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LUZ DE TRES PICOS S.A. — Capital/Financing Update 2021
Apr 19, 2021
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Capital/Financing Update
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ACTA DE DIRECTORIO N° 48
En la ciudad Buenos Aires, a los dieciséis días del mes de abril de dos mil veintiuno siendo las 14.30 horas se reúnen en la sede social de la calle Alicia Moreau de Justo 2030/50, piso 3°, oficina 304, los señores Directores de LUZ DE TRES PICOS S.A. Martín Federico Brandi, Ernesto José Cavallo, Gustavo José Brandi; Teresa Brandi y Manuela Cavallo con la presencia del síndico Jorge Luis Diez en representación de la Comisión Fiscalizadora.
Asume la presidencia, su titular, el Sr. Martín Federico Brandi, quien declara válidamente constituido el Directorio para considerar el siguiente orden del día:
1. APROBACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN DEL PROSPECTO DEL PROGRAMA GLOBAL PARA LA EMISIÓN DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES SIMPLES, NO CONVERTIBLES EN ACCIONES, POR UN MONTO MÁXIMO EN CIRCULACIÓN, EN CUALQUIER MOMENTO DURANTE LA VIGENCIA DEL PROGRAMA (SEGÚN ÉSTE TÉRMINO SE DEFINE MÁS ABAJO), POR HASTA LA SUMA DE U$S 100.000.000 (CIEN MILLONES DE DÓLARES ESTADOUNIDENSES) EN CIRCULACIÓN (O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS O UNIDADES DE VALOR), DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DE LA LEY Nº23.576 DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES (CONFORME FUERA MODIFICADA Y/O COMPLEMENTADA, LA
“LEY DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES”), Y DEMÁS REGULACIONES APLICABLES. El Sr. Presidente manifiesta que, como es de conocimiento de los señores Directores, la Asamblea General Extraordinaria N° 7 de la Sociedad, celebrada en el 22 de septiembre de 2020 (la “ Asamblea ”) aprobó la creación del Programa Global para la Emisión de Obligaciones Negociables simples (no convertibles en acciones) por hasta la suma de US$ 100.000.000 (cien millones de Dólares Estadounidenses) por parte de las Sociedad (el “ Programa ”), en virtud del cual la Sociedad podrá emitir Obligaciones Negociables, en distintas Clases y/o Series que podrán calificar o no como valores negociables sociales, verdes y sustentables bajo el criterio que establezca la Comisión Nacional de Valores (la “ CNV ”) a tal efecto. Manifiesta también el Sr. Presidente que, en la Asamblea se delegaron a este Directorio las facultades necesarias para determinar y establecer todos los términos y condiciones del Programa y de las obligaciones negociables a ser emitidas por la Sociedad en el marco del Programa que no fueron expresamente determinadas por dicha Asamblea, y se autorizó a subdelegar en uno o más miembros de este Directorio, apoderados y/o gerentes de primera línea el ejercicio de tales facultades. Continúa informando el Sr. Presidente que a fin de dar cumplimiento con la Resolución General de la CNV N° 622/2013 (T.O. año 2013 y modificatorias) (las “ Normas de la CNV ”), resulta necesario: (i) actualizar la información económica, contable y financiera de la Sociedad, así como toda otra información relevante contenida en el prospecto del Programa (el “ Prospecto ”) que corresponda actualizar a los fines de la presentación de dicho Prospecto ante la CNV, y, de corresponder, en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. y/o la entidad que en el futuro lo reemplace (el “ ByMA ”), el Mercado Abierto Electrónico S.A. (el “ MAE ”), la Caja de Valores S.A. (la “ CVSA ”), la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “ BCBA ”) y/o en cualquier sistema de depósito a los efectos que las obligaciones negociables a ser emitidas bajo el Programa sean elegibles para su transferencia a través de Euroclear y/o Clearstream; y (ii) aprobar el borrador del Prospecto actualizado (en su versión completa y resumida) con la información antes mencionada, que ha sido distribuido entre los presentes para su revisión con anterioridad a la presente reunión y que todos los presentes manifiestan haber analizado, para su presentación y publicación en la CNV, el boletín
diario de la BCBA, de corresponder, en el boletín electrónico del MAE y/o cuanto más organismo público o privado que resulte aplicable. En tal sentido, el señor Presidente mociona para que se apruebe los puntos (i) y (ii) mencionados precedentemente. Luego de un breve debate, los señores Directores por unanimidad RESUELVEN aprobar en su totalidad la moción del Sr. Presidente. Seguidamente, se pasa a considerar el segundo punto de la Agenda:
2. CONSIDERACIÓN DE LA EMISIÓN DE UNA O MÁS CLASES DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES A SER EMITIDAS BAJO EL PROGRAMA. Toma la palabra nuevamente el señor Presidente y manifiesta que en virtud de las actuales condiciones de mercado, podría resultar conveniente para la Sociedad recurrir al mercado de capitales para obtener financiamiento mediante la emisión de una o más clases de obligaciones negociables en el marco del Programa. En virtud de lo manifestado y en ejercicio de las facultades delegadas en este Directorio por la Asamblea, el señor Presidente mociona por la emisión, bajo el Programa de una o más clases de obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones) no subordinadas por hasta el monto nominal disponible bajo el Programa a la fecha de la correspondiente emisión (las “ Obligaciones Negociables ”). Los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables se resumen a continuación, sin perjuicio de que cualesquiera de dichos términos y condiciones podrán ser modificados y/o complementados, según fuera el caso, por los Subdelegados (según se define a continuación): (i) Emisor: la Sociedad; (ii) Monto: el que decidan los Subdelegados, dentro del máximo disponible bajo el Programa; (iii) Descripción: las Obligaciones Negociables serán obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones), con garantía común, especial y/o flotante, y/u otra garantía (incluyendo, sin limitación, garantía de terceros), subordinadas o no emitidas por la Sociedad; (iv) Moneda: las Obligaciones Negociables podrán estar denominadas en cualquier moneda, según se especifique en los suplementos de prospecto correspondientes a cada Clase y/o Serie de Obligaciones Negociables, incluyendo sin limitación en “Unidades de Vivienda” reguladas por la Ley N°27.271 (“ UVI ”) o en “Unidades de Valor Adquisitivo” reguladas por la Ley N°25.827 y el Decreto de Necesidad y Urgencia N°146/2017 del Poder Ejecutivo Nacional (“ UVA ”), y/o en toda otra unidad monetaria de valor que se determine y sea autorizada por la CNV; (v) Fecha de Emisión: Dentro de los cinco (5) días hábiles de finalizado el período de oferta pública, la cual será informada mediante un aviso complementario al suplemento de prospecto correspondiente a las Obligaciones Negociables (el “ Suplemento de Prospecto ”) a ser publicado en el sitio web de la Sociedad, en la Autopista de la Información Financiera de la CNV (en adelante, “ AIF ”), en el Boletín Diario de la BCBA conforme las facultades delegadas de ByMA y en el sitio web del MAE (el “ Aviso de Resultados ”); (vi) Integración: La integración (total o parcial) del precio de suscripción de las Obligaciones Negociables podrá ser realizada (a) en efectivo, en Dólares Estadounidenses y/o en Pesos; y/o (b) en especie; de acuerdo a lo que determinen los Subdelegados; (vii) Interés: Las Obligaciones Negociables devengarán intereses a una tasa de interés fija, variable o mixta de acuerdo a lo que determinen los Subdelegados; (viii) Destino de Fondos: El producido neto de la colocación de las Obligaciones Negociables será destinado según lo expuesto en la sección “Destino de los Fondos” del Suplemento de Prospecto, de acuerdo con los requerimientos previstos en el Artículo 36 de la Ley Nº 23.576 de Obligaciones Negociables; de acuerdo a lo que determinen los Subdelegados; (ix) Fecha de Vencimiento: será la que se informe oportunamente en el Aviso de Resultados; de acuerdo a lo que determinen los Subdelegados; (x) Amortización: El capital de las Obligaciones Negociables será amortizado en su totalidad, de acuerdo con el cronograma que aprueben los Subdelegados; (xi) Fechas de Pago de Intereses: se
pagarán intereses trimestralmente, semestralmente, al vencimiento en conjunto con el pago de capital final o de cualquier otra forma según lo determinen los Subdelegados, por período vencido a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación, comenzando en el mes y año que se informará oportunamente en el Aviso de Resultados, (xii) Ley aplicable: leyes de la República Argentina; y (xiii) Jurisdicción: la Sociedad se someterá sus controversias con relación a las Obligaciones Negociables a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios en lo Comercial con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Tribunal Arbitral Permanente de la BCBA, de conformidad con las disposiciones del artículo 46 de la Ley N° 26.831 de Mercado de Capitales, conforme fuera modificada y/o complementada de tiempo en tiempo, o cualquier otro Tribunal al cual la Sociedad decida someterse con respecto a cada una de las Clases y/o Series, conforme se establezca en el Suplemento de Prospecto. Acto seguido manifiesta el Sr. Presidente que si bien por motivos de practicidad no se han resumido en la presente la totalidad de los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables, resultarán aplicables a las mismas los compromisos, los supuestos de incumplimiento y, en general, la totalidad de las disposiciones establecidas en el Prospecto y en el Suplemento de Prospecto, cuyo borrador fue distribuido entre los señores Directores y el cual fuera revisado por cada uno de ellos en forma oportuna. En tal sentido, el Sr. Presidente mociona para que este Directorio apruebe la emisión de las Obligaciones Negociables en el marco del Programa en los términos indicados precedentemente. Luego de un intercambio de opiniones, los señores Directores por unanimidad RESUELVEN aprobar en su totalidad la moción del Sr. Presidente. Seguidamente, se pasa a considerar el tercer punto de la Agenda:
3. CONSIDERACIÓN DE LA SUBDELEGACIÓN DE FACULTADES EN CIERTOS
MIEMBROS DEL DIRECTORIO DE LA SOCIEDAD. Vuelve a tomar la palabra el Sr. Presidente, quien manifiesta que teniendo en cuenta: (i) la delegación de facultades realizada y las autorizaciones otorgadas por la Asamblea en relación con el Programa y las Obligaciones Negociables; y (ii) la autorización expresa otorgada para subdelegar dichas facultades y autorizaciones en uno o más de sus integrantes y/o en uno o más gerentes de primera línea designados en los términos del artículo 270 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, conforme fuera modificada y/o complementada de tiempo en tiempo, sin necesidad de ratificación posterior por parte de la Asamblea, el Sr. Presidente mociona para que (a) se subdelegue a favor de cada uno de los miembros del Directorio de la Sociedad (en forma conjunta, los “Subdelegados”) las más amplias facultades para que, cualquiera de ellos, actuando en forma individual e indistinta, negocien, revisen, acepten, determinen, modifiquen, aprueben y suscriban todos y cada uno de los documentos y contratos relativos a, y/o relacionados con la actualización del Prospecto, incluyendo, sin limitación, el Prospecto en sus versiones completas y resumidas y cualquier documento similar, todo ello de conformidad a lo que establezcan las normas aplicables, en representación de la Sociedad, a la vez que para que determinen los restantes términos y condiciones de las Obligaciones Negociables que no hayan sido expresamente establecidos por la Asamblea o por este Directorio; incluyendo, sin limitación, la época, monto, plazo, moneda, precio, tasa de interés, forma, condiciones de pago, destino concreto de los fondos dentro de las limitaciones fijadas por la Asamblea, forma de colocación y demás términos y condiciones de las mismas; (b) se autorice a los Subdelegados, en forma indistinta, para solicitar, decidir, tramitar y/o gestionar ante la CNV la autorización de la actualización del Prospecto y la oferta pública de las Obligaciones Negociables, así como ante uno o más mercados autorizados del país y/o bolsas y/o mercados del exterior y/o ante cualquier autoridad y/o ente de cualquier tipo, que sea necesaria y/o conveniente en relación
con la actualización del Prospecto y la emisión de las Obligaciones Negociables, (c) se autorice a los Subdelegados, en forma indistinta, para negociar, celebrar, aprobar y suscribir todos y cada uno de los documentos y contratos relativos a, y/o relacionados con la actualización del Prospecto y la emisión de las Obligaciones Negociables, incluyendo, sin limitación, el Prospecto y cualquier suplemento de prospecto, aviso, certificado y/o contrato de colocación; entendiéndose que la enumeración precedente es meramente enunciativa, quedando los Subdelegados facultados para realizar todos cuantos más actos fueran necesarios para llevar eficazmente a cabo el cometido que se le encomienda. Luego de un breve debate, los señores Directores por unanimidad RESUELVEN aprobar la moción en su totalidad. Seguidamente, se pasa a considerar el quinto punto de la Agenda:
4. AUTORIZACIÓN PARA EFECTUAR CIERTOS TRÁMITES E INSCRIPCIONES. Por último, se manifiesta que resulta conveniente designar y autorizar a los Sres. Mariano Juárez Goñi, Florencia Fridman, Anabela Mengoni, Mariano Diego Miró, José María Bazán, Lucrecia Von Petery, Andrés Chester, Paula Ferreira, Leandro Belusci, Cristian Ragucci, Facundo Sainato, Ramón Poliche, Lucila Dorado, Manuel Etchevehere, Josefina Reyes, Valentin Alfredo Bonato y/o a quienes ellos autoricen, para que, actuando de manera individual e indistinta, cualesquiera de ellos realice las presentaciones ante la CNV, BYMA, MAE y/o las bolsas y mercados de valores relacionadas con la actualización del Prospecto y en las cuales se solicite el listado y/o negociación de las Obligaciones Negociables, el Boletín Oficial de la República Argentina, y cualquier otra institución, pública o privada, local o internacional, que estime conveniente, teniendo las más amplias facultades para tomar vista de las actuaciones, teniendo dichas personas la facultad de contestar vistas, impulsar los trámites, suscribir e inicialar toda la documentación que resulte necesaria, incluyendo sin limitación, las versiones definitivas del Prospecto, del Suplemento de Prospecto, del “Aviso de Suscripción”, del Aviso de Resultados y de cualquier otro aviso complementario, modificatorio o suplementario a dichos documentos y avisos; y a realizar, en fin, cuantos más actos y trámites fueran menester para obtener la autorización para la actualización del Prospecto y la oferta pública de la Obligaciones Negociables, en el país y/o en las jurisdicciones del exterior que correspondan, incluyendo a tal efecto toda la documentación que resultare necesaria. Luego de un intercambio de ideas, los señores Directores por unanimidad RESUELVEN: aprobar la moción del Sr. Presidente en su totalidad.
Acto seguido, toma la palabra el Sr. Jorge Luis Diez, en su carácter de Síndico Titular, y en representación de la Comisión Fiscalizadora, y manifiesta que se ha verificado el cumplimiento de los recaudos legales para la celebración del acto y que las decisiones fueron regularmente adoptadas.
No habiendo más asuntos que tratar, se cierra la presente sesión a las 15 horas.
_____ ___ __ _______ Martín Federico Brandi Ernesto José Cavallo Teresa Brandi Jorge Luis Diez Presidente Vicepresidente Director Titular (p/Comisión Fiscalizadora)