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Mirgor Interim / Quarterly Report 2015

Nov 11, 2015

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INDUSTRIA AUSTRAL DE TECNOLOGÍA S.A.

DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO 2950 – RIO GRANDE

PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR

ESTADOS CONTABLES POR EL PERÍODO DE NUEVE MESES

INICIADO EL 1º DE ENERO Y FINALIZADO EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015

JUNTAMENTE CON EL INFORME DE REVISIÓN LIMITADA

DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES

Y EL INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA

DIRECTORIO

IATEC S.A.

PRESIDENTE

Dr. Mauricio Blacher

VICEPRESIDENTE

Ing. Lionel Bosich

DIRECTOR TITULAR

Lic. Fabio Rozenblum

DIRECTOR SUPLENTE

Ing. Eduardo Koroch

COMISION FISCALIZADORA
Síndicos Titulares

Dr. Julio Cueto Rua

Dr. Mario Volman

Dr. Gerardo Biritos

Síndicos Suplentes

Dra. María Andrea Rabal

Dr.Hugo Kaplan

Dr. Santiago Lopez Aufranc

INFORME DE REVISION DE ESTADOS

CONTABLES DE PERIODOS INTERMEDIOS

A los Señores Presidente y Directores de

INDUSTRIA AUSTRAL DE TECNOLOGÍA S.A.

Domicilio legal: Domingo Faustino Sarmiento 2950

Río Grande – Tierra del Fuego

(C.U.I.T.: 30-71077905-4)

  1. Informe sobre los estados contables

Introducción

  1. Hemos revisado los estados contables de período intermedio adjuntos de INDUSTRIA AUSTRAL DE TECNOLOGÍA S.A. que comprenden: (a) el estado de situación patrimonial al 30 de septiembre de 2015, (b) el estado de resultados por el período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2015, y los estados de evolución del patrimonio neto y de flujos de efectivo por el período de nueve meses finalizado en esa misma fecha, y (c) notas explicativas seleccionadas. Los importes y otros datos correspondientes al año 2014 son parte de los estados contables mencionados precedentemente y tienen el propósito de que se lean sólo en relación con esos estados contables.

Responsabilidad del Directorio en relación con los estados contables

  1. El Directorio es responsable por la preparación y presentación de los estados contables de la Sociedad de acuerdo con las normas contables vigentes en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, República Argentina. El Directorio es también responsable del control interno que considere necesario para permitir la preparación de información financiera de períodos intermedios libre de distorsiones significativas, ya sea debido a errores o irregularidades.

Responsabilidad del Auditor

  1. Nuestra responsabilidad es expresar una conclusión sobre los estados contables mencionados en el párrafo 1 basada en nuestra revisión, la cual fue realizada de acuerdo con la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y las normas de auditoría de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, República Argentina. Dicha norma requiere que el auditor cumpla con los requisitos éticos pertinentes a la auditoría de los estados contables anuales de la Sociedad. Una revisión de información financiera de períodos intermedios consiste en realizar indagaciones, principalmente a las personas responsables de las cuestiones contables y financieras, y aplicar procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión. El alcance de una revisión es sustancialmente menor que el de una auditoría realizada de acuerdo con la Resolución Técnica N° 37, y, por consiguiente, no nos permite obtener seguridad de que tomaremos conocimiento de todas las cuestiones significativas que podrían identificarse en una auditoría. Por lo tanto, no expresamos una opinión de auditoría.

Conclusión

  1. Sobre la base de nuestra revisión, nada llamó nuestra atención que nos hiciera pensar que los estados contables mencionados en el párrafo 1 no están preparados, en todos los aspectos significativos, de conformidad con las normas contables vigentes en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, República Argentina.
  2. Informe sobre otros requerimientos legales y regulatorios

En cumplimiento de disposiciones vigentes, informamos que:

    1. Excepto por lo mencionado en la Nota 11, los estados contables mencionados en el párrafo 1. surgen de los registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con normas legales vigentes.
  • Al 30 de septiembre de 2015, la deuda devengada en concepto de aportes y contribuciones previsionales a favor de la Administración Nacional de Seguridad Social, que surge de los registros contables de la Sociedad, asciende a $ 9.717.877, no siendo exigible a esa fecha.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

6 de noviembre de 2015

PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.T.F. Cámara Río Grande. – T° 1 F° 3
Karén Grigorian (Socio) Contador Público (U.B.A.) C.P.C.E.T.F. Cámara Río Grande. T° 1 F° 237

INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA

A los Señores Accionistas de

Industria Austral de Tecnología S.A. (IATEC S.A.)

De nuestra consideración:

Hemos efectuado una revisión limitada del estado de situación patrimonial adjunto de IATEC S.A. al 30 de septiembre de 2015 y el correspondiente estado de resultados por el período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2015, y los estados de evolución del patrimonio neto y de flujos de efectivo por el período de seis meses finalizado en esa fecha y notas explicativas. Los estados contables mencionados son responsabilidad del Directorio de la Sociedad en ejercicio de sus funciones exclusivas.

Nuestro trabajo se basó en la revisión limitada de los estados contables arriba indicados efectuada por la firma Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L. de acuerdo con las normas de auditoría vigentes en la República Argentina, y se circunscribió a verificar la razonabilidad de la información significativa de los documentos examinados, su congruencia con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. No hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los criterios y decisiones empresarias de administración, financiación, comercialización y producción, dado que estas cuestiones son de responsabilidad exclusiva del Directorio.

Basados en nuestra revisión y en el informe de fecha 6 de noviembre de 2015 del contador Karén Grigorian (socio de la firma Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L.) de los estados contables mencionados en el párrafo 1., no hemos tomado conocimiento de ninguna modificación significativa que deba efectuarse a los estados contables de IATEC S.A. al 30 de septiembre de 2015 adjuntos, para que los mismos estén presentados de conformidad con las normas contables profesionales vigentes en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, República Argentina.

Informamos además que en cumplimiento de disposiciones legales vigentes y en ejercicio del control de legalidad que nos compete hemos aplicado durante el período los restantes procedimientos descriptos en el artículo N° 294 de la Ley N° 19.550 que consideramos necesarios de acuerdo con las circunstancias, no teniendo observaciones que formular al respecto.

Los estados contables adjuntos surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, excepto por lo mencionado en la Nota 11, encontrándose asentados en el libro Inventarios y Balances.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 6 de noviembre de 2015

Por Comisión Fiscalizadora
Julio Cueto Rua Síndico

ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO ECONÓMICO Nº 11, POR EL PERÍODO DE NUEVE MESES INICIADO EL 1° DE ENERO DE 2015 Y FINALIZADO EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015, COMPARATIVO CON EL EJERCICIO ANTERIOR Y CON EL MISMO PERÍODO DEL EJERCICIO ANTERIOR.

Domicilio legal: Domingo Faustino Sarmiento 2950 – Río Grande – Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur (Tierra del Fuego).

Actividad principal: Fabricación y armado de toda clase de productos eléctricos, electrónicos, artículos para el hogar y de telefonía, y sus piezas – partes y accesorios y también el servicio técnico de los mismos.

Fecha de Inscripción en el Registro Público de Comercio

  • Del estatuto social: 27 de abril de 2005.
  • De la última modificación del estatuto: 12 de septiembre de 2011.

Número de registro de la Inspección General de Justicia (IGJ): 3.623.

Fecha de finalización del plazo de duración: 26 de abril de 2104.

Datos de la Sociedad controlante:

Razón Social: Interclima S.A.

Domicilio legal: Einstein 1105 – Río Grande – Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur (Tierra del Fuego).

Actividad principal: Fabricación de autopartes, intercambiadores para equipos de aire acondicionado y calefacción, y acondicionadores de aire.

Participación sobre el capital social y votos: 95%.

Composición del capital: Ver Nota 4.

NOTA 1 – LA SOCIEDAD

Industria Austral de Tecnología S.A. (“IATEC S.A.”). es una sociedad constituida en el año 2005 en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur (“Tierra del Fuego”), cuya participación accionaria fue adquirida en el año 2008 por las sociedades Interclima S.A. y Mirgor S.A.C.I.F.I.A., y tiene por objeto dedicarse a la fabricación y armado de toda clase de productos electrónicos tales como: equipos de aire acondicionado, hornos a microondas, celulares, televisores a color, notebooks, entre otros.

NOTA 2 – BASE DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES

  1. Normas contables aplicadas

Los estados contables de la Sociedad han sido preparados de acuerdo con las normas contables profesionales argentinas vigentes en Tierra del Fuego aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Tierra del Fuego, y las normas pertinentes de la Comisión Nacional de Valores (CNV), en consideración de la entidad de control de la sociedad controlante.

La expresión normas contables profesionales argentinas vigentes en Tierra del Fuego se refiere a las normas contables emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) y aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Tierra del Fuego (CPCETF), con excepción de las normas contenidas en la Resolución Técnica (RT) N° 26 “Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por su sigla en inglés) y de la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PyMEs)”.

La sociedad controlante indirecta, Mirgor S.A.C.I.F.I.A., presenta sus estados financieros de acuerdo con las Normas Contables Profesionales (NCP) vigentes en la Provincia de Tierra del Fuego y con las disposiciones vigentes de la CNV, que aprobó la Resolución General (RG) N° 622 (texto ordenado en 2013), la cual establece que las entidades emisoras de acciones y/u obligaciones negociables, con ciertas excepciones, están obligadas a preparar sus estados financieros aplicando la RT N° 26 (y modificatorias) de la FACPCE, que dispone la adopción de las NIIF según las emitió el IASB, mientras que otras entidades, entre las cuales se encuentra la Sociedad, tendrán la opción de utilizar las NIIF o la NIIF para las PyMES en reemplazo de las NCP.

A través de la RG N° 622, se admite que las sociedades controladas por una emisora continúen presentando sus estados contables de acuerdo con las normas utilizadas para preparar estados contables con fines societarios o regulatorios, debiendo presentar en ese caso una reconciliación con las NIIF para el patrimonio neto y el resultado. La Sociedad ha hecho uso de esta opción.

a.1) Juicios, estimaciones y supuestos contables significativos

La preparación de los estados contables de acuerdo con las normas mencionadas precedentemente requiere la elaboración y consideración, por parte de la Dirección de la Sociedad, de juicios, estimaciones y supuestos contables significativos que impactan en los saldos informados de activos y pasivos, ingresos y gastos, así como en la determinación y exposición de activos y pasivos contingentes a la fecha de dichos estados. En este sentido, la incertidumbre asociada con las estimaciones y supuestos adoptados podría dar lugar en el futuro a resultados finales que podrían diferir de dichas estimaciones y requerir de ajustes significativos a los saldos informados de los activos y pasivos afectados.

a.2) Cuestiones no previstas: aplicación de fuentes normativas supletorias

Las cuestiones de medición no previstas en las normas contables profesionales argentinas podrán resolverse mediante (i) la utilización de normas contables particulares que traten temas similares y relacionados (salvo que la norma que se pretende utilizar prohíba su aplicación al caso particular que se intenta resolver, o indique que el tratamiento contable que establece, no debe ser aplicado a otros casos por analogía); (ii) la aplicación de las normas sobre medición contable en general; y (iii) los conceptos incluidos en el Marco Conceptual de las normas contables profesionales argentinas vigentes, en el orden de prioridad antes indicado.

Cuando la resolución de la cuestión de medición no prevista a partir de las fuentes antes indicadas no resulte evidente, se podrán considerar en forma supletoria para la formación del juicio de la Dirección y el desarrollo de la correspondiente política contable, en orden descendente de prioridad (i) las NIIF e Interpretaciones que hayan sido aprobadas y emitidas por el IASB; y (ii) sin un orden establecido, los pronunciamientos más recientes de otros emisores que empleen un marco conceptual similar para la emisión de normas contables, las prácticas aceptadas de la industria y la doctrina contable, con la condición de que las fuentes supletorias utilizadas no entren en conflicto con las fuentes normativas señaladas en el párrafo anterior, y hasta tanto la FACPCE emita una norma que cubra la cuestión de medición involucrada.

b) Unidad de medida

Los estados contables de la Sociedad son presentados en miles de pesos argentinos.

En octubre de 2013 la FACPCE emitió la RT 39 "Modificación de las RT N° 6 y 17. Expresión en moneda homogéna", y en junio de 2014 emitió la Interpretación N° 8 "Aplicación del párrafo 3.1 -Expresión en moneda homogénea- de la RT N° 17". Como resultado de la emisión de estas normas, la RT 17 introduce como indicador clave y condición necesaria para reexpresar las cifras de los estados contables, la existencia de una tasa acumulada de inflación en tres años que alcance o sobrepase el 100%, considerando para ello el índice de precios internos al por mayor (IPIM), del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). Por otra parte, la RT 6, modificada por la RT 39, establece que si tras un período de interrupción de ajuste de los estados contables para reflejar el efecto de los cambios ocurridos en el poder adquisitivo de la moneda fuera necesario reanudar el ajuste, el mismo aplicará desde el comienzo del ejercicio en que se verifique la existencia de las características que identifican un contexto de inflación, y los cambios a considerar serán los habidos desde el momento en que se interrumpió el ajuste o desde una fecha posterior de alta o de aplicación de un valor corriente, según corresponda a las partidas a ajustar.

Al 30 de septiembre de 2015, la tasa acumulada de inflación correspondiente al período de tres años finalizado en esa fecha, medida sobre la base del IPIM publicado por el INDEC, es del 66,17%. Si bien este porcentaje es inferior al requerido por las normas contables profesionales vigentes para practicar los ajustes mencionados precedentemente, la existencia de variaciones importantes en variables relevantes de la economía que afectan los negocios de la Sociedad, tales como las observadas en los últimos ejercicios en el costo salarial, los precios de las principales materias primas y de otros insumos, la tasa de préstamos y el tipo de cambio, podrían afectar la situación patrimonial y los resultados de la Sociedad, y, por ende, esas variaciones debieran ser tenidas en cuenta en la interpretación que se realice de la información que la Sociedad brinda en los presentes estados contables sobre su situación patrimonial, los resultados de sus operaciones y los flujos de su efectivo.

c) Normas contables aprobadas por la FACPCE

Resolución Técnica N° 40 e Interpretación N° 7

Ambas normas se relacionan con la RT N° 31, que incorporó a las normas contables profesionales: (a) la categoría de activo “Propiedades de Inversión”, bajo la cual deben clasificarse las propiedades destinadas a alquiler o a acrecentamiento de valor a largo plazo, (b) el modelo de revaluación para la medición de los bienes de uso a su valor razonable, y la aplicación del criterio de valor neto de realización para la medición de las propiedades de inversión, en ambos casos como alternativa a la aplicación del criterio de costo original menos depreciación acumulada, y (c) las condiciones que debe cumplir un activo para ser clasificado en la categoría de “Activos no corrientes que se mantienen para su venta (incluyendo los retirados de servicio)”, la identificación de activos que deben excluirse  de esa categoría, y la posibilidad de aplicar el criterio de costo para la medición de los activos que califican en la categoría, como alternativa a la aplicación del criterio de valor neto de realización basado en un mercado efectivo o en un precio de venta asegurado por contrato.

La RT N° 40 modifica las normas contables profesionales sobre exposición contenidas en las RT N° 9 y 11 para adecuarlas a los cambios introducidos por la RT N° 31. La misma fue aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Tierra del Fuego (CPCETF), mediante la resolución 84/14 con fecha 14 de noviembre de 2014.

La Interpretación N° 7 provee guías básicamente sobre: (a) la aplicación del modelo de revaluación en la medición de bienes de uso; (b) las condiciones para clasificar inmuebles como propiedades de inversión, y (c) la aplicación del valor neto de realización en la medición de propiedades de inversión.

Estas normas están siendo analizadas por la Dirección de la Sociedad.

Interpretación N° 8

La Interpretación N° 8 se relaciona con la RT N° 39 “Modificación de las RT N° 6 y 17 sobre expresión en moneda homogénea” y provee guías sobre la forma de aplicar los indicadores cualitativos y cuantitativos  detallados en la sección 3.1 de la RT N° 17 (ver nota 2.b) “Unidad de medida”).

d) Criterios de valuación:

Los principales criterios de valuación utilizados en la preparación de los estados contables son los siguientes:

  • Caja y bancos:
  • En moneda nacional: a su valor nominal.
  • Inversiones temporarias:
  • Estas inversiones corresponden a colocaciones de fondos a plazos fijos en instituciones financieras por períodos que promedian los 30 días y fueron valuadas a su valor nominal más los intereses devengados pendientes de cobro a cada cierre.
  • Créditos y deudas:
  • En moneda local: en el caso de saldos por transacciones con partes independientes y por transacciones comerciales con partes relacionadas, se valuaron al valor actual de los flujos de fondos que originarán los mismos, descontados, en la medida que sus efectos fueran significativos, utilizando tasas implícitas, explícitas o de mercado, según corresponda, vigentes al momento de cada transacción. En el caso de saldos por transacciones no comerciales con partes relacionadas, se valuaron al valor nominal considerando los intereses devengados al cierre de cada período o ejercicio, en caso que correspondiera.
  • En moneda extranjera: incluye saldos originados por transacciones en moneda extranjera, así como también saldos originados por transacciones instrumentadas en pesos que serán cancelados aplicando al valor nominal original en moneda extranjera (determinado mediante la aplicación del tipo de cambio vigente a la fecha de emisión del documento en pesos) la cotización de la respectiva moneda a la fecha de cancelación. Los créditos y deudas en moneda extranjera, incluyendo los saldos anteriormente mencionados, se valuaron conforme a los parámetros indicados en el párrafo precedente, calculando los valores actuales en moneda extranjera, en la medida que sus efectos fueran significativos. Estos saldos fueron convertidos a moneda local al tipo de cambio vigente a la fecha de cierre de cada período aplicable para la liquidación de las respectivas operaciones. Las diferencias de cambio fueron imputadas al resultado de cada período o ejercicio. El detalle respectivo se expone en el Anexo G.
  • Pasivos por costos laborales: los pasivos por costos laborales se devengan en los períodos en los cuales los empleados hayan prestado el servicio que da origen a tales contraprestaciones.
  • Riesgo crediticio: la Dirección de la Sociedad entiende que no tiene una concentración de riesgo crediticio significativa, más allá que al 30 de septiembre de 2015, la Sociedad concentra en las principales compañías de telecomunicaciones del país el 62% de las cuentas a cobrar.
  • Instrumentos financieros derivados: la Sociedad tiene por política reconocer los instrumentos financieros derivados en la medida que los mismos resulten significativos. En el período finalizado el 30 de septiembre de 2015, la Sociedad realizó acuerdos por un monto aproximado de USD 270.499 miles, de los cuales USD 86.920 miles vencen en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2015 y USD 75.259 miles vencen en los meses enero y febrero de 2016. En el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014, realizaron acuerdos por un monto aproximado de USD 120.578 miles, de los cuales USD 49.864 miles vencieron entre enero y marzo de 2015. El monto a pagar de dichos instrumentos financieros derivados se expone en el rubro otros pasivos, y asciende a 46.174 y 4.005 al 30 de septiembre de 2015 y 31 de diciembre de 2014, respectivamente. Los mismos, que se vinculan con la actividad industrial de la Sociedad, fueron registrados conforme a sus valores de mercado, y de acuerdo con las normas contables establecidas por la RT N° 20 de la FACPCE. En el período finalizado el 30 de septiembre de 2015 la pérdida por dichas operaciones ascendió a 73.318 y ha sido expuesta en el rubro “Resultados financieros y por tenencia generados por pasivos”. En el período finalizado el 30 de septiembre de 2014, la Sociedad realizó acuerdos de este tipo por USD 30.234 miles.
  • Valor corriente de créditos y deudas: la Dirección de la Sociedad estima que el valor corriente de los mismos al cierre de cada período o ejercicio, no difiere significativamente de su valor de libros a esas fechas.
  • La Sociedad no ha endosado ni descontado documentos de crédito con recurso durante los períodos finalizados el 30 de septiembre de 2014 y 2015, ni en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014.
  • Bienes de cambio:
  • Las materias primas (incluyendo aquellas en tránsito) fueron valuadas a su costo de reposición al cierre de cada período o ejercicio considerando los precios de contado para los volúmenes habituales de compra. Asimismo, para los bienes importados se han considerado los costos de reposición en moneda extranjera, siendo convertidos al tipo de cambio vigente al cierre de cada período o ejercicio, aplicable para la liquidación de estas operaciones.
  • Los productos elaborados fueron valuados a su costo de reproducción de contado al cierre de cada período o ejercicio con límite en su valor neto de realización.
  • Los anticipos a proveedores se valúan según la metodología descripta para los créditos y deudas.
  • El valor de los bienes de cambio así determinado al cierre de cada período o ejercicio y luego de considerar la previsión para desvalorización y obsolescencia correspondiente, no supera su valor recuperable a las fechas respectivas.
  • Participaciones permanentes en sociedades:
  • Corresponde a la participación permanente en las sociedades: (i) Compañía Inversora Argentina para la Exportación S.A. (“CIAPEX S.A.”), constituida en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Durante el período finalizado el 30 de septiembre de 2015, la Sociedad, conjuntamente con su sociedad controlante Interclima S.A., poseen una porción del paquete accionario de dicha sociedad del 13,22% y 0,59% respectivamente, sobre el capital social de la misma el cual ascendía a 387.630. Su estatuto social se encuentra inscripto ante la Inspección General de Justicia (I.G.J.) bajo el número correlativo 1860914 con fecha 10 de enero de 2013; (ii) Sociedad Administradora de Proyectos de Inversión S.A. (“SAPI S.A.”) cuyo capital social suscripto asciende a la suma de 100 del cual la Sociedad posee el 3% del paquete accionario; (iii) en el Fideicomiso de Garantía CIAPEXSA (Nota 11); y (iv) IATEC Hong Kong Ltd. (Anexo C).
  • Bienes de uso y activos intangibles:
  • Los bienes de uso y activos intangibles se valuaron a su costo de adquisición, neto de las depreciaciones y amortizaciones acumuladas hasta la finalización de cada período o ejercicio.
  • Las depreciaciones y amortizaciones son calculadas por el método de la línea recta, aplicando tasas anuales suficientes para extinguir el valor de libros de estos bienes al final de su vida útil estimada.
  • La valuación de estos bienes se revisa para verificar si ha sufrido alguna desvalorización, cuando existe algún indicio que el valor libros de los mismos podría exceder su valor recuperable. Las pérdidas o recuperos por desvalorización se reconocen en los resultados financieros y por tenencia del estado de resultados.
  • El valor de libros de estos bienes, considerado a nivel de actividad generadora de efectivo, no supera su valor recuperable.
  • La evolución de estos bienes se expone en los Anexos A y B, respectivamente.
  • Previsiones:
  • Deducidas del activo:

Para desvalorización y obsolescencia de bienes de cambio: se ha constituido para reducir el valor de ciertas existencias de productos terminados y otros bienes de cambio obsoletos y de lenta rotación a su valor probable de recupero determinado sobre un análisis individual de los mismos al cierre de cada período o ejercicio. El detalle respectivo se expone en Anexo E.

  • Cuentas de patrimonio neto:
  • Se encuentran valuadas a su valor nominal.
  • Cuentas de resultados:
  • Las cuentas que acumulan operaciones monetarias se encuentran valuadas a su valor nominal.
  • Los resultados de inversiones permanentes originados por la tenencia accionaria en CIAPEX S.A. , SAPI S.A. y en el Fideicomiso de Garantía CIAPEXSA fueron calculados de acuerdo con el método del valor patrimonial proporcional, aplicando el porcentaje de participación de la Sociedad sobre los resultados de dichos entes, correspondientes al mismo período o ejercicio que el de la Sociedad.
  • Las depreciaciones de los bienes de uso y las amortizaciones de activos intangibles fueron calculadas sobre el valor de los activos respectivos.
  • El costo de los bienes vendidos se determinó sobre la base de los costos de reposición y reproducción de cada mes. El resultado por tenencia se expone en el rubro “Resultados financieros y por tenencia generados por activos”.
  • Bajo la denominación de “Resultados financieros y por tenencia” se exponen en forma conjunta: a) las ganancias y costos financieros nominales; b) las diferencias de cambio; c) los resultados por tenencia de bienes de cambio generados en cada período, d) el efecto de los valores descontados de créditos y deudas y e) los resultados por operaciones con instrumentos financieros derivados.
  • Impuesto a las ganancias, a la ganancia mínima presunta y crédito por impuesto a las ganancias diferido:
  • La Sociedad determina el cargo contable por impuesto a las ganancias de acuerdo con el método del impuesto a las ganancias diferido, el cual consiste en el reconocimiento, como crédito o deuda, del efecto impositivo de las diferencias temporarias entre la valuación contable y la impositiva de los activos y pasivos, y su posterior imputación a los resultados de los períodos o ejercicios en los cuales se produce la reversión de las mismas, considerando asimismo la posibilidad de aprovechamiento de los quebrantos impositivos en el futuro. Las diferencias temporarias determinan saldos activos o pasivos de impuesto a las ganancias diferido cuando su reversión futura disminuya o aumente los impuestos determinados.

Cuando existen quebrantos impositivos susceptibles de deducción de ganancias impositivas futuras o el impuesto a las ganancias diferido resultante de las diferencias sea un activo, se reconocen dichos créditos, en la medida en que se estime que su aprovechamiento sea probable.

El impuesto a la ganancia mínima presunta es complementario del impuesto a las ganancias, dado que, mientras este último grava la utilidad impositiva del ejercicio, el impuesto a la ganancia mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos activos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Sociedad coincida con el mayor de ambos impuestos. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto

a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta durante los siguientes diez ejercicios.

La conciliación entre el cargo a resultados registrado por el impuesto a las ganancias y el resultante de aplicar la tasa del 35% establecida por las normas impositivas vigentes al resultado contable de cada período es la siguiente:

  1. Incluye el resultado exento por las actividades desarrolladas en Tierra del Fuego y el resultado de las inversiones permanentes.

e)Normas contables profesionales (NCP) aplicadas por la Sociedad Controlante – Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)

De acuerdo a lo mencionado en la Nota 2.a)., considerando que la Sociedad ha preparado sus estados contables al 30 de septiembre de 2015 de acuerdo con las NCP, se incluyen a continuación las conciliaciones de patrimonio neto y resultado neto del período entre dichas normas y las resultantes de aplicar la RT 26 modificada (NIIF), conforme lo requerido por la RG 622/13 de la CNV:

Conciliación del patrimonio neto al 30 de septiembre de 2015:

Conciliación del resultado neto correspondiente al período finalizado el 30 de septiembre de 2015:

(1) No existen participaciones no controladoras para los fines de la consolidación de Mirgor S.A.C.I.F.I.A.

Notas explicativas a los ajustes y reclasificaciones de la transición a las NIIF

Se explican resumidamente a continuación, los principales ajustes y reclasificaciones de la transición a las NIIF que afectan el patrimonio neto al 30 de septiembre de 2015, y que surgen de comparar las políticas contables actualmente aplicadas por la Sociedad en la preparación de los presentes estados financieros (NCP vigentes) tal como se las describe en la Nota 2 a los estados financieros, y las políticas contables que corresponden ser aplicadas por la sociedad controlante indirecta Mirgor S.A.C.I.F.I.A. en la preparación de sus estados financieros presentados de acuerdo con las NIIF, correspondientes al período finalizado el 30 de septiembre de 2015.

  1. Inventarios

Conforme las NCP vigentes, la Sociedad valúa sus inventarios aplicando los siguientes criterios indicados en la Nota 2:

  • Las materias primas (incluyendo aquellas en tránsito) fueron valuadas a su costo de reposición al cierre de cada período o ejercicio considerando los precios de contado para los volúmenes habituales de compra. Asimismo, para los bienes importados se han considerado los costos de reposición en moneda extranjera, siendo convertidos al tipo de cambio vigente al cierre de cada período aplicable para la liquidación de estas operaciones.
  • Los productos elaborados fueron valuados a su costo de reproducción de contado al cierre de cada período o ejercicio con límite en su valor neto de realización.

Conforme la NIC 2 (Inventarios) estos activos se valúan al costo o al valor neto realizable, el que resulte menor. Los costos incurridos para llevar cada producto a su ubicación actual y darle su condición actual, se contabilizan de la siguiente manera:

  • Materia prima: al costo de compra según el método “precio promedio ponderado” (PPP).
  • Productos terminados y en proceso: al costo de los materiales y la mano de obra directa y una proporción de los costos fijos de fabricación basada en la capacidad normal de operación, excluyendo los costos por préstamos, con el límite en su valor neto realizable.

  • Inversiones permanentes

Combinaciones de negocios de CIAPEX S.A. (Nota 5): bajo NIIF las combinaciones de negocios se registran por el método de la compra. La contraprestación transferida por la compra de una subsidiaria se determina en base al valor razonable de los activos transferidos, los pasivos contraídos y las acciones emitidas. También incluye el valor razonable de cualquier consideración contingente resultante de la transacción. Los costos de adquisición se imputan a resultados a medida que se incurren. Los activos y pasivos adquiridos se miden inicialmente a su valor razonable a la fecha de la transacción. Si la diferencia entre la suma de la contraprestación transferida, el monto del interés no controlante y el valor razonable de la participación anterior en la entidad adquirida a la fecha de adquisición contra el valor razonable de los activos netos adquiridos fuera positiva, se registra como llave de negocio. Si por el contrario, fuera negativa, la diferencia se reconoce directamente en el estado de resultados.

NOTA 3 – COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS

NOTA 4 – ESTADO DE CAPITALES

En cumplimiento de lo requerido por la IGJ, se informa el estado de capitales al 30 de septiembre de 2015 y al 31 de diciembre de 2014:

NOTA 5 – INFORMACIÓN SOBRE PARTES RELACIONADAS

Al 30 de septiembre de 2015 y al 31 de diciembre de 2014, los saldos con la sociedad controlante Interclima S.A., con la sociedad controlante indirecta Mirgor S.A.C.I.F.I.A. y con las sociedades relacionadas, son los siguientes:

Las transacciones con la sociedad controlante Interclima S.A., sociedad controlante indirecta Mirgor S.A.C.I.F.I.A. y la Sociedad relacionada CAPDO S.A. por los períodos finalizados el 30 de septiembre de 2015 y 2014, fueron las siguientes:

NOTA 6 – PROMOCIÓN INDUSTRIAL

Con fecha 24 de noviembre de 2006, la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente del Ministerio de Economía y Producción de la Nación, dictó la resolución Nº 468/2006, por medio de la cual se declaró a la Sociedad comprendida en el Régimen del Decreto Nº 490/2003 del Poder Ejecutivo Nacional, dictado en el marco de las leyes Nº 19.640 y 25.561, habilitándola a la fabricación de televisores color, grabadores y/o reproductores de video, sistemas de audio, equipos de aire acondicionado familiar y comercial, hornos a microondas, monitores para computación, equipos de radiocomunicaciones, celulares móviles y teléfonos inalámbricos en su planta industrial localizada en la Ciudad de Río Grande, Tierra del Fuego.

Dicha ley y sus modificatorias establecen beneficios promocionales para las actividades industriales que impliquen un proceso de transformación y ensamble aplicado a los insumos importados por la Sociedad, desarrollados dentro de Tierra del Fuego, y su comercialización en el territorio continental de la Nación, hasta el 31 de diciembre de 2023.

La resolución Nº 468/2006 estableció que el proyecto promovido se concretará mediante una inversión total de 28.731, de los cuales 9.400 corresponden a inversiones en activos fijos y el resto a inversiones en capital de trabajo. Asimismo, según lo dispuesto por la mencionada resolución, la Sociedad debe cumplir una producción mínima anual y deberá contar con una plantilla mínima de personal a ocupar en su planta industrial, dando lugar su incumplimiento a las sanciones previstas en dicha ley.

Asimismo, la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente del Ministerio de Economía y Producción de la Nación, dictó la resolución Nº 307/2008 y posteriormente las resoluciones N° 239/2010, 72/2011 y 09/2012, por medio de las cuales resuelve la ampliación del proyecto establecido originalmente por la resolución N° 468/2006, aumentando el cupo máximo de producción anual de celulares a 4.000.000 de unidades, manteniendo el de microondas en 300.000 unidades, extendiendo también el plazo máximo para la puesta en marcha del proyecto y ampliando los requisitos de inversión, de producción mínima y de la plantilla mínima con la que deberá contar en su planta industrial.

Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2012, la Secretaría de Industria, dependiente del Ministerio de Industria de la Nación dictó la resolución N° 216/2012 por medio de la cual habilita a la Sociedad a la fabricación de computadoras portátiles (notebooks y netbooks), estableciendo una producción mínima de 30.000 unidades, una producción máxima de 180.000 unidades y requisitos adicionales de inversión y de plantilla mínima con la que deberá contar en su planta industrial.

En el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2013, la Secretaría de Industria, dependiente del Ministerio de Industria de la Nación dictó la resolución N° 307/2013 por medio de la cual se incrementan los cupos de fabricación de videograbadores, reproductores y sistemas de audio, estableciendo una producción mínima de 15.000 unidades, y una producción máxima de 195.000 unidades para videograbadores y reproductores, y de 214.000 para sistemas de audio.

Las mencionadas resoluciones establecen que el proyecto promovido se concretará con una inversión total de 150.321, de los cuales 54.510 corresponden a inversiones en activos fijos y el resto a inversiones en capital de trabajo. A la fecha de los presentes estados contables la Sociedad se encuentra cumpliendo con los requisitos establecidos por las resoluciones anteriormente mencionadas.

La Sociedad se encuentra alcanzada por los beneficios del Régimen de Promoción Industrial establecido por la Ley Nº 19.640 por los bienes y para las actividades desarrolladas en Tierra del Fuego. En este sentido la Sociedad goza de ciertos beneficios impositivos y aduaneros, los cuales mediante el Decreto 1234/2007 del Poder Ejecutivo Nacional fueron prorrogados hasta el año 2023, que incluyen:

  1. Impuesto a las ganancias: La exención del impuesto a ingresar de la que gozan las mencionadas actividades es del 100%, de acuerdo al Art. 1° y 4° Inc. a) de la Ley 19.640.
  2. Impuesto a la ganancia mínima presunta: No se hallan gravados los bienes afectados a la actividad de la Sociedad en Tierra del Fuego.
  3. Impuesto al valor agregado (IVA): Las ventas que la Sociedad realiza en Tierra del Fuego se hallan exentas de este impuesto, mientras que las realizadas al territorio continental están gravadas por el impuesto al valor agregado a la tasa del tributo. Dicho impuesto es cobrado a los clientes. El crédito fiscal presunto computable equivale al que resulta de aplicar la tasa del impuesto sobre el 100% del precio neto de venta al cliente del territorio continental, mientras que el crédito fiscal real originado en el territorio continental de la Nación no es computable.
  4. Derechos aduaneros y tasa de estadística: No son abonados por la Sociedad los originados por todos los insumos importados y que sean empleados para sus operaciones en Tierra del Fuego, en virtud de la Ley 19.640.
  5. Reintegros en moneda nacional: En función a lo establecido por la Ley Nº 19.640 las exportaciones realizadas desde el continente a Tierra del Fuego son beneficiadas con el reintegro de los tributos originados por la exportación.

Los beneficios correspondientes a los períodos finalizados el 30 de septiembre de 2015 y 2014 respecto a lo mencionado en los incisos anteriores ascienden a:

NOTA 7 – ARRENDAMIENTOS

Los principales arrendamientos de la Sociedad corresponden a depósitos y se clasifican como operativos (ya que el arrendador retiene sustancialmente los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad de los activos arrendados). Los plazos normales promedio de estas locaciones son de un año. El total imputado a resultados por alquileres y servicios logísticos durante los períodos finalizados el 30 de septiembre de 2015 y 2014 asciende a 14.645 y 15.990 respectivamente, y se expone en el Anexo H.

NOTA 8 – GARANTÍAS OTORGADAS, GARANTÍAS RECIBIDAS Y NUEVOS NEGOCIOS

Con fecha 7 de julio de 2010, se acordó con la firma Nokia Inc. la fabricación y comercialización de celulares de media y alta gama. Por tal motivo, la Sociedad se comprometió a constituir garantías a favor de Nokia Inc. a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas. A la fecha de los presentes estados contables, dicha garantía asciende a miles de USD 15.000.

Adicionalmente, como consecuencia de este acuerdo, la sociedad controlante indirecta Mirgor S.A.C.I.F.I.A. resolvió otorgar garantías a favor de Nokia Corp., Nokia Inc. y Nokia Argentina S.A, hasta miles de USD 160.000.

Con fecha 8 de junio de 2011, el Directorio de la sociedad controlante indirecta Mirgor S.A.C.I.F.I.A. ha emitido una fianza a favor de LG Electronics, Inc. y de LGE Tianjen Appliances Co., Ltd. a fin de garantizar las obligaciones de sus sociedades controladas Interclima S.A. y IATEC S.A. en el marco de los acuerdos arribados con aquellas para la provisión de materia prima para sus respectivas plantas ubicadas en Tierra del Fuego.

Con fecha 11 de marzo de 2014 la Sociedad recibió una oferta de la firma Samsung Electronics Co. Ltd. para la fabricación de equipos de radiocomunicaciones celulares móviles de la marca “Samsung” en la planta ubicada en Río Grande, Tierra del Fuego. En el marco de dicho acuerdo la sociedad controlante indirecta Mirgor S.A.C.I.F.I.A. garantizará solidariamente las obligaciones de la Sociedad frente a la firma Samsung Electronics Co. Ltd.

Con fecha 2 de junio de 2014 la Sociedad realizó una propuesta a Pioneer do Brasil Ltd. para la fabricación de productos electrónicos para automóviles de la marca “Pioneer” en su planta ubicada en Río Grande, Tierra del Fuego. La sociedad controlante indirecta Mirgor S.A.C.I.F.I.A. garantizó solidariamente las obligaciones de la Sociedad frente a la firma Pioneer do Brasil Ltd.

NOTA 9 – RESTRICCIÓN A LA DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES

De acuerdo con lo establecido por el Art. 70 de la Ley de Sociedades Comerciales (Ley Nº 19.550), deberá destinarse a Reserva legal el 5% de las utilidades que arroje el estado de resultados de cada período, hasta que la misma alcance el 20% del capital social. Dicha reserva no estará disponible para la distribución de dividendos.

Cuando se configure el pago de dividendos en efectivo o en especie, en exceso de la ganancia gravada determinada conforme a las disposiciones de la ley de Impuesto a las Ganancias, se deberá retener con carácter de pago único y definitivo, el 35% sobre el referido excedente. Las utilidades que no tributan impuesto a las ganancias por contar con los beneficios de la ley Nº 19.640 no se hallan sujetas al impuesto de igualación.

NOTA 10 – ACUERDO DE INVERSIÓN

Con fecha 27 de julio de 2012, la Sociedad y su sociedad controlante directa Interclima S.A. han firmado un acuerdo junto a otras sociedades radicadas en Tierra del Fuego fabricantes de productos electrónicos y electrodomésticos, mediante el cual se comprometieron a constituir el Fideicomiso de Garantía CIAPEXSA a través del cual se canalizarán mensualmente aportes determinados sobre la base del monto de las importaciones que realicen. Los aportes se destinarán a CIAPEX S.A. que tendrá como finalidad fomentar y solventar proyectos productivos destinados a la exportación y/o la sustitución de importaciones.

Con fecha 21 de marzo de 2013, en el marco del acuerdo de inversión antedicho, se ha constituido la Sociedad Administradora de Proyectos de Inversión S.A. (SAPI S.A.) la cual tiene por objeto dedicarse por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada con terceros a las siguientes actividades: originar, administrar, proponer y gestionar proyectos de inversión, pudiendo a tal fin brindar asesoramiento sobre operaciones de inversión, efectuar el planeamiento, ejecución y el control del desarrollo de proyectos de inversión, incluyendo la negociación de los términos y condiciones de los proyectos de inversión, que lleve a cabo la sociedad CIAPEX S.A.

A la fecha de los presentes estados contables, el compromiso asumido por la Sociedad con el fideicomiso de garantía mencionado anteriormente, CIAPEX S.A. y SAPI S.A., asciende a 383.626. Hasta la fecha de integración de las acciones de CIAPEX S.A. correspondientes a los aportes resultantes del compromiso antes mencionado, la Sociedad ha reconocido un crédito en el rubro Otros créditos no corrientes por la suma de aquellos compromisos con el fideicomiso que se encuentran pendientes de integración, y una inversión equivalente a las disponibilidades y sumas efectivamente invertidas por el Fideicomiso de Garantía CIAPEXSA netas de los aportes de fondos efectuados a la sociedad CIAPEX S.A.

NOTA 11 – LIBROS RUBRICADOS

Debido a demoras sufridas en el proceso administrativo de rúbrica del Libro Diario en la IGJ, a la fecha de emisión de los presentes estados contables, la Sociedad se encuentra en proceso de transcripción de las operaciones correspondientes a los meses de junio, julio, agosto y septiembre de 2015.

ANEXO “A”

ANEXO “B”

ANEXO “C

ANEXO “E”

ANEXO “F”

ANEXO “G”

ANEXO “H”

ANEXO “I”

(1) No devengan intereses explícitos ni tienen pautas de actualización, excepto por las deudas financieras que devengan intereses a una tasa anual del 28%.