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Mirgor — Interim / Quarterly Report 2007
Nov 8, 2007
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EINSTEIN 1105 – RIO GRANDE
TIERRA DEL FUEGO
ESTADOS CONTABLES POR EL PERIODO DE NUEVE MESES
INICIADO EL 1º DE ENERO Y FINALIZADO EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2007
JUNTAMENTE CON EL INFORME DE REVISION LIMITADA
Y DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
DIRECTORIO
INTERCLIMA S.A.
PRESIDENTE
Dr. Diego García Villanueva
VICEPRESIDENTE
Dr. Mauricio Blacher
DIRECTOR TITULAR
Lic. Lionel Bosich
DIRECTOR SUPLENTE
Ing. Jorge Antonio Caputo
COMISION FISCALIZADORA
Síndicos Titulares
Dr. Julio Cueto Rua
Dr. Mario Volman
Dr. Andrés Mercau Saavedra
Síndicos Suplentes
Dra. Maria Andrea Rabal
Dr.Hugo Kaplan
Dra. Maria Eugenia Ramirez
INFORME DE REVISION LIMITADA DE ESTADOS
CONTABLES DE PERIODOS INTERMEDIOS
A los Señores Presidente y Directores de
INTERCLIMA S.A.
(C.U.I.T.: 30-60942285-4)
-
Hemos efectuado una revisión limitada del estado de situación patrimonial adjunto de INTERCLIMA S.A. al 30 de septiembre de 2007 y los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el período de nueve meses finalizado en esa fecha. Dichos estados contables son responsabilidad de la Dirección de la Sociedad.
-
Excepto por lo indicado en el párrafo 3., nuestra revisión fue realizada de acuerdo con las normas de la Resolución Técnica N° 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas aplicables a la revisión limitada de estados contables de períodos intermedios. De acuerdo con dichas normas, una revisión limitada consiste principalmente en aplicar procedimientos analíticos a la información contable y en efectuar indagaciones a los responsables de las cuestiones contables y financieras. El alcance de una revisión es sustancialmente menor al de una auditoría de estados contables, cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los estados contables tomados en su conjunto. Por lo tanto, no expresamos tal opinión.
- No hemos efectuado una revisión limitada sobre los estados contables de la sociedad vinculada Capdo S.A. al 30 de septiembre de 2007, utilizados para valuar la inversión en dicha sociedad mediante el método de valor patrimonial proporcional en los estados contables de INTERCLIMA S.A. a dicha fecha. Esta inversión representa al 30 de septiembre de 2007 el 0,20% del total del activo y el 0,22% del total del resultado a esa fecha de INTERCLIMA S.A.
- Al 30 de septiembre de 2007 la Sociedad mantiene registrados créditos fiscales no corrientes en concepto de impuesto al valor agregado por $4.412.779, cuya recuperabilidad depende de que la Sociedad genere suficientes ingresos gravados para su absorción. A la fecha de emisión de este informe no es posible estimar el importe que se recuperará de dichos créditos.
- Tal como se indica en la nota 1 a los estados contables indicados en el párrafo 1., al 31 de diciembre de 2002 la Sociedad estimó la existencia de quebranto impositivo en el impuesto a las ganancias, a partir de haber computado para el ejercicio fiscal finalizado a esa fecha el efecto del ajuste por inflación impositivo previsto en la ley, pero suspendido por la legislación impositiva vigente, por entender que estaban dadas las condiciones macroeconómicas en el país para su aplicación. Consecuentemente, la Sociedad no provisionó monto alguno en carácter de impuesto a las ganancias a dicha fecha. De no haberse practicado el ajuste por inflación impositivo, la Sociedad debería haber determinado un impuesto a las ganancias a pagar, cuya registración hubiera incrementado el pasivo corriente y disminuido el patrimonio neto al 30 de septiembre de 2007 por $4.594.923 y hubiera disminuido la ganancia neta por el período de nueve meses finalizado en esa fecha en $397.212.
- Basados en nuestra revisión, excepto por el efecto de los ajustes, si los hubiera, que pudieran haberse requerido de no haber mediado la limitación en el alcance descripta en el párrafo 3., y excepto por la falta de registración del pasivo y la disminución de los resultados acumulados y del período correspondiente, en relación con el impuesto a las ganancias mencionado en el párrafo 5., no hemos tomado conocimiento de ninguna modificación significativa que deba efectuarse a los estados contables mencionados en el párrafo 1. para que los mismos estén presentados de conformidad con las normas contables profesionales vigentes en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, República Argentina y las normas pertinentes de la Ley de Sociedades Comerciales. Esta manifestación debe ser leída considerando la incertidumbre descripta previamente en el párrafo 4. cuya resolución no puede determinarse a la fecha de este informe.
- En relación con el estado de situación patrimonial de INTERCLIMA S.A. al 31 de diciembre de 2006 y a los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo de INTERCLIMA S.A. por el período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2006, presentados con propósitos comparativos, informamos que:
- Hemos emitido con fecha 9 de marzo de 2007 un informe de auditoría de los estados contables de INTERCLIMA S.A. al 31 de diciembre de 2006, el cual incluyó salvedades (a) por limitación en el alcance sobre la inversión en la sociedad vinculada Capdo S.A. (b) determinadas por discrepancia en el criterio de valuación de la provisión y cargo a resultados correspondiente por el impuesto a las ganancias, y (c) indeterminadas en relación con la recuperabilidad de ciertos créditos fiscales por $4.154.959. No hemos auditado ningún estado contable a ninguna fecha y por ningún período posterior al 31 de diciembre de 2006.
- Hemos emitido con fecha 10 de noviembre de 2006 un informe de revisión limitada de los estados contables de INTERCLIMA S.A. por el período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2006, el cual incluyó salvedades (a) determinadas por discrepancia en el criterio de valuación de la provisión y cargo a resultados correspondiente por el impuesto a las ganancias, y (b) indeterminadas en relación con la recuperabilidad de ciertos créditos fiscales y con el Estado Nacional por $4.010.940.
- En cumplimiento de disposiciones vigentes, informamos que:
- Excepto por lo indicado en la Nota 9 a los estados contables mencionados en el párrafo 1. surgen de los registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con normas legales vigentes.
- Al 30 de septiembre de 2007, la deuda devengada en concepto de aportes y contribuciones con destino al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, que surge de los registros contables de la Sociedad, asciende a $276.374, no siendo exigible a esa fecha.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
2 de noviembre de 2007
| PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. |
| Karén Grigorian (Socio) Contador Público (U.B.A.) C.P.C.E.T.F. Cámara Río Grande. T° 1 F° 237 |
INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA
A los Señores Accionistas de
INTERCLIMA S.A.
De nuestra consideración:
-
Hemos efectuado una revisión limitada del estado de situación patrimonial adjunto de INTERCLIMA S.A. al 30 de septiembre de 2007 y los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el período de nueve meses finalizado en esa fecha. Los estados contables mencionados son responsabilidad del Directorio de la Sociedad en ejercicio de sus funciones exclusivas.
-
Nuestro trabajo se basó en la revisión limitada de los estados contables arriba indicados efectuada por la firma Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L. de acuerdo con las normas de auditoría vigentes en la República Argentina, y se circunscribió a verificar la razonabilidad de la información significativa de los documentos examinados, su congruencia con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. No hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los criterios y decisiones empresarias de administración, financiación, comercialización y producción, dado que estas cuestiones son de responsabilidad exclusiva del Directorio.
- No hemos efectuado una revisión limitada sobre los estados contables de la sociedad vinculada Capdo S.A. al 30 de septiembre de 2007, utilizados para valuar la inversión en dicha sociedad mediante el método de valor patrimonial proporcional en los estados contables de INTERCLIMA S.A. a dicha fecha. Esta inversión representa al 30 de septiembre de 2007 el 0,20% del total del activo y el 0,22% del total del resultado a esa fecha de INTERCLIMA S.A.
- Al 30 de septiembre de 2007 la Sociedad mantiene registrados créditos fiscales no corrientes en concepto de impuesto al valor agregado por $4.412.779, cuya recuperabilidad depende de que la Sociedad genere suficientes ingresos gravados para su absorción. A la fecha de emisión de este informe no es posible estimar el importe que se recuperará de dichos créditos.
- Tal como se indica en la nota 1 a los estados contables indicados en el párrafo 1., al 31 de diciembre de 2002 la Sociedad estimó la existencia de quebranto impositivo en el impuesto a las ganancias, a partir de haber computado para el ejercicio fiscal finalizado a esa fecha el efecto del ajuste por inflación impositivo previsto en la ley, pero suspendido por la legislación impositiva vigente, por entender que estaban dadas las condiciones macroeconómicas en el país para su aplicación. Consecuentemente, la Sociedad no provisionó monto alguno en carácter de impuesto a las ganancias a dicha fecha. De no haberse practicado el ajuste por inflación impositivo, la Sociedad debería haber determinado un impuesto a las ganancias a pagar, cuya registración hubiera incrementado el pasivo corriente y disminuido el patrimonio neto al 30 de septiembre de 2007 por $4.594.923 y hubiera disminuido la ganancia neta por el período de nueve meses finalizado en esa fecha en $397.212.
- Basado en nuestra revisión y en el informe de fecha 02 de noviembre de 2007 del contador Karén Grigorian (socio de la firma Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L.), excepto por el efecto de los ajustes, si los hubiera, que pudieran haberse requerido en el estado de situación patrimonial al 30 de septiembre de 2007 de no haber mediado la limitación en el alcance descripta en el párrafo 3., y excepto por la falta de registración del pasivo y la disminución de los resultados acumulados y del ejercicio correspondiente al impuesto a las ganancias mencionado en el párrafo 5.,no hemos tomado conocimiento de ninguna modificación importante que deba hacerse a los estados contables al 30 de septiembre de 2007 adjuntos, para que los mismos estén presentados de conformidad con las normas contables profesionales vigentes en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Republica Argentina, y las normas pertinentes de la Ley de Sociedades Comerciales. Esta manifestación debe ser leída considerando las incertidumbres descriptas previamente en el párrafo 4., cuya resolución no puede determinarse a la fecha de este informe.
-
Informamos además que en cumplimiento de disposiciones legales vigentes y en ejercicio del control de legalidad que nos compete hemos aplicado durante el período los restantes procedimientos descriptos en el artículo N° 294 de la Ley N° 19.550 que consideramos necesarios de acuerdo con las circunstancias, no teniendo observaciones que formular al respecto.
-
Los estados contables adjuntos surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, encontrándose asentados en el libro Inventario y Balances.
Ciudad de Buenos Aires,
02 de noviembre de 2007
| Por Comisión Fiscalizadora |
| Julio Cueto Rua Síndico |
ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO ECONOMICO N° 23, POR EL PERIODO DE NUEVE MESES INICIADO EL 1° DE ENERO DE 2007 Y FINALIZADO EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2007, COMPARATIVO CON EL EJERCICIO ANTERIOR Y CON EL MISMO PERIODO DEL EJERCICIO ANTERIOR
Domicilio Legal: Einstein 1105 – Río Grande – Tierra del Fuego.
Actividad principal: Fabricación de autopartes, intercambiadores para equipos de aire acondicionado y calefacción, y acondicionadores de aire.
Fecha de Inscripción en el Registro Público de Comercio:
- Del estatuto social: 22 de abril de 1986.
- De la última reforma del estatuto: 13 de septiembre de 2001.
Número de registro de la Inspección General de Justicia (I.G.J.): 2.355
Fecha de finalización del plazo de duración: 22 de abril de 2085.
Sociedad Controlante: MIRGOR S.A.C.I.F.I.A.
Composición del capital: Ver Nota 3.
| Acciones ordinarias de valor nominal $ 1 Suscripto, Integrado e Inscripto en el Registro Público de Comercio | PESOS 12.000 |
ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2007
COMPARATIVO CON EL EJERCICIO ANTERIOR
- Cifras expresadas en pesos (Nota 1.b) -
ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2007
COMPARATIVO CON EL EJERCICIO ANTERIOR
- Cifras expresadas en pesos (Nota 1.b) -
ESTADO DE RESULTADOS CORRESPONDIENTE AL PERIODO DE NUEVE MESES FINALIZADO EL 30 DE
SEPTIEMBRE DE 2007, COMPARATIVO CON EL MISMO PERIODO DEL EJERCICIO ANTERIOR
- Cifras expresadas en pesos (Nota 1.b) -
ESTADO DE EVOLUCION DEL PATRIMONIO NETO CORRESPONDIENTE AL PERIODO DE NUEVE MESES FINALIZADO EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2007,
COMPARATIVO CON EL MISMO PERIODO DEL EJERCICIO ANTERIOR
- Cifras expresadas en pesos (Nota 1.b) -
ESTADO DE FLUJO EFECTIVO (1) CORRESPONDIENTE AL PERIODO DE NUEVE MESES FINALIZADO EL
30 DE SEPTIEMBRE DE 2007, COMPARATIVO CON EL MISMO PERIODO DEL EJERCICIO ANTERIOR
- Cifras expresadas en pesos (Nota 1.b) -
NOTA 1 – BASE DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES
- Normas contables aplicadas en la preparación y presentación de los estados contables:
Los presentes estados contables han sido preparados de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y las normas pertinentes de la Comisión Nacional de Valores, en consideración de la entidad de control de la sociedad controlante.
La preparación de los estados contables, de acuerdo con normas contables profesionales vigentes, requiere la consideración por parte de la Dirección de la Sociedad de estimaciones y supuestos que impactan en los saldos informados de activos y pasivos, la exposición de activos y pasivos contingentes a la fecha de dichos estados contables, como así también los montos de ingresos y gastos de cada ejercicio. Los resultados finales pueden diferir de esas estimaciones.
Con motivo del convenio de acuerdo de voluntades firmado en julio de 2004, entre la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.) y el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P.C.E.C.A.B.A.), a los efectos de unificar las normas contables profesionales, en abril de 2005, la F.A.C.P.C.E. aprobó una serie de cambios a sus Resoluciones Técnicas (RT) e interpretaciones a través de la Resolución N° 312/05. Posteriormente, en agosto de 2005 el C.P.C.E.C.A.B.A. mediante la Resolución C.D. N° 93/2005, aprobó las RT de la F.A.C.P.C.E. (con las modificaciones incorporadas hasta el 1° de abril de 2005), y estableció que dichas normas contables tendrán una vigencia general obligatoria para ejercicios completos o períodos intermedios correspondientes a los ejercicios que se inicien a partir del 1° de enero de 2006, admitiéndose su aplicación anticipada, y un período de transición para ciertos cambios relacionados con las comparaciones con valores recuperables y con la exposición de cierta información complementaria referida a la contabilización del impuesto a las ganancias, cuya aplicación obligatoria será para los ejercicios que se inicien a partir del 1° de enero de 2008.
Con fecha 29 de diciembre de 2005 y 26 de enero de 2006, la Comisión Nacional de Valores (C.N.V.) emitió sus Resoluciones Generales Nº 485 y 487, respectivamente, por medio de las cuales dispuso la adopción (con algunas modificaciones) y aplicación para los ejercicios completos o períodos intermedios correspondientes a los ejercicios iniciados a partir del 1º de enero de 2006 de las RT Nº 6, 8, 9, 11, 14, 16, 17, 18, 21 y 22 y las interpretaciones 1, 2, 3 y 4 de la F.A.C.P.C.E.. Los cambios de mayor relevancia para la Sociedad derivados de lo dispuesto por la C.N.V. por medio de las Resoluciones Generales Nº 485 y 487, son los siguientes:
NOTA 1 – BASE DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES - Continuación
- Comparaciones con valores recuperables de bienes de uso y activos intangibles. Dicha comparación debe efectuarse en un solo paso y registrar una desvalorización cuando el valor actual esperado de los flujos netos de fondos (y el valor neto de realización) es menor que el valor contable. Asimismo, la comparación debe hacerse a nivel de cada bien o, en caso de imposibilidad basada en fundamentos objetivos, al nivel de cada actividad generadora de efectivo. En caso de presentarse información por segmento deberá utilizarse el mismo criterio de agrupación.
- Se establece que la diferencia entre el valor contable ajustado por inflación de los bienes de uso (y otros activos no monetarios) y su base fiscal es una diferencia temporaria que da lugar al reconocimiento de un pasivo por impuesto a las ganancias diferido, pero se admite que siga considerándose como una diferencia permanente, requiriéndose en este caso la presentación de cierta información complementaria adicional relacionada con el valor del pasivo por impuesto a las ganancias diferido que se optó por no reconocer, así como su plazo de reversión.
- Para las cuestiones no previstas en las normas contables generales o particulares y que no pueden resolverse mediante la utilización del Marco Conceptual de las normas contables, deberán aplicarse en forma supletoria las Normas Internacionales de Información Financiera e Interpretaciones aprobadas por el International Accounting Standard Board, que se encuentren vigentes en el ejercicio para el que aplique la supletoriedad.
Respecto del cambio mencionado en el inciso b), el efecto total (en términos de impuesto) de la diferencia por reexpresión de los bienes de uso al cierre de los presentes estados contables asciende a 22.459, de haberse considerado la mencionada diferencia como temporaria, el patrimonio neto de la Sociedad al inicio del ejercicio hubiera disminuido en 27.575, y el efecto sobre los resultados del período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2007 hubiera implicado un menor cargo contable por impuesto a las ganancias de 5.116.
De haberse registrado la diferencia temporaria antes mencionada, el impacto en el cargo contable por impuesto a las ganancias diferido de los próximos ejercicios se vería reducido de la siguiente manera:
NOTA 1 – BASE DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES – Continuación
Adicionalmente, con fecha 14 de diciembre de 2006 la C.N.V. emitió su Resolución General N°494 por medio de la cual dispuso la adopción y aplicación de la RT° 23 para los ejercicios completos o períodos intermedios correspondientes a los ejercicios iniciados a partir del 1° de abril de 2007, admitiéndose su aplicación anticipada.
- Información comparativa
Los saldos al 31 de diciembre y 30 de septiembre de 2006 incluyen ciertos cambios menores de exposición para adecuar su presentación a la del periodo de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2007.
- Reexpresión en moneda homogénea:
Las normas contables profesionales establecen que los estados contables deben expresarse en moneda homogénea. En un contexto de estabilidad monetaria, la moneda nominal es utilizada como moneda homogénea y, en un contexto de inflación o deflación, los estados contables deben expresarse en moneda de poder adquisitivo de la fecha a la cuál corresponden dando reconocimiento contable a las variaciones en el índice de precios internos al por mayor (IPIM) publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, de acuerdo con el método de reexpresión establecido en la Resolución Técnica (RT) N° 6 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.).
Los estados contables de la Sociedad reconocen las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta el 28 de febrero de 2003 de acuerdo con lo requerido por el Decreto 664/2003 del Poder Ejecutivo Nacional y la Resolución General N° 441 de la Comisión Nacional de Valores. Las normas contables profesionales, establecen que la discontinuación en la aplicación del método de reexpresión establecido en la RT N° 6 debió efectuarse a partir del 1° de octubre de 2003. Los efectos de no haberse reconocido las variaciones del poder adquisitivo de la moneda hasta esta última fecha no han sido significativos en relación a los presentes estados contables.
- Criterios de valuación:
Los principales criterios de valuación y exposición utilizados en la preparación de los estados contables son los siguientes:
- Caja y bancos:
- En moneda nacional: a su valor nominal.
- En moneda extranjera: se convirtieron a la moneda local al tipo de cambio vigente a la fecha de cierre de cada período o ejercicio aplicable para la liquidación de estas operaciones. Las diferencias de cambio fueron imputadas a los resultados de cada período. El detalle respectivo se expone en el Anexo G.
NOTA 1 – BASE DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES – Continuación
- Créditos y pasivos:
- En moneda local: se valuaron al valor actual de los flujos de fondos que originarán los mismos, descontados, en la medida que sus efectos fueran significativos, utilizando tasas implícitas, explícitas o de mercado, según corresponda, vigentes al momento de cada transacción.
- En moneda extranjera: se valuaron al valor actual de los flujos de fondos que originarán los mismos, descontados, en la medida que sus efectos fueran significativos, utilizando tasas implícitas, explícitas o de mercado, según corresponda, vigentes al momento de cada transacción. Estos saldos fueron convertidos a moneda local al tipo de cambio vigente a la fecha de cierre de cada período o ejercicio aplicable para la liquidación de las respectivas operaciones. Las diferencias de cambio fueron imputadas al resultado de cada período. El detalle respectivo se expone en el Anexo G.
- Riesgo crediticio: las ventas al mercado interno se concentran principalmente a Mirgor S.A.C.I.F.I.A. (sociedad controlante), Carrier S.A., Bazar Avenida S.A., Electrónica Megatone S.A., Carsa S.A., Cencosud S.A. y Peugeot Citröen Argentina S.A.. La Sociedad analiza la evolución financiera de todos sus clientes a fin de reducir el riesgo potencial de pérdidas significativas por incobrabilidad de los créditos.
La Sociedad no ha endosado ni descontado documentos de créditos.
-
Pasivos por costos laborales: los pasivos por costos laborales se devengan en los períodos en los cuales los empleados hayan prestado el servicio que da origen a tales contraprestaciones.
-
Instrumentos financieros: la Sociedad no ha utilizado instrumentos financieros derivados en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2006 ni por el período cerrado el 30 de septiembre de 2007. Los saldos a cobrar y a pagar derivados de sus habituales operaciones comerciales se encuentran valuados según lo indicado en los párrafos anteriores. La Sociedad estima que el valor corriente de los instrumentos financieros (créditos y pasivos) es similar a su valor de libros.
- Bienes de cambio:
- Las materias primas (incluyendo aquellas en tránsito) fueron valuadas a su costo de reposición al cierre de cada período o ejercicio considerando los precios de contado para los volúmenes habituales de compra. Asimismo, para los bienes importados se han considerado los costos de reposición en moneda extranjera, siendo convertidos al tipo de cambio vigente al cierre de cada período o ejercicio aplicable para la liquidación de estas operaciones.
NOTA 1 – BASE DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES – Continuación
- Los productos elaborados fueron valuados a su costo de reproducción de contado al cierre de cada período o ejercicio con límite en su valor neto de realización.
- Los anticipos a proveedores se valúan a su valor nominal, aquellos en moneda extranjera fueron convertidos al tipo de cambio vigentes al cierre de cada período o ejercicio.
- El valor de los bienes de cambio al cierre de cada período o ejercicio, luego de considerar la previsión para desvalorización y obsolescencia, no supera su valor recuperable.
- Participaciones Permanentes en Sociedades Controladas:
- Capdo S.A.: Se ha determinado en base al valor patrimonial proporcional de acuerdo con lo establecido por la Resolución Técnica Nro.21 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, el que fue calculado en base a los activos y pasivos computados a sus valores corrientes a la fecha de adquisición y considerando los resultados devengados desde dicha fecha hasta la fecha de cierre de los estados contables de Capdo S.A. al 30 de septiembre de 2007 y 31 de diciembre de 2006, los que incluyen un informe de revisión limitada sin salvedades, de fecha 2 de noviembre de 2007 y 26 de febrero de 2007, respectivamente.
- El valor de las inversiones se revisa para verificar si sufrieron alguna desvalorización, cuando existe algún indicio que indique que el valor de libros excede su valor recuperables (el mayor entre el valor neto de realización y su valor de uso).
- El resultado por la participación en la sociedad controlada se expone bajo el rubro “Resultado de inversiones permanentes” del estado de resultados.
- Bienes de uso
- Los bienes de uso se valuaron a su costo original reexpresado de acuerdo con lo mencionado en la Nota 1.b, neto de las depreciaciones acumuladas hasta la finalización de cada período o ejercicio.
- La depreciación es calculada por el método de la línea recta, aplicando tasas anuales suficientes para extinguir los bienes de uso al final de su vida útil estimada.
NOTA 1 – BASE DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES – Continuación
- La valuación de los bienes de uso se revisa para verificar si sufrieron alguna desvalorización, cuando existe algún indicio que el valor libros de los mismos podría exceder su valor recuperable. Las pérdidas o recuperos por desvalorización se reconocen en los resultados financieros y por tenencia del estado de resultados.
- El valor de libros de los bienes de uso, considerado a nivel de actividad generadora de efectivo, no supera su valor recuperable.
- Activos intangibles
- Los activos intangibles se valuaron a su costo original reexpresado de acuerdo con lo mencionado en la Nota 1.b, neto de las amortizaciones acumuladas hasta la finalización de cada período o ejercicio.
- Las amortizaciones se calculan siguiendo el método de la línea recta.
- La valuación de los activos intangibles se revisa para verificar si sufrieron alguna desvalorización, cuando existe algún indicio que el valor libros de los mismos podría exceder su valor recuperable. Las pérdidas o recuperos por desvalorización se reconocen en los resultados financieros y por tenencia del estado de resultados.
- El valor de libros de los activos intangibles no supera su valor recuperable.
- Llave de negocio
- La llave de negocio ha sido generada por la adquisición de acciones de CAPDO S.A.. La Sociedad ha considerado que este intangible tiene vida útil indefinida, dado que no se encuentra sujeta a un plazo de utilización contractual o legal y se estima que generará fondos en el futuro en un plazo indefinido.
- El valor de la llave de negocio se revisa para verificar si ha sufrido alguna desvalorización, cuando existe algún indicio que el valor de libros podría exceder su valor recuperable. Las pérdidas o recuperos por desvalorización se reconocen en los resultados financieros y por tenencia del estado de resultados.
- Previsiones:
-
Deducidas del activo:
-
Desvalorización y obsolescencia de bienes de cambio: se ha constituido para adecuar el valor de ciertas existencias de productos terminados y otros bienes de cambio obsoletos o de lenta rotación a su valor probable de recupero. El detalle respectivo se expone en el Anexo E.
NOTA 1 – BASE DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES – Continuación
-
Desvalorización de créditos fiscales: Se ha constituido para reducir el valor de libros de dichos créditos a su valor estimado de recupero. En su determinación se han considerado las estimaciones de la Dirección de la Sociedad y la opinión de sus asesores legales. El detalle respectivo se expone en el Anexo E.
-
Cuentas de patrimonio neto:
Se encuentran reexpresadas de acuerdo con lo indicado en la Nota 1.b., excepto la cuenta “Capital suscripto” y “Aportes irrevocables”, las cuales se han mantenido por su valor de origen. El ajuste derivado de su reexpresión se expone en la cuenta “Ajuste del capital” y “Ajuste integral de aportes irrevocables”.
- Cuentas del estado de resultados:
-
Se encuentran expresadas a su valor nominal, con las siguientes excepciones:
-
Los resultados de inversiones permanentes fueron calculados de acuerdo con el método del valor patrimonial proporcional, aplicando el porcentaje de participación de la Sociedad sobre los resultados de las sociedades controladas, correspondientes al mismo período de tiempo que el de la Sociedad y deduciendo los resultados no trascendidos a terceros. Asimismo se incluyen en este concepto los ajustes necesarios para adaptar los criterios de valuación de la Sociedad.
- Las depreciaciones de los bienes de uso y la amortización de los activos intangibles fueron calculadas sobre el valor de los activos respectivos, reexpresados de acuerdo con lo mencionado en la Nota 1.b.
- El costo de los bienes vendidos se determinó sobre la base de los costos de reposición de cada mes. El resultado por tenencia se expone en el rubro “Resultados financieros y por tenencia”.
- Bajo la denominación de “Resultados financieros y por tenencia” se exponen en forma conjunta: a) las ganancias y costos financieros, b) los resultados por tenencia de bienes de cambio, c) las diferencias de cambio y d) los cargos y reversiones por créditos incobrables, desvalorizaciones y obsolescencia de bienes de cambio, desvalorizaciones de bienes de uso y de otros activos en general.
-
La Sociedad ha segregado los componentes financieros implícitos devengados durante cada período o ejercicio en la medida en que sus efectos han sido significativos.
-
Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta
- Ajuste por inflación impositivo correspondiente al ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2002.
La Dirección de la Sociedad, a partir de la crisis económica dada por la salida del Régimen de Convertibilidad, consideró que estaban dadas las condiciones para la aplicación del ajuste por inflación impositivo, en función a ello confeccionó y presentó la declaración jurada del impuesto a las ganancias por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2002 en base a saldos ajustados
NOTA 1 – BASE DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES – Continuación
utilizando para el cálculo los coeficientes determinados según la variación del Índice de Precios Internos Mayoristas (IPIM) lo que llevó a determinar un quebranto impositivo de aproximadamente 5.200.000.
A los efectos de contar con la protección jurisdiccional correspondiente, la Dirección de la Sociedad interpuso ante el Poder Judicial una medida cautelar por entender que debido a la alta inflación que había afectado al ejercicio 2002, debía dejarse sin efecto el artículo 39 de la Ley N° 24.073 del año 1992, que establece en uno el índice aplicable para el ajuste por inflación impositivo, dado que el mismo había sido incorporado a la legislación en un contexto económico totalmente distinto al que sepresentaba en el ejercicio 2002.
Con fecha 17 de julio de 2003, el juez que entiende en la causa hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la Dirección de laSociedad ordenando al Estado Nacional que se abstenga de iniciar cualquier procedimiento administrativo o judicial, de efectuar cualquier clase de reclamo, intimación o denuncia así como aplicar cualquier sanción fundado en la supuesta prohibición del ajuste por inflación.
El 15 de octubre de 2004, el juez de primera instancia que entiende en el amparo interpuesto por la Sociedad emitió un pronunciamiento para que la AFIP acepte la legitimidad del ajuste por inflación previsto en el título VI de la Ley 20.628 de impuesto a las ganancias y resolvió declarar la inconstitucionalidad del artículo 4° de la Ley 25.561 en cuanto modifica los artículos 7° y 10° de la Ley 23.928, el artículo 5° del Decreto 214/02, y artículo 39° de la Ley 24.073, por avasallar los artículos 14 y 17 de la Constitución Nacional y ordenó a la AFIP a computar el ajuste por inflación en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2002 y presentada el 8 de mayo de 2003, la cual fue apelada por el Fisco Nacional. La Cámara de Apelaciones declaró desierto el recurso de apelación deducido, como consecuencia de ello, la AFIP introdujo un recurso extraordinario el cual fue denegado por la Cámara. Considerando la denegatoria mencionada, la AFIP interpuso un recurso de queja ante la Corte Suprema de la Nación, no habiéndose resuelto, hasta la fecha, la admisión o no del mismo. El Procurador General de la Nación sostuvo en un dictamen reciente que debe habilitarse la revisión de la sentencia de la Cámara de Comodoro Rivadavia que había declarado desierto el recurso ante la Corte Suprema de Justicia interpuesto por la AFIP, ante la sentencia favorable para Interclima de primera y segunda instancia.
De no haberse practicado el ajuste por inflación impositivo, la Sociedad hubiera determinado por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2002 un impuesto a las ganancias, por aproximadamente 384.342, (luego del cómputo de quebrantos de períodos anteriores), de 854.892 por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2003, de 1.279.585 por el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2004, de 39.793 por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2005. En consecuencia, dicho pasivo por
NOTA 1 – BASE DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES – Continuación
2.558.612, más los intereses devengados de aproximadamente 2.036.312, no se encuentran registrados en los estados contablesal 30 de septiembre de 2007.
- Determinación contable del impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta.
La Sociedad determina el cargo contable por impuesto a las ganancias de acuerdo con el método del impuesto a las ganancias diferido, el cual consiste en el reconocimiento, como crédito o deuda, del efecto impositivo de las diferencias temporarias entre la valuación contable y la impositiva de los activos y pasivos, y su posterior imputación a los resultados de los períodos en los cuales se produce la reversión de las mismas, considerando asimismo la posibilidad de aprovechamiento de los quebrantos impositivos en el futuro. Las diferencias temporarias determinan saldos activos o pasivos de impuesto a las ganancias diferido cuando su reversión futura disminuya o aumente los impuestos determinados.
El impuesto a la ganancia mínima presunta es complementario del impuesto a las ganancias, dado que, mientras este último grava la utilidad impositiva del ejercicio, el impuesto a la ganancia mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos activos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Sociedad coincidirá con el mayor de ambos impuestos. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta durante los siguientes diez ejercicios.
La evolución del crédito por impuesto a las ganancias diferido y el cargo a resultados en el período finalizado el 30 de septiembre de 2007 y 2006 es la siguiente:
NOTA 1 – BASE DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES – Continuación
La conciliación entre el cargo a resultados registrado por el impuesto a las ganancias y el resultante de aplicar la tasa del 35% establecida por las normas impositivas vigentes al resultado contable del período es la siguiente:
- Incluye el resultado exento por las actividades desarrolladas en Tierra del Fuego.
El detalle de las partidas incluidas en el crédito por impuesto a las ganancias diferido al 30 de septiembre de 2007 y 31 de diciembre de 2006 es el siguiente:
NOTA 2 – COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS
NOTA 2 – COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS – Continuación
NOTA 2 – COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS – Continuación
NOTA 2 – COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS – Continuación
NOTA 3 – ESTADO DE CAPITALES
En cumplimiento de lo requerido por la Dirección de Personas Jurídicas de Tierra del Fuego, se informa que el estado de capitales al 30 de septiembre de 2007 y 31 de diciembre de 2006, es el siguiente:
Con fecha 20 de diciembre de 2000 la Asamblea General Extraordinaria aprobó una capitalización de la cuenta Ajuste de Capital por 11.910, cuyo trámite de inscripción en el Registro Público de Comercio fue autorizado por disposición de la Inspección General de Justicia N° 331/01 del 13 de septiembre de 2001.
NOTA 4 – SITUACIÓN FISCAL DE LA SOCIEDAD: - CREDITOS FISCALES
La Sociedad se encuentra alcanzada por los beneficios del Régimen de Promoción Industrial establecido por la Ley Nº 19.640 por los bienes y para las actividades desarrolladas en la Provincia de Tierra del Fuego. En este sentido la Sociedad goza de ciertos beneficios impositivos y aduaneros hasta el año 2013, que incluyen:
- Impuesto a las ganancias: Mediante el Decreto 1395/94 el Poder Ejecutivo Nacional estableció que a partir del 1° de septiembre de 1994 debía atribuirse como renta exenta del impuesto a las ganancias por las utilidades imputables a la Provincia de Tierra del Fuego, el 85% del precio de venta al cliente. Con posterioridad por aplicación del Decreto 615/97 el Estado Nacional restituyó determinados beneficios impositivos otorgados por la Ley de Promoción Industrial introduciendo, a partir del 1° de agosto de 1997, modificaciones que establecieron que la exención de la que gozarían las mencionadas actividades serían del 100% de acuerdo al Art. 4° inc.a) de la Ley 19.640.
NOTA 4 – SITUACIÓN FISCAL DE LA SOCIEDAD: - CREDITOS FISCALES – Continuación
- Impuesto al Valor Agregado: Las ventas que la Sociedad realiza en la Provincia de Tierra del Fuego se hallan exentas de este impuesto, mientras que las realizadas al territorio continental están gravadas por el impuesto al valor agregado a la tasa del 21%, dicho impuesto es cobrado a los clientes. El Decreto 1395/94 dispuso que el crédito fiscal presunto computable a partir del 1° de septiembre de 1994, equivale al que resulte de aplicar la tasa del gravamen sobre el 61,11% del precio neto de venta al cliente, por lo que la obligación tributaria se redujo al 8% del mismo a partir de abril de 1995. Con la emisión del Decreto Nº 615/97 el Estado Nacional restituyó determinados beneficios impositivos otorgados por la Ley de Promoción Industrial y estableció que el crédito fiscal presunto computable a partir del 1° de agosto de 1997 equivale al que resulta de aplicar el 100% sobre la tasa del gravamen al precio neto de venta al cliente.
- Derechos aduaneros y tasa de estadística: Para todos los insumos importados y que sean empleados para sus operaciones en Tierra del Fuego no son abonados por la Sociedad en virtud de la Ley 19.640.
- Reintegros en moneda nacional: En función a lo establecido por la Ley Nº 19.640 las exportaciones realizadas desde el continente a Tierra del Fuego son beneficiadas por estos reintegros.
Debido a la demora en el pago por parte del Estado Nacional, la Sociedad ha presentado solicitudes de cobro ante la Dirección General de Aduanas. Durante el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2006 y el período cerrado el 30 de septiembre de 2007 la Sociedad ha cobrado, por parte del Estado Nacional un total de 841.010 y 58.272 respectivamente. En relación con la porción restante, los asesores legales y la Dirección de la Sociedad entienden que las operaciones se realizaron de acuerdo al marco normativo de la Ley Nº 19.640 y por ende les corresponde la percepción de los reintegros.
Los beneficios correspondientes al período finalizado el 30 de septiembre de 2007 y 2006 respecto a lo mencionado en los incisos anteriores asciende a:
NOTA 4 – SITUACIÓN FISCAL DE LA SOCIEDAD: - CREDITOS FISCALES – Continuación
Considerando el régimen impositivo al cual se encuentra sujeto la Sociedad, la misma mantiene al 30 de septiembre de 2007 y 31 de diciembre de 2006 créditos fiscales por IVA saldo a favor por la suma de 4.412.779 y 4.154.959 respectivamente, expuestos en el activo no corriente cuya recuperabilidad depende, entre otros factores, de la posibilidad de que la Sociedad genere ingresos sujetos a impuestos durante el presente y próximos ejercicios. En este sentido, la Dirección de la Sociedad entiende que en función del plan de negocios futuros, dichos créditos serán recuperables.
NOTA 5 – CLIENTES SIGNIFICATIVOS
Por los períodos finalizados el 30 de septiembre de 2007 y 2006, las ventas de la Sociedad a sus clientes más significativos fueron:
NOTA 6 – INFORMACIÓN SOBRE PARTES RELACIONADAS
- Saldos y operaciones
Por el período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2007 y por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2006, la Sociedad realizó operaciones con la sociedad controlante, siendo los saldos de créditos y deudas, los siguientes:
NOTA 6 – INFORMACIÓN SOBRE PARTES RELACIONADAS – Continuación
Las transacciones realizadas con la sociedad controlante por los períodos finalizados el 30 de septiembre de 2007 y 2006, son los siguientes:
NOTA 7 – RESTRICCIONES A LA DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES
De acuerdo con lo previsto por la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550 y sus modificaciones, deberá destinarse el 5% de las utilidades futuras a la reserva legal hasta cubrir el 20% del capital social.
NOTA 8 – INFORMACIÓN POR SEGMENTOS
Durante el período finalizado el 30 de septiembre de 2007, la Sociedad operó en los segmentos de negocio automotriz y residencial. Los criterios de valuación aplicables para preparar la información por segmentos de negocios son los descriptos en la Nota 1.c de los presentes estados contables.
NOTA 8 – INFORMACIÓN POR SEGMENTOS - Continuación
NOTA 9 – LIBROS RUBRICADOS
Debido a demoras sufridas en el proceso administrativo de rubrica en la Inspección General de Justicia (I.G.J.) del Libro Diario, a la fecha de emisión de los presentes estados contables, la Sociedad se encuentra en proceso de transcripción de las operaciones correspondientes al presente período en dicho libro.
NOTA 10 – ADQUISICION DE PARTICIPACION ACCIONARIA
El 21 de diciembre de 2006, la Sociedad adquirió una participación accionaria equivalente al 5% de CAPDO S.A. una sociedad vinculada al grupo económico al que pertenece la sociedad controlante, por un monto de 410.130 el que ha sido totalmente pagado al 31 de diciembre de 2006. Dicha sociedad es propietaria de un inmueble en la provincia de Buenos Aires, que permitirá entre otras cosas, ampliar y mejorar la provisión de bienes producidos a una de las terminales con la que la Sociedad opera.
ANEXO “A”
EVOLUCION DE BIENES DE USO POR EL PERIODO DE NUEVE MESES FINALIZADO EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2007
COMPARATIVO CON EL EJERCICIO ANTERIOR
- Cifras expresadas en pesos (Nota 1.b) -
ANEXO “B”
EVOLUCION DE ACTIVOS INTANGIBLES POR EL PERIODO DE NUEVE MESES FINALIZADO
EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2007 COMPARATIVO CON EL EJERCICIO ANTERIOR
- Cifras expresadas en pesos (Nota 1.b) -
ANEXO “C”
ACCIONES, DEBENTURES, OTROS TITULOS EMITIDOS EN SERIE Y PARTICIPACION EN SOCIEDADES POR EL PERIODO DE NUEVE MESES FINALIZADO EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2007 COMPARATIVO CON EL EJERCICIO ANTERIOR
- Cifras expresadas en pesos (Nota 1.b) -
ANEXO “E”
EVOLUCION DE PREVISIONES POR EL PERIODO DE NUEVE MESES FINALIZADO 30 DE SEPTIEMBRE DE 2007 COMPARATIVO CON EL EJERCICIO ANTERIOR
- Cifras expresadas en pesos (Nota 1.b) -
ANEXO “F”
COSTO DE LOS BIENES VENDIDOS POR EL PERIODO DE NUEVE MESES FINALIZADO
EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2007 COMPARATIVO CON EL MISMO PERIODO DEL EJERCICIO ANTERIOR
- Cifras expresadas en pesos (Nota 1.b) -
ANEXO “G”
ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA POR EL PERIODO DE NUEVE MESES FINALIZADO EL
30 DE SEPTIEMBRE DE 2007 COMPARATIVO CON EL EJERCICIO ANTERIOR
ANEXO “H”
INFORMACION REQUERIDA POR EL APARTADO I INCISO b) DEL ART. 64 DE LA LEY NRO. 19.550 CORRESPONDIENTE AL PERIODO DE NUEVE MESES FINALIZADO EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2007
COMPARATIVO CON EL MISMO PERIODO DEL EJERCICIO ANTERIOR
- Cifras expresadas en pesos (Nota 1.b) -
ANEXO “I”
APERTURA DE CREDITOS Y PASIVOS AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2007
- Cifras expresadas en pesos (Nota 1.b) -
(1) Los saldos deudores y acreedores no devengan intereses explícitos.