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Mirgor — Audit Report / Information 2023
Mar 12, 2024
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Audit Report / Information
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ACTA DE COMISIÓN FISCALIZADORA N° 189
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 8 días del mes de marzo de 2024, siendo las 10.00 horas, se reúnen los miembros de la Comisión Fiscalizadora de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A. , que firman al pie de la presente, con el objeto de establecer la forma en que se suscribirá la documentación referida a los estados financieros por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2023 y aprobar los informes de esta Comisión sobre los mismos, los que se transcriben a continuación:
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA SOBRE ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS
Señores Directores de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A. CUIT N°: 30-57803607-1 Domicilio legal: Einstein 1111
Río Grande – Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Informe sobre los controles realizados como comisión fiscalizadora respecto de los estados contables consolidados y la memoria de los administradores
Opinión
He llevado a cabo los controles que me imponen como comisión fiscalizadora la legislación vigente, el estatuto social, las regulaciones pertinentes y las normas profesionales para contadores públicos, acerca de los estados contables consolidados de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A., que comprenden los estados de situación patrimonial al 31 de diciembre de 2023, de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo, así como las notas explicativas de los estados contables consolidados que incluyen un resumen de las políticas contables significativas, el inventario y la memoria de los administradores correspondientes al ejercicio finalizado en dicha fecha.
En mi opinión, los estados contables mencionados en el párrafo precedente, que se adjuntan a este informe y firmo a los fines de su identificación, presentan razonablemente, en todos los aspectos significativos, la situación patrimonial de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A. al 31 de diciembre de 2023, así como sus resultados y el flujo de su efectivo correspondientes al ejercicio finalizado en esa fecha, de conformidad con las normas contables profesionales argentinas. Asimismo, en mi opinión, la memoria de los administradores cumple con los requisitos legales y estatutarios, resultando las afirmaciones acerca de la gestión llevada a cabo y de las perspectivas futuras de exclusiva responsabilidad de la Dirección.
Fundamento de la opinión
He llevado a cabo mis controles cumpliendo las normas legales y profesionales vigentes para la comisión fiscalizadora, contempladas, entre otras, en la Ley General de Sociedades y en la Resolución Técnica N° 15 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) adoptada por la Resolución C.S. Nº2/2023 del CPCETDF la cual tiene en cuenta que los controles de la información deben llevarse a cabo cumpliendo con las normas de auditoría establecidas en la Resolución Técnica N° 37 de dicha Federación. Mis responsabilidades de acuerdo con las normas mencionadas se describen más adelante en la sección Responsabilidades de la comisión fiscalizadora en relación con los controles de los estados contables y la memoria de los administradores. Para realizar mi tarea profesional sobre los estados contables citados en el primer párrafo, planifiqué y ejecuté determinados procedimientos sobre la documentación de la auditoría efectuada por el contador Karen Grigorian (socio de la firma Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L.), quien emitió su informe de fecha 8 de marzo de 2024 de acuerdo con las normas de auditoría vigentes. Entre los procedimientos llevados a cabo se incluyeron la planificación del encargo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la auditoría efectuada por dicho profesional, quien manifiesta haber llevado a cabo su examen sobre los estados contables adjuntos de conformidad con las normas de auditoría establecidas en la Resolución Técnica N° 37 de la FACPCE adoptada por la Resolución C.S Nº 20/2022 del CPCETDF. Dichas normas exigen que cumpla los requerimientos de ética, así como que planifique y ejecute la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados contables están libres de incorrecciones significativas.
Dado que no es responsabilidad de la comisión fiscalizadora efectuar un control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva de los administradores.
Asimismo, con relación a la memoria de los administradores correspondiente al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2023 he verificado que contiene la información requerida por el artículo 66 de la Ley General Sociedades y otra información requerida por los organismos de control y, en lo que es materia de mi competencia, que sus datos numéricos concuerdan con los registros contables de la Sociedad y otra documentación pertinente.
Dejo expresa mención que soy independiente de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A. y he cumplido con los demás requisitos de ética de conformidad con el código de ética del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y de las RT N° 15 Y 37 de FACPCE. Considero que los elementos de juicio que he obtenido proporcionan una base suficiente y adecuada para mi opinión.
Responsabilidades de la Dirección de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A. en relación con los estados contables
La Dirección de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A. es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados contables adjuntos de conformidad con las normas contables profesionales argentinas, y del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados contables libres de incorrección significativa.
En la preparación de los estados contables, la Dirección es responsable de la evaluación de la capacidad de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A. para continuar como empresa en funcionamiento, revelando, en caso de corresponder, las cuestiones relacionadas con empresa en funcionamiento y utilizando el principio contable de empresa en funcionamiento, excepto si la Dirección tuviera intención de liquidar la Sociedad o de cesar sus operaciones, o bien no existiera otra alternativa realista.
Respecto de la memoria los administradores son responsables de cumplir con la Ley General de Sociedades y las disposiciones de los organismos de control en cuanto a su contenido.
Responsabilidades de la Comisión Fiscalizadora en relación con la auditoría de los estados contables y la memoria de los administradores.
Mis objetivos son obtener una seguridad razonable de que los estados contables en su conjunto están libres de incorrección significativa, que la memoria cumple con las prescripciones legales y reglamentarias y emitir un informe como comisión fiscalizadora que contenga mi opinión. Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría realizada de conformidad con la RT N° 37 de FACPCE siempre detecte una incorrección significativa cuando exista. Las incorrecciones se consideran significativas si, individualmente o de forma agregada, puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que los usuarios toman basándose en los estados contables y el contenido de la memoria en aquellos temas de mi incumbencia profesional.
Como parte de los controles sobre los estados contables, empleando normas de auditoría de conformidad con la RT N° 37 de FACPCE, aplico mi juicio profesional y mantengo una actitud de escepticismo profesional durante mi actuación como comisión fiscalizadora. También:
a) Identifico y evalúo los riesgos de incorrección significativa en los estados contables, diseño y aplico procedimientos de auditoría para responder a dichos riesgos y obtengo elementos de juicio suficientes y adecuados para proporcionar una base para mi opinión.
b) Obtengo conocimiento del control interno relevante para la auditoría con el fin de diseñar procedimientos que sean apropiados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la Sociedad.
c) Evalúo si las políticas contables aplicadas son adecuadas, así como la razonabilidad de las estimaciones contables y la correspondiente información revelada por la Dirección de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A..
d) Concluyo sobre lo adecuado de la utilización por la Dirección de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A., del principio contable de empresa en funcionamiento y, basándome en los elementos de juicio obtenidos, concluyo sobre si existe o no una incertidumbre significativa relacionada con hechos o con condiciones que pueden generar dudas importantes sobre la capacidad de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A. para continuar como empresa en funcionamiento. Si concluyo que existe una incertidumbre significativa, se requiere que llame la atención en mi informe como comisión fiscalizadora sobre la información expuesta en los estados contables o en la memoria, o, si dicha información expuesta no es adecuada, que exprese una opinión modificada. Mis conclusiones se basan en los elementos de juicio obtenidos hasta la fecha de mi informe como comisión fiscalizadora. Sin embargo, hechos o condiciones futuros pueden ser causa de que la Sociedad deje de ser una empresa en funcionamiento.
e) Evalúo la presentación general, la estructura y el contenido de los estados contables, incluida la información revelada, y si los estados contables representan las transacciones y hechos subyacentes de un modo que logren una presentación razonable.
f) Me comunico con la Dirección de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A. en relación con, entre otras cuestiones, la estrategia general de la planificación y ejecución de mis procedimientos de auditoría como comisión fiscalizadora y los hallazgos significativos en mi actuación como responsable de la fiscalización privada, así como cualquier deficiencia significativa del control interno identificada en el transcurso de mi actuación como comisión fiscalizadora.
También proporciono a la Dirección de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A. una declaración de que he cumplido los requerimientos de ética aplicables relacionados con mi independencia.
Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios
a) Según surge de los registros contables de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A., el pasivo devengado al 31 de diciembre de 2023 a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino en concepto de aportes y contribuciones previsionales ascendía a $197.896.608 y no era exigible a esa fecha.
b) He aplicado los procedimientos sobre prevención del lavado de activos de origen delictivo y financiación del terrorismo, previstos en la Resolución 420/11 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas adoptada por Resolución C.S. Nº 99/2018 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
c) Los estados contables adjuntos y el correspondiente inventario surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
d) En el desempeño de mi función considero haber cumplido con mis deberes como comisión fiscalizadora conforme lo prescribe la Ley General de Sociedades y el estatuto social.
e) He constatado la constitución de las garantías de los administradores previstas en la legislación.
Río Grande – Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, 8 de marzo de 2024
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA SOBRE ESTADOS FINANCIEROS SEPARADOS
Señores Directores de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A. CUIT N°: 30-57803607-1 Domicilio legal: Einstein 1111 Río Grande – Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Informe sobre los controles realizados como comisión fiscalizadora respecto de los estados contables separados y la memoria de los administradores
Opinión
He llevado a cabo los controles que me imponen como comisión fiscalizadora la legislación vigente, el estatuto social, las regulaciones pertinentes y las normas profesionales para contadores públicos, acerca de los estados contables separados de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A.,
que comprenden los estados de situación patrimonial al 31 de diciembre de 2023, de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo, así como las notas explicativas de los estados contables separados que incluyen un resumen de las políticas contables significativas, el inventario y la memoria de los administradores correspondientes al ejercicio finalizado en dicha fecha.
En mi opinión, los estados contables mencionados en el párrafo precedente, que se adjuntan a este informe y firmo a los fines de su identificación, presentan razonablemente, en todos los aspectos significativos, la situación patrimonial de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A. al 31 de diciembre de 2023, así como sus resultados y el flujo de su efectivo correspondientes al ejercicio finalizado en esa fecha, de conformidad con las normas contables profesionales argentinas. Asimismo, en mi opinión, la memoria de los administradores cumple con los requisitos legales y estatutarios, resultando las afirmaciones acerca de la gestión llevada a cabo y de las perspectivas futuras de exclusiva responsabilidad de la Dirección.
Fundamento de la opinión
He llevado a cabo mis controles cumpliendo las normas legales y profesionales vigentes para la comisión fiscalizadora, contempladas, entre otras, en la Ley General de Sociedades y en la Resolución Técnica N° 15 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) adoptada por la Resolución C.S. Nº2/2023 del CPCETDF la cual tiene en cuenta que los controles de la información deben llevarse a cabo cumpliendo con las normas de auditoría establecidas en la Resolución Técnica N° 37 de dicha Federación. Mis responsabilidades de acuerdo con las normas mencionadas se describen más adelante en la sección Responsabilidades de la comisión fiscalizadora en relación con los controles de los estados contables y la memoria de los administradores.
Para realizar mi tarea profesional sobre los estados contables citados en el primer párrafo, planifiqué y ejecuté determinados procedimientos sobre la documentación de la auditoría efectuada por el contador Karen Grigorian (socio de la firma Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L.), quien emitió su informe de fecha 8 de marzo de 2024 de acuerdo con las normas de auditoría vigentes. Entre los procedimientos llevados a cabo se incluyeron la planificación del encargo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la auditoría efectuada por dicho profesional, quien manifiesta haber llevado a cabo su examen sobre los estados contables adjuntos de conformidad con las normas de auditoría establecidas en la Resolución Técnica N° 37 de la FACPCE adoptada por la Resolución C.S Nº 20/2022 del CPCETDF. Dichas normas exigen que cumpla los requerimientos de ética, así como que planifique y ejecute la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados contables están libres de incorrecciones significativas.
Dado que no es responsabilidad de la comisión fiscalizadora efectuar un control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva de los administradores.
Asimismo, con relación a la memoria de los administradores correspondiente al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2023 he verificado que contiene la información requerida por el artículo 66 de la Ley General Sociedades y otra información requerida por los organismos de control y, en lo que es materia de mi competencia, que sus datos numéricos concuerdan con los registros contables de la Sociedad y otra documentación pertinente.
Dejo expresa mención que soy independiente de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A. y he cumplido con los demás requisitos de ética de conformidad con el código de ética del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y de las RT N° 15 Y 37 de FACPCE. Considero que los elementos de juicio que he obtenido proporcionan una base suficiente y adecuada para mi opinión.
Responsabilidades de la Dirección de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A. en relación con los estados contables
La Dirección de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A. es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados contables adjuntos de conformidad con las normas contables profesionales argentinas, y del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados contables libres de incorrección significativa.
En la preparación de los estados contables, la Dirección es responsable de la evaluación de la capacidad de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A. para continuar como empresa en funcionamiento, revelando, en caso de corresponder, las cuestiones relacionadas con empresa en funcionamiento y utilizando el principio contable de empresa en funcionamiento, excepto si la Dirección tuviera intención de liquidar la Sociedad o de cesar sus operaciones, o bien no existiera otra alternativa realista.
Respecto de la memoria los administradores son responsables de cumplir con la Ley General de Sociedades y las disposiciones de los organismos de control en cuanto a su contenido.
Responsabilidades de la Comisión Fiscalizadora en relación con la auditoría de los estados contables y la memoria de los administradores.
Mis objetivos son obtener una seguridad razonable de que los estados contables en su conjunto están libres de incorrección significativa, que la memoria cumple con las prescripciones legales y reglamentarias y emitir un informe como comisión fiscalizadora que contenga mi opinión. Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría realizada de conformidad con la RT N° 37 de FACPCE siempre detecte una incorrección significativa cuando exista. Las incorrecciones se consideran significativas si, individualmente o de forma agregada, puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que los usuarios toman basándose en los estados contables y el contenido de la memoria en aquellos temas de mi incumbencia profesional.
Como parte de los controles sobre los estados contables, empleando normas de auditoría de conformidad con la RT N° 37 de FACPCE, aplico mi juicio profesional y mantengo una actitud de escepticismo profesional durante mi actuación como comisión fiscalizadora. También:
a) Identifico y evalúo los riesgos de incorrección significativa en los estados contables, diseño y aplico procedimientos de auditoría para responder a dichos riesgos y obtengo elementos de juicio suficientes y adecuados para proporcionar una base para mi opinión.
b) Obtengo conocimiento del control interno relevante para la auditoría con el fin de diseñar procedimientos que sean apropiados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la Sociedad.
c) Evalúo si las políticas contables aplicadas son adecuadas, así como la razonabilidad de las estimaciones contables y la correspondiente información revelada por la Dirección de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A..
d) Concluyo sobre lo adecuado de la utilización por la Dirección de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A., del principio contable de empresa en funcionamiento y, basándome en los elementos de juicio obtenidos, concluyo sobre si existe o no una incertidumbre significativa relacionada con hechos o con condiciones que pueden generar dudas importantes sobre la capacidad de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A. para continuar como empresa en funcionamiento. Si concluyo que existe una incertidumbre significativa, se requiere que llame la atención en mi informe como comisión fiscalizadora sobre la información expuesta en los estados contables o en la memoria, o, si dicha información expuesta no es adecuada, que exprese una opinión modificada. Mis conclusiones se basan en los elementos de juicio obtenidos hasta la fecha de mi informe como comisión fiscalizadora. Sin embargo, hechos o condiciones futuros pueden ser causa de que la Sociedad deje de ser una empresa en funcionamiento.
e) Evalúo la presentación general, la estructura y el contenido de los estados contables, incluida la información revelada, y si los estados contables representan las transacciones y hechos subyacentes de un modo que logren una presentación razonable.
f) Me comunico con la Dirección de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A. en relación con, entre otras cuestiones, la estrategia general de la planificación y ejecución de mis procedimientos de auditoría como comisión fiscalizadora y los hallazgos significativos en mi actuación como responsable de la fiscalización privada, así como cualquier deficiencia significativa del control interno identificada en el transcurso de mi actuación como comisión fiscalizadora.
También proporciono a la Dirección de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A. una declaración de que he cumplido los requerimientos de ética aplicables relacionados con mi independencia.
Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios
a) Según surge de los registros contables de MIRGOR S.A.C.I.F.I.A., el pasivo devengado al 31 de diciembre de 2023 a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino en concepto de aportes y contribuciones previsionales ascendía a $197.896.608 y no era exigible a esa fecha.
b) He aplicado los procedimientos sobre prevención del lavado de activos de origen delictivo y financiación del terrorismo, previstos en la Resolución 420/11 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas adoptada por Resolución C.S. Nº 99/2018 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
c) Los estados contables adjuntos y el correspondiente inventario surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
d) En el desempeño de mi función considero haber cumplido con mis deberes como comisión fiscalizadora conforme lo prescribe la Ley General de Sociedades y el estatuto social.
e) He constatado la constitución de las garantías de los administradores previstas en la legislación.
Río Grande – Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, 8 de marzo de 2024
Toma la palabra el Dr. Mario Volman quien propone que toda la documentación relacionada con dichos estados sea firmada por el Dr. Julio Cueto Rua en representación del órgano fiscalizador. El Dr. Mario Volman también informa que, de acuerdo con el análisis practicado sobre la información contable de la empresa, considera que se ha cumplido con las obligaciones previstas por la Ley General de Sociedades, el Estatuto y la Resolución Técnica Nro. 55 de la F.A.C.P.C.E. y mociona por la aprobación de los informes antes transcriptos.
Luego de un breve comentario las mociones son aprobadas por unanimidad de presentes por lo que no habiendo más temas que tratar se levanta la reunión siendo las 10.30 hs.
Julio Cueto Rua
Mario Volman
Javier Rodrigo Siñeriz