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Milicic S.A. Audit Report / Information 2021

Jan 8, 2021

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author: "Jorge Felcaro"
date: 2013-12-23 18:41:00+00:00
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ACTA N° 75 DE LA COMISION FISCALIZADORA

En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 08 días de mes de enero de 2021 siendo las 15 horas, se reúnen los señores Cont. Miguel Ángel Liali, Cont. Jorge Fernando Felcaro y Cont. Sergio Miguel Roldan, miembros titulares de la Comisión Fiscalizadora de MILICIC S.A., para tratar los puntos siguientes:

  1. AUTORIZACION AL CONT. MIGUEL ANGEL LIALI PARA FIRMAR LA DOCUMENTACION DE LOS ESTADOS CONTABLES AL 31 DE OCTUBRE DE 2020. Se puso a consideración de la Comisión Fiscalizadora la autorización que sus miembros otorgan al Cont. Miguel Liali para que firme, en representación de los demás miembros de la misma, toda la documentación relativa a los estados contables de la Sociedad al 31 de octubre de 2020. Dicha autorización se aprobó por unanimidad, a lo cual el Cont. Liali manifiesta su conformidad. Se informará de esta decisión al Directorio a efectos de que conste en el acta respectiva.
  2. CONSIDERACION DEL INFORME SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES Y CONSOLIDADOS DE LA SOCIEDAD CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO CERRADO EL 31 DE OCTUBRE DE 2020. Se decide la emisión del siguiente:

INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA

Señores Accionistas de

Milicic S.A.

En nuestro carácter de miembros de la Comisión Fiscalizadora de Milicic S.A., de acuerdo con lo dispuesto por el inciso 5° del art. 294 de la Ley General de Sociedades y por el artículo 62 del Reglamento de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, en sus partes pertinentes, hemos examinado los documentos detallados en el párrafo siguiente.

DOCUMENTOS EXAMINADOS

  1. Estados financieros adjuntos de Milicic S.A., consolidados e individuales, que comprenden:
      • estado del resultado integral por el ejercicio finalizado el 31 de octubre de 2020,
    • estado de situación financiera al 31 de octubre de 2020,
    • estado de cambios en el patrimonio neto por el ejercicio finalizado el 31 de octubre de 2020
    • estado de flujos de efectivo por el ejercicio finalizado el 31 de octubre de 2020
    • resumen de políticas contables significativas y otra información explicativa
  2. Inventario al 31 de octubre de 2020
  3. Memoria del Directorio por el ejercicio finalizado el 31 de octubre de 2020

Las cifras y otra información correspondientes al ejercicio económico terminado el 31 de octubre de 2019 son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y con la información del ejercicio económico actual.

RESPONSABILIDAD DEL DIRECTORIO EN RELACIÓN CON LOS ESTADOS FINANCIEROS

El Directorio es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados financieros adjuntos de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera, adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas como normas contables profesionales e incorporadas por la Comisión Nacional de Valores a su normativa, tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad

Asimismo, el Directorio es responsable del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de incorrección material, debida a fraude o error.

RESPONSABILIDAD DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA

Nuestro examen fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes establecidas en la Resolución Técnica N° 15 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas requieren que el examen de los estados contables se efectúe de acuerdo con las normas de auditoría vigentes, e incluya la verificación de la congruencia de los documentos examinados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.

Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos detallados en el ítem a) de la sección Documentos examinados, hemos revisado la auditoría efectuada por los auditores externos Felcaro, Roldán & Asociados quienes emitieron su informe de fecha 8 de enero de 2021 de acuerdo con Normas Internacionales de Auditoría (NIAs). Dicha revisión incluyó la verificación de la planificación del trabajo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la auditoría efectuada por dichos profesionales. Los profesionales mencionados han llevado a cabo su examen sobre los estados financieros adjuntos de conformidad con las NIAs, adoptadas como normas de auditoría en Argentina mediante la Resolución Técnica Nº 32 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de ética, así como que planifiquemos y ejecutemos la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados financieros están libres de incorrecciones significativas.

Una auditoría conlleva la aplicación de procedimientos para obtener elementos de juicio sobre las cifras y la información presentadas en los estados financieros. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valoración de los riesgos de incorrecciones significativas en los estados financieros. Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno pertinente para la preparación y presentación razonable por parte de la entidad de los estados financieros, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la entidad. Una auditoría también incluye la evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la dirección de la entidad, así como la evaluación de la presentación de los estados contables en su conjunto.

Dado que no es responsabilidad de la Comisión Fiscalizadora efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio.

Consideramos que los elementos de juicio que hemos obtenido proporcionan una base suficiente y adecuada para nuestra opinión de auditoría.

Asimismo, en relación con la memoria del Directorio correspondiente al ejercicio terminado el 31 de octubre de 2019, hemos verificado que contiene la información requerida por el art. 66 de la Ley General de Sociedades y, en lo que es materia de nuestra competencia, que sus datos numéricos concuerdan con los registros contables de la Sociedad y otra documentación pertinente.

DICTAMEN

  1. En nuestra opinión, los estados financieros adjuntos de Milicic S.A., consolidados e individuales, al 31 de octubre de 2020, han sido preparados, en todos sus aspectos significativos, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera.
  2. En relación con la Memoria del Directorio, no tenemos observaciones que formular en materia de nuestra competencia, siendo las afirmaciones sobre hechos futuros responsabilidad exclusiva del Directorio de la Sociedad.
  3. Con respecto a las Notas complementarias - Información adicional a dichos estados, requerida por el artículo 68 del Reglamento de Cotización de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y por el Título IV, Capítulo III, artículos 1° y 12 de las Normas de la Comisión Nacional de Valores, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos observaciones que formular

INFORME SOBRE OTROS REQUERIMIENTOS LEGALES Y REGLAMENTARIOS

  1. Los estados financieros adjuntos y el correspondiente inventario surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
  2. Hemos aplicado los procedimientos sobre prevención de lavado de activos de origen delictivo y financiación del terrorismo previstos en la Resolución N° 420/11 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.
  3. Hemos dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 294 de la Ley General de Sociedades, habiendo participado regularmente en las reuniones de Directorio y ejercido, en la medida correspondiente, las atribuciones de nuestra competencia que nos asignan la ley citada y el estatuto de la Sociedad.
  4. De acuerdo con lo requerido por las normas de la Comisión Nacional de Valores, informamos que hemos leído el Informe de Auditoría Independiente emitido por el auditor externo, del que se desprende lo siguiente:
  5. Las políticas de contabilización aplicadas para la preparación de los presentes estados financieros están de acuerdo con normas contables profesionales y
  6. Los auditores externos han desarrollado su auditoría aplicando las NIAs, adoptadas como normas de auditoría en Argentina por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, las que contemplan los requisitos de objetividad e independencia.

Rosario, 8 de enero de 2021

MIGUEL ÁNGEL LIALI
Por Comisión Fiscalizadora

Miguel Ángel LIALI Sergio Miguel ROLDAN Jorge Fernando FELCARO