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Obrascon Huarte Lain S.A.

Regulatory Filings Dec 2, 2024

1870_rns_2024-12-02_2a011e9d-269d-4485-8a7e-0732e0f943c8.pdf

Regulatory Filings

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OBRASCÓN HUARTE LAIN, S.A. ("OHLA" o la "Sociedad"), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 227 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, comunica a la Comisión Nacional del Mercado de Valores ("CNMV") la siguiente

OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE

Como continuación de la comunicación de información privilegiada publicada por la Sociedad el 4 de noviembre de 2024 (con número de registro oficial 2.448) (la "Comunicación de Información Privilegiada"), la Sociedad informa de que en el día de hoy ha lanzado un proceso de Solicitud de Consentimiento mediante la publicación de un memorando de solicitud de consentimiento (consent solicitation memorandum) (el "MSC") dirigido a los titulares de la emisión de bonos senior garantizados (€487,266,804 Split Coupon Senior Secured Notes due 2026) de OHL Operaciones, S.A.U. (el "Emisor") (ISIN: XS2356570239 / XS2356571120) (los "Bonos"), para la aprobación de determinadas modificaciones de los términos y condiciones de los Bonos y del Contrato entre Acreedores (Intercreditor Agreement), una amortización parcial de los Bonos y la aprobación de los documentos necesarios para la implementación de la Recapitalización.

Los términos en mayúsculas no definidos en este anuncio tienen el mismo significado que se les atribuye en el MSC.

Como se informó en la Comunicación de Información Privilegiada, el Emisor, la Sociedad y algunas de sus filiales suscribieron un Contrato de Lock-Up con un grupo ad hoc de Bonistas que representaban aproximadamente el 33% del importe nominal pendiente de pago de los Bonos (el "Grupo Ad Hoc") y ciertos accionistas, comprometiéndose, entre otras cuestiones, a otorgar todos los consentimientos e instrucciones correspondientes y a llevar a cabo todas las actuaciones necesarias para implementar la Recapitalización. Posteriormente, otros Bonistas se han adherido al Contrato de Lock-Up. El Contrato de Lock-Up recoge los principales términos y condiciones comerciales sobre los que se asienta la Recapitalización, los cuales se encuentran resumidos en la Comunicación de Información Privilegiada.

A la fecha de este anuncio, Bonistas que representan más del 93% del importe principal de los Bonos en circulación han firmado o se han adherido al Contrato de Lock-Up para apoyar, facilitar e implementar la Recapitalización.

Proceso de implementación

Como se informó en la Comunicación de Información Privilegiada, la Recapitalización se implementará de conformidad con los términos y condiciones de los Bonos y los términos del Contrato entre Acreedores. En el día de hoy la Sociedad ha lanzado un proceso de Solicitud de Consentimiento, a través del cual se solicitará a los Bonistas que otorguen los consentimientos necesarios para implementar la Recapitalización.

Memorando de solicitud de consentimiento (consent solicitation memorandum)

Tras el lanzamiento del proceso de adhesión al Contrato de Lock-Up, la Sociedad y sus asesores han estado negociando y trabajando junto con, entre otras partes interesadas, el Grupo Ad Hoc y las entidades financieras que actúan como entidades financiadoras, emisoras y/o contragarantes bajo las líneas de avales/bonos y/o contratos de financiación del Grupo y sus asesores para preparar y acordar los términos de la documentación necesaria para implementar la Recapitalización. La documentación refleja los términos comerciales de la Recapitalización de conformidad con el Contrato de Lock-Up.

Como parte de la Recapitalización, la Sociedad, junto con los Garantes, ha acordado un MSC con el Grupo Ad Hoc y el Trustee, en virtud del cual el Emisor invita, entre otras cuestiones, a los

Bonistas a considerar, y si lo estiman oportuno, aprobar por medio de la Instrucción de Consentimiento (Consent Instruction) los acuerdos que prevén, entre otras cuestiones, determinadas modificaciones de los términos y condiciones de los Bonos y del Contrato entre Acreedores, una amortización parcial de los Bonos y la aprobación de los documentos necesarios para implementar la Recapitalización, por medio de una resolución extraordinaria.

Por medio del presente anuncio, el Emisor, junto con los Garantes, notifica a los Bonistas su intención de convocar y celebrar debidamente una asamblea de Bonistas de conformidad con los términos del contrato de emisión de los Bonos (Principal Trust Deed) para considerar y, si lo estiman oportuno, aprobar los Acuerdos de los Bonistas (Noteholder Resolutions). Salvo que el Emisor reciba las Instrucciones de Consentimiento aprobando los Acuerdos de los Bonistas por cuenta o en nombre de los titulares (Beneficial Owners) que representen no menos del 90% del importe principal de los Bonos en circulación en la Fecha de Vencimiento (en cuyo caso, los Acuerdos de los Bonistas se aprobarán por medio de voto electrónico (el "Voto Electrónico")), el Emisor solicitará la aprobación de los Acuerdos de los Bonistas en la Asamblea de Bonistas debidamente convocada al efecto.

Un titular (Beneficial Owner) puede llevar a cabo cualquiera de las siguientes acciones (pero no más de una):

  • (i) aprobar los Acuerdos de los Bonistas comunicando las instrucciones de voto por medio de la Instrucción de Consentimiento antes de la Fecha de Vencimiento a favor de los Acuerdos de los Bonistas;
  • (ii) rechazar los Acuerdos de los Bonistas comunicando las instrucciones de voto por medio de las Instrucciones de Consentimiento antes de la Fecha de Vencimiento en contra los Acuerdos de los Bonistas (con sujeción a las obligaciones contractuales que, de conformidad con el Contrato de Lock-Up, hayan asumido los Bonistas que sean parte del Contrato de Lock-Up);
  • (iii) asistir en persona a la Asamblea de Bonistas de conformidad con los procedimientos establecidos en la Convocatoria de la Asamblea (en cuyo caso el titular (Beneficial Owner) no emitirá ningún Voto Electrónico, pero podrá votar los Acuerdos de los Bonistas si no han sido aprobados antes de la fecha de la Asamblea de Bonistas por medio de Voto Electrónico, tal y como se describe más adelante); o
  • (iv) no tomar ninguna medida con respecto a los Acuerdos de los Bonistas.

El MSC ha sido publicado hoy y puede obtenerse un ejemplar del mismo en https://deals.is.kroll.com/ohl.

El MSC describe con mayor detalle los términos sobre los que se asentará la implementación de la Recapitalización y el otorgamiento de los consentimientos necesarios por parte de los Bonistas para facilitar dicha implementación. Se adjuntan también al MSC los borradores de determinados documentos que son necesarios para implementar la Recapitalización.

La Sociedad recuerda a todos los Bonistas que sean parte del Contrato de Lock-Up que están obligados contractualmente a otorgar los consentimientos, instrucciones y aprobaciones requeridos de conformidad con el MSC, y que deben ponerse en contacto con su depositario, banco, agente, sociedad fiduciaria (trust company) o cualquier otro representante para asegurarse de que estas instrucciones se emitan sin demora.

La Recapitalización contempla una serie de operaciones, sucesos y procedimientos condicionales entre sí, incluidos los Aumentos de Capital, las operaciones previstas en los Acuerdos de los Bonistas y el reembolso y cancelación, y las modificaciones de los términos y condiciones, de los

Contratos de Financiación (tal y como dicho término se define en la Comunicación de Información Privilegiada), y está condicionada a que tengan lugar varios pasos y sujeta al cumplimiento o dispensa de diversas condiciones (tal y como se describe de forma más detallada en la sección "Recapitalisation Effective Date and Conditions to the Recapitalisation" del MSC).

Cada titular (Beneficial Owner) de los Bonos debe leer el MSC en su totalidad.

Calendario indicativo

Los titulares (Beneficial Owners) deben tener en cuenta las fechas y horas indicativas que figuran en el siguiente calendario en relación con la Solicitud de Consentimiento. Este calendario está sujeto a cambios y las fechas y horas pueden ampliarse, reabrirse o modificarse de conformidad con los términos de la Solicitud de Consentimiento, tal y como se describe en el MSC.

Por consiguiente, el calendario real puede diferir significativamente del que figura a continuación.

Suceso Fecha Descripción del suceso
Fecha de lanzamiento 2 de diciembre
de
2024
Anuncio de la Solicitud de Consentimiento y de la
convocatoria de la Asamblea de Bonistas a través de
los sistemas de liquidación y compensación y de la
página web de la Bolsa de Viena.
Convocatoria de la Asamblea de Bonistas y anuncio
de Solicitud de Consentimiento publicados mediante
comunicación de otra información relevante
a la
CNMV.
El MSC, el contrato de emisión de los Bonos (Principal
Trust Deed) y el Contrato entre Acreedores
son
puestos a disposición de los titulares (Beneficial
Owners)
a
través
del
Agente
de
Tabulación
(Tabulation Agent) (gratuitamente).
Fecha
Límite
de
Votación
Anticipada
16:00 horas (CET) del
9 de diciembre 2024
Hora y fecha en las que se recomienda a los titulares
(Beneficial Owners) que entreguen las Instrucciones
de Consentimiento al Agente de Tabulación, sin
perjuicio de la Fecha de Vencimiento
Fecha de Vencimiento 11:00 horas (CET) del
6 de enero de 2025
Hora
y
fecha
límite
para
la
entrega
de
las
Instrucciones de Consentimiento al Agente de
Tabulación, sin perjuicio de los derechos del Emisor
de reabrir, ampliar, rechazar, modificar y/o poner fin a
la Solicitud de Consentimiento de conformidad con los
apartados 2, 8 y 9 de la sección "Terms of the Consent
Solicitation and Procedures for Voting in respect of the
Noteholder Resolution" del MSC.
Los votos emitidos a través de las Instrucciones de
Consentimiento y entregados antes de la Fecha de
Vencimiento son irrevocables y sólo podrán retirarse
o revocarse en las circunstancias previstas en el
MSC.
Anuncio de los resultados del
Voto Electrónico
Tan pronto como sea
razonablemente
posible
una
vez
alcanzada la Mayoría
Requerida
Anuncio del resultado del Voto Electrónico (en caso
de ser aprobado).

Suceso Fecha Descripción del suceso
Asamblea de Bonistas 11:00 horas (CET) del
8 de enero de 2025
Fecha y hora de la Asamblea de Bonistas.
Los Bonistas votan los Acuerdos de los Bonistas.
Anuncio de los resultados de la
Asamblea de Bonistas (en caso
de celebrarse) o de cualquier
asamblea
aplazada
de
los
Bonistas
Tan pronto como sea
razonablemente
posible después de la
Asamblea
de
Bonistas
Anuncio del resultado de la Asamblea de Bonistas.
Fecha
de
Desbloqueo
(Unblocking Time)
Tan pronto como sea
razonablemente
posible
tras
la
conclusión
de
la
Asamblea
de
Bonistas
y,
en
cualquier
caso,
no
más
tarde
de
las
17:00 horas (CET) del
8 de enero de 2025
(fecha de la Asamblea
de Bonistas).
Hora y fecha en la que se desbloquearán los Bonos
objeto de las Instrucciones de Consentimiento.

Los Bonos que sean objeto de las Instrucciones de Consentimiento se desbloquearán en la Fecha de Desbloqueo (Unblocking Time). En el caso de que la Asamblea de Bonistas no alcance el quórum de conformidad con el contrato de emisión de los Bonos (Principal Trust Deed), la Asamblea de Bonistas será aplazada, y los Bonistas serán informados de dicho aplazamiento tan pronto como sea razonablemente posible después de la Asamblea de Bonistas.

Se aconseja a los titulares (Beneficial Owners) que comprueben con el banco, agente de valores, sistema de liquidación y compensación pertinente u otro intermediario a través del cual mantienen sus Bonos si dicho intermediario aplica plazos diferentes para cualquiera de los sucesos especificados anteriormente, y que se adhieran a dichos plazos en caso de que dichos plazos sean anteriores a los plazos establecidos anteriormente.

Todas las fechas anteriores están sujetas a plazos anteriores que pueden ser especificados por los sistemas de liquidación y compensación o cualquier intermediario.

Madrid, 2 de diciembre de 2024

Aviso Importante

Esta comunicación de otra información relevante y la información contenida en la misma no constituyen ni forman parte de, y no deben interpretarse como, una oferta de venta o suscripción de, o una solicitud de cualquier oferta de compra o suscripción o intercambio o adquisición de valores de la Sociedad, el Emisor o cualquier otra entidad en los Estados Unidos o en cualquier otra jurisdicción. Los valores a los que se hace referencia en la presente comunicación no podrán ser ofrecidos, vendidos, canjeados o entregados en los Estados Unidos sin ser registrados o sin una exención aplicable al requisito bajo la U.S. Securities Act de 1933, en su versión modificada. Los valores mencionados en la presente comunicación de otra información relevante no están, ni estarán, registrados en los Estados Unidos.

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