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Meranol S.A.C.I. Capital/Financing Update 2021

Dec 1, 2021

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Capital/Financing Update

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Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 1 de diciembre de 2021.

En mi carácter de subdelegado de Meranol Sociedad Anónima, Comercial, Industrial (“MERANOL”), en el marco de la resuelto mediante acta de asamblea de fecha 04 de octubre de 2021, con relación a la emisión de las Obligaciones Negociables Pyme Clases 15 y 16 (las “Obligaciones Negociables”) a ser emitidas por MERANOL en el marco del Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables PYME por un V/N de hasta $250.000.000 ampliable por hasta $500.000.000 o su equivalente en otras monedas, por la presente resuelvo:

Aprobar los términos y condiciones definitivas de las Obligaciones Negociables a emitir y el monto de las mismas, según el detalle que surge a continuación de acuerdo con la información volcada en el Suplemento de Prospecto:

Términos y Condiciones Comunes de las Obligaciones Negociables Pyme CNV.

Emisor: Meranol Sociedad Anónima, Comercial, Industrial. Instrumento: Obligaciones Negociables Pyme CNV en el marco del Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables Pyme CNV por un Valor Nominal de hasta $1.500.000.000 (pesos mil quinientos millones) (o su equivalente en otras monedas). Organizador: StoneX Securities S.A. Colocadores: StoneX Securities S.A. y Allaria Ledesma & Cía. S.A. Valor Nominal: Hasta $250.000.000 ampliable por hasta $500.000.000 -o su equivalente en otras monedas. El eventual monto adicional disponible del Programa a emitir será determinado e informado al momento de informar el Tipo de Cambio Inicial (tal como éste término se define más adelante). El valor nominal de las Obligaciones Negociables Pyme CNV será informado mediante un aviso complementario al Suplemento de Prospecto que será publicado por un día en el Boletín Electrónico del MAE (el “Boletín Electrónico del MAE”), y que estará asimismo disponible en la autopista de la información financiera de la Comisión Nacional de Valores (www.argentina.gov.ar/CNV). Sin embargo, la sumatoria del monto de emisión de las Obligaciones Negociables Pyme CNV Clases 15 y 16 no podrá superar el monto de emisión de las Obligaciones Negociables Pyme CNV, o su

equivalente en dólares estadounidenses, pudiendo asimismo dicho monto total ser emitido en una sola de las Clases. A los fines del cálculo del valor nominal máximo de la emisión, se considerará el Tipo de Cambio Inicial (tal como este término se define más adelante).

Descripción: Las Obligaciones Negociables Pyme CNV serán obligaciones negociables simples no convertibles en acciones, no subordinadas y con garantía común, que calificarán pari passu sin preferencia entre sí y en todo momento tendrán al menos igual prioridad de pago que todo otro endeudamiento con garantía común y no subordinadas, presente o futuro, de la Compañía (con la excepción de ciertas obligaciones a las que las leyes argentinas le otorgan tratamiento preferencial).

Fecha de Emisión y Es aquella fecha en la que se emitan las Obligaciones Negociables Liquidación: Pyme CNV, de acuerdo a lo decidido por los Colocadores en conjunto con la Compañía, lo cual tendrá lugar dentro del tercer Día Hábil siguiente al último día del Período de Licitación, y que será informada mediante el Aviso de Resultados.

  • Forma: Las Obligaciones Negociables Pyme CNV estarán representadas en un certificado global permanente, a ser depositado en la Caja de Valores S.A. (la “CVSA”) de acuerdo a lo establecido por la Ley N°24.587 de Nominatividad de los Títulos Valores Privados. Los tenedores renuncian al derecho a exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo, conforme a la Ley Nº 20.643 y sus posteriores modificaciones, encontrándose habilitada la CVSA para cobrar los aranceles de los depositantes, que éstos podrán trasladar a los tenedores.

  • Colocación: La colocación primaria se realizará exclusivamente en la República Argentina mediante el método denominado “Subasta Holandesa Modificada”, a través de un proceso licitatorio o subasta abierta que será llevado adelante por el Mercado Abierto Electrónico S.A., a través del módulo de licitaciones del sistema informático MAESIOPEL (el “Sistema SIOPEL”), de conformidad con los términos de la Ley N° 26.831 de Mercado de Capitales y demás normas aplicables y las Normas de la CNV (N.T. 2013 y mod.). Ver “ Proceso de Colocación y Adjudicación ” del Suplemento de Prospecto.

  • Destino de los fondos: El producido neto de la colocación de las Obligaciones Negociables Pyme CNV será utilizado conforme con lo previsto en el artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables. Ver “ Destino de Fondos ” del Suplemento de Prospecto.

Negociación: Las Obligaciones Negociables Pyme CNV podrán negociarse en el Mercado Abierto Electrónico S.A. (MAE), como así también en otros mercados autorizados, de conformidad con la Ley 26.831.

  • Agente de Depósito Caja de Valores S.A.

Colectivo: Agente de StoneX Securities S.A. Liquidación: Opción de rescate del La Compañía podrá rescatar las Obligaciones Negociables Pyme Emisor: CNV, en forma total o parcial, a un precio igual al 100% del valor nominal más intereses devengados e impagos, en caso de producirse ciertos cambios impositivos que generen en la Compañía la obligación de pagar Montos Adicionales. En todo momento se respetará el trato igualitario entre los inversores. Impuestos: Los pagos respecto de las Obligaciones Negociables Pyme CNV, incluyendo, sin limitación, los pagos de capital e intereses, serán efectuados por el Emisor de acuerdo con las normas impositivas vigentes en la República Argentina. Ley aplicable y Las Obligaciones Negociables Pyme CNV se emitirán conforme jurisdicción: con la Ley de Obligaciones Negociables y demás normas vigentes en la República Argentina que resultaren de aplicación en la Fecha de Emisión y Liquidación.

Toda controversia que se suscite entre la Compañía, los tenedores de las Obligaciones Negociables Pyme CNV, cualquier persona que intervenga en cualquier carácter en la colocación y suscripción de las Obligaciones Negociables Pyme CNV y cualquier tercero con relación a lo previsto en este Prospecto, su existencia, validez, calificación, interpretación, alcance, cumplimiento o resolución se podrá someter a la jurisdicción del Tribunal Arbitral del MAE. Sin perjuicio de ello, de conformidad con el Artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales, los tenedores podrán someter sus controversias en relación con las Obligaciones Negociables Pyme CNV a la jurisdicción no exclusiva del Tribunal Arbitral del MAE o el que se cree en el futuro de conformidad con el artículo 29 de la Ley de Mercado de Capitales o bien a la de los juzgados de primera instancia en lo comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a opción exclusiva del tenedor en cuestión. A su vez, en los casos en que las normas vigentes establezcan la acumulación de acciones entabladas con idéntica finalidad ante un solo tribunal, la acumulación se efectuará ante el tribunal judicial. Acción Ejecutiva: De acuerdo con el artículo 29 de la Ley de Obligaciones Negociables, los instrumentos representativos de las obligaciones otorgan acción ejecutiva a sus tenedores para reclamar el capital, actualizaciones e intereses y para ejecutar las garantías otorgadas. Eventos de Las Obligaciones Negociables Pyme CNV estarán sujetas a los Incumplimiento: Eventos de Incumplimiento descriptos en la Sección “Detalles de la oferta y la negociación – Eventos de Incumplimiento” del Prospecto.

Términos y Condiciones Particulares de las Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 15.

Denominación: Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 15.

Moneda de denominación, suscripción, integración y pago:

Las Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 15 estarán denominadas y serán integradas y pagaderas en Pesos.

Fecha de Vencimiento: A los 12 meses desde su Fecha de Emisión y Liquidación, la cual será informada mediante el Aviso de Resultados.

Tasa de Interés:

En concepto de interés las Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 15 devengarán una tasa nominal anual variable equivalente a la Tasa de Referencia más el Margen de Corte a ser definido durante el Período de Licitación (tal como dichos términos se definen más adelante).

La Emisora podrá establecer que para uno o más períodos de devengamiento de Intereses, la tasa de interés correspondiente a las Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 15 no sea inferior a una tasa de interés mínima (la “Tasa de Interés Mínima”). La Tasa de Interés Mínima, de ser establecida, será informada en el Aviso de Suscripción o en un aviso complementario posterior a ser publicado con anterioridad al inicio del Período de Licitación. En caso de establecerse una Tasa de Interés Mínima, si para el período de devengamiento correspondiente la Tasa de Interés Aplicable para las Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 15 fuera inferior a la Tasa de Interés Mínima las Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 15 devengarán intereses a la Tasa de Interés Mínima establecida.

Tasa de Referencia:

La “Tasa de Referencia” será el promedio aritmético simple de las tasas de interés para depósitos a plazo fijo de más de un millón de pesos de 30 a 35 días en bancos privados (“BADLAR Privada”), A fin de calcular los intereses, se tomará el promedio de las Tasas BADLAR publicadas durante el período que se inicia el séptimo (7) Día Hábil anterior al inicio de cada Período de Devengamiento de Intereses y que finaliza (e incluye) el octavo (8) Día Hábil anterior a la Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 15.

Actualmente, la tasa BADLAR Privada es informada por el BCRA en su página de internet (www.bcra.gov.ar), Sección “Estadísticas e Indicadores/Monetarias y Financieras/Descarga de paquetes estandarizados de series estadísticas/ Tasas de interés/ Por depósitos/ Series diarias / BADLAR - Tasas de interés por depósitos a plazo fijo de 30 a 35 días de plazo y de más de un millón de pesos o dólares”, en porcentaje nominal anual.

En caso de que la tasa BADLAR Privada dejare de ser informada por el BCRA, se tomará: (i) la tasa sustitutiva de la Tasa BADLAR Privada que informe el BCRA o (ii) en caso de no existir o no informarse la tasa sustituta indicada en (i) precedente, se calculará la Tasa de Referencia, considerando el promedio de tasas informadas para depósitos a plazos fijo en pesos por un monto mayor a un millón de pesos por periodos de entre 30 y 35 días de los cinco (5) primeros bancos privados de la Argentina. Para elegir los cinco (5) primeros bancos privados se

considerará el último informe de depósitos disponibles publicados por el BCRA.

Margen de corte:

Es la cantidad de puntos básicos (expresada como porcentaje nominal anual truncado a dos decimales) adicional que se pagará por sobre la Tasa de Referencia, y que se determinará al finalizar el Período de Licitación. Dicha determinación será efectuada sobre la base del resultado del procedimiento de adjudicación detallado en este Prospecto.

Fecha de pago de los Los intereses se pagarán semestralmente en forma vencida a partir de la intereses: Fecha de Emisión y Liquidación. Los pagos serán efectuados en las fechas que oportunamente se indiquen mediante un aviso complementario al Suplemento de Prospecto que será publicado por un día en sitio web del MAE (cada una, una “Fecha de Pago de Intereses” y conjuntamente con la Fecha de Amortización, la “Fecha de Pago de los Servicios”), y que estará asimismo disponible en la autopista de la información financiera de la Comisión Nacional de Valores (www.argentina.gov.ar/CNV). En caso que dicha Fecha de Pago de Intereses corresponda a un día que no sea un Día Hábil, la Fecha de Pago de Intereses a considerar será el Día Hábil inmediatamente siguiente. Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables Pyme CNV efectuado en dicho Día Hábil inmediatamente siguiente tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el mismo, devengándose los intereses durante el período comprendido entre dicha fecha y el día inmediato anterior al del efectivo pago.

Período de Es el período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses y la Devengamiento de Fecha de Pago de Intereses siguiente, incluyendo el primer día y Intereses: excluyendo el último día. Respecto de la primera Fecha de Pago de Intereses, se considerará Período de Devengamiento de Intereses el comprendido entre la Fecha de Emisión y Liquidación, a ser definida en el Aviso de Suscripción, la primera Fecha de Pago de Intereses, incluyendo el primer día y excluyendo el último día.

Para el cálculo de los intereses se considerará la cantidad real de días transcurridos y un año de 365 días (cantidad real de días transcurridos/365).

Amortización: Las Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 15 serán amortizadas en su totalidad en la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 15.

Montos Adicionales: La Emisora estará obligada a pagar ciertos montos adicionales en caso que sea necesario efectuar ciertas deducciones y/o retenciones respecto de los pagos bajo las Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 15 a Tasa Variable.

Denominación La denominación mínima será de $1. El valor nominal unitario de las Mínima: Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 15 será de $1. Monto Mínimo de $1.000 (Pesos mil) y múltiplos de $1 (Pesos uno) por encima de dicho Suscripción: monto. Unidad Mínima de La unidad mínima de negociación de las Obligaciones Negociables Pyme

Negociación: CNV Clase 15 será de $1. Calificación de riesgo: FIX SCR S.A. Agente de Calificación de Riesgo ha calificado las Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 15 con categoría “A2(arg)” mediante informe de calificación de fecha 1 de diciembre de 2021. Las actualizaciones de la calificación estarán disponibles en la autopista de la información financiera de la Comisión Nacional de Valores (www.argentina.gov.ar/CNV).

Términos y Condiciones Particulares de las Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 16.

Denominación: Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 16. Moneda de Las Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 16 estarán denominadas denominación, en Dólares Estadounidenses y serán suscriptas e integradas en Pesos al suscripción, Tipo de Cambio Inicial. integración y pago: Asimismo, será pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable conforme se detalla más abajo.

Fecha de Vencimiento: Será a los 18 meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación, la cual será informada mediante el Aviso de Resultados.

Tasa Fija Aplicable: Las Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 16 devengarán intereses a la tasa fija nominal anual truncada a dos decimales que surja del proceso de determinación de la misma detallado en el Capítulo “ Proceso de Colocación y Adjudicación ” del Suplemento de Prospecto, y será informada mediante el Aviso de Resultados. La Emisora podrá indicar una tasa fija indicativa en el Aviso de Suscripción o en un aviso complementario al mismo, sin perjuicio de lo cual la Tasa Fija Aplicable podrá ser inferior, igual o superior a dicha tasa fija indicativa.

Fecha de pago de los Los intereses se pagarán semestralmente en forma vencida. Los pagos intereses: serán efectuados en las fechas que oportunamente se indiquen mediante un aviso complementario al Suplemento de Prospecto que será publicado por un día en el sitio web del MAE (cada una, una “Fecha de Pago de Intereses” y conjuntamente con la Fecha de Amortización, la “Fecha de Pago de los Servicios”), y que estará asimismo disponible en la autopista de la información financiera de la Comisión Nacional de Valores (www.argentina.gov.ar/CNV). En caso que dicha Fecha de Pago de Intereses corresponda a un día que no sea un Día Hábil, la Fecha de Pago de Intereses a considerar será el Día Hábil inmediatamente siguiente. Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 16 efectuado en dicho Día Hábil inmediatamente siguiente tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el mismo, devengándose los intereses durante el período comprendido entre dicha fecha y el día inmediato anterior al del efectivo pago.

Período de Es el período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses y la Devengamiento de Fecha de Pago de Intereses siguiente, incluyendo el primer día y Intereses: excluyendo el último día. Respecto de la primera Fecha de Pago de Intereses, se considerará Período de Devengamiento de Intereses el

comprendido entre la Fecha de Emisión y Liquidación, a ser definida en el Aviso de Suscripción y la primera Fecha de Pago de Intereses, incluyendo el primer día y excluyendo el último día.

Para el cálculo de los intereses se considerará la cantidad real de días transcurridos y un año de 365 días (cantidad real de días transcurridos/365).

Tipo de Cambio Inicial:

Significa el promedio aritmético simple de los últimos 3 (tres) Días Hábiles previos a la Fecha de Licitación (tal como este término se define a continuación) correspondiente al tipo de cambio vendedor de divisas informado por el Banco de la Nación Argentina e informado en un aviso complementario al Aviso de Suscripción a más tardar el último día del Período de Difusión

Tipo de Cambio Será el tipo de cambio vendedor de divisas informado por el Banco de la Aplicable: Nación Argentina, vigente al quinto día hábil bursátil anterior a cada Fecha de Pago de los Servicios a ser informado en el correspondiente Aviso de Pago (el “Tipo de Cambio Aplicable”).

Amortización:

Fecha de Licitación:

Montos Adicionales:

Las Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 16 serán amortizadas en su totalidad en la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 16.

Será aquel Día Hábil correspondiente al Período de Subasta o Licitación Pública oportunamente informada mediante el Aviso de Suscripción.

La Emisora estará obligada a pagar ciertos montos adicionales en caso que sea necesario efectuar ciertas deducciones y/o retenciones respecto de los pagos bajo las Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 16 a Tasa Fija.

Denominación La denominación mínima será de US$1. El valor nominal unitario de las Mínima: Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 16 será de US$1.

Monto Mínimo de US$100 (Dólares Estadounidenses cien) y múltiplos de US$1 (Dólares Suscripción: Estadounidenses uno) por encima de dicho monto.

Unidad Mínima de La unidad mínima de negociación de las Obligaciones Negociables Pyme Negociación: CNV Clase 16 será de US$1. Calificación de riesgo: FIX SCR S.A. Agente de Calificación de Riesgo ha calificado las Obligaciones Negociables Pyme CNV Clase 16 con categoría “A-(arg)” mediante informe de calificación de fecha 1 de diciembre de 2021. Las actualizaciones de la calificación estarán disponibles en la autopista de la información financiera de la Comisión Nacional de Valores (www.argentina.gov.ar/CNV).

__ Subdelegado