Skip to main content

AI assistant

Sign in to chat with this filing

The assistant answers questions, extracts KPIs, and summarises risk factors directly from the filing text.

Molinos Agro S.A. Audit Report / Information 2021

Feb 2, 2021

68632_rns_2021-02-02_0e8bbc43-f8f2-4ac2-8999-eb624a9bbf13.pdf

Audit Report / Information

Open in viewer

Opens in your device viewer

MOLINOS AGRO S.A. ACTA DE COMISION FISCALIZADORA Nº 27

A los 2 días del mes de febrero de 2021, siendo las 8 horas, se reúnen en Uruguay 4075, Victoria, provincia de Buenos Aires, los miembros de la Comisión Fiscalizadora de Molinos Agro S.A. (en adelante, la “Sociedad”) que firman al pie de la presente, señores Juan Manuel Gonzalez Bueno, Enrique Rodríguez Castelli y Pedro Donato.

Toma la palabra el Sr. Enrique Rodriguez Castelli quien manifiesta que, encontrándose la actividad agropecuaria calificada como esencial, y teniendo en cuenta la normativa emitida por la situación de emergencia sanitaria decretada en nuestro país como consecuencia del brote de coronavirus COVID-19 declarado pandemia por la Organización Mundial de la Salud, se celebra la presente reunión, habiéndose tomado todos los recaudos sanitarios determinados por la autoridad competente. Sentado lo expuesto, el Sr. Enrique Rodriguez Castelli pone a consideración los siguientes temas:

(1) Revisión de los Estados Financieros condensados correspondientes al período de nueve meses finalizado el 31 de diciembre de 2020. Continúa con la palabra el Sr. Enrique Rodriguez Castelli quien informa que corresponde considerar el Estado consolidado del Resultado Integral, Estado consolidado de Situación Financiera, Estado consolidado de Cambios en el Patrimonio, Estado consolidado de Flujos de Efectivo, Notas a los Estados Financieros consolidados condensados, Estado separado del Resultado Integral, Estado separado de situación financiera, Estado separado de cambios en el patrimonio, Estado

separado de Flujos de Efectivo y notas a los Estados Financieros separados condensados correspondientes al período comprendido entre el 1º de abril y el 31 de diciembre de 2020. Se deja constancia que para la revisión de la documentación contable se ha tenido en cuenta el informe del auditor externo Pistrelli, Henry Martin y asociados S.R.L., de fecha 2 de febrero de 2021, el cual fue emitido de acuerdo con las normas de auditoría vigentes en Argentina para la revisión limitada de estados contables.

Seguidamente toma la palabra el Sr. Juan Manuel Gonzalez Bueno quien informa que en el área de su competencia se han aplicado todos aquellos controles de legalidad prescriptos en el art. 294 de la Ley General de Sociedades (LGS) que se consideraron necesarios de acuerdo a las circunstancias, a fin de verificar el grado de cumplimiento, por parte de los órganos sociales, de la LGS, de las normas de la Inspección General de Justicia, del Estatuto y resoluciones asamblearias, no surgiendo observaciones que formular. Luego de un intercambio de ideas, se aprueban por unanimidad las tareas realizadas.

Seguidamente se pasa a considerar el segundo punto de la Agenda: (2) Informe de la Comisión: Toma la palabra el Sr. Enrique Rodriguez Castelli quien manifiesta que, habiéndose completado las tareas previstas en la LGS, corresponde emitir el correspondiente informe, por lo cual somete a consideración su texto. Luego de un intercambio, se aprueba por unanimidad el informe de la Comisión Fiscalizadora que se transcribe al final de la presente acta.

Seguidamente se pasa a considerar el tercer punto de la Agenda: (3) Delegación de la firma del informe y demás documentación relacionada: Toma la palabra el Sr. Enrique Rodríguez Castelli quien propone que, a los efectos de facilitar el proceso de la emisión de la documentación, el informe como cualquier otra documentación relacionada con el mismo sea firmada, en representación de la Comisión Fiscalizadora, por cualquiera de sus miembros en ejercicio. Luego de un intercambio de ideas se aprueba por unanimidad el punto.

Se transcribe a continuación el informe de la Comisión Fiscalizadora:

INFORME DE COMISION FISCALIZADORA

A los Señores Accionistas de MOLINOS AGRO S.A.

De nuestra consideración:

Introducción

  • De acuerdo con lo requerido por el Reglamento de Bolsas y Mercados Argentinos S.A., hemos efectuado el trabajo mencionado en el párrafo siguiente en relación a los estados financieros separados y consolidados condensados de período intermedio adjuntos de MOLINOS AGRO S.A. y su sociedad controlada que comprenden: (a) los estados separados y consolidados de situación financiera al 31 de diciembre de 2020, (b) los estados separados y consolidados del resultado integral por el periodo de nueve meses finalizado el 31 de diciembre de 2020, los estados separados y consolidados de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo por el período de nueve meses finalizado en esa misma fecha, y (c) las notas explicativas seleccionadas Los documentos citados son responsabilidad del Directorio de la Sociedad en ejercicio de sus funciones exclusivas.

Alcance del trabajo

  1. Nuestro trabajo sobre los estados financieros separados y consolidados adjuntos consistió en verificar la congruencia de la información significativa contenida en dichos estados financieros con la información de las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para la realización de dicho trabajo hemos tenido en cuenta los informes sobre revisión de estados financieros separados condensados de período intermedio y de estados financieros consolidados condensados de período intermedio de los auditores externos Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L. de fecha 2 de febrero de 2021, emitidos de acuerdo con la Norma Internacional sobre Encargos de Revisión 2410 “Revisión de información financiera de periodos intermedios realizada por el auditor independiente de la entidad”, emitida por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (“IAASB” por sus siglas en inglés). No hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los criterios y decisiones empresarias de administración, financiación, comercialización y producción, dado que estas cuestiones son de responsabilidad exclusiva del Directorio de la Sociedad. Consideramos que nuestro trabajo y el informe de los auditores externos nos brindan una base razonable para fundamentar nuestro informe.

Conclusión

  1. Basados en el trabajo realizado, nada ha llamado nuestra atención que nos hiciera pensar que:

  2. a. Los estados financieros separados y consolidados condensados de período intermedio mencionados en el párrafo 1 no están preparados, de conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad N° 34, y las normas pertinentes de la Ley General de Sociedades y de la Comisión Nacional de Valores.

Informe sobre otros requerimientos legales y regulatorios

  1. Con relación al cumplimiento por parte de MOLINOS AGRO S.A. respecto de la constitución de garantías de los Directores, de conformidad con lo requerido por la legislación vigente, no tenemos observaciones que mencionar al respecto.

  2. Informamos además, en cumplimiento de disposiciones legales vigentes que en ejercicio del control de legalidad que nos compete, hemos aplicado durante el período, los restantes procedimientos descriptos en el artículo N° 294 de la Ley General de

Sociedades N° 19.550, que consideramos necesarios de acuerdo con las circunstancias, no teniendo observaciones que formular al respecto.

  1. En relación a las exigencias establecidas por la Comisión Nacional de Valores respecto al Patrimonio Neto Mínimo dispuesto en el artículo 13 del Capítulo II, Título VII de la norma (N.T. 2013) y en el Criterio Interpretativo No. 55, no tenemos observaciones que formular, en lo que es materia de nuestra competencia, sobre la información contenida en la nota 21, a los estados financieros separados condensados al 31 de diciembre de 2020.

Los estados contables surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes y se encuentran transcriptos en el libro de Inventario y Balances.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de febrero de 2021

Por Comisión Fiscalizadora

Enrique Rodriguez Castelli Síndico en representación de la Comisión Fiscalizadora Abogado CPACF T° 45 F° 785.

No habiendo más asuntos que tratar, previa lectura, firma y aprobación del acta, siendo las 9 horas se levanta la sesión.

ENRIQUE R. CASTELLI JUAN MANUEL G. BUENO PEDRO DONATO