AGM Information • May 13, 2022
AGM Information
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Avda. Algorta, 16 48992 Getxo (Spain) Phone: +34 94 425 53 00 Fax: +34 94 423 17 72 e-mail: [email protected] www.minersa.com
En Getxo, a 13 de mayo de 2022.
De conformidad con lo establecido en el artículo 227 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el RD Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, Minerales y Productos Derivados, S.A. (en anagrama MINERSA) procede, por medio del presente escrito, a comunicar la siguiente
El consejo de administración de la sociedad ha decidido convocar junta general ordinaria de accionistas, a celebrarse el próximo mes de junio.
Se adjunta al presente el anuncio de la convocatoria de la junta general, así como los informes, propuestas y demás documentación sobre los asuntos comprendidos en el orden del día. El anuncio de convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en la página web corporativa de la sociedad, www.minersa.com, donde se mantendrán además accesibles, de manera ininterrumpida, los informes, propuestas y demás documentación correspondiente a la junta.
Asimismo, los informes, propuestas y demás documentación estarán a disposición de los accionistas en el domicilio social y en referida página web corporativa de la sociedad, en los términos previstos en el anuncio de convocatoria.
Lo que se comunica a esa CNMV a los efectos oportunos, con el carácter de otra información relevante y, particularmente, a los efectos de la publicación de la convocatoria de la junta general en la página web de esa Comisión Nacional del Mercado de Valores, conforme a lo dispuesto en el artículo 516 de la Ley de Sociedades de Capital.
_________________________________ Jon Arcaraz Basaguren Secretario del Consejo de Administración

Por acuerdo del consejo de administración, se convoca a los accionistas de la sociedad Minerales y Productos Derivados, S.A. a la junta general ordinaria de accionistas, que se celebrará en primera convocatoria en el domicilio social (Avenida Algorta 16, 48992, Getxo, Bizkaia), a las 12,00 horas del próximo día 29 de junio y en su caso en segunda convocatoria el día siguiente a la misma hora y en el mismo lugar, con el fin de deliberar y resolver sobre el siguiente

diciembre de 2021 que incluye la ratificación de la distribución del dividendo a cuenta.
Dichas propuestas serán objeto de votación y, en su caso, aprobación por separado.
Dichas propuestas serán objeto de votación y, en su caso, aprobación por separado.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que representen al menos el tres por ciento del capital social podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de la junta, incluyendo uno o más puntos en el orden del día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdos justificada, así como presentar propuestas fundamentadas de acuerdos sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día. El ejercicio de estos derechos deberá hacerse mediante notificación fehaciente a la sociedad, que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria.
De conformidad con lo dispuesto en los Estatutos Sociales y en el Reglamento de la junta general, tienen derecho de asistencia a la junta los accionistas que sean titulares de al menos 400 acciones, siempre que las tengan inscritas en el correspondiente registro con cinco días de antelación a su celebración, pudiendo agruparse los accionistas que no posean el número de acciones señalado a efectos de asistencia, designando un representante. Sí, como está previsto, la junta se celebra en primera convocatoria, a los efectos de lo establecido en el artículo 517 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que los accionistas deberán tener registradas a su nombre las acciones no más tarde del día 24 de junio de 2022 (o del día siguiente si se celebrase en segunda convocatoria).
De conformidad con lo dispuesto en la Ley, en los Estatutos Sociales y en el Reglamento de la junta general, todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la junta cumpliendo los requisitos y formalidades legalmente exigidos y, en particular, cumplimentando a favor del representante la delegación contenida en la tarjeta de asistencia a la junta que le será remitida por su entidad depositaria o que

podrá obtener a través de la página web de la sociedad, haciéndola llegar a la sociedad con los requisitos y por los medios indicados en la página web www.minersa.com.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley, en los Estatutos Sociales y en el Reglamento de la junta general, los accionistas podrán emitir su voto a distancia, por los medios reglamentariamente establecidos, mediante la remisión a la sociedad, con los requisitos y por los medios indicados en la página web de la compañía www.minersa.com, de la tarjeta de voto a distancia puesta a disposición de los accionistas en la indicada página web. Los votos a distancia deberán haber sido notificados a la sociedad no más tarde de las veinticuatro horas anteriores a la celebración de la junta.
Los accionistas podrán solicitar de los administradores, acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes hasta el quinto día anterior al previsto para la celebración de la junta. Asimismo, podrán solicitar, por escrito y dentro del mismo plazo o verbalmente durante la celebración de la junta, las aclaraciones que estimen precisas sobre la información accesible al público que se hubiera facilitado por la sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última junta general y acerca de los informes del auditor.
De conformidad con la normativa aplicable, a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria los accionistas podrán examinar en el domicilio social, y solicitar la entrega o el envío, todo ello de forma inmediata y gratuita, del texto íntegro de las propuestas de acuerdos que se someten a la aprobación de la Junta y de los informes de los administradores sobre los puntos del orden del día que así lo requieran. En particular, se encuentran a disposición de los accionistas los siguientes documentos: (i) las cuentas anuales e informes de gestión individuales de la sociedad así como de las cuentas anuales consolidadas de la sociedad y de sus sociedades dependientes correspondientes al ejercicio social cerrado en fecha 31 de diciembre de 2021, la propuesta de aplicación del resultado, y los informes emitidos por el auditor de cuentas sobre dicha documentación (ii) la propuesta de distribución de dividendo contra reservas voluntarias (iii) los informes y propuestas de nombramiento de Don Ignacio Marco-Gardoqui Ibáñez y de ratificación del nombramiento y reelección de Don Alberto Barrenechea Arteche como miembros del consejo de administración y los respectivos informes de la comisión de nombramientos y retribuciones sobre las mismas (iv) el informe y propuesta del consejo de administración sobre la autorización para adquisición de acciones propias y reducción de capital (v) el informe y propuesta del consejo de administración sobre la delegación en el consejo de administración de la facultad de ampliar el capital social (vi) el informe anual de gobierno corporativo correspondiente al ejercicio 2021 (vii) el informe anual sobre remuneraciones de los consejeros de la

sociedad correspondiente al ejercicio 2021 (viii) estado de información no financiera consolidado de Minerales y Productos Derivados S.A. y de sus sociedades dependientes correspondiente al ejercicio 2021 y el informe de verificación emitido por el prestador independiente de servicios (ix) la política de remuneraciones de los consejeros aplicable desde la misma fecha de su aprobación y durante los ejercicios 2023, 2024 y 2025 y el informe de la comisión de nombramientos y retribuciones sobre la misma (x) la propuesta sobre delegación de facultades.
Igualmente, desde la publicación de la presente convocatoria y hasta la celebración de la junta, los documentos citados anteriormente y demás información relativa a la junta general serán accesibles a través de la página web de la compañía www.minersa.com dentro del apartado "accionistas e inversores".
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 539.2 de la Ley de Sociedades de Capital, en la página web de la sociedad www.minersa.com se ha habilitado un foro electrónico de accionistas al que podrán acceder con las debidas garantías tanto los accionistas individuales como las asociaciones voluntarias que puedan constituirse, con el fin de facilitar su comunicación con carácter previo a la junta.
En dicho foro podrán publicarse propuestas que pretendan presentarse como complemento del orden del día anunciado en la convocatoria, solicitudes de adhesión a tales propuestas, iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la Ley, así como ofertas o peticiones de representación voluntaria.
El foro no constituye un canal de comunicación entre la sociedad y los accionistas.
Los datos de carácter personal que los accionistas faciliten a Minerales y Productos Derivados, S.A. para el ejercicio de sus derechos de asistencia, representación y voto en la junta general de accionistas, o que sean facilitados a estos efectos por la entidades en las que dichos accionistas tengas depositadas sus acciones, serán tratados por Minerales y Productos Derivados, S.A., de conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos, con la finalidad de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial y el cumplimiento de sus obligaciones legales, así como para gestionar la convocatoria y celebración de la junta general de accionistas.
Asimismo, se informa a los accionistas de que si desean ejercer alguno de los derechos que les atribuye la normativa de protección de datos deben dirigir su petición al correo

electrónico [email protected] adjuntando una copia de su documento de identidad.
En caso de que en la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia se incluyan datos de carácter personal referentes a personas físicas distintas del titular, el accionista deberá informarles de los extremos contenidos en los párrafos anteriores y cumplir con cualesquiera otros requisitos que pudieran ser de aplicación para la correcta cesión de los datos personales a la sociedad, sin que la sociedad deba realizar ninguna actuación adicional.
En Getxo, a 12 de mayo de 2022. El Secretario del Consejo de Administración. Jon Arcaraz Basaguren.

PROPUESTA PARA LA APROBACIÓN DE LAS CUENTAS ANUALES E INFORME DE GESTIÓN INDIVIDUALES DE MINERALES Y PRODUCTOS DERIVADOS, S.A. Y DE LAS CUENTAS ANUALES E INFORME DE GESTIÓN CONSOLIDADOS DE MINERALES Y PRODUCTOS DERIVADOS, S.A. Y DE SUS SOCIEDADES DEPENDIENTES, DEL ESTADO DE INFORMACIÓN NO FINANCIERA, DE LA GESTIÓN SOCIAL, ASÍ COMO DE LA APLICACIÓN DEL RESULTADO, TODO ELLO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO SOCIAL CERRADO EN FECHA 31 DE DICIEMBRE DE 2021.

ejercicio 2021, por decisión del consejo de administración de fecha 23 de febrero de 2022. A este respecto, se acuerda ratificar en todo lo necesario el indicado acuerdo del consejo de administración.
Dichas propuestas serán objeto de votación y, en su caso, aprobación por separado.
1.6. Facultar al Presidente y Consejero-Delegado, y al Secretario del consejo de administración, de manera solidaria o indistinta, para efectuar el depósito en el Registro Mercantil de las cuentas anuales, informes de gestión e informes de auditoría, así como del informe de pagos a Administraciones Públicas, tanto de la sociedad como de su grupo consolidado, expidiendo los certificados correspondientes, de conformidad con lo establecido en los artículos 279 de la Ley de Sociedades de Capital y 366 del Reglamento del Registro Mercantil, y cuantos otros documentos sean necesarios o meramente convenientes a tal fin.
Aviso.- Las cuentas anuales e informes de gestión, individuales y consolidados, correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2021, el estado de información no financiera, el Informe Anual sobre Gobierno Corporativo, el Informe Anual de Remuneraciones así como los informes de auditoría sobre los mismos y el informe de verificación independiente sobre el estado de información no financiera, son accesibles en el apartado de Información Económico-Financiera, de la información para accionistas e inversores de la página web www.minersa.com.

Distribuir entre los titulares de las acciones en circulación un dividendo contra reservas voluntarias por un importe bruto total de 1.462.938.-€, es decir, a razón de 3 euros brutos por acción.
El dividendo se hará efectivo el próximo día 11 de julio de 2022, procediéndose para el pago de conformidad con las disposiciones vigentes.
Delegar en el Presidente y Consejero-Delegado, y en el Secretario del consejo de administración, de forma solidaria o indistinta, las facultades necesarias para dar efectividad al acuerdo adoptado, haciendo las publicaciones que correspondan, comunicando el acuerdo al mercado y a cuantos organismos sea necesario, nombrando al agente de pagos y, en general, aclarando, subsanando y completando este acuerdo, y suscribiendo cuantos documentos y adoptando cuantas decisiones complementarias sean necesarias o convenientes con el fin de ejecutar el mismo.

PROPUESTAS E INFORMES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN SOBRE NOMBRAMIENTO, REELECCIÓN Y RATIFICACIÓN DE MIEMBROS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, INFORMES DE LA COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES Y PROPUESTA DE ACUERDO DE DETERMINACIÓN DEL NÚMERO DE MIEMBROS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
3.1. Con la categoría de consejero dominical y por el período de cuatro años a contar del día de adopción del presente acuerdo, nombrar como miembro del consejo de administración de la sociedad Minerales y Productos Derivados, S.A. a D. Ignacio Marco-Gardoqui Ibáñez, mayor de edad, de nacionalidad española y con domicilio a estos efectos en Avenida Algorta 16, de Getxo (Vizcaya).
El nombrado ejercerá como Vocal en el consejo de administración.
Teniendo lugar el vencimiento del plazo para el que fue reelegida miembro del consejo de administración Promociones Arier, S.L., el 27 de junio de 2022, y celebrándose la próxima junta general ordinaria de accionistas, en el primer semestre del presente año, caducará su mandato al día de la fecha de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 del Reglamento del Registro Mercantil.
3.2. Ratificar el nombramiento por cooptación, acordado por el consejo de administración en su reunión de fecha 29 de septiembre de 2021, y reelegir por el período de cuatro años a contar del día de adopción del presente acuerdo como miembro del consejo de administración de la sociedad Minerales y Productos Derivados, S.A., con la categoría de consejero dominical, a D. Alberto Barrenechea Arteche, mayor de edad, de nacionalidad española y con domicilio a estos efectos en Avenida Algorta 16, de Getxo (Vizcaya).
El nombrado ejercerá como Vocal en el consejo de administración.
3.3. En los términos de lo dispuesto en el artículo 18 de los Estatutos Sociales y en los artículos 211 y 242 de la Ley de Sociedades de Capital, se propone determinar el número de miembros del consejo en el que lo sean con arreglo a los acuerdos que se adopten en este punto del orden del día, de lo que se dará cuenta a la junta general a los efectos correspondientes.
Dichas propuestas serán objeto de votación y, en su caso, aprobación por separado.

Se emite el presente informe y propuesta por el consejo de administración de la compañía mercantil Minerales y Productos Derivados, S.A. (Minersa), a los efectos de lo dispuesto en el artículo 529 decies, apartado 5, de la Ley de Sociedades de Capital, y en relación con la propuesta sobre nombramiento como consejero de la sociedad de D. Ignacio Marco-Gardoqui Ibáñez que se presentará a la junta general ordinaria de accionistas de la sociedad a celebrarse el primer semestre del presente año 2022.
Dentro de los asuntos comprendidos en el orden del día a debatir en la junta general ordinaria de la sociedad, que se celebrará el primer semestre del presente año, se encuentra el de nombrar como consejero de la sociedad a D. Ignacio Marco-Gardoqui Ibáñez, con la categoría de consejero dominical.
El Sr. Marco-Gardoqui es Licenciado en Económicas y Empresariales por la Universidad de Deusto.
D. Ignacio Marco-Gardoqui Ibáñez tiene una amplia trayectoria profesional, ha trabajado para entidades financieras, ha ejercido la docencia, la consultoría y cuenta con un gran reconocimiento en el mundo de la prensa, en el que participa activamente como comentarista económico y articulista en el Grupo Vocento.
A su vez, ha desarrollado una amplia experiencia en el mundo industrial a través de su presencia y su participación activa en numerosos Consejos de Administración. Actualmente es Vicepresidente de Viscofan y Anteriormente ha pertenecido, entre otros, a los Consejos de Administración de Técnicas Reunidas, Banco del Comercio, IBV, del Banco de Crédito Local, Progénika Biopharma, Tubacex. Asimismo, ha sido Presidente de Naturgás.

Entiende el consejo de administración que el candidato propuesto cuenta con la competencia, experiencia y méritos necesarios que avalan la propuesta a la junta general ordinaria de accionistas de la sociedad de su nombramiento como miembro del consejo de administración, con la categoría de consejera dominical, por el periodo de cuatro años, emitiendo este informe favorable conforme a lo exigido por lo dispuesto en el artículo 529 decies, apartado 5, de la Ley de Sociedades de Capital y de conformidad con lo dispuesto en la actual política de selección y nombramiento de consejeros de Minersa.
De acuerdo con lo expresado, se realiza la siguiente
Con la categoría de consejero dominical y por el período de cuatro años a contar del día de adopción del presente acuerdo, nombrar como miembro del consejo de administración de la sociedad Minerales y Productos Derivados, S.A. a D. Ignacio Marco-Gardoqui Ibáñez, mayor de edad, de nacionalidad española y con domicilio a estos efectos en Avenida Algorta 16, de Getxo (Vizcaya).
El nombrado ejercerá como Vocal en el consejo de administración.
Teniendo lugar el vencimiento del plazo para el que fue reelegida miembro del consejo de administración Promociones Arier, S.L., el 27 de junio de 2022, y celebrándose la próxima junta general ordinaria de accionistas, en el primer semestre del presente año, caducará su mandato al día de la fecha de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 del Reglamento del Registro Mercantil.

Conforme a la señalada Norma, las propuestas de nombramiento o reelección de cualquier consejero no independiente de las sociedades cotizadas que se sometan a la aprobación de la junta general de accionistas deben ir acompañadas de un informe de la comisión de nombramientos y retribuciones.
Entre los asuntos incluidos en el orden del día a debatir en la junta general de accionistas de la sociedad, a celebrarse durante el primer semestre del presente año, se encuentra el nombramiento como miembro del consejo de administración de Don Ignacio Marco-Gardoqui Ibañez. Dicho consejero responde a la categoría de consejero dominical.
La Sr. Marco-Gardoqui es Licenciado en Económicas y Empresariales por la Universidad de Deusto.
D. Ignacio Marco-Gardoqui Ibáñez tiene una amplia trayectoria profesional, ha trabajado para entidades financieras, ha ejercido la docencia, la consultoría y cuenta con un gran reconocimiento en el mundo de la prensa, en el que participa activamente como comentarista económico y articulista en el Grupo Vocento.
A su vez, ha desarrollado una amplia experiencia en el mundo industrial a través de su presencia y su participación activa en numerosos consejos de administración. Actualmente es Vicepresidente de Viscofan, anteriormente ha pertenecido, entre otros, a los consejos de administración de Técnicas Reunidas, Banco del Comercio, IBV, del Banco de Crédito Local, Progénika Biopharma, Tubacex. Asimismo, ha sido Presidente de Naturgás.

El citado currículum acredita sobradamente la competencia como administrador del candidato, sus méritos para ocupar el cargo, su experiencia en sectores económicos y campos empresariales relevantes y su conocimiento en materias, mercados y sectores claves para el negocio de la sociedad, todo lo cual garantiza la aportación de puntos de vista muy interesantes para la gestión de la compañía y la aportación de una deseable pluralidad a los debates del consejo de administración.
Este informe está a disposición de los accionistas desde la publicación del anuncio de la convocatoria de la junta general.

Se emite el presente informe y propuesta por el consejo de administración de la compañía mercantil Minerales y Productos Derivados, S.A. (Minersa), a los efectos de lo dispuesto en el artículo 529 decies, apartado 5, de la Ley de Sociedades de Capital, y en relación con la propuesta de ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como consejero de la sociedad de D. Alberto Barrenechea Arteche que se presentará a la junta general ordinaria de accionistas de la sociedad a celebrarse el primer semestre del presente año 2022.
Como consecuencia de lo anterior, para que tal nombramiento por cooptación sea eficaz ha de ser ratificado en la primera junta general que tenga lugar después de producirse el mismo. Por ello, dentro de los asuntos comprendidos en el orden del día a debatir en la junta general ordinaria de la sociedad, que se celebrará el primer semestre del presente año, se encuentra la ratificación del nombramiento por cooptación y reelección por dicha junta general de accionistas de D. Alberto Barrenechea Arteche como consejero de la sociedad, con la categoría de consejero dominical, sobre la base de los mismos criterios por los que fue designado consejero por cooptación por acuerdo del consejo de administración, en su sesión de 29 de septiembre de 2021, previo informe favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, como consecuencia de la vacante producida el pasado 29 de agosto de 2021, tras el fallecimiento del consejero Don Gonzalo Barrenechea Guimón.

El Sr. Barrenechea Arteche es Licenciado en Administración y Dirección de Empresas por la Universidad de Navarra, Máster en Análisis Financiero y Valoración de Empresas impartido por CUNEF y IEAF (Instituto Español de Análisis Financieros), Programa de Finanzas Corporativas en la Universidad de Nueva York (NYU) y Programa IESE de la Universidad de Navarra.
Cuenta con más de 15 años de experiencia en el sector financiero. Ha trabajado en Consulnor (Grupo Banca March), BlackRock y BBVA AM. En la actualidad desempeña su actividad profesional en la compañía Diaphanum S.V.
Entiende el consejo de administración que el candidato propuesto cuenta con la competencia, experiencia y méritos necesarios que avalan la propuesta a la junta general ordinaria de accionistas de la sociedad de la ratificación de su nombramiento por cooptación y reelección como miembro del consejo de administración, con la categoría de consejero dominical, por el periodo de cuatro años, emitiendo este informe favorable conforme a lo exigido por lo dispuesto en el artículo 529 decies, apartado 5, de la Ley de Sociedades de Capital y de conformidad con lo dispuesto en la actual política de selección y nombramiento de consejeros de Minersa.
De acuerdo con lo expresado, se realiza la siguiente
Ratificar el nombramiento por cooptación, acordado por el consejo de administración en su reunión de fecha 29 de septiembre de 2021, y reelegir por el período de cuatro años a contar del día de adopción del presente acuerdo como miembro del consejo de administración de la sociedad Minerales y Productos Derivados, S.A., con la categoría de

consejero dominical, a D. Alberto Barrenechea Arteche, mayor de edad, de nacionalidad española y con domicilio a estos efectos en Avenida Algorta 16, de Getxo (Vizcaya).
El nombrado ejercerá como Vocal en el consejo de administración.

Como consecuencia de lo anterior, para que tal nombramiento por cooptación sea eficaz ha de ser ratificado en la primera junta general que tenga lugar después de producirse el mismo. Por ello, dentro de los asuntos comprendidos en el orden del día a debatir en la junta general ordinaria de la sociedad, que se celebrará el primer semestre del presente año, se encuentra la ratificación del nombramiento por cooptación y reelección por dicha junta general de accionistas de D. Alberto Barrenechea Arteche como consejero de la sociedad, con la categoría de consejero dominical, sobre la base de los mismos criterios por los que fue designado consejero por cooptación por acuerdo del consejo de administración, en su sesión de 29 de septiembre de 2021, previo informe favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, como consecuencia de la vacante producida el pasado 29 de agosto de 2021, tras el fallecimiento del consejero Don Gonzalo Barrenechea Guimón.
Conforme a la señalada Norma, las propuestas de nombramiento o reelección de cualquier consejero no independiente de las sociedades cotizadas que se sometan a la aprobación de la junta general de accionistas deben ir acompañadas de un informe de la comisión de nombramientos y retribuciones.

El Sr. Barrenechea Arteche es Licenciado en Administración y Dirección de Empresas por la Universidad de Navarra, Máster en Análisis Financiero y Valoración de Empresas impartido por CUNEF y IEAF (Instituto Español de Análisis Financieros), Programa de Finanzas Corporativas en la Universidad de Nueva York (NYU) y Programa IESE de la Universidad de Navarra.
Cuenta con más de 15 años de experiencia en el sector financiero. Ha trabajado en Consulnor (Grupo Banca March), BlackRock y BBVA AM. En la actualidad desempeña su actividad profesional en la compañía Diaphanum S.V.
El citado currículum acredita sobradamente la competencia como administrador de D. Alberto Barrenechea Arteche, sus méritos para ocupar el cargo, su experiencia en sectores económicos y campos empresariales relevantes y su conocimiento en materias, mercados y sectores claves para el negocio de la sociedad, todo lo cual garantiza la aportación de puntos de vista muy interesantes para la gestión de la compañía y la aportación de una deseable pluralidad a los debates del consejo de administración.
Este informe está a disposición de los accionistas desde la publicación del anuncio de la convocatoria de la junta general.

Se emite el presente informe y propuesta por el consejo de administración de la compañía mercantil Minerales y Productos Derivados, S.A., a los efectos de lo dispuesto en el artículo 286 de la Ley de Sociedades de Capital, y en relación con la junta general ordinaria de accionistas de la sociedad a celebrarse el primer semestre del presente año 2022.
Dentro de los asuntos comprendidos en el orden del día sobre los que debatir y, en su caso, aprobar en la junta general ordinaria de la sociedad que se celebrará en el primer semestre del presente año, se encuentra el de autorizar al consejo de administración para la adquisición de acciones propias, así como para, en su caso, reducir el capital social mediante amortización de tales acciones. De hacer uso el consejo de administración de la facultad de reducción de capital se producirá una modificación de los Estatutos Sociales.
Entiende el consejo de administración que, como complemento de la citada delegación de la facultad de adquirir acciones para la autocartera de la sociedad y con los mismos fines de contar con la conveniente flexibilidad en este campo, resulta oportuno delegar igualmente en los administradores la facultad de reducir el capital social en el momento y términos que tengan por convenientes, con el objetivo de amortizar las acciones propias que se hayan adquirido. Debe tenerse presente que para la decisión sobre la utilización de uno u otro de los mecanismos contemplados en la Ley para la reducción o supresión de la

autocartera (esto es, la enajenación o la amortización), ha de contarse con el adecuado conocimiento de las circunstancias de mercado, financieras, y de objetivos y estrategias societarias del momento. En consecuencia, no pudiéndose contar a priori con dicho conocimiento parece oportuno dotar al consejo de administración, por medio de la oportuna delegación, de la facultad de decidir sobre el particular cuando sea necesario.
De acuerdo con la expresada justificación, se realiza la siguiente
Delegar en el consejo de administración la ejecución del precedente acuerdo de reducción de capital, quien podrá llevarlo a cabo en una o en varias veces y dentro del plazo máximo de dieciocho meses a partir de la fecha de la adopción del acuerdo, realizando cuantos trámites y gestiones, y obteniendo cuantas

autorizaciones, sean exigidas por la Ley y demás disposiciones que sean de aplicación y, en particular, se le delega para que dentro del plazo y los límites señalados para dicha ejecución, fije la fecha/s de la concreta reducción/es del capital, su oportunidad y conveniencia, concretando el importe de la reducción de capital y determinando su destino, cumpliendo los requisitos legalmente exigidos, adaptando los Estatutos Sociales a la nueva cifra de su capital social, solicitando la exclusión de cotización de los valores amortizados y, en general, adoptando cuantos acuerdos sean convenientes o precisos a los efectos de dichas amortizaciones de autocartera y consiguientes reducciones de capital, designando a las personas que puedan intervenir en su formalización.

Se emite el presente informe y propuesta por el consejo de administración de la compañía mercantil Minerales y Productos Derivados, S.A., a los efectos de lo dispuesto en el artículo 286 de la Ley de Sociedades de Capital, y en relación con la junta general ordinaria de accionistas de la sociedad a celebrarse el primer semestre del presente año 2022.
Uno de los asuntos incluidos en el orden del día sobre los que debatir y, en su caso, aprobar en la junta general de accionistas de la sociedad que se celebrará el primer semestre del presente año, se refiere a la delegación en el consejo de administración de la facultad de ampliar el capital social, lo que supone, en caso de ejercicio de dicha facultad, la necesidad de proceder a la modificación de los Estatutos Sociales.
Como es obvio, al margen de otras formas de financiación, la aportación de fondos al capital social es uno de los caminos para alcanzar los propósitos de crecimiento y ampliación futuros que puedan presentarse. Para evitar rigidez y demoras en la posible adopción de decisiones en el campo antes expuesto, se entiende resultará de una mejor operativa el delegar en el consejo de administración la posibilidad de acordar la ampliación o ampliaciones de capital que sirvan a estos fines, y ello teniendo en cuenta las garantías que, en todo caso, amparan a los accionistas y a su decisión.
Para la mejor utilización de la anterior delegación es importante en muchos casos la rapidez y la selección del origen de los recursos, lo que puede hacer

que sea necesario excluir el derecho de suscripción preferente para conseguir el objetivo de maximizar el interés social. Por ello, se considera conveniente que, de conformidad con los límites dispuestos en el nuevo artículo 506 de la Ley de Sociedades de Capital, se delegue igualmente en el consejo de administración la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente de las acciones que se emitan, siendo así que será el consejo de administración quien valore y estime en cada momento la proporcionalidad de la medida de suprimir el derecho de suscripción preferente en relación con el beneficio del interés social. En todo caso, la delegación de esta facultad no implica necesariamente que las ampliaciones de capital que se realicen se lleven a cabo con exclusión del derecho de suscripción preferente, ejercitándose dicha facultad sólo en los supuestos en los que el interés social así lo requiera y, naturalmente, dando completo cumplimiento a las exigencias legales sobre la materia.
De acuerdo con la expresada justificación, se realiza la siguiente
En los términos de lo dispuesto en el artículo 297 y concordantes de la Ley de Sociedades de Capital, delegar en el consejo de administración, en los más amplios términos, la facultad de acordar, en una o en varias veces, el aumento del capital social hasta el máximo de la mitad del capital de la sociedad en el momento actual.
La ampliación o ampliaciones de capital social deberán realizarse mediante aportaciones dinerarias y dentro del plazo máximo de cinco años a contar del día de la fecha.
Dicho aumento o aumentos podrán llevarse a cabo por el consejo de administración en la oportunidad, cuantía y condiciones que el mismo decida, con el máximo previamente establecido y en las condiciones antes expresadas, sin previa consulta a la junta general.
El consejo de administración podrá fijar los términos y condiciones de la ampliación o ampliaciones de capital social, que podrá llevarse a cabo mediante la emisión de nuevas acciones con o sin voto, ordinarias o privilegiadas, incluyendo acciones de cualquier tipo de las permitidas por la Ley, en su caso con prima de emisión.
Atribuir al consejo de administración la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente en los términos y con los límites del artículo 506 de la Ley de Sociedades de

Capital en relación con las emisiones de acciones que sean realizadas en virtud del presente acuerdo.
Atribuir igualmente al consejo de administración las facultades de ofrecer libremente las acciones no suscritas en el plazo o plazos establecidos para el ejercicio del derecho de suscripción preferente, cuando se otorgue, y de establecer que, en caso de suscripción incompleta, el capital se aumentará en la cuantía de las suscripciones efectuadas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital.
Dicha delegación incluye la facultad para dar nueva redacción al articulado de los Estatutos Sociales relativo al capital social, una vez acordado y ejecutado el aumento o aumentos de capital social, y para solicitar la admisión a negociación en las Bolsas de Valores de las nuevas acciones que se emitan.
Por otro lado, en consonancia con lo anterior, y habiéndose otorgado nueva autorización, se deja sin efecto la anterior delegación de la facultad de ampliar el capital social, otorgada en junta general de accionistas de fecha 29 de junio de 2021.

Se somete a votación de la junta general, con carácter consultivo, el Informe anual sobre Remuneraciones de los consejeros del ejercicio 2021, aprobado por el consejo de administración a propuesta de la comisión de nombramientos y retribuciones, cuyo texto se ha puesto a disposición de los accionistas junto con el resto de documentación relativa a la junta general, desde la fecha de su convocatoria, en la página web de la sociedad www.minersa.com.

PROPUESTA MOTIVADA DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN ACERCA DE LA APROBACIÓN DE LA NUEVA POLÍTICA DE REMUNERACIONES DE LOS CONSEJEROS DE MINERALES Y PRODUCTOS DERIVADOS, S.A. PARA EL EJERCICIO 2022 DESDE SU APROBACIÓN Y PARA LOS EJERCICIOS 2023, 2024 Y 2025.
La propuesta de la política de remuneraciones del consejo de administración será motivada y deberá ir acompañada de un informe específico de la comisión de nombramientos y retribuciones. Ambos documentos deben ponerse a disposición de los accionistas a los efectos de la junta general.
De conformidad con lo previsto en el artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital, la comisión de nombramientos y retribuciones ha emitido el indicado informe que se adjunta y forma parte de la presente propuesta de aprobación de la política de remuneraciones de los consejeros de Minerales y Productos Derivados, S.A., para el ejercicio 2022, desde la fecha de su aprobación, y para los ejercicios 2023, 2024 y 2025 que se incluye dentro los asuntos del orden del día sobre los que debatir y, en su caso, aprobar en la junta general ordinaria de la sociedad que se celebrará en el primer semestre del presente año.
No obstante, habiendo entrado en vigor las modificaciones introducidas por la Ley 5/2021 en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en lo que a la política de remuneraciones de los consejeros de sociedades cotizadas se refiere, se entiende necesario aprobar una nueva política de remuneraciones aplicable para el ejercicio 2022 desde su aprobación y para los ejercicios 2023,

2024 y 2025, sin perjuicio de que la junta general de accionistas pueda modificarla de conformidad con lo previsto legalmente.
La política de remuneraciones cuya aprobación se propone es continuista con la política vigente en lo que se refiere a principios, estructura y retribuciones. Así, mantiene los mismos principios y fundamentos de la política anterior, guardando la remuneración de los administradores una proporción razonable con la importancia de la sociedad, la situación económica actual y los estándares de mercado de empresas comparables. Asimismo, el sistema de remuneración establecido está orientado a promover la rentabilidad y sostenibilidad a largo plazo de la sociedad incorporando las cautelas necesarias para evitar la asunción excesiva de riesgos y la recompensa de resultados desfavorables, encontrándose en línea con los intereses de los accionistas y resultando acorde con la normativa vigente, las mejores prácticas y recomendaciones.
No obstante, se ha considerado oportuno incluir algunos ajustes que permiten reforzar su alineamiento con todos los grupos de interés, la estrategia del Grupo; además de incorporar las novedades necesarias para adaptar la política a las modificaciones, aprobadas en 2021 por la Ley 5/2021, del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
De acuerdo con lo expresado, teniendo en cuenta el informe previo favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, cuyo contenido y motivación asume el consejo, se realiza la siguiente
Aprobar, de conformidad con lo establecido en el artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital, la política de remuneraciones de los consejeros para el ejercicio 2022 desde su aprobación y para los ejercicios 2023, 2024 y 2025, cuyo texto íntegro, junto con el informe específico de la comisión de nombramientos y retribuciones, se ha

puesto a disposición de los accionistas desde la fecha de publicación del anuncio de convocatoria como parte de la documentación relativa a la junta general de accionistas.
A efectos del presente año 2022, se propone fijar la siguiente remuneración para los consejeros por su asistencia a las reuniones del consejo de administración:
Todos y cada uno de los consejeros percibirán una remuneración en el presente año 2022 de 60.000 euros brutos en concepto de asignación y dieta por su asistencia a las reuniones. En el caso del Presidente esta remuneración será del doble, esto es, de 120.000 euros brutos.
Por otro lado, el Presidente, como consejero ejecutivo, percibirá una remuneración basada en su contrato de 362.605,40 euros brutos. Adicionalmente, el consejo de administración, con el informe de la comisión de nombramientos y retribuciones podrá acordar el pago en su favor de cantidades adicionales, a modo de prima o incentivo extraordinario no consolidable, en función de la marcha del negocio y el resultado del cierre del ejercicio social.
Dicha remuneración será revisada anualmente por el consejo de administración a propuesta de la comisión de nombramientos y retribuciones.

La propuesta de la política de remuneraciones del consejo de administración será motivada y deberá ir acompañada de un informe específico de la comisión de nombramientos y retribuciones. Ambos documentos deben ponerse a disposición de los accionistas a los efectos de la junta general.
De conformidad con lo previsto en el artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital y en cumplimiento del mismo, la comisión de nombramientos y retribuciones ha emitido el presente informe relativo a la política de remuneraciones de los consejeros de Minerales y Productos Derivados, S.A. para el ejercicio 2022, desde la fecha de su aprobación, y para los ejercicios 2023, 2024 y 2025 y ha acordado elevarlo al consejo de administración para su aprobación.
No obstante, habiendo entrado en vigor las modificaciones introducidas por la Ley 5/2021 en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en lo que a la política de remuneraciones de los consejeros de sociedades cotizadas se refiere, se entiende necesario aprobar una nueva política de remuneraciones aplicable para el ejercicio 2022 desde su aprobación y para los ejercicios 2023,

2024 y 2025, sin perjuicio de que la junta general de accionistas pueda modificarla de conformidad con lo previsto legalmente.
No obstante, el contenido de la política de remuneraciones contiene algunos ajustes que permiten reforzar su alineamiento con todos los grupos de interés, la estrategia del Grupo; pero principalmente incorpora las novedades necesarias para adaptar la política a las modificaciones, aprobadas en 2021 por la Ley 5/2021, del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, y en especial al artículo 529 novodecies apartado tercero. De esta forma:

Asimismo, se señala que en las juntas generales de los últimos ejercicios, los informes anuales de remuneraciones de los consejeros han sido aprobados por unanimidad.
Este informe está a disposición de los accionistas desde la publicación del anuncio de la convocatoria de la junta general.

La Junta General de Accionistas de Minerales y Productos Derivados, S.A. (en adelante "Minersa" o la "Sociedad") celebrada el 29 de junio de 2021 aprobó la política de remuneraciones de los consejeros para el período 2021-2023, con un porcentaje de votos a favor del 75,5 %, sin que existiera ningún voto en contra ni ninguna abstención, previa propuesta motivada por el consejo de administración e informe específico de la comisión de nombramientos y retribuciones.
No obstante, habiendo entrado en vigor las modificaciones introducidas por la Ley 5/2021 en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en lo que a la política de remuneraciones de los consejeros de sociedades cotizadas se refiere, se entiende necesario aprobar una nueva política de remuneraciones aplicable para el ejercicio 2022 desde su aprobación y para los ejercicios 2023, 2024 y 2025, sin perjuicio de que la junta general de accionistas pueda modificarla de conformidad con lo previsto legalmente.
La política de remuneraciones cuya aprobación se propone es continuista con la política vigente en lo que se refiere a principios, estructura y retribuciones. Así, mantiene los mismos principios y fundamentos de la política anterior, guardando la remuneración de los administradores una proporción razonable con la importancia de la sociedad, la situación económica actual y los estándares de mercado de empresas comparables. Asimismo, el sistema de remuneración establecido está orientado a promover la rentabilidad y sostenibilidad a largo plazo de la sociedad incorporando las cautelas necesarias para evitar la asunción excesiva de riesgos y la recompensa de resultados desfavorables, encontrándose en línea con los intereses de los accionistas y resultando acorde con la normativa vigente, las mejores prácticas y recomendaciones.
No obstante, se ha considerado oportuno incluir algunos ajustes que permiten reforzar su alineamiento con todos los grupos de interés, la estrategia del Grupo; además de incorporar las novedades necesarias para adaptar la política a las modificaciones, aprobadas en 2021 por la Ley 5/2021, del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
La Ley de Sociedades de Capital, en sus artículos 529 septdecies y octodecies, establece que las sociedades anónimas cotizadas deben contar con una política de remuneraciones

de los consejeros, y en el artículo 529 novodecies del mismo texto legal se estipula el proceso de formación y aprobación de la misma.
El artículo 25 de los Estatutos Sociales de Minerales y Productos Derivados, S.A. establece que los componentes del Consejo de Administración percibirán, por su dedicación y asistencia a las reuniones, cantidades fijas en concepto de asignaciones y dietas, cuya determinación será competencia de la Junta General.
Asimismo, el artículo 22 del Reglamento del Consejo de Administración de Minersa, dispone que los Consejeros tendrán derecho a percibir la remuneración que se fije por la Junta General, de acuerdo con el sistema de remuneración previsto estatutariamente, determinándose por el propio Consejo de Administración la distribución de la remuneración en su seno.
Por otra parte, el artículo 28 ter de los Estatutos Sociales y en el 14 ter del Reglamento del Consejo de Administración de Minerales y Productos Derivados, S.A. establecen que la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de la Sociedad tiene como función, entre otras, la de proponer dentro del marco establecido en los Estatutos Sociales, la cuantía, la política y el sistema de compensación retributiva del Consejo de Administración y de los altos directivos, así como la de revisar periódicamente la misma.
Asimismo, el artículo 26 del indicado Reglamento recoge el deber de los Consejeros de evitar cualesquiera situaciones de conflicto de interés con la Sociedad, que el Consejero observará y cumplirá en todo momento de conformidad con las disposiciones establecidas en materia de conflicto de interés en la Ley de Sociedades de Capital.
A la vista de la nueva redacción del artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital introducido por la Ley 5/2021 y, siguiendo con lo dispuesto en los preceptos estatutarios y reglamentarios citados, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de Minerales y Productos Derivados, S.A. ha emitido en su reunión del 11 de mayo de 2022 el informe específico a que se refiere el artículo 529 novodecies, apartado 4 de la Ley de Sociedades de Capital, y el Consejo de Administración, tras el oportuno debate, ha aprobado por unanimidad en su sesión de 11 de mayo de 2022 la propuesta motivada de la Política de remuneraciones de los Consejeros contenida en este documento, cuya aprobación someterá a la Junta General de Accionistas, a celebrarse el primer semestre del presente año 2022 para su aplicación durante el ejercicio 2022, desde su aprobación, y para los ejercicios 2023, 2024 y 2025.
La determinación de la presente Política de remuneraciones se ha realizado considerando las previsiones contenidas en la Ley de Sociedades de Capital, los

Estatutos Sociales y Reglamento del Consejo de Administración de Minerales y Productos Derivados, S.A., así como las recomendaciones contenidas en el Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas y las evaluaciones realizadas por el propio Consejo de Administración y la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
La Política de remuneraciones cuya aprobación se propone es continuista con la Política vigente en lo que se refiere a principios, estructura y retribuciones. Así, mantiene los mismos principios y fundamentos de la política anterior, resultando moderada en el actual contexto socio-económico en relación con la dimensión y principales indicadores económicos de la sociedad, orientada a promover la creación de valor sostenible a largo plazo, siguiendo una gestión prudente de los riesgos, encontrándose en línea con los intereses de los accionistas y resultando acorde con la normativa vigente, las mejores prácticas y recomendaciones. Entre dichos principios destacan:
Es clara y comprensible y describe los distintos componentes de la remuneraciones.
Mantenimiento de la independencia de los consejeros, evitando potenciales conflictos de intereses.
Proporcionalidad y prudencia, estableciendo una política de remuneraciones adecuada a la importancia de la Sociedad y su situación económica, garantizando su sostenibilidad a largo plazo.
Atracción, retención y motivación del talento.
Contribuye a la estrategia empresarial y a los intereses y sostenibilidad a largo plazo de la sociedad, a la creación de valor.
El importe de las remuneraciones se enmarca en un principio de prudencia adecuándose al nivel de responsabilidad, dedicación, cualificación y grado de desempeño profesional de los consejeros en sus funciones.
Se adecúa a los principios y recomendaciones asumidos por la sociedad en materia de Gobierno Corporativo.
Se adapta a los estándares y prácticas de mercado, acorde con el planteamiento estratégico de la sociedad.

Esta Política de remuneraciones de los Consejeros, se estructura en base a diversas tipologías concretas de retribución según el siguiente detalle:
Se fija una remuneración fija en metálico, en concepto de asignaciones y dietas, para los Consejeros en su condición de tales, por su dedicación y asistencia a las reuniones, independiente de la retribución que le pueda corresponder al Consejero ejecutivo por sus funciones ejecutivas. La remuneración fija del Presidente del Consejo es superior a la del resto de miembros por el ejercicio de dicho cargo en el Consejo de Administración, dadas sus mayores responsabilidades en el eficaz funcionamiento del mismo.
Se fija una remuneración anual fija para el Secretario no Consejero.
No se fija remuneración por la participación de los Consejeros en las comisiones del Consejo, actualmente, Comisión de Nombramientos y Retribuciones, Comisión de Auditoría.
El importe máximo de la retribución anual que puede satisfacer la Sociedad al conjunto de sus Consejeros por su condición de tales y sin tener en cuenta las funciones ejecutivas, por todos los conceptos será el que a tal efecto determine la Junta General, el cual permanecerá vigente hasta tanto ésta no acuerde su modificación, pudiendo el Consejo de Administración establecer un importe más reducido. La fijación de la cantidad exacta a abonar dentro de ese límite y su distribución entre los Consejeros corresponde al Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones en la proporción que libremente determine, teniendo en cuenta los criterios y principios antes descritos.
Las retribuciones se abonan a los Consejeros y al Secretario no Consejero con carácter semestral.
El importe máximo anual de la remuneración de los Consejeros por su condición de tales, sometido a aprobación de la Junta General junto con la presente Política, es de 545.000 euros. El importe máximo de la retribución se mantendrá invariable en los mismos términos en ejercicios sucesivos en tanto la Junta General no acuerde un nuevo importe. Del mismo modo, la distribución interna entre los Consejeros se mantendrá invariable en tanto el Consejo de Administración no apruebe una distribución distinta. Sin perjuicio de que pueda ser revisada en ejercicios posteriores, de lo que se informará en el informe anual sobre remuneraciones de los consejeros, según se describe posteriormente, la

distribución entre sus miembros, acordada por el Consejo de Administración para el ejercicio 2022, es la siguiente:
60.000 euros brutos en concepto de asignación y dieta por su asistencia a las reuniones.
Por la responsabilidad y la exigencia de dedicación que comporta la Presidencia del Consejo 60.000 euros anuales adicionales para el Presidente del Consejo de Administración.
Secretario no consejero: 4.207,08 euros.
Por último, los Consejeros serán reembolsados de los gastos en que incurran en la prestación de sus servicios siempre que estén debidamente justificados. El Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, podrá modificar la propuesta de distribución de la remuneración entre los miembros del órgano de administración acordada para 2022 para adecuarla a la dedicación de sus miembros y a las prácticas de mercado.
Adicionalmente a la retribución que percibe como miembro del Consejo por su condición de tal y como Presidente del mismo, el Presidente como Consejero ejecutivo recibe una remuneración basada en su contrato, de acuerdo con sus funciones, el nivel de responsabilidad y la trayectoria profesional con un enfoque de adecuación a mercado.
Adicionalmente, el Consejo de Administración, con el informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones podrá acordar el pago en su favor cantidades adicionales, a modo de prima o incentivo extraordinario no consolidable, en atención a las gestiones llevadas a cabo por el mismo en el ámbito de sus responsabilidades y en función de la marcha del negocio y el resultado del cierre del ejercicio social.
La remuneración se revisará anualmente por el Consejo de Administración a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
5.2. Detalle de la remuneración prevista para los ejercicios de vigencia de la Política de remuneraciones.

El Consejero ejecutivo, percibirá una remuneración anual basada en su contrato de 362.605,40 euros. Este importe es el previsto para 2022 y podrá ser revisado anualmente por el Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones para los años de vigencia de la Política de Remuneraciones. Cualquier variación del importe de la remuneración fija anual de los ejercicios 2023, 2024 y 2025 se incluirá en el correspondiente Informe anual de remuneraciones de los consejeros.
Adicionalmente, el Consejo de Administración, con el informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones podrá acordar el pago en su favor de cantidades adicionales, a modo de prima o incentivo extraordinario no consolidable, en función de la marcha del negocio y el resultado del cierre del ejercicio social.
El contrato del Consejero ejecutivo es de naturaleza mercantil, regula el desempeño de sus funciones y responsabilidades, incluyendo las cláusulas habituales en esta tipología de contratos.
A continuación, se describen de forma resumida las principales cláusulas del contrato del Consejero ejecutivo:
Duración: El Consejero ejecutivo tienen suscritos con la Sociedad un contrato de prestación de servicios de carácter indefinido que mantiene su vigencia mientras el Consejero desempeñe sus funciones ejecutivas que le sean delegadas por el Consejo de Administración en función de su cargo.
No existen de terminación o pagos ni pagos vinculados a ésta.
Corresponde a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones valorar, informar y proponer al Consejo de Administración para su aprobación:
La Política de Remuneraciones.
El Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros.
La retribución individual de cada consejero por su condición de tal así como del consejero ejecutivo.

En el proceso de determinación, revisión y aplicación de la Política de remuneraciones se tienen en consideración las recomendaciones en materia de gobierno corporativo, las mejores prácticas, así como la a situación económica que tuviera en cada momento la Sociedad y los estándares de mercado de empresas comparables.
El artículo 26 y concordantes del Reglamento del Consejo de Administración establecen el deber de los Consejeros de evitar situaciones de conflicto de interés con la Sociedad. Según establece el Reglamento del Consejo de Administración, los Consejeros se obligan, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente a lo siguiente:
Evitar cualesquiera situaciones de conflicto de interés con la sociedad, absteniéndose de realizar cualesquiera actividades que les pudiera hacer incurrir en dicho conflicto y, en particular, todas aquellas contempladas como tales en la Ley de Sociedades de Capital.
Comunicar a los demás consejeros y, en su caso, al Consejo de Administración cualquier situación de conflicto, directo o indirecto, que ellos o personas vinculadas a ellos pudieran tener con el interés de la sociedad.
A que las situaciones de conflicto de interés en que incurran los consejeros serán objeto de información en la Memoria.
No aprovechar en beneficio propio o de un allegado una oportunidad de negocio de la compañía, a no ser que previamente se la ofrezca a ésta, que ésta desista de explotarla y que el aprovechamiento sea autorizado por el Consejo de Administración.
A efectos de establecer las condiciones retributivas del desempeño de funciones ejecutivas, descritas en la presente Política de remuneraciones, se ha tenido en cuenta la estrategia retributiva aplicable a los empleados de la Sociedad.
La Política de remuneraciones se configura como un elemento más, dentro de las políticas y principios internos de la Sociedad y contribuye a la estrategia empresarial, a los intereses y la sostenibilidad a largo plazo de la Sociedad y de su grupo, con el objetivo de crear valor para el accionista de forma sostenible en el tiempo, incorporando

las cautelas necesarias para evitar una excesiva asunción de riesgos y la recompensa de resultados desfavorables.
La política retributiva es atractiva al objeto de atraer y retener el talento que garantiza la estabilidad de la Sociedad para la consecución de objetivos a largo plazo, siendo motivadora para la consecución de objetivos, evitando la asunción de riesgos excesivos, mediante una gestión adecuada y eficaz de los mismos y la fijación de objetivos concretos, cuantificables y suficientemente exigentes, que tienen en cuenta el plan estratégico de la Sociedad, la creación de valor y los intereses de los grupos de interés. Los objetivos son exigentes, revisándose periódicamente, teniendo en consideración el entorno económico, el plan estratégico y las expectativas de los grupos de interés.
No se contemplan procedimientos para proceder a la aplicación de excepciones temporales a la Política de Remuneraciones.
La Política de Remuneraciones estará vigente desde su aprobación por la Junta General de Accionistas a celebrarse el primer semestre del presente año 2022, y durante los ejercicios 2023, 2024 y 2025, sustituyendo en su integridad a la Política aprobada por la Junta General de Accionistas de Minerales y Productos Derivados, S.A. el día 29 de junio de 2021, sin perjuicio de los efectos producidos y consolidados bajo su vigencia, quedando a salvo las modificaciones, adaptaciones, actualizaciones o sustituciones que en cada momento se acuerden, que serán sometidas a aprobación de la Junta General.

Facultar al Presidente y al Presidente y Consejero-Delegado, y al Secretario del consejo de administración, para que cualquiera de ellos, de modo solidario o indistinto y con las más amplias facultades que en Derecho sean necesarias, procedan a dar plena ejecución, eficacia y aplicación a los acuerdos adoptados en la presente junta general, incluso completando, desarrollando, modificando, subsanando, adaptando o aclarando los mismos, en su caso, de acuerdo con la calificación verbal o escrita del Registrador Mercantil y de cualesquiera otras autoridades, funcionarios o instituciones competentes, y realizando al efecto cuantos actos y suscribiendo cuantos documentos públicos o privados sean precisos o convenientes para todo ello y, en concreto, para lograr la inscripción de los mismos en el Registro Mercantil u otros registros en los que sean inscribibles.
Igualmente, facultar de modo particular a los antedichos señores para que, también de modo solidario o indistinto, realicen e intervengan en cuantas comunicaciones y en cuantos trámites, gestiones y documentos públicos o privados sea necesario o conveniente realizar u otorgar ante la Sociedad Rectora de la Bolsa de Valores de Bilbao y, ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores y demás Organismos, en relación con los acuerdos adoptados en la reunión.
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