AGM Information • Dec 18, 2020
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Promotora de Informaciones, S.A. ("PRISA" o la "Sociedad"), en cumplimiento de lo previsto en el artículo 226 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, mediante el presente escrito comunica la siguiente
Se acompañan a continuación los acuerdos cuya aprobación ha sido sometida a la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad que se ha celebrado en el día de hoy.
Los acuerdos primero a cuarto, ambos inclusive, sometidos a votación, estaban incluidos en el orden del día de la Junta General y se correspondían con las propuestas formuladas por el Consejo de Administración. Dichos acuerdos han sido aprobados por la mayoría de los accionistas presentes o representados en dicha Junta.
El punto quinto es de carácter informativo y también estaba incluido en el orden del día de la Junta General.
Asimismo, se informa de que se ha solicitado la inclusión como punto fuera del orden del día el cese de D. Javier Monzón de Cáceres como consejero de la Sociedad. Este punto ha quedado aprobado por la mayoría de los accionistas presentes o representados en dicha Junta.
En Madrid, a 18 de diciembre de 2020 D. Xavier Pujol Tobeña Secretario General y del Consejo de Administración
18 DE DICIEMBRE DE 2020
ACUERDOS
De conformidad con la comunicación de información privilegiada, de 19 de octubre de 2020 y con número de registro 501, realizada por Promotora de Informaciones, S.A. ("PRISA"), la filial de PRISA Grupo Santillana Educación Global, S.L.U. ("Santillana") —como vendedor suscribió en esa misma fecha con Sanoma Pro Oy, filial de Sanoma Corporation, —como comprador— un acuerdo para la venta del negocio de pre K-12 y K-12 de Santillana en España (la "Operación").
Los principales términos de la Operación, sus antecedentes y contexto, así como su justificación económica y estratégica, se recogen en el informe emitido por el Consejo de Administración, que ha sido puesto a disposición de los accionistas desde la fecha de publicación del anuncio de convocatoria de la Junta General.
Tal y como se indica en la comunicación de información privilegiada referida, el cierre de la Operación está sujeto al cumplimiento de determinadas condiciones, entre las que se encuentra la aprobación de la Operación por la Junta General de accionistas de PRISA.
De acuerdo con lo anterior, se acuerda aprobar y autorizar la Operación a todos los efectos y, en particular, a los efectos de lo establecido en el artículo 160.f) del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.
Asimismo, se acuerda delegar en el Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución en el consejero o consejeros que se estime pertinente y/o en el Secretario del Consejo de Administración, todas las facultades que resulten necesarias o convenientes para la completa ejecución de la Operación, incluyendo la firma de cualesquiera documentos, públicos o privados, así como cualesquiera actuaciones que sean necesarias o convenientes para su buen fin.
Aprobar, de conformidad con lo establecido en el artículo 529 novodecies del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y conforme a la propuesta motivada aprobada por el Consejo de Administración, a la que acompaña el preceptivo informe de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Gobierno Corporativo, un texto actualizado de la política de remuneraciones de los consejeros, que será aplicable para los ejercicios 2020 (respecto del que se completa y actualiza lo aprobado por la Junta General de accionistas celebrada el 25 de abril de 2018 y posteriormente modificado por acuerdo de la Junta General de accionistas de 3 de junio de 2019) y 2021.
El texto completo de la política de remuneraciones de los consejeros se ha puesto a disposición de los accionistas desde la fecha de publicación del anuncio de convocatoria de la Junta General.
Aprobar la modificación de los artículos 15 (Consejo de Administración y competencias) y 24 (Formulación y verificación de las cuentas anuales) de los Estatutos Sociales, en los términos de la propuesta incluida en el informe del Consejo de Administración elaborado a tal efecto y puesto a disposición de los accionistas desde la convocatoria de esta Junta General, con el fin de adaptar el contenido de ambos a las últimas novedades en materia legislativa y de buen gobierno, esto es, a la nueva versión del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas publicada en junio de 2020, así como a las novedades introducidas por la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad, todo ello en relación con la información no financiera y las competencias indelegables del consejo de administración.
Consecuentemente, los artículos 15 y 24 de los Estatutos Sociales tendrán, en lo sucesivo, el siguiente tenor literal:
(i) La determinación de las estrategias y políticas generales de la Sociedad y, en particular:
(f) la política relativa a las acciones propias;
(xiv) La formulación de cualquier clase de informe exigido por la Ley al Consejo de Administración siempre y cuando la operación a que se refiera el informe no pueda ser delegada.
(xv) Velar por la existencia y mantenimiento de un adecuado y efectivo sistema de control interno de la información financiera (SCIIF).
7. El Consejo de Administración será competente para acordar la emisión y admisión a negociación de obligaciones, así como para acordar el otorgamiento de garantías de la emisión de obligaciones."
Sin perjuicio de las autorizaciones previstas en los anteriores acuerdos, se acuerda facultar al Consejo de Administración, con toda la amplitud que fuera necesaria en Derecho, para desarrollar, ejecutar e interpretar todos los acuerdos anteriores, incluyendo, en la medida que fuera necesario, las facultades de interpretar, subsanar y completar los acuerdos. Asimismo se acuerda delegar en el Presidente del Consejo de Administración, en el Consejero Delegado y en el Secretario del Consejo, para que cualquiera de ellos, indistintamente, comparezcan ante Notario para formalizar y elevar a público los acuerdos adoptados en la presente Junta, subsanando, en su caso, los errores materiales en que se pudiera incidir en el otorgamiento de las escrituras públicas que no requieran la adopción de nuevos acuerdos, así como para otorgar cuantos documentos públicos y privados sean necesarios hasta la inscripción de los acuerdos adoptados en el Registro Mercantil, con facultades, incluso, para su subsanación o rectificación a la vista de la calificación verbal o escrita que pueda realizar el Sr. Registrador y, en suma, realizar cuantos actos y gestiones sean necesarios para su plena efectividad.
En cumplimiento del artículo 528 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, se informa a la Junta General de que el Consejo de Administración, en sus reuniones celebradas los días 30 de junio de 2020 y 16 de noviembre de 2020, ha acordado la modificación del Reglamento del Consejo de Administración en los términos que se explican detalladamente en el informe que el Consejo de Administración ha puesto a disposición de los accionistas desde la convocatoria de esta Junta General.
Dichas modificaciones tienen como finalidad (i) adaptar el Reglamento del Consejo a la modificación de los Estatutos Sociales aprobada en la Junta Ordinaria de accionistas celebrada el 29 de junio de 2020, en el sentido de reducir la duración del cargo de los consejeros de cuatro a tres años; (ii) incorporar algunas de las previsiones básicas de la Guía Técnica 1/2019 de la Comisión Nacional del Mercado de Valores sobre Comisiones de Nombramientos y Retribuciones; (iii) incorporar determinadas recomendaciones previstas en la nueva versión del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas publicada en junio de 2020; (iv) recoger las novedades introducidas en la Ley de Sociedades de Capital por la Ley 11/2018, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad, en relación con la información no financiera, la diversidad en la composición del Consejo de Administración y con las competencias indelegables de este órgano; y v) incluir ajustes de carácter técnico para mejorar la redacción e interpretación del Reglamento y completar su contenido.
Se acuerda aprobar el cese de D. Javier Monzón de Cáceres como consejero de la Sociedad.
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