Remuneration Information • Apr 4, 2014
Remuneration Information
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FECHA FIN DEL EJERCICIO DE REFERENCIA 31/12/2013
C.I.F. A-47007109
DENOMINACIÓN SOCIAL
LINGOTES ESPECIALES, S.A.
DOMICILIO SOCIAL
COLMENARES, 5, VALLADOLID
LOS CONSEJEROS DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS
La política aplicada durante el ejercicio 2013 es la que se desprende de las normas derivadas de los Estatutos Sociales exclusivamente y no se ha modificado respecto a los ejercicios anteriores.
a) En virtud de lo previsto en el Artículo 26 de los Estatutos Sociales se dispone la remuneración de los Consejeros, que estará fijada de la siguiente forma:
"El Consejo percibirá un 8% del beneficio obtenido por el grupo consolidado para cada ejercicio atribuible a la Sociedad. Esta remuneración solo podrá ser detraída en el caso de que el beneficio del ejercicio sea suficiente para cubrir las atenciones de la reserva legal o estatutaria y se haya reconocido a los accionistas un dividendo activo del 9% bruto, como mínimo."
b) Además, para compensar los gastos de asistencia a las reuniones del órgano de administración, cada Consejero percibe una dieta, idéntica para todos los Consejeros, durante 2013 de 776 €, que está establecida desde tiempos pretéritos y que sube en función del IPC cuando el Consejo lo considera necesario.
c) La retribución a los Consejeros Ejecutivos es la que les corresponde por su aportación exclusivamente a la Alta Dirección de la Compañía por el desempeño de sus funciones ejecutivas, que son totalmente independientes de su pertenencia, o no, al Consejo de Administración.
Las remuneraciones ofrecidas a la Alta Dirección, con independencia de que algunos miembros puedan pertenecer al Consejo de Administración o no, es acorde con la de compañías comparables en cuanto a tamaño, cifra de negocio, empleados a cargo y tareas directivas, según la responsabilidad del desempeño.
La Compañía ofrece una remuneración que permita retener y motivar a los profesionales con el fin de que la misma pueda cumplir sus objetivos estratégicos dentro de un mercado altamente competitivo y globalizado.
Durante el ejercicio 2013 no ha habido ningún cambio en la política de remuneraciones con respecto a la aplicada en 2012.
A.2 Información sobre los trabajos preparatorios y el proceso de toma de decisiones que se haya seguido para determinar la política de remuneración y papel desempeñado, en su caso, por la Comisión de Retribuciones y otros órganos de control en la configuración de la política de remuneraciones. Esta información incluirá, en su caso, el mandato y la composición de la Comisión de Retribuciones y la identidad de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado para definir la política retributiva. Igualmente se expresará el carácter de los consejeros que, en su caso, hayan intervenido en la definición de la política retributiva.
No existe la comisión de Retribuciones ya que no se considera necesaria por el tamaño de la Sociedad, además de que la política de remuneraciones de los consejeros, por su pertenencia al órgano de administración, está fijada por los Estatutos Sociales. Las funciones propias de una Comisión de Retribuciones están desempeñadas directamente por el Consejo de Administración.
A.3 Indique el importe y la naturaleza de los componentes fijos, con desglose, en su caso, de las retribuciones por el desempeño de funciones de la alta dirección de los consejeros ejecutivos, de la remuneración adicional como presidente o miembro de alguna comisión del consejo, de las dietas por participación en el consejo y sus comisiones u otras retribuciones fijas como consejero, así como una estimación de la retribución fija anual a la que den origen. Identifique otros beneficios que no sean satisfechos en efectivo y los parámetros fundamentales por los que se otorgan.
Como ya ha quedado plasmado, únicamente los consejeros ejecutivos tienen retribución fija y es la que les corresponde por su aportación exclusivamente a la Alta Dirección de la Compañía por el desempeño de sus funciones ejecutivas, que son totalmente independientes de su pertenencia, o no, al Consejo de Administración, habiendo devengado por este concepto durante 2013 la cantidad acumulada de 287 miles de euros.
Además, cada Consejero percibe un dieta por importe fijo, idéntica para todos los miembros, que compensa los gastos de asistencia a las reuniones del Consejo de Administración. Por este concepto se ha percibido durante 2013 la cantidad acumulada de 32 miles de euros.
A.4 Explique el importe, la naturaleza y las principales características de los componentes variables de los sistemas retributivos.
El fundamento de dichos sistemas de retribución variable o planes, los criterios de evaluación del desempeño elegidos, así como los componentes y métodos de evaluación para determinar si se han cumplido o no dichos criterios de evaluación y una estimación del importe absoluto de las retribuciones variables a las que daría origen el plan retributivo vigente, en función del grado de cumplimiento de las hipótesis u objetivos que tome como referencia.
En su caso, se informará sobre los periodos de diferimiento o aplazamiento de pago que se hayan establecido y/o los periodos de retención de acciones u otros instrumentos financieros si existieran.
La remuneración variable de los consejeros por su pertenencia al órgano de administración, está fijada por el artículo 26 de los Estatutos Sociales y se calcula en función de un porcentaje (8%) del resultado líquido obtenido por el Grupo, de tal forma que ésta no se devengaría si el resultado no fuese positivo.
No están previstas otras remuneraciones variables como planes de opciones sobre acciones y sistemas de primas anuales o bonus.
La retribución variable de los Consejeros por su desempeño exclusivo como miembros del Consejo de Administración, devengada durante 2013, fue de 201 miles € repartidos por igual a razón de 18,3 miles € para cada uno de los 11 Consejeros.
A.5 Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, financiados parcial o totalmente por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, con una estimación de su importe o coste anual equivalente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.
Indique también las aportaciones a favor del consejero a planes de pensiones de aportación definida; o el aumento de derechos consolidados del consejero, cuando se trate de aportaciones a planes de prestación definida.
Explique los sistemas de ahorro a largo plazo
No existen retribuciones mediante sistema de ahorro a largo plazo.
A.6 Indique cualesquiera indemnizaciones pactadas o pagadas en caso de terminación de las funciones como consejero.
Explique las indemnizaciones
No está previsto que por la terminación de los mandatos de los consejeros se perciba indemnización alguna.
A.7 Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual.
El Reglamento del Consejo regula la duración en el cargo y las obligaciones de los Consejeros, tal y como se detalla a continuación:
Artículo 22.- Duración del cargo
Los Consejeros ejercerán sus cargos durante un plazo de cuatro años. Por excepción, los componentes del primer Consejo de Administración de la Sociedad, serán elegidos por los plazos siguientes: la mitad por dos años y la otra mitad por cuatro años. Los Consejeros podrán ser reelegidos por la Junta General cuantas veces lo estime conveniente. Asimismo, la Junta podrá acordar en cualquier momento la separación de los Consejeros.
Si por cualquier causa, un Consejero cesase sin haber vencido el plazo para el que fue elegido, el que le sustituyese lo haría hasta el vencimiento del plazo para el que fue elegido el sustituido. De esta forma el Consejo siempre será renovado por mitades cada dos años.
Artículo 27.- Deberes de diligencia de los Consejeros
De acuerdo con lo previsto en este Reglamento. la función del Consejero es orientar y controlar la gestión de la Compañía con el fin de alcanzar la consecución del interés social y de asegurar la continuidad a largo plazo de la sociedad.
En el desempeño de sus funciones, el Consejero obrará con la diligencia de un ordenado empresario y de un representante leal, y deberá informarse diligentemente sobre la marcha de la sociedad, quedando obligado, en particular a:
a) Informarse y preparar adecuadamente las reuniones del Consejo y de las Comisiones a las que pertenezca.
b) Asistir a las reuniones de las Comisiones de que forme parte y participar activamente en las deliberaciones a fin de que su criterio contribuya efectivamente en la toma de decisiones.
c) Realizar cualquier cometido específico que le encomiende el Consejo de Administración y se halle razonablemente comprendido en su compromiso de dedicación.
d) Promover la investigación de cualquier irregularidad en la gestión de la Compañía de la que haya podido tener noticia y la vigilancia de cualquier situación de riesgo.
e) Instar a las personas con capacidad de convocatoria para que convoquen una reunión extraordinaria del Consejo o incluyan en el orden del día de la primera que haya de celebrarse los extremos que considere convenientes.
f) Disponer y recabar la información necesaria para el ejercicio eficaz de sus funciones, y seguir de forma regular las cuestiones que plantea la administración de la sociedad, siendo responsabilidad suya identificarla y solicitarla al Secretario del Consejo.
g) Oponerse a los acuerdos contrarios a la Ley, a los Estatutos o al interés social.
Artículo 28.- Deberes de fidelidad de los Consejeros
Los Consejeros deberán cumplir los deberes impuestos por las leyes, los estatutos y este Reglamento, con fidelidad al interés social entendido como interés de la sociedad.
28.1 Deber de confidencialidad del Consejero
28.2 Obligación de no competencia
28.3 Conflictos de interés
28.4 Uso de activos sociales
28.5 Información no pública
28.6 Oportunidades de negocios
28.7 Operaciones indirectas 28.8 Uso del nombre
Artículo 29.- Deberes de información del Consejero
El Consejero deberá informar a la sociedad de la participación de que sea titular en el capital de la misma, asi como de las opciones sobre acciones o derivados referidos al valor de la acción, ya sea esta participación, directa o a través de sociedades en las que tenga una participación significativa. Asimismo, esta información comprenderá las modilicaciones que sobrevengan en dicha participación accionarial o derechos relacionados, y ello con independencia del cumplimiento de la normativa del mercado de valores.
El Consejero también deberá informar a la Compañía de todos los puestos que desempeñe y de las actividades que realice en otras compañías o entidades con alguna actividad de género igual, análogo o complementario al de la Compañía, o que represente, en alguna medida, competencia con la misma, así como de la participación en el capital social de las mismas, y, en general, de cualquier otro hecho o situación que pueda resultar relevante para su actuación o independencia de criterio, como administrador de la Compañía.
El Consejero deberá notificar a la Sociedad los cambios significativos en su situación, que afecten al carácter o condición en cuya virtud hubiera sido designado como Consejero, o los que puedan entrañar un conflicto de interés. 4. El Consejero deberá informar a la sociedad de todas las reclamaciones judiciales, administrativas o de cualquier otra índole que, por su importancia, pudieran incidir gravemente en la reputación de la sociedad.
Los contratos de los consejeros ejecutivos son por las funciones propias de alta dirección, independientemente de su pertenencia o no al Consejo de Administración. Estos se regulan por la normativa general vigente, sin condiciones especiales en cuanto a su duración, límites a las cuantías de indemnización, cláusulas de permanencia, plazos de preaviso, o pago como sustitución del citado plazo de preaviso.
Explique las remuneraciones suplementarias
No han existido remuneraciones suplementarias.
A.9 Indique cualquier retribución en forma de anticipos, créditos y garantías concedidos, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.
La Sociedad no tiene concedido ningún tipo de crédito, ni anticipo, ni ha contraído obligación alguna por su cuenta, por avales o garantías, con ningún miembro del Consejo.
A.10 Explique las principales características de las remuneraciones en especie.
No existen remuneraciones en especie.
Explique las remuneración devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero
No existen remuneraciones devengadas por consejeros en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero.
A.12 Cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualesquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, especialmente cuando tenga la consideración de operación vinculada o su emisión distorsione la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero.
Explique los otros conceptos retributivos
No existen.
A.13 Explique las acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso, una referencia a: medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo plazo de la sociedad, medidas que establezcan un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, fórmulas o cláusulas de recobro para poder reclamar la devolución de los componentes variables de la remuneración basados en los resultados cuando tales componentes se hayan pagado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta y medidas previstas para evitar conflictos de intereses, en su caso.
Explique los acciones adoptadas para reducir los riesgos
La remuneración variable del Consejo de Administración está ligada a los beneficios netos del grupo y además esta remuneración solo podrá ser detraída en el caso de que el beneficio del ejercicio sea suficiente para cubrir las atenciones de la reserva legal o estatutaria y se haya reconocido a los accionistas un dividendo activo del 9% bruto, como mínimo, con lo que se garantiza que la política de remuneración atiende a los resultados de la sociedad y limita la exposición al riesgo.
B.1 Realice una previsión general de la política de remuneraciones para ejercicios futuros que describa dicha política con respecto a: componentes fijos y dietas y retribuciones de carácter variable, relación entre la remuneración y los resultados, sistemas de previsión, condiciones de los contratos de consejeros ejecutivos, y previsión de cambios más significativos de la política retributiva con respecto a ejercicios precedentes.
En tanto no se modifiquen los Estatutos Sociales, la política retributiva para ejercicios futuros será la misma que la aprobada para el ejercicio 2013.
B.2 Explique el proceso de toma de decisiones para la configuración de la política de remuneraciones prevista para los ejercicios futuros, y el papel desempeñado, en su caso, por la comisión de retribuciones.
No existe la comisión de Retribuciones ya que no se considera necesaria por el tamaño de la Sociedad, además de que la política de remuneraciones de los consejeros, por su pertenencia al órgano de administración, estará fijada por los Estatutos Sociales. Las funciones propias de la Comisión de Retribuciones estarán desempeñadas directamente por el Consejo de Administración.
B.3 Explique los incentivos creados por la sociedad en el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad.
Explique los incentivos creados para reducir riesgos
El incentivo lo establece el Artículo 26 de los Estatutos Sociales como ha quedado explicado en el apartado A.13
C.1 Explique de forma resumida las principales características de la estructura y conceptos retributivos de la política de remuneraciones aplicada durante el ejercicio cerrado, que da lugar al detalle de las retribuciones individuales devengadas por cada uno de los consejeros que se reflejan en la sección D del presente informe, así como un resumen de las decisiones tomadas por el consejo para la aplicación de dichos conceptos.
Perciben remuneraciones fijas exclusivamente los consejeros ejecutivos por el desempeño de las funciones de Alta Dirección, que son totalmente independientes de su pertenencia, o no, al Consejo de Administración. Esta es acorde con la de compañías comparables en cuanto a tamaño, cifra de negocios, empleados a cargo y tareas directivas, según la responsabilidad del desempeño.
Además, para compensar los gastos de asistencia efectiva a las reuniones del Consejo de Administración, cada consejero percibe una dieta, idéntica para todos los consejeros.
Como hemos señalado anteriormente, en virtud del Artículo 26 de los Estatutos Sociales, las remuneraciones reservadas a los consejeros por su pertenencia al órgano de Administración se calcula en un porcentaje del 8% de los beneficios netos del grupo. Esta remuneración solo podrá ser detraída en el caso de que el beneficio del ejercicio sea suficiente para cubrir las atenciones de la reserva legal o estatutaria y se haya reconocido a los accionistas un dividendo activo de 9% bruto, como mínimo.
La remuneración, exclusivamente por la pertenencia al Consejo de Administración, es idéntica para cada uno de sus miembros, independientemente de que formen parte de comisiones o no.
| Nombre | Tipología | Período de devengo ejercicio 2013 |
|---|---|---|
| INVERSIONES FUENSALDAÑA, S.A. | Dominical | Desde 01/01/2013 hasta 31/12/2013. |
| LA PREVISION MALLORQUINA DE SEGUROS, S.A. | Dominical | Desde 01/01/2013 hasta 31/12/2013. |
| VICENTE GARRIDO CAPA | Ejecutivo | Desde 01/01/2013 hasta 31/12/2013. |
| FELIX CANO DE LA FUENTE | Ejecutivo | Desde 01/01/2013 hasta 31/12/2013. |
| DIDIO CUADRADO GARCIA | Independiente | Desde 01/01/2013 hasta 31/12/2013. |
| FRANCISCO GALINDO MARTIN | Independiente | Desde 01/01/2013 hasta 31/12/2013. |
| EDUARDO MARTIN CONCHA | Dominical | Desde 01/01/2013 hasta 31/12/2013. |
| ANGEL JAVIER MOSQUERA LLAMAS | Dominical | Desde 01/01/2013 hasta 31/12/2013. |
| LUIS OLIVERI GANDARILLAS | Independiente | Desde 01/01/2013 hasta 31/12/2013. |
| BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA, S.A. |
Dominical | Desde 01/01/2013 hasta 31/12/2013. |
| INMUEBLES Y VALORES MARINA HERMANAS, S.L. | Independiente | Desde 01/01/2013 hasta 31/12/2013. |
D.1 Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración individualizada de cada uno de los consejeros (incluyendo la retribución por el ejercicio de funciones ejecutivas) devengada durante el ejercicio.
a) Retribuciones devengadas en la sociedad objeto del presente informe:
i) Retribución en metálico (en miles de €)
| Nombre | Sueldos | Remuneración fija |
Dietas | Retribución variable a corto plazo |
Retribucion variable a largo plazo |
Remuneración por pertenencia a comisiones del Consejo |
Indemnizaciones | Otros conceptos |
Total año 2013 |
Total año 2012 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| ANGEL JAVIER MOSQUERA LLAMAS | 0 | 0 | 3 | 18 | 0 | 0 | 0 | 0 | 21 | 2 |
| BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA, S.A. |
0 | 0 | 2 | 18 | 0 | 0 | 0 | 0 | 20 | 2 |
| Nombre | Sueldos | Remuneración fija |
Dietas | Retribución variable a corto plazo |
Retribucion variable a largo plazo |
Remuneración por pertenencia a comisiones del Consejo |
Indemnizaciones | Otros conceptos |
Total año 2013 |
Total año 2012 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| DIDIO CUADRADO GARCIA | 0 | 0 | 3 | 18 | 0 | 0 | 0 | 0 | 21 | 2 |
| EDUARDO MARTIN CONCHA | 0 | 0 | 3 | 18 | 0 | 0 | 0 | 0 | 21 | 2 |
| FELIX CANO DE LA FUENTE | 126 | 0 | 3 | 18 | 0 | 0 | 0 | 0 | 147 | 124 |
| FRANCISCO GALINDO MARTIN | 0 | 0 | 3 | 18 | 0 | 0 | 0 | 0 | 21 | 2 |
| INMUEBLES Y VALORES MARINA HERMANAS, S.L. | 0 | 0 | 3 | 18 | 0 | 0 | 0 | 0 | 21 | 2 |
| INVERSIONES FUENSALDAÑA, S.A. | 0 | 0 | 3 | 18 | 0 | 0 | 0 | 0 | 21 | 2 |
| LA PREVISION MALLORQUINA DE SEGUROS, S.A. | 0 | 0 | 3 | 18 | 0 | 0 | 0 | 0 | 21 | 2 |
| LUIS OLIVERI GANDARILLAS | 0 | 0 | 3 | 18 | 0 | 0 | 0 | 0 | 21 | 2 |
| VICENTE GARRIDO CAPA | 161 | 0 | 3 | 18 | 0 | 0 | 0 | 0 | 182 | 158 |
ii) Sistemas de retribución basados en acciones
iii) Sistemas de ahorro a largo plazo
i) Retribución en metálico (en miles de €)
| Nombre | Sueldos | Remuneración fija |
Dietas | Retribución variable a corto plazo |
Retribucion variable a largo plazo |
Remuneración por pertenencia a comisiones del Consejo |
Indemnizaciones | Otros conceptos |
Total año 2013 |
Total año 2012 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| FELIX CANO DE LA FUENTE | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| VICENTE GARRIDO CAPA | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
ii) Sistemas de retribución basados en acciones
iii) Sistemas de ahorro a largo plazo
Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
En el caso de los Sistemas de Ahorro a largo plazo, se incluirán las aportaciones o dotaciones realizadas a este tipo de sistemas:
| Nombre | Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | Totales | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Total Retribución metálico |
Importe de las acciones otorgadas |
Beneficio bruto de las opciones ejercitadas |
Total ejercicio 2013 sociedad |
Total Retribución metálico |
Importe de las acciones entregadas |
Beneficio bruto de las opciones ejercitadas |
Total ejercicio 2013 grupo |
Total ejercicio 2013 |
Total ejercicio 2012 |
Aportación al sistemas de ahorro durante el ejercicio |
|
| ANGEL JAVIER MOSQUERA LLAMAS | 21 | 0 | 0 | 21 | 0 | 0 | 0 | 0 | 21 | 2 | 0 |
| BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA, S.A. |
20 | 0 | 0 | 20 | 0 | 0 | 0 | 0 | 20 | 2 | 0 |
| DIDIO CUADRADO GARCIA | 21 | 0 | 0 | 21 | 0 | 0 | 0 | 0 | 21 | 2 | 0 |
| EDUARDO MARTIN CONCHA | 21 | 0 | 0 | 21 | 0 | 0 | 0 | 0 | 21 | 2 | 0 |
| FELIX CANO DE LA FUENTE | 147 | 0 | 0 | 147 | 0 | 0 | 0 | 0 | 147 | 124 | 0 |
| FRANCISCO GALINDO MARTIN | 21 | 0 | 0 | 21 | 0 | 0 | 0 | 0 | 21 | 2 | 0 |
| INMUEBLES Y VALORES MARINA HERMANAS, S.L. | 21 | 0 | 0 | 21 | 0 | 0 | 0 | 0 | 21 | 2 | 0 |
| INVERSIONES FUENSALDAÑA, S.A. | 21 | 0 | 0 | 21 | 0 | 0 | 0 | 0 | 21 | 2 | 0 |
| LA PREVISION MALLORQUINA DE SEGUROS, S.A. | 21 | 0 | 0 | 21 | 0 | 0 | 0 | 0 | 21 | 2 | 0 |
| LUIS OLIVERI GANDARILLAS | 21 | 0 | 0 | 21 | 0 | 0 | 0 | 0 | 21 | 2 | 0 |
| VICENTE GARRIDO CAPA | 182 | 0 | 0 | 182 | 0 | 0 | 0 | 0 | 182 | 158 | 0 |
| TOTAL | 517 | 0 | 0 | 517 | 0 | 0 | 0 | 0 | 517 | 300 | 0 |
D.2 Informe sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros.
La retribución variable de los Consejeros se adapta a los resultados netos del Grupo ya que se calcula en un porcentaje del 8% sobre estos, por lo tanto el rendimiento de la sociedad influye directamente en las remuneraciones de los consejeros, de tal forma que no se devengaría si el resultado no fuese positivo.
D.3 Informe del resultado de la votación consultiva de la junta general al informe anual sobre remuneraciones del ejercicio anterior, indicando el número de votos negativos que en su caso se hayan emitido:
| Número | % sobre el total |
|
|---|---|---|
| Votos emitidos | 6.619.504 | 68,95% |
| Número | % sobre el total |
|
|---|---|---|
| Votos negativos | 0 | 0,00% |
| Votos a favor | 6.619.504 | 68,95% |
| Abstenciones | 0 | 0,00% |
Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.
Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha 25/02/2014.
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
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