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Plaza Logística S.R.L. — Capital/Financing Update 2019
Oct 28, 2019
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Capital/Financing Update
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ACTA DE GERENCIA : En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 09:00 horas del 24 de octubre de 2019, se reúnen en la sede social sita en Basavilbaso 1350, Piso 7, Oficina 709 los Sres. Gerentes de Plaza Logística S.R.L. (la “Sociedad”) Eduardo Bastitta Harriet, Ramiro Molina y Carlos Palazón y los Sres. Síndicos Pablo Murray, Joaquín Eppens Echagüe y Diego Serrano Redonnet. Preside la reunión el Sr. Eduardo Bastitta Harriet, en su carácter de Gerente Representante, quien luego de constatar la existencia de quórum suficiente, toma la palabra y declara válidamente constituida la presente reunión. Acto seguido se somete a consideración de los presentes el primer punto del orden del día: 1) Consideración de la emisión de las obligaciones negociables privadas Clase OPIC N° 2, simples (no convertibles en cuotas sociales), no subordinadas garantizadas, a ser colocadas en forma privada y emitidas de conformidad con la Ley N° 23.576, sus modificatorias y demás regulaciones aplicables (la “Ley de Obligaciones Negociables”) por un valor nominal de veinte millones de dólares estadounidenses (US$ 20.000.000), en el marco del programa global para la emisión de obligaciones negociables privadas clase OPIC, simples (no convertibles en cuotas sociales) por un monto máximo en circulación de hasta cuarenta y cinco millones de dólares estadounidenses (US$45.000.000) (el “Programa”) . Manifiesta el Sr. Bastitta Harriet que como es de conocimiento de los presentes, con fecha 22 de agosto de 2019 la Sociedad, como emisora, celebró junto a Overseas Private Investment Corporation (“OPIC”), en su carácter de comprador, y Banco de Servicios y Transacciones S.A., en su rol de agente de registro y de garantía, un contrato de compra-venta denominado en idioma inglés “ Note Purchase Agreement ” (el “Contrato de Suscripción”) para la obtención de un financiamiento por un monto total de hasta cuarenta y cinco millones de dólares estadounidenses (US$45.000.000), a ser instrumentado mediante la suscripción por parte de OPIC de una o más clases de obligaciones negociables privadas simples (no convertibles en cuotas sociales) garantizadas (las “Obligaciones Negociables”), a ser emitidas y colocadas en forma privada (sin colocación por oferta pública), en el marco del Programa y sujeto a los términos y condiciones del Contrato de Suscripción y los documentos suplementarios al mismo, y las resoluciones adoptadas por la reunión de socios de la Sociedad de fecha 15 de agosto de 2019 (la “Reunión de Socios”). En dicho marco, el Sr. Bastitta Harriet recuerda a los presentes que el 12 de septiembre de 2019 la Gerencia de la Sociedad aprobó la emisión y colocación privada (sin oferta pública) de las obligaciones negociables privadas Clase OPIC N° 1, simples (no convertibles en cuotas sociales), no subordinadas, garantizadas, colocadas en forma privada y emitidas de conformidad con la Ley de Obligaciones Negociables por la suma total de veinte millones de dólares estadounidenses (US$20.000.000), emitidas en el marco del Programa, de conformidad con la Ley de Obligaciones Negociables, las cuales fueron suscriptas inicialmente por OPIC e integradas en su totalidad en dólares estadounidenses. En virtud de todo lo expuesto, y en consonancia con las delegaciones efectuadas por la Reunión de Socios en esta Gerencia, como también las facultades de subdelegar en ciertos gerentes y apoderados de la Sociedad, la potestad para decidir la oportunidad, así como para definir los términos particulares de cada emisión de las Obligaciones Negociables, resulta conveniente que esta Gerencia considere la oportunidad para la emisión y colocación privada (sin oferta pública), de las obligaciones negociables privadas Clase OPIC N° 2, simples (no convertibles en cuotas sociales), no subordinadas, garantizadas, a ser colocadas en forma privada y emitidas de conformidad con la Ley de Obligaciones Negociables por la suma total de veinte millones de dólares estadounidenses (US$20.000.000), a ser emitidas en el marco del Programa, de conformidad con la Ley de Obligaciones Negociables (las “Obligaciones Negociables Clase Priv. OPIC 2”), las cuales serán suscriptas inicialmente por OPIC e integradas en su totalidad en dólares estadounidenses. Oído lo cual, la Gerencia por unanimidad, RESUELVE : aprobar (i) la emisión y
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colocación privada de las Obligaciones Negociables Clase Priv. OPIC 2 por la suma de veinte millones de dólares estadounidenses (US$20.000.000), en los términos y condiciones previstos en el Contrato de Suscripción y en la Reunión de Socios. A continuación, se pone a consideración de los presentes el segundo punto del orden del día: 2) Consideración y aprobación de la Subdelegación de facultades en ciertos miembros de la Gerencia la Sociedad . Toma la palabra el Sr. Gerente Representante y destaca la conveniencia de subdelegar en ciertos miembros de la Gerencia y apoderados de la Sociedad las facultades oportunamente delegadas en la Gerencia por la Reunión de Socios, en relación con la determinación de los restantes términos y condiciones definitivos de las Obligaciones Negociables Clase Priv. OPIC 2. En tal sentido, mociona para que se faculte, a los Sres. Eduardo Bastitta Harriet y Ramiro Molina, como autorizados A, y a Tomás M. Fiorito, Pablo Murray y Joaquín Eppens Echagüe, como autorizados B para que uno cualesquiera de los autorizados A, actuando en conjunto con uno cualesquiera de los autorizados B, (i) negocien, revisen, acepten, determinen, modifiquen, aprueben y suscriban la documentación definitiva, relativa a las Obligaciones Negociables Clase Priv. OPIC 2, en nombre y representación de la Sociedad; (ii) negocien, aprueben, modifiquen y/o determinen todos los términos y condiciones finales de las Obligaciones Negociables Clase Priv. OPIC 2; (iii) determinen la fecha de emisión, precio de suscripción, tasa de interés, forma y condiciones de pago y condiciones de rescate, vencimiento, la legislación y jurisdicción aplicable y todos los demás términos y condiciones de emisión definitivos de las Obligaciones Negociables Clase Priv. OPIC 2; (iv) efectúen la suscripción definitiva, depósito y/o la registración de los títulos que instrumenten las Obligaciones Negociables Clase Priv. OPIC 2; y (v) de corresponder, negocien, celebren, suscriban, con la potestad de modificar, los contratos y documentos relativos a la emisión, depósito, registro, colocación, canje y suscripción de las Obligaciones Negociables Clase Priv. OPIC 2, así como todo otro convenio, certificado, documento o contrato necesario y/o conveniente para la suscripción y emisión de las Obligaciones Negociables Clase Priv. OPIC 2. Luego de un breve intercambio de ideas, la Gerencia por unanimidad, RESUELVE : Aprobar la moción referida. Acto seguido se propone tratar el tercer y último punto del orden del día: 3) Otorgamiento de Autorizaciones . La Gerencia por unanimidad resuelve autorizar a los Sres. Pablo Murray, Tomás M. Fiorito, Ezequiel María Díaz Cordero, Joaquín Eppens Echagüe, Luis A. Schenone, Ignacio Mendiola, Tomás D’Odorico, Guadalupe Fernández Mehle y Matías Bassa o quienes ellos designen para que de manera separada e indistinta cada uno de ellos esté habilitado y puedan efectuar, con las más amplias facultades, todos los trámites que fueran necesarios para la inscripción de las resoluciones adoptadas en la presente reunión, especialmente todas las presentaciones, notificaciones, inscripciones y manifestaciones que correspondan, suscriban e inicialen toda la documentación que resulte necesaria, ante cualquier organismo aplicable, incluyendo pero sin que ello implique limitación, a la Inspección General de Justicia y la Comisión Nacional de Valores, el Boletín Oficial de la República Argentina, así como cualquiera otra entidad, mercado o persona interesada, pudiendo firmar todo tipo de presentación, formulario ante los organismos de contralor, edictos, publicaciones de ley en general, declaraciones juradas, contestaciones de vistas, retiro de documentación, solicitud de fotocopias y cualquier otra documentación que resulte necesaria a tal fin. No habiendo otros asuntos por tratar, previa lectura y firma de la presente acta, se levanta la reunión siendo las 9:40 horas.
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Eduardo Bastitta Harriet Ramiro Molina Tomás M. Fiorito Carlos A. Palazón
Pablo Murray Joaquín Eppens Echagüe Diego Serrano Redonnet