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Promedon S.A. — Capital/Financing Update 2024
Apr 16, 2024
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Capital/Financing Update
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AVISO DE SUSCRIPCIÓN
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PROMEDON S.A. (como Emisor) Teléfono: (+54) 351 450-2100 – Correo electrónico:[email protected]
OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADAS SERIE II
A SER EMITIDAS EN UNA, DOS CLASES O TRES CLASES, SIMPLES, NO CONVERTIBLES EN ACCIONES, POR UN VALOR NOMINAL EN CONJUNTO DE HASTA $2.500.000.000 (PESOS DOS MIL QUINIENTOS MILLONES) (O SU EQUIVALENTE EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES CALCULADOS AL TIPO DE CAMBIO INICIAL, CONFORME SE DEFINE MÁS ADELANTE) (EL “MONTO MÁXIMO DE LA EMISIÓN”)
| CLASE I | CLASE II | CLASE III |
|---|---|---|
| CON VENCIMIENTO A LOS 24 MESES | CON VENCIMIENTO A LOS 24 MESES |
CON VENCIMIENTO A LOS 36 MESES |
| CONTADOS DESDE LA FECHA DE | CONTADOS DESDE LA FECHA DE | CONTADOS DESDE LA FECHA DE |
| EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN. | EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN. | EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN. |
| DENOMINADAS, A SER | DENOMINADAS EN DÓLARES | DENOMINADAS EN DÓLARES |
| INTEGRADAS Y PAGADERAS EN | ESTADOUNIDENSES, A SER | ESTADOUNIDENSES, A SER |
| PESOS. A TASA VARIABLE. | INTEGRADAS EN PESOS AL TIPO DE | INTEGRADAS EN PESOS AL TIPO DE |
| CAMBIO INICIAL Y PAGADERAS EN | CAMBIO INICIAL Y PAGADERAS EN | |
| PESOS AL TIPO DE CAMBIO | PESOS AL TIPO DE CAMBIO | |
| APLICABLE. A TASA FIJA | APLICABLE. A TASA FIJA. |
Por medio del presente aviso de suscripción (el “Aviso de Suscripción”), se comunica a los Inversores que, Promedon S.A. (en adelante, el “Emisor”, la “Emisora”, la “Sociedad” o “Promedon”, indistintamente) ofrece en suscripción las obligaciones negociables serie II bajo el régimen PYME CNV Garantizada, simples, no convertibles en acciones, a ser ofrecidas en tres clases: (i) las obligaciones negociables clase I , denominadas, a ser integradas y pagaderas en Pesos, con vencimiento a los 24 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación, a tasa variable, a ser emitidas por un valor nominal que, en conjunto con la Clase II y Clase III, (conforme se define seguidamente) no podrá exceder el Monto Máximo de la Emisión (la “Clase I” o las “Obligaciones Negociables Clase I”, indistintamente); (ii) las obligaciones negociables clase II , denominadas en Dólares Estadounidenses, a ser integradas en Pesos al Tipo de Cambio Inicial y pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable (conforme ambos términos se definen más adelante), con vencimiento a los 24 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación, a tasa fija, a ser emitidas por un monto que, en conjunto con la Clase I y Clase III, no podrá exceder el Monto Máximo de la Emisión (la “Clase II” o las “Obligaciones Negociables Clase II”); y (iii) las obligaciones negociables clase III , denominadas en Dólares Estadounidenses, a ser integradas en Pesos al Tipo de Cambio Inicial y pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable (conforme ambos términos se definen más adelante), con vencimiento a los 36 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación, a tasa fija, a ser emitidas por un monto que, en conjunto con la Clase I y Clase II, no podrá exceder el Monto Máximo de la Emisión (la “Clase III” o las “Obligaciones Negociables Clase III” y en conjunto con la Clase I y Clase II, las “Obligaciones Negociables” o las “Obligaciones Negociables Serie II”, indistintamente).
Los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables se detallan en el prospecto de emisión de fecha 16 de abril de 2024 (el “Prospecto”), el cual se encuentra a disposición del público inversor: (i) en el horario habitual de actividad comercial, en la sede de la Sociedad, sita en Av. Gral. Manuel Savio 4880 L3 M3 Parque Industrial Ferreyra, X5123XAD, Córdoba, Córdoba, teléfono (+54) 351 450-2100 , email: [email protected]; (ii) en el domicilio de los colocadores, solicitándolo a través de los correos electrónicos señalados en el presente; y (iii) el boletín diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, disponible en https://bolsar.info/ (el “Boletín Diario de la BCBA”); y (iii) en el sitio web del Mercado Abierto Electrónico (“MAE”), http://www.mae.com.ar, bajo la sección “Mercado Primario” (la “Página Web del MAE”).
Los términos en mayúsculas utilizados que no están definidos en el presente Aviso de Suscripción tienen el significado que se les asignen el Prospecto.
1. Emisora : Promedon S.A. (CUIT: 30-61978063-5) es una sociedad con sede sita Av. Gral. Manuel
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Savio 4880 L3 M3 Parque Industrial Ferreyra, X5123XAD, Córdoba, Córdoba. Teléfono: (+54) 351 4502100. Correo electrónico: [email protected].
2. Organizadores y Colocadores : Serán: (i) Banco Supervielle S.A .. , con domicilio sito en Bartolomé Mitre 434, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina (Tel.: (+5411) 4324-8265, correo electrónico: [email protected]) (“Banco Supervielle”); (ii) Banco Comafi S.A . con domicilio sito en Esmeralda 950 piso 5, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, (Tel.: número (+5411) 4338-9270/9344, correo electrónico: [email protected]) (“Banco Comafi”); (iii) Banco de Servicios y Transacciones S.A., con domicilio sito en Tte. Gral. Juan Domingo Perón 646, piso 4, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C1038AAN) (Atención: Paz Sementuch / Matías Veloso / Tomas Bajdacz, 235 2832 / 2833 / 2834, correo electrónico: [email protected]) (“BST”); (iv) Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. , con domicilio sito en Tte. Gal. Juan D. Perón 430, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina; Atención: [email protected]; teléfono: (+5411) 6329-1571 (“Banco Galicia”); y (v) Dracma S.A ., con domicilio sito en Av. La Voz del Interior 8821, Torre 1 Piso 6 - Parque Empresarial Aeropuerto, Córdoba, Argentina (Atención Ignacio Bacsay / Juan Walker, correo electrónico [email protected], [email protected], teléfono 0351-5680012) (“Dracma” y en conjunto con Banco Supervielle, Banco Comafi, BST y Bancor, los “Organizadores y Colocadores”)
3. Colocador: Será Banco de la Provincia de Córdoba S.A, con domicilio en Bartolomé Mitre 341, Piso 3, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República, Argentina (Atención: Diego Sánchez Stabile / Natalia Vigliercio / Martin Prieto / Diego Scarano / Cecilia Carovillano, teléfonos: +54 (11) 5811-8802 / +54 (351) 420-5666/5789); correos electrónicos: [email protected] / [email protected] / [email protected] / dscaran [email protected] / [email protected]);
4. Monto de la Emisión : El valor nominal de las Obligaciones Negociables será de hasta el Monto Máximo de la Emisión, esto es, por hasta $ 2.500.000.000 (Pesos dos mil quinientos millones) (o su equivalente en Dólares estadounidenses calculados al Tipo de Cambio Inicial, conforme se define más adelante).
La sumatoria del monto de emisión de las Obligaciones Negociables Clase I, de las Obligaciones Negociables Clase II y de las Obligaciones Negociables Clase III no podrá superar el Monto Máximo de la Emisión.
EN CASO DE QUE LA EMISORA DECIDA DECLARAR DESIERTO EL PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE UNA, DOS O TRES CLASES DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES, LAS CLASES QUE NO SEAN DECLARADAS DESIERTAS PODRÁN SER EMITIDAS HASTA ALCANZAR EL MONTO MÁXIMO DE LA EMISIÓN. SI TODAS LAS CLASES SE DECLARAN DESIERTAS, NO SE EMITIRÁ NINGUNA OBLIGACIÓN NEGOCIABLE. ESTA CIRCUNSTANCIA NO IMPLICARÁ RESPONSABILIDAD ALGUNA POR PARTE DEL ORGANIZADOR, LOS COLOCADORES O LA EMISORA, NI OTORGARÁ A LOS INVERSORES DERECHO A COMPENSACIÓN O INDEMNIZACIÓN ALGUNA.
5. Método de Colocación: Las Obligaciones Negociables serán colocadas públicamente en Argentina conforme los términos de la Ley de Mercado de Capitales, las Normas de la CNV, la Ley de Obligaciones Negociables y cualquier otra ley y/o reglamentación aplicable. Los Colocadores se proponen realizar sus actividades de colocación de las Obligaciones Negociables en Argentina en el marco de la Ley de Mercado de Capitales y las Normas de la CNV. Para más información, véase la sección III “Plan de Distribución” del Prospecto.
6. Período de Difusión Pública : Comenzará el día 17 de abril de 2024 y terminará el día 19 de abril de 2024.
7. Período de Subasta Pública : Comenzará a las 10:00 horas y finalizará a las 16:00 horas del día 22 de abril de 2024. Durante el Período de Subasta Pública, el cual será de al menos (1) un Día Hábil los Colocadores y los Agentes del MAE (siempre que sean habilitados por el Agente de Liquidación) podrán ingresar como ofertas a través del módulo de licitaciones del Sistema SIOPEL (las “Ofertas de Compra”), las Órdenes de Compra que hayan recibido de potenciales Inversores. Una vez finalizado dicho período, las Ofertas de Compra no podrán ser retiradas, con excepción de lo establecido en el Prospecto para el caso de la suspensión, prórroga, interrupción y/o modificación del Período de Subasta Pública. Sólo las Ofertas de
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Compra participarán del proceso de Subasta Pública (conforme dicho término se define en el Prospecto) y serán adjudicadas de conformidad con el procedimiento que se prevé en “Adjudicación y Prorrateo” del Prospecto. La colocación primaria de las Obligaciones Negociables se realizará mediante Subasta Pública con posibilidad de participación de todos los interesados, a través del módulo de licitaciones del Sistema SIOPEL del MAE, un sistema que garantiza la transparencia y la igualdad de trato entre los Inversores, de conformidad con las Normas de la CNV. La Subasta Pública será abierta conforme lo establece el artículo 8, inciso d), Sección II, Capítulo IV del Título VI de las Normas de la CNV.
Todos aquellos Agentes del MAE que cuenten con línea de crédito otorgada por el Agente de Liquidación, serán, a pedido, dados de alta por el Agente de Liquidación siempre que acrediten su inscripción ante la CNV como “Agente Registrado” para la categoría que correspondiere en los términos de la Ley de Mercado de Capitales y el cumplimiento de las normas en materia de prevención de encubrimiento, lavado de activos y financiación del terrorismo de forma suficiente y satisfactoria para el Agente de Liquidación, quien observará y respetará en todo momento el trato igualitario entre los Inversores. En cualquier caso, la solicitud de alta deberá ser realizada por los Agentes del MAE ante el Agente de Liquidación hasta las 15:00 horas del último día del Período de Difusión Pública.
La liquidación de las Obligaciones Negociables será efectuada a través de MAE Clear (“MAE Clear”) o aquél que en el futuro lo reemplace.
Ningún Inversor podrá presentar Órdenes de Compra cuyo Monto Solicitado (según dicho término se define en el Prospecto) supere el Monto Máximo de Emisión, ya sea que se presenten en una o más Órdenes de Compra del mismo Inversor.
8. Suspensión, terminación o prórroga del Período de Difusión Pública y del Período de Subasta Pública: Los Colocadores, conforme las instrucciones que reciban del Emisor podrán suspender y/o interrumpir y/o prorrogar y/o modificar, el Período de Difusión Pública y el Período de Subasta Pública, en cuyo caso dicha alteración será informada con al menos 2 (dos) horas de anticipación al cierre del período que se trate mediante un aviso a ser presentado para su publicación en el Boletín Diario de la BCBA, en la Autopista de Información Financiera de la Página Web de la CNV y en la Página Web del MAE. En dicho caso, los Inversores que hubieran presentado Ofertas de Compra durante el Período de Subasta Pública podrán a su solo criterio y sin penalidad alguna, retirar tales Ofertas de Compra en cualquier momento anterior a la finalización de dicho período.
La terminación y/o modificación y/o suspensión y/o prórroga del Período de Difusión Pública y/o del Período de Subasta Pública no generará responsabilidad alguna al Emisor y/o a los Colocadores, ni otorgará a los Inversores que hayan presentado Órdenes de Compra, ni a los Agentes del MAE y/o adherentes del mismo que hayan presentado Ofertas de Compra, derecho a compensación y/o indemnización alguna. En caso de terminación del Período de Difusión Pública y/o del Período de Subasta Pública, todas las Ofertas de Compra que en su caso se hayan presentado hasta ese momento quedarán automáticamente sin efecto.
El Emisor podrá, hasta la finalización del Período de Subasta Pública, dejar sin efecto la colocación y adjudicación de las Obligaciones Negociables, en caso de que hayan sucedido cambios en la normativa cambiaria, impositiva y/o de cualquier otra índole que tornen más gravosa la emisión para el Emisor, según lo determine el Emisor, quedando pues sin efecto alguno la totalidad de las Ofertas de Compra de las Obligaciones Negociables. Esta circunstancia no otorgará a los Inversores derecho a compensación ni indemnización alguna.
9. Fecha de Emisión y Liquidación : Será el 25 de abril de 2024.
10. Moneda de Integración, Denominación y Pago:
Obligaciones Negociables Clase I: Las Obligaciones Negociables Clase I serán integradas, estarán denominadas y serán pagaderas en Pesos, en la República Argentina.
Obligaciones Negociables Clase II: Las Obligaciones Negociables Clase II estarán denominadas en Dólares Estadounidenses, serán suscriptas e integradas en Pesos al Tipo de Cambio Inicial (conforme se define a continuación). Asimismo, todos los pagos bajo la Clase II se realizarán en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable (conforme se define a continuación), en la República Argentina.
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Obligaciones Negociables Clase III: Las Obligaciones Negociables Clase III estarán denominadas en Dólares Estadounidenses, serán suscriptas e integradas en Pesos al Tipo de Cambio Inicial (conforme se define a continuación). Asimismo, todos los pagos bajo la Clase III se realizarán en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable (conforme se define a continuación), en la República Argentina.
11. Precio de Suscripción : 100% del valor nominal.
12. Monto Mínimo de Suscripción:
Obligaciones Negociables Clase I : El monto mínimo de suscripción de las Obligaciones Negociables será de $10.000 (Pesos diez mil) y múltiplos enteros de $1 (Peso uno) por encima de dicho monto (el “Monto Mínimo de Suscripción de la Clase I”).
Obligaciones Negociables Clase II : El monto mínimo de suscripción de las Obligaciones Negociables será de US$50 (Dólares Estadounidenses cincuenta) y múltiplos enteros de US$1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto (el “Monto Mínimo de Suscripción de la Clase II”).
Obligaciones Negociables Clase III : El monto mínimo de suscripción de las Obligaciones Negociables será de US$50 (Dólares Estadounidenses cincuenta) y múltiplos enteros de US$1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto (el “Monto Mínimo de Suscripción de la Clase II”).
13. Unidad Mínima de Negociación:
Obligaciones Negociables Clase I : La unidad mínima de negociación de las Obligaciones Negociables será de $1 (Peso uno) y múltiplos enteros de $1 (Peso uno) por encima de dicho monto.
Obligaciones Negociables Clase II : La unidad mínima de negociación de las Obligaciones Negociables será de US$1 (Dólares Estadounidenses uno) y múltiplos enteros de US$1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto.
Obligaciones Negociables Clase III : La unidad mínima de negociación de las Obligaciones Negociables será de US$1 (Dólares Estadounidenses uno) y múltiplos enteros de US$1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto.
14. Valor Nominal Unitario:
Obligaciones Negociables Clase I: El valor nominal unitario de las Obligaciones Negociables Clase I será de $1 (Peso uno).
Obligaciones Negociables Clase II: El valor nominal unitario de las Obligaciones Negociables Clase II será de US$1 (Dólares Estadounidenses uno).
Obligaciones Negociables Clase III: El valor nominal unitario de las Obligaciones Negociables Clase II será de US$1 (Dólares Estadounidenses uno).
15. Fecha de Vencimiento:
Obligaciones Negociables Clase I : Las Obligaciones Negociables Clase I vencerán a los 24 (veinticuatro) meses a contar desde la Fecha de Emisión y Liquidación, o el Día Hábil inmediato posterior si dicha fecha no fuese un Día Hábil (la “Fecha de Vencimiento de la Clase I”). La Fecha de Vencimiento de la Clase I será informada en el Aviso de Resultados.
Obligaciones Negociables Clase II: Las Obligaciones Negociables Clase II vencerán a los 24 (veinticuatro) meses a contar desde la Fecha de Emisión y Liquidación, o el Día Hábil inmediato posterior si dicha fecha no fuese un Día Hábil (la “Fecha de Vencimiento de la Clase II”). La Fecha de Vencimiento de la Clase II será informada en el Aviso de Resultados.
Obligaciones Negociables Clase III: Las Obligaciones Negociables Clase III vencerán a los 36 (treinta y seis) meses a contar desde la Fecha de Emisión y Liquidación, o el Día Hábil inmediato posterior si dicha fecha no fuese un Día Hábil (la “Fecha de Vencimiento de la Clase III”). La Fecha de Vencimiento
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de la Clase III será informada en el Aviso de Resultados.
16. Amortización:
Obligaciones Negociables Clase I : El 100% del capital de las Obligaciones Negociables Clase I será amortizado en tres cuotas: (i) la primera, equivalente al 33% del capital, a los 18 meses computados desde la Fecha de Emisión y Liquidación; (ii) la segunda, equivalente al 33% del capital, a los 21 meses computados desde la Fecha de Emisión y Liquidación; y (iii) la tercera, equivalente al 34%, en la Fecha de Vencimiento de la Clase I (cada una de ellas, una “Fecha de Amortización de la Clase I”).
Obligaciones Negociables Clase II : El 100% del capital de las Obligaciones Negociables Clase II será amortizado en 3 cuotas: (i) la primera, equivalente al 33% del capital, a los 18 meses computados desde la Fecha de Emisión y Liquidación; (ii) la segunda, equivalente al 33% del capital, a los 21 meses computados desde la Fecha de Emisión y Liquidación; y (iv) la tercera, equivalente al 34% restante del capital, en la Fecha de Vencimiento de la Clase II (cada una de ellas una “Fecha de Amortización de la Clase II”).
Obligaciones Negociables Clase III: El 100% del capital de las Obligaciones Negociables Clase III será amortizado en 3 cuotas: (i) la primera, equivalente al 33% del capital, a los 24 meses computados desde la Fecha de Emisión y Liquidación; (ii) la segunda, equivalente al 33% del capital, a los 30 meses computados desde la Fecha de Emisión y Liquidación; y (iv) la tercera, equivalente al 34% restante del capital, en la Fecha de Vencimiento de la Clase III (cada una de ellas una “Fecha de Amortización de la Clase III”).
Si una Fecha de Amortización no fuera un Día Hábil, el pago correspondiente será efectuado el Día Hábil inmediatamente posterior. Las Fechas de Amortización serán informadas en el Aviso de Resultados.
17. Tasa de interés:
Obligaciones Negociables Clase I: Las Obligaciones Negociables Clase I devengarán intereses a una tasa de interés variable anual, que será equivalente a la suma de (i) la Tasa de Referencia más; (ii) el Margen de Corte (conforme ambos términos son definidos más adelante) (la “Tasa de Interés de la Clase I”). La Tasa de Interés de la Clase I será calculada por el Emisor e informada por éste en el aviso de pago respectivo, a ser publicado por un día en el Boletín Diario de la BCBA, en la Página Web de la CNV: https://www.argentina.gob.ar/cnv, y en la Página Web del MAE.
Obligaciones Negociables Clase II: Las Obligaciones Negociables Clase II devengarán intereses sobre el monto de capital no amortizado a una tasa de interés fija anual, expresada en un porcentaje anual truncado a dos decimales que será determinada una vez finalizada la Subasta Pública y será informada mediante el Aviso de Resultados (la “Tasa Aplicable Clase II”).
La Tasa Aplicable podrá ser igual a 0,00%, caso en el que las Obligaciones Negociables Clase II no devengarán interés alguno.
Obligaciones Negociables Clase III : Las Obligaciones Negociables Clase III devengarán intereses sobre el monto de capital no amortizado a una tasa de interés fija anual, expresada en un porcentaje anual truncado a dos decimales que será determinada una vez finalizada la Subasta Pública y será informada mediante el Aviso de Resultados (la “Tasa Aplicable Clase III”).
La Tasa Aplicable podrá ser igual a 0,00%, caso en el que las Obligaciones Negociables Clase III no devengarán interés alguno.
18. Tasa de Referencia: Será el promedio aritmético simple de la Tasa BADLAR Privada (o, en caso de que el BCRA suspenda su publicación, de la Tasa Sustituta) publicada por el Banco Central durante el período que se inicia el séptimo Día Hábil anterior al inicio de cada Período de Devengamiento de Intereses y finaliza el séptimo Día Hábil anterior a la Fecha de Pago de Intereses correspondiente (incluyendo el primer día, pero excluyendo el último día) (conforme dichos términos se definen a continuación).
“Tasa BADLAR Privada” significa la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más de $1.000.000, por períodos de entre treinta (30) y treinta y cinco (35) días de plazo de bancos privados de la República
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Argentina, publicada por el BCRA en su página web (www.bcra.gov.ar).
“Tasa Sustituta” significa (i) la tasa sustituta de la Tasa BADLAR Privada que informe el BCRA; o (ii) en caso de no existir dicha tasa sustituta, el promedio (calculado por el Emisor) de tasas informadas para depósitos de idéntico plazo (30 a 35 días) y similar monto por los cinco primeros bancos privados según el último informe de depósitos disponible publicado por el BCRA.
19. Margen de Corte: Para las Obligaciones Negociables Clase I, es la cantidad de puntos básicos que se debe adicionar a la Tasa de Referencia en cada Período de Devengamiento de Intereses, expresado en un porcentaje anual truncado a dos decimales (el “Margen de Corte”). El Margen de Corte se informará una vez finalizada la Subasta Pública, mediante el Aviso de Resultados.
Los inversores deberán considerar que el Margen de Corte podrá ser negativo. En caso de que el Margen de Corte fuera negativo, los puntos básicos en cuestión serán detraídos de la Tasa de Referencia en la Fecha de Pago de Intereses de la Clase I según pudiera aplicar. De esta forma, podría suceder que la Clase I pueda no generar rendimiento. Sin perjuicio de ello, en el caso de que la Tasa de Interés de la Clase I (sumatoria de la Tasa de Referencia y el Margen de Corte) diera como resultado un monto negativo, se entenderá que el rendimiento bajo las Obligaciones Negociables Clase I será de 0,00%.
20. Tipo de Cambio Inicial: Será el promedio aritmético simple (truncado a cuatro decimales) de los últimos 3 (tres) Días Hábiles previos al Período de Subasta Pública, del tipo de cambio mayorista del Dólar Estadounidense informado por el BCRA mediante la Comunicación “A” 3500 (o la regulación que la sucediere o modificare), el cual será informado mediante el Aviso de Resultados.
21. Tipo de Cambio Aplicable: Será el promedio aritmético simple (truncado a cuatro decimales) de los últimos tres (3) Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo del tipo de cambio de referencia en Pesos por Dólar Estadounidense informado por el BCRA mediante la Comunicación “A” 3500.
En el supuesto que (i) el BCRA dejare de efectuar dicha determinación y publicación, se tomará el promedio del tipo de cambio billete vendedor del Banco de la Nación Argentina o (ii) en caso que el tipo de cambio no reflejare el tipo de cambio para la liquidación de divisas provenientes de la exportación del Producto de Referencia (circunstancia que deberá ser informada por la Sociedad mediante publicación de una nota de hecho relevante a ser publicada en el Sitio Web de la CNV), se tomará el promedio del tipo de cambio divisa vendedor para la exportación del Producto de Referencia (conforme es definido seguidamente) informado por el BCRA o, en su defecto, por encuesta a los tres principales bancos privados del sistema financiero por volumen de depósitos; en los supuestos (i) e (ii) anteriores según sea calculado por el Emisor.
El Producto de Referencia es el indicado bajo el Nomenclador Común del Mercosur N° 9021.90.89. 900L (artículos y aparatos para ortopedia, incluidas las fajas y vendajes medicoquirurgicos y las muletas; tablillas, férulas u otros artículos y aparatos para fracturas; artículos y aparatos para protesis; audifonos y demás aparatos que lleve la propia persona o se le implanten para compensar un defecto o incapacidad. Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos).
El Tipo de Cambio Aplicable correspondiente al pago de servicios de amortización y los intereses de las Obligaciones Negociables Clase II y las Obligaciones Negociables Clase III, será informado en los respectivos avisos de pago de servicios a ser publicados en el Boletín Diario de la BCBA, en la AIF y en el Boletín Electrónico del MAE.
22. Fecha de cálculo : Será la fecha correspondiente al sexto Día Hábil anterior a una Fecha de Pago de Intereses de la Clase II, a la Fecha de Amortización de la Clase II, a una Fecha de Pago de Intereses de la Clase III y a las Fechas de Amortización de la Clase III, según corresponda.
23. Fechas de Pago de Intereses:
Obligaciones Negociables Clase I: Los intereses de la Clase I serán pagaderos trimestralmente, en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, comenzando en el mes y año que se informará oportunamente en el Aviso de Resultados y en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente mes (cada una de ellas, una
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“Fecha de Pago de Intereses de la Clase I”).
Obligaciones Negociables Clase II: Los intereses de la Clase II serán pagaderos trimestralmente, en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, comenzando en el mes y año que se informará oportunamente en el Aviso de Resultados y en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente mes (cada una de ellas, una “Fecha de Pago de Intereses de la Clase II”).
Obligaciones Negociables Clase III: Los intereses de la Clase III serán pagaderos trimestralmente, en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, comenzando en el mes y año que se informará oportunamente en el Aviso de Resultados y en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente mes (cada una de ellas, una “Fecha de Pago de Intereses de la Clase III”).
En caso de que alguna de las Fechas de Pago de Intereses no fuera un Día Hábil, los Intereses se pagarán el Día Hábil inmediato posterior con la misma validez y efecto como si el pago se hubiera efectuado en la fecha originalmente prevista, y no se devengarán intereses por el período comprendido entre dicha fecha y el Día Hábil en que se efectúe el pago, salvo en relación con las Fechas de Pago de Intereses coincidentes con una Fecha de Amortización, respecto de las cuales, en caso que no fuera un Día Hábil, el Emisor pagará los intereses devengados entre dicha fecha y la fecha en que efectivamente se realice el pago (excluyendo esta última).
24. Período de Devengamiento de Intereses: Significa el período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses y la Fecha de Pago de Intereses inmediata siguiente, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. El primer Período de Devengamiento de Intereses es el comprendido entre la Fecha de Emisión y Liquidación y la primera Fecha de Pago de Intereses incluyendo el primer día y excluyendo el último día. El último Período de Devengamiento de Intereses es el comprendido entre la Fecha de Pago de Intereses inmediata anterior a la Fecha de Vencimiento correspondiente y la Fecha de Vencimiento respectiva, incluyendo el primer día y excluyendo el último día.
25. Adjudicación y Prorrateo: Será realizada conforme lo previsto en el Prospecto. Si como resultado del prorrateo bajo el mecanismo de adjudicación, el valor nominal a adjudicar a una Oferta de Compra contiene decimales por debajo de los 0,50 los mismos serán suprimidos a efectos de redondear el valor nominal de las Obligaciones Negociables a adjudicar. Contrariamente, si contiene decimales iguales o por encima de 0,50 los mismos serán ponderados hacia arriba, otorgando V/N1 de las Obligaciones Negociables a adjudicar.
26. Base para el cómputo de los días : Para el cálculo de los intereses se considerará la cantidad real de días transcurridos y un año de trescientos sesenta y cinco (365) días (cantidad real de días transcurridos/365).
27. Agente de Depósito Colectivo : Caja de Valores S.A.
28. Forma : Las Obligaciones Negociables se encontrarán representadas bajo un Certificado Global por cada Clase que será depositado por la Emisora en el sistema de depósito colectivo llevado por Caja de Valores. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo, conforme a la Ley N° 20.643, encontrándose habilitada la Caja de Valores para cobrar aranceles a los depositantes, que éstos podrán trasladar a los Tenedores.
29. Pagos : Todos los pagos bajo las Obligaciones Negociables serán efectuados a través de la Caja de Valores S.A. (“Caja de Valores”) para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de las Obligaciones Negociables con derecho al cobro (los “Tenedores”).
30. Uso de los Fondos : La emisión de las Obligaciones Negociables estará destinada a uno o más de los fines previstos en el artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables. En particular, la Emisora podrá aplicar el producido neto de la colocación de Obligaciones Negociables a integración de capital de trabajo en el país, conforme se describe en el Prospecto.
31. Listado y Negociación : Las Obligaciones Negociables serán listadas y negociadas en BYMA y MAE, siempre que los referidos organismos otorguen la debida autorización.
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32. Agente de Liquidación : Dracma S.A.
33. Notificaciones a los Tenedores de las Obligaciones Negociables : Todas las notificaciones relativas a las Obligaciones Negociables se considerarán debidamente efectuadas a los tenedores si se publican por un Día Hábil en los sistemas de información dispuestos por los mercados en donde se listen y negocien las Obligaciones Negociables y/o aquel otro modo que se indique en la Página Web de la CNV. Cualquier notificación del tipo indicado se considerará efectuada en la fecha de tal publicación o, en caso de que se publicara más de una vez o en distintas fechas, en la fecha de la última publicación.
34. Entidades de Garantía: Banco de la Provincia de Córdoba S.A., Banco de Servicios y Transacciones S.A., Banco Comafi S.A., Banco Supervielle S.A. y Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U.
35. Garantía Las Obligaciones Negociables están garantizadas por : (i) Banco de la Provincia de Córdoba S.A. en un 20% (es decir, por hasta $500.000.000 -o su equivalente en Dólares Estadounidenses, calculados conforme se establece en el presente Prospecto-); (ii) Banco de Servicios y Transacciones S.A., en un 20% (es decir, por hasta $500.000.000 -o su equivalente en Dólares Estadounidenses, calculados conforme se establece en el presente Prospecto-); (iii) Banco Comafi S.A. en un 20% (es decir, por hasta $500.000.000 -o su equivalente en Dólares Estadounidenses, calculados conforme se establece en el presente Prospecto-); (iv) Banco Supervielle S.A. en un 20% (es decir, por hasta $500.000.000 -o su equivalente en Dólares Estadounidenses, calculados conforme se establece en el presente Prospecto-) y (v) Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. en un 20% — (es decir, por hasta $500.000.000 -o su equivalente en Dólares Estadounidenses, calculados conforme se establece en el presente Prospecto-); totalizando estas garantías el 100% por hasta el Monto Máximo de la Emisión, es decir, por hasta $2.500.000.000 (Pesos dos mil quinientos millones) (o su equivalente en Dólares Estadounidenses, calculado conforme se establece en el presente Prospecto), con más los intereses compensatorios pactados, accesorios y los gastos que razonablemente demande en conjunto el cobro de cualesquiera de los montos impagos bajo las Obligaciones Negociables, incluidas las costas judiciales, ello como entidades de garantía autorizadas por la CNV (la “Garantía”).
La Garantía común de Banco de la Provincia de Córdoba S.A., Banco de Servicios y Transacciones S.A., Banco Comafi S.A., Banco Supervielle S.A. y Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U es otorgada en carácter de liso, llano y principal pagadores de las Obligaciones Negociables, con renuncia al beneficio de excusión y división (en este último caso, solo respecto de la emisora).
36. Rescate anticipado por razones fiscales: Solo se permitirá el rescate anticipado por razones fiscales conforme se menciona en el Prospecto.
37. Día Hábil: Se entenderá por Día Hábil aquel día en que las entidades financieras están autorizadas a operar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y durante el cual se realiza la rueda de operaciones en al menos uno de los mercados donde listen y negocien las Obligaciones Negociables.
38. Ley Aplicable y Jurisdicción: Todas las cuestiones relacionadas con las Obligaciones Negociables se regirán por, y deberán serán interpretadas exclusivamente de conformidad con, las leyes de la Argentina. Toda controversia que se suscite entre la Emisora y los Tenedores de Obligaciones Negociables en relación con las Obligaciones Negociables (incluyendo, sin limitación, sobre la existencia, validez, calificación, interpretación, alcance o cumplimiento de las Obligaciones Negociables), será resuelta por el Tribunal Arbitral que opere en el ámbito de BYMA de acuerdo con la reglamentación vigente para el arbitraje de derecho, quedando a salvo el derecho de los Tenedores de Obligaciones Negociables contemplado en el artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales, de optar por acudir a los tribunales judiciales competentes.
Oferta pública autorizada en los términos de la Ley N° 26.831, los Decretos N° 1.087/93 1.023/13 y las NORMAS (T.O. 2013 y mod.) de la Comisión Nacional de Valores, registrada bajo Resolución N° RESFC-2024-22657-APN-DIR#CNV del 11 de abril de 2024. Esta autorización sólo significa que se han cumplido con los requisitos establecidos en materia de información establecidos en el régimen PYME CNV GARANTIZADA. La Comisión Nacional de Valores no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el prospecto. La veracidad de la información suministrada en el presente prospecto es exclusiva responsabilidad del órgano de administración de la emisora y demás responsables según los artículos 119 y 120 de la Ley N° 26.831. El órgano de administración manifiesta, con carácter de
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declaración jurada, que el presente prospecto contiene, a la fecha de su publicación, información veraz y suficiente conforme a lo requerido por las normas vigentes. Los Inversores (conforme se los define más adelante) deben tener en cuenta al momento de realizar su inversión que el Emisor, en relación con la presente, contará con un régimen informativo diferenciado debido a que esta emisión se efectúa bajo el régimen garantizado por Entidades de Garantía autorizadas por la Comisión Nacional de Valores, lo que implicará que se les aplicará el régimen informativo diferenciado establecido en el artículo 15 de la Sección VI del Capítulo VI del Título II.
Los restantes términos y condiciones de las Obligaciones Negociables se detallan en el Prospecto. El Prospecto y los demás documentos relevantes para la emisión de las Obligaciones Negociables se encuentran a disposición de los interesados la Página Web de la CNV (www.argentina.gob.ar/cnv) y en el domicilio de la Emisora y los Colocadores cuyas direcciones se indican en el presente Aviso de Suscripción. Los Inversores deberán considerar cuidadosamente la información contenida en dichos documentos antes de tomar una decisión de invertir en las Obligaciones Negociables.
Antes de tomar cualquier decisión de inversión respecto de las Obligaciones Negociables, los Inversores deberán realizar su propio análisis sobre la Sociedad, los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables y los riesgos involucrados.
ORGANIZADORES Y COLOCADORES
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Banco Comafi S.A. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N°54 Esmeralda 950 Piso 5 CABA Teléfono: (+5411) 4338-9270/9344 Correo electrónico: [email protected]
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Banco de Servicios y Transacciones S.A. Tte. Gral. Juan Domingo Perón 646, Piso 4, Ciudad Autónoma de Buenos Aires Teléfono: (+5411) 5235-2800 Correo electrónico: [email protected] / [email protected]
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Dracma S.A. Agente de Liquidación y Compensación Propio Matrícula CNV N° 201 Teléfono: 0351-5680012 Correo electrónico: [email protected]
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Banco Supervielle S.A. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV Nº 57 Reconquista 330 Teléfono: (+54 011) 4324-8000 Correo electrónico: [email protected]
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Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U.
Tte. Gral. Juan Domingo Perón 430 (C1038AAJ) Ciudad de Buenos Aires Argentina Matrícula CNV N° 22 Correo electrónico:
- info [email protected]
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COLOCADOR
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Banco de la Provincia de Córdoba S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N°75 Teléfono: +54 (11) 5811-8802 / +54 (351) 420-5666/5789) Correo electrónico: [email protected]
ENTIDADES DE GARANTÍA
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Banco Comafi S.A. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N°54 Teléfono: (+5411) 4338-9270/9344 Correo electrónico: [email protected]
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Banco de la Provincia de Córdoba S.A. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV N°75 Teléfono: +54 (11) 5811-8802 / +54 (351) 420-5666/5789) Correo electrónico: [email protected]
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Banco de Servicios y Transacciones S.A. Tte. Gral. Juan Domingo Perón 646, Piso 4, Ciudad Autónoma de Buenos Aires Teléfono: (+5411) 5235-2800 Correo electrónico: [email protected]
Banco Supervielle S.A. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula CNV Nº 57 Teléfono: (+54 011) 4324-8000 Correo electrónico: [email protected]
La fecha de este Aviso de Suscripción es 16 de abril de 2024
Luciana Denegri Autorizada Promedon S.A.
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