Remuneration Information • Apr 30, 2015
Remuneration Information
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FECHA FIN DEL EJERCICIO DE REFERENCIA 31/12/2014
C.I.F. A08348740
DENOMINACIÓN SOCIAL
MOBILIARIA MONESA, S.A.
DOMICILIO SOCIAL
AVENIDA PAU CASALS, 22 3º, BARCELONA
A.1 Explique la política de remuneraciones de la Sociedad. Dentro de este epígrafe se incluirá información sobre:
La política de remuneraciones para el presente ejercicio 2015 se encuentra recogido en el informe elaborado a tal efecto por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de la Compañía, que ha variado significativamente respecto del ejercicio anterior y que se transcribe a continuación:
De conformidad con las modificaciones introducidas por la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, en la Ley de Sociedades de Capital (en adelante LSC) y conforme al nuevo artículo 529 novodecies LSC, se establece que la política de remuneraciones de los Consejeros se apruebe por la Junta General de Accionistas al menos cada tres años y que la propuesta de dicha política de remuneraciones sea motivada y vaya acompañada de un informe específico elaborado por la Comisión de Retribuciones.
A tal efecto y de conformidad con lo previsto en la legislación, el cargo de Consejero deberá ser necesariamente remunerado (artículo 529 sexdecies LSC) y en los Estatutos Sociales deberá indicarse expresamente el sistema de retribución de los Consejeros, determinando los conceptos retributivos a percibir por éstos (artículo 217 LSC).
Es por ello que en la misma Junta General de Accionistas a la que, en su caso, se someta el presente Informe sobre política de remuneraciones de los Consejeros, se prevé la modificación del artículo 18 de los Estatutos Sociales en aras a identificar los concretos parámetros en los que se basa dicha retribución.
El Consejo de Administración es el órgano competente para revisar la política de retribución de los Consejeros, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 249 bis y 529 septedecies LSC, adoptando las medidas que estime más convenientes para su mantenimiento, corrección o mejora; siempre de conformidad con la normativa interna de la Compañía y con la legislación aplicable que en cada caso corresponda.
La Comisión de Retribuciones y Nombramientos asiste al Consejo de Administración en dicha función, de conformidad con lo previsto en el apartado f) del punto tercero del artículo 529 quindecies LSC y en el punto segundo del artículo 529 novodecies; y, a tal efecto, revisa la retribución de los Consejeros para que guarde relación con el desempeño profesional de los mismos y sea transmitida con total transparencia al mercado, proponiendo al Consejo de Administración las medidas que estima más convenientes al respecto.
En consecuencia, se encarga de (i) preparar las decisiones relativas a las remuneraciones, (ii) informar de la política general de retribuciones y (iii) revisar que la composición y la cuantía de la retribución de los Consejeros para que sea acorde al ejercicio de sus funciones en la Compañía y el Grupo.
En concreto la política de retribuciones, para el ejercicio 2015 se basará en:
1.- Dietas de asistencia a los órganos de los que cada uno de los Consejeros sea miembro.
2.- Remuneraciones que previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y por acuerdo del Consejo de Administración, se consideren procedentes por el desempeño en la Sociedad de otras funciones del Consejero, distintas de las de supervisión y decisión colegiada que desarrollan como meros miembros del Consejo.
3.- Para el presente ejercicio no se prevé que existan componentes variables de remuneración.
En cuanto a las dietas de asistencia, se prevé (igual que en anteriores ejercicios):
Que cada Consejero perciba por su asistencia efectiva a las sesiones del Consejo de Administración, un importe de 500 euros brutos por sesión.
Que cada miembro de la Comisión Ejecutiva Delegada perciba por su asistencia efectiva a las sesiones un importe de 1.500 euros brutos por sesión.
Que cada miembro del Comité de Auditoría y Cumplimiento perciba por su asistencia efectiva a las sesiones un importe de 1.500 euros brutos por sesión.
Que, atendido que los miembros de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones son los mismos del Comité de Auditoría y Cumplimiento, dichos miembros no percibirán remuneración alguna por pertenecer y asistir a las sesiones de la primera.
En cuanto a las remuneraciones, el Presidente del Consejo de Administración, por sus funciones de representación de la Compañía y del Grupo, tiene suscrito con la Compañía desde 2012 un contrato de prestación de servicios, con renovación tácita año a año, por el que percibe 80 miles de euros y cuyo importe no ha variado desde esa fecha. Para el ejercicio 2015 se ha propuesto y acordado por el Consejo de Administración (sesión de fecha 23 de febrero de 2015) mantenerlo en sus mismos términos y sin variación en cuanto a su importe. Asimismo, se prevé un importe para remuneraciones derivadas de la prestación de servicios de Consejeros en atención a la especial dedicación en los aspectos que sean necesarios y que, en su caso, será aprobada por el Consejo de Administración, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
El importe máximo anual a percibir por los Consejeros y que comprende todos los conceptos antes indicados, asciende al importe de 248.000 euros.
A.2 Información sobre los trabajos preparatorios y el proceso de toma de decisiones que se haya seguido para determinar la política de remuneración y papel desempeñado, en su caso, por la Comisión de Retribuciones y otros órganos de control en la configuración de la política de remuneraciones. Esta información incluirá, en su caso, el mandato y la composición de la Comisión de Retribuciones y la identidad de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado para definir la política retributiva. Igualmente se expresará el carácter de los consejeros que, en su caso, hayan intervenido en la definición de la política retributiva.
De conformidad con lo previsto en la normativa de aplicación, tras la entrada en vigor de la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, que modifica la Ley de Sociedades de Capital, la Compañía cuenta con una Comisión de Nombramientos y Retribuciones que se encarga de realizar las propuestas sobre política de retribuciones al Consejo de Administración, en los parámetros establecidos en dicha normativa.
Dicha Comisión de Nombramientos y Retribuciones, constituida en el presente año de conformidad con la normativa indicada, sustituye en estas funciones al anterior Comité de Auditoría y Nombramientos.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones se encuentra integrada por dos consejeros independientes, siendo uno de ellos su Presidente, y por un consejero dominical.
En el ejercicio de las facultades que se le atribuyen por la Ley de Sociedades de Capital, la Comisión conoce los concretos servicios que se prestan por los Consejeros a la Sociedad y el Grupo Monesa y, en función de los mismos y la dedicación que cada uno de los miembros presta a la Compañía por su pertenencia a los órganos de los que sea integrante, percibe una cantidad acorde con las funciones desempeñadas.
Atendida la dimensión de la Compañía, no se ha contado con asesores externos para definir la política retributiva.
A.3 Indique el importe y la naturaleza de los componentes fijos, con desglose, en su caso, de las retribuciones por el desempeño de funciones de la alta dirección de los consejeros ejecutivos, de la remuneración adicional como presidente o miembro de alguna comisión del consejo, de las dietas por participación en el consejo y sus comisiones u otras retribuciones fijas como consejero, así como una estimación de la retribución fija anual a la que den origen. Identifique otros beneficios que no sean satisfechos en efectivo y los parámetros fundamentales por los que se otorgan.
Tal y como se ha indicado en el apartado A.1., la política de retribuciones para el ejercicio 2015 se basará en:
1.- Dietas de asistencia a los órganos de los que cada uno de los Consejeros sea miembro.
2.- Remuneraciones que previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y por acuerdo del Consejo de Administración, se consideren procedentes por el desempeño en la Sociedad de otras funciones del Consejero, distintas de las de supervisión y decisión colegiada que desarrollan como meros miembros del Consejo.
3.- Para el presente ejercicio no se prevé que existan componentes variables de remuneración.
En cuanto a las dietas de asistencia, se prevé (igual que en anteriores ejercicios):
Que cada Consejero perciba por su asistencia efectiva a las sesiones del Consejo de Administración, un importe de 500 euros brutos por sesión.
Que cada miembro de la Comisión Ejecutiva Delegada perciba por su asistencia efectiva a las sesiones un importe de 1.500 euros brutos por sesión.
Que cada miembro del Comité de Auditoría y Cumplimiento perciba por su asistencia efectiva a las sesiones un importe de 1.500 euros brutos por sesión.
Que, atendido que los miembros de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones son los mismos del Comité de Auditoría y Cumplimiento, dichos miembros no percibirán remuneración alguna por pertenecer y asistir a las sesiones de la primera.
En cuanto a las remuneraciones, el Presidente del Consejo de Administración, por sus funciones de representación de la Compañía y del Grupo, tiene suscrito con la Compañía desde 2012 un contrato de prestación de servicios, con renovación tácita año a año, por el que percibe 80 miles de euros y cuyo importe no ha variado desde esa fecha. Para el ejercicio 2015 se ha propuesto y acordado por el Consejo de Administración (sesión de fecha 23 de febrero de 2015) mantenerlo en sus mismos términos y sin variación en cuanto a su importe. Asimismo, se prevé un importe para remuneraciones derivadas de la prestación de servicios de Consejeros en atención a la especial dedicación en los aspectos que sean necesarios y que, en su caso, será aprobada por el Consejo de Administración, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
El importe máximo anual a percibir por los Consejeros y que comprende todos los conceptos antes indicados, asciende al importe de 248.000 euros.
El fundamento de dichos sistemas de retribución variable o planes, los criterios de evaluación del desempeño elegidos, así como los componentes y métodos de evaluación para determinar si se han cumplido o no dichos criterios de evaluación y una estimación del importe absoluto de las retribuciones variables a las que daría origen el plan retributivo vigente, en función del grado de cumplimiento de las hipótesis u objetivos que tome como referencia.
En su caso, se informará sobre los periodos de diferimiento o aplazamiento de pago que se hayan establecido y/o los periodos de retención de acciones u otros instrumentos financieros si existieran.
La sociedad no ha previsto remuneración variable para el ejercicio 2015.
A.5 Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, financiados parcial o totalmente por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, con una estimación de su importe o coste anual equivalente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.
Indique también las aportaciones a favor del consejero a planes de pensiones de aportación definida; o el aumento de derechos consolidados del consejero, cuando se trate de aportaciones a planes de prestación definida.
| Explique los sistemas de ahorro a largo plazo |
|---|
| No hay establecidos sistemas de ahorro a largo plazo para los Consejeros. |
A.6 Indique cualesquiera indemnizaciones pactadas o pagadas en caso de terminación de las funciones como consejero.
Explique las indemnizaciones
No hay establecidas indemnizaciones pactadas o pagadas en caso de terminación de las funciones como Consejero.
A.7 Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual.
Explique las condiciones de los contratos de los consejeros ejecutivos
La Sociedad no dispone de Consejeros con el carácter de "ejecutivo".
A.8 Explique cualquier remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
Explique las remuneraciones suplementarias
Durante el ejercicio 2014 y en el ejercicio 2015, hasta la fecha, no se ha devengado a los Consejeros remuneración suplementaria alguna como contraprestación a servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
A.9 Indique cualquier retribución en forma de anticipos, créditos y garantías concedidos, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.
Durante el ejercicio 2014 y en el presente ejercicio en curso, hasta la fecha, los Consejeros no han percibido ninguna retribución en forma de anticipos, créditos o garantías.
Explique las remuneraciones en especie
Los Consejeros no perciben remuneración alguna en especie.
A.11 Indique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tenga como fin remunerar los servicios de éste en la sociedad.
Explique las remuneración devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero
Durante el ejercicio 2014, el Consejero D. Oriol Huguet por los servicios que presta a la compañía en el desempeño de sus funciones como experto en materia contable y de auditoría en el Comité de Auditoría y Nombramientos, percibió de la Sociedad, a través de otra Compañía, una retribución de 18.325 euros.
A.12 Cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualesquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, especialmente cuando tenga la consideración de operación vinculada o su emisión distorsione la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero.
No es de aplicación a los Consejeros en el ejercicio 2015, por no existir en la política de retribuciones otros conceptos retributivos distintos a los que se ha hecho mención anteriormente.
A.13 Explique las acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso, una referencia a: medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo plazo de la sociedad, medidas que establezcan un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, fórmulas o cláusulas de recobro para poder reclamar la devolución de los componentes variables de la remuneración basados en los resultados cuando tales componentes se hayan pagado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta y medidas previstas para evitar conflictos de intereses, en su caso.
El principio general para el establecimiento de la política retributiva es el de generación de valor para el Grupo y el alineamiento con los intereses de los accionistas, asegurando la máxima transparencia. Sin perjuicio de lo anterior, atendida la situación actual de la Compañía y del Grupo, no se dispone de Consejeros con el carácter de "ejecutivo" y, por tanto, no se ha previsto remuneración variable para el ejercicio 2015.
B.1 Realice una previsión general de la política de remuneraciones para ejercicios futuros que describa dicha política con respecto a: componentes fijos y dietas y retribuciones de carácter variable, relación entre la remuneración y los resultados, sistemas de previsión, condiciones de los contratos de consejeros ejecutivos, y previsión de cambios más significativos de la política retributiva con respecto a ejercicios precedentes.
Para los ejercicios siguientes a presente, no se prevén cambios en la política de retribuciones del Consejo de Administración, atendido que se prevé que no varíe de forma sustancial el importe de las dietas de asistencia a las reuniones que, en su caso, se celebren, ni tampoco en relación con el resto de retribuciones previstas para el Presidente del Consejo de Administración o para la prestación de servicios vinculados al cargo de los consejeros.
Asimismo, a los efectos que correspondan, se deja constancia que la Sociedad no dispone de Consejeros con el carácter de "ejecutivo" ni tampoco tiene previsto su nombramiento para próximos ejercicios.
Explique el proceso de tomas de decisiones para la configuración de la política de remuneraciones
De conformidad con lo previsto en el Informe elaborado por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones sobre Política de Retribuciones de los Consejeros cuyo contenido se prevé proponer a la Junta General de Accionistas para el ejercicio en curso, las retribuciones se refieren al ejercicio 2015, si bien son similares a las del ejercicio 2014 y no se prevén cambios para ejercicios futuros.
En cualquier caso, si para ejercicios futuros se previera el aumento en el importe de global anual de la retribución, deberá ser sometido a la primera Junta General de Accionistas que se celebre, de conformidad con lo previsto en las disposiciones de la Ley de Sociedades de Capital.
Explique los incentivos creados para reducir riesgos
No existe previsión sobre incentivos en el sistema de remuneración.
C.1 Explique de forma resumida las principales características de la estructura y conceptos retributivos de la política de remuneraciones aplicada durante el ejercicio cerrado, que da lugar al detalle de las retribuciones individuales devengadas por cada uno de los consejeros que se reflejan en la sección D del presente informe, así como un resumen de las decisiones tomadas por el consejo para la aplicación de dichos conceptos.
Explique la estructura y conceptos retributivos de política de retribuciones aplicada durante el ejercicio
Durante el ejercicio 2014, de conformidad con los acuerdos adoptados en la Junta General de Accionistas celebrada en fecha 18 de Junio de 2014, dentro del punto del Orden del Día "Fijación de la retribución del Consejo de Administración y de sus Comisiones Delegadas para el ejercicio 2014" se adoptaron los siguientes acuerdos:
2.RETRIBUCIÓN DEL COMITÉ DE AUDITORÍA: Fijar o establecer una retribución fija, durante el ejercicio 2014, por importe de 1.500 euros brutos para cada miembro del Comité de Auditoría y por cada asistencia efectiva a las sesiones del Comité de Auditoría que se celebren.
3.RETRIBUCIÓN DE LA COMISIÓN EJECUTIVA DELEGADA: Fijar o establecer una retribución fija, durante el ejercicio 2014, por importe de 1.500 euros brutos para cada miembro de la Comisión Ejecutiva y por cada asistencia efectiva a las sesiones de la Comisión Ejecutiva que se celebren.
En relación con el Presidente del Consejo de Administración, presta servicios de representación de la Compañía, de conformidad con lo que se informó en el Informe de Retribuciones de ejercicios anterior, que fue sometido a la pasada Junta General de Accionistas. Por dicha prestación de servicios el Presidente INVERSIONES GUINART 2001, S.L. ha percibido en 2014, además de las dietas que en su caso le corresponden una retribución de 80 miles de euros anuales, que no ha variado respecto de la percibida durante los ejercicios 2012 y 2013 por el mismo concepto.
Asimismo, los Consejeros Oriol Huguet (de forma indirecta) y la persona física representante del Consejero RADE 2000, S.L. (D. Pedro Palay) perciben retribuciones por su pertenencia a comisiones del Consejo distintas a las dietas (de conformidad con las definiciones establecidas en la Circular 4/2013, de 12 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores) y, en especial en atención a los trabajos y encargos profesionales realizados en ejercicio de su cargo. En concreto dichas retribuciones han ascendido durante el ejercicio 2014 a 18 y 19 miles de euros respectivamente.
Durante el ejercicio 2014 los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad no han percibido remuneración en concepto de participación en beneficios o primas, ni indemnizaciones, ni tienen concedidos créditos ni anticipos. Tampoco han percibido acciones ni opciones sobre acciones durante el ejercicio, ni tienen opciones pendientes de ejercitar.
En concreto y por los conceptos indicados los Consejeros han percibido un importe total de 248 miles de euros por los siguientes conceptos: 131 mil euros por dietas, 80 mil euros por prestación de servicios de representación por parte del Presidente más 37 mil euros como remuneración por pertenencia a comisiones del Consejo, todos ellos con el desglose indicado en el presente apartado y en el cuadro del apartado D1.
| Nombre | Tipología | Período de devengo ejercicio 2014 |
|---|---|---|
| INVERSIONES GUINART SL GUINART VILLARET | Dominical | Desde 01/01/2014 hasta 31/12/2014. |
| ORIOL HUGUET GALI | Independiente | Desde 01/01/2014 hasta 31/12/2014. |
| ERNESTO CELLA RAYMOND | Dominical | Desde 01/01/2014 hasta 31/12/2014. |
| ENRIQUE VIOLA TARRAGONA | Independiente | Desde 01/01/2014 hasta 31/12/2014. |
| CARLOS FERRAN CALDERO | Dominical | Desde 01/01/2014 hasta 31/12/2014. |
| ALBERT GUINART ROYO | Dominical | Desde 01/01/2014 hasta 31/12/2014. |
| CAHISPA, S.A. DE SEGUROS DE VIDA CABO LOPEZ | Dominical | Desde 01/01/2014 hasta 31/12/2014. |
| ROSE RED, S.L. GUILLO VIVE | Dominical | Desde 01/01/2014 hasta 31/12/2014. |
| RADE 2000, S.L. PALAY ARTIGUES | Dominical | Desde 01/01/2014 hasta 31/12/2014. |
D.1 Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración individualizada de cada uno de los consejeros (incluyendo la retribución por el ejercicio de funciones ejecutivas) devengada durante el ejercicio.
a) Retribuciones devengadas en la sociedad objeto del presente informe:
i) Retribución en metálico (en miles de €)
| Nombre | Sueldos | Remuneración fija |
Dietas | Retribución variable a corto plazo |
Retribucion variable a largo plazo |
Remuneración por pertenencia a comisiones del Consejo |
Indemnizaciones | Otros conceptos |
Total año 2014 |
Total año 2013 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| ORIOL HUGUET GALI | 0 | 0 | 36 | 0 | 0 | 18 | 0 | 0 | 54 | 58 |
| ERNESTO CELLA RAYMOND | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 3 |
| ENRIQUE VIOLA TARRAGONA | 0 | 0 | 36 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 36 | 34 |
| CARLOS FERRAN CALDERO | 0 | 0 | 3 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 3 | 3 |
| ALBERT GUINART ROYO | 0 | 0 | 19 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 19 | 19 |
| Nombre | Sueldos | Remuneración fija |
Dietas | Retribución variable a corto plazo |
Retribucion variable a largo plazo |
Remuneración por pertenencia a comisiones del Consejo |
Indemnizaciones | Otros conceptos |
Total año 2014 |
Total año 2013 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| CAHISPA, S.A. DE SEGUROS DE VIDA CABO LOPEZ | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 |
| ROSE RED, S.L. GUILLO VIVE | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 |
| RADE 2000, S.L. PALAY ARTIGUES | 0 | 0 | 19 | 0 | 0 | 19 | 0 | 0 | 38 | 48 |
| INVERSIONES GUINART SL GUINART VILLARET | 0 | 0 | 19 | 0 | 0 | 0 | 0 | 80 | 99 | 101 |
ii) Sistemas de retribución basados en acciones
iii) Sistemas de ahorro a largo plazo
i) Retribución en metálico (en miles de €)
| Nombre | Sueldos | Remuneración fija |
Dietas | Retribución variable a corto plazo |
Retribucion variable a largo plazo |
Remuneración por pertenencia a comisiones del Consejo |
Indemnizaciones | Otros conceptos |
Total año 2014 |
Total año 2013 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
ii) Sistemas de retribución basados en acciones
iii) Sistemas de ahorro a largo plazo
Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
En el caso de los Sistemas de Ahorro a largo plazo, se incluirán las aportaciones o dotaciones realizadas a este tipo de sistemas:
| Nombre | Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | Totales | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Total Retribución metálico |
Importe de las acciones otorgadas |
Beneficio bruto de las opciones ejercitadas |
Total ejercicio 2014 sociedad |
Total Retribución metálico |
Importe de las acciones entregadas |
Beneficio bruto de las opciones ejercitadas |
Total ejercicio 2014 grupo |
Total ejercicio 2014 |
Total ejercicio 2013 |
Aportación al sistemas de ahorro durante el ejercicio |
|||
| ORIOL HUGUET GALI | 54 | 0 | 0 | 54 | 0 | 0 | 0 | 0 | 54 | 58 | 0 | ||
| ERNESTO CELLA RAYMOND | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 3 | 0 | ||
| ENRIQUE VIOLA TARRAGONA | 36 | 0 | 0 | 36 | 0 | 0 | 0 | 0 | 36 | 34 | 0 | ||
| CARLOS FERRAN CALDERO | 3 | 0 | 0 | 3 | 0 | 0 | 0 | 0 | 3 | 3 | 0 | ||
| ALBERT GUINART ROYO | 19 | 0 | 0 | 19 | 0 | 0 | 0 | 0 | 19 | 19 | 0 | ||
| CAHISPA, S.A. DE SEGUROS DE VIDA CABO LOPEZ | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 | 0 | ||
| ROSE RED, S.L. GUILLO VIVE | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 | 0 | ||
| RADE 2000, S.L. PALAY ARTIGUES | 38 | 0 | 0 | 38 | 0 | 0 | 0 | 0 | 38 | 48 | 0 | ||
| INVERSIONES GUINART SL GUINART VILLARET | 99 | 0 | 0 | 99 | 0 | 0 | 0 | 0 | 99 | 101 | 0 | ||
| TOTAL | 249 | 0 | 0 | 249 | 0 | 0 | 0 | 0 | 249 | 268 | 0 |
D.2 Informe sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros.
No existe retribución variable
D.3 Informe del resultado de la votación consultiva de la junta general al informe anual sobre remuneraciones del ejercicio anterior, indicando el número de votos negativos que en su caso se hayan emitido:
| Número | % sobre el total |
|
|---|---|---|
| Votos emitidos | 1.994.669 | 69,99% |
| Número | % sobre el total |
|
|---|---|---|
| Votos negativos | 0 | 0,00% |
| Votos a favor | 1.480.572 | 74,23% |
| Abstenciones | 514.097 | 25,77% |
Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.
No hay ninguna otra información relevante en materia de remuneraciones respecto a los Consejeros.
Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha 25/03/2015.
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
Sí No X
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