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Ledesma S.A. — Capital/Financing Update 2024
Jul 15, 2024
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Capital/Financing Update
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ACTA Nº 2984- SESIÓN DEL 10 DE JULIO DE 2024.
A los 10 días del mes de julio de 2024, a las 10 horas, se encuentran reunidos los Directores de Ledesma Sociedad Anónima, Agrícola, Industrial (en adelante, la “Sociedad”), Carlos H. Blaquier, Alejandro Blaquier, Ignacio Blaquier, Mariano Letemendia y Matías Guillermo Sánchez Sorondo, conforme lo autorizado por el artículo 8 del Estatuto Social de la Sociedad. Participan de la reunión los miembros de la Comisión Fiscalizadora de la Sociedad, Enrique Sbértoli y Ángel Schindel. Se declara abierta la sesión bajo la Presidencia del Doctor Carlos Herminio Blaquier.
Abierto el acto, y habiendo constatado la existencia de quórum suficiente para sesionar, toma la palabra el Presidente de la Sociedad, doctor Carlos H. Blaquier e invita a tratar el siguiente orden del día:
1) Aprobación de una nueva emisión de obligaciones negociables Clase 14 por un valor nominal de hasta ARS 20.000.000.000, ampliable por hasta ARS 35.000.000.000, en el marco del programa global para la emisión de obligaciones negociables simples por un valor nominal de hasta Dólares Estadounidenses – ciento cincuenta millones (USD 150.000.000) (o su equivalente en otras monedas) de Ledesma S.A.A.I. (el “Programa”).
Toma la palabra el doctor Carlos H. Blaquier e informa que como es de conocimiento de los directores la sociedad tiene autorizado por la Comisión Nacional de Valores un Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables Simples por hasta V/N U$S 150.000.000 (o su equivalente en otras monedas) (el “Programa”).
Seguidamente, informa el Doctor Carlos H. Blaquier que resulta conveniente y mociona en ese sentido, aprobar la emisión de la décimo cuarta clase de obligaciones negociables simples por hasta un monto de pesos veinte mil millones (ARS 20.000.000.000), ampliable por hasta pesos treinta y cinco mil millones (ARS 35.000.000.000) (las “Obligaciones Negociables” y el “Monto Máximo de Emisión de las Obligaciones Negociables”, respectivamente) en los demás términos y condiciones que fijen los Subdelegados (según dicho término se define a continuación). Continúa diciendo el Sr. Presidente que las Obligaciones Negociables serán obligaciones negociables simples no convertibles en acciones y constituirán un endeudamiento directo, incondicional, no privilegiado y no subordinado de la Sociedad, con garantía común y tendrán en todo momento el mismo rango en su derecho de pago que todas las deudas existentes y futuras no privilegiadas, no garantizadas y no subordinadas de la Sociedad, y serán emitidas en el marco del Programa.
A continuación, se pasa a considerar el segundo punto del orden del día:
2) Subdelegación en funcionarios de la Emisora de la aprobación de los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables y demás actos vinculados. Autorizaciones Genéricas para realizar ciertos trámites.
Continúa en el uso de la palabra el Doctor Carlos H. Blaquier quien manifiesta que, en virtud de lo aprobado en el punto primero, resulta conveniente subdelegar en los Sres. Carlos Herminio Blaquier, Alejandro Blaquier, Santiago Blaquier, Ignacio Blaquier, Juan Ignacio Pereyra Iraola, Juan Adolfo Fernández, Diego Lerch, Ramón Masllorens y Hugo Diaz (los “Subdelegados”) en forma individual e indistinta o conjunta, las facultades de: (a) determinar los términos y condiciones definitivos de emisión de las Obligaciones Negociables y las modificaciones a los mismos, conforme resulte más
conveniente de acuerdo a las condiciones de mercado y necesidades financieras de la Sociedad al momento de su colocación y/o respuesta a observaciones que pudieran solicitar –entre otros- la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”), Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA”), la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “BCBA”), el/los Colocador/es, el Mercado Abierto Electrónico S.A. (“MAE”), Caja de Valores S.A. (“CVSA”) y demás mercados autorizados y entidades de control en los cuales se hubiera decidido la registración, colocación, listado y/o negociación de los valores aquí mencionados, incluyendo sin limitación el Monto Máximo de Emisión de las Obligaciones Negociables, la fecha de vencimiento, la fecha de pago de intereses, las condiciones de recompra, rescate y/o reembolso, destino de los fondos, entre otros; (b) aprobar, negociar, celebrar y firmar los respectivos contratos y cualquier otra documentación que sea necesaria en el marco de la emisión de las Obligaciones Negociables -incluido pero no limitado al suplemento de prospecto definitivo, y las eventuales enmiendas al mismo, contrato de colocación, aviso art. 10 Ley N° 23.576 y modificatorias, avisos de emisión, suscribir –en su calidad de directores titulares de la Sociedad- los certificados globales representativos de las Obligaciones Negociables de manera indistinta y en forma conjunta con un síndico de la Sociedad; (c) contratar colocadores, organizadores y demás agentes que deban intervenir (en su caso); (d) realizar las presentaciones que fueran necesarias ante la CNV, BYMA, la BCBA, el MAE, CVSA y otras entidades autorizadas que se determinen; (e) determinar el periodo de colocación, el margen o tasa de corte o precio de suscripción, el plazo y forma de amortización y otras condiciones de emisión de las Obligaciones Negociables; (f) contratar la/s calificadoras de riesgo y (g) realizar todos los actos conexos a fin de llevar a cabo la emisión de las Obligaciones Negociables. Asimismo el Doctor Carlos H. Blaquier mociona que se autorice a los Sres. Ramón Masllorens, Hugo Diaz, María José Magnasco, Marcelo Villegas, Emiliano Silva, Andrea Schnidrig, Juan Martín Ferreiro, Jesica Pabstleben, Micaela Bassi, Solana Mac Karthy, Mariana Carbajo, Chiara García, Tersa De Kemmeter, Giuliano Galo Rodriguez Vaccaro y Dario Pessina para que actuando en forma individual o conjunta, indistintamente gestionen: i) la autorización de las Obligaciones Negociables en la CNV; (ii) el listado y/o negociación en BYMA, el MAE, y en otros mercados que el directorio o los Subdelegados resuelvan, (iii) el depósito del certificado global correspondiente a las Obligaciones Negociables ante CVSA y demás trámites ante dicha entidad; (iv) formular, suscribir y publicar en la página web de la CNV el aviso de emisión de las Obligaciones Negociables en los términos del art. 10 de la ley N° 23.576; (v) suscribir y publicar los demás avisos vinculados a la emisión que deban ser presentados ante los mercados en los que las Obligaciones Negociables sean eventualmente listadas o negociadas; y (vi) cuantos más actos y gestiones sean necesarios a los fines antes indicados, todo ello con las más amplias facultades, incluidas las de aceptar modificaciones conforme a observaciones que se reciban de la CNV, BYMA, BCBA, MAE, CVSA y demás entidades y organismos que corresponda, inicialar el suplemento de prospecto, así como confeccionar, firmar y publicar el aviso de ley, con las más amplias facultades.
A continuación, se pasa a considerar el tercer punto del orden del día:
3) Prórroga de facultades.
Continúa en el uso de la palabra el Doctor Carlos H. Blaquier quien manifiesta que, en la reunión de directorio de fecha 3 de abril de 2024 se facultó de manera individual o conjunta a los señores Carlos Herminio Blaquier, Alejandro Blaquier, Santiago Blaquier, Ignacio Blaquier y Juan Ignacio Pereyra Iraola para que determinen los términos y condiciones definitivos del programa global de emisión de obligaciones negociables simples por hasta un V/N de USD 150.000.000 (o su equivalente en otras monedas) (el
“Prospecto del Programa” y el “Programa”). Que atento al tiempo transcurrido corresponde prorrogar las facultades otorgadas en la reunión de directorio de fecha 3 de abril de 2024.
Luego de un cambio de ideas al respecto, el directorio de Ledesma Sociedad Anónima Agrícola Industrial, por unanimidad,
R E S U E L V E:
(i) Aprobar la emisión de las Obligaciones Negociables Clase 14 por un valor nominal de hasta ARS 20.000.000.000, ampliable por hasta ARS 35.000.000.000, en el marco del programa global para la emisión de obligaciones negociables simples por un valor nominal de hasta USD 150.000.000 conforme fue descripta por el señor Presidente; y
(ii) Aprobar la subdelegación y aprobación de los términos y condiciones definitivos de las Obligaciones Negociables y demás actos vinculados a la misma, como así también las autorizaciones genéricas aquí propuestas, con las facultades propuestas en la presente reunión.
(iii) Aprobar la prórroga de facultades conforme fuera descripta por el señor Presidente en el punto tercero del orden del día.
Acto seguido, de conformidad con lo dispuesto en artículo 8 del Estatuto Social, el Dr. Ángel Schindel, en representación de la Comisión Fiscalizadora de la Sociedad, deja constancia de la regularidad de las decisiones adoptadas en la presente reunión. Mediando aprobación unánime de lo actuado y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 10:30 horas.
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Ramón Masllorens
Responsable de Relaciones con el Mercado