 de mayo de 2019. La obligación de Red Eléctrica se limitaba a la realización de una contribución anual equivalente a un 20% de la Retribución Fija Anual del consejero delegado.
El consejero delegado tenía derecho a un complemento en efectivo en concepto de beneficios sociales, cuyo importe, en términos anuales, fue de 60.000 euros.
En dicho periodo no existen en el Balance de la sociedad créditos, ni anticipos concedidos, ni garantías constituidas por la sociedad a favor del consejero delegado.
Según el contrato del consejero delegado, tenía derecho a una indemnización para el caso de extinción de la relación contractual motivado por el cese por voluntad de Red Eléctrica, (siempre que el cese no produzca como consecuencia de una conducta dolosa o gravemente negligente por parte del consejero delegado en el ejercicio de sus funciones, que produzca daños o perjuicios a la compañía) y sin necesidad de preaviso alguno de la compañía. También procederá la citada indemnización si el cese se produce por voluntad del consejero delegado debido a un incumplimiento grave y culpable de la sociedad o a una modificación sustancial de sus funciones por causa no imputable al propio consejero delegado. El importe de la indemnización será equivalente a una anualidad de Retribución Fija, más el importe correspondiente a su remuneración variable como consejero delegado, calculada considerando un grado de cumplimiento de objetivos del 100%.
Por último, el consejero delegado tenía derecho, adicionalmente, a una Remuneración Fija (130.742 euros en términos anuales) y a dietas por su asistencia al Consejo (1.500 euros por sesión ordinaria) como miembro del Consejo de Administración.
El Consejo de Administración del 27 de mayo de 2019 acordó el cese de D. Juan Francisco Lasala Bernad como consejero delegado y primer ejecutivo y aceptó su dimisión como consejero ejecutivo de la compañía, previo informe favorable de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones celebrada ese mismo día.
Como consecuencia de la terminación de la relación jurídico-mercantil con la compañía, el 27 de mayo, se procedió a liquidar a favor del consejero delegado los importes correspondientes a la liquidación e indemnización mercantil, conforme a lo establecido en su contrato. Los importes correspondientes fueron informados previamente al Consejo por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
Por lo que respecta a la liquidación mercantil de los correspondientes conceptos retributivos, expuestos en este apartado y previstos en su contrato mercantil, ascendió a 853 miles de euros. Y en cuanto a la indemnización ésta ascendió a 818 miles de euros y es equivalente a una anualidad de la retribución fija que D. Juan Francisco Lasala Bernad recibía en concepto de consejero delegado más el importe correspondiente a una anualidad de su retribución variable calculada en el grado de cumplimiento de objetivos del 100%.
Sin perjuicio de la retribución percibida del 1 de enero al 26 de mayo de 2019 como empleado de la sociedad, la remuneración fija del consejero delegado en 2019 ascendió a 208.871 euros, resultado de considerar la retribución fija establecida en términos anuales por el Consejo de Administración (350.000 euros), dentro del límite máximo establecido en la política de remuneraciones (399.170 euros), y prorrateada por el periodo desde el 27 de mayo hasta el 31 de diciembre de 2019. Dicha retribución fija se ha reducido ligeramente respecto al consejero delegado saliente, en aplicación del principio de prudencia y moderación retributiva.
El consejero delegado ha tenido asignada una Retribución Variable Anual target equivalente a un 75% de su retribución fija, en caso de cumplimiento del 100% de los objetivos preestablecidos al inicio del año por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, pudiendo alcanzar hasta un nivel máximo del 82,5% de la retribución fija.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su reunión de 22 de enero de 2019, estableció los objetivos y sus ponderaciones para el ejercicio 2019, que determinarían la remuneración variable anual del consejero delegado en dicho periodo. Estos objetivos, aplicables también al nuevo consejero delegado, son los mismos que se establecieron para el anterior consejero delegado y que se describieron en detalle en el Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros aprobado por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada en 2019, pues la Comisión de Nombramientos y Retribuciones no los ha modificado. La Comisión ha realizado un seguimiento trimestral del cumplimiento de los mismos a lo largo del año y, una vez finalizado el ejercicio, ha llevado a cabo un proceso de evaluación de su cumplimiento, en el que ha contado con el soporte de la Dirección Corporativa Económico-Financiera, responsable de la función de control de gestión del Grupo, y que ha facilitado información sobre los resultados auditados de la sociedad y del Grupo consolidado. En esta evaluación la Comisión también ha considerado el posible impacto de los objetivos en el largo plazo y cualquier riesgo asociado a los mismos.
La Retribución Variable Anual para el consejero delegado, establecida para 2019, está basada en el cumplimiento de una combinación de objetivos de empresa, cuantitativos y cualitativos, medidos a nivel de Grupo -que ponderan un 75% de su retribución variable anual total- así como al cumplimiento de objetivos operativos ligados a los negocios del Grupo Red Eléctrica – que ponderan un 25% de su retribución variable anual total-. La siguiente tabla detalla los objetivos fijados, sus ponderaciones y la consecución alcanzada en cada uno de ellos, tras la evaluación realizada en la sesión de 21 de febrero de 2020 por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, para determinar la cuantía de la retribución variable anual a abonar:
| Tipología de Objetivos y Ponderación |
Métricas | Ponderación | Rango de Performance | Grado de Consecución Alcanzado |
Nivel de Pago del Incentivo para cada Métrica |
|---|---|---|---|---|---|
| 1. Resultado Neto | 30% | 95% - 100% | 100% | 100% | |
| 2. ROIC | 30% | 95% - 100% | 80% | 80% | |
| DE EMPRESA (75%) |
3. Inversión Total en Red de Transporte y Diversificación del Grupo |
20% | 85% - 300% | 200% | 200% |
| 4. Aprobación y Comunicación a los grupos de interés del nuevo Plan Estratégico del Grupo |
20% | Aprobación: 31/03 - 28/02 Comunicación: 31/07 - 30/06 |
100% | 100% | |
| SUBTOTAL | 100% | 110% (*) | 110% (*) | ||
| 1. Desarrollo y rentabilidad del TSO |
48% | Hasta 190% Valoración por la CNR(**) |
82,9% | 82,9% | |
| 2. Otros negocios | 6% | Hasta 100% Valoración por la CNR |
100% | 100% | |
| OPERATIVOS LIGADOS A LOS |
3. Eficiencia | 10% | Hasta 160% Valoración por la CNR |
160% | 160% |
| NEGOCIOS DEL GRUPO (25%) |
4. Reorganización societaria y de los negocios del Grupo |
17% | Hasta 129% Valoración por la CNR |
95,3% | 95,3% |
| 5. Seguridad y Personas |
5% | Hasta 100% Valoración por la CNR |
100% | 100% | |
| 6. Sostenibilidad | 14% | Hasta 114% Valoración por la CNR |
107,1% | 107,1% | |
| SUBTOTAL | 100% | 98,0% | 98,0% | ||
| máximo global) | TOTAL (previo a la aplicación del límite | 100% | 107,0% | 107,0% | |
| TOTAL 107,0% (una vez aplicado el límite máximo global) |
(*) La suma del cumplimiento de los objetivos asciende al 114%. No obstante, de acuerdo con el procedimiento vigente, el cumplimiento máximo de los objetivos de Empresa se limita al 110%. (**) CNR= Comisión de Nombramientos y Retribuciones
Para determinar el nivel de consecución alcanzado y el importe de la retribución variable anual, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha considerado las siguientes cuestiones:
La suma del cumplimiento de los objetivos de Empresa asciende al 114%. No obstante, de acuerdo con el procedimiento vigente, el cumplimiento máximo de los objetivos de Empresa se limita al 110%.
Tras la evaluación del cumplimiento de los objetivos anteriores, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha considerado un cumplimiento global de los objetivos de empresa del 110%.
Respecto al nivel de consecución alcanzado y el importe del incentivo aplicable al ejercicio 2019 en relación con los objetivos operativos ligados a los negocios del Grupo Red Eléctrica, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha tenido en cuenta las siguientes cuestiones:
Desarrollo y rentabilidad del TSO ("Transmission System Operator"): la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, una vez evaluados los resultados obtenidos, ha considerado que el grado de cumplimiento ponderado de este objetivo es de un 82,9%.
Tras la evaluación del cumplimiento de los objetivos anteriores, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha considerado un cumplimiento global de los objetivos operativos ligados a los negocios del Grupo Red Eléctrica, del 98%.
Con base en lo anterior, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha considerado un cumplimiento global de la totalidad de los objetivos – tanto los de empresa como los operativos ligados a los negocios del Grupo- del 107%.
En consecuencia, la remuneración variable anual del consejero delegado en 2019, por el periodo desde el 27 de mayo al 31 de diciembre de 2019, asciende a 167.619 euros (80,25% de la retribución fija anual devengada en dicho período).
Un 75% del importe de la retribución variable bruta anual, 125.714 euros, se liquidará en efectivo y el 25% restante, 41.905 euros, se entregará en acciones de la sociedad. Además, el consejero delegado ha asumido el compromiso frente a la sociedad, mientras ostente dicha condición, de mantener la titularidad de las acciones recibidas durante, al menos, cinco años. El citado importe a remunerar en acciones de la sociedad equivaldría a 2.163 acciones, considerando una estimación del precio de cotización de la acción de 19,37 euros/acción – conforme a la última comunicación realizada por la sociedad a la CNMV en relación con los sistemas retributivos en acciones del consejero delegado-, información que deberá actualizarse cuando se conozca el precio real de compra de la acción conforme a su cotización en la Bolsa de Valores el día de la entrega efectiva de las mismas al consejero delegado, previsiblemente en el último trimestre del año 2020, de acuerdo con el programa anual de entrega de acciones para empleados.
A 31 de diciembre de 2019, el consejero delegado es titular de 5.017 acciones de la compañía, equivalentes a un 0,0009% del capital social.
El 31 de diciembre de 2019 ha finalizado el Plan 2014-2019 de Retribución Variable Plurianual aprobado por el Consejo de Administración el 24 de febrero de 2015, previo informe favorable de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones celebrada el 17 de febrero de 2015, y contemplado en la política de remuneraciones de los consejeros y en el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros, aprobados por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada en 2019.
Entre los directivos participantes en el Plan desde su inicio está el consejero delegado que tiene asignada una remuneración target por este concepto equivalente a 1,8 veces de su Retribución Fija Anual para la duración total del Plan de Retribución Variable Plurianual, de conformidad con lo establecido en la política de remuneraciones aprobada aplicable a los consejeros ejecutivos.
El Plan ha tenido una duración de 6 años, en línea con el Plan Estratégico 2014/2019 del Grupo Red Eléctrica, y se ha extendido desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2019.
El derecho a recibir el incentivo en efectivo estaba condicionado al cumplimiento de objetivos vinculados al Plan Estratégico 2014/2019, así como a la permanencia en la compañía durante la vigencia del plan. Una vez finalizado el periodo de medición del Plan, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha realizado, en el primer trimestre del ejercicio 2020, una evaluación del cumplimiento alcanzado en cada uno de los objetivos y del Plan en su conjunto. Para ello, la Comisión ha contado con el soporte de la Dirección Corporativa Económico-Financiera, responsable de la función de control de gestión del Grupo, que ha facilitado información sobre los resultados auditados de la sociedad y del Grupo consolidado. Entre otras cuestiones, para determinar el nivel de consecución alcanzado, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su reunión de 21 de febrero de 2020, ha considerado las siguientes cuestiones:
Como resultado, la Comisión ha considerado un grado de consecución ponderado del objetivo del 5%.
⚫ Respecto al 10% restante, que depende del cumplimiento del Programa de Sostenibilidad, la Comisión ha evaluado el desarrollo de 36 proyectos del Programa, lo que ha supuesto un grado de consecución ponderado del objetivo del 13%.
Tras la evaluación del cumplimiento de los objetivos anteriores, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha considerado un cumplimiento global de los objetivos del Plan plurianual de Largo Plazo 2014-2019, del 93,8%.
No obstante, está pendiente de aprobarse la cuantificación del incentivo derivado del Plan, a favor de los directivos que participan en el mismo, entre los que se encuentra el consejero delegado, circunstancia que tendrá lugar en el primer trimestre de 2020 por acuerdo de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, una vez aprobado el cumplimiento de los correspondientes objetivos por dicha Comisión.
En cualquier caso, el importe que corresponda al consejero delegado deberá ser prorrateado por el periodo en que ha ostentado el cargo como tal, es decir, del 27 de mayo al 31 de diciembre de 2019.
Desde su nombramiento como consejero delegado, no se han producido circunstancias que justifiquen la consideración por parte de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de la aplicación de cláusulas de reducción, cancelación o devolución de la retribución variable.
Desde su nombramiento el 27 de mayo de 2019 el consejero delegado participa en un sistema de previsión social de aportación definida.
La obligación de Red Eléctrica se limita a la realización de una contribución anual equivalente a un 20% de la retribución fija anual del consejero delegado. El importe de la aportación realizada en 2019 por la compañía ascendió a 41.774 euros para el periodo indicado. El importe de los fondos acumulados, a 31 de diciembre de 2019, asciende a 41.774 euros.
Las características del sistema de previsión social del consejero delegado han sido detalladas de forma pormenorizada en el apartado de "Política de remuneraciones del Consejero ejecutivo (consejero delegado) en 2020" del presente Informe.
El consejero delegado ha percibido un complemento en efectivo en concepto de beneficios sociales, cuyo importe asciende a 35.806 euros para el periodo indicado.
A 31 de diciembre de 2019, no existen en el Balance de la sociedad créditos, ni anticipos concedidos, ni garantías constituidas por la sociedad a favor del consejero delegado.
(*)Aplicable también al consejero delegado por sus funciones como consejero.
A continuación se incluye una tabla con las remuneraciones del Consejo de Administración, expresadas como porcentajes de los beneficios netos del Grupo de cada ejercicio, en los últimos 10 años, y un gráfico que muestra la evolución de los mismos:

En el ejercicio 2019, el importe de la retribución global del Consejo de Administración ascendió a 2.505 miles de euros (2.485 miles de euros en 2018).
El incremento, con respecto al ejercicio anterior, en la "Retribución del Consejo de Administración por todos los conceptos" se debe a que, al constituirse la Comisión de Sostenibilidad en noviembre de 2018, el cargo de presidente de la Comisión se retribuyó en 2018 desde el momento de la constitución hasta el cierre del ejercicio, y en 2019 se ha retribuido todo el ejercicio.
Adicionalmente, en 2018 hubo determinados meses en los que las Comisiones no tenían nombrados a la totalidad de sus miembros, mientras que, durante todo el ejercicio 2019, todas las Comisiones han tenido nombrados a la totalidad de sus miembros.
El Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, acordó, para el ejercicio 2019, mantener las mismas cuantías y conceptos retributivos que los establecidos para 2018 para los miembros del Consejo de Administración, quedando de la siguiente manera:
⚫ 130.742 euros anuales por consejero.
⚫ 1.500 euros por la asistencia personal de cada consejero a cada una de las once (11) sesiones ordinarias previstas y mantenidas en el ejercicio 2019, de acuerdo con el calendario aprobado por el Consejo de Administración y cuyo total asciende a 16.500 euros. Aunque se han celebrado dos sesiones extraordinarias en 2019, éstas no dan lugar, en ningún caso, a retribución en concepto de dietas.
⚫ 15.000 euros anuales.
En 2019 la sociedad tuvo contratadas pólizas de seguro de responsabilidad civil que cubren reclamaciones de terceros por posibles daños y/o perjuicios ocasionados por actos u omisiones en el ejercicio del cargo como miembros del Consejo de Administración.
Además de las retribuciones anteriores, conforme a lo establecido en la política de remuneraciones de los consejeros, los consejeros de Red Eléctrica podrán percibir las retribuciones que, en su caso, proceda de otras sociedades del Grupo Red Eléctrica por su pertenencia al Consejo de Administración de dichas sociedades. Esas retribuciones estarán sujetas a los requisitos legales y estatutarios correspondientes aplicables a cada una de esas sociedades, y se informará debidamente de su percepción por los consejeros en el correspondiente Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Red Eléctrica. En este sentido, cabe destacar que en la tabla recogida en el Anexo III Estadístico, según modelo Circular 2/2018 CNMV que figura al final del presente informe, en el apartado C).1. b) denominado "Retribuciones a los consejeros de la sociedad por su pertenencia a consejos de otras sociedades del grupo", se recoge la remuneración asignada en 2019 a los consejeros de la compañía que forman parte del Consejo de Administración de la sociedad Hispasat S.A, a excepción del presidente del Consejo y del consejero delegado de REC que no perciben remuneración por ello.
No existe ninguna retribución suplementaria devengada por los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
La finalidad de la política retributiva aplicable a este colectivo es servir como instrumento que propicie la consecución de los objetivos estratégicos de creación de valor de la empresa para reconocer adecuadamente a los mejores profesionales. La retribución de los directivos de primer nivel está alineada con los principios y criterios contenidos en la política de remuneraciones aplicable a los consejeros ejecutivos (consejero delegado) detallada en el presente documento.
Se recogen, a continuación, los conceptos que integran la política retributiva aplicable por la compañía a estos directivos:
La remuneración fija se establece de forma coherente con la responsabilidad y el liderazgo dentro de la organización y en línea con el mercado de compañías comparables. Esta cantidad fija debe constituir una parte suficiente de la remuneración total para mantener un mix retributivo adecuado y equilibrado.
La remuneración variable anual está ligada a objetivos medibles y cuantificables, que han sido aprobados por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones al comienzo del ejercicio y han sido objeto de un seguimiento trimestral durante el mismo. Corresponde también a la citada Comisión, finalizado el ejercicio, la evaluación del cumplimiento de los objetivos previamente establecidos. Los referidos objetivos responden a estrategias y criterios contemplados en el Plan Estratégico aprobado por el Consejo de Administración.
Los directivos de primer nivel participan en el Plan de remuneración variable plurianual, al igual que el consejero delegado, aprobado por el Consejo de Administración el 24 de febrero de 2015, previo informe favorable de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones celebrada el 17 de febrero de 2015.
Los aspectos más destacados de dicho Plan han sido explicados previamente en los apartados del presente informe aplicables al consejero delegado, tanto en relación con el Plan retributivo 2014-2019 recientemente finalizado, como con el diseño del futuro Plan retributivo de largo plazo que se está llevado a cabo.
Conviene recordar que está pendiente de aprobarse la cuantificación del incentivo derivado del Plan, a favor de los directivos que participan en el mismo, circunstancia que tendrá lugar en el primer trimestre de 2020 por acuerdo de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, una vez aprobado el cumplimiento de los correspondientes objetivos por dicha Comisión.
Se permite destinar todo o parte de una bolsa de retribución a distintas alternativas de productos en especie. En dicha bolsa se incluyen productos que en cada momento tienen un beneficio fiscal.
A 31 de diciembre de 2019 existen préstamos concedidos a estos directivos, con el detalle que se explica en el apartado 8.3 siguiente.
A 31 de diciembre de 2019 no existen anticipos concedidos a estos directivos.
No existen cláusulas de garantía o blindaje, para casos de despido a favor de los directivos de primer nivel que actualmente prestan sus servicios en el Grupo. En caso de extinción de la relación laboral, la indemnización que les correspondería a dichos directivos sería calculada conforme a la normativa laboral aplicable. Los contratos de estos directivos han sido aprobados por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, y se ha dado cuenta de ellos al Consejo de Administración.
Los directivos de primer nivel que prestan servicios en el Grupo a 31 de diciembre de 2019, se encuentran incluidos en un Plan de Gestión Estructural puesto en marcha por la sociedad en 2015, aprobado por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y por el Consejo de Administración. Dicho Plan, de aplicación a una parte del equipo directivo, tiene por objetivo gestionar el relevo y gestión de las posiciones directivas afectadas por el mismo, de una forma ordenada y eficiente. La participación en el citado Plan se encuentra sujeta al cumplimiento de determinadas condiciones y podrá ser modificado o revocado en determinados supuestos, entre los que se incluye una evolución desfavorable de forma consecutiva de los resultados del Grupo.
Los sistemas retributivos de los consejeros en su condición de miembros del Consejo de Administración (por sus funciones no ejecutivas) no incorporan elementos de medición que incentiven la toma de riesgos excesivos por parte de la sociedad, dado que se limitan a remuneraciones fijas por pertenencia y asistencia al Consejo de Administración y a sus Comisiones.
En relación con el consejero ejecutivo (consejero delegado), la política de remuneraciones cuenta con las siguientes características que permiten reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la compañía, así como evitar conflictos de interés:
colectivos están incluidos los profesionales cuyas actividades pueden tener una repercusión material sobre el perfil de riesgos de la entidad.
Además, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones valorará si, ante circunstancias excepcionales de este tipo, puede proponerse al Consejo de Administración incluso la extinción de la relación contractual con el/los beneficiario/s o responsable/s correspondiente.
A continuación se muestra un resumen del total de las remuneraciones brutas devengadas y exigibles, en euros, de los consejeros delegados durante el ejercicio 2019:
| Consejero | Cargo | Retribución fija | Retribución variable anual |
Remuneración por sus funciones de consejero |
Otras retribuciones |
Total |
|---|---|---|---|---|---|---|
| D. Juan Francisco Lasala Bernad(1) |
Consejero Delegado |
162.029 | 122.246(2) | 59.070(3) | 57.099(4) | 400.444 |
| D, Roberto García Merino(5) |
Consejero Delegado |
208.871 | 156.653(6) | 88.172(7) | 77.581(8) | 531.277 |
(1) Las cuantías son las correspondientes al periodo comprendido entre el 1 de enero y el 27 de mayo de 2019, fecha en la que el Consejo de Administración acordó su cese como consejero delegado y primer ejecutivo y aceptó su dimisión como consejero ejecutivo.
(2) Esta cantidad está estimada suponiendo un devengo de la retribución variable anual en base a un grado de cumplimiento del 100%.
(3) Incluye la retribución fija como consejero (53.070 euros) y dietas por asistencia y dedicación al Consejo correspondientes a las 4 sesiones entre enero y abril (6.000 euros) de 2019.
(4) Incluye la aportación realizada al sistema de previsión social en 2019 (32.599 euros) y el complemento en efectivo en concepto de beneficios sociales (24.500 euros).
(5) Las cuantías son las correspondientes al periodo entre su nombramiento el 27 de mayo y el 31 de diciembre de 2019.
(6) Esta cantidad, recogida en la memoria de las Cuentas Anuales del ejercicio 2019, está estimada suponiendo un devengo de la retribución variable anual en base a un grado de cumplimiento del 100%. La Comisión de Nombramientos y Retribuciones celebrada el 21 de febrero de 2020, una vez evaluado el cumplimiento global de los objetivos del ejercicio 2019, ha aprobado un grado de cumplimiento del 107%, con lo que resulta una retribución variable efectiva a favor del consejero delegado de 167.619 euros .El total de la retribución del consejero delegado, considerando esta retribución variable efectiva, asciende a 542.243 euros. (7) Incluye la retribución fija como consejero (77.672 euros) y dietas por asistencia y dedicación al Consejo correspondientes a las 7 sesiones entre mayo y diciembre (10.500 euros) de 2019.
(8) Incluye la aportación realizada al sistema de previsión social en 2019 (41.774 euros) y el complemento en efectivo en concepto de beneficios sociales (35.807 euros).
El importe total de la retribución del Consejo de Administración para el ejercicio 2019, excluida la remuneración de los consejeros ejecutivos por su relación contractual (funciones ejecutivas) con la sociedad, supone por todos los conceptos el 0,35%1 de los beneficios netos del Grupo Red Eléctrica atribuidos a la sociedad dominante, para el ejercicio 2019.
Las remuneraciones devengadas por los miembros del Consejo de Administración de la sociedad en el ejercicio 2019, en miles de euros, individualizadas por consejero, de conformidad con las Cuentas Anuales correspondientes al ejercicio 2019, son las siguientes:
| Miles de euros | Retribución fija | Retribución variable |
Dietas por Asistencia al Consejo |
Dedicación a comisiones |
Presidente de Comisión Consejo y CIC |
Otras retribuciones (7) |
Total 2019 |
Total 2018 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| D. Jordi Sevilla Segura | 530 | - | 16 | - | - | - | 546 | 228 |
| D. Roberto García Merino (1) | 287 | 157 | 10 | - | - | 77 | 531 | - |
| D. Juan Lasala Bernad (2) | 215 | 122 | 6 | - | - | 57 | 400 | 986 |
| Dña. Carmen Gómez de Barreda Tous de Monsalve |
131 | - | 16 | 28 | 30 | - | 205 | 192 |
| Dña. María José García Beato | 131 | - | 16 | 28 | - | - | 175 | 175 |
| Dña. Socorro Fernández Larrea | 131 | - | 16 | 28 | 12 | - | 187 | 175 |
| D. Antonio Gómez Ciria | 131 | - | 16 | 28 | 15 | - | 190 | 190 |
| D. José Luis Feito Higueruela (3) | 29 | - | 3 | 7 | 4 | - | 43 | 190 |
| D. Arsenio Fernández de Mesa Díaz del Río | 131 | - | 16 | 28 | - | - | 175 | 175 |
| D. Alberto Carbajo Josa | 131 | - | 16 | 28 | - | - | 175 | 175 |
| Dña. Mercedes Real Rodrigálvarez (4) | 131 | - | 16 | 28 | - | - | 175 | 175 |
| Dña. María Teresa Costa Campi | 131 | - | 16 | 28 | - | - | 175 | 43 |
| D. Antonio Gómez Expósito | 131 | - | 16 | 28 | - | - | 175 | 43 |
| D. José Juan Ruiz Gómez (5) | 102 | - | 14 | 21 | - | - | 137 | - |
| Otros miembros del Consejo (6) | - | - | - | - | - | - | - | 576 |
| Total Remuneraciones devengadas | 2.342 | 279 | 193 | 280 | 61 | 134 | 3.289 | 3.323 |
(1) Nuevo Consejero desde la celebración del Consejo de Administración de 27 de mayo de 2019.
(2) Causa baja como Consejero desde la celebración del Consejo de Administración de 27 de mayo de 2019.
(3) Causa baja como Consejero desde la celebración del Consejo de Administración de 22 de marzo de 2019.
(4) Cantidades percibidas por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).
(5) Nuevo Consejero desde la celebración del Consejo de Administración de 22 de marzo de 2019.
(6) Miembros del Consejo durante el ejercicio 2018 que causaron baja.
(7) Incluyen costes derivados de los beneficios sociales que tiene el Consejero delegado incluidos en su retribución.
Los importes recogidos en el cuadro anterior no incluyen, en 2019, la indemnización asociada al cese del consejero delegado, Sr. Lasala Bernad, por importe de 818 miles de euros, ni, en 2018, la indemnización del presidente saliente Sr. Folgado Blanco, por importe de 718 miles de euros.
1 El beneficio neto del Grupo RED ELÉCTRICA atribuido a la sociedad dominante correspondiente al ejercicio 2019 ha ascendido a 718.040 miles de euros (704.558 miles de euros en el ejercicio 2018).
Tampoco se recoge en el cuadro anterior ningún importe referido al Plan plurianual de Largo Plazo 2014-2019, al que tiene derecho el consejero delegado por el periodo desde 27 de mayo a 31 de diciembre de 2019, y ello porque está pendiente de aprobarse la cuantificación del incentivo derivado del Plan, a favor de los directivos que participan en el mismo, entre los que se encuentra el consejero delegado, circunstancia que tendrá lugar en el primer trimestre de 2020 por acuerdo de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, una vez aprobado el cumplimiento de los correspondientes objetivos por dicha Comisión.
Los directivos de primer nivel que han prestado sus servicios a lo largo del ejercicio 2019 son los siguientes:
| Nombre | Cargo | Periodo de devengo en el ejercicio 2019 |
|---|---|---|
| Eva Pagán Díaz | Director General de Transporte | De 1 de enero a 31 de diciembre de 2019 |
| Miguel Duvison García | Director General de Operación | De 1 de enero a 31 de diciembre de 2019 |
En el ejercicio 2019 la retribución total devengada de los directivos de primer nivel ha ascendido a 664 miles de euros y figura registrada como Gastos de personal de la Cuenta de Resultados Consolidada. Estas cantidades incluyen el devengo lineal de la retribución variable anual considerando el cumplimiento de los objetivos fijados para cada ejercicio. Una vez valorados los cumplimientos de los citados objetivos, se procede a hacer efectiva dicha retribución variable en los primeros meses del ejercicio siguiente, ajustándose esta retribución al cumplimiento real.
De la retribución total devengada de estos directivos corresponde a aportaciones a seguros médicos, seguros de vida y planes de pensiones 14 miles de euros.
A 31 de diciembre de 2019 existen préstamos concedidos a estos directivos con un saldo vivo de 123 miles de euros, con vencimiento en 2024 y en las mismas condiciones que se aplica a los préstamos concedidos al personal de Convenio, siendo el tipo de interés equivalente aplicable a este préstamo del 0,65%.
A 31 de diciembre de 2019 el Grupo tiene contratadas pólizas de seguro de responsabilidad civil que cubren reclamaciones de terceros por posibles daños y/o perjuicios ocasionados por actos u omisiones en el ejercicio del cargo como directivos del Grupo. Estas pólizas cubren tanto a la totalidad de los directivos como a los administradores del Grupo, el coste anual en 2019 de las primas asciende a 142 miles de euros incluidos los impuestos. Estas primas son calculadas en base a la naturaleza de la actividad del Grupo y de sus magnitudes económico– financieras, con lo que no es factible su diferenciación entre directivos y administradores, ni su individualización.
La tabla siguiente recoge los porcentajes de voto obtenidos en las Juntas Generales Ordinarias de Accionistas de la compañía celebradas desde 2016, en relación con el Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros:
| Informe anual sobre remuneraciones de los consejeros: votos (%) | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Fecha de la Junta | A favor | En contra | Abstención | ||
| 22/03/2019 | 66,426% | 0,862% | 32,712%(1) | ||
| 22/03/2018 | 65,090% | 1,110% | 33,800%(2) | ||
| 31/03/2017 | 64,618% | 0,705% | 34,677%(3) | ||
| 15/04/2016 | 65,925% | 0,545% | 33,530%(4) |
10. Información complementaria de las tablas del Anexo III Estadístico del Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros de las sociedades anónimas cotizadas (Circular 2/2018, de 12 de junio, de la CNMV), correspondiente a Red Eléctrica Corporación S.A. que figura como anexo del presente Informe
A continuación, se introducen las siguientes notas aclaratorias a las tablas del citado Anexo III Estadístico:
en concepto de consejero ejecutivo más el importe correspondiente a una anualidad de su retribución variable calculada con un grado de cumplimiento de objetivos del 100%.
En coherencia, asimismo, con la información recogida en las citadas Cuentas Anuales de la sociedad, correspondientes al ejercicio 2019, tampoco se ha recogido en la tabla del apartado C.1.a) i), el importe de la indemnización liquidada a favor el anterior consejero delegado, D. Juan Francisco Lasala Bernad, tras su cese como consejero delegado y primer ejecutivo, el 27 de mayo de 2019, y que ascendió a 818 miles de euros, equivalente a una anualidad de la retribución fija que recibía en concepto de consejero delegado más el importe correspondiente a una anualidad de su retribución variable calculada en el grado de cumplimiento de objetivos del 100%. No obstante, la referencia a la citada indemnización se ha recogido en diversos apartados del presente informe.
Tras la evaluación del cumplimiento de los objetivos contemplados en el referido Plan, realizada por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su reunión del 21 de febrero de 2020, ha considerado un cumplimiento global de los objetivos del Plan plurianual de Largo Plazo 2014-2019, del 93,8%.
No obstante, está pendiente de aprobarse la cuantificación del incentivo derivado del Plan, a favor de los directivos que participan en el mismo, entre los que se encuentra el consejero delegado, circunstancia que tendrá lugar en el primer trimestre de 2020 por acuerdo de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, una vez aprobado el cumplimiento de los correspondientes objetivos por dicha Comisión.
En cualquier caso, el importe que corresponda al consejero delegado deberá ser prorrateado por el periodo en que ha ostentado el cargo como tal, es decir, del 27 de mayo al 31 de diciembre de 2019.
Dado que en la fecha de aprobación de este Informe dicho precio no es conocido, en la tabla C.1.a).ii), se ha incluido un número de acciones considerando una estimación del precio de cotización de la acción de 19,37 euros/acción –conforme a la última comunicación realizada por la sociedad a la CNMV en relación con los sistemas retributivos en acciones del consejero delegado-. La estimación del número de acciones recogida en la tabla (2.168 acciones) se ha calculado considerando el importe redondeado en miles de euros (42 miles de euros), según exige la citada tabla, si bien dicho número se reduce (hasta 2.163 acciones) si se considera el importe exacto en euros (41.905 euros).
Anexo III Estadístico del Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros de las sociedades anónimas cotizadas (Circular 2/2018, de 12 de junio, de la CNMV), correspondiente a Red Eléctrica Corporación S.A.

| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2019 | |
|---|---|---|
| CIF: | A-78003662 | |
| Denominación Social: | ||
| RED ELECTRICA CORPORACION, S.A. | ||
Domicilio social:
PASEO DEL CONDE DE LOS GAITANES, 177 (LA MORALEJA-ALCOBENDAS) MADRID

B.4. Informe del resultado de la votación consultiva de la junta general al informe anual sobre remuneraciones del ejercicio anterior, indicando el número de votos negativos que en su caso se hayan emitido
| Número | % sobre el total | |
|---|---|---|
| Votos emitidos | 340.375.115 | 63,06 |
| Número | % sobre emitidos | |
| Votos negativos | 2.933.661 | 0,86 |
| Votos a favor | 226.097.706 | 66,43 |
| Abstenciones | 111.343.748 | 32,71 |

| Nombre | Tipología | Periodo de devengo ejercicio 2019 |
|---|---|---|
| Don JORDI SEVILLA SEGURA | Presidente otro externo | Desde 01/01/2019 hasta 31/12/2019 |
| Don ROBERTO GARCÍA MERINO | Consejero Delegado | Desde 27/05/2019 hasta 31/12/2019 |
| Don JUAN FRANCISCO LASALA BERNAD | Consejero Delegado | Desde 01/01/2019 hasta 27/05/2019 |
| Doña CARMEN GÓMEZ DE BARREDA TOUS DE MONSALVE | Consejero Independiente | Desde 01/01/2019 hasta 31/12/2019 |
| Doña MARÍA JOSÉ GARCÍA BEATO | Consejero Independiente | Desde 01/01/2019 hasta 31/12/2019 |
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA | Consejero Independiente | Desde 01/01/2019 hasta 31/12/2019 |
| Don JOSÉ LUIS FEITO HIGUERUELA | Consejero Independiente | Desde 01/01/2019 hasta 22/03/2019 |
| Don ANTONIO GÓMEZ CIRIA | Consejero Independiente | Desde 01/01/2019 hasta 31/12/2019 |
| Don ARSENIO FERNÁNDEZ DE MESA Y DÍAZ DEL RÍO | Consejero Independiente | Desde 01/01/2019 hasta 31/12/2019 |
| Don ALBERTO FRANCISCO CARBAJO JOSA | Consejero Independiente | Desde 01/01/2019 hasta 31/12/2019 |
| Doña MERCEDES REAL RODRIGÁLVAREZ | Consejero Dominical | Desde 01/01/2019 hasta 31/12/2019 |
| Doña MARÍA TERESA COSTA CAMPI | Consejero Dominical | Desde 01/01/2019 hasta 31/12/2019 |
| Don ANTONIO GÓMEZ EXPÓSITO | Consejero Dominical | Desde 01/01/2019 hasta 31/12/2019 |
| Don JOSÉ JUAN RUIZ GÓMEZ | Consejero Independiente | Desde 22/03/2019 hasta 31/12/2019 |

| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2019 |
Total ejercicio 2018 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don JORDI SEVILLA SEGURA | 530 | 16 | 546 | 228 | ||||||
| Don ROBERTO GARCÍA MERINO | 78 | 10 | 209 | 126 | 36 | 459 | ||||
| Don JUAN FRANCISCO LASALA BERNAD | 53 | 6 | 162 | 122 | 25 | 368 | 853 | |||
| Doña CARMEN GÓMEZ DE BARREDA TOUS DE MONSALVE | 131 | 16 | 43 | 15 | 205 | 192 | ||||
| Doña MARÍA JOSÉ GARCÍA BEATO | 131 | 16 | 28 | 175 | 175 | |||||
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA | 131 | 16 | 40 | 187 | 175 | |||||
| Don JOSÉ LUIS FEITO HIGUERUELA | 29 | 3 | 11 | 43 | 190 | |||||
| Don ANTONIO GÓMEZ CIRIA | 131 | 16 | 43 | 190 | 190 | |||||
| Don ARSENIO FERNÁNDEZ DE MESA Y DÍAZ DEL RÍO | 131 | 16 | 28 | 175 | 175 | |||||
| Don ALBERTO FRANCISCO CARBAJO JOSA | 131 | 16 | 28 | 175 | 175 | |||||
| Doña MERCEDES REAL RODRIGÁLVAREZ | 131 | 16 | 28 | 175 | 175 | |||||
| Doña MARÍA TERESA COSTA CAMPI | 131 | 16 | 28 | 175 | 43 | |||||
| Don ANTONIO GÓMEZ EXPÓSITO | 131 | 16 | 28 | 175 | 43 | |||||
| Don JOSÉ JUAN RUIZ GÓMEZ | 102 | 14 | 21 | 137 |

| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2019 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2019 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2019 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don JORDI SEVILLA SEGURA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ROBERTO GARCÍA MERINO |
Plan | 2.168 | 2.168 | 2.168 | 2.168 | 19,37 | 42 | |||||
| Don JUAN FRANCISCO LASALA BERNAD |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña CARMEN GÓMEZ DE BARREDA TOUS DE MONSALVE |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña MARÍA JOSÉ GARCÍA BEATO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JOSÉ LUIS FEITO HIGUERUELA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ANTONIO GÓMEZ CIRIA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ARSENIO FERNÁNDEZ DE MESA Y DÍAZ DEL RÍO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ALBERTO FRANCISCO CARBAJO JOSA |
Plan | 0,00 |

| Instrumentos financieros Instrumentos financieros al concedidos durante principio del ejercicio 2019 el ejercicio 2019 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2019 |
|||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Doña MERCEDES REAL RODRIGÁLVAREZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña MARÍA TERESA COSTA CAMPI |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ANTONIO GÓMEZ EXPÓSITO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JOSÉ JUAN RUIZ GÓMEZ |
Plan | 0,00 |
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don JORDI SEVILLA SEGURA | |
| Don ROBERTO GARCÍA MERINO | 42 |
| Don JUAN FRANCISCO LASALA BERNAD | 33 |
| Doña CARMEN GÓMEZ DE BARREDA TOUS DE MONSALVE | |
| Doña MARÍA JOSÉ GARCÍA BEATO | |
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA | |
| Don JOSÉ LUIS FEITO HIGUERUELA |

| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don ANTONIO GÓMEZ CIRIA | |
| Don ARSENIO FERNÁNDEZ DE MESA Y DÍAZ DEL RÍO | |
| Don ALBERTO FRANCISCO CARBAJO JOSA | |
| Doña MERCEDES REAL RODRIGÁLVAREZ | |
| Doña MARÍA TERESA COSTA CAMPI | |
| Don ANTONIO GÓMEZ EXPÓSITO | |
| Don JOSÉ JUAN RUIZ GÓMEZ |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | |||
| Don JORDI SEVILLA SEGURA | ||||||||||
| Don ROBERTO GARCÍA MERINO |
42 | 42 | ||||||||
| Don JUAN FRANCISCO LASALA BERNAD |
33 | 80 | 160 | |||||||
| Doña CARMEN GÓMEZ DE BARREDA TOUS DE MONSALVE |
||||||||||
| Doña MARÍA JOSÉ GARCÍA BEATO |

| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | |||
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA |
||||||||||
| Don JOSÉ LUIS FEITO HIGUERUELA |
||||||||||
| Don ANTONIO GÓMEZ CIRIA | ||||||||||
| Don ARSENIO FERNÁNDEZ DE MESA Y DÍAZ DEL RÍO |
||||||||||
| Don ALBERTO FRANCISCO CARBAJO JOSA |
||||||||||
| Doña MERCEDES REAL RODRIGÁLVAREZ |
||||||||||
| Doña MARÍA TERESA COSTA CAMPI |
||||||||||
| Don ANTONIO GÓMEZ EXPÓSITO |
||||||||||
| Don JOSÉ JUAN RUIZ GÓMEZ |
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don JORDI SEVILLA SEGURA | Concepto |

| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don ROBERTO GARCÍA MERINO | Concepto | |
| Don JUAN FRANCISCO LASALA BERNAD | Concepto | |
| Doña CARMEN GÓMEZ DE BARREDA TOUS DE MONSALVE | Concepto | |
| Doña MARÍA JOSÉ GARCÍA BEATO | Concepto | |
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA | Concepto | |
| Don JOSÉ LUIS FEITO HIGUERUELA | Concepto | |
| Don ANTONIO GÓMEZ CIRIA | Concepto | |
| Don ARSENIO FERNÁNDEZ DE MESA Y DÍAZ DEL RÍO | Concepto | |
| Don ALBERTO FRANCISCO CARBAJO JOSA | Concepto | |
| Doña MERCEDES REAL RODRIGÁLVAREZ | Concepto | |
| Doña MARÍA TERESA COSTA CAMPI | Concepto | |
| Don ANTONIO GÓMEZ EXPÓSITO | Concepto | |
| Don JOSÉ JUAN RUIZ GÓMEZ | Concepto |
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2019 |
Total ejercicio 2018 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don JORDI SEVILLA SEGURA | ||||||||||
| Don ROBERTO GARCÍA MERINO |

| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2019 |
Total ejercicio 2018 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don JUAN FRANCISCO LASALA BERNAD | ||||||||||
| Doña CARMEN GÓMEZ DE BARREDA TOUS DE MONSALVE | 6 | 6 | ||||||||
| Doña MARÍA JOSÉ GARCÍA BEATO | ||||||||||
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA | ||||||||||
| Don JOSÉ LUIS FEITO HIGUERUELA | ||||||||||
| Don ANTONIO GÓMEZ CIRIA | ||||||||||
| Don ARSENIO FERNÁNDEZ DE MESA Y DÍAZ DEL RÍO | ||||||||||
| Don ALBERTO FRANCISCO CARBAJO JOSA | ||||||||||
| Doña MERCEDES REAL RODRIGÁLVAREZ | ||||||||||
| Doña MARÍA TERESA COSTA CAMPI | ||||||||||
| Don ANTONIO GÓMEZ EXPÓSITO | ||||||||||
| Don JOSÉ JUAN RUIZ GÓMEZ |

| Nombre | Denominación del Plan |
Instrumentos financieros Instrumentos financieros al concedidos durante Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio principio del ejercicio 2019 el ejercicio 2019 |
Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2019 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
||
| Don JORDI SEVILLA SEGURA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ROBERTO GARCÍA MERINO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JUAN FRANCISCO LASALA BERNAD |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña CARMEN GÓMEZ DE BARREDA TOUS DE MONSALVE |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña MARÍA JOSÉ GARCÍA BEATO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JOSÉ LUIS FEITO HIGUERUELA |
Plan | 0,00 |

| Nombre | Denominación del Plan |
Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2019 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2019 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2019 |
||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
||
| Don ANTONIO GÓMEZ CIRIA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ARSENIO FERNÁNDEZ DE MESA Y DÍAZ DEL RÍO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ALBERTO FRANCISCO CARBAJO JOSA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña MERCEDES REAL RODRIGÁLVAREZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña MARÍA TERESA COSTA CAMPI |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ANTONIO GÓMEZ EXPÓSITO |
Plan | 0,00 |

| Nombre | Denominación del Plan |
Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2019 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2019 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2019 |
||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
||
| Don JOSÉ JUAN RUIZ GÓMEZ |
Plan | 0,00 |
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don JORDI SEVILLA SEGURA | |
| Don ROBERTO GARCÍA MERINO | |
| Don JUAN FRANCISCO LASALA BERNAD | |
| Doña CARMEN GÓMEZ DE BARREDA TOUS DE MONSALVE | |
| Doña MARÍA JOSÉ GARCÍA BEATO | |
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA | |
| Don JOSÉ LUIS FEITO HIGUERUELA | |
| Don ANTONIO GÓMEZ CIRIA | |
| Don ARSENIO FERNÁNDEZ DE MESA Y DÍAZ DEL RÍO |

| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don ALBERTO FRANCISCO CARBAJO JOSA | |
| Doña MERCEDES REAL RODRIGÁLVAREZ | |
| Doña MARÍA TERESA COSTA CAMPI | |
| Don ANTONIO GÓMEZ EXPÓSITO | |
| Don JOSÉ JUAN RUIZ GÓMEZ |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||||
| Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | ||||
| Don JORDI SEVILLA SEGURA | |||||||||||
| Don ROBERTO GARCÍA MERINO |
|||||||||||
| Don JUAN FRANCISCO LASALA BERNAD |
|||||||||||
| Doña CARMEN GÓMEZ DE BARREDA TOUS DE MONSALVE |
|||||||||||
| Doña MARÍA JOSÉ GARCÍA BEATO |
|||||||||||
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA |

| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | |||
| Don JOSÉ LUIS FEITO HIGUERUELA |
||||||||||
| Don ANTONIO GÓMEZ CIRIA | ||||||||||
| Don ARSENIO FERNÁNDEZ DE MESA Y DÍAZ DEL RÍO |
||||||||||
| Don ALBERTO FRANCISCO CARBAJO JOSA |
||||||||||
| Doña MERCEDES REAL RODRIGÁLVAREZ |
||||||||||
| Doña MARÍA TERESA COSTA CAMPI |
||||||||||
| Don ANTONIO GÓMEZ EXPÓSITO |
||||||||||
| Don JOSÉ JUAN RUIZ GÓMEZ |
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don JORDI SEVILLA SEGURA | Concepto | |
| Don ROBERTO GARCÍA MERINO | Concepto | |
| Don JUAN FRANCISCO LASALA BERNAD | Concepto |

| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Doña CARMEN GÓMEZ DE BARREDA TOUS DE MONSALVE | Concepto | |
| Doña MARÍA JOSÉ GARCÍA BEATO | Concepto | |
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA | Concepto | |
| Don JOSÉ LUIS FEITO HIGUERUELA | Concepto | |
| Don ANTONIO GÓMEZ CIRIA | Concepto | |
| Don ARSENIO FERNÁNDEZ DE MESA Y DÍAZ DEL RÍO | Concepto | |
| Don ALBERTO FRANCISCO CARBAJO JOSA | Concepto | |
| Doña MERCEDES REAL RODRIGÁLVAREZ | Concepto | |
| Doña MARÍA TERESA COSTA CAMPI | Concepto | |
| Don ANTONIO GÓMEZ EXPÓSITO | Concepto | |
| Don JOSÉ JUAN RUIZ GÓMEZ | Concepto |
Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2019 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2019 grupo |
| Don JORDI SEVILLA SEGURA | 546 | 546 | ||||||||
| Don ROBERTO GARCÍA MERINO | 459 | 42 | 42 | 543 |

| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2019 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2019 grupo |
| Don JUAN FRANCISCO LASALA BERNAD | 368 | 33 | 401 | |||||||
| Doña CARMEN GÓMEZ DE BARREDA TOUS DE MONSALVE |
205 | 205 | 6 | 6 | ||||||
| Doña MARÍA JOSÉ GARCÍA BEATO | 175 | 175 | ||||||||
| Doña SOCORRO FERNÁNDEZ LARREA | 187 | 187 | ||||||||
| Don JOSÉ LUIS FEITO HIGUERUELA | 43 | 43 | ||||||||
| Don ANTONIO GÓMEZ CIRIA | 190 | 190 | ||||||||
| Don ARSENIO FERNÁNDEZ DE MESA Y DÍAZ DEL RÍO | 175 | 175 | ||||||||
| Don ALBERTO FRANCISCO CARBAJO JOSA | 175 | 175 | ||||||||
| Doña MERCEDES REAL RODRIGÁLVAREZ | 175 | 175 | ||||||||
| Doña MARÍA TERESA COSTA CAMPI | 175 | 175 | ||||||||
| Don ANTONIO GÓMEZ EXPÓSITO | 175 | 175 | ||||||||
| Don JOSÉ JUAN RUIZ GÓMEZ | 137 | 137 | ||||||||
| TOTAL | 3.185 | 42 | 75 | 3.302 | 6 | 6 |

Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha:
25/02/2020
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
| [ ] No |
||
|---|---|---|
| Nombre o denominación social de los miembros del consejo de administración que no han votado a favor de la aprobación del presente informe |
Motivos (en contra, abstención, no asistencia) |
Explique los motivos |
| Doña MERCEDES REAL RODRIGÁLVAREZ | Abstención | Según informa, posición de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), en sociedades cotizadas con participación minoritaria. |
| Don ANTONIO GÓMEZ EXPÓSITO | Abstención | Según informa, posición de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), en sociedades cotizadas con participación minoritaria. |
| Doña MARÍA TERESA COSTA CAMPI | Abstención | Según informa, posición de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), en sociedades cotizadas con participación minoritaria. |
Segundo.- Aprobación de la remuneración del Consejo de Administración de Red Eléctrica Corporación, S.A., para el ejercicio 2020.
Aprobar la remuneración del Consejo de Administración de Red Eléctrica Corporación, S.A., para el ejercicio 2020, que fue aprobada por el Consejo de Administración en la sesión de fecha 25 de febrero de 2020, conforme a lo establecido en los Estatutos Sociales, en la nueva Política de Remuneraciones de los Consejeros y en el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en los términos siguientes:
A continuación, se propone que la retribución de los consejeros "como tales", es decir, por sus funciones no ejecutivas como miembros del Consejo de Administración y de sus Comisiones, durante el ejercicio 2020, se mantenga, en todos sus conceptos y cuantías, igual que en el ejercicio 2019, quedando de la siguiente manera:
a) Retribución Fija (como presidente del Consejo).
Se mantiene en la misma cuantía que en el ejercicio 2019, en 399.170,00 euros anuales, que se abonarán mediante pagos mensuales antes del día cinco (5) del mes siguiente.
b) El presidente del Consejo de Administración mantiene adicionalmente la retribución anual establecida a continuación para todos los consejeros, como miembros del Consejo de Administración, en concepto de "Retribución Fija" y de "Remuneración por asistencia a las sesiones del Consejo de Administración".
La Retribución Fija, en el ejercicio 2020, se establece de la siguiente manera:
130.742,00 euros anuales por consejero, que se abonarán mediante pagos mensuales, antes del día 5 del mes siguiente.
La remuneración por asistencia a las sesiones del Consejo de Administración y de sus Comisiones, durante el ejercicio 2020, será la siguiente:
1.500,00 euros por la asistencia personal de cada consejero a cada una de las once sesiones ordinarias previstas para el ejercicio 2020 en el calendario aprobado por el Consejo de Administración, pudiendo delegarse la representación sin pérdida del derecho a la percepción de la remuneración, por causa debidamente justificada y como máximo dos veces al año. Dicha cantidad se abonará dentro de los quince días siguientes a la celebración de las sesiones. La celebración de sesiones extraordinarias del Consejo de Administración, presenciales o por vía telemática, no dará lugar a retribución en concepto de remuneración por asistencia a las sesiones del Consejo.
La retribución por dedicación a las Comisiones del Consejo de Administración, durante el ejercicio 2020, se establece de la siguiente manera:
a) 27.900,00 euros anuales a cada miembro de las Comisiones del Consejo, que se abonarán mediante pagos mensuales, antes del día 5 del mes siguiente.
El importe anterior es de carácter anual, independientemente del número de sesiones de las Comisiones celebradas durante el ejercicio 2020.
b) 15.000,00 euros anuales adicionales a cada uno de los presidentes de las Comisiones del Consejo, que se abonarán mediante pagos mensuales antes del día 5 del mes siguiente.
El importe anterior es de carácter anual, independientemente del número de sesiones de las Comisiones que se celebren durante el ejercicio 2020.
Se asigna una retribución adicional de carácter anual al cargo de Consejero Independiente Coordinador, por importe de 15.000,00 euros anuales, que se abonará mediante pagos mensuales, antes del día 5 del mes siguiente.
Según lo establecido en el artículo 20 de los Estatutos Sociales, los consejeros que desempeñen funciones ejecutivas (en este caso, el consejero delegado) tendrán derecho a percibir una retribución adicional por la prestación de dichas funciones; remuneración que ha sido establecida en el correspondiente contrato aprobado por el Consejo de Administración el 27 de mayo de 2019, de conformidad con los artículos 249 y 529.octodecies de la Ley de Sociedades de Capital y con la vigente Política de Remuneraciones de los Consejeros, y de la que se informa de manera detallada en el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros que se somete a aprobación en el punto décimo, apartado primero, del Orden del Día de la presente Junta General.
En caso de incrementarse el número de consejeros en el ejercicio 2020, en aplicación de lo previsto en el artículo 20 de los Estatutos Sociales, la cuantía total de la retribución anual del Consejo de Administración se incrementará en las cuantías y conceptos individuales por consejero contemplados en la presente propuesta de acuerdos.
KPMG Auditores, S.L. ("KPMG Auditores") es la firma que ha realizado la auditoría de las Cuentas Anuales individuales y consolidadas de Red Eléctrica Corporación y de las sociedades dependientes del Grupo desde el ejercicio 2013, así como de la emisión de las "Comfort Letters" necesarias para la renovación de los programas de emisión de deuda y las emisiones de bonos que las entidades del Grupo han realizado.
La Junta General Ordinaria de Accionistas de Red Eléctrica Corporación, S.A. ("REC"), celebrada el 18 de abril de 2013, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 de la Ley de Sociedades de Capital, acordó nombrar a KPMG Auditores como auditores de cuentas de la sociedad y de su Grupo consolidado para llevar a cabo la auditoría de las cuentas anuales individuales de la sociedad y de su Grupo consolidado, para los ejercicios 2013, 2014 y 2015.
Asimismo, una vez transcurrido el periodo inicial previsto en la Ley de Auditoría de Cuentas, la Junta General Ordinaria de Accionistas de REC celebrada el 15 de abril de 2016 acordó reelegir a KPMG Auditores como auditores de cuentas de la sociedad y de su Grupo consolidado para llevar a cabo la auditoría de las cuentas anuales individuales de la sociedad y de su Grupo consolidado, para los ejercicios 2016, 2017 y 2018, y la Junta General Ordinaria de Accionistas de REC celebrada el 22 de marzo de 2019 acordó reelegir a KPMG Auditores como auditores de cuentas de la sociedad y de su Grupo consolidado para el ejercicio económico 2019.
En consecuencia, una vez transcurrido este último periodo de un año de KPMG Auditores como auditor de la sociedad y del Grupo, de conformidad con lo establecido en los artículos 529 quaterdecies, apartado 4, d), de la Ley de Sociedades de Capital y 16.3, a) del Reglamento del Consejo de Administración, se somete al Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Auditoría, el siguiente acuerdo para su elevación a la Junta General:
Reelegir a KPMG Auditores, S.L., con NIF B-78510153, con domicilio social en el Paseo de la Castellana, 259 C, C.P. 28046 Madrid, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid (Tomo 11.961, Folio 90, Sección 8, Hoja número M188.007, Inscripción 9) y en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC) con el número S0702, como auditores de cuentas de la sociedad matriz, Red Eléctrica Corporación, S.A., y de su Grupo Consolidado, por un periodo de un (1) año, que comprende el ejercicio económico 2020, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 de la vigente Ley de Sociedades de Capital.
Sin perjuicio de las autorizaciones conferidas por la Junta General Ordinaria de Accionistas de forma expresa a favor del Consejo de Administración, se delega en el presidente y en cada uno de los miembros del Consejo de Administración de la sociedad, así como en el secretario del Consejo y en el vicesecretario del mismo, las más amplias facultades, para su ejercicio solidario e indistinto, con la finalidad del desarrollo, ejecución e inscripción de todos y cada uno de los acuerdos adoptados por la presente Junta General Ordinaria de Accionistas, incluida la firma de los correspondientes contratos y documentos, con las cláusulas y condiciones que estimen convenientes, así como para interpretar, subsanar y completar los referidos acuerdos y su elevación a públicos, en función de su efectividad y de las observaciones de cualquier organismo o autoridad, en particular a la calificación verbal o escrita del Sr. Registrador Mercantil, realizando cuantos actos sean precisos o convenientes para llevarlos a buen fin y, en particular, para lograr la inscripción en el Registro Mercantil de los que sean inscribibles.
Se informa a la Junta General de Accionistas que de conformidad con lo establecido en el artículo 540 de la Ley de Sociedades de Capital y demás regulación aplicable, el Consejo de Administración, en sesión celebrada el día 25 de febrero de 2020, ha aprobado, por unanimidad, el Informe Anual de Gobierno Corporativo (IAGC) de Red Eléctrica Corporación S.A., correspondiente al ejercicio 2019. Dicho Informe ha sido comunicado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores como hecho relevante.
El IAGC 2019 mantiene la estructura y criterios del informe de 2018, elaborado tras realizar un análisis comparativo de las mejores prácticas internacionales de empresas comparables, procurando eliminar reiteraciones, introduciendo resúmenes, gráficos e hipervínculos a la página web corporativa para facilitar la lectura y con accesos directos a documentos relacionados de interés.
El Informe Anual de Gobierno Corporativo correspondiente al ejercicio 2019 se compone de un cuerpo principal que consta de siete Apartados, que se refieren al Marco normativo y Política de Gobierno Corporativo como expresión de la estrategia en materia (Apartado 1), al compromiso con el diálogo y la participación de accionistas y demás grupos de interés (Apartado 2), al Consejo de Administración como órgano de control y supervisión (Apartado 3), al equilibrio de poderes en el Consejo de Administración (Apartado 4), a la evaluación y política retributiva (Apartado 5), a la aplicación del sistema de cumplimiento, gestión y control integral de riesgos (Apartado 6) y a las perspectivas de futuro (Apartado 7).
Además, como ya se hizo en años anteriores, se ha informado sobre los aspectos más relevantes del proceso de autoevaluación anual del Consejo de Administración (Apartado 5) y sobre la hoja de ruta en materia de Gobierno Corporativo establecida por Red Eléctrica para los próximos años, que se explica en el Apartado 7 denominado Perspectivas de futuro.
Por último, como es habitual, se incorpora al Informe un Anexo Oficial cumplimentado de conformidad con el formato establecido en el Modelo del Anexo I de la Circular 2/2018, de 12 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
El Informe Anual de Gobierno Corporativo se encuentra disponible, en español y en inglés, desde el día 26 de febrero de 2020 en la sección de Gobierno Corporativo de la página web de la sociedad www.ree.es, así como en la documentación de la presente Junta General puesta a disposición de los señores accionistas.
El Consejo de Administración de Red Eléctrica Corporación, S.A., en sesión celebrada el día 19 de febrero de 2019, aprobó modificar el Reglamento del Consejo, ante el enfoque estratégico que el Consejo de Administración quería atribuir a la sostenibilidad en el Grupo Red Eléctrica, mediante la creación de una nueva Comisión de Sostenibilidad y la actualización de las funciones de las otras dos comisiones del Consejo, la de Auditoría y la de Nombramientos y Retribuciones, reforzándose las responsabilidades de esta última mediante la creación de un nuevo marco de relación del Consejo de Administración con el entorno laboral de las sociedades del Grupo Red Eléctrica, conforme a las mejores prácticas internacionales de gobierno corporativo; y revisándose, asimismo, la función general de supervisión que debe llevar a cabo la Comisión de Auditoría, en coordinación con las funciones específicas de supervisión asignadas a cada una de las otras comisiones del Consejo de Administración en el ámbito de sus correspondientes responsabilidades. De dicha modificación del Reglamento del Consejo se informó a la Junta General de Accionistas celebrada el 22 de marzo de 2019.
El Consejo de Administración, en sesión celebrada el día 30 de abril de 2019, aprobó modificar el Reglamento del Consejo con el objeto de reforzar el papel del Consejo como supervisor y garante de la independencia funcional del Operador del Sistema Eléctrico, función legalmente atribuida a Red Eléctrica de España, S.A.U., en aquellas atribuciones y responsabilidades que de conformidad con la normativa vigente así lo requerían.
Asimismo, el Consejo de Administración, en sesión celebrada el día 31 de marzo de 2020, ha aprobado la modificación del Reglamento del Consejo, de carácter voluntario, para incorporar las adaptaciones oportunas a la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, en materia de información no financiera y diversidad, actualizar las funciones del Consejo y de sus Comisiones en materia de sostenibilidad, algunas de ellas de carácter transversal, con el alcance formal y material consensuado por las tres Comisiones, y reforzar los mecanismos de coordinación entre las tres Comisiones del Consejo.
Con la citada revisión se mejora la gobernanza del Grupo Red Eléctrica, reforzando el papel del Consejo de Administración de Red Eléctrica Corporación, S.A. en relación con el Grupo, se incorporan y refuerzan los acuerdos en materia de gobernanza (el nombramiento, renovación y cese de los administradores de las sociedades del Grupo, el nombramiento y destitución de los directivos de Red Eléctrica Corporación, S.A. y de Red Eléctrica de España, S.A.U. en dependencia directa del presidente del Consejo o del consejero delegado y de los directivos estratégicos del Grupo conforme a lo establecido por el Consejo, así como el establecimiento de las condiciones básicas de sus contratos, incluyendo su retribución) adoptados por el Consejo en su sesión del pasado septiembre de 2019. Asimismo, se recoge expresamente en el Reglamento el concepto de reputación corporativa entre los principios inspiradores de la actuación del Consejo que debe velar, además, por el interés de la sociedad en su conjunto.
En particular, se recogen las funciones del cargo de presidente del Consejo relativas a la representación institucional, a la supervisión de las políticas y estrategias de la Sociedad y del Grupo y a la necesidad de velar por la independencia de Red Eléctrica de España, S.A.U. como TSO.
Además, en línea con lo anterior, la citada revisión refuerza el principio de independencia del TSO -separación de actividades reguladas y no reguladas- e incorpora la modificación prevista en el Anteproyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (y otras normas financieras, para adaptarlas a la Directiva (UE) 2017/828 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, por la que se modifica la Directiva 2007/36/CE en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas) relativa a la supresión de la figura de la persona física que sea designada representante de un consejero persona jurídica en sociedades cotizadas (única modificación prevista en el citado Anteproyecto que se ha considerado conveniente incorporar en este momento). Por último, introduce alguna otra mejora de índole formal o de estilo.
Sin otro particular, les saluda atentamente,
Fdo.: Rafael García de Diego Barber Secretario General y del Consejo de Administración
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