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Mirgor — Regulatory Filings 2004
May 20, 2004
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Download source fileBuenos Aires, 17 de mayo de 2004
Señores
Bolsa de Comercio de Buenos Aires
Gerencia de Fiscalización
Sr. Roberto Chiaramoni
PRESENTE
Ref: FA 170853
Balance General al 31.12.03
De nuestra consideración:
Me dirijo a ustedes a fin de responder a vuestro requerimiento de la referencia:
- Nuevas normas contables:
1.1 Información comparativa:
En la nota 1.c) se brinda información de las razones que dieron lugar a la falta de adecuación de los estados contables presentados con propósitos comparativos relacionados con el Estado de Resultados, de Evolución del Patrimonio Neto y de Flujo de Efectivo (todos al 31.12.2002), en la cual se expresa que por razones de practicidad, oportunidad y equilibrio entre costos y beneficios, la Dirección de la Sociedad decidió computar los efectos resultantes de los cambios normativos (Ajuste de los resultados de ejercicios anteriores) sólo sobre la situación patrimonial al 31 de diciembre de 2002. A los efectos de proceder a una adecuada determinación de dicho ajuste de resultados de ejercicios anteriores hubiera correspondido corregir también el ejercicio concluido el 31 de diciembre de 2001 a los efectos de valuar dicho patrimonio de acuerdo con las nuevas normas contables y proceder a la determinación de ajuste de los resultados acumulados a dicha fecha, de forma tal de determinar el impacto que sólo afectó al ejercicio 2002. Ahora bien, dado que durante el ejercicio iniciado el 01 de enero de 2003 la Compañía comenzó con el criterio referido en el párrafo anterior y fue considerado en todos los períodos intermedios sin que tal criterio haya sido cuestionado con anterioridad, entendemos que los fundamentos y las razones esgrimidas son aplicables tanto a los estados contables de período intermedio como a los de cierre de ejercicio.
De lo expresado en los párrafos anteriores, surge que existe un volumen significativo de tareas administrativas para su determinación, sin que dicha tarea redunde en un beneficio para el usuario de los estados contables; a su vez esta circunstancia se mantendría solamente en el primer ejercicio de aplicación dado que a partir del ejercicio/período en curso los estados contables serán comparativos en tanto y en cuanto estarán elaborados con un mismo marco de referencia.
En consecuencia, en la nota 1.c) a los estados contables al 31.12.2003 se explicó que existen razones de costo para obtener dicha información y que los beneficios resultantes de su preparación no resultarían significativos para los usuarios, entendiendo que la información presentada por la Compañía resulta apta para satisfacer las necesidades los usuarios. A su vez el auditor en su informe de auditoría (párrafo 6 y 7.ii)) expresa que los estados contables presentados con fines comparativos no fueron modificados a fin de incorporar los cambios de valuación requeridos por las nuevas normas contables, e incluye una salvedad determinada en la opinión principal.
Asimismo, y teniendo en cuenta que no estaba prevista la distribución de dividendos se resolvió la solución práctica adoptada en los párrafos anteriores.
Por todo lo expresado en los párrafos anteriores entendemos que el usuario estaba adecuadamente informado de la falta de adecuación de la información del año 2002 presentada con propósito comparativo, y solicitamos analizar la posibilidad de dispensar a la sociedad del cumplimiento de dicho requisito, en un marco general donde entendemos que esta situación y el tratamiento dado por la Sociedad a la misma, resultan habituales.
1.2. Información por segmentos:
La Sociedad no ha presentado la información por segmentos por entender que no corresponde aplicar la Sección 8 de la Resolución Técnica N° 18, en tanto y en cuanto no existen segmentos de negocios distinguibles que estén sujetos a riesgos y rentabilidades distintas. Los negocios de Mirgor se concentran fuertemente en el mercado interno y en el negocio autopartista, proveyendo básicamente sistemas de aire acondicionado para rodados a las terminales automotrices situadas en la República Argentina. En lo que respecta al segmento geográfico, si bien la Compañía a través de su controlada Interclima Sociedad Anónima exporta productos al mercado brasilero, tales ingresos no superan las pautas establecidas en la norma (Sección 8, punto 2.3.).
- Informe del auditor:
El Auditor externo notifica que en su informe de fecha 10 de marzo de 2004 en el párrafo 8.b) manifiesta lo siguiente: "Los estados contables de Mirgor Sociedad Anónima, Comercial, Industrial, Financiera, Inmobiliaria y Agropecuaria surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las normas legales vigentes, excepto por lo indicado en la nota 9 a los estados contables adjuntos, y de acuerdo con las condiciones establecidas en la Disposición 1000/00 de la Inspección General de Justicia de Tierra del Fuego de fecha 13 de diciembre de 2000."
En consecuencia, entiende que se ha dado cumplimiento a lo requerido en la vista FA - 170853.
- Diferencia de inventario:
Durante el transcurso del ejercicio ocurrieron dos hechos que motivaron una diferencia de inventarios tal como se explica a continuación:
Dentro de los controles de activos que efectúa habitualmente la Compañía, se procedió a efectuar un recuento físico de las existencias de producto terminados destinados a mercados especiales, el que arrojó una diferencia entre las existencias físicas y los datos que arrojaba el sistema de inventario permanente. Como consecuencia de dicha diferencia, se procedió a iniciar un sumario administrativo a los responsables de la custodia de tales bienes, entre otros, e iniciar un juicio penal a los efectos de identificar a las personas que intervinieron en la sustracción de tales activos.
Asimismo, con fecha 25/05/03 siendo las 03.10 se produjo un robo comando del depósito sito en Guayaquil 4301, La Tablada, Provincia de Buenos Aires, el que logró reducir a la custodia del mismo y sustraer de la Compañía existencias de bienes de cambio. Cabe indicar que dicho siniestro fue compensado parcialmente con la cobertura del seguro contratado por la firma.
El juicio penal que involucra a ambos siniestros, está radicado en la U.F.I. NRO. 2 y a la fecha se encuentra en I.P.P. bajo el Nro. 179.160, siendo nuestro letrado patrocinante el Dr. Luis Deuteris.
Sin otro particular, y a su disposición por cualquier otra aclaración que sea necesaria, saludo a usted muy atentamente.
Dr. Mauricio Blacher
Apoderado