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Plaza Logística S.R.L. — Audit Report / Information 2025
Aug 11, 2025
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Audit Report / Information
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ACTA DE REUNIÓN DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA : a los 11 días del mes de
agosto de 2025, siendo las 9:30 horas, se reúnen los Sres. Síndicos Titulares de Plaza Logística S.R.L. (la “Sociedad”), Pablo Murray, Matías Bargalló y Diego Serrano Redonnet. Preside la reunión el Sr. Pablo Murray, quien luego de constatar la existencia de quórum suficiente, toma la palabra, declara válidamente constituida la presente reunión y procede a dar tratamiento al primer y único punto del orden del día: Informe de la Comisión Fiscalizadora a los Estados Financieros Condensados correspondientes período intermedio de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 . El Sr. Pablo Murray manifiesta que la Gerencia de la Sociedad ha completado la elaboración de los estados financieros condensados correspondientes al período intermedio de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025, preparados de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) (los “Estados Financieros Condensados”) por lo que corresponde a esta Comisión Fiscalizadora preparar el pertinente informe a dichos Estados Financieros Condensados. Oído lo cual, y luego de un breve intercambio de ideas, la Comisión Fiscalizadora por unanimidad RESUELVE : (i) aprobar el informe elaborado en relación a los Estados Financieros Condensados correspondientes al período intermedio de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 que será presentado a la Gerencia de la Sociedad y que se transcribe a continuación del acta de esta reunión; y (ii) encomendar al Sr. Murray, en tanto Presidente de la Comisión Fiscalizadora, la firma de los Estados Financieros Condensados en representación de la Comisión Fiscalizadora y del Informe antes aprobado. No habiendo más temas que tratar y siendo las 9:40 horas, se da por finalizada la reunión.
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
Señores
Plaza Logística S.R.L. C.U.I.T.: 30-65594238-2 Leandro N. Alem 855, Piso 16, Ciudad Autónoma de Buenos Aires PRESENTE
De nuestra consideración:
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 5° del artículo 294 de la Ley 19.550 General de Sociedades, el artículo 63 del Reglamento de Listado de Bolsas y Mercados Argentinos S.A. — por remisión del artículo 135 de dicho reglamento— y por las normas de la Comisión Nacional de Valores (T.O. 2013) (las “Normas”), la Comisión Fiscalizadora de Plaza Logística S.R.L. (la “Sociedad”) remite un detalle de los trabajos realizados por la Comisión Fiscalizadora en relación a los Estados Financieros Condensados de la Sociedad, preparados bajo Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”), por el período intermedio de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025 (los “Estados Financieros Condensados”).
I. DOCUMENTOS EXAMINADOS
(i) Estados del Resultado Integral correspondientes a los períodos de seis meses y tres meses finalizados el 30 de junio de 2025 y 2024;
(ii) Estados de Situación Financiera al 30 de junio de 2025 y 31 de diciembre de 2024;
(iii) Estados de Cambios en el Patrimonio correspondientes a los períodos de seis meses finalizados el 30 de junio de 2025 y 2024;
(iv) Estados de Flujos de Efectivo correspondientes a los períodos de seis meses finalizados el 30 de junio de 2025 y 2024; y
(v) Notas y Anexos a los Estados Financieros Condensados correspondientes al período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2025.
II. ALCANCE DEL EXAMEN
La preparación de los Estados Financieros es responsabilidad de la Gerencia de la Sociedad en ejercicio de sus funciones exclusivas, siendo la Gerencia responsable de la existencia del control interno que considere necesario para posibilitar la preparación de los mismos. Nuestra revisión fue realizada de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes que incluyen la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y al contrato social en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Nuestra responsabilidad es expresar una conclusión sobre los Estados Financieros Condensados basada en nuestro examen con el alcance antes mencionado.
Para realizar nuestra tarea profesional, hemos asumido la corrección del trabajo de revisión limitada efectuado por la firma de auditoría designada por la Gerencia de la Sociedad para la revisión de los Estados Financieros Condensados, la cual estuvo a cargo de Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.A., quien emitió su informe de revisión limitada, sin que el mismo contenga salvedades, el 11 de agosto de 2025. Una revisión limitada de información financiera de períodos intermedios consiste en realizar indagaciones, principalmente a las personas responsables de las cuestiones contables y financieras, y aplicar procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión. El alcance de una revisión limitada es sustancialmente menor que el de una auditoría realizada de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría y, por consiguiente, no permite obtener seguridad de que el auditor externo haya tomado conocimiento de todas las cuestiones significativas que podrían identificarse en una auditoría.
Dado que no es responsabilidad de la Comisión Fiscalizadora efectuar el control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son responsabilidad exclusiva de la Gerencia, es decir no hemos
evaluado los criterios y decisiones adoptadas por la Gerencia relacionadas a cuestiones empresarias de administración, financiación y comercialización.
III. CONCLUSIÓN
Sobre la base de nuestra revisión, no hemos detectado cuestiones que deban ser mencionadas en este informe. Es por esto que entendemos que los Estados Financieros Condensados mencionados en el apartado I:
(i) fueron preparados en todos sus aspectos significativos, de conformidad con las normas pertinentes de la Ley General de Sociedades, normativa de aplicación y las Normas CNV; (ii) consideramos que incluyen todos los hechos y circunstancias significativas que son de nuestro conocimiento, y
(iii) no merecen objeciones de esta Comisión Fiscalizadora. Sin otro particular, aprovechamos la oportunidad para saludarlos con nuestra más distinguida consideración.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 11 de agosto de 2025
Pablo Murray Matías Bargalló Diego Serrano Redonnet