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Plaza Logística S.R.L. Capital/Financing Update 2021

Feb 17, 2021

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Capital/Financing Update

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AVISO DE SUSCRIPCIÓN

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Emisora

OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE 6 A TASA FIJA CON VENCIMIENTO A LOS 42 MESES CONTADOS DESDE LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN POR UN VALOR NOMINAL DE UNIDADES DE VALOR ADQUISITIVO EQUIVALENTE A HASTA $1.800.000.000, CONVERTIDOS AL VALOR UVA INICIAL, OFRECIDAS EXCLUSIVAMENTE A INVERSORES CALIFICADOS

A EMITIRSE EN EL MARCO DEL PROGRAMA GLOBAL DE EMISIÓN DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES POR UN V/N DE HASTA US$ 130.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO TREINTA MILLONES) (O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS O UNIDADES DE MEDIDA)

Mediante el presente aviso de suscripción (el “Aviso de Suscripción”) se comunica a los inversores calificados (según se los define en el artículo 12 de la Sección I del Capítulo VI del Título II de las Normas de la CNV) que Plaza Logística S.R.L. (la “Emisora” o la “Sociedad”) ofrece en suscripción las obligaciones negociables Clase 6 a tasa de interés fija con vencimiento a los 42 (cuarenta y dos) meses contados desde la fecha de emisión y liquidación por un valor nominal en Unidades de Valor Adquisitivo (“UVA”) equivalente a hasta $1.800.000.000 (las “Obligaciones Negociables”), de acuerdo con los términos y condiciones que se detallan en el prospecto de Programa de fecha 1 de julio de 2020 (el “Prospecto”), y en el suplemento de prospecto, de fecha 17 de febrero de 2021 (el “Suplemento”), publicado en la misma fecha en la Autopista de la Información Financiera (“AIF”), en el sitio web de Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA”), en el micrositio web de licitaciones del sistema SIOPEL del Mercado Abierto Electrónico S.A. (el “MAE”) y en el sitio web de la Emisora (http://www.plazalogistica.com.ar/).

La oferta pública de las Obligaciones Negociables estará dirigida exclusivamente a “Inversores Calificados”. Por lo tanto, las Obligaciones Negociables sólo podrán ser adquiridas y transmitidas en los mercados primarios por aquellos inversores calificados listados en el artículo 12, Sección I, Capítulo VI, Título II de las Normas de la CNV (los “Inversores Calificados”).

El producido neto proveniente de la emisión de las Obligaciones Negociables será destinado a proyectos sociales verdes, y/o sustentables de acuerdo con los “Lineamientos para la Emisión de Valores Negociables Sociales, Verdes y Sustentables en Argentina” contenidos en el Anexo III del Capítulo I del Título VI de las Normas de CNV (los “Lineamientos”), que receptan los criterios internacionales imperantes en la materia, tales como los Green Bond Principles (“GBP”), creados por la Asociación Internacional del Mercado de Capitales (“ICMA”), los Principios de los Bonos Sociales ( “SBP”), la Guía de los Bonos Sostenibles (“SBG”), y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, entre otras.

FIX HA CALIFICADO A LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES COMO BONO SOSTENIBLE (VERDE + SOCIAL) “BSS1(ARG)”.

Todos los términos que comiencen en mayúscula que no se encuentren expresamente definidos en el presente aviso, tienen el significado que se les asigna en el Suplemento y/o en el Prospecto. Sin perjuicio de ello, en caso de discordancia entre los términos de este Aviso de Suscripción y el del Suplemento prevalecerán los términos de este Aviso de Suscripción.

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A continuación, se detallan los principales términos y condiciones de las Obligaciones Negociables:

1. Emisora: Plaza Logística S.R.L. con domicilio en Av. Leandro N. Alem 855, piso 16, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C1001AAD), República Argentina (e-mail [email protected], teléfono +5411 5236 1010).

2. Agentes Colocadores: Banco Santander Río S.A. , con domicilio en Juan de Garay 151 (C1063AAB), Ciudad Autónoma de Buenos Aires (At: Institucional Sales Santander Río, teléfono 4341-1140, Maria Laura Segura, e-mail: [email protected]); BACS Banco de Crédito y Securitización S.A. , con domicilio en Tucumán 1, Piso 19º(C1049AAA), Ciudad Autónoma de Buenos Aires [(At: Agustin Ortiz Frágola: e-mail [email protected], teléfono: 4329-4242, Santiago Terra: e-mail: [email protected], teléfono: 4329-4243, Luis Baigorri e-mail: [email protected], teléfono: 4329-4240, Andrés Vernengo [email protected], teléfono: 4329-4284)]; StoneX Securities S.A. , con domicilio en Sarmiento 459, piso 9°, (C1041AAI), Ciudad Autónoma de Buenos Aires [(Atención: Nadia Fraga, Candelaria Navazzotti, Rosario Martinez Zunino, teléfono: 4390-7597, e-mail: [email protected])]; Banco Hipotecario S.A. , con domicilio en Reconquista 151 (C1003ABC), Ciudad Autónoma de Buenos Aires [(At: Centro de Inversiones [email protected], Enrique R. Emiliozzi e-mail: [email protected], teléfono: 4347-5685; Hernán M. Gomez e-mail: [email protected], teléfono: 4347-5320; Federico G. Binda e-mail: [email protected], teléfono: 4347-5587, Rodrigo Calderon e-mail: [email protected], teléfono: 4347-525)]; y Balanz Capital Valores S.A.U. , sitas en Av. Corrientes 316, Piso 3°, (C1043AAQ), Ciudad de Buenos Aires [(At: Sebastián Money, e-mail: [email protected], teléfono 5276-7010, Gonzalo Mendive, e-mail: [email protected], teléfono 5276-7010, Tomás Herrlein, e-mail: [email protected], teléfono 5276-7010.

3. Agente de Liquidación: StoneX Securities S.A.

4. Agente de Cálculo: Plaza Logística S.R.L.

5. Descripción. Monto de Emisión : Las Obligaciones Negociables serán obligaciones negociables simples, no convertibles, con garantía común, por un valor nominal en Unidades de Valor Adquisitivo equivalente de hasta $1.800.000.000, convertidos al Valor UVA Inicial. El monto de la emisión de las Obligaciones Negociables será informado oportunamente a través de un aviso complementario al Suplemento de Prospecto luego del cierre del Período de Subasta y/o Licitación Pública (el “Aviso de Resultados”).

6. Denominación : Las Obligaciones Negociables estarán denominadas en Unidades de Valor Adquisitivo, actualizables por el Coeficiente de Estabilización de Referencia - Ley N° 25.827, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Necesidad y Urgencia N°146/2017 del Poder Ejecutivo Nacional.

7. Período de Difusión: 18 de febrero de 2021. Durante este período, los agentes del MAE no podrán ingresar posturas a través del Módulo Colocaciones Primarias del Sistema SIOPEL.

8. Período de Licitación Pública: Comenzará a las 10:00 horas del 19 de febrero de 2021 y finalizará a las 16:00 horas del mismo día. Durante el Período de Licitación Pública, los oferentes interesados en suscribir Obligaciones Negociables deberán presentar a los Colocadores o a los agentes del MAE y/o adherentes del mismo, en el horario indicado, las correspondientes Órdenes de Compra vinculantes conforme con lo previsto en “Plan de Distribución” del Suplemento.

La Emisora a su sólo criterio y sin necesidad de invocar motivo alguno podrá terminar y dejar sin efecto, modificar, suspender y/o prorrogar el Período de Difusión y/o el Período de Licitación Pública en cualquier momento del mismo, lo cual, en su caso, será informado mediante un aviso complementario al

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presente que será publicado (a más tardar dos horas antes del cierre del período de que se trate) en la AIF, en el micro sitio web de licitaciones del sistema “SIOPEL”, en el sitio web institucional de la Emisora, en el sitio web de BYMA y por un día en el Boletín Electrónico del MAE. La terminación, modificación, suspensión y/o prórroga del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública no generará responsabilidad alguna a la Emisora o a los Colocadores ni otorgará a los Inversores Calificados que hayan presentado Órdenes de Compra, ni a los agentes del MAE y/o adherentes del mismo que hayan presentado Ofertas de Compra, derecho a compensación y/o indemnización alguna. Los Inversores Calificados o agentes del MAE que hubieran presentado Órdenes de Compra durante el Período de Licitación Pública podrán, a su solo criterio y sin penalidad alguna, retirar tales Órdenes de Compra en cualquier momento anterior a la finalización del Período de Licitación Pública.

9. Colocación. Modalidad de Licitación: Las Obligaciones Negociables serán colocadas por oferta pública, conforme con los términos de la Ley de Mercado de Capitales, las Normas de la CNV y las demás normas aplicables, mediante el sistema denominado de subasta y/o licitación pública a través del sistema “SIOPEL” del MAE. La licitación pública que se realizará durante el Período de Licitación Pública será de modalidad “abierta” conforme lo establece el Artículo 8, inciso d), Sección II, Capítulo IV del Título VI de las Normas de la CNV, lo que implica que la totalidad de las ofertas ingresadas en el SIOPEL serán accesibles para los participantes de la Licitación Pública a medida que las mismas se vayan ingresando en el SIOPEL. Lo anterior garantizará la transparencia y la igualdad de trato entre los inversores, de conformidad con las Normas de la CNV y tal como se indica en el capítulo “Plan de Distribución ”, específicamente la sección del Suplemento, “Período de Difusión” y “Período de Licitación Pública” .

10. Adjudicación : Las Obligaciones Negociables serán adjudicadas y —en caso de resultar aplicable— prorrateadas de conformidad con lo establecido en el apartado “ Plan de Distribución” del Suplemento de Precio . Una vez finalizado el Período de Licitación Pública, la Emisora podrá adjudicar las Obligaciones Negociables o declarar desierta la licitación pública.

11. Fecha de Emisión y Liquidación : La Fecha de Emisión y Liquidación de las Obligaciones Negociables será dentro de los 3 (tres) Días Hábiles de finalizado el Periodo de Licitación Pública, y será informado en el Aviso de Resultados.

12. Moneda de suscripción y pago: Las Obligaciones Negociables serán integradas en Pesos directamente por los Inversores Calificados en la Fecha de Emisión y Liquidación (según dicho término se define más adelante) al Valor UVA Inicial. Asimismo, los pagos bajo las Obligaciones Negociables serán realizados por la Emisora en Pesos al Valor UVA Aplicable en cada Fecha de Pago de Amortización (términos que se definen más adelante), en cada Fecha de Pago de Intereses y en la Fecha de Vencimiento, según se establece más abajo. La entrega de las Obligaciones Negociables será efectuada en la Fecha de Emisión y Liquidación, en las cuentas en CVSA que los suscriptores hayan previamente indicado al Colocador contra la integración del correspondiente monto referido precedentemente (salvo en aquellos casos, en los cuales, por cuestiones estatutarias y/o regulación interna de dichos suscriptores, sea necesario transferir las Obligaciones Negociables a los mismos previamente a ser integrado el correspondiente monto). En todo caso deberá cumplimentarse con la normativa de aplicación, especialmente el régimen de Prevención del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.

13. Valor UVA Inicial: 67,73

14. Valor UVA Aplicable: Será la cotización de la UVA publicada por el BCRA en su sitio web http://www.bcra.gov.ar/, en el acceso “Unidad de Valor Adquisitivo (UVA) (en pesos -con dos decimales-, base 31.3.2016=14.05)”, ubicado en la sección “Publicaciones y Estadísticas. Estadísticas. Principales Variables”, correspondiente al quinto Día Hábil anterior de cada Fecha de Pago, según dicha cotización sea informada por el Agente de Cálculo (o, en caso que el BCRA suspenda la publicación de dicha

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variable, dicha equivalencia será calculada mediante la aplicación del Índice Sustituto). En el caso de no encontrarse disponible el Valor UVA Inicial, o el Valor UVA Aplicable para alguna de las Fechas de Pago, el Agente de Cálculo deberá determinar los montos a pagar tomando como referencia el Índice Sustituto. Los montos a pagar en concepto de amortizaciones de capital e intereses serán informados en el aviso de pago que deberá ser oportunamente publicado por la Emisora en la Autopista de Información Financiera de CNV.

15. Precio de la Emisión: 100% del valor nominal.

16. Monto Mínimo de Suscripción: 350 (trescientos cincuenta) UVA.

17. Unidad Mínima de Negociación: 1 UVA y múltiplos de 1 UVA superiores a esa cifra.

18. Liquidación y Compensación: La liquidación de las ofertas adjudicadas podrá ser efectuada a través de MAECLEAR, o el sistema de compensación y liquidación que lo reemplace en el futuro, o a través de los Colocadores.

19. Fecha de Vencimiento : Será la fecha en que se cumplan 42 (cuarenta y dos) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación, que será informada en el Aviso de Resultados.

20. Amortización : El capital de las Obligaciones Negociables se repagará en una (1) sola cuota en la Fecha de Vencimiento.

21. Tasa de Interés Compensatoria: Las Obligaciones Negociables devengarán intereses a una tasa de interés fija nominal anual, truncada a dos decimales, sobre el capital no amortizado, que será determinada por la Compañía luego de finalizado el procedimiento de colocación y adjudicación de las Obligaciones Negociables detallado en “ Plan de Distribución ” del Suplemento, e informada en el Aviso de Resultados.

22. Período de Devengamiento de Intereses: Es el período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses y la Fecha de Pago de Intereses inmediata siguiente, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. El primer Período de Devengamiento de Intereses es el comprendido entre la Fecha de Emisión y Liquidación y la primera Fecha de Pago de Intereses, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. El último Período de Devengamiento de Intereses es el comprendido entre la Fecha de Pago de Intereses inmediatamente anterior a la Fecha de Vencimiento y la Fecha de Vencimiento, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. La base para el cálculo de los intereses se realizará sobre un año de 360 días con 12 meses de 30 días cada uno.

23. Fechas de pago de intereses : Los intereses bajo las Obligaciones Negociables se pagarán en forma trimestral por período vencido, a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación, en las fechas que se detallen en el Aviso de Resultados, o de no ser un Día Hábil, el primer Día Hábil inmediatamente posterior (cada una, una “Fecha de Pago de Intereses”).

24. Forma de Pago : Todos los pagos bajo las Obligaciones Negociables serán efectuados por la Compañía mediante la transferencia de los importes correspondientes a Caja de Valores S.A. (“CVSA”) para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores. Si cualquier fecha de pago de cualquier monto bajo las Obligaciones Negociables no fuera un Día Hábil, dicho pago será efectuado en el Día Hábil inmediatamente posterior. Cualquier pago efectuado en dicho Día Hábil inmediatamente posterior tendrá la misma validez

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que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el mismo, y no se devengarán intereses durante el período comprendido entre dicha fecha y el Día Hábil inmediato posterior, estableciéndose, sin embargo, que si la Fecha de Vencimiento no fuera un Día Hábil, sí se devengarán intereses durante el período comprendido entre dicha fecha y el Día Hábil inmediato posterior.

25. Liquidación : Los Inversores Calificados deberán integrar las Obligaciones Negociables adjudicadas de acuerdo con el procedimiento detallado en “ Plan de Distribución – Liquidación ” del Suplemento.

26. Rango: Las Obligaciones Negociables constituirán un endeudamiento directo, incondicional, no privilegiado y no subordinado de la Compañía y tendrán en todo momento el mismo rango en su derecho de pago que todas las deudas existentes y futuras no privilegiadas y no subordinadas de la Compañía (salvo las obligaciones que gozan de preferencia por ley o de puro derecho, incluyendo, sin limitación, las acreencias por impuestos y de índole laboral). Las Obligaciones Negociables estarán efectivamente subordinadas a todo el endeudamiento garantizado actual y futuro de la Compañía, hasta el valor de los activos que garanticen dichas deudas.

27. Rescate Optativo Anticipado : La Emisora podrá rescatar a su opción las Obligaciones Negociables, en cualquier momento antes del noveno mes anterior a la Fecha de Vencimiento, según se describe en “ De la Oferta y NegociaciónRescate Optativo Anticipado ” del Suplemento, al precio de rescate de capital de 101% sobre el valor nominal, más los intereses devengados y no pagados calculados hasta la fecha de rescate. .

28. Mercados, listado y negociación: Se ha solicitado el listado y la negociación de las Obligaciones Negociables en BYMA y en el MAE.

29. Destino de los Fondos: Conforme con lo previsto en el Artículo 36, inciso 2, de la Ley de Obligaciones Negociables y los Lineamientos la Compañía utilizará el total del producido neto de la colocación de las Obligaciones Negociables para: (i) inversiones en activos físicos y bienes de capital situados en el país; (ii) adquisición de fondos de comercio situados en el país; (iii) integración de capital de trabajo en el país; (iv) la integración de aportes de capital en sociedades controladas o vinculadas a la sociedad emisora; y (v) la adquisición de participaciones sociales y/o financiamiento del giro comercial de su negocio, cuyo producido se aplique exclusivamente a los destinos antes especificados. En particular, el 100% del producido neto proveniente de la emisión de las Obligaciones Negociables, será destinado al financiamiento o refinanciamiento de proyectos verdes, sociales, y/o sustentables (es decir, verdes y sociales) de acuerdo con los Lineamientos. Para mayor información, véase la sección “ Destino de los Fondos ” del Suplemento.

30. Segunda Opinión: FIX S.A., entidad con experiencia en materia ambiental y social, emitirá al momento de la emisión de las Obligaciones Negociables, una “Segunda Opinión” según lo recomendado por la Guía ByMA y los Lineamientos, evaluando la alineación de los Proyectos SVS con los GBP y/o SBP. Para mayor información, véase la sección “ Segunda Opinión ” del Suplemento.

31. Calificación de Riesgo : Las Obligaciones Negociables han sido calificadas “A+(arg)” con perspectiva “estable” por FIX SCR S.A. Agente de Calificación de Riesgo - Registro CNV Nº9 (Afiliada de Fitch Ratings, Ltd.). Para mayor información, ver “ Calificación de Riesgo ” del Suplemento.

32. Forma/Registro : Las Obligaciones Negociables estarán representadas mediante un certificado global permanente, a ser depositado en CVSA de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 24.587 de Nominatividad de los Títulos Valores Privados. Los tenedores renuncian al derecho de exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias se

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realizarán dentro del sistema de depósito colectivo, conforme a la Ley Nº 20.643 y sus posteriores modificaciones, encontrándose habilitada CVSA para cobrar los aranceles de los depositantes, que éstos podrán trasladar a los tenedores.

33. Inexistencia de Mercado para las Obligaciones Negociables. Estabilización : Las Obligaciones Negociables no cuentan con un mercado de negociación establecido. Una vez que las Obligaciones Negociables ingresan en la negociación secundaria, los Colocadores podrán (pero no estarán obligados) a realizar operaciones destinadas a estabilizar el precio de mercado de dichas obligaciones negociables conforme con el artículo 12, Título VI, Capítulo IV, Sección III de las Normas de la CNV.

34. Ley Aplicable y Jurisdicción : Las Obligaciones Negociables se emitirán conforme con la Ley de Obligaciones Negociables y demás normas vigentes en la República Argentina que resultaren de aplicación en la Fecha de Emisión y Liquidación. Toda controversia que se suscite entre la Emisora y los tenedores en relación con las Obligaciones Negociables deberá someterse a la jurisdicción del Tribunal de Arbitraje General de la BCBA en virtud de la delegación de facultades otorgadas por el BYMA a la BCBA en materia de constitución de Tribunales Arbitrales o el tribunal arbitral en el ámbito de los mercados de valores que la CNV en el futuro autorice y lo reemplace, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales, sus modificatorias y/o complementarias, sin perjuicio del derecho de los tenedores a acudir a los tribunales judiciales competentes, a los que también podrá acudir la Emisora en caso que el Tribunal cese en sus funciones.

El presente debe ser leído conjuntamente con el Prospecto y el Suplemento, donde se detallan los restantes términos y condiciones de las Obligaciones Negociables. Los interesados podrán solicitar copias digitales del Prospecto y del Suplemento, como a su vez, de los restantes documentos relevantes para la emisión de las Obligaciones Negociables en los domicilios de la Emisora o de los Colocadores detalladas en el presente, o podrán encontrar copia de los mismos en la AIF, mercados donde se listen y negocien las Obligaciones Negociables, y en la página web de la Emisora. Antes de tomar decisiones de inversión respecto de las Obligaciones Negociables, los interesados deberán considerar la totalidad de la información contenida en el Prospecto y en el Suplemento (complementados y/o modificados, en su caso, por los avisos correspondientes).

La información contenida en el Suplemento de Precio y en el Prospecto no ha sido objeto de revisión por parte de la CNV, siendo la misma exclusiva responsabilidad de los miembros del órgano de administración y fiscalización, en lo que resulta de su competencia y de los agentes que participen como Organizador y Colocadores en la oferta pública conforme con lo previsto por los artículos 119 y 120 de la Ley de Mercado de Capitales Nº 26.831, modificada por la Ley de Financiamiento Productivo N°27.440 (la “Ley de Mercado de Capitales”).

La oferta pública del Programa ha sido autorizada por Resolución N° 19123/17 de fecha 1 de diciembre de 2017- Dicha autorización significa solamente que se ha dado cumplimiento a los requisitos de información de la CNV. Ni la CNV ni el MAE se han expedido respecto de la información contenida en el Prospecto y/o en el Suplemento, como así tampoco han emitido juicio sobre el carácter Social, Verde y/o Sustentable que pueda tener la emisión. A tal fin, la Gerencia manifiesta haberse orientado por los Lineamientos.

La información incluida en el presente es información parcial que deberá ser completada con la información contenida en el Prospecto y en el Suplemento, siendo la misma exclusiva responsabilidad de los miembros de la gerencia y de la comisión fiscalizadora de la Emisora, en lo que resulta de su competencia y de los agentes que participen como organizador y colocadores en la Oferta Pública conforme con lo previsto por los artículos 119 y 120 de la Ley 26.831. La oferta pública de las Obligaciones Negociables que se describe en este Aviso de Suscripción se encuentra comprendida dentro de la autorización de oferta pública otorgada por la CNV al Programa, en el marco de lo establecido por el artículo 41, Título II, Capítulo V, Sección V de las Normas de la CNV. El Suplemento no ha sido previamente revisado ni conformado por la CNV o por el MAE. De acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 51, Título II, Capítulo V, Sección V

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de las Normas de la CNV, dentro de los cinco días hábiles de suscriptas las Obligaciones Negociables la Emisora presentará la documentación definitiva relativa a las mismas.

La fecha de este Aviso de Suscripción es 17 de febrero de 2021

Colocadores

Banco Santander Río S.A. BACS Banco de Crédito y Banco Hipotecario S.A. Securitización S.A.

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Agente de Liquidación y Agente de Liquidación y Agente de Liquidación y Compensación Compensación Compensación y Agente de Negociación y Agente de Negociación Integral y Agente de Negociación Integral Integral Número de matrícula Número de matrícula asignado 25 de Número de matrícula asignado 40 de la CNV la CNV asignado 72 de la CNV. Stonex Securities S.A. Balanz Capital Valores ( S.A.U

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Agente de Liquidación y Agente de Liquidación y Compensación Compensación y Agente de Negociación Integral y Agente de Negociación Integral Número de matrícula asignado 47 Número de matrícula asignado 201 de la CNV de la CNV

____ Eduardo Bastitta Harriet Subdelegado

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