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Mapfre S.A. — Remuneration Information 2023
Feb 9, 2023
1854_def-14a_2023-02-09_4bbb8ac8-fc5e-41e7-ab7a-efb58677e5df.pdf
Remuneration Information
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DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR
| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2022 | |
|---|---|---|
| CIF: | A08055741 | |
| Denominación Social: | ||
| MAPFRE, S.A. | ||
| Domicilio social: |
CARRETERA DE POZUELO A MAJADAHONDA, 52 EDIF.1 (MAJADAHONDA) MADRID
A. POLÍTICA DE REMUNERACIONES DE LA SOCIEDAD PARA EL EJERCICIO EN CURSO
A.1.1 Explique la política vigente de remuneraciones de los consejeros aplicable al ejercicio en curso. En la medida que sea relevante se podrá incluir determinada información por referencia a la política de retribuciones aprobada por la junta general de accionistas, siempre que la incorporación sea clara, específica y concreta.
Se deberán describir las determinaciones específicas para el ejercicio en curso, tanto de las remuneraciones de los consejeros por su condición de tal como por el desempeño de funciones ejecutivas, que hubiera llevado a cabo el consejo de conformidad con lo dispuesto en los contratos firmados con los consejeros ejecutivos y con la política de remuneraciones aprobada por la junta general.
En cualquier caso, se deberá informar, como mínimo, de los siguientes aspectos:
- a) Descripción de los procedimientos y órganos de la sociedad involucrados en la determinación, aprobación y aplicación de la política de remuneraciones y sus condiciones.
- b) Indique y, en su caso, explique si se han tenido en cuenta empresas comparables para establecer la política de remuneración de la sociedad.
- c) Información sobre si ha participado algún asesor externo y, en su caso, identidad del mismo
- d) Procedimientos contemplados en la política de remuneraciones vigente de los consejeros para aplicar excepciones temporales a la política, condiciones en las que se puede recurrir a esas excepciones y componentes que pueden ser objeto de excepción según la política.
i) Principios y fundamentos generales de la política vigente:
La retribución de los consejeros se determina de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable a las sociedades de capital, los Estatutos y el Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad y los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas.
El Consejo de Administración ha acordado, en su reunión celebrada el 8 de febrero de 2023, elevar a la Junta General de Accionistas del próximo 10 de marzo propuesta de nueva Política de Remuneraciones de los Consejeros para el periodo 2023-2025 cuyos principios y fundamentos generales son los siguientes:
- Prioridad de la creación de valor y la rentabilidad a medio y largo plazo sobre la consecución de resultados a corto plazo.
- Proporcionalidad razonable con la situación económica de la Sociedad y con los estándares de mercado de empresas comparables.
- Consonancia con la estrategia comercial y de gestión de riesgos, su perfil de riesgo, sus objetivos y sus prácticas de gestión de riesgos.
- Gestión adecuada y eficaz de los riesgos, sin rebasar los límites establecidos de tolerancia al riesgo.
- Atracción y retención del talento.
- Compensación adecuada de la dedicación, cualificación y responsabilidad.
- Adecuada proporción de los componentes fijos y variables, que evite una excesiva dependencia de los componentes variables.
- Diferimiento del pago de una parte sustancial de la retribución variable.
- Posibilidad de ajustes ex post de la retribución variable.
- Elusión de conflictos de intereses.
- Alineación del sistema retributivo de los consejeros ejecutivos con el del conjunto de directivos de la Sociedad.
- No discriminación por razón de sexo, raza o ideología, e igualdad de remuneración para puestos de igual valor.
En aplicación de los principios antes indicados, el sistema de remuneración de los consejeros en su condición de tales reúne las siguientes características:
-
Es transparente en la información de las retribuciones de los consejeros.
-
Es incentivador para retribuir su dedicación, cualificación y responsabilidad, sin que constituya un obstáculo para su deber de lealtad.
-
Consiste en una asignación fija por pertenencia al Consejo de Administración y, en su caso, a la Comisión y Comités Delegados, pudiendo ser superiores para las personas que ocupen cargos en el seno del propio Consejo o desempeñen la Presidencia de los Comités Delegados. Los miembros de la Comisión Delegada percibirán además una dieta por asistencia a sus reuniones. Esta remuneración se podrá complementar con compensaciones no dinerarias tales como seguros de vida para caso de fallecimiento, seguros de salud, bonificaciones en productos comercializados por empresas del Grupo MAPFRE y otras en línea con las establecidas con carácter general para el personal de la Sociedad.
-
No incorpora componentes variables o vinculados al valor de la acción.
-
Se compensa a los consejeros los gastos de viaje, desplazamiento y otros que realicen para asistir a las reuniones de la Sociedad o para el desempeño de sus funciones.
El sistema de remuneración de los consejeros que desempeñan funciones ejecutivas en la Sociedad cuenta con las siguientes características y medidas que garantizan su coherencia con la estrategia, los intereses y la sostenibilidad a largo plazo de la Sociedad y su Grupo, y con las condiciones retributivas de los directivos y empleados, en general, y que permiten reducir la exposición a riesgos excesivos:
-
Relación equilibrada entre los componentes fijos y variables de la remuneración y orientación a la obtención de resultados a largo plazo.
-
Retribución variable vinculada a objetivos económico-financieros, de creación de valor para el accionista y ligados a la sostenibilidad, en línea con el Plan Estratégico de MAPFRE.
-
Retribución variable a medio y largo plazo mediante planes de incentivos de carácter plurianual, con base en resultados a largo plazo, y parcialmente instrumentada mediante entrega de acciones de MAPFRE, S.A. sometidas a un periodo de retención.
-
Retribución variable con diferimiento parcial y posibilidad de reducción (cláusula malus) o de devolución, total o parcial (cláusula clawback).
La política retributiva, por tanto, contribuye a la estrategia empresarial, a los intereses y la sostenibilidad a largo plazo de la Sociedad, con el objetivo de crear valor para el accionista de forma sostenible en el tiempo, con una gestión prudente del riesgo y con el estricto cumplimiento de la normativa vigente en materia de remuneraciones de consejeros de las sociedades cotizadas.
En cuanto a los criterios seguidos para determinar los distintos componentes del paquete retributivo de los consejeros, en el caso de los consejeros externos, el objetivo es remunerar a éstos de acuerdo con su valía profesional, dedicación al cargo y responsabilidad asumida por el mismo, sin que su objetividad en la defensa de los intereses sociales pueda verse afectada por la retribución percibida.
En el caso de los consejeros ejecutivos, el objetivo, al igual que con los restantes altos directivos del Grupo, es configurar paquetes retributivos competitivos que permitan atraer y retener a los profesionales más destacados, al tiempo que conseguir establecer un vínculo estable y con vocación de permanencia en el tiempo entre la remuneración, los resultados y los riesgos asumidos (a cuyos efectos, éstos constituyen un factor determinante de la retribución variable a medio y largo plazo).
[LA INFORMACIÓN DE ESTE APARTADO CONTINÚA EN EL APARTADO D.1 DE ESTE INFORME]
A.1.2 Importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a los fijos (mix retributivo) y qué criterios y objetivos se han tenido en cuenta en su determinación y para garantizar un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración. En particular, señale las acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso, una referencia a medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo plazo de la sociedad, las medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad y medidas previstas para evitar conflictos de intereses.
Asimismo, señale si la sociedad ha establecido algún período de devengo o consolidación de determinados conceptos retributivos variables, en efectivo, acciones u otros instrumentos financieros, un período de diferimiento en el pago de importes o entrega de instrumentos financieros ya devengados y consolidados, o si se ha acordado alguna cláusula de reducción de la remuneración diferida aún no consolidada o que obligue
al consejero a la devolución de remuneraciones percibidas, cuando tales remuneraciones se hayan basado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta.
Los consejeros ejecutivos cuentan con un sistema de retribución variable a corto plazo basado principalmente en un componente anual vinculado al beneficio neto consolidado de la Sociedad y al Return on Equity (ROE) del Grupo y, adicionalmente, otro componente vinculado al cumplimiento del Ratio Combinado Autos Global (RCAG) y de porcentajes de crecimiento de primas imputadas y variación de gastos imputados (excluido vida ahorro). Además, cuentan con planes de incentivos variables de carácter plurianual vinculados a la obtención de objetivos establecidos en línea con el Plan Estratégico del Grupo.
En lo que respecta al diferimiento de la remuneración variable a corto plazo de los consejeros ejecutivos, el pago de, al menos, un 30 por cien de la misma se diferirá durante un mínimo de tres años.
Por otro lado, el personal relevante y aquellas otras personas que desarrollan funciones clave o cuya actividad profesional incide de forma significativa sobre el perfil de riesgo de la Sociedad cuentan con un sistema de retribución variable vinculado al logro de objetivos tanto financieros como no financieros ligados directamente con los planes estratégicos y sujeto, asimismo, a reglas de diferimiento. En particular, los consejeros ejecutivos de la Sociedad forman parte de un Plan de Incentivos a Medio y Largo Plazo de carácter extraordinario, no consolidable y plurianual compuesto por tres ciclos solapados con un periodo de medición de objetivos de tres años de duración cada uno (2022-2024, 2023-2025 y 2024-2026), que se abonará parcialmente de forma dineraria y parcialmente mediante la entrega de acciones de MAPFRE, S.A. La fecha de aprobación, importe máximo, reglas de diferimiento, periodos de retención de acciones, objetivos del primer (2022-2024) y segundo ciclo (2023-2025) y resto de características del Plan constan en el apartado A.1.6 siguiente.
Los objetivos de cada ciclo están referidos, en general, a promedios de un periodo de tres años, por lo que sólo es posible obtener dicha remuneración mediante una gestión que genere resultados y modelos de negocio sostenibles en el tiempo.
En el caso de la remuneración variable a medio y largo plazo, el pago del 60 por cien de la misma se diferirá durante un mínimo de tres años. Adicionalmente, los consejeros ejecutivos deberán mantener durante un plazo máximo de dos años, contados desde la fecha de entrega de las acciones, la propiedad de la totalidad de estas.
De conformidad con la Política de Remuneraciones de los Consejeros para el periodo 2023-2025, los componentes fijos y variables de la remuneración deben equilibrarse de tal forma que el componente fijo constituya una parte suficientemente elevada de la remuneración total, de modo que pueda aplicarse una política plenamente flexible en lo que se refiere a los componentes variables de la remuneración, hasta el punto de ser posible no abonar estos últimos. Para evitar una asunción excesiva de riesgos, el porcentaje del componente variable respecto de la remuneración fija tenderá a no superar el 100 por cien.
Para el ejercicio 2023, el peso de la retribución variable "target" (suma de la retribución variable a corto y medio y largo plazo anualizada y de la parte variable de los sistemas de ahorro a largo plazo) sobre la retribución fija (suma de la retribución fija anual y de la parte fija de los sistemas de ahorro a largo plazo, excluyendo los importes correspondientes a beneficios sociales) del conjunto de los consejeros ejecutivos es de un 80,97 por cien.
A efectos de un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables, la Sociedad ha tomado como referencia las prácticas remunerativas de las empresas del IBEX 35.
Además, los contratos de los consejeros ejecutivos incluyen las siguientes cláusulas que podrán afectar al 100 por cien de la remuneración variable:
-
Cláusula de reducción (malus): contempla la reducción parcial o total de las remuneraciones devengadas y pendientes de abono en determinadas circunstancias graves, bien por actuaciones irregulares, o situaciones que afecten a la liquidación realizada.
-
Cláusula de recobro (clawback): contempla específicamente la devolución, parcial o total, en el plazo de los tres años siguientes a su abono de las remuneraciones variables satisfechas.
En relación con las potenciales situaciones de conflicto de intereses, la normativa interna de la entidad establece que serán puestas en conocimiento de los Órganos de Gobierno de MAPFRE a través de la Secretaría General por los propios afectados. Dichos Órganos de Gobierno determinarán la concurrencia o no del conflicto, y en caso afirmativo establecerán las medidas de protección del interés social que aconsejen las circunstancias, que deberán ser acatadas por los afectados.
A.1.3 Importe y naturaleza de los componentes fijos que se prevé devengarán en el ejercicio los consejeros en su condición de tales.
Los consejeros externos percibirán como retribución básica una asignación fija anual por pertenencia al Consejo de Administración y, en su caso, a la Comisión y Comités Delegados, que podrá ser superior para las personas que ocupen cargos en el seno del propio Consejo o desempeñen la presidencia de los Comités Delegados del Consejo. Los miembros de la Comisión Delegada percibirán además una dieta por asistencia a sus reuniones. Esta remuneración podrá complementarse con compensaciones no dinerarias tales como seguros de vida para caso de fallecimiento, seguros de salud, bonificaciones en productos comercializados por empresas del Grupo MAPFRE y otras en línea con las establecidas con carácter general para el personal de la Sociedad.
(i) Asignación fija y dieta por asistencia.
Para el ejercicio 2023 las cantidades correspondientes a dichos conceptos serán las siguientes:
-
Pertenencia al Consejo de Administración: 110.000 euros
-
Vicepresidencia Consejo de Administración Consejero Independiente Coordinador: 220.000 euros
- Pertenencia a la Comisión Delegada: 10.000 euros más una dieta por asistencia de 3.000 euros por reunión
- Presidencia del Comité de Auditoría y Cumplimiento: 70.000 euros
- Vocales del Comité de Auditoría y Cumplimiento: 49.000 euros
- Presidencia del Comité de Nombramientos y Retribuciones: 62.000 euros
- Vocales del Comité de Nombramientos y Retribuciones: 40.000 euros
- Presidencia del Comité de Riesgos y Sostenibilidad: 65.000 euros
- Vocales del Comité de Riesgos y Sostenibilidad: 45.000 euros
- (ii) Compensaciones no dinerarias.
Los consejeros externos son beneficiarios de las compensaciones no dinerarias establecidas en el apartado A.1.5 siguiente.
(iii) Asignaciones por la participación en Consejos de Administración de entidades filiales.
Aquellos consejeros externos que forman parte de Consejos de Administración de entidades filiales perciben, igualmente, una asignación fija por pertenencia a los mismos y, en su caso, a sus comisiones delegadas.
El importe de dichas asignaciones varía en función de la dimensión y de la localización geográfica de la entidad filial.
A.1.4 Importe y naturaleza de los componentes fijos que serán devengados en el ejercicio por el desempeño de funciones de alta dirección de los consejeros ejecutivos.
Los consejeros ejecutivos no perciben la asignación fija y dietas por asistencia establecidas para los consejeros en su condición de tales.
Por el desempeño de sus funciones ejecutivas, la retribución fija de los consejeros se determina conforme a la Política de Remuneraciones de los Consejeros para el periodo 2023-2025, y de acuerdo con lo que figura en sus respectivos contratos.
Para el ejercicio 2023 la retribución salarial fija bruta de los cuatro consejeros ejecutivos asciende en conjunto a 2.676.826 euros, correspondiendo a la Sociedad 2.241.426 euros, y a otras sociedades del Grupo 435.400 euros.
A.1.5 Importe y naturaleza de cualquier componente de remuneración en especie que será devengado en el ejercicio incluyendo, pero no limitado a, las primas de seguros abonadas en favor del consejero.
Los consejeros externos tienen derecho a las siguientes compensaciones no dinerarias:
-
Seguro de vida para caso de fallecimiento. El Consejo de Administración, a propuesta del Comité de Nombramientos y Retribuciones, ha acordado en su reunión celebrada el 8 de febrero de 2023, incrementar el capital asegurado por este concepto de 150.253 euros a 400.000 euros; modificación aquella lógicamente condicionada, con carácter suspensivo, a la adopción por la Junta General del próximo 10 de marzo de 2023 del acuerdo de modificación del artículo 17º de los Estatutos Sociales.
-
Seguro de Salud.
- Bonificaciones en productos comercializados por empresas del Grupo MAPFRE.
- Obsequio de Navidad.
En el caso de los consejeros ejecutivos, estos tienen derecho a los siguientes beneficios sociales y prestaciones establecidas con carácter general para la alta dirección de la Sociedad:
- Compromisos por pensiones de aportación definida descritos en el apartado A.1.7 siguiente.
- Seguro de Salud específico y chequeo médico.
- Seguro de decesos.
-
Seguro de Vida con un capital asegurado para caso de fallecimiento o invalidez absoluta del 400 por cien sobre la remuneración fija, con cláusula de doble capital en caso de fallecimiento accidental.
-
El uso particular de vehículo de empresa de acuerdo a las condiciones establecidas en la política de cesión de vehículos de MAPFRE.
-
Programa de becas a hijos.
Adicionalmente, los consejeros ejecutivos, al igual que el resto de empleados de la Sociedad, son beneficiarios de otras prestaciones, cuyas características principales se encuentran recogidas en el Convenio Colectivo de MAPFRE Grupo Asegurador.
A.1.6 Importe y naturaleza de los componentes variables, diferenciando entre los establecidos a corto y largo plazo. Parámetros financieros y no financieros, incluyendo entre estos últimos los sociales, medioambientales y de cambio climático, seleccionados para determinar la remuneración variable en el ejercicio en curso, explicación de en qué medida tales parámetros guardan relación con el rendimiento, tanto del consejero, como de la entidad y con su perfil de riesgo, y la metodología, plazo necesario y técnicas previstas para poder determinar, al finalizar el ejercicio, el grado efectivo de cumplimiento de los parámetros utilizados en el diseño de la remuneración variable, explicando los criterios y factores que aplica en cuanto al tiempo requerido y métodos para comprobar que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de cualquier otro tipo a las que estaba vinculado el devengo y la consolidación de cada componente de la retribución variable.
Indique el rango en términos monetarios de los distintos componentes variables en función del grado de cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, y si existe algún importe monetario máximo en términos absolutos.
Como se ha indicado anteriormente, únicamente los consejeros ejecutivos perciben retribución variable, de la que pueden distinguirse dos tipos:
(i) Retribución variable a corto plazo:
De conformidad con lo establecido en la Política de Remuneraciones de los Consejeros para el periodo 2023-2025, los consejeros ejecutivos del Grupo forman parte del colectivo de altos directivos que tienen establecido un sistema de retribución variable a corto plazo basado principalmente en un componente anual vinculado al beneficio neto consolidado de la Sociedad y al Return on Equity (ROE) del Grupo.
Esta retribución variable a corto plazo puede alcanzar en 2023 un importe total de 3.470.548 euros brutos, correspondiendo a la Sociedad 2.830.497 euros, y a otras sociedades del Grupo 640.051 euros.
Este componente de la retribución variable a corto plazo dependerá del grado de consecución del objetivo de beneficio neto consolidado anual de la Sociedad, conforme a la siguiente escala:
-
Si el cumplimiento del resultado después de impuestos y minoritarios es menor al 50 por cien, el grado de cumplimiento sería 0 por cien.
-
Si el cumplimiento del resultado después de impuestos y minoritarios es mayor o igual al 50 por cien, e inferior al 80 por cien, el grado de cumplimiento sería 50 por cien.
-
Si el cumplimiento del resultado después de impuestos y minoritarios es mayor o igual al 80 por cien, e inferior o igual al 100 por cien, el grado de cumplimiento sería proporcional.
-
Si el cumplimiento del resultado después de impuestos y minoritarios es mayor al 100 por cien, e inferior al 125 por cien, el grado de cumplimiento sería 100 por cien más dos veces el exceso sobre el 100 por cien.
-
Si el cumplimiento del resultado después de impuestos y minoritarios es mayor o igual al 125 por cien, el grado de cumplimiento sería 150 por cien.
El resultado de la aplicación de dicha escala se ajustará en 5 puntos al alza o a la baja en función del cumplimiento del objetivo vinculado al Return on Equity (ROE).
Además, la Política de Remuneraciones de los Consejeros para el periodo 2023-2025 prevé expresamente que, adicionalmente, el Consejo de Administración podrá establecer componentes a corto plazo vinculados al cumplimiento de objetivos específicos.
Para el ejercicio 2023 se ha establecido un componente vinculado a dos objetivos independientes: (i) Ratio Combinado Autos Global (RCAG) y (ii) porcentajes de crecimiento de primas imputadas y variación de gastos imputados (excluido vida ahorro).
Esta retribución puede alcanzar en 2023 un importe total de 318.750 euros brutos, correspondiendo 250.000 euros a la Sociedad, y 68.750 euros a otras sociedades del Grupo.
Este componente de la retribución variable a corto plazo se calculará como la suma ponderada de cumplimiento de los siguientes objetivos, ponderados al 50 por cien cada uno:
• Ratio Combinado Autos Global:
- Si es menor o igual a la meta establecida, el objetivo se entenderá cumplido al 100 por cien.
- Si es hasta 2,5 puntos porcentuales mayor que la meta, el cumplimiento será de un 50 por cien.
- Si es mayor que la meta en más de 2,5 puntos porcentuales, el cumplimiento será del 0 por cien.
• Objetivo conjunto de porcentaje de crecimiento de primas imputadas y porcentaje de variación de gastos imputados (excluido vida ahorro). El objetivo se entenderá cumplido siempre que exista un crecimiento positivo de primas imputadas y la diferencia entre crecimiento de primas y variación de gastos cumpla con lo establecido a continuación:
-
Si la diferencia en puntos porcentuales entre crecimiento de primas y variación de gastos (excluido vida ahorro) es mayor o igual a la meta, el cumplimiento será del 100 por cien.
-
Si la diferencia en puntos porcentuales entre crecimiento de primas y variación de gastos (excluido vida ahorro) es mayor o igual al 50 por cien de la meta, el cumplimiento será del 50 por cien.
-
En otro caso, el cumplimiento será del 0 por cien.
La retribución variable a corto plazo, que se abona, en todos los casos, en efectivo, es aprobada anualmente por el Consejo de Administración, previo informe del Comité de Nombramientos y Retribuciones.
La evaluación del grado efectivo de cumplimiento de los objetivos establecidos para la retribución variable a corto plazo se efectúa con base en las cuentas anuales de dicho ejercicio formuladas por el Consejo de Administración. La liquidación que en su caso corresponda se realizará, con carácter general, en el primer trimestre del año siguiente.
(ii) Retribución variable a medio y largo plazo:
El Consejo de Administración, a propuesta del Comité de Nombramientos y Retribuciones, aprobó el 9 de febrero de 2022 un Plan de Incentivos a Medio y Largo Plazo de carácter extraordinario, no consolidable y plurianual, del que forman parte los directivos clave del Grupo MAPFRE, incluidos los consejeros ejecutivos.
El propósito del Plan es alinear los intereses del equipo directivo con la Sociedad y su Plan Estratégico, vinculando su retribución a la creación de valor para el accionista de MAPFRE y al logro sostenible de objetivos estratégicos.
El Plan está compuesto por tres ciclos solapados con un periodo de medición de objetivos de tres años de duración cada uno: 2022-2024, 2023-2025 y 2024-2026.
Los incentivos del Plan están vinculados al cumplimiento de los objetivos, tanto financieros como no financieros, establecidos para cada uno de los ciclos en que se divide el mismo y, con carácter general y salvo supuestos especiales de desvinculación del beneficiario con el Grupo expresamente establecidos, al mantenimiento de la relación hasta la fecha de finalización de cada uno de los ciclos.
El incentivo correspondiente a cada ciclo se abonará parcialmente de forma dineraria y parcialmente mediante la entrega de acciones de MAPFRE, S.A., con un diferimiento en ambos casos del 60 por cien durante un periodo de tres años, por terceras partes.
Los consejeros ejecutivos deberán mantener durante un plazo máximo de dos años, contados desde la fecha de entrega de las acciones, la propiedad de la totalidad de estas.
El Consejo de Administración de la Sociedad, a propuesta del Comité de Nombramientos y Retribuciones, determinará los objetivos para cada ciclo y establecerá al inicio de cada uno de ellos, el importe en efectivo y en acciones de MAPFRE a percibir, en su caso, por cada consejero ejecutivo, siempre y cuando se cumplan los objetivos establecidos.
La Política de Remuneraciones de los Consejeros para el periodo 2022-2024 aprobada por la Junta General de Accionistas del 11 de marzo de 2022 establece en 2.394.882 el número máximo de acciones a entregar como consecuencia de la ejecución del Plan.
El cálculo y la determinación del incentivo se llevará a cabo en los treinta días siguientes a la aprobación por parte de la Junta General de Accionistas de la Sociedad de las Cuentas Anuales Consolidadas de MAPFRE correspondientes al año de finalización de cada ciclo, y estará supeditado al cumplimiento de los siguientes requisitos:
(i) mantener en activo una relación, ya sea laboral o mercantil, con el Grupo MAPFRE, durante la vigencia del Plan, y
(ii) que la Sociedad no esté en pérdidas conforme a los últimos estados financieros aprobados.
Los objetivos del primer ciclo solapado (2022-2024) fueron aprobados por el Consejo de Administración, a propuesta del Comité de Nombramientos y Retribuciones, en su reunión del 9 de febrero de 2022 y están referidos al (i) Total Shareholder Return (TSR) relativo (comparativa entre el TSR de MAPFRE y el TSR del grupo de empresas que integran el Eurostoxx Insurance en el periodo de medición del Plan), cuya ponderación es de un 40 por cien, al (ii) Return on Equity (ROE) promedio, cuya ponderación es de un 30 por cien, al (iii) Ratio Combinado Global No Vida (promedio), cuya ponderación es de un 20 por cien y (iv) a cinco objetivos ligados a la sostenibilidad (neutralidad en carbono, empleados con discapacidad, brecha salarial de género, proveedores homologados en sostenibilidad y cartera de inversión calificada con criterios de sostenibilidad), cuya ponderación es de un 10 por cien.
La norma de cálculo para determinar el incentivo del primer ciclo 2022-2024 es la siguiente:
- Si el cumplimiento, una vez conocida la suma ponderada de cumplimiento de los objetivos fuese igual o superior al 0 por cien y hasta el 135 por 100, el porcentaje de consecución final será proporcional. El límite máximo es del 135 por cien.
Si se cumplieran las hipótesis de cumplimiento máximo del primer ciclo 2022-2024: (i) el importe en efectivo podría alcanzar un importe total de 1.721.250 euros brutos, correspondiendo a la Sociedad 1.350.000 euros, y a otras sociedades del Grupo 371.250 euros; y (ii) el importe en acciones podría alcanzar un total de 957.953 acciones, correspondiendo a la Sociedad 751.336 acciones, y a otras sociedades del Grupo 206.617 acciones.
Los objetivos del segundo ciclo solapado (2023-2025) han sido aprobados por el Consejo de Administración, a propuesta del Comité de Nombramientos y Retribuciones, en su reunión del 8 de febrero de 2023 y están referidos (i) al Total Shareholder Return (TSR) relativo (comparativa entre el TSR de MAPFRE y el TSR del grupo de empresas que integran el Eurostoxx Insurance en el periodo de medición del Plan), cuya ponderación es de un 30 por cien, (ii) al Return on Equity (ROE) promedio, cuya ponderación es de un 30 por cien, (iii) al Ratio Combinado Global No Vida (promedio), cuya ponderación es de un 20 por cien, (iv) a la Creación de valor Neto (CSM) según la normativa IFRS 17, cuya ponderación es de un 5 por cien, y (v) a cinco objetivos ligados a la sostenibilidad (neutralidad en carbono, empleados con discapacidad, brecha salarial de género, proveedores homologados en sostenibilidad y cartera de inversión calificada con criterios de sostenibilidad), cuya ponderación es de un 15 por cien.
La norma de cálculo para determinar el incentivo del segundo ciclo 2023-2025 es la siguiente:
- Si el cumplimiento, una vez conocida la suma ponderada de cumplimiento de los objetivos fuese igual o superior al 0 por cien y hasta el 140 por cien, el porcentaje de consecución final será proporcional. El límite máximo es del 140 por cien.
Si se cumplieran las hipótesis de cumplimiento máximo del segundo ciclo 2023-2025: (i) el importe en efectivo podría alcanzar un importe total de 1.338.750 euros brutos, correspondiendo a la Sociedad 1.050.000 euros, y a otras sociedades del Grupo 288.750 euros; y (ii) el importe en acciones podría alcanzar un total de 741.690 acciones, correspondiendo a la Sociedad 581.717 acciones, y a otras sociedades del Grupo 159.972 acciones.
Para evitar una asunción excesiva de riesgos, el porcentaje del componente variable (a corto y a medio y largo plazo) respecto de la remuneración fija de los consejeros ejecutivos tenderá a no superar el 100 por cien.
Por último, tal y como se ha indicado en el apartado anterior, la retribución variable a corto, medio y largo plazo estará sujeta a las reglas de diferimiento y cláusulas de reducción (malus) y recobro (clawback) en los términos descritos en el apartado A.1.2 anterior.
A.1.7 Principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo. Entre otra información, se indicarán las contingencias cubiertas por el sistema, si es de aportación o prestación definida, la aportación anual que se tenga que realizar a los sistemas de aportación definida, la prestación a la que tengan derecho los beneficiarios en el caso de sistemas de prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado, o derivado de la terminación de la relación contractual, en los términos previstos, entre la sociedad y el consejero.
Se deberá indicar si el devengo o consolidación de alguno de los planes de ahorro a largo plazo está vinculado a la consecución de determinados objetivos o parámetros relacionados con el desempeño a corto y largo plazo del consejero.
Los consejeros ejecutivos, en su condición de miembros del equipo directivo del Grupo, son beneficiarios de los siguientes compromisos por pensiones de aportación definida para caso de jubilación, fallecimiento o incapacidad permanente, compromisos exteriorizados a través de seguros colectivos de vida:
(i) Seguro de vida mediante el cual la Sociedad y otras sociedades del Grupo se comprometen a pagar anualmente, en concepto de prima, un porcentaje del 75 por cien -con el límite del 102,5 por cien de la prima del ejercicio anterior- (en el caso del Presidente) o del 20 por cien (en el caso de Vicepresidente Tercero y del Consejero Director General Financiero) de la retribución bruta anual del consejero, primas que se prevé ascenderán en 2023 a 890.367 euros.
Los derechos económicos de todos los consejeros ejecutivos derivados de las pólizas de seguro que instrumentan dichos compromisos están consolidados.
(ii) Seguro de vida complementario, a favor del Vicepresidente Primero, mediante el cual la Sociedad se compromete a pagar anualmente una prima fija durante un periodo determinado, que finaliza en 2023, cuyo máximo ascenderá en 2023 a 400.000 euros.
Los derechos económicos de la póliza de seguro sólo tendrán la consideración de derechos consolidados, y por tanto, se considerarán devengados, en caso de ocurrencia de las contingencias cubiertas (jubilación, incapacidad permanente y fallecimiento), así como en caso de despido improcedente o rescisión de la relación por parte de MAPFRE por causa no imputable al asegurado.
(iii) Seguro de vida complementario, a favor de todos los consejeros ejecutivos, a excepción del Presidente y el Vicepresidente Primero, mediante el cual la Sociedad y otras sociedades del Grupo se comprometen a pagar anualmente una prima periódica constante por cada consejero que oscila entre 545.298 euros y 600.000 euros, prima que se prevé ascenderá en 2023 a 1.145.298 euros.
Los derechos económicos de la póliza de seguro sólo tendrán la consideración de derechos consolidados en los supuestos indicados en el apartado (ii) anterior.
Adicionalmente, los consejeros ejecutivos, al igual que el resto de empleados de la Sociedad, son beneficiarios del Plan de Pensiones del Sistema de Empleo de MAPFRE y de un seguro de ahorro y un seguro de ahorro mixto, cuyas características principales se encuentran recogidas en el Convenio Colectivo de MAPFRE Grupo Asegurador.
No existe incompatibilidad de los derechos devengados y consolidados por los sistemas de compromisos por pensiones anteriormente descritos con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.
A.1.8 Cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado o derivado de la terminación de la relación contractual en los términos previstos entre la sociedad y el consejero, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, así como cualquier tipo de pactos acordados, tales como exclusividad, no concurrencia post-contractual y permanencia o fidelización, que den derecho al consejero a cualquier tipo de percepción.
En el caso de los consejeros externos no existen indemnizaciones pactadas ni pagadas en el caso de terminación de las funciones como consejero en su condición de tal.
En el caso de los consejeros ejecutivos, su cese en el cargo conlleva el levantamiento de la suspensión de la relación previa al nombramiento como tal. La resolución anticipada de la relación previa, conlleva una indemnización en los términos establecidos por el Estatuto de los Trabajadores en relación con el despido improcedente, salvo que exista causa justificada de despido procedente.
A.1.9 Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual, salvo que se hayan explicado en el apartado anterior.
La dedicación deberá ser exclusiva.
No existen condiciones contractuales relativas a pactos o acuerdos de no concurrencia post-contractual y permanencia ni cláusulas relativas a primas de contratación.
La duración de los contratos de los consejeros ejecutivos está vinculada a su permanencia en el cargo de consejero, suponiendo el cese en el mismo el levantamiento de la suspensión de la relación previa al nombramiento como tal.
En caso de que, una vez reanudada la relación laboral especial de alta dirección, la Sociedad decidiese extinguir unilateralmente el contrato de alta dirección, manteniendo vigente la relación laboral común previa o en el supuesto de que también se extinga la relación laboral común, deberá mediar un preaviso mínimo de tres meses.
La extinción a la fecha de su vencimiento de dicha relación previa no conllevará por sí misma derecho económico alguno, sin perjuicio de la facultad del Consejo de Administración de acordar, a propuesta de su Presidente y del Comité de Nombramientos y Retribuciones, con carácter extraordinario, gratificaciones con base en el desempeño durante la trayectoria profesional.
La resolución anticipada de la relación previa, salvo que exista causa justificativa de despido procedente, conllevará una indemnización en los términos establecidos por el Estatuto de los Trabajadores en relación con el despido improcedente.
Tanto la relación laboral de alta dirección como la relación laboral común se extinguirán el día uno de enero del año siguiente a aquel en que el consejero cumpla la edad de 60 años, salvo prórrogas anuales a iniciativa de la empresa hasta, como máximo, la fecha en que el directivo cumpla la edad de 65 años. La extinción a la fecha de su vencimiento de la relación previa no conllevará por sí misma derecho económico alguno, salvo que la empresa optase por no prorrogar el contrato hasta los 65 años, en cuyo caso el directivo percibiría una indemnización de hasta una mensualidad por el número de meses que resten hasta que cumpla la edad mencionada.
A.1.10La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria que será devengada por los consejeros en el ejercicio en curso en contraprestación por servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
Los consejeros no perciben retribución alguna por servicios distintos de los inherentes a su cargo de consejero o funciones ejecutivas, en su caso, con excepción de D.ª Rosa María García García que forma parte del Consejo Asesor de Tecnología, Innovación y Transformación de MAPFRE, por lo que percibirá en 2023 la cantidad de 35.000 euros.
A.1.11 Otros conceptos retributivos como los derivados, en su caso, de la concesión por la sociedad al consejero de anticipos, créditos y garantías y otras remuneraciones.
Ninguna sociedad del Grupo tiene concedidos anticipos ni créditos a los consejeros, ni ha prestado garantías por cuenta de los mismos.
A.1.12La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria prevista no incluida en los apartados anteriores, ya sea satisfecha por la entidad u otra entidad del grupo, que se devengará por los consejeros en el ejercicio en curso.
No existen otros conceptos retributivos distintos de los anteriores.
- A.2. Explique cualquier cambio relevante en la política de remuneraciones aplicable en el ejercicio en curso derivada de:
- a) Una nueva política o una modificación de la política ya aprobada por la Junta.
- b) Cambios relevantes en las determinaciones específicas establecidas por el consejo para el ejercicio en curso de la política de remuneraciones vigente respecto de las aplicadas en el ejercicio anterior.
- c) Propuestas que el consejo de administración hubiera acordado presentar a la junta general de accionistas a la que se someterá este informe anual y que se propone que sean de aplicación al ejercicio en curso.
Como se ha indicado en el apartado A.1.1 anterior, el Consejo de Administración de la Sociedad, previo informe favorable del Comité de Nombramientos y Retribuciones, ha acordado en su reunión celebrada el 8 de febrero de 2023 elevar a la Junta General de Accionistas del próximo 10 de marzo de 2023 una nueva Política de Remuneraciones de los Consejeros para el periodo 2023-2025, a efectos de (i) describir las compensaciones no dinerarias que podrán percibir los consejeros en su condición de tales, en línea con la modificación del artículo 17º de los Estatutos Sociales propuesta por el Consejo de Administración a la próxima Junta General; (ii) describir el componente adicional de la retribución variable a corto plazo del ejercicio 2023; y (iii) describir el incentivo correspondiente al segundo ciclo solapado (2023-2025) del Plan de Incentivos a Medio y Largo Plazo.
A.3. Identifique el enlace directo al documento en el que figure la política de remuneraciones vigente de la sociedad, que debe estar disponible en la página web de la sociedad.
https://www.mapfre.com/media/12-politica-de-remuneraciones-de-los-consejeros-2022-2024-v-final.pdf
A.4. Explique, teniendo en cuenta los datos facilitados en el apartado B.4, cómo se ha tenido en cuenta el voto de los accionistas en la junta general a la que se sometió a votación, con carácter consultivo, el informe anual de remuneraciones del ejercicio anterior.
Según se indica en el apartado B.4 siguiente, el Informe Anual sobre Remuneraciones de Consejeros del ejercicio 2021 fue aprobado con el respaldo del 88,18 por cien de los votos emitidos en la reunión de la Junta General celebrada el 11 de marzo de 2022. Para la elaboración de la Política de Remuneraciones de los Consejeros para el periodo 2023-2025 han sido tenidas en consideración no solo los resultados de la última votación en la Junta General del citado informe y de la Política de Remuneraciones de los Consejeros 2022-2024, si no también la normativa establecida en la Ley de Sociedades de Capital, el Reglamento Delegado 2015/35 de la Comisión Europea por el que se completa la Directiva 2009/138 sobre el acceso a la actividad de seguro y reaseguro y su ejercicio (Solvencia II) y las recomendaciones del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, así como las recomendaciones de los organismos supervisores competentes del mercado de valores y de seguros y las prácticas de las sociedades del IBEX 35 y de grupos aseguradores internacionales, de acuerdo con los cuales las prácticas retributivas de la Sociedad cuentan con la conformidad de una mayoría muy significativa del accionariado.
En tal sentido, la Política de Remuneraciones de los Consejeros para el periodo 2023-2025 comparte sus principios generales y principales características con las políticas vigentes en ejercicios anteriores, constituyendo sus principales cambios los descritos en el apartado A.2 anterior.
B. RESUMEN GLOBAL DE CÓMO SE APLICÓ LA POLÍTICA DE RETRIBUCIONES DURANTE EL EJERCICIO CERRADO
B.1.1 Explique el proceso que se ha seguido para aplicar la política de remuneraciones y determinar las retribuciones individuales que se reflejan en la sección C del presente informe. Esta información incluirá el papel desempeñado por la comisión de retribuciones, las decisiones tomadas por el consejo de administración y, en su caso, la identidad y el rol de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado en el proceso de aplicación de la política retributiva en el ejercicio cerrado.
El Consejo de Administración, a propuesta del Comité de Nombramientos y Retribuciones, aprobó por unanimidad, en su reunión celebrada el 9 de febrero de 2022, los conceptos e importes asignados a cada uno de los consejeros para el ejercicio 2022.
En cuanto a la retribución variable a corto plazo de los consejeros ejecutivos, una vez finalizado el ejercicio 2022 se ha procedido a determinar su cuantía sobre la base del grado de cumplimiento de los objetivos de beneficio neto consolidado obtenido por la Sociedad, Return on Equity (ROE) del Grupo, Ratio Combinado Autos Global y objetivo de porcentajes de crecimiento de primas imputadas y variación de gastos imputados (excluido vida ahorro) del ejercicio 2022.
B.1.2 Explique cualquier desviación del procedimiento establecido para la aplicación de la política de remuneraciones que se haya producido durante el ejercicio.
No se ha producido ninguna desviación del procedimiento establecido para la aplicación de la política de remuneraciones en el ejercicio 2022.
B.1.3 Indique si se ha aplicado cualquier excepción temporal a la política de remuneraciones y, de haberse aplicado, explique las circunstancias excepcionales que han motivado la aplicación de estas excepciones, los componentes específicos de la política retributiva afectados y las razones por las que la entidad considera que esas excepciones han sido necesarias para servir a los intereses a largo plazo y la sostenibilidad de la sociedad en su conjunto o para asegurar su viabilidad. Cuantifique, asimismo, el impacto que la aplicación de estas excepciones ha tenido sobre la retribución de cada consejero en el ejercicio.
En el ejercicio 2022 no se ha aplicado ninguna excepción temporal a la Política de Remuneraciones de los Consejeros.
B.2. Explique las diferentes acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración y cómo han contribuido a reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, incluyendo una referencia a las medidas que han sido adoptadas para garantizar que en la remuneración devengada se ha atendido a los resultados a largo plazo de la sociedad y alcanzado
un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, qué medidas han sido adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, y qué medidas han sido adoptadas para evitar conflictos de intereses, en su caso.
De conformidad con la Política de Remuneraciones de los Consejeros para el periodo 2022-2024, vigente en el ejercicio 2022, los componentes fijos y variables (a corto, medio y largo plazo) de la remuneración deben equilibrarse de tal forma que el componente fijo constituya una parte suficientemente elevada de la remuneración total, de modo que pueda aplicarse una política plenamente flexible en lo que se refiere a los componentes variables de la remuneración, hasta el punto de ser posible no abonar estos últimos. Para evitar una asunción excesiva de riesgos, el porcentaje del componente variable respecto de la remuneración fija tenderá a no superar el 100 por cien.
A efectos de un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables, la Sociedad tomó como referencia las prácticas remunerativas de las empresas del IBEX 35.
Por otro lado, el personal relevante y aquellas otras personas que desarrollan funciones clave o cuya actividad profesional incide de forma significativa sobre el perfil de riesgo de la Sociedad han contado con un sistema de retribución variable vinculado al logro de objetivos tanto financieros como no financieros ligados directamente con los planes estratégicos y sujeto, asimismo, a reglas de diferimiento. En particular, en el ejercicio 2022, los consejeros ejecutivos de la Sociedad formaban parte del Plan de Incentivos a Medio y Largo Plazo de carácter extraordinario, no consolidable y plurianual compuesto por tres ciclos solapados con un periodo de medición de objetivos de tres años de duración cada uno (2022-2024, 2023-2025 y 2024-2026) cuyos objetivos para el primer ciclo solapado (2022-2024), detallados en el apartado A.1.6 anterior, estaban referidos, en general, a promedios de un periodo de tres años, por lo que sólo es posible obtener dicha remuneración mediante una gestión que genere resultados y modelos de negocio sostenibles en el tiempo.
Por último, durante el ejercicio 2022 han sido de aplicación las reglas de diferimiento de la remuneración variable a corto, medio y largo plazo, las claúsulas de reducción (malus) y recobro (clawback) y las medidas para evitar situaciones de conflicto de intereses en los términos descritos en los apartados A.1.1 y A.1.2 anteriores.
B.3. Explique cómo la remuneración devengada y consolidada en el ejercicio cumple con lo dispuesto en la política de retribución vigente y, en particular, cómo contribuye al rendimiento sostenible y a largo plazo de la sociedad.
Informe igualmente sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento, a corto y largo plazo, de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros, incluyendo las devengadas cuyo pago se hubiera diferido, y cómo éstas contribuyen a los resultados a corto y largo plazo de la sociedad.
Como se ha indicado en el apartado B.2 anterior, la Junta General de Accionistas aprobó en su reunión celebrada el 11 de marzo de 2022 la Política de Remuneraciones de los Consejeros para el periodo 2022-2024. Dicha política prevé la existencia de componentes de retribución fijos y, en el caso de los consejeros ejecutivos, de componentes variables a corto, medio y largo plazo, cuyas características están establecidas en la misma.
Todos los conceptos retributivos por los cuales se ha devengado y consolidado remuneración tanto por los consejeros en su condición de tales como por los consejeros ejecutivos durante el ejercicio 2022 se encuentran expresamente previstos en la política, sin que se haya devengado o abonado retribución alguna en el ejercicio por conceptos no previstos en la misma.
Como se ha indicado en el apartado A.1.2, únicamente los consejeros ejecutivos perciben retribución variable.
La vinculación del componente principal de la remuneración variable a corto plazo a los resultados de la entidad ha sido plena en todos los consejeros (100 por cien). De esta forma, y dada la importancia relativa de este componente en la retribución, se consigue la total vinculación del directivo a la gestión favorable de la Sociedad.
Se detalla a continuación, información sobre el ratio entre el resultado después de impuestos y minoritarios de la Sociedad y el promedio de la remuneración variable devengada a corto plazo de los tres últimos ejercicios:
A. Ejercicio 2022
- Resultado después de impuestos y minoritarios de MAPFRE, S.A.: 642.134.383 euros.
- Promedio remuneración variable a corto plazo: 444.328 euros.
- Ratio: 0,069 por cien
B. Ejercicio 2021:
- Resultado después de impuestos y minoritarios de MAPFRE, S.A.: 765.190.656 euros.
- Promedio remuneración variable a corto plazo: 507.808 euros.
- Ratio: 0,066 por cien
C. Ejercicio 2020:
-
Resultado después de impuestos y minoritarios de MAPFRE, S.A.: 526.532.677 euros.
-
Promedio remuneración variable a corto plazo: 434.678 euros.
- Ratio: 0,083 por cien
Existe una alta correlación entre los resultados ordinarios obtenidos por la Sociedad y el importe del componente principal de la remuneración variable a corto plazo obtenida por el conjunto de consejeros ejecutivos.
En relación al componente adicional de la retribución variable a corto plazo, se ha procedido a su cuantificación en base al cumplimiento del Ratio Combinado Autos Global y del objetivo de porcentajes de crecimiento de primas imputadas y variación de gastos imputados (excluido vida ahorro) del ejercicio 2022. En este caso también existe una alta vinculación de este componente retributivo a la evolución de la Sociedad.
Respecto de las remuneraciones plurianuales, en el ejercicio 2019 se procedió a la liquidación del Plan de Incentivos a Medio Plazo 2016-2018, cuya descripción puede consultarse en el Informe Anual de Remuneraciones de los Consejeros del ejercicio 2019, habiéndose liquidado los importes diferidos de dicho Plan en los términos descritos en el apartado C del presente informe.
Igualmente, se han establecido en el primer ciclo solapado (2022-2024) del Plan de Incentivos a Medio y Largo Plazo objetivos referidos al valor de la acción (Total Shareholder Return (TSR) relativo - comparativa entre el TSR de MAPFRE y el TSR del grupo de empresas que integran el Eurostoxx Insurance en el periodo de medición del Plan), al Return on Equity (ROE) promedio, al Ratio Combinado Global No Vida (promedio) y a objetivos ligados a la sostenibilidad, con pesos de entre el 40 por cien y el 10 por cien, lo que supone una alta vinculación de este componente retributivo a la evolución de la Sociedad a largo plazo.
De esta manera, y a tenor de las normas de cálculo de cumplimiento de los objetivos indicadas, la remuneración variable a medio y largo plazo queda directamente vinculada no sólo con los resultados de la sociedad a medio y largo plazo, sino también con diversos indicadores relativos a la rentabilidad de la sociedad y su sostenibilidad evitando una asunción excesiva de riesgos.
B.4. Informe del resultado de la votación consultiva de la junta general al informe anual sobre remuneraciones del ejercicio anterior, indicando el número de abstenciones y de votos negativos, en blanco y a favor que se hayan emitido:
| Número | % sobre el total | |
|---|---|---|
| Votos emitidos | 2.500.178.744 | 98,87 |
| Número | % sobre emitidos | |
| Votos negativos | 292.388.357 | 11,69 |
| Votos a favor | 2.204.643.153 | 88,18 |
| Votos en blanco | 0,00 | |
| Abstenciones | 3.147.234 | 0,13 |
Observaciones
B.5. Explique cómo se han determinado los componentes fijos devengados y consolidados durante el ejercicio por los consejeros en su condición de tales, su proporción relativa para cada consejero y cómo han variado respecto al año anterior.
Los consejeros externos percibieron en el ejercicio 2022 una asignación fija por pertenencia al Consejo de Administración y, en su caso, a la Comisión y Comités Delegados, siendo superior para las personas que ocupaban cargos en el seno del propio Consejo o desempeñasen la presidencia de los Comités Delegados del Consejo. Dicha remuneración se ha visto complementada con otras compensaciones no dinerarias.
(i) Asignación fija y dieta por asistencia:
Se indican a continuación las cantidades correspondientes a dichos conceptos en los ejercicios 2022 y 2021, así como la variación producida, en su caso:
-
Pertenencia al Consejo de Administración: 110.000 euros en 2022 y 2021.
-
Vicepresidencia del Consejo de Administración Consejero Coordinador: 220.000 euros en 2022 y 2021.
- Pertenencia a la Comisión Delegada: 10.000 euros más una dieta por asistencia de 3.000 euros por reunión en 2022 y 2021.
- Presidencia del Comité de Auditoría y Cumplimiento: 70.000 euros en 2022 y 68.000 euros en 2021 (incremento del 2,9 por cien).
- Vocales del Comité de Auditoría y Cumplimiento: 49.000 euros en 2022 y 48.000 euros en 2021 (incremento del 2,1 por cien).
- Presidencia del Comité de Nombramientos y Retribuciones: 62.000 euros en 2022 y 60.000 euros en 2021 (incremento del 3,3 por cien).
- Vocales del Comité de Nombramientos y Retribuciones: 40.000 euros en 2022 y 39.000 euros en 2021 (incremento del 2,6 por cien).
- Presidencia del Comité de Riesgos y Sostenibilidad: 62.000 euros en 2022 y 60.000 euros en 2021 (incremento del 3,3 por cien).
- Vocales del Comité de Riesgos y Sostenibilidad: 40.000 euros en 2022 y 39.000 euros en 2021 (incremento del 2,6 por cien).
(ii) Compensaciones no dinerarias.
Los consejeros externos han disfrutado de las mismas compensaciones no dinerarias descritas en el apartado A.1.5 anterior, con excepción del seguro de vida para caso de fallecimiento de los consejeros en su condición de tales cuyo capital asegurado en 2022 ha ascendido a 150.253 euros.
(iii) Asignaciones por la participación en Consejos de Administración de entidades filiales.
Aquellos consejeros externos que forman parte de Consejos de Administración de entidades filiales perciben, igualmente, una asignación fija por pertenencia a los mismos y, en su caso, a sus comisiones delegadas, en los mismos términos ya descritos en el apartado A.1.3 anterior.
(iv) Proporción relativa de la remuneración de cada consejero externo sobre la remuneración total de estos en 2022:
- D.ª Catalina Miñarro Brugarolas: 13,58 por cien.
- D. José Antonio Colomer Guiu: 8,85 por cien.
- D.ª Ana Isabel Fernández Álvarez: 10,54 por cien.
- D.ª María Leticia de Freitas Costa: 6,77 por cien.
- D.ª Rosa María García García: 7,53 por cien.
- D. Antonio Gómez Ciria: 9,08 por cien.
- D. Luis Hernando de Larramendi Martínez: 1,16 por cien.
- D.ª María Amparo Jiménez Urgal: 2,48 por cien.
- D. Francisco José Marco Orenes: 8,39 por cien.
- D. Antonio Miguel-Romero de Olano: 11,23 por cien.
- D.ª María del Pilar Perales Viscasillas: 10,47 por cien.
- D. Alfonso Rebuelta Badías: 9,91 por cien.
- B.6. Explique cómo se han determinado los sueldos devengados y consolidados, durante el ejercicio cerrado, por cada uno de los consejeros ejecutivos por el desempeño de funciones de dirección, y cómo han variado respecto al año anterior.
Como se indica en el apartado C.1, el sueldo bruto de los consejeros ejecutivos en el ejercicio 2022 ascendió en conjunto a 2.312.000 euros, correspondiendo a la Sociedad 1.882.000 euros, y a otras sociedades del Grupo 430.000 euros.
Dichos importes se establecieron por el Consejo de Administración en su reunión celebrada el 9 de febrero de 2022, a propuesta del Comité de Nombramientos y Retribuciones, teniendo en cuenta los informes externos y conclusiones ejecutivas publicados por las firmas de consultoría EY y KPMG, así como la encuesta salarial de Alta Dirección de Willis Towers Watson.
Se indica a continuación el detalle individual de los sueldos brutos devengados y consolidados por las personas que han desempeñado el cargo de consejero ejecutivo en el ejercicio 2022 y su variación con respecto al ejercicio precedente:
- D. Antonio Huertas Mejías: 876.000 euros brutos en 2022 y 853.000 euros brutos en 2021 (incremento del 2,70 por cien).
- D. Ignacio Baeza Gómez: 561.000 euros brutos en 2022 y 547.000 euros brutos en 2021 (incremento del 2,56 por cien).
- D. José Manuel Inchausti Pérez: 430.000 euros brutos en 2022 y 408.000 euros brutos en 2021 (incremento del 5,40 por cien).
- D. Fernando Mata Verdejo: 445.000 euros brutos en 2022 y 439.000 euros brutos en 2021 (incremento del 1,37 por cien).
- B.7. Explique la naturaleza y las principales características de los componentes variables de los sistemas retributivos devengados y consolidados en el ejercicio cerrado.
En particular:
- a) Identifique cada uno de los planes retributivos que han determinado las distintas remuneraciones variables devengadas por cada uno de los consejeros durante el ejercicio cerrado, incluyendo información sobre su alcance, su fecha de aprobación, fecha de implantación, condiciones en su caso de consolidación, periodos de devengo y vigencia, criterios que se han utilizado para la evaluación del desempeño y cómo ello ha impactado en la fijación del importe variable devengado, así como los criterios de medición que se han utilizado y el plazo necesario para estar en condiciones de medir adecuadamente todas las condiciones y criterios estipulados, debiendo explicarse en detalle los criterios y factores que ha aplicado en cuanto al tiempo requerido y métodos para comprobar que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de cualquier otro tipo a las que estaba vinculado el devengo y consolidación de cada componente de la retribución variable.
- b) En el caso de planes de opciones sobre acciones u otros instrumentos financieros, las características generales de cada plan incluirán información sobre las condiciones tanto para adquirir su titularidad incondicional (consolidación), como para poder ejercitar dichas opciones o instrumentos financieros, incluyendo el precio y plazo de ejercicio.
- c) Cada uno de los consejeros, y su categoría (consejeros ejecutivos, consejeros externos dominicales, consejeros externos independientes u otros consejeros externos), que son beneficiarios de sistemas retributivos o planes que incorporan una retribución variable.
- d) En su caso, se informará sobre los periodos de devengo o de aplazamiento de pago establecidos que se hayan aplicado y/o los periodos de retención/no disposición de acciones u otros instrumentos financieros, si existieran.
Explique los componentes variables a corto plazo de los sistemas retributivos:
Los consejeros ejecutivos han devengado y consolidado una retribución variable a corto plazo integrada por un componente principal vinculado al beneficio neto consolidado de la Sociedad y al Return on Equity (ROE) del Grupo y un componente adicional vinculado al Ratio Combinado Autos Global y al objetivo de porcentajes de crecimiento de primas imputadas y variación de gastos imputados (excluido vida ahorro) en el ejercicio 2022. Esta retribución se abona, en todos los casos, en efectivo.
Como se indica en el apartado C.1, la retribución variable a corto plazo devengada y consolidada de los consejeros ejecutivos en el ejercicio 2022 ascendió en conjunto a 1.859.007 euros brutos, correspondiendo a la Sociedad 1.513.072 euros, y a otras sociedades del Grupo 345.936 euros.
Los importes consignados en el apartado C.1 están compuestos por el 70 por cien de la remuneración variable a corto plazo devengada en el ejercicio 2022, por no estar esta parte sujeta a cláusula malus, y por el 10 por ciento de las remuneraciones variables a corto plazo correspondientes a los ejercicios 2018, 2019 y 2020 que estaban diferidas y que han sido abonadas en el ejercicio 2022, tras haber verificado la Sociedad que no correspondía la aplicación de la cláusula malus.
La retribución variable a corto plazo de cada consejero ejecutivo es aprobada anualmente por el Consejo de Administración, previo informe del Comité de Nombramientos y Retribuciones, que asimismo evalúa al término del ejercicio el grado de cumplimiento de los objetivos.
La remuneración variable a corto plazo de los consejeros ejecutivos se ha devengado desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2022. Una vez finalizado el ejercicio 2022 y obtenidos los estados financieros anuales de dicho ejercicio, se ha procedido a evaluar el grado efectivo de cumplimiento de los objetivos establecidos para la retribución variable a corto plazo, de conformidad con lo establecido en la documentación contractual suscrita con los consejeros ejecutivos.
La cuantificación del componente principal de la retribución variable a corto plazo a liquidar se ha determinado en atención al grado de consecución del beneficio neto consolidado de la Sociedad y del Return on Equity (ROE) del Grupo presupuestado conforme a la escala de consecución del ejercicio previamente aprobada por el Consejo de Administración, a propuesta del Comité de Nombramientos y Retribuciones, en los mismos términos ya descritos en el apartado A.1.6 anterior.
Por su parte, la cuantificación del componente adicional de la retribución variable a corto plazo a liquidar vinculada al Ratio Combinado Autos Global y al objetivo de porcentajes de crecimiento de primas imputadas y variación de gastos imputados (excluido vida ahorro) del ejercicio se ha determinado en atención al grado de consecución de dichos objetivos (calculado como la suma ponderada de cumplimiento de los anteriores objetivos, ponderados al 50 por cien cada uno) conforme a la escala previamente aprobada por el Consejo de Administración, a propuesta del Comité de Nombramientos y Retribuciones, en los términos siguientes:
• Ratio Combinado Autos Global:
- Si es menor o igual a la meta establecida, el objetivo se entenderá cumplido al 100 por cien.
- Si es mayor que la meta pero igual o inferior al 99 por cien, el cumplimiento será de un 50 por cien.
- Si es mayor que el 99 por cien, el cumplimiento será del 0 por cien.
- Objetivo conjunto de porcentaje de crecimiento de primas imputadas y porcentaje de variación de gastos imputados (excluido vida ahorro):
-
Si se cumplen ambos objetivos, el objetivo se entenderá cumplido al 100 por cien.
-
Si el objetivo de porcentaje de crecimiento de primas imputadas es mayor al porcentaje de variación de gastos imputados (excluido vida ahorro) y siempre y cuando (i) se mantenga el diferencial entre ambos establecido y (ii) haya un crecimiento positivo de primas imputadas, el cumplimiento será del 50 por cien.
-
En otro caso, el cumplimiento será del 0 por cien.
En lo que respecta al diferimiento de la remuneración variable a corto plazo, el pago de, al menos, un 30 por cien de la misma se diferirá durante un mínimo de tres años.
Además, los contratos de los consejeros ejecutivos incluyen las cláusulas reducción (malus) y recobro (clawback) en los términos descritos en el apartado A.1.2 anterior.
La Sociedad no tiene planes de opciones sobre acciones u otros instrumentos financieros.
Explique los componentes variables a largo plazo de los sistemas retributivos:
Únicamente los consejeros ejecutivos perciben una retribución variable a medio y largo plazo. Dichos consejeros forman parte del colectivo de beneficiarios del primer ciclo solapado (2022-2024) del Plan de Incentivos a Medio y Largo Plazo de carácter extraordinario, no consolidable y plurianual, actualmente vigente.
La fecha de aprobación, importe máximo, reglas de diferimiento, periodos de retención de acciones y resto de características del primer ciclo solapado (2022-2024) del Plan de Incentivos a Medio y Largo Plazo constan en el apartado A.1.6 anterior.
B.8. Indique si se ha procedido a reducir o a reclamar la devolución de determinados componentes variables devengados cuando se hubiera, en el primer caso, diferido el pago de importes no consolidados o, en el segundo caso, consolidado y pagado, atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta. Describa los importes reducidos o devueltos por la aplicación de las cláusulas de reducción (malus) o devolución (clawback), por qué se han ejecutado y los ejercicios a que corresponden.
No se ha reducido o reclamado ningún importe retributivo por cuestión alguna.
B.9. Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo cuyo importe o coste anual equivalente figura en los cuadros de la Sección C, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, que sean financiados, parcial o totalmente, por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las contingencias que cubre, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.
Durante el ejercicio 2022 los consejeros ejecutivos fueron beneficiarios de los mismos sistemas de ahorro a largo plazo vigentes ya descritos en el apartado A.1.7 anterior, con excepción del Vicepresidente Primero que en el ejercicio 2022 ha percibido la prima correspondiente por el seguro de vida del apartado (i) de un porcentaje del 75% - con el límite del 102,5 por cien de la prima del ejercicio anterior- de la retribución bruta anual del consejero.
B.10. Explique, en su caso, las indemnizaciones o cualquier otro tipo de pago derivados del cese anticipado, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, o de la terminación del contrato, en los términos previstos en el mismo, devengados y/o percibidos por los consejeros durante el ejercicio cerrado.
En el ejercicio 2022 no se ha realizado pago alguno a los consejeros por estos conceptos.
B.11. Indique si se han producido modificaciones significativas en los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos y, en su caso, explique las mismas. Asimismo, explique las condiciones principales de los nuevos contratos firmados con consejeros ejecutivos durante el ejercicio, salvo que se hayan explicado en el apartado A.1.
En el ejercicio 2022 no se han producido modificaciones significativas en los contratos de las personas que ejercen funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos.
B.12. Explique cualquier remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
Ningún consejero ha prestado servicios distintos de los inherentes a su cargo de consejero o funciones ejecutivas, en su caso, con excepción de los prestados por (i) D.ª Rosa María García García por su pertenencia al Consejo Asesor de Tecnología, Innovación y Transformación de MAPFRE, por lo que percibió 30.000 euros; y (ii) D. Alfonso Rebuelta Badías por su pertenencia al Consejo Asesor MAPFRE GLOBAL RISKS, por lo que percibió 35.000 euros.
B.13. Explique cualquier retribución derivada de la concesión de anticipos, créditos y garantías, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.
Ninguna sociedad del Grupo tiene concedidos anticipos ni créditos a los consejeros, ni prestadas garantías por cuenta de los mismos.
B.14. Detalle la remuneración en especie devengada por los consejeros durante el ejercicio, explicando brevemente la naturaleza de los diferentes componentes salariales.
Durante el ejercicio 2022 los consejeros fueron beneficiarios de los beneficios sociales vigentes asimismo para el ejercicio 2023 y en los términos ya descritos en el apartado A.1.5, con excepción del seguro de vida para caso de fallecimiento de los consejeros en su condición de tales cuyo capital asegurado en 2022 ha ascendido a 150.253 euros.
B.15. Explique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tengan como fin remunerar los servicios de éste en la sociedad.
No se han devengado remuneraciones por este concepto durante 2022.
B.16. Explique y detalles los importes devengados en el ejercicio en relación con cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, incluyendo todas las prestaciones en cualquiera de sus formas, como cuando tenga la consideración de operación vinculada o, especialmente, cuando afecte de manera significativa a la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero, debiendo explicarse el importe otorgado o pendiente de pago, la naturaleza de la contraprestación recibida y las razones por las que se habría considerado, en su caso, que no constituye una remuneración al consejero por su condición de tal o en contraprestación por el desempeño de sus funciones ejecutivas, y si se ha considerado apropiado o no incluirse entre los importes devengados en el apartado de "otros conceptos" de la sección C.
En el ejercicio 2022 no han existido otros conceptos retributivos distintos de los anteriores.
C. DETALLE DE LAS RETRIBUCIONES INDIVIDUALES CORRESPONDIENTES A CADA UNO DE LOS CONSEJEROS
| Nombre | Tipología | Periodo de devengo ejercicio 2022 |
|---|---|---|
| Don ANTONIO HUERTAS MEJÍAS | Presidente Ejecutivo | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don IGNACIO BAEZA GÓMEZ | Vicepresidente Ejecutivo | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Doña CATALINA MIÑARRO BRUGAROLAS | Vicepresidente Independiente | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don JOSÉ MANUEL INCHAUSTI PÉREZ | Vicepresidente Ejecutivo | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don JOSÉ ANTONIO COLOMER GUIU | Consejero Independiente | Desde 01/01/2022 hasta 17/10/2022 |
| Doña ANA ISABEL FERNÁNDEZ ÁLVAREZ | Consejero Independiente | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Doña MARÍA LETICIA DE FREITAS COSTA | Consejero Independiente | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Doña ROSA MARÍA GARCÍA GARCÍA | Consejero Independiente | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don ANTONIO GÓMEZ CIRIA | Consejero Independiente | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don LUIS HERNANDO DE LARRAMENDI MARTÍNEZ | Consejero Dominical | Desde 01/01/2022 hasta 11/02/2022 |
| Doña MARÍA AMPARO JIMÉNEZ URGAL | Consejero Independiente | Desde 27/10/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don FRANCISCO JOSÉ MARCO ORENES | Consejero Dominical | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don FERNANDO MATA VERDEJO | Consejero Ejecutivo | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don ANTONIO MIGUEL ROMERO DE OLANO | Consejero Dominical | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Doña MARÍA DEL PILAR PERALES VISCASILLAS | Consejero Independiente | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
| Don ALFONSO REBUELTA BADÍAS | Consejero Dominical | Desde 01/01/2022 hasta 31/12/2022 |
- C.1. Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración individualizada de cada uno de los consejeros (incluyendo la retribución por el ejercicio de funciones ejecutivas) devengada durante el ejercicio.
- a) Retribuciones de la sociedad objeto del presente informe:
- i) Retribución devengada en metálico (en miles de €)
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2022 |
Total ejercicio 2021 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don ANTONIO HUERTAS MEJÍAS | 876 | 728 | 12 | 1.616 | 1.780 | |||||
| Don IGNACIO BAEZA GÓMEZ | 561 | 456 | 20 | 1.037 | 1.188 | |||||
| Doña CATALINA MIÑARRO BRUGAROLAS | 220 | 9 | 72 | 2 | 303 | 304 | ||||
| Don JOSÉ MANUEL INCHAUSTI PÉREZ | ||||||||||
| Don JOSÉ ANTONIO COLOMER GUIU | 88 | 9 | 128 | 1 | 226 | 281 | ||||
| Doña ANA ISABEL FERNÁNDEZ ÁLVAREZ | 110 | 111 | 1 | 222 | 218 | |||||
| Doña MARÍA LETICIA DE FREITAS COSTA | 110 | 110 | 110 | |||||||
| Doña ROSA MARÍA GARCÍA GARCÍA | 110 | 40 | 30 | 180 | 169 | |||||
| Don ANTONIO GÓMEZ CIRIA | 110 | 53 | 2 | 165 | 151 | |||||
| Don LUIS HERNANDO DE LARRAMENDI MARTÍNEZ | 12 | 5 | 1 | 18 | 174 | |||||
| Doña MARÍA AMPARO JIMÉNEZ URGAL | 20 | 7 | 27 | |||||||
| Don FRANCISCO JOSÉ MARCO ORENES | 110 | 7 | 117 | 1.945 | ||||||
| Don FERNANDO MATA VERDEJO | 445 | 329 | 58 | 832 | 870 | |||||
| Don ANTONIO MIGUEL ROMERO DE OLANO | 110 | 9 | 106 | 2 | 227 | 221 | ||||
| Doña MARÍA DEL PILAR PERALES VISCASILLAS | 110 | 89 | 199 | 158 | ||||||
| Don ALFONSO REBUELTA BADÍAS | 110 | 40 | 4 | 154 | 151 |
Observaciones
ii) Cuadro de movimientos de los sistemas de retribución basados en acciones y beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados.
| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2022 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don ANTONIO HUERTAS MEJÍAS |
Primer ciclo (2022-2024) del Plan de Incentivos a Medio Plazo 2022-2026 con entrega de acciones |
338.101 | 338.101 | 0,00 | 338.101 | 338.101 | ||||||
| Don IGNACIO BAEZA GÓMEZ |
Primer ciclo (2022-2024) del Plan de Incentivos a Medio Plazo 2022-2026 con entrega de acciones |
244.184 | 244.184 | 0,00 | 244.184 | 244.184 | ||||||
| Don FERNANDO MATA VERDEJO |
Primer ciclo (2022-2024) del Plan de Incentivos a Medio Plazo 2022-2026 con |
169.051 | 169.051 | 0,00 | 169.051 | 169.051 |
| Instrumentos financieros Instrumentos financieros al concedidos durante principio del ejercicio 2022 el ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2022 |
|||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| entrega de acciones |
Observaciones
iii) Sistemas de ahorro a largo plazo.
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don ANTONIO HUERTAS MEJÍAS | 585 |
| Don IGNACIO BAEZA GÓMEZ | 510 |
| Don FERNANDO MATA VERDEJO | 173 |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||||
| Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | ||||
| Don ANTONIO HUERTAS MEJÍAS |
585 | 570 | 600 | 6.537 | 5.785 | 8.393 | 8.240 |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||||
| Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 Ejercicio 2021 |
Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | |||||
| Don IGNACIO BAEZA GÓMEZ | 510 | 497 | 400 | 400 | 4.234 | 3.617 | 807 | 400 | |||
| Don JOSÉ MANUEL INCHAUSTI PÉREZ |
988 | 947 | |||||||||
| Don FERNANDO MATA VERDEJO |
173 | 160 | 545 | 545 | 1.367 | 1.173 | 3.436 | 2.858 |
Observaciones
iv) Detalle de otros conceptos
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don ANTONIO HUERTAS MEJÍAS | Primas de seguros de vida | 28 |
| Don IGNACIO BAEZA GÓMEZ | Primas de seguros de vida | 21 |
| Doña CATALINA MIÑARRO BRUGAROLAS | Primas de seguros de vida | 1 |
| Don JOSÉ ANTONIO COLOMER GUIU | Primas de seguros de vida | 4 |
| Doña ANA ISABEL FERNÁNDEZ ÁLVAREZ | Primas de seguros de vida | 1 |
| Doña MARÍA LETICIA DE FREITAS COSTA | Primas de seguros de vida | 1 |
| Doña ROSA MARÍA GARCÍA GARCÍA | Primas de seguros de vida | 1 |
| Don ANTONIO GÓMEZ CIRIA | Primas de seguros de vida | 3 |
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don LUIS HERNANDO DE LARRAMENDI MARTÍNEZ | Primas de seguros de vida | 4 |
| Don FRANCISCO JOSÉ MARCO ORENES | Primas de seguros de vida | 1 |
| Don FERNANDO MATA VERDEJO | Primas de seguros de vida | 18 |
| Don ANTONIO MIGUEL ROMERO DE OLANO | Primas de seguros de vida | 3 |
| Don ALFONSO REBUELTA BADÍAS | Primas de seguros de vida | 4 |
Observaciones
b) Retribuciones a los consejeros de la sociedad cotizada por su pertenencia a órganos de administración de sus entidades dependientes:
i) Retribución devengada en metálico (en miles de €)
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2022 |
Total ejercicio 2021 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don ANTONIO HUERTAS MEJÍAS | ||||||||||
| Don IGNACIO BAEZA GÓMEZ | ||||||||||
| Doña CATALINA MIÑARRO BRUGAROLAS | 96 | 11 | 107 | 107 | ||||||
| Don JOSÉ MANUEL INCHAUSTI PÉREZ | 430 | 346 | 45 | 27 | 848 | 926 | ||||
| Don JOSÉ ANTONIO COLOMER GUIU | 38 | 38 | 48 | |||||||
| Doña ANA ISABEL FERNÁNDEZ ÁLVAREZ | 96 | 96 | 96 | |||||||
| Doña MARÍA LETICIA DE FREITAS COSTA | 93 | 93 | 59 |
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2022 |
Total ejercicio 2021 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Doña ROSA MARÍA GARCÍA GARCÍA | 48 | 48 | 48 | |||||||
| Don ANTONIO GÓMEZ CIRIA | 96 | 11 | 107 | 107 | ||||||
| Don LUIS HERNANDO DE LARRAMENDI MARTÍNEZ | 12 | 1 | 13 | 118 | ||||||
| Doña MARÍA AMPARO JIMÉNEZ URGAL | 48 | 48 | ||||||||
| Don FRANCISCO JOSÉ MARCO ORENES | 136 | 136 | ||||||||
| Don FERNANDO MATA VERDEJO | ||||||||||
| Don ANTONIO MIGUEL ROMERO DE OLANO | 90 | 20 | 110 | 118 | ||||||
| Doña MARÍA DEL PILAR PERALES VISCASILLAS | 107 | 11 | 118 | 118 | ||||||
| Don ALFONSO REBUELTA BADÍAS | 107 | 35 | 142 | 142 |
Observaciones
ii) Cuadro de movimientos de los sistemas de retribución basados en acciones y beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados.
| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2022 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2022 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don JOSÉ MANUEL INCHAUSTI PÉREZ |
Primer ciclo (2022-2024) del Plan de Incentivos a Medio Plazo 2022-2026 con entrega de acciones |
206.617 | 206.617 | 0,00 | 206.617 | 206.617 | ||||||
| Don JOSÉ MANUEL INCHAUSTI PÉREZ |
Plan de Incentivos a Medio Plazo 2016-2018 con entrega de acciones |
20.708 | 20.708 | 1,85 | 38 |
Observaciones
iii) Sistemas de ahorro a largo plazo.
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don JOSÉ MANUEL INCHAUSTI PÉREZ | 182 |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||
| Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | ||
| Don ANTONIO HUERTAS MEJÍAS |
790 | 768 | |||||||
| Don IGNACIO BAEZA GÓMEZ | 2.111 | 2.055 | |||||||
| Don JOSÉ MANUEL INCHAUSTI PÉREZ |
182 | 166 | 600 | 600 | 1.320 | 1.124 | 3.532 | 2.896 | |
| Don FERNANDO MATA VERDEJO |
533 | 513 |
Observaciones
iv) Detalle de otros conceptos
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don JOSÉ MANUEL INCHAUSTI PÉREZ | Primas de seguros de vida | 15 |
| Doña MARÍA LETICIA DE FREITAS COSTA | Primas de seguros de vida | 1 |
Observaciones
c) Resumen de las retribuciones (en miles de €):
Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2022 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2022 grupo |
Total ejercicio 2022 sociedad + grupo |
| Don ANTONIO HUERTAS MEJÍAS |
1.616 | 585 | 28 | 2.229 | 2.229 |
| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2022 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2022 grupo |
Total ejercicio 2022 sociedad + grupo |
| Don IGNACIO BAEZA GÓMEZ |
1.037 | 510 | 21 | 1.568 | 1.568 | ||||||
| Doña CATALINA MIÑARRO BRUGAROLAS |
303 | 1 | 304 | 107 | 107 | 411 | |||||
| Don JOSÉ MANUEL INCHAUSTI PÉREZ |
848 | 38 | 182 | 15 | 1.083 | 1.083 | |||||
| Don JOSÉ ANTONIO COLOMER GUIU |
226 | 4 | 230 | 38 | 38 | 268 | |||||
| Doña ANA ISABEL FERNÁNDEZ ÁLVAREZ |
222 | 1 | 223 | 96 | 96 | 319 | |||||
| Doña MARÍA LETICIA DE FREITAS COSTA |
110 | 1 | 111 | 93 | 1 | 94 | 205 | ||||
| Doña ROSA MARÍA GARCÍA GARCÍA |
180 | 180 | 48 | 48 | 228 | ||||||
| Don ANTONIO GÓMEZ CIRIA |
165 | 3 | 168 | 107 | 107 | 275 | |||||
| Don LUIS HERNANDO DE LARRAMENDI MARTÍNEZ |
18 | 4 | 22 | 13 | 13 | 35 | |||||
| Doña MARÍA AMPARO JIMÉNEZ URGAL |
27 | 27 | 48 | 48 | 75 |
| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2022 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2022 grupo |
Total ejercicio 2022 sociedad + grupo |
| Don FRANCISCO JOSÉ MARCO ORENES |
117 | 1 | 118 | 136 | 136 | 254 | |||||
| Don FERNANDO MATA VERDEJO |
832 | 173 | 18 | 1.023 | 1.023 | ||||||
| Don ANTONIO MIGUEL ROMERO DE OLANO |
227 | 3 | 230 | 110 | 110 | 340 | |||||
| Doña MARÍA DEL PILAR PERALES VISCASILLAS |
199 | 199 | 118 | 118 | 317 | ||||||
| Don ALFONSO REBUELTA BADÍAS |
154 | 4 | 158 | 142 | 142 | 300 | |||||
| TOTAL | 5.433 | 1.268 | 89 | 6.790 | 1.904 | 38 | 182 | 16 | 2.140 | 8.930 |
Observaciones
C.2. Indique la evolución en los últimos 5 años del importe y variación porcentual de la retribución devengada por cada uno de los consejeros de la cotizada que lo hayan sido durante el ejercicio, de los resultados consolidados de la sociedad y de la remuneración media sobre una base equivalente a tiempo completo de los empleados de la sociedad y de sus entidades dependientes que no sean consejeros de la cotizada.
| Importes totales devengados y % variación anual | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2022 | % Variación 2022/2021 |
Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | % Variación 2020/2019 |
Ejercicio 2019 | % Variación 2019/2018 |
Ejercicio 2018 | |
| Consejeros ejecutivos | |||||||||
| Don ANTONIO HUERTAS MEJÍAS | 2.229 | -6,11 | 2.374 | 4,35 | 2.275 | -13,23 | 2.622 | -1,94 | 2.674 |
| Don IGNACIO BAEZA GÓMEZ | 1.568 | -7,93 | 1.703 | 7,65 | 1.582 | -4,18 | 1.651 | 4,10 | 1.586 |
| Don JOSÉ MANUEL INCHAUSTI PÉREZ |
1.083 | -4,75 | 1.137 | 7,37 | 1.059 | -22,42 | 1.365 | 63,87 | 833 |
| Don FERNANDO MATA VERDEJO | 1.023 | -2,11 | 1.045 | 6,42 | 982 | 10,09 | 892 | 3,00 | 866 |
| Consejeros externos | |||||||||
| Doña CATALINA MIÑARRO BRUGAROLAS |
411 | -0,24 | 412 | 1,48 | 406 | -1,69 | 413 | 3,77 | 398 |
| Don JOSÉ ANTONIO COLOMER GUIU |
268 | -19,52 | 333 | 2,15 | 326 | 1,24 | 322 | 7,69 | 299 |
| Doña ANA ISABEL FERNÁNDEZ ÁLVAREZ |
319 | 1,27 | 315 | 0,00 | 315 | 4,30 | 302 | 7,09 | 282 |
| Doña MARÍA LETICIA DE FREITAS COSTA |
205 | 20,59 | 170 | -2,30 | 174 | -11,22 | 196 | 24,05 | 158 |
| Doña ROSA MARÍA GARCÍA GARCÍA |
228 | 5,07 | 217 | 9,60 | 198 | 407,69 | 39 | - | 0 |
| Don ANTONIO GÓMEZ CIRIA | 275 | 5,77 | 260 | 0,00 | 260 | 11,11 | 234 | - | 0 |
| Importes totales devengados y % variación anual | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2022 | % Variación 2022/2021 |
Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | % Variación 2020/2019 |
Ejercicio 2019 | % Variación 2019/2018 |
Ejercicio 2018 | |
| Don LUIS HERNANDO DE LARRAMENDI MARTÍNEZ |
35 | -88,18 | 296 | 2,42 | 289 | -3,02 | 298 | 4,20 | 286 |
| Doña MARÍA AMPARO JIMÉNEZ URGAL |
75 | 56,25 | 48 | - | 0 | - | 0 | - | 0 |
| Don FRANCISCO JOSÉ MARCO ORENES |
254 | -96,44 | 7.128 | 642,50 | 960 | 13,48 | 846 | 9,73 | 771 |
| Don ANTONIO MIGUEL ROMERO DE OLANO |
340 | -0,58 | 342 | 2,09 | 335 | -2,62 | 344 | 3,93 | 331 |
| Doña MARÍA DEL PILAR PERALES VISCASILLAS |
317 | 14,86 | 276 | 0,00 | 276 | 0,00 | 276 | 5,34 | 262 |
| Don ALFONSO REBUELTA BADÍAS | 300 | 1,01 | 297 | 0,34 | 296 | -0,34 | 297 | 0,34 | 296 |
| Resultados consolidados de la sociedad |
|||||||||
| 1.397.614 | 3,14 | 1.355.100 | 21,16 | 1.118.400 | -12,57 | 1.279.200 | -3,85 | 1.330.460 | |
| Remuneración media de los empleados |
|||||||||
| 47 | 4,44 | 45 | 4,65 | 43 | -4,44 | 45 | 4,65 | 43 |
Observaciones
Para calcular la "Remuneración media de los empleados" se han tenido en cuenta (i) los gastos de personal y plantilla a nivel mundial, excluyendo a los consejeros ejecutivos; y (ii) la información contable, incluyendo los conceptos de retribuciones fijas y variables y acción social.
D. OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS
Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.
[CONTINUACIÓN APARTADO A.1.1.]
ii) Descripción de los procedimientos y órganos de la Sociedad involucrados en la determinación, aprobación y aplicación de la Política de Remuneraciones:
MAPFRE es consciente de la importancia de contar con un sistema de gobierno corporativo que oriente la estructura y el funcionamiento de sus órganos sociales en interés de la Sociedad y de sus accionistas.
El Consejo de Administración de MAPFRE cuenta con un Reglamento que, recogiendo los principios y elementos que conforman el sistema de gobierno corporativo de la Sociedad, comprende las normas de régimen interno y funcionamiento del Consejo y de su Comisión y Comités Delegados, así como los derechos y deberes de los consejeros en el desempeño de sus cometidos.
Al objeto de cumplir con las exigencias legales en materia de remuneraciones de administradores, y para seguir adecuándose a las mejores prácticas de gobierno corporativo en materia retributiva, el Reglamento del Consejo de Administración, regula las funciones que tienen en materia de retribuciones el Consejo de Administración y el Comité de Nombramientos y Retribuciones.
A este respecto, corresponde al Consejo de Administración, previo informe favorable del Comité de Nombramientos y Retribuciones, la adopción de las decisiones relativas a la remuneración de los consejeros, dentro del marco estatutario y de la política de remuneraciones aprobada por la Junta General, la fijación individual de la remuneración de cada consejero en su condición de tal, y la fijación individual de la remuneración de cada consejero por sus funciones ejecutivas y demás condiciones que deban respetar sus contratos.
La Política de Remuneraciones de los Consejeros para el periodo 2023-2025 ha sido elevada por el Consejo de Administración a la Junta General de Accionistas, con el informe previo del Comité de Nombramientos y Retribuciones, con el voto favorable de todos los miembros de ambos órganos de gobierno.
Adicionalmente, la elaboración de la Política ha sido llevada a cabo por los servicios internos responsables en materia retributiva y de gobierno corporativo, servicios de marcado carácter técnico y cuyos máximos responsables no tienen la condición de consejeros.
A los efectos anteriores la Sociedad ha tenido en cuenta los siguientes informes externos:
- Informe de KPMG: "La Remuneración de los Consejeros de las Sociedades Cotizadas- Edición 2022".
- Informe de EY: EY Pay Perspective 2022 "Remuneraciones de los consejeros de las Sociedades Cotizadas".
- Encuesta de Alta Dirección- España 2022 "2022 Executive Survey Report- Spain" de Willis Towers Watson.
(iii) Procedimientos contemplados en la política de remuneraciones para aplicar excepciones temporales
La Política de Remuneraciones de los Consejeros para el periodo 2023-2025 prevé que el Consejo de Administración de la Sociedad, previa propuesta del Comité de Nombramientos y Retribuciones, pueda acordar la aplicación de excepciones temporales a la política que se limitarán, en todo caso, a aquellas situaciones excepcionales en las que la falta de aplicación de la política sea necesaria para servir a los intereses a largo plazo y a la sostenibilidad de la Sociedad en su conjunto o para asegurar su viabilidad.
Únicamente serán objeto de excepción los componentes retributivos de la remuneración de los consejeros ejecutivos, evitando, en todo caso, la asignación de retribuciones extraordinarias garantizadas.
En caso de producirse alguna circunstancia que justifique la aplicación de dichas excepciones temporales, el Comité de Nombramientos y Retribuciones, con la opinión de un tercero externo, si lo considera necesario, emitirá un informe valorando las circunstancias y las remuneraciones específicas objeto de su propuesta de excepción temporal.
En todo caso, la Sociedad tendrá en consideración los principios de la política anteriormente indicados e informará convenientemente en el correspondiente Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros sobre la excepción temporal aprobada y la situación excepcional que la justifique.
Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha:
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
| [ ] | Si |
|---|---|
| [ √ ] | No |