AI assistant
Ledesma S.A. — Interim / Quarterly Report 2012
Apr 10, 2012
Preview isn't available for this file type.
Download source file| ESTADOS CONTABLES al 31 de Enero de 2012 |
| ESTADOS CONTABLES |
| Por Comisión Fiscalizadora | Firmado a efectos de su identificación con mi informe de fecha 03/04/2012 Gladys Meich Contadora Pública U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 129 – F° 184 | Lic. Javier E. E. Crotto Director |
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES
Al 31 de Enero de 2012
(Cifras expresadas en pesos)
1.- OBJETO DE LOS PRESENTES ESTADOS CONTABLES
Los presentes estados contables especiales han sido confeccionados por la Sociedad para ser utilizados por su sociedad controlante directa, Calilegua S.A., e indirecta, Ledesma S.A.A.I., en la preparación de sus estados contables al 29 de Febrero de 2012.
2.- BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES
- Normas aplicadas en la preparación y presentación de los estados contables
Los presentes estados contables han sido preparados de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y teniendo en cuenta las normas de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Mediante las Resoluciones Generales N° 485, 487 y 494, la CNV dispuso la adopción (con algunas modificaciones) y aplicación para los ejercicios completos o períodos intermedios correspondientes a los ejercicios iniciados a partir del 1° de Enero de 2006 de las RTs N° 6, 8, 9, 11, 14, 16, 17, 18, 21, 22 y 23 y las Interpretaciones 1 a 4 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.
Para las cuestiones no previstas en las normas contables generales o particulares y que no pueden resolverse mediante la utilización del Marco Conceptual de las normas contables, deberán aplicarse en forma supletoria las Normas Internacionales de Información Financiera e Interpretaciones aprobadas por el International Accounting Standard Board, que se encuentren vigentes en el período/ejercicio para el que se aplique la supletoriedad.
Respecto de la diferencia entre el valor contable ajustado de los bienes de uso y otros activos no monetarios y su base fiscal es una diferencia que fue considerada como una diferencia permanente. De haberse reconocido la mencionada diferencia como temporaria, el pasivo por impuesto diferido por este concepto, generaría una reducción del patrimonio neto y un aumento del pasivo no corriente de aproximadamente 14.500.000 y 14.600.000 al 31 de Enero de 2012 y 30 de Junio de 2011, respectivamente. La reversión del pasivo por impuesto diferido se producirá en forma gradual en resultados en el caso de los bienes que se amortizan. El monto más significativo de este pasivo se encuentra relacionado con bienes que no se amortizan, por lo que su efecto se producirá en resultados en el momento de su venta.
La preparación de los estados contables de acuerdo con normas contables profesionales vigentes, requiere la consideración por parte de la Dirección de la Sociedad de estimaciones y supuestos que impactan en los saldos informados de activos y pasivos, la exposición de activos y pasivos contingentes a la fecha de dichos estados contables, como así también los montos de ingresos y gastos de cada período/ejercicio. Los resultados finales pueden diferir de esas estimaciones.
- Consideración de los efectos de la inflación
La Sociedad presenta sus estados contables en moneda constante, siguiendo el método de reexpresión establecido en la Resolución Técnica N° 6 de la FACPCE y de acuerdo con las modalidades establecidas por las Resoluciones Generales N° 415 y 441 de la CNV.
De acuerdo con dicho método, los estados contables reconocen los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda en forma integral hasta el 31 de Agosto de 1995. A partir del 1° de Septiembre de 1995, de acuerdo a lo requerido por la Resolución General N° 272 de la CNV, la Sociedad discontinuó la aplicación del método, manteniendo las reexpresiones registradas hasta dicha fecha. Este criterio ha sido aceptado por las normas contables profesionales hasta el 31 de Diciembre de 2001.
Con fecha 6 de Marzo de 2002 el CPCECABA aprobó la Resolución M.D. N° 3/2002, que establece, entre otros aspectos, la reanudación del ajuste por inflación en los ejercicios o períodos intermedios cerrados a partir del 31 de Marzo de 2002 inclusive, admitiendo que las mediciones contables reexpresadas por el cambio en el poder adquisitivo de la moneda hasta el momento de interrupción de los ajustes, como las que tengan fecha de origen en el período de estabilidad, se consideren expresadas en moneda de Diciembre de 2001. La CNV, a través de la Resolución General N° 415 de fecha 25 de julio de 2003, requirió la presentación de información ajustada por inflación para los estados contables que se presenten con posterioridad a la fecha de entrada en vigencia de dicha norma.
Con fecha 25 de Marzo de 2003, el Poder Ejecutivo Nacional emitió el Decreto N° 664 que establece que los estados contables sean expresados en moneda nominal. En consecuencia, y de acuerdo con la Resolución N° 441 emitida por la CNV, la Sociedad discontinuó la reexpresión de los estados contables a partir del 1 de Marzo de 2003. Este criterio no está de acuerdo con normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que a través de la Resolución N° 287/03 del CPCECABA, estableció la discontinuación en la aplicación del método de reexpresión de los estados contables a partir del 1 de Octubre de 2003. Los efectos de no haber reconocido las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta esta última fecha no han sido significativos en relación a los presentes estados contables.
- Efectivo
Para la preparación de los estados de flujo de efectivo se consideraron caja y los equivalentes de caja que comprenden todas las inversiones de muy alta liquidez.
3.- CRITERIOS DE VALUACIÓN Y EXPOSICIÓN
Los principales criterios de valuación utilizados para la preparación de los presentes estados contables son los siguientes:
-
Caja y Bancos
-
En moneda argentina: a su valor nominal.
-
En moneda extranjera: se convirtieron a los tipos de cambio vigentes al cierre de cada período/ejercicio.
-
Créditos y Deudas
-
En moneda argentina: a su valor nominal incorporando, en caso de corresponder, los intereses devengados al cierre de cada período/ejercicio según las cláusulas específicas de cada operación, el cual no difiere significativamente de su valor descontado al cierre de cada período/ejercicio.
-
En moneda extranjera: se convirtieron a los tipos de cambio vigentes al cierre de cada período/ejercicio incorporando los intereses devengados según las cláusulas específicas de cada operación. El valor resultante no difiere significativamente de su valor descontado, en caso de corresponder, al cierre de cada período/ejercicio.
-
Concentración de operaciones y créditos
La Sociedad no tiene saldos por cobrar ni operaciones que representen concentraciones significativas de créditos y ventas.
- Crédito con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
El crédito con la Administración Federal de Ingresos Públicos por Quebrantos Impositivos Conformados, se valuó a su valor de recupero, en función de la cotización del Bono de Consolidación en Moneda Nacional IV Serie, 2% al cierre de cada ejercicio.
- Instrumentos financieros
La Sociedad mantiene contratos de operaciones de venta a futuro de cereales. Los cambios en el valor de mercado de estos instrumentos fueron registrados como resultados financieros. Los valores corrientes de estos instrumentos derivados se exponen en el rubro Otros Créditos - Créditos por operaciones a futuro o Deudas Comerciales – Deudas por operaciones a futuro, según corresponda.
-
Inversiones corrientes
-
Colocaciones de fondos en moneda argentina: se valuaron a valor nominal, más los intereses devengados a la fecha de cierre de cada período/ejercicio.
-
Inversiones no corrientes
Comprende las siguientes inversiones:
- Estación de Montas La Mission S.A.: valuada a valor patrimonial proporcional según Balance General al 30 de Abril de 2011.
- Otras Sociedades: comprenden participaciones en sociedades en las cuales la Sociedad posee menos del 10% de participación.
Estas participaciones se detallan en el Anexo C y han sido valuadas a su valor patrimonial proporcional.
-
Bienes de Cambio
-
Activos Biológicos (En desarrollo). Haciendas: han sido medidas al costo de reposición de los bienes y servicios necesarios para obtener un bien similar, que no supera su valor neto de realización al cierre de cada período/ejercicio.
Sementeras: han sido medidas al valor neto descontado del flujo de fondos a percibir, que no supera su valor neto de realización al cierre de cada período/ejercicio.
- Activos Biológicos (En producción). Haciendas: han sido medidas a su costo de reposición directo de un bien similar, adquirido a terceros en los mercados habituales donde opera la Sociedad, que no supera su valor neto de realización al cierre de cada período/ejercicio.
- Activos Biológicos (Terminados): Hacienda: han sido medidas a su valor neto de realización, correspondiente a las respectivas cotizaciones al cierre de cada período/ejercicio en los mercados a los que normalmente accede la Sociedad, netas de los costos adicionales que generará su comercialización.
- Productos agropecuarios: Cereales: han sido medidos a su valor neto de realización, correspondiente a las respectivas cotizaciones al cierre de cada período/ejercicio en los mercados a los que normalmente accede la Sociedad, netas de los costos adicionales que generará su comercialización.
-
Insumos: Semillas y Existencias varias: han sido medidos a su costo de reposición al cierre de cada período/ejercicio, que no supera su valor neto de realización.
-
Bienes de Uso
Han sido valuados al costo de adquisición reexpresado según lo mencionado en Nota 2.-b) menos las correspondientes amortizaciones acumuladas.
Los terrenos incorporados como consecuencia de la fusión con Andaco S.A. tienen adicionado el valor llave abonado por La Biznaga en el momento de la compra de la sociedad Andaco S.A.
Por razones vinculadas al Sistema Informático de Bienes de Uso, todas las adquisiciones requieran o no proceso para su habilitación y/o puesta en marcha, se contabilizan –en una primera etapa- como “Obras en curso”, transfiriéndose posteriormente a cuentas específicas.
Los Bienes de Uso se amortizan por el método de la línea recta en función de la vida útil asignada. El valor del rubro no supera su respectivo valor recuperable.
-
Previsiones
-
Deducidas del activo: constituidas para regularizar el rubro Créditos por ventas.
-
Impuesto a las Ganancias y a la Ganancia Mínima Presunta
La Sociedad determina el impuesto a las ganancias por el método de lo diferido.
El saldo de impuesto diferido al cierre de cada período/ejercicio ha sido determinado en base a las diferencias temporarias generadas en determinados rubros que poseen distinto tratamiento contable e impositivo. Para contabilizar dichas diferencias se utiliza el método del pasivo, que establece la determinación de activos o pasivos impositivos diferidos netos basados en las diferencias temporarias determinadas entre las mediciones contables de activos y pasivos y sus correspondientes valuaciones impositivas. Las diferencias temporarias determinan saldos activos o pasivos de impuestos cuando su reversión futura disminuya o aumente los impuestos determinados.
Cuando existen quebrantos impositivos no utilizados susceptibles de deducción de ganancias impositivas futuras, se reconocerá un activo por impuesto diferido, pero sólo en la medida en que ello sea probable.
La conciliación entre el impuesto a las ganancias imputado en el resultado de cada período y el que resultaría de aplicar a la ganancia contable antes de impuestos la tasa impositiva vigente del 35% es la siguiente:
Asimismo, el detalle de activos y pasivos diferidos es el siguiente:
El impuesto a la ganancia mínima presunta fue establecido por la Ley Nº 25.063 por el término de diez ejercicios anuales. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias dado que, mientras este último grava la utilidad impositiva del período, el impuesto a la ganancia mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos activos productivos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Sociedad coincidirá con el mayor de ambos impuestos.
Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que pudiera producirse en cualquiera de los diez ejercicios siguientes, de acuerdo a lo establecido en la Ley 25.360.
- Cuentas del Patrimonio Neto
Se encuentran reexpresadas al 28 de Febrero de 2003 de acuerdo a lo mencionado en la Nota 2.-b).
- Cuentas del estado de resultados
Las cuentas del estado de resultados se encuentran expresadas a sus valores nominales; excepto los resultados de inversiones permanentes que se determinaron en función del valor patrimonial proporcional de las empresas y las amortizaciones de Bienes de Uso que se exponen a sus valores reexpresados calculados de acuerdo a lo indicado en el punto i).
Los Resultados Financieros y por Tenencia incluyen los intereses, diferencias de cambio y demás resultados financieros generados por activos y pasivos.
- Reclasificaciones
Se han efectuado ciertos cambios de exposición en los estados contables informados con propósitos comparativos para uniformarlos con la presentación de los correspondientes al 31 de Enero de 2012.
4.- COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS
5.- ESTADO DEL CAPITAL SOCIAL
El estado del capital al 31 de Enero de 2012 y 2011 y 30 de Junio de 2011 es el siguiente: capital suscripto, integrado e inscripto 113.038.000.
6.- IMPUESTO A LAS GANANCIAS DETERMINADO SOBRE BASES HISTÓRICAS – RECURSO DE REPETICIÓN
La Sociedad continúa contabilizando el Impuesto a las Ganancias aplicando la tasa vigente del 35% sobre la utilidad impositiva histórica del ejercicio. Los resultados impositivos utilizados para el cálculo de este impuesto al 30 de Junio de 2003 y 30 de Junio de 2004 son resultados positivos significativamente mayores a la ganancia antes de impuestos obtenida por la Sociedad, debido a que no reconoce los efectos de la inflación.
En opinión de La Biznaga S.A.A.C.I.F. y M., las razones de estabilidad que justificaron en la práctica la suspensión de la aplicación del método de ajuste por inflación establecido en el Título VI de la Ley del Impuesto a las Ganancias perdieron vigencia, produciendo una revitalización automática del mecanismo que tiende a evitar que el impuesto incida sobre ganancias nominales inexistentes en la realidad. Esta opinión es coincidente con el propósito reiteradamente manifestado por el Poder Ejecutivo, con las opiniones de expertos y cámaras empresarias y profesionales y, por último, constituye la única forma de lograr la vigencia efectiva de derechos constitucionales como, entre otros, los de propiedad, justicia y de razonabilidad de las leyes.
Como se ha mencionado anteriormente, la Sociedad considera que el no reconocimiento de la inflación torna al gravamen confiscatorio, ya que- entre otras razones- se impone sobre resultados nominales que no representan la real capacidad contributiva de la Sociedad.
Por los ejercicios fiscales finalizados al 30 de Junio de 2003 y 30 de Junio de 2004 la Sociedad presentó sus declaraciones juradas del impuesto a las ganancias considerando para la determinación del gravamen la utilidad histórica. Teniendo en cuenta lo indicado anteriormente en el mes de Febrero de 2005 la Sociedad presentó las declaraciones juradas rectificativas por dichos ejercicios considerando los efectos de la inflación. El impuesto determinado considerando la aplicación del Título VI de la Ley de Impuesto a las Ganancias es aproximadamente 1.487.061 inferior al calculado sobre bases históricas. Teniendo en cuenta lo comentado precedentemente la Sociedad interpuso ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sendos reclamos de repetición por el saldo ingresado indebidamente en cada período fiscal.
A través de las Resoluciones N° 143/2007 y N° 144/2007 la AFIP resolvió no hacer lugar a los recursos de repetición impetrados por La Biznaga, lo cual motivó que con fecha 18 de septiembre de 2007 se interpusieran sendos recursos de reconsideración ante el mismo Organismo, en los términos del artículo 76 de la ley de Procedimiento Fiscal.
Con fecha 11 de Septiembre de 2008 hemos sido notificados por la AFIP del dictado de las Resoluciones N° 325/2000 y N° 326/2008, ambas de la Dirección Regional Microcentro pertenecientes a dicho organismo, a través de las cuáles se rechazan los recursos de repetición presentados oportunamente.
Por tal motivo con fecha 2 de Octubre de 2008, la Sociedad interpuso Demanda Contenciosa de Repetición por los ejercicios cerrados el 30 de Junio de 2003 y 2004. La causa se encuentra tramitando en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11, Secretaría N° 21.
NOTA 7.- RESTRICCIONES A LA DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES
De acuerdo a las disposiciones de la Ley 25.063 de reforma impositiva, vigente a partir del 1 de Enero de 1999, cuando se efectúen pagos de dividendos que superen las ganancias determinadas en base a la aplicación de normas fiscales, la Sociedad deberá retener en concepto de pago único y definitivo el 35% de la diferencia.
Se excluyen de esta disposición los resultados acumulados al 31 de Marzo de 1998. En caso que se defina la distribución de la totalidad de la reserva para futura distribución de dividendos y los resultados no asignados, la Sociedad estima que no deberá efectuar retenciones significativas.
ANEXOS
Gladys Meich
Alicia Moreau de Justo 1150 - 2° Piso - Of. 202
(C1107AAX) Ciudad de Buenos Aires
República Argentina
Tel.: (0054 11) 4342-7117
INFORME DE REVISIÓN LIMITADA DE ESTADOS CONTABLES
DE PERÍODOS INTERMEDIOS
A los Señores Directores de
LA BIZNAGA S.A.A.C.I.F. Y M.
CUIT: 30-51182456-3
Domicilio Legal: Av. Corrientes 415 – Piso 8º
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
- He efectuado una revisión limitada del Balance General de La Biznaga S.A.A.C.I.F. Y M. al 31 de enero de 2012 y 2011 y de los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por los períodos de siete meses finalizados en esas fechas.
- La Dirección de la Sociedad es responsable por la preparación y presentación razonable de los estados contables de acuerdo con las normas contables vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina y las normas pertinentes de la Ley de Sociedades Comerciales. Esta responsabilidad incluye diseñar, implementar y mantener un sistema de control interno adecuado, para que dichos estados contables no incluyan distorsiones significativas originadas en errores o irregularidades; seleccionar y aplicar políticas contables apropiadas, y efectuar las estimaciones que resulten razonables según las circunstancias. Mi responsabilidad es expresar una manifestación sobre los mencionados estados contables basada en la revisión efectuada con el alcance mencionado en el párrafo 3.
- Mi trabajo fue realizado de acuerdo con las normas de auditoría vigentes para la revisión limitada de estados contables de períodos intermedios. Una revisión limitada consiste principalmente en aplicar procedimientos analíticos a la información contable y efectuar indagaciones a los responsables de las cuestiones contables y financieras, por lo que no requiere la aplicación de todos los procedimientos de auditoría que se consideran necesarios para expresar una opinión sobre los estados contables tomados en su conjunto. Por lo tanto, no expreso tal opinión.
- Basada en la revisión efectuada, informo que no he tomado conocimiento de ninguna modificación significativa que deba hacerse a los estados contables mencionados en el párrafo 1. para que los mismos estén presentados de conformidad con las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- En relación al balance general de La Biznaga S.A.A.C.I.F. Y M. al 30 de junio de 2011 presentado con propósitos comparativos, informo que he emitido con fecha 6 de septiembre de 2011 un informe de auditoría sobre los correspondientes estados contables, el cual no contiene salvedades ni excepciones sobre los mismos.
- Informo además, en cumplimiento de disposiciones legales vigentes, que:
- Los saldos expuestos en los estados contables de La Biznaga S.A.A.C.I.F. Y M. correspondientes al período de siete meses finalizado el 31 de enero de 2012, surgen de los registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
- Al 31 de enero de 2012 las deudas devengadas en concepto de aportes y contribuciones con destino al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones que surgen de los registros contables de la Sociedad ascienden a $ 687.961 no existiendo deudas exigibles a esa fecha.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 3 de abril de 2012
Gladys E. Meich
Contadora Pública U.B.A.
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 129 – Fº 184
- 2 -