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Ledesma S.A. — Interim / Quarterly Report 2016
Apr 11, 2016
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| ESTADOS CONTABLES |
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES
Por el período de nueve meses finalizado el 29 de Febrero de 2016
Cifras expresadas en pesos (Nota 2.-c))
NOTA 1. – ACTIVIDAD DE LA SOCIEDAD
Castinver S.A. (en adelante “la Sociedad” o “Castinver”, indistintamente) fue constituida el 21 de Octubre de 1983 con el objeto de producir y transformar, bajo cualquiera de sus formas, productos de librería, papelería, imprenta y afines; comercializar, distribuir, importar y/o exportar los mencionados productos y otros derivados del azúcar, productos frutales y/o materias primas y bienes relacionados, como así también realizar inversiones en actividades complementarias a su objeto.
El 21 de Diciembre del 2000, la Sociedad suscribió un acuerdo de consignación con su sociedad controlante en forma indirecta Ledesma S.A.A:I. (en adelante “el Acuerdo”) comenzando a actuar como consignataria de los productos de dicha Sociedad (papelería, librería y azúcar).
En el último trimestre del ejercicio finalizado el 31 de Mayo de 2015, la Sociedad ha comenzado un proyecto de reorganización buscando hacer foco en el sector grafico y convertidor papelero en general, incorporando nuevos productos y diversificando proveedores. Vinculado a este proyecto, se realizó la compra parcial del fondo de comercio de San Juan Papeles S.R.L., una pequeña compañía dedicada a la importación y distribución de papeles y afines. En esta operación se incorporó una cortadora, vital para poder vender cartulina, y un equipo de personas que ya contaba con experiencia en este negocio.
A partir del mes de Octubre de 2015, Castinver comenzó a prestar servicios a ciertos clientes (corte y guillotina) y a producir y/o comercializar por su cuenta y a su orden productos propios (formularios y resmitas), insumos de fabricación y productos de reventa, entre otros.
El 5 de Octubre de 2015 se realizó una Addenda al mencionado Acuerdo por la cual se ha establecido, entre otras cuestiones, el aumento del porcentaje de comisión percibido por Castinver (de un 8% a un 14,5%), la transferencia hacia la Sociedad de los gastos de custodia, almacenaje, manipuleo y entrega de productos y la definición de los criterios de comercialización, facturación y cobranza hacia clientes.
El Patrimonio neto de la Sociedad al 29 de Febrero de 2016 resulta negativo en 4.009.164 por lo que se encuentra dentro de las causales de disolución previstas en el artículo 94 de la Ley General de Sociedades. Considerando lo mencionado precedentemente, la Dirección de la Sociedad continuará monitoreando durante el ejercicio la evolución de los negocios y la situación de su patrimonio neto, en cumplimiento de las disposiciones societarias legales vigentes. Asimismo los accionistas de la Sociedad han manifestado su compromiso de continuar soportando financieramente a Castinver S.A. y de tomar las acciones necesarias para permitirle cumplir con los requisitos exigidos por la Ley General de Sociedades en lo que respecta a mantener ciertas ecuaciones patrimoniales.
NOTA 2. – OBJETO Y BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES
- Objeto de los presentes Estados Contables
Los presentes estados contables especiales han sido confeccionados por la Sociedad para ser utilizados por su sociedad controlante directa, Calilegua S.A., e indirecta, Ledesma S.A.A.I., en la preparación de sus estados contables al 29 de Febrero de 2016.
- Normas aplicadas en la preparación y presentación de los estados contables
Los presentes estados contables han sido preparados de acuerdo con las normas contables profesionales argentinas vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la medida en que dichas normas hayan sido aceptadas por la Inspección General de Justicia (IGJ), y teniendo en cuenta las normas de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
La expresión normas contables profesionales argentinas vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se refiere a las normas contables emitidas por la Federación Argentina de Consejos
Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) y aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA), con excepción de las normas contenidas en la Resolución Técnica (RT) N° 26 “Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad y de la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades”.
En el mes de diciembre de 2009, la CNV emitió la Resolución General (RG) Nº 562 modificada por las resoluciones N° 576 y N° 592, mediante la cual ha establecido la aplicación de la Resolución Técnica (RT) Nº 26 de la FACPCE, la cual fue modificada mediante la RT N° 29 y la RT N° 38. La RT N° 26 modificada (RT N° 26R) establece que ciertas entidades estarán obligadas a preparar sus estados contables de acuerdo con las NIIF, mientras que otras entidades tendrán la opción de utilizar las normas contables profesionales (NCP) y realizar las conciliaciones de patrimonio neto y resultado neto del período o utilizar las NIIF o las NIIF para las PyMES. La Sociedad no ha hecho uso de la opción de aplicar NIIF. Esta norma tiene vigencia para los estados contables correspondientes a ejercicios que se iniciaron a partir del 1° de Enero de 2012. La RT N° 26R fue aprobada por la IGJ mediante la Resolución General Nº 11 de fecha 12 de Diciembre de 2012.
A través de la RG Nº 562, se admite que las sociedades controladas por una emisora continúen presentando sus estados contables de acuerdo con las normas utilizadas para preparar estados contables con fines societarios o regulatorios, debiendo presentar en este caso una reconciliación con las NIIF para el patrimonio neto y el resultado neto. La Sociedad presenta estas reconciliaciones en la Nota 3.-k) a pesar de que las mismas no generan cambios significativos en el patrimonio neto y/o resultado neto de su sociedad controlante en forma indirecta Ledesma S.A.A.I.
b.1) Estimaciones y supuestos contables significativos
La preparación de los estados contables de acuerdo con normas contables profesionales mencionadas precedentemente, requiere la consideración por parte de la Dirección de la Sociedad de estimaciones y supuestos contables significativos que impactan en los saldos informados de activos y pasivos, la exposición de activos y pasivos contingentes a la fecha de dichos estados contables, como así también los montos de ingresos y gastos de cada período. Los resultados finales pueden diferir de esas estimaciones.
b.2) Cuestiones no previstas: aplicación de fuentes normativas supletorias
Las cuestiones de medición no previstas en las normas contables profesionales argentinas generales o particulares y que no pueden resolverse mediante la utilización del Marco Conceptual de las mencionadas normas contables, podrán resolverse mediante la aplicación en forma supletoria de: (i) las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), la Norma Internacional de Información Financiera para las PyMES e Interpretaciones aprobadas por el Internacional Accounting Standard Board (IASB) en orden descendente de prioridad; y (ii) sin un orden establecido, los pronunciamientos más recientes de otros emisores que empleen un marco conceptual similar para la emisión de normas contables, las prácticas aceptadas de la industria y la doctrina contable, con la condición de que las fuentes supletorias utilizadas no entren en conflicto con las fuentes normativas de la FACPCE y hasta tanto dicho organismo emita una norma que cubra la cuestión de medición involucrada.
b.3) Normas contables aprobadas por la FACPCE
Con fecha 27 de Junio de 2014 fueron emitidas la RT N° 40 y la Interpretación N° 7 por la FACPCE.
La RT N° 40 adecua las normas de presentación e información complementaria contenidas en la RT N° 9 para entes comerciales, industriales y de servicios, y en la RT N° 11 para entes sin fines de lucro, en lo relativo a “Propiedades de inversión” y “Activos no corrientes mantenidos para la venta”. Dicha norma fue aprobada por el CPCECABA con fecha 17 de Septiembre de 2014 y tendrá vigencia para ejercicios iniciados a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (3 de Octubre de 2014) y los períodos intermedios de esos ejercicios, siendo optativa para los iniciados con anterioridad.
La Interpretación N° 7 provee guías sobre: (a) la aplicación del modelo de revaluación en la medición de bienes de uso; (b) las condiciones para clasificar inmuebles como propiedades de inversión, y (c) la aplicación del valor neto de realización en la medición de propiedades de inversión. Dicha norma fue aprobada por el CPCECABA con fecha 29 de Diciembre de 2014 y tiene vigencia para los ejercicios iniciados a partir de la misma y los períodos intermedios de esos ejercicios, siendo optativa su aplicación para los ejercicios / períodos iniciados con anterioridad.
Con fecha 27 de Marzo de 2015 se ha emitido la RT N° 41, la cual introduce cuestiones de aplicación general para entes pequeños y para la elaboración de sus estados contables. Dicha norma fue aprobada por el CPCECABA el 20 de Mayo de 2015 y tiene vigencia para los ejercicios iniciados a partir del 1° de Julio de 2015, permitiendo su aplicación anticipada. Adicionalmente con fecha 4 de Diciembre de 2015 se ha emitido la RT N° 42, aprobada por el CPCECABA el 27 de Enero de 2016, la cual modifica a la anterior estableciendo su aplicabilidad para entes pequeños y medianos y con vigencia a partir de ejercicios iniciados el 1° de Enero de 2016. La Dirección de la Sociedad ha analizado estas normas, previendo que las mismas no generan implicancias sobre sus estados contables debido a que si bien en la actualidad podía calificarse a la Sociedad como mediana por su volumen de facturación, por el proceso de expansión que Castinver se encuentra atravesando se prevé que en el corto plazo quede fuera del alcance de la norma.
b.4) Nuevas normas contables
La IGJ ha emitido su Resolución General N° 7/2015 que contiene el nuevo texto ordenado de sus normas, e incluye el marco de información contable a aplicar en la preparación de estados contables.
Dicha Resolución General establece que respecto de los revalúos técnicos de bienes de uso (excepto activos biológicos) y propiedades inmuebles de inversión no será de aplicación la RT N° 31 de la FACPCE “Introducción del modelo de revaluación de bienes de uso, excepto activos biológicos”, y en cambio dichos revalúos se regirán conforme a las pautas dispuestas en la Resolución General. Dado que la Sociedad no ha optado por el método de revaluación de sus bienes de uso, esta Resolución General no ha generado efectos contables en el ejercicio corriente.
- Consideración de los efectos de la inflación
Los estados contables de la Sociedad reconocen las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta el 28 de Febrero de 2003, habiéndose discontinuado a partir de esa fecha la incorporación de ajustes para reflejar dichas variaciones, de acuerdo a lo previsto en las normas contables profesionales argentinas y a lo requerido por el Decreto 664/2003 del Poder Ejecutivo Nacional y en el artículo 312 de la Resolución General N° 7/2015 de la IGJ.
Asimismo la FACPCE emitió el 4 de Octubre de 2013 la RT N° 39, y el 27 de Junio de 2014 la Interpretación N° 8. Como resultado de la emisión de estas normas, la RT N° 17 introduce como indicador clave y condición necesaria para reexpresar las cifras de los estados contables, la existencia de una tasa acumulada de inflación en tres años que alcance o sobrepase el 100%, considerando para ello el índice de precios internos al por mayor, del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). Por otra parte, la RT N° 39 modifica a la RT N° 6 para establecer que si tras un período de interrupción de ajuste de los estados contables para reflejar el efecto de los cambios ocurridos en el poder adquisitivo de la moneda fuera necesario reanudar el ajuste, el mismo aplicará desde el comienzo del período / ejercicio en que se verifique la existencia de las características que identifican un contexto de inflación, y los cambios a considerar serán los habidos desde el momento en que se interrumpió el ajuste o desde una fecha de alta posterior, según corresponda a las partidas a ajustar. Por último, la Interpretación N° 8 se relaciona con la RT N° 39 y provee guías sobre la forma de aplicar los indicadores cualitativos y cuantitativos detallados en la sección 3.1 de la RT N° 17.
Al 29 de Febrero de 2016, no es posible calcular la tasa acumulada de inflación correspondiente al período de tres años finalizado en esa fecha sobre la base de datos oficiales del INDEC, en tanto a la fecha de aprobación de los presentes estados contables el último mes para el cual el citado organismo ha proporcionado información sobre la evolución del índice de precios internos al por mayor (IPIM) es octubre de 2015.
Sin embargo, considerando que la tasa acumulada de inflación en el período de treinta y dos meses finalizado el 31 de Octubre de 2015, medida sobre la base de la mencionada información oficial del INDEC, es del 59%, cabe concluir que al 29 de Febrero de 2016 el porcentaje de inflación acumulada es inferior al requerido por la RT 39 para practicar los ajustes mencionados precedentemente.
No obstante, la existencia de variaciones importantes en las variables relevantes de la economía que afectan los negocios de la Sociedad, tales como las observadas en los últimos ejercicios en el costo salarial, los precios de las principales materias primas y de otros insumos, y el tipo de cambio, igualmente podrían afectar la situación patrimonial y los resultados de la Sociedad, y, por ende, esas variaciones debieran ser tenidas en cuenta en la interpretación que se realice de la información que la Sociedad brinda en los presentes estados financieros sobre su situación financiera, los resultados de sus operaciones y los flujos de su efectivo.
- Efectivo
Para la preparación del estado de flujo de efectivo se consideraron caja y los equivalentes de caja que comprenden todas las inversiones de muy alta liquidez, con vencimientos originalmente pactados inferiores a tres meses.
NOTA 3.- CRITERIOS DE VALUACIÓN Y EXPOSICIÓN
A continuación se detallan los criterios de valuación y exposición utilizados para la confección de los estados contables:
-
Caja y Bancos
-
En moneda nacional: a su valor nominal.
-
En moneda extranjera: se convirtieron a los tipos de cambio vigentes al cierre de cada período / ejercicio.
-
Inversiones
-
Colocaciones de fondos en moneda nacional: se valuaron a su valor nominal más los intereses devengados al cierre de cada período / ejercicio.
-
Créditos y Deudas
-
En moneda nacional: a su valor nominal incorporando los intereses devengados al cierre de cada período / ejercicio según las cláusulas específicas de cada operación, el cual no difiere significativamente de su valor descontado, en caso de corresponder, al cierre de cada período / ejercicio.
La información requerida por las normas contables profesionales vigentes respecto a plazos y tasas de interés de los créditos y deudas se expone en la Nota 7.
- Bienes de Cambio
Productos terminados y de reventa: al costo de refabricación o valor de mercado, el menor.
Materiales y Materias Primas compradas: al costo de reposición, el cual no difiere significativamente del precio de la última compra.
El valor del rubro no supera su respectivo valor recuperable.
-
Previsiones
-
Deducidas del activo: constituidas para regularizar y adecuar la valuación del rubro créditos por ventas.
- Incluidas en el pasivo: se han constituido para afrontar situaciones contingentes que podrían originar obligaciones para la Sociedad. En la estimación de los montos se ha considerado la probabilidad de su concreción en base a la opinión de los asesores legales de la Sociedad y de los restantes elementos de juicio disponibles.
El movimiento de las previsiones se expone en el Anexo E.
- Impuesto a las ganancias e Impuesto a la ganancia mínima presunta
La Sociedad determina el cargo contable por el impuesto a las ganancias por el método denominado de impuesto diferido, el cual consiste en el reconocimiento del efecto impositivo de las diferencias temporarias entre las valuaciones contables e impositivas de los activos y pasivos, determinado a la tasa vigente del 35% establecida en la Ley de Impuesto a las Ganancias, imputando posteriormente la reversión de las mismas a los resultados de los ejercicios / períodos en que se producen, considerando la posibilidad de utilización de quebrantos en el futuro. Los saldos por impuesto diferido se encuentran expresados en valores nominales.
El impuesto a la ganancia mínima presunta fue establecido por la Ley Nº 25.063 por el término de diez ejercicios anuales. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias dado que, mientras este último grava la utilidad impositiva del período / ejercicio, el impuesto a la ganancia mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos activos productivos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Sociedad coincidirá con el mayor de ambos impuestos. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un período fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que pudiera producirse en cualquiera de los diez ejercicios siguientes.
A continuación se detalla la composición del impuesto a las ganancias incluido en el estado de resultados:
Al 29 de Febrero de 2016, el impuesto a la ganancia mínima presunta fue superior al impuesto a las ganancias.
La conciliación entre el cargo por impuesto a las ganancias de cada período y el que resulta de aplicar la tasa impositiva vigente sobre el resultado contable antes del impuesto, es la siguiente:
Asimismo, el detalle de activos y pasivos diferidos es el siguiente:
- Bienes de Uso
Bienes de Uso: han sido valuados al costo de adquisición menos las correspondientes amortizaciones acumuladas.
Los Bienes de Uso se amortizan por el método de la línea recta en función de la vida útil asignada.
- Activos Intangibles
Al 31 de Mayo de 2015 Castinver S.A. adquirió el fondo de comercio de San Juan Papeles S.A. por un valor total de 1.135.000. Como consecuencia de dicha adquisición se ha incorporado a la Sociedad una maquinaria por 258.300 (incluida en el rubro Bienes de Uso) y se ha generado un valor llave por 849.579. El mencionado activo ha sido definido como de vida útil indefinida.
- Cuentas del Patrimonio Neto
Se encuentran reexpresadas según lo mencionado en la Nota 2.-c), excepto la cuenta de Capital Suscripto, la cual se ha mantenido a su valor nominal y el ajuste derivado de su reexpresión que se expone en la cuenta Ajuste de Capital.
- Cuentas del estado de resultados
Las cuentas del estado de resultados se encuentran expresadas a sus valores nominales.
Los Resultados financieros y por tenencia incluyen los intereses, diferencias de cambio y demás resultados financieros generados por activos y pasivos.
- Normas contables profesionales aprobadas por la FACPCE – Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)
Considerando que la Sociedad ha preparado sus estados contables al 29 de Febrero de 2016 de acuerdo con las NCP, se incluyen a continuación las conciliaciones de patrimonio neto y resultado neto del período entre dichas normas y las resultantes de aplicar la RT Nº 26R (NIIF):
- Entre el patrimonio neto determinado de acuerdo con las NCP y el patrimonio determinado de acuerdo con las NIIF, al 29 de Febrero de 2016 y al 31 de Mayo de 2015;
- Entre el resultado neto determinado de acuerdo con las NCP correspondiente a los períodos de nueve meses finalizados el 29 de Febrero de 2016 y el 28 de Febrero de 2015, y el resultado neto determinado de acuerdo con las NIIF a las mismas fechas.
Conciliación del patrimonio neto:
Conciliación del resultado neto:
Notas explicativas a los ajustes entre las NIIF y las NCP
Se explica a continuación, el principal ajuste entre las NIIF y las NCP que afecta el patrimonio neto al 29 de Febrero de 2016, al 28 de Febrero de 2015 y al 31 de Mayo de 2015, y que surge de comparar las políticas contables actualmente aplicadas por la Sociedad en la preparación de los presentes estados contables (NCP vigentes) tal como se las describe en la Nota 3., y las políticas contables que son aplicadas por la sociedad controlante en forma indirecta Ledesma S.A.A.I. en la preparación de sus estados financieros presentados de acuerdo con las NIIF.
- Previsiones
Conforme las NCP vigentes y tal como se indica en la nota 3.-e), las previsiones incluidas en el pasivo y en el activo se han constituido para afrontar situaciones contingentes que podrían originar obligaciones para la Sociedad.
De acuerdo con las NIIF, para su reconocimiento se deben cumplir las siguientes condiciones:
(a) una entidad tiene una obligación presente, ya sea legal o implícita, como resultado de un suceso pasado;
(b) es probable que la entidad tenga que desprenderse de recursos, que incorporen beneficios económicos para cancelar tal obligación; y
(c) puede hacerse una estimación fiable del importe de la obligación.
- Reclasificaciones
Se han efectuado ciertos cambios de exposición en los estados contables informados con propósitos comparativos para uniformarlos con la presentación de los correspondientes al 29 de Febrero de 2016.
NOTA 4.- COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS
A continuación se detalla la composición de los principales rubros:
NOTA 5.- ESTADO DEL CAPITAL SOCIAL
El capital suscripto e integrado de la Sociedad al 29 de Febrero de 2016, al 28 de Febrero de 2015 y al 31 de Mayo de 2015 asciende a 440.000, y se encuentra inscripto en el Registro Público de Comercio.
NOTA 6.- SALDOS Y OPERACIONES CON SOCIEDADES RELACIONADAS
Los saldos y operaciones con Sociedades relacionadas al cierre de cada período / ejercicio son:
NOTA 7.- VENCIMIENTOS ESTIMADOS DE INVERSIONES, CRÉDITOS Y DEUDAS
NOTA 8.- BIENES DE DISPONIBILIDAD RESTRINGIDA
Al 31 de Mayo de 2015 los bienes de disponibilidad restringida corresponden a embargos judiciales en cuentas corrientes bancarias de la Sociedad por 553.154 y se exponen en el rubro Otros Créditos – Corrientes (Nota 4.3). Durante el período de nueve meses finalizado el 29 de Febrero de 2016 la Sociedad ha logrado el levantamiento de dicha medida cautelar.
NOTA 9.- RESTRICCIONES A LOS RESULTADOS NO ASIGNADOS
De acuerdo a las disposiciones de la Ley 25.063 de reforma impositiva, vigente a partir del 1º de Enero de 1999, cuando se efectúen pagos de dividendos que superen las ganancias determinadas en base a la aplicación de normas fiscales, la Sociedad deberá retener en concepto de pago único y definitivo el 35% de la diferencia.
Se excluyen de esta disposición los resultados acumulados al 31 de marzo de 1998. En caso que se defina la distribución de la totalidad de los resultados no asignados y la reserva para futuros dividendos, la Sociedad estima que no deberá efectuar retenciones significativas.
NOTA 10.- LIBROS RUBRICADOS
La Sociedad obtuvo por parte de la Inspección General de Justicia (IGJ) la autorización para almacenar sus libros comerciales a través de medios ópticos. La Sociedad ha realizado las presentaciones anuales y bianuales exigidas por dicho organismo (Apartado I y Apartado II requeridos por la Resolución de IGJ 7/2005, vigente a dicha fecha), las que al momento de emisión de los presentes estados contables, se encuentran pendientes de autorización.
A partir del 1° de Diciembre de 2013 la Sociedad ha modificado el software de gestión utilizado, implementando SAP, encontrándose obligada a solicitar una nueva autorización ante dicho organismo para el almacenamiento de sus libros comerciales a través de medios ópticos.
Al momento de la emisión de los presentes estados contables, la Sociedad se encuentra realizando el seguimiento de los trámites mencionados, requisito indispensable para la transcripción de las correspondientes operaciones.
NOTA 11.- ARRENDAMIENTOS
El arrendamiento de la Sociedad corresponde al alquiler del inmueble donde desarrolla sus actividades comerciales, logísticas y administrativas y se clasifica como arrendamiento operativo (ya que el arrendador retiene sustancialmente los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad de los activos arrendados).
El plazo total de vigencia del contrato es de 24 meses con fecha de finalización el 30 de septiembre de 2017.
El total imputado a resultados en concepto de arrendamientos se expone en el Anexo H.
| ANEXOS |
Gladys Meich
Alicia Moreau de Justo 1150 - 2° Piso - Of. 202
(C1107AAX) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
República Argentina
Tel.: (0054 11) 4342-7117
INFORME DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
SOBRE ESTADOS CONTABLES DE PERÍODO INTERMEDIO
A los Señores Directores de
CASTINVER S.A.
CUIT: 30-64246376-0
Domicilio Legal: Av. Corrientes 415 – Piso 10°
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
I - Informe sobre estados contables de período intermedio
- Introducción
He efectuado una revisión de los estados contables de período intermedio adjuntos de Castinver S.A., que comprenden el balance general al 29 de febrero de 2016, el estado de resultados, el estado de evolución del patrimonio neto y el estado de flujo de efectivo correspondientes al período de nueve meses finalizado en dicha fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa incluidas en las notas 1 a 11 y los anexos A, D, E, F, G y H.
Los saldos y otra información correspondiente al ejercicio económico finalizado al 31 de mayo de 2015 y a su período intermedio finalizado el 28 de febrero de 2015, presentados con fines comparativos, son parte integrante de los estados contables de Castinver S.A. mencionados precedentemente y tienen el propósito de ser leídos sólo en relación con dichos estados contables.
- Responsabilidad del Directorio en relación con los estados contables
El Directorio de la Sociedad es responsable por la preparación y presentación razonable de los estados contables de acuerdo con las normas contables vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para empresas no incluidas en el régimen de oferta pública y las normas pertinentes de la Ley General de Sociedades. Esta responsabilidad incluye diseñar, implementar y mantener un sistema de control interno adecuado, para que dichos estados contables no incluyan distorsiones significativas originadas en errores o irregularidades; seleccionar y aplicar políticas contables apropiadas, y efectuar las estimaciones que resulten razonables según las circunstancias.
- Responsabilidad del Auditor
Mi responsabilidad es expresar una conclusión sobre los estados contables mencionados en el párrafo 1. basada en la revisión efectuada con el alcance mencionado en el párrafo 4.
- Alcance del trabajo
He llevado a cabo mi revisión de conformidad con las normas de revisión de estados contables de períodos intermedios establecidas en la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas exigen que cumpla con los requerimientos de ética pertinentes a la auditoría de los estados contables anuales de la Sociedad.
Una revisión tiene un alcance sustancialmente menor al de una auditoría de conformidad con las normas de auditoría vigentes. Una revisión de estados contables de períodos intermedios consiste principalmente en aplicar procedimientos analíticos a la información contable y efectuar indagaciones a los responsables de las cuestiones contables y financieras, por lo que no requiere la aplicación de todos los procedimientos de auditoría que se consideran necesarios para obtener seguridad y expresar una opinión sobre los estados contables tomados en su conjunto. Por lo tanto, no expreso tal opinión.
- Conclusión
Basada en la revisión efectuada, con el alcance mencionado en el párrafo 4, nada ha llamado mi atención que me hiciera pensar que los estados contables de período intermedio mencionados en el párrafo 1, no estén preparados, en todos sus aspectos significativos, de conformidad con las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Énfasis sobre incertidumbre
Sin modificar mi conclusión, quiero enfatizar la información contenida en la nota 1 a los estados contables adjuntos, que describe la incertidumbre relacionada con el patrimonio neto negativo de la Sociedad al 29 de febrero de 2016 por $ 4.009.164, cuya evolución se encuentra sujeta al resultado a obtener en el transcurso del presente ejercicio económico y al compromiso de aporte de capital que asuman sus accionistas.
- Otras cuestiones
Tal como se indica en la nota 2.-a) a los estados contables al 29 de febrero de 2016, los mismos han sido preparados al solo efecto de ser utilizados para su consolidación con los estados contables de la sociedad controlante en forma indirecta Ledesma S.A.A.I. y pueden no ser apropiados para otros usos.
II - Informesobre otros requerimientos legales y regulatorios
Informo además, en cumplimiento de disposiciones vigentes, que:
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Sobre la base de mi revisión y excepto por lo mencionado en la nota 10 a los estados contables al 29 de febrero de 2016, los saldos expuestos en los estados contables de Castinver S.A. correspondientes al período de nueve meses finalizado en dicha fecha, surgen de los registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
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2 -
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Al 29 de febrero de 2016 las deudas devengadas en concepto de aportes y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino que surgen de los registros contables de la Sociedad ascienden a $ 529.252, no existiendo deudas exigibles a esa fecha.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 6 de abril de 2016.
Gladys E. Meich
Contadora Pública U.B.A.
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 129 – Fº 184
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