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Ledesma S.A. — Interim / Quarterly Report 2014
Sep 12, 2014
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| ESTADOS CONTABLES |
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES
Por el período de cuatro meses finalizado el 31 de Mayo de 2014
Cifras expresadas en pesos (Nota 2.-b))
NOTA 1. – OBJETO DE LOS PRESENTES ESTADOS CONTABLES
Los presentes estados contables especiales han sido confeccionados por la Sociedad para ser utilizados por su sociedad controlante directa, Ledesma SAAI., en la preparación de sus estados contables al 31 de Mayo de 2014.
NOTA 2. BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES
- Normas aplicadas en la preparación y presentación de los estados contables
Los presentes estados contables han sido preparados de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes en la Provincia de Salta y teniendo en cuenta las normas de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Para las cuestiones no previstas en las normas contables generales o particulares y que no pueden resolverse mediante la utilización del Marco Conceptual de las normas contables, deberán aplicarse en forma supletoria las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) e Interpretaciones aprobadas por el International Accounting Standard Board, que se encuentren vigentes en el período / ejercicio para el que se aplique la supletoriedad.
La preparación de los estados contables de acuerdo con normas contables profesionales vigentes, requiere la consideración por parte de la Dirección de la Sociedad de estimaciones y supuestos que impactan en los saldos informados de activos y pasivos, la exposición de activos y pasivos contingentes a la fecha de dichos estados contables, como así también los montos de ingresos y gastos de cada período / ejercicio. Los resultados finales pueden diferir de esas estimaciones.
En el mes de diciembre de 2009, la CNV emitió la Resolución General (RG) Nº 562 modificada por las resoluciones N° 576 y N° 592, mediante la cual ha establecido la aplicación de la Resolución Técnica (RT) Nº 26 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), la cual fue modificada el 3 de diciembre de 2010 mediante la RT N° 29. La RT N° 26 modificada (RT N° 26R) establece que ciertas entidades estarán obligadas a preparar sus estados contables de acuerdo con las NIIF, mientras que otras entidades tendrán la opción de utilizar las normas contables profesionales (NCP) y realizar las conciliaciones de patrimonio neto y resultado del período / ejercicio o utilizar las NIIF o las NIIF para las PyMES. La Sociedad no ha hecho uso de la opción de aplicar NIIF.
Esta norma tiene vigencia para los estados contables correspondientes a ejercicios que se inicien a partir del 1° de Enero de 2012. La RT N° 26R fue aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta con fecha 6 de septiembre de 2011.
A través de la RG Nº 562, se admite que las sociedades controladas por una emisora continúen presentando sus estados contables de acuerdo con las normas utilizadas para preparar estados contables con fines societarios o regulatorios, debiendo presentar en este caso una reconciliación con las NIIF para el patrimonio neto y el resultado. La Sociedad presenta estas reconciliaciones en la Nota 3.-j).
La RT N° 39 fue emitida por la FACPCE el 4 de octubre de 2013 y aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta con fecha 28 de abril de 2014. Dicha norma incorpora a la RT N° 17, como una característica que identifica un contexto de inflación que amerita ajustar los estados contables para que los mismos queden expresados en moneda de poder adquisitivo de la fecha a la cual corresponden, la existencia de una tasa acumulada de inflación en tres años que alcance o sobrepase el 100%, considerando para ello el índice de precios internos al por mayor, del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
Por otra parte, la RT N° 39 modifica a la RT N° 6 para establecer que si tras un período de interrupción de ajuste de los estados contables para reflejar el efecto de los cambios ocurridos en el poder adquisitivo de la moneda fuera necesario reanudar el ajuste, el mismo aplicará retroactivamente desde el comienzo del ejercicio en que se verifique la existencia de las características que identifican un contexto de inflación, y los cambios a considerar serán los habidos desde el momento en que se interrumpió el ajuste o desde una fecha de alta posterior, según corresponda a las partidas a ajustar.
- Consideración de los efectos de la inflación
Las normas contables profesionales establecen que los estados contables deben expresarse en moneda homogénea. En un contexto de estabilidad monetaria, la moneda nominal es utilizada como moneda homogénea y, en un contexto de inflación o deflación, los estados contables deben expresarse en moneda del poder adquisitivo de la fecha a la cual corresponden dando reconocimiento contable a las variaciones en el índice de precios internos al por mayor (IPIM) publicado por el INDEC, de acuerdo con el método de reexpresión establecido por la RT N° 6 de la FACPCE.
Los estados contables al 31 de Mayo de 2014 y 2013 y al 31 de Enero de 2014 han sido preparados en moneda homogénea, reconociendo en forma integral los efectos de la inflación hasta el 31 de Agosto de 1995. A partir de esa fecha y hasta el 31 de Diciembre de 2001 se ha discontinuado la reexpresión de los estados contables, debido a la existencia de un período de estabilidad monetaria. Desde el 1° de Enero de 2002 y hasta el 28 de Febrero de 2003 se reconocieron los efectos de la inflación, de acuerdo a lo requerido por el Decreto N° 664/2003 del Poder Ejecutivo Nacional y la RG N° 441 de la CNV. Las normas contables profesionales, establecen que la discontinuación en la aplicación del método de reexpresión dispuesto por la RT N° 6 debió efectuarse a partir del 1° de Octubre de 2003.
Los efectos de no haber reconocido las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta esta última fecha no han sido significativos en relación a los presentes estados contables.
- Efectivo
Para la preparación de los estados de flujo de efectivo se consideraron caja y los equivalentes de caja que comprenden todas las inversiones de muy alta liquidez con vencimientos originalmente pactados inferiores a tres meses.
NOTA 3.- CRITERIOS DE VALUACIÓN Y EXPOSICIÓN
A continuación se detallan los criterios de valuación y exposición utilizados para la confección de los estados contables:
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Caja y Bancos
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En moneda nacional: a su valor nominal.
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En moneda extranjera: se convirtieron a los tipos de cambio vigentes al cierre de cada período / ejercicio.
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Inversiones
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Colocaciones de fondos en moneda nacional: se valuaron a su valor nominal, más los intereses devengados al cierre de cada período / ejercicio.
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Créditos y Deudas
-
En moneda nacional: a su valor nominal incorporando los intereses devengados al cierre de cada período / ejercicio según las cláusulas específicas de cada operación, el cual no difiere significativamente de su valor descontado, en caso de corresponder, al cierre de cada período / ejercicio.
-
En moneda extranjera: se convirtieron a los tipos de cambio vigentes al cierre de cada período / ejercicio, incorporando los intereses devengados. El valor resultante no difiere significativamente de su valor descontado, en caso de corresponder, al cierre de cada período / ejercicio.
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Bienes de Cambio
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Productos terminados, en proceso y materias primas de propia elaboración: al costo de refabricación o valor de mercado, el menor, el cual no difiere significativamente de los costos incurridos.
- Materiales: los principales, que incluyen las materias primas compradas, se valuaron al costo de reposición y el resto de los materiales, al precio de la última compra. Los mismos no difieren significativamente de los costos de adquisición.
El valor del rubro no supera su respectivo valor recuperable.
-
Bienes de Uso
-
Bienes de Uso: han sido valuados al costo de adquisición expresado en moneda homogénea según lo mencionado en la Nota 2.-b) menos las correspondientes amortizaciones acumuladas.
Los Bienes de Uso se amortizan por el método de la línea recta en función de la vida útil asignada y a la campaña productiva, la cual tiene lugar entre los meses de abril y julio de cada año.
Por razones vinculadas al Sistema Informático de Bienes de Uso, en general las adquisiciones, requieran o no proceso para su habilitación y/o puesta en marcha, se contabilizan en una primera etapa como “Obras en curso”, transfiriéndose posteriormente a cuentas específicas.
El valor del rubro no supera su respectivo valor recuperable.
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Previsiones
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Deducidas del Activo: constituidas para regularizar y adecuar la valuación del rubro otros créditos.
-
Incluidas en el Pasivo: se han constituido para afrontar situaciones contingentes que podrían originar obligaciones para la Sociedad. En la estimación de los montos se ha considerado la probabilidad de su concreción en base a la opinión de los asesores legales de la Sociedad y de los restantes elementos de juicio disponibles.
El movimiento de las previsiones se expone en el Anexo E.
- Impuesto a las Ganancias y a la Ganancia Mínima Presunta
La Sociedad determina el cargo contable de impuesto a las ganancias por el método denominado de impuesto diferido, el cual consiste en el reconocimiento del efecto impositivo de las diferencias temporarias entre las valuaciones contables e impositivas de los activos y pasivos, determinado a la tasa vigente del 35% establecida en la Ley de Impuesto a las Ganancias, imputando posteriormente la reversión de las mismas a los resultados de los períodos / ejercicios en que se producen, considerando asimismo, la posibilidad de utilización de quebrantos en el futuro. Los saldos por impuesto diferido se encuentran expresados en valores nominales.
El impuesto a la ganancia mínima presunta fue establecido por la Ley Nº 25.063 por el término de diez ejercicios anuales. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias dado que, mientras este último grava la utilidad impositiva, el impuesto a la ganancia mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos activos productivos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Sociedad coincidirá con el mayor de ambos impuestos.
Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un período fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que pudiera producirse en cualquiera de los diez ejercicios siguientes.
A continuación se detalla la composición del impuesto a las ganancias incluido en el estado de resultados:
La conciliación entre el impuesto a las ganancias que resultaría de aplicar al resultado contable la tasa impositiva vigente del 35% con el impuesto a las ganancias imputado a resultados de cada período y con el impuesto determinado según normas fiscales es la siguiente:
Asimismo, el detalle de activos y pasivos diferidos es el siguiente:
Respecto de la diferencia entre el valor contable ajustado de los bienes de uso y otros activos no monetarios y su base fiscal, la misma fue considerada como una diferencia permanente. De haberse reconocido la mencionada diferencia como temporaria, el pasivo por impuesto diferido por este concepto, generaría una reducción del patrimonio neto y un aumento del pasivo no corriente de aproximadamente 1.600.000 al 31 de Mayo y 31 de Enero de 2014 y de 1.700.000 al 31 de Enero de 2013.
- Cuentas del Patrimonio Neto
Se encuentran expresadas en moneda homogénea según lo mencionado en la Nota 2.-b), excepto la cuenta de Capital Suscripto, la cual se ha mantenido a su valor nominal y el ajuste derivado de su reexpresión que se expone en la respectiva cuenta Ajuste de Capital.
- Cuentas del estado de resultados
Las cuentas del estado de resultados se encuentran expresadas a sus valores nominales excepto las que representan consumos de bienes no monetarios, que se presentan a valor homogéneo según lo mencionado en la Nota 2.-b).
- Normas contables profesionales aprobadas por la FACPCE – Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)
Considerando que la Sociedad ha preparado sus estados contables al 31 de Mayo de 2014 de acuerdo con las NCP, se incluyen a continuación las conciliaciones de patrimonio neto y resultado neto del período / ejercicio entre dichas normas y las resultantes de aplicar la RT Nº 26R (NIIF):
- Entre el patrimonio neto determinado de acuerdo con las NCP y el patrimonio determinado de acuerdo con las NIIF, al 31 de Mayo y al 31 de Enero de 2014;
- Entre el resultado neto correspondiente a los períodos de cuatro meses finalizados el 31 de Mayo de 2014 y 2013 determinado de acuerdo con las NCP y el resultado neto determinado de acuerdo con las NIIF a las mismas fechas.
Conciliación del patrimonio neto al 31 de Mayo y al 31 de Enero de 2014:
Conciliación del resultado neto correspondiente a los períodos de cuatro meses finalizados el 31 de Mayo de 2014 y 2013:
Notas explicativas a los ajustes entre las NIIF y las NCP
Se explican a continuación, los principales ajustes y reclasificaciones entre las NIIF y las NCP que afectan el patrimonio neto al 31 de Mayo de 2014 y 2013 y al 31 de Enero de 2014, y que surgen de comparar las políticas contables actualmente aplicadas por la Sociedad en la preparación de los presentes estados contables (NCP vigentes) tal como se las describe en la Nota 3.-, y las políticas contables que corresponden ser aplicadas por la sociedad controlante Ledesma S.A.A.I. en la preparación de los estados financieros presentados de acuerdo con las NIIF.
- Impuesto diferido
La Sociedad, ha optado por exponer en Nota 3.-g) los efectos del cálculo del impuesto diferido sobre el valor residual de la reexpresión a moneda homogénea contenida en la medición contable de los bienes de uso y otros activos no monetarios.
Bajo la Norma Internacional de Contabilidad (“NIC”) 12, dicha diferencia es temporaria al efecto del cálculo del impuesto a las ganancias.
- Previsiones
Conforme las NCP vigentes y tal como se indica en la nota 3.-f), las previsiones incluidas en el pasivo y en el activo se han constituido para afrontar situaciones contingentes que podrían originar obligaciones para la Sociedad.
De acuerdo con las NIIF, para su reconocimiento se deben cumplir las siguientes condiciones:
(a) una entidad tiene una obligación presente, ya sea legal o implícita, como resultado de un suceso pasado;
(b) es probable que la entidad tenga que desprenderse de recursos, que incorporen beneficios económicos para cancelar tal obligación; y
(c) puede hacerse una estimación fiable del importe de la obligación.
- Reclasificaciones
Se han efectuado ciertos cambios de exposición en los estados contables informados con propósitos comparativos para uniformarlos con la presentación de los correspondientes al 31 de Mayo de 2014. Los mismos afectan los rubros “Costo de Mercaderías Vendidas”, “Gastos de Administración” y “Gastos de comercialización” de acuerdo a la apertura efectuada en el Anexo H y tienen el propósito de uniformar los criterios de exposición con los de la Sociedad controlante.
NOTA 4.- COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS
A continuación se detalla la composición de los principales rubros:
NOTA 5.- ESTADO DEL CAPITAL SOCIAL
El capital suscripto, integrado e inscripto al 31 de Mayo de 2014 y al 31 de Enero de 2014 y 2013 asciende a 20.836.799 y corresponde a 20.836.799 acciones ordinarias de valor nominal de $1 por acción. El mismo se encuentra pendiente de emisión.
NOTA 6.- SALDOS Y OPERACIONES CON SOCIEDADES RELACIONADAS
Los saldos con la sociedad controlante Ledesma S.A.A.I., al cierre de cada período / ejercicio son:
Las operaciones con la sociedad controlante Ledesma S.A.A.I., al cierre de cada período son:
NOTA 7.- VENCIMIENTOS ESTIMADOS DE INVERSIONES, CRÉDITOS Y DEUDAS
NOTA 8.- RESTRICCIONES A LA DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES
De acuerdo a las disposiciones de la Ley 25.063 de reforma impositiva, vigente a partir del 1º de Enero de 1999, cuando se efectúen pagos de dividendos que superen las ganancias determinadas en base a la aplicación de normas fiscales, la Sociedad deberá retener en concepto de pago único y definitivo el 35% de la diferencia.
Se excluyen de esta disposición los resultados acumulados al 31 de Marzo de 1998. En caso que se defina la distribución de la totalidad de la reserva para futura distribución de dividendos y los resultados no asignados, la Sociedad estima que no deberá efectuar retenciones significativas.
NOTA 9.- LIBROS RUBRICADOS
La sociedad obtuvo por parte de la Dirección de Constitución y Fiscalización de Personas Jurídicas y Cooperativas (Registro Público de Comercio de Salta) la autorización para almacenar sus libros comerciales a través de medios ópticos.
A partir del 1° de Diciembre de 2013 la Sociedad ha modificado el software de gestión utilizado, implementando SAP. Al momento de la emisión de los presentes estados contables, la Sociedad se encuentra realizando los trámites para la obtención de una nueva autorización para el almacenamiento de sus libros comerciales a través de medios ópticos.
| ANEXOS |
Gladys Meich
Alicia Moreau de Justo 1150 - 2° Piso - Of. 202
(C1107AAX) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
República Argentina
Tel.: (0054 11) 4342-7117
INFORME DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
A los Señores Directores de
CITRUSALTA S.A.
CUIT: 30-54923166-3
Domicilio Legal: Ruta Nacional 34, Km 1305, Colonia Santa Rosa
Orán, SALTA
I - Informe sobre los estados contables de períodos intermedios
Introducción
- He auditado el balance general de Citrusalta S.A. al 31 de mayo de 2014 y los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el período de cuatro meses finalizado en dicha fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa incluidas en las notas 1 a 9 y los anexos A, D, E, F, G y H.
Los saldos y otra información correspondiente al ejercicio finalizado al 31 de enero de 2014 y a su período intermedio, presentados con fines comparativos, son parte integrante de los estados contables de Citrusalta S.A. mencionados precedentemente y tienen el propósito de ser leídos sólo en relación con dichos estados contables.
Responsabilidad del Directorio en relación con los estados contables
- La Dirección de la Sociedad es responsable por la preparación y presentación razonable de los estados contables de acuerdo con las normas contables vigentes en la Provincia de Salta, República Argentina y las normas pertinentes de la Ley de Sociedades Comerciales. Esta responsabilidad incluye diseñar, implementar y mantener un sistema de control interno adecuado, para que dichos estados contables no incluyan distorsiones significativas originadas en errores o irregularidades; seleccionar y aplicar políticas contables apropiadas, y efectuar las estimaciones que resulten razonables según las circunstancias.
Responsabilidad del Auditor
- Mi responsabilidad es expresar una opinión sobre los estados contables mencionados en el párrafo 1. basada en la auditoría realizada.
Mi trabajo fue realizado de acuerdo con las normas de auditoría vigentes establecidas en la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas requieren que el auditor cumpla los requerimientos éticos así como que planifique y desarrolle su tarea con el objeto de obtener un grado razonable de seguridad acerca de la inexistencia de manifestaciones no veraces o errores significativos en los estados contables.
Una auditoría incluye aplicar procedimientos, sobre bases selectivas, para obtener elementos de juicio sobre la información expuesta en los estados contables. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio profesional del auditor, quién a este fin evalúa los riesgos de que existan distorsiones significativas en los estados contables, originadas en errores o irregularidades. Al realizar esta evaluación de riesgos, el auditor considera el control interno existente en la Sociedad, en lo que sea relevante para la preparación y presentación razonable de los estados contables, con la finalidad de seleccionar los procedimientos de auditoría que resulten apropiados en las circunstancias, pero no con el propósito de expresar una opinión sobre la efectividad del sistema de control interno vigente en la Sociedad. Asimismo, una auditoría incluye evaluar que las políticas contables utilizadas sean apropiadas, la razonabilidad de las estimaciones contables efectuadas por el Directorio de la Sociedad y la presentación de los estados contables tomados en su conjunto.
Considero que los elementos de juicio obtenidos brindan una base suficiente y apropiada para fundamentar mi opinión de auditoría.
Opinión
- En mi opinión, basada en el trabajo realizado cuyo alcance se describe en el párrafo 3., los estados contables mencionados en el párrafo 1. presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial, los resultados de las operaciones, la evolución del patrimonio neto y el flujo de efectivo de Citrusalta S.A., de conformidad con las normas contables vigentes en la Provincia de Salta.
II - Informe sobre otros requerimientos legales y regulatorios
Informo además, en cumplimiento de disposiciones legales vigentes, que:
- Sobre la base de mi revisión y excepto por lo mencionado en la Nota 9.-, los saldos expuestos en los estados contables de Citrusalta S.A. correspondientes al período de cuatro meses finalizado el 31 de mayo de 2014, surgen de los registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
- Al 31 de mayo de 2014 las deudas devengadas en concepto de aportes y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino que surgen de los registros contables de la Sociedad ascienden a $ 168.807, no existiendo deudas exigibles a esa fecha.
- He aplicado los procedimientos sobre prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo previstos en las correspondientes normas profesionales emitidas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Salta.
Provincia de Salta, 4 de agosto de 2014.
| Gladys Meich Contadora Pública U.B.A. C.P.C.E.Salta Matr.: 2803 F° 750 – T° V |
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