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Plaza Logística S.R.L. Capital/Financing Update 2020

Jul 4, 2020

68540_rns_2020-07-03_40836a2b-ac4b-44a9-868c-7831b570cfbf.pdf

Capital/Financing Update

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AVISO DE SUSCRIPCIÓN

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Emisora

OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE 4 A TASA FIJA CON VENCIMIENTO A LOS 24 MESES CONTADOS DESDE LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN POR HASTA UN VALOR NOMINAL EN UNIDADES DE VALOR ADQUISITIVO EQUIVALENTE DE HASTA $2.000.000.000 AMPLIABLE HASTA $2.300.000.000 (EL “MONTO MÁXIMO”)

A EMITIRSE EN EL MARCO DEL PROGRAMA GLOBAL DE EMISIÓN DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES POR UN V/N DE HASTA US$ 130.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO TREINTA MILLONES) (O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS O UNIDADES DE MEDIDA)

Agentes Colocadores

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Banco Santander Río S.A. BACS Banco de Crédito y INTL Cibsa S.A. Balanz Capital Valores S.A.U.
Securitización S.A.
Juan de Garay 151 Tucumán 1, Piso 19º Sarmiento 459, piso 9° Corrientes 330, Piso 3° (C1043AAQ)
Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C1063AAB) Ciudad Autónoma de Buenos (C1049AAA) Ciudad Autónoma de Buenos (C1041AAI) Ciudad Autónoma de Buenos Aires República Argentina º
República Argentina Aires Aires
República Argentina
República Argentina
Agente de Liquidación y Agente de Liquidación y Agente de Liquidación y Agente de Liquidación y
Compensación Compensación Compensación Compensación y
y Agente de Negociación Integral y Agente de Negociación y Agente de Negociación
Número de matrícula asignado 72 de la Integral Integral Agente de Negociación
CNV Número de matrícula asignado Número de matrícula asignado Número de matrícula asignado 210 de
25 de la CNV 47 de la CNV la CNV
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Banco Hipotecario S.A.
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Reconquista 151 (C1003ABC)
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
República Argentina
Agente de Liquidación y Compensación
y Agente de Negociación Integral
Número de matrícula asignado 40 de la CNV
----- End of picture text -----

Se informa al público inversor calificado en general que Plaza Logística S.R.L. (la “Emisora” o la “Sociedad”) ofrece en suscripción las obligaciones negociables a tasa fija con vencimiento a los 24 (veinticuatro) meses contados desde la fecha de emisión y liquidación por un valor nominal en Unidades de Valor Adquisitivo (“UVA”) equivalente a hasta $2.000.000.000 ampliable hasta el Monto Máximo (las “Obligaciones Negociables”), en el marco de su Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables simples por un valor nominal de hasta US$ 130.000.000 (Dólares Estadounidenses ciento treinta millones) (o su equivalente en otras monedas o unidades de medida), autorizado por la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) mediante Resolución N° 19123/17 de fecha 1 de diciembre de 2017, y actualizado mediante providencia de la Subgerencia de Emisoras de la CNV, el 1 de julio de 2020 (el “Programa”), de acuerdo con los principales términos y condiciones de las Obligaciones Negociables que se detallan en el prospecto de Programa de fecha 1 de julio de 2020 (el

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“Prospecto”), cuya versión resumida fuera oportunamente publicada en el boletín diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (“BCBA”), emitido por cuenta y orden de Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (el “BYMA”) y en el suplemento de prospecto, de fecha 3 de julio de 2020 (el “Suplemento”), publicado en la misma fecha en el boletín diario de la BCBA, emitido por cuenta y orden del BYMA. Dichos documentos podrán ser encontrados también en la Autopista de la Información Financiera (“AIF”), en el micrositio web del Mercado Abierto Electrónico S.A. (el “MAE”) y en el sitio web de la Emisora (http://www.plazalogistica.com.ar/). Se destaca que las Obligaciones Negociables sólo podrán ser adquiridas por Inversores Calificados, que son aquellos listados en el artículo 12, Título II, Capítulo VI, Sección I de las Normas de la CNV.

Todos los términos que comiencen en mayúscula que no se encuentren expresamente definidos en el presente aviso, tienen el significado que se les asigna en el Prospecto y/o en el Suplemento. Sin perjuicio de ello, en caso de discordancia entre los términos de este aviso y el del Suplemento prevalecerán los términos de este aviso.

A continuación, se detallan los principales términos y condiciones de las Obligaciones Negociables:

Emisora: Plaza Logística S.R.L. con domicilio en Av. L. Alem 855, piso 16, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C1001AAD), República Argentina (Atención: Ramiro Molina, e-mail [email protected], teléfono +5411 5236 1010).

Agentes Colocadores: Banco Santander Río S.A. , con domicilio en Juan de Garay 151 (C1063AAB), Ciudad Autónoma de Buenos Aires (At: Institucional Sales Santander Río, teléfono 4341-1140, Damian Gaido: e-mail: [email protected], Mauro Fabrizio, e-mail: [email protected] Gonzalo Bas Guitierrez, e-mail: [email protected], Alejandro Haro, e-mail: [email protected], Maria Laura Segura, e-mail: [email protected]); BACS Banco de Crédito y Securitización S.A. , con domicilio en Tucumán 1, Piso 19º(C1049AAA), Ciudad Autónoma de Buenos Aires (At: Agustin Ortiz Frágola: e-mail [email protected], teléfono: 4329-4242, Santiago Terra: e-mail: [email protected], teléfono: 4329-4243, Luis Baigorri e-mail: [email protected], teléfono: 4329-4240, Andrés Vernengo [email protected], teléfono: 4329-4284); INTL Cibsa S.A. , con domicilio en Sarmiento 459, piso 9°, (C1041AAI), Ciudad Autónoma de Buenos Aires (At: Mariana Tálamo, e-mail [email protected], teléfono: 4390758, Nadia Fraga, e-mail [email protected], teléfono: 11 4390 7587, Rosario Martinez Zunino, e-mail: [email protected], teléfono 4390-7592, Candelaria Navazzotti, e-mail: [email protected], teléfono: 4390-7581), Balanz Capital Valores S.A.U. , sitas en Av. Corrientes 316, Piso 3°, (C1043AAQ), Ciudad de Buenos Aires (At: Sebastián Money, e-mail: [email protected], teléfono 5276-7010, Gonzalo Mendive, e-mail: [email protected], teléfono 5276-7010, Estefanía Servian, e-mail: [email protected], teléfono 5276-7010, Lourdes Parra e-mail: [email protected], teléfono: 5276-7010, Federico Arzubi e-mail: [email protected], teléfono 52767010); Banco Hipotecario S.A. , con domicilio en Reconquista 151 (C1003ABC), Ciudad Autónoma de Buenos Aires (At: Centro de Inversiones [email protected], Enrique R. Emiliozzi e-mail: [email protected], teléfono: 4347-5685; Hernán M. Gomez e-mail: [email protected], teléfono: 4347-5320; Federico G. Binda e-mail: [email protected], teléfono: 4347-5587, Rodrigo Calderon e-mail: [email protected], teléfono: 4347-525).

Agente de Liquidación: INTL Cibsa S.A. En la Fecha de Emisión y Liquidación de las Obligaciones Negociables, una vez efectuada su integración, las Obligaciones Negociables serán acreditadas en las cuentas depositantes y comitentes en Caja de Valores S.A. (la “CVSA”) indicadas por los oferentes.

Agente de Cálculo: Plaza Logística S.R.L.

Período de Difusión de las Obligaciones Negociables: El Período de Difusión de las Obligaciones Negociables iniciará el 6 de julio de 2020 y finalizará ese mismo día, es decir el 6 de julio de 2020 a las 17:00 horas conforme lo autorizado por la CNV mediante Resolución RE-2020-42098939-APNGE#CNV de fecha 1 de julio de 2020, salvo que la Emisora prorrogue este período, lo cual deberá ser informado mediante publicación en el Boletín Diario de la BCBA, en el MAE y en la AIF con anterioridad a su vencimiento. Durante este período, los agentes del MAE no podrán ingresar posturas a través del Módulo Colocaciones Primarias del Sistema SIOPEL.

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Período de Licitación: El Período de Licitación Pública de las Obligaciones Negociables, comenzará a las 10:00 horas del 7 de julio de 2020 y finalizará ese mismo día, es decir el 7 de julio a las 16:00 horas. Durante el Período de Licitación Pública, los oferentes interesados en suscribir Obligaciones Negociables deberán presentar a los Colocadores o a los agentes del MAE y/o adherentes del mismo, en el horario indicado, las correspondientes Órdenes de Compra vinculantes conforme con lo previsto en “Plan de Distribución” del Suplemento. La Licitación Pública que se realizará durante el Período de Licitación Pública a través del módulo de licitaciones del sistema “SIOPEL” del MAE será abierta. Los Colocadores, en forma conjunta con la Emisora, podrá suspender, interrumpir o prorrogar, el Período de Difusión y/o el Período de Licitación Pública en cualquier momento del mismo, y sin necesidad de invocar motivo, en cuyo caso dicha alteración será informada con anterioridad al fin del Período de Difusión o del Período de Licitación Pública, según corresponda, mediante un aviso a ser publicado en el Boletín Diario de la BCBA, en el sitio web del MAE y en la AIF. En ese caso, deberá modificarse el pliego del sistema SIOPEL de conformidad con los nuevos plazos informados, sin perjuicio de que la terminación, suspensión, interrupción o prorroga no generará responsabilidad alguna a la Emisora y/o a los Colocadores, no dará a los Inversores Calificados o a los agentes del MAE derecho a compensación y/o indemnización alguna. Los Inversores Calificados o agentes del MAE que hubieran presentado Órdenes de Compra durante el Período de Licitación Pública podrán, a su solo criterio y sin penalidad alguna, retirar tales Órdenes de Compra en cualquier momento anterior a la finalización del Período de Licitación Pública.

Adjudicación : Las Obligaciones Negociables serán adjudicadas -y en caso de resultar aplicableprorrateadas de conformidad con lo establecido en el apartado “ Plan de Distribución” del Suplemento de Precio . Una vez finalizado el Período de Licitación Pública, la Emisora podrá adjudicar las Obligaciones Negociables o declarar desierta la licitación pública.

Modalidad de Licitación: El proceso de licitación será abierto con posibilidad de participación de todos los interesados en la subasta, garantizando la transparencia y la igualdad de trato entre los Inversores, de conformidad con las Normas de la CNV y tal como se indica en el capítulo “Plan de Distribución ”, específicamente la sección del Suplemento, “Período de Difusión” y “Período de Licitación Pública” .

Tramo Competitivo: La oferta pública de las Obligaciones Negociables constará únicamente de un tramo competitivo (el “Tramo Competitivo”), es decir la Oferta Pública de las Obligaciones Negociables no contará con un tramo no competitivo. Durante el Período de Licitación Pública, los interesados en suscribir las Obligaciones Negociables podrán presentar una o más Ofertas de Compra. Las Órdenes de Compra presentadas bajo el Tramo Competitivo deberán indefectiblemente incluir la Tasa Solicitada. Bajo el Tramo Competitivo, los Inversores podrán presentar, sin limitación alguna, más de una Orden de Compra que contengan montos y/o la Tasa Solicitada distintos entre las distintas Órdenes de Compra del mismo Inversor Calificado. La Emisora teniendo en cuenta las condiciones de mercado vigentes, determinará si opta por adjudicar las Obligaciones Negociables, o declarar desierta su colocación a su sólo arbitrio sin necesidad de invocar motivo alguno.

Descripción : Las Obligaciones Negociables serán obligaciones negociables simples, no convertibles, con garantía común, por un valor nominal en Unidades de Valor Adquisitivo equivalente de hasta $2.000.000.000 ampliable hasta el Monto Máximo.

Denominación : Las Obligaciones Negociables estarán denominadas en Unidades de Valor Adquisitivo, actualizables por el Coeficiente de Estabilización de Referencia - Ley N° 25.827, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Necesidad y Urgencia N°146/2017 del Poder Ejecutivo Nacional.

Precio de la Emisión: 100% del valor nominal.

Monto de Emisión : El monto total de emisión de las Obligaciones Negociables será por hasta un valor nominal en UVA equivalente a hasta $2.000.000.000 ampliable hasta el Monto Máximo. A los efectos de calcular el monto máximo en Pesos, se tomará en cuenta el Valor Inicial de UVA.

Moneda de suscripción y pago; Precio de Suscripción : Las Obligaciones Negociables serán suscriptas e integradas en Pesos directamente por los Inversores Calificados en la Fecha de Emisión y Liquidación (según dicho término se define más adelante) al Valor Inicial de UVA. El valor inicial de UVA será el valor de cotización publicado por el BCRA en su sitio web correspondiente al quinto

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Día Hábil anterior a la Fecha de Emisión y Liquidación, es decir el valor correspondiente al 3 de julio de 2020, el cual asciende a $55,15.

La entrega de las Obligaciones Negociables será efectuada en la Fecha de Emisión y Liquidación, en las cuentas en CVSA que los suscriptores hayan previamente indicado al Colocador contra la integración del correspondiente monto referido precedentemente (salvo en aquellos casos, en los cuales, por cuestiones estatutarias y/o regulación interna de dichos suscriptores, sea necesario transferir las Obligaciones Negociables a los mismos previamente a ser integrado el correspondiente monto). En todo caso deberá cumplimentarse con la normativa de aplicación, especialmente el régimen de Prevención del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.

Monto Mínimo de Suscripción: el Monto Mínimo de Suscripción de las Obligaciones Negociables será de 350 (trescientos cincuenta) UVA.

Unidad Mínima de Negociación: La Unidad Mínima de Negociación de las Obligaciones Negociables será de 1 UVA y múltiplos de 1 UVA superiores a esa cifra.

Fecha de Emisión y Liquidación : La Fecha de Emisión y Liquidación de las Obligaciones Negociables será el 14 de julio de 2020.

Liquidación y Compensación: La liquidación de las ofertas adjudicadas podrá ser efectuada a través de MAECLEAR, o el sistema de compensación y liquidación que lo reemplace en el futuro, a través de los Colocadores.

Fecha de Vencimiento : Las Obligaciones Negociables tendrán como fecha de vencimiento la fecha en que se cumplan 24 (veinticuatro) meses contados desde de la Fecha de Emisión y Liquidación.

Amortización : El capital de las Obligaciones Negociables se repagará en una (1) sola cuota en la Fecha de Vencimiento. La Fecha de Pago de Amortización serán informadas en el Aviso de Resultados y serán abonadas al valor de la UVA publicado por el BCRA en su sitio web correspondiente al quinto Día Hábil previo a cada Fecha de Pago de Amortización (o, en caso de que el BCRA suspenda la publicación de dicha variable, dicha equivalencia será calculada mediante la aplicación del Índice Sustituto).

Tasa de Interés Compensatoria: Las Obligaciones Negociables devengarán intereses a una tasa fija nominal anual respectivamente, que será determinada en cada caso por la Compañía luego de finalizado el procedimiento de colocación y adjudicación de las Obligaciones Negociables, y será informada en el Aviso de Resultados.

Período de Devengamiento de Intereses: Es el período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses y la Fecha de Pago de Intereses inmediata siguiente, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. El primer Período de Devengamiento de Intereses es el comprendido entre la Fecha de Emisión y Liquidación y la primera Fecha de Pago de Intereses, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. El último Período de Devengamiento de Intereses es el comprendido entre la Fecha de Pago de Intereses inmediatamente anterior a la Fecha de Vencimiento y la Fecha de Vencimiento, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. La base para el cálculo de los intereses se realizará sobre un año de 360 días con 12 meses de 30 días cada uno.

Fechas de pago de intereses : Los intereses serán pagados trimestralmente, en forma vencida, a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación, en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente mes o, de no ser un Día Hábil o no existir dicho día, el primer Día Hábil inmediato posterior (cada una, una “Fecha de Pago de Intereses”). Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables efectuado en dicho día hábil inmediatamente posterior tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el mismo. Las Fechas de Pago de Intereses serán informadas mediante la publicación del Aviso de Resultados, que se publicará en el boletín informativo de BYMA, en el sitio web del MAE, en la AIF y en la Página Web de la Sociedad.

Forma de Pago : Todos los pagos serán efectuados por la Emisora, o por orden y cuenta de la Emisora, mediante transferencia de los importes correspondientes a la CVSA para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores con derecho a cobro. Las obligaciones de pago bajo las Obligaciones

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Negociables se considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Emisora ponga a disposición de Caja de Valores los fondos correspondientes al pago en cuestión. Los pagos bajo las Obligaciones Negociables se realizarán en Pesos en la Fecha de Pago de Amortización y en cada Fecha de Pago de Intereses. A los efectos del cálculo del valor equivalente en Pesos del capital en circulación para cada Fecha de Pago de Intereses y de Fecha de Pago de Amortización, se utilizará el valor de la UVA publicado por el BCRA en su sitio web correspondiente al quinto Día Hábil previo a cada Fecha de Pago de Intereses y Amortización. En caso de que el BCRA deje de publicar el valor de las UVA y/o por cualquier motivo las Obligaciones Negociables no pudieran actualizarse sobre la base de la UVA, los mismos serán calculados conforme lo determinado en el Suplemento bajo el título “ Índice Sustituto ”.

Liquidación : Cada uno de los Inversores Calificados que hubiere presentado sus Órdenes de Compra a través de los Colocadores y/o los agentes MAE, deberán indicar si optan por la suscripción e integración de las Obligaciones Negociables que pudieren serle adjudicadas a través del sistema de compensación MAECLEAR o a través del Colocador y/o agente MAE respectivo, todo ello conforme los procedimientos que se detallan en la sección “ Liquidación ” del Suplemento.

Rango: Las Obligaciones Negociables constituirán un endeudamiento directo, incondicional, no privilegiado y no subordinado de la Compañía y tendrán en todo momento el mismo rango en su derecho de pago que todas las deudas existentes y futuras no privilegiadas y no subordinadas de la Compañía (salvo las obligaciones que gozan de preferencia por ley o de puro derecho, incluyendo, sin limitación, las acreencias por impuestos y de índole laboral). Las Obligaciones Negociables estarán efectivamente subordinadas a todo el endeudamiento garantizado actual y futuro de la Compañía, hasta el valor de los activos que garanticen dichas deudas.

Rescate : Las Obligaciones Negociables serán rescatables, conforme lo determinado en el Suplemento bajo el título “ Rescate Optativo por Razones Impositivas ”.

Mercados, listado y negociación: Se ha solicitado el listado y la negociación de las Obligaciones Negociables en el BYMA y en el MAE.

Destino de los Fondos: Conforme con lo previsto en el Artículo 36, inciso 2, de la Ley de Obligaciones Negociables, los fondos netos de la venta de las Obligaciones Negociables serán aplicados por la Sociedad para : (i) amortizar anticipadamente, en forma total o parcial el capital y los intereses devengados bajo el Contrato de Préstamo Sindicado celebrado el 9 de noviembre de 2017 conforme fuera modificado el 24 de enero de 2018, 11 de junio de 2018, 13 de septiembre de 2018 y 27 de junio de 2019 (el "Contrato de Préstamo Sindicado") por la Emisora, como prestataria, y Banco Hipotecario S.A., como organizador y prestamista, BACS Banco de Crédito y Securitización S.A., como organizador y prestamista, Banco Santander S.A., como organizador, prestamista, y agente administrativo, Banco Itaú Argentina S.A., como prestamista y Banco de la Ciudad de Buenos Aires como prestamista; (ii) inversiones en activos físicos y bienes de capital situados en el país; (iii) adquisición de fondos de comercio situados en el país; (iv) integración de capital de trabajo en el país; (v) la integración de aportes de capital en sociedades controladas o vinculadas a la sociedad emisora; y (vi) la adquisición de participaciones sociales y/o financiamiento del giro comercial de su negocio, cuyo producido se aplique exclusivamente a los destinos antes especificados. Para mayor detalle ver la sección “ Destino de los Fondos ” del Suplemento.

Calificación de Riesgo : FIX SCR S.A. Agente de Calificación de Riesgo (Registro CNV N° 9) ha asignado a las Obligaciones Negociables la calificación A+ (Arg) perspectiva “Estable”, todo ello en su dictamen de fecha 3 de julio de 2020, el cual se encuentra disponible en la AIF. Las Obligaciones Negociables sólo contarán con una calificación de riesgo.

Comisión de Colocación : Ni la Emisora ni los Colocadores pagarán comisión y/o reembolsarán gasto alguno a los agentes del MAE que hubieran recibido Órdenes de Compra, sin perjuicio de lo cual, dichos agentes del MAE podrán cobrar comisiones y/o gastos y/o impuestos directamente a los Inversores que por su intermedio hubieran cursado Órdenes de Compra, montos que serán de su exclusiva responsabilidad.

Forma/Registro : Las Obligaciones Negociables estarán representadas mediante un certificado global permanente, a ser depositado en CVSA de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 24.587 de Nominatividad de los Títulos Valores Privados. Los tenedores renuncian al derecho de exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo,

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conforme a la Ley Nº 20.643 y sus posteriores modificaciones, encontrándose habilitada CVSA para cobrar los aranceles de los depositantes, que éstos podrán trasladar a los tenedores. Las transferencias, gravamen y/o medida precautoria, de/sobre Obligaciones Negociables serán efectuadas de acuerdo con los procedimientos aplicables por CVSA y/o la normativa de aplicación.

Inexistencia de Mercado para las Obligaciones Negociables. Estabilización : Las Obligaciones Negociables no cuentan con un mercado de negociación establecido. Una vez que las Obligaciones Negociables ingresan en la negociación secundaria, los Colocadores podrán (pero no estarán obligados) a realizar operaciones destinadas a estabilizar el precio de mercado de dichas obligaciones negociables conforme con el artículo 12, Título VI, Capítulo IV, Sección III de las Normas de la CNV.

Asamblea de Tenedores : En cualquier momento podrán convocarse y celebrarse asambleas de tenedores de Obligaciones Negociables para tratar y decidir sobre cualquier cuestión relacionada con las mismas. Tales asambleas se llevarán a cabo en la jurisdicción del domicilio de la Emisora, en la fecha, modo y/o en el lugar que determine la Emisora conforme con lo dispuesto por la Ley de Obligaciones Negociables, las normas aplicables de la CNV y las demás disposiciones legales vigentes resultando también de aplicación los arts. 354 y 355 de, la Ley General de Sociedades en función de la aplicación del art. 14 de la Ley de Obligaciones Negociables y las demás normas aplicables. Se deja expresa constancia que las Asambleas de Tenedores podrán celebrarse a distancia en los términos dispuestos por la Resolución General CNV 830/2020. Las modificaciones y reformas a términos “esenciales” de las Obligaciones Negociables no podrán realizarse sin el consentimiento de tenedores que representen al menos el 70 % (setenta por ciento) del valor nominal de las Obligaciones Negociables en circulación. Respecto a las condiciones esenciales, tanto el quórum requerido en una asamblea como la resolución que allí se adopte, será válidamente emitida y vinculante si fuera aprobada por tenedores que representen al menos el 70% (setenta por ciento) del valor nominal de las Obligaciones Negociables en circulación. De conformidad con lo establecido por el artículo 14 in fine de la Ley de Obligaciones Negociables, la Emisora podrá obtener el consentimiento de las mayorías que correspondan de obligacionistas, sin necesidad de convocar a una asamblea de tenedores. Para mayor información ver Suplemento título “ Asambleas de tenedores ”.

Ley Aplicable y Jurisdicción : Las Obligaciones Negociables se emitirán conforme con la Ley de Obligaciones Negociables y demás normas vigentes en la República Argentina que resultaren de aplicación en la Fecha de Emisión y Liquidación. Toda controversia que se suscite entre la Emisora y los tenedores en relación con las Obligaciones Negociables deberá someterse a la jurisdicción del Tribunal de Arbitraje General de la BCBA en virtud de la delegación de facultades otorgadas por el BYMA a la BCBA en materia de constitución de Tribunales Arbitrales o el tribunal arbitral en el ámbito de los mercados de valores que la CNV en el futuro autorice y lo reemplace, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales, sus modificatorias y/o complementarias, sin perjuicio del derecho de los tenedores a acudir a los tribunales judiciales competentes, a los que también podrá acudir la Emisora en caso de que el Tribunal cese en sus funciones.

El presente debe ser leído conjuntamente con el Prospecto y el Suplemento, donde se detallan los restantes términos y condiciones de las Obligaciones Negociables. Las actividades sociales y comerciales se llevarán a cabo en Av. Alem 855, piso 16, Ciudad de Buenos Aires, donde copias del Prospecto y del Suplemento, como los demás documentos relevantes para la emisión de las Obligaciones Negociables podrán ser consultadas por los interesados de lunes a viernes de 10:00 a 18:00 horas, así como también en las oficinas de los Colocadores detalladas en el presente, en la AIF, en el micrositio web del MAE (MPMAE) y en la página web de la Emisora. Antes de tomar decisiones de inversión respecto de las Obligaciones Negociables, los interesados deberán considerar la totalidad de la información contenida en el Prospecto y en el Suplemento (complementados y/o modificados, en su caso, por los avisos correspondientes).

La oferta pública del Programa ha sido autorizada por Resolución N° 19123/17 de fecha 1 de diciembre de 2017- Dicha autorización significa solamente que se ha dado cumplimiento a los requisitos de información de la CNV. La CNV ni el MAE se han expedido respecto de la información contenida en el Prospecto y/o en el Suplemento. La información incluida en el presente es información parcial que deberá ser completada con la información contenida en el Prospecto y en el Suplemento, siendo la misma exclusiva responsabilidad de los miembros de la gerencia y de la comisión fiscalizadora de la Emisora, en lo que resulta de su competencia y

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de los agentes que participen como organizador y colocadores en la Oferta Pública conforme con lo previsto por los artículos 119 y 120 de la Ley 26.831.

La oferta pública de las Obligaciones Negociables que se describe en este Aviso de Suscripción se encuentra comprendida dentro de la autorización de oferta pública otorgada por la CNV al Programa, en el marco de lo establecido por el artículo 41, Título II, Capítulo V, Sección V de las Normas de la CNV. El Suplemento no ha sido previamente revisado ni conformado por la CNV o por el MAE. De acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 51, Título II, Capítulo V, Sección V de las Normas de la CNV, dentro de los cinco días hábiles de suscriptas las Obligaciones Negociables la Emisora presentará la documentación definitiva relativa a las mismas.

La fecha de este Aviso de Suscripción es 3 de julio de 2020

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Banco Santander Río S.A. BACS Banco de Crédito y INTL Cibsa S.A. Balanz Capital Valores S.A.U.
Securitización S.A.
Juan de Garay 151 Tucumán 1, Piso 19º Sarmiento 459, piso 9° Corrientes 330, Piso 3° (C1043AAQ)
Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C1063AAB) Ciudad Autónoma de Buenos (C1049AAA) Ciudad Autónoma de Buenos (C1041AAI) Ciudad Autónoma de Buenos Aires República Argentina º
República Argentina Aires Aires
República Argentina
República Argentina
Agente de Liquidación y Agente de Liquidación y Agente de Liquidación y Agente de Liquidación y
Compensación Compensación Compensación Compensación y
y Agente de Negociación Integral y Agente de Negociación y Agente de Negociación
Número de matrícula asignado 72 de la Integral Integral Agente de Negociación
CNV Número de matrícula asignado Número de matrícula asignado Número de matrícula asignado 210 de
25 de la CNV 47 de la CNV la CNV
Banco Hipotecario S.A.
Reconquista 151 (C1003ABC)
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
República Argentina
Agente de Liquidación y Compensación
y Agente de Negociación Integral
Número de matrícula asignado 40 de la CNV
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____ Eduardo Bastitta Harriet Subdelegado

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