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Mapfre S.A. — Governance Information 2025
Feb 12, 2025
1854_rns_2025-02-12_a19e0f2c-6349-44fd-ba83-be841bbee333.pdf
Governance Information
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DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR
| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2024 | |
|---|---|---|
| CIF: | A08055741 | |
| Denominación Social: MAPFRE, S.A. |
||
| Domicilio social: |
CARRETERA DE POZUELO A MAJADAHONDA, 52 EDIF.1 (MAJADAHONDA) MADRID

A. ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD
A.1. Complete el siguiente cuadro sobre el capital social y los derechos de voto atribuidos, incluidos, en su caso, los correspondientes a las acciones con voto por lealtad, a la fecha de cierre del ejercicio:
Indique si los estatutos de la sociedad contienen la previsión de voto doble por lealtad:
[ ] Sí
[ √ ] No
| Fecha de última | Capital social (€) | Número de | Número de | |
|---|---|---|---|---|
| modificación | acciones | derechos de voto | ||
| 01/07/2011 | 307.955.327,30 | 3.079.553.273 | 3.079.553.273 |
Indique si existen distintas clases de acciones con diferentes derechos asociados:
[ ] Sí
[ √ ] No
A.2. Detalle los titulares directos e indirectos de participaciones significativas a la fecha de cierre del ejercicio, incluidos los consejeros que tengan una participación significativa:
| Nombre o denominación |
% derechos de voto atribuidos a las acciones |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| social del accionista | Directo Indirecto Directo Indirecto |
derechos de voto | ||||
| FUNDACIÓN MAPFRE |
0,00 | 69,80 | 0,00 | 0,00 | 69,80 |
Detalle de la participación indirecta:
| Nombre o denominación social del titular indirecto |
Nombre o denominación social del titular directo |
% derechos de voto atribuidos a las acciones |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
|---|---|---|---|---|
| FUNDACIÓN MAPFRE |
CARTERA MAPFRE, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL |
69,69 | 0,00 | 69,69 |
| FUNDACIÓN MAPFRE |
FUNDACIÓN CANARIA MAPFRE CANARIAS |
0,11 | 0,00 | 0,11 |

Indique los movimientos en la estructura accionarial más significativos acaecidos durante el ejercicio:
Movimientos más significativos
No se han producido movimientos en la estructura accionarial durante el ejercicio.
A.3. Detalle, cualquiera que sea el porcentaje, la participación al cierre del ejercicio de los miembros del consejo de administración que sean titulares de derechos de voto atribuidos a acciones de la sociedad o a través de instrumentos financieros, excluidos los consejeros que se hayan identificado en el apartado A.2, anterior:
| Nombre o denominación social del consejero |
% derechos de voto atribuidos a las acciones (incluidos votos por lealtad) |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
Del % total de derechos de voto atribuidos a las acciones, indique, en su caso, el % de los votos adicionales atribuidos que corresponden a las acciones con voto por lealtad |
|||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | ||
| DON ANTONIO HUERTAS MEJÍAS |
0,02 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,02 | 0,00 | 0,00 |
| DON JOSÉ MANUEL INCHAUSTI PÉREZ |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| DOÑA CATALINA MIÑARRO BRUGAROLAS |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| DON FERNANDO MATA VERDEJO |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| DOÑA ANA ISABEL FERNÁNDEZ ÁLVAREZ |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| DOÑA MARÍA LETICIA DE FREITAS COSTA |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| DOÑA ROSA MARÍA GARCÍA GARCÍA |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| DON ANTONIO GÓMEZ CIRIA |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| DOÑA MARÍA AMPARO JIMÉNEZ URGAL |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |

| Nombre o denominación social del consejero |
% derechos de voto atribuidos a las acciones (incluidos votos por lealtad) |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
Del % total de derechos de voto atribuidos a las acciones, indique, en su caso, el % de los votos adicionales atribuidos que corresponden a las acciones con voto por lealtad |
|||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | ||
| DON FRANCISCO JOSÉ MARCO ORENES |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| DOÑA MARÍA DEL PILAR PERALES VISCASILLAS |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| DON JOSÉ LUIS PERELLI ALONSO |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| DON EDUARDO PÉREZ DE LEMA HOLWEG |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| DOÑA MARÍA ELENA SANZ ISLA |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| DON FRANCESCO PAOLO VANNI D ´ARCHIRAFI |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
% total de derechos de voto titularidad de miembros del consejo de administración 0,03
Detalle de la participación indirecta:
| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación social del titular directo |
% derechos de voto atribuidos a las acciones (incluidos votos por lealtad) |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
Del % total de derechos de voto atribuidos a las acciones, indique, en su caso, el % de los votos adicionales atribuidos que corresponden a las acciones con voto por lealtad |
|---|---|---|---|---|---|
| Sin datos |

Detalle el porcentaje total de derechos de voto representados en el consejo:
% total de derechos de voto representados en el consejo de administración 69,69
El porcentaje total de derechos de voto representados en el Consejo de Administración se corresponde con el porcentaje de participación de CARTERA MAPFRE, S.L.U. (indicado en el apartado A.2 anterior), entidad representada en el Consejo de Administración por un consejero dominical.
A.4. Indique, en su caso, las relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, en la medida en que sean conocidas por la sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario, excepto las que se informen en el apartado A.6:
| Nombre o denominación social relacionados | Tipo de relación | Breve descripción |
|---|---|---|
| Sin datos |
A.5. Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, y la sociedad y/o su grupo, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:
| Nombre o denominación social relacionados | Tipo de relación | Breve descripción |
|---|---|---|
| Sin datos |
A.6. Describa las relaciones, salvo que sean escasamente relevantes para las dos partes, que existan entre los accionistas significativos o representados en el consejo y los consejeros, o sus representantes, en el caso de administradores persona jurídica.
Explique, en su caso, cómo están representados los accionistas significativos. En concreto, se indicarán aquellos consejeros que hubieran sido nombrados en representación de accionistas significativos, aquellos cuyo nombramiento hubiera sido promovido por accionistas significativos, o que estuvieran vinculados a accionistas significativos y/o entidades de su grupo, con especificación de la naturaleza de tales relaciones de vinculación. En particular, se mencionará, en su caso, la existencia, identidad y cargo de miembros del consejo, o representantes de consejeros, de la sociedad cotizada, que sean, a su vez, miembros del órgano de administración, o sus representantes, en sociedades que ostenten participaciones significativas de la sociedad cotizada o en entidades del grupo de dichos accionistas significativos:
| Nombre o denominación | Nombre o denominación | Denominación social de | |
|---|---|---|---|
| social del consejero o | social del accionista | la sociedad del grupo del | Descripción relación/cargo |
| representante, vinculado | significativo vinculado | accionista significativo | |
| Presidente del Consejo | |||
| DON ANTONIO HUERTAS | CARTERA MAPFRE, S.L. | CARTERA MAPFRE, S.L. | de Administración de |
| MEJÍAS | SOCIEDAD UNIPERSONAL | SOCIEDAD UNIPERSONAL | CARTERA MAPFRE, S.L. |
| SOCIEDAD UNIPERSONAL |

| Nombre o denominación social del consejero o representante, vinculado |
Nombre o denominación social del accionista significativo vinculado |
Denominación social de la sociedad del grupo del accionista significativo |
Descripción relación/cargo |
|---|---|---|---|
| DON JOSÉ MANUEL INCHAUSTI PÉREZ |
CARTERA MAPFRE, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL |
CARTERA MAPFRE, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL |
Consejero de CARTERA MAPFRE, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL |
| DON FERNANDO MATA VERDEJO |
CARTERA MAPFRE, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL |
CARTERA MAPFRE, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL |
Consejero de CARTERA MAPFRE, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL |
| DOÑA MARÍA ELENA SANZ ISLA |
CARTERA MAPFRE, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL |
CARTERA MAPFRE, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL |
Consejera de CARTERA MAPFRE, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL |
| DON FRANCISCO JOSÉ MARCO ORENES |
CARTERA MAPFRE, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL |
CARTERA MAPFRE, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL |
Consejero de MAPFRE, S.A. designado a propuesta del accionista significativo |
A.7. Indique si han sido comunicados a la sociedad pactos parasociales que la afecten según lo establecido en los artículos 530 y 531 de la Ley de Sociedades de Capital. En su caso, descríbalos brevemente y relacione los accionistas vinculados por el pacto:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
Indique si la sociedad conoce la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas. En su caso, descríbalas brevemente:
[ ] [ √ ] Sí No
En el caso de que durante el ejercicio se haya producido alguna modificación o ruptura de dichos pactos o acuerdos o acciones concertadas, indíquelo expresamente:
A.8. Indique si existe alguna persona física o jurídica que ejerza o pueda ejercer el control sobre la sociedad de acuerdo con el artículo 5 de la Ley del Mercado de Valores. En su caso, identifíquela:
| [ √ ] | Sí | ||
|---|---|---|---|
| [ ] | No | ||
| Nombre o denominación social | |||
| FUNDACIÓN MAPFRE |

A.9. Complete los siguientes cuadros sobre la autocartera de la sociedad:
A fecha de cierre del ejercicio:
| Número de | Número de acciones | % total sobre | |
|---|---|---|---|
| acciones directas | indirectas(*) | capital social | |
| 12.200.024 | 0,40 |
(*) A través de:
| Nombre o denominación social del titular directo de la participación | Número de acciones directas |
|
|---|---|---|
| Sin datos |
A.10. Detalle las condiciones y plazo del mandato vigente de la junta de accionistas al consejo de administración para emitir, recomprar o transmitir acciones propias:
El Consejo de Administración cuenta con autorización vigente de la Junta General de Accionistas para que la Sociedad pueda aumentar el capital social, en una o varias veces, en los términos y con los límites recogidos en los artículos 297.1.b) y 506 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (la "Ley de Sociedades de Capital") hasta un máximo de 153.977.663,65 euros, equivalente al 50 por 100 del capital social actual. La duración de la autorización es de cinco años a contar desde la fecha del acuerdo, adoptado el 10 de marzo de 2023.
El Consejo de Administración cuenta con autorización vigente de la Junta General de Accionistas para que la Sociedad pueda proceder, directamente o a través de sociedades filiales, a la adquisición derivativa de acciones propias, con sujeción a los siguientes límites y requisitos:
a) Modalidades: adquisición por título de compraventa, o por cualquier otro acto inter vivos a título oneroso, de acciones libres de toda carga y gravamen.
b) Número máximo de acciones a adquirir: acciones cuyo nominal, sumado al de las que ya posean la Sociedad y sus filiales, no exceda del 10 por 100 del capital social de MAPFRE, S.A.
c) Precio mínimo y máximo de adquisición: 90 por 100 y 110 por 100, respectivamente, de su valor de cotización en la fecha de adquisición.
d) Duración de la autorización: cinco años a contar desde la fecha del acuerdo, adoptado el 12 de marzo de 2021. Las acciones adquiridas podrán destinarse en todo o en parte: (i) a su enajenación o amortización; (ii) a su entrega a los trabajadores, empleados o administradores de la Sociedad o de su Grupo, o como consecuencia del ejercicio de derechos de opción de que aquéllos sean titulares, de conformidad con lo establecido en el párrafo último del artículo 146, apartado 1º, letra a) de la Ley de Sociedades de Capital; y (iii) a planes de reinversión del dividendo o instrumentos análogos.
A.11. Capital flotante estimado:


A.12. Indique si existe cualquier restricción (estatutaria, legislativa o de cualquier índole) a la transmisibilidad de valores y/o cualquier restricción al derecho de voto. En particular, se comunicará la existencia de cualquier tipo de restricciones que puedan dificultar la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado, así como aquellos regímenes de autorización o comunicación previa que, sobre las adquisiciones o transmisiones de instrumentos financieros de la compañía, le sean aplicables por normativa sectorial.
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
A.13. Indique si la junta general ha acordado adoptar medidas de neutralización frente a una oferta pública de adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007.
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
En su caso, explique las medidas aprobadas y los términos en que se producirá la ineficiencia de las restricciones:
A.14. Indique si la sociedad ha emitido valores que no se negocian en un mercado regulado de la Unión Europea.
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
En su caso, indique las distintas clases de acciones y, para cada clase de acciones, los derechos y obligaciones que confiera:
B. JUNTA GENERAL
- B.1. Indique y, en su caso detalle, si existen diferencias con el régimen de mínimos previsto en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) respecto al quórum de constitución de la junta general:
- [ ] [ √ ] Sí No
- B.2. Indique y, en su caso, detalle si existen diferencias con el régimen previsto en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) para la adopción de acuerdos sociales:
- [ √ ] [ ] Sí No

| Mayoría reforzada distinta a la establecida en el artículo 201.2 LSC para los supuestos del 194.1 LSC |
Otros supuestos de mayoría reforzada |
|
|---|---|---|
| % establecido por la entidad para la adopción de acuerdos |
0,00 | 50,01 |
De conformidad con lo previsto en el artículo 26º de los Estatutos Sociales, para la modificación de los preceptos estatutarios contenidos en el Título IV - "Protección del Interés General de la Sociedad" (artículos 26º a 29º) es necesario el acuerdo adoptado con el voto favorable de más del cincuenta por ciento del capital social en Junta General Extraordinaria de Accionistas convocada al efecto.
B.3. Indique las normas aplicables a la modificación de los estatutos de la sociedad. En particular, se comunicarán las mayorías previstas para la modificación de los estatutos, así como, en su caso, las normas previstas para la tutela de los derechos de los socios en la modificación de los estatutos.
No hay especialidades distintas a las establecidas en la legislación vigente para la modificación de los Estatutos Sociales de la Sociedad, salvo para la modificación de los artículos 26º a 29º (Título IV - "Protección del Interés General de la Sociedad"). Como consta en el apartado B.2 anterior, es necesario el acuerdo adoptado con el voto favorable de más del cincuenta por ciento del capital social en Junta General Extraordinaria de Accionistas convocada al efecto.
B.4. Indique los datos de asistencia en las juntas generales celebradas en el ejercicio al que se refiere el presente informe y los de los dos ejercicios anteriores:
| Datos de asistencia | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Fecha junta general | % de presencia física |
% en representación |
% voto a distancia Voto electrónico |
Otros | Total |
| 11/03/2022 | 70,75 | 11,06 | 0,01 | 0,29 | 82,11 |
| De los que Capital flotante | 0,11 | 10,94 | 0,01 | 0,29 | 11,35 |
| 10/03/2023 | 70,58 | 9,90 | 0,02 | 0,14 | 80,64 |
| De los que Capital flotante | 0,24 | 9,78 | 0,02 | 0,14 | 10,18 |
| 15/03/2024 | 70,46 | 9,86 | 0,04 | 0,26 | 80,62 |
| De los que Capital flotante | 0,26 | 9,75 | 0,04 | 0,26 | 10,31 |
B.5. Indique si en las juntas generales celebradas en el ejercicio ha habido algún punto del orden del día que, por cualquier motivo, no haya sido aprobado por los accionistas:
[ ] [ √ ] Sí No

B.6. Indique si existe alguna restricción estatutaria que establezca un número mínimo de acciones necesarias para asistir a la junta general, o para votar a distancia:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
| Número de acciones necesarias para asistir a la junta general | 1.000 |
|---|---|
| Número de acciones necesarias para votar a distancia | 1 |
B.7. Indique si se ha establecido que determinadas decisiones, distintas a las establecidas por Ley, que entrañan una adquisición, enajenación, la aportación a otra sociedad de activos esenciales u otras operaciones corporativas similares, deben ser sometidas a la aprobación de la junta general de accionistas:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
B.8. Indique la dirección y modo de acceso a la página web de la sociedad a la información sobre gobierno corporativo y otra información sobre las juntas generales que deba ponerse a disposición de los accionistas a través de la página web de la Sociedad:
El acceso es el siguiente: www.mapfre.com
Apartado "Accionistas e Inversores".

C. ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD
C.1. Consejo de administración
C.1.1 Número máximo y mínimo de consejeros previstos en los estatutos sociales y el número fijado por la junta general:
| Número máximo de consejeros | 15 |
|---|---|
| Número mínimo de consejeros | 5 |
| Número de consejeros fijado por la junta | 15 |
C.1.2 Complete el siguiente cuadro con los miembros del consejo:
| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Categoría del consejero |
Cargo en el consejo |
Fecha primer nombramiento |
Fecha último nombramiento |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|---|
| DON ANTONIO HUERTAS MEJÍAS |
Ejecutivo | PRESIDENTE | 29/12/2006 | 11/03/2022 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON JOSÉ MANUEL INCHAUSTI PÉREZ |
Ejecutivo | VICEPRESIDENTE 1º |
18/07/2018 | 10/03/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DOÑA CATALINA MIÑARRO BRUGAROLAS |
Independiente | VICEPRESIDENTE 2º |
30/10/2013 | 11/03/2022 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON FERNANDO MATA VERDEJO |
Ejecutivo | VICEPRESIDENTE 3º |
01/01/2017 | 12/03/2021 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DOÑA ANA ISABEL FERNÁNDEZ ÁLVAREZ |
Independiente | CONSEJERO | 26/07/2016 | 12/03/2021 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DOÑA MARÍA LETICIA DE FREITAS COSTA |
Independiente | CONSEJERO | 23/07/2015 | 15/03/2024 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |

| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Categoría del consejero |
Cargo en el consejo |
Fecha primer nombramiento |
Fecha último nombramiento |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|---|
| DOÑA ROSA MARÍA GARCÍA GARCÍA |
Independiente | CONSEJERO | 26/09/2019 | 15/03/2024 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON ANTONIO GÓMEZ CIRIA |
Independiente | CONSEJERO | 01/01/2019 | 10/03/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DOÑA MARÍA AMPARO JIMÉNEZ URGAL |
Independiente | CONSEJERO | 27/10/2022 | 10/03/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON FRANCISCO JOSÉ MARCO ORENES |
Dominical | CONSEJERO | 10/03/2017 | 12/03/2021 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DOÑA MARÍA DEL PILAR PERALES VISCASILLAS |
Independiente | CONSEJERO | 01/01/2018 | 11/03/2022 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON JOSÉ LUIS PERELLI ALONSO |
Independiente | CONSEJERO | 04/07/2024 | 04/07/2024 | ACUERDO CONSEJO DE ADMINISTRACION |
|
| DON EDUARDO PÉREZ DE LEMA HOLWEG |
Ejecutivo | CONSEJERO | 01/01/2024 | 15/03/2024 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DOÑA MARÍA ELENA SANZ ISLA |
Ejecutivo | CONSEJERO | 10/03/2023 | 10/03/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON FRANCESCO PAOLO VANNI D´ARCHIRAFI |
Independiente | CONSEJERO | 10/03/2023 | 10/03/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| Número total de consejeros 15 |

Indique los ceses que, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, se hayan producido en el consejo de administración durante el periodo sujeto a información:
| Nombre o denominación social del consejero |
Categoría del consejero en el momento del cese |
Fecha del último nombramiento |
Fecha de baja | Comisiones especializadas de las que era miembro |
Indique si el cese se ha producido antes del fin del mandato |
|---|---|---|---|---|---|
| DON IGNACIO BAEZA GÓMEZ |
Ejecutivo | 13/03/2020 | 01/01/2024 | Vicepresidente 1º de la Comisión Delegada |
SI |
| DON ANTONIO MIGUEL-ROMERO DE OLANO |
Dominical | 10/03/2023 | 03/07/2024 | Vocal de la Comisión Delegada, del Comité de Auditoría y Cumplimiento, del Comité de Nombramientos y Retribuciones y del Comité de Riesgos y Sostenibilidad |
SI |
Causa del cese, cuando se haya producido antes del término del mandato y otras observaciones; información sobre si el consejero ha remitido una carta al resto de miembros del consejo y, en el caso de ceses de consejeros no ejecutivos, explicación o parecer del consejero que ha sido cesado por la junta general
D. Ignacio Baeza Gómez renunció a sus cargos con motivo de su jubilación. Por su parte, D. Antonio Miguel-Romero de Olano renunció a sus cargos por haber alcanzado el límite máximo de permanencia en el Consejo de Administración de MAPFRE y sus órganos delegados previsto en la normativa de gobierno corporativo de la Sociedad. Los Sres. Baeza Gómez y Miguel-Romero de Olano explicaron los motivos de su renuncia mediante sendas cartas dirigidas a todos los miembros del Consejo de Administración.
C.1.3 Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del consejo y su distinta categoría:
| CONSEJEROS EJECUTIVOS | ||||
|---|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Cargo en el organigrama de la sociedad |
Perfil | ||
| DON ANTONIO HUERTAS MEJÍAS |
PRESIDENTE | Licenciado en derecho por la Universidad de Salamanca. Ha desarrollado gran parte de su carrera profesional en MAPFRE, ocupando distintos altos cargos directivos desde su ingreso. Para más información sobre los cargos que ocupa a la fecha del presente informe ver apartados A.6, C.1.10, C.1.11 y C.2.1. |
||
| DON JOSÉ MANUEL INCHAUSTI PÉREZ |
VICEPRESIDENTE PRIMERO |
Licenciado en derecho por la Universidad Complutense de Madrid y programa de Alta Dirección por el IESE. Ha desarrollado gran parte de su carrera profesional en MAPFRE, ocupando distintos altos cargos directivos desde su ingreso. Desde 2015 y hasta el 31 de diciembre |

| CONSEJEROS EJECUTIVOS | ||||
|---|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Cargo en el organigrama de la sociedad |
Perfil | ||
| de 2023 ha sido CEO de Iberia. Desde julio de 2023 es Presidente de MAPFRE ASISTENCIA y desde el 1 de enero de 2024 es Vicepresidente Primero del Consejo de Administración de MAPFRE y de su Comisión Delegada. Para más información sobre los cargos que ocupa a la fecha del presente informe ver apartados A.6, C.1.10, C.1.11 y C.2.1. |
||||
| DON FERNANDO MATA VERDEJO |
VICEPRESIDENTEN TERCERO Y DIRECTOR GENERAL FINANCIERO |
Licenciado en Ciencias Empresariales por la Universidad Autónoma de Madrid. Ha desarrollado gran parte de su carrera profesional en MAPFRE, ocupando distintos altos cargos directivos desde su ingreso. Es Director General del Área Corporativa de Finanzas y Medios desde 2017, y Vicepresidente Tercero de MAPFRE desde enero de 2024. Para más información sobre los cargos que ocupa a la fecha del presente informe ver apartados A.6, C.1.10, C.1.11 y C.2.1. |
||
| DON EDUARDO PÉREZ DE LEMA HOLWEG |
CEO DE LA UNIDAD DE SEGUROS INTERNACIONAL |
Licenciado en Dirección y Administración de Empresas por la Universidad Pontificia de Salamanca. Ha desarrollado gran parte de su carrera profesional en MAPFRE, ocupando distintos cargos directivos desde su ingreso. Desde noviembre de 2015 y hasta diciembre de 2023, ha sido CEO y Presidente de la Comisión Directiva de MAPFRE RE. Es vocal del Comité Ejecutivo de MAPFRE desde noviembre de 2015, y CEO de la Unidad de Seguros Internacional desde enero de 2024. Para más información sobre los cargos que ocupa a la fecha del presente informe ver apartado C.1.10. |
||
| DOÑA MARÍA ELENA SANZ ISLA |
DIRECTORA GENERAL DE PERSONAS Y ORGANIZACIÓN |
Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Alcalá de Henares y Máster en Gerencia de Riesgos y Seguros por la Universidad Pontificia de Salamanca. Ha desarrollado gran parte de su carrera profesional en MAPFRE, ocupando distintos altos cargos directivos desde su ingreso. Desde 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2023 ha sido Directora General del Área Corporativa de Personas y Organización. Desde el 1 de enero de 2024 es CEO de Iberia. Para más información sobre los cargos que ocupa a la fecha del presente informe ver apartados A.6, C.1.10 y C.1.11. |
| Número total de consejeros ejecutivos | 5 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 33,33 |

| CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES | ||||
|---|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
Perfil | ||
| DON FRANCISCO JOSÉ MARCO ORENES |
CARTERA MAPFRE, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL |
Licenciado en Medicina y Cirugía por la Universidad de Murcia, especialista en geriatría por la Universidad de Murcia y en nutrición por la Universidad de Granada y Máster en Dirección y Administración de Empresas por el IDAE. Ha desarrollado gran parte de su carrera profesional en MAPFRE, habiendo ocupado el cargo de Director General del Área Corporativa de Soporte a Negocio desde 2015 hasta su jubilación el 31 de diciembre de 2021. Para más información sobre los cargos que ocupa a la fecha del presente informe ver apartados A.6, C.1.10 y C.2.1. |
| Número total de consejeros dominicales | 1 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 6,67 |
| CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES | |||
|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Perfil | ||
| DOÑA CATALINA MIÑARRO BRUGAROLAS |
Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Abogado del Estado en excedencia. Es vocal del Consejo de Administración de Actividades de Construcción y Servicios, S. A., Presidenta de su Comisión de Nombramientos y vocal de su Comisión de Auditoría. Para más información sobre los cargos que ocupa a la fecha del presente informe ver apartados C.1.10, C.1.11 y C.2.1. |
||
| DOÑA ANA ISABEL FERNÁNDEZ ÁLVAREZ |
Licenciada y Doctora en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Oviedo. Es Consejera de Sociedad Rectora de la Bolsa de Valores de Madrid, S.A., Presidenta del Comité de Auditoría y Vocal del Comité de Retribuciones de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U (IBERCLEAR), Directora General y Rectora de CUNEF y Presidenta del Patronato de la Fundación Princesa de Asturias. Además, es catedrática de economía financiera de la Universidad de Oviedo y profesora de finanzas en CUNEF. Para más información sobre los cargos que ocupa a la fecha del presente informe ver apartados C.1.10, C.1.11 y C.2.1. |
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| DOÑA MARÍA LETICIA DE FREITAS COSTA |
Licenciada en Ingeniería de Producto por la Escola Politécnica da USP (São Paulo) y Máster en Administración de Empresas (MBA) por la Universidad de Cornell (Nueva York). Es socia de SLP Consultoria e Treinamento. Para más información sobre los cargos que ocupa a la fecha del presente informe ver apartado C.1.10. y C.1.11. |
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| DOÑA ROSA MARÍA GARCÍA GARCÍA |
Licenciada en Matemáticas por la Universidad Autónoma de Madrid. Ha sido, entre otros, Presidenta no ejecutiva del Consejo de Administración de Siemens Gamesa, Presidenta y CEO de Siemens España y vocal del Consejo de Administración de Tubacex, S.A. Es Presidenta no ejecutiva de Exolum y vocal de los Consejos de Administración de Sener Grupo de Ingeniería, S.A. |

| CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES | |||
|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Perfil | ||
| y EDP Renováveis, S.A. Para más información sobre los cargos que ocupa a la fecha del presente informe ver apartado C.1.10, C.1.11 y C.2.1. |
|||
| DON ANTONIO GÓMEZ CIRIA |
Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales y en Ciencias Matemáticas por la Universidad Complutense de Madrid y Executive MBA por el IESE. Entre otros, es vocal del Consejo de Administración de Red Eléctrica Corporación, S.A. y Presidente de su Comisión de Auditoría, vocal del Consejo de Administración de Hispasat y miembro de sus Comisiones de Auditoría y de Nombramientos y Retribuciones, así como miembro del Consejo Asesor en Sostenibilidad del Consejo General del Colegio de Economistas. Para más información sobre los cargos que ocupa a la fecha del presente informe ver apartados C.1.10, C.1.11 y C.2.1. |
||
| DOÑA MARÍA AMPARO JIMÉNEZ URGAL |
Licenciada en Farmacia y Tesina Doctoral por la Universidad de Salamanca. Es Presidenta Europea de Merck Biopharma, Presidenta del cluster de empresas Closingap y miembro del PAC (Patient Access Committee) de EFPIA (Farmaindustria Europea) y de la Junta Directiva de la Asociación Española de Directivos (AED). Para más información sobre los cargos que ocupa a la fecha del presente informe ver apartados C.1.10, C.1.11 y C.2.1. |
||
| DOÑA MARÍA DEL PILAR PERALES VISCASILLAS |
Licenciada en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid y Doctora en Derecho por la Universidad Carlos III de Madrid. Es Catedrática de Derecho Mercantil en la Universidad Carlos III de Madrid y árbitro nacional e internacional miembro del panel de árbitros de diversas cortes de arbitraje en España y otros países. Para más información sobre los cargos que ocupa a la fecha del presente informe ver apartados C.1.10 y C.2.1. |
||
| DON JOSÉ LUIS PERELLI ALONSO |
Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad Complutense de Madrid, con la Especialidad de Auditoría. Ha sido, entre otros cargos, Presidente de la Fundación EY en España y Presidente de EY en España, así como miembro del Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC) y del Instituto de Censores Jurados de Cuentas (JCJC). Es miembro del Consejo Social y del Consejo de Gobierno de la Universidad Carlos III de Madrid. Para más información sobre los cargos que ocupa a la fecha del presente informe ver apartados C.1.10 y C.2.1. |
||
| DON FRANCESCO PAOLO VANNI D ´ARCHIRAFI |
Licenciado en Ciencias Económicas por American University y MBA por University of Columbia. Ha desarrollado la mayoría de su carrera profesional en Citigroup donde ha ocupado, entre otros, los cargos de Vicepresidente del Grupo de Clientes Institucionales de EMEA de Citigroup Inc. (2018-2021) en Londres, CEO de Citigroup Holdings (2013-2018) en Nueva York, CEO de Citi Global Transaction Services (2009-2013) en Nueva York y Responsable Global de Tesorería y Mercados en Citigroup Inc. (2007-2009) en Nueva York. En la actualidad es Presidente de Euroclear Holding y Euroclear SA/NV, así como miembro del Consejo de Administración de Euroclear Fundación, miembro del Consejo Asesor de Grimaldi Alliance y miembro del Consejo Asesor Internacional del IESE y de la Fundación Centesimus Annus Pro Pontifice. Para más información sobre los cargos que ocupa a la fecha del presente informe ver apartados C.1.10, C.1.11 y C.2.1. |
| Número total de consejeros independientes | 9 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 60,00 |

Indique si algún consejero calificado como independiente percibe de la sociedad, o de su mismo grupo, cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de consejero, o mantiene o ha mantenido, durante el último ejercicio, una relación de negocios con la sociedad o con cualquier sociedad de su grupo, ya sea en nombre propio o como accionista significativo, consejero o alto directivo de una entidad que mantenga o hubiera mantenido dicha relación.
En su caso, se incluirá una declaración motivada del consejo sobre las razones por las que considera que dicho consejero puede desempeñar sus funciones en calidad de consejero independiente.
| Nombre o denominación social del consejero |
Descripción de la relación | Declaración motivada |
|---|---|---|
| DOÑA ROSA MARÍA GARCÍA GARCÍA |
La consejera independiente D.ª Rosa María García García es Presidenta del Consejo Asesor de Tecnología, Innovación y Transformación de MAPFRE, cargo por el que percibe una remuneración fija anual de 36.500 euros. |
La Sociedad considera que las funciones de D.ª Rosa María García García como Presidenta del Consejo Asesor de Tecnología, Innovación y Transformación de MAPFRE, no suponen ninguna incompatibilidad ni afectan de modo alguno a la independencia de la consejera dado que: (i) la remuneración percibida no puede considerarse como significativa; y (ii) no supone una dedicación que pueda afectar de manera relevante a sus obligaciones como consejera independiente de la Sociedad. |
| OTROS CONSEJEROS EXTERNOS | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Se identificará a los otros consejeros externos y se detallarán los motivos por los que no se puedan considerar dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad, sus directivos, o sus accionistas: |
|||||
| Nombre o denominación social del consejero |
Motivos | Sociedad, directivo o accionista con el que mantiene el vínculo |
Perfil | ||
| Sin datos | |||||
| Número total de otros consejeros externos N.A. |
% sobre el total del consejo N.A.
Indique las variaciones que, en su caso, se hayan producido durante el periodo en la categoría de cada consejero:
| Nombre o denominación social del consejero |
Fecha del cambio | Categoría anterior | Categoría actual |
|---|---|---|---|
| Sin datos |

C.1.4 Complete el siguiente cuadro con la información relativa al número de consejeras al cierre de los últimos 4 ejercicios, así como la categoría de tales consejeras:
| Número de consejeras | % sobre el total de consejeros de cada categoría |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2024 |
Ejercicio 2023 |
Ejercicio 2022 |
Ejercicio 2021 |
Ejercicio 2024 |
Ejercicio 2023 |
Ejercicio 2022 |
Ejercicio 2021 |
|
| Ejecutivas | 1 | 1 | 20,00 | 20,00 | 0,00 | 0,00 | ||
| Dominicales | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
| Independientes | 6 | 6 | 6 | 5 | 66,67 | 75,00 | 85,71 | 71,43 |
| Otras Externas | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
| Total | 7 | 7 | 6 | 5 | 46,67 | 46,67 | 42,86 | 33,33 |
- C.1.5 Indique si la sociedad cuenta con políticas de diversidad en relación con el consejo de administración de la empresa por lo que respecta a cuestiones como, por ejemplo, la edad, el género, la discapacidad, o la formación y experiencia profesionales. Las entidades pequeñas y medianas, de acuerdo con la definición contenida en la Ley de Auditoría de Cuentas, tendrán que informar, como mínimo, de la política que tengan establecida en relación con la diversidad de género.
- [ √ ] Sí
- [ ] No
- [ ] Políticas parciales
En caso afirmativo, describa estas políticas de diversidad, sus objetivos, las medidas y la forma en que se ha aplicado y sus resultados en el ejercicio. También se deberán indicar las medidas concretas adoptadas por el consejo de administración y la comisión de nombramientos y retribuciones para conseguir una presencia equilibrada y diversa de consejeros.
En caso de que la sociedad no aplique una política de diversidad, explique las razones por las cuales no lo hace.
Descripción de las políticas, objetivos, medidas y forma en que se han aplicado, así como los resultados obtenidos
Los Principios Institucionales, Empresariales y Organizativos del Grupo MAPFRE prevén entre sus principios la equidad en las relaciones con los consejeros, lo que exige objetividad en su selección y promoción, retribución y la no discriminación por razón de raza, ideología política, creencias religiosas, sexo o condición social.
Además, la norma establece expresamente que el Consejo de Administración de MAPFRE desarrollará un plan de cobertura de vacantes que garantice la idoneidad de los aspirantes a las mismas, basada en sus competencias y orígenes profesionales y geográficos, así como una presencia suficiente de miembros de ambos sexos.
Se establece, asimismo, que los órganos competentes velarán para que en la provisión de las vacantes que se produzcan se favorezca la diversidad de conocimientos, experiencia, edad y género.
Asimismo, MAPFRE tiene establecida una Política de Selección de Consejeros que indica que en el proceso de selección de candidatos se favorecerá la diversidad de conocimientos, experiencia, edad y género, y que se procurará que el número de consejeras represente, al menos, el treinta por ciento y se eleve, antes de que finalice el ejercicio 2022, al menos al cuarenta por ciento del total de miembros del Consejo de Administración. El 10 de marzo de 2023 se designó a D.ª María Elena Sanz Isla como consejera ejecutiva, habiéndose incrementado el porcentaje de consejeras del 42,86 por 100 en 2022 al 46,67 por cien en 2023, porcentaje que se ha mantenido en el ejercicio 2024.
El Consejo de Administración está compuesto por quince miembros que, en su conjunto, poseen conocimientos, cualificación y experiencia en relación con las siguientes materias: seguros y mercados financieros, estrategia empresarial y modelo de empresa, sistema de gobierno, análisis financiero y actuarial, marco regulador, auditoría / contabilidad, sostenibilidad, consultoría estratégica, legal / fiscal, tecnología y transformación digital, industria, sanidad, recursos humanos y docencia e investigación. La Sociedad cuenta con una Matriz de Competencias del Consejo de

Administración que define las aptitudes y conocimientos de sus componentes y que se actualiza con ocasión de cada nombramiento y cese, habiéndose actualizado por última vez en el ejercicio 2024.
En la actualidad siete de los quince miembros del Consejo de Administración son mujeres, de las cuales una es consejera ejecutiva y seis son consejeras independientes, y la mayoría participan en las comisiones específicas del Consejo de Administración y/o tienen un papel destacado.
A 31 de diciembre de 2024: (i) D.ª Catalina Miñarro Brugarolas es Vicepresidenta 2ª del Consejo de Administración y de la Comisión Delegada, Presidenta del Comité de Nombramientos y Retribuciones y consejera independiente coordinadora; (ii) D.ª Ana Isabel Fernández Álvarez es vocal de la Comisión Delegada, del Comité de Auditoría y Cumplimiento y del Comité de Riesgos y Sostenibilidad; (iii) D.ª Rosa María García García es vocal del Comité de Nombramientos y Retribuciones; (iv) D.ª María del Pilar Perales Viscasillas es vocal del Comité de Auditoría y Cumplimiento, del Comité de Riesgos y Sostenibilidad y del Comité de Nombramientos y Retribuciones; y (v) D.ª María Amparo Jiménez Urgal es vocal del Comité de Nombramientos y Retribuciones.
Por otra parte, la diversidad geográfica y cultural también está presente en el Consejo de Administración, ya que en él están representadas tres nacionalidades: española, brasileña e italiana.
C.1.6 Explique las medidas que, en su caso, hubiese convenido la comisión de nombramientos para que los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras, y que la compañía busque deliberadamente e incluya entre los potenciales candidatos, mujeres que reúnan el perfil profesional buscado y que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres. Indique también si entre estas medidas está la de fomentar que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas:
Explicación de las medidas
El Comité de Nombramientos y Retribuciones vela para que en el proceso de selección de candidatos se favorezca la diversidad de conocimientos, experiencia, edad y género.
Tal y como se ha indicado en el apartado anterior, con el nombramiento de D.ª María Elena Sanz Isla en el ejercicio 2023 se ha incrementado el objetivo de representación de mujeres en el Consejo de Administración hasta el 46,67 por 100.
l objetivo de MAPFRE para el ejercicio 2025 es contar con más del 40 por 100 de mujeres en puestos de responsabilidad y con, al menos, un 35 por 100 de mujeres en los puestos de dirección. En el año 2024 el porcentaje de mujeres en puestos de responsabilidad ha sido del 42,7 por 100 y el porcentaje de mujeres en puestos de dirección ha sido del 34,1 por 100.
Cuando a pesar de las medidas que, en su caso, se hayan adoptado, sea escaso o nulo el número de consejeras o altas directivas, explique los motivos que lo justifiquen:
Explicación de los motivos
No aplicable.
C.1.7 Explique las conclusiones de la comisión de nombramientos sobre la verificación del cumplimiento de la política dirigida a favorecer una composición apropiada del consejo de administración.
La Política de Selección de Consejeros de MAPFRE tiene por objeto asegurar que las propuestas de nombramiento y reelección de consejeros se fundamenten en un análisis previo de las necesidades del Consejo de Administración y favorecer la diversidad de conocimientos, experiencias, edad y género en el mismo.
El Comité de Nombramientos y Retribuciones ha efectuado a lo largo del ejercicio un análisis constante de la estructura, tamaño y composición del Consejo de Administración, de su Matriz de Competencias y de los principios y objetivos establecidos en la Política de Selección de Consejeros, que ya han sido descritos en los apartados C.1.5 y C.1.6 anteriores, todo ello en función de las necesidades de la Sociedad, los requerimientos normativos y las mejores prácticas de gobierno corporativo. El Comité de Nombramientos y Retribuciones ha considerado adecuado el cumplimiento de la Política de Selección de Consejeros durante el ejercicio 2024.
En particular, el Comité de Nombramientos y Retribuciones verificó el cumplimiento de la Política de Selección de Consejeros durante el ejercicio 2024 con ocasión del nombramiento por cooptación de D. José Luis Perelli Alonso y de la elaboración de las propuestas de reelección de los

consejeros D.ª María Leticia de Freitas Costa, D.ª Rosa María García García y D. Eduardo Pérez de Lema Holweg, que fueron aprobadas en la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 15 de marzo de 2024.
C.1.8 Explique, en su caso, las razones por las cuales se han nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial es inferior al 3% del capital:
| Nombre o denominación social del accionista |
Justificación | |
|---|---|---|
| Sin datos |
Indique si no se han atendido peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial es igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. En su caso, explique las razones por las que no se hayan atendido:
[ ] Sí
[ √ ] No
C.1.9 Indique, en el caso de que existan, los poderes y las facultades delegadas por el consejo de administración, incluyendo los relativos a la posibilidad de emitir o recomprar acciones, en consejeros o en comisiones del consejo:
| Nombre o denominación social del consejero o comisión |
Breve descripción |
|---|---|
| COMISIÓN DELEGADA | La Comisión Delegada es el órgano delegado del Consejo de Administración para la alta dirección y la supervisión permanente de la gestión ordinaria de la Sociedad y sus filiales en sus aspectos estratégicos y operativos, y para la adopción de las decisiones que sean necesarias para su adecuado funcionamiento. Tiene capacidad de decisión de ámbito general, con delegación expresa a su favor de todas las facultades que corresponden al Consejo de Administración excepto las que son indelegables por la Ley, los Estatutos Sociales o el Reglamento del Consejo de Administración. Puede delegar en cualquiera de sus miembros las facultades precisas para la adopción final de decisiones que previamente hayan sido debatidas por la Comisión, y para la ejecución de los acuerdos que adopte. El 10 de marzo de 2023 la Junta General de Accionistas aprobó la delegación a favor del Consejo de Administración de la posibilidad de aumentar el capital social hasta un máximo de 153.977.663,65 euros, equivalente al 50% del capital social en el momento en el que se adoptó el acuerdo. Asimismo, la Junta General de Accionistas celebrada el 12 de marzo de 2021, autorizó la delegación a favor del Consejo de Administración para la adquisición derivativa de acciones propias. Ambos acuerdos han sido descritos en el apartado A.10 del presente informe. En este sentido, ambas delegaciones realizadas por la Junta General de Accionistas a favor del Consejo de Administración incluyen expresamente la facultad de subdelegación de los citados acuerdos a favor de la Comisión Delegada, con expresas facultades de sustitución en todos y cada uno de los miembros del Consejo de Administración. |

C.1.10 Identifique, en su caso, a los miembros del consejo que asuman cargos de administradores, representantes de administradores o directivos en otras sociedades que formen parte del grupo de la sociedad cotizada:
| Nombre o denominación social del consejero |
Denominación social de la entidad del grupo |
Cargo | ¿Tiene funciones ejecutivas? |
|---|---|---|---|
| DON ANTONIO HUERTAS MEJÍAS |
MAPFRE INTERNACIONAL, S.A. |
PRESIDENTE | NO |
| DON JOSÉ MANUEL INCHAUSTI PÉREZ |
MAPFRE INTERNACIONAL, S.A. |
CONSEJERO | NO |
| DON JOSÉ MANUEL INCHAUSTI PÉREZ |
MAPFRE ASISTENCIA, COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. |
PRESIDENTE | NO |
| DOÑA CATALINA MIÑARRO BRUGAROLAS |
MAPFRE INTERNACIONAL, S.A. |
CONSEJERA | NO |
| DOÑA CATALINA MIÑARRO BRUGAROLAS |
MAPFRE VIDA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS SOBRE LA VIDA HUMANA |
CONSEJERA | NO |
| DOÑA CATALINA MIÑARRO BRUGAROLAS |
MAPFRE ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. |
CONSEJERA | NO |
| DON FERNANDO MATA VERDEJO |
MAPFRE ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. |
CONSEJERO | NO |
| DON FERNANDO MATA VERDEJO |
MAPFRE VIDA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS SOBRE LA VIDA HUMANA |
CONSEJERO | NO |
| DON FERNANDO MATA VERDEJO |
MAPFRE INTERNACIONAL, S.A. |
CONSEJERO | NO |
| DON FERNANDO MATA VERDEJO |
MAPFRE INMUEBLES SGA, S.A. |
ADMINISTRADOR SOLIDARIO (cesó en el cargo con efectos el 31 de diciembre de 2024) |
NO |
| DOÑA ANA ISABEL FERNÁNDEZ ÁLVAREZ |
MAPFRE RE, COMPAÑÍA DE REASEGUROS, S.A. |
CONSEJERA | NO |
| DOÑA ANA ISABEL FERNÁNDEZ ÁLVAREZ |
MAPFRE GLOBAL RISKS AGENCIA DE SUSCRIPCIÓN |
CONSEJERA (cesó en el cargo con efectos el 31 de diciembre de 2024) |
NO |
| DOÑA MARÍA LETICIA DE FREITAS COSTA |
MAPFRE PARTICIPAÇOES, S.A. |
CONSEJERA | NO |
| DOÑA MARÍA LETICIA DE FREITAS COSTA |
BB MAPFRE PARTICIPAÇOES, S.A. |
CONSEJERA | NO |

| Nombre o denominación social del consejero |
Denominación social de la entidad del grupo |
Cargo | ¿Tiene funciones ejecutivas? |
|---|---|---|---|
| DOÑA ROSA MARÍA GARCÍA GARCÍA |
MAPFRE ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. |
CONSEJERA | NO |
| DOÑA ROSA MARÍA GARCÍA GARCÍA |
MAPFRE VIDA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS SOBRE LA VIDA HUMANA |
CONSEJERA | NO |
| DON ANTONIO GÓMEZ CIRIA |
MAPFRE ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. |
CONSEJERO | NO |
| DON ANTONIO GÓMEZ CIRIA |
MAPFRE VIDA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS SOBRE LA VIDA HUMANA |
CONSEJERO | NO |
| DON ANTONIO GÓMEZ CIRIA |
MAPFRE RE, COMPAÑÍA DE REASEGUROS, S.A. |
CONSEJERO | NO |
| DOÑA MARÍA AMPARO JIMÉNEZ URGAL |
MAPFRE ASISTENCIA, COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. |
CONSEJERA | NO |
| DON FRANCISCO JOSÉ MARCO ORENES |
MAPFRE GLOBAL RISKS, AGENCIA DE SUSCRIPCIÓN |
PRESIDENTE | NO |
| DON FRANCISCO JOSÉ MARCO ORENES |
FUNESPAÑA, S.A. | Representante persona física del consejero MAPFRE ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. |
NO |
| DOÑA MARÍA DEL PILAR PERALES VISCASILLAS |
MAPFRE ASISTENCIA, COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. |
VICEPRESIDENTA | NO |
| DOÑA MARÍA DEL PILAR PERALES VISCASILLAS |
MAPFRE GLOBAL RISKS AGENCIA DE SUSCRIPCIÓN |
CONSEJERA | NO |
| DON JOSÉ LUIS PERELLI ALONSO |
MAPFRE ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. |
CONSEJERO | NO |
| DON JOSÉ LUIS PERELLI ALONSO |
MAPFRE VIDA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS SOBRE LA VIDA HUMANA |
CONSEJERO | NO |
| DON JOSÉ LUIS PERELLI ALONSO |
MAPFRE RE, COMPAÑÍA DE REASEGUROS, S.A. |
CONSEJERO | NO |

| Nombre o denominación social del consejero |
Denominación social de la entidad del grupo |
Cargo | ¿Tiene funciones ejecutivas? |
|---|---|---|---|
| DON EDUARDO PÉREZ DE LEMA HOLWEG |
MAPFRE GLOBAL RISKS AGENCIA DE SUSCRIPCIÓN |
PRESIDENTE | NO |
| DON EDUARDO PÉREZ DE LEMA HOLWEG |
MAPFRE INTERNACIONAL, S.A. |
CONSEJERO | NO |
| DON EDUARDO PÉREZ DE LEMA HOLWEG |
MAPFRE RE, COMPAÑÍA DE REASEGUROS, S.A. |
CONSEJERO | NO |
| DOÑA MARÍA ELENA SANZ ISLA |
MAPFRE ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. |
VICEPRESIDENTA PRIMERA - CONSEJERA DELEGADA |
SI |
| DOÑA MARÍA ELENA SANZ ISLA |
MAPFRE VIDA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS SOBRE LA VIDA HUMANA |
VICEPRESIDENTA PRIMERA | NO |
| DOÑA MARÍA ELENA SANZ ISLA |
MAPFRE SEGUROS GERAIS | VICEPRESIDENTA | NO |
| DOÑA MARÍA ELENA SANZ ISLA |
SANTANDER MAPFRE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. |
PRESIDENTA | NO |
| DOÑA MARÍA ELENA SANZ ISLA |
MAPFRE INTERNACIONAL, S.A. |
CONSEJERA | NO |
| DOÑA MARÍA ELENA SANZ ISLA |
MAPFRE GLOBAL RISKS AGENCIA DE SUSCRIPCIÓN |
CONSEJERA | NO |
| DOÑA MARÍA ELENA SANZ ISLA |
VERTI ASEGURADORA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. |
ADMINISTRADORA SOLIDARIA |
NO |
| DON FRANCESCO PAOLO VANNI D´ARCHIRAFI |
MAPFRE INTERNACIONAL, S.A. |
CONSEJERO | NO |
| DON FRANCESCO PAOLO VANNI D´ARCHIRAFI |
VERTI ASSICURAZIONI | PRESIDENTE | NO |
C.1.11 Detalle los cargos de consejero, administrador o director, o representante de los mismos, que desempeñen los consejeros o representantes de consejeros miembros del consejo de administración de la sociedad en otras entidades, se traten o no de sociedades cotizadas:
| Identificación del consejero o representante |
Denominación social de la entidad, cotizada o no |
Cargo |
|---|---|---|
| DON ANTONIO HUERTAS MEJÍAS | CARTERA MAPFRE, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL |
PRESIDENTE |
| DON JOSÉ MANUEL INCHAUSTI PÉREZ |
CARTERA MAPFRE, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL |
CONSEJERO |
| DOÑA CATALINA MIÑARRO BRUGAROLAS |
ACS, ACTIVIDADES DE CONSTRUCCION Y SERVICIOS, S.A. |
CONSEJERO |

| Identificación del consejero o representante |
Denominación social de la entidad, cotizada o no |
Cargo |
|---|---|---|
| DON FERNANDO MATA VERDEJO | CARTERA MAPFRE, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL |
CONSEJERO |
| DOÑA ANA ISABEL FERNÁNDEZ ÁLVAREZ |
SOCIEDAD RECTORA DE LA BOLSA DE VALORES DE MADRID, S.A. |
CONSEJERO |
| DOÑA MARÍA LETICIA DE FREITAS COSTA |
AUREN ENERGIA, S.A. | CONSEJERO |
| DOÑA MARÍA LETICIA DE FREITAS COSTA |
LOCALIZA RENT A CAR, S.A. | CONSEJERO |
| DOÑA MARÍA LETICIA DE FREITAS COSTA |
DASA, S.A. | CONSEJERO |
| DOÑA MARÍA LETICIA DE FREITAS COSTA |
TOTVS, S.A. | CONSEJERO |
| DOÑA ROSA MARÍA GARCÍA GARCÍA | EXOLUM CORPORATION, S.A. | PRESIDENTE |
| DOÑA ROSA MARÍA GARCÍA GARCÍA | EDP RENOVAVEIS, S.A. | CONSEJERO |
| DOÑA ROSA MARÍA GARCÍA GARCÍA | SENER GRUPO DE INGENIERÍA, S.A. | CONSEJERO |
| DON ANTONIO GÓMEZ CIRIA | RED ELÉCTRICA CORPORACIÓN, S.A. | CONSEJERO |
| DON ANTONIO GÓMEZ CIRIA | HISPASAT, S.A. | CONSEJERO |
| DOÑA MARÍA ELENA SANZ ISLA | CARTERA MAPFRE, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL |
CONSEJERO |
| DON FRANCESCO PAOLO VANNI D ´ARCHIRAFI |
EUROCLEAR HOLDING | PRESIDENTE |
| DON FRANCESCO PAOLO VANNI D ´ARCHIRAFI |
EUROCLEAR SA/NV | PRESIDENTE |
| DON FRANCESCO PAOLO VANNI D ´ARCHIRAFI |
EUROCLEAR FUNDACIÓN | CONSEJERO |
Los cargos de consejero de D.ª Catalina Miñarro Brugarolas, D.ª Rosa María García García, D.ª Ana Isabel Fernández Álvarez, D.ª María Leticia de Freitas Costa y D. Antonio Gómez Ciria son retribuidos. Asimismo, los cargos de D. Francesco Paolo Vanni d' Archirafi como Presidente de Euroclear Holding y de Euroclear SA/NV son retribuidos, pero no lo es su cargo de consejero en Euroclear Fundación.
Indique, en su caso, las demás actividades retribuidas de los consejeros o representantes de los consejeros, cualquiera que sea su naturaleza, distinta de las señaladas en el cuadro anterior.
| Identificación del consejero o representante | Demás actividades retribuidas |
|---|---|
| DOÑA ANA ISABEL FERNÁNDEZ ÁLVAREZ | Directora General y Rectora de CUNEF |
| DOÑA ROSA MARÍA GARCÍA GARCÍA | Miembro del Consejo Asesor de Arcus Infraestructure y profesora en IESE. |
| DON ANTONIO GÓMEZ CIRIA | Profesor en IEB-Instituto de Estudios Bursátiles |
| DOÑA MARÍA AMPARO JIMÉNEZ URGAL | Presidenta Europea de Merck Biopharma |
| DOÑA MARÍA LETICIA DE FREITAS COSTA | Socia de SLP Consultoria e Treinamento |

| Identificación del consejero o representante | Demás actividades retribuidas |
|---|---|
| DOÑA CATALINA MIÑARRO BRUGAROLAS | Profesora en el Instituto de Liderazgo Político |
C.1.12 Indique y, en su caso explique, si la sociedad ha establecido reglas sobre el número máximo de consejos de sociedades de los que puedan formar parte sus consejeros, identificando, en su caso, dónde se regula:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
Explicación de las reglas e identificación del documento donde se regula
Según el artículo 4º del Reglamento del Consejo de Administración de MAPFRE, ningún consejero podrá ser miembro al mismo tiempo de más de cuatro consejos de administración de entidades no pertenecientes al Grupo, con excepción de las sociedades personales o familiares.
C.1.13 Indique los importes de los conceptos relativos a la remuneración global del consejo de administración siguientes:
| Remuneración devengada en el ejercicio a favor del consejo de administración (miles de euros) | 11.588 |
|---|---|
| Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de ahorro a largo plazo con derechos económicos consolidados(miles de euros) |
16.783 |
| Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de ahorro a largo plazo con derechos económicos no consolidados(miles de euros) |
21.437 |
| Importe de los fondos acumulados por los consejeros antiguos por sistemas de ahorro a largo plazo (miles de euros) |
C.1.14 Identifique a los miembros de la alta dirección que no sean a su vez consejeros ejecutivos, e indique la remuneración total devengada a su favor durante el ejercicio:
| Nombre o denominación social | Cargo/s |
|---|---|
| DON JOSÉ MIGUEL ALCOLEA CANTOS | SECRETARIO GENERAL - DIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS LEGALES |
| DON JOSÉ ANTONIO ARIAS BERMÚDEZ |
DIRECTOR GENERAL DEL ÁREA CORPORATIVA DE TRANSFORMACIÓN DE LA OPERACIÓN |
| DON ALFREDO CASTELO MARÍN | DIRECTOR GENERAL DEL ÁREA CORPORATIVA DE PERSONAS, ESTRATEGIA Y SOSTENIBILIDAD |
| DON RAÚL COSTILLA PRIETO | DIRECTOR GENERAL DEL AREA CORPORATIVA DE NEGOCIO |
| DON JOSÉ LUIS GURTUBAY FRANCIA | DIRECTOR GENERAL DEL ÁREA CORPORATIVA DE AUDITORÍA INTERNA |
| DON JOSÉ LUÍS JIMÉNEZ GUAJARDO FAJARDO |
DIRECTOR GENERAL FINANCIERO ADJUNTO |
| DOÑA EVA PIERA ROJO | DIRECTORA GENERAL DEL ÁREA CORPORATIVA DE RELACIONES EXTERNAS Y COMUNICACIÓN |
| Número de mujeres en la alta dirección | |
|---|---|
| Porcentaje sobre el total de miembros de la alta dirección | |
| Remuneración total alta dirección (en miles de euros) |

C.1.15 Indique si se ha producido durante el ejercicio alguna modificación en el reglamento del consejo:
| [ ] | Sí |
|---|---|
[ √ ] No
C.1.16 Indique los procedimientos de selección, nombramiento, reelección y remoción de los consejeros. Detalle los órganos competentes, los trámites a seguir y los criterios a emplear en cada uno de los procedimientos.
Las personas a quienes se ofrezca el cargo de consejero de MAPFRE, S.A. o de una sociedad filial deberán hacer una declaración previa, veraz y completa, de sus circunstancias personales, familiares, profesionales y empresariales pertinentes, con especial indicación de: (i) las personas o entidades que tengan, con respecto a él, la condición de personas vinculadas conforme a lo previsto en la legislación vigente; (ii) aquellas circunstancias que pudieran implicar causa de incompatibilidad de acuerdo con las leyes, los Estatutos Sociales y el Reglamento del Consejo de Administración, o una situación de conflicto de interés; (iii) sus restantes obligaciones profesionales, por si pudieran interferir con la dedicación exigida al cargo; (iv) las causas penales en que aparezca como acusado o procesado; y (v) cualquier otro hecho o situación que le afecte y pueda resultar relevante para su actuación como consejero. Dicha declaración se efectuará en los modelos que a tal efecto tenga establecidos MAPFRE e incluirá una aceptación expresa de las normas contenidas en los Estatutos Sociales y demás reglamentación interna, así como en la legislación vigente.
Las personas que desempeñen el cargo de consejero deben tener reconocida honorabilidad en su actividad profesional y comercial, así como la necesaria cualificación o experiencia profesionales, en los términos exigidos por las leyes para las entidades financieras o aseguradoras sometidas a supervisión de la Administración Pública. Asimismo, no pueden ser consejeros quienes tengan participaciones accionariales significativas, o presten servicios profesionales a empresas competidoras de la Sociedad o de cualquier entidad del Grupo, ni que desempeñen puestos de empleado, directivo, o administrador de las mismas, salvo que medie autorización expresa del Consejo de Administración.
Con ocasión del nombramiento o reelección de consejeros de MAPFRE, Secretaría General de MAPFRE analiza el cumplimiento de los requisitos de aptitud y honorabilidad recogidos en la normativa aplicable a la Sociedad, y en particular, en las siguientes normas: (i) Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras; (ii) Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras; (iii) Reglamento Delegado (UE) 2015/35 de la Comisión, de 10 de octubre de 2014; (iv) Orden ECC/664/2016, de 27 de abril; (v) Principios Institucionales, Empresariales y Organizativos del Grupo MAPFRE; y (vi) Política de Aptitud y Honorabilidad, que forma parte del documento Políticas de Solvencia II del Grupo MAPFRE. Se informa del resultado de este análisis al Comité de Nombramientos y Retribuciones que informa o propone el nombramiento o reelección del consejero, según corresponda.
La formulación de las propuestas de nombramiento o reelección de consejeros independientes deberá estar precedida de la correspondiente propuesta del Comité de Nombramientos y Retribuciones. Las propuestas de reelección de dichos consejeros deberán incluir una evaluación del desempeño del consejero durante el mandato precedente y, en su caso, de los cargos que haya desempeñado el candidato en el seno del Consejo de Administración, para lo cual se tendrá en cuenta y valorará la cantidad y la calidad del trabajo que hubiese realizado, y su dedicación al cargo. Asimismo, se tendrá en cuenta el cumplimiento, por el consejero, de los requisitos de aptitud y honorabilidad recogidos en la normativa mencionada en el párrafo precedente.
La formulación de las propuestas de nombramiento o reelección de consejeros no independientes por el Consejo de Administración deberá estar precedida de los siguientes documentos: (i) en el caso de los consejeros dominicales, de la oportuna propuesta del accionista que respalde su designación o reelección; y (ii) en el caso de los consejeros ejecutivos, así como del Secretario, sea o no consejero, de la oportuna propuesta del Presidente del Consejo de Administración.
Ambos tipos de propuestas deberán estar precedidas, adicionalmente, del correspondiente informe del Comité de Nombramientos y Retribuciones.
Las propuestas de reelección de consejeros dominicales y ejecutivos irán precedidas de un informe emitido por el Comité de Nombramientos y Retribuciones que deberá incluir una evaluación del desempeño del consejero durante el mandato precedente y, en su caso, de los cargos que haya desempeñado el candidato en el seno del Consejo de Administración, para lo cual se tendrá en cuenta y valorará la cantidad y la calidad del trabajo que hubiese realizado y su dedicación al cargo, así como el cumplimiento de los requisitos de aptitud y honorabilidad recogidos en la normativa indicada anteriormente en este apartado.
En todo caso, la formulación de candidaturas para el nombramiento y reelección de consejeros en la Junta General de Accionistas deberá ir acompañada de un informe justificativo del Consejo de Administración en el que se valore la competencia, la experiencia y los méritos del candidato, así como el cumplimiento de los requisitos de aptitud y honorabilidad anteriormente referidos.
El Consejo de Administración no propondrá a la Junta General de Accionistas el cese de ningún consejero independiente antes del cumplimiento del plazo para el que haya sido elegido, salvo que exista una causa que lo justifique, apreciada por el Consejo de Administración previo informe del Comité de Nombramientos y Retribuciones. En particular, se entenderá justificada la propuesta de cese cuando el consejero haya incumplido los deberes inherentes al cargo, cuando haya dejado de cumplir alguno de los requisitos establecidos para los consejeros independientes en caso de que tuviese esta calificación, o cuando el consejero haya quedado incurso en una situación insalvable de conflicto de interés conforme a lo establecido en la legislación vigente.

C.1.17 Explique en qué medida la evaluación anual del consejo ha dado lugar a cambios importantes en su organización interna y sobre los procedimientos aplicables a sus actividades:
Descripción modificaciones
La evaluación del trabajo y del funcionamiento del Consejo de Administración, de la Comisión Delegada y de los Comités del Consejo de Administración correspondiente al ejercicio 2023 se llevó a cabo sin el asesoramiento de un consultor externo. No obstante, de conformidad con la recomendación 36 del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas, cada tres años, el Consejo de Administración de MAPFRE evalúa periódicamente su desempeño con el auxilio de un consultor externo independiente. En este sentido, en el ejercicio 2022, el Consejo de Administración acordó contratar a Deloitte Legal S.L.P. como asesor externo en el proceso de evaluación del funcionamiento del Consejo de Administración, de la Comisión Delegada y de los Comités del Consejo de Administración, así como del Presidente del Consejo de Administración.
En relación con la evaluación anual del Consejo de Administración correspondiente al ejercicio 2023, la cual se llevó a cabo sobre la base de la revisión de la información societaria y los cuestionarios de autoevaluación cumplimentados por cada consejero, se pusieron de manifiesto las siguientes recomendaciones de mejora: (i) valorar la inclusión de consejeros con conocimientos de mercados clave y en geopolítica internacional; y (ii) mejorar la planificación de las sesiones de formación y fijar con la mayor antelación posible una agenda anual de las sesiones. MAPFRE ha adoptado las siguientes medidas en el ejercicio 2024 para dar cumplimiento a dichas recomendaciones:
-
Nombramiento de D. Eduardo Pérez de Lema Holweg y de D. José Luis Perelli Alonso como consejeros a efectos de dar cumplimiento a la recomendación de incrementar el número de consejeros con conocimientos de mercados clave.
-
En cumplimiento de la propuesta de mejora consistente en fijar con la mayor antelación posible una agenda anual de sesiones, en la reunión del Consejo de Administración del 28 de octubre de 2024 se presentó una propuesta de calendario de reuniones para los ejercicios 2025 y 2026 del Consejo de Administración y de su Comisión Delegada y Comités, la cual se actualizó y aprobó en la reunión del Consejo de Administración del 27 y 28 de noviembre de 2024.
-
En relación con la propuesta de mejorar la planificación de las sesiones de formación, se está desarrollando un proceso de revisión de las sesiones de formación del Consejo de Administración para definir el número anual de sesiones y determinar sus contenidos y los ponentes que acudirán a cada una de ellas.
La evaluación del trabajo y del funcionamiento del Consejo de Administración, de la Comisión Delegada y de los Comités del Consejo de Administración correspondiente al ejercicio 2024 se llevó a cabo sin el asesoramiento de dicho consultor externo.
Describa el proceso de evaluación y las áreas evaluadas que ha realizado el consejo de administración auxiliado, en su caso, por un consultor externo, respecto del funcionamiento y la composición del consejo y de sus comisiones y cualquier otra área o aspecto que haya sido objeto de evaluación.
Descripción proceso de evaluación y áreas evaluadas
De conformidad con lo establecido en el Reglamento del Consejo de Administración de MAPFRE, el Consejo de Administración realiza cada año una evaluación de: (i) la calidad de su trabajo, (ii) la actuación del Presidente del Consejo de Administración, con base en el informe que formule al efecto el Comité de Nombramientos y Retribuciones, y de (iii) el funcionamiento de la Comisión Delegada y de los Comités del Consejo de Administración, con base en sus respectivos informes de autoevaluación. Como resultado de esta evaluación anual, el Consejo de Administración propone, en su caso, un plan de acción para la corrección de las deficiencias detectadas.
La Comisión Delegada y los Comités del Consejo de Administración (i.e., la Comisión Delegada y los Comités de Auditoría y Cumplimiento, de Nombramientos y Retribuciones y de Riesgos y Sostenibilidad) han formulado sus respectivos informes de autoevaluación en relación con su composición y funcionamiento durante el ejercicio 2024. Los informes relativos al funcionamiento y la composición de los Comités de Auditoría y Cumplimiento y de Nombramientos y Retribuciones se han publicado en la página web corporativa de MAPFRE con motivo de la próxima Junta General Ordinaria de Accionistas convocada para su celebración el 14 de marzo de 2025, en primera convocatoria.
Del mismo modo, el Consejo de Administración procederá a la evaluación de su composición y funcionamiento durante el ejercicio 2024, así como de la Comisión Delegada y de los Comités del Consejo de Administración sobre la base de los informes de autoevaluación referidos en el párrafo anterior. La autoevaluación anual del Consejo de Administración prestará especial atención a aquellos aspectos clave respecto de los que los consejeros expresaron interés en evaluaciones anteriores. En particular, se analizarán, entre otros, los siguientes aspectos: la composición y la estructura del Consejo de Administración, de su Comisión Delegada y de los Comités del Consejo de Administración, así como la planificación de las reuniones.

C.1.18 Desglose, en aquellos ejercicios en los que la evaluación haya sido auxiliada por un consultor externo, las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo.
No aplicable
C.1.19 Indique los supuestos en los que están obligados a dimitir los consejeros.
De conformidad con lo establecido en los Estatutos Sociales, en el Reglamento del Consejo de Administración y en los Principios Institucionales, Empresariales y Organizativos del Grupo MAPFRE, todos los miembros del Consejo de Administración cesarán a la edad de 70 años, a cuyos efectos deberán presentar la renuncia correspondiente. El Presidente, los Vicepresidentes y los consejeros que desempeñen funciones ejecutivas, y el Secretario del Consejo de Administración cesarán en dichos cargos a los 65 años, o en la fecha anterior prevista en sus respectivos contratos, debiendo instrumentarse en ese momento las renuncias correspondientes, pero podrán continuar siendo miembros del Consejo de Administración sin funciones ejecutivas por un máximo de cinco años en las mismas condiciones que los consejeros externos dominicales.
Los consejeros deberán poner a disposición del Consejo de Administración todos sus cargos, incluido los que desempeñen en la Comisión y Comités Delegados, y formalizar las correspondientes dimisiones si el Consejo de Administración lo considerase conveniente, en los siguientes casos:
a) Cuando cesen en los puestos ejecutivos a los que estuviere asociado su nombramiento como miembros de dichos órganos de gobierno.
b) Cuando queden incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos.
c) Cuando resulten procesados -o se dicte contra ellos auto de apertura de juicio oral- por un hecho presuntamente delictivo, o sean objeto de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave instruido por las autoridades supervisoras.
d) Cuando resulten gravemente amonestados por el Comité de Auditoría y Cumplimiento por haber infringido sus obligaciones como consejeros.
e) Cuando resulten afectados por hechos o circunstancias por las que su permanencia en dichos órganos de gobierno pueda perjudicar al crédito y reputación de la Sociedad, o poner en riesgo sus intereses. Cuando dichos hechos o circunstancias sean conocidos o públicos, el Comité de Nombramientos y Retribuciones, por acuerdo de la mayoría de sus miembros, podrá solicitar al consejero afectado su renuncia.
f) Cuando desaparezcan las razones -si expresamente las hubiere- por las que fueron nombrados consejeros.
La puesta a disposición de tales cargos se formalizará mediante carta dirigida a todos los miembros del Consejo de Administración. Los consejeros que en el momento de su nombramiento no desempeñen cargo o funciones ejecutivas en la Sociedad o en otra entidad del Grupo, no podrán acceder al desempeño de estas salvo que renuncien previamente a su cargo de consejero, sin perjuicio de que posteriormente sigan siendo elegibles para tal cargo.
Los consejeros dominicales deberán, además, presentar su dimisión cuando el accionista que los designó transmita su participación accionarial. Cuando un accionista reduzca su participación accionarial, los consejeros dominicales designados por él deberán dimitir en el número que proporcionalmente corresponda.
Adicionalmente, los consejeros independientes de MAPFRE deberán presentar su dimisión cuando cumplan doce años de permanencia ininterrumpida en el cargo.
C.1.20 ¿Se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales, en algún tipo de decisión?:
| [ ] | Sí | |
|---|---|---|
| [ √ ] | No |
No
En su caso, describa las diferencias.
- C.1.21 Explique si existen requisitos específicos, distintos de los relativos a los consejeros, para ser nombrado presidente del consejo de administración:
- [ √ ] Sí
- [ ] No

Descripción de los requisitos
De conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Reglamento del Consejo de Administración de MAPFRE, el cargo presidente debe recaer en un consejero ejecutivo que tendrá la condición de máximo responsable ejecutivo, requiriendo su designación el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros del Consejo de Administración.
C.1.22 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen algún límite a la edad de los consejeros:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
| Edad límite | |
|---|---|
| Presidente | 65 |
| Consejero delegado | 65 |
| Consejero | 70 |
C.1.23 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen un mandato limitado u otros requisitos más estrictos adicionales a los previstos legalmente para los consejeros independientes, distinto al establecido en la normativa:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
C.1.24 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo de administración establecen normas específicas para la delegación del voto en el consejo de administración en favor de otros consejeros, la forma de hacerlo y, en particular, el número máximo de delegaciones que puede tener un consejero, así como si se ha establecido alguna limitación en cuanto a las categorías en que es posible delegar, más allá de las limitaciones impuestas por la legislación. En su caso, detalle dichas normas brevemente.
No existen normas específicas para la delegación de votos en el Consejo de Administración.
C.1.25 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio. Asimismo, señale, en su caso, las veces que se ha reunido el consejo sin la asistencia de su presidente. En el cómputo se considerarán asistencias las representaciones realizadas con instrucciones específicas.
| Número de reuniones del consejo | 11 |
|---|---|
| Número de reuniones del consejo sin la asistencia del presidente |
0 |
Indíquese el número de reuniones mantenidas por el consejero coordinador con el resto de consejeros, sin asistencia ni representación de ningún consejero ejecutivo:
| Número de reuniones | 0 | |
|---|---|---|
| --------------------- | --- | -- |
Indique el número de reuniones que han mantenido en el ejercicio las distintas comisiones del consejo:
| Número de reuniones de COMITÉ | |
|---|---|
| DE RIESGOS Y SOSTENIBILIDAD | 6 |

| Número de reuniones de COMISIÓN DELEGADA |
2 |
|---|---|
| Número de reuniones de COMITÉ DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO |
11 |
| Número de reuniones de COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
3 |
Con independencia de las reuniones mencionadas, en el ejercicio 2024 el Consejo de Administración y el Comité de Nombramientos y Retribuciones han adoptado acuerdos por el procedimiento escrito, sin reunión, en una y dos ocasiones, respectivamente.
C.1.26 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio y los datos sobre asistencia de sus miembros:
| Número de reuniones con la asistencia presencial de al menos el 80% de los consejeros | 11 |
|---|---|
| % de asistencia presencial sobre el total de votos durante el ejercicio | 98,18 |
| Número de reuniones con la asistencia presencial, o representaciones realizadas con instrucciones específicas, de todos los consejeros |
11 |
| % de votos emitidos con asistencia presencial y representaciones realizadas con instrucciones específicas, sobre el total de votos durante el ejercicio |
100,00 |
C.1.27 Indique si están previamente certificadas las cuentas anuales individuales y consolidadas que se presentan al consejo para su formulación:
[ √ ] Sí
[ ] No
Identifique, en su caso, a la/s persona/s que ha/han certificado las cuentas anuales individuales y consolidadas de la sociedad, para su formulación por el consejo:
| Nombre | Cargo | |
|---|---|---|
| DON FERNANDO MATA VERDEJO | DIRECTOR GENERAL FINANCIERO | |
| DON JOSÉ LUIS GURTUBAY FRANCIA | DIRECTOR GENERAL DEL ÁREA CORPORATIVA DE AUDITORÍA INTERNA |
|
| DOÑA ÓSCAR GARCÍA-SERRANO JIMÉNEZ | DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS |
C.1.28 Explique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por el consejo de administración para que las cuentas anuales que el consejo de administración presente a la junta general de accionistas se elaboren de conformidad con la normativa contable.
La entidad cuenta con las Áreas Corporativas de Finanzas y Medios, de Secretaría General y de Auditoría Interna, que supervisan las cuentas anuales en sus distintos aspectos, así como con el Comité de Auditoría y Cumplimiento de MAPFRE, constituido como órgano delegado del Consejo de Administración y con facultades de supervisión en la materia.
Según establece el artículo 23 del Reglamento del Consejo de Administración de MAPFRE, las cuentas anuales que se presenten al Consejo de Administración para su formulación estarán previamente certificadas en cuanto a su exactitud e integridad por el máximo responsable ejecutivo de la Sociedad o, en su caso, del grupo consolidado, así como por el Director General de Auditoría Interna y por el directivo a quien corresponda la responsabilidad de elaborar las cuentas anuales.

Asimismo, de conformidad con el artículo 25 del Reglamento del Consejo de Administración de MAPFRE, el Consejo de Administración procurará formular las cuentas anuales de manera tal que no haya lugar a reservas o salvedades por parte del auditor externo. No obstante, cuando el Consejo de Administración considere que debe mantener su criterio, el Presidente del Comité de Auditoría y Cumplimiento explicará públicamente el contenido y el alcance de las discrepancias que hayan dado lugar a dichas reservas o salvedades.
C.1.29 ¿El secretario del consejo tiene la condición de consejero?
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
Si el secretario no tiene la condición de consejero complete el siguiente cuadro:
| Nombre o denominación social del secretario | Representante |
|---|---|
| DON JOSÉ MIGUEL ALCOLEA CANTOS |
C.1.30 Indique los mecanismos concretos establecidos por la sociedad para preservar la independencia de los auditores externos, así como, si los hubiera, los mecanismos para preservar la independencia de los analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación, incluyendo cómo se han implementado en la práctica las previsiones legales.
Adicionalmente a lo establecido en las disposiciones legales, la Sociedad ha decidido cumplir voluntariamente una serie de directrices generales que, de forma clara y precisa, garanticen la consecución y el mantenimiento de la necesaria independencia de los auditores externos respecto de la Sociedad, tal y como se propugna en el Reglamento del Consejo de Administración de MAPFRE, que establece las siguientes reglas en las relaciones con los auditores externos:
-
Las relaciones del Consejo de Administración con el auditor externo de la Sociedad se encauzarán a través del Comité de Auditoría y Cumplimiento.
-
El Consejo de Administración se abstendrá de contratar a aquellas firmas de auditoría que perciban o vayan a percibir anualmente del Grupo honorarios cuya cuantía por todos los conceptos sea superior al 5 por 100 de sus ingresos totales anuales; e informará en la documentación pública anual de los honorarios que el Grupo haya satisfecho al auditor externo por los distintos servicios prestados.
Sin perjuicio de las facultades y funciones del Comité de Auditoría y Cumplimiento especificados en los Estatutos Sociales y en el Reglamento del Consejo de Administración de la entidad, éste es informado, al menos semestralmente, de todos los servicios prestados por el auditor externo y sus correspondientes honorarios.
Asimismo, el Comité de Auditoría y Cumplimiento evalúa anualmente al auditor de cuentas, el alcance de la auditoría, así como la independencia del auditor externo, para lo cual analiza si la calidad de los controles de auditoría es adecuada y si los servicios prestados diferentes al de auditoría de cuentas son compatibles con el mantenimiento de la independencia del auditor.
Además, el Comité de Auditoría y Cumplimiento verifica la independencia del auditor externo en relación con la Sociedad y sus sociedades dependientes y recibe de éste la declaración de su independencia, tras lo cual el Comité de Auditoría y Cumplimiento emite el correspondiente informe sobre la independencia del auditor de cuentas con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de cuentas.
En el ejercicio 2023, el Comité de Auditoría y Cumplimiento aprobó una norma interna que regula la prestación de servicios distintos de la auditoría de cuentas anuales por parte del auditor externo. Esta norma recoge: (i) el listado de servicios ajenos a la auditoría de cuentas que no pueden ser prestados por el auditor externo de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas; y (ii) la necesidad de contar con la autorización previa del Comité de Auditoría y Cumplimiento de MAPFRE, S.A. para la prestación por el auditor externo de los demás servicios ajenos a la auditoría de cuentas anuales. Asimismo, conforme a esta norma, la Dirección General de Auditoría Interna del Grupo informa trimestralmente al Comité de Auditoría y Cumplimiento de la Sociedad de los honorarios facturados por el auditor externo por la prestación de servicios distintos a los de la auditoría de las cuentas anuales.
En cuanto a los mecanismos para preservar la independencia de los analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación, de conformidad con lo previsto en el Reglamento Interno de Conducta Relativo a los Valores Emitidos por MAPFRE (en el que se detallan los procedimientos relativos a la difusión de la información privilegiada y otra información relevante) no se facilita a los analistas, accionistas, inversores o medios de comunicación información cuyo contenido pueda tener la consideración de información privilegiada y de otra información relevante y que no se haya hecho pública previa o simultáneamente a la generalidad del mercado. Además, MAPFRE cuenta con una Política de Comunicación con Accionistas, Inversores Institucionales y Asesores de Voto y de Comunicación de Información Económico-Financiera, No Financiera y Corporativa que establece principios básicos que deben regir la interacción de la Sociedad con dichos colectivos. Dichos principios son:
a) Estricto cumplimiento, en tiempo y forma, de las obligaciones de comunicación e información legalmente establecidas, así como de las recomendaciones de gobierno corporativo en esta materia.

b) Veracidad, transparencia, inmediatez y respeto del principio de igualdad en la difusión de la información, de modo que los accionistas reciban toda la información económico-financiera, no financiera y corporativa legalmente exigible, así como aquella otra que pueda ser considerada de interés, de una manera clara y accesible.
c) Protección de los derechos e intereses legítimos de todos los accionistas.
d) Implementación de una estrategia general de comunicación de la información económico-financiera, no financiera y corporativa a través de los canales de comunicación previstos en la Política que contribuya a maximizar la difusión y la calidad de la información a disposición del mercado, de los inversores institucionales y demás grupos de interés.
e) Puesta a disposición de los accionistas de cauces adecuados de comunicación para el ejercicio de su derecho de información, que permitan aprovechar las ventajas de las nuevas tecnologías; manteniendo a la Sociedad en la vanguardia de la utilización de los nuevos canales de comunicación y de las redes sociales.
- C.1.31 Indique si durante el ejercicio la Sociedad ha cambiado de auditor externo. En su caso identifique al auditor entrante y saliente:
- [ ] Sí
- [ √ ] No
En el caso de que hubieran existido desacuerdos con el auditor saliente, explique el contenido de los mismos:
- [ ] [ √ ] Sí No
- C.1.32 Indique si la firma de auditoría realiza otros trabajos para la sociedad y/o su grupo distintos de los de auditoría y en ese caso declare el importe de los honorarios recibidos por dichos trabajos y el porcentaje que el importe anterior supone sobre los honorarios facturados por trabajos de auditoría a la sociedad y/ o su grupo:
- [ √ ] Sí
- [ ] No
| Sociedad | Sociedades del grupo |
Total | |
|---|---|---|---|
| Importe de otros trabajos distintos de los de auditoría (miles de euros) |
209 | 891 | 1.100 |
| Importe trabajos distintos de los de auditoría / Importe trabajos de auditoría (en %) |
19,66 | 9,30 | 10,33 |
- C.1.33 Indique si el informe de auditoría de las cuentas anuales del ejercicio anterior presenta salvedades. En su caso, indique las razones dadas a los accionistas en la Junta General por el presidente de la comisión de auditoría para explicar el contenido y alcance de dichas salvedades.
- [ ] Sí
[ √ ] No

C.1.34 Indique el número de ejercicios que la firma actual de auditoría lleva de forma ininterrumpida realizando la auditoría de las cuentas anuales individuales y/o consolidadas de la sociedad. Asimismo, indique el porcentaje que representa el número de ejercicios auditados por la actual firma de auditoría sobre el número total de ejercicios en los que las cuentas anuales han sido auditadas:
| IndividualesConsolidadas | ||
|---|---|---|
| Número de ejercicios ininterrumpidos | 10 | 10 |
| IndividualesConsolidadas | ||
| Nº de ejercicios auditados por la firma actual de auditoría / Nº de ejercicios que la sociedad o su grupo han sido auditados (en %) |
32,26 | 32,26 |
C.1.35 Indique y, en su caso detalle, si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones de los órganos de administración con tiempo suficiente:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
Detalle del procedimiento
De conformidad con lo establecido en el Reglamento del Consejo de Administración, la convocatoria de las reuniones incluirá siempre el orden del día, que será fijado por el Presidente, y se acompañará de la oportuna información sobre los asuntos a tratar, debidamente preparada.
El orden del día se circulará con una antelación mínima de cinco días a todos los miembros y recogerá específicamente qué puntos son informativos y cuáles requieren acuerdo del Consejo de Administración. La documentación se circulará a sus miembros con una antelación mínima de tres días hábiles antes de la celebración de la reunión, a efectos de su debido análisis y estudio por los consejeros.
El Presidente del Consejo de Administración, como responsable de su eficaz funcionamiento, tomará las medidas oportunas para asegurar que los consejeros reciban con antelación a la reunión información suficiente sobre los asuntos del orden del día.
Además, los consejeros se hallan investidos de las más amplias facultades para obtener información sobre cualquier aspecto de la Sociedad, para examinar sus libros, registros, documentos y demás antecedentes de las operaciones sociales. Dicho derecho de información se extiende a las entidades del Grupo en la medida necesaria para hacer posible el eficaz desempeño de su función por los consejeros.
Este aspecto es objeto de análisis específico por parte del Consejo de Administración de la Sociedad en su sesión anual de autoevaluación.
C.1.36 Indique y, en su caso detalle, si la sociedad ha establecido reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad que puedan perjudicar al crédito y reputación de ésta:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
Explique las reglas
Los consejeros deberán poner a disposición del Consejo de Administración todos sus cargos, tanto el de consejero como los que desempeñen en la Comisión y Comités Delegados del mismo, y formalizar las correspondientes dimisiones, si el Consejo de Administración lo considerase conveniente, en los siguientes casos:
-
Cuando cesen en los puestos ejecutivos a los que estuviere asociado su nombramiento como miembro de dichos órganos de gobierno.
-
Cuando queden incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos.
-
Cuando resulten procesados -o se dicte contra ellos auto de apertura de juicio oral- por un hecho presuntamente delictivo, o sean objeto de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave instruido por las autoridades supervisoras.

-
Cuando resulten gravemente amonestados por el Comité de Auditoría y Cumplimiento por haber infringido sus obligaciones como consejeros.
-
Cuando resulten afectados por hechos o circunstancias por las que su permanencia en dichos órganos de gobierno pueda perjudicar al crédito o reputación de la Sociedad, o poner en riesgo sus intereses. Cuando dichos hechos o circunstancias sean conocidos o públicos, el Comité de Nombramientos y Retribuciones, por acuerdo de la mayoría de sus miembros, podrá solicitar al consejero afectado su renuncia.
-
Cuando desaparezcan las razones -si expresamente las hubiere- por las que fueron nombrados.
-
C.1.37 Indique, salvo que hayan concurrido circunstancias especiales de las que se haya dejado constancia en acta, si el consejo ha sido informado o ha conocido de otro modo alguna situación que afecte a un consejero, relacionada o no con su actuación en la propia sociedad, que pueda perjudicar al crédito y reputación de ésta:
- [ ] [ √ ] Sí No
- C.1.38 Detalle los acuerdos significativos que haya celebrado la sociedad y que entren en vigor, sean modificados o concluyan en caso de cambio de control de la sociedad a raíz de una oferta pública de adquisición, y sus efectos.
No existen acuerdos significativos que haya celebrado la Sociedad y que entren en vigor, sean modificados o concluyan en caso de cambio de control de la Sociedad a raíz de una oferta pública de adquisición.
C.1.39 Identifique de forma individualizada, cuando se refiera a consejeros, y de forma agregada en el resto de casos e indique, de forma detallada, los acuerdos entre la sociedad y sus cargos de administración y dirección o empleados que dispongan indemnizaciones, cláusulas de garantía o blindaje, cuando éstos dimitan o sean despedidos de forma improcedente o si la relación contractual llega a su fin con motivo de una oferta pública de adquisición u otro tipo de operaciones.
| Numero de beneficiarios | 5 | |
|---|---|---|
| Tipo de beneficiario | Descripción del acuerdo | |
| Consejeros ejecutivos | La duración de los contratos de los consejeros ejecutivos está vinculada a su permanencia en el cargo de consejero, suponiendo el cese en el mismo el levantamiento de la suspensión de la relación previa al nombramiento como tal. La dedicación de los consejeros ejecutivos deberá ser exclusiva, y no existen condiciones contractuales relativas a pactos o acuerdos de no concurrencia post-contractual y permanencia. La resolución anticipada de la relación previa, conlleva una indemnización en los términos establecidos por el Estatuto de los Trabajadores en relación con el despido improcedente, salvo que exista causa justificada de despido procedente. En el supuesto de resolución anticipada por decisión de la Sociedad, ésta deberá comunicar al consejero el cese con una fecha de antelación de tres meses con respecto a la fecha de extinción. Los contratos que regulan la relación previa establecen la finalización de la misma el día 1 de enero del año siguiente a aquel en que el consejero cumpla la edad de 60 años, salvo prórrogas anuales a iniciativa de la empresa hasta, |

| Tipo de beneficiario | Descripción del acuerdo | |
|---|---|---|
| como máximo, la fecha en la que el directivo cumpla, conforme a la | ||
| legislación laboral, la edad de acceso a la jubilación. En el ejercicio | ||
| 2024 se decidió prorrogar estos contratos por periodos sucesivos de | ||
| un año hasta el plazo de vencimiento de cada uno de ellos. Por otro | ||
| lado, los contratos de los consejeros ejecutivos no contienen cláusulas | ||
| relativas a primas de contratación. |
Indique si, más allá de en los supuestos previstos por la normativa, estos contratos han de ser comunicados y/o aprobados por los órganos de la sociedad o de su grupo. En caso positivo, especifique los procedimientos, supuestos previstos y la naturaleza de los órganos responsables de su aprobación o de realizar la comunicación:
| Consejo de administración | Junta general | |
|---|---|---|
| Órgano que autoriza las cláusulas | √ | |
| Si | No | |
| ¿Se informa a la junta general sobre las cláusulas? |
√ |
C.2. Comisiones del consejo de administración
C.2.1 Detalle todas las comisiones del consejo de administración, sus miembros y la proporción de consejeros ejecutivos, dominicales, independientes y otros externos que las integran:
| COMISIÓN DELEGADA | |||
|---|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría | |
| DON ANTONIO HUERTAS MEJÍAS | PRESIDENTE | Ejecutivo | |
| DON JOSÉ MANUEL INCHAUSTI PÉREZ | VICEPRESIDENTE | Ejecutivo | |
| DOÑA CATALINA MIÑARRO BRUGAROLAS | VICEPRESIDENTE | Independiente | |
| DOÑA ANA ISABEL FERNÁNDEZ ÁLVAREZ | VOCAL | Independiente | |
| DON FRANCISCO JOSÉ MARCO ORENES | VOCAL | Dominical |
| % de consejeros ejecutivos | 40,00 |
|---|---|
| % de consejeros dominicales | 20,00 |
| % de consejeros independientes | 40,00 |
| % de consejeros otros externos | 0,00 |

Explique las funciones que tiene delegadas o atribuidas esta comisión distintas a las que ya hayan sido descritas en el apartado C.1.9, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley, en los estatutos sociales o en otros acuerdos societarios.
La Comisión Delegada es el órgano delegado del Consejo de Administración para la alta dirección y supervisión permanente de la gestión ordinaria de la Sociedad y sus filiales en sus aspectos estratégicos y operativos, y para la adopción de las decisiones que sean necesarias para su adecuado funcionamiento.
Tiene capacidad de decisión de ámbito general, con delegación expresa a su favor de todas las facultades que corresponden al Consejo de Administración excepto las que sean indelegables por imperativo legal o, en su caso, por previsión expresa en los Estatutos Sociales o el Reglamento del Consejo de Administración de MAPFRE, S.A.
Estará integrada por un máximo de diez miembros, todos ellos componentes del Consejo de Administración. Su Presidente, Vicepresidentes Primero y Segundo y Secretario serán con carácter nato los del Consejo de Administración. La designación de sus miembros requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros del Consejo de Administración.
Durante el ejercicio 2024 la Comisión Delegada ha sido responsable, entre otros, de conocer la información económica de la Sociedad y su Grupo, de la aprobación de operaciones societarias y corporativas del Grupo, de conocer las relaciones con los organismos oficiales y los principales asuntos contenciosos de las entidades del Grupo, de conocer las compraventas de acciones de MAPFRE por miembros de órganos de gobierno y directivos y de otorgar apoderamientos.
Sin perjuicio de la composición anteriormente indicada correspondiente al cierre del ejercicio 2024, el Consejo de Administración, en su reunión del 28 de octubre de 2024, acordó designar al consejero independiente don Antonio Gómez Ciria como vocal de la Comisión Delegada, con efectos del 1 de enero de 2025, previo informe favorable del Comité de Nombramientos y Retribuciones.
| COMITÉ DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO | |||
|---|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría | |
| DON FRANCESCO PAOLO VANNI D´ARCHIRAFI | PRESIDENTE | Independiente | |
| DON ANTONIO GÓMEZ CIRIA | VOCAL | Independiente | |
| DOÑA ANA ISABEL FERNÁNDEZ ÁLVAREZ | VOCAL | Independiente | |
| DOÑA MARÍA DEL PILAR PERALES VISCASILLAS | VOCAL | Independiente | |
| DON JOSÉ LUIS PERELLI ALONSO | VOCAL | Independiente |
| % de consejeros ejecutivos | 0,00 |
|---|---|
| % de consejeros dominicales | 0,00 |
| % de consejeros independientes | 100,00 |
| % de consejeros otros externos | 0,00 |
Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.
El Comité de Auditoría y Cumplimiento tiene las siguientes competencias:
a) Informar a la Junta General de Accionistas sobre las cuestiones que se planteen en relación con aquellas materias que sean competencia del Comité y, en particular, sobre el resultado de la auditoría, explicando cómo esta ha contribuido a la integridad de la información financiera y la función que el Comité ha desempeñado en ese proceso.
b) Supervisar la eficacia del control interno de la Sociedad, la auditoría interna y los sistemas de gestión de riesgos, así como discutir con el auditor externo las debilidades significativas del sistema de control interno detectadas en el desarrollo de la auditoría, todo ello sin quebrantar su

independencia. A tales efectos, y en su caso, podrán presentar recomendaciones o propuestas al Consejo de Administración y el correspondiente plazo para su seguimiento.
c) Supervisar el proceso de elaboración y presentación de la información financiera preceptiva y presentar recomendaciones o propuestas al Consejo de Administración dirigidas a salvaguardar la integridad de dicha información.
d) Elevar al Consejo de Administración las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor externo, responsabilizándose del proceso de selección de conformidad con lo previsto en la legislación vigente, así como las condiciones de su contratación, y recabar regularmente de él información sobre el plan de auditoría y su ejecución, además de preservar su independencia en el ejercicio de sus funciones.
e) Establecer las oportunas relaciones con el auditor externo para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan suponer una amenaza a su independencia, para su examen por el Comité, y cualesquiera otras relacionadas con el desarrollo de la auditoría de cuentas, así como aquellas otras comunicaciones previstas en la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas. En todo caso, el Comité deberá recibir anualmente del auditor externo la declaración de su independencia en relación con la Sociedad y sus entidades vinculadas, directa o indirectamente, así como la información detallada e individualizada de los servicios adicionales de cualquier clase prestados (y los correspondientes honorarios percibidos de la Sociedad y dichas entidades) por el auditor externo o por las personas o entidades vinculadas a este de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente sobre auditoría de cuentas. Cuando proceda, el Comité podrá autorizar la prestación por el auditor externo de servicios distintos de los prohibidos en los términos contemplados en la legislación vigente sobre auditoría de cuentas.
f) Emitir anualmente, con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de cuentas, un informe en el que se expresará una opinión sobre si la independencia del auditor externo resulta comprometida. Este informe deberá contener, en todo caso, la valoración motivada de la prestación de todos y cada uno de los servicios adicionales a la auditoría de cuentas a los que se hace referencia en la letra anterior, individualmente considerados y en su conjunto, distintos de la auditoría legal y en relación con el régimen de independencia o con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas.
g) Informar sobre las operaciones vinculadas que deba aprobar la Junta General de Accionistas o el Consejo de Administración y supervisar el procedimiento interno que tenga establecido la Sociedad para aquellas cuya aprobación haya sido, en su caso, delegada por el Consejo de Administración.
h) Informar, con carácter previo, al Consejo de Administración sobre todas las materias previstas en la Ley, en los Estatutos Sociales y en el Reglamento del Consejo de Administración, y en particular sobre la información financiera y no financiera que la Sociedad deba hacer pública periódicamente y sobre la creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales.
i) Vigilar la aplicación de las normas de buen gobierno establecidas en cada momento.
j) Supervisar el cumplimiento de la normativa interna y externa, y, en particular, de los códigos internos de conducta, de las normas y procedimientos de prevención del blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo, así como formular propuestas para su mejora.
k) Supervisar la adopción de acciones y medidas que sean consecuencia de informes o actuaciones de inspección de las autoridades administrativas de supervisión y control.
l) Aquellas otras competencias que le encomiende el Consejo de Administración o le atribuya el reglamento de dicho órgano.
[LA INFORMACIÓN DE ESTE APARTADO CONTINÚA EN EL APARTADO H.1 DE ESTE INFORME]
Identifique a los consejeros miembros de la comisión de auditoría que hayan sido designados teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o en ambas e informe sobre la fecha de nombramiento del Presidente de esta comisión en el cargo.
| Nombres de los consejeros con experiencia |
DON FRANCESCO PAOLO VANNI D´ARCHIRAFI / DON ANTONIO GÓMEZ CIRIA / DOÑA ANA ISABEL FERNÁNDEZ ÁLVAREZ / DON JOSÉ LUIS PERELLI ALONSO |
|---|---|
| Fecha de nombramiento del presidente en el cargo |
19/08/2023 |

| COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES | |||
|---|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría | |
| DOÑA CATALINA MIÑARRO BRUGAROLAS | PRESIDENTE | Independiente | |
| DOÑA ROSA MARÍA GARCÍA GARCÍA | VOCAL | Independiente | |
| DOÑA MARÍA AMPARO JIMÉNEZ URGAL | VOCAL | Independiente | |
| DOÑA MARÍA DEL PILAR PERALES VISCASILLAS | VOCAL | Independiente |
| % de consejeros ejecutivos | 0,00 |
|---|---|
| % de consejeros dominicales | 0,00 |
| % de consejeros independientes | 100,00 |
| % de consejeros otros externos | 0,00 |
Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.
El Comité de Nombramientos y Retribuciones es el órgano delegado del Consejo de Administración para el desarrollo coordinado de la política de designación y retribución de los consejeros y altos directivos del Grupo.
Tiene las siguientes competencias:
a) Evaluar las competencias, conocimientos y experiencia necesarios en el Consejo de Administración, definiendo las funciones y aptitudes necesarias en los candidatos que deban cubrir cada vacante y evaluando el tiempo y dedicación precisos para que puedan cumplir eficazmente su cometido.
b) Establecer un objetivo de representación para el sexo menos representado en el Consejo de Administración y elaborar orientaciones sobre cómo alcanzar dicho objetivo.
c) Elevar al Consejo de Administración las propuestas de nombramiento de consejeros independientes para su designación por cooptación o para su sometimiento a la decisión de la Junta General de Accionistas, así como las propuestas para su reelección o separación por aquélla, e informar en dichos casos con respecto a las propuestas que afecten a los restantes consejeros.
d) Informar las propuestas de nombramiento y separación de altos directivos y las condiciones básicas de sus contratos.
e) Examinar y organizar la sucesión del Presidente del Consejo de Administración y, en su caso, formular propuestas al Consejo de Administración para que dicha sucesión se produzca de forma ordenada y planificada.
f) Proponer al Consejo de Administración la política de retribuciones de los consejeros y de los directores generales o de quienes desarrollen funciones de alta dirección bajo la dependencia directa del Consejo de Administración, de la Comisión Delegada o de los consejeros delegados, así como la retribución individual y las demás condiciones de los contratos de los consejeros ejecutivos, velando por su observancia.
g) Proponer al Consejo de Administración el nombramiento de los candidatos a patronos de FUNDACIÓN MAPFRE cuya designación corresponda a la Sociedad.
h) Autorizar el nombramiento de los consejeros externos de las restantes sociedades del Grupo.
El Comité de Nombramientos y Retribuciones estará integrado por un mínimo de tres y un máximo de cinco consejeros, todos ellos no ejecutivos y dos de los cuales, al menos, deberán ser consejeros independientes. Su Presidente será un consejero independiente. Será Secretario el del Consejo de Administración.
Durante el ejercicio 2024, el Comité de Nombramientos y Retribuciones ha sido responsable, entre otros, de: (i) informar o autorizar (según correspondía de conformidad con la normativa interna del Grupo MAPFRE) los nombramientos y ceses de consejeros y directivos del Grupo; (ii) informar la actuación del Presidente durante el ejercicio 2023; (iii) informar el Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros de MAPFRE, S.A. correspondiente al ejercicio 2023, a efectos de su sometimiento, con carácter consultivo, a la Junta General de Accionistas, que lo refrendó; (iv) elevar al Consejo de Administración la propuesta de objetivos del tercer ciclo solapado (2024-2026) del Plan de Incentivos a Medio y Largo Plazo de carácter extraordinario, no consolidable y plurianual compuesto por tres ciclos solapados con un periodo de medición de objetivos de

tres años de duración cada uno (2022-2024, 2023-2025 y 2024-2026); (v) informar favorablemente la propuesta de actualización del número máximo de acciones de la Sociedad a entregar a los consejeros ejecutivos al amparo del Plan de Incentivos a Medio y Largo Plazo 2022-2026; (vi) proponer o informar favorablemente al Consejo de Administración (en función del carácter del consejero —ejecutivo, independiente o dominical —) las propuestas de reelección de los consejeros y de designación de vocales de su Comisión y Comités Delegados; (vii) aprobar las retribuciones salariales de los Altos Cargos de Dirección para el ejercicio 2024; (viii) autorizar el lanzamiento de un nuevo plan de retribución flexible para el año 2025 que permita a los empleados del Grupo MAPFRE en España optar por percibir parte de su retribución en acciones de MAPFRE; (ix) autorizar la concesión de compromisos por pensiones; y (x) aprobar la concesión de contratos de dirección.
Para más información, puede consultar el Informe sobre la Composición y Funcionamiento del Comité en el ejercicio 2024, disponible en la página web de la Sociedad, que se pone a disposición de los accionistas con ocasión de la próxima Junta General Ordinaria de Accionistas.
Sin perjuicio de la composición anteriormente indicada correspondiente al cierre del ejercicio 2024, el Consejo de Administración, en su reunión del 28 de octubre de 2024, acordó designar a la consejera independiente doña Ana Isabel Fernández Álvarez como vocal del Comité de Nombramientos y Retribuciones, con efectos del 1 de enero de 2025, previo informe favorable de este Comité.
| COMITÉ DE RIESGOS Y SOSTENIBILIDAD | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría | |||
| DON ANTONIO GÓMEZ CIRIA | PRESIDENTE | Independiente | |||
| DOÑA ANA ISABEL FERNÁNDEZ ÁLVAREZ | VOCAL | Independiente | |||
| DON FRANCISCO JOSÉ MARCO ORENES | VOCAL | Dominical | |||
| DOÑA MARÍA DEL PILAR PERALES VISCASILLAS | VOCAL | Independiente |
| % de consejeros ejecutivos | 0,00 |
|---|---|
| % de consejeros dominicales | 25,00 |
| % de consejeros independientes | 75,00 |
| % de consejeros otros externos | 0,00 |
Explique las funciones que tiene delegadas o atribuidas esta comisión distintas a las que ya hayan sido descritas en el apartado C.1.9, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley, en los estatutos sociales o en otros acuerdos societarios.
Es el órgano delegado del Consejo de Administración para apoyar y asesorar al Consejo de Administración en la definición y evaluación de las políticas de gestión de riesgos, en la determinación de la propensión al riesgo y de la estrategia de riesgos así como en la definición y supervisión de la política de sostenibilidad corporativa y de la estrategia de sostenibilidad.
Tiene las siguientes funciones:
a) Apoyar y asesorar al Consejo de Administración en la definición y evaluación de las políticas de riesgos del Grupo y en la determinación de la propensión al riesgo y de la estrategia de riesgos.
b) Asistir al Consejo de Administración en la vigilancia de la aplicación de la estrategia de riesgos.
c) Valorar los métodos y herramientas de gestión de riesgos, realizando el seguimiento de los modelos aplicados en cuanto a sus resultados y validación.
d) Apoyar y asesorar al Consejo de Administración en la definición y evaluación de la estrategia y política de sostenibilidad del Grupo, velando por que estén orientadas a dar respuesta a las expectativas de los grupos de interés de la Sociedad y a la creación de valor.
e) Asistir al Consejo de Administración en la vigilancia del desempeño de la Sociedad en materia de sostenibilidad.
f) Impulsar, orientar y supervisar los principios, compromisos, objetivos y estrategia del Grupo en materia de sostenibilidad.
g) Aquellas otras competencias que le encomiende el Consejo de Administración o le atribuya el Reglamento de dicho órgano.
Estará integrado por un mínimo de tres y un máximo de cinco consejeros, todos ellos no ejecutivos y dos de los cuales, al menos, deberán ser consejeros independientes. Su presidente será un consejero independiente. El Consejo de Administración designará un Secretario, cargo para el

que no se requerirá la condición de consejero. Asistirán al Comité como invitados los altos directivos que supervisen el área de riesgos y el área de sostenibilidad del Grupo.
Durante el ejercicio 2024, el Comité de Riesgos y Sostenibilidad ha sido responsable, entre otros, de: (i) la revisión de la posición de solvencia de la Sociedad y sus filiales; (ii) informar favorablemente al Consejo de Administración sobre la propuesta de actualización de las políticas de riesgos que forman parte de las Políticas de Solvencia II del Grupo MAPFRE; (iii) recibir información del seguimiento de los riesgos cualitativos, (iv) la autoevaluación del Sistema de Control Interno y de los riesgos materiales identificados en el ejercicio; (v) analizar el informe sobre la suficiencia de las provisiones técnicas de prestaciones "no Vida" y el Informe Anual de la Función Actuarial del Grupo MAPFRE; (vi) informar el Informe sobre la Situación Financiera y de Solvencia (SFCR) del Grupo MAPFRE correspondiente al ejercicio 2023, la Información Cuantitativa Anual (QRT) del Grupo MAPFRE correspondiente al ejercicio 2023 y el Informe de Evaluación Interna de Riesgos y Solvencia (ORSA) del Grupo MAPFRE del ejercicio 2023; (vii) recibir información sobre las agencias de rating; (viii) conocer el avance del Plan de Sostenibilidad 2022-2024; (ix) efectuar el seguimiento de los índices y los reportes a los reguladores; y (x) conocer la regulación con impacto en sostenibilidad.
Sin perjuicio de la composición anteriormente indicada correspondiente al cierre del ejercicio 2024, el Consejo de Administración, en su reunión del 28 de octubre de 2024, acordó designar al consejero independiente don José Luis Perelli Alonso como vocal del Comité de Riesgos y Sostenibilidad, con efectos del 1 de enero de 2025.
C.2.2 Complete el siguiente cuadro con la información relativa al número de consejeras que integran las comisiones del consejo de administración al cierre de los últimos cuatro ejercicios:
| Número de consejeras | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | |||||
| Número | % | Número | % | Número | % | Número | % | |
| COMISIÓN DELEGADA |
2 | 40,00 | 2 | 40,00 | 2 | 40,00 | 1 | 16,67 |
| COMITÉ DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO |
2 | 40,00 | 2 | 40,00 | 2 | 50,00 | 2 | 50,00 |
| COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
4 | 100,00 | 3 | 75,00 | 3 | 60,00 | 2 | 40,00 |
| COMITÉ DE RIESGOS Y SOSTENIBILIDAD |
2 | 50,00 | 2 | 40,00 | 2 | 40,00 | 1 | 25,00 |
C.2.3 Indique, en su caso, la existencia de regulación de las comisiones del consejo, el lugar en que están disponibles para su consulta, y las modificaciones que se hayan realizado durante el ejercicio. A su vez, se indicará si de forma voluntaria se ha elaborado algún informe anual sobre las actividades de cada comisión.
La regulación de las comisiones del Consejo de Administración está incluida en el Reglamento del Consejo de Administración que fue modificado por última vez el 9 de febrero de 2022, con efectos 11 de marzo de 2022. El Reglamento del Consejo de Administración y la composición de las comisiones están disponibles en la página web (www.mapfre.com) bajo el apartado "Accionistas e Inversores", dentro de la sección "Gobierno Corporativo".
La Comisión Delegada y los Comités de Auditoría y Cumplimiento, de Nombramientos y Retribuciones y de Riesgos y Sostenibilidad presentan anualmente al Consejo de Administración un informe sobre su composición y funcionamiento. En cumplimiento de lo establecido en la recomendación sexta del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas, con motivo de la Junta General de Accionistas del pasado 15 de marzo de 2024 se publicaron los informes sobre el funcionamiento de los Comités de Auditoría y Cumplimiento y de Nombramientos y Retribuciones correspondientes al ejercicio 2023.
Asimismo, con motivo de la convocatoria de la Junta General de Accionistas del próximo 14 de marzo de 2025, la Sociedad publicará los informes sobre el funcionamiento de los Comités de Auditoría y Cumplimiento y de Nombramientos y Retribuciones correspondientes al ejercicio 2024.

D. OPERACIONES VINCULADAS Y OPERACIONES INTRAGRUPO
D.1. Explique, en su caso, el procedimiento y órganos competentes para la aprobación de operaciones con partes vinculadas e intragrupo, indicando los criterios y reglas generales internas de la entidad que regulen las obligaciones de abstención de los consejero o accionistas afectados y detallando los procedimientos internos de información y control periódico establecidos por la sociedad en relación con aquellas operaciones vinculadas cuya aprobación haya sido delegada por el consejo de administración.
El Reglamento del Consejo de Administración de MAPFRE y la Política de Gestión de Conflictos de Interés con Altos Cargos de Representación y Dirección regulan el procedimiento a seguir en relación con las operaciones vinculadas y las operaciones intragrupo, respectivamente.
El artículo 21º del Reglamento del Consejo de Administración establece que la competencia para aprobar las operaciones vinculadas cuyo importe o valor sea igual o superior al 10 por 100 del total de las partidas del activo según el último balance anual aprobado por la Sociedad corresponde a la Junta General de Accionistas, a propuesta del Consejo de Administración. La competencia para aprobar el resto de las operaciones vinculadas corresponde al Consejo de Administración. La aprobación por la Junta General de Accionistas o por el Consejo de Administración de una operación vinculada debe ser objeto de informe previo del Comité de Auditoría y Cumplimiento.
Asimismo, se prevé que el Consejo de Administración pueda delegar la aprobación, sin informe previo del Comité de Auditoría y Cumplimiento, de las siguientes operaciones vinculadas:
-
Las realizadas entre sociedades del Grupo y que se realicen en el ámbito de la gestión ordinaria y en condiciones de mercado.
-
Las que se concierten en virtud de contratos cuyas condiciones estandarizadas se apliquen en masa a un elevado número de clientes, se realicen a precios o tarifas establecidos con carácter general por quien actúe como suministrador del bien o servicio de que se trate, y cuya cuantía no supere el 0,5 por ciento del importe neto de la cifra de negocios de la Sociedad.
En caso de delegación, el Consejo de Administración deberá establecer un procedimiento interno de información y control periódico, en el que deberá intervenir el Comité de Auditoría y Cumplimiento, y que verificará la equidad y transparencia de dichas operaciones y, en su caso, el cumplimiento de los criterios legales aplicables a las anteriores excepciones.
Durante el ejercicio 2024 el Consejo de Administración no ha delegado la aprobación de operaciones vinculadas.
Por otro lado, la Política de Gestión de Conflictos de Interés con Altos Cargos de Representación y Dirección regula el régimen y el procedimiento aplicable respecto de aquellas operaciones o situaciones en las que entren en conflicto, de forma directa o indirecta, el interés de MAPFRE o de cualquiera de las sociedades de su Grupo y el interés personal de las personas sujetas a esta política (entre otros, los administradores de las sociedades del Grupo MAPFRE, incluido los miembros del Consejo de Administración de MAPFRE que desempeñen funciones ejecutivas, así como el Secretario General y los Directores Generales y Directores Generales Adjuntos de las Áreas Corporativas del Grupo MAPFRE).
En cuanto a las operaciones intragrupo sujetas a conflictos de interés, la citada política establece que corresponde su aprobación a la Junta General de Accionistas de la sociedad dependiente cuando el negocio o transacción en que consista, por su propia naturaleza, esté legalmente reservada a la competencia de este órgano y, en todo caso, cuando el importe o valor de la operación o el importe total del conjunto de operaciones previstas en un acuerdo o contrato marco sea superior al 10 por 100 del activo total de la sociedad. En el resto de los casos, el órgano competente para aprobar la operación será el órgano de administración de la sociedad dependiente.
Asimismo, la Política de Gestión de Conflictos de Interés con Altos Cargos de Representación y Dirección prevé que los órganos de administración de las sociedades del Grupo puedan delegar la aprobación de operaciones intragrupo en órganos delegados o en miembros de estos órganos que formen parte de la alta dirección de las mismas, siempre y cuando se trate de operaciones celebradas en el curso ordinario de la actividad empresarial, entre las que se incluirán las que resultan de la ejecución de un acuerdo o contrato marco y concluidas en condiciones de mercado. En caso de delegación, el órgano de administración de la sociedad del Grupo deberá implantar un procedimiento interno para la evaluación periódica del cumplimiento de los mencionados requisitos.
Por último, de conformidad con lo establecido en la referida Política de Gestión de Conflictos de Interés con Altos Cargos de Representación y Dirección y en el artículo 8º del Reglamento del Consejo de Administración de MAPFRE, los consejeros deben abstenerse de asistir e intervenir en las deliberaciones y votaciones que les afecten personalmente y cuando se encuentren incursos den una situación de conflicto de interés con la Sociedad.

D.2. Detalle de manera individualizada aquellas operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas entre la sociedad o sus entidades dependientes y los accionistas titulares de un 10 % o más de los derechos de voto o representados en el consejo de administración de la sociedad, indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:
| Nombre o denominación social del accionista o de cualquiera de sus sociedades dependientes |
% Participación |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad dependiente |
Importe (miles de euros) |
Órgano que la ha aprobado |
Identificación del accionista significativo o consejero que se hubiera abstenido |
La propuesta a la junta, en su caso, ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de independientes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Sin datos |
| Nombre o | Naturaleza | Tipo de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
|---|---|---|
| denominación social | de la relación | |
| del accionista o | ||
| de cualquiera de | ||
| sus sociedades | ||
| dependientes | ||
| Sin datos |
D.3. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con los administradores o directivos de la sociedad, incluyendo aquellas operaciones realizadas con entidades que el administrador o directivo controle o controle conjuntamente, e indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:
| Nombre o denominación social de los administradores o directivos o de sus entidades controladas o bajo control conjunto |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad dependiente |
Vínculo | Importe (miles de euros) |
Órgano que la ha aprobado |
Identificación del accionista significativo o consejero que se hubiera abstenido |
La propuesta a la junta, en su caso, ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de independientes |
|
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Sin datos |

| Nombre o | ||
|---|---|---|
| denominación | ||
| social de los | ||
| administradores | ||
| o directivos o de | Naturaleza de la operación y otra información necesaria para su evaluación | |
| sus entidades | ||
| controladas o | ||
| bajo control | ||
| conjunto | ||
| Sin datos |
En la nota 6.21 de la memoria de las cuentas anuales consolidadas y en la nota 18 de la memoria de las cuentas anuales individuales se proporciona información sobre las operaciones vinculadas de la Sociedad o sociedades de su Grupo en 2024.
D.4. Informe de manera individualizada de las operaciones intragrupo significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad con su sociedad dominante o con otras entidades pertenecientes al grupo de la dominante, incluyendo las propias entidades dependientes de la sociedad cotizada, excepto que ninguna otra parte vinculada de la sociedad cotizada tenga intereses en dichas entidades dependientes o éstas se encuentren íntegramente participadas, directa o indirectamente, por la cotizada.
En todo caso, se informará de cualquier operación intragrupo realizada con entidades establecidas en países o territorios que tengan la consideración de paraíso fiscal:
| Denominación | ||
|---|---|---|
| social de la | Breve descripción de la operación y otra | Importe |
| entidad de | información necesaria para su evaluación | (miles de euros) |
| su grupo | ||
| Sin datos |
D.5. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con otras partes vinculadas que lo sean de conformidad con las Normas Internacionales de Contabilidad adoptadas por la UE, que no hayan sido informadas en los epígrafes anteriores.
| Denominación social de la parte vinculada |
Breve descripción de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| Sin datos |
D.6. Detalle los mecanismos establecidos para detectar, determinar y resolver los posibles conflictos de intereses entre la sociedad y/o su grupo, y sus consejeros, directivos, accionistas significativos u otras partes vinculadas.
Todos los candidatos a consejeros y directivos deben cumplimentar una declaración previa a su nombramiento que tiene por objeto, entre otros, detectar la existencia de conflictos de intereses entre el candidato y el Grupo MAPFRE. Los consejeros y directivos tienen obligación de actualizar esta declaración periódicamente y siempre que surja una situación potencial de conflicto de intereses.
Asimismo, la Política de Gestión de Conflictos de Interés con Altos Cargos de Representación y Dirección tiene por objeto evitar situaciones de conflicto de interés en el Grupo MAPFRE y establecer y regular el régimen y el procedimiento aplicable respecto de aquellas operaciones o situaciones en las que entren en conflicto el interés de MAPFRE o de cualquiera de las sociedades de su Grupo y el interés personal de las

personas sujetas a esta política (entre otros, los administradores de las sociedades del Grupo MAPFRE, incluido los miembros del Consejo de Administración de MAPFRE que desempeñen funciones ejecutivas, así como el Secretario General y los Directores Generales y Directores Generales Adjuntos de las Áreas Corporativas del Grupo MAPFRE).
El Consejo de Administración tiene reservada la decisión sobre estas cuestiones. Existe un procedimiento especial para la adopción de acuerdos sobre materias en las que exista un potencial conflicto de interés con algún consejero, que incluye la obligación del consejero afectado de abstenerse de asistir e intervenir en estas decisiones.
D.7. Indique si la sociedad está controlada por otra entidad en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, cotizada o no, y tiene, directamente o a través de sus filiales, relaciones de negocio con dicha entidad o alguna de sus filiales (distintas de las de la sociedad cotizada) o desarrolla actividades relacionadas con las de cualquiera de ellas.
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |

E. SISTEMAS DE CONTROL Y GESTION DE RIESGOS
E.1. Explique el alcance del Sistema de Control y Gestión de Riesgos financieros y no financieros de la sociedad, incluidos los de naturaleza fiscal.
El Grupo MAPFRE dispone de un Sistema de Gestión de Riesgos basado en la gestión continua e integrada de todos y cada uno de los procesos de negocio y en la adecuación del nivel de riesgo a los objetivos estratégicos establecidos, consolidando dicha gestión por área, unidad de negocio, actividades, filiales, zonas geográficas y áreas de soporte en el ámbito corporativo.
El Sistema de Gestión de Riesgos del Grupo considera los riesgos financieros y no financieros, incluidos aquellos de carácter potencial o emergente y los riesgos de sostenibilidad. Los diferentes tipos de riesgo se agrupan en cuatro áreas o categorías:
-
Riesgos de la Actividad Aseguradora: agrupa, de forma separada para Vida y No Vida, los riesgos de suficiencia de primas, de suficiencia de provisiones técnicas y catastrófico.
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Riesgos Financieros y de Crédito: incluye los riesgos de mercado (tipo de interés, divisa, acciones, etc.), de liquidez y de crédito.
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Riesgos Estratégicos y de Gobierno Corporativo: incluye los riesgos de ética empresarial y de buen gobierno corporativo, de estructura organizativa, los derivados de decisiones estratégicas, reputacionales, de alianzas, fusiones y adquisiciones, derivados del entorno regulador, incluidos los fiscales y, finalmente, el de competencia.
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Riesgos Operacionales: recoge posibles pérdidas derivadas de la inadecuación o de la disfunción de procesos internos, del personal o de los sistemas, o de eventos externos.
Dentro de los Riesgos Operacionales se encuentran, entre otros, los riesgos de fraude externo que incluye el CiberRiesgo; el riesgo tecnológico, que tiene en cuenta la resiliencia digital y la seguridad de las tecnologías de la información y comunicación (TIC); y el riesgo de incumplimiento, que incluye el riesgo de sanciones y pérdidas financieras materiales como resultado del no cumplimiento de leyes, regulaciones y normativa interna y externa, así como los riesgos de incumplimiento fiscales (riesgos de divergencias en la interpretación de normas fiscales y la determinación de precios de mercado entre entidades vinculadas).
El Sistema de Gestión de Riesgos comprende el conjunto de estrategias, procesos y procedimientos de información necesarios para identificar, medir, vigilar, gestionar y notificar de forma continua los riesgos a los que el Grupo esté o pueda estar expuesto, aplicando los principios básicos de obligado cumplimiento, entre los cuales cabe destacar la asunción de los riesgos velando por la continua aplicación del principio de gestión responsable de los recursos y los aspectos ambientales, sociales y de gobernanza.
E.2. Identifique los órganos de la sociedad responsables de la elaboración y ejecución del Sistema de Control y Gestión de Riesgos financieros y no financieros, incluido el fiscal.
Los sistemas de control interno y de gestión de riesgos se integran en la estructura organizativa del Grupo de acuerdo con el modelo de las tres líneas de defensa, de modo que todo el personal de la organización tiene asignadas responsabilidades para el cumplimiento de los objetivos de control y gestión de riesgos.
El Consejo de Administración es el último responsable de garantizar la eficacia de los sistemas de control interno y gestión de riesgos, tiene como competencia indelegable la determinación de las políticas y estrategias generales, en particular la política de identificación, gestión y control de riesgos incluidos los fiscales, y la supervisión de los sistemas internos de información y control.
La Comisión Delegada es el órgano delegado del Consejo de Administración para la alta dirección y supervisión permanente de la gestión ordinaria de la compañía y sus filiales en sus aspectos estratégicos y operativos, y actúa con todas sus facultades excepto las que son indelegables por imperativo legal o, en su caso, por previsión expresa en los Estatutos Sociales o en el Reglamento del Consejo de Administración de MAPFRE S.A.
Para el desarrollo y ejecución de los sistemas de control interno y de gestión de riesgos, financieros y no financieros, incluido el fiscal, el Consejo de Administración cuenta con el Comité de Riesgos y Sostenibilidad, órgano delegado que tiene, entre otras, las siguientes funciones:
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Apoya y asesora al Consejo de Administración en la definición y evaluación de las políticas de riesgos del Grupo y en la determinación de la propensión al riesgo y de la estrategia de riesgos.
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Asiste al Consejo de Administración en la vigilancia de la aplicación de la estrategia de riesgos.
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Conoce y valora los métodos y herramientas de gestión de riesgos, realizando el seguimiento de los modelos aplicados en cuanto a sus resultados y validación.

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Apoya y asesora en la definición y evaluación de la estrategia y política de sostenibilidad del Grupo.
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Asiste en la vigilancia del desempeño de la Sociedad en materia de sostenibilidad.
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Impulsa, orienta y supervisa los principios, compromisos, objetivos y estrategia del Grupo en materia de sostenibilidad.
El Comité de Auditoría y Cumplimiento es el órgano delegado del Consejo de Administración que tiene asignadas, entre otras, las competencias de supervisar la eficacia del control interno, la auditoría interna y los sistemas de gestión de riesgos; supervisar la elaboración y presentación de la información financiera y no financiera preceptiva, establecer las oportunas relaciones con el auditor externo; vigilar la aplicación de normas de buen gobierno; y supervisar el cumplimiento de la normativa interna y externa, en particular, de los códigos internos de conducta y de las normas y procedimientos de prevención del blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo.
E.3. Señale los principales riesgos, financieros y no financieros, incluidos los fiscales y en la medida que sean significativos los derivados de la corrupción (entendidos estos últimos con el alcance del Real Decreto Ley 18/2017), que pueden afectar a la consecución de los objetivos de negocio.
- Riesgos de la Actividad Aseguradora
La organización de MAPFRE, especializada en distintos tipos de negocio, requiere la concesión de un grado de autonomía en la gestión de su negocio, particularmente la suscripción y la determinación de las tarifas, así como la indemnización o prestación de servicio en caso de siniestro.
La suficiencia de las primas y de provisiones son un elemento de especial importancia de la gestión aseguradora.
El negocio del Grupo requiere el uso de modelos, supuestos y estimaciones, lo que presenta el riesgo de que la experiencia real no coincida con los supuestos que se utilizaron inicialmente. En este sentido, las reservas de primas no consumidas se calculan bajo el supuesto de que las tarifas aplicadas serán suficientes para cubrir la siniestralidad y la tasa de gastos esperada en los contratos vigentes hasta su vencimiento. La volatilidad de las tasas de siniestros y gastos en determinados ramos, como los seguros de daños o los contratos plurianuales, puede provocar diferencias negativas entre las primas aplicadas y los gastos reales incurridos.
La determinación de la suficiencia de las primas y las provisiones técnicas es calculada por los equipos actuariales de las entidades del Grupo, asegurando que el importe de las provisiones es validado por una parte independiente que no ha participado en el cálculo y su constitución está regulada por una política específica. El Grupo minimiza el riesgo de insuficiencia de primas mediante el establecimiento de directrices, límites y exclusiones para reducir el riesgo de suscripción no deseada y la exposición máxima aceptable a concentraciones de riesgos específicos. La suficiencia de las provisiones se garantiza mediante la vigilancia continua de la dotación de las provisiones de modo que se recoja el valor cierto de las obligaciones contraídas en los contratos, la reacción inmediata en la estimación de posibles patrones desfavorables que afecten a la siniestralidad y una adecuada gestión de las prestaciones basada en una gran rapidez y eficiencia en la liquidación de siniestros.
La presencia de MAPFRE en países con elevada posibilidad de ocurrencia de catástrofes (terremotos, huracanes, etc.), así como el incremento de la frecuencia e intensidad de eventos extremos derivados del cambio climático requieren un especial tratamiento de este tipo de riesgos. Las entidades expuestas disponen de análisis especializados de exposición catastrófica, generalmente realizados por expertos independientes, que estiman el alcance de las pérdidas en caso de ocurrencia de un evento catastrófico. La suscripción de los riesgos catastróficos se realiza empleando esta información y considerando el capital económico del que dispone la entidad que los suscribe. En su caso, la exposición patrimonial a este tipo de riesgos se mitiga mediante la contratación de coberturas reaseguradoras específicas.
En este respecto, es importante destacar la contribución de MAPFRE RE, que aporta a la gestión del Grupo su larga experiencia en el mercado de riesgos catastróficos, determinando anualmente la capacidad catastrófica global por territorio y estableciendo las capacidades máximas de suscripción por riesgo y evento. Además, MAPFRE RE cuenta con protecciones de programas de retrocesión de riesgos para la cobertura de desviaciones o incrementos de la siniestralidad catastrófica en los diferentes territorios.
La política de MAPFRE en relación con el riesgo reasegurador es ceder negocio a reaseguradoras de probada capacidad financiera que cumplan las condiciones de calidad crediticia dispuestas en la Política de Reaseguro del Grupo MAPFRE. Excepcionalmente se puede ceder negocio a otras reaseguradoras previo análisis interno que verifique la disposición de un nivel de solvencia equivalente a la clasificación anteriormente indicada o la entrega de garantías adecuadas.
2. Riesgos Financieros y de Crédito
Una parte significativa de los resultados y de la valoración de los activos del Grupo está sujeta a las fluctuaciones en los mercados financieros. Dichos cambios en los precios de mercado pueden reducir el valor o los ingresos de la cartera de inversiones, circunstancia que podría tener un efecto negativo en la situación financiera y en los resultados consolidados del Grupo.
MAPFRE mitiga su exposición a este tipo de riesgos mediante una política prudente de inversiones caracterizada por una elevada proporción de valores de renta fija de elevada calidad crediticia, así como una selección prudente y con criterios de sostenibilidad de activos financieros de características adecuadas para cubrir las obligaciones asumidas.
En la gestión de las carteras de inversión se distingue entre cuatro tipos de carteras:

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Las que buscan una inmunización estricta de las obligaciones derivadas de los contratos de seguros. - Las carteras que cubren pólizas de unit-linked compuestas por los activos cuyo riesgo asumen los asegurados.
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Las que buscan superar la rentabilidad comprometida y obtener la mayor rentabilidad para los asegurados dentro de los parámetros de prudencia, como las carteras con participación en beneficios.
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Las carteras con gestión libre en las que se realiza una gestión activa y sólo condicionada por las normas legales y las limitaciones internas del riesgo.
En el primer caso, las carteras inmunizadas minimizan el riesgo de tipo de interés a través de técnicas de inmunización basadas en el casamiento de flujos o de duraciones.
En el segundo, las carteras que cubren las pólizas de unit-linked, están integradas por los instrumentos financieros cuyo riesgo asumen los asegurados.
[LA INFORMACIÓN DE ESTE APARTADO CONTINÚA EN EL APARTADO H.1 DE ESTE INFORME]
E.4. Identifique si la entidad cuenta con niveles de tolerancia al riesgo, incluido el fiscal.
En la Política de Apetito de Riesgo del Grupo MAPFRE, aprobada por el Consejo de Administración de MAPFRE S.A., se establece el nivel de riesgo que el Grupo está dispuesto a asumir para poder llevar a cabo sus objetivos de negocio sin desviaciones relevantes, incluso en situaciones adversas. Ese nivel, articulado en sus límites y sublímites por tipo de riesgo, configura el Apetito de Riesgo del Grupo MAPFRE. Los límites aplicables a la toma de riesgos se establecen en el "Apetito de Riesgo" del Grupo y en las políticas específicas de riesgos, en las que se detalla el proceso de evaluación de riesgos establecido, así como la métrica fijada al efecto.
El Grupo MAPFRE está sometido a los requerimientos de gestión basada en riesgos establecidos en la normativa de Solvencia II. Esta normativa establece la cuantía mínima de recursos de capital que las entidades tienen que disponer para estar autorizadas a operar, los tipos de recursos de capital admisibles conforme a la normativa y el capital disponible. Por ello, el mantenimiento en el Grupo de un alto ratio de solvencia es la principal medida de protección ante los riesgos que enfrenta.
El Grupo MAPFRE tiene como objetivo en su gestión de riesgos el mantenimiento de una cuantía de fondos propios admisibles a nivel consolidado que suponga un ratio de solvencia objetivo del 200% del capital de solvencia obligatorio de Solvencia II, con una tolerancia de 25 puntos porcentuales. Como objetivo secundario de gestión de riesgos se establece el mantenimiento de un nivel de capital económico a nivel consolidado para atender al cumplimiento de sus obligaciones acorde con un rating "A" o superior, o su equivalente.
El capital prospectivo requerido a las filiales aseguradoras y reaseguradoras se fija con carácter general de manera estimativa, en función de los presupuestos del ejercicio siguiente, y se revisa periódicamente a lo largo del año en función de la evolución de los riesgos.
Para las métricas que cuantifican los riesgos agregados del Grupo MAPFRE se establecen niveles de tolerancia. El seguimiento de la exposición a los riesgos se lleva a cabo a través de una escala de medición basada en la distancia del nivel de riesgo de su límite máximo: (i) zona verde: riesgo que se puede asumir y mantener sin restricciones; (ii) zona amarilla: riesgo que ha alcanzado un nivel de exposición suficiente para ocasionar pérdidas potenciales cuantiosas y que requiere medidas de vigilancia y control; y (iii) zona roja: riesgo que excede la tolerancia máxima aceptable para el Grupo y que requiere la adopción inmediata de medidas de control y mitigación para reconducirlo por debajo de ese límite. A continuación, se indican los principales indicadores de riesgo y niveles de tolerancia establecidos en las políticas de riesgo aplicables al Grupo MAPRE y sus entidades:
• Riesgo de solvencia (fondos propios / capital de solvencia obligatorio): indicador que mide el ratio de cobertura del capital de solvencia obligatorio de acuerdo a lo establecido en la normativa de Solvencia II. Para el Grupo se establecen las siguientes zonas:
Zona verde: mayor o igual al 175% y menor o igual al 225% Zona amarilla: mayor o igual al 130% y < 175% o > 225% Zona roja: < 130%
• Riesgo de contraparte (exposición contraparte grupo empresarial / patrimonio neto): indicadores para velar porque los niveles de exposición de las entidades del Grupo a terceras partes respetan los niveles de riesgo crediticio fijados. Las zonas establecidas son:
Exposición a contrapartes con rating mayor o igual a "BBB" (sin depósitos) Zona verde: menor o igual al 15% Zona amarilla: [15%-20%] Zona roja: > 20%
Exposición a contrapartes con rating inferior a "BBB" (sin depósitos) Zona verde: menor o igual al 5% Zona amarilla: [5%-10%] Zona roja: > 10%

• Apalancamiento financiero (pasivos subordinados + emisión obligaciones + deudas entidades crédito / patrimonio neto + pasivos subordinados + emisión de obligaciones + otros valores negociables + deuda con entidades de crédito): ratio financiero utilizado por las entidades del Grupo con deuda financiera al objeto de medir su nivel de endeudamiento. Las zonas establecidas son:
Zona verde: menor o igual al 25% Zona amarilla: [25%-35%] Zona roja: > 35%
• Cobertura de pagos por intereses financieros (EBITDA / pagos por intereses), indicador a aplicar por las entidades del Grupo con deuda financiera para medir el coste de la financiación de la deuda en la empresa. Las zonas establecidas son:
Zona verde: mayor o igual a 10 veces Zona amarilla: entre 6 y 10 veces Zona roja: menos de 6 veces
Los órganos de gobierno reciben información relativa a la cuantificación de los principales riesgos a los que está expuesto el Grupo y de los recursos de capital disponibles para hacer frente a ellos, así como información relativa al cumplimiento de los límites fijados en la Política de Apetito de Riesgo y en las demás políticas específicas de riesgos.
E.5. Indique qué riesgos, financieros y no financieros, incluidos los fiscales, se han materializado durante el ejercicio.
De entre los riesgos relacionados con la actividad aseguradora, resultan destacables los siguientes: (i) la mayor frecuencia de eventos atmosféricos en Europa, principalmente en Iberia, Italia y Alemania, con un impacto neto adicional de 68 millones de euros en el resultado del ejercicio (esta cifra incluye los siniestros registrados por la DANA que afectó al sudeste de España en octubre de 2024, por importe de 34 millones de euros, y la borrasca Boris que afectó en el mes de septiembre a Europa Central y que tuvo un impacto de 34 millones de euros); y (ii) las inundaciones en la región Rio Grande do Sul en Brasil, ocurridas a partir del mes de abril, que han tenido un impacto neto total de 48 millones de euros y han afectado a las actividades de reaseguro y negocios globales y a las compañías de seguro directo en el país.
Con respecto a los riesgos financieros y de mercado, una parte significativa de los resultados y de los activos del Grupo está sujeta al entorno económico cada vez más desafiante (caracterizado por altos tipos de interés y crecimientos moderados de las economías, así como por una reducción paulatina de las tasas de inflación), y a las fluctuaciones en los mercados financieros. En este sentido, los mayores impactos registrados derivan de la evolución de los tipos de interés.
Asimismo, durante el ejercicio 2024, en varios de los mercados en los que opera el Grupo (países de la Eurozona y los Estados Unidos de América) se ha iniciado una reducción paulatina de los tipos de interés como consecuencia de una suavización de las tensiones inflacionistas que se produjeron en el período post-Covid-19.
Los aspectos anteriores pueden influir en el comportamiento de los consumidores, provocando un descenso en la demanda y contratación de productos y servicios de seguros.
Los ingresos por las operaciones de "seguro de Vida" y gestión de activos de MAPFRE están directamente relacionados con el valor de los activos gestionados (ya sean renta fija o renta variable), por lo que una caída en los mercados podría afectar negativamente a estos ingresos.
Por otro lado, del análisis de los principales riesgos a los que se enfrenta el Grupo a lo largo del período contemplado en el plan de negocio, destacan los CiberRiesgos y, en segundo lugar, los riesgos derivados catástrofes naturales o provocadas por el hombre.
Dado que MAPFRE desarrolla su actividad empresarial en un entorno digital o "ciber", se encuentra expuesto a la actividad cibernética maliciosa, cuyo volumen y sofisticación han aumentado sustancialmente y supone un alto riesgo operativo, que requiere una actualización y refuerzo continuo de las medidas de ciberseguridad. La principal preocupación radica en la mayor complejidad de los ciberataques y en el posible uso de la inteligencia artificial. Por otro lado, el cambio en los usos y hábitos de los clientes, la digitalización y los modelos de autoservicio han incrementado la demanda de sistemas de identificación y autenticación, así como el uso de identificadores biométricos. La materialización de estos riesgos podría afectar a la continuidad del negocio, incrementar el riesgo de fraude de suplantación de identidad y el robo de datos sensibles (particularmente en el ámbito de la salud), lo que podría provocar consecuencias negativas sobre la reputación, no sólo en la entidad, sino del conjunto del sector.
Por otro lado, las concentraciones inusuales de siniestros derivados de catástrofes naturales (e.g., terremotos, tsunamis, erupciones volcánicas, corrimientos de tierra o tormentas electromagnéticas) o eventos climatológicos extremos (e.g., inundaciones o tormentas) podrían tener un impacto en los resultados de las entidades y provocar un incremento en la tramitación de las prestaciones asociadas, así como de los recursos y capacidades necesarias para su gestión. MAPFRE está presente en algunos países que tienen una alta exposición a estas catástrofes naturales o eventos climatológicos extremos. Los daños causados por dichos fenómenos resultan en el pago de indemnizaciones, que, dependiendo de su cuantía, pueden tener un efecto significativo en el balance. Además, el Grupo MAPFRE dispone de edificios, oficinas y empleados en todo el mundo que también pueden verse afectados por el aumento de la frecuencia e intensidad de las catástrofes naturales.

E.6. Explique los planes de respuesta y supervisión para los principales riesgos de la entidad, incluidos los fiscales, así como los procedimientos seguidos por la compañía para asegurar que el consejo de administración da respuesta a los nuevos desafíos que se presentan.
Los sistemas de control interno y de gestión de riesgos se integran en la estructura organizativa bajo el modelo de tres líneas de defensa, asignando responsabilidades respecto del cumplimiento de los objetivos del control interno y gestión de riesgos de acuerdo a dicho modelo:
1) Una primera línea de defensa constituida por los empleados, la dirección y las áreas operativas, de negocio y de soporte que son responsables de mantener un control efectivo en las actividades que desarrollan como parte inherente de su trabajo del día a día. Esta primera línea de defensa es, por lo tanto, la que asume los riesgos y es la responsable de diseñar y aplicar los mecanismos de control necesarios para mitigar los riesgos asociados a los procesos que lleva a cabo y para garantizar que los riesgos no sobrepasan los límites establecidos.
2) Una segunda línea de defensa, integrada por las funciones clave de gestión de riesgos, actuarial y cumplimiento, así como por otras funciones de aseguramiento, y se responsabiliza de asegurar el funcionamiento de los sistemas de control interno y de gestión de riesgos.
3) Una tercera línea de defensa constituida por Auditoría Interna, que realiza la evaluación independiente de la adecuación y eficacia de los sistemas de control interno y de gestión de riesgos, comunicando las eventuales deficiencias de forma oportuna a las partes responsables de aplicar las medidas correctivas, incluyendo los altos cargos de dirección y órganos de gobierno según corresponda.
Para garantizar el control y la gestión eficaz de los riesgos, MAPFRE cuenta con una Política de Control Interno (que forma parte de las Políticas de Solvencia II del Grupo MAPFRE) y ha desarrollado un conjunto de políticas de gestión de riesgos en las que: (i) se identifican los distintos tipos de riesgo a los que se enfrenta; y (ii) se establece el apetito de riesgo considerado aceptable, las medidas previstas para mitigar el impacto de los riesgos identificados y los sistemas de información y de control a utilizar en relación con los mismos.
Las Direcciones de Riesgos de las entidades del Grupo coordinan el conjunto de estrategias, procesos y procedimientos necesarios para identificar, medir, vigilar, gestionar y notificar de forma continua los riesgos a los que la entidad esté o pueda estar expuesta, así como sus interdependencias. El Área Corporativa de Secretaría General y Asuntos Legales ofrece a los órganos de gobierno y a las distintas Áreas Corporativas y Unidades de Negocio asesoramiento jurídico, fiscal y de gobierno corporativo; y defiende activamente el interés del Grupo en dichas materias, tanto en la aplicación de la normativa vigente, como en la elaboración y tramitación de nuevas disposiciones. Asimismo, a través de la Dirección Corporativa de Asesoría Fiscal, el Área Corporativa de Secretaría General y Asuntos Legales dispone de la información relativa a los riesgos fiscales detectados en cada país.
De igual modo, con respecto a los riesgos relacionados con las tecnologías de la información y comunicación (TIC), y como funciones de aseguramiento, la Dirección GRC y Resiliencia (encuadrada en la Dirección Corporativa de Seguridad) promueve la identificación de los riesgos de seguridad y ejecuta una evaluación independiente de los mismos. Por su parte, el Área de Gobierno y Control TI (integrada en el Área Corporativa de Tecnología) es la responsable de supervisar y controlar la eficacia y completitud de los riesgos relacionados con las TIC distintos de los de seguridad.
En todo caso, el Consejo de Administración de la Sociedad decide las acciones a adoptar ante los riesgos identificados, para lo cual, es informado inmediatamente acerca de cualquier riesgo que (i) por su evolución, supere los límites de riesgo establecidos, (ii) pueda dar lugar a pérdidas iguales o superiores a los límites de riesgo establecidos, o (iii) pueda poner en peligro el cumplimiento de los requerimientos de solvencia o la continuidad de funcionamiento del Grupo.
Con respecto a los riesgos TIC, el Consejo de Administración de MAPFRE, en su reunión del pasado 18 de diciembre, acordó aprobar y actualizar una serie de políticas y normas internas con objeto de dar respuesta a los requerimientos establecidos en el Reglamento (UE) 2022/2554 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de diciembre de 2022 sobre la resiliencia operativa digital del sector financiero y por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 1060/2009, (UE) nº 648/2012, (UE) nº 600/2014, (UE) nº 909/2014 y (UE) 2016/1011 (el "Reglamento DORA"). En el apartado F.3.2 del presente informe se proporciona un mayor detalle sobre las políticas y las normas internas aprobadas por el Consejo de Administración y su contenido.
La Dirección Corporativa de Riesgos asiste y asesora a los órganos de gobierno, Presidencia Ejecutiva y Alta Dirección del Grupo en el marco de sus competencias e informa a los órganos de gobierno, a través del Comité de Riesgos y Sostenibilidad (órgano delegado del Consejo de Administración para, entre otras funciones, apoyar y asesorar a dicho órgano en la definición y evaluación de las políticas de gestión de riesgos, en la determinación de la propensión al riesgo y de la estrategia de riesgos), acerca del nivel de exposición a los distintos riesgos, tomando en cuenta sus interdependencias, y el cumplimiento de los límites establecidos. Lo anterior incluye la evaluación interna de los riesgos y la solvencia del Grupo, así como los informes que soliciten los órganos de gobierno sobre determinadas áreas de riesgo.
[LA INFORMACIÓN DE ESTE APARTADO CONTINÚA EN EL APARTADO H.1 DE ESTE INFORME]

F. SISTEMAS INTERNOS DE CONTROL Y GESTIÓN DE RIESGOS EN RELACIÓN CON EL PROCESO DE EMISIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA (SCIIF)
Describa los mecanismos que componen los sistemas de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de emisión de información financiera (SCIIF) de su entidad.
F.1. Entorno de control de la entidad.
Informe, señalando sus principales características de, al menos:
F.1.1 Qué órganos y/o funciones son los responsables de: (i) la existencia y mantenimiento de un adecuado y efectivo SCIIF; (ii) su implantación; y (iii) su supervisión.
El Sistema de Control Interno de MAPFRE es un conjunto de procesos, continuos en el tiempo, cuyo responsable último es el Consejo de Administración de la Sociedad, que se apoya en el Comité Ejecutivo y en los equipos directivos de las distintas sociedades, Unidades de Negocio, Áreas Corporativas y otros departamentos, para la implantación, actualización y monitorización de las tareas y procesos en relación con el cumplimiento de los objetivos del Sistema de Control Interno. Para su desarrollo en la organización, el Sistema de Control Interno de MAPFRE se basa en el modelo de tres líneas de defensa. Todo ello recogido en la Política de Control Interno del Grupo, que forma parte de las Políticas de Solvencia II del Grupo MAPFRE, cuya última actualización ha sido aprobada por el Consejo de Administración en su reunión del 18 de diciembre de 2024.
El Reglamento del Consejo de Administración, modificado por última vez el 9 de febrero de 2022, con fecha de efecto del 11 de marzo de 2022, incluye las funciones y competencias del Consejo de Administración, de la Comisión Delegada y de otros Comités Delegados (Comité de Auditoría y Cumplimiento, Comité de Nombramientos y Retribuciones y Comité de Riesgos y Sostenibilidad).
El Consejo de Administración delega la gestión ordinaria en la Comisión Delegada y en la Alta Dirección, y se reserva la aprobación de las políticas de control y gestión de riesgos, y la aprobación tanto del seguimiento periódico de los sistemas internos de información y control como la información financiera, no financiera y corporativa que debe hacer pública por su condición de entidad cotizada.
El Comité Ejecutivo es el órgano que, por encargo del Consejo de Administración, ejerce la supervisión directa de la gestión de las Unidades de Negocio y Áreas Corporativas y garantiza la actuación coordinada de las mismas.
El Comité de Auditoría y Cumplimiento, en su calidad de órgano delegado del Consejo de Administración, tiene asignadas las competencias de supervisar el proceso de elaboración y presentación de la información financiera preceptiva y presentar recomendaciones o propuestas al Consejo de Administración dirigidas a salvaguardar la integridad de dicha información. Este Comité también informa, con carácter previo, al Consejo de Administración sobre la información financiera que la Sociedad debe hacer pública periódicamente.
Asimismo, el Comité de Auditoría y Cumplimiento tiene asignadas las competencias de supervisar la eficacia del control interno, la auditoría interna y los sistemas de gestión de riesgos, así como tratar con el auditor externo las debilidades significativas del sistema de control interno detectadas en el desarrollo de la auditoría, todo ello sin quebrantar su independencia.
En la Política de Auditoría Interna del Grupo MAPFRE, que forma parte de las Políticas de Solvencia II del Grupo MAPFRE, y en el Estatuto de Auditoría Interna, aprobado por el Comité de Auditoría y Cumplimiento el 29 de octubre de 2020 y actualizado por el mismo Comité por última vez el 24 de octubre de 2024, se incluyen las principales actividades de supervisión del Sistema de Control Interno, que realiza el Comité de Auditoría y Cumplimiento a través del Área Corporativa de Auditoría Interna y que se reflejan en el apartado F.5.1 del presente documento.
F.1.2 Si existen, especialmente en lo relativo al proceso de elaboración de la información financiera, los siguientes elementos:
· Departamentos y/o mecanismos encargados: (i) del diseño y revisión de la estructura organizativa; (ii) de definir claramente las líneas de responsabilidad y autoridad, con una adecuada distribución de tareas y funciones; y (iii) de que existan procedimientos suficientes para su correcta difusión en la entidad:
La norma relativa a los Principios Institucionales, Empresariales y Organizativos del Grupo MAPFRE, aprobada por el Consejo de Administración de MAPFRE S.A. en su reunión del 24 de junio de 2015 y modificada por última vez el 9 de febrero de 2022, con fecha de efecto del 11 de marzo de 2022, constituye el marco mínimo de obligado cumplimiento para todas las entidades que integran MAPFRE y sus respectivos órganos de gobierno.

El Consejo de Administración revisa y autoriza la estructura organizativa del Grupo, y aprueba las líneas de responsabilidad y autoridad en función de la estructura organizativa definida. En el ejercicio 2024, el Comité Ejecutivo, en su reunión celebrada el 21 de octubre de 2024, aprobó nombramientos de directivos que dieron lugar a modificaciones en el organigrama directivo.
La distribución de funciones y definición de ámbitos de actividad y autoridad y de niveles jerárquicos se realiza conforme al Manual de Estructura Organizativa aprobado por el Área Corporativa de Personas y Organización.
La concordancia entre la organización de puestos y la estructura es necesaria, ya que relaciona las funciones, roles y responsabilidades entre sí para el adecuado desarrollo del negocio.
La Dirección Corporativa de Administración y Finanzas, que forma parte del Área Corporativa de Finanzas y Medios, es la responsable de la coordinación de las distintas Unidades de Negocio y Áreas Corporativas en el proceso de elaboración de la información financiera consolidada.
· Código de conducta, órgano de aprobación, grado de difusión e instrucción, principios y valores incluidos (indicando si hay menciones específicas al registro de operaciones y elaboración de información financiera), órgano encargado de analizar incumplimientos y de proponer acciones correctoras y sanciones:
El Código Ético y de Conducta (el "Código") fue aprobado el 25 de julio de 2019 por el Consejo de Administración, en sustitución del anteriormente aprobado en el año 2017, y actualizado por última vez por el Consejo de Administración en su reunión del 18 de diciembre de 2024, previo informe favorable del Comité de Auditoría y Cumplimiento, con objeto de sustituir las referencias al anterior Canal Ético y de Conducta por el Sistema Interno de Información (el "SII"). Asimismo, en dicha reunión, el Consejo de Administración acordó aprobar la normativa reguladora del SII (esto es, la Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A. y el Procedimiento de Gestión de Informaciones de MAPFRE, S.A.), previo informe favorable del Comité de Auditoría y Cumplimiento.
El Código tiene por objeto reflejar los valores corporativos y los principios básicos que deben guiar la actuación de MAPFRE y de las personas que la integran.
Actualmente, para facilitar el conocimiento del Código, MAPFRE cuenta con un programa online de formación accesible a toda la plantilla del Grupo MAPFRE. Dicho programa se encuentra disponible en la plataforma de formación de la Universidad Corporativa MAPFRE, en seis idiomas (español, inglés, portugués, italiano, alemán y turco). Este programa es de obligado conocimiento para todos los empleados del Grupo MAPFRE a nivel global. El curso en todos los idiomas está incluido en el catálogo de autoaprendizaje, abierto a todos los empleados del mundo. Adicionalmente las áreas de formación de todos los países refuerzan la formación sobre el Código Ético y de Conducta con distintas actividades.
A 31 de diciembre de 2024, 27.209 empleados han finalizado este contenido, lo que representa un 89% de la plantilla media del Grupo MAPFRE en el año 2024.
El Código establece principios concretos sobre el tratamiento de la información financiera del Grupo, que resultan de obligado cumplimiento para todos los empleados y que persiguen preservar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de dicha información de acuerdo con la normativa reguladora de la seguridad de la información del Grupo. Asimismo, el Código recoge la obligación de todos los empleados de asegurarse de que la información que facilitan, tanto interna como externamente, sea precisa, clara y veraz.
Hasta el 18 de diciembre de 2024, fecha en la que entró en vigor la nueva versión del Código Ético y de Conducta y el SII, el Comité de Ética de la Sociedad se encargaba de garantizar la aplicación del Código, así como la supervisión y el control de su cumplimiento. En particular, hasta el 18 de diciembre de 2024, el Comité de Ética era el responsable de analizar y de resolver las denuncias sobre posibles incumplimientos del Código recibidas a través del canal de consultas y denuncias regulado en esta norma, el cual fue sustituido en dicha fecha por el SII. En este sentido, el Código establecía diferentes vías de comunicación para consultas y denuncias éticas, tanto para empleados, directivos y miembros de órganos de administración de las entidades del Grupo, como para proveedores, contratistas y demás personas que mantuviesen relaciones profesionales con MAPFRE. El Secretario del Comité de Ética recibía directamente estas denuncias y consultas, garantizando su confidencialidad, y se preveía la posibilidad de efectuar denuncias de forma anónima.
Tras la entrada en vigor de la normativa reguladora del SII, cualquier incumplimiento del Código Ético y de Conducta deberá ponerse en conocimiento de la entidad del Grupo que corresponda a través de su Sistema Interno de Información conforme a los principios establecidos en la referida normativa. Además, de conformidad con la Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A., a través del SII podrán formularse consultas o plantearse dudas sobre la interpretación y/o aplicación del Código Ético y de Conducta por cualquier persona, ya sean empleados, profesionales, accionistas, partícipes miembros, de los órganos de administración, dirección o supervisión de las entidades del Grupo, incluidos voluntarios, becarios y trabajadores en formación, proveedores de servicios, clientes y cualquier tercero en proceso de adquirir cualquiera de las anteriores condiciones o tras haberla perdido.
La Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A. concreta y desarrolla el compromiso institucional de MAPFRE de conducir todas sus actividades y negocios conforme a estrictos cánones de comportamiento ético y de cumplimiento de la legalidad vigente y el manifiesto rechazo de cualquier práctica ilegal o fraudulenta que pudiera producirse en su seno, en cualquiera de los territorios en los que opera. La referida política y el Procedimiento de Gestión de Informaciones de MAPFRE, S.A. dejan sin efecto la anterior regulación del canal de consultas y denuncias sobre el Código Ético y de Conducta y disponen que el nuevo SII integre todos los canales previamente existentes (incluidos el referido canal de consultas y denuncias, así como el Canal de Denuncias Financieras y Contables y el Sistema Interno de Denuncias previsto en la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen

sobre infracciones del Derecho de la Unión, a los que se hace referencia en el apartado siguiente) para la recepción y resolución de cualesquiera denuncias con una tramitación homogénea.
De conformidad con la referida Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A., el SII se basa, entre otros, en los siguientes principios rectores: (i) principio de tolerancia cero a actuaciones irregulares y rechazo de cualquier infracción o vulneración de la legalidad vigente o de los valores y principios éticos de MAPFRE; (ii) prohibición de represalias contra los informantes; (iii) principios de independencia, objetividad, diligencia y legalidad en relación con la gestión, tramitación y resolución de las denuncias y consultas recibidas; (iv) principio de confidencialidad en todas las actuaciones que tengan lugar en el marco del SII; (v) principio de buena fe y honestidad; y (vi) principio de publicidad y accesibilidad, conforme al cual la Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A. se publica en una sección separada y fácilmente identificable de la página web corporativa de MAPFRE y en el portal interno, y podrá publicarse en cualquier otro medio que la Sociedad considere conveniente para garantizar su mejor y más amplio conocimiento. El acceso al SII es público y de fácil utilización y comprensión para quienes deseen efectuar una denuncia o consulta.
Asimismo, se permite que el informante que así lo desee pueda mantenerse en el anonimato, siempre que la normativa del país en el que haya de gestionarse la denuncia así lo permita. En estos casos, las denuncias anónimas se tramitarán respetando las garantías establecidas en la Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A. y, en particular, sin realizar ningún tipo de rastreo o actuación dirigida a obtener la identificación o los datos del informante.
Según se establece en la Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A., la responsabilidad del SII de la Sociedad recae en el Comité del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A., que es un órgano colegiado integrado por las siguientes personas designadas por el Consejo de Administración: el Director de Asesoría Jurídica de Mercado de Valores y Gobierno Corporativo, del área corporativa de Secretaría General y Asuntos Legales (que asume la Presidencia del Comité); el Director Corporativo de Cumplimiento (que asume la Secretaría del Comité); el Director de RRHH de Áreas Corporativas, del área corporativa de Personas y Organización; el Controller del Grupo MAPFRE, del área corporativa de Finanzas y Medios; y el Director de Gobierno, Riesgo y Cumplimiento de Seguridad, del área corporativa de Transformación de la Operación. En particular, el Comité del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A. es el responsable de la recepción y tramitación de las denuncias que se reciben a través del SII (incluyendo su admisión a trámite, la incoación de expedientes de investigación de los hechos denunciados, la designación del instructor de la investigación y el análisis de las conclusiones de la investigación realizada), así como de su resolución y la decisión sobre las actuaciones pertinentes a llevar a cabo, en cada caso.
[LA INFORMACIÓN DE ESTE APARTADO CONTINUA EN EL APARTADO H.1. DE ESTE INFORME]
· • Canal de denuncias, que permita la comunicación a la comisión de auditoría de irregularidades de naturaleza financiera y contable, en adición a eventuales incumplimientos del código de conducta y actividades irregulares en la organización, informando, en su caso, si éste es de naturaleza confidencial y si permite realizar comunicaciones anónimas respetando los derechos del denunciante y del denunciado.
Tras la entrada en vigor de la normativa reguladora del SII, el 18 de diciembre de 2024, cualquier irregularidad de naturaleza financiera y contable deberá ponerse en conocimiento de la entidad del Grupo que corresponda a través de su Sistema Interno de Información conforme a los principios establecidos en la referida normativa. De conformidad con la Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A., cualquier persona podrá comunicar dichas irregularidades a MAPFRE, ya sean empleados, profesionales, accionistas, partícipes miembros, de los órganos de administración, dirección o supervisión de las entidades del Grupo, incluidos voluntarios, becarios y trabajadores en formación, proveedores de servicios, clientes y cualquier tercero en proceso de adquirir cualquiera de las anteriores condiciones o tras haberla perdido.
La Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A. y el Procedimiento de Gestión de Informaciones de MAPFRE, S.A. disponen que el SII integre todos los canales previamente existentes (incluido, además del canal de consultas y denuncias sobre el Código Ético y de Conducta, el Canal de Denuncias Financieras y Contables y el Sistema Interno de Denuncias previsto en la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión) y dejan sin efecto la regulación de estos canales.
De conformidad con la referida Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A., el SII se basa, entre otros, en los principios rectores mencionados en el apartado anterior del presente informe. Asimismo, como se ha indicado anteriormente, se permite que el informante que así lo desee pueda mantenerse en el anonimato, siempre que la normativa del país en el que haya de gestionarse la denuncia así lo permita. En estos casos, las denuncias anónimas se tramitarán respetando las garantías establecidas en la Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A. y, en particular, sin realizar ningún tipo de rastreo o actuación dirigida a obtener la identificación o los datos del informante.
Según se establece en la Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A., la responsabilidad del SII de la Sociedad recae en el Comité del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A., que es un órgano colegiado integrado por las personas que indican en el apartado anterior del presente informe. El Comité del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A. es el responsable de la recepción y tramitación de las denuncias que se reciben a través del SII (incluidas las denuncias sobre posibles irregularidades de naturaleza financiera y contable), incluyendo su admisión a trámite, la incoación de expedientes de investigación de los hechos denunciados, la designación del instructor de la investigación y el análisis de las conclusiones de la investigación realizada, así como de su resolución y de la decisión sobre las actuaciones pertinentes a llevar a cabo, en cada caso.
Asimismo, según se indica en el apartado anterior del presente informe, el Comité de Auditoría y Cumplimiento es responsable de la supervisión general del SII de la Sociedad a los efectos de evaluar la correcta aplicación de los aspectos recogidos en la Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A. Con esta finalidad, recibirá anualmente información sobre el funcionamiento del SII de la Sociedad (número de

denuncias o informaciones recibidas, su origen, tipología, los resultados de las investigaciones y medidas adoptadas) y podrá proponer acciones de mejora para minimizar el riesgo de irregularidades.
Adicionalmente, en lo que respecta a las denuncias y consultas que versen sobre irregularidades de naturaleza financiera, contable o relativas a los aspectos vinculados con la sostenibilidad, que pudieran tener un impacto material en los estados financieros o en el control interno de la Sociedad, el Comité de Auditoría y Cumplimiento tiene acceso directo a dichas denuncias y consultas de conformidad con la Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A. y el Procedimiento de Gestión de Informaciones de MAPFRE, S.A. A estos efectos, el Comité de Auditoría y Cumplimiento recibe información individualizada del Comité del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A., que facilita cuanta información o documentación fuera relevante. Adicionalmente, el Comité de Auditoría y Cumplimiento tiene acceso directo a las denuncias y consultas con un impacto material en los estados financieros o en el control interno de cualesquiera de las entidades del Grupo o del Grupo en su conjunto.
Hasta el 18 de diciembre de 2024 y la entrada en vigor de la Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A. y del Procedimiento de Gestión de Informaciones de MAPFRE, S.A., la Sociedad contaba con el Canal de Denuncias Financieras y Contables para que los empleados del Grupo MAPFRE (y otras personas relacionadas con él, tales como consejeros, accionistas, proveedores, contratistas o subcontratistas) pudiesen comunicar al Comité de Auditoría y Cumplimiento, de forma confidencial y, opcionalmente, de forma anónima, las irregularidades de naturaleza financiera y contable de potencial trascendencia que advirtiesen en el seno de la Sociedad o de su Grupo.
Las normas de funcionamiento del Canal de Denuncias Financieras y Contables del Grupo MAPFRE (aprobadas por el Comité de Auditoría y Cumplimiento en su reunión celebrada el 17 de diciembre de 2020) quedaron sin efecto el 18 de diciembre de 2024 con la aprobación de la Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A. y del Procedimiento de Gestión de Informaciones de MAPFRE, S.A. De conformidad con dichas normas, el Comité de Auditoría y Cumplimiento era el destinatario de las denuncias de naturaleza financiera y contable y se encargaba de su resolución, dándoles en cada caso el tratamiento que estimase oportuno. Para el adecuado cumplimiento de su función contaba con la asistencia de la Secretaría General y del Área Corporativa de Auditoría Interna.
Con anterioridad a la entrada en vigor de la Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A. y del Procedimiento de Gestión de Informaciones de MAPFRE, S.A., Secretaría General de la Sociedad elaboraba anualmente un informe, cuyo destinatario era el Comité de Auditoría y Cumplimiento, en el que se reflejaba la actividad del Canal de Denuncias Financieras y Contables, así como el resultado final de las denuncias efectuadas. En esta línea, como se ha indicado en el apartado anterior, desde la entrada en vigor de la referida política y del procedimiento el 18 de diciembre de 2024, el Comité de Auditoría y Cumplimiento recibirá anualmente información sobre el funcionamiento del SII de la Sociedad (número de denuncias o informaciones recibidas —incluido las de naturaleza financiera y contable—, su origen, tipología, los resultados de las investigaciones y medidas adoptadas) y podrá proponer acciones de mejora para minimizar el riesgo de irregularidades. Dado que en el ejercicio 2024, el Canal de Denuncias Financieras y Contables y el SII han estado en funcionamiento (hasta el 18 de diciembre de 2024 y desde esta fecha, respectivamente), el Comité de Auditoría y Cumplimiento, en su reunión del 10 de febrero de 2025, recibió información sobre el funcionamiento de ambos canales.
Además del anterior Canal de Denuncias Financieras y Contables, con anterioridad a la entrada en vigor de la Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A. y del Procedimiento de Gestión de Informaciones de MAPFRE, S.A., la Sociedad contaba con un Sistema Interno de Denuncias previsto en la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión. Este Sistema Interno de Denuncias también ha sido sustituido por el SII a partir del 18 de diciembre de 2024.
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· Programas de formación y actualización periódica para el personal involucrado en la preparación y revisión de la información financiera, así como en la evaluación del SCIIF, que cubran al menos, normas contables, auditoría, control interno y gestión de riesgos:
MAPFRE cuenta con una Universidad Corporativa y un Modelo Global de Aprendizaje, implantados a nivel global.
MAPFRE sigue impulsando el conocimiento técnico y éste representa el 75% del esfuerzo formativo. En este ámbito de conocimiento técnico se encuentra la formación financiera, que se canaliza principalmente a través de la Escuela de Finanzas, cuyo objetivo es proporcionar a todos los profesionales de todas las áreas de finanzas de MAPFRE conocimientos en materia de gestión de riesgos, control de gestión y contabilidad, para ser más competitivos dentro de esta función.
A continuación, se destacan las principales acciones formativas realizadas a nivel global, en el ámbito de las materias mencionadas en este informe:
Por un lado, el programa online de control interno disponible en los tres idiomas corporativos, que fue renovado durante el año 2019. Por su naturaleza, el control interno involucra a todas las personas, con independencia del puesto que ocupen en la organización. Por ello este curso ofrece a todos los empleados de MAPFRE la información básica sobre los objetivos y los principios en los que se apoya el marco común de actuación del Sistema de Control Interno, los órganos de gobierno responsables de su buen funcionamiento y de su supervisión, así como ejemplos prácticos de cómo se desarrollan el conjunto de actuaciones de control interno en la organización a través del modelo de tres líneas de defensa. A 31 de diciembre de 2024, 23.191 empleados han finalizado dicho programa a nivel global desde el lanzamiento del curso actualizado en 2019.
Dado que MAPFRE está haciendo una clara apuesta por la sostenibilidad, y con el objetivo de reforzar el conocimiento técnico de los empleados adscritos a la función financiera, que es uno de los pilares de la gestión de MAPFRE, desde el Área Corporativa de Inversiones, junto con el Área Corporativa de Personas y Organización, se ha lanzado el programa de formación y certificación CESGA®, impartido por la Fundación de Estudios Financieros (FEF). El objetivo de este programa es trasladar a los equipos de inversiones a nivel global, así como a determinados empleados de

los equipos de Auditoría, Finanzas y Sostenibilidad, los conocimientos necesarios para que puedan realizar evaluaciones y tomar decisiones de inversión en las que apliquen criterios ambientales, sociales y de gobierno corporativo. Este programa está incluido dentro del indicador "% de empleados en la función de inversiones que han realizado el CESGA®" del Plan de Sostenibilidad y, a 31 de diciembre de 2024, 79 empleados han recibido la certificación.
Adicionalmente, MAPFRE cuenta con un curso e-learning sobre la Función de Cumplimiento Normativo, cuyo objetivo es dar a conocer esta función, sus objetivos y responsabilidades, así como la importancia que adquiere su implantación en las organizaciones para minimizar el riesgo de incumplimiento legal y regulatorio al que están expuestas. Al cierre de 2024, 1.792 empleados han realizado este programa desde su lanzamiento en 2015.
En la Universidad Corporativa está disponible el curso online sobre la normativa de Solvencia II, dirigido a todos los empleados del mundo que desarrollan su función en las Áreas de Riesgos, Financiera, Actuarial, Cumplimiento y Auditoría, de una duración de 45 minutos. Dicho programa está disponible en español e inglés. A cierre de 2024, 2.055 empleados han realizado este programa desde que se lanzó en 2017.
En el año 2024, se han desarrollado acciones formativas en el ámbito financiero referentes a la Norma Internacional de Información Financiera ("NIIF") 9 (Instrumentos financieros). En estas acciones formativas han participado un total de 159 empleados.
En el año, 2024 se han diseñado distintos cursos formativos sobre la herramienta SAP para la capacitación de los usuarios sobre los diferentes procesos económico-financieros (contabilidad general, introducción a "SAP Fiori", activos fijos, monitor de asientos y facturas, "reporte AFO", tesorería y contabilidad analítica). A 31 de diciembre de 2024, 241 empleados han realizado alguno de estos contenidos.
Asimismo, en el año 2024 se han desarrollado varias acciones formativas de manera virtual en el ámbito de auditoría interna a nivel global, tales como el "Programa Global de Auditoría Interna", en formato bilingüe en español e inglés, para todos los auditores internos del Grupo MAPFRE, en el que participaron 151 empleados. Los auditores internos también han recibido formación en otras materias de relevancia, como, por ejemplo, la NIIF 17 (Contratos de seguros) y la NIIF 9 (Instrumentos financieros). Adicionalmente, en el año 2024 se ha desarrollado el programa formativo sobre la normativa resiliencia operativa digital ("DORA", por sus siglas en inglés) para los colectivos de auditoría, de seguridad y de tecnología. A 31 de diciembre de 2024, 87 empleados han realizado este programa.
Durante el año 2024, se ha continuado con el despliegue formativo en ciberseguridad "The firewall Mindset", que se lanzó en el año 2021, habiendo completado este contenido hasta final de año un total de 21.535 empleados a nivel global. Además, se ha finalizado el "Programa Global de Ciberseguridad", destinado a los colectivos de tecnología y seguridad de MAPFRE, que consta de un módulo transversal común para todos los destinatarios y de otro módulo específico, dependiendo de la función desempeñada por cada empleado de estos colectivos. Han asistido a las sesiones del primer y del segundo módulo 1.598 y 2.749 empleados, respectivamente. Además, se ha trasladado este programa virtual a distintos módulos online e incluido en el catálogo de autoaprendizaje para que esté disponible para todos los empleados.
Asimismo, se ha continuado desplegando el programa de formación global en prevención de riesgos penales. 20.622 empleados ya han realizado alguno de sus módulos.
Adicionalmente, cabe mencionar la formación dirigida a los consejeros, para los que cada año se diseña un plan de formación a nivel global, a través del Aula del Consejero, que incluye contenidos estratégicos del Grupo, a nivel global y local, conocimiento organizativo, así como otros contenidos específicos relacionados con la cultura de riesgos y control de riesgos en MAPFRE. Durante 2024 y de acuerdo con el plan de formación para consejeros previamente definido, se han celebrado dos jornadas formativas presenciales para todos los consejeros externos (no ejecutivos) de las entidades del Grupo España, en abril y octubre. Durante estas jornadas, se desarrollaron sesiones específicas relativas a, entre otros, los siguientes aspectos: inflación mantenida, inversiones sostenibles, suscripción (productos y servicios sostenibles) y canales de distribución.
Como complemento a esta formación presencial, los consejeros disponen de un amplio catálogo de contenidos: (i) programas online sobre "capacidades digitales", para que puedan elegir en función de sus necesidades; y (ii) otro catálogo, con un itinerario específico para este colectivo, que contiene más de 15 recursos formativos sobre diferentes materias y políticas corporativas: prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo (responsabilidades de los consejeros); cultura del dato; cultura digital; seguridad integral; control interno; cumplimiento normativo; solvencia; Código Ético y de Conducta; responsabilidad social corporativa; discapacidad; igualdad; innovación; protección de datos; riesgos penales y programa global de seguros. Cada año se añaden a este itinerario nuevos programas, con contenidos de obligado conocimiento, y otros de reciente actualización. En 2024, se han incorporado a esta formación contenidos online adicionales sobre ocho políticas corporativas del Grupo MAPFRE.
A nivel global, en total 86 consejeros de entidades del Grupo MAPFRE han recibido al menos una formación del ámbito de las materias mencionadas.
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F.2. Evaluación de riesgos de la información financiera.
Informe, al menos, de:
- F.2.1 Cuáles son las principales características del proceso de identificación de riesgos, incluyendo los de error o fraude, en cuanto a:.
- · Si el proceso existe y está documentado:
La Política de Gestión de Riesgos, capítulo 5 del documento Políticas de Solvencia II del Grupo MAPFRE, establece las pautas generales, los principios básicos y el marco general de actuación en materia de gestión de riesgos que aseguran una aplicación coherente en el Grupo. De conformidad con el principio de obligado cumplimiento, las entidades cuentan con políticas escritas específicas para la identificación, medición, vigilancia, gestión y notificación de los principales riesgos abarcados por el Sistema de Gestión de Riesgos (en adelante "SGR").
De acuerdo con los requerimientos normativos de Solvencia II, el Grupo realiza un proceso continuo de evaluación interna de riesgos y solvencia integrado plenamente en el SGR. A través de esta evaluación se promueven procedimientos para identificar, medir, vigilar, gestionar y notificar los riesgos a corto y largo plazo del Grupo durante el período contemplado en el plan estratégico, así como para medir la suficiencia de recursos de capital conforme al entendimiento de sus necesidades reales de solvencia. Con estos objetivos, contempla todos los riesgos significativos o fuentes potenciales de riesgo a los que el Grupo MAPFRE está expuesto y facilita emprender iniciativas dirigidas a su gestión y mitigación.
Anualmente, la Dirección Corporativa de Riesgos coordina la elaboración del Informe de Evaluación Interna de Riesgos y Solvencia (ORSA), prepara la propuesta de informe que se someterá a la aprobación del Consejo de Administración y canaliza las diferentes aportaciones de las áreas o departamentos involucrados en el proceso.
Las responsabilidades del SGR se integran en la estructura organizativa del Grupo de acuerdo con el modelo de tres líneas de defensa, de modo que todo el personal de la organización tiene responsabilidades para el cumplimiento de los objetivos de control. La primera línea de defensa, constituida por los empleados, la dirección y las áreas operativas de negocio y de soporte responsables de las actividades, asumen y gestionan los riesgos y controles de cada entidad del Grupo, responsabilizándose de que los riesgos no excedan de los límites establecidos en la Política de Apetito de Riesgo y en las políticas específicas de riesgos recogidas en el documento "Políticas de Solvencia II".
La Política de Riesgo Operacional, capítulo 22 del documento "Políticas de Solvencia II", establece las responsabilidades, obligaciones, reglas de medición y límites específicos para el seguimiento del riesgo operacional, que considera, entre otros, los riesgos de fraude interno y externo. La cuantificación del riesgo operacional en las entidades aseguradoras y reaseguradoras del Grupo pertenecientes al Espacio Económico Europeo se realiza de acuerdo con la fórmula estándar establecida en la normativa de Solvencia II.
Adicionalmente a la cuantificación, en las entidades del Grupo se promueve, a nivel global, la monitorización de indicadores de riesgos y controles (conjunto de procedimientos que se basan en un análisis cualitativo dinámico de los procesos), de forma que los gestores de cada área o departamento identifican los riesgos potenciales que afectan tanto a los procesos de negocio como de soporte. Para llevar a cabo dicho análisis, se identifican los factores de riesgos que pueden afectar a cada uno de los procesos, incluyéndose siempre uno relativo al registro y contabilización de las operaciones con impacto económico o contable.
Estos factores de riesgo se encuentran asociados a magnitudes económicas vinculadas a los principales epígrafes de los estados financieros. En este proceso de identificación de las magnitudes significativas se han considerado factores cuantitativos y cualitativos (tales como la complejidad de las operaciones y el riesgo de fraude, entre otros).
Las distintas áreas y departamentos de las entidades evalúan dichos factores de riesgo durante la monitorización de indicadores de riesgos y controles que, entre ostros aspectos, permiten: (i) identificar los riesgos a través de cuestionarios específicos de riesgos y controles; (ii) conocer los factores de riesgos que han resultado relevantes; y (iii) adoptar medidas correctoras en aquellos casos en que sea necesario.
Asimismo, el Grupo promueve trimestralmente el procedimiento de registro y seguimiento de eventos de riesgo operacional, mediante el cual se establecen mecanismos de vigilancia de los incidentes y eventos operacionales. De este modo, la primera línea de defensa es la obligada a informar a las Direcciones de Riesgos de las entidades sobre los eventos o incidentes de riesgo operacional que consideran, entre otros, los eventos de error en la ejecución de los procesos y los de fraude interno o externo.
En el apartado E. (Sistemas de Control y Gestión de Riesgos) del presente informe de gobierno corporativo se incluye una descripción más detallada del SGR se incluye en.
· Si el proceso cubre la totalidad de objetivos de la información financiera, (existencia y ocurrencia; integridad; valoración; presentación, desglose y comparabilidad; y derechos y obligaciones), si se actualiza y con qué frecuencia:

Los objetivos de la información financiera (existencia y ocurrencia; integridad; valoración; presentación, desglose y comparabilidad; y derechos y obligaciones) se materializan a través del proceso de elaboración del cuestionario trimestral de controles internos sobre la información financiera.
Este procedimiento tiene como objetivos identificar y verificar que se ejecutan controles durante el proceso de elaboración de la información financiera, dejar evidencia documental de los controles llevados a cabo por la entidad en los procesos de Tesorería e Inversiones, Consolidación, Contabilidad e Impuestos, así como del resultado de su aplicación, y actuar como canal de comunicación interno para compartir la información relevante relativa a la emisión de la información financiera. El procedimiento contempla la evaluación trimestral de controles clave identificados en cada uno de los procesos mencionados, entendiendo como tales aquellos que mitigan, de forma adecuada y con la anticipación necesaria, la existencia de fraudes o errores que pudieran tener un impacto material en la información financiera.
La Subdirección de Control Interno Contable se encarga de revisar y actualizar periódicamente el procedimiento SCIIF, así como el cuestionario establecido para garantizar la fiabilidad de la información financiera, el cual ha sido actualizado en 2024 con la información referente a los nuevos controles incorporados al proceso de consolidación asociados a la NIIF 17 (Contratos de seguros).
· La existencia de un proceso de identificación del perímetro de consolidación, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la posible existencia de estructuras societarias complejas, entidades instrumentales o de propósito especial:
El Manual de Consolidación de MAPFRE elaborado por la Dirección Corporativa de Administración y Finanzas, que forma parte del Área Corporativa de Finanzas y Medios, describe el proceso de identificación del perímetro de consolidación, que recoge todas las sociedades del Grupo y es actualizado mensualmente.
El Área de Consolidación remite al Responsable de Consolidación de cada subgrupo el detalle de las sociedades incluidas en el perímetro de consolidación con los porcentajes de participación directa e indirecta y el método de consolidación que aplica en cada caso. Cualquier modificación sobre la información entregada se comunica al Área de Consolidación, y ésta decide si finalmente se efectúa el cambio, una vez analizados los motivos expuestos.
La estructura funcional y tareas asignadas a los responsables de dicho proceso se encuentran reflejadas en el propio Manual de Consolidación.
· Si el proceso tiene en cuenta los efectos de otras tipologías de riesgos (operativos, tecnológicos, financieros, legales, fiscales, reputacionales, medioambientales, etc.) en la medida que afecten a los estados financieros:
El proceso de evaluación interna de riesgos y solvencia engloba procesos y procedimientos destinados a identificar, medir, vigilar, gestionar y notificar el conjunto de riesgos a los que el Grupo está expuesto en el corto y largo plazo, considerando los propios de la actividad aseguradora y reaseguradora, los riesgos financieros y de crédito, el riesgo estratégico y de gobierno corporativo y el riesgo operacional. Estos procesos también persiguen determinar las necesidades globales de solvencia para cumplir con el objetivo de solvencia del Grupo, teniendo en cuenta el perfil de riesgo, la estrategia de negocio y los límites de tolerancia aprobados en el apetito de riesgo y en políticas específicas.
Adicionalmente, en los procedimientos de control de riesgos se consideran las tipologías de riesgos operativos, tecnológicos, legales y reputacionales, y se definen factores de riesgo. Dichos riesgos, en su caso, se vinculan al epígrafe de los estados financieros que se vería impactado en caso de que el potencial riesgo se materializase, siendo los principales epígrafes: primas, provisiones, rendimientos financieros, gastos de adquisición, gastos de administración y gastos de prestaciones.
El control de los riesgos se promueve en el Grupo, tanto en España como en el exterior, a través de la aplicación informática Riskm@p, desarrollada internamente en MAPFRE, que permite la elaboración de los mapas de riesgos asociados a los procesos más relevantes de las entidades, en los que se analizan la importancia y la probabilidad de ocurrencia de los diversos riesgos.
· Qué órgano de gobierno de la entidad supervisa el proceso:
El Comité de Auditoría y Cumplimiento tiene asignada, entre otras, la competencia de supervisar la eficacia del control interno de la Sociedad y los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros, labor que realiza de forma continuada a lo largo del año a través de los trabajos llevados por Auditoría Interna.
Respecto al informe del SCIIF, elaborado por la Dirección Corporativa de Administración y Finanzas, el auditor externo revisa y analiza el contenido del mismo y emite su propio informe sobre la consistencia o incidencias de la información que le pudieran afectar.
El Comité de Auditoría y Cumplimiento revisa el informe del SCIIF, junto con el informe elaborado por el auditor externo, es con carácter previo a su aprobación por el Consejo de Administración.

F.3. Actividades de control.
Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:
F.3.1 Procedimientos de revisión y autorización de la información financiera y la descripción del SCIIF, a publicar en los mercados de valores, indicando sus responsables, así como de documentación descriptiva de los flujos de actividades y controles (incluyendo los relativos a riesgo de fraude) de los distintos tipos de transacciones que puedan afectar de modo material a los estados financieros, incluyendo el procedimiento de cierre contable y la revisión específica de los juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones relevantes
Los informes financieros relativos a las cuentas anuales, así como la información semestral elaborada por la Dirección Corporativa de Administración y Finanzas, que forma parte del Área Corporativa de Finanzas y Medios, son presentados al Comité de Auditoría y Cumplimiento, y posteriormente, al Consejo de Administración.
La Subdirección de Procedimientos y Supervisión, dependiente de la Dirección Corporativa de Administración y Finanzas, solicita a los responsables de la información financiera de las principales entidades del Grupo la firma de la "Carta de Manifestaciones" interna, que garantiza que la información financiera reportada a efectos de elaboración de la información semestral resumida y las cuentas consolidadas anuales del Grupo MAPFRE, han sido preparadas de acuerdo con la normativa contable recogida en el Manual de Consolidación del Grupo MAPFRE.
El calendario de cierre elaborado por la Subdirección de Procedimientos y Supervisión detalla las principales actividades del proceso de consolidación y elaboración de las cuentas anuales y semestrales, y sus controles, y establece las fechas límite de cumplimiento.
Las diferentes entidades del Grupo reportan, a través de los responsables asignados, la información financiera, que la Dirección Corporativa de Administración y Finanzas consolida para elaborar los informes. En el proceso de consolidación existen controles que permiten detectar errores que pueden afectar de modo material a los estados financieros.
Por otro lado, el Comité de Auditoría y Cumplimiento verifica la siguiente información, con carácter previo a su aprobación por el Consejo de Administración:
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El informe de gestión y las cuentas anuales individuales y consolidadas de MAPFRE, S.A. y sus sociedades dependientes.
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El informe de la revisión limitada sobre los estados financieros intermedios resumidos consolidados de MAPFRE, S.A. correspondientes al período intermedio finalizado a 30 de junio de cada ejercicio.
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El Informe de Sostenibilidad, que forma parte del informe de gestión consolidado de MAPFRE, S.A. y sigue la Directiva (UE) 2022/2464 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de diciembre de 2022 por la que se modifican el Reglamento (UE) n.º 537/2014, la Directiva 2004/109/ CE, la Directiva 2006/43/CE y la Directiva 2013/34/UE, por lo que respecta a la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas, y da respuesta a los requerimientos del Código de Comercio, de la Ley de Sociedades de Capital y de la Ley de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad, así como del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088, y sus reglamentos asociados. Desde el ejercicio 2024, el Informe de Sostenibilidad sustituye al anterior estado de información no financiera, que formaba parte del Informe Integrado.
-
El Informe sobre la Situación Financiera y de Solvencia del Grupo MAPFRE y de las filiales que desarrollan actividad aseguradora y reaseguradora con domicilio en España.
Asimismo, en el Comité de Auditoría y Cumplimiento, se presenta la siguiente información:
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Los informes de valoración del sistema de control interno de las entidades aseguradoras y reaseguradoras españolas del Grupo MAPFRE, elaborados por el Área Corporativa de Auditoría Interna.
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Los Informes sobre la Situación Financiera y de Solvencia (SFCR) de las distintas entidades aseguradoras y reaseguradoras españolas del Grupo MAPFRE.
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El Informe de Evaluación Interna de Riesgos y Solvencia (ORSA), el Informe sobre la Situación Financiera y de Solvencia (SFCR), el Informe Periódico de Supervisión (RSR) y la Información Cuantitativa Anual (QRT's), relativos todos ellos al Grupo MAPFRE.
La Subdirección de Control Interno Contable, integrada en la Dirección Corporativa de Administración y Finanzas, se encarga de: (i) promover la cumplimentación trimestral del cuestionario de controles internos sobre la información financiera en las distintas entidades del Grupo; (ii) revisar la calidad de la información reportada y supervisar la descripción de las evidencias documentales de las actividades y controles ejecutados respecto de los principales procesos de emisión de la información financiera descritos en el apartado F.2. del presente informe; (iii) evaluar los indicadores de cobertura de control de acuerdo con las magnitudes descritas en el procedimiento SCIIF de la totalidad de los controles y, específicamente, de una

serie de controles clave identificados y definidos por su mayor impacto y relevancia sobre la fiabilidad de la información financiera, y sobre los que se realiza un especial seguimiento en su implantación y ejecución en todas las compañías del Grupo.
Para promover la monitorización de los indicadores de riesgos y controles, la Dirección Corporativa de Riesgos promueve la identificación de controles, de forma que los responsables de las áreas y departamentos elaboran manuales de controles internos y otra documentación descriptiva de los procesos en los que se detallan los procedimientos, las actividades que se realizan y sus intervinientes, identificando los riesgos asociados a las mismas y los controles que mitigan dichos riesgos. Entre los riesgos que se consideran se encuentran los relativos al fraude y aquellos vinculados al proceso de cierre contable. El conocimiento y documentación de los controles permite que los responsables de las diversas áreas y departamentos de las entidades puedan evaluar su efectividad de los mismos, conocer si los riesgos relevantes que se han identificado están suficientemente controlados y adoptar las medidas correctivas que sean necesarias.
Respecto de los juicios y estimaciones, el Consejo de Administración los realiza basándose en hipótesis sobre el futuro y sobre incertidumbres que se refieren principalmente a: (i) los activos y pasivos por contratos de seguros; (ii) la clasificación de los instrumentos financieros; (iii) las pérdidas por deterioro de determinados activos; (iv) el cálculo de provisiones para riesgos y gastos; (v)el cálculo actuarial de los pasivos y compromisos por retribuciones "post-empleo"; (vi) la vida útil de los activos intangibles y de los elementos del inmovilizado material; (vii) el valor razonable de determinados activos no cotizados; y (viii) el valor razonable de activos y pasivos derivados de contratos de arrendamiento.
Las estimaciones e hipótesis utilizadas se recogen en las instrucciones de cierre contable, son revisadas de forma periódica, y están basadas en la experiencia histórica y en otros factores que hayan podido considerarse más razonables en cada momento. Si, como consecuencia de la revisión, se producen cambios de estimación en un periodo determinado, su efecto se aplica en ese periodo, y, en su caso, en los sucesivos.
F.3.2 Políticas y procedimientos de control interno sobre los sistemas de información (entre otras, sobre seguridad de acceso, control de cambios, operación de los mismos, continuidad operativa y segregación de funciones) que soporten los procesos relevantes de la entidad en relación a la elaboración y publicación de la información financiera.
La elaboración, el mantenimiento, la implantación y la evaluación de las políticas y de los procedimientos de control interno en materia de seguridad, privacidad y resiliencia operativa es responsabilidad de la Dirección Corporativa de Seguridad (DCS), encuadrada organizativamente en el Área Corporativa de Transformación de la Operación.
Dichas políticas y procedimientos se articulan en un Sistema Documental de Seguridad de la Información (SDSI) o Cuerpo Normativo de Seguridad de la Información ("CNSI"), que deriva de la Política Corporativa de Seguridad y Privacidad, cuya última actualización fue aprobada por el Consejo de Administración de MAPFRE, S.A., en su sesión celebrada el 26 de junio de 2024.
Por otro lado, los controles y procedimientos de seguridad establecidos sobre los sistemas de información están destinados a dotar al Grupo MAPFRE de capacidades de identificación, protección, detección, respuesta y recuperación frente a las "ciber amenazas", a través de líneas estratégicas de actuación que incluyen: (i) la formación y la concienciación en materia de ciberseguridad, privacidad y resiliencia operativa de sus empleados; (ii) el establecimiento de la seguridad desde el diseño de cualquier nuevo sistema, red o aplicación; (iii) la monitorización permanente de redes y sistemas; (iv) la revisión sistemática de las medidas y controles implantados; y (v) el desarrollo y entrenamiento de la capacidad de respuesta y de recuperación frente a los eventuales incidentes de seguridad que puedan llegar a producirse.
Específicamente, dentro del CNSI, se establecen objetivos asociados al inventariado y clasificación de activos, la verificación segura de identidad en el acceso a los sistemas de información, la gestión de autorizaciones y credenciales de autenticación y la segregación de funciones, destinados a dotar al acceso a los sistemas de información de la compañía de un entorno de control adecuado.
Asimismo, como parte del objetivo asociado a divulgación, concienciación y formación en seguridad, el Grupo MAPFRE proporciona formación y concienciación continua a sus empleados en esta materia, entre otras, mediante un "Programa específico de Formación en Seguridad", compuesto, entre otros, por vídeos y noticias en la Intranet, un programa de sensibilización basado en gamificación y programas de formación específicos del colectivo de tecnologías de la información y comunicación (TIC). Este programa, desarrollado e integrado en los modelos de formación corporativos, persigue la correcta concienciación y capacitación de los empleados del Grupo en materia de seguridad, promoviendo buenas prácticas y haciéndoles conscientes de sus cometidos y responsabilidades en este ámbito, dada la relevancia de su comportamiento en la protección de MAPFRE.
En relación con las capacidades de detección y respuesta (objetivos de gestión de eventos y respuesta a incidentes de seguridad), MAPFRE cuenta con un "SOC Global" (habilitado como "CERT –Computer Emergency Response Team–" y perteneciente a la red internacional "FIRST –Forum of Incident Response and Security Teams–) que monitoriza la actividad en las redes y en los sistemas de información del Grupo y es el órgano encargado de responder ante los eventuales incidentes de seguridad que pudieran producirse. Este órgano cuenta con certificaciones emitidas por AENOR con respecto al cumplimiento de las normas ISO 9001 (Calidad), ISO 27001 (Seguridad de la Información) e ISO 22301 (Continuidad de Negocio).
Por otro lado, dentro del objetivo de ejecución de auditorías y revisiones de seguridad, la Dirección Corporativa de Seguridad actualiza anualmente el plan de revisiones de seguridad, de carácter sistemático y global, encaminado a verificar los controles de seguridad implantados y al descubrimiento temprano de vulnerabilidades en los sistemas de información del Grupo a nivel global.
De manera adicional, en relación con las capacidades de recuperación, el Grupo cuenta con un Modelo Corporativo de Continuidad de Negocio compuesto por una política, un marco de gobierno y una metodología de continuidad del negocio, que definen el marco y las acciones necesarias para, a través de los correspondientes planes de continuidad de negocio, que son probados periódicamente, garantizar el correcto funcionamiento de la operativa ante la materialización de un incidente de alto impacto, de forma que se reduzca al mínimo el daño producido. Estos planes han

sido probados con eficacia en múltiples situaciones de crisis reales en diversos países. Actualmente, se encuentra en marcha un proceso gradual destinado a certificar los planes de continuidad de negocio según la norma ISO 22301 (Continuidad de Negocio).
Asimismo, en materia de resiliencia operativa, con objeto de dar respuesta a los requerimientos establecidos en el Reglamento DORA, el Consejo de Administración de la Sociedad, en su reunión del 18 de diciembre de 2024, acordó:
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Aprobar la Estrategia de Resiliencia Operativa Digital, que forma parte del Marco de Gestión de Riesgos del Grupo MAPFRE, y tiene, entre sus cometidos: (i) explicar el apoyo de dicho marco a la estrategia y los objetivos empresariales; (ii) establecer objetivos claros en materia de seguridad de la información; y (iii) establecer el nivel de tolerancia al riesgo relacionado con las Tecnologías de la Información y Comunicación ("TIC").
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Actualizar la Política de Contratación de Bienes y Servicios de Tecnologías de la Información ("TI"), con objeto de incorporar los nuevos requisitos de supervisión, gestión de riesgos y formalización de acuerdos contractuales en línea con las exigencias derivadas del Reglamento DORA, entre los que cabe destacar: (i) la asignación de responsabilidades de supervisión al Consejo de Administración, que deberá revisar la política anualmente y recibir información sobre el estado de los acuerdos contractuales en materia TIC; (ii) el establecimiento de criterios para la identificación y evaluación previa de las actividades que serán objeto de contratación, a los efectos de determinar si el servicio TIC sustenta funciones esenciales o importantes, según éstas se definen más adelante; y (iii) el establecimiento de previsiones en materia de supervisión, seguridad, niveles de servicio, derechos de acceso y auditoria y demás contenido obligado por el Reglamento DORA, que deberán constar necesariamente en los contratos TIC.
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Aprobar la Política de Contratación de Servicios de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) que soportan Funciones Esenciales o Importantes, con objeto de establecer un marco de control y supervisión específico que asegure el cumplimiento de la entidad en materia de resiliencia operativa digital respecto de las funciones esenciales o importantes que haya definido conforme a su actividad, cuando éstas están soportadas vía acuerdos con proveedores. Complementa el contenido de la Política de Contratación de Bienes y Servicios de TI cuando la contratación afecta a funciones esenciales o importantes.
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Actualizar la Política de Continuidad de Negocio del Grupo MAPFRE, a efectos de dar cobertura a los requisitos establecidos en el Reglamento DORA en lo que respecta a los planes de continuidad de negocio en MAPFRE, con el objetivo de incorporar los diferentes elementos vinculados con la continuidad de la actividad en materia TIC, siguiendo un enfoque basado en el riesgo.
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Designar a la Directora Corporativa de Tecnología como responsable para el Grupo MAPFRE de la supervisión de la exposición al riesgo de los servicios TIC proporcionados por proveedores terceros, así como autorizar la designación de los Chief Information Officer (CIOs) locales como responsables, en sus respectivas entidades, de la supervisión de la exposición al riesgo de los servicios TIC proporcionados por proveedores terceros.
La Política Corporativa de Seguridad y Privacidad y la Política de Continuidad de Negocio se encuentran accesibles públicamente a través de la página web corporativa de MAPFRE (www.mapfre.com), mientras que las normas y estándares del Cuerpo Normativo de Seguridad de la Información se encuentran publicados en la intranet global a fin de facilitar a todos los empleados el acceso a las mismas.
El Área Corporativa de Auditoría Interna verifica cada dos años el adecuado funcionamiento del Sistema de Control Interno de los principales sistemas informáticos cuyo alcance son los controles generales de tecnología de la información (TI), el entorno de control de TI, y los controles de aplicación. En aquellos años donde no se realiza revisión específica, se lleva a cabo un seguimiento de los planes de acción identificados y se revisa su estado.
F.3.3 Políticas y procedimientos de control interno destinados a supervisar la gestión de las actividades subcontratadas a terceros, así como de aquellos aspectos de evaluación, cálculo o valoración encomendados a expertos independientes, que puedan afectar de modo material a los estados financieros.
Todos los servicios subcontratados a terceros se regulan mediante contratos específicos. Las unidades o áreas contratantes se encargan de la supervisión directa de los proveedores, salvo en el caso de servicios puntuales (no recurrentes en el tiempo) de reducido importe, duración y escasa importancia, que son tramitados a partir de la oferta del proveedor a través del sistema corporativo de compras.
La selección de los proveedores se realiza conforme a criterios objetivos, en los que se valoran factores como la calidad, el precio, la infraestructura con la que cuenta el proveedor, su reconocimiento en el mercado, así como la pertenencia al colectivo de colaboradores de alguna de las entidades del Grupo y, en su caso, su historial en la calidad del servicio prestado a las mismas.
El cumplimiento de la normativa vigente en los diferentes países, así como la implantación de medidas de seguridad cuando procede, son requisitos indispensables para su elección. Otros factores que se valoran de forma positiva son el tiempo de respuesta, el servicio postventa, la cobertura geográfica, el valor añadido que pueda aportar y aspectos de sostenibilidad y gobernanza.
Se está desarrollando un proyecto para desplegar el Modelo Global de Compras y Contratación de Servicios en los países en los que opera el Grupo (ya se ha extendido a 21 países). Este modelo incluye diferentes categorías, entre las que se encuentra la correspondiente a servicios de profesionales independientes, que recoge aquellos con posible impacto financiero derivados de la evaluación, el cálculo o la valoración encomendados.
La herramienta tecnológica para gestionar, controlar y supervisar las contrataciones es, desde 2012, "SAP SRM (SAP Supplier Relationship Management)". En 2018, SAP decidió modificar su estrategia y comunicó que a partir de 2025 discontinuaría dicha herramienta (posteriormente, se pospuso su modificación a 2027) y apostaría por ARIBA como herramienta para la gestión de proveedores, compra, contratación y facturación.

ARIBA se seleccionó como herramienta de compras, principalmente por su integración nativa con los módulos financieros de MAPFRE que se encuentran en SAP S/4 HANA, por la funcionalidad que ofrece, actualización permanente y por la posibilidad de automatizar procesos, como el de facturación, y colaborar electrónicamente con los proveedores.
Se ha definido el nuevo Modelo Global de Compras de MAPFRE en ARIBA, y las entidades radicadas fiscalmente en España quedaron completamente migradas a la nueva plataforma en el mes de abril de 2021. A partir de esta fecha, comenzó el despliegue internacional, para migrar progresivamente la nueva plataforma a los diferentes países y organizaciones, en un proyecto que durará cinco años. En 2022 se implementó ARIBA en Perú, Italia y Portugal, junto con la plataforma financiera S/4 HANA. Durante 2023 se implantó en Brasil, Panamá, República Dominicana, Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua y Costa Rica. En 2024 se ha implementado ARIBA en Colombia, y en los Estados Unidos de América y México entró en producción el 1 de enero de 2025. Se ha definido un calendario para terminar de migrar ARIBA y S/4 HANA a todos los países y unidades de negocio pendientes entre 2025 a 2027. En 2026 quedará completada la migración a ARIBA de todos los países que están en la actual plataforma de compras SAP SRM, y en 2027 se completará en aquellos países que hoy no cuentan con un sistema de compras, incluido las unidades de negocio que están es países sin presencia del negocio de seguro directo. MAPFRE considera que contar con una herramienta común permitirá que los diferentes países realicen las operaciones de contratación localmente, de forma descentralizada, pero con una normativa y procedimientos comunes y un control y seguimiento centralizado desde la Dirección Corporativa de Compras y Medios, integrada en el Área Corporativa de Finanzas y Medios, además de permitir la contratación global cuando se estime necesario.
En el desarrollo de dicho modelo, la Comisión Delegada aprobó en 2013 la Norma de Compras que contiene los principios y criterios básicos para la contratación de bienes y servicios de todas las empresas del Grupo con independencia de su ubicación geográfica y del tipo de negocio. El Grupo también cuenta con un Procedimiento General de Compras, definido y aprobado internamente, que completa la Norma de Compras y que entró en vigor en agosto de 2017. Ambos documentos han sido revisados y actualizados según las recomendaciones proporcionadas por Auditoría Interna y con base en la experiencia acumulada desde su aprobación (la Norma de Compras en 2019 y el Procedimiento General de Compras en 2022 y en 2024).El Procedimiento General de Compras se modificó el 16 de diciembre de 2024 con el objetivo, entre otros, de adaptarlo a la normativa DORA.
Adicionalmente, cada organización o país que ha sido dotado de capacidad para contratar, al contar con entidad suficiente, debe desarrollar un procedimiento específico que regule sus contrataciones, siempre respetando y siendo coherente con los criterios mínimos establecidos en la Norma de Compras y en el Procedimiento General de Compras.
La Dirección de Compra se encarga, con carácter general, de la homologación y contratación de los proveedores. Una vez realizada la contratación, el solicitante supervisa que el servicio se presta de manera adecuada y conforme a la normativa vigente.
No obstante lo anterior, en aquellos casos en los que servicios de profesionales independientes subcontratados deben tratarse con especial confidencialidad (e.g., servicios de M&A, "head hunters" y determinadas contrataciones confidenciales de Secretaría General), el propio área se encarga de realizar directamente la contratación y supervisión del servicio, aunque, de conformidad con el Procedimiento de Contrataciones Sensibles, se deberá registrar en el sistema una información mínima para documentar la contratación, que será sometida a un control periódico por Auditoría Interna (ya auditado en 2019, 2020 y 2021).
En la actualidad, los principales proveedores con los que se contrata recurrentemente (de una facturación anual mayor a treinta mil euros) se encuentran homologados siguiendo criterios financieros, fiscales, de seguridad, operativos y de negocio, de cumplimiento normativo y de sostenibilidad, para asegurar que MAPFRE contrata con proveedores solventes y de primer nivel. El objetivo es que la totalidad de los proveedores recurrentes o que presenten una especial relevancia para el Grupo MAPFRE se encuentren homologados tal y como se recoge en el Procedimiento General de Compras.
En el Grupo MAPFRE no hay aspectos de evaluación, cálculo o valoración encomendados a expertos independientes, que puedan afectar de modo material a los estados financieros, salvo determinadas valoraciones de activos, sobre las que existen controles para asegurar la integridad de los datos, la razonabilidad de los métodos e hipótesis utilizadas y las valoraciones obtenidas.
F.4. Información y comunicación.
Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:
F.4.1 Una función específica encargada de definir, mantener actualizadas las políticas contables (área o departamento de políticas contables) y resolver dudas o conflictos derivados de su interpretación, manteniendo una comunicación fluida con los responsables de las operaciones en la organización, así como un manual de políticas contables actualizado y comunicado a las unidades a través de las que opera la entidad.
La Dirección Corporativa de Administración y Finanzas, integrada en el Área Corporativa de Finanzas y Medios, establece las políticas y normas contables aplicables al Grupo. Por su parte, la Subdirección de Normativa Contable, dependiente de la referida Dirección Corporativa, se encarga de mantener actualizadas las políticas y las normas contables que afectan a la información financiera del Grupo y de resolver consultas y conflictos derivados de la interpretación de éstas. Asimismo, mantiene una estrecha y fluida relación con las direcciones financieras de las distintas entidades y con las Áreas Corporativas, a quien comunica las normas contables formalmente establecidas.

Con respecto a la elaboración de la información financiera, Secretaría General y el Área Corporativa de Finanzas y Medios han emitido circulares de instrucciones que recogen la actualización de la normativa aplicable. Asimismo, los responsables de las direcciones financieras cuentan con modelos específicos e instrucciones concretas para elaborar la información financiera, a través de los Modelos de Cuentas y del Manual de Consolidación (que incluye normas y políticas contables de aplicación), que se actualizan anualmente.
Las filiales del Grupo reciben la comunicación de los procedimientos y normas aplicables a través de las entidades cabeceras de los subgrupos, que son las que reciben directamente las instrucciones desde la Subdirección de Normativa Contable y la Subdirección de Procedimientos y Supervisión.
Desde la Subdirección de Procedimientos y Supervisión se mantienen actualizados los Modelos de Cuentas Anuales e Informes de Gestión individuales y consolidados aplicables a las distintas entidades del Grupo que incluyen las políticas contables y los desgloses de información a presentar.
El Área de Consolidación, que forma parte de la Dirección Corporativa de Administración y Finanzas, concreta las instrucciones sobre las políticas contables y desgloses para la elaboración de la información consolidada del Grupo a través del Manual de Consolidación.
Al menos una vez al año, y dentro del último trimestre del ejercicio, se revisan los Modelos de Cuentas Anuales y el Manual de Consolidación, y se notifican las modificaciones, en su caso, a las partes afectadas. No obstante, cuando se producen variaciones que afectan a intervalos de tiempo inferiores al periodo anual, estas modificaciones se transmiten de forma inmediata.
Adicionalmente, la Subdirección de Normativa Contable, dependiente de la Dirección Corporativa de Administración y Finanzas, se encarga de realizar el análisis del impacto, desarrollo e implantación de las nuevas normas contables que serán de aplicación en el Grupo MAPFRE
F.4.2 Mecanismos de captura y preparación de la información financiera con formatos homogéneos, de aplicación y utilización por todas las unidades de la entidad o del grupo, que soporten los estados financieros principales y las notas, así como la información que se detalle sobre el SCIIF.
La gestión de la información financiera de las entidades del Grupo MAPFRE se realiza a través de la aplicación corporativa de consolidación, herramienta que constituye una base de datos centralizada (repositorio común y único de datos). Esta aplicación ha sido programada para la ejecución automática de asientos de consolidación y de controles del proceso, lo que asegura para todos los asientos automáticos la aplicación homogénea de los criterios recogidos en el Manual de Consolidación y minimiza la probabilidad de errores.
Dentro del proceso de elaboración de la información financiera, las cédulas de consolidación constituyen el medio de comunicación de la información necesaria en el proceso de consolidación o en la elaboración de los estados financieros consolidados. Al menos anualmente se realiza la revisión y actualización de estas.
En base a la información contenida en las cédulas de consolidación y siguiendo el Modelo de Cuentas elaborado por la Subdirección de Procedimientos y Supervisión, el Área de Consolidación prepara las cuentas anuales consolidadas y resto de estados financieros.
La Subdirección de Control Interno Contable se encarga de la preparación del informe relativo al SCIIF. Para ello identifica aquellas áreas involucradas en el proceso de elaboración de la información financiera, a las que transmite las instrucciones para cumplimentar dicho informe y de las que solicita, al menos con periodicidad anual, la actualización de la documentación soporte que avalen las actuaciones llevadas a cabo.
F.5. Supervisión del funcionamiento del sistema.
Informe, señalando sus principales características, al menos de:
F.5.1 Las actividades de supervisión del SCIIF realizadas por la comisión de auditoría así como si la entidad cuenta con una función de auditoría interna que tenga entre sus competencias la de apoyo a la comisión en su labor de supervisión del sistema de control interno, incluyendo el SCIIF. Asimismo se informará del alcance de la evaluación del SCIIF realizada en el ejercicio y del procedimiento por el cual el encargado de ejecutar la evaluación comunica sus resultados, si la entidad cuenta con un plan de acción que detalle las eventuales medidas correctoras, y si se ha considerado su impacto en la información financiera.
La Sociedad cuenta con un Área Corporativa de Auditoría Interna, liderada por la Dirección Corporativa de Auditoría Interna, que se estructura en Servicios y Unidades de Auditoría Interna.
La Dirección Corporativa de Auditoría Interna está compuesta por el Director General de Auditoría, quien dirige y coordina los equipos de auditoría interna, y Directores de Auditoría, especializados en distintas materias y funciones, que tienen competencias globales sobre todos los países donde Auditoría Interna tiene presencia. Por su parte, los Servicios de Auditoría Interna supervisan y coordinan las Unidades de Auditoría Interna.

Asimismo, existen Servicios de Auditoría Interna de las entidades de Reaseguro y Global Risks, de la entidad de Asistencia, y Tecnologías de la Información (TI) y Seguridad.
El Área Corporativa de Auditoría Interna de MAPFRE depende funcionalmente del Consejo de Administración de la Sociedad, a través del Comité de Auditoría y Cumplimiento (órgano delegado del Consejo de Administración) y, en particular, de su Presidente. El Director General de Auditoría Interna depende administrativamente del Presidente de MAPFRE.
Por su parte, los Directores de los Servicios y Unidades de Auditoría Interna de las distintas entidades del Grupo dependen funcionalmente de los consejos de administración de dichas entidades, a través de sus respectivos comités de auditoría (órganos delegados de sus consejos de administración) y, en particular, del presidente de dichos comités. Los Servicios y Unidades de Auditoría Interna reportan administrativamente al CEO o Gerente General de sus respectivas compañías.
Asimismo, los Servicios y Unidades de Auditoría Interna, a través de la dependencia organizativa del Director General de Auditoría Interna mediante las directrices marcadas por la Dirección Corporativa de Auditoría Interna, actúan coordinadamente, lo cual garantiza una implementación uniforme de las políticas corporativas en distintos aspectos como son, entre otros, la definición de planes de carrera específicos de auditoría interna, promociones internas de categoría y las propuestas de nombramiento de directores, recursos con los que deben contar, planes de auditoría interna, presupuesto de gastos, procedimientos, normas técnicas y metodologías que deben aplicar.
El Comité de Auditoría y Cumplimiento supervisa la información financiera reflejada en el anterior apartado F.3.1. del presente informe. Asimismo, se encarga de analizar y, en su caso, aprobar el Plan de Auditoría Interna del Grupo MAPFRE elaborado por el Área Corporativa de Auditoría Interna, el cual tiene en cuenta todas las actividades y el sistema de gobierno de MAPFRE, adoptando un planteamiento basado en riesgo. Asimismo, el Comité de Auditoría y Cumplimiento lleva a cabo un seguimiento periódico del Plan de Auditoría Interna del Grupo MAPFRE y recibe información sobre las actividades realizadas, los resultados de los trabajos y la situación de las recomendaciones emitidas.
El Plan de Auditoría Interna recoge los trabajos de supervisión que el Área Corporativa de Auditoría Interna realizará durante el ejercicio y su elaboración y suficiencia se establecen en función de los riesgos identificados, las solicitudes recibidas y la propia experiencia. La gestión del plan se realiza de manera homogénea desde una plataforma tecnológica única para el Grupo que permite el tratamiento de la información conforme a niveles de acceso según las responsabilidades establecidas. El Plan de Auditoría Interna de 2024 fue aprobado por el Comité de Auditoría y Cumplimiento en la sesión celebrada el 18 de diciembre de 2023.
De conformidad con la Política de Auditoría Interna del Grupo MAPFRE, que forma parte de las Políticas de Solvencia II del Grupo MAPFRE, y el Estatuto de Auditoría Interna, aprobado por el Comité de Auditoría y Cumplimiento y actualizado por última vez el 24 de octubre de 2024, el Área Corporativa de Auditoría Interna se encarga de supervisar la adecuación y la eficacia del Sistema de Control Interno. Para llevar a cabo esta función, el Área Corporativa de Auditoría Interna sigue una metodología basada en las valoraciones de las auditorías realizadas en los últimos tres ejercicios, la revisión realizada del control interno de Tecnologías de la Información (TI) y del cumplimiento de las recomendaciones y la evaluación del funcionamiento eficaz del SCIIF. Dicha metodología fue previamente aprobada por el Comité de Auditoría y Cumplimiento y el resultado de su aplicación se refleja en el Informe de Valoración del Sistema de Control Interno.
Asimismo, el Área Corporativa de Auditoría Interna colabora y mantiene una estrecha relación con las otras funciones de aseguramiento, tales como Actuarial, Gestión de Riesgos y Cumplimiento, comprobando con la periodicidad que en el Plan de Auditoría Interna se determine que desarrollan sus funciones adecuadamente para garantizar la existencia en MAPFRE de un Sistema de Control Interno eficiente y eficaz.
Con carácter anual, el Comité de Auditoría y Cumplimiento analiza las evaluaciones y recomendaciones del Área Corporativa de Auditoría Interna sobre el Sistema de Control Interno (entre las que se encuentran incluidas las del SCIIF).
Adicionalmente, en relación con la supervisión del SCIIF, las distintas Unidades de Auditoría Interna en el Grupo MAPFRE llevan a cabo las siguientes tareas:
-
Una supervisión continua del SCIIF, mediante la realización de procedimientos específicos de validación de los controles financieros. Adicionalmente, el Área Corporativa de Auditoría Interna lleva a cabo un control de los trabajos relacionados con el SCIIF que las Unidades de Auditoría Interna efectúan a lo largo del año.
-
Una supervisión periódica, enfocada en el análisis de la documentación y en la evaluación del diseño y del funcionamiento eficaz del SCIIF. Los resultados de estas evaluaciones se reflejan en los Informes de Valoración del Sistema de Control Interno referidos anteriormente, elaborados por las distintas Unidades de Auditoría Interna y por el Área Corporativa de Auditoría Interna.
El Área Corporativa de Auditoría Interna verifica el funcionamiento del Sistema de Control Interno de los principales sistemas informáticos tal y como se indica en el apartado F.3.2 del presente informe.
Asimismo, el auditor externo, como parte de sus procedimientos de auditoría realizados para validar las cuentas anuales emite un memorándum de recomendaciones en su visita interina que se presenta al Comité de Auditoría y Cumplimiento.

F.5.2 Si cuenta con un procedimiento de discusión mediante el cual, el auditor de cuentas (de acuerdo con lo establecido en las NTA), la función de auditoría interna y otros expertos puedan comunicar a la alta dirección y a la comisión de auditoría o administradores de la entidad las debilidades significativas de control interno identificadas durante los procesos de revisión de las cuentas anuales o aquellos otros que les hayan sido encomendados. Asimismo, informará de si dispone de un plan de acción que trate de corregir o mitigar las debilidades observadas.
En el apartado F.5.1 anterior se indica el procedimiento utilizado por el Área Corporativa de Auditoría Interna para comunicar la evaluación de aspectos relacionados con el control interno.
La comunicación con el auditor externo es muy frecuente y fluida en el Grupo MAPFRE. A lo largo del período de revisión de las cuentas de la entidad por parte de los auditores externos, se mantienen reuniones de planificación, seguimiento y coordinación. A estas reuniones asisten el auditor externo, el auditor interno, la Secretaría General y el Área Corporativa de Finanzas y Medios. Asimismo, al cierre del trabajo se mantiene una reunión con la Dirección General de Auditoría Interna para poner de manifiesto los resultados y conclusiones detectados en el mismo. El auditor externo asiste al Comité de Auditoría y Cumplimiento cuando se tratan temas relacionados con la revisión de las cuentas anuales y semestrales, la revisión preliminar de las mismas, así como por otros temas que en su momento se requiera.
F.6. Otra información relevante.
No existe otra información relevante respecto del SCIIF que no haya sido incluida en el presente informe.
F.7. Informe del auditor externo.
Informe de:
F.7.1 Si la información del SCIIF remitida a los mercados ha sido sometida a revisión por el auditor externo, en cuyo caso la entidad debería incluir el informe correspondiente como anexo. En caso contrario, debería informar de sus motivos.
La información correspondiente al SCIIF ha sido sometida a revisión por el auditor externo, cuyo informe se adjunta como anexo.

G. GRADO DE SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DE GOBIERNO CORPORATIVO
Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas.
En el caso de que alguna recomendación no se siga o se siga parcialmente, se deberá incluir una explicación detallada de sus motivos de manera que los accionistas, los inversores y el mercado en general, cuenten con información suficiente para valorar el proceder de la sociedad. No serán aceptables explicaciones de carácter general.
- Que los estatutos de las sociedades cotizadas no limiten el número máximo de votos que pueda emitir un mismo accionista, ni contengan otras restricciones que dificulten la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado.
Cumple [ X ] Explique [ ]
-
- Que, cuando la sociedad cotizada esté controlada, en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, por otra entidad, cotizada o no, y tenga, directamente o a través de sus filiales, relaciones de negocio con dicha entidad o alguna de sus filiales (distintas de las de la sociedad cotizada) o desarrolle actividades relacionadas con las de cualquiera de ellas informe públicamente con precisión acerca de:
- a) Las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio entre, por un lado, la sociedad cotizada o sus filiales y, por otro, la sociedad matriz o sus filiales.
- b) Los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de intereses que puedan presentarse.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
-
- Que durante la celebración de la junta general ordinaria, como complemento de la difusión por escrito del informe anual de gobierno corporativo, el presidente del consejo de administración informe verbalmente a los accionistas, con suficiente detalle, de los aspectos más relevantes del gobierno corporativo de la sociedad y, en particular:
- a) De los cambios acaecidos desde la anterior junta general ordinaria.
- b) De los motivos concretos por los que la compañía no sigue alguna de las recomendaciones del Código de Gobierno Corporativo y, si existieran, de las reglas alternativas que aplique en esa materia.

- Que la sociedad defina y promueva una política relativa a la comunicación y contactos con accionistas e inversores institucionales en el marco de su implicación en la sociedad, así como con los asesores de voto que sea plenamente respetuosa con las normas contra el abuso de mercado y dé un trato semejante a los accionistas que se encuentren en la misma posición. Y que la sociedad haga pública dicha política a través de su página web, incluyendo información relativa a la forma en que la misma se ha puesto en práctica e identificando a los interlocutores o responsables de llevarla a cabo.
Y que, sin perjuicio de las obligaciones legales de difusión de información privilegiada y otro tipo de información regulada, la sociedad cuente también con una política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa a través de los canales que considere adecuados (medios de comunicación, redes sociales u otras vías) que contribuya a maximizar la difusión y la calidad de la información a disposición del mercado, de los inversores y demás grupos de interés.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
- Que el consejo de administración no eleve a la junta general una propuesta de delegación de facultades, para emitir acciones o valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, por un importe superior al 20% del capital en el momento de la delegación.
Y que cuando el consejo de administración apruebe cualquier emisión de acciones o de valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, la sociedad publique inmediatamente en su página web los informes sobre dicha exclusión a los que hace referencia la legislación mercantil.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
-
- Que las sociedades cotizadas que elaboren los informes que se citan a continuación, ya sea de forma preceptiva o voluntaria, los publiquen en su página web con antelación suficiente a la celebración de la junta general ordinaria, aunque su difusión no sea obligatoria:
- a) Informe sobre la independencia del auditor.
- b) Informes de funcionamiento de las comisiones de auditoría y de nombramientos y retribuciones.
- c) Informe de la comisión de auditoría sobre operaciones vinculadas.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
- Que la sociedad transmita en directo, a través de su página web, la celebración de las juntas generales de accionistas.
Y que la sociedad cuente con mecanismos que permitan la delegación y el ejercicio del voto por medios telemáticos e incluso, tratándose de sociedades de elevada capitalización y en la medida en que resulte proporcionado, la asistencia y participación activa en la Junta General.

- Que la comisión de auditoría vele por que las cuentas anuales que el consejo de administración presente a la junta general de accionistas se elaboren de conformidad con la normativa contable. Y que en aquellos supuestos en que el auditor de cuentas haya incluido en su informe de auditoría alguna salvedad, el presidente de la comisión de auditoría explique con claridad en la junta general el parecer de la comisión de auditoría sobre su contenido y alcance, poniéndose a disposición de los accionistas en el momento de la publicación de la convocatoria de la junta, junto con el resto de propuestas e informes del consejo, un resumen de dicho parecer.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
- Que la sociedad haga públicos en su página web, de manera permanente, los requisitos y procedimientos que aceptará para acreditar la titularidad de acciones, el derecho de asistencia a la junta general de accionistas y el ejercicio o delegación del derecho de voto.
Y que tales requisitos y procedimientos favorezcan la asistencia y el ejercicio de sus derechos a los accionistas y se apliquen de forma no discriminatoria.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
-
- Que cuando algún accionista legitimado haya ejercitado, con anterioridad a la celebración de la junta general de accionistas, el derecho a completar el orden del día o a presentar nuevas propuestas de acuerdo, la sociedad:
- a) Difunda de inmediato tales puntos complementarios y nuevas propuestas de acuerdo.
- b) Haga público el modelo de tarjeta de asistencia o formulario de delegación de voto o voto a distancia con las modificaciones precisas para que puedan votarse los nuevos puntos del orden del día y propuestas alternativas de acuerdo en los mismos términos que los propuestos por el consejo de administración.
- c) Someta todos esos puntos o propuestas alternativas a votación y les aplique las mismas reglas de voto que a las formuladas por el consejo de administración, incluidas, en particular, las presunciones o deducciones sobre el sentido del voto.
- d) Con posterioridad a la junta general de accionistas, comunique el desglose del voto sobre tales puntos complementarios o propuestas alternativas.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
- Que, en el caso de que la sociedad tenga previsto pagar primas de asistencia a la junta general de accionistas, establezca, con anterioridad, una política general sobre tales primas y que dicha política sea estable.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

- Que el consejo de administración desempeñe sus funciones con unidad de propósito e independencia de criterio, dispense el mismo trato a todos los accionistas que se hallen en la misma posición y se guíe por el interés social, entendido como la consecución de un negocio rentable y sostenible a largo plazo, que promueva su continuidad y la maximización del valor económico de la empresa.
Y que en la búsqueda del interés social, además del respeto de las leyes y reglamentos y de un comportamiento basado en la buena fe, la ética y el respeto a los usos y a las buenas prácticas comúnmente aceptadas, procure conciliar el propio interés social con, según corresponda, los legítimos intereses de sus empleados, sus proveedores, sus clientes y los de los restantes grupos de interés que puedan verse afectados, así como el impacto de las actividades de la compañía en la comunidad en su conjunto y en el medio ambiente.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
- Que el consejo de administración posea la dimensión precisa para lograr un funcionamiento eficaz y participativo, lo que hace aconsejable que tenga entre cinco y quince miembros.
Cumple [ X ] Explique [ ]
-
- Que el consejo de administración apruebe una política dirigida a favorecer una composición apropiada del consejo de administración y que:
- a) Sea concreta y verificable.
- b) asegure que las propuestas de nombramiento o reelección se fundamenten en un análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración; y
- c) favorezca la diversidad de conocimientos, experiencias, edad y género. A estos efectos, se considera que favorecen la diversidad de género las medidas que fomenten que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas.
Que el resultado del análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración se recoja en el informe justificativo de la comisión de nombramientos que se publique al convocar la junta general de accionistas a la que se someta la ratificación, el nombramiento o la reelección de cada consejero.
La comisión de nombramientos verificará anualmente el cumplimiento de esta política y se informará de ello en el informe anual de gobierno corporativo.

- Que los consejeros dominicales e independientes constituyan una amplia mayoría del consejo de administración y que el número de consejeros ejecutivos sea el mínimo necesario, teniendo en cuenta la complejidad del grupo societario y el porcentaje de participación de los consejeros ejecutivos en el capital de la sociedad.
Y que el número de consejeras suponga, al menos, el 40% de los miembros del consejo de administración antes de que finalice 2022 y en adelante, no siendo con anterioridad inferior al 30%.
- Que el porcentaje de consejeros dominicales sobre el total de consejeros no ejecutivos no sea mayor que la proporción existente entre el capital de la sociedad representado por dichos consejeros y el resto del capital.
Este criterio podrá atenuarse:
- a) En sociedades de elevada capitalización en las que sean escasas las participaciones accionariales que tengan legalmente la consideración de significativas.
- b) Cuando se trate de sociedades en las que exista una pluralidad de accionistas representados en el consejo de administración y no tengan vínculos entre sí.
Cumple [ X ] Explique [ ]
- Que el número de consejeros independientes represente, al menos, la mitad del total de consejeros.
Que, sin embargo, cuando la sociedad no sea de elevada capitalización o cuando, aun siéndolo, cuente con un accionista o varios actuando concertadamente, que controlen más del 30% del capital social, el número de consejeros independientes represente, al menos, un tercio del total de consejeros.
Cumple [ X ] Explique [ ]
-
- Que las sociedades hagan pública a través de su página web, y mantengan actualizada, la siguiente información sobre sus consejeros:
- a) Perfil profesional y biográfico.
- b) Otros consejos de administración a los que pertenezcan, se trate o no de sociedades cotizadas, así como sobre las demás actividades retribuidas que realice cualquiera que sea su naturaleza.
- c) Indicación de la categoría de consejero a la que pertenezcan, señalándose, en el caso de consejeros dominicales, el accionista al que representen o con quien tengan vínculos.
- d) Fecha de su primer nombramiento como consejero en la sociedad, así como de las posteriores reelecciones.
- e) Acciones de la compañía, y opciones sobre ellas, de las que sean titulares.

- Que en el informe anual de gobierno corporativo, previa verificación por la comisión de nombramientos, se expliquen las razones por las cuales se hayan nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial sea inferior al 3% del capital; y se expongan las razones por las que no se hubieran atendido, en su caso, peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial sea igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
- Que los consejeros dominicales presenten su dimisión cuando el accionista a quien representen transmita íntegramente su participación accionarial. Y que también lo hagan, en el número que corresponda, cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de sus consejeros dominicales.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
- Que el consejo de administración no proponga la separación de ningún consejero independiente antes del cumplimiento del período estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el consejo de administración previo informe de la comisión de nombramientos. En particular, se entenderá que existe justa causa cuando el consejero pase a ocupar nuevos cargos o contraiga nuevas obligaciones que le impidan dedicar el tiempo necesario al desempeño de las funciones propias del cargo de consejero, incumpla los deberes inherentes a su cargo o incurra en algunas de las circunstancias que le hagan perder su condición de independiente, de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable.
También podrá proponerse la separación de consejeros independientes como consecuencia de ofertas públicas de adquisición, fusiones u otras operaciones corporativas similares que supongan un cambio en la estructura de capital de la sociedad, cuando tales cambios en la estructura del consejo de administración vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en la recomendación 16.
Cumple [ X ] Explique [ ]

- Que las sociedades establezcan reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad, que puedan perjudicar al crédito y reputación de esta y, en particular, que les obliguen a informar al consejo de administración de cualquier causa penal en la que aparezcan como investigados, así como de sus vicisitudes procesales.
Y que, habiendo sido informado o habiendo conocido el consejo de otro modo alguna de las situaciones mencionadas en el párrafo anterior, examine el caso tan pronto como sea posible y, atendiendo a las circunstancias concretas, decida, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, si debe o no adoptar alguna medida, como la apertura de una investigación interna, solicitar la dimisión del consejero o proponer su cese. Y que se informe al respecto en el informe anual de gobierno corporativo, salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta. Ello sin perjuicio de la información que la sociedad deba difundir, de resultar procedente, en el momento de la adopción de las medidas correspondientes.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
- Que todos los consejeros expresen claramente su oposición cuando consideren que alguna propuesta de decisión sometida al consejo de administración puede ser contraria al interés social. Y que otro tanto hagan, de forma especial, los independientes y demás consejeros a quienes no afecte el potencial conflicto de intereses, cuando se trate de decisiones que puedan perjudicar a los accionistas no representados en el consejo de administración.
Y que cuando el consejo de administración adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, este saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir, explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente.
Esta recomendación alcanza también al secretario del consejo de administración, aunque no tenga la condición de consejero.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
- Que cuando, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, un consejero cese en su cargo antes del término de su mandato, explique de manera suficiente las razones de su dimisión o, en el caso de consejeros no ejecutivos, su parecer sobre los motivos del cese por la junta, en una carta que remitirá a todos los miembros del consejo de administración.
Y que, sin perjuicio de que se dé cuenta de todo ello en el informe anual de gobierno corporativo, en la medida en que sea relevante para los inversores, la sociedad publique a la mayor brevedad posible el cese incluyendo referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el consejero.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

- Que la comisión de nombramientos se asegure de que los consejeros no ejecutivos tienen suficiente disponibilidad de tiempo para el correcto desarrollo de sus funciones.
Y que el reglamento del consejo establezca el número máximo de consejos de sociedades de los que pueden formar parte sus consejeros.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
- Que el consejo de administración se reúna con la frecuencia precisa para desempeñar con eficacia sus funciones y, al menos, ocho veces al año, siguiendo el programa de fechas y asuntos que establezca al inicio del ejercicio, pudiendo cada consejero individualmente proponer otros puntos del orden del día inicialmente no previstos.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
- Que las inasistencias de los consejeros se reduzcan a los casos indispensables y se cuantifiquen en el informe anual de gobierno corporativo. Y que, cuando deban producirse, se otorgue representación con instrucciones.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
- Que cuando los consejeros o el secretario manifiesten preocupación sobre alguna propuesta o, en el caso de los consejeros, sobre la marcha de la sociedad y tales preocupaciones no queden resueltas en el consejo de administración, a petición de quien las hubiera manifestado, se deje constancia de ellas en el acta.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
- Que la sociedad establezca los cauces adecuados para que los consejeros puedan obtener el asesoramiento preciso para el cumplimiento de sus funciones incluyendo, si así lo exigieran las circunstancias, asesoramiento externo con cargo a la empresa.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
- Que, con independencia de los conocimientos que se exijan a los consejeros para el ejercicio de sus funciones, las sociedades ofrezcan también a los consejeros programas de actualización de conocimientos cuando las circunstancias lo aconsejen.
Cumple [ X ] Explique [ ] No aplicable [ ]

- Que el orden del día de las sesiones indique con claridad aquellos puntos sobre los que el consejo de administración deberá adoptar una decisión o acuerdo para que los consejeros puedan estudiar o recabar, con carácter previo, la información precisa para su adopción.
Cuando, excepcionalmente, por razones de urgencia, el presidente quiera someter a la aprobación del consejo de administración decisiones o acuerdos que no figuraran en el orden del día, será preciso el consentimiento previo y expreso de la mayoría de los consejeros presentes, del que se dejará debida constancia en el acta.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
- Que los consejeros sean periódicamente informados de los movimientos en el accionariado y de la opinión que los accionistas significativos, los inversores y las agencias de calificación tengan sobre la sociedad y su grupo.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
- Que el presidente, como responsable del eficaz funcionamiento del consejo de administración, además de ejercer las funciones que tiene legal y estatutariamente atribuidas, prepare y someta al consejo de administración un programa de fechas y asuntos a tratar; organice y coordine la evaluación periódica del consejo, así como, en su caso, la del primer ejecutivo de la sociedad; sea responsable de la dirección del consejo y de la efectividad de su funcionamiento; se asegure de que se dedica suficiente tiempo de discusión a las cuestiones estratégicas, y acuerde y revise los programas de actualización de conocimientos para cada consejero, cuando las circunstancias lo aconsejen.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
- Que cuando exista un consejero coordinador, los estatutos o el reglamento del consejo de administración, además de las facultades que le corresponden legalmente, le atribuya las siguientes: presidir el consejo de administración en ausencia del presidente y de los vicepresidentes, en caso de existir; hacerse eco de las preocupaciones de los consejeros no ejecutivos; mantener contactos con inversores y accionistas para conocer sus puntos de vista a efectos de formarse una opinión sobre sus preocupaciones, en particular, en relación con el gobierno corporativo de la sociedad; y coordinar el plan de sucesión del presidente.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Se cumple toda la recomendación salvo en lo que respecta a la atribución al Consejero Coordinador de las facultades de presidir el Consejo de Administración en ausencia del Presidente, de mantener contactos con inversores y accionistas y de coordinar la sucesión del Presidente. El Reglamento del Consejo de Administración atribuye al Consejero Coordinador las facultades de solicitar la convocatoria del Consejo de Administración o la inclusión de nuevos puntos en el orden del día de una reunión del Consejo de Administración ya convocado, coordinar y reunir a los consejeros no ejecutivos y dirigir, en su caso, la evaluación periódica del Presidente del Consejo de Administración.
De conformidad con lo establecido en el Reglamento del Consejo de Administración, en caso de ausencia del Presidente y de los Vicepresidentes, le corresponde al consejero de mayor edad presidir la reunión. No obstante, la Consejera Coordinadora es asimismo Vicepresidenta Segunda del Consejo de Administración, por lo que preside las reuniones en ausencia del Presidente y del Vicepresidente Primero.
En cuanto a las relaciones con los accionistas e inversores, de conformidad con lo establecido en el artículo 22º del Reglamento del Consejo de Administración, es el propio Consejo de Administración el órgano responsable de establecer y supervisar mecanismos adecuados de comunicación y relaciones con los accionistas e inversores, fijando en la Política de Comunicación con Accionistas, Inversores y Asesores de Voto y de Comunicación de Información Económico-Financiera, No Financiera y Corporativa los canales de comunicación con los mismos. La Sociedad considera que esta configuración garantiza una mejor y más eficaz coordinación de las relaciones de la Sociedad con sus inversores y accionistas.

Por último, el Reglamento del Consejo de Administración atribuye al Comité de Nombramientos y Retribuciones la facultad de examinar y organizar la sucesión del Presidente del Consejo de Administración, tal y como establece el artículo 529 quindecies de la Ley de Sociedades de Capital.
- Que el secretario del consejo de administración vele de forma especial para que en sus actuaciones y decisiones el consejo de administración tenga presentes las recomendaciones sobre buen gobierno contenidas en este Código de buen gobierno que fueran aplicables a la sociedad.
Cumple [ X ] Explique [ ]
-
- Que el consejo de administración en pleno evalúe una vez al año y adopte, en su caso, un plan de acción que corrija las deficiencias detectadas respecto de:
- a) La calidad y eficiencia del funcionamiento del consejo de administración.
- b) El funcionamiento y la composición de sus comisiones.
- c) La diversidad en la composición y competencias del consejo de administración.
- d) El desempeño del presidente del consejo de administración y del primer ejecutivo de la sociedad.
- e) El desempeño y la aportación de cada consejero, prestando especial atención a los responsables de las distintas comisiones del consejo.
Para la realización de la evaluación de las distintas comisiones se partirá del informe que estas eleven al consejo de administración, y para la de este último, del que le eleve la comisión de nombramientos.
Cada tres años, el consejo de administración será auxiliado para la realización de la evaluación por un consultor externo, cuya independencia será verificada por la comisión de nombramientos.
Las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo deberán ser desglosadas en el informe anual de gobierno corporativo.
El proceso y las áreas evaluadas serán objeto de descripción en el informe anual de gobierno corporativo.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
- Que cuando exista una comisión ejecutiva en ella haya presencia de al menos dos consejeros no ejecutivos, siendo al menos uno de ellos independiente; y que su secretario sea el del consejo de administración.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
- Que el consejo de administración tenga siempre conocimiento de los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas por la comisión ejecutiva y que todos los miembros del consejo de administración reciban copia de las actas de las sesiones de la comisión ejecutiva.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

- Que los miembros de la comisión de auditoría en su conjunto, y de forma especial su presidente, se designen teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría y gestión de riesgos, tanto financieros como no financieros.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
- Que bajo la supervisión de la comisión de auditoría, se disponga de una unidad que asuma la función de auditoría interna que vele por el buen funcionamiento de los sistemas de información y control interno y que funcionalmente dependa del presidente no ejecutivo del consejo o del de la comisión de auditoría.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
- Que el responsable de la unidad que asuma la función de auditoría interna presente a la comisión de auditoría, para su aprobación por esta o por el consejo, su plan anual de trabajo, le informe directamente de su ejecución, incluidas las posibles incidencias y limitaciones al alcance que se presenten en su desarrollo, los resultados y el seguimiento de sus recomendaciones y le someta al final de cada ejercicio un informe de actividades.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

-
- Que, además de las previstas en la ley, correspondan a la comisión de auditoría las siguientes funciones:
-
- En relación con los sistemas de información y control interno:
- a) Supervisar y evaluar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera y no financiera, así como los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros relativos a la sociedad y, en su caso, al grupo —incluyendo los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medioambientales, políticos y reputacionales o relacionados con la corrupción— revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables.
- b) Velar por la independencia de la unidad que asume la función de auditoría interna; proponer la selección, nombramiento y cese del responsable del servicio de auditoría interna; proponer el presupuesto de ese servicio; aprobar o proponer la aprobación al consejo de la orientación y el plan de trabajo anual de la auditoría interna, asegurándose de que su actividad esté enfocada principalmente en los riesgos relevantes (incluidos los reputacionales); recibir información periódica sobre sus actividades; y verificar que la alta dirección tenga en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes.
- c) Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados y a otras personas relacionadas con la sociedad, tales como consejeros, accionistas, proveedores, contratistas o subcontratistas, comunicar las irregularidades de potencial trascendencia, incluyendo las financieras y contables, o de cualquier otra índole, relacionadas con la compañía que adviertan en el seno de la empresa o su grupo. Dicho mecanismo deberá garantizar la confidencialidad y, en todo caso, prever supuestos en los que las comunicaciones puedan realizarse de forma anónima, respetando los derechos del denunciante y denunciado.
- d) Velar en general por que las políticas y sistemas establecidos en materia de control interno se apliquen de modo efectivo en la práctica.
-
- En relación con el auditor externo:
- a) En caso de renuncia del auditor externo, examinar las circunstancias que la hubieran motivado.
- b) Velar que la retribución del auditor externo por su trabajo no comprometa su calidad ni su independencia.
- c) Supervisar que la sociedad comunique a través de la CNMV el cambio de auditor y lo acompañe de una declaración sobre la eventual existencia de desacuerdos con el auditor saliente y, si hubieran existido, de su contenido.
- d) Asegurar que el auditor externo mantenga anualmente una reunión con el pleno del consejo de administración para informarle sobre el trabajo realizado y sobre la evolución de la situación contable y de riesgos de la sociedad.
- e) Asegurar que la sociedad y el auditor externo respetan las normas vigentes sobre prestación de servicios distintos a los de auditoría, los límites a la concentración del negocio del auditor y, en general, las demás normas sobre independencia de los auditores.

- Que la comisión de auditoría pueda convocar a cualquier empleado o directivo de la sociedad, e incluso disponer que comparezcan sin presencia de ningún otro directivo.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
- Que la comisión de auditoría sea informada sobre las operaciones de modificaciones estructurales y corporativas que proyecte realizar la sociedad para su análisis e informe previo al consejo de administración sobre sus condiciones económicas y su impacto contable y, en especial, en su caso, sobre la ecuación de canje propuesta.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
-
- Que la política de control y gestión de riesgos identifique o determine al menos:
- a) Los distintos tipos de riesgo, financieros y no financieros (entre otros los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medio ambientales, políticos y reputacionales, incluidos los relacionados con la corrupción) a los que se enfrenta la sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance.
- b) Un modelo de control y gestión de riesgos basado en diferentes niveles, del que formará parte una comisión especializada en riesgos cuando las normas sectoriales lo prevean o la sociedad lo estime apropiado.
- c) El nivel de riesgo que la sociedad considere aceptable.
- d) Las medidas previstas para mitigar el impacto de los riesgos identificados, en caso de que llegaran a materializarse.
- e) Los sistemas de información y control interno que se utilizarán para controlar y gestionar los citados riesgos, incluidos los pasivos contingentes o riesgos fuera de balance.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
-
- Que bajo la supervisión directa de la comisión de auditoría o, en su caso, de una comisión especializada del consejo de administración, exista una función interna de control y gestión de riesgos ejercida por una unidad o departamento interno de la sociedad que tenga atribuidas expresamente las siguientes funciones:
- a) Asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de control y gestión de riesgos y, en particular, que se identifican, gestionan, y cuantifican adecuadamente todos los riesgos importantes que afecten a la sociedad.
- b) Participar activamente en la elaboración de la estrategia de riesgos y en las decisiones importantes sobre su gestión.
- c) Velar por que los sistemas de control y gestión de riesgos mitiguen los riesgos adecuadamente en el marco de la política definida por el consejo de administración.

- Que los miembros de la comisión de nombramientos y de retribuciones –o de la comisión de nombramientos y la comisión de retribuciones, si estuvieren separadas– se designen procurando que tengan los conocimientos, aptitudes y experiencia adecuados a las funciones que estén llamados a desempeñar y que la mayoría de dichos miembros sean consejeros independientes.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
- Que las sociedades de elevada capitalización cuenten con una comisión de nombramientos y con una comisión de remuneraciones separadas.
Cumple [ ] Explique [ X ] No aplicable [ ]
El Consejo de Administración de la Sociedad considera que (i) el Comité de Nombramientos y Retribuciones de la Sociedad desarrolla adecuadamente sus funciones, y (ii) las cuestiones relacionadas con nombramientos y retribuciones están estrechamente vinculadas, por lo que estima conveniente que sean analizadas en un mismo comité. Asimismo, la Sociedad considera que los conocimientos y experiencia de los actuales miembros del Comité de Nombramientos y Retribuciones son idóneos para el análisis de ambos aspectos de forma unificada. Todo ello sin perjuicio de decisiones futuras que pueda adoptar la Sociedad en función de las circunstancias.
- Que la comisión de nombramientos consulte al presidente del consejo de administración y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos.
Y que cualquier consejero pueda solicitar de la comisión de nombramientos que tome en consideración, por si los encuentra idóneos a su juicio, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
-
- Que la comisión de retribuciones ejerza sus funciones con independencia y que, además de las funciones que le atribuya la ley, le correspondan las siguientes:
- a) Proponer al consejo de administración las condiciones básicas de los contratos de los altos directivos.
- b) Comprobar la observancia de la política retributiva establecida por la sociedad.
- c) Revisar periódicamente la política de remuneraciones aplicada a los consejeros y altos directivos, incluidos los sistemas retributivos con acciones y su aplicación, así como garantizar que su remuneración individual sea proporcionada a la que se pague a los demás consejeros y altos directivos de la sociedad.
- d) Velar por que los eventuales conflictos de intereses no perjudiquen la independencia del asesoramiento externo prestado a la comisión.
- e) Verificar la información sobre remuneraciones de los consejeros y altos directivos contenida en los distintos documentos corporativos, incluido el informe anual sobre remuneraciones de los consejeros.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
- Que la comisión de retribuciones consulte al presidente y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos y altos directivos.

-
- Que las reglas de composición y funcionamiento de las comisiones de supervisión y control figuren en el reglamento del consejo de administración y que sean consistentes con las aplicables a las comisiones legalmente obligatorias conforme a las recomendaciones anteriores, incluyendo:
- a) Que estén compuestas exclusivamente por consejeros no ejecutivos, con mayoría de consejeros independientes.
- b) Que sus presidentes sean consejeros independientes.
- c) Que el consejo de administración designe a los miembros de estas comisiones teniendo presentes los conocimientos, aptitudes y experiencia de los consejeros y los cometidos de cada comisión, delibere sobre sus propuestas e informes; y que rindan cuentas, en el primer pleno del consejo de administración posterior a sus reuniones, de su actividad y que respondan del trabajo realizado.
- d) Que las comisiones puedan recabar asesoramiento externo, cuando lo consideren necesario para el desempeño de sus funciones.
- e) Que de sus reuniones se levante acta, que se pondrá a disposición de todos los consejeros.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
- Que la supervisión del cumplimiento de las políticas y reglas de la sociedad en materia medioambiental, social y de gobierno corporativo, así como de los códigos internos de conducta, se atribuya a una o se reparta entre varias comisiones del consejo de administración que podrán ser la comisión de auditoría, la de nombramientos, una comisión especializada en sostenibilidad o responsabilidad social corporativa u otra comisión especializada que el consejo de administración, en ejercicio de sus facultades de auto-organización, haya decidido crear. Y que tal comisión esté integrada únicamente por consejeros no ejecutivos, siendo la mayoría independientes y se le atribuyan específicamente las funciones mínimas que se indican en la recomendación siguiente.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]
En relación con las funciones mínimas que se indican en la recomendación 54 siguiente, corresponden expresamente al Comité de Auditoría y Cumplimiento las funciones a) y c), esta última en lo que respecta a la evaluación y revisión periódica del sistema de gobierno corporativo, y al Comité de Riesgos y Sostenibilidad las funciones c) y d) en materia medioambiental y social.
Tal y como se ha indicado en la recomendación 34), el Consejo de Administración es el órgano responsable de establecer y supervisar mecanismos adecuados de comunicación y relaciones con los accionistas e inversores y, por tanto, asume las funciones b) y e) de la recomendación 54.

-
- Las funciones mínimas a las que se refiere la recomendación anterior son las siguientes:
- a) La supervisión del cumplimiento de las reglas de gobierno corporativo y de los códigos internos de conducta de la empresa, velando asimismo por que la cultura corporativa esté alineada con su propósito y valores.
- b) La supervisión de la aplicación de la política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa así como a la comunicación con accionistas e inversores, asesores de voto y otros grupos de interés. Asimismo se hará seguimiento del modo en que la entidad se comunica y relaciona con los pequeños y medianos accionistas.
- c) La evaluación y revisión periódica del sistema de gobierno corporativo y de la política en materia medioambiental y social de la sociedad, con el fin de que cumplan su misión de promover el interés social y tengan en cuenta, según corresponda, los legítimos intereses de los restantes grupos de interés.
- d) La supervisión de que las prácticas de la sociedad en materia medioambiental y social se ajustan a la estrategia y política fijadas.
- e) La supervisión y evaluación de los procesos de relación con los distintos grupos de interés.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]
Ver respuesta a la recomendación 53 anterior.
-
- Que las políticas de sostenibilidad en materias medioambientales y sociales identifiquen e incluyan al menos:
- a) Los principios, compromisos, objetivos y estrategia en lo relativo a accionistas, empleados, clientes, proveedores, cuestiones sociales, medio ambiente, diversidad, responsabilidad fiscal, respeto de los derechos humanos y prevención de la corrupción y otras conductas ilegales
- b) Los métodos o sistemas para el seguimiento del cumplimiento de las políticas, de los riesgos asociados y su gestión.
- c) Los mecanismos de supervisión del riesgo no financiero, incluido el relacionado con aspectos éticos y de conducta empresarial.
- d) Los canales de comunicación, participación y diálogo con los grupos de interés.
- e) Las prácticas de comunicación responsable que eviten la manipulación informativa y protejan la integridad y el honor.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
- Que la remuneración de los consejeros sea la necesaria para atraer y retener a los consejeros del perfil deseado y para retribuir la dedicación, cualificación y responsabilidad que el cargo exija, pero no tan elevada como para comprometer la independencia de criterio de los consejeros no ejecutivos.
Cumple [ X ] Explique [ ]

- Que se circunscriban a los consejeros ejecutivos las remuneraciones variables ligadas al rendimiento de la sociedad y al desempeño personal, así como la remuneración mediante entrega de acciones, opciones o derechos sobre acciones o instrumentos referenciados al valor de la acción y los sistemas de ahorro a largo plazo tales como planes de pensiones, sistemas de jubilación u otros sistemas de previsión social.
Se podrá contemplar la entrega de acciones como remuneración a los consejeros no ejecutivos cuando se condicione a que las mantengan hasta su cese como consejeros. Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar, en su caso, para satisfacer los costes relacionados con su adquisición.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
- Que en caso de remuneraciones variables, las políticas retributivas incorporen los límites y las cautelas técnicas precisas para asegurar que tales remuneraciones guardan relación con el rendimiento profesional de sus beneficiarios y no derivan solamente de la evolución general de los mercados o del sector de actividad de la compañía o de otras circunstancias similares.
Y, en particular, que los componentes variables de las remuneraciones:
- a) Estén vinculados a criterios de rendimiento que sean predeterminados y medibles y que dichos criterios consideren el riesgo asumido para la obtención de un resultado.
- b) Promuevan la sostenibilidad de la empresa e incluyan criterios no financieros que sean adecuados para la creación de valor a largo plazo, como el cumplimiento de las reglas y los procedimientos internos de la sociedad y de sus políticas para el control y gestión de riesgos.
- c) Se configuren sobre la base de un equilibrio entre el cumplimiento de objetivos a corto, medio y largo plazo, que permitan remunerar el rendimiento por un desempeño continuado durante un período de tiempo suficiente para apreciar su contribución a la creación sostenible de valor, de forma que los elementos de medida de ese rendimiento no giren únicamente en torno a hechos puntuales, ocasionales o extraordinarios.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
- Que el pago de los componentes variables de la remuneración quede sujeto a una comprobación suficiente de que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de otro tipo previamente establecidas. Las entidades incluirán en el informe anual de remuneraciones de los consejeros los criterios en cuanto al tiempo requerido y métodos para tal comprobación en función de la naturaleza y características de cada componente variable.
Que, adicionalmente, las entidades valoren el establecimiento de una cláusula de reducción ('malus') basada en el diferimiento por un período suficiente del pago de una parte de los componentes variables que implique su pérdida total o parcial en el caso de que con anterioridad al momento del pago se produzca algún evento que lo haga aconsejable.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

- Que las remuneraciones relacionadas con los resultados de la sociedad tomen en cuenta las eventuales salvedades que consten en el informe del auditor externo y minoren dichos resultados.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
- Que un porcentaje relevante de la remuneración variable de los consejeros ejecutivos esté vinculado a la entrega de acciones o de instrumentos financieros referenciados a su valor.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
- Que una vez atribuidas las acciones, las opciones o instrumentos financieros correspondientes a los sistemas retributivos, los consejeros ejecutivos no puedan transferir su titularidad o ejercitarlos hasta transcurrido un plazo de al menos tres años.
Se exceptúa el caso en el que el consejero mantenga, en el momento de la transmisión o ejercicio, una exposición económica neta a la variación del precio de las acciones por un valor de mercado equivalente a un importe de al menos dos veces su remuneración fija anual mediante la titularidad de acciones, opciones u otros instrumentos financieros.
Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar para satisfacer los costes relacionados con su adquisición o, previa apreciación favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, para hacer frente a situaciones extraordinarias sobrevenidas que lo requieran.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ] No aplicable [ ]
En el ejercicio 2022, el Consejo de Administración de MAPFRE S.A. a propuesta del Comité de Nombramientos y Retribuciones, aprobó el Plan de Incentivos a Medio y Largo Plazo de carácter extraordinario, no consolidable y plurianual compuesto por tres ciclos solapados con un periodo de medición de objetivos de tres años de duración cada uno (2022-2024, 2023-2025 y 2024-2026), del que forman parte los consejeros ejecutivos en su condición de altos directivos.
El incentivo correspondiente a cada ciclo se abonará parcialmente de forma dineraria y parcialmente mediante la entrega de acciones de MAPFRE, S.A., con un diferimiento en ambos casos del 60 por cien durante un periodo de tres años, por terceras partes. El Plan prevé la obligación de mantenimiento de las acciones durante un plazo máximo de dos años, contados desde la fecha de entrega de las acciones.
- Que los acuerdos contractuales incluyan una cláusula que permita a la sociedad reclamar el reembolso de los componentes variables de la remuneración cuando el pago no haya estado ajustado a las condiciones de rendimiento o cuando se hayan abonado atendiendo a datos cuya inexactitud quede acreditada con posterioridad.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

- Que los pagos por resolución o extinción del contrato no superen un importe equivalente a dos años de la retribución total anual y que no se abonen hasta que la sociedad haya podido comprobar que el consejero ha cumplido con los criterios o condiciones establecidos para su percepción.
A efectos de esta recomendación, entre los pagos por resolución o extinción contractual se considerarán cualesquiera abonos cuyo devengo u obligación de pago surja como consecuencia o con ocasión de la extinción de la relación contractual que vinculaba al consejero con la sociedad, incluidos los importes no previamente consolidados de sistemas de ahorro a largo plazo y las cantidades que se abonen en virtud de pactos de no competencia post-contractual.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ] No aplicable [ ]
En el caso de los consejeros externos, no existen indemnizaciones por cese en el cargo.
En cuanto a los consejeros ejecutivos, su cese en el cargo conlleva el levantamiento de la suspensión de la relación previa al nombramiento como tal.
La resolución anticipada de la relación previa (anterior, en todos los casos, a la aprobación del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas) conlleva, salvo que exista causa justificada de despido procedente, una indemnización en los términos establecidos por el Estatuto de los Trabajadores en relación con el despido improcedente.

H. OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS
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- Si existe algún aspecto relevante en materia de gobierno corporativo en la sociedad o en las entidades del grupo que no se haya recogido en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas de gobierno en la entidad o su grupo, detállelos brevemente.
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- Dentro de este apartado, también podrá incluirse cualquier otra información, aclaración o matiz relacionado con los anteriores apartados del informe en la medida en que sean relevantes y no reiterativos.
En concreto, se indicará si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de la exigida en el presente informe.
- La sociedad también podrá indicar si se ha adherido voluntariamente a otros códigos de principios éticos o de buenas prácticas, internacionales, sectoriales o de otro ámbito. En su caso, se identificará el código en cuestión y la fecha de adhesión. En particular, hará mención a si se ha adherido al Código de Buenas Prácticas Tributarias, de 20 de julio de 2010:
[CONTINUACIÓN APARTADO C.2.1]
Comité de Auditoría y Cumplimiento
Estará integrado por un mínimo de tres y un máximo de cinco miembros, todos ellos no ejecutivos, la mayoría de los cuales, al menos, deberán ser consejeros independientes, y uno de ellos será designado teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o en ambas. En su conjunto, los miembros del Comité tendrán los conocimientos técnicos pertinentes en relación con el sector de actividad de la Sociedad. Su Presidente será un consejero independiente y deberá ser sustituido en el cargo cada cuatro años, pudiendo ser reelegido para el mismo una vez transcurrido un año desde su cese. Será Secretario de este Comité el del Consejo de Administración. Asistirá a las reuniones, en calidad de invitado, el Director General de Auditoría Interna del Grupo.
Durante el ejercicio 2024, el Comité de Auditoría y Cumplimiento ha sido responsable, entre otros, de: (i) informar favorablemente las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2023; (ii) supervisar la eficacia del control interno de la Sociedad; (iii) supervisar la información de la Sociedad y su Grupo en el marco de Solvencia II e informar el Informe de Evaluación Interna de Riesgos y Solvencia (ORSA) del Grupo MAPFRE correspondiente al ejercicio 2023; (iv) supervisar las funciones llevadas a cabo por el Área Corporativa de Auditoría Interna, y en particular, el seguimiento del Plan de Auditoría Interna y de las recomendaciones del área; (v) supervisar los sistemas de gestión de riesgos de la Sociedad y de su Grupo; (vi) aprobar los honorarios extraordinarios del auditor externo y autorizar la contratación del auditor externo para la prestación de servicios distintos de la auditoría de cuentas; (vii) informar sobre la independencia del auditor externo respecto de la Sociedad, con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de cuentas; (ix) conocer los nombramientos en el Área de Auditoría Interna; (xi) conocer la información financiera intermedia a presentar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores; (xi) conocer la actividad desarrollada en el ejercicio 2023 por el Canal del Código Ético y de Conducta y por el Canal de Denuncias Financieras y Contables; (xii) supervisar la correcta aplicación en la Sociedad y en el Grupo de las normas de buen gobierno y de la normativa externa e interna; (xiii) informar favorablemente al Consejo de Administración sobre la propuesta de actualización de la Política de Auditoría Interna y de la Política de Cumplimiento (que forman parte de las Políticas de Solvencia II del Grupo MAPFRE); (xiv) informar favorablemente al Consejo de Administración sobre la propuesta de aprobación de la Política del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A. y del Procedimiento de Gestión de Informaciones de MAPFRE, S.A.; y (xv) aprobar el calendario de reuniones del Comité de Auditoría y Cumplimiento para el ejercicio 2025.
Para más información, puede consultar el Informe sobre la Composición y el funcionamiento del Comité de Auditoría y Cumplimiento en el ejercicio 2024, disponible en la página web corporativa de la Sociedad, que se ha puesto a disposición de los accionistas con ocasión de la celebración de la próxima Junta General Ordinaria de Accionistas el 14 de marzo de 2025.
*** [CONTINUACIÓN APARTADO E.3]
En el resto se asume un cierto grado de riesgo de mercado, de acuerdo con lo expuesto a continuación:

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La variable de gestión del riesgo de tipo de interés es la duración modificada que está condicionada a los límites establecidos en el Plan de Inversiones.
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La exposición al riesgo de tipo de cambio se minimiza en el caso de los pasivos aseguradores. El Plan de Inversiones Mobiliarias e Inmobiliarias establece el límite máximo de posición neta en divisas que el Grupo puede adoptar en la gestión de activos.
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El riesgo de diferencial y de concentración se mitiga como consecuencia de la elevada proporción de valores de renta fija con calificación crediticia como grado de inversión y mediante la diversificación por emisores.
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Las inversiones en acciones están sujetas a un límite máximo de la cartera de inversiones.
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Las limitaciones de riesgo se establecen en términos cuantitativos, medidos con base en variables fácilmente observables. No obstante, adicionalmente se realiza un análisis del riesgo en términos probabilísticos, en función de las volatilidades y las correlaciones históricas.
Con respecto al riesgo de crédito, la política se basa en aplicar criterios de prudencia con base en la solvencia del emisor y buscando un elevado grado de correspondencia geográfica entre los emisores de los activos y los compromisos.
Así, se establecen límites de acuerdo con el perfil de riesgo de la contraparte o del instrumento de inversión y en relación con la solvencia de la contraparte, y se dispone de un sistema de seguimiento y notificación de la exposición al riesgo de crédito.
Adicionalmente, el Comité de Security, al que se hace referencia en la Política de Gestión del Riesgo de Crédito (que forma parte de las Políticas de Solvencia II del Grupo MAPFRE), revisa las principales exposiciones frente a contrapartes aseguradoras y reaseguradoras.
3. Riesgos Estratégicos y de Gobierno Corporativo
Los principios éticos aplicados a la gestión empresarial, cuya aplicación estricta se considera la actuación más eficaz para mitigar este tipo de riesgos, han sido una constante en MAPFRE y de su quehacer diario, están recogidos en el Código Ético y de Conducta e inspiran los Principios Institucionales, Empresariales y Organizativos del Grupo MAPFRE.
La dimensión global de MAPFRE y su presencia en mercados con normativas de gobierno corporativo muy diferentes aconsejan disponer de unas normas básicas que recojan los principios institucionales y de gobierno de aplicabilidad general en todos ellos. La norma relativa a los Principios Institucionales, Empresariales y Organizativos del Grupo MAPFRE, junto con el Código Ético y de Conducta y la Política de Gobierno Corporativo, constituyen el marco mínimo de obligado cumplimiento para todas las entidades que integran MAPFRE y sus respectivos órganos de gobierno.
Además de las anteriores, resultan destacables la Política Fiscal Corporativa, la Política de Sostenibilidad Corporativa, el Reglamento interno de Conducta relativo a los valores emitidos por MAPFRE, S.A., y la Política de Gestión de Conflictos de Interés con Altos Cargos de Representación y Dirección.
Para reforzar la aplicación estricta de los principios éticos de gestión empresarial y de los valores corporativos recogidos en dichas normas, MAPFRE dispone de una estructura societaria y una organización ejecutiva caracterizadas por un elevado y riguroso control y supervisión a todos los niveles: local, regional y global.
Al objeto de velar por el cumplimiento de la normativa vigente y para asegurar la correcta gestión de cualquier posible irregularidad o acto ilícito cometido en su seno, MAPFRE dispone de mecanismos específicos para que quien haya tenido conocimiento de este tipo de actuaciones pueda presentar una denuncia. Con carácter previo al 18 de diciembre de 2024, los empleados del Grupo MAPFRE, sus consejeros, accionistas, proveedores, contratistas y demás personas vinculadas, disponían de tres canales corporativos de denuncia, en función de la naturaleza de los hechos denunciados o comunicados:
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Consultas y denuncias relativas al Código Ético y de Conducta.
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Denuncias de tipo financiero o contable.
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Denuncias, distintas de las anteriores, relativas a determinadas infracciones del derecho de la Unión Europea o del derecho nacional de los Estados Miembros (Sistema Interno de Denuncias derivado de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción).
Todos estos canales contaban con mecanismos que garantizaban su confidencialidad y permitían la remisión de comunicaciones de forma anónima.
Tras la entrada en vigor de la Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A. y del Procedimiento de Gestión de Informaciones de MAPFRE, S.A., aprobados por el Consejo de Administración el pasado 18 de diciembre de 2024, el planteamiento anterior fue rediseñado para dar lugar al Sistema Interno de Información ("SII"), un único canal que integra todos los canales existentes para la recepción y resolución de cualesquiera denuncias, con una tramitación homogénea y abierto a cualquier persona. El nuevo Sistema Interno de Información se regula en la referida política, la cual, entre otras cuestiones: (i) recoge los principios fundamentales que rigen su funcionamiento; (ii) designa como Responsable del SII al Comité del Sistema Interno de Información; y (iii) establece el marco de gobierno necesario para la adecuada implementación de los mencionados principios. Adicionalmente, el Procedimiento de Gestión de Informaciones de MAPFRE, S.A. establece las previsiones necesarias para que el SII cumpla con los principios recogidos en la Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A. y con los requisitos establecidos en la normativa vigente, incluida la asignación de responsabilidades para la recepción, admisión/inadmisión, investigación y resolución de las denuncias.

Para más información sobre las características, el funcionamiento del Sistema Interno de Información y su difusión, ver apartado F.1.2 del presente informe.
A continuación, se proporciona información sobre las denuncias recibidas a través de los canales activos durante el ejercicio 2024, así como sobre las denuncias admitidas a trámite y revisadas por los órganos de gobierno correspondientes:
- Canal de consultas y denuncias sobre el Código Ético y de Conducta: durante el ejercicio 2024, el Comité de Ética ha registrado un total de 102 denuncias / quejas, de las cuales: (i) 97 no han sido admitidas a trámite, por versar sobre materias ajenas al Código Ético y de Conducta (por lo que se trasladaron al órgano o área competente para su tramitación –la mayoría de ellas se referían a cuestiones de naturaleza comercial, por lo que se dio traslado de ellas al área de reclamaciones de las entidades correspondientes–); (ii) una ha sido tramitada por el Comité de Ética; y (iii) en relación con las restantes, se solicitó más información al remitente de la denuncia a fin de tratar de esclarecer su naturaleza.
La denuncia admitida a trámite se refería a una filial de MAWDY (MAPFRE ASISTENCIA) en Argelia. Tras las oportunas investigaciones, se determinó que no se apreciaba una infracción del Código Ético y de Conducta, por no haber quedado acreditado ningún hecho que permitiese fundamentar la denuncia.
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Canal de denuncias financieras y contables: durante el ejercicio 2024 se han recibido un total de 69 denuncias / quejas a través del canal de denuncias financieras y contables (descontando las comunicaciones repetidas). De estas, 68 denuncias no han sido admitidas a trámite por el Comité de Auditoría y Cumplimiento por versar sobre materias ajenas al canal de denuncias financieras y contables del Grupo MAPFRE, por lo que se remitieron al órgano o área competente para su análisis y, en su caso, tramitación (la mayoría se referían a cuestiones de naturaleza comercial, por lo que se dio traslado de ellas al área de reclamaciones de las entidades correspondientes). En relación con la denuncia restante, se solicitó más información al remitente de la misma a fin de tratar de esclarecer su naturaleza.
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Sistema Interno de Denuncias: durante el ejercicio 2024 se han registrado un total de 96 comunicaciones a través del Sistema Interno de Denuncias, de las cuales: (i) 94 no han sido admitidas a trámite por versar sobre materias ajenas al Sistema Interno de Denuncias (por lo que se remitieron al órgano competente para su tramitación –la mayoría de ellas se referían a cuestiones de naturaleza comercial, por lo que se dio traslado de ellas al área de reclamaciones de las entidades correspondientes–); y dos fueron admitidas a trámite por el Director Corporativo de Cumplimiento. A continuación, se proporciona información sobre las dos denuncias recibidas en el ejercicio 2024 que fueron admitidas a trámite por el Director Corporativo de Cumplimiento:
• Una denuncia anónima sobre conductas fraudulentas de un prestador de servicios de MAPFRE ESPAÑA en connivencia con la persona responsable de la tramitación de prestaciones. Tras las oportunas investigaciones, se adoptaron las pertinentes medidas correctoras.
• Una denuncia presentada por una antigua empleada de MAPFRE ESPAÑA por presuntas irregularidades en la tramitación de prestaciones de seguros de salud. La denuncia, admitida a trámite en 2024, se encuentra en fase de tramitación e investigación a 31 de diciembre de 2024.
- Sistema Interno de Información: desde el establecimiento del Sistema Interno de Información el 18 de diciembre de 2024, se han registrado un total de seis comunicaciones, de las cuales: (i) cuatro no han sido admitidas a trámite por versar sobre materias ajenas al Sistema Interno de Información (por lo que se trasladaron al órgano o área competente para su tramitación); y (ii) dos han sido admitidas a trámite por los respectivos responsables. A continuación, se proporciona información sobre las dos denuncias recibidas en el ejercicio 2024 que fueron admitidas a trámite:
• Una denuncia en materia de acoso presentada por un empleado de MAPFRE ESPAÑA. La denuncia, admitida a trámite en 2024, se encuentra en fase de tramitación e investigación a 31 de diciembre de 2024.
• Una denuncia en materia de acoso presentada por una empleada de MAPFRE SEGUROS GENERALES DE CHILE que, igualmente, se encuentra en fase de tramitación e investigación a 31 de diciembre de 2024.
Adicionalmente, el Modelo de Prevención de Riesgos Penales aprobado por el Consejo de Administración de MAPFRE S.A. establece la base del Sistema de Prevención de Riesgos Penales adoptado por MAPFRE, dotando a la organización de un modelo de supervisión para prevenir la comisión de delitos que puedan ser atribuidos a las entidades que integran el Grupo. A través de este modelo se realiza una labor de concienciación, incidiendo en aquellos aspectos normativos con trascendencia penal a los que las entidades están expuestas, y se establece la metodología para la gestión y la evaluación de los controles implantados para prevenir o mitigar los potenciales delitos. El Modelo de Prevención de Riesgos Penales es de aplicación a los representantes legales de MAPFRE, sus administradores sociales, sus directivos, empleados y demás personas que están sometidas a la autoridad o instrucciones de las personas mencionadas o que operen en su ámbito de dirección, supervisión, vigilancia o control. Quedan incluidos aquellos colectivos que actúen en nombre, por cuenta, o de algún modo, en interés del Grupo.
La aplicación y seguimiento del conjunto de normas descrito constituyen los principales mitigantes frente a estos tipos de riesgo.
4. Riesgos Operacionales
La cuantificación del riesgo operacional en las entidades aseguradoras y reaseguradoras del Grupo del Espacio Económico Europeo se realiza de acuerdo con la fórmula estándar establecida en la normativa de Solvencia II. Adicionalmente a la cuantificación, a nivel global se promueve anualmente en las entidades del Grupo la monitorización de indicadores de riesgos y controles, conjunto de procedimientos que se basan en un análisis cualitativo dinámico de los procesos, de forma que los gestores de cada área o departamento identifican los riesgos potenciales que afectan tanto a los procesos de negocio como de soporte y la efectividad de los controles vinculados a cada proceso. Para llevar a cabo este control se gestionan cuestionarios de autoevaluación de riesgos, los manuales de controles internos, el inventario de controles asociados a riesgos y la evaluación de la efectividad de los mismos, así como las medidas correctoras establecidas para mitigar o reducir los riesgos y/o mejorar el entorno de control.

En relación con los riesgos fiscales, la actuación del Grupo en este ámbito siempre ha estado presidida por el cumplimiento de la normativa tributaria vigente en los territorios en los que opera, de forma que constituye una aplicación práctica del principio institucional de actuación ética y socialmente responsable en materia tributaria y de los principios de la Política Fiscal Corporativa. Dichos riesgos son gestionados en cada jurisdicción a nivel interno por los departamentos de Administración y de Asesoría Fiscal, subcontratándose los servicios de asesoría fiscal requeridos en cada momento con firmas relevantes del sector.
Dentro de los riesgos operacionales cabe destacar el auge del riesgo de fraude externo de ciberseguridad o Ciber Riesgo. El volumen y la sofisticación de la actividad cibernética maliciosa está evolucionando a un alto ritmo, lo que supone un reto continuo para el mantenimiento de los niveles de seguridad de los datos corporativos y los sistemas críticos. El riesgo de fraude se incrementa aún más con la computación en la nube y la digitalización de las operaciones de las entidades, junto con los cambios en los usos y hábitos de los clientes que demandan modelos ágiles y de autoservicio con altos estándares de seguridad. Al mismo tiempo, existe un aumento de la amenaza de ciberataques organizadas desde países o naciones, especialmente en el convulso entorno geopolítico actual, en los que grupos de hackers organizados atacan a infraestructuras críticas, roban datos valiosos o información confidencial de las compañías. Para gestionar este riesgo se han adecuado los procesos operativos y se han implementado sistemas de identificación, de autenticación y el uso de identificadores biométricos para prevenir el riesgo de fraude de suplantación de identidad o incluso el robo de datos. Desde un punto de vista operacional, existen riesgos de ciberataques que pueden derivar en pérdidas prolongadas de disponibilidad de los servicios prestados a terceros, así como de fraudes masivos a clientes utilizando información confidencial de los mismos que pudiera haberse comprometido previamente. Para la gestión del Ciber Riesgo, el Grupo MAPFRE cuenta con capacidades avanzadas destinadas a aumentar la resiliencia operativa entre los que se destacan personal suficiente certificado de alta especialización, herramientas tecnológicas específicas y el centro de monitorización de respuesta a incidentes, así como la ejecución del Plan de Ciber Resiliencia del Grupo MAPFRE, promovido por la Dirección Corporativa de Seguridad, que articula la evolución y la mejora de la posición del Grupo en materia de ciberseguridad, privacidad, protección de datos y resiliencia operativa digital, constituyéndose como el elemento vertebrador de las medidas de mitigación de los CiberRiesgos en la compañía. De manera adicional, en caso de materialización del Ciber Riesgo, el Grupo dispone de protección aseguradora específica en esta materia, destinada a reducir el eventual impacto económico que pudiera producirse. Por otro lado, se realizan acciones de desarrollo y evolución de la cultura de ciberseguridad, a través del Plan Corporativo de Concienciación y Formación en esta materia, con alcance al conjunto del Grupo MAPFRE.
***
[CONTINUACIÓN APARTADO E.6]
De forma complementaria, el Grupo promueve, a través de la Dirección Corporativa de Riesgos, diferentes procedimientos de identificación y evaluación de riesgos y controles que involucran a las principales áreas y departamentos, mostrando una visión comprensiva y completa de todos los riesgos inherentes al negocio e identificando aquellos riesgos a los que se puede enfrentar la entidad a lo largo del periodo contemplado en su plan de negocio, así como los riesgos emergentes que puede enfrentar a más largo plazo (5-10 años). Asimismo, las Direcciones de Riesgos de las entidades del Grupo promueven la elaboración y reporte a los respectivos órganos de gobierno de los informes periódicos de seguimiento de los riesgos operacionales, que incluyen entre otros, los informes de monitorización de indicadores de riesgos y controles e informes periódicos de seguimiento de incidentes y eventos de riesgo operacional.
Adicionalmente, el Grupo MAPFRE dispone, a nivel operativo, de un Modelo Corporativo de Continuidad de Negocio y de un Plan Corporativo de Lucha Contra el Fraude. El referido modelo, desarrollado por la Dirección Corporativa de Seguridad, persigue que se proporcione una respuesta oportuna y eficaz ante la materialización de un incidente de alto impacto, de forma que se minimice el daño producido. El modelo se concreta en planes de contingencia que comprenden, para cada proceso, estrategias de recuperación en función de su criticidad y de los elementos no disponibles (personas, edificios, tecnología y proveedores), y en el ejercicio 2024 ha sido revisado con objeto de reforzar diferentes elementos vinculados con la continuidad de la actividad en materia de las tecnologías de la información y comunicación (TIC). Por su parte, el Plan Corporativo de Lucha Contra el Fraude, coordinado por la Dirección Corporativa de Seguridad, establece la respuesta y las líneas de actuación del Grupo en la lucha contra el fraude en todos sus aspectos (prevención, detección, investigación y persecución), así como las medidas para minimizar sus efectos de la forma más eficaz posible.
***
[CONTINUACIÓN APARTADO F.1.2 [B]]
Asimismo, el Comité de Auditoría y Cumplimiento es responsable de la supervisión general del SII de la Sociedad a los efectos de evaluar la correcta aplicación de los aspectos recogidos en la Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A. Con esta finalidad, recibirá anualmente información sobre el funcionamiento del SII de la Sociedad (número de denuncias o informaciones recibidas, su origen, tipología, los resultados de las investigaciones y medidas adoptadas) y podrá proponer acciones de mejora para minimizar el riesgo de irregularidades.
Por su parte, la Dirección Corporativa de Cumplimiento se encarga de coordinar acciones periódicas de comunicación, formación sobre el funcionamiento del SII y concienciación para la adecuada comprensión, aplicación y efectivo cumplimiento de la Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A. Igualmente, es responsable de resolver las consultas que se reciban sobre el uso y funcionamiento del SII.
Los informantes que deseen presentar denuncias o consultas a través del SII pueden utilizar diversos medios (incluido el correo electrónico y el correo postal), disponibles a través de la página web corporativa y el portal interno de MAPFRE. Dichas denuncias y consultas también pueden presentarse verbalmente mediante reunión presencial a solicitud del informante, que debe dirigir su petición a través de alguno de los tres medios indicados.
*** [CONTINUACIÓN APARTADO F.1.2 [C]]

El funcionamiento del referido Sistema Interno de Denuncias se regulaba en la Política Corporativa y Procedimiento del Sistema Interno de Denuncias de Determinadas Infracciones del Derecho de la Unión Europea o del Derecho Nacional de los Estados Miembros y el Procedimiento de Gestión en Sociedades del Grupo MAPFRE en España de Denuncias de Determinadas Infracciones del Derecho de la Unión Europea o del Derecho Español, aprobado por el Consejo de Administración de MAPFRE S.A. en su reunión del 29 de junio de 2023. Estas normas han sido sustituidas por la Política Corporativa del Sistema Interno de Información de MAPFRE, S.A. y el Procedimiento de Gestión de Informaciones de MAPFRE, S.A. aprobados por el Consejo de Administración el 18 de diciembre de 2024.
La referida política reguladora del extinto Sistema Interno de Denuncias resultaba de aplicación directa y de obligado cumplimiento a todas las entidades del Grupo MAPFRE con domicilio en la Unión Europea, habiéndose informado de su contenido a sus respectivos órganos de administración, para que adopten las medidas de apoyo y de protección necesarias razonables para proteger a los denunciantes, frente a todas las formas y tentativas de represalia.
La Dirección Corporativa de Cumplimiento gestionaba las denuncias recibidas en este canal de acuerdo con las normas de procedimiento aplicables. Por su parte, el Director Corporativo de Cumplimiento era el Responsable del Sistema Interno de Denuncias de MAPFRE, S.A. En la reunión del Comité de Auditoría y Cumplimiento celebrada el 10 de febrero de 2025 se informó del funcionamiento de este Sistema Interno de Denuncias hasta el 18 de diciembre de 2024.
Los anteriores canales que quedaron integrados en el SII (i.e., Canal de Denuncias Financieras y Contables y Sistema Interno de Denuncias) y la documentación que regulaba su funcionamiento se encontraban disponibles en la intranet o portal interno del Grupo y en la web corporativa de la Sociedad. Las comunicaciones a través de dichos canales se podían remitir a través de la web corporativa de la Sociedad (www.mapfre.com), por correo postal, por correo electrónico o de manera telefónica, haciendo uso de la información y de los formularios web puestos a disposición de los potenciales informantes. Desde el 18 de diciembre de 2024, las denuncias y consultas naturaleza financiera y contable se deben remitir a través del SII en la forma prevista en el apartado anterior del presente informe. Al igual que el SII, estos canales contaban con controles de acceso restringido a la información que garantizaban la confidencialidad de la identidad del denunciante y la recogida de datos de carácter personal conforme a los requisitos marcados por la legislación vigente en materia de protección de datos personales.
***
[CONTINUACIÓN APARTADO F.1.2 [D]]
Específicamente, en España durante el año 2024 se ha continuado con la capacitación en asesoramiento financiero a clientes. Legalmente se exige una certificación financiera a los representantes con funciones de asesoramiento a clientes en materia de inversión. Esta formación confiere un gran valor añadido a nuestra red comercial, dotándola de conocimientos actualizados, muy completos y prácticos, que ayudarán en las gestiones de venta relacionadas con ahorro e inversiones. El programa de estudios es de 150 horas y el titulo obtenido permite prestar asesoramiento financiero a clientes según normativa MiFID II y de la CNMV. Con MAPFRE ESPAÑA colaboran dos instituciones financieras diferentes, como exige la CNMV: (i) para empleados, el proveedor de formación es la Fundación de Estudios Financieros (FEF) y el certificador es el Instituto Español de Analistas Financieros (IEAF), que es quien examina y, por lo tanto, emite la certificación oficial; y (ii) para representantes autónomos, el proveedor de formación es Santander Financial Institute (SANFI), que es quien examina y emite la certificación oficial. A 31 de diciembre de 2024, se encuentran certificados a 939 empleados y 1.655 representantes autónomos del total de personas habilitadas para la distribución según consta en MAPFRE Inversión Sociedad de Valores, S.A.
***
La entidad está adherida (desde el 22 de julio de 2010) y cumple con el contenido del Código de Buenas Prácticas Tributarias aprobado y promovido por el Foro de Grandes Empresas y la Agencia Tributaria Española.
Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha:
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
[ ] Sí
11/02/2025
[ √ ] No



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