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Montebalito S.A. Governance Information 2022

Apr 28, 2022

1862_rns_2022-04-28_514bca6d-cf06-4828-8fad-3cefcb53ca92.pdf

Governance Information

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DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR

Fecha fin del ejercicio de referencia: 31/12/2021
CIF: A-28294700
Denominación Social:
MONTEBALITO, S.A.
Domicilio social:

LUGAR BALITO, NÚMERO 1, MOGÁN (LAS PALMAS, 35129)

A. ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD

A.1. Complete el siguiente cuadro sobre el capital social y los derechos de voto atribuidos, incluidos, en su caso, los correspondientes a las acciones con voto por lealtad, a la fecha de cierre del ejercicio:

Indique si los estatutos de la sociedad contienen la previsión de voto doble por lealtad:

[ ] Sí

[ √ ] No

Fecha de última Capital social (€) Número de Número de
modificación acciones derechos de voto
26/06/2019 32.000.000,00 32.000.000 32.000.000

Indique si existen distintas clases de acciones con diferentes derechos asociados:

[ ] Sí

[ √ ] No

A.2. Detalle los titulares directos e indirectos de participaciones significativas a la fecha de cierre del ejercicio, incluidos los consejeros que tengan una participación significativa:

Nombre o % derechos de voto % derechos de voto a través
denominación atribuidos a las acciones de instrumentos financieros % total de
derechos de voto
social del accionista Directo Indirecto Directo Indirecto
CARTERA
MERIDIONAL, S.A.
0,00 77,77 0,00 0,00 77,77
METAMBIENTE, S.A. 62,24 6,99 0,00 0,00 69,23
DON JOSÉ
ALBERTO
BARRERAS
BARRERAS
0,00 47,85 0,00 0,00 47,85
FUNDACIÓN
MERIDIONAL
0,00 21,78 0,00 0,00 21,78
LUXCARTERA, S.A. 13,07 0,00 0,00 0,00 13,07
MARINA
MERIDIONAL, S.A.
5,25 0,00 0,00 0,00 5,25
GESTION DE
NEGOCIOS ARGOS,
S.A.
0,00 5,25 0,00 0,00 5,25
DOÑA TERESA
BARRERAS
RUANO
0,00 4,82 0,00 0,00 4,82

Nombre o % derechos de voto % derechos de voto a través
denominación atribuidos a las acciones de instrumentos financieros % total de
social del accionista Directo Indirecto Directo Indirecto derechos de voto
DOÑA ANA
BELÉN BARRERAS
RUANO
0,00 4,82 0,00 0,00 4,82
DOÑA MARTA
BARRERAS
RUANO
0,00 4,82 0,00 0,00 4,82
MERIDIONAL
SOLAR, S.L.
3,99 0,00 0,00 0,00 3,99
MTB REN, S.A. 0,00 3,99 0,00 0,00 3,99

Detalle de la participación indirecta:

Nombre o
denominación social
del titular indirecto
Nombre o
denominación social
del titular directo
% derechos de
voto atribuidos
a las acciones
% derechos de voto a
través de instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
CARTERA
MERIDIONAL, S.A.
METAMBIENTE, S.A. 60,97 0,00 60,97
CARTERA
MERIDIONAL, S.A.
LUXCARTERA, S.A. 9,80 0,00 9,80
CARTERA
MERIDIONAL, S.A.
MERIDIONAL SOLAR,
S.L.
3,91 0,00 3,91
CARTERA
MERIDIONAL, S.A.
MARINA
MERIDIONAL, S.A.
2,15 0,00 2,15
CARTERA
MERIDIONAL, S.A.
METAGESTIÓN,
S.G.I.I.C., S.A.
0,94 0,00 0,94
CARTERA
MERIDIONAL, S.A.
GESTION DE
NEGOCIOS ARGOS,
S.A.
0,00 0,00 0,00
METAMBIENTE, S.A. MERIDIONAL SOLAR,
S.L.
3,99 0,00 3,99
METAMBIENTE, S.A. MARINA
MERIDIONAL, S.A.
2,04 0,00 2,04
METAMBIENTE, S.A. METAGESTIÓN,
S.G.I.I.C., S.A.
0,96 0,00 0,96
METAMBIENTE, S.A. GESTION DE
NEGOCIOS ARGOS,
S.A.
0,00 0,00 0,00

INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS

Nombre o
denominación social
del titular indirecto
Nombre o
denominación social
del titular directo
% derechos de
voto atribuidos
a las acciones
% derechos de voto a
través de instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
DON JOSÉ ALBERTO
BARRERAS
BARRERAS
METAMBIENTE, S.A. 34,96 0,00 34,96
DON JOSÉ ALBERTO
BARRERAS
BARRERAS
LUXCARTERA, S.A. 8,89 0,00 8,89
DON JOSÉ ALBERTO
BARRERAS
BARRERAS
MERIDIONAL SOLAR,
S.L.
2,24 0,00 2,24
DON JOSÉ ALBERTO
BARRERAS
BARRERAS
MARINA
MERIDIONAL, S.A.
1,23 0,00 1,23
DON JOSÉ ALBERTO
BARRERAS
BARRERAS
METAGESTIÓN,
S.G.I.I.C., S.A.
0,54 0,00 0,54
DON JOSÉ ALBERTO
BARRERAS
BARRERAS
GESTION DE
NEGOCIOS ARGOS,
S.A.
0,00 0,00 0,00
FUNDACIÓN
MERIDIONAL
METAMBIENTE, S.A. 17,07 0,00 17,07
FUNDACIÓN
MERIDIONAL
LUXCARTERA, S.A. 2,74 0,00 2,74
FUNDACIÓN
MERIDIONAL
MERIDIONAL SOLAR,
S.L.
1,10 0,00 1,10
FUNDACIÓN
MERIDIONAL
MARINA
MERIDIONAL, S.A.
0,60 0,00 0,60
FUNDACIÓN
MERIDIONAL
METAGESTIÓN,
S.G.I.I.C., S.A.
0,26 0,00 0,26
FUNDACIÓN
MERIDIONAL
GESTION DE
NEGOCIOS ARGOS,
S.A.
0,00 0,00 0,00
GESTION DE
NEGOCIOS ARGOS,
S.A.
MARINA
MERIDIONAL, S.A.
5,25 0,00 5,25
DOÑA TERESA
BARRERAS RUANO
METAMBIENTE, S.A. 2,98 0,00 2,98
DOÑA TERESA
BARRERAS RUANO
MARINA
MERIDIONAL, S.A.
1,13 0,00 1,13
DOÑA TERESA
BARRERAS RUANO
LUXCARTERA, S.A. 0,48 0,00 0,48

INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS

Nombre o
denominación social
del titular indirecto
Nombre o
denominación social
del titular directo
% derechos de
voto atribuidos
a las acciones
% derechos de voto a
través de instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
DOÑA TERESA
BARRERAS RUANO
MERIDIONAL SOLAR,
S.L.
0,19 0,00 0,19
DOÑA TERESA
BARRERAS RUANO
METAGESTIÓN,
S.G.I.I.C., S.A.
0,05 0,00 0,05
DOÑA TERESA
BARRERAS RUANO
GESTION DE
NEGOCIOS ARGOS,
S.A.
0,00 0,00 0,00
DOÑA ANA BELÉN
BARRERAS RUANO
METAMBIENTE, S.A. 2,98 0,00 2,98
DOÑA ANA BELÉN
BARRERAS RUANO
MARINA
MERIDIONAL, S.A.
1,13 0,00 1,13
DOÑA ANA BELÉN
BARRERAS RUANO
LUXCARTERA, S.A. 0,48 0,00 0,48
DOÑA ANA BELÉN
BARRERAS RUANO
MERIDIONAL SOLAR,
S.L.
0,19 0,00 0,19
DOÑA ANA BELÉN
BARRERAS RUANO
METAGESTIÓN,
S.G.I.I.C., S.A.
0,05 0,00 0,05
DOÑA ANA BELÉN
BARRERAS RUANO
GESTION DE
NEGOCIOS ARGOS,
S.A.
0,00 0,00 0,00
DOÑA MARTA
BARRERAS RUANO
METAMBIENTE, S.A. 2,98 0,00 2,98
DOÑA MARTA
BARRERAS RUANO
MARINA
MERIDIONAL, S.A.
1,13 0,00 1,13
DOÑA MARTA
BARRERAS RUANO
LUXCARTERA, S.A. 0,48 0,00 0,48
DOÑA MARTA
BARRERAS RUANO
MERIDIONAL SOLAR,
S.L.
0,19 0,00 0,19
DOÑA MARTA
BARRERAS RUANO
METAGESTIÓN,
S.G.I.I.C., S.A.
0,05 0,00 0,05
DOÑA MARTA
BARRERAS RUANO
GESTION DE
NEGOCIOS ARGOS,
S.A.
0,00 0,00 0,00

Indique los movimientos en la estructura accionarial más significativos acaecidos durante el ejercicio:

A.3. Detalle, cualquiera que sea el porcentaje, la participación al cierre del ejercicio de los miembros del consejo de administración que sean titulares de derechos de voto atribuidos a acciones de la sociedad o a través de instrumentos financieros, excluidos los consejeros que se hayan identificado en el apartado A.2, anterior:

Nombre o
denominación
social del consejero
% derechos de
voto atribuidos
a las acciones
% derechos de
voto a través de
instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
% derechos de voto
que pueden ser
transmitidos a través
de instrumentos
financieros
Directo Indirecto Directo Indirecto Directo Indirecto
DON FRANCISCO
GUIJARRO
ZUBIZARRETA
0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
DON FRANCISCO
JAVIER JIMÉNEZ DE
CISNEROS CID
0,05 0,06 0,00 0,00 0,11 0,00 0,00

% total de derechos de voto titularidad de miembros del consejo de administración 0,11

Detalle de la participación indirecta:

% derechos de
Nombre o % derechos de voto que pueden
Nombre o denominación % derechos de voto a través de % total de ser transmitidos
denominación social del voto atribuidos instrumentos derechos de voto a través de
social del consejero titular directo a las acciones financieros instrumentos
financieros
Sin datos

Detalle el porcentaje total de derechos de voto representados en el consejo:

% total de derechos de voto representados en el consejo de administración 0,00

A.4. Indique, en su caso, las relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, en la medida en que sean conocidas por la sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario, excepto las que se informen en el apartado A.6:

Nombre o denominación social relacionados Tipo de relación Breve descripción
Sin datos

A.5. Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, y la sociedad y/o su grupo, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:

Nombre o denominación social relacionados Tipo de relación Breve descripción
Sin datos

A.6. Describa las relaciones, salvo que sean escasamente relevantes para las dos partes, que existan entre los accionistas significativos o representados en el consejo y los consejeros, o sus representantes, en el caso de administradores persona jurídica.

Explique, en su caso, cómo están representados los accionistas significativos. En concreto, se indicarán aquellos consejeros que hubieran sido nombrados en representación de accionistas significativos, aquellos cuyo nombramiento hubiera sido promovido por accionistas significativos, o que estuvieran vinculados a accionistas significativos y/o entidades de su grupo, con especificación de la naturaleza de tales relaciones de vinculación. En particular, se mencionará, en su caso, la existencia, identidad y cargo de miembros del consejo, o representantes de consejeros, de la sociedad cotizada, que sean, a su vez, miembros del órgano de administración, o sus representantes, en sociedades que ostenten participaciones significativas de la sociedad cotizada o en entidades del grupo de dichos accionistas significativos:

Nombre o denominación
social del consejero o
representante, vinculado
Nombre o denominación
social del accionista
significativo vinculado
Denominación social de
la sociedad del grupo del
accionista significativo
Descripción relación/cargo
METAMBIENTE, S.A. DON JOSÉ ALBERTO
BARRERAS BARRERAS
DON JOSÉ ALBERTO
BARRERAS BARRERAS
Don José Alberto Barreras
es el titular real del
Consejero Metambiente,
S.A.
DOÑA ANA BELÉN
BARRERAS RUANO
DON JOSÉ ALBERTO
BARRERAS BARRERAS
DON JOSÉ ALBERTO
BARRERAS BARRERAS
Don José Alberto Barreras
es padre de Ana Belén
Barreras Ruano, Consejera
de la Sociedad.
  • A.7. Indique si han sido comunicados a la sociedad pactos parasociales que la afecten según lo establecido en los artículos 530 y 531 de la Ley de Sociedades de Capital. En su caso, descríbalos brevemente y relacione los accionistas vinculados por el pacto:
    • [ ] [ √ ] Sí No

Indique si la sociedad conoce la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas. En su caso, descríbalas brevemente:

[ ]
[ √ ] No

En el caso de que durante el ejercicio se haya producido alguna modificación o ruptura de dichos pactos o acuerdos o acciones concertadas, indíquelo expresamente:

A.8. Indique si existe alguna persona física o jurídica que ejerza o pueda ejercer el control sobre la sociedad de acuerdo con el artículo 5 de la Ley del Mercado de Valores. En su caso, identifíquela:

[ √ ]
[ ] No

Nombre o denominación social

JOSÉ ALBERTO BARRERAS BARRERAS

A.9. Complete los siguientes cuadros sobre la autocartera de la sociedad:

A fecha de cierre del ejercicio:

Número de Número de acciones % total sobre
acciones directas indirectas(*) capital social
1.132.057 3,54

(*) A través de:

Nombre o denominación social del titular directo de la participación Número de
acciones directas
Sin datos

Explique las variaciones significativas habidas durante el ejercicio:

Explique las variaciones significativas

Durante el ejercicio 2021 se produjeron dos variaciones significativas en la autocartera de la Sociedad: i) En ejecución de los acuerdos adoptados en la Junta General de la Sociedad celebrada el día 29 de octubre de 2020 y en la reunión del Consejo de Administración celebrada el día 21 de diciembre de 2021, relativos al pago de una retribución al accionista con cargo a la cuenta de prima de emisión, el día 2 de febrero de 2021 Montebalito, S.A. transmitió 403.303 acciones de autocartera a los accionistas que se decantaron por esta opción como forma de pago de la retribución acordada; y, ii) El día 15 de julio de 2021, esta vez en ejecución del acuerdo adoptado por la Junta General de la Sociedad celebrada

INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS

el día 23 de junio de 2021, también relativo al pago de una retribución al accionista con cargo a la cuenta de prima de emisión, Montebalito, S.A. transmitió a aquellos accionistas que escogieron esta opción como forma de pago, un total de 497.943 acciones de autocartera.

A.10. Detalle las condiciones y plazo del mandato vigente de la junta de accionistas al consejo de administración para emitir, recomprar o transmitir acciones propias:

En la Junta General de accionistas de la Sociedad celebrada el día 26 de junio de 2019, se acordó, por unanimidad, autorizar al Consejo de Administración para la adquisición, directa o indirecta, de acciones propias, o de derechos de opción sobre acciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 146 y 509 de la Ley de Sociedades de Capital, con los límites legalmente establecidos y en las siguientes condiciones: - Modalidades: Por compraventa, permuta, donación, adjudicación o dación en pago y, en general, por cualquier otra modalidad de adquisición a título oneroso de acciones en circulación e íntegramente desembolsadas.

  • Número máximo de acciones a adquirir: Salvo en los supuestos de libre adquisición de las propias acciones, el valor nominal de las acciones propias adquiridas directa o indirectamente por la sociedad, sumándose al de las que ya posean la sociedad adquirente y sus filiales y, en su caso, la sociedad dominante y sus filiales, no podrá ser superior al diez por ciento del capital suscrito.

  • Precio: El precio máximo no podrá ser superior al mayor de los siguientes: i) Precio de la última transacción realizada en el mercado por sujetos independientes y, ii) Precio más alto contenido en el carnet de órdenes. El precio mínimo no podrá ser inferior en más de un 15% por ciento al del cierre de la acción en la sesión anterior al día de la transacción, salvo que concurran circunstancias de mercado que permitan una variación sobre dicho porcentaje de acuerdo con la normativa vigente.

  • Duración de la autorización: Cinco años contados desde la adopción de este acuerdo.

  • Sociedad compradora: Montebalito, S.A. o sociedades dominadas al 100%.

  • La autorización sustituye y deja sin efecto a la concedida mediante acuerdo adoptado por la Junta General celebrada el 11 de junio de 2015.

A.11. Capital flotante estimado:

%
Capital flotante estimado 10,95
  • A.12. Indique si existe cualquier restricción (estatutaria, legislativa o de cualquier índole) a la transmisibilidad de valores y/o cualquier restricción al derecho de voto. En particular, se comunicará la existencia de cualquier tipo de restricciones que puedan dificultar la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado, así como aquellos regímenes de autorización o comunicación previa que, sobre las adquisiciones o transmisiones de instrumentos financieros de la compañía, le sean aplicables por normativa sectorial.
    • [ ] [ √ ] Sí No
  • A.13. Indique si la junta general ha acordado adoptar medidas de neutralización frente a una oferta pública de adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007.
[ ]
[ √ ] No

En su caso, explique las medidas aprobadas y los términos en que se producirá la ineficiencia de las restricciones:

A.14. Indique si la sociedad ha emitido valores que no se negocian en un mercado regulado de la Unión Europea.

[ ]
[ √ ] No

En su caso, indique las distintas clases de acciones y, para cada clase de acciones, los derechos y obligaciones que confiera:

B. JUNTA GENERAL

  • B.1. Indique y, en su caso detalle, si existen diferencias con el régimen de mínimos previsto en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) respecto al quórum de constitución de la junta general:
    • [ √ ] [ ] Sí No
% de quórum distinto
al establecido en
art. 193 LSC para
supuestos generales
% de quórum distinto
al establecido en
art. 194 LSC para los
supuestos especiales
del art. 194 LSC
Quórum exigido
en 1ª convocatoria
25,00 66,66
Quórum exigido
en 2ª convocatoria
0,00 50,00

Descripción de las diferencias

El artículo 194 de la Ley de Sociedades de Capital establece que para que la Junta General pueda acordar válidamente el aumento de capital y cualquier otra modificación de los Estatutos Sociales, la emisión de obligaciones, la supresión o la limitación del derecho de adquisición preferente de nuevas acciones, así como la transformación, la fusión, la escisión o la cesión global del activo y pasivo y el traslado de domicilio al extranjero, será necesaria, en primera convocatoria, la concurrencia de accionistas presentes o representados que posean, al menos, el cincuenta por ciento del capital con derecho de voto. En segunda convocatoria será suficiente la concurrencia del veinticinco por ciento de dicho capital.

Tanto los estatutos como el Reglamento de la Junta General de la Sociedad recogen una elevación de los quórums indicados anteriormente de manera que, para la adopción de los citados acuerdos, se requiere, en primera convocatoria, la concurrencia de accionistas, presentes o representados, titulares de al menos las dos terceras partes del capital suscrito con derecho de voto. En segunda convocatoria será suficiente la concurrencia del cincuenta por ciento de dicho capital.

Cuando concurran accionistas que representen menos de las dos terceras partes del capital suscrito, los acuerdos del párrafo anterior se adoptarán válidamente solo con el voto de los dos tercios del capital presente o representado en la Junta.

B.2. Indique y, en su caso, detalle si existen diferencias con el régimen previsto en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) para la adopción de acuerdos sociales:

[ ]
[ √ ] No

B.3. Indique las normas aplicables a la modificación de los estatutos de la sociedad. En particular, se comunicarán las mayorías previstas para la modificación de los estatutos, así como, en su caso, las normas previstas para la tutela de los derechos de los socios en la modificación de los estatutos.

Para adoptar acuerdos sobre la emisión del obligaciones, el aumento o la reducción de capital, la transformación, fusión o escisión de la Sociedad y, en general, cualquier modificación de los Estatutos Sociales, será necesaria en primera convocatoria, la concurrencia de accionistas presentes o representados titulares de al menos las dos terceras partes del capital suscrito con derecho de voto. En segunda convocatoria será suficiente la concurrencia del cincuenta por ciento de dicho capital.

Cuando concurran accionistas que representen menos de las dos terceras partes del capital suscrito con derecho a voto, los acuerdos a los que se refiere el párrafo anterior solo podrán adoptarse válidamente con el voto de los dos tercios del capital presente o representado en la Junta.

  • Datos de asistencia % voto a distancia Fecha junta general % de presencia física % en representación Voto electrónico Otros Total 26/06/2019 81,15 0,05 0,00 0,00 81,20 De los que Capital flotante 0,00 0,05 0,00 0,00 0,05 29/10/2020 82,74 0,01 0,00 0,00 82,75 De los que Capital flotante 0,00 0,01 0,00 0,00 0,01 23/06/2021 83,77 0,04 0,00 0,00 83,81 De los que Capital flotante 0,00 0,04 0,00 0,00 0,04
  • B.4. Indique los datos de asistencia en las juntas generales celebradas en el ejercicio al que se refiere el presente informe y los de los dos ejercicios anteriores:

  • B.5. Indique si en las juntas generales celebradas en el ejercicio ha habido algún punto del orden del día que, por cualquier motivo, no haya sido aprobado por los accionistas:

    • [ ] [ √ ] Sí No
  • B.6. Indique si existe alguna restricción estatutaria que establezca un número mínimo de acciones necesarias para asistir a la junta general, o para votar a distancia:
    • [ √ ] [ ] Sí No
Número de acciones necesarias para asistir a la junta general 25
Número de acciones necesarias para votar a distancia 25

B.7. Indique si se ha establecido que determinadas decisiones, distintas a las establecidas por Ley, que entrañan una adquisición, enajenación, la aportación a otra sociedad de activos esenciales u otras operaciones corporativas similares, deben ser sometidas a la aprobación de la junta general de accionistas:

[ ]
[ √ ] No

B.8. Indique la dirección y modo de acceso a la página web de la sociedad a la información sobre gobierno corporativo y otra información sobre las juntas generales que deba ponerse a disposición de los accionistas a través de la página web de la Sociedad:

La dirección de correo electrónico de la Compañía es www.montebalito.com, siendo su acceso libre. Cualquier persona puede acceder a la información sobre gobierno corporativo en la citada dirección a través de la pestaña "accionistas e inversores", donde se puede consultar la información relativa a las Juntas Generales.

C. ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD

C.1. Consejo de administración

C.1.1 Número máximo y mínimo de consejeros previstos en los estatutos sociales y el número fijado por la junta general:

Número máximo de consejeros 15
Número mínimo de consejeros 5
Número de consejeros fijado por la junta 5

C.1.2 Complete el siguiente cuadro con los miembros del consejo:

Nombre o
denominación
social del
consejero
Representante Categoría
del consejero
Cargo en
el consejo
Fecha primer
nombramiento
Fecha último
nombramiento
Procedimiento
de elección
DON
FRANCISCO
JAVIER
JIMÉNEZ DE
CISNEROS CID
Independiente CONSEJERO 27/06/2018 27/06/2018 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON JOSÉ LUIS
RODRÍGUEZ
RODRÍGUEZ
Ejecutivo CONSEJERO 20/06/2013 15/06/2017 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON
FRANCISCO
GUIJARRO
ZUBIZARRETA
Independiente CONSEJERO 27/06/2014 29/10/2020 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
METAMBIENTE,
S.A.
DON JOSÉ
ALBERTO
BARRERAS
BARRERAS
Dominical CONSEJERO 29/10/2020 29/10/2020 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DOÑA ANA
BELÉN
BARRERAS
RUANO
Dominical CONSEJERO 16/02/2021 16/02/2021 COOPTACION
DON JUAN
VELAYOS LLUIS
Independiente PRESIDENTE 23/06/2021 23/06/2021 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS

Nombre o
denominación
social del
consejero
Representante Categoría
del consejero
Cargo en
el consejo
Fecha primer
nombramiento
Fecha último
nombramiento
Procedimiento
de elección
DON JAVIER
ANTONIO
RODRÍGUEZ
ZELNICK
Independiente CONSEJERO 23/06/2021 23/06/2021 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
Número total de consejeros 7

Indique los ceses que, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, se hayan producido en el consejo de administración durante el periodo sujeto a información:

Nombre o
denominación
social del
consejero
Categoría del
consejero en el
momento del cese
Fecha del último
nombramiento
Fecha de baja Comisiones
especializadas
de las que
era miembro
Indique si el cese
se ha producido
antes del fin
del mandato
TAM
INVERSIONES
MIRASIERRA, S.L.
Dominical 29/10/2020 16/02/2021 En la fecha en la
que se produjo
su cese como
Consejera de
la Sociedad,
TAM Inversiones
Mirasierra, S.L.
era miembro de
las comisiones
delegada y de
auditoría.
SI

C.1.3 Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del consejo y su distinta categoría:

CONSEJEROS EJECUTIVOS
Nombre o
denominación
social del consejero
Cargo en el
organigrama
de la sociedad
Perfil
DON JOSÉ LUIS
RODRÍGUEZ
RODRÍGUEZ
DIRECTOR ÁREA
INMOBILIARIA
Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad
Autónoma de Madrid y Máster en Dirección Financiera. Antes de su
incorporación al Grupo Montebalito en 2007 desarrolló la totalidad
de su carrera profesional en el ámbito del Sector Inmobiliario y de las
Tecnologías de la Información. A lo largo de su carrera profesional, y
desde distintas áreas de Dirección, se ha especializado en la búsqueda
de nuevas oportunidades de negocio, el diseño y estructura económica
de promociones inmobiliarias y la gerencia y control de los proyectos.
Por su dilatada experiencia empresarial actualmente lidera la estrategia
y organización de operaciones corporativas enfocadas al cumplimiento
de los objetivos de crecimiento del Grupo Montebalito. En junio de 2013

CONSEJEROS EJECUTIVOS
Nombre o
denominación
social del consejero
Cargo en el
organigrama
de la sociedad
Perfil
fue nombrado Consejero de Montebalito, S.A., cargo que desempeña en
la actualidad, siendo también vocal de su Comisión Ejecutiva.
DOÑA ANA BELÉN
BARRERAS RUANO
CONSEJERA
DELEGADA
Doña Ana-Belén Barreras Ruano es licenciada en Administración y
Dirección de Empresas, Marketing y Relaciones Públicas. Ha realizado
varios masters en el Instituto de Empresa, en dirección financiera y
control, financiaciones estructuradas y capital riesgo y en dirección
inmobiliaria. Lleva más de quince años en la dirección estratégica del
Grupo Cartera Meridional, ocupando distintos cargos en los órganos de
administración de las Sociedades que lo integran.
Número total de consejeros ejecutivos 2
% sobre el total del consejo 28,57
CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES
Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación del
accionista significativo
a quien representa
o que ha propuesto
su nombramiento
Perfil
METAMBIENTE, S.A. DON JOSÉ ALBERTO
BARRERAS BARRERAS
El representante físico de Metambiente, S.A. en el Consejo de
Administración de Montebalito, S.A., don José Alberto Barreras Barreras,
es Doctor Ingeniero Naval por la Escuela Superior de Ingenieros Navales
de Madrid. Tras ocupar distintos cargos en empresas navieras, inició
su carrera empresarial en el año 1969. Desde entonces ha creado y
dirigido empresas en distintos sectores, como el naval, el inmobiliario,
de servicios de inversión, energías renovables, etc. En la actualidad es
el Administrador Único y socio mayoritario de Cartera Meridional, S.A.,
Compañía que encabeza el grupo Cartera Meridional.
Número total de consejeros dominicales 1
% sobre el total del consejo 14,29
CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES
Nombre o
denominación
social del consejero
Perfil
DON FRANCISCO
JAVIER JIMÉNEZ
DE CISNEROS CID
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Autónoma de Madrid. Abogado
especialista en: infraestructuras, urbanismo, medioambiente, contratación, expropiación y

CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES
Nombre o
denominación
social del consejero
Perfil
Administrativo. servicios públicos. Es autor de numerosos artículos y varios libros en el ámbito del Derecho
DON FRANCISCO
GUIJARRO
ZUBIZARRETA
desde marzo de 2017 of counsel de Andersen Tax & Legal. Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y Master en Derecho (LLM)
por la Universidad de Harvard. Empezó su carrera profesional en el Ministerio de Hacienda como
Inspector Técnico Fiscal del Estado. Posteriormente fue director del departamento fiscal de J&A
Garrigues y socio internacional y director del departamento fiscal y legal de Price Waterhouse.
Tras ello, en 1987 fundó su propia firma, Guijarro y Sánchez Pinilla, siendo socio-director de la
misma hasta 1999. En este año aportó su cartera y práctica profesional a la firma holandesa Nauta
Dutilh de la que fue socio internacional y director en España. En 2003, el equipo en España
de Nauta Dutilh se integró en la firma internacional Hammonds, siendo socio internacional de
la misma, director de la oficina de España y miembro del partnership board y del comité de
estrategia en Londres. A partir de 2012 y hasta marzo de 2017 of counsel de Olleros Abogados y
DON JUAN
VELAYOS LLUIS
Juan Velayos Lluis es fundador del grupo JV20. Desde 2019 hasta la fundación de JV20 ejerció
como socio director de real estate asset management del grupo financiero cotizado Alantra.
Entre 2015 y 2019 desempeñó el cargo de consejero delegado de la promotora inmobiliaria
cotizada Neinor Homes, S.A. Durante los años 2011 a 2015 Juan lideró a nivel global el área de
transacciones de Real Estate de la auditora PWC. Previamente, desde junio de 2007 hasta finales
de 2011, Juan ocupó el puesto de consejero delegado de las compañías inmobiliarias Mixta África,
S.A. liderando la entrada de socios financieros y la expansión en África, y de la cotizada Renta
Corporación Real Estate, S.A., liderando su proceso de reestructuración. Con anterioridad, Juan
había sido socio de Uría y Menéndez Abogados, donde abrió la oficina de México. Es Licenciado
en Derecho y MBA en IESE. Experto en operaciones de adquisición, mercados de capitales,
emprendimiento y sector inmobiliario, ha participado en numerosas compraventas de empresas
por parte de sociedades familiares y private equity, así como en varias salidas a bolsa durante
2006 y 2007.
DON JAVIER
ANTONIO
RODRÍGUEZ
ZELNICK
Banco BDI en República Dominicana, ambos bancos de prestigio en el país. Javier Antonio Rodriguez lleva una carrera de más de una década laborando en el sector
financiero. Es licenciado magna cum laude de Farileigh Dickinson University en EEUU y de IESE
(Universidad de Navarra) en Madrid con un EMBA. Cuenta con experiencia laboral en diversos
países incluyendo EEUU, España y República Dominicana, donde reside actualmente. Su familia
lleva una larga trayectoria en el sector financiero, siendo propietarios del Banco López de Haro y
Número total de consejeros independientes 4
% sobre el total del consejo 57,14

Indique si algún consejero calificado como independiente percibe de la sociedad, o de su mismo grupo, cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de consejero, o mantiene o ha mantenido, durante el último ejercicio, una relación de negocios con la sociedad o con cualquier sociedad de su grupo, ya sea en nombre propio o como accionista significativo, consejero o alto directivo de una entidad que mantenga o hubiera mantenido dicha relación.

En su caso, se incluirá una declaración motivada del consejo sobre las razones por las que considera que dicho consejero puede desempeñar sus funciones en calidad de consejero independiente.

Nombre o
denominación
social del consejero
Descripción de la relación Declaración motivada
DON JUAN
VELAYOS LLUIS
Don Juan Velayos Lluis, Consejero y Presidente
del Consejo de Administración de la Sociedad,
percibió durante el ejercicio 2021, a través de
la Sociedad denominada, JV20 Advisory, S.L., la
cantidad de treinta mil seiscientos noventa y
cuatro euros con tres céntimos (30.694,03 €),
como contraprestación por el asesoramiento en
determinados ámbitos de la Sociedad.
El Consejero no ha sido empleado ni consejero
ejecutivo ni de la sociedad, ni de otras
sociedades de su grupo, ni percibe cantidad
alguna que pueda ser considerada significativa
por un concepto distinto de la remuneración de
Consejero, ni ha sido socio del auditor externo,
ni en general incurre en las causas legalmente
previstas para que no pueda ser considerado
Consejero independiente, habiendo sido
nombrado en atención a sus condiciones
profesionales, sin que se vea condicionado
por relaciones con la sociedad o su grupo, sus
accionistas significativos o sus directivos.
OTROS CONSEJEROS EXTERNOS
Se identificará a los otros consejeros externos y se detallarán los motivos por los que no se puedan considerar
dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad, sus directivos, o sus accionistas:
Nombre o
denominación
social del consejero
Motivos Sociedad, directivo o
accionista con el que
mantiene el vínculo
Perfil
Sin datos
Número total de otros consejeros externos N.A.
% sobre el total del consejo N.A.

Indique las variaciones que, en su caso, se hayan producido durante el periodo en la categoría de cada consejero:

Nombre o denominación
social del consejero
Fecha del cambio Categoría anterior Categoría actual
Sin datos

C.1.4 Complete el siguiente cuadro con la información relativa al número de consejeras al cierre de los últimos 4 ejercicios, así como la categoría de tales consejeras:

Número de consejeras % sobre el total de
consejeros de cada categoría
Ejercicio
2021
Ejercicio
2020
Ejercicio
2019
Ejercicio
2018
Ejercicio
2021
Ejercicio
2020
Ejercicio
2019
Ejercicio
2018
Ejecutivas 1 50,00 0,00 0,00 0,00
Dominicales 1 1 1 0,00 20,00 14,29 14,29
Independientes 0,00 0,00 0,00 0,00
Otras Externas 0,00 0,00 0,00 0,00
Total 1 1 1 1 14,29 20,00 14,29 14,29
  • C.1.5 Indique si la sociedad cuenta con políticas de diversidad en relación con el consejo de administración de la empresa por lo que respecta a cuestiones como, por ejemplo, la edad, el género, la discapacidad, o la formación y experiencia profesionales. Las entidades pequeñas y medianas, de acuerdo con la definición contenida en la Ley de Auditoría de Cuentas, tendrán que informar, como mínimo, de la política que tengan establecida en relación con la diversidad de género.
  • [ ] Sí
  • [ √ ] No
  • [ ] Políticas parciales

En caso afirmativo, describa estas políticas de diversidad, sus objetivos, las medidas y la forma en que se ha aplicado y sus resultados en el ejercicio. También se deberán indicar las medidas concretas adoptadas por el consejo de administración y la comisión de nombramientos y retribuciones para conseguir una presencia equilibrada y diversa de consejeros.

En caso de que la sociedad no aplique una política de diversidad, explique las razones por las cuales no lo hace.

C.1.6 Explique las medidas que, en su caso, hubiese convenido la comisión de nombramientos para que los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras, y que la compañía busque deliberadamente e incluya entre los potenciales candidatos, mujeres que reúnan el perfil profesional buscado y que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres. Indique también si entre estas medidas está la de fomentar que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas:

Explicación de las medidas

No se han convenido procedimientos de selección que tengan condicionantes relativos al sexo de los candidatos.

Cuando a pesar de las medidas que, en su caso, se hayan adoptado, sea escaso o nulo el número de consejeras o altas directivas, explique los motivos que lo justifiquen:

Explicación de los motivos

No se han adoptado medidas sobre esta materia.

C.1.7 Explique las conclusiones de la comisión de nombramientos sobre la verificación del cumplimiento de la política dirigida a favorecer una composición apropiada del consejo de administración.

La Comisión de Nombramientos y Retribuciones no ha emitido conclusiones sobre esta materia.

C.1.8 Explique, en su caso, las razones por las cuales se han nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial es inferior al 3% del capital:

Nombre o denominación
social del accionista
Justificación
Sin datos

Indique si no se han atendido peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial es igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. En su caso, explique las razones por las que no se hayan atendido:

  • [ ] Sí
  • [ √ ] No
  • C.1.9 Indique, en el caso de que existan, los poderes y las facultades delegadas por el consejo de administración, incluyendo los relativos a la posibilidad de emitir o recomprar acciones, en consejeros o en comisiones del consejo:
Nombre o denominación
social del consejero o comisión
Breve descripción
JOSÉ ALBERTO BARRERAS
BARRERAS
En la reunión del Consejo de Administración de la Sociedad celebrada el 30 de
octubre de 2012 se acordó otorgar un poder gerencial a favor de don José Alberto
Barreras Barreras, representante físico de Metambiente, S.A., Sociedad que, en la
actualidad, preside el Consejo de Administración de la Sociedad.
JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ
RODRÍGUEZ
Don José Luis Rodríguez Rodríguez dispone de un poder gerencial desde el día
14 de noviembre de 2013, fecha en la que le fue conferido por don José Alberto
Barreras Barreras, haciendo este último uso de las facultades que le fueron
otorgadas por el Consejo según consta en el poder que le fue otorgado por
acuerdo de fecha 30 de octubre de 2012.
ANA BELÉN BARRERAS RUANO Mediante acuerdo adoptado en la reunión del Consejo de Administración de la
Sociedad celebrada el día 16 de febrero de 2021 se designó a doña Ana-Belén
Barerras Ruano Consejera Delegada de la Sociedad, delegándose en ella todas las
facultades legal y estatutariamente delegables.

C.1.10 Identifique, en su caso, a los miembros del consejo que asuman cargos de administradores, representantes de administradores o directivos en otras sociedades que formen parte del grupo de la sociedad cotizada:

Nombre o denominación
social del consejero
Denominación social
de la entidad del grupo
Cargo ¿Tiene funciones ejecutivas?
DON JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ
RODRÍGUEZ
MONTEBALITO CANARIAS,
S.A.
Administrador Único SI
DON JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ
RODRÍGUEZ
MONTEILLUNUM, S.A. Administrador Único SI
DON JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ
RODRÍGUEZ
ALTOS DE BALITO I, S.L. Administrador Único SI
DON JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ
RODRÍGUEZ
SAN AGUSTÍN REALTY, S.L. Administrador Único SI
DON JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ
RODRÍGUEZ
PLAYFUL SPACE CANARIAS,
S.L.
Administrador Único SI
DON JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ
RODRÍGUEZ
PATRIMONIAL BALITO, S.L. Administrador Único SI
DON JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ
RODRÍGUEZ
RESIDENCIAL ANTIOQUÍA,
S.L.
Administrador Único SI
DON JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ
RODRÍGUEZ
RESIDENCIAL PALERMO, S.L. Administrador Único SI
DON JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ
RODRÍGUEZ
RESIDENCIAL APOLO, S.L. Administrador Único SI
DON JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ
RODRÍGUEZ
RESIDENCIAL VIRIDIANA,
S.L.
Administrador Único SI
DON JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ
RODRÍGUEZ
VALDIVIA, OBRAS,
PROYECTOS Y
CONSTRUCCIONES, S.L.
Administrador Único SI
DOÑA ANA BELÉN
BARRERAS RUANO
INMOBILIARIA MERIDIONAL
GALLEGA, S.L.
Administradora Única SI
DOÑA ANA BELÉN
BARRERAS RUANO
PLAZA DE COMPOSTELA 17,
S.L.
Administradora Única SI
DOÑA ANA BELÉN
BARRERAS RUANO
RESIDENCIAL CARAMIÑAL,
S.L.
Administradora Única SI
DOÑA ANA BELÉN
BARRERAS RUANO
RESIDENCIAL CÍES, S.L. Administradora Única SI

C.1.11 Detalle los cargos de consejero, administrador o director, o representante de los mismos, que desempeñen los consejeros o representantes de consejeros miembros del consejo de administración de la sociedad en otras entidades, se traten o no de sociedades cotizadas:

Identificación del
consejero o representante
Denominación social de
la entidad, cotizada o no
Cargo
DON JUAN VELAYOS LLUIS JUCARIN, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DON JUAN VELAYOS LLUIS JV20 ADVISORY, S.L. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON JUAN VELAYOS LLUIS JV20 EQUITY, S.L. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON JUAN VELAYOS LLUIS JV20 VENTURE CAPITAL, S.L. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON JUAN VELAYOS LLUIS MORLIN PROPERTIES, S.L. ADMINISTRADOR UNICO
DON JUAN VELAYOS LLUIS TERRA GREEN LIVING, S.L. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON JUAN VELAYOS LLUIS ESPIRAL TRADE, S.L. CONSEJERO
DON JUAN VELAYOS LLUIS PENTER INVERSORA, S.L. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON JUAN VELAYOS LLUIS ANGIR TRADE, S.L. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON JUAN VELAYOS LLUIS BAOBAB INVESTMENT, S.A.R.L. CONSEJERO
DON JUAN VELAYOS LLUIS HUXIN INVEST, S.L. SECRETARIO CONSEJERO
DON JUAN VELAYOS LLUIS LORNIN IBÉRICA, S.L. SECRETARIO CONSEJERO
DON JUAN VELAYOS LLUIS METAGESTIÓN, S.G.I.I.C., S.A. CONSEJERO
DON JUAN VELAYOS LLUIS BRICKBRO GLOBAL INVESTMENTS,
S.L.
CONSEJERO
DON JUAN VELAYOS LLUIS APANEMI INVEST, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DON JOSÉ ALBERTO BARRERAS
BARRERAS
MERIDIONAL RESIDENCIAL
ANDALUCÍA, S.L.
ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DON JOSÉ ALBERTO BARRERAS
BARRERAS
CARTERA MERIDIONAL, S.A. CONSEJERO
DON JOSÉ ALBERTO BARRERAS
BARRERAS
METAGESTIÓN, S.G.I.I.C., S.A. PRESIDENTE
DON JOSÉ ALBERTO BARRERAS
BARRERAS
NUEVO ASTILLERO DE HUELVA, S.A. PRESIDENTE
DON JOSÉ ALBERTO BARRERAS
BARRERAS
MARINA MERIDIONAL, S.A. PRESIDENTE
DON JOSÉ ALBERTO BARRERAS
BARRERAS
METAMBIENTE, S.A. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON JOSÉ ALBERTO BARRERAS
BARRERAS
MTB REN, S.A. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON JOSÉ ALBERTO BARRERAS
BARRERAS
VELÁZQUEZ´S PROPERTIES, S.L. ADMINISTRADOR UNICO
DON JOSÉ ALBERTO BARRERAS
BARRERAS
UP & FLY TOURS, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO

INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS

Identificación del
consejero o representante
Denominación social de
la entidad, cotizada o no
Cargo
DON JOSÉ ALBERTO BARRERAS
BARRERAS
METAFILATEL, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DON JOSÉ ALBERTO BARRERAS
BARRERAS
BIARRITZ´S PROPERTIES, S.L. ADMINISTRADOR UNICO
DON JOSÉ ALBERTO BARRERAS
BARRERAS
RENTA RESIDENCIAL, S.A. ADMINISTRADOR UNICO
DON JOSÉ ALBERTO BARRERAS
BARRERAS
MONTEBALITO EUROPA, S.L. ADMINISTRADOR UNICO
DON JOSÉ ALBERTO BARRERAS
BARRERAS
METAINVERSIÓN MADRID, S.L. ADMINISTRADOR UNICO
DON JOSÉ ALBERTO BARRERAS
BARRERAS
HERMES OMNIA DESARROLLOS
EMPRESARIALES, S.L.
ADMINISTRADOR UNICO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
MARINA ÉLITE, S.L. ADMINISTRADOR UNICO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
MERIDIONAL RESIDENCIAL
ANDALUCÍA, S.L.
ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
DATA GRATIS, S.L. ADMINISTRADOR UNICO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
KOELKAST 2014, S.L. ADMINISTRADOR UNICO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
TAM INVERSIONES LA VEREDA, S.L. ADMINISTRADOR UNICO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
RESIDENCIAL CÍES, S.L. ADMINISTRADOR UNICO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
PLAZA DE COMPOSTELA 17, S.L. ADMINISTRADOR UNICO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
MARINA MERIDIONAL, S.A. CONSEJERO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
ASTILLEROS SAN ENRIQUE, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
METAEXPANSIÓN DOS, S.A. ADMINISTRADOR UNICO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
GESTIÓN DE NEGOCIOS ARGOS, S.A. ADMINISTRADOR UNICO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
TAM INVERSIONES USA, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
TAM INVERSIONES MIRASIERRA, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO

Identificación del
consejero o representante
Denominación social de
la entidad, cotizada o no
Cargo
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
NUEVO ASTILLERO DE HUELVA, S.A. CONSEJERO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
MTB REN, S.A. CONSEJERO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
UP & FLY TOURS, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
TAM INVERSIONES SIERRA NEVADA,
S.L.
ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
CARTERA MERIDIONAL, S.A. CONSEJERO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
METAGESTIÓN, S.G.I.I.C., S.A. CONSEJERO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
MANAKAN GESTIÓN DE PROYECTOS,
S.L.
ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
OPEKOEL, S.A. ADMINISTRADOR UNICO
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS
RUANO
METAVALOR INVERSIONES, S.A. ADMINISTRADOR UNICO
DON FRANCISCO GUIJARRO
ZUBIZARRETA
GAROA, S.A. PRESIDENTE
DON FRANCISCO JAVIER JIMÉNEZ DE
CISNEROS CID
JIMÉNEZ DE CISNEROS & ORTEGA
ABOGADOS, S.L.P.
ADMINISTRADOR MANCOMUNADO
DON FRANCISCO JAVIER JIMÉNEZ DE
CISNEROS CID
TOULOUSE STATE, S.L. ADMINISTRADOR UNICO
DON FRANCISCO JAVIER JIMÉNEZ DE
CISNEROS CID
MARINAS Y PLAYAS DE GRAN
CANARIA, S.L.
ADMINISTRADOR MANCOMUNADO
DON FRANCISCO JAVIER JIMÉNEZ DE
CISNEROS CID
EL BLANCAR DE AGÜEROS, S.L. ADMINISTRADOR UNICO
DON FRANCISCO JAVIER JIMÉNEZ DE
CISNEROS CID
OBRAS Y SERVICIOS DE PLAYA, S.L. ADMINISTRADOR UNICO
DON FRANCISCO JAVIER JIMÉNEZ DE
CISNEROS CID
CENTROS LOGÍSTICOS Y DE
TRANSPORTE DE TARANCÓN, S.A.
CONSEJERO
DON FRANCISCO JAVIER JIMÉNEZ DE
CISNEROS CID
GESTIÓN DE SERVICIOS PORTUARIOS,
S.L.
ADMINISTRADOR UNICO
DON FRANCISCO JAVIER JIMÉNEZ DE
CISNEROS CID
ASESORES URBANISTAS Y
TERRITORIALES JIMÉNEZ DE
CISNEROS, S.L.
ADMINISTRADOR UNICO

Indique, en su caso, las demás actividades retribuidas de los consejeros o representantes de los consejeros, cualquiera que sea su naturaleza, distinta de las señaladas en el cuadro anterior.

Identificación del consejero o representante Demás actividades retribuidas
Sin datos

C.1.12 Indique y, en su caso explique, si la sociedad ha establecido reglas sobre el número máximo de consejos de sociedades de los que puedan formar parte sus consejeros, identificando, en su caso, dónde se regula:

[ ] [ √ ] Sí No

C.1.13 Indique los importes de los conceptos relativos a la remuneración global del consejo de administración siguientes:

Remuneración devengada en el ejercicio a favor del consejo de administración (miles de euros)
Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de
ahorro a largo plazo con derechos económicos consolidados(miles de euros)
Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de
ahorro a largo plazo con derechos económicos no consolidados(miles de euros)
Importe de los fondos acumulados por los consejeros
antiguos por sistemas de ahorro a largo plazo (miles de euros)

C.1.14 Identifique a los miembros de la alta dirección que no sean a su vez consejeros ejecutivos, e indique la remuneración total devengada a su favor durante el ejercicio:

Nombre o denominación social Cargo/s
Sin datos

C.1.15 Indique si se ha producido durante el ejercicio alguna modificación en el reglamento del consejo:

[ ]
[ √ ] No

C.1.16 Indique los procedimientos de selección, nombramiento, reelección y remoción de los consejeros. Detalle los órganos competentes, los trámites a seguir y los criterios a emplear en cada uno de los procedimientos.

El nombramiento de los Consejeros podrá ser realizado tanto por la Junta General como por el Consejo de Administración, utilizando en este último caso el sistema de cooptación. En ambos supuestos se deberá respetar lo dispuesto en los Estatutos Sociales, en los Reglamentos de la Junta General y del Consejo de Administración y en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

En cualquier caso todo nombramiento de nuevo Consejero estará precedido por la consiguiente propuesta hecha por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.

Corresponde a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones informar de las reelecciones de los miembros del Consejo, procurando que los Consejeros Externos no permanezcan como miembros de las mismas comisiones del Consejo.

Cuando el Consejo se aparte de las recomendaciones hechas por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, tendrá que motivar las razones de su proceder y dejar constancia de las mismas mediante acta.

En todo caso habrá que estar a lo que dispone el Reglamento del Consejo de Administración en relación con la elección y nombramiento de sus miembros.

INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS

Los Consejeros podrán ser separados de su cargo en cualquier momento por la Junta General, aún cuando la separación no conste en el orden del día.

C.1.17 Explique en qué medida la evaluación anual del consejo ha dado lugar a cambios importantes en su organización interna y sobre los procedimientos aplicables a sus actividades:

Descripción modificaciones

A fecha de elaboración del presente informe se encuentra abierto el proceso de evaluación del ejercicio 2021.

Describa el proceso de evaluación y las áreas evaluadas que ha realizado el consejo de administración auxiliado, en su caso, por un consultor externo, respecto del funcionamiento y la composición del consejo y de sus comisiones y cualquier otra área o aspecto que haya sido objeto de evaluación.

Descripción proceso de evaluación y áreas evaluadas

A fecha de elaboración del presente informe se encuentra abierto el proceso de evaluación del ejercicio 2021.

C.1.18 Desglose, en aquellos ejercicios en los que la evaluación haya sido auxiliada por un consultor externo, las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo.

Las evaluaciones no han sido auxiliadas por un consultor externo.

C.1.19 Indique los supuestos en los que están obligados a dimitir los consejeros.

Los supuestos en los que están obligados a dimitir los Consejeros son:

1.- Cuando cesen en los puestos ejecutivos a los que estuviere asociado su nombramiento como Consejero.

2.- Cuando se vean inmersos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legal o estatutariamente previstos.

3.- Cuando su permanencia en el Consejo pueda poner en riesgo los intereses de la Compañía o cuando desaparezcan las razones por las que fueron nombrados.

C.1.20 ¿Se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales, en algún tipo de decisión?:

[ ] Sí

[ √ ] No

En su caso, describa las diferencias.

  • C.1.21 Explique si existen requisitos específicos, distintos de los relativos a los consejeros, para ser nombrado presidente del consejo de administración:
  • [ ] Sí
  • [ √ ] No

C.1.22 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen algún límite a la edad de los consejeros:

  • [ ] Sí
  • [ √ ] No

C.1.23 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen un mandato limitado u otros requisitos más estrictos adicionales a los previstos legalmente para los consejeros independientes, distinto al establecido en la normativa:

[ ]
[ √ ] No

C.1.24 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo de administración establecen normas específicas para la delegación del voto en el consejo de administración en favor de otros consejeros, la forma de hacerlo y, en particular, el número máximo de delegaciones que puede tener un consejero, así como si se ha establecido alguna limitación en cuanto a las categorías en que es posible delegar, más allá de las limitaciones impuestas por la legislación. En su caso, detalle dichas normas brevemente.

En el Reglamento del Consejo de Administración se establece expresamente que, en caso de que por causa justificada un Consejero no pueda asistir a las sesiones, podrá delegar su voto en otro Consejero de conformidad con la legislación vigente.

La delegación se podrá realizar tanto por escrito como por mandato verbal, debiendo ser ratificada en este último caso con posterioridad por el Consejero representado.

C.1.25 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio. Asimismo, señale, en su caso, las veces que se ha reunido el consejo sin la asistencia de su presidente. En el cómputo se considerarán asistencias las representaciones realizadas con instrucciones específicas.

Número de reuniones del consejo 9
Número de reuniones del consejo
sin la asistencia del presidente 0

Indíquese el número de reuniones mantenidas por el consejero coordinador con el resto de consejeros, sin asistencia ni representación de ningún consejero ejecutivo:

Número de reuniones 0

Indique el número de reuniones que han mantenido en el ejercicio las distintas comisiones del consejo:

Número de reuniones
de COMISIÓN
EJECUTIVA O DELEGADA
0
Número de reuniones de
COMISIÓN DE AUDITORÍA
1
Número de reuniones de
COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS
Y RETRIBUCIONES
3

C.1.26 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio y los datos sobre asistencia de sus miembros:

Número de reuniones con la asistencia presencial de al menos el 80% de los consejeros
% de asistencia presencial sobre el total de votos durante el ejercicio 96,36

INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS

Número de reuniones con la asistencia presencial, o representaciones realizadas con instrucciones
específicas, de todos los consejeros
7
% de votos emitidos con asistencia presencial y representaciones realizadas con instrucciones
específicas, sobre el total de votos durante el ejercicio
96,36

C.1.27 Indique si están previamente certificadas las cuentas anuales individuales y consolidadas que se presentan al consejo para su formulación:

[ ]
[ √ ] No

Identifique, en su caso, a la/s persona/s que ha/han certificado las cuentas anuales individuales y consolidadas de la sociedad, para su formulación por el consejo:

C.1.28 Explique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por el consejo de administración para que las cuentas anuales que el consejo de administración presente a la junta general de accionistas se elaboren de conformidad con la normativa contable.

Para evitar que las cuentas anuales se presenten a la Junta General con algún tipo de salvedad en el Informe de Auditoría, la Comisión de Auditoría revisa las cuentas de la Compañía y se reúne con el Auditor con anterioridad a la formulación de las cuentas para hacer un análisis preliminar de las mismas.

C.1.29 ¿El secretario del consejo tiene la condición de consejero?

[ ] [ √ ] Sí No

Si el secretario no tiene la condición de consejero complete el siguiente cuadro:

Nombre o denominación social del secretario Representante
DON PEDRO SOLACHE GUERRAS

C.1.30 Indique los mecanismos concretos establecidos por la sociedad para preservar la independencia de los auditores externos, así como, si los hubiera, los mecanismos para preservar la independencia de los analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación, incluyendo cómo se han implementado en la práctica las previsiones legales.

La Comisión de Auditoría, en su reunión celebrada el día 23 de febrero de 2021, analizó y debatió los términos del informe de los miembros de la Comisión sobre la independencia de sus Auditores externos, informando favorablemente por unanimidad al Consejo de Administración.

C.1.31 Indique si durante el ejercicio la Sociedad ha cambiado de auditor externo. En su caso identifique al auditor entrante y saliente:

[ ] Sí

[ √ ] No

En el caso de que hubieran existido desacuerdos con el auditor saliente, explique el contenido de los mismos:

  • [ ] Sí
  • [ √ ] No

C.1.32 Indique si la firma de auditoría realiza otros trabajos para la sociedad y/o su grupo distintos de los de auditoría y en ese caso declare el importe de los honorarios recibidos por dichos trabajos y el porcentaje que el importe anterior supone sobre los honorarios facturados por trabajos de auditoría a la sociedad y/ o su grupo:

[ ]
  • [ √ ] No
  • C.1.33 Indique si el informe de auditoría de las cuentas anuales del ejercicio anterior presenta salvedades. En su caso, indique las razones dadas a los accionistas en la Junta General por el presidente de la comisión de auditoría para explicar el contenido y alcance de dichas salvedades.
  • [ ] Sí
  • [ √ ] No
  • C.1.34 Indique el número de ejercicios que la firma actual de auditoría lleva de forma ininterrumpida realizando la auditoría de las cuentas anuales individuales y/o consolidadas de la sociedad. Asimismo, indique el porcentaje que representa el número de ejercicios auditados por la actual firma de auditoría sobre el número total de ejercicios en los que las cuentas anuales han sido auditadas:
IndividualesConsolidadas
Número de ejercicios ininterrumpidos 9 9
IndividualesConsolidadas
Nº de ejercicios auditados por la firma actual de auditoría / Nº de
ejercicios que la sociedad o su grupo han sido auditados (en %)
27,27 45,00

C.1.35 Indique y, en su caso detalle, si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones de los órganos de administración con tiempo suficiente:

[ √ ]
[ ] No

Detalle del procedimiento

El Reglamento del Consejo de Administración establece que sus reuniones han de ser convocadas con cinco días de antelación a la fecha prevista para su celebración. En la convocatoria se incluye el orden del día y, si el punto lo requiere, se acompaña la información sobre el mismo, de manera que los consejeros pueden tener pleno conocimiento de cada uno de los temas a debatir.

  • C.1.36 Indique y, en su caso detalle, si la sociedad ha establecido reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad que puedan perjudicar al crédito y reputación de ésta:
  • [ √ ] [ ] Sí No

Explique las reglas

En virtud de lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento del Consejo, los Consejeros están obligados a informar y, en su caso, dimitir, cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legal o estatutariamente previstos, así como cuando su permanencia en el Consejo pueda poner en riesgo los intereses de la Compañía, o cuando desaparezcan las razones por las que fueron nombrados.

  • C.1.37 Indique, salvo que hayan concurrido circunstancias especiales de las que se haya dejado constancia en acta, si el consejo ha sido informado o ha conocido de otro modo alguna situación que afecte a un consejero, relacionada o no con su actuación en la propia sociedad, que pueda perjudicar al crédito y reputación de ésta:
  • [ ] [ √ ] Sí No
  • C.1.38 Detalle los acuerdos significativos que haya celebrado la sociedad y que entren en vigor, sean modificados o concluyan en caso de cambio de control de la sociedad a raíz de una oferta pública de adquisición, y sus efectos.

La Sociedad no ha celebrado ningún tipo de acuerdo que entre en vigor, sea modificado o concluya en caso de cambio de control de la Sociedad.

C.1.39 Identifique de forma individualizada, cuando se refiera a consejeros, y de forma agregada en el resto de casos e indique, de forma detallada, los acuerdos entre la sociedad y sus cargos de administración y dirección o empleados que dispongan indemnizaciones, cláusulas de garantía o blindaje, cuando éstos dimitan o sean despedidos de forma improcedente o si la relación contractual llega a su fin con motivo de una oferta pública de adquisición u otro tipo de operaciones.

Numero de beneficiarios 0
Tipo de beneficiario Descripción del acuerdo
No existe beneficiario. No existe ningún tipo de acuerdo en este sentido.

Indique si, más allá de en los supuestos previstos por la normativa, estos contratos han de ser comunicados y/o aprobados por los órganos de la sociedad o de su grupo. En caso positivo, especifique los procedimientos, supuestos previstos y la naturaleza de los órganos responsables de su aprobación o de realizar la comunicación:

Consejo de administración Junta general
Órgano que autoriza las cláusulas
Si No
¿Se informa a la junta
general sobre las cláusulas?

C.2. Comisiones del consejo de administración

C.2.1 Detalle todas las comisiones del consejo de administración, sus miembros y la proporción de consejeros ejecutivos, dominicales, independientes y otros externos que las integran:

COMISIÓN EJECUTIVA O DELEGADA
Nombre Cargo Categoría
DON JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ VOCAL Ejecutivo
METAMBIENTE, S.A. PRESIDENTE Dominical
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS RUANO VOCAL Ejecutivo
% de consejeros ejecutivos 66,67
% de consejeros dominicales 33,33
% de consejeros independientes 0,00
% de consejeros otros externos 0,00

Explique las funciones que tiene delegadas o atribuidas esta comisión distintas a las que ya hayan sido descritas en el apartado C.1.9, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley, en los estatutos sociales o en otros acuerdos societarios.

La delegación permanente de facultades por parte del Consejo en la Comisión Ejecutiva comprende todas las facultades del Consejo, salvo las que resulten legal o estatutariamente indelegables.

La Comisión Ejecutiva está formada por tres miembros, para cuyo nombramiento resulta necesario el voto favorable de, al menos, las dos terceras partes de los miembros del Consejo.

En aquellos casos en que, a juicio de la mayoría de los miembros de la Comisión Ejecutiva, la importancia del asunto así lo aconseje, los acuerdos adoptados por la Comisión se someten a la ratificación del Consejo. Lo anterior será de aplicación a aquellos asuntos que el Consejo hubiese remitido para su estudio a la Comisión Ejecutiva, reservándose la última decisión sobre los mismos. En cualquier otro caso, los acuerdos adoptados por la Comisión Ejecutiva serán válidos y vinculantes sin necesidad de ratificación posterior por el Consejo.

La Comisión Ejecutiva habrá de informar al Consejo de los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas en sus sesiones.

Durante el ejercicio 2021 la Comisión ejecutiva no se ha reunido.

COMISIÓN DE AUDITORÍA
Nombre Cargo Categoría
DON FRANCISCO JAVIER JIMÉNEZ DE CISNEROS CID PRESIDENTE Independiente
DON FRANCISCO GUIJARRO ZUBIZARRETA VOCAL Independiente
DOÑA ANA BELÉN BARRERAS RUANO VOCAL Ejecutivo
% de consejeros ejecutivos 33,33
% de consejeros dominicales 0,00
% de consejeros independientes 66,67
% de consejeros otros externos 0,00

Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.

La Comisión de Auditoría tiene, entre otras, las siguientes funciones: i) Proponer la designación del Auditor de Cuentas de la Compañía, las condiciones de su contratación, el alcance del mandato profesional y, en su caso, la renovación o no renovación del mismo; ii) Revisar las cuentas de la Compañía, vigilar el cumplimiento de la normativa legal y la correcta aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados, así como informar las propuestas de modificación de principios y criterios contables sugeridos por la dirección; iii) Servir de cauce de comunicación entre el Consejo y el Auditor de cuentas de la Compañía, evaluar los resultados de cada auditoría y las respuestas del equipo de gestión a sus recomendaciones, y mediar en los casos de discrepancias entre aquél y este en relación con los principios y criterios aplicables en la preparación de los estados financieros; iv) Comprobar la adecuación e integridad de los sistemas internos de control; v) Supervisar el cumplimiento del contrato de auditoría, procurando que la opinión sobre las cuentas anuales y los contenidos principales del informe de auditoría sean redactados de forma clara y precisa; y vi) Revisar los folletos de emisión y la información financiera periódica que deba suministrar el Consejo a los mercados y a sus órganos de supervisión.

La Comisión de Auditoría está formada exclusivamente por Consejeros no ejecutivos, dos de los cuales deben ser Consejeros independientes.

La Comisión de Auditoría se reúne cada vez que el Consejo o su Presidente solicite la emisión de un informe o la adopción de propuestas y, en cualquier caso, siempre que resulte conveniente para el buen desarrollo de sus funciones. En todo caso se reúne una vez al año para evaluar la eficiencia y el cumplimiento de las reglas y procedimientos de gobierno de la Compañía, y para preparar la información que el Consejo debe formular o aprobar y que ha de incluirse dentro de la información pública anual de la Compañía.

Durante el ejercicio 2021 las actuaciones más destacables de la Comisión de Auditoría han sido las relativas a la revisión de las cuentas anuales de la Compañía y a los sistemas internos de control.

Identifique a los consejeros miembros de la comisión de auditoría que hayan sido designados teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o en ambas e informe sobre la fecha de nombramiento del Presidente de esta comisión en el cargo.

Nombres de los consejeros
con experiencia
DON FRANCISCO GUIJARRO
ZUBIZARRETA / DOÑA ANA BELÉN
BARRERAS RUANO
Fecha de nombramiento
del presidente en el cargo
16/02/2021
COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES
Nombre Cargo Categoría
DON FRANCISCO JAVIER JIMÉNEZ DE CISNEROS CID VOCAL Independiente
DON FRANCISCO GUIJARRO ZUBIZARRETA PRESIDENTE Independiente
METAMBIENTE, S.A. VOCAL Dominical
% de consejeros ejecutivos 0,00
% de consejeros dominicales 33,33
% de consejeros independientes 66,67
% de consejeros otros externos 0,00

Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.

La Comisión de Nombramientos y Retribuciones tiene encomendadas, entre otras, las siguientes funciones: i) Formular y revisar los criterios que deben seguirse para la composición del Consejo y la selección de candidatos a este; ii) Elevar al Consejo las propuestas de nombramiento o reelección de Consejeros para que proceda directamente a designarlos (cooptación) o las haga suyas para someterlas a la decisión de la Junta; iii) Proponer al Consejo los miembros que deban formar parte de cada una de las Comisiones; iv) Proponer al Consejo para su planteamiento a la Junta General de Accionistas el sistema y la cuantía de la retribución anual del órgano de administración; v) Velar por la transparencia de las retribuciones de la Compañía; vi) Informar la contratación de los miembros de la alta dirección del Grupo; vii) Informar en relación con las transacciones que impliquen o puedan implicar conflictos de interés y, en general, sobre las materias contempladas en el Reglamento; viii) Examinar el cumplimiento del Reglamento Interno de Conducta en los Mercados de Valores, del Reglamento, y, en general, de las reglas de gobierno de la Compañía y hacer propuestas necesarias para su mejora. En particular, corresponde a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones recibir información y, en su caso, emitir informe sobre medidas disciplinarias que afecten a miembros del alto equipo directivo de la Compañía.

La Comisión de Nombramientos y Retribuciones está compuesta exclusivamente por Consejeros no ejecutivos nombrados por el Consejo de Administración. Se reúne cada vez que el Consejo o su Presidente solicita la emisión de un informe o la adopción de propuestas y, en cualquier caso, siempre que resulte conveniente para el buen desarrollo de sus funciones.

Durante el ejercicio 2021 las actuaciones más importantes de esta Comisión han consistido en el establecimiento de los criterios a seguir para la formación del Consejo, la correcta aplicación de las normas sobre gobierno corporativo y la propuesta al Consejo de nuevos Consejeros.

Número de consejeras
Ejercicio 2021 Ejercicio 2020 Ejercicio 2019 Ejercicio 2018
Número % Número % Número % Número %
COMISIÓN
EJECUTIVA O
DELEGADA
1 33,33 1 33,33 1 33,33 1 33,33
COMISIÓN DE
AUDITORÍA
1 33,33 1 33,33 1 33,33 1 33,33
COMISIÓN DE
NOMBRAMIENTOS
Y RETRIBUCIONES
0 0,00 0 0,00 0 0,00 0 0,00

C.2.2 Complete el siguiente cuadro con la información relativa al número de consejeras que integran las comisiones del consejo de administración al cierre de los últimos cuatro ejercicios:

C.2.3 Indique, en su caso, la existencia de regulación de las comisiones del consejo, el lugar en que están disponibles para su consulta, y las modificaciones que se hayan realizado durante el ejercicio. A su vez, se indicará si de forma voluntaria se ha elaborado algún informe anual sobre las actividades de cada comisión.

El Consejo de Administración cuenta con un Reglamento en el que, además de su propio funcionamiento y ámbito de actuación, se regula el de sus tres comisiones. Dicho reglamento se encuentra a disposición de todos los accionistas y del público en general en el domicilio social de la Compañía y en su página web.

El contenido del Reglamento del Consejo de Administración no ha sido modificado durante el ejercicio 2021.

Las Comisiones del Consejo no han elaborado ningún informe anual sobre sus actividades.

D. OPERACIONES VINCULADAS Y OPERACIONES INTRAGRUPO

D.1. Explique, en su caso, el procedimiento y órganos competentes para la aprobación de operaciones con partes vinculadas e intragrupo, indicando los criterios y reglas generales internas de la entidad que regulen las obligaciones de abstención de los consejero o accionistas afectados y detallando los procedimientos internos de información y control periódico establecidos por la sociedad en relación con aquellas operaciones vinculadas cuya aprobación haya sido delegada por el consejo de administración.

Las operaciones vinculadas se someten a la aprobación del Consejo, debiendo abstenerse en la votación aquellas personas afectadas por el posible conflicto de interés.

D.2. Detalle de manera individualizada aquellas operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas entre la sociedad o sus entidades dependientes y los accionistas titulares de un 10 % o más de los derechos de voto o representados en el consejo de administración de la sociedad, indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:

Nombre o
denominación social
del accionista o
de cualquiera de
sus sociedades
dependientes
%
Participación
Nombre o
denominación
social de la
sociedad o entidad
dependiente
Importe
(miles de
euros)
Órgano que la
ha aprobado
Identificación
del accionista
significativo o
consejero que se
hubiera abstenido
La propuesta a la
junta, en su caso,
ha sido aprobada
por el consejo sin
el voto en contra
de la mayoría de
independientes
(1) METAMBIENTE, S.A. 69,23 MONTEBALITO, S.A. 11.815 Consejo de
Administración
Los Consejeros
Metambiente,
S.A. doña Ana
Belén Barreras
Ruano y don José
Luis Rodríguez
Rodríguez
delegaron su voto
en relación a los
citados acuerdos en
don Juan Velayos
Lluis, don Francisco
Guijarro Zubizarreta
y don Francisco
Javier Jiménez
de Cisneros Cid,
respectivamente.
NO
(2) METAMBIENTE, S.A. 69,23 MONTEBALITO
CANARIAS, S.A.
1.000 Consejo de
Administración
Los Consejeros
Metambiente,
S.A., doña Ana
NO

INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS

Nombre o
denominación social
del accionista o
de cualquiera de
sus sociedades
dependientes
%
Participación
Nombre o
denominación
social de la
sociedad o entidad
dependiente
Importe
(miles de
euros)
Órgano que la
ha aprobado
Identificación
del accionista
significativo o
consejero que se
hubiera abstenido
La propuesta a la
junta, en su caso,
ha sido aprobada
por el consejo sin
el voto en contra
de la mayoría de
independientes
Belén Barreras
Ruano y don José
Luis Rodríguez
Rodriguez su
abstuvieron de
deliberar y votar
el citado acuerdo,
si bien delegaron
su voto en don
Francisco-Javier
Jiménez de Cisneros
Cid los dos primeros
y en don Francisco
Guijarro Zubizarreta
el tercero.
Nombre o Naturaleza Tipo de la operación y otra información necesaria para su evaluación
denominación social de la relación
del accionista o
de cualquiera de
sus sociedades
dependientes
METAMBIENTE, S.A. Contractual Contrato de compraventa de fecha 28 de diciembre de 2021 suscrito entre Metambiente,
(1) S.A. como vendedora y Montebalito, S.A. como compradora, sobre la totalidad de las
participaciones sociales de la Compañía denominada Inmobiliaria Meridional Gallega, S.L.
METAMBIENTE, S.A. Contractual Contrato de compraventa de acciones de fecha 7 de junio de 2021 suscrito entre la filial de
Montebalito, S.A. denominada Montebalito Canarias, S.A., como parte vendedora, y la filial de
(2) Metambiente, S.A. denominada MTB Ren, S.A., como parte compradora, sobre la totalidad de
las acciones de la Compañía denominada Agrícola Majorera, S.A.

D.3. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con los administradores o directivos de la sociedad, incluyendo aquellas operaciones realizadas con entidades que el administrador o directivo controle o controle conjuntamente, e indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:

Nombre o
denominación
social de los
administradores
o directivos o de
sus entidades
controladas o
bajo control
conjunto
Nombre o
denominación
social de la
sociedad
o entidad
dependiente
Vínculo Importe
(miles de
euros)
Órgano que la
ha aprobado
Identificación
del accionista
significativo o
consejero que se
hubiera abstenido
La propuesta a la
junta, en su caso,
ha sido aprobada
por el consejo sin
el voto en contra
de la mayoría de
independientes
(1) DOÑA ANA
BELÉN
BARRERAS
RUANO
TAM
INVERSIONES
MIRASIERRA,
S.L.
Administradora
Solidaria y Socia.
2.080 Consejo de
Administración
Los Consejeros
Metambiente,
S.A. doña Ana
Belén Barreras
Ruano y don José
Luis Rodríguez
Rodríguez
delegaron su voto
en relación a los
citados acuerdos
en don Juan
Velayos Lluis, don
Francisco Guijarro
Zubizarreta y
don Francisco
Javier Jiménez
de Cisneros Cid,
respectivamente.
NO
Nombre o
denominación
social de los
administradores
o directivos o de Naturaleza de la operación y otra información necesaria para su evaluación
sus entidades
controladas o
bajo control
conjunto
(1) DOÑA ANA
BELÉN
i)Contrato de compraventa de fecha 28 de diciembre de 2021 suscrito entre Montebalito, S.A. como vendedora
y TAM Inversiones Mirasierra, S.L. como compradora, sobre la totalidad de las participaciones de la Compañía
denominada Residencial Hontanares, S.L. por un precio de 1.805.000 euros.ii) Contra

Nombre o
denominación
social de los
administradores
o directivos o de Naturaleza de la operación y otra información necesaria para su evaluación
sus entidades
controladas o
bajo control
conjunto
BARRERAS
RUANO

D.4. Informe de manera individualizada de las operaciones intragrupo significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad con su sociedad dominante o con otras entidades pertenecientes al grupo de la dominante, incluyendo las propias entidades dependientes de la sociedad cotizada, excepto que ninguna otra parte vinculada de la sociedad cotizada tenga intereses en dichas entidades dependientes o éstas se encuentren íntegramente participadas, directa o indirectamente, por la cotizada.

En todo caso, se informará de cualquier operación intragrupo realizada con entidades establecidas en países o territorios que tengan la consideración de paraíso fiscal:

Denominación
social de la Breve descripción de la operación y otra Importe
entidad de información necesaria para su evaluación (miles de euros)
su grupo
Sin datos

D.5. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con otras partes vinculadas que lo sean de conformidad con las Normas Internacionales de Contabilidad adoptadas por la UE, que no hayan sido informadas en los epígrafes anteriores.

Denominación
social de la
parte vinculada
Breve descripción de la operación y otra
información necesaria para su evaluación
Importe
(miles de euros)
DOÑA TERESA
BARRERAS
RUANO
Contrato de compraventa de fecha 2 de julio de 2021 suscrito
entre MONTEBALITO, S.A. como parte vendedora y TAM Inversiones
Residencial Canarias, S.L. como parte compradora, sobre siete
inmuebles sitos en la localidad de Mogán (Las Palmas), siendo la
Administradora Única y Socia Única de la Sociedad compradora
doña Teresa Barreras Ruano.
2.940

D.6. Detalle los mecanismos establecidos para detectar, determinar y resolver los posibles conflictos de intereses entre la sociedad y/o su grupo, y sus consejeros, directivos, accionistas significativos u otras partes vinculadas.

Se someten para su aprobación al pleno del Consejo todas las operaciones significativas que pudieran dar lugar a cualquier tipo de conflicto de interés, y especialmente, dada la composición del capital, aquellas operaciones en las que pudieran participar, directa o indirectamente, sociedades controladas por don José Alberto Barreras Barreras, persona física de que forma indirecta ejerce el control sobre el Grupo.

D.7. Indique si la sociedad está controlada por otra entidad en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, cotizada o no, y tiene, directamente o a través de sus filiales, relaciones de negocio con dicha entidad o alguna de sus filiales (distintas de las de la sociedad cotizada) o desarrolla actividades relacionadas con las de cualquiera de ellas.

[ ]
[ √ ] No

E. SISTEMAS DE CONTROL Y GESTION DE RIESGOS

E.1. Explique el alcance del Sistema de Control y Gestión de Riesgos financieros y no financieros de la sociedad, incluidos los de naturaleza fiscal.

Montebalito, S.A. considera que los objetivos de la política de control y gestión de riesgos consisten en favorecer el cumplimiento de sus objetivos empresariales, evitar impactos negativos derivados de la materialización de los riesgos, preservar la imagen y reputación de la Compañía y su marca, tener una continuidad en el análisis y la detección de posible amenazas y nuevos riesgos para analizar su impacto y probabilidad de ocurrencia, obtener información contable confiable, y reforzar la confianza en que la Sociedad cumple las leyes y normativas aplicables.

Por otro lado, la Sociedad considera que el método a seguir para el control y la gestión de riesgos es la implementación de un procedimiento sistemático y preventivo, el cual debe abordar los riesgos mediante la previsión y prevención además de mediante la inspección y la comprobación. En el proceso de evaluación de los riesgos de la información financiera, también se incorporan los principales riesgos identificados en el entorno de Montebalito, S.A.

Todas y cada una de las direcciones del Grupo Montebalito tienen la responsabilidad de implantar la Política de Control y Gestión de Riesgos en su ámbito de gestión, así como la de coordinar sus actuaciones de respuesta a los riesgos con aquellas otras direcciones afectadas, en su caso.

Según el Reglamento del Consejo de Administración de Montebalito, S.A. el Consejo de Administración tiene la responsabilidad de aprobar "la política de control de riesgos, así como el seguimiento periódico de los sistemas internos de control e información".

Asimismo, al Comité de Auditoría se le atribuye la responsabilidad de comprobar la adecuación e integridad de los sistemas internos de control.

E.2. Identifique los órganos de la sociedad responsables de la elaboración y ejecución del Sistema de Control y Gestión de Riesgos financieros y no financieros, incluido el fiscal.

Los departamentos directamente implicados en la identificación de los riesgos de control interno son el financiero y las distintas áreas de negocio, que coordinan sus actividades para mantener en todo momento actualizado el detalle de los potenciales riesgos en las áreas y procesos más significativos, para prevenir y proceder a la corrección de los mismos.

El proceso implica la revisión de los objetivos de información financiera, en particular los de existencia y ocurrencia, integridad, valoración, presentación, desglose, comparabilidad y derechos y obligaciones, que nos permiten determinar que todos los hechos y transacciones están correctamente registrados, valorados conforme a la normativa en vigor, se presentan debidamente desglosados y comparados para obtener un mayor detalle de información, con la certeza de que todos los derechos y obligaciones están correctamente reflejados en los estados financieros. Con ello la Sociedad pretende presentar la información financiera de la forma más adecuada y en el momento oportuno a los diferentes usuarios.

E.3. Señale los principales riesgos, financieros y no financieros, incluidos los fiscales y en la medida que sean significativos los derivados de la corrupción (entendidos estos últimos con el alcance del Real Decreto Ley 18/2017), que pueden afectar a la consecución de los objetivos de negocio.

La categorización de riesgos obedece al origen de los factores que los provocan:

  • Riesgos de mercado: Son aquellos riesgos derivados del sector de actividad de la Sociedad.
  • Riesgos de producto: Son aquellos riesgos que pueden surgir por un deficiente control de la calidad de los activos.
  • Riesgos operativos: Son aquellos riesgos directamente relacionados con las actividades del Grupo Montebalito.

  • Riesgos financieros: Son aquellos riesgos relacionados con la gestión de los activos monetarios (tipos de cambio, tipos de interés, liquidez, riesgos de crédito).

  • Riesgos de cumplimiento: Riesgos relacionados con el cumplimiento de las leyes a las que está expuesto el Grupo Montebalito en los diferentes países en los que opera.

  • Riesgos de recursos humanos: Son aquellos riesgos que se derivan de un inadecuado dimensionamiento, deficiente captación, excesiva rotación, inadecuado sistema de remuneración, falta de motivación y fidelización, etc.

INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS

  • Dentro de proceso de identificación de riesgos relativos a la generación de la Información Financiera, la Sociedad ha tenido en cuenta la cobertura de los objetivos básicos de control:

  • Definición de los procesos y subprocesos relacionados con el Sistema de Control de la Información Financiera.

  • Determinación de las categorías y tipos de riesgos relevantes para cada uno de los diferentes procesos que afectan al Sistema de Control Interno de la Información Financiera.

  • Para cada uno de los subprocesos definidos se ha establecido su correspondiente matriz de riesgos, en la que quedan definidos los riesgos más relevantes de cada proceso, los controles operativos y la eficacia de los mismos en la mitigación de los riesgos a los que afectan.

E.4. Identifique si la entidad cuenta con niveles de tolerancia al riesgo, incluido el fiscal.

En aplicación de la política de control y gestión de riesgos la Compañía identifica los distintos tipos de riesgos que le pueden afectar, incluyendo los financieros y los no financieros.

En dicha política se establece el nivel de riesgo que la Sociedad considera aceptable, atendiendo fundamentalmente a la cuantía económica que podría suponer la materialización del riesgo y la probabilidad de que el riesgo finalmente se materialice. Asimismo se establecen determinadas medidas para mitigar el impacto de los riesgos identificados, para el caso de que los mismos llegaran a materializarse. También se incluyen sistemas de información y control interno utilizados para controlar los riesgos.

E.5. Indique qué riesgos, financieros y no financieros, incluidos los fiscales, se han materializado durante el ejercicio.

Durante el ejercicio 2021 no se materializó ningún riesgo.

E.6. Explique los planes de respuesta y supervisión para los principales riesgos de la entidad, incluidos los fiscales, así como los procedimientos seguidos por la compañía para asegurar que el consejo de administración da respuesta a los nuevos desafíos que se presentan.

Los distintos departamentos de la Sociedad cuentan con una plantilla que recoge los riesgos que tanto cuantitativamente como cualitativamente se han considerado significativos. Dicha plantilla contempla, en su caso, la identificación del riesgo, su cuantificación y las medidas correctoras a tener en cuenta.

Dentro de este proceso se ha asignado como ejecutor de la revisión y supervisor a cada uno de los distintos departamentos con los que está relacionado el posible riesgo. Cada departamento tiene la responsabilidad de determinar qué y cuándo se debe revisar, así como evaluar la información disponible y concluir sobre la efectividad del sistema de control sobre la información financiera.

Su responsabilidad implica la identificación del mismo y el análisis de las causas que originan su fallo, así como la obligatoriedad de comunicarlo al Comité de Auditoría.

Si el Comité de Auditoría recibiera una incidencia respecto al SCIIF, analizaría la misma y propondría al Consejo de Administración las medidas correctoras que estimara convenientes.

F. SISTEMAS INTERNOS DE CONTROL Y GESTIÓN DE RIESGOS EN RELACIÓN CON EL PROCESO DE EMISIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA (SCIIF)

Describa los mecanismos que componen los sistemas de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de emisión de información financiera (SCIIF) de su entidad.

F.1. Entorno de control de la entidad.

Informe, señalando sus principales características de, al menos:

F.1.1 Qué órganos y/o funciones son los responsables de: (i) la existencia y mantenimiento de un adecuado y efectivo SCIIF; (ii) su implantación; y (iii) su supervisión.

Según el artículo 5 del Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad, salvo en lo que respecta a aquellas materias reservadas a la Junta General, el Consejo de Administración es el máximo órgano de decisión de la Compañía y entre sus competencias se encuentra la de identificar los principales riesgos de la Compañía, y la implantación y seguimiento de los sistemas adecuados de control interno y de información.

El Consejo de Administración es el encargado de aprobar la información financiera que la Sociedad, por su condición de cotizada, debe hacer pública periódicamente. Asimismo, el Consejo en pleno se reserva la competencia de aprobar las políticas y estrategias generales de la Sociedad, y, en particular, la política de control y gestión de riesgos y el seguimiento periódico de los sistemas internos de información y control.

Por otro lado, en el artículo 14 del Reglamento del Consejo de Administración se incluyen, entre otras, las funciones y responsabilidades del Comité de Auditoría en lo que respecta al sistema de control interno sobre la información financiera, destacando las siguientes: revisar las cuentas anuales de la Sociedad, vigilar el cumplimiento de los requerimientos legales y la correcta aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados, así como informar las propuestas de modificación de principios y criterios contables sugeridos por la dirección. Además el Comité de Auditoría tiene encomendada la función de revisar los folletos de emisión y la información financiera periódica que deba suministrar el Consejo a los Mercados y a sus órganos de supervisión.

Adicionalmente, la Dirección Financiera tiene atribuida la responsabilidad global del SCIIF en el grupo y, especialmente, tiene encomendadas las funciones de diseñar, implementar y mantener un adecuado SCIIF. En este sentido, establece y difunde las políticas y directrices y procedimientos relacionados con la generación de la información financiera y se encarga de garantizar su correcta aplicación en el grupo.

F.1.2 Si existen, especialmente en lo relativo al proceso de elaboración de la información financiera, los siguientes elementos:

· Departamentos y/o mecanismos encargados: (i) del diseño y revisión de la estructura organizativa; (ii) de definir claramente las líneas de responsabilidad y autoridad, con una adecuada distribución de tareas y funciones; y (iii) de que existan procedimientos suficientes para su correcta difusión en la entidad:

El Consejo de Administración se reserva la competencia de aprobar las políticas y estrategias generales de la Sociedad y, en particular, la política de control y gestión de riesgos, así como el seguimiento periódico de los sistemas internos de información y control.

El diseño y revisión de la estructura organizativa es realizada por el Comité de Nombramientos y Retribuciones que, tal y como se recoge en el artículo 15 del Reglamento del Consejo de Administración, tiene asignada, entre otras, la función de informar al Consejo de Administración sobre la contratación de los miembros de la alta dirección del Grupo.

Por su parte, el Comité de Auditoría tiene encomendada, en el Reglamento del Consejo de Administración, la función de comprobación de la adecuación e integridad de los sistemas internos de control.

La Dirección Financiera es la encargada de la elaboración y revisión, respectivamente, de los estados financieros de las compañías del grupo, de la elaboración y seguimiento de los presupuestos, así como del mantenimiento de los procedimientos y de la elaboración de la información financiera.

Para cumplir con los objetivos y responsabilidades de mantenimiento y supervisión del proceso de Control de Información Financiera se han definido, dentro de la estructura organizativa, funciones específicas que afectan a los responsables de cada proceso relacionado con la Información Financiera y cuyos objetivos son asegurar el cumplimiento de los controles implementados, analizar su funcionamiento e informar de los cambios o incidencias que se produzcan.

Dicha estructura integra, de menor a mayor responsabilidad, a los supervisores de cada proceso definidos en el ámbito de control, directamente relacionados con los procesos relativos al Sistema de Control Interno de la Información Financiera. El Consejo de Administración y el Comité de Auditoría son los encargados de recibir la información de los diferentes responsables del proceso, siendo también los encargados de velar por el correcto funcionamiento de dicho sistema de control interno.

· Código de conducta, órgano de aprobación, grado de difusión e instrucción, principios y valores incluidos (indicando si hay menciones específicas al registro de operaciones y elaboración de información financiera), órgano encargado de analizar incumplimientos y de proponer acciones correctoras y sanciones:

La Sociedad dispone de un Reglamento Interno de Conducta en los mercados de valores (en adelante, el "Reglamento") aprobado por el Consejo de Administración de la Sociedad en su sesión de fecha 10 de octubre de 2003. Este Reglamento, al que están sujetos no solo los miembros del Consejo de Administración de Montebalito, S.A. sino también sus altos directivos, administradores y asesores externos, contiene las normas de actuación y supervisión que deben ser aplicadas en las actividades desarrolladas por la Sociedad en el ámbito del mercado de valores incluyendo, entre otras normas de conducta en relación con la información privilegiada y relevante, situaciones de conflicto de interés, y limitaciones a operaciones sobre valores. El Reglamento se encuentra disponible en la página web de la Sociedad. El órgano competente del seguimiento del mencionado Reglamento es el Comité de Auditoría, una de sus funciones es examinar el cumplimiento del mismo y de las reglas de gobierno de la Sociedad. En caso de detectar incumplimientos de las normas recogidas en el Reglamento, será este órgano el responsable de instruir los expedientes disciplinarios a las personas sujetas. Asimismo el Comité de Auditoría tiene encomendada la función de hacer las propuestas necesarias para su mejora.

· • Canal de denuncias, que permita la comunicación a la comisión de auditoría de irregularidades de naturaleza financiera y contable, en adición a eventuales incumplimientos del código de conducta y actividades irregulares en la organización, informando, en su caso, si éste es de naturaleza confidencial y si permite realizar comunicaciones anónimas respetando los derechos del denunciante y del denunciado.

Actualmente la Sociedad cuenta con un canal de denuncias, a través del correo electrónico, formalmente constituido en el año 2011, el emisor del correo correspondiente puede tomar las medidas que considera oportunas para mantener su confidencialidad.

· Programas de formación y actualización periódica para el personal involucrado en la preparación y revisión de la información financiera, así como en la evaluación del SCIIF, que cubran al menos, normas contables, auditoría, control interno y gestión de riesgos:

El Departamento financiero, cuyo personal es el de mayor implicación en la elaboración de la Información Financiera, tiene planes de formación anuales en los que se incluyen aquellas áreas significativas dentro de su actividad: normas de contabilidad, normas de consolidación, información financiera específica aplicable al sector, que son consideradas de especial relevancia para la realización de sus funciones.

F.2. Evaluación de riesgos de la información financiera.

Informe, al menos, de:

  • F.2.1 Cuáles son las principales características del proceso de identificación de riesgos, incluyendo los de error o fraude, en cuanto a:.
  • · Si el proceso existe y está documentado:

La determinación y revisión del proceso de identificación de riesgos se encuentra perfectamente documentada dentro del sistema de control de la información financiera.

· Si el proceso cubre la totalidad de objetivos de la información financiera, (existencia y ocurrencia; integridad; valoración; presentación, desglose y comparabilidad; y derechos y obligaciones), si se actualiza y con qué frecuencia:

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El proceso de identificación de riesgos cubre la totalidad de los objetivos básicos de la información financiera: existencia y ocurrencia; integridad y valoración; presentación, desglose y comparabilidad; derechos y obligaciones. Los departamentos directamente implicados en la identificación de los riesgos de control internos son el Financiero y las distintas áreas de negocio, que coordinan sus actividades para mantener en todo momento actualizado el detalle de los potenciales riesgos en las áreas y procesos más significativos, para prevenir y proceder a la corrección de los mismos. Las actualizaciones se realizan con carácter anual, igual que la revisión de los riesgos por parte del Consejo de Administración que se realiza trimestralmente.

· La existencia de un proceso de identificación del perímetro de consolidación, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la posible existencia de estructuras societarias complejas, entidades instrumentales o de propósito especial:

Existe un proceso de identificación y mantenimiento del perímetro de consolidación que es realizado por el Departamento Financiero y por la Asesoría Jurídica, en donde se identifican todos y cada uno de los datos necesarios para mantener los parámetros de cada una de las sociedades que integran el grupo Montebalito. El número de sociedades que componen el grupo Montebalito, así como la estructura societaria, no presentan una excesiva complejidad por lo que no requieren mantener una estructura de control independiente y específica para este apartado.

· Si el proceso tiene en cuenta los efectos de otras tipologías de riesgos (operativos, tecnológicos, financieros, legales, fiscales, reputacionales, medioambientales, etc.) en la medida que afecten a los estados financieros:

La sociedad ha realizado un mapa de riesgos donde, entre otros, se encuentran reflejados los objetivos de información financiera, y se recogen otros tipos de riesgo tales como del entorno, financieros, corporativos, reputacionales, etc. y su posible impacto en los estados financieros.

· Qué órgano de gobierno de la entidad supervisa el proceso:

El Comité de Auditoría es el órgano responsable de supervisar el proceso de elaboración de la información financiera. En última instancia el responsable de la información pública periódica de la Sociedad y su grupo es el Consejo de Administración.

F.3. Actividades de control.

Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:

F.3.1 Procedimientos de revisión y autorización de la información financiera y la descripción del SCIIF, a publicar en los mercados de valores, indicando sus responsables, así como de documentación descriptiva de los flujos de actividades y controles (incluyendo los relativos a riesgo de fraude) de los distintos tipos de transacciones que puedan afectar de modo material a los estados financieros, incluyendo el procedimiento de cierre contable y la revisión específica de los juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones relevantes

El Consejo de Administración eleva a la Junta General de Accionistas las Cuentas Anuales (compuestas por el Balance, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, el Estado de Flujos de Efectivo y la Memoria) junto con el correspondiente informe de auditoría, el Informe de Gestión y la propuesta de aplicación de resultados, para su aprobación si procede.

El Comité de Auditoría tiene la función de comprobar la adecuación e integridad de los sistemas internos de control, revisar las cuentas anuales y la información periódica de la Sociedad, velando por el cumplimiento de los requerimientos legales y la correcta aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados.

El Comité de Auditoría informa al Consejo de Administración, con carácter previo a la adopción por este de las correspondientes decisiones, sobre la información financiera que, por su condición de cotizada, la Sociedad debe hacer pública periódicamente.

El departamento financiero es el encargado de revisar la información financiera, tanto de la Sociedad como de las filiales pertenecientes al grupo Montebalito, realizando comprobaciones en todas las áreas más importantes de estas sociedades.

Para evitar que se produzcan errores en la generación de la información financiera, el grupo Montebalito tiene establecidos una serie de controles, unos automáticos y otros manuales, para verificar la adecuación de la información financiera. Estos controles se formalizan en unos determinados procedimientos que contrastan la información y la validan o, en su caso, comunican la posible discrepancia, realizándose a través

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de procedimientos cruzados de información, que, generalmente, afectan a más de un área de actividad de las empresas que forman el grupo Montebalito.

Dentro de los procedimientos implementados se pueden destacar aquellos que controlan:

    1. El ciclo de ventas con las validaciones cruzadas realizadas con programas de monitorización y tesorería.
    1. La gestión de compras, proveedores y tesorería.
    1. La gestión de inversiones, inmovilizado y tesorería.
    1. Recursos humanos, nóminas y responsabilidad social.
    1. Presupuestación.
    1. Impuestos.
    1. Cierre financiero.

En los cierres contables periódicos, así como en la consolidación, el procedimiento implantado obliga a la realización del chequeo de las distintas actividades que conforman el proceso de cierre y consolidación.

Estas actividades comprenden tanto el análisis de los datos recibidos de las filiales, como la verificación y contraste de los datos obtenidos para confirmar la consistencia de los mismos. En estos procesos intervienen, directamente, el departamento financiero y las distintas áreas de negocio, como paso previo a la supervisión de los estados financieros por parte del Comité de Auditoría que posteriormente serán aprobados por el Consejo de Administración.

F.3.2 Políticas y procedimientos de control interno sobre los sistemas de información (entre otras, sobre seguridad de acceso, control de cambios, operación de los mismos, continuidad operativa y segregación de funciones) que soporten los procesos relevantes de la entidad en relación a la elaboración y publicación de la información financiera.

Los accesos a la información están limitados por perfiles y los niveles de seguridad implantados restringen el acceso a las distintas áreas de información, en función de los niveles de responsabilidad y de las tareas a realizar. La Sociedad mantiene unas normas de seguridad para salvaguardar la información de accesos no autorizados, definiendo procedimientos para hacer frente a posibles contingencias mediante copias de seguridad y procedimientos de recuperación de datos.

F.3.3 Políticas y procedimientos de control interno destinados a supervisar la gestión de las actividades subcontratadas a terceros, así como de aquellos aspectos de evaluación, cálculo o valoración encomendados a expertos independientes, que puedan afectar de modo material a los estados financieros.

La política de control interno destinada a supervisar la gestión de las actividades subcontratadas a terceros tiene por objetivo fundamental la obtención del máximo control de la actividad subcontratada, mediante la asignación a un responsable interno del control de la actividad realizada por el tercero.

La contabilidad de las participadas en el extranjero es supervisada directamente por la Dirección de dicho área de negocio y los informes elaborados por las empresas respecto a cada proyecto concreto es revisado por el responsable interno de la actividad concreta, y posteriormente por el Director de dicho área, quien contrasta el contenido de los informes internos con la información facilitada por estas empresas.

F.4. Información y comunicación.

Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:

F.4.1 Una función específica encargada de definir, mantener actualizadas las políticas contables (área o departamento de políticas contables) y resolver dudas o conflictos derivados de su interpretación, manteniendo una comunicación fluida con los responsables de las operaciones en la organización, así como un manual de políticas contables actualizado y comunicado a las unidades a través de las que opera la entidad.

La Dirección Financiera es la responsable de definir y mantener actualizadas las políticas contables y de responder a las cuestiones y dudas que surjan de la aplicación de la normativa contable. Esta función es desempeñada por la Dirección Financiera de acuerdo con las políticas generales establecidas por el Consejo de Administración de la Sociedad.

El departamento financiero es el encargado de definir y mantener las políticas contables de las sociedades del grupo Montebalito, siendo este departamento el responsable de mantenerlas actualizadas a través de cursos de formación y, además, el encargado de dirimir las dudas y conflictos que puedan surgir en la interpretación o aplicación de las normas. En aquellos casos en que no se llegara a una interpretación satisfactoria se requerirá el concurso de los auditores externos.

La Sociedad dispone de un Manual de Políticas Contables formalmente establecido, cuyo objetivo es establecer, en primer lugar, los criterios seguidos para la elaboración de los Estados Financieros de las sociedades del grupo Montebalito con domicilio fiscal en España, las cuales cumplen la normativa española descrita en el Nuevo Plan General Contable.

Asimismo, existe un manual para la elaboración de los Estados Financieros consolidados conforme a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), normas que serán la base para la elaboración de los estados financieros de las filiales con domicilio fiscal en otros países.

F.4.2 Mecanismos de captura y preparación de la información financiera con formatos homogéneos, de aplicación y utilización por todas las unidades de la entidad o del grupo, que soporten los estados financieros principales y las notas, así como la información que se detalle sobre el SCIIF.

El departamento financiero se encarga de preparar la información financiera de las sociedades del grupo Montebalito, quienes reportan los estados financieros según las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Esta información revisada y, una vez validada, se incorpora a una plantilla sobre la que se realiza el proceso de consolidación, previa verificación y conciliación de todas las transacciones intragrupo.

F.5. Supervisión del funcionamiento del sistema.

Informe, señalando sus principales características, al menos de:

F.5.1 Las actividades de supervisión del SCIIF realizadas por la comisión de auditoría así como si la entidad cuenta con una función de auditoría interna que tenga entre sus competencias la de apoyo a la comisión en su labor de supervisión del sistema de control interno, incluyendo el SCIIF. Asimismo se informará del alcance de la evaluación del SCIIF realizada en el ejercicio y del procedimiento por el cual el encargado de ejecutar la evaluación comunica sus resultados, si la entidad cuenta con un plan de acción que detalle las eventuales medidas correctoras, y si se ha considerado su impacto en la información financiera.

El Comité de Auditoría no ha recibido, a lo largo del ejercicio 2021, incidencia alguna respecto al SCIIF, si bien ha sido informado por el Departamento Financiero del resultado de los trabajos de verificación y validación del sistema realizados, y ha desarrollado su labor de revisión de las cuentas anuales y de la información periódica de la Sociedad, todo ello en coordinación con el Auditor Externo.

Durante el ejercicio 2021 se ha desarrollado una plantilla con los riesgos que tanto cuantitativamente como cualitativamente se han considerado significativos. Dicha plantilla, considera la identificación del riesgo, la cuantificación y las medidas correctoras a tener en cuenta.

Dentro de este proceso se ha asignado como ejecutor de la revisión y supervisor a los distintos departamentos a los que está relacionado dicho riesgo. El departamento en cuestión tiene la responsabilidad de determinar qué y cuándo se debe revisar, así como evaluar la información disponible y concluir sobre la efectividad del sistema de control sobre la información financiera.

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Su responsabilidad implica la identificación del mismo y el análisis de las causas que originan su fallo, así como la obligatoriedad de comunicarlo al Comité de Auditoría.

Si el Comité de Auditoría recibiera una incidencia respecto al SCIIF, analizaría la misma y propondría al Consejo de Administración las medidas correctoras que estimara convenientes.

F.5.2 Si cuenta con un procedimiento de discusión mediante el cual, el auditor de cuentas (de acuerdo con lo establecido en las NTA), la función de auditoría interna y otros expertos puedan comunicar a la alta dirección y a la comisión de auditoría o administradores de la entidad las debilidades significativas de control interno identificadas durante los procesos de revisión de las cuentas anuales o aquellos otros que les hayan sido encomendados. Asimismo, informará de si dispone de un plan de acción que trate de corregir o mitigar las debilidades observadas.

El Comité de Auditoría se reúne cada vez que el Consejo o su presidente soliciten la emisión de un informe o la adopción de propuestas y, en cualquier caso, siempre que resulte conveniente para el buen desarrollo de sus funciones. Como mínimo se reunirá una vez al año para evaluar la eficiencia y el cumplimiento de las reglas y procedimientos de gobierno de la Compañía, y para preparar la información que el Consejo deba de formular o aprobar y que haya de incluirse dentro de la documentación pública anual de la Compañía.

Adicionalmente, mantiene canales de comunicación abiertos con el auditor externo.

La Dirección Financiera de la Sociedad, mantiene conversaciones periódicas con el Comité de Auditoría en las que se comunica el resultado de las actividades desarrolladas y, en particular, las debilidades detectadas en cualquiera de los procedimientos utilizados en la elaboración de la información financiera.

Los auditores externos se reúnen, al menos, una vez al año y con motivo del cierre del ejercicio, con el Comité de Auditoría para analizar la información financiera que ha de remitirse al mercado y comunicar las conclusiones obtenidas de la revisión de las cuentas de la Sociedad y de su Grupo.

El auditor externo emite, cuando lo considera necesario, una Agenda de Sugerencias y Recomendaciones de control interno.

F.6. Otra información relevante.

No existe información adicional que se considere relevante relativa a los sistemas internos de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de emisión de la información financiera.

F.7. Informe del auditor externo.

Informe de:

F.7.1 Si la información del SCIIF remitida a los mercados ha sido sometida a revisión por el auditor externo, en cuyo caso la entidad debería incluir el informe correspondiente como anexo. En caso contrario, debería informar de sus motivos.

La información del SCIIF no ha sido sometida a revisión por parte del auditor externo, si bien en su trabajo de auditoría de las Cuentas Anuales incluyen trabajos de revisión de algunos aspectos del SCIIF conforme a lo establecido en las Normas Técnicas de Auditoría.

G. GRADO DE SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DE GOBIERNO CORPORATIVO

Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas.

En el caso de que alguna recomendación no se siga o se siga parcialmente, se deberá incluir una explicación detallada de sus motivos de manera que los accionistas, los inversores y el mercado en general, cuenten con información suficiente para valorar el proceder de la sociedad. No serán aceptables explicaciones de carácter general.

  1. Que los estatutos de las sociedades cotizadas no limiten el número máximo de votos que pueda emitir un mismo accionista, ni contengan otras restricciones que dificulten la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que, cuando la sociedad cotizada esté controlada, en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, por otra entidad, cotizada o no, y tenga, directamente o a través de sus filiales, relaciones de negocio con dicha entidad o alguna de sus filiales (distintas de las de la sociedad cotizada) o desarrolle actividades relacionadas con las de cualquiera de ellas informe públicamente con precisión acerca de:
    2. a) Las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio entre, por un lado, la sociedad cotizada o sus filiales y, por otro, la sociedad matriz o sus filiales.
    3. b) Los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de intereses que puedan presentarse.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

    1. Que durante la celebración de la junta general ordinaria, como complemento de la difusión por escrito del informe anual de gobierno corporativo, el presidente del consejo de administración informe verbalmente a los accionistas, con suficiente detalle, de los aspectos más relevantes del gobierno corporativo de la sociedad y, en particular:
    2. a) De los cambios acaecidos desde la anterior junta general ordinaria.
    3. b) De los motivos concretos por los que la compañía no sigue alguna de las recomendaciones del Código de Gobierno Corporativo y, si existieran, de las reglas alternativas que aplique en esa materia.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]

En la Junta General Ordinaria de la sociedad celebrada el día 23 de junio de 2021 se informó y trasladó a los accionistas, como punto independiente del Orden del Día, la información relativa al Gobierno Corporativo, poniendo a disposición de los accionistas el correspondiente informe anual. El Presidente informa verbalmente a la Junta sobre los cambios más significativos acaecidos desde la anterior Junta General Ordinaria, si bien, dada la escasa presencia física de accionistas ajenos al accionista de control, y al escaso interés de la materia para esos accionistas, no se profundiza en los motivos por los que la compañía no haya podido seguir alguna de las recomendaciones del Código de Gobierno Corporativo.

  1. Que la sociedad defina y promueva una política relativa a la comunicación y contactos con accionistas e inversores institucionales en el marco de su implicación en la sociedad, así como con los asesores de voto que sea plenamente respetuosa con las normas contra el abuso de mercado y dé un trato semejante a los accionistas que se encuentren en la misma posición. Y que la sociedad haga pública dicha política a través de su página web, incluyendo información relativa a la forma en que la misma se ha puesto en práctica e identificando a los interlocutores o responsables de llevarla a cabo.

Y que, sin perjuicio de las obligaciones legales de difusión de información privilegiada y otro tipo de información regulada, la sociedad cuente también con una política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa a través de los canales que considere adecuados (medios de comunicación, redes sociales u otras vías) que contribuya a maximizar la difusión y la calidad de la información a disposición del mercado, de los inversores y demás grupos de interés.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]
-- --------------- ---------------------------- ----------------

La sociedad dispone de una oficina de atención al accionista a través de la cual se canaliza la comunicación con accionistas e inversores, dando el mismo trato en esta materia a todos los accionistas de la sociedad.

Además, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 539.2 de la Ley de Sociedades de Capital, con el fin de facilitar la comunicación con los accionistas, desde la convocatoria de las Juntas Generales se habilita en la página web de Montebalito, S.A. un foro electrónico de accionistas.

  1. Que el consejo de administración no eleve a la junta general una propuesta de delegación de facultades, para emitir acciones o valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, por un importe superior al 20% del capital en el momento de la delegación.

Y que cuando el consejo de administración apruebe cualquier emisión de acciones o de valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, la sociedad publique inmediatamente en su página web los informes sobre dicha exclusión a los que hace referencia la legislación mercantil.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]

En la Junta General Ordinaria celebrada el día 26 de junio de 2019 se acordó delegar en el Consejo de Administración, durante un plazo de cinco años, la facultad de aumentar el capital social por un importe de hasta el 50% del mismo, con la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente en caso de interés social. Este acuerdo se adoptó a fin de dar mayor agilidad a la sociedad a la hora de tomar decisiones en esta materia, teniendo en cuenta que la Junta General está controlada por un accionista de referencia con un porcentaje de control muy superior al 50% que, además, es la persona física representante del Presidente del Consejo.

    1. Que las sociedades cotizadas que elaboren los informes que se citan a continuación, ya sea de forma preceptiva o voluntaria, los publiquen en su página web con antelación suficiente a la celebración de la junta general ordinaria, aunque su difusión no sea obligatoria:
    2. a) Informe sobre la independencia del auditor.
    3. b) Informes de funcionamiento de las comisiones de auditoría y de nombramientos y retribuciones.
    4. c) Informe de la comisión de auditoría sobre operaciones vinculadas.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]

La sociedad solo elabora, publica en su página web y somete a la consideración de la Junta General Ordinaria los informes que ha de realizar de forma preceptiva. Ello es así por el escaso tamaño de la Sociedad, la evidente independencia del Auditor puesta de manifiesto no solo por su propia personalidad, sino también porque se informa de la falta de su vinculación con la Sociedad y otras sociedades de su grupo y del accionista de

referencia, y la escasa actividad de las comisiones del Consejo. Se prevé que esta situación se mantenga en la medida en la que las circunstancias que la condicionaron se extiendan en el tiempo.

  1. Que la sociedad transmita en directo, a través de su página web, la celebración de las juntas generales de accionistas.

Y que la sociedad cuente con mecanismos que permitan la delegación y el ejercicio del voto por medios telemáticos e incluso, tratándose de sociedades de elevada capitalización y en la medida en que resulte proporcionado, la asistencia y participación activa en la Junta General.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]

La Sociedad no transmite en directo la celebración de sus Juntas Generales dado su pequeño tamaño, la limitación de sus recursos, así como el escaso interés que dichas Juntas suscitan históricamente en el accionariado.

  1. Que la comisión de auditoría vele por que las cuentas anuales que el consejo de administración presente a la junta general de accionistas se elaboren de conformidad con la normativa contable. Y que en aquellos supuestos en que el auditor de cuentas haya incluido en su informe de auditoría alguna salvedad, el presidente de la comisión de auditoría explique con claridad en la junta general el parecer de la comisión de auditoría sobre su contenido y alcance, poniéndose a disposición de los accionistas en el momento de la publicación de la convocatoria de la junta, junto con el resto de propuestas e informes del consejo, un resumen de dicho parecer.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la sociedad haga públicos en su página web, de manera permanente, los requisitos y procedimientos que aceptará para acreditar la titularidad de acciones, el derecho de asistencia a la junta general de accionistas y el ejercicio o delegación del derecho de voto.

Y que tales requisitos y procedimientos favorezcan la asistencia y el ejercicio de sus derechos a los accionistas y se apliquen de forma no discriminatoria.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que cuando algún accionista legitimado haya ejercitado, con anterioridad a la celebración de la junta general de accionistas, el derecho a completar el orden del día o a presentar nuevas propuestas de acuerdo, la sociedad:
    2. a) Difunda de inmediato tales puntos complementarios y nuevas propuestas de acuerdo.
    3. b) Haga público el modelo de tarjeta de asistencia o formulario de delegación de voto o voto a distancia con las modificaciones precisas para que puedan votarse los nuevos puntos del orden del día y propuestas alternativas de acuerdo en los mismos términos que los propuestos por el consejo de administración.
    4. c) Someta todos esos puntos o propuestas alternativas a votación y les aplique las mismas reglas de voto que a las formuladas por el consejo de administración, incluidas, en particular, las presunciones o deducciones sobre el sentido del voto.
    5. d) Con posterioridad a la junta general de accionistas, comunique el desglose del voto sobre tales puntos complementarios o propuestas alternativas.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ] No aplicable [ ]

En relación a la última Junta General celebrada durante el ejercicio 2021, ningún accionista ejercitó el derecho a completar el orden del día ni el de presentar nuevas propuestas de acuerdo.

  1. Que, en el caso de que la sociedad tenga previsto pagar primas de asistencia a la junta general de accionistas, establezca, con anterioridad, una política general sobre tales primas y que dicha política sea estable.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
--------------- ---------------------------- ----------------- --------------------

La Sociedad no tiene previsto pagar a sus accionistas primas por la asistencia a la Junta General.

  1. Que el consejo de administración desempeñe sus funciones con unidad de propósito e independencia de criterio, dispense el mismo trato a todos los accionistas que se hallen en la misma posición y se guíe por el interés social, entendido como la consecución de un negocio rentable y sostenible a largo plazo, que promueva su continuidad y la maximización del valor económico de la empresa.

Y que en la búsqueda del interés social, además del respeto de las leyes y reglamentos y de un comportamiento basado en la buena fe, la ética y el respeto a los usos y a las buenas prácticas comúnmente aceptadas, procure conciliar el propio interés social con, según corresponda, los legítimos intereses de sus empleados, sus proveedores, sus clientes y los de los restantes grupos de interés que puedan verse afectados, así como el impacto de las actividades de la compañía en la comunidad en su conjunto y en el medio ambiente.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el consejo de administración posea la dimensión precisa para lograr un funcionamiento eficaz y participativo, lo que hace aconsejable que tenga entre cinco y quince miembros.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que el consejo de administración apruebe una política dirigida a favorecer una composición apropiada del consejo de administración y que:
    2. a) Sea concreta y verificable.
    3. b) asegure que las propuestas de nombramiento o reelección se fundamenten en un análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración; y
    4. c) favorezca la diversidad de conocimientos, experiencias, edad y género. A estos efectos, se considera que favorecen la diversidad de género las medidas que fomenten que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas.

Que el resultado del análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración se recoja en el informe justificativo de la comisión de nombramientos que se publique al convocar la junta general de accionistas a la que se someta la ratificación, el nombramiento o la reelección de cada consejero.

La comisión de nombramientos verificará anualmente el cumplimiento de esta política y se informará de ello en el informe anual de gobierno corporativo.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]
--------------- --------------------------- -----------------

La política de selección de consejeros cumple con los apartados a, b y c. Sin embargo, respecto a la promoción de consejeras, el tamaño de la sociedad, la situación económica general y la escasa retribución actual de los vocales del consejo hace que sea complicado seleccionar candidatos que reunan las condiciones profesionales mínimas necesarias para pertenecer al consejo. Por ello, no se ha considerado conveniente añadir un elemento discriminatorio más, como sería el relativo al sexo de los candidatos, sin perjuicio de que la compañía valora positivamente la integración en el Consejo de un número de mujeres que permita que tengan una representación paritaria.

  1. Que los consejeros dominicales e independientes constituyan una amplia mayoría del consejo de administración y que el número de consejeros ejecutivos sea el mínimo necesario, teniendo en cuenta la complejidad del grupo societario y el porcentaje de participación de los consejeros ejecutivos en el capital de la sociedad.

Y que el número de consejeras suponga, al menos, el 40% de los miembros del consejo de administración antes de que finalice 2022 y en adelante, no siendo con anterioridad inferior al 30%.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]

Si bien los consejeros dominicales e independiente son mayoría dentro del Consejo de Administración, el número de Consejeras al cierre del ejercicio 2021 representa el 14 por ciento del total de los miembros del Consejo de Administración.

  1. Que el porcentaje de consejeros dominicales sobre el total de consejeros no ejecutivos no sea mayor que la proporción existente entre el capital de la sociedad representado por dichos consejeros y el resto del capital.

Este criterio podrá atenuarse:

  • a) En sociedades de elevada capitalización en las que sean escasas las participaciones accionariales que tengan legalmente la consideración de significativas.
  • b) Cuando se trate de sociedades en las que exista una pluralidad de accionistas representados en el consejo de administración y no tengan vínculos entre sí.

Cumple [ X ] Explique [ ]

  1. Que el número de consejeros independientes represente, al menos, la mitad del total de consejeros.

Que, sin embargo, cuando la sociedad no sea de elevada capitalización o cuando, aun siéndolo, cuente con un accionista o varios actuando concertadamente, que controlen más del 30% del capital social, el número de consejeros independientes represente, al menos, un tercio del total de consejeros.

Cumple [ ] Explique [ X ]

A cierre de ejercicio 2021 el Consejo de Administración de Montebalito, S.A. se encontraba integrado por siete miembros, teniendo la consideración de independientes cuatro de ellos. Siendo así, los Consejeros independientes representan el 57 por ciento sobre el total de integrantes del Consejo, encontrándose dicho porcentaje por encima del 30 por ciento recomendado para Sociedades de escasa capitalización o que cuenten con accionistas que controlen más del 30 por ciento del capital, como es el caso de Montebalito, S.A.

    1. Que las sociedades hagan pública a través de su página web, y mantengan actualizada, la siguiente información sobre sus consejeros:
    2. a) Perfil profesional y biográfico.
    3. b) Otros consejos de administración a los que pertenezcan, se trate o no de sociedades cotizadas, así como sobre las demás actividades retribuidas que realice cualquiera que sea su naturaleza.
    4. c) Indicación de la categoría de consejero a la que pertenezcan, señalándose, en el caso de consejeros dominicales, el accionista al que representen o con quien tengan vínculos.
    5. d) Fecha de su primer nombramiento como consejero en la sociedad, así como de las posteriores reelecciones.
    6. e) Acciones de la compañía, y opciones sobre ellas, de las que sean titulares.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]

Se cumple con los apartados c., d., y e.

  1. Que en el informe anual de gobierno corporativo, previa verificación por la comisión de nombramientos, se expliquen las razones por las cuales se hayan nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial sea inferior al 3% del capital; y se expongan las razones por las que no se hubieran atendido, en su caso, peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial sea igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que los consejeros dominicales presenten su dimisión cuando el accionista a quien representen transmita íntegramente su participación accionarial. Y que también lo hagan, en el número que corresponda, cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de sus consejeros dominicales.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que el consejo de administración no proponga la separación de ningún consejero independiente antes del cumplimiento del período estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el consejo de administración previo informe de la comisión de nombramientos. En particular, se entenderá que existe justa causa cuando el consejero pase a ocupar nuevos cargos o contraiga nuevas obligaciones que le impidan dedicar el tiempo necesario al desempeño de las funciones propias del cargo de consejero, incumpla los deberes inherentes a su cargo o incurra en algunas de las circunstancias que le hagan perder su condición de independiente, de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable.

También podrá proponerse la separación de consejeros independientes como consecuencia de ofertas públicas de adquisición, fusiones u otras operaciones corporativas similares que supongan un cambio en la estructura de capital de la sociedad, cuando tales cambios en la estructura del consejo de administración vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en la recomendación 16.

Cumple [ X ] Explique [ ]

  1. Que las sociedades establezcan reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad, que puedan perjudicar al crédito y reputación de esta y, en particular, que les obliguen a informar al consejo de administración de cualquier causa penal en la que aparezcan como investigados, así como de sus vicisitudes procesales.

Y que, habiendo sido informado o habiendo conocido el consejo de otro modo alguna de las situaciones mencionadas en el párrafo anterior, examine el caso tan pronto como sea posible y, atendiendo a las circunstancias concretas, decida, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, si debe o no adoptar alguna medida, como la apertura de una investigación interna, solicitar la dimisión del consejero o proponer su cese. Y que se informe al respecto en el informe anual de gobierno corporativo, salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta. Ello sin perjuicio de la información que la sociedad deba difundir, de resultar procedente, en el momento de la adopción de las medidas correspondientes.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que todos los consejeros expresen claramente su oposición cuando consideren que alguna propuesta de decisión sometida al consejo de administración puede ser contraria al interés social. Y que otro tanto hagan, de forma especial, los independientes y demás consejeros a quienes no afecte el potencial conflicto de intereses, cuando se trate de decisiones que puedan perjudicar a los accionistas no representados en el consejo de administración.

Y que cuando el consejo de administración adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, este saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir, explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente.

Esta recomendación alcanza también al secretario del consejo de administración, aunque no tenga la condición de consejero.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que cuando, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, un consejero cese en su cargo antes del término de su mandato, explique de manera suficiente las razones de su dimisión o, en el caso de consejeros no ejecutivos, su parecer sobre los motivos del cese por la junta, en una carta que remitirá a todos los miembros del consejo de administración.

Y que, sin perjuicio de que se dé cuenta de todo ello en el informe anual de gobierno corporativo, en la medida en que sea relevante para los inversores, la sociedad publique a la mayor brevedad posible el cese incluyendo referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el consejero.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ] No aplicable [ ]

TAM INVERSIONES MIRASIERRA, S.L., único Consejero que cesó en su cargo durante el ejercicio 2021, presentó su dimisión en la reunión celebrada el día 16 de febrero de 2021, exponiendo al Consejo, de manera razonada, los motivos de su dimisión, sin que llegaran a publicar los motivos de la dimisión al no haber sido considerados relevantes.

  1. Que la comisión de nombramientos se asegure de que los consejeros no ejecutivos tienen suficiente disponibilidad de tiempo para el correcto desarrollo de sus funciones.

Y que el reglamento del consejo establezca el número máximo de consejos de sociedades de los que pueden formar parte sus consejeros.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]

Los Consejeros informan anualmente a la Sociedad de aquellos cargos que ocupan en otras Sociedades por cuyo desempeño se podría ver afectada la dedicación exigida a su condición de Consejero.

No se establece ningún límite sobre el número de consejos de los que puede formar parte un Consejero, salvo lo dispuesto en la normativa vigente. Este límite no se establece dado que el tamaño de la Sociedad y la baja cuantía de la retribución de los Consejeros hacen poco aconsejable limitar el número de consejos al que pueden pertenecer.

Se prevé que esta situación se mantenga en el tiempo en la medida en la que el tamaño de la Sociedad y la retribución de los Consejeros sean similares a los actuales.

  1. Que el consejo de administración se reúna con la frecuencia precisa para desempeñar con eficacia sus funciones y, al menos, ocho veces al año, siguiendo el programa de fechas y asuntos que establezca al inicio del ejercicio, pudiendo cada consejero individualmente proponer otros puntos del orden del día inicialmente no previstos.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que las inasistencias de los consejeros se reduzcan a los casos indispensables y se cuantifiquen en el informe anual de gobierno corporativo. Y que, cuando deban producirse, se otorgue representación con instrucciones.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]

Durante el ejercicio 2021 se han celebrado 9 reuniones del Consejo de Administración de la Sociedad, habiéndose producido un total de dos faltas de asistencia, las cuales han sido cuantificadas en el presente informe. En ninguno de los dos casos se otorgó representación con instrucciones concretas sobre el sentido del voto de los distintos puntos integrantes del orden del día.

  1. Que cuando los consejeros o el secretario manifiesten preocupación sobre alguna propuesta o, en el caso de los consejeros, sobre la marcha de la sociedad y tales preocupaciones no queden resueltas en el consejo de administración, a petición de quien las hubiera manifestado, se deje constancia de ellas en el acta.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que la sociedad establezca los cauces adecuados para que los consejeros puedan obtener el asesoramiento preciso para el cumplimiento de sus funciones incluyendo, si así lo exigieran las circunstancias, asesoramiento externo con cargo a la empresa.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que, con independencia de los conocimientos que se exijan a los consejeros para el ejercicio de sus funciones, las sociedades ofrezcan también a los consejeros programas de actualización de conocimientos cuando las circunstancias lo aconsejen.

Cumple [ ] Explique [ X ] No aplicable [ ]

Teniendo en cuenta la actividad de la Sociedad y la cualificación de los Consejeros, no se ha considerado ofrecerles este tipo de programas durante el ejercicio 2021. Esta situación se mantendrá en la medida en la que la cualificación de los Consejeros sea suficiente en relación con la actividad.

  1. Que el orden del día de las sesiones indique con claridad aquellos puntos sobre los que el consejo de administración deberá adoptar una decisión o acuerdo para que los consejeros puedan estudiar o recabar, con carácter previo, la información precisa para su adopción.

Cuando, excepcionalmente, por razones de urgencia, el presidente quiera someter a la aprobación del consejo de administración decisiones o acuerdos que no figuraran en el orden del día, será preciso el consentimiento previo y expreso de la mayoría de los consejeros presentes, del que se dejará debida constancia en el acta.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que los consejeros sean periódicamente informados de los movimientos en el accionariado y de la opinión que los accionistas significativos, los inversores y las agencias de calificación tengan sobre la sociedad y su grupo.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el presidente, como responsable del eficaz funcionamiento del consejo de administración, además de ejercer las funciones que tiene legal y estatutariamente atribuidas, prepare y someta al consejo de administración un programa de fechas y asuntos a tratar; organice y coordine la evaluación periódica del consejo, así como, en su caso, la del primer ejecutivo de la sociedad; sea responsable de la dirección del consejo y de la efectividad de su funcionamiento; se asegure de que se dedica suficiente tiempo de discusión a las cuestiones estratégicas, y acuerde y revise los programas de actualización de conocimientos para cada consejero, cuando las circunstancias lo aconsejen.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que cuando exista un consejero coordinador, los estatutos o el reglamento del consejo de administración, además de las facultades que le corresponden legalmente, le atribuya las siguientes: presidir el consejo de administración en ausencia del presidente y de los vicepresidentes, en caso de existir; hacerse eco de las preocupaciones de los consejeros no ejecutivos; mantener contactos con inversores y accionistas para conocer sus puntos de vista a efectos de formarse una opinión sobre sus preocupaciones, en particular, en relación con el gobierno corporativo de la sociedad; y coordinar el plan de sucesión del presidente.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que el secretario del consejo de administración vele de forma especial para que en sus actuaciones y decisiones el consejo de administración tenga presentes las recomendaciones sobre buen gobierno contenidas en este Código de buen gobierno que fueran aplicables a la sociedad.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que el consejo de administración en pleno evalúe una vez al año y adopte, en su caso, un plan de acción que corrija las deficiencias detectadas respecto de:
    2. a) La calidad y eficiencia del funcionamiento del consejo de administración.
    3. b) El funcionamiento y la composición de sus comisiones.
    4. c) La diversidad en la composición y competencias del consejo de administración.
    5. d) El desempeño del presidente del consejo de administración y del primer ejecutivo de la sociedad.
    6. e) El desempeño y la aportación de cada consejero, prestando especial atención a los responsables de las distintas comisiones del consejo.

Para la realización de la evaluación de las distintas comisiones se partirá del informe que estas eleven al consejo de administración, y para la de este último, del que le eleve la comisión de nombramientos.

Cada tres años, el consejo de administración será auxiliado para la realización de la evaluación por un consultor externo, cuya independencia será verificada por la comisión de nombramientos.

Las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo deberán ser desglosadas en el informe anual de gobierno corporativo.

El proceso y las áreas evaluadas serán objeto de descripción en el informe anual de gobierno corporativo.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]

El proceso de evaluación del ejercicio 2021 se encuentra en proceso de ejecución.

El proceso de evaluación se realizará a nivel interno, sin la intervención de consultor externo, dado el tamaño de la Compañía.

  1. Que cuando exista una comisión ejecutiva en ella haya presencia de al menos dos consejeros no ejecutivos, siendo al menos uno de ellos independiente; y que su secretario sea el del consejo de administración.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ] No aplicable [ ]

Si bien el Secretario del Consejo de Administración es también el Secretario de la Comisión Ejecutiva, la estructura de participación de las diferentes categorías de Consejeros del Consejo no tiene su reflejo en la citada Comisión, al no contar esta con Consejeros independientes.

  1. Que el consejo de administración tenga siempre conocimiento de los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas por la comisión ejecutiva y que todos los miembros del consejo de administración reciban copia de las actas de las sesiones de la comisión ejecutiva.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
-------------- ---------------------------- ----------------- ---------------------
  1. Que los miembros de la comisión de auditoría en su conjunto, y de forma especial su presidente, se designen teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría y gestión de riesgos, tanto financieros como no financieros.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que bajo la supervisión de la comisión de auditoría, se disponga de una unidad que asuma la función de auditoría interna que vele por el buen funcionamiento de los sistemas de información y control interno y que funcionalmente dependa del presidente no ejecutivo del consejo o del de la comisión de auditoría.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]

El Consejo de Administración de la Sociedad es responsable de la existencia de un sistema de control interno sobre la información financiera adecuado y eficaz, y el comité de auditoría es el órgano encargado de su supervisión y del proceso de elaboración y la integridad de la información financiera. Dada la dimensión de la Compañía es el responsable del Departamento de Administración y Contabilidad quien directamente reporta a la Comisión de Auditoría, siendo esta Comisión la que realiza directamente las funciones de auditoría interna, contando con el apoyo a lo largo del ejercicio de los Auditores externos de la Sociedad. Se prevé que esta situación se mantenga en la medida en la que el tamaño de la Compañía sea similar al actual.

  1. Que el responsable de la unidad que asuma la función de auditoría interna presente a la comisión de auditoría, para su aprobación por esta o por el consejo, su plan anual de trabajo, le informe directamente de su ejecución, incluidas las posibles incidencias y limitaciones al alcance que se presenten en su desarrollo, los resultados y el seguimiento de sus recomendaciones y le someta al final de cada ejercicio un informe de actividades.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

    1. Que, además de las previstas en la ley, correspondan a la comisión de auditoría las siguientes funciones:
      1. En relación con los sistemas de información y control interno:
      2. a) Supervisar y evaluar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera y no financiera, así como los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros relativos a la sociedad y, en su caso, al grupo —incluyendo los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medioambientales, políticos y reputacionales o relacionados con la corrupción— revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables.
      3. b) Velar por la independencia de la unidad que asume la función de auditoría interna; proponer la selección, nombramiento y cese del responsable del servicio de auditoría interna; proponer el presupuesto de ese servicio; aprobar o proponer la aprobación al consejo de la orientación y el plan de trabajo anual de la auditoría interna, asegurándose de que su actividad esté enfocada principalmente en los riesgos relevantes (incluidos los reputacionales); recibir información periódica sobre sus actividades; y verificar que la alta dirección tenga en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes.
      4. c) Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados y a otras personas relacionadas con la sociedad, tales como consejeros, accionistas, proveedores, contratistas o subcontratistas, comunicar las irregularidades de potencial trascendencia, incluyendo las financieras y contables, o de cualquier otra índole, relacionadas con la compañía que adviertan en el seno de la empresa o su grupo. Dicho mecanismo deberá garantizar la confidencialidad y, en todo caso, prever supuestos en los que las comunicaciones puedan realizarse de forma anónima, respetando los derechos del denunciante y denunciado.
      5. d) Velar en general por que las políticas y sistemas establecidos en materia de control interno se apliquen de modo efectivo en la práctica.
      1. En relación con el auditor externo:
      2. a) En caso de renuncia del auditor externo, examinar las circunstancias que la hubieran motivado.
      3. b) Velar que la retribución del auditor externo por su trabajo no comprometa su calidad ni su independencia.
      4. c) Supervisar que la sociedad comunique a través de la CNMV el cambio de auditor y lo acompañe de una declaración sobre la eventual existencia de desacuerdos con el auditor saliente y, si hubieran existido, de su contenido.
      5. d) Asegurar que el auditor externo mantenga anualmente una reunión con el pleno del consejo de administración para informarle sobre el trabajo realizado y sobre la evolución de la situación contable y de riesgos de la sociedad.
      6. e) Asegurar que la sociedad y el auditor externo respetan las normas vigentes sobre prestación de servicios distintos a los de auditoría, los límites a la concentración del negocio del auditor y, en general, las demás normas sobre independencia de los auditores.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]

Se cumple con los apartados 1 a), 1 d) y 2.b).

Existe un mecanismo para que los empleados comuniquen confidencialmente irregularidades, pero no es una función que se haya asignado expresamente a la comisión de auditoría.

  1. Que la comisión de auditoría pueda convocar a cualquier empleado o directivo de la sociedad, e incluso disponer que comparezcan sin presencia de ningún otro directivo.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la comisión de auditoría sea informada sobre las operaciones de modificaciones estructurales y corporativas que proyecte realizar la sociedad para su análisis e informe previo al consejo de administración sobre sus condiciones económicas y su impacto contable y, en especial, en su caso, sobre la ecuación de canje propuesta.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ] No aplicable [ ]

Cualquier modificación estructural o corporativa es analizada en el pleno del Consejo de Administración, al que pertenecen los miembros de la Comisión de Auditoría, quienes tienen conocimiento por tanto de tales posibles modificaciones de forma directa a través del Consejo, analizando así las condiciones económicas de las operaciones y su impacto.

  1. Que la política de control y gestión de riesgos identifique o determine al menos:

  2. a) Los distintos tipos de riesgo, financieros y no financieros (entre otros los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medio ambientales, políticos y reputacionales, incluidos los relacionados con la corrupción) a los que se enfrenta la sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance.

  3. b) Un modelo de control y gestión de riesgos basado en diferentes niveles, del que formará parte una comisión especializada en riesgos cuando las normas sectoriales lo prevean o la sociedad lo estime apropiado.
  4. c) El nivel de riesgo que la sociedad considere aceptable.
  5. d) Las medidas previstas para mitigar el impacto de los riesgos identificados, en caso de que llegaran a materializarse.
  6. e) Los sistemas de información y control interno que se utilizarán para controlar y gestionar los citados riesgos, incluidos los pasivos contingentes o riesgos fuera de balance.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que bajo la supervisión directa de la comisión de auditoría o, en su caso, de una comisión especializada del consejo de administración, exista una función interna de control y gestión de riesgos ejercida por una unidad o departamento interno de la sociedad que tenga atribuidas expresamente las siguientes funciones:
    2. a) Asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de control y gestión de riesgos y, en particular, que se identifican, gestionan, y cuantifican adecuadamente todos los riesgos importantes que afecten a la sociedad.
    3. b) Participar activamente en la elaboración de la estrategia de riesgos y en las decisiones importantes sobre su gestión.
    4. c) Velar por que los sistemas de control y gestión de riesgos mitiguen los riesgos adecuadamente en el marco de la política definida por el consejo de administración.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que los miembros de la comisión de nombramientos y de retribuciones –o de la comisión de nombramientos y la comisión de retribuciones, si estuvieren separadas– se designen procurando que tengan los conocimientos, aptitudes y experiencia adecuados a las funciones que estén llamados a desempeñar y que la mayoría de dichos miembros sean consejeros independientes.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que las sociedades de elevada capitalización cuenten con una comisión de nombramientos y con una comisión de remuneraciones separadas.

Cumple [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que la comisión de nombramientos consulte al presidente del consejo de administración y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos.

Y que cualquier consejero pueda solicitar de la comisión de nombramientos que tome en consideración, por si los encuentra idóneos a su juicio, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que la comisión de retribuciones ejerza sus funciones con independencia y que, además de las funciones que le atribuya la ley, le correspondan las siguientes:
    2. a) Proponer al consejo de administración las condiciones básicas de los contratos de los altos directivos.
    3. b) Comprobar la observancia de la política retributiva establecida por la sociedad.
    4. c) Revisar periódicamente la política de remuneraciones aplicada a los consejeros y altos directivos, incluidos los sistemas retributivos con acciones y su aplicación, así como garantizar que su remuneración individual sea proporcionada a la que se pague a los demás consejeros y altos directivos de la sociedad.
    5. d) Velar por que los eventuales conflictos de intereses no perjudiquen la independencia del asesoramiento externo prestado a la comisión.
    6. e) Verificar la información sobre remuneraciones de los consejeros y altos directivos contenida en los distintos documentos corporativos, incluido el informe anual sobre remuneraciones de los consejeros.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la comisión de retribuciones consulte al presidente y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos y altos directivos.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que las reglas de composición y funcionamiento de las comisiones de supervisión y control figuren en el reglamento del consejo de administración y que sean consistentes con las aplicables a las comisiones legalmente obligatorias conforme a las recomendaciones anteriores, incluyendo:
    2. a) Que estén compuestas exclusivamente por consejeros no ejecutivos, con mayoría de consejeros independientes.
    3. b) Que sus presidentes sean consejeros independientes.
    4. c) Que el consejo de administración designe a los miembros de estas comisiones teniendo presentes los conocimientos, aptitudes y experiencia de los consejeros y los cometidos de cada comisión, delibere sobre sus propuestas e informes; y que rindan cuentas, en el primer pleno del consejo de administración posterior a sus reuniones, de su actividad y que respondan del trabajo realizado.
    5. d) Que las comisiones puedan recabar asesoramiento externo, cuando lo consideren necesario para el desempeño de sus funciones.
    6. e) Que de sus reuniones se levante acta, que se pondrá a disposición de todos los consejeros.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que la supervisión del cumplimiento de las políticas y reglas de la sociedad en materia medioambiental, social y de gobierno corporativo, así como de los códigos internos de conducta, se atribuya a una o se reparta entre varias comisiones del consejo de administración que podrán ser la comisión de auditoría, la de nombramientos, una comisión especializada en sostenibilidad o responsabilidad social corporativa u otra comisión especializada que el consejo de administración, en ejercicio de sus facultades de auto-organización, haya decidido crear. Y que tal comisión esté integrada únicamente por consejeros no ejecutivos, siendo la mayoría independientes y se le atribuyan específicamente las funciones mínimas que se indican en la recomendación siguiente.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]

La Comisión de Nombramientos y Retribuciones tiene, entre otras, la supervisión del cumplimiento de los códigos internos de conducta y está integrada por Consejeros no ejecutivos. La Comisión de Auditoría, por su parte, entre sus funciones, la de revisar las cuentas de la Compañía y la de vigilar el cumplimiento de la normativa legal y la correcta aplicación de los principio de contabilidad generalmente aceptados.

    1. Las funciones mínimas a las que se refiere la recomendación anterior son las siguientes:
    2. a) La supervisión del cumplimiento de las reglas de gobierno corporativo y de los códigos internos de conducta de la empresa, velando asimismo por que la cultura corporativa esté alineada con su propósito y valores.
    3. b) La supervisión de la aplicación de la política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa así como a la comunicación con accionistas e inversores, asesores de voto y otros grupos de interés. Asimismo se hará seguimiento del modo en que la entidad se comunica y relaciona con los pequeños y medianos accionistas.
    4. c) La evaluación y revisión periódica del sistema de gobierno corporativo y de la política en materia medioambiental y social de la sociedad, con el fin de que cumplan su misión de promover el interés social y tengan en cuenta, según corresponda, los legítimos intereses de los restantes grupos de interés.
    5. d) La supervisión de que las prácticas de la sociedad en materia medioambiental y social se ajustan a la estrategia y política fijadas.
    6. e) La supervisión y evaluación de los procesos de relación con los distintos grupos de interés.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]

La Comisión de Nombramientos y Retribuciones tiene, entre otras, la supervisión del cumplimiento de los códigos internos de conducta y está integrada por Consejeros no ejecutivos. La Comisión de Auditoría, por su parte, entre sus funciones, la de revisar las cuentas de la Compañía y la de vigilar el cumplimiento de la normativa legal y la correcta aplicación de los principio de contabilidad generalmente aceptados. Dada la dimensión de la Sociedad no existe una política de responsabilidad social corporativa.

    1. Que las políticas de sostenibilidad en materias medioambientales y sociales identifiquen e incluyan al menos:
    2. a) Los principios, compromisos, objetivos y estrategia en lo relativo a accionistas, empleados, clientes, proveedores, cuestiones sociales, medio ambiente, diversidad, responsabilidad fiscal, respeto de los derechos humanos y prevención de la corrupción y otras conductas ilegales
    3. b) Los métodos o sistemas para el seguimiento del cumplimiento de las políticas, de los riesgos asociados y su gestión.
    4. c) Los mecanismos de supervisión del riesgo no financiero, incluido el relacionado con aspectos éticos y de conducta empresarial.
    5. d) Los canales de comunicación, participación y diálogo con los grupos de interés.
    6. e) Las prácticas de comunicación responsable que eviten la manipulación informativa y protejan la integridad y el honor.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]

Dado que no existe una política de responsabilidad social corporativa, no se informa sobre ello.

  1. Que la remuneración de los consejeros sea la necesaria para atraer y retener a los consejeros del perfil deseado y para retribuir la dedicación, cualificación y responsabilidad que el cargo exija, pero no tan elevada como para comprometer la independencia de criterio de los consejeros no ejecutivos.

Cumple [ X ] Explique [ ]

  1. Que se circunscriban a los consejeros ejecutivos las remuneraciones variables ligadas al rendimiento de la sociedad y al desempeño personal, así como la remuneración mediante entrega de acciones, opciones o derechos sobre acciones o instrumentos referenciados al valor de la acción y los sistemas de ahorro a largo plazo tales como planes de pensiones, sistemas de jubilación u otros sistemas de previsión social.

Se podrá contemplar la entrega de acciones como remuneración a los consejeros no ejecutivos cuando se condicione a que las mantengan hasta su cese como consejeros. Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar, en su caso, para satisfacer los costes relacionados con su adquisición.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]

No se aplican retribuciones variables ni retribuciones mediante entrega de acciones a ningún Consejero de la Sociedad.

  1. Que en caso de remuneraciones variables, las políticas retributivas incorporen los límites y las cautelas técnicas precisas para asegurar que tales remuneraciones guardan relación con el rendimiento profesional de sus beneficiarios y no derivan solamente de la evolución general de los mercados o del sector de actividad de la compañía o de otras circunstancias similares.

Y, en particular, que los componentes variables de las remuneraciones:

  • a) Estén vinculados a criterios de rendimiento que sean predeterminados y medibles y que dichos criterios consideren el riesgo asumido para la obtención de un resultado.
  • b) Promuevan la sostenibilidad de la empresa e incluyan criterios no financieros que sean adecuados para la creación de valor a largo plazo, como el cumplimiento de las reglas y los procedimientos internos de la sociedad y de sus políticas para el control y gestión de riesgos.
  • c) Se configuren sobre la base de un equilibrio entre el cumplimiento de objetivos a corto, medio y largo plazo, que permitan remunerar el rendimiento por un desempeño continuado durante un período de tiempo suficiente para apreciar su contribución a la creación sostenible de valor, de forma que los elementos de medida de ese rendimiento no giren únicamente en torno a hechos puntuales, ocasionales o extraordinarios.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que el pago de los componentes variables de la remuneración quede sujeto a una comprobación suficiente de que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de otro tipo previamente establecidas. Las entidades incluirán en el informe anual de remuneraciones de los consejeros los criterios en cuanto al tiempo requerido y métodos para tal comprobación en función de la naturaleza y características de cada componente variable.

Que, adicionalmente, las entidades valoren el establecimiento de una cláusula de reducción ('malus') basada en el diferimiento por un período suficiente del pago de una parte de los componentes variables que implique su pérdida total o parcial en el caso de que con anterioridad al momento del pago se produzca algún evento que lo haga aconsejable.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que las remuneraciones relacionadas con los resultados de la sociedad tomen en cuenta las eventuales salvedades que consten en el informe del auditor externo y minoren dichos resultados.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que un porcentaje relevante de la remuneración variable de los consejeros ejecutivos esté vinculado a la entrega de acciones o de instrumentos financieros referenciados a su valor.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que una vez atribuidas las acciones, las opciones o instrumentos financieros correspondientes a los sistemas retributivos, los consejeros ejecutivos no puedan transferir su titularidad o ejercitarlos hasta transcurrido un plazo de al menos tres años.

Se exceptúa el caso en el que el consejero mantenga, en el momento de la transmisión o ejercicio, una exposición económica neta a la variación del precio de las acciones por un valor de mercado equivalente a un importe de al menos dos veces su remuneración fija anual mediante la titularidad de acciones, opciones u otros instrumentos financieros.

Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar para satisfacer los costes relacionados con su adquisición o, previa apreciación favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, para hacer frente a situaciones extraordinarias sobrevenidas que lo requieran.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que los acuerdos contractuales incluyan una cláusula que permita a la sociedad reclamar el reembolso de los componentes variables de la remuneración cuando el pago no haya estado ajustado a las condiciones de rendimiento o cuando se hayan abonado atendiendo a datos cuya inexactitud quede acreditada con posterioridad.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que los pagos por resolución o extinción del contrato no superen un importe equivalente a dos años de la retribución total anual y que no se abonen hasta que la sociedad haya podido comprobar que el consejero ha cumplido con los criterios o condiciones establecidos para su percepción.

A efectos de esta recomendación, entre los pagos por resolución o extinción contractual se considerarán cualesquiera abonos cuyo devengo u obligación de pago surja como consecuencia o con ocasión de la extinción de la relación contractual que vinculaba al consejero con la sociedad, incluidos los importes no previamente consolidados de sistemas de ahorro a largo plazo y las cantidades que se abonen en virtud de pactos de no competencia post-contractual.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

H. OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS

    1. Si existe algún aspecto relevante en materia de gobierno corporativo en la sociedad o en las entidades del grupo que no se haya recogido en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas de gobierno en la entidad o su grupo, detállelos brevemente.
    1. Dentro de este apartado, también podrá incluirse cualquier otra información, aclaración o matiz relacionado con los anteriores apartados del informe en la medida en que sean relevantes y no reiterativos.

En concreto, se indicará si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de la exigida en el presente informe.

  1. La sociedad también podrá indicar si se ha adherido voluntariamente a otros códigos de principios éticos o de buenas prácticas, internacionales, sectoriales o de otro ámbito. En su caso, se identificará el código en cuestión y la fecha de adhesión. En particular, hará mención a si se ha adherido al Código de Buenas Prácticas Tributarias, de 20 de julio de 2010:

No existe ningún otro aspecto en materia de gobierno corporativo que por su relevancia deba ser incluido en el presente informe.

Tampoco se considera necesario realizar ningún tipo de aclaración sobre la información contenida en el informe.

En materia de Gobierno Corporativo la Sociedad únicamente se encuentra sometida a la legislación española, sin que de forma voluntaria se haya adherido a otros códigos de principios éticos o de buenas prácticas.

Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha:

28/04/2022

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.

[ ] [ √ ] Sí No