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Mirgor — Interim / Quarterly Report 2016
Nov 11, 2016
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SOCIEDAD ANÓNIMA
CARLOS PELLEGRINI 1149 PISO 11
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
ESTADOS CONTABLES POR EL PERÍODO DE NUEVE MESES
INICIADO EL 1° DE ENERO Y FINALIZADO EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2016
JUNTAMENTE CON EL INFORME DE REVISIÓN LIMITADA
Y DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
DIRECTORIO
CAPDO S.A.
PRESIDENTE
Dr. Mauricio Blacher
VICEPRESIDENTE
Lic. Lionel Bosich
DIRECTOR TITULAR
Lic. Fabio Rozenblum
DIRECTOR SUPLENTE
Ing. Eduardo Koroch
SÍNDICOS
Síndico Titular
Dr. Gustavo R. Chesta
Dr. Gonzalo Urien Berri
Dr. Gustavo F. Penna
Síndico Suplente
Dra. Graciela N. Del Hoyo
Dr. Ruben A. Ramaioli
Dra. Patricia D. Fandiño
INFORME DE REVISIÓN DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES
SOBRE ESTADOS CONTABLES DE PERÍODOS INTERMEDIOS
Señores
Directores de
CAPDO S A.
Domicilio Legal: Carlos Pellegrini 1149, 11° PISO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Identificación de los estados contables intermedios objeto de la revisión
Hemos revisado los estados contables adjuntos de CAPDO S.A. que comprenden el balance intermedio al 30 de septiembre de 2016, el estado de resultados, el estado de evolución del patrimonio neto y el estado de flujo de efectivo correspondientes al período de nueve meses terminado en dicha fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa incluidas en las notas y anexos que son parte integrante de los estados contables.
Las cifras y otra información correspondientes al ejercicio económico terminado el 31 de Diciembre de 2015 y al período de nueve meses terminado el 30 de septiembre de 2015 son parte integrante de los estados contables mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y con la información del período intermedio actual.
Responsabilidad de la Dirección en relación con los estados contables
La Dirección es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados contables adjuntos correspondientes al período intermedio mencionado precedentemente, de conformidad con las normas contables profesionales argentinas, y del control interno que la Dirección considere necesario para permitir la preparación de estados contables libres de incorrecciones significativas.
Responsabilidad de los auditores
Nuestra responsabilidad consiste en emitir una conclusión sobre los estados contables adjuntos basada en nuestra revisión. Hemos llevado a cabo nuestra revisión de conformidad con las normas de revisión de estados contables de períodos intermedios establecidas en la sección IV de la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Estas normas exigen que cumplamos los requerimientos de ética.
Una revisión limitada de estados contables de períodos intermedios consiste en realizar indagaciones, principalmente a las personas responsables de los temas financieros y contables, y aplicar procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión. Dicha revisión tiene un alcance significativamente menor que el de una auditoría y, por consiguiente, no nos permite obtener seguridad de que tomamos conocimiento de todos los temas significativos que podrían identificarse en una auditoría. En consecuencia, no expresamos opinión de auditoría.
Conclusión
Sobre la base de nuestra revisión, nada llamó nuestra atención que nos hiciera pensar que los estados contables adjuntos de CAPDO S.A. correspondientes al período de nueve meses terminado el 30 de septiembre de 2016, no están presentados en forma razonable, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con las normas contables profesionales argentinas.
Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios
Los Estados Contables Intermedios citados cumplen con lo dispuesto en la Ley General de Sociedades y en las resoluciones pertinentes de la Inspección General de Justicia. Dichos estados se encuentran transcriptos al Libro Inventario y Balances y han sido preparados a partir de registros contables llevados en sus aspectos formales de conformidad con normas legales, cuyas anotaciones concuerdan con las de sus auxiliares y demás documentación comprobatoria.
Al 30 de septiembre de 2016, de acuerdo con lo que surge de los registros contables, no existían deudas con los Organismos Nacionales de Recaudación Previsional debido a que CAPDO S.A. carecía de personal en relación de dependencia.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de noviembre de 2016
ESTUDIO URIEN & ASOCIADOS
C.P.C.E.C.A.B.A. - Tº I - Fº 47
Gustavo R. Chesta (Socio)
Contador Público (U.B.A.)
C.P.C.E.C.A.B.A. - Tº 118 - Fº 17
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
Señores Accionistas de
CAPDO SOCIEDAD ANONIMA
C.U.I.T. 30-62026761-5
Domicilio Legal: Carlos Pellegrini 1149, 11° Piso.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
I- Identificación de los Estados Contables objeto de revisión
En nuestro carácter de miembros de la Comisión Fiscalizadora, de acuerdo con lo requerido por la Ley de Sociedades Comerciales, hemos efectuado una revisión del estado de situación patrimonial de CAPDO SOCIEDAD ANONIMA al 30 de septiembre de 2016, de los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2016 y otra información explicativa incluidas en las notas y los anexos.
El Directorio de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación razonable de los Estados Contables de períodos intermedios antes mencionados, de acuerdo con las Normas Contables Profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El Directorio además es responsable del control interno que considere necesario para permitir la preparación de Estados Contables de períodos intermedios libres de distorsiones significativas, ya sea debido a errores o a irregularidades.
Nuestra responsabilidad, consiste en expresar una conclusión basada en la revisión que hemos realizado con el alcance detallado en el párrafo siguiente.
II- Alcance del trabajo
Nuestro trabajo fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes para la revisión de los estados contables de período intermedio e incluyó la verificación de la congruencia de los documentos examinados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Una revisión de información contable intermedia consiste en la realización de indagaciones al personal de la Sociedad responsable de la preparación de la información incluida en los estados contables intermedios y en la realización de procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión. El alcance de esta revisión es sustancialmente inferior al de un examen de auditoría realizado de acuerdo con las normas de auditoría, en consecuencia, una revisión no nos permite obtener seguridad de que tomaremos conocimiento sobre todos los temas significativos que podrían identificarse en una auditoría. Por lo tanto, no expresamos una opinión de auditoría sobre la situación financiera, el resultado integral y el flujo de efectivo de la Sociedad. Dado que no es responsabilidad de la comisión fiscalizadora efectuar un control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio de la Sociedad.
III- Conclusión
Basados en nuestra revisión, nada llamó nuestra atención que nos hiciera pensar que los estados contables intermedios mencionados en el primer párrafo de este informe correspondientes al período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2016, no están presentados en forma razonable. Adicionalmente, los mismos incluyen todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento.
IV- Informe sobre cumplimiento de disposiciones vigentes
Los Estados Contables adjuntos surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Manifestamos que durante el período intermedio hemos realizado, en cuanto correspondían, todas las tareas previstas por el artículo 294 de la Ley 19.550, incluyendo la asistencia a reuniones de Directorio.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de noviembre de 2016
GUSTAVO R. CHESTA
Contador Público (U.B.A.)
C.P.C.E.C.A.B.A. - Tº 118 - Fº 173
Por Comisión Fiscalizadora
ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO ECONÓMICO N° 37, POR EL PERÍODO DE NUEVE MESES INICIADO EL 1° DE ENERO Y FINALIZADO EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2016, COMPARATIVO CON EL EJERCICIO ANTERIOR Y CON EL MISMO PERÍODO DEL EJERCICIO ANTERIOR. (ver Nota 1.a)
Domicilio legal: Carlos Pellegrini 1149, 11° piso – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Actividad principal: Inmobiliaria.
Fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio:
- Del estatuto social: 16 de marzo de 1981.
- De las últimas reformas del estatuto: 19 de agosto de 1982, 16 de septiembre de 1986, 26 de noviembre de 1992 y 14 de marzo de 2006.
Número de registro de la Inspección General de Justicia (IGJ): 173.371.
Fecha de finalización del plazo de duración: 15 de marzo de 2080.
Sociedad Controlante: ver Nota 4.
Composición del capital: ver Nota 3.
| Suscripto, Integrado e Inscripto en el Registro Público de Comercio Acciones ordinarias de valor nominal $ 1 (Cifras expresadas en miles de pesos) | PESOS 7.000 |
ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL
AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2016,
COMPARATIVO CON EL EJERCICIO ANTERIOR
- Cifras expresadas en miles de pesos (Nota 1.a) -
ESTADO DE RESULTADOS
CORRESPONDIENTE AL PERÍODO DE NUEVE MESES FINALIZADO EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2016,
COMPARATIVO CON EL MISMO PERÍODO DEL EJERCICIO ANTERIOR
- Cifras expresadas en miles de pesos (Nota 1.a) -
ESTADO DE EVOLUCIÓN DEL PATRIMONIO NETO
CORRESPONDIENTE AL PERÍODO DE NUEVE MESES FINALIZADO EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2016,
COMPARATIVO CON EL MISMO PERÍODO DEL EJERCICIO ANTERIOR
- Cifras expresadas en miles de pesos (Nota 1.a) -
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO
CORRESPONDIENTE AL PERÍODO DE NUEVE MESES FINALIZADO EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2016,
COMPARATIVO CON EL MISMO PERÍODO DEL EJERCICIO ANTERIOR
- Cifras expresadas en miles de pesos (Nota 1.a) -
NOTA 1 – BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES
- Normas contables aplicadas en la preparación y presentación de los estados contables:
El Decreto Nº 664 del Poder Ejecutivo Nacional de fecha 20 de marzo de 2003 establece que los estados contables de ejercicios que cierren a partir de dicha fecha y que sean presentados a los diversos organismos de contralor, deberán estar expresados en moneda nominal. La I.G.J. a través de la Resolución 4/2003, establece que las entidades obligadas a presentar sus estados contables ante dicha institución discontinuarán, a partir del 1º de marzo de 2003, a todos los efectos, la aplicación del método de reexpresión de estados contables en moneda homogénea establecido por la Resolución Técnica (R.T.) Nº 6, con las modificaciones introducidas por la R.T. Nº 19 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.).
Los presentes estados contables al 30 de septiembre de 2016 han sido expresados en moneda constante, hasta el 31 de diciembre de 2002. La variación del Índice de Precios Internos al por Mayor (I.P.I.M.) entre diciembre de 2002 y febrero de 2003 fue de aproximadamente 0,69%. Mediante la Resolución del Consejo Directivo (C.D.) Nº 190/2003, de fecha 19 de noviembre de 2003, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P.C.E.C.A.B.A.), sostiene que en el país existe hoy una situación de estabilidad monetaria, y por lo tanto debe discontinuarse a partir del 1° de octubre de 2003 la aplicación del método de reexpresión en moneda homogénea establecida por la R.T. Nº 6 de la F.A.C.P.C.E., modificada por la R.T. Nº 19 de la F.A.C.P.C.E. La variación del I.P.I.M. entre febrero y septiembre de 2003 fue de aproximadamente -2,10%.
Al respecto, la RT N° 39 "Modificación de las RT N° 6 y 17. Expresión en moneda homogénea", y la Interpretación N° 8 "Aplicación del párrafo 3.1 - Expresión en moneda homogénea - de la RT N° 17", emitidas por la Federación Argentinas de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires introdujeron como indicador clave y condición necesaria para reexpresar las cifras de los estados contables, la existencia de una tasa de inflación acumulada en tres años que alcance o sobrepase el 100%, considerando para ello el índice de precios internos al por mayor (IPIM), del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). Por otra parte, la RT 6, modificada por la RT 39, establece que si tras un período de interrupción de ajuste de los estados contables para reflejar el efecto de los cambios ocurridos en el poder adquisitivo de la moneda fuera necesario reanudar el ajuste, el mismo aplicará desde el comienzo del ejercicio en que se verifique la existencia de las características que identifican un contexto de inflación, y los cambios a considerar serán los habidos desde el momento en que se interrumpió el ajuste o desde una fecha posterior de alta o de aplicación de un valor corriente, según corresponda a las partidas a ajustar.
A partir de la asunción del nuevo gobierno nacional producida el 10 de diciembre de 2015 se ha iniciado un proceso de reorganización del INDEC. Dicho organismo ha difundido los datos de inflación mensual medida sobre la base del IPIM partiendo del mes de enero de 2016, sin asignarle inflación específica a los meses de noviembre y diciembre de 2015. A la fecha de aprobación de los presentes estados contables, el último IPIM difundido por el INDEC corresponde al mes de septiembre de 2016 y la tasa acumulada de inflación correspondiente al período de tres años finalizado en ese mes, medida sobre la base del mencionado índice, es de aproximadamente 93%.
La información comparativa se presenta teniendo en cuenta lo establecido en las R.T. vigentes, es decir, la información comparativa del Estado de Situación Patrimonial se relaciona con el mismo estado a la fecha de cierre del ejercicio anual precedente, mientras que el Estado de Evolución del Patrimonio Neto, el Estado de Resultados y el Estado de Flujo de Efectivo se presentan en forma comparativa con las cifras del mismo período del ejercicio anterior. La restante información complementaria comparativa contiene las cifras comparativas que se consideran útiles para los usuarios de los estados contables del período corriente.
Normas Contables Profesionales – Normas Internacionales de Información Financiera (N.I.I.F.):
La sociedad controlante Mirgor S.A.C.I.F.I.A., presenta sus estados financieros de acuerdo con las Normas Contables Profesionales vigentes en la Provincia de Tierra del Fuego y con las disposiciones vigentes de la Comisión Nacional de Valores (C.N.V.), que aprobó la Resolución General (R.G.) N° 622 (texto ordenado en 2013), la cual establece que las entidades emisoras de acciones y/u obligaciones negociables, con ciertas excepciones, están obligadas a preparar sus estados financieros aplicando la R.T. N° 26 (y modificatorias) de la F.A.C.P.C.E., que dispone la adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (N.I.I.F.) según las emitió el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (I.A.S.B., por su sigla en inglés), mientras que otras entidades, entre las cuales se encuentra la Sociedad, tendrán la opción de utilizar las N.I.I.F. o la N.I.I.F. para las PyMES en reemplazo de las normas contables profesionales argentinas vigentes (N.C.P.).
A través de la R.G. N° 622, se admite que las sociedades controladas por una emisora continúen presentando sus estados contables de acuerdo con las normas utilizadas para preparar estados contables con fines societarios o regulatorios, debiendo presentar en ese caso una reconciliación con las N.I.I.F. para el patrimonio neto, el resultado y el resultado integral. La Sociedad ha hecho uso de esta opción.
Considerando que la Sociedad ha preparado sus estados contables al 30 de septiembre de 2016 de acuerdo con las N.C.P., se incluyen a continuación las conciliaciones de patrimonio neto y resultado del ejercicio entre dichas normas y las resultantes de aplicar la R.T. Nº 26 (N.I.I.F.), conforme lo requerido por la R.G. N° 622 de la C.N.V.:
Conciliación del patrimonio neto al 30 de septiembre de 2016:
Conciliación del resultado neto correspondiente al período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2016:
(1) No existen participaciones no controladoras.
R.T. 31 “Modificación a las R.T. 9, 11, 16 y 17. Introducción del modelo de revaluación de bienes de uso excepto activos biológicos”
Esta norma fue emitida por la F.A.C.P.C.E. con fecha 25 de noviembre de 2011, y aprobada por el C.P.C.E.C.A.B.A. con vigencia para estados contables correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2012. Dicha norma incorpora el modelo de revaluación para los bienes de uso como alternativa al modelo de costo y establece normas de transición para el tratamiento contable de los saldos de revalúos determinados y contabilizados bajo normas contables o legales preexistentes, e introduce como nuevas categorías de activos a las "Propiedades de inversión" y a los "Activos no corrientes que se mantienen para su venta (incluyendo aquellos retirados del servicio)", a la vez que establece los criterios de medición aplicables a estas nuevas categorías.
Los presentes estados contables, están expresados en pesos argentinos y fueron confeccionados conforme a las normas contables de exposición y valuación contenidas en las R.T. emitidas por la F.A.C.P.C.E., aprobadas por el C.P.C.E.C.A.B.A.
Respecto de las modificaciones en la mencionada unificación de normas, el Directorio de la Sociedad informa que las mismas no han tenido un impacto significativo sobre los resultados y el patrimonio neto de la misma.
En virtud de las mencionadas normas, se tiene la opción de reconocer contablemente o exponer por nota a los estados contables el monto del pasivo por impuesto diferido originado en la diferencia entre el valor contable ajustado por inflación de los bienes de uso y el valor fiscal. Al 30 de septiembre de 2016, dicha diferencia permanente asciende a 383.
Adicionalmente, las normas prevén que la medición de los activos y pasivos surgidos por la aplicación del método del impuesto diferido se realice a valor nominal.
Los estados contables, cuadros y notas complementarias, se expresan en miles de pesos.
- Criterios de valuación:
Los principales criterios de valuación y exposición utilizados en la preparación de los estados contables son los siguientes:
- Caja y bancos:
- En moneda nacional: a su valor nominal.
- Créditos y pasivos:
-
En moneda local: se valuaron al valor actual de los flujos de fondos que originarán los mismos, descontados, en la medida que sus efectos fueran significativos, utilizando tasas implícitas, explícitas o de mercado, según corresponda, vigentes al momento de cada transacción. En caso de saldos por transacciones no comerciales con partes relacionadas, se valuaron al valor nominal considerando los intereses devengados al cierre de cada período o ejercicio, en caso que correspondiera.
-
Instrumentos financieros: la Sociedad no ha utilizado durante el período y hasta la fecha de emisión de los presentes estados contables, instrumentos financieros derivados. Los saldos a cobrar y a pagar derivados de sus habituales operaciones comerciales se encuentran valuados según lo indicado en los párrafos anteriores.
- Bienes de uso:
- Los bienes de uso se valuaron a su costo original reexpresado de acuerdo con lo mencionado en la Nota 1.a), neto de las depreciaciones acumuladas hasta la finalización de cada cierre según corresponda.
- La depreciación es calculada por el método de la línea recta, aplicando tasas anuales suficientes para extinguir los bienes de uso al final de su vida útil estimada.
- La valuación de los bienes de uso se revisa para verificar si sufrieron alguna desvalorización, cuando existe algún indicio que el valor de libros de los mismos podría exceder su valor recuperable.
- Las pérdidas o recuperos por desvalorización se reconocen en los resultados financieros y por tenencia del estado de resultados.
- El valor de libros de los bienes de uso, considerado a nivel de actividad generadora de efectivo, no supera su valor recuperable.
- Cuentas de patrimonio neto:
- Se encuentran reexpresadas de acuerdo con lo indicado en la Nota 1.a)., excepto la cuenta “Capital suscripto”, la cual se ha mantenido por su valor de origen.
- Cuentas del estado de resultados:
- Se encuentran expresadas a su valor nominal, a excepción de las depreciaciones de los bienes de uso, las cuales fueron calculadas sobre el valor de los activos respectivos, reexpresados de acuerdo con lo mencionado en la Nota 1.a).
- Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta:
- Determinación contable del impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta.
La Sociedad determina el cargo contable por impuesto a las ganancias de acuerdo con el método del impuesto a las ganancias diferido, el cual consiste en el reconocimiento, como crédito o deuda, del efecto impositivo de las diferencias temporarias entre la valuación contable y la impositiva de los activos y pasivos, y su posterior imputación a los resultados de los períodos en los cuales se produce la reversión de las mismas, considerando asimismo la posibilidad de aprovechamiento de los quebrantos impositivos en el futuro.
Las diferencias temporarias determinan saldos de activo o pasivo de impuesto a las ganancias diferido cuando su reversión futura disminuya o aumente los impuestos determinados.
El impuesto a la ganancia mínima presunta es complementario del impuesto a las ganancias, dado que, mientras este último grava la utilidad impositiva del período, el impuesto a la ganancia mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos activos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Sociedad dependerá del mayor de ambos impuestos. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un periodo fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta durante los siguientes diez ejercicios.
La conciliación entre el cargo a resultados registrado por el impuesto a las ganancias y el resultante de aplicar la tasa del 35% establecida por las normas impositivas vigentes al resultado contable de los períodos es la siguiente:
NOTA 2 – COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS
NOTA 3 – ESTADO DE CAPITALES
En cumplimiento de lo requerido por la Dirección de Personas Jurídicas, se informa que el estado de capitales al 30 de septiembre de 2016 y 31 de diciembre de 2015, es el siguiente:
La inscripción de las modificaciones del estatuto y el capital constan en escritura N° 193 de fecha 18 de julio de 2005, inscripta en la IGJ con fecha 14 de marzo de 2006 bajo el número 3869 del Libro N° 30 de Sociedades por acciones.
Con fecha 21 de diciembre de 2006 la Sociedad fue adquirida por Mirgor S.A.C.I.F.I.A. e Interclima S.A. en un 95% y 5%, respectivamente, del capital accionario.
NOTA 4 – INFORMACIÓN SOBRE PARTES RELACIONADAS
-
Sociedad Controlante:
-
Denominación: Mirgor S.A.C.I.F.I.A.
-
Domicilio legal: Einstein 1111 - Río Grande - Tierra del Fuego.
-
Actividad principal: Manufactura de acondicionadores de aire para rodados e inversora en sociedades.
-
Porcentaje de votos: 95,00%.
-
Saldos y operaciones con Sociedades Art. 33 Ley N° 19.550 y otras relacionadas:
Los saldos que la Sociedad mantiene al 30 de septiembre de 2016 y 31 de diciembre de 2015 con su sociedad controlante y con sus sociedades relacionadas, son los siguientes:
Las transacciones con la sociedad relacionada Interclima S.A., correspondientes a los períodos finalizados el 30 de septiembre de 2016 y 2015, fueron las siguientes:
ANEXO “A”
EVOLUCIÓN DE LOS BIENES DE USO
POR EL PERÍODO DE NUEVE MESES FINALIZADO EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2016
COMPARATIVO CON EL EJERCICIO ANTERIOR
- Cifras expresadas en miles de pesos (Nota 1.a) –
ANEXO “H”
INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL APARTADO I INCISO b) DEL ART. 64 DE LA LEY N° 19.550 CORRESPONDIENTE AL PERÍODO DE NUEVE MESES FINALIZADO EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2016,
COMPARATIVO CON EL MISMO PERÍODO DEL EJERCICIO ANTERIOR
- Cifras expresadas en miles de pesos (Nota 1.a) -
ANEXO “I”
APERTURA DE CRÉDITOS Y PASIVOS
AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2016
- Cifras expresadas en miles de pesos (Nota 1.a) -
(1) Los saldos deudores y acreedores no devengan intereses explícitos.