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Ledesma S.A. Capital/Financing Update 2022

Feb 23, 2022

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Capital/Financing Update

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PROSPECTO DE ACTUALIZACIÓN

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LEDESMA S.A.A.I.

PROGRAMA GLOBAL DE EMISIÓN DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES SIMPLES POR HASTA V/N US$ 150.000.000

(O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS)

El presente prospecto (el “Prospecto”) corresponde al programa global de emisión de obligaciones negociables (el “Programa”) de Ledesma S.A.A.I. . (SOCIEDAD ANONIMA, AGRICOLA, INDUSTRIAL) (CUIT 30-50125030-5) (la “Sociedad”, la “Emisora” o “Ledesma”, en forma indistinta) en el marco del cual la misma podrá emitir obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones (las “Obligaciones Negociables” o las “ONs” en forma indistinta), y con los plazos y tasas de interés que en cada caso se acuerde en el respectivo suplemento de precio del Prospecto (cada uno, un “Suplemento”). El monto de las Obligaciones Negociables en circulación en cualquier momento bajo el Programa no podrá exceder el importe máximo de valor nominal Dólares Estadounidenses ciento cincuenta millones (V/N US$ 150.000.000), o su equivalente en otras monedas, sujeto a cualquier aumento debidamente autorizado.

Las Obligaciones Negociables constituirán un endeudamiento directo, incondicional, no privilegiado y no subordinado de la Sociedad con garantía común y tendrán en todo momento el mismo rango en su derecho de pago que todas las deudas existentes y futuras no privilegiadas, no garantizadas y no subordinadas de la Sociedad. Sin perjuicio de lo anterior, el Suplemento respectivo podrá establecer respecto de una clase o serie en particular, que las Obligaciones Negociables de dicha clase o serie estén subordinadas a otros pasivos de la Sociedad o bien cuenten con garantía o privilegio de algún tipo.

Las Obligaciones Negociables emitidas en el marco de este Programa calificarán como obligaciones negociables no convertibles conforme a la Ley Nº 23.576 y sus modificatorias (la “Ley de Obligaciones Negociables”), se emitirán con arreglo a dicha ley y a la Ley Nº 19.550 y sus modificatorias (la “Ley General de Sociedades”) y se colocarán por oferta pública en Argentina de acuerdo con la Ley de Mercado de Capitales (según se define más adelante) y las normas de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”), texto ordenado por la Resolución General N° 622/2013 y sus modificatorias y complementarias (las “Normas de la CNV”).

Oferta Pública autorizada por Resolución Nº 17.432 de fecha 14 de agosto de 2014 de la Comisión Nacional de Valores. Prórroga del plazo del programa autorizada por Disposición Nº DI-2020-29-APN-GE#CNV de fecha 16 de junio de 2020 de la Gerencia de Emisoras de la Comisión Nacional de Valores. Esta autorización solo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La Comisión Nacional de Valores no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el Prospecto. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el presente Prospecto es exclusiva responsabilidad del órgano de administración y, en lo que les atañe, del órgano de fiscalización de la Sociedad y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados financieros que se acompañan y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley Nº 26.831 de Mercado de Capitales (la “Ley de Mercado de Capitales”).

El órgano de administración manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el presente Prospecto contiene a la fecha de su publicación información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de la Sociedad y de toda aquella que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes.

Se informa con carácter de declaración jurada que la emisora, sus beneficiarios finales, y las personas físicas o 2 jurídicas que poseen como mínimo el veinte (20) por ciento de su capital o de los derechos a voto, o que por otros medios ejercen el control final, directo o indirecto sobre la misma, no registran condenas por delitos de lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo y no figuran en las listas de terroristas y organizaciones terroristas emitidas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

De conformidad con la Resolución General N° 917/2021 de la Comisión Nacional de Valores, la Sociedad oportunamente informará en cada Suplemento aplicable, de corresponder, si las Obligaciones Negociables a emitirse gozarán de los beneficios impositivos dispuestos por el Decreto Nacional de Urgencia N° 621/2021.

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Las Obligaciones Negociables emitidas bajo el Programa contarán con autorización para el listado o negociación en uno o más mercados autorizados por la CNV, como ser Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA”) a través de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “BCBA”) (en virtud del ejercicio de facultades delegadas por BYMA a favor de aquella conforme Resolución Nº 18.629 de la CNV), el Mercado Abierto Electrónico S.A. (el “MAE”) o en cualquier otro mercado de valores del país, según se especifique en el Suplemento correspondiente. Asimismo, en caso de así preverse en cada Suplemento, podrán negociarse en otros mercados del exterior.

Cada emisión de las Obligaciones Negociables consistirá en una clase que, a su vez, podrá ser emitida en diferentes series con términos y condiciones específicos diferentes entre las Obligaciones Negociables de las distintas series. Las Obligaciones Negociables de una misma serie siempre tendrán los mismos términos y condiciones específicos. Los términos y condiciones específicos de cada clase o serie serán establecidos en el Suplemento correspondiente.

La Sociedad ha optado por no solicitar la calificación de riesgo del Programa. La Sociedad podrá optar por calificar una o más clases o series de Obligaciones Negociables, lo que se especificará en el Suplemento correspondiente.

Antes de tomar la decisión de inversión respecto de las Obligaciones Negociables, el inversor deberá considerar los factores de riesgo que se describen en el Capítulo V “ Factores de Riesgo ” del presente y el resto de la información contenida en el presente Prospecto y en el respectivo Suplemento, incluyendo los estados financieros correspondientes.

Ledesma es una sociedad anónima constituida según las leyes de la República Argentina, con domicilio legal en Avenida Corrientes 415, Piso 8° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Desde 1908 se denominó Compañía Azucarera Ledesma, a partir de 1911 Nueva Compañía Azucarera Ledesma, el 1 de julio de 1913 fue constituida como Ledesma Sugar Estates and Refining Company Ltd e inscripta en el Registro Público de Comercio Nº 39 de la Ciudad de Buenos Aires el día 25 de junio de 1914, al folio 324 del libro 39, tomo A de Estatutos Nacionales, pasando a denominarse Ledesma Sociedad Anónima Agrícola Industrial en 1956 lo que fue inscripto el 12 de marzo de 1957 bajo el número 290, folio 338 del Libro Cincuenta Tomo A de Estatutos Nacionales. Su plazo de duración vencerá el 1º de abril del año 2.130, pudiendo ese término ser prorrogado por resolución de una Asamblea convocada al efecto.

Las principales oficinas administrativas de la Sociedad están ubicadas en Avenida Corrientes 415 (C1043AAE) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina; el número de teléfono general es (54-11) 4378-1568; el número de fax es (54-11) 4378-1688, y el sitio web es www.ledesma.com.ar. El representante legal de la Emisora es el Sr. Carlos Herminio Blaquier y el Responsable de Relaciones con el Mercado es el Sr. Ramón Masllorens y su dirección de correo electrónico es [email protected].

Podrán obtenerse copias del presente Prospecto en la sede social de la Sociedad sita en Av. Corrientes 415, Piso 12º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10 a 15 hs. Asimismo, el Prospecto junto con los estados financieros referidos en el mismo estarán disponibles en la Autopista de Información Financiera (“AIF”) en el sitio web de la CNV (https://www.argentina.gob.ar/cnv). Una versión resumida del presente Prospecto se publicará en el Boletín Diario de la BCBA, la que a su vez estará disponible en www.bolsar.info, actuando ésta entidad en virtud del ejercicio de facultades delegadas por BYMA. Por último, el Prospecto se encontrará también disponible en el sitio web de la Emisora www.ledesma.com.ar. Adicionalmente, los interesados podrán solicitar el envío de la información publicada en dichos medios a [email protected].

La fecha del presente Prospecto es 23 de febrero de 2022.

2

AVISOS IMPORTANTES

EL PRESENTE PROSPECTO CONTIENE INFORMACIÓN RELATIVA A LAS OPERACIONES Y NEGOCIOS DE LEDESMA. LA INFORMACIÓN INCLUIDA EN ESTE DOCUMENTO HA SIDO OBTENIDA DE LA SOCIEDAD Y DE OTRAS FUENTES QUE SE INDICAN EN LOS MISMOS. AL TOMAR UNA DECISIÓN DE INVERSIÓN, LOS EVENTUALES INVERSORES DEBEN FUNDARSE EN SU PROPIO EXAMEN DE LA SOCIEDAD Y DE LOS TÉRMINOS DE LA OFERTA, INCLUYENDO LOS MÉRITOS Y RIESGOS INVOLUCRADOS. LA SOCIEDAD MANIFIESTA QUE LA INFORMACIÓN RELATIVA A SU SITUACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA ACTUAL REFLEJA, EN TODOS SUS ASPECTOS MATERIALES, EN FORMA RAZONABLE, DICHA SITUACIÓN A LA FECHA DEL PRESENTE. LA INFORMACIÓN PROVISTA EN ESTE PROSPECTO RELATIVA A LA REPÚBLICA ARGENTINA Y SU ECONOMÍA SE BASA EN INFORMACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO, Y LA SOCIEDAD NO REALIZA NINGUNA MANIFESTACIÓN O REPRESENTACIÓN EN TAL SENTIDO, NI HA VERIFICADO DICHA INFORMACIÓN EN FORMA INDEPENDIENTE. EL DIRECTORIO SOLO ASUME RESPONSABILIDAD EN EL CASO QUE SE DETERMINE QUE DICHA INFORMACIÓN HA SIDO INCORRECTAMENTE RESUMIDA O TRANSCRIPTA EN FORMA MANIFIESTA.

EL PRESENTE PROSPECTO DEL PROGRAMA Y LOS RESPECTIVOS SUPLEMENTOS PODRÁN CONTENER CIERTAS DECLARACIONES O AFIRMACIONES RELACIONADAS CON HECHOS FUTUROS (“DECLARACIONES SOBRE EL FUTURO”). DICHAS DECLARACIONES SOBRE EL FUTURO SE REALIZAN EN BASE A SUPUESTOS O PRESUNCIONES QUE A LA FECHA EN QUE LAS MISMAS SON REALIZADAS SON RAZONABLES Y PROBABLES, DE ACUERDO A CRITERIOS NORMALES QUE LA SOCIEDAD TIENE EN EL CURSO ORDINARIO DE SUS NEGOCIOS. DICHAS DECLARACIONES SOBRE EL FUTURO NO DEBEN INTERPRETARSE COMO UNA GARANTÍA SOBRE LA OCURRENCIA DE TALES HECHOS NI IMPORTAN UNA ASEVERACIÓN DE CERTEZA RESPECTO DEL FUTURO, Y EN CONSECUENCIA, LA SOCIEDAD NO SERÁ RESPONSABLE SI LOS EVENTOS FUTUROS RESULTAN DISTINTOS A LAS PROYECCIONES REALIZADAS POR LA SOCIEDAD.

CONFORME CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE MERCADO DE CAPITALES, LOS EMISORES DE VALORES, JUNTO CON LOS INTEGRANTES DE LOS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN (ÉSTOS ÚLTIMOS EN MATERIA DE SU COMPETENCIA) Y, EN SU CASO, LOS OFERENTES DE LOS VALORES NEGOCIABLES CON RELACIÓN A LA INFORMACIÓN VINCULADA A LOS MISMOS Y LAS PERSONAS QUE FIRMEN EL PROSPECTO DE UNA EMISIÓN DE VALORES CON OFERTA PÚBLICA, SERÁN RESPONSABLES DE TODA LA INFORMACIÓN INCLUIDA EN LOS PROSPECTOS POR ELLOS REGISTRADOS ANTE LA CNV. LAS ENTIDADES Y AGENTES INTERMEDIARIOS EN EL MERCADO QUE PARTICIPEN COMO ORGANIZADORES, O COLOCADORES EN UNA OFERTA PÚBLICA DE VENTA O COMPRA DE VALORES DEBERÁN REVISAR EN FORMA DILIGENTE LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN EL PROSPECTO DE LA OFERTA. LOS EXPERTOS O TERCEROS QUE OPINEN SOBRE CIERTAS PARTES DEL PROSPECTO SOLO SERÁN RESPONSABLES POR LA PARTE DE DICHA INFORMACIÓN SOBRE LA QUE HAN EMITIDO OPINIÓN.

LOS DIRECTORES Y SÍNDICOS DE LA EMISORA SON RESPONSABLES DE MANERA ILIMITADA Y SOLIDARIA POR LOS PERJUICIOS QUE LA VIOLACIÓN DE LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES PRODUZCA A LOS OBLIGACIONISTAS, ELLO ATENTO LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 34 DE DICHA LEY.

Luego de haber realizado todas las averiguaciones razonables pertinentes, se confirma que este Prospecto contiene toda la información relativa a la Sociedad, a sus sociedades controladas y vinculadas, a las industrias en las cuales participa y sus regulaciones, a la Argentina y su economía y a las Obligaciones Negociables, que pueda ser significativa para la oferta y venta de las Obligaciones Negociables, que la información contenida en este Prospecto no conduce a error y que no hay ningún otro hecho cuya omisión haga que la totalidad de este Prospecto sea conducente a error en aspectos significativos.

No se ha autorizado a ninguna persona a que brinde información o realice declaraciones fuera de las incluidas en este Prospecto y, por lo tanto, de brindarse o prestarse no deberán ser consideradas como autorizadas por la Sociedad, los colocadores o los agentes correspondientes que fueran designados en cada Suplemento. La entrega de este Prospecto o cualquier Suplemento bajo ninguna circunstancia creará la presunción de que la información del presente o de dichos Suplemento sea correcta en cualquier momento posterior a su fecha de publicación. Usted deberá asumir que la información que consta en este Prospecto es exacta a la fecha de la portada del presente, y no así a ninguna otra fecha. Los negocios, situación patrimonial, resultados de operaciones y perspectivas podrían cambiar desde esa fecha.

3

La distribución de este Prospecto y de cualquier Suplemento y la oferta y la venta de las Obligaciones Negociables en ciertas jurisdicciones fuera de la Argentina pueden encontrarse restringidas por ley. Ni este Prospecto ni los valores ofrecidos bajo un Suplemento constituyen una oferta de venta ni una solicitud de oferta de compra en ninguna jurisdicción y a ninguna persona respecto de la cual sea ilícito efectuar dicha oferta o solicitud en tal jurisdicción. Se requiere que si está en posesión de este Prospecto o de cualquier Suplemento se informe acerca de estas restricciones y cumpla con las mismas. La Emisora y los colocadores exigen que las personas que tengan acceso a este Prospecto se informen sobre dichas restricciones y las observen. Para una descripción de las restricciones a la oferta, venta y entrega de cada clase o serie de Obligaciones Negociables y a la distribución de este Prospecto remitirse al respectivo Suplemento de la clase o serie en cuestión. Los eventuales inversores deberán informarse acerca de los requerimientos legales y de las consecuencias impositivas derivadas de la adquisición, tenencia y disposición de las Obligaciones Negociables en los países de su residencia y domicilio y de las regulaciones cambiarias que pudieran afectarlos.

La Emisora podrá ofrecer públicamente las Obligaciones Negociables en la Argentina en forma directa o a través de agentes o colocadores autorizados de acuerdo a los términos y condiciones establecidos en este Prospecto y en el Suplemento correspondiente. Asimismo, excepto en los casos específicamente previstos a continuación en este Prospecto, las Obligaciones Negociables no podrán ser ofrecidas en el Reino Unido ni en los Estados Unidos.

La Emisora podrá ofrecer las Obligaciones Negociables de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en una versión en inglés de este Prospecto (i) en transacciones fuera de los Estados Unidos o no destinadas a personas estadounidenses al amparo de la Regulación S de la Ley de Títulos Valores de 1933 de Estados Unidos (la “Ley de Títulos Valores de los Estados Unidos”) y (ii) en los Estados Unidos en operaciones exentas de registración bajo la Ley de Títulos Valores de los Estados Unidos a QIBs (según los define la Regulación 144A) (“Compradores Institucionales Calificados”).

Se entenderá que toda persona estadounidense que compra o recibe las Obligaciones Negociables que detentan una leyenda restrictiva (i) declara que dicha persona está comprando o recibiendo las Obligaciones Negociables para su propia cuenta o para beneficio de una cuenta respecto de la cual ejerce facultades discrecionales de inversión exclusivas y que ella o dicha cuenta es un QIBs y (ii) reconoce que las Obligaciones Negociables no han sido ni serán registradas bajo la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos y no podrán ser re ofrecidas, revendidas, prendadas o transferidas en forma alguna excepto (A) en cumplimiento de la Regulación 144A, a favor de una persona que a juicio razonable del vendedor reviste el carácter de QIBs, (B) fuera de Estados Unidos, en cumplimiento de la Regulación S de la Ley de Títulos Valores de los Estados Unidos, o (C) de conformidad con una exención disponible al registro bajo la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos establecida por la Regulación 144A bajo la misma, y en cada caso de acuerdo con las leyes sobre valores negociables aplicables de cualquier estado de los Estados Unidos u otra jurisdicción. En el Suplemento correspondiente se describirán otras restricciones adicionales, según corresponda.

La Ley Nº 24.587, vigente desde el 22 de noviembre de 1995, dispone que no se permitirá a las Sociedades argentinas emitir títulos de deuda al portador. En consecuencia, en tanto las disposiciones de la Ley Nº 24.587 resulten aplicables, los valores negociables serán emitidos en forma cartular nominativa no endosable o escritural. Los valores negociables podrán estar representados por certificados globales o individuales, registrados o depositados en sistemas de depósito colectivo autorizados por la CNV. Conforme a lo establecido en las Normas de la CNV, y sus modificatorias, Euroclear Bank, SA/NV (“Euroclear”), Clearstream Banking, Société Anonyme (“Clearstream, Luxembourg”), The Depositary Trust Company (“DTC”), SEGA-Schweitzerische Effekten-Giro A.G. - Swiss Securities Clearing Corporation (“SEGA”) y Caja de Valores S.A. (“Caja de Valores”) de la Argentina, han sido autorizados como sistemas de depósito colectivo a los fines de la Ley Nº 24.587. En tal sentido, mientras se encuentren vigentes dichas normas, las Obligaciones Negociables en el marco del Programa solo se emitirán de conformidad con las mismas. Asimismo, la Sociedad hará que las Obligaciones Negociables cumplan con los requisitos exigidos por el artículo 7 de la Ley de Obligaciones Negociables. A menos que se establezca lo contrario en el Suplemento correspondiente, las Obligaciones Negociables de cada serie vendidas fuera de Estados Unidos en base a la Regulación S bajo la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos estarán representadas por una obligación negociable global en forma totalmente nominativa, sin cupones de interés (la “Obligación Negociable Global bajo la Regulación S”), la cual será depositada ante un custodio de un representante de DTC o Euroclear y Clearstream Luxembourg, y registrada a nombre de dicho representante. Las Obligaciones Negociables de cada serie vendidas o canjeadas por QIBs en base a la Regulación 144A bajo la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos estarán representadas por una obligación negociable global restringida en forma nominativa, sin cupones de interés (la “Obligación Negociable Global Restringida” y junto con la Obligación Negociable Global

4

bajo la Regulación S, las “Obligaciones Negociables Globales Nominativas”) depositadas ante un custodio de DTC y registradas a nombre de un representante del mismo. Las Obligaciones Negociables representadas por Obligaciones Negociables Globales Nominativas se negociarán en el Sistema de Liquidación de Fondos del Mismo Día de DTC y, por ende, la actividad de negociación de dichas Obligaciones Negociables en el mercado secundario se liquidará con fondos de disponibilidad inmediata. Los beneficiarios finales de las Obligaciones Negociables Globales Nominativas se asentarán en los registros mantenidos por DTC y sus participantes, entre ellos Euroclear y Clearstream Luxembourg, y las transferencias de las mismas se efectuarán únicamente a través de dichos registros. Excepto según se describe en este Prospecto, no se emitirán Obligaciones Negociables representadas en títulos definitivos en canje por participaciones en las Obligaciones Negociables Globales Nominativas.

Prevención de lavado de activos de origen delictivo y financiamiento del terrorismo

Los inversores deben tener en cuenta las disposiciones contenidas en (a) el artículo 303 del Código Penal, (b) el artículo 306 del mismo código relativo a financiamiento del terrorismo, (c) la Ley Nº 25.246 (según fuera modificada por las Leyes Nº 26.087, N° 26.119, N° 26.268, N° 26.683 y N° 26.734, en conjunto, la “Ley Antilavado”), (d) las resoluciones de la Unidad de Información Financiera (la “UIF”), en especial las resoluciones 140/2012, 3/2014, 92/2016, 94/2016, 104/2016, 4/2017, 30-E/2017, 21/2018 y 156/2018 y complementarias y complementarias (conjuntamente todas ellas, las “Resoluciones de la UIF”), y (e) la reglamentación de la CNV, particularmente lo establecido en el Título XI de las Normas de la CNV (junto a la Ley Antilavado y las Resoluciones de la UIF, la “Normativa Antilavado”).

Ledesma, en su carácter de Emisora, cumple con la Normativa Antilavado.

Asimismo, conforme lo establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 25.246 y en la Sección I del Título XI de las Normas de la CNV, los agentes, sociedades gerente de fondos comunes de inversión, agentes de mercado abierto electrónico, y todos aquellos intermediarios en la compra, alquiler o préstamo de títulos valores que operen bajo la órbita de mercados adheridos, incluidos los agentes de negociación, los agentes de liquidación y compensación, los agentes de distribución y colocación, los agentes de administración de productos de inversión colectiva, los agentes de custodia de productos de inversión colectiva, los agentes de corretaje, los agentes de depósito colectivo, y las sociedades emisoras respecto de aquellos aportes de capital, aportes irrevocables a cuentas futuras emisiones de acciones o préstamos significativos que reciba, deberán observar lo establecido en la Normativa Antilavado, incluyendo los decretos del Poder Ejecutivo Nacional referidos a las decisiones adoptadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en la lucha contra el terrorismo, y el cumplimiento de las Resoluciones (con sus respectivos Anexos) del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

Para mayor información, véase el Capítulo XV “Prevención de Lavado de Dinero y Financiación del Terrorismo” del presente Prospecto .

Volatilidad del tipo de cambio

El siguiente cuadro presenta los tipos de cambio anuales máximos, mínimos, promedio y de cierre para los períodos indicados, expresados en Pesos por Dólar Estadounidense y no ajustados por inflación.

2005 ..............................................
2006 .............................................
2007 ............................................
2008 ............................................
2009 ............................................
2010 ............................................
2011 .............................................
2012 .............................................
2013 ..............................................
2014 ..............................................
2015 ..............................................
2016 ..............................................
Tipos de cambio Tipos de cambio Al cierre
(3)
3,032
3,070
3,151
3,453
3,797
3,976
4,304
4,917
6,518
8,552
13,005
15,850
Máximo
(1)
3,052
3,107
3,179
3,453
3,854
3,985
4,303
4,918
6,518
8,556
13,763
16,039
Mínimo
(1)
2,859
3,030
3,055
3,012
3,449
3,794
3,971
4,304
4,923
6,543
8,554
13,069
Promedio
(1)(2)
2,923
3,074
3,115
3,161
3,730
3,912
4,130
4,552
5,479
8,119
9,269
14,779

5

2017 .............................................. 18,830 15,174 16,556 18,774
2018 .............................................. 40,896 18,415 28,093 37,808
2019 .............................................. 60,003 37,035 48,242 59,895
2020……………………..... 84,145 59,815 70,634 84,145
2021……………………..... 102,75 84,703 93,359 102,75
Enero 2022 ................................... 105,015 103,04 103,984 105,015

(1) Tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central de la República Argentina (el “BCRA” o “Banco Central”).

(2) Determinado en base a promedios diarios.

(3) Tipo de cambio al cierre del período.

No se puede garantizar que el Peso no se depreciará nuevamente en el futuro. Para mayor información, véase el Capítulo V “Factores de Riesgo - Factores de Riesgo relacionados con Argentina” del presente Prospecto .

Presentación de la información contable

El presente Prospecto contiene información sobre los estados financieros consolidados de la Emisora al 31 de mayo de 2021, 2020 y 2019 y al 31 de agosto de 2021 y 2020 (los “Estados Financieros Auditados” o “Estados Financieros”), los cuales resumen la información contable consolidada y otra información de la Emisora, sus Sociedades Controladas (conforme dicho término se define más adelante), negocios conjuntos y con influencia significativa al y por dichos ejercicios económicos.

Los estados financieros por el ejercicio al 31 de mayo de 2021 han sido auditados por Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L., tal como se indica en el informe de fecha 9 de agosto de 2021. Los estados financieros por el ejercicio al 31 de mayo de 2020 han sido auditados por Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L., tal como se indica en el informe de fecha 26 de agosto de 2020. Los estados financieros por el periodo 31 de mayo de 2019 han sido auditados por el Contador Público independiente Juan Facundo Pirro, como auditor suplente, tal como se indica en el informe de fecha 9 de agosto de 2019.

Los estados financieros al 31 de mayo de 2021, 2020 y 2019 han sido reexpresadas para considerar los cambios en el poder adquisitivo general de la moneda funcional de la Sociedad (el peso argentino) conforme a lo establecido en la NIC 29 y en la Resolución General N° 777/2018 de la Comisión Nacional de Valores. Como resultado de ello, los estados financieros están expresados en la unidad de medida corriente al final del ejercicio sobre el que se informa. De acuerdo con la NIC 29, la reexpresión de los estados financieros es necesaria cuando la moneda funcional de una entidad es la de una economía hiperinflacionaria. Para definir un estado de hiperinflación, la NIC 29 brinda una serie de pautas orientativas, no excluyentes, consistentes en (i) analizar el comportamiento de la población, los precios, la tasas de interés y los salarios ante la evolución de los índices de precios y la pérdida de poder adquisitivo de la moneda, y (ii) como una característica cuantitativa, que es la condición mayormente considerada en la práctica, comprobar si la tasa acumulada de inflación en tres años se aproxima o sobrepasa el 100%. Si bien en los años recientes existió un crecimiento importante en el nivel general de precios, la inflación acumulada en tres años se había mantenido en Argentina por debajo del 100% acumulado en tres años. Sin embargo, debido a diversos factores macroeconómicos, la inflación trienal se ubicó en 2018 por encima de ese guarismo, a la vez que las metas del Gobierno Nacional, y otras proyecciones disponibles, indican que esta tendencia no se revertirá en el corto plazo. A efectos de evaluar la mencionada condición cuantitativa, y también para reexpresar los estados financieros, la Comisión Nacional de Valores ha establecido que la serie de índices a utilizar para la aplicación de la NIC 29 es la determinada por la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas. Esa serie de índices combina el Índice de Precios al Consumidor (IPC) Nacional publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) a partir de enero de 2017 (mes base: diciembre 2016) con el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) publicado por el INDEC hasta esa fecha, computando para los meses de noviembre y diciembre de 2015, respecto de los cuales no se cuenta con información del INDEC sobre la evolución del IPIM, la variación en el IPC de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

6

Bases de consolidación

Los Estados Financieros Auditados incluyen (i) los activos y pasivos de la Emisora y sus Sociedades Controladas (conforme dicho término se define más adelante) (la Emisora, sus Sociedades Controladas, sus negocios conjuntos y con influencia significativa, conjuntamente el “Grupo Ledesma”), al 31 de mayo de 2021, 2020 y 2019 y al 31 de agosto de 2021 y 2020 y (ii) los resultados de la Emisora y sus Sociedades Controladas desde el momento de incorporación al grupo económico, y por los ejercicios finalizados al 31 de mayo de 2021, 2020 y 2019 y al 31 de agosto de 2021 y 2020.

Las Sociedades Controladas se consolidan totalmente a partir de la fecha de adquisición, que es la fecha en la que la Emisora obtiene el control (directo o indirecto) y siguen siendo consolidadas hasta la fecha en que dicho control cesa. En el proceso de la consolidación, los importes de la inversión en las subsidiarias y la participación en sus resultados y flujos de efectivo se reemplazan por la totalidad de los activos, pasivos, resultados y flujos de efectivo de las mismas, reflejando separadamente la participación no controladora en las mismas, si hubiera.

Los estados financieros utilizados a efectos de consolidación son los correspondientes a las siguientes sociedades:

  • Bio Ledesma S.A.U.

  • Ledesma Frutas S.A.U.

  • Bridgeport Investments LLC (sociedad constituida bajo las leyes del estado de Delaware, Estados Unidos

  • de América).

  • Castinver S.A.U.

Además, la Emisora controla indirectamente las siguientes sociedades:

  • Orange Creek S.A.

Todas estas sociedades son controladas por la emisora (las “Sociedades Controladas”).

Los estados financieros de las Sociedades Controladas se preparan para el mismo período de información que el de la Emisora, aplicando políticas contables uniformes. Todos los saldos, operaciones, ganancias y pérdidas no realizadas que surjan de las operaciones entre las empresas del Grupo Ledesma se eliminan totalmente.

Hasta la adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”), el resultado por conversión de los estados financieros en moneda extranjera de sociedades ubicadas en el exterior, es calculado en base al método de conversión de estados financieros para sociedades integradas establecido por la Resolución Técnica Nº 18 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (la “FACPCE”). Se consideran entidades integradas pues llevan a cabo su operación como una extensión de las operaciones de la Emisora.

A partir de la adopción de las NIIF, los activos y pasivos de las Sociedades Controladas, negocios conjuntos y con influencia significativa cuya moneda funcional sea distinta al peso argentino, se convierten a pesos al tipo de cambio vigente a la fecha de cierre de cada ejercicio y sus estados de resultados se convierten a los tipos de cambio promedio de cada mes.

Para mayor información véanse los Capítulos “ Información Clave sobre la Emisora ” y “ Reseña y Perspectiva Operativa y Financiera ” en este Prospecto.

Tipos de cambio

Solamente para conveniencia del lector, ciertas cifras incluidas en este Prospecto han sido convertidas de Pesos a Dólares o viceversa. Las cifras se han convertido utilizando el tipo de cambio vigente informado por el Banco de la Nación Argentina a la fecha de cierre de cada ejercicio aplicable para la liquidación de las respectivas operaciones, para el caso de saldos al cierre de cada ejercicio, y el tipo de cambio vigente al cierre de cada día aplicable para la liquidación de las respectivas operaciones, para el caso de operaciones perfeccionadas en momentos distintos a la fecha de cierre de cada ejercicio. Estas conversiones no deben ser consideradas representaciones de que los importes han sido, podrían haber sido o podrían ser convertidos en Dólares o a Pesos a ese o a cualquier otro tipo de cambio.

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Para obtener información sobre tipos de cambio históricos entre el Peso y el Dólar y controles de cambio véase la sección “ Volatilidad del tipo de cambio” más arriba.

EBITDA Consolidado+

Se ha incluido información del EBITDA consolidado con el solo fin de facilitar la comparación de la performance de las operaciones entre ejercicios. El EBITDA consolidado no es una medida de la situación financiera de la Emisora ni de sus Sociedades Controladas sea bajo las Normas de la CNV, Normas Contables Profesionales o bajo las NIIF y, por lo tanto, no deberían ser consideradas como una alternativa al resultado operativo, como medida de la situación operativa, de los flujos de fondos de las actividades, o de la liquidez de la Emisora. El EBITDA consolidado de la Emisora para un determinado ejercicio comprende la ganancia neta de cada ejercicio antes del impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta, los resultados financieros (netos) y las depreciaciones y amortizaciones. Para mayor información véanse los Capítulos “Información Clave sobre la Emisora” y “Reseña y Perspectiva Operativa y Financiera” de este Prospecto.

El EBITDA consolidado tiene importantes limitaciones como herramienta analítica, y los inversores no deberán considerarlo en forma separada como un indicativo del efectivo de la Emisora disponible para efectuar pagos de las Obligaciones Negociables. El EBITDA consolidado no refleja (a) los gastos por intereses, los cuales, debido a que se han tomado préstamos para financiar algunas de las operaciones, son una parte necesaria y corriente de los costos y han colaborado a generar ingresos; (b) la ganancia (pérdida) financiera, generada por activos y pasivos; (c) el impuesto a las ganancias, el que resulta una parte necesaria y corriente de las operaciones de la Emisora; (d) depreciación y amortización, los que, debido a que la Emisora debe utilizar las propiedades, equipos y activos intangibles para generar ingresos, resulta una parte necesaria y corriente de los costos de la Emisora; (e) otros impuestos a las ganancias y gastos; (f) cambios o requerimientos de efectivo para capital de trabajo. Asimismo, el EBITDA consolidado puede ser calculado de manera diferente por otras compañías en la industria.

Redondeo

Ciertos montos que aparecen en este Prospecto (incluyendo montos en porcentajes) han estado sujetos a ajustes de redondeo. En consecuencia, las cifras que se exponen para la misma categoría presentada en cuadros distintos o partes distintas del presente, pueden variar levemente y las cifras que figuran como totales en ciertos cuadros pueden no constituir la suma aritmética de las cifras que las preceden.

Operaciones de estabilización

En relación con la oferta de las Obligaciones Negociables, los underwriters o colocadores que participen en su colocación y distribución podrán (pero no estarán obligados a) realizar operaciones destinadas a estabilizar el precio de mercado de las Obligaciones Negociables ofrecidas.

Para mayor información, véase el Capítulo XII “ De la Oferta y la Negociación – 4. Operaciones de estabilización ” de este Prospecto.

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ÍNDICE

AVISOS IMPORTANTES .......................................................................................................................... 3 RESUMEN DE LA EMISORA ................................................................................................................. 12 RESUMEN DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL PROGRAMA ............................................ 17 INFORMACIÓN CLAVE SOBRE LA EMISORA .................................................................................. 23 RAZONES PARA LA OFERTA Y DESTINO DE LOS FONDOS ......................................................... 31 I. INFORMACIÓN DE LA EMISORA..................................................................................................... 31 II. FACTORES DE RIESGO ..................................................................................................................... 55 III. POLÍTICAS DE LA EMISORA .......................................................................................................... 86 IV.INFORMACIÓN SOBRE LOS DIRECTORES O ADMINISTRADORES, GERENTES, PROMOTORES, MIEMBROS DEL ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN, DEL CONSEJO DE VIGILANCIA Y COMITÉ DE AUDITORÍA (TITULARES Y SUPLENTES) .......................................................................................................................................... 106 V. ESTRUCTURA DEL EMISOR, ACCIONISTAS O SOCIOS Y PARTES RELACIONADAS ....... 132 VI. ACTIVOS FIJOS Y SUCURSALES DE LA EMISORA ................................................................. 138 VII. ANTECEDENTES FINANCIEROS ................................................................................................ 140 VIII. INFORMACIÓN ADICIONAL ..................................................................................................... 178 IX TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES .............................. 207 X. DE LA OFERTA Y LA NEGOCIACIÓN .......................................................................................... 220 XI. PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO ............... 222 ANEXO I - RESEÑA INFORMATIVA AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2021 ........................................ 231

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RESUMEN DE LA EMISORA

El siguiente resumen se incluye para su conveniencia, pero quizás no contenga toda la información que podría resultar de importancia para Usted. Este resumen está sujeto a la información detallada incluida en otros capítulos de este Prospecto y debe ser leído junto con ella, incluyendo los Estados Financieros y las notas que los acompañan y los capítulos “Información Clave sobre la Emisora -- Factores de riesgo” y “Antecedentes Financieros”. Las referencias a la Sociedad efectuadas en este capítulo incluyen a Ledesma, así como a sus sociedades controladas sobre una base consolidada, excepto cuando se indique lo contrario. Los términos en mayúsculas no definidos en este resumen tendrán el significado que se les asigna en el capítulo “Información sobre la Emisora”.

Actividades

La Sociedad inició sus actividades en el año 1908 en la provincia de Jujuy como un ingenio azucarero y desde 1911 ha estado bajo el control de una única familia. En la actualidad la familia Blaquier posee aproximadamente el 90% del capital social de la Emisora, mientras que el 10% restante está en poder de accionistas minoritarios. Las acciones de la Sociedad se encuentran listadas en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (en virtud del ejercicio de facultades delegadas por BYMA a favor de aquella conforme Resolución Nº 18.629 de la CNV).

La Emisora tiene, directamente o a través de sus subsidiarias, varias líneas de negocio incluyendo Azúcar y Alcohol, Papel, Artículos de Librería y Productos Químicos, Frutas, Jugos y aceites esenciales, Agricultura y Ganadería. La Sociedad es líder en los mercados locales de producción y comercialización de azúcar, resmas de papel, cuadernos y repuestos escolares y es, además, el principal exportador de naranjas del país. En los ejercicios 2020 y 2021 tuvo ingresos consolidados por $45.700 y $45.172 millones, respectivamente, y un EBITDA de $6.428,7 y $5.618,0 millones respectivamente. En ambos casos expresado en valores constantes de 31 de mayo del 2021.

Durante más de 100 años, quienes lideraron Ledesma mantuvieron una visión compartida y pendiente del largo plazo y de la sostenibilidad de sus actividades; por ello avanzaron en una diversificación acotada con el foco puesto en agregar valor, manteniendo una prudente política financiera. Así, en tres generaciones, Ledesma logró convertirse en una empresa líder que emplea a aproximadamente 7.000 personas en todo el país.

Estructura y organización de la Emisora y su grupo económico

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Fuente: información extraída de los estados financieros consolidados de la Emisora al 31 de mayo de 2021 e información interna.

Síntesis de la estrategia del grupo Ledesma

Las fortalezas de la Sociedad derivan del alto grado de integración y de tecnificación en sus actividades agroindustriales, aprovechando al máximo las posibilidades de todas las materias primas y recursos productivos disponibles.

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La estrategia central de la Sociedad se basa en el agregado de valor a partir de la transformación de la producción primaria, de caña de azúcar en el noroeste y de granos en la pampa húmeda, en productos de mayor complejidad y elaboración, con la mejor tecnología disponible, incluyendo desarrollos tecnológicos propios.

Objetivos

El objetivo principal de Ledesma es transformarse en una compañía de clase internacional, medida por el nivel de satisfacción de sus grupos de interés (accionistas, colaboradores, clientes, proveedores y sociedad en su conjunto). Para ello, se plantea una estrategia con bases sólidas, enfocada hacia los mercados y productos en los que opera habitualmente, desarrollando actividades que conoce en profundidad, y con una estructura de comercialización orientada en un 79% hacia el mercado interno y un 21% a la exportación, con el objeto de balancear riesgos y garantizar competitividad internacional.

Descripción del negocio

Las operaciones del Grupo Ledesma se dividen en cuatro grandes negocios principales: Azúcar y Alcohol, Papel y Artículos de Librería, Frutas, Jugos y aceites esenciales y Agropecuario.

Durante el ejercicio finalizado el 31 de mayo del 2021, el total de los ingresos de actividades ordinarias de la Sociedad estuvo compuesto en un 52% por ingresos provenientes del Negocio Azúcar y Alcohol, en un 26% por ingresos provenientes del Negocio Papel, en un 12% por ingresos provenientes del Negocio Frutas y Jugos y en un 9% por ingresos provenientes de productos del Negocio Agropecuario.

Negocio de Azúcar y Alcohol

Ledesma es una empresa altamente integrada. La principal materia prima para la fabricación del azúcar, la caña, es cultivada en su mayor parte (aproximadamente del 85%) en campos que son de propiedad de la Sociedad, ubicados en la provincia de Jujuy. En la actualidad la Emisora cuenta con aproximadamente 40.000 hectáreas bajo producción.

Negocio Papel

Dentro del Negocio Papel, actualmente se destacan tres segmentos de mercado bien diferenciados: (i) papelería comercial y escolar; (ii) insumos para el sector gráfico y convertidor papelero; y (iii) el nuevo de papel para embalaje y pulpa. El primer segmento a su vez se divide en dos partes, por el lado de la papelería comercial la Emisora vende principalmente resmitas en el mercado interno en sus diferentes gramajes y presentaciones. Estas resmitas se utilizan principalmente para fotocopias, duplicación e impresión. En cuanto a la papelería escolar, Ledesma produce cuadernos, repuestos y blocks para los segmentos escolares, universitarios y corporativos. Por otra parte, en el segmento de insumos para el sector gráfico y convertidor papelero, Ledesma ofrece Papel Obra en bobinas, hojas y formularios continuos. Los clientes de la Emisora son empresas del sector gráfico y convertidores de papel. El tercer segmento se incorporó a partir de mayo de 2020 buscando acompañar las necesidades del mercado. Este segmento incluye papeles liner, tanto blancos como marrones, que son utilizados para confeccionar cajas para una amplia gama de productos, como ser alimentos y mercadería, en general. También incluye la pulpa blanca y Natural que se utiliza como materia prima para papel Tissue y papeles de embalaje.

La Argentina cuenta con un exceso de oferta de producción en papel obra (hojas, bobinas, formularios continuos y resmitas), mercado en el cual, además de los fabricantes locales, las fábricas brasileñas participan con un 12% del mercado. Este excedente permite exportar el 30% de la producción nacional de papel obra a otros mercados (principalmente América Latina y Estados Unidos, y también los países de la Comunidad Europea). Además de la Emisora, Celulosa Argentina S.A. y Papelera del Tucumán S.A. producen papel obra en el país.

Ledesma produjo, en el ejercicio 2020-2021, 82.255 toneladas de conversiones papeleras (vs las 89.748 toneladas del ejercicio anterior). El bajo volumen de este ejercicio tuvo principalmente a dos causas: la baja demanda de los productos que comercializa la empresa en los segmentos de papelería comercial y escolar y de insumos para el sector gráfico y convertidor papelero fue fuertemente afectado, por la declaración de la cuarentena por parte del Gobierno Nacional y a una parada de la Fábrica no programada desde el 23 de diciembre del 2020 hasta el 15 de Febrero del 2021 inclusive por un incendio producido en la máquina de papel que obligo a detener la producción hasta poder reparar los equipos y la estructura edilicia dañada por el siniestro .

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En el mercado de papelería comercial posee una participación de 41%, mientras que la participación en el mercado de papelería escolar es del 50% (ambas cifras son estimaciones propias y de terceros). Estas participaciones hacen que Ledesma sea el líder en ambos mercados. El principal competidor de la Emisora en el segmento de papelería comercial (resmitas) es Celulosa Argentina S.A., con su marca Boreal, mientras que su principal competidor en el segmento de papelería escolar es Ángel Estrada & cía. S.A., con su marca Rivadavia.

Las exportaciones de la Emisora durante el ejercicio 2020-2021 ascendieron a 17.355 toneladas. También fueron afectadas por la cuarentena, pero a pesar del impacto, las exportaciones siguen siendo una parte importante de la estrategia de la compañía a futuro. Por esto, a fin de aumentar la producción y exportación de papel natural desde Jujuy como factor diferenciador, Ledesma acaba de invertir US$4,5 millones en una nueva línea de producción de resmitas para el desarrollo de su nueva marca Ledesma NAT, la puesta a marcha de esta nueva línea de producción fue durante el mes de octubre de 2021. Los principales destinos son países limítrofes (Uruguay, Paraguay, Bolivia, Chile y Perú), Estados Unidos y la Comunidad Europea. En el último ejercicio se sumó el mercado Coreano, mientras que en el ejercicio en curso se están realizando negociaciones en nuevos mercados (México, Israel, Suecia, entre otros).

Además de participar en el mercado papelero como fabricante y convertidor, Ledesma cuenta con una compañía de distribución de insumos para el sector grafico (papeles y afines), llamada Castinver S.A. Desde sus inicios Castinver se ha dedicado, en forma prácticamente exclusiva, a distribuir los productos que Ledesma fabricaba. A partir del año 2014, la compañía sumó a su mix productos requeridos para la industria de embalajes (cartulinas, papel kraft y liners). Esto permitió desde ese momento que Castinver lograra convertirse en un distribuidor referente del mercado en esos productos. Cuando Ledesma comenzó a producir papel de embalaje Castinver te convirtió en la principal comercialización de los mismos.

Negocio Frutas y Jugos

Ledesma posee en la actualidad un área destinada a la producción de frutas de aproximadamente 2.800 hectáreas, distribuidas entre las provincias de Jujuy, Salta y Tucumán. Allí desarrolla el cultivo de naranjas, pomelos y limones que se complementa con sus dos plantas de empaque y la fábrica de jugos concentrados y aceites esenciales. La totalidad de su proceso productivo está certificado bajo el protocolo “Global G.A.P.”, imprescindible para mantener la competitividad en un mercado que demanda alineación internacional.

Ledesma cultiva y comercializa naranjas, pomelos, limones y otros productos en menor escala. El mercado objetivo es el de exportación, principalmente a Europa. Aquella fruta que no cumple con estándares para ser exportada es comercializada en el mercado interno o transformada en jugo concentrado y aceite esencial. El proceso de empaque cuenta con certificación ISO 9001.

Ledesma produce y comercializa jugos concentrados de naranja, pomelo y limón, adecuando sus características especiales para cada cliente. Además, de la cáscara de la fruta se extraen aceites esenciales. El jugo de pomelo y naranja se comercializa principalmente en el mercado interno, mientras que el jugo de limón tiene como principal mercado el de exportación. La planta de jugos y aceites cuenta con certificación BRC (British Retail Consortium) de Seguridad Alimentaria.

Ledesma participa en el mercado interno y de exportación de fruta fresca y en el mercado industrial de jugos y aceites, tanto local como internacional. En el ejercicio cerrado en mayo de 2021 la Sociedad produjo un total de 109.743 toneladas, de las cuales 73.976 toneladas de frutas en fincas propias de Jujuy y otras 18.187 toneladas en las de su subsidiaria Ledesma Frutas S.A.U., además se adquirieron 17.579 toneladas a terceros.

Adicionalmente, a fines de 2019 Ledesma arrendó una finca en la Provincia de Tucumán, con 200 has. plantadas con limón, durante la campaña 2021 se cosecharon de esa finca 8.754 toneladas volumen significativamente superior a las 5.380 toneladas de la campaña anterior.

Este arriendo, tiene por objetivo reforzar la oferta de limón de la compañía, tanto para los mercados de exportación de fruta fresca, como para los mercados industriales.

Durante la campaña de frutas 2021, en la planta de jugos concentrados se procesaron, además de la fruta de producción propia, 17.579 toneladas de fruta adquirida a terceros, lo que permitió un mejor aprovechamiento de la capacidad instalada. Se produjeron 5.274 toneladas de jugos concentrados y 376 toneladas de aceites esenciales .

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Negocio Agropecuario

Ledesma produce granos y ganado bovino. La producción se lleva a cabo en cuatro establecimientos propios que están situados en las provincias de Buenos Aires y Entre Ríos. Ledesma cuenta con un total de 49.148 hectáreas propias.

En el negocio Agropecuario, se destaca la producción de soja, maíz y trigo. Además, produce ganado bovino, tanto en campo como en feedlot . En el ejercicio 2020-2021 produjo 29.561 toneladas de trigo, 794 toneladas de avena, 24.589 toneladas de maíz, 14.123 toneladas de maíz Flint, 4.043 toneladas de Girasol, 29.287 toneladas de soja de primera y 13.537 toneladas de soja de segunda, lo que suma un total de granos de 115.934 toneladas de granos y 4.481 toneladas de carne vacuna.

La producción se realiza cumpliendo con los máximos requisitos ambientales a nivel mundial (certificación RTRS) que nos obliga a cumplir con su normativa de contratación de personal, de accidentes de trabajo, de orden de depósitos, de uso de agroquímicos, y de manejo ecológico de envases.

Hemos logrado bajar aproximadamente 100 veces la toxicidad por unidad de producto durante los últimos 30 años usando agroquímicos banda verde achicando el número de aplicaciones por medio de cultivos de cobertura y aumentando el rinde por hectárea en forma simultánea produciendo más alimento en la misma superficie.

En la actualidad, se estima un potencial de producción máxima de 150.000 toneladas de granos y 7 millones de kilos de carne bovina.

El negocio posee 25.000 hectáreas agrícolas y 18.000 hectáreas ganaderas netas de desperdicios donde se encuentran 3.900 hectáreas de monte declaradas como reserva natural protegida en la estancia Centella, Entre Ríos y 2 feedlots que sumados pueden engordar 9.000 cabezas en forma instantánea, unas 27.000 anuales. El de Centella, Prov. de Entre Ríos de 6.000 cabezas instantáneas y el de 25 de mayo de 3.000 cabezas instantáneas.

Además, posee una cabaña de vacunos Aberdeen Angus y producimos 50 toros de Pedigrí, 200 toros Puro por Cruza y 40 Toros de bajo peso al nacer para vaquillonas con lo que nos abastecemos de toros y vendemos unos 150 por año.

Información de contacto

El domicilio legal de Ledesma se encuentra en Av. Corrientes 415, Piso 8°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El sitio web del sitio de la Emisora es www.ledesma.com.ar

La información incluida en, o referida a, el sitio web de Ledesma no está incluida ni incorporada por referencia en este Prospecto.

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RESUMEN DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL PROGRAMA

El siguiente es un resumen de los términos y condiciones generales de las Obligaciones Negociables que se describen en el Capítulo “Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables” de este Prospecto, y está condicionado en su totalidad por la información más detallada contenida en dicha sección de este Prospecto. En cada Suplemento correspondiente se detallarán los términos y condiciones específicos de las Obligaciones Negociables de la clase y/o serie en cuestión, los cuales complementarán los términos y condiciones generales con respecto a las Obligaciones Negociables de dicha clase y/o serie.

Emisora: Ledesma S.A.A.I.
Descripción: Las Obligaciones Negociables constituirán “obligaciones negociables
simples no convertibles en acciones de acuerdo a los términos de la Ley
de Obligaciones Negociables (las “Obligaciones Negociables” o las
“ON”).
Rango y Garantías: Las Obligaciones Negociables constituirán un endeudamiento directo,
incondicional, no privilegiado y no subordinado de la Sociedad con
garantía común y tendrán en todo momento el mismo rango en su
derecho de pago que todas las deudas existentes y futuras no
privilegiadas, no garantizadas y no subordinadas de la Sociedad (salvo
las obligaciones que gozan de preferencia legal, como por ejemplo,
entre otras, las acreencias por impuestos y de índole laboral). Sin
perjuicio de lo anterior, el Suplemento respectivo podrá establecer
respecto de una clase y/o serie en particular, que las Obligaciones
Negociables de dicha clase y/o serie estén subordinadas a otros pasivos
de la Sociedad o bien cuenten con garantía o privilegio de algún tipo.
Monto Máximo del El monto del capital total de todas las clases y/o series de Obligaciones
Programa: Negociables en circulación en cualquier momento no superará los
Dólares Estadounidenses ciento cincuenta millones (V/N US$
150.000.000), o su equivalente en otras monedas. Asimismo, sujeto a la
aprobación previa de la CNV, el Programa podrá ser modificado en
cualquier momento a efectos de aumentar su monto máximo sin el
consentimiento de los tenedores de Obligaciones Negociables.
Plazo del Programa: El Programa ha sido prorrogado por un plazo de cinco (5) años a contar
desde el 14 de agosto de 2019 mediante Disposición N° DI-2020-29-
APN-GE#CNV de fecha 16 de junio de 2020 de la Gerencia de
Emisoras de la CNV, o cualquier plazo mayor que se autorice conforme
con las normas aplicables. Sin perjuicio de ello, el vencimiento de las
diversas clases y/o series podrá operar con posterioridad al vencimiento
del Programa.
Denominación de las Las Obligaciones Negociables se emitirán en las denominaciones que
Obligaciones se establezcan en el Suplemento respectivo.
Negociables:
Moneda: Las Obligaciones Negociables podrán estar denominadas en Pesos,
Dólares Estadounidenses o cualquier otra moneda conforme se indique
en el Suplemento en cada clase y/o serie, sujeto a todos los requisitos
legales o reglamentarios aplicables a la emisión de dicha moneda.

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Monto Mínimo de Suscripción:

Monto Mínimo de El Suplemento de cada clase y/o serie establecerá el monto mínimo de Suscripción: suscripción aplicable a la misma, el que se ajustará a lo previsto por las Normas de la CNV. Emisión en Series y/o Durante la vigencia del Programa, las Obligaciones Negociables se Clases: emitirán en una o más clases y/o series, de conformidad con la normativa aplicable. Las Obligaciones Negociables que se emitan en una misma serie otorgarán los mismos derechos. Los términos y condiciones de emisión del Programa se aplicarán a cada clase y/o serie de Obligaciones Negociables que se emita bajo el mismo en los Suplementos respectivos, sin perjuicio de las adecuaciones que se acuerden en cada una de ellas. Plazo de Amortización: Las Obligaciones Negociables de cada clase y/o serie tendrán los plazos de amortización que se especifiquen en los Suplementos correspondientes, los que se adecuarán a los plazos mínimos y máximos que permitan las normas vigentes. Tasa de Interés: Según se especifique en los Suplementos correspondientes, las Obligaciones Negociables podrán devengar intereses a tasa fija, a tasa variable, a una combinación de tasa fija y variable o sobre la base de cualquier otro método o bien las Obligaciones Negociables podrán ser emitidas sobre la base de un descuento en su valor nominal sin cupón de intereses o de la manera que se contemple en el Suplemento de cada emisión y se computarán y calcularán conforme lo que allí se indique. Precio de Emisión: Las Obligaciones Negociables podrán emitirse a la par o con descuento, o con prima sobre la par, según se indique en el Suplemento correspondiente. Pago de Servicios: Los intereses y/o amortizaciones de capital (los “Servicios”) respecto de las Obligaciones Negociables serán pagaderos en las condiciones que se estipule en el Suplemento correspondiente. Rescate a Opción de la La Sociedad podrá rescatar la totalidad o una parte de cualquier clase Sociedad: y/o serie de Obligaciones Negociables en circulación antes de su vencimiento. Sin perjuicio de lo anterior, un Suplemento podrá expresamente prohibir el rescate de las Obligaciones Negociables respectivas a opción de la Sociedad. El rescate anticipado parcial se realizará en forma proporcional respetando el principio de trato igualitario entre los obligacionistas. Rescate por Razones Las Obligaciones Negociables de cualquier clase y/o serie podrán ser Impositivas: rescatadas antes de su vencimiento a opción de la Sociedad en su totalidad, pero no parcialmente, en caso que la Sociedad se encuentre obligada a pagar cualquier monto adicional como resultado de cualquier cambio o modificación de las normas impositivas vigentes establecidas por cualquier autoridad gubernamental en Argentina, o como resultado de cualquier cambio en la aplicación, reglamentación y/o interpretación oficial de dichas normas, incluida la interpretación de cualquier tribunal judicial o administrativo competente, toda vez que dicho cambio o modificación entre en vigencia en la fecha de emisión de la clase y/o serie de Obligaciones Negociables en cuestión o posteriormente y sujeto a los demás términos y condiciones que se establezcan en los Suplementos respectivos. Sin perjuicio de lo anterior, un Suplemento podrá restringir o incluso no permitir el rescate anticipado de las Obligaciones Negociables respectivas por razones impositivas por parte de la Emisora. Para más información ver el Capítulo “ Términos y

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Condiciones de las Obligaciones Negociables – Rescate por Razones Impositivas ” en el presente Prospecto.

Rescate a Opción de los Las Obligaciones Negociables no serán rescatables ni total ni Obligacionistas: parcialmente a opción de los obligacionistas de las mismas con anterioridad a su fecha de vencimiento, ni los obligacionistas tendrán derecho a solicitar a la Sociedad la adquisición de las mismas de otra manera con anterioridad a dicha fecha. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso que la Sociedad resuelva emitir una clase y/o serie en la que se permita el rescate anticipado a opción de los obligacionistas, el Suplemento respectivo deberá prever expresamente dicha facultad, indicando los términos y condiciones en que se podrá ejercer el mismo. Forma de las Las ONs se podrán emitir en forma escritural o cartular nominativa no Obligaciones endosable; éstas últimas representadas por certificados globales o Negociables: definitivos, circunstancia que se indicará en el Suplemento respectivo. Adicionalmente, de acuerdo a lo que se establezca en el Suplemento correspondiente, podrá solicitarse la admisión de las Obligaciones Negociables para su compensación en el Banco Euroclear SA/NV, Clearstream Banking, Societé Ánonime, el Depositary Trust Company, o cualquier otro sistema de compensación que allí se establezca.

Listado y Negociación: Las Obligaciones Negociables emitidas bajo el Programa contarán con autorización para el listado y/o negociación en uno o más mercados autorizados por la CNV, como ser la BCBA (en virtud del ejercicio de facultades delegadas por BYMA a favor de aquella conforme Resolución Nº 18.629 de la CNV), el MAE y/o cualquier otro mercado del país, según se especifique en los Suplementos correspondientes. Asimismo, en caso de así preverse en cada Suplemento, podrán negociaciarse en otros mercados del exterior.

Colocación: La Sociedad colocará las Obligaciones Negociables a ser emitidas en el marco del Programa a través de los colocadores y/o subcolocadores que la misma designe en relación con cada clase y/o serie de Obligaciones Negociables. Cada Suplemento especificará los nombres y domicilios de dichos colocadores y/o subcolocadores y el método de colocación a ser utilizado en oportunidad de la colocación de cada clase y/o serie de Obligaciones Negociables conforme la normativa aplicable vigente en dicho momento. Para mayor información, ver “ De la Oferta y la Negociación – Plan de Distribución ” en el presente Prospecto.

Montos Adicionales: Todos los pagos relacionados con las Obligaciones Negociables serán efectuados por la Sociedad sin retención o deducción por, o a cuenta de, cualesquiera impuestos, derechos, gravámenes, tasas, retenciones o gastos de transferencia de cualquier naturaleza, presentes o futuros. Para más información ver el Capítulo “ Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables – Montos Adicionales” del presente Prospecto.

Supuestos de En caso de que cualquiera de los supuestos de incumplimiento que se Incumplimiento: especifican en el Capítulo “ Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables – Supuestos de Incumplimiento ” de este Prospecto ocurriera, los tenedores de las Obligaciones Negociables podrán exigir, sujeto a las condiciones allí previstas, el pago de capital, los intereses devengados y los montos adicionales, si los hubiere, de las Obligaciones Negociables en circulación.

Sin perjuicio de lo anterior, el Suplemento correspondiente podrá modificar uno o más de los supuestos de incumplimiento detallados en

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el presente en relación con las Obligaciones Negociables de la clase y/o serie en cuestión, establecer que uno o más de los mismos no serán aplicables en relación con alguna clase y/o serie de Obligaciones Negociables y/o agregar supuestos adicionales a los incluidos en el presente Prospecto.

Compromisos Generales de la Sociedad:

En la medida en que permanezca pendiente el pago de cualquier Servicio con relación a las Obligaciones Negociables emitidas bajo el Programa, la Sociedad se compromete a cumplir los compromisos que se describen en a continuación:

  1. Notificación de incumplimiento.

  2. Mantenimiento del listado.

  3. Cumplimiento de leyes y otros acuerdos.

  4. Personería jurídica y bienes.

  5. Seguros.

  6. Estados Financieros. Mantenimiento de Libros y Registros.

Sin perjuicio de lo anterior, el Suplemento correspondiente podrá modificar uno o más de los compromisos detallados en el presente en relación con las Obligaciones Negociables de la clase y/o serie en cuestión, establecer que uno o más de los mismos no serán aplicables en relación con algunas clases y/o series de Obligaciones Negociables y/o agregar compromisos adicionales a los detallados en el presente. Para una mayor descripción de dichos compromisos ver el Capítulo “ Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables – Compromisos ” de este Prospecto.

Compromisos de los Tenedores de Obligaciones Negociables de Suministrar Información Relativa a Impuestos y a Normativa sobre Lavado de Dinero:

Avisos:

Destino de los Fondos:

La Sociedad se reserva el derecho a solicitar a los potenciales adquirentes y tenedores de Obligaciones Negociables cualquier documentación y/o información requerida por, o en representación de, cualquier autoridad competente, a los efectos de cumplimentar debidamente las obligaciones impuestas a su cargo en su carácter de emisora de las ON, conforme las disposiciones legales vigentes en la República Argentina.

Los avisos relacionados con las Obligaciones Negociables deberán cursarse mediante publicación por un (1) día en los sistemas de información de la entidad en que se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables y en la Autopista de la Información Financiera de la CNV.

En cumplimiento de la Ley de Obligaciones Negociables y sujeto a lo que determine cada Suplemento en forma específica para la emisión de cada clase y/o serie en particular, los fondos netos provenientes de la emisión de cada clase y/o serie serán utilizados por la Sociedad, para uno o más de los siguientes fines: (i) inversiones en activos físicos y bienes de capital situados en el país, incluyendo pero no limitándose a inversiones para incrementar la generación de energía a partir de biomasa, compra de tractores, implementos y otros rodados, inversiones en las fábricas de papel y de cuadernos y repuestos, renovación de cañaverales y plantaciones de frutas) en el curso ordinario de los negocios de la Emisora; (ii) adquisición de fondos de comercio situados en el país, (iii) integración de capital de trabajo en el país, principalmente relacionado con el mantenimiento de la operación habitual y normal del negocio, y de los bienes de uso de la Sociedad, entre otros, (iv) refinanciación de pasivos, (v) a la integración de aportes de capital en sociedades controladas o vinculadas a la Emisora, (vi)

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adquisición de participaciones sociales y/o (vii) financiamiento del giro comercial de su negocio, cuyo producido se aplique exclusivamente a los destinos antes especificados según se haya establecido en la resolución que disponga la emisión, y dado a conocer al público inversor a través del Suplemento correspondiente.

Asamblea de Tenedores: Las asambleas se regirán por las disposiciones de la Ley de Obligaciones Negociables y, en caso que una clase y/o serie de Obligaciones Negociables se listara en la BCBA (en virtud del ejercicio de facultades delegadas por BYMA a favor de aquella conforme Resolución Nº 18.629 de la CNV) y/o se negociara en el MAE y/o en cualquier otro mercado de valores, dichas asambleas y sus respectivas convocatorias deberán cumplir con las regulaciones aplicables de la BCBA, el MAE y /o del mercado de valores en donde se listen o se negocien, según el caso. Para mayor información ver el Capítulo “ Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables – Asambleas” del presente Prospecto.

Ley Aplicable: Las Obligaciones Negociables se regirán por, y serán interpretadas de conformidad con, las leyes de Argentina y/o de cualquier otra jurisdicción que se especifique en los Suplementos correspondientes; estableciéndose, sin embargo, que todas las cuestiones relativas a la autorización, firma, otorgamiento y entrega de las Obligaciones Negociables por la Sociedad, así como todas las cuestiones relativas a los requisitos legales necesarios para que las Obligaciones Negociables sean “obligaciones negociables” bajo las leyes de Argentina, se regirán por la Ley de Obligaciones Negociables, la Ley General de Sociedades y todas las demás normas argentinas.

Jurisdicción:

  • Todo conflicto que se suscite entre los obligacionistas, por un lado, y la Sociedad, por el otro, en relación con las Obligaciones Negociables (incluyendo, sin limitación, sobre la existencia, validez, calificación, interpretación, alcance o cumplimiento de las Obligaciones Negociables), será resuelto: (a) por el Tribunal de Arbitraje General de la BCBA (o el que en un futuro lo reemplace) (en virtud del ejercicio de facultades delegadas por BYMA a favor de aquella conforme Resolución Nº 18.629 de la CNV), de acuerdo con las reglas del arbitraje de derecho, quedando a salvo el derecho de los obligacionistas contemplado en el artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales, de optar por acudir a los tribunales judiciales competentes; el laudo arbitral será inapelable, renunciando las partes a la interposición de recursos, sin perjuicio de los dispuesto en art. 760 del Código Procesal Civil y Comercial; o (b) de la forma que se establezca en el Suplemento aplicable, de conformidad con la ley vigente a la fecha del mismo. Ello sin perjuicio de la acción ejecutiva de cobro que tramitará ante los tribunales competentes del domicilio de la Sociedad.

  • Acción Ejecutiva de las En virtud de lo establecido en el Artículo 29 de la Ley de Obligaciones Obligaciones Negociables, en el supuesto de incumplimiento por parte de la Sociedad Negociables: en el pago del capital o intereses de las Obligaciones Negociables a su vencimiento, cualquier tenedor de tales Obligaciones Negociables podrá iniciar una acción ejecutiva directamente contra la Sociedad por los pagos adeudados con respecto a dichas Obligaciones Negociables.

  • Calificación de Riesgo: Conforme establece el Art 45, Sección V, Capítulo V, Título II de las Normas de la CNV, la Sociedad ha optado por no solicitar la calificación de riesgo del Programa. Sin perjuicio de ello, la Sociedad podrá optar por calificar una o más clases y/o series de Obligaciones Negociables lo que se especificará en los Suplementos correspondientes.

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Fiduciarios y Otros Agentes:

Las Obligaciones Negociables podrán ser emitidas en el marco de contratos de fideicomiso y/o de contratos de agencia que oportunamente la Sociedad celebre con entidades que actúen como fiduciarios y/o agentes, lo cual será especificado en los Suplementos correspondientes. Tales fiduciarios y/o agentes fiscales desempeñarán funciones solamente respecto de las clases y/o series de Obligaciones Negociables que se especifiquen en los respectivos contratos, y tendrán los derechos y obligaciones que se especifiquen en los mismos. Asimismo, la Sociedad podrá designar otros agentes en relación con las Obligaciones Negociables para que desempeñen funciones solamente respecto de las clases y/o series de Obligaciones Negociables que se especifiquen en cada caso.

19

INFORMACIÓN CLAVE SOBRE LA EMISORA

a) Resumen de la Información contable y financiera consolidada:

El siguiente resumen de la información contable y financiera consolidada ha sido obtenido de los Estados Financieros Auditados de la Emisora a las fechas y para cada uno de los ejercicios y períodos intermedios indicados a continuación, los cuales han sido oportunamente presentados ante la CNV.

Esta información debe leerse conjuntamente con los estados financieros consolidados de la Emisora, con los Capítulos “Avisos Importantes – Presentación de la Información Contable” y “Antecedentes Financieros” del presente Prospecto, y con los estados financieros correspondientes a los períodos intermedios de tres meses finalizados el 31 de agosto de 2021 y de 2020.

Aplicación de la Norma Internacional de Contabilidad N°29 (NIC) 19 – Información financiera en economías hiperinflacionarias.

Los estados financieros al 31 de mayo de 2021, 2020 y 2019 han sido reexpresadas para considerar los cambios en el poder adquisitivo general de la moneda funcional de la Sociedad (el peso argentino) conforme a lo establecido en la NIC 29 y en la Resolución General N° 777/2018 de la Comisión Nacional de Valores. Como resultado de ello, los estados financieros están expresados en la unidad de medida corriente al final del ejercicio sobre el que se informa. De acuerdo con la NIC 29, la reexpresión de los estados financieros es necesaria cuando la moneda funcional de una entidad es la de una economía hiperinflacionaria. Para definir un estado de hiperinflación, la NIC 29 brinda una serie de pautas orientativas, no excluyentes, consistentes en (i) analizar el comportamiento de la población, los precios, la tasas de interés y los salarios ante la evolución de los índices de precios y la pérdida de poder adquisitivo de la moneda, y (ii) como una característica cuantitativa, que es la condición mayormente considerada en la práctica, comprobar si la tasa acumulada de inflación en tres años se aproxima o sobrepasa el 100%. Si bien en los años recientes existió un crecimiento importante en el nivel general de precios, la inflación acumulada en tres años se había mantenido en Argentina por debajo del 100% acumulado en tres años. Sin embargo, debido a diversos factores macroeconómicos, la inflación trienal se ubicó en 2018 por encima de ese guarismo, a la vez que las metas del Gobierno Nacional, y otras proyecciones disponibles, indican que esta tendencia no se revertirá en el corto plazo. A efectos de evaluar la mencionada condición cuantitativa, y también para reexpresar los estados financieros, la Comisión Nacional de Valores ha establecido que la serie de índices a utilizar para la aplicación de la NIC 29 es la determinada por la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas. Esa serie de índices combina el Índice de Precios al Consumidor (IPC) Nacional publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) a partir de enero de 2017 (mes base: diciembre 2016) con el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) publicado por el INDEC hasta esa fecha, computando para los meses de noviembre y diciembre de 2015, respecto de los cuales no se cuenta con información del INDEC sobre la evolución del IPIM, la variación en el IPC de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Procedimientos para la reexpresión

Los principales procedimientos utilizados para la reexpresión fueron los siguientes:

  • Los activos y pasivos monetarios que se contabilizaron a moneda de cierre del estado de situación patrimonial no fueron reexpresados, dado que se encuentran reexpresados a la fecha de los estados financieros.

  • Activos y pasivos no monetarios que se contabilizan a costo a la fecha del estado de situación patrimonial y los componentes del patrimonio, se reexpresan aplicando los coeficientes de ajuste correspondientes.

  • Todos los elementos en el estado de resultados se actualizan aplicando los factores de conversión relevantes.

  • La pérdida o ganancia por la posición monetaria neta se incluye en el resultado integral neto del ejercicio que se informa.

  • Las cifras comparativas se han reexpresado siguiendo el mismo procedimiento explicado en forma precedente, y expresadas en moneda de mayo 2020 de acuerdo con NIC 29.

20

En la aplicación inicial del método de reexpresión, las cuentas del estado de cambios en el patrimonio fueron reexpresadas de la siguiente manera:

Componente Fecha de origen
Capital Fecha de suscripción.
Prima de emisión Fecha de suscripción.
Reserva legal Fecha del inicio del período comparativo o
inicio del período, según el caso.
Reserva facultativa Fecha del inicio del período comparativo o
inicio delperíodo,según el caso.

Resumen de las nuevas políticas contables

A. Nuevas normas e interpretaciones adoptadas y/o emitidas

A partir del ejercicio iniciado el 1° de junio de 2020, el Grupo ha aplicado por primera vez, ciertas normas e interpretaciones nuevas y/o modificadas según las emitió el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por su sigla en inglés).

A continuación, se describe la naturaleza e impacto de las modificaciones mencionadas:

NIIF 3 - Definición de un negocio

En octubre de 2018, el IASB emitió modificaciones a la definición de un negocio en la NIIF 3 Combinaciones de negocios para ayudar a las entidades a determinar si un conjunto adquirido de actividades y activos es un negocio o no. Aclaran los requisitos mínimos para un negocio, eliminan la evaluación de si los participantes del mercado son capaces de reemplazar los elementos faltantes, agregan orientación para ayudar a las entidades a evaluar si un proceso adquirido es sustantivo, reducen las definiciones de un negocio y de resultados, e introducen una prueba opcional de concentración de valor razonable.

Dado que las enmiendas se aplican prospectivamente a las transacciones u otros eventos que ocurran en la fecha de la primera solicitud o después, la Compañía no se verá afectado por estas enmiendas en la fecha de transición.

NIC 1 y NIC 8 - Definición de material

En octubre de 2018, el IASB emitió modificaciones a la NIC 1 Presentación de estados financieros y a la NIC 8 Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores para alinear la definición de "material" a través de las normas y aclarar ciertos aspectos de la definición. La nueva definición establece que, "la

información es material si omitirla, expresarla u ocultarla podría razonablemente influir en las decisiones que los usuarios principales de los estados financieros de propósito general toman en base a esos estados financieros, que proporcionar información financiera sobre una entidad de informes específica".

21

No se espera que las enmiendas a la definición de material tengan un impacto significativo en los estados financieros consolidados de la Compañía.

NIC 1 Clasificación de pasivos corrientes y no corrientes

La IASB emitió una serie de enmiendas relacionadas a la NIC 1 para aclarar los criterios de clasificación de

pasivos como corrientes o no-corrientes. Los cambios más importantes son:

  • a) Se ha adicionado una aclaración para enfatizar que para que un pasivo sea clasificado como no corriente, el derecho de la entidad a diferir la liquidación tiene que existir ‘al final del período de presentación de reporte’.

  • b) Especifica que para que un pasivo sea no corriente se requiere una valoración de si la entidad tiene el derecho a diferir la liquidación del pasivo y no si la entidad ejercerá ese derecho.

  • c) El derecho a diferir la liquidación es condicional del cumplimiento con acuerdos de pago, el derecho existe si las condiciones están satisfechas al final del período de presentación de los estados financieros, incluso si el prestador no prueba el cumplimiento hasta en una fecha posterior.

Las enmiendas enumeradas comenzaron a tener vigencia a partir del 1° de junio de 2020, el Grupo adoptó a su consideración las mencionadas para la clasificación de sus pasivos no corrientes.

B. Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) emitidas aún no vigentes

A continuación, se enumeran las NIIF emitidas pero que no se encontraban en vigencia a la fecha de emisión de los estados financieros consolidados del Grupo. En este sentido, solamente se indican las Normas emitidas que el Grupo prevé que resultarán aplicables en el futuro. El Grupo tiene la intención de adoptar esas Normas cuando entren en vigencia (es decir, no en forma anticipada).

NIIF 17 - Contratos de Seguro

En mayo de 2017, el IASB emitió la NIIF 17 Contratos de Seguros, un nuevo estándar de contabilidad integral para contratos de seguros que cubre el reconocimiento, la medición, presentación y divulgación. Una vez entrada en vigencia sustituirá a la NIIF 4 Contratos de Seguro emitida en 2005. La nueva norma aplica a todos los tipos de contratos de seguro, independientemente del tipo de entidad que los emiten.

La NIIF 17 es efectiva para períodos de reporte que empiezan en o después de 1 de enero de 2021, con cifras comparativas requeridas, se permite la aplicación, siempre que la entidad también aplique la NIIF 9 y la NIIF 15.

La Compañía se encuentra evaluando los impactos que podría generar la mencionada norma estimando que no afectará significativamente los estados financieros.

22

Ejercicios finalizados al 31 de mayo Periodos de 3 meses finalizados al 31.05.2021 (i) 31.05.2020 (i) 31.05.2019 (ii) 31.08.2021 (iii) 31.08.2020 (iii) (en miles de pesos) (en miles de pesos)

INFORMACIÓN DEL ESTADO CONSOLIDADO DEL RESULTADO INTEGRAL

Operaciones continuadas
Ingresos de actividades ordinarias
Costo de ventas
Ganancia por ventas
Ingresos de produccion agopecuaria
Costo de produccion agropecuaria
Resultado por produccion agropecuaria
Ganancia bruta
Cambio en el valor razonable de activos biológicos
Gastos de comercialización
Gastos de administración
Otros ingresos operativos
Otros gastos operativos
Ganancia operativa
Ingresos financieros
Costos financieros
Participaciones en los resultados netos de asociadas
Ganancia / (Pérdida) antes del impuesto a las
ganancias por operaciones continuadas
Impuesto a las ganancias sobre operaciones
continuadas
Ganancia / (Pérdida) neta del ejercicio por
operaciones continuadas
Operaciones discontinuadas
Ganancia neta del ejercicio por operaciones
discontinuadas
Ganancia / (Pérdida) neta del ejercicio
Otro resultado integral que se reclasificara a
resultados en ejercicios posteriores
Diferencia de cambio por conversión de inversión
en asociada
Ganancia / (Pérdida) integral total neta del
ejercicio
41.615.180
43.019.622
28.760.479
12.331.428
11.880.129
(28.302.071)
(27.795.826)
(19.267.209)
(7.478.090)
(7.546.792)
13.313.109
15.223.796
9.493.270
4.853.338
4.333.337
3.556.629
2.680.354
1.871.686
192.750
385.140
(1.504.065)
(1.164.108)
(603.599)
(143.708)
(134.126)
2.052.564
1.516.246
1.268.087
49.042
251.014
15.365.673
16.740.042
10.761.357
4.902.380
4.584.351
547.166
291.790
24.494
(88.294)
430.384
(7.662.216)
(7.629.314)
(5.054.263)
(2.614.196)
(2.502.386)
(4.530.375)
(4.731.201)
(3.404.285)
(965.809)
(1.171.762)
397.519
207.921
681.691
55.293
26.965
(227.071)
(239.486)
(371.906)
(99.181)
(209.498)
3.890.696
4.639.752
2.637.088
1.190.193
1.158.054
4.155.250
3.478.295
1.079.708
951.612
566.799
(1.848.844)
(6.347.069)
(6.578.357)
(715.173)
(1.028.925)
(26.709)
97.543
103.494
(9.705)
26.284
6.170.393
1.868.521
(2.758.067)
1.416.927
722.212
(1.808.686)
(774.867)
334.893
(666.978)
(538.151)
4.361.707
1.093.654
(2.423.174)
749.949
184.061
840.815
0
242.010
0
0
5.202.522
1.093.654
(2.181.164)
749.949
184.061
2.820
19.882
5.366
(14.153)
8.358
5.205.342
1.113.536
(2.175.798)
735.796
192.419

(i) Fuente: Estados financieros consolidados de la Emisora al 31 de mayo de 2021. Publicados en la AIF bajo ID: 2779544. (ii) Fuente: Estados financieros consolidados de la Emisora al 31 de mayo de 2020. Publicados en la AIF bajo ID: 2648347.. (iii) Fuente: Estados financieros consolidados de la Emisora al 31 de agosto de 2021. Publicados en la AIF bajo ID: 2803479.

23

Informacion del estado consolidado
De situacion financiera
Activos
Activos no corrientes
Propiedades, planta y equipo
Derechos de uso de activos
Inversiones en asociadas, negocios
conjuntos y controladas
Activos Intangibles
Activos biológicos
Otros créditos financieros
Otros créditos no financieros
Activos corrientes
Activos biológicos
Inventarios
Otros créditos financieros
Otros créditos no financieros
Deudores comerciales y otras cuentas por cobrar
Efectivo y colocaciones a corto plazo
Activos mantenidos para la venta
Total de activos
Patrimonio y pasivos
Patrimonio
Capital social
Ajuste de capital social
Reserva legal
Reserva facultativa
Reserva resultado conversión
Resultados no asignados
Patrimonio total
Pasivos
Pasivos no corrientes
Préstamos bancarios y financieros
Deuda por arrendamientos
Pasivo por impuesto a las ganancias diferido, neto
Otras cuentas por pagar
Provisión para juicios y contingencias
Pasivos corrientes
Préstamos bancarios y financieros
Deuda por arrendamientos
Cuentas por pagar comerciales
Deudas sociales
Deudas fiscales
Otras cuentas por pagar
Total de pasivos
Total de patrimonio y pasivos
31.05.2021 (i)
31.05.2020 (i)
31.05.2019 (ii)
15.971.616
15.050.402
9.768.849
823.220
917.925
-
732.134
712.315
425.193
112.813
59.271
21.964
502.173
512.841
248.132
684.068
639.745
603.261
56.273
294.046
152.042
18.882.297
18.186.545
11.219.441
692.627
939.428
523.737
11.978.873
11.848.421
7.678.376
720.891
992.066
354.301
284.102
465.329
354.749
4.656.644
4.951.558
3.189.802
1.776.359
486.062
587.388
20.109.496
19.682.864
12.688.353
27.788
2.420.815
1.647.467
39.019.581
40.290.224
25.555.261
439.714
439.714
439.714
11.265.112
11.265.112
9.630.584
721.206
-
31.292
225.571
-
381.404
169.604
166.784
98.822
5.202.522
946.777
(2.705.856)
18.023.729
12.818.387
7.875.960
6.655.861
10.233.153
3.574.017
425.164
505.515
-
1.964.594
1.795.706
1.020.715
3.221
1.502
3.599
156.310
167.070
198.953
9.205.150
12.702.946
4.797.284
4.119.617
7.380.235
8.066.678
227.762
306.925
-
4.002.927
4.493.622
3.504.271
1.863.010
1.862.776
960.899
1.141.704
516.913
164.727
435.682
208.420
185.442
11.790.702
14.768.891
12.882.017
20.995.852
27.471.837
17.679.301
39.019.581
40.290.224
25.555.261
Ejercicios finalizados al 31 de mayo
(en miles de pesos)
31.08.2021 (iii)
31.05.2021 (iii)
17.165.556
17.447.743
874.269
899.303
498.858
799.800
121.164
123.239
521.752
548.585
719.818
747.292
20.567
61.474
Periodos de 3 meses finalizados al 31
de agosto
(en miles de pesos)
19.921.984
20.627.436
1.336.033
756.641
17.456.197
13.085.983
865.716
787.517
682.043
310.359
7.849.648
5.087.020
525.522
1.940.530
28.715.159
21.968.050
30.359
30.359
48.667.502
42.625.845
439.714
439.714
12.346.896
12.346.896
787.861
787.861
246.418
246.418
171.126
185.279
6.433.296
5.683.347
20.425.311
19.689.515
5.970.195
7.271.008
425.164
464.459
2.078.726
2.146.166
3.221
3.518
159.838
170.756
8.637.144
10.055.907
7.621.980
4.500.360
233.952
248.813
5.580.591
4.372.886
2.319.759
2.035.193
1.435.818
1.247.222
2.412.947
475.949
19.605.047
12.880.423
28.242.191
22.936.330
48.667.502
42.625.845

(i) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de mayo de 2021. Publicados en la AIF bajo ID: 2779544. (ii) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de mayo de 2020. Publicados en la AIF bajo ID: 2648347. (iii) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de agosto de 2021. Publicados en la AIF bajo ID: 2803479.

24

Ejercicios finalizados al 31 de mayo Ejercicios finalizados al 31 de mayo Ejercicios finalizados al 31 de mayo Periodos de 3 meses finalizados Periodos de 3 meses finalizados
31.05.2021 (i31.05.2020 (i) 31.05.2019 (ii) 31.08.2021 (iii) 31.08.2020 (iii)
(en miles de pesos) (en miles de pesos)
Informacion del estado de flujo de efectivo consolidado
Flujo neto de efectivo generado por (utilizado en) las actividades de operación 3.999.470 3.531.605 5.145.769 (3.257.370) (901.975)
Flujo neto de efectivo generado por (utilizado en) las actividades de inversion 243.302 (1.966.894) (539.738) (536.275) (635.003)
Flujo neto de efectivo generado por (utlizado en) las actividades de financiacion (3.173.101) (2.629.500) (5.819.696) 2.204.549 1.610.350
Resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda generaod por e 202.292 (538.170) (1.953.644) 99.780 349.071
Diferencia de cambio 18.334 1.216.077 171.377 74.308 (20.457)
Aumento (dismunicion) neto del efectivo y equivalente de efectivo 1.290.297 (386.882) (2.995.932) (1.415.008) 401.986

(i) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de mayo de 2021. Publicados en la AIF bajo ID: 2779544. (ii) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de mayo de 2020. Publicados en la AIF bajo ID: 2648347. a) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de agosto de 2021. Publicados en la AIF bajo ID: 2803479.

b) Resumen de los informes del auditor externo en relación con su examen de la información contable y financiera consolidada

La información contable y financiera consolidada cuyo resumen se presenta en el apartado precedente denominado “ Resumen de la información contable y financiera consolidada ”, ha sido obtenida de los Estados Financieros Auditados de la Emisora. Los Estados Financieros al 31 de mayo de 2021 y 2020 han sido auditados por Pistrelli, Henry Martin y Asociados. A continuación, se exponen las salvedades contenidas en los respectivos informes a los estados financieros correspondientes a los ejercicios 2021, 2020 y 2019 y los períodos intermedios finalizados en agosto de 2021 y 2020:

  • La auditoría de los Estados Financieros Separados y Consolidados de la Sociedad por el ejercicio económico finalizado el 31 de mayo de 2021, respecto de los cuales ha emitido con fecha 9 de agosto de 2021 un informe de auditoría sin salvedades sobre los estados financieros separados de la Sociedad y un informe de auditoría sin salvedades sobre los estados financieros consolidados de la Sociedad.

  • La auditoría de los Estados Financieros Separados y Consolidados de la Sociedad por el ejercicio económico finalizado el 31 de mayo de 2020, respecto de los cuales ha emitido con fecha 26 de agosto de 2020 un informe de auditoría sin salvedades sobre los estados financieros separados de la Sociedad y un informe de auditoría sin salvedades sobre los estados financieros consolidados de la Sociedad.

  • La auditoría de los Estados Financieros Separados y Consolidados de la Sociedad por el ejercicio económico finalizado el 31 de mayo de 2019, respecto de los cuales se ha emitido con fecha 8 de agosto de 2019 un informe de auditoría sobre los estados financieros separados de la Sociedad y un informe de auditoría sobre los estados financieros consolidados de la Sociedad. Dichos informes incluyeron una salvedad por la siguiente limitación en el alcance: por no tener acceso a la información financiera auditada de la sociedad controlada Bridgeport Investments LLC al 31 de mayo de 2019 y de este modo poder obtener evidencia de auditoría suficiente para determinar si los importes registrados por $ 225.368.491 al 31 de mayo de 2019, pudieran requerir ser ajustados. Este balance fue auditado por el Contador Público independiente Juan Facundo Pirro.

  • La revisión limitada de los Estados Financieros Separados y Consolidados condensados de la Sociedad por el período intermedio de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021, respecto de los cuales ha emitido con fecha 12 de octubre de 2021 un informe de revisión sobre los Estados Financieros Separados Condensados de la Sociedad y un informe de revisión sobre los Estados Financieros Consolidados de la Sociedad. El alcance de una revisión de información financiera de períodos intermedios es sustancialmente menor que el de una auditoría realizada de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría. Dichos informes no incluyeron salvedad. Este balance fue revisado por Pistrelli, Henry Martín y Asociados S.R.L.

  • La revisión limitada de los Estados Financieros Separados y Consolidados Condensados de la Sociedad por el período intermedio de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2020, respecto de los cuales ha emitido con fecha 5 de noviembre de 2020 un informe de revisión sobre los Estados Financieros Separados Condensados de la Sociedad y un informe de revisión sobre los Estados Financieros Consolidados

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Condensados de la Sociedad. El alcance de una revisión de información financiera de períodos intermedios es sustancialmente menor que el de una auditoría realizada de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría. Dichos informes no incluyeron salvedad. Este balance fue revisado por Pistrelli, Henry Martín y Asociados S.R.L.

c) Indicadores

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(i) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de mayo de 2021.

(ii) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de mayo de 2020.

(iii) Fuente: Estados financieros consolidados Emisora al 31 de agosto de 2021.

(1) Se calculó dividiendo la ganancia neta del ejercicio/período atribuible a los tenedores de instrumentos ordinarios de patrimonio de la Emisora, por el promedio ponderado de acciones ordinarias en circulación durante el ejercicio/período.

(2) Conforme lo establecido por las Asambleas Ordinarias y/o Extraordinarias que aprobaron los estados financieros correspondientes a cada ejercicio y ratificaron, en caso de corresponder, la distribución de dividendos anticipados dispuesta por el Directorio en base a los estados financieros de períodos intermedios.

(3) Corresponde a las depreciaciones de Propiedades, planta y equipo y a la amortización de activos intangibles. También incluye las depreciaciones por derecho de uso.

(4) Se calculó como la ganancia neta de operaciones continuadas de cada ejercicio/período más el impuesto a las ganancias, los ingresos y costos financieros (neto), las depreciaciones y las amortizaciones. Se incluyen aclaraciones respecto a la forma de cálculo de esta medida en el capítulo “ Avisos Importantes – Presentación de la Información Contable ”.

(5) Corresponde a las adquisiciones de Propiedades, planta y equipo y Activos intangibles al cierre de cada ejercicio.

(6) Se calculó como la relación ganancia neta / ingresos por ventas para cada segmento, respectivamente, al cierre de cada ejercicio/período. No incluye resultados financieros, servicios, resultados generados por propiedades de inversión y el impuesto a las ganancias por: mayo 2021 pérdida de miles de pesos (1.808.686), mayo 2020 pérdida de miles de pesos (774.867), mayo 2019 ganancia de miles de pesos 334.893, agosto de 2021 pérdida de miles de pesos (666.978) y agosto de 2020 pérdida de miles de pesos (538.151).

(7) Se calculó como la relación activo corriente / pasivo corriente al cierre de cada ejercicio/período.

(8) Se calculó como la relación patrimonio total / total del pasivo al cierre de cada ejercicio/período.

(9) Se calculó como la relación activo no corriente / total del activo al cierre de cada ejercicio/período.

(10) Se calculó como la relación ganancia neta / patrimonio neto promedio.

RAZONES PARA LA OFERTA Y DESTINO DE LOS FONDOS

La Emisora aplicará los fondos netos que reciba en virtud de la colocación de las Obligaciones Negociables a uno o más de los siguientes destinos previstos en el Artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables: (i) inversiones en activos físicos y bienes de capital situados en el país, incluyendo pero no limitándose a inversiones para incrementar la generación de energía a partir de biomasa, compra de tractores, implementos y otros rodados, inversiones en las fábricas de papel y de cuadernos y repuestos, renovación de cañaverales y plantaciones de frutas) en el curso ordinario de los negocios de la Emisora, (ii) adquisición de fondos de comercio situados en el país, (iii) integración de capital de trabajo en el país, principalmente relacionado con el mantenimiento de la operación habitual y normal del negocio, y de los bienes de uso de la Sociedad, entre otros, (iv) refinanciación de pasivos, (v) integración de aportes de capital en sus Sociedades Controladas o sociedades vinculadas a la Emisora, (vi) adquisición de participaciones sociales y/o (vii) financiamiento del giro comercial de su negocio, cuyo producido se aplique exclusivamente a los destinos antes especificados según se haya establecido en la resolución que disponga la emisión, y dado a conocer al público inversor a través del Suplemento correspondiente. Cada Suplemento especificará el destino de los fondos con mayor detalle. Asimismo, se podrá establecer que mientras se encuentre pendiente su aplicación, los fondos podrán invertirse en instrumentos financieros líquidos de alta calidad y en otras inversiones de corto plazo.

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I. INFORMACIÓN DE LA EMISORA

La Sociedad

En los ejercicios 2020 y 2021 tuvo ingresos consolidados por $45.700 y $45.172 millones, respectivamente, y un EBITDA de $6.428,7 y $5.618,0 millones respectivamente. En ambos casos expresados en valores constantes del 31 de mayo del 2021.

La Sociedad inició sus actividades en el año 1908 en la provincia de Jujuy como un ingenio azucarero y desde 1911 ha estado bajo el control de una única familia. En la actualidad la familia Blaquier posee aproximadamente el 90% del capital social de la Emisora, mientras que el 10% restante está en poder de accionistas minoritarios. Las acciones de la Sociedad se encuentran listadas en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (en virtud del ejercicio de facultades delegadas por BYMA a favor de aquella conforme Resolución Nº 18.629 de la CNV).

Ledesma ha tenido una trayectoria intachable a lo largo de sus más de 100 años de existencia y es reconocida por su seriedad y por su respeto a los contratos y a la palabra empeñada. En el transcurso de su historia ha construido marcas reconocidas y valoradas por sus consumidores, que hoy son sinónimo de los productos que comercializa.

En la actualidad, la Emisora tiene varias líneas de negocio incluyendo Azúcar y Alcohol (tanto hidratado, destinado a usos tradicionales, como anhidro, para bio-combustibles) (“Negocio Azúcar y Alcohol”), Papel y Artículos de Librería (“Negocio Papel”), Frutas y Jugos (“Negocio Frutas y Jugos”) y Agricultura y Ganadería (“Negocio Agropecuario”). La Sociedad es líder en los mercados locales de producción y comercialización de azúcar, alcohol, resmas de papel, cuadernos, papeles encapados y repuestos escolares y es, además, el principal exportador de naranjas y pomelos del país.

La solidez ha sido otro de los rasgos distintivos de Ledesma, ya que la adopción de políticas financieras prudentes le ha permitido atravesar los considerables vaivenes económicos del último siglo honrando todos los compromisos asumidos. En este sentido, es relevante destacar que la Emisora es dueña de la mayor parte de las tierras en donde se cultiva la caña de azúcar que procesa. Actualmente, posee más de 40.000 hectáreas de tierra bajo producción en la provincia de Jujuy que le permiten autoabastecerse de más del 85% de la caña que muele en sus trapiches anualmente. Además, posee más de 50.000 hectáreas de campos en las provincias de Buenos Aires y Entre Ríos.

Otro aspecto clave de la estrategia de la Emisora ha sido el desarrollo interno de conocimiento y la constante incorporación de nuevas tecnologías, con el fin de hacer más eficientes sus procesos productivos. Dos ejemplos de este carácter innovador son la decisión, tomada en 1965, de fabricar papel de alta calidad a partir de la fibra de la caña de azúcar y los esfuerzos recientes destinados a reducir el consumo de gas a partir de la utilización de la malhoja de la caña como combustible para las calderas.

Por último, hay que destacar el énfasis que ha puesto la Sociedad en el desarrollo de una actividad empresarial sustentable y amigable con el medio ambiente bajo el convencimiento que todos sus productos nacen de la tierra y que solamente estando en armonía con ella se puede pensar en mantener el crecimiento en el largo plazo.

Reseña histórica

Los orígenes de la Emisora se remontan al año 1830, con la plantación de caña de azúcar en la localidad jujeña de Ledesma, situada en el valle del Río San Francisco, en una finca de propiedad de las familias Ovejero y Zerda. Dicha producción tuvo un primer impulso con la llegada del ferrocarril en 1895; en ese año, en Ledesma había 2.148 hectáreas cultivadas con caña.

El 7 de mayo de 1908 se constituyó la “Compañía Azucarera Ledesma” con el objetivo de vender acciones para conseguir financiamiento, a ser destinado al crecimiento de la compañía. Con la obtención de inversiones de terceros dicha compañía continuó su desarrollo hasta convertirse en una de las principales empresas agroindustriales de la Argentina. La Compañía Azucarera Ledesma produjo ese año 8.027 toneladas de azúcar.

En 1911, Enrique Wollmann y Carlos Delcasse adquirieron la nombrada Compañía Azucarera Ledesma, en la cual llevaron a cabo inversiones para incorporar tecnología y aumentar la escala de producción. En 1912 se incorporó

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el trapiche Mac Neil (aún en operación como “Trapiche 1”) lo que permitió expandir la superficie bajo cultivo que, aproximadamente hacia el año 1920, alcanzaba las 4.353 hectáreas. Gracias a estas inversiones, la producción promedio de la década de 1920 superó las 22.000 toneladas de azúcar por año.

En 1927, tras el fallecimiento de Enrique Wollmann, la conducción de la Compañía Azucarera Ledesma fue llevada adelante por el Ing. Herminio Arrieta, quien profundizó el crecimiento azucarero, montando dos trapiches adicionales en 1938 y 1962 y adquiriendo la Finca Calilegua en 1959. Así, la producción azucarera superó las 100.000 toneladas en 1960 y las 150.000 toneladas en 1965. Además, el Ing. Arrieta comenzó la diversificación de las actividades de la Emisora, montando en 1965 la primera fábrica de celulosa y papel a partir de la fibra de caña de azúcar en la Argentina, que alcanzó en 1970 una producción de 30.600 toneladas de papel.

El Dr. Carlos Pedro Blaquier sucedió al Ing. Arrieta en la presidencia en el año 1970. Sobre las bases sentadas por sus antecesores, el Dr. Blaquier continuó con el crecimiento de la Sociedad, montó los negocios de frutas, jugos, carne y cereales, introdujo a Ledesma en la molienda húmeda de maíz y llevó a cabo un proceso de modernización que permitió a la Emisora expandir sus niveles de producción y garantizar su competitividad a futuro.

Bajo la conducción del Dr. Blaquier se mantuvo el crecimiento azucarero, basado en el aumento de la eficiencia y de la superficie bajo cultivo. Así, en el año 1972 la producción de azúcar superó por primera vez las 200.000 toneladas, en el año 1999 las 300.000 toneladas y en 2003 las 350.000 toneladas. La mayor provisión de fibra de caña permitió el crecimiento de la producción de papel la que, gracias a un importante proceso de inversiones, alcanzó 39.000 toneladas en el año 1977, 55.000 toneladas en el año 1999 y 115.000 toneladas en el año 2007.

En el año 1983 comenzó a operar en Villa Mercedes, provincia de San Luis, la “Planta Glucovil” de molienda húmeda de maíz, la cual opera bajo la sociedad Glucovil desde el año 2009.

En el año 1990 se montó una planta de jugos concentrados y en el año 1997 un moderno empaque de frutas, ambos en Libertador General San Martín, provincia de Jujuy. En el año 2009 se adquirió la sociedad Citrusalta S.A. (actualmente fue renombrada como Ledesma Frutas S.A.U.), líder nacional en la producción de pomelos.

En 1994 Ledesma adquirió una participación de 4% en la UTE Aguaragüe que produce gas y petróleo en la provincia de Salta.

En ese mismo año la Emisora adquirió la empresa “Industrias Grafex San Luis”, con una moderna planta de cuadernos y repuestos escolares localizada en Villa Mercedes, provincia de San Luis, que contaba con los derechos sobre reconocidas marcas como “Éxito”, “Gloria” y “Avon”. Dichas marcas son actualmente propiedad de la Emisora.

A principios del año 2008, Ledesma adquirió una planta para la producción de papel encapado en la provincia de San Luis, que es la única con capacidad de producir este tipo de papel en el país.

En el año 2010 constituyó Bio Ledesma S.A. (“Bio Ledesma”) a través de la cual se construyó una planta de deshidratación de alcohol de última generación, con una capacidad de producción anual de 100.000 m3, con el fin de proveer alcohol anhidro a las refinerías para mezclar con las naftas en el marco del Régimen de Biocombustibles establecido por la Ley N° 26.093.

El 23 de septiembre de 2014, Carlos Pedro Blaquier cedió el mandato de la empresa a su hijo mayor, Carlos Herminio, quien fue designado presidente de Ledesma. Actualmente, aunque cotiza en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, la mayor parte del paquete accionario pertenece a la familia Blaquier, por lo que Ledesma continúa siendo una empresa familiar.

Entre 2013 y 2016, Ledesma construyó 1.100 viviendas en la provincia de Jujuy, destinadas a sus empleados dentro de convenio. El Programa consistió en la construcción de dos barrios, toda la infraestructura necesaria para su funcionamiento y las 1.100 viviendas que los componen. El Barrio “Papa Francisco” en Calilegua, de 1.000 viviendas y el Barrio “El Encuentro” en el Talar, de 100 casas, están habitados por más de 5.000 personas, entre los nuevos propietarios y sus familias.

Para la realización de este Programa la empresa destinó 60.5 hectáreas que hasta entonces eran productivas. El programa tiene un abordaje social que es clave para su éxito: un equipo de seis asistentes sociales acompañó a los adjudicatarios en el proceso de acceso a su casa. Cada trabajador pagará su vivienda con el equivalente a 40 horas

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de trabajo mensuales y en la cantidad de años que sea necesaria para no generar una cuota mayor al 20% de su salario. Pagada la cuota n° 150, si aún no se hubiese cancelado la totalidad de la deuda el saldo será condonado.

En ese mismo año, Ledesma inició un proceso de fusión por absorción de La Biznaga S.A.A.C.I.F. y M. y Calilegua S.A., mediante la cual a partir del 1ro de octubre del 2017, Ledesma incorporó la totalidad de activos, pasivos y el patrimonio neto de esas sociedades.

En el año 2018, después de varios años consecutivos de malos resultados, se decidió que Franquicias Azucareras S.A. (FASA) finalice su actividad y se procedió al cierre de la planta de fraccionamiento de azúcar ubicada en el Departamento de Cruz Alta en la Provincia de Tucumán. FASA tenía como único objeto el servicio de fraccionamiento de azúcar para las empresas Ledesma y Tabacal (actualmente Seabord Energías Renovables y Alimentos S.R.L.), ambas empresas son sus accionistas en partes iguales.

En mayo del 2018, Ledesma vendió el 40% de las acciones de Glucovil Argentina S.A. a Cargill, a partir de esa fecha Ledesma poseía el 30% de las acciones y Cargill el 70% restante. En forma simultánea a la venta del 40% del paquete accionario, Ledesma otorgó a Cargill una opción para poder comprar el 30% restante en tres fechas, 31/5/21, 31/5/22 y 31/5/23. El precio de la opción de compra está establecido en una fórmula que contempla el EBITDA de Glucovil de los 3 años anteriores a cada uno de los momentos de ejercicio de dicha opción.

En diciembre del 2018, dentro de una definición estratégica de concentrarse en las actividades core y más rentables del grupo, se vendieron las instalaciones del haras La Biznaga y 2000 hectáreas de campo contiguas a las instalaciones ubicadas en la localidad de 25 de Mayo, en la Provincia de Buenos Aires.

Debido a la caída local y global de la demanda de papel encapado, producto del avance de la digitalización, a fines de octubre 2019 Ledesma procedió al cierre definitivo de la planta ubicada en la localidad de San Luis, dentro de la Provincia de San Luis. Actualmente Ledesma ha iniciado el proceso de venta, por separado, de los activos de la planta.

En octubre del 2020, Ledesma resolvió aceptar la oferta de Cargill South American Holdings, S.L. y transfirió al comprador la totalidad de su participación en Glucovil Argentina S.A., que consistía en el 30% de las acciones, convirtiendo a Cargill en poseedor del 100% del capital accionario de Glucovil Argentina S.A.

Durante más de 100 años, quienes lideraron Ledesma mantuvieron una visión compartida y pendiente del largo plazo y de la sostenibilidad de sus actividades; por ello avanzaron en una diversificación acotada con el foco puesto en agregar valor, manteniendo una prudente política financiera. Así, en tres generaciones, Ledesma logró convertirse en una agroindustria líder que emplea a más de 7.000 personas en todo el país

Descripción del sector en que se desarrolla su actividad

Descripción de las actividades y negocios

Síntesis de la estrategia del grupo Ledesma

Ledesma es una compañía nacional que opera en el país desde 1908 desarrollando una amplia gama de actividades agrícolas e industriales, siempre bajo el control de accionistas argentinos.

Las fortalezas de la Sociedad derivan del alto grado de integración y de tecnificación en sus actividades agroindustriales, aprovechando al máximo las posibilidades de todas las materias primas y recursos productivos disponibles.

La estrategia central de la Sociedad se basa en el agregado de valor a partir de la transformación de la producción primaria, de caña de azúcar en el noroeste y de granos en la pampa húmeda, en productos de mayor complejidad y elaboración, con la mejor tecnología disponible, incluyendo desarrollos tecnológicos propios.

A partir de la caña se obtiene no solamente azúcar blanco para consumo masivo e industrial, sino también alcohol hidratado para uso farmacéutico y de consumo, alcohol anhidro para biocombustible en el marco del Programa de Bioetanol impulsado por el Gobierno Nacional y papel obra no encapado de alta calidad para impresión y escritura. Dicho papel utiliza como materia prima principal la fibra de la caña de azúcar remanente luego de su molienda en los trapiches.

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Desarrollos tecnológicos propios permitieron que la Emisora se convirtiera en la única fábrica de papel obra producido a partir de fibra de caña en el mundo que puede utilizar más de un 95% de dicha fibra en la composición final del producto.

A partir del papel obra se producen también bobinas y hojas para impresión gráfica, formularios continuos, resmitas para fotocopiadoras e impresoras, una línea completa de papelería escolar y comercial (cuadernos, repuestos de hojas de carpeta, blocks, etc.) y papel encapado para revistas y otros usos gráficos.

A esta estrategia de operaciones se agregan una política conservadora de inversiones y financiamiento apuntada a crecer de modo sostenible, el cuidado del medio ambiente, imprescindible para mantener su producción en forma sustentable, y criterios de responsabilidad social empresaria que la llevan a contribuir con la mejora de la calidad de vida, la educación y el progreso de las comunidades en las que opera.

A principios del 2018, Ledesma hizo un trabajo de revisión estratégica junto a la consultora Bain llamado Génesis XXI. El estudio tuvo como resultado para los primeros 3 años poner foco en la optimización de los negocios y áreas centrales buscando las mejores prácticas de mercado, recuperar el liderazgo y una transformación de la organización y la cultura. Entre el 4to y 5to año, el foco estará puesta en los negocios actuales con inversiones en negocios relevantes, reconversión de negocios de menor potencial y con apalancamiento de activos actuales para generar valor. Mientras que para los 4 años subsiguiente, el foco estará puesto en la expansión de nuevos negocios mediante el desarrollo de nuevas vías de crecimiento, apalancándose en posiciones distintivas del Grupo preservando el perfil sustentable y de referencia. Asimismo, se decidió la venta de varios activos, definidos como no estratégicos, y utilizar el fondo producido de los mismos fundamentalmente para reducir la deuda financiera.

Como resultado del Génesis XXI, Ledesma definió como ambición a 5 años cuatro puntos importantes:

  • Volver a ser el orgullo de la agroindustria argentina.

  • Operar de manera eficiente y ágil.

  • Liderar la mejora de competitividad en cada sector

  • Con una organización efectiva, innovadora y enfocada en el cliente.

Para alcanzar estos objetivos, se han identificado una lista de iniciativas a implementar en los próximos años. Algunas de ellas ya se pusieron en práctica en estos años

Objetivos

El objetivo central del Grupo Ledesma es transformar a Ledesma en una compañía de clase internacional, medida por el nivel de satisfacción de sus grupos de interés (accionistas, colaboradores, clientes, proveedores y sociedad en su conjunto).

Para ello, se plantea una estrategia con bases sólidas, enfocada hacia los mercados y productos en los que opera habitualmente, desarrollando actividades que conoce en profundidad, y con una estructura de comercialización orientada en un 79% hacia el mercado interno y un 21% a la exportación, con el objeto de balancear riesgos y garantizar competitividad internacional.

Las metas a través de las cuales se busca alcanzar ese objetivo central pueden sintetizarse como sigue:

  • Ejercicio de liderazgo empresario en los mercados en los que opera y muy especialmente en lo que concierne a las industrias sucroalcoholera y papelera;

  • Administración prudente de la liquidez a fin de mantener un grado de independencia financiera que le permita sobrellevar adecuadamente los vaivenes de la macroeconomía local e internacional;

  • Énfasis en el desarrollo de una actividad empresarial sustentable y amigable con el medio ambiente, materializada en numerosas iniciativas como por ejemplo:

  • Donación y apoyo al Parque Nacional Calilegua

  • Reutilización y reciclaje de materias primas, insumos, etc.

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  • Plan de Ordenamiento Territorial desarrollado y aprobado en conjunto con organismos de contralor provinciales y municipales y con organizaciones no gubernamentales de relevancia

  • Implementación de medidas de producción sustentable y control de efluentes (cosecha de caña en verde, lavadores de gases en calderas, producción de papel totalmente libre de cloro, etc.)

  • Eficiencia en el uso de las fuentes de energía renovable (bagazo, malhoja de caña, madera) con el objetivo de llegar a consumo cero de gas natural

  • Foco permanente en la mejora de los índices de productividad y reducción / optimización de costos y

  • Aprovechamiento de las competencias distintivas del Grupo Ledesma:

  • Fortaleza de marca

  • Reputación de seriedad

  • Respeto de los contratos y de la palabra empeñada

  • Recursos humanos calificados e identificados con la Sociedad

  • Conocimiento propietario tecnológico y de procesos

  • Integración y sinergias de sus procesos productivos, comerciales, logísticos y administrativos

Alineamiento de la responsabilidad social que asume en las comunidades donde se instala con su progreso social y el cuidado del medio ambiente

Descripción del Negocio

Las operaciones del Grupo Ledesma se dividen en cuatro grandes negocios principales: Azúcar y Alcohol, Papel y Artículos de Librería, Frutas y Jugos, y Agropecuario. Por las características de los productos finales, al presentar la información contable la Sociedad suele agrupar al Negocio de Frutas y Jugos con el Agropecuario.

Durante el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021, el total de los ingresos de actividades ordinarias de la Sociedad estuvo compuesto en un 52% por ingresos provenientes del Negocio Azúcar y Alcohol, en un 26% por ingresos provenientes del Negocio Papel, en un 12% por ingresos provenientes del Negocio Frutas y Jugos y en un 9% por ingresos provenientes de productos del Negocio Agropecuario.

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----- Start of picture text -----

A
Ingresos 2020-2021
Área de Negocio Millones de $ %
Azúcar y alcohol 21.822 52%
Papel y librería 10.991 26%
Frutas y Jugos 4.909 12%
Agropecuario 3.893 9%
Total 41.615 100%
----- End of picture text -----

Fuente: información interna de la Emisora – Los subtotales pueden no coincidir por diferencias de redondeo.

Para el ejercicio de sus principales líneas de negocio, el Grupo Ledesma cuenta con contratos comerciales con entidades de gran representatividad a nivel nacional e internacional de las cuáles adquiere materias primas necesarias para las actividades en cada una de estas líneas de negocios y a las cuales abastece con el producto obtenido de cada una de las distintas líneas.

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En el marco de la comercialización de sus productos, el Grupo Ledesma actualmente mantiene en vigencia el registro de aproximadamente 220 marcas. Dicha cantidad se encuentra en frecuente aumento o modificación debido a la innovación y la introducción de modificaciones a sus actuales productos o la inclusión de nuevos productos en el mercado

Principales segmentos de Negocios

Negocio de Azúcar y Alcohol

En el siguiente cuadro se muestra la evolución de la producción propia de este segmento en los últimos tres ejercicios (no incluye lo que corresponde a cañeros):

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*Incluye bioetanol Tn: Toneladas Kl: Kilolitros Fuente: información interna de la Emisora.

La comercialización de estos productos es llevada a cabo por la Dirección de Negocios de Azúcar y Alcohol de Ledesma.

En el mercado interno se realizan ventas de azúcar en dos segmentos bien definidos: “Industria” y “Fraccionado”. En el segmento Industria se diferencian tres líneas de producto: blanco refinado, común tipo “A” y calidad farmacopea para laboratorios. Por su parte, en el segmento Fraccionado también se distinguen dos marcas: Ledesma Clásica (premium) y Domino (masivo, siendo esta 50% propiedad de Ledesma y 50% de Seabord Energías Renovables y Alimentos S.R.L.).

Por otra parte, la Sociedad efectúa exportaciones de azúcar blanco refinado y azúcar crudo para la cuota americana y Mercado Mundial.

El alcohol se vende para biocombustibles (alcohol deshidratado o anhidro) y para uso industrial y de licoristas (alcohol buen gusto)

Principales mercados. Caracterización del sector azucarero

La industria está compuesta por 22 ingenios azucareros, de los cuales: (i) 15 se encuentran en la provincia de Tucumán; (ii) 5 en la región Norte (Salta y Jujuy); y (iii) 2 en el litoral argentino. En los últimos diez años, los ingenios azucareros del litoral argentino no evidenciaron producción o lo hicieron en cantidades escasas.

Tucumán concentra el 67% de la producción total del azúcar del país, con una molienda de aproximadamente 16 millones de toneladas de caña de las cuales aproximadamente el 85% pertenece a cañeros y el 15% a los ingenios. Por su parte, el 33% de la producción nacional se realiza en Salta y Jujuy, con una molienda de aproximadamente 8 millones de toneladas de caña, perteneciendo a cañeros aproximadamente el 25% la caña molida y a los ingenios el 75% restante.

Aproximadamente el 85% del azúcar se procesa como azúcar blanco, quedando el 15% restante como azúcar crudo que se destina preferentemente a la exportación. Además, la industria azucarera elabora otros subproductos como alcohol, energía y papel.

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En los últimos veinte años la producción de azúcar registró un importante crecimiento, aunque con fluctuaciones provocadas por el clima. Así, se pasó de 1,5 millones de toneladas anuales promedio en la década de los años 90 a 1,8 millones de toneladas anuales promedio en el quinquenio comprendido entre el año 2001 y el año 2005; y a 2,3 millones de toneladas anuales promedio de azúcar equivalente en el período comprendido entre el año 2006 y el año 2010, la cual se viene sosteniendo.

Este salto en los volúmenes producidos se explica por el fuerte incremento de la productividad en los cañaverales de Tucumán, provincia que históricamente presentaba los rindes más bajos del Noroeste Argentino. Esta región pasó de una productividad promedio de 35 ton/ha en el año 1996 a una de 63,2 ton/ha en el año 2007 (Fuente: Estación Experimental Agrícola Obispo Colombres, Tucumán), rendimientos que no se han modificado en forma sustancial hasta la fecha.

Las cantidades de azúcar físico producidas en Argentina durante los últimos ejercicios fueron las siguientes:

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(*) Dato estimado por la emisora por falta de estadísticas oficiales Fuente: Elaboración propia en base a datos del Centro Azucarero Argentino

La disminución de la producción de azúcar evidenciada en los últimos años se explica fundamentalmente por la derivación de un volumen creciente de caña a la producción de bioetanol combustible.

El consumo de azúcar en el mercado interno es de aproximadamente 1,45 millones de toneladas, de las que el 76% se destina a la industria y el 24% restante al mercado de consumo masivo. Debido a la estacionalidad de su producción y a la baja elasticidad de su demanda, los excedentes de producción respecto de las necesidades del mercado interno son canalizados a través del mercado externo. Por la misma razón, en períodos de condiciones climáticas adversas se observan reducciones drásticas en los volúmenes exportados.

A continuación, se muestra el total de exportaciones del país en las últimas zafras:

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Fuente: Elaboración propia en base a datos de la Aduana

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La participación de Argentina es de aproximadamente el 0,6% del volumen mundial de comercio, por lo cual el país no tiene ninguna incidencia en los precios del mercado internacional. Los azúcares crudos son negociados tomando como referencia los valores a los que cotiza el Contrato N° 11 de Nueva York y el contrato N° 16 para la cuota americana, mientras que los blancos se negocian de acuerdo al Contrato N° 5 de Londres (LIFFE)

Participación en los distintos mercados

Ledesma produjo, en el ejercicio 2020-2021, 320.531 toneladas de azúcar refinada, de estas toneladas, 291.886 corresponden a molienda de caña propia, mientras que la diferencia corresponde a azúcar de cañeros. Es difícil estimar su participación en el mercado debido a la falta de información fehaciente sobre la materia, pero una aproximación permite suponer un market share de alrededor del 40% en el mercado de consumo masivo y de aproximadamente el 11% en el mercado industrial.

La Sociedad realiza exportaciones de azúcar en la medida que disponga de saldos excedentes luego de abastecer al mercado interno. Durante el ejercicio 2020-2021 se exportaron 96.101 toneladas. Los principales destinos son países limítrofes, en particular la República de Chile, debido al mayor margen de contribución que la venta a éstos genera con respecto a las exportaciones al mercado mundial. En la medida en que estos países satisfacen su consumo, los excedentes de azúcar de Ledesma que no se pueden colocar en ellos son vendidos a otros mercados a través de traders internacionales.

Por otra parte , el alcohol producido por Ledesma se destina a dos segmentos principales: (i) tradicional y (ii) biocombustibles. El uso tradicional del alcohol es el industrial y de licoristas al que este año se agregaron productores de sanitizantes por el efecto de la pandemia. En el ejercicio 2020-2021, Ledesma entregó 17.242 m3 de alcohol a sus clientes de este segmento, con una cuota de mercado de algo más del 12%

Ventas de los últimos ejercicios

El siguiente cuadro muestra la evolución de las ventas de azúcar y alcohol en los últimos ejercicios, distinguiendo entre ventas locales y ventas al exterior:

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(*) Ajustado por Inflación. Fuente: información interna de la Emisora.

Estacionalidad

El Negocio Azúcar y Alcohol presenta una fuerte estacionalidad productiva. Por razones climáticas, la cosecha de caña de azúcar se desarrolla cada año entre los meses de mayo y noviembre. Es decir que se produce en seis meses lo que se consume durante todo el año, lo que plantea requerimientos adicionales muy fuertes en materia de capital de trabajo en relación a otras actividades manufactureras de producción regular.

Dichos requerimientos se traducen en la necesidad de mantener inventarios elevados tanto de productos terminados como en proceso y de afrontar la mayor parte de las erogaciones productivas (mano de obra, combustibles y buena parte de los insumos como agroquímicos y fertilizantes) durante el período mencionado.

La Sociedad, sin embargo, presenta una situación ventajosa en comparación a la de sus competidores locales en esta materia, debido a que, gracias a la complementación de la producción azucarera con la de la fábrica de papel, mantiene operativo el Complejo Agroindustrial Ledesma todo el año. A raíz de esto, la Emisora normalmente dispone de energía no solamente durante el período de seis meses de zafra, sino durante todo el año, lo que le permite continuar refinando azúcar afinado (producto en proceso, todavía no apto para consumo) aún después de finalizada la zafra de la caña.

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Consecuentemente, el esfuerzo logístico y financiero de almacenar azúcar en zafra se concentra en el azúcar afinado, el que luego se va refinando progresivamente durante 11 de los 12 meses del ejercicio. Este esquema operativo tiene múltiples ventajas, no solamente financieras, sino también en materia de calidad de producto, facilidad para seguir la demanda del mercado, etc.

Materias Primas

Ledesma es una empresa altamente integrada. La principal materia prima para la fabricación del azúcar, la caña, es cultivada en su mayor parte (más del 80%) en campos que son de propiedad de la Sociedad, ubicados en la provincia de Jujuy. En cuanto a las materias primas que se adquieren a terceros, las principales son combustibles (esencialmente gas oil y gas natural), fertilizantes (urea) y envases (bolsas de papel, big bags y film impreso). La totalidad de estas materias primas se compra a proveedores nacionales y la Sociedad no ha experimentado dificultades para adquirirlas.

Política Comercial

Estructura comercial: detalle de canales de venta

La Emisora cuenta con los siguientes canales de venta:

Azúcar Fraccionado : mayoristas, supermercados e hipermercados y grandes cadenas Azúcar Industria : ventas directas a clientes industriales (embotelladoras de gaseosas y otras bebidas, fabricantes de alimentos y de golosinas)

Alcohol: venta directa a clientes industriales y fraccionadores.

En azúcar, dada la trayectoria de la Sociedad y la calidad de su producto, sus ventas se concentran en grandes consumidores de bajo riesgo crediticio. En lo que refiere a industria, las ventas se enfocan fundamentalmente en embotelladores, fabricantes de lácteos, productores de panificados y alimentos envasados y fabricantes de golosinas. En el azúcar de consumo masivo las ventas se canalizan a través de los distribuidores mayoristas de alimentos y las grandes cadenas de supermercados.

En el caso del alcohol, la Sociedad concentra sus ventas en las principales industrias licoristas establecidas en el mercado interno, aprovechando la ventaja competitiva que implica la alta calidad del alcohol que produce. El alcohol para combustibles es vendido a Bio Ledesma, que lo deshidrata y luego comercializa el total de su producción a las refinerías alcanzadas por el Plan de Biocombustibles.

En materia de exportaciones, Ledesma comercializa sus excedentes en los mercados cercanos (Chile, Uruguay), en Estados Unidos (a través de la así denominada “cuota americana” administrada por el Ministerio de Agricultura) y, ante la existencia de un posible remanente para exportar, éste es colocado en otros mercados internacionales. Las operaciones habitualmente son realizadas con compañías internacionales de trading de primer nivel.

Investigación y Desarrollo, Patentes, Licencias, etc.

Si bien el Grupo Ledesma no cuenta con un departamento dedicado exclusivamente a la investigación y desarrollo, ni asigna contablemente de una manera especial las erogaciones destinadas a este fin, la innovación y la búsqueda de la excelencia están siempre presentes entre las prioridades de la Dirección. Desde hace décadas se mostró el carácter innovador de los accionistas cuando se decidió producir papel de alta calidad a partir del bagazo de la caña, proceso que, incluso hoy, está poco extendido a nivel mundial.

La Emisora otorga un fuerte apoyo a la Asociación Civil Chacra Experimental Agrícola Santa Rosa a través de contribuciones anuales de fondos. Esta institución tiene como misión “desarrollar y transferir tecnología e innovación genética en caña de azúcar, focalizándose en los objetivos de los ingenios accionistas, de manera económica, ambiental y socialmente sostenible”.

Efectos de la Regulación Estatal

Desde diciembre de 2005 la Secretaría de Comercio Interior comenzó a implementar una política de regulación de precios del azúcar fraccionado. Esta situación continúa en la actualidad, aunque el cambio de autoridades

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económicas de fines del año 2013 trajo aparejada una nueva metodología de trabajo en el marco del programa “Precios Cuidados”.

Dicho programa está formado por un conjunto de acuerdos entre el Gobierno y distintas cadenas de supermercados, productores y proveedores que tiene como principal propósito la administración de precios.

La Emisora, en el negocio del azúcar, acordó con el Gobierno la inclusión en este programa del azúcar que produce y comercializa, en el segmento fraccionado, bajo las marcas Ledesma y Dominó.

El gobierno de Macri, que asumió en diciembre de 2015, prorrogó la vigencia del programa “Precios Cuidados” hasta el 6 de mayo del 2017, Ledesma aceptó dicha prórroga.

En abril de 2019 se lanza el programa de precios esenciales, orientado a proponer una canasta de productos básicos de consumo diario y que se diferencia del programa de precios cuidados. Ledesma participa con la marca Dominó durante todo el programa (abril a noviembre 2019)

En agosto 2019 el gobierno de Macri, mediante el DECTO-2019-567-APN-PTE - Canasta alimentaria, define quitar el IVA de una canasta básica de productos entre los que participa el Azúcar fraccionado x 1k. Este decreto concluye el 31/12/2019.

A partir de la finalización del DECTO-2019-567, la Secretaría de Comercio en reunión con la ASU, define trasladar solamente un 7% a la góndola en lugar de volver a hacerlo con el 21% (IVA). Esta política interviene directamente en el negocio de los comercios ya que el tributo real se mantiene en 21% por lo que genera una negociación entre comercios y proveedores, negociación en la cual ambas partes pierden rentabilidad para sostener el precio de góndola intervenido. Esta es una negociación aún vigente y sin resolución.

A partir de Enero 2020, con la finalización del DECTO-2019-567; el gobierno a través de la Secretaría de Comercio interior, congela los precios de 600 productos básicos, entre los cuales se encuentra la categoría completa de azúcar fraccionado de kilo, quedando así impactadas las marcas Ledesma y Dominó. Esta medida unilateral DECTO2020-100 obliga a los productores retrasados en la actualización de precios, a sentarse a negociar con los delegados de la Secretaría de Comercio Interior, de esta manera se plantea como única salida posible, la incorporación de las marcas Ledesma y Dominó, a un nuevo programa de precios cuidados. Este programa comienza a tener vigencia a partir del mes de Abril 2020 y se prorroga con ajustes de precio trimestrales, negociados entre Ledesma y la Secretaría de Comercio Interior.

Este programa mantuvo su vigencia hasta el 6 de Enero 2021 y fue renovado de forma automática, como única alternativa a la regulación de precios sostenida por el gobierno por medio de la Secretaría de Comercio Interior. El nuevo programa se mantendría con vigencia 7/1/2021 - 6/1/2022; pero el mismo fue intervenido el 15 de Octubre de 2021 bajo el Boletín Oficial RESOL-2021-1050, fecha en la cual debiera haberse impactado un aumento ya negociado con la Secretaría de Comercio Interior, dejándolo así sin efecto y congelando los precios hasta el 7/1/2022.

Otro sector en que la regulación estatal tiene un impacto importante sobre la economía azucarera es el de bioetanol combustible, ya que es el Estado, a través de la Secretaría de Energía, determina los cupos de entrega asignados a las distintas empresas productoras y fija los precios a través de fórmulas de cálculo establecidas oportunamente.

Gracias al incremento del corte obligatorio de mezcla de bioetanol en las naftas, de 10% a 12% decretado por el Poder Ejecutivo en febrero 2016, el gobierno incrementó los cupos de entrega de Bioetanol producido a partir de la caña de azúcar mediante Bio Ledesma S.A.

Este incremento resulta en una mejora en la rentabilidad del Negocio Azúcar y Alcohol ya que la mayor producción de alcohol necesaria para cumplir con el nuevo cupo se generará en detrimento de producción de azúcar que actualmente es destinada al mercado de exportación, mercado que en la actualidad es mucho menos rentable que el de bioetanol.

Por la disposición 87/2018 de mayo 2018 se determinó una nueva fórmula para calcular el precio de adquisición del Bioetanol. Se determinaron en la formula seis componentes (Costo Materia prima + Costo Mano de Obra + Insumos y Mantenimiento + Costo Gas natural + Amortización + Resto de Costos) para determinar el precio.

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La misma fue modificada en noviembre 2018 (Resolución 106/2018) y luego en mayo 2019 bajo la Disposición 81/19 que fijaba una nueva fórmula del precio del Bioetanol calculando el costo de la materia prima a partir del precio promedio histórico del azúcar CTA de los 12 últimos meses móviles). Con una inflación anual que ronda el 50%, el precio surgido de esta fórmula no permitiría cubrir los costos ni alcanzar la utilidad razonable que las leyes 26.093 y 26.334 - marco jurídico del Régimen Promocional de los Biocombustibles - garantizan a las empresas productoras de bioetanol de caña de azúcar. A partir de esta situación, se procedió a interponer acciones legales en contra del Estado Nacional en la Justicia Federal.

Durante el primer semestre del ejercicio 19/20, la fórmula entró en vigencia, ajustando el precio (aunque de manera insuficiente) y publicándolo en forma mensual, de acuerdo a lo establecido por la ley. Los meses posteriores la situación se agravó llevando al sector de Biocombustibles a su peor situación desde que la ley entrara en vigencia. Por un lado, el gobierno dejó congelado el precio de diciembre hasta el final del ejercicio 19/20, llevando el precio real del etanol a valores por debajo del mercado internacional y del costo de producción.

Durante los primeros cinco meses del presente ejercicio el precio siguió congelado a valores del diciembre 19, ajustando solo un 10% en los últimos dos meses del año. Luego, tras un acuerdo de sector con la Secretaría, en diciembre 2020 se otorgaron incrementos de precios mensuales hasta Mayo 2021 recuperando valores similares a la última formula de precios vigente. Otro factor importante fue la caída en las entregas de Bioetanol durante el ejercicio, producto de la cuarentena donde se observó un menor consumo de Naftas que el año anterior. La caída del consumo fue del 10% vs el ejercicio 19-20.

A la fecha de emisión de este Prospecto, el Congreso Nacional aprobó una nueva ley de Biocombustibles con una vigencia de 10 años que mantiene el mismo corte del 6% para el Bioetanol de Caña de azúcar. Respecto al precio, se está discutiendo una nueva fórmula de ajuste que logre darle previsibilidad al sector.

Cumpliendo con la regulación vigente en la materia, Ledesma se encuentra inscripta ante el Registro Nacional de Precursores Químicos dado el tipo de sustancias involucradas en la producción y comercialización de esta línea de negocio.

Por su parte, la Emisora cuenta con el reglamentario Certificado de Aptitud Ambiental para la producción, cosecha y transporte de caña de azúcar, así como también para la elaboración y refinación de azúcar y alcohol. Tal certificado es aplicable a sus actividades realizadas en el territorio de la provincia de Jujuy.

Para mayor información sobre las instalaciones y plantas en operación en relación a este negocio, véase el apartado “Activos fijos y sucursales de la emisora”.

Negocio Papel

En el siguiente cuadro se muestra la evolución de la producción de este segmento en los últimos tres ejercicios:

Producto (en toneladas)
2018-2019
2019-2020 2020-2021
Conversiones Papel 102.681 89.748 82.255

Fuente: información interna de la Emisora.

Ledesma fabrica papel de alta calidad a partir de la fibra de caña de azúcar, tanto en papeles blancos como en papeles naturales. Este proceso está poco extendido a nivel mundial, ya que solo lo lleva a cabo un pequeño número de empresas.

Líneas de productos

En el segmento papelería comercial y escolar, por el lado de la papelería comercial la Sociedad vende principalmente resmitas con la marca Autor, Visión, Punax y Ledesma NAT con diferentes gramajes. Estas resmitas se utilizan principalmente para fotocopias, duplicación e impresión. En cuanto a la papelería escolar, Ledesma produce cuadernos, repuestos y blocks con las marcas Éxito, Gloria, Avon, Executive, Essential, Desing, Classic, Quinquela, Línea 16, +Bio y Ledesma NAT.

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Por otra parte, el segmento de insumos para el sector gráfico y convertidor, Ledesma ofrece su Papel Obra con la marca Visión. Los clientes de la Emisora son empresas del sector gráfico y convertidores de papel.

Y a partir del ejercicio 2019-2020 se sumaron los papeles para embalaje.

Principales mercados. Caracterización del sector papelero

El mercado de papel de impresión y escritura a nivel mundial se encuentra en retroceso desde hace algunos años. Los cambios de hábitos de consumo por el avance de la tecnología (digitalización de la información y consolidación de los e-books en un 20% en los mercados como EE.UU.) han profundizado este proceso. Sin embargo, en el ámbito regional y, particularmente en el nacional, el consumo per cápita de estos papeles es aún marcadamente menor que en los países desarrollados, dejando margen para expandir el consumo por habitante, acompañando la incorporación de nuevos consumidores a la clase media en estos países, como pasó en el 2019 en Colombia, Perú y Chile.

Por otra parte, el sector de celulosa y papel viene siendo afectado por campañas de concientización contra el cambio climático que entre otras cuestiones buscan proteger los bosques, fomentando la reducción del consumo de papel. Esta tendencia podría transformarse en una oportunidad para los fabricantes que cuenten con alguna característica especial (fibras alternativas es decir no forestales) en sus procesos y productos que puedan ser valoradas por los potenciales consumidores. Este es el caso de Ledesma que, por el origen de su fibra y su certificado de producto Proyunga, tiene una oportunidad de posicionar sus productos apuntando a la producción responsable y al cuidado del medio ambiente.

Desde el punto de vista de la oferta del mercado y la competencia, Ledesma enfrenta situaciones muy distintas en los distintos segmentos y subsegmentos de mercado en los que participa.

En papel obra, además de las tres fábricas locales (Ledesma, Celulosa, Papelera de Tucumán), tienen presencia los papeles de origen brasileño.

Para las líneas de artículos de librería existe una mayor cantidad de competidores locales, ya que las barreras industriales de entrada son muy inferiores y existe una amplia disponibilidad de la materia prima principal, el papel obra. Sin embargo, cada país consume en este segmento productos de formatos y apariencias completamente distintas entre ellos, con lo cual se hace complejo la importación de productos de librería de otros mercados. Además, al ser un negocio de consumo, las marcas juegan un rol determinante y no todos los fabricantes han logrado desarrollar marcas apreciadas por los consumidores. El excelente posicionamiento de Éxito, principalmente, y de Gloria y Avon juegan un rol central para el desempeño de Ledesma en este mercado. Un hecho destacable es la incorporación durante el año 2019 de una línea completamente innovadora, de más de 8 productos para diferentes consumidores, bajo la marca Ledesma NAT. Esta línea está completamente alineada con la creciente demanda de productos aún más amigables con el medio ambiente.

Por otro lado, el desarrollo de papeles para embalaje certificados para contacto con alimentos, incluyendo Ledesma NAT, permite a Ledesma acompañar el crecimiento del uso de este tipo de papeles en virtud del aumento del e- commerce.

Participación en los distintos mercados

En el mercado de papelería comercial, Ledesma es el líder de ambos mercados: resmitas y papelería escolar.

A fin de seguir consolidando ese liderazgo, Ledesma lanzó en octubre de 2018 una nueva marca de resmitas, PUNAX, la cual ofrece al mercado un producto con una muy buena relación precio/calidad. Este lanzamiento sigue mostrando un desarrollo sumamente exitoso. Hoy esta marca representa el 31% del volumen total de ventas de la Emisora con una sola presentación (resmitas A4 75gramos).

La línea de productos escolares GLORIA, que ofrece a los consumidores una propuesta que se ajusta a sus necesidades económicas, siguió mostrando ser la marca líder con la mejor relación precio/calidad en su segmento.

Ledesma, a pesar de la pandemia, continuó desarrollando la nueva línea Ledesma NAT. Toda esta línea está confeccionada a partir del nuevo papel natural que resalta la fortaleza de Ledesma de fabricar papel 100% de fibra de caña de azúcar, o sea 0% fibra de árbol. Y el otro factor innovador y diferenciador en su fabricación es que no

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utiliza productos químicos para su blanqueo, por eso es papel natural. Es un papel TCF (Total Cloro Free) por contener 0% de blanqueadores químicos.

La estrategia definida para este nuevo papel natural, Ledesma NAT, es ofrecer tanto al mercado local como a los mercados externos, una línea completa de productos con este nuevo concepto. A los productos desarrollados para el sector corporativo (resmitas) y el educativo, Ledesma sumó dentro de este concepto durante el ejercicio 201920, papel en formato hojas y bobinas para el sector gráfico y editorial.

Ventas de los últimos ejercicios

El siguiente cuadro muestra la evolución de las ventas del Negocio Papel en los últimos tres ejercicios:

Ingresos Negocio Papel (millones de pesos) Ingresos Negocio Papel (millones de pesos) Ingresos Negocio Papel (millones de pesos)
(*) Mercado Interno **Exportación ** Total Negocio
2018-2019
2019-2020
2020-2021
6.210
7.511
9.820
880
1.013
1.171
7.090
8.524
10.991

(*) Ajustado por Inflación Fuente: información interna de la Emisora.

Estacionalidad

Las distintas líneas de negocio presentan características específicas de estacionalidad. Los papeles e insumos para el sector gráfico se venden en forma estable durante todo el año, con una pequeña reducción en la actividad en los meses de enero y febrero.

De manera similar, la demanda de resmitas no presenta variaciones significativas en el transcurso del año calendario; si bien, tal como ocurre con los papeles e insumos para el sector gráfico, su consumo se reduce durante el verano por el efecto de las vacaciones y su demanda evidencia un leve pico de ventas en el período marzo-mayo.

El consumo de artículos de librería (cuadernos, repuestos y blocks) se ve afectado por una mayor estacionalidad. Si bien se concretan ventas durante todo el año calendario, las ventas de los minoristas al consumidor final están principalmente concentradas al inicio del ciclo escolar, es decir, en el período comprendido entre fines de febrero y principios de marzo.

Teniendo en cuenta el plazo de comercialización previo que se requiere para que los productos sean adquiridos por los comerciantes minoristas, la temporada escolar a nivel mayorista comienza en los meses de septiembre y octubre, a partir de lo que en el sector papelero se conoce como “pre-temporada”. En el transcurso de esta pre-temporada, normalmente ocurren acciones de venta anticipada que tienen como objetivo incentivar el inicio de la temporada propiamente dicha.

Materias Primas

La principal materia prima del Negocio Papel es la fibra de la caña de azúcar (llamada técnicamente bagazo), que es un residuo de la producción de azúcar. El hecho de utilizar fibra de caña de azúcar para la producción de celulosa, en lugar de quemarla en las calderas, implica que Ledesma debe adquirir gas para satisfacer las necesidades energéticas de su complejo agroindustrial (en lugar de autoabastecerse como otros ingenios). Es por esto que se puede considerar que, tanto directa como indirectamente, el gas es un insumo de la producción de papel, sin perjuicio de que el programa de biomasa apunta a sustituir este insumo con resultados promisorios.

Ledesma utiliza un porcentaje de fibra forestal en algunos tipos de papel que fabrica, aunque en un bajo porcentaje. Además tiene la certificación del Forest Stewardship Council AC (FSC AC), por medio de la cual se compromete a adquirir fibra forestal derivada de bosques que cumplan con la cadena de custodia ecológica para el desarrollo de una gestión forestal sustentable.

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Ledesma ha venido realizando, con la reducción en la utilización de estas fibras forestales, un cambio estratégico en su negocio que ya se puede ver en algunos de sus papeles (Ledesma NAT y Punax) que son 100% de fibra de caña de azúcar. Esto ha generado beneficios en la reducción de costos, y a su vez, potenció su factor diferenciador de comercializar papeles de fibras alternativas.

Asimismo, el negocio comercializa los productos electrolíticos excedentes que se producen en la planta de electrólisis. Los productos comercializados son los siguientes: hipoclorito de sodio, ácido clorhídrico, soda cáustica y cloro líquido. La comercialización de estos productos ha tenido un mayor desarrollo en los últimos cuatro ejercicios, logrando resultados económicos crecientes. Esto se ha logrado en virtud de que la fábrica de papel ha mejorado sus consumos específicos de estos productos, liberando más de éstos para su comercialización. Por otro lado, el desarrollo de una estrategia comercial más sofisticada ha permitido crecer en cantidad de clientes, y por ende crecer en la utilización de la capacidad instalada. También esta nueva estrategia comercial ha permitido crecer en los márgenes de comercialización de productos electrolíticos (PPEE).

La Sociedad no ha tenido dificultades para adquirir estas materias primas tanto nacionales como importadas en los últimos años En esos casos la Sociedad debe utilizar bagazo o malhoja para reemplazar el gas en sus calderas.

Certificaciones

El Negocio Papel cuenta con un número importante y diverso de certificaciones. Las dos plantas de papel cuentan con los sistemas de gestión de calidad ISO9001 en la última versión 2015. La planta de cuadernos también posee el certificado ambiental ISO14000. Son certificaciones auditadas anualmente por la firma Det Norske Veritas – GL.

En cuanto a seguridad de las personas y patrimonial, las plantas cuentan con el programa de Control de Pérdidas de DNV, empresa dedicada a la prestación de servicios de manejo de riesgos. Además, el Negocio Papel cuenta con el sello FCA ProductoYungas (Fibra Celulósica Alternativa) otorgado por la Fundación ProYungas y auditado anualmente por el IRAM. Como en algunos papeles se incorpora una cantidad acotada de fibras de origen maderero, se mantiene una cadena de custodia FSC (CoC FSC) certificada por la firma internacional SCS Global Services.

A la existente verificación del cálculo de huella de carbono de los papeles para uso de oficina (Autor, Punax, Executive) y su catalogación como Green Products en el sitio de SCS, se sumó la determinación de la huella de carbono de la nueva resma Ledesma NAT, que llegó a un valor casi neutro -0,18 kg de dióxido de carbono (CO2) por resma de 75 gramos-. Un valor totalmente amigable con el medio ambiente y alineado con la tendencia de los consumidores que buscan ayudar a reducir el cambio climático.

Durante el ejercicio 2020-21 se sumó el certificado de contacto secundario con alimentos para los papeles liner fabricados para la marca Ledesma NAT en la planta de Jujuy.

El Negocio Papel también logró certificar la nueva Norma IRAM 3133 que aplica a los cuadernos, y también certificó la Norma IRAM 3134 relacionada a papeles sin proceso de blanqueo que aplica a la línea Ledesma NAT.

Política Comercial

En términos generales la distribución de los productos de la Sociedad varía mucho de acuerdo al segmento de mercado. Es por eso que, si bien existen algunos casos donde algún canal de distribución se comparte entre los dos segmentos, estas son excepciones muy puntuales.

Segmento Gráfico y Convertidor Papelero

Los papeles que Ledesma fabrica y comercializa en este segmento tienen como destino final la confección de trabajos gráficos tanto de uso comercial (catálogos, sobres, facturas, remitos) como de uso editorial. Si bien dentro del sector gráfico y convertidor papelero existen grandes compañías (algunas multinacionales), el sector está mayormente compuesto por un gran número de Pequeñas y Medianas Empresas (“PYMES”).

La Emisora comercializa sus productos en forma directa a grandes clientes gráficos y editoriales y, además, a distribuidores que proveen a clientes más pequeños.

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A su vez Ledesma, a través de su distribuidora Castinver, ofrece un porfolio de productos para este sector. Y a partir de mayo de 2020 comenzó a comercializar los nuevos papeles para embalaje producidos por Ledesma. Esta nueva línea de papeles para embalaje ha permitido sumar más de 120 clientes nuevos que valoran la calidad de impresión y el comportamiento en máquina de esta línea de productos.

Segmento de papelerías escolares y comerciales

Por su parte, en el negocio de papelerías comerciales y escolares, los productos que la Sociedad fabrica están orientados al consumidor final tanto en el ámbito escolar y universitario (cuadernos, repuestos, blocks, etc.), como en el profesional y comercial (resmitas, cuadernos).

La comercialización de estos productos presenta un alto grado de complejidad, tanto desde el punto de vista del consumidor al que se apunta (distintos segmentos de mercado) como en cuanto al surtido que se ofrece. Todo esto obliga a utilizar más canales de distribución.

La Sociedad cuenta con una red de distribución a nivel nacional compuesta por más de 100 distribuidores y mayoristas.

Uno de los pilares de Ledesma para el segmento escolar es la forma de fabricar el papel, se realiza en base de fibra de caña de azúcar, un recurso natural y renovable anualmente. Se fija una estrategia de comunicación para potenciar este atributo diferencial tanto con la certificación de Producto Yunga-FCA (Fibras Celulósicas Alternativas) como con programas en escuelas y colegios sobre cómo se hace el papel o cómo cuidar el agua, la luz y el medio ambiente.

Se continuó con el programa de capacitaciones en las escuelas y colegios sobre la forma en que se produce el papel. En el ejercicio 2020-21 se dieron charlas a más de 27.816 chicos y sus 1.675 docentes en 201 establecimientos educativos de AMBA. Esta estrategia se adaptó a partir de mayo de 2020 a la modalidad de capacitación virtual, permitiendo llegar con esta herramienta de posicionamiento de las marcas y del concepto papel de caña de azúcar al interior del país. Hoy el 50% de las capacitaciones virtuales son a docentes y alumnos del interior.

Efectos de la Regulación Estatal

En cumplimiento de la regulación vigente en la materia, la Emisora cuenta con el correspondiente Certificado de Aptitud Ambiental para la fabricación de papel. Tal certificado es aplicable a sus actividades realizadas en el territorio de la provincia de Jujuy.

Asimismo, Ledesma se encuentra debidamente inscripta en el Registro Provincial de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos de San Luis como consecuencia de sus operaciones de fabricación de cuadernos y repuestos en la localidad de Villa Mercedes, provincia de San Luis.

Para mayor información sobre las instalaciones y plantas en operación en relación a este negocio, véase el apartado “Activos fijos y sucursales de la emisora” .

Negocio Frutas y Jugos

En el siguiente cuadro se muestra la evolución de la producción de este segmento en los últimos tres ejercicios:

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(*) Incluye fruta comprada en packing de Ingenio Tn: Toneladas Fuente: información interna de la Emisora

El Grupo Ledesma posee en la actualidad un área destinada a la producción de frutas que alcanza las 2.800 hectáreas, distribuidas entre las provincias de Jujuy y Salta. Allí desarrolla el cultivo de naranjas, pomelos y limones que se complementa con sus dos plantas de empaque y la fábrica de jugos concentrados y aceites esenciales. La totalidad de su proceso productivo está certificado bajo el protocolo “Global G.A.P.”, imprescindible para mantener la competencia en un mercado que demanda alineación internacional.

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El Grupo Ledesma es el primer productor y exportador de naranjas de la Argentina y continúa creciendo en su volumen de producción y de exportación año tras año. Por ser líder y tener marcas reconocidas a nivel nacional y mundial, Ledesma comercializa productos de terceros, provenientes de las provincias de Jujuy, Salta y Tucumán, aplicando los mismos niveles de control y exigencias de sanidad y calidad que para la fruta de producción propia.

Líneas de Productos

Fruta fresca : Ledesma cultiva y comercializa naranjas y limones. El mercado objetivo es el de exportación, principalmente a Europa y recientemente se incorporó el de Estados Unidos para la exportación de limón. Aquella fruta que no cumple con estándares para ser exportada es comercializada en el mercado interno o transformada en jugo concentrado y aceite esencial. El proceso de empaque cuenta con certificación ISO 9001.

Jugos y aceites esenciales : Ledesma produce y comercializa jugos concentrados de naranja, pomelo y limón, adecuando sus características especiales para cada cliente. Además, de la cáscara de la fruta se extraen aceites esenciales. El jugo de pomelo y naranja se comercializa principalmente en el mercado interno, mientras que el jugo de limón tiene como principal mercado el de exportación. La planta de jugos y aceites cuenta con certificación BRC (British Retail Consortium) de Seguridad Alimentaria.

Principales Mercados

Ledesma participa en el mercado interno y de exportación de fruta fresca y en el mercado industrial de jugos y aceites, tanto local como internacional.

En el ejercicio cerrado en mayo de 2021 la Sociedad produjo un total de 64.819 toneladas en fincas propias y se adquirieron 14.213 toneladas a terceros.

En la planta de jugos concentrados se procesaron, además de la fruta de producción propia, 14.213 toneladas de fruta adquirida a terceros, lo que permitió un mejor aprovechamiento de la capacidad instalada. Se produjeron 4.888 toneladas de jugos concentrados y 375 toneladas de aceites esenciales. Adicionalmente se compraron 2.293 tn. de jugo concentrado.

Tanto el mercado local como el internacional de fruta fresca se encuentran fuertemente atomizados, por lo que la Emisora no tiene participación significativa en ninguno de ellos. Lo mismo sucede con el mercado internacional de jugos concentrados. Aunque es de destacar que Ledesma es el primer exportador de Cítricos de la Argentina, en términos de volumen.

Por otra parte, la Emisora tiene una participación importante en los mercados locales de jugos concentrados de naranja y pomelo (30% y 35% respectivamente). El principal competidor de la Emisora en estos mercados es Litoral Citrus S.A.

Desde el punto de vista de los mercados, en el caso de la fruta fresca, se presenta una campaña bastante compleja para la naranja Valencia, dado que la fruta del Hemisferio Norte terminará más tarde, lo que acorta la ventana comercial y la demanda se espera relativamente tranquila, bastante más baja que durante el excepcional 2020. En el caso del limón, los excesos de oferta se repetirían este año, con los principales mercados muy abastecidos y con precios competidos.

En el mercado de productos industriales, jugos, se nota una recuperación del mercado interno, luego de 3 años de caída. En el mercado externo, se espera una cosecha menor de Naranjas (Brasil) mejorando las perspectivas de precios y una gran cosecha de Limones (Argentina), que afectan negativamente la comercialización de jugos concentrados de limón.

El siguiente cuadro muestra la evolución de las ventas de cada uno de los productos, distinguiendo las ventas locales y ventas al exterior:

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(*) Ajustado por Inflación Fuente: información interna de la Emisora

Estacionalidad

La producción de cítricos es fuertemente estacional. Debido a que los productos son perecederos las ventas se realizan casi en simultáneo a la cosecha, que tiene lugar entre los meses de marzo y octubre.

En lo que respecta al mercado de jugos y aceites, la producción también es estacional pero la comercialización es constante durante todo el año dado que los productos se comercializan congelados y pueden almacenarse hasta dos años.

Materias Primas

Ledesma cultiva y produce en campos propios la mayor parte de los frutos y productos que comercializa dentro del Negocio de Frutas y Jugos, lo que lo convierte en un negocio intensivo en mano de obra. Debido a esto, la Emisora no depende de la adquisición de grandes cantidades de materias primas y, por lo tanto, no enfrenta grandes riesgos asociados a la volatilidad de los precios de éstas.

Las principales materias primas adquiridas por la Emisora para este negocio son fertilizantes, envases y fruta para reventa o para la producción de jugos y aceites. La Sociedad no ha experimentado inconvenientes para adquirir estos productos en el pasado.

Política Comercial

Ledesma abastece a las más importantes cadenas de supermercados en forma directa y a los principales centros de consumo de Argentina a través de su red de mayoristas.

El principal destino de exportación de frutas frescas de la Emisora es la Unión Europea, con crecientes envíos a Europa Oriental, Medio Oriente, Sudeste Asiático, Sudamérica y Norteamérica. La mayor parte de estas exportaciones se realiza mediante ventas directas a los importadores del exterior.

Los productos industriales (jugos y aceites) en su gran mayoría se comercializan en venta directa a fabricantes de bebidas, blenders y elaboradores de sabores y fragancias, tanto en el mercado interno, como en el mercado de exportación. Los principales destinos de las exportaciones de jugos y aceites de la Sociedad son Europa, Israel y Norteamérica.

Para mayor información sobre las instalaciones y plantas en operación en relación a este negocio, véase el apartado “Activos fijos y sucursales de la emisora”.

Efectos de la Regulación Estatal

En cumplimiento de la regulación vigente en la materia, la Emisora cuenta con su Certificado de Aptitud Ambiental para la producción de frutas cítricas y no cítricas, la elaboración y envasado de frutas y la elaboración de jugos o concentrados de frutas. Tal certificado es aplicable a sus actividades realizadas en el territorio de la provincia de Jujuy.

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Asimismo, la subsidiaria Ledesma Frutas S.A.U. cuenta con la correspondiente habilitación del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) por sus actividades en la provincia de Salta vinculadas con el empaque de frutas.

Negocio Agropecuario

En el siguiente cuadro se muestra la evolución de la producción de este segmento en los últimos tres ejercicios:

Producto(en toneladas) 2018 - 2019 2019 - 2020 2020 - 2021
Granos
Hacienda
161.922
3.702
156.037
4.837
115.934
4.481

Fuente: información interna de la Emisora

Ledesma produce granos y ganado bovino. La mayor parte de la producción se lleva a cabo en cuatro establecimientos que son de propiedad de la Sociedad y están situados en las provincias de Buenos Aires y Entre Ríos. La Sociedad cuenta con un total de 49.148 hectáreas propias.

Principales Mercados

Los principales mercados de carnes y granos son la Unión Europea y China.

El siguiente cuadro muestra la evolución de los ingresos del Negocio Agropecuario durante los últimos tres ejercicios:

Ingresos Negocio Agropecuario(millones de Ingresos Negocio Agropecuario(millones de Ingresos Negocio Agropecuario(millones de pesos)
(*) Granos Hacienda Total Negocio
2018 - 2019
2019 - 2020
2020 - 2021
886
1.981
2.444
236
412
1.449
1.122
2.393
3.893

(*) Ajustado por inflación. Fuente: información interna de la Emisora

Estacionalidad

La actividad de producción de granos que desarrolla la Sociedad está afectada por la estacionalidad de cada uno de sus cultivos, que deben ser sembrados y cosechados en distintas épocas dentro de un mismo año calendario, dependiendo de sus necesidades de humedad y temperatura.

Por ejemplo: el trigo debe sembrarse entre los meses de mayo y julio y cosecharse en el mes de diciembre; el maíz debe sembrarse entre los meses de agosto y diciembre y cosecharse entre los meses de marzo y agosto; y la soja debe sembrarse entre los meses de octubre y diciembre y cosecharse entre los meses de abril y junio.

Si bien la Sociedad cuenta con instalaciones para almacenar parte de su producción, las ventas son mayores en los meses posteriores a la cosecha.

Materias Primas

Los principales insumos utilizados son fertilizantes, agroquímicos y semillas. Si bien una porción de dichos fertilizantes es importada (fosforados) y los demás son adquiridos en el mercado interno (nitrogenados), en ambos casos dependen de precios internacionales, aunque pueden ser influenciados por políticas estatales. Dado que los precios de dichos productos suelen cotizar con referencia al dólar, y en consecuencia se ven afectados por las fluctuaciones de dicha moneda, su precio puede tener cierta volatilidad de un año a otro.

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Los agroquímicos utilizados por la Sociedad son en su mayoría importados, algunos en su totalidad y otros en sus principios activos para luego finalizar su producción en el mercado interno. Debido a estas circunstancias, dichos agroquímicos se ven afectados por las mismas fluctuaciones que los fertilizantes.

En cuanto a las semillas, de la totalidad del volumen requerido, una porción de autógamas (trigo y soja) es obtenida a través de cultivo propio de la Sociedad, por la cual se pagan regalías a los semilleros; mientras que el resto debe ser adquirido a terceros (maíz). La Sociedad también lleva adelante el cultivo de semillas de soja para terceros por el cual se factura un servicio de multiplicación y servicio de riego, en donde hay este tipo de instalaciones.

La Sociedad no ha experimentado dificultades para acceder a ninguna de estas materias primas clave para llevar adelante esta actividad.

Política Comercial

La Sociedad vende su producción exclusivamente en el mercado interno, a pesar de que muchos de sus productos son finalmente exportados por terceros. Las ventas de granos se realizan de forma directa o a través de corredores a exportadores y a consumidores locales. Por su parte la venta de ganado para faena se realiza tomando como referencia el Mercado de Liniers y la de reproductores se efectúa tanto de forma directa como a través de consignatarias.

Regulación Estatal

Si bien los mercados de granos tienen un componente local, históricamente han estado fuertemente influenciados por los mercados internacionales.

A finales del gobierno de Mauricio Macri las alícuotas de retenciones eran de 24,7% para la soja y 6,7% en el caso de los cereales, con un tope de retención de 4 pesos por dólar exportado. Una vez que asumió la presidencia Alberto Fernández, el tope fue eliminado y soja pasó a tributar un 30% y maíz y trigo un 12%. Luego, en marzo pasado, el Gobierno le sumó 3 puntos más a la oleaginosa y provocó un cese de comercialización de granos y hacienda por parte de un sector de la Mesa de Enlace.

En octubre de 2020 y en medio de la pandemia del coronavirus, el gobierno lanzó un paquete de medidas económicas que incluía una baja temporaria de retenciones a las exportaciones del complejo sojero por tres meses. Esa reducción finalizó el último día de 2020 y no se renovó.

En el caso del poroto de soja en octubre 2020 tributó una retención del 30%, en noviembre del 31,5%, en diciembre del 32% y a partir del 1° de enero de 2021 volvió al 33%. Para los subproductos de la oleaginosa, entre los cuales la harina y el aceite se destacan por su peso, la alícuota pasa del 27-28% en octubre al 30-31% en enero de 2021, restableciéndose el diferencial entre los despachos de materia prima y los que tienen algún procesamiento, algo que siempre fue rechazado por el sector primario.

Esta discriminación impositiva para el sector agropecuario, cuyos precios define la exportación, impacta enormemente en la rentabilidad, pues se conjuga con un tipo de cambio artificialmente bajo debido al cepo cambiario y bajos precios internacionales debido a una sobreproducción de granos y a la política estatal china de no financiar la compra de carne vacuna de importación limitando la demanda. El efecto del COVID 19 que cerró el mercado europeo afectó sensiblemente el precio de los cortes de calidad pero ya a mediados de 2020 este mercado y el chino se han recuperado.

Eventos importantes en el desarrollo de los negocios de la Sociedad

Glucovil. Venta del 30% del paquete accionario a Cargill

En marzo del año 2009, el negocio de molienda húmeda de Ledesma comenzó a operar a través de Glucovil Argentina S.A., que tiene como base la fábrica Glucovil ubicada en Villa Mercedes, provincia de San Luis. En el mes de mayo de 2009, Cargill, a través de su subsidiaria Corn Milling S.R.L., adquirió el 30% de la nueva sociedad desembolsando un total de 36,1 millones de dólares. Esta inversión permitió ampliar la capacidad de producción de la planta en un 70% y así lograr satisfacer la mayor demanda de clientes domésticos y de mercados de exportación. Esta alianza estratégica ha generado grandes sinergias ya que permitió potenciar el conocimiento de Ledesma del mercado argentino y la experiencia de Cargill como líder mundial del mercado de derivados del maíz.

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En mayo del año 2018, Ledesma vendió el 40% de las acciones de Glucovil Argentina S.A. a Cargill. De esta manera, se inviertía la participación accionaria que se estableció en la creación del joint venture, Ledesma conservaba un 30% y Cargill poseía el 70% restante.

En octubre del 2020, Ledesma aceptó la oferta de compra de Cargill sobre la totalidad de su participación en Glucovil Argentina S.A., que era el 30% de las acciones. De este modo, Ledesma concentrará sus esfuerzos en reforzar el crecimiento de sus negocios estratégicos, y Cargill queda como única propietaria de Glucovil.

Cambios en el modelo de negocio en papel.

Después de varios años de magros resultados en el segmento de encapado, en octubre del 2019 Ledesma cerró su planta productora de papel encapado ubicada en la ciudad de San Luis. La decisión fue tomada con el objetivo de adaptar la oferta de productos papeleros a la nueva realidad de la demanda de papeles, que está siendo afectada por el avance de la digitalización.

La decisión de cerrar la planta de encapado se complementó con la inversión en una nueva línea de conversión en resmitas que permitirá elevar la capacidad total anual de producción de 70.000 a 95.000 tn, el monto de la inversión será de aproximadamente USD 5.000.000.

En simultáneo con el lanzamiento de esta inversión, durante el 2019 se lanzó una nueva línea de productos sustentables dentro de los cuales se destacan las resmitas marca NAT, producidas 100% a partir de caña de azúcar y sin el uso de productos químicos en el proceso de blanqueamiento. Si bien es un mercado a desarrollar, la empresa proyecta colocar la mayor parte de dicho producto en los mercados de exportación de USA y Europa.

Por otro lado, Castinver, la distribuidora de Ledesma continuará comercializando papel encapado dentro del país con la marca actual Ilusión y sumará una nueva alternativa llamada Ilusión plus, ambos de origen importado, a fin de seguir abasteciendo al mercado gráfico local.

Durante el ejercicio 2020-2021, el Negocio Papel enfrentó dos hechos extraordinarios de fuerte impacto en su desarrollo: el impacto de la pandemia de COVID-19 tanto desde lo operativo como desde el consumo de sus productos; y un incendio en un sector de la máquina de papel que mantuvo inactiva la planta por 52 días hasta el reinicio de la producción.

Siniestro de la planta de papel

Durante la noche del 23 de diciembre del 2020, se produjo un incendio en un sector de la planta de papel, que fue controlado por nuestro cuerpo de bomberos y el equipo de brigadistas de Papel que la compañía capacita cada año para estas eventualidades. No hubo heridos, la planta está asegurada dentro de la póliza de todo riesgo operativo de la compañía y en la actualidad se están llevando adelante las gestiones para el recupero de los gastos de reparación incurridos.

En febrero, luego de 56 días y de un intenso trabajo de reacondicionamiento, la fábrica retomó la producción de papel.

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II. FACTORES DE RIESGO

Invertir en las Obligaciones Negociables a emitirse en el marco del Programa implica riesgos. Antes de adoptar una decisión de inversión, los eventuales inversores deberán considerar los riesgos descriptos a continuación y los descriptos en el respectivo Suplemento de manera cuidadosa, en caso de informarse allí riesgos adicionales. La actividad de la Emisora, su situación patrimonial y financiera y los resultados de sus operaciones podrían verse afectados de manera adversa y grave por cualquiera de estos riesgos. El precio de negociación de las Obligaciones Negociables a emitirse en el marco del Programa podría verse afectado debido a cualquiera de estos riesgos, pudiendo los inversores perder todo o parte de su inversión. Los riesgos descriptos a continuación, y los descriptos en el respectivo Suplemento, en su caso, son riesgos de los que la Emisora tiene conocimiento en la actualidad y considera que pueden afectar de forma sustancial a ésta y a quienes inviertan en las Obligaciones Negociables a emitirse en el marco del Programa. La Emisora puede estar expuesta a riesgos adicionales que no son de su conocimiento a la fecha del presente o a otros riesgos que hoy no considera sustanciales pero que podrían afectar a su actividad en el futuro.

Asimismo, las operaciones e ingresos de la Emisora están sujetos a riesgos como resultado de cambios en las condiciones competitivas, económicas, políticas, legales, regulatorias, sociales, industriales, de negocios y financieras propias, como del contexto en el que desarrolla su actividad. Los inversores deberán considerar estos riesgos de manera cuidadosa.

I. FACTORES DE RIESGO RELACIONADOS CON ARGENTINA

Introducción

Ledesma es una sociedad anónima constituida en la Argentina. Prácticamente la totalidad de sus operaciones, activos y clientes, se encuentran en Argentina y como resultado de ello, su situación financiera y los resultados de sus operaciones dependen en gran medida de las condiciones macroeconómicas, políticas y regulatorias imperantes en ese país. Las medidas del Gobierno Argentino (el “Gobierno”) en relación con la economía, incluyendo medidas respecto de la inflación, el endeudamiento público, las tasas de interés, los precios, las importaciones, las regulaciones cambiarias, los impuestos, las retenciones y los subsidios a los servicios públicos, entre otras cuestiones, han tenido y podrían seguir teniendo un efecto significativo sobre las entidades del sector privado, incluyendo a la Emisora y sobre los precios y rendimientos de los títulos valores, incluidas las Obligaciones Negociables. No es posible garantizar que en el futuro los acontecimientos económicos, políticos y sociales que ocurran en Argentina, sobre los que la Emisora carece de control, no afectarán negativamente sus negocios, su situación financiera o el resultado de sus operaciones, sus perspectivas o su capacidad para cumplir con sus obligaciones en general y en particular bajo las Obligaciones Negociables.

Los negocios de la Emisora dependen en gran medida de las condiciones políticas y económicas de la Argentina.

La economía argentina ha experimentado una significativa volatilidad en las últimas décadas, incluyendo diversos períodos de crecimiento alto, de crecimiento bajo e, incluso, de contracción económica. En consecuencia, los negocios y operaciones de la Emisora, han resultado y pueden en el futuro continuar siendo afectados y en distinta medida por acontecimientos económicos y políticos; y otros hechos significativos que afectan la economía argentina, como: la inflación, las crisis bancarias, los controles de precios, los controles de cambio; las variaciones en los tipos de cambio de monedas extranjeras y las tasas de interés, las políticas de gobierno relacionadas al gasto e inversión, el aumento de impuestos nacionales, provinciales o municipales y otras iniciativas que incrementen la participación del gobierno en la actividad económica, los disturbios civiles y las preocupaciones de seguridad locales.

De acuerdo con cifras revisadas publicadas por el INDEC, el Producto Bruto Interno (PBI) disminuyó 5,9% en 2009. En 2010 y 2011, el PBI creció a 10,1% y 6,0% respectivamente, y disminuyó 1,0% en 2012, creció 2,4% en 2013, se contrajo 2,5% en 2014, volvió a crecer 2,6% en 2015, disminuyó 2,2% en 2016, y creció 2,9% en 2017, volvió a disminuir 2,5% en 2018, 2,2% en 2019 y 9,9% en 2020. Por último, según las últimas cifras publicadas por el INDEC, la estimación preliminar del PBI, en el tercer trimestre de 2021, muestra un crecimiento de 11,9% con relación al mismo período del año anterior.

Asimismo, cabe destacar que, al estancamiento de la economía argentina se suma un contexto de crisis internacional como consecuencia de la pandemia del Covid-19. En el marco de la actual pandemia del COVID-19, el relevamiento sobre expectativas de mercado elaborado por el Banco Central en diciembre de 2021, denominado

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REM, estima, para 2022, una inflación minorista del 54,8% y espera una recuperación del PBI real para el 2022 del 2,9%.

Por su parte, el Fondo Monetario Internacional (FMI), en su informe sobre las Perspectivas Económicas Mundiales de julio de 2021, proyectó un crecimiento de la economía argentina de 6,4% luego de la contracción de 10% en el 2020 en el marco de la pandemia del COVID-19. A comienzos de octubre, el FMI mejoró los pronósticos de crecimiento para la economía argentina, ya que previó una recuperación de 7,5% para 2021 y de 2,5% para 2022. Sin embargo, en su último informe, elevó las proyecciones de crecimiento para la economía argentina, que ahora lo haría un 3% durante 2022. Lo mismo ocurrió para las estimaciones de 2023, donde se contempla una suba de 2,5 % del PBI para el país.

El 27 de octubre de 2019 tuvieron lugar elecciones presidenciales y legislativas en las que el candidato presidencial de la coalición Frente de Todos, Alberto Fernández, resultó electo como presidente. El presidente electo asumió el cargo el día 10 de diciembre de 2019 y a la fecha ha anunciado una serie de reformas económicas y políticas significativas, entre las que se destacan: (i) dejar sin efecto, por medio del Decreto 37/19, el límite de Ps. 4 por cada dólar estadounidense para las exportaciones primarias y servicios establecido por el Decreto 793/18 y fijar una alícuota de derecho de exportación del 9% para el resto de las exportaciones allí enumeradas; (ii) la suspensión del Consenso Fiscal, (iii) la declaración por medio del Decreto 34/19 y modificatorios, de la emergencia pública en materia ocupacional hasta el 31 de diciembre de 2021; (iv) la aprobación de la Ley N° 27.541 de “ Solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública ” por medio de la cual se declaró la emergencia pública e implementó importantes modificaciones en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social; como ser: (a) el congelamiento y revisión del marco de las tarifas de luz y gas por 180 días (plazo prorrogado por 180 días adicionales mediante el Decreto 543/20 del 19 de junio de 2020 y por 90 días adicionales mediante el Decreto 1020/20), (b) la suspensión y modificación por 180 días de las fórmulas de actualización jubilatoria, (c) un impuesto transitorio del 30% a, entre otras operaciones, la compra de divisas extranjeras para atesoramiento o sin un destino específico vinculado al pago de obligaciones en los términos de la reglamentación vigente en el MLC, efectuada por residentes en el país; y pagos para la adquisición de bienes o prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y débito, (d) aumento de las alícuotas de Bienes Personales, (e) eliminación del impuesto cedular, y (f) el otorgamiento al poder ejecutivo de la facultad –hasta el 31 de diciembre de 2021- para fijar derechos de exportación cuya alícuota no podrá superar en ningún caso el 33% del valor imponible o del precio oficial FOB; (v) el incremento de las retenciones a la soja al 33% y la reducción de las alícuotas aplicables a arvejas, porotos, garbanzos, lentejas, al 5%; al maní, al 7%; a la harina de trigo, a 7%; y al girasol, a 7%, entre otros; (vi) el establecimiento por medio del Decreto 297/20 y modificatorios del aislamiento social, preventivo y obligatorio en el marco de la pandemia del COVID-19; (vii) la sanción de la Ley N° 27.544 de restauración de la sostenibilidad de la deuda pública emitida bajo ley extranjera; (viii) la sanción de la Ley de Góndolas N° 27.545; (ix) la sanción de la Ley de Alquileres N° 27.551; (x) la sanción de la ley de restauración de la sostenibilidad de la deuda en dólares emitida bajo ley argentina; (xi) el establecimiento, por medio del Decreto N° 690/20, de los Servicios de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y el acceso a las redes de telecomunicaciones como servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia, (xii) la sanción de la Ley N° 27.605 de Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia, (xiii) la suspensión, por medio del Decreto N° 408/21, de la exportación de ciertos cortes de carne vacuna y la limitación de los cupos de exportación de los restantes al 50% hasta el 31 de agosto de 2021, prorrogado mediante decreto 700/2021 hasta el 31 de diciembre de 2021 disposición modificada por el decreto 513/2021 actualizando el cupo de toneladas mensuales de carne bovina con rito kosher para su exportación con destino al Estado De Israel; y (xiv) la concesión temporal, por medio del Decreto N° 427/21, de la administración y el mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado de la hidrovía Paraguay – Paraná a la Administración General de Puertos por un plazo de 12 meses, prorrogable. Para mayor información sobre el COVID-19, medidas adoptadas por el gobierno y sus efectos en la economía argentina ver “ El crecimiento y la estabilidad de la economía argentina se ven desafiados por el Covid-19 ” y “ La economía argentina y su mercado financiero pueden verse afectados por la situación de terceros países y de los mercados globales en el presente capitulo.

Recientemente, en las elecciones legislativas que se celebraron en el país el pasado 14 de noviembre de 2021, la alianza “Frente de Todos”, de la que forma parte el Presidente de la Nación Alberto Fernández, perdió en los principales distritos de Argentina, solo imponiéndose solamente en 9 de los 24 distritos electorales. La alianza opositora “Juntos por el Cambio” se impuso en 13 , incluyendo distritos como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires. En estas elecciones se renovó la mitad de la Cámara de Diputados (127 diputados) y un tercio del Senado de la Nación (24 senadores de 8 Provincias). El Gobierno Nacional necesitará

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buscar apoyo político de la oposición para implementar sus propuestas políticas y económicas, lo que creará incertidumbre sobre la capacidad del Gobierno Argentino para aprobar ciertas medidas.

Por otra parte, entre las medidas adoptadas por el BCRA y la CNV desde 2020 a la fecha del presente, se destacan las siguientes: (a) la prohibición de distribución de resultados de entidades financieras hasta el 31 de diciembre de 2021, (b) la suspensión de cobros de comisiones y cargos por el uso de cajeros automáticos hasta el 31 de marzo de 2021, (c) el refinanciamiento automático de saldos impagos correspondientes a vencimientos de financiamientos de tarjetas de créditos entre el 13 de abril de 2020 hasta el 30 de abril de 2020, (d) el establecimiento de una tasa nominal anual mínima para los plazos fijos en pesos no ajustables por “UVA” o “UVI”; (e) disponer que, a partir del 17 de abril de 2020 inclusive, las entidades financieras no podrán realizar operaciones de caución bursátil tomadoras ni colocadoras; (f) disponer que, a partir del 1 de junio de 2021, toda exigencia de efectivo mínimo que las entidades financieras puedan integrar con LELIQ, podrán también integrarla en bonos del Tesoro en pesos con un plazo residual (al momento de la suscripción) no inferior a 180 días ni mayor a 450 días; (g) el establecimiento del sistema de Transferencias 3.0; (h) la limitación a la tenencia de depósitos en moneda extranjera que están en cartera de los Fondos Comunes de Inversión (FCI) abiertos a i) 25% la tenencia de dólares en FCI en Pesos y ii) 25% la tenencia de dólares en FCI en Dólares pero que emitieron cuota partes en Pesos; (i) disposición que los FCI en pesos deberán invertir al menos el 75% de su patrimonio en instrumentos financieros y valores negociables emitidos en la República Argentina exclusivamente en moneda nacional, y (j) la supresión del mecanismo de conversión entre la moneda de curso legal en Argentina y el dólar estadounidense mediante la aplicación del tipo de cambio alternativo para los activos externos de FCI, y (k) a través de la Comunicación A 7407 el BCRA prohibió la aplicación de cuotas para el pago de servicios turísticos tanto a las emisoras de tarjetas en forma directa como a través de plataformas digitales o agencias de viajes.

Por otro lado, la renegociación de la deuda y su resultado también impactará directamente en la economía argentina. En caso que la Argentina logre un resultado favorable y acuerde la reestructuración de su deuda con el FMI, esto podría impactar favorablemente en la economía argentina, en el mediano y largo plazo.

Adicionalmente, el 24 de junio de 2021, Morgan Stanley Capital International, proveedora líder de índices y servicios y herramientas de apoyo para la toma de decisiones para inversores globales, reclasificó a la Argentina en la categoría de “mercado independiente”. El descenso de categoría a la de “mercado independiente” (desde la categoría de “mercado emergente”) podría tener un impacto directo en la capacidad de las empresas argentinas, incluida la Emisora, de obtener acceso a los mercados de capitales internacionales, o de hacerlo en términos favorables, a fin de financiar sus operaciones y crecimiento.

A la fecha del presente Prospecto, aún no es posible realizar un análisis completo sobre el efecto de las medidas adoptadas en materia económica ni el que tendrán en la economía argentina otras que en el futuro se adopten.

La Emisora no puede garantizar que los futuros acontecimientos económicos, sociales y políticos de Argentina y/o la implementación de nuevas políticas gubernamentales, sobre las que no tiene control, no afectarán sus actividades, su situación patrimonial o el resultado de sus operaciones. Tampoco puede garantizar que la economía no se contraerá, en cuyo caso los negocios, situación financiera o resultados de las operaciones de la Emisora, sus perspectivas o su capacidad para cumplir con sus obligaciones en general y en particular bajo las Obligaciones Negociables podrían verse adversamente afectados.

El crecimiento y la estabilidad de la economía argentina se ven desafiados por el COVID-19.

En diciembre de 2019, se informó a la Organización Mundial de la Salud de una nueva forma de neumonía causada por un nuevo Coronavirus, comúnmente denominado como COVID-19, y el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud caracterizó al COVID-19 como una pandemia.

En respuesta, el gobierno amplió mediante el Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020 la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541 por el plazo de un año. Por otra parte, ante el agravamiento de la situación epidemiológica a nivel internacional y a nivel nacional, mediante los Decretos N° 297 del 19 de marzo de 2020 y sus modificatorios; y Nº 520/20 del 7 de junio de 2020 y modificatorios; el gobierno estableció hasta el 9 de abril de 2021 (i) el aislamiento social preventivo y obligatorio para todas las personas que residan o se encuentren en las zonas con transmisión comunitaria del virus o que no cumplan con los demás parámetros epidemiológicos y sanitarios establecidos; con los alcances y salvedades allí indicados; y (ii) el distanciamiento social, preventivo y obligatorio para todas las personas que residan o se encuentren en las zonas sin transmisión comunitaria del virus y con los alcances y salvedades allí indicados. Luego de estas medidas, frente a la continuidad

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de la pandemia y en un contexto de aumento sostenido de casos, el gobierno estableció mediante el Decreto N° 235/21 y modificatorios, un conjunto de medidas generales de prevención y disposiciones locales y focalizadas de contención, que deben cumplir todas las personas, con el fin de mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2 y su impacto sanitario, hasta el 30 de abril de 2021, inclusive. Posteriormente, frente a la segunda ola de COVID-19, el gobierno estableció mediante el Decreto N° 287/21 y modificatorios, parámetros de prevención comunes a todo el territorio nacional y nuevas medidas en base a una clasificación de zonas de riesgo a partir de criterios epidemiológicos, hasta el 6 de agosto de 2021, inclusive (conforme Decreto N° 455/21). Adicionalmente, el 30 de septiembre de 2021, se dictó el decreto 678/2021, con vigencia hasta el 31 de diciembre del 2021, en el cual se regulan parámetros para definir situaciones de alarma epidemiológica y sanitaria, medidas sanitarias para todo el territorio nacional, medidas adicionales que regirán en los aglomerados, departamentos o partidos en situación de alarma epidemiológica y otras disposiciones uniformes para el territorio nacional como el cierre de fronteras y la prórroga de protocolos.

Asimismo, el gobierno adoptó distintas medidas económicas para mitigar los efectos adversos en la economía argentina que podría generar el aislamiento social, preventivo y obligatorio; entre las que se destacan: (i) el establecimiento de precios máximos para alimentos de la canasta básica y productos de primera necesidad hasta el 7 de enero de 2022; (ii) la creación del Ingreso Familiar de Emergencia consistente en uno o más pagos excepcionales de $10.000 para ciertos beneficiarios, a la fecha de este Prospecto, el Gobierno Nacional anunció la discontinuidad del Ingreso Familiar de Emergencia y confirmó que se encuentra estudiando otros instrumentos que puedan reemplazar a esta prestación (iii) suspensión temporaria de corte de servicios para ciertos beneficiaros (electricidad, agua, gas, internet, telefonía móvil y fija y cable) hasta el 31 de diciembre de 2020; (iv) créditos a MiPyMEs para el pago de sueldos; (v) asignación estímulo para personal sanitario por tareas prestadas durante meses determinados; (vi) créditos a tasa de interés nominal anual de hasta 24% para (a) MiPyMEs que destinen al menos el 50 % del monto de esas financiaciones a líneas de capital de trabajo y (b) prestadores de servicios de salud humana en la medida en que presten servicios de internación en el marco de la Emergencia Sanitaria y sea destinado a la compra de insumos y equipamiento médico; (vii) congelamiento de cuotas hipotecarias de viviendas únicas y ocupadas hasta el 31 de enero de 2021 y de créditos UVA, y suspensión de ejecuciones hipotecarias por el mismo plazo y tipo de vivienda; (viii) congelamiento de precios de alquiler hasta el 31 de marzo de 2021 y suspensión de desalojos por falta de pago; (ix) extensión y actualización del programa Ahora 12 hasta el 30 de junio de 2022 y suma de nuevas condiciones de financiamiento de hasta 24 cuotas, por medio de la Resolución 34/2022; (x) creación del Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa; (xi) prohibición de despidos y suspensiones hasta el 31 de diciembre de 2021, el 24 de diciembre de 2021 se prorrogó el pago de doble indemnización para despidos sin justa causa; (xii) la creación del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) consistente en (a) la postergación o reducción de hasta el 95% del pago de contribuciones patronales destinadas al sistema previsional; (b) la asignación abonada por el Estado Nacional para los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado, (c) créditos a tasa cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y para trabajadoras y trabajadores autónomos; y (d) prestación económica por desempleo; de acuerdo con los términos previstos por el Decreto 332/2020 y modificatorios a la fecha de este Prospecto, el Gobierno Nacional anunció la discontinuidad del Programa ATP y confirmó que se encuentra estudiando otros instrumentos que puedan reemplazar a esta prestación; (xiii) ampliación de la Tarjeta Alimentar; (xiv) la extensión de la suspensión de nuevas ejecuciones fiscales hasta el 31 de diciembre de 2021, y (xv) la suspensión de la traba de embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar, así como la intervención judicial de caja hasta el 31 de diciembre de 2021. (xvi) implementación del Programa Crédito a Tasa Cero 2021 el 13 de agosto de 2021, con el objetivo de acompañar el proceso de recuperación productiva y asistir a los trabajadores adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, (xvii) Bono para jubilados y beneficiarios de Asignación Universal por Hijo (“AUH”). (xviii) creación del Programa de Recuperación Productiva II como herramienta para sostener el empleo en sectores con dificultades económicas.

Por otra parte, ciertas resoluciones del Ministerio de Salud vinculadas a la Emergencia Sanitaria se prorrogan como normas complementarias hasta el 31 de diciembre de 2022 a través del DNU 867/2021 , por el cual el Gobierno nacional prorrogó por un año más la emergencia sanitaria en todo el país. También han quedado prorrogadas como normas complementarias del DNU 260/20 las siguientes resoluciones del Ministerio de Salud de la Nación. En primer lugar, fue prorrogada la Resolución 1472/20 , que aprueba los requisitos y procedimientos sanitarios para la implementación de la Declaración Jurada Electrónica para el ingreso al país, que debe ser completada dentro de las 48 horas previas al viaje y donde se consigna la ausencia de síntomas compatibles al COVID-19. Además, quedó prorrogada la Resolución 2948/21 , mediante la cual se autoriza el ingreso al país de extranjeros no residentes que no cuenten con el esquema completo de vacunación contra COVID-19, siempre que el viaje esté motivado por

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trabajo, negocios, estudios, capacitación, actividades diplomáticas o deportivas. Por último, se prorrogó la Resolución 696/20 , por la cual se autoriza la prescripción de medicamentos en formato de mensaje de texto, servicios de mensajería web, mail o fax, con los alcances allí previstos.

Entre otras disposiciones, se prorroga la vigencia de todos los protocolos vigentes aprobados por las autoridades provinciales y por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los que deberán ajustarse a las nuevas disposiciones de este decreto. Además, introduce ajustes en materia de aislamiento de casos sospechosos o confirmados, contactos estrechos y de personas que ingresen al país.

Adicionalmente, el 19 de enero de 2022 se dispusieron recomendaciones para el regreso al trabajo para casos positivos de Covid-19 y contactos estrechos en los ámbitos laborales mediante resolución ministerial 2022-27, las recomendaciones para el regreso a las tareas de trabajadores que tengan diagnóstico positivo o sean contacto estrecho de un caso positivo de COVID-19.

Es dable mencionar que, a partir del 1° de enero de 2022, entró en vigencia el Pase Sanitario Nacional en todo el país a través de la decisión administrativa 1198/2021.

Se podrá encontrar mayor información sobre estas y otras medidas en la página oficial del gobierno argentino (www.argentina.gob.ar/coronavirus/medidas-gobierno).

No se pueden predecir los efectos a largo plazo sobre la economía argentina del actual brote de COVID-19 y de las medidas adoptadas o que se adopten en el futuro. Ellos pueden incluir riesgos para la salud y seguridad de los ciudadanos, así como una disminución de la actividad económica, que a su vez puede resultar en una disminución de los ingresos para el gobierno, mayores gastos y afectar adversamente la economía argentina y, por lo tanto, la actividad y el resultado de las operaciones de la Emisora.

Altos niveles de inflación pueden tener un efecto negativo sobre la situación económica del país.

Durante su historia, Argentina experimentó períodos de inflación alta e incluso de hiperinflación que tuvieron impactos negativos sobre la actividad económica. Del 2009 al 2014, el IPC se incrementó 7,7%, 10,9%, 9,5%, 10,8 %, 10,9% y 23,9%, respectivamente, mientras que el índice de precios al por mayor aumentó 10,3%, 14,5%, 12,7%, 13,1%, 14,7% y 28,3%, respectivamente.

En el período de diez meses finalizado el 31 de octubre de 2015, el aumento del IPC fue de 11,8% de acuerdo con datos oficiales; y antes de que el índice de inflación de noviembre 2015 fuera publicado, el IPCNu fue discontinuado. En esta misma línea las mediciones de algunos analistas del sector privado indican que la inflación real ha sido significativamente mayor que la reflejada en los informes del INDEC durante el período comprendido entre los años 2007 y 2015.

En junio de 2016 el INDEC reanudó la publicación de las tasas de inflación bajo una nueva metodología e informó un aumento del 16,9% en el periodo de mayo a diciembre de 2016; de 24,8% en 2017, de 47,6% en 2018, de 53,8% en el 2019 y de 36,1% en 2020. Con respecto a 2021, en enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre , noviembre y diciembre se registró un aumento del IPC de 4,0%, 3,6%, 4,8%, 4,1%, 3,3%, 3,2%; 3,0%; 2,5%; 3,6%; 3,5%, 2,5% y 3,8% respectivamente. Enero de 2022, por su parte, presentó una inflación del 3,9%.

La persistencia del entorno de altas tasas de inflación y la incertidumbre sobre su evolución futura podría afectar negativamente la disponibilidad de crédito a largo plazo, el mercado agropecuario y podría también socavar la competitividad de Argentina en el extranjero, afectando así de modo negativo el nivel de actividad económica, el empleo, los salarios reales, el consumo y las tasas de interés. Ello provocaría, como consecuencia, un efecto negativo sobre la situación financiera y los resultados de las operaciones de la Emisora. Además, altas y volátiles tasas de inflación dificultan la planificación a mediano y largo plazo, lo que también podría tener un impacto negativo sobre la Emisora.

La economía argentina y su mercado financiero pueden verse afectados por la situación de terceros países y de los mercados globales.

La economía argentina es vulnerable a situaciones adversas que afectan a terceros países por diversas razones. En primer lugar, una disminución significativa en el crecimiento económico o una depreciación significativa de las monedas de cualquiera de los principales socios comerciales de la Argentina, como por ejemplo Brasil (que en

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2015 devaluó su moneda hasta casi un 50% y perdió la calificación de grado de inversión), China o los Estados Unidos, podría tener un efecto material adverso en la balanza comercial (tanto por el efecto sobre los volúmenes como por el impacto sobre los precios de los productos exportados) y afectar negativamente el crecimiento económico del país.

En segundo término, la economía argentina podría verse impactada por el llamado “efecto contagio” ante una crisis en otras economías en desarrollo, tal como sucedió con la crisis de Méjico en el año 1994, de las economías del sudeste de Asia en el año 1997 o de Rusia en el año 1998.

También pueden tener un impacto significativo en la economía local acontecimientos que sucedan en países desarrollados que tengan influencia en la economía global. Un ejemplo de esto último fue la crisis económica y financiera global que comenzó en el año 2008 y que tuvo su epicentro en Estados Unidos y Europa pero que se extendió al resto del mundo, generando una desaceleración económica, una caída en el comercio global y una caída en el precio de los commodities , entre otros efectos.

Otro ejemplo de eventos de este tipo fue el denominado “Brexit”, o sea, la victoria del sí en el plebiscito celebrado el 23 de junio de 2016 sobre la salida del Gran Bretaña de la Unión Europea. Dicha salida se produjo el 31 de enero de 2020. Este evento inesperado cambio el panorama global y es una muestra del creciente sentimiento nacionalista y antiglobalización.

Se estima que las posibles consecuencias negativas del Brexit para el Reino Unido serían una caída en el producto bruto de largo plazo y una disminución de la inversión extranjera. Dicho impacto podría extenderse también al resto de la Unión Europea ante la mayor incertidumbre de su solidez como bloque. En el corto plazo se produjo una caída en los mercados financieros globales, que luego se revirtió, y un fuerte debilitamiento de la libra. El impacto de largo plazo a nivel global es incierto, pero una menor integración del bloque europeo podría llevar a una reducción del comercio con impacto a nivel global.

Por otro lado, las tensiones comerciales entre Estados Unidos y China podrían afectar el comercio internacional. Al respecto, el gobierno de los Estados Unidos aplicó nuevos o mayores aranceles a ciertos productos importados de China quien a su vez, en represalia, aplicó y anunció un plan para aplicar, aranceles adicionales a un amplio rango de productos estadounidenses. Asimismo, existe la preocupación de que la imposición de aranceles adicionales por parte de los Estados Unidos o China podría resultar en la imposición de aranceles por parte de otros países también, conduciendo a una potencial “guerra” comercial que, a su vez, podría afectar adversamente el crecimiento económico mundial. Al respecto, en su informe de Perspectivas de la Economía Mundial del 5 de octubre de 2018, el FMI advirtió que la intensificación de las tensiones comerciales y el consiguiente recrudecimiento de la incertidumbre en torno a las políticas podrían empañar el optimismo de las empresas y los mercados financieros, desencadenar volatilidad en los mercados financieros y ralentizar la inversión y el comercio internacional. El 15 de enero de 2020 se firmó la fase 1 de un acuerdo comercial entre Estados Unidos y China que va en el sentido de aliviar las tensiones de los últimos meses.

El 3 de noviembre de 2020, Joe Biden fue electo presidente de los Estados Unidos. Todavía es incierto el efecto que tendrán en la economía global, y particularmente en Argentina, las políticas de la administración Biden, como así también en las relaciones comerciales con China.

Asimismo, las crisis sanitarias pueden exacerbar riesgos políticos, sociales, económicos, de mercado y financieros preexistentes y podrían afectar negativamente a la economía global, así como a las economías de países individuales, el desempeño financiero de empresas y sectores, y a los mercados en general de maneras significativas e imprevistas.

La transmisión del COVID-19 y los esfuerzos por contener su expansión resultó en el cierre de fronteras y otras restricciones e interrupciones de viaje; interrupciones en las operaciones comerciales, cadena de suministros y actividades de los consumidores, cancelación y restricción de eventos, cancelación y limitación de servicios, desafíos considerables en la industria médica, y cuarentenas. Ello ha ocasionado una significativa volatilidad y caídas en los mercados financieros mundiales, incluyendo los mercados de petróleo y commodities.

Al respecto, en su informe sobre las Perspectivas Económicas Mundiales de abril de 2021, el FMI estimó que la economía mundial sufrió una contracción de 3,3% en 2020, y que se registrará un crecimiento de 6% en 2021, que se moderaría a 4,4% en 2022. El pasado julio, el Fondo preveía una recuperación de 6,4% para la Argentina y en octubre pronosticó para la economía argentina, una recuperación de 7,5% para 2021 y de 2,5% para 2022. No

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obstante, la evolución de la situación dependerá de la trayectoria que siga la crisis sanitaria, incluido el hecho de que las nuevas cepas del virus de la COVID-19 sean susceptibles a las vacunas o prolonguen la pandemia; la eficacia de las medidas adoptadas para limitar el daño económico persistente; la evolución de las condiciones financieras y los precios de las materias primas; y la capacidad de ajuste de la economía. De esta manera, en su último informe publicado en enero de 2022, el FMI mejoró la proyección de crecimiento para la economía argentina para el 2022 estimando que el PBI argentino crecería este año un 3%.

Además, la progresión del virus y las medidas consiguientes destinadas a combatirlo podrían suponer una reducción del crecimiento económico en cualquiera de los socios comerciales de Argentina (como Brasil, la Unión Europea, China y Estados Unidos). La contracción de las economías de los socios comerciales de Argentina podría tener un impacto considerable y adverso en la balanza comercial y la economía de Argentina a través de una caída en la demanda de exportaciones argentinas o una disminución en los precios de los productos agrícolas.

Por otro lado, los mayores niveles de incertidumbre asociados con el progreso de una pandemia global implican el fortalecimiento del dólar estadounidense y la devaluación de las monedas de los países emergentes, incluidos los socios comerciales de Argentina. Esto podría aumentar la presión financiera sobre el peso argentino y conducir a una devaluación del tipo de cambio local, o causar la pérdida de competitividad contra nuestros socios comerciales, como así también, ello podría dificultar el acceso al crédito por parte de las compañías argentinas.

No es posible prever la ocurrencia o magnitud de eventos de este tipo, sin embargo, en el caso en que ocurran, podrían llegar a tener un impacto adverso sustancial sobre el desempeño económico de la Argentina. A su vez, una caída en la economía local podría afectar negativamente los resultados de la Emisora y sus flujos de fondos.

Aún existen litigios pendientes con acreedores del país que podrían impactar negativamente en las condiciones bajo las cuales Argentina puede financiarse en los mercados internacionales.

En diciembre de 2001, Argentina decidió suspender los pagos de una parte sustancial de su deuda pública. El gobierno nacional realizó dos ofertas de canje sobre su deuda en default, en los años 2005 y 2010, propuestas que en conjunto fueron aceptadas por más del 90% de los acreedores.

En abril de 2016, con el fin de saldar la deuda relacionada a los tenedores que no hubieran entrado en la reestructuración, Argentina emitió los siguientes bonos por un monto total de US$16.500 millones: (i) bonos a tres años con un 6,25% de tasa de interés por un monto de US$2.750 millones; (ii) bonos a cinco años con una tasa de interés de 6,875% por un monto de US$4.500 millones; (iii) bonos a 10 años con una tasa de interés de 7,5% por un monto de US$4.500 millones; y (iv) bonos a 30 años con una tasa de interés de 8% por un monto de US$2.750 millones; lo que ha contribuido al levantamiento de ciertas órdenes judiciales que limitaban la capacidad del país para atender su deuda y completar las reestructuraciones previas.

El levantamiento de las medidas cautelares para los tenedores participantes de los canjes de 2005 y 2010 eliminó un obstáculo importante para el acceso del país al mercado de capitales, lo que ha quedado demostrado por las exitosas emisiones de bonos que el Gobierno realizó en 2016 y 2017. No obstante, futuras transacciones podrían verse afectadas si los litigios con los bonistas no aceptantes continúan lo que podrá tener un impacto directo en la capacidad de la Emisora de obtener acceso al mercado de capitales internacional a fin de financiar sus operaciones y crecimiento.

Demandas Internacionales

También existen accionistas extranjeros de algunas empresas argentinas que iniciaron demandas ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), alegando que algunas medidas de emergencia implementadas por el Gobierno durante la crisis económica de 2001-2002 fueron incongruentes con las normas de tratamiento justo y equitativo establecidas en diversos tratados de inversión bilaterales en los cuales la Argentina era sujeto obligado oportunamente. El CIADI decidió varios casos, obligando al Gobierno Nacional a pagar a los demandantes.

Los demandantes también han presentado demandas ante los tribunales de arbitraje bajo las reglas de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (“CNUDMI”) y en las normas de la Cámara de Comercio Internacional (“CCI”). Ambos tribunales también se han pronunciado en contra de la Argentina en varios laudos.

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A la fecha del presente prospecto aún existen demandas pendientes de resolver ante el CIADI y otros tribunales arbitrales.

Si bien el Gobierno Nacional ha mostrado una clara intención de regularizar la situación con todos sus acreedores, tanto los litigios como los reclamos instaurados ante el CIADI y la CNUDMI pueden dar lugar a nuevos fallos adversos al Gobierno Argentino, incluyendo medidas que afecten activos del país. Las limitaciones al acceso al financiamiento en los mercados internacionales podrían afectar la capacidad del Gobierno Argentino de obtener los recursos necesarios para financiar obras de infraestructura necesarias para incentivar el crecimiento del país y para refinanciar sus vencimientos de deuda futuros o encarecer su costo, lo que a su vez podría tener un impacto negativo sobre la economía del país y podría afectar la capacidad de la Emisora para acceder a financiamiento internacional, en caso de necesitarlo.

Fluctuaciones significativas en el valor del Peso podrían tener un impacto negativo sobre la economía argentina y sobre el desempeño de la Emisora.

El valor del Peso ha fluctuado de manera significativa en el pasado, y podría seguir haciéndolo en el futuro. La devaluación del Peso ocurrida en 2002, a pesar de los efectos positivos producidos en los sectores de la Argentina orientados hacia la exportación, tuvo un impacto negativo en la situación financiera de negocios e individuos. Dicha devaluación tuvo un impacto negativo en la capacidad de las empresas y del Gobierno para honrar sus deudas en moneda extranjera e, inicialmente, derivó en altos niveles de inflación, reduciendo así el poder de compra de los salarios e impactando negativamente en aquellas actividades cuyo éxito depende de la demanda del mercado local.

Luego de un período de relativa estabilidad el Peso sufrió varios procesos devaluatorios, el más reciente en agosto de 2019.

No es posible asegurar que la moneda argentina no se devaluará o apreciará considerablemente en el futuro. Si el Peso se devaluara en forma significativa, podrían repetirse todos los efectos negativos sobre la economía argentina relacionados con dicha devaluación, con consecuencias adversas para los negocios de la Emisora. Por otro lado, un incremento sustancial en el valor del Peso frente al Dólar Estadounidense también presenta riesgos para la economía argentina. La apreciación del Peso frente al Dólar Estadounidense impactaría negativamente en la situación financiera de entidades cuyos activos denominados en moneda extranjera superan sus pasivos denominados en moneda extranjera. Asimismo, una apreciación real significativa del Peso afectaría adversamente las exportaciones. Esto podría tener un efecto negativo sobre el crecimiento del PBI y el empleo y también reducir los ingresos del sector público argentino, disminuyendo la recaudación de impuestos en términos reales, dado que en la actualidad parte de los ingresos del sector público provienen de los impuestos a las exportaciones.

Además, la caída del nivel de reservas del Banco Central, por debajo de un determinado nivel podría generar dudas sobre la estabilidad de la moneda y sobre la capacidad del país de hacer frente a situaciones de inestabilidad. En los últimos años, el nivel de reservas internacionales fluctuó significativamente entre un mínimo de U$S 24.141 millones el 17 de diciembre de 2015 y un máximo de U$S 77.481 millones el 9 de abril de 2019, luego de los desembolsos del FMI. Durante los últimos meses las reservas internacionales disminuyeron llegando a aproximadamente US$ 37.189,3millones al 4 de febrero de 2022.

En tal sentido, tanto una apreciación como una depreciación del peso o una caída pronunciada en el nivel de reservas podrían tener efectos adversos sobre la economía argentina y, en caso de que esto ocurriera, las operaciones y los negocios de la Emisora podrían verse afectados negativamente.

La falta de éxito en la renegociación de los términos del acuerdo con el FMI puede afectar negativamente a la economía argentina.

Frente a la significativa devaluación del Peso con respecto al dólar estadounidense a partir de abril de 2018 y a fin de reducir el impacto de la mayor volatilidad financiera internacional en la economía argentina, el gobierno solicitó formalmente al FMI el 14 de junio de 2018 un préstamo bajo la modalidad “stand-by” por un periodo de 36 meses y un monto de USD 50 mil millones (el “Acuerdo”) cuyos términos fueron aprobados por el Directorio del FMI el 20 de junio de 2018.

Entre los compromisos y lineamientos asumidos por el gobierno en el marco del Acuerdo se destacan (i) una más rápida convergencia al equilibrio fiscal cumpliendo la nueva metas de déficit primario; (ii) la reducción del gasto público a niveles adecuados y sostenibles; (iii) reforzar la autonomía del BCRA mediante el envío de un proyecto

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de ley para modificar su Carta Orgánica; (iv) cumplimiento de las nuevas metas inflacionarias; (v) mantener un tipo de cambio flexible y determinado por el mercado y (vi) la protección de los sectores sociales más vulnerables.

A fines de septiembre de 2018 el gobierno llegó a un acuerdo adicional con el FMI para reforzar una serie de políticas económicas que apuntalaran el Acuerdo y se elevó el monto total disponible en el marco del programa a USD 56.300 millones hasta 2021. Adicionalmente, los recursos disponibles en el marco del programa ya no se considerarán de carácter precautorio.

Con el cambio de gobierno, y tras haberse desembolsado la suma de USD 44.149 millones, el Gobierno decidió no solicitar los fondos remanentes del Acuerdo suscripto con el FMI y comenzar negociaciones para alcanzar un programa nuevo.

Asimismo, se puso en marcha una serie de comisiones de asesoramiento para elaborar propuestas para el pago de la deuda. Asimismo, la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva facultó al Poder Ejecutivo nacional a llevar adelante las gestiones y los actos necesarios para recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública de la República Argentina.

En ese sentido, el 5 de febrero de 2020 el Congreso aprobó la ley de “Restauración de la Sostenibilidad de la Deuda Pública Externa” mediante la cual se declara prioritario para el interés de Argentina la restauración de la sostenibilidad de la deuda pública externa y autorizando a ese fin al Ministerio de Economía para realizar las operaciones de administración de pasivos, canjes o reestructuraciones de los servicios de vencimiento de intereses y amortizaciones de capital de los títulos públicos emitidos bajo ley extranjera.

El 9 de marzo de 2020, el gobierno estableció - por medio del Decreto N° 250/20- en USD 68.842.528.826 o su equivalente en otras monedas, el monto nominal máximo de las operaciones de administración de pasivos y/o canjes y/o reestructuraciones de los títulos públicos de Argentina emitidos bajo ley extranjera existentes al 12 de febrero de 2020, detallados en dicho decreto; y que, conforme lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N° 27.544, por hasta un monto que no supere el indicado anteriormente, que las prórrogas de jurisdicción sean a favor de los tribunales estaduales y federales ubicados en las ciudades de Nueva York, Londres y de los tribunales ubicados en la ciudad de Tokio.

Adicionalmente, mediante el Decreto N° 346 del 5 de abril de 2020 se difirió hasta el 31 de diciembre de 2020 –o fecha anterior que el Ministerio de Economía determine- los pagos de los servicios de intereses y amortizaciones de capital de la deuda pública nacional instrumentada mediante títulos denominados en dólares estadounidenses emitidos bajo ley argentina, salvo aquellos expresamente exceptuados por el mencionado Decreto.

En dicho contexto, mediante el Decreto N° 391/20 de fecha 21 de abril de 2020, el gobierno dispuso la reestructuración de los títulos públicos elegibles emitidos bajo ley extranjera en el marco de la reestructuración del año 2005 y bajo el contrato de fideicomiso del 2016 (los “Bonos Elegibles”); mediante una invitación a su canje (la “Oferta de Canje”) de acuerdo con los términos del suplemento de prospecto de la misma fecha, según fuera enmendado, por los siguientes diez nuevos títulos denominados en dólares estadounidenses y euros: i) bonos con tasa de interés creciente y vencimiento en 2030; ii) bonos con tasa de interés creciente y vencimiento en 2035; iii) bonos con tasa de interés creciente y vencimiento en 2038; iv) bonos con tasa de interés creciente y vencimiento en 2041; y v) bonos con tasa de interés creciente y vencimiento en 2046. Asimismo, la Oferta de Canje incluyó la entrega de un bono denominado en dólares estadounidenses con vencimiento en 2029 o la entrega de un bono denominado en euros con vencimiento en 2029, en cada caso, por un monto total de capital determinado en referencia al interés devengado e impago desde el 22 de abril de 2020 inclusive hasta el 4 de septiembre de 2020 exclusive.

El 31 de agosto de 2020, el Ministerio de Economía anunció que el día 28 de agosto de 2020, los tenedores del 93,55% del monto total de capital pendiente de todos los Bonos Elegibles aceptaron la Oferta de Canje y brindaron su consentimiento a las acciones propuestas en la Oferta de Canje; y que, en consecuencia, obtuvo los consentimientos requeridos para canjear y/o modificar el 99,01% del monto total de capital pendiente de todas las series de Bonos Elegibles.

A su vez, el 4 de agosto de 2020 el Congreso sancionó la Ley N° 27.556 de " Restauración de la sostenibilidad de la deuda pública instrumentada en títulos emitidos bajo la ley de la República Argentina " que dispuso la reestructuración del tramo de la deuda pública emitida en dólares estadounidenses bajo ley argentina, a través de un canje voluntario por nuevos bonos, con un tratamiento similar a la propuesta realizada a los acreedores bajo ley

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extranjera. El 15 de septiembre de 2020, el Ministerio de Economía anunció que la invitación al canje recibió una adhesión del 99,41% del monto total de capital pendiente de todos los títulos elegibles a ser reestructurados.

Finalmente, tras meses de negociaciones, el 28 de enero de 2022, a través de una declaración del FMI, se dieron a conocer las principales áreas del entendimiento sobre las políticas clave que son parte de las discusiones en curso para un acordar un programa respaldado por el FMI con Argentina.

En primer lugar, la senda de consolidación fiscal constituirá un ancla política clave del programa. La senda fiscal convenida mejoraría de forma gradual y sostenible las finanzas públicas y reduciría la financiación monetaria, permitiendo aumentar el gasto en infraestructuras, ciencia y tecnología y protegiendo programas sociales específicos. A su vez, reducir los subsidios a la energía de forma progresiva será esencial para mejorar la composición del gasto público.

En segundo lugar, se resolvió establecer un marco para la aplicación de la política monetaria como parte de un enfoque múltiple para hacer frente a la persistente alta inflación. Este marco pretende ofrecer tipos de interés reales positivos para apoyar la financiación interna y reforzar la estabilidad.

Además, determinaron que el apoyo financiero adicional de los socios internacionales de Argentina ayudaría a reforzar la resistencia externa del país, y sus esfuerzos para asegurar un crecimiento más inclusivo y sostenible.

El personal del FMI y las autoridades argentinas continuarán trabajando en las próximas semanas para alcanzar un acuerdo. Sin embargo, la conclusión de un acuerdo final está sujeto tanto a la aprobación del Directorio del FMI como a la intervención del Congreso Nacional argentino,

A la fecha del presente Prospecto, no se puede asegurar si el alivio de la deuda pública nacional logrado como resultado de las reestructuraciones señaladas será suficiente para la recuperación de la sostenibilidad de la deuda pública de Argentina, o si las negociaciones con el FMI serán exitosas. No se puede predecir con exactitud los efectos que puedan tener en la economía y situación financiera argentina y, en consecuencia, en la economía y la situación financiera de la Emisora, la falta de éxito; pero ello podría afectar negativamente la capacidad del gobierno argentino de emitir títulos de deuda u obtener términos favorables cuando surja la necesidad de acceder a los mercados de capitales internacionales y, en consecuencia, la capacidad de la Emisora para acceder a estos mercados también podría ser limitada.

La implementación de nuevos controles cambiarios y de restricciones a las transferencias de fondos al exterior y al ingreso de capitales puede tener impacto sobre la economía argentina

En septiembre de 2019, por medio del Decreto 609/19 según fuera modificado, se restablecieron ciertas reglas relacionadas con las exportaciones de bienes y servicios, con las transferencias al exterior y con el acceso al mercado cambiario revirtiendo fuertemente la tendencia hacia la flexibilización del mercado cambiario que fue la norma en los años anteriores.

Por otra parte, el BCRA estableció restricciones adicionales para el acceso al mercado de cambios relacionadas a la importación de bienes, egresos a través del mercado de cambios, a la venta o transferencia al exterior de títulos valores con liquidación en moneda extranjera. A la fecha del presente Prospecto, Ledesma cumple con los requerimientos de la Comunicación “A” 7030 y ya ha accedido al pago de importaciones de bienes y servicios posteriores a su publicación. De la misma manera, Ledesma debería poder acceder al MLC para el pago de deuda de capital e intereses con entidades del exterior.

Por otra parte, mediante la Comunicación “A” 7106 y modificatorias, el BCRA estableció que quienes registren vencimientos de capital de deuda financiera por un monto mayor al equivalente a (i) US$ 1 millón por mes calendario, programados entre el 15 de octubre de 2020 y el 31 de marzo de 2021; y (ii) US$ 2 millones por mes calendario, programados entre el 1 de abril de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, deberán refinanciarlos. En este sentido, el BCRA dará acceso al mercado de cambios en los plazos originales por un monto de hasta 40% de los vencimientos -o superior, sólo si se cumplen determinadas condiciones- y deberá refinanciarse el resto del capital a un plazo de, como mínimo, dos años de vida promedio. Este régimen fue ampliado en diversas oportunidades, y por aplicación de lo establecido en el Punto 3 de la Comunicación “A” 7416, fue extendido a todos aquellos endeudamientos que tuvieran vencimientos hasta el 30 de junio de 2022. Este plan de refinanciación debe cumplir con ciertos requisitos expresamente establecidos por la normativa, y asimismo existen ciertas excepciones en las que no deberá ser presentado, de conformidad con el punto 3.17 del T.O. de Exterior y Cambios, conforme hubiera

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sido modificada. A la fecha del presente Prospecto, Ledesma no tiene vencimientos de capital que se encuentren afectados por las disposiciones de la Comunicación “A” 7106, 7416 modificatorias.

No puede asegurarse que las reglamentaciones cambiarias vigentes no serán modificadas en el futuro tornándolas más flexibles o restrictivas. Mayores regulaciones podrían tener un impacto negativo sobre la actividad económica del país ya sea limitando el acceso a bienes importados o a fuentes de financiamiento externas o desincentivando el ingreso de inversiones de no residentes ante la incertidumbre sobre su capacidad de repatriar sus ganancias. No se puede asegurar que cambios en esta regulación no afectarán adversamente la capacidad de la Emisora de honrar sus deudas en moneda extranjera actuales o que asuma en el futuro (ya sean comerciales o financieras). Para un análisis más extenso sobre las medidas adoptadas y el marco regulatorio cambiario vigente a la fecha ver el capítulo “Regulaciones cambiarias y de capitales” del presente Prospecto.

Incidencia del déficit/ superávit fiscal en la economía argentina

A lo largo de su historia, Argentina ha sido poco prudente en cuanto a sus políticas fiscales, manteniendo altos déficits durante períodos prolongados que han desembocado en financiamiento monetario y/o altos niveles de endeudamiento que a su vez desencadenaron crisis recurrentes.

En el pasado reciente el país atravesó uno de estos períodos de alto gasto público y déficits sostenidos lo que, entre otras razones, terminó generando una crisis de confianza y una corrida contra el Peso en abril de 2018. Como respuesta a esa crisis y a la imposibilidad de renovar los vencimientos de la deuda pública en el mercado el Gobierno Argentino llegó a un acuerdo con el FMI en el que se comprometió a avanzar en una reducción del déficit fiscal primario. Tanto en 2018 como en 2019 el Gobierno cumplió con la meta prevista en el acuerdo, cerrando 2019 con un déficit primario de sólo 0,4% del PBI.

Si bien el esfuerzo por reducir el déficit fue significativo es posible que este no sea suficiente para volver sustentable la situación de la deuda pública ya que el déficit financiero continúa siendo elevado y los mercados voluntarios de deuda se encuentran cerrados.

Adicionalmente, el gobierno introdujo ciertos programas en marco de la emergencia pública establecida por la Ley N° 27.541 como así también en el marco de la pandemia del COVID-19, que pueden resultar en un aumento significativo del gasto público. Efectivamente, en el 2020, las cuentas terminaron con un déficit primario de 6,5% del PBI. Asimismo, según las últimas estimaciones del PBI, el déficit primario del 2021 cerraría en torno al 3% del PBI, mientras que el déficit financiero en 4,5%

A la fecha del presente Prospecto existe incertidumbre acerca de la evolución futura de los saldos fiscales y de los efectos que estos puedan tener en la economía argentina y los negocios de la Emisora.

La estabilidad del sistema bancario y financiero podría ser puesta a prueba en el futuro

En 2001 y la primera mitad de 2002, el sistema financiero argentino experimentó un masivo retiro de depósitos en un período corto de tiempo, dada la pérdida de confianza de los depositantes en la capacidad del Gobierno de repagar su deuda externa y de sostener la paridad del peso frente al dólar. Como consecuencia de ello, el Gobierno argentino adoptó ciertas medidas, en particular la limitación del derecho de los depositantes a retirar libremente su dinero de los bancos y la pesificación y reestructuración de sus depósitos, que generaron fuerte oposición de los depositantes, por las pérdidas generadas a sus ahorros, y socavaron la confianza en el sistema financiero.

Si bien la situación del sistema financiero ha mejorado y las regulaciones se han flexibilizado considerablemente, es importante considerar que este equilibrio podría no sostenerse en el futuro. La confianza de los depositantes es una variable volátil y diversas cuestiones podrían impactarla desfavorablemente.

Cualquier deterioro del sistema financiero local tendría un impacto negativo en la economía argentina, lo que podría influir a su vez sobre la situación financiera o el resultado de las operaciones de la Emisora. Además, la Emisora cuenta con líneas de crédito en entidades bancarias locales para financiar su operatoria por lo que se vería negativamente impactada si estas entidades no pudieran cumplir eficientemente su rol como intermediarios financieros.

Las restricciones en el abastecimiento de energía podrían afectar adversamente la economía argentina.

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Durante varios años las tarifas de los servicios públicos estuvieron pesificadas y crecieron por debajo de la inflación. Producto de dicha política se redujeron las inversiones en producción y transporte de gas y energía eléctrica al mismo tiempo que aumentaba el consumo debido al crecimiento económico y a las tarifas bajas. Esto generó que sea necesario importar energía y que, en ciertos períodos de alta demanda, se produzcan situaciones de desabastecimiento.

En consecuencia, el gobierno nacional declaró el estado de emergencia del sistema eléctrico nacional, el cual estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2017. El estado de emergencia permitió al Gobierno Argentino tomar acciones designadas para garantizar el suministro de electricidad. Además, a través de diversas Resoluciones del Ministerio de Energía y Minería de la Nación; del Ente Nacional Regulador de la Electricidad y del Ente Nacional Regulador del Gas; se eliminaron algunos subsidios a la energía vigentes y se produjo un aumento sustancial de las tarifas eléctricas y de gas.

El 23 de diciembre de 2019 se promulgo la ley 27.541 mediante la cual se congelan por 180 días las tarifas actuales de electricidad y gas natural bajo jurisdicción federal y se faculta al Gobierno nacional a iniciar un proceso de renegociación de la Revisión Tarifaria Integral vigente o iniciar una revisión de carácter extraordinario para fijar los nuevos valores de los servicios públicos. Dicho plazo fue prorrogado por 180 días adicionales desde su vencimiento por medio del Decreto N° 443 del 18 de junio de 2020. El 16 de diciembre de 2020, mediante el Decreto 1020/20, el gobierno prorrogó por 90 días adicionales el congelamiento de las tarifas y determinó el inicio del proceso de renegociación de la Revisión Tarifaria Integral vigente.

Por otra parte, como consecuencia de la expansión del COVID-19, el gobierno argentino resolvió a través del Decreto 311/2020 (reglamentada por la Resolución 173/2020 del Ministerio de Desarrollo Productivo), según fuera modificado, que las empresas que prestan servicios de energía eléctrica, gas por redes, agua corriente, telefonía fija o móvil, internet, T.V. por cable no podrán por 180 días, suspender o cortar el servicio por mora o falta de pago de hasta 6 facturas con vencimiento desde el 01/03/2020.

Asimismo, el 10 de abril de 2020, la Secretaría de Energía emitió la nota N° 25148550-APN-SEMDP, en la cual instruye a los productores de gas a extender la vigencia de los contratos, cuyo vencimiento operaba el 31 de marzo de 2020, hasta la finalización del período de congelamiento de tarifas de 180 días establecido en la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social.

El 16 de noviembre de 2020, mediante el Decreto 892/20, el gobierno declaró de interés público nacional la promoción de la producción del gas natural argentino y aprobó el “ Plan de Promoción de la Producción del Gas Natural Argentino – Esquema de Oferta y Demanda 2020-2024 ” o “Plan GasAr”, el que se basa en un sistema competitivo en el punto de ingreso al sistema de transporte (“PIST”) mediante subastas diaria de 70 millones de m3 (modificables) para los 365 días de cada año de duración del esquema. Asimismo, se establece que el estado nacional podrá tomar a su cargo el pago mensual de una porción del precio del gas natural en el PIST para administrar el impacto del traslado del costo del gas a los usuarios; y, que el BCRA deberá establecer mecanismos idóneos para facilitar el acceso al MLC para la repatriación de las inversiones directas y sus rentas o la atención de servicios de renta o principal de endeudamientos financieros del exterior, en la medida que los fondos hayan sido destinado a la financiación de proyectos en el marco del Plan GasAr.

Si la inversión requerida para incrementar capacidad de producción y transporte de gas natural y la capacidad de generación y transporte de energía eléctrica, en el mediano y largo plazo, no se efectuara a tiempo, la actividad económica argentina se podría ver seriamente afectada y con ella el resultado de las operaciones de la Emisora.

Una caída en los precios internacionales de los principales commodities exportados por la Argentina podría afectar, de modo adverso, el crecimiento de la economía del país.

La economía argentina históricamente ha sido dependiente de sus exportaciones de commodities , cuyos precios han sido volátiles en el pasado y están fuera de su control. La recuperación argentina de la severa recesión y crisis sufrida entre 1999 y 2002 dependió significativamente del aumento del precio de los commodities , particularmente de la soja, su principal commodity de exportación. Los altos precios de estos productos , en términos históricos, han contribuido significativamente a aumentar los ingresos del país por impuestos sobre las exportaciones. Si bien los precios han caído desde los máximos históricos aún se mantienen en valores aceptables.

Si los precios de estos commodities sufrieran disminuciones significativas en el futuro, los ingresos del país y el crecimiento de la economía argentina podrían verse afectados adversamente. En dicha situación podría esperarse

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que la Emisora viera negativamente afectados sus negocios, su situación financiera o los resultados de sus operaciones, sus perspectivas o su capacidad para cumplir con sus obligaciones en general y en particular bajo las Obligaciones Negociables.

II. FACTORES DE RIESGO RELACIONADOS CON EL SECTOR EN EL QUE LA EMISORA SE DESARROLLA

La Emisora se encuentra sujeta a regulación y supervisión nacional, provincial y municipal.

La Emisora y todas las subsidiarias a través de las que opera, son reguladas y supervisadas por distintos entes y organismos de carácter nacional, provincial y municipal. Esta regulación se lleva a cabo a través de leyes, decretos y normas en general, relativas a previsión social, salud pública, protección al consumidor y medio ambiente, entre otras cuestiones. No es posible garantizar que las regulaciones actuales, o aquellas que puedan surgir en el futuro, no obligarán a la Emisora a incurrir en gastos significativos para adecuarse a las mismas, como así tampoco que no afectarán de manera adversa la forma en que la Emisora lleva adelante sus negocios y como consecuencia, el resultado de sus operaciones.

Desde el inicio del mandato del actual gobierno, diciembre 2019, la Secretaría de Comercio comenzó a trabajar en una nueva versión del programa de precios cuidados. Luego de una larga negociación, en marzo 2020 Ledesma ingresó a este programa. Desde entonces y bajo el distintos programas y resoluciones (Precios Máximos, cuidados y desde octubre 21 con el nuevo congelamiento, de la Resolución 1050) Ledesma ha tenido una buena parte de su producción de azúcar fraccionada bajo controles de precio. Si bien la naturaleza de los controles de precios es hacer foco en las marcas de bajo precio y canales masivos (cadenas nacionales), dependiendo del momento político, los programas han sido más o menos amplios. En este momento estamos en conversaciones con la Secretaria de Comercio para hacer algunas modificaciones al anexo de la Resolución 1050, con la expectativa de eximir del programa algunas de nuestras marcas.

El negocio azúcar y alcohol destina aproximadamente el 34% de su producción anual de azúcar equivalente al segmento de azúcar fraccionada para consumo masivo. Cabe aclarar, que el 34% de la producción de azúcar equivalente representa hoy aproximadamente el 13% de la facturación del grupo Ledesma.

Las actividades de la Emisora se encuentran sujetas a riesgos climáticos.

La Emisora se dedica principalmente al procesamiento de derivados de la actividad agrícola la cual se encuentra sujeta a riesgos climáticos, ya que estos están en la propia naturaleza del negocio. Ejemplos de los principales riesgos climáticos que afectan a la Emisora y sus cultivos son, entre otros, las heladas, las sequías y el granizo.

La capacidad de producción de azúcar, alcohol y papel de la Emisora está íntimamente ligada al cultivo de la caña de azúcar, de modo que si éste se viera afectado por factores climáticos ello impactaría negativamente sobre la capacidad productiva y por ende sobre los resultados de la Emisora. Los factores climáticos también pueden afectar severamente la producción de frutas frescas y de otros productos agrícolas que cultiva la Emisora, siendo los más relevantes soja, trigo y maíz (todos ellos muy sensibles a condiciones climáticas adversas). Toda disminución en la cosecha de sus cultivos, originada en factores climáticos, podría afectar negativamente los resultados operativos y la situación financiera de la Emisora.

Si bien la relevancia para el negocio de la Emisora es menor, también fueron significativas las sequías que afectaron a la cosecha gruesa (maíz y soja) en la zona núcleo de la Argentina en las campañas que comprendieron a los años 2008-2009 y 2010-2011 y que provocaron fuertes caídas en la producción.

La Emisora intenta mitigar los riesgos antes mencionados mediante la utilización de sistemas de riego para parte de las plantaciones de caña y cítricos (que permiten cubrir parcialmente las necesidades de agua de estos cultivos en el caso de sequías) y mediante la modificación del orden de cosecha de la caña de azúcar ante la ocurrencia de heladas en determinados lotes. No obstante estos intentos de mitigación, la Emisora se encuentra sujeta a riesgos climáticos que, de materializarse, podrían tener un impacto negativo significativo sobre sus negocios, su situación financiera o los resultados de sus operaciones, sus perspectivas o su capacidad para cumplir con sus obligaciones en general y en particular bajo las Obligaciones Negociables.

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Los cultivos pueden sufrir plagas o enfermedades

En forma adicional a las condiciones climáticas referidas anteriormente, la actividad agrícola de la Emisora se ve amenazada por las plagas o enfermedades que pueden afectar sus cultivos. Si bien en el pasado reciente los cultivos de la Emisora no han sufrido plagas o enfermedades que las hayan afectado seriamente, la Emisora no puede garantizar que no serán afectadas en un futuro, sin perjuicio de que considera que dispone de la tecnología necesaria para impedirlas o en su caso, mitigar los efectos de las mismas.

Dependiendo de cada cultivo y región, son distintas las enfermedades o plagas que pueden afectarlos. En el caso de la caña de azúcar, la Emisora utiliza una amplia variedad de especies de la misma, seleccionando aquellas que resultan más resistentes. Como cada especie es más propensa a sufrir determinadas enfermedades o plagas, en caso de surgir alguna, ésta debería quedar contenida dentro de los cañaverales plantados con dicha especie. Además, se instrumentan mecanismos de control y alerta temprana de insectos para evitar su propagación.

Asimismo, en el caso de los cítricos, el noroeste argentino cuenta con barreras fitosanitarias solventadas por los propios productores, asociados a la Asociación Fitosanitaria del Noroeste Argentino (“AFINOA”) con el fin de controlar el ingreso de material contaminado con nuevas enfermedades o plagas.

No obstante, no puede garantizarse que las medidas anteriormente descriptas impidan totalmente que puedan producirse efectos adversos por plagas y enfermedades que eventualmente podrían afectar a los cultivos de la Emisora y en consecuencia sus flujos de fondos, sus negocios, su situación financiera o los resultados de sus operaciones, sus perspectivas o su capacidad para cumplir con sus obligaciones en general y en particular bajo las Obligaciones Negociables.

Fluctuación del precio de los productos agrícolas

Los precios de los productos agrícolas y sus derivados han sido históricamente cíclicos y sensibles a cambios en la oferta y la demanda, tanto local como internacional. Los precios que puede obtener la Emisora por los productos agrícolas y sus derivados que produce (principalmente granos, azúcar, frutas y jugos) dependen de muchos factores fuera de su control, incluyendo:

  • condiciones de oferta y demanda, locales e internacionales;

  • cambios en políticas de subsidios de productos agrícolas de ciertos países o regiones productoras (especialmente Estados Unidos y Europa) y la adopción por parte de dichos países o regiones de políticas que afectan los precios y las condiciones de mercado;

  • cambios en las barreras comerciales por parte de los principales consumidores (especialmente, China, India, Estados Unidos y Europa);

  • nivel de inventario mundial de los commodities;

  • condiciones climáticas y desastres naturales en áreas agrícolas;

  • intervención del gobierno nacional mediante la aplicación de retenciones u otras medidas que puedan afectar los precios que recibe el productor local.

La Emisora intenta mitigar este riesgo mediante la contratación de distintos tipos de cobertura en aquellos productos para los que existe un mercado para hacerlo. Sin embargo, dado que la Emisora no posee coberturas de precio por la totalidad de sus productos agrícolas, se ve afectada por la volatilidad de éstos. La variación de los precios de mercado de estos productos podría tener efectos adversos significativos en sus negocios, situación financiera o resultados de sus operaciones, sus perspectivas o su capacidad para cumplir con sus obligaciones en general y en particular bajo las Obligaciones Negociables.

Un aumento significativo del precio de las materias primas que se utilizan en los procesos de producción o un faltante de estas materias primas, podrían afectar adversamente los negocios de la Emisora.

Si bien la Emisora genera una parte importante de las materias primas que necesita para el desarrollo de sus productos manufacturados, depende de ciertas materias primas adquiridas a terceros. Las principales materias primas adquiridas a terceros son, entre otras, gas, gas oil, productos químicos y envases. El precio de estas materias primas depende de diversos factores que están fuera del control de la Emisora y un incremento significativo de los mismos, en la medida que no pueda ser trasladado al precio de los productos comercializados, podría tener un impacto negativo sobre los resultados de los negocios de la Emisora.

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Asimismo, algunas de las materias primas adquiridas por la Emisora son importadas o tienen su precio atado al valor del dólar, por lo que una depreciación significativa del Peso podría tener un impacto sobre los costos de producción.

Si bien en el pasado la Emisora no ha tenido inconvenientes para adquirir las materias primas necesarias para elaborar sus productos, no puede descartarse que esto suceda en el futuro, ya que la provisión de éstas no está totalmente bajo el control de la Emisora. En caso de no poder adquirir las materias primas necesarias ello podría tener resultados adversos significativos en sus negocios, situación financiera o resultados de sus operaciones, sus perspectivas o su capacidad para cumplir con sus obligaciones en general y en particular bajo las Obligaciones Negociables.

Regulación ambiental y exposición a riesgos relacionados con posibles procesos en materia ambiental

Como toda empresa agroindustrial, la Emisora se encuentra expuesta a distintos riesgos ambientales. Las actividades de la Emisora están sujetas a diversas regulaciones en esta materia, tanto a nivel nacional, como provincial y local, incluidas, entre otras, regulaciones sobre la manipulación y disposición de residuos y derivados de sus procesos industriales, la descarga de efluentes en el suelo, aire o agua, y la salud y seguridad de sus trabajadores y las comunidades que la rodean.

Teniendo en cuenta esto, la Emisora ha realizado inversiones para adecuar los procesos productivos a la normativa vigente y realiza todos los controles y presentaciones que la autoridad de control en la materia exige. Para obtener una descripción de estos esfuerzos, véase los apartados “ Información de la Emisora ” y “ Políticas de la Emisora ”.

Sin perjuicio de lo expuesto, la Emisora no puede garantizar que en el futuro no se dictarán nuevas normas que obliguen a la misma a realizar desembolsos significativos de capital para adecuarse a ellas o que cualquiera de las operaciones realizadas por la misma no tendrán consecuencias ambientales indeseadas, ni que, como consecuencia de ello, no se iniciarán reclamos en su contra relacionados a temas ambientales.

De suceder cualquiera de dichos supuestos, podrían producirse efectos adversos significativos en la situación financiera o los resultados de las operaciones de la Emisora, sus perspectivas o su capacidad para cumplir con sus obligaciones en general y en particular bajo las Obligaciones Negociables.

La Emisora opera en mercados altamente competitivos

Las actividades de la Emisora se desarrollan en mercados altamente competitivos y se prevé que estos lo seguirán siendo en el futuro. Actualmente la Emisora es el principal productor de azúcar, y papel obra del país y es el principal exportador de naranjas y pomelos.

No obstante, la Emisora no puede garantizar que en el futuro podrá mantener su posición actual en los mercados en los cuales participa ni que no ingresarán a éstos otras empresas competidoras que cuenten con mayor capacidad financiera y/u operativa que la de la Emisora. En caso de que otros actores ingresen al mercado, ello podría derivar en resultados adversos significativos en sus negocios, su situación financiera o los resultados de sus operaciones, sus perspectivas o su capacidad para cumplir con sus obligaciones en general y en particular bajo las Obligaciones Negociables.

Nuevas barreras fitosanitarias podrían restringir la capacidad de exportar fruta fresca

Actualmente la Emisora vende naranjas y limones principalmente en Europa Occidental y Rusia. En Europa existen requisitos de trazabilidad de la fruta para evitar enfermedades fitosanitarias que la Emisora cumplimenta en su totalidad.

En 2017 se abrió el mercado solo para limón a Estados Unidos. Se está ganando experiencia en el manejo necesario para cumplir con el programa de trabajo acordado. Como desafío, buscamos finalizar la apertura para poder exportar cítricos dulces, para la cual ya hubo una visita del Servicio de Inspección Sanitaria Animal y Vegetal (el “APHIS”) del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (el “USDA”) en la Argentina en agosto del 2019.

En los últimos años también hubo aperturas de más mercados internacionales, pero no para las dos especies en simultáneo.

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  • Brasil: el mercado se abrió en 2017 para todos los cítricos. Tiene como requisito un sistema integrado de medidas para la disminución del riesgo, oficialmente supervisado y acordado con el país importador. Requiere tratamiento fitosanitario que la Emisora cumplimenta en su totalidad.

  • Chile: el mercado se encuentra abierto sólo para naranja, mientras que para el limón continúa cerrado, y la negociación está paralizada desde el 2017.

  • Corea del Sur: el mercado está abierto solo para naranjas, pero con altos derechos de importación. Mientras que las negociaciones de para el limón se encuentran paralizadas desde el 2016.

  • China: el mercado se abrió en 2019 para todos los cítricos con el protocolo fitosanitario firmado en diciembre 2019. Exige tratamiento de frío en tránsito para mitigar la mosca de los frutos. En el 2020 se deben concretar envíos para ajustar aplicación del tratamiento de frío y generar historia de exportaciones. La Emisora habilitó sus unidades productoras para posibilitar envíos a este destino.

  • Japón: mercado abierto para todos los cítricos. Exige tratamiento de frío en tránsito para mitigar la mosca de los frutos. Requiere la certificación en origen por técnico japonés y presencia de funcionario de SENASA (o Embajada) en destino.

  • India: posee el mercado abierto solo para Limón. Se encuentra pendiente la negociación sanitaria para las demás frutas cítricas.

Desde el 2020 Europa exige nuevos requisitos de monitoreo de la fruta, que consistirán en recorrida perimetral del establecimiento (para limón) y perimetral de cada UP (para dulces) donde se observarán los frutos en las plantas, en búsqueda de mosca de los frutos. Mayores exigencias y cumplimiento de las enfermedades fitosanitarias de la UE, en particular, de Mancha Negra. Siendo el principal mercado de exportación de la Emisora.

En agosto de 2020, la Unión Europea (UE) decidió suspender temporalmente la llegada de cítricos producidos en la Argentina por el resto de temporada y hasta el 30 de abril de 2021, de acuerdo a lo decidido por el servicio sanitario europeo e informado al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).

Tras la detección de algunos lotes de limón y naranja con la enfermedad denominada “mancha negra”, el bloque comunitario decidió cerrar su mercado al ingreso de cítricos provenientes de nuestro país, debido al presunto riesgo fitosanitario que supone esa plaga para la producción europea.

El pasado 27 de abril de 2021 se difundió la decisión de ejecución de la comisión (UE) N° 2021/682 publicada en el Boletín Oficial del bloque comunitario, donde se confirmó el levantamiento de la medida. En la Resolución se detalló que la Argentina ha tomado medidas para reforzar su sistema de certificación de las exportaciones, de las que informó con ocasión de la auditoría realizada en el país en febrero de este año, por lo que no debe prorrogarse la prohibición temporal. Desde el pasado 2 de mayo las exportaciones hacia la UE fueron habilitadas nuevamente.

No resulta posible garantizar que dichas barreras no sean impuestas en el futuro en otros países en los cuales actualmente no existen, lo cual reduciría la capacidad de exportar estos productos y podría derivar en resultados adversos significativos en los negocios de la Emisora, su situación financiera o los resultados de sus operaciones, sus perspectivas o su capacidad para cumplir con sus obligaciones en general y en particular bajo las Obligaciones Negociables.

Una disminución de la demanda de los productos de la Emisora podría afectar de modo negativo sus ingresos

Los ingresos de la Emisora dependen en gran medida de la capacidad de compra de sus clientes y consumidores.

La economía argentina ha demostrado a lo largo de su historia una notable volatilidad. Por ejemplo, a la recesión experimentada entre 1999 y 2002, que conjuntamente con la devaluación de peso y la inflación resultante determinaron una importante reducción del ingreso disponible de la población, le siguió un período de crecimiento y de recuperación de dicho ingreso. Recientemente se dio un período de volatilidad en el crecimiento y estancamiento relativo.

No se puede garantizar que en el futuro no vuelvan a ocurrir procesos recesivos o caídas importantes en el poder de compra de los consumidores que puedan repercutir negativamente en la demanda de los productos ofrecidos por la Emisora.

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Asimismo, es posible que sucedan cambios en los patrones de consumo de la población que pueden alterar la demanda de los productos de la Emisora. Un cambio en las preferencias de los consumidores de las marcas y productos de la Emisora podría afectar adversamente su negocio y su rentabilidad.

Si la Emisora no logra responder exitosamente a los rápidos cambios en la demanda o preferencias de sus consumidores, sus ventas o márgenes podrían verse afectados adversamente conjuntamente con sus negocios, su situación financiera o los resultados de sus operaciones, sus perspectivas o su capacidad para cumplir con sus obligaciones en general y en particular bajo las Obligaciones Negociables.

La Emisora puede enfrentar reclamos de sus clientes o de los consumidores finales en los casos en que sus productos fueran defectuosos o causaran algún daño.

La Emisora se encuentra expuesta a los reclamos que pudieran surgir por daños causados por sus productos. Si bien la Emisora no ha incurrido en erogaciones sustanciales en relación con reclamos por daños o defectos de este tipo, podría estar sujeta a responsabilidades relevantes en el caso que alguno de sus productos cause algún daño grave.

Las autoridades podrían llegar a ordenar, o la Emisora decidir, la remoción de algún producto del mercado de conformidad con las normas relacionadas, lo que naturalmente tendría un efecto adverso para los negocios de la Emisora.

A su vez, la defensa ante los reclamos por daños causados por, o por los defectos de, los productos que la Emisora comercializa puede ser costosa, no solo a los efectos de satisfacer indemnizaciones pecuniarias sino también en relación a los daños que una sentencia desfavorable a la Emisora puede causar a su imagen; lo que podría incidir de manera negativa en las ventas de sus productos y de esta manera afectar la condición financiera de la Emisora.

El incremento de los impuestos a las exportaciones o la imposición de nuevos gravámenes podrían tener un impacto adverso en las ventas de la Emisora.

A fin de incrementar la recaudación impositiva y reducir el precio local de determinados productos exportables el Gobierno Argentino, mediante la Resolución N° 11/02 del Ministerio de Economía y Producción, con las reformas introducidas por las Resoluciones 35/02, 160/2002, 307/2002 y 530/2002 y con vigencia a partir del 5 de marzo de 2002, estableció un régimen de impuestos a ciertas exportaciones.

En diciembre de 2015 el Gobierno Argentino, mediante el decreto 133/2015, eliminó las retenciones a la exportación de trigo, maíz, carne y productos de las economías regionales. Además, redujo de 35% a 30% la alícuota de la retención a la exportación de soja y planteó un esquema de reducción gradual de la alícuota.

Por otra parte, a principios de septiembre de 2018, como consecuencia de un contexto internacional más desafiante, la necesidad de acelerar la consolidación fiscal, y la significativa devaluación del peso y su efecto en los precios internos; el gobierno emitio el Decreto 793/18 por el cual se modificaron transitoriamente los derechos de exportación. Así, se fijó hasta el 31 de diciembre de 2020 un derecho de exportación del 12% del valor imponible o precio oficial FOB (si lo hubiera) a todas las exportaciones; el cual, sin embargo, no podrá exceder de pesos 4 por cada dólar estadounidense para las exportaciones primarias y servicios; o los Pesos. 3 por cada dólar estadounidense para el resto de las exportaciones. Paralelamente, se anunció la reducción al 18% de la alícuota para porotos, harinas y aceite de soja.

Luego, en diciembre de 2019, ante la grave situación de las finanzas públicas y el deterioro del valor del peso, el gobierno estableció, mediante el Decreto 37/19, la derogación de las retenciones fijas en pesos, pero las sustituyó por retenciones porcentuales pasando a ser del 12 % del valor FOB en el caso del trigo y del maíz y del 30 % para el caso de la soja.

Al mismo tiempo, mediante la sanción de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, se otorgó al gobierno hasta el 31 de diciembre de 2021, la facultad para aumentarlas un 3% adicional; y en línea con ello, por medio del Decreto 230/2020 del 5 de marzo de 2020, se incrementaron al 33% las retenciones a la soja pero, a su vez, se redujeron al 5% las alícuotas aplicables a arvejas, porotos, garbanzos, lentejas y maní; y al 7% las retenciones a la harina de trigo y girasol, aunque para el girasol confitero y aceite de girasol, la reducción es a 5%, entre otros.

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Por otra parte, en octubre de 2020 el gobierno estableció, mediante el decreto 790/20, una reducción temporal para las retenciones de la soja y la reimplantación de un diferencial de derechos de exportación para sus subproductos. En dicho sentido, los derechos de exportación de los granos de soja se redujeron de 33 a 30% en octubre, pero luego se incrementarán al 31,5% en noviembre, al 32% en diciembre y volverán al 33% en enero de 2021. En cuanto al aceite y harina de soja (subproductos), las retenciones se redujeron al 28% en octubre, pero después serán de 29,5% en noviembre, 30% en diciembre y 31% a partir de enero de 2021.

La Emisora exporta parte de su producción y vende localmente productos cuyo precio se ve afectado por la existencia de gravámenes a la exportación (principalmente cereales y oleaginosas). Un incremento de los impuestos a la exportación o la introducción de impuestos nuevos podría tener un efecto negativo sobre el resultado operativo de la Emisora y sobre sus flujos de fondos generando ello un efecto adverso significativo en sus negocios, su situación financiera, sus perspectivas o su capacidad para cumplir con sus obligaciones en general y en particular bajo las Obligaciones Negociables.

Restricciones en el suministro de gas podrían reducir la producción y, por lo tanto, afectar negativamente el resultado de las operaciones de la Emisora.

Debido a que la Emisora produce papel con el bagazo de la caña de azúcar, el complejo agroindustrial Ledesma (en adelante el “Complejo Agroindustrial Ledesma”) no se autoabastece de energía, como hacen otros ingenios, sino que depende del suministro de gas por parte de proveedores externos.

Es por eso que, en caso de producirse interrupciones en la provisión de dicho combustible podría generar reducciones en la producción e impactos negativos sobre los resultados de la Emisora.

La Emisora inició, hace unos años, un proyecto para reducir gradualmente el consumo de gas y reemplazarlo por biomasa. Mediante la utilización de calderas especiales se ha comenzado a utilizar como combustible tanto la hoja de la caña, que anteriormente era dejada en el campo luego de la cosecha, como chips de madera.

A pesar de estos esfuerzos y de que la Emisora trabaja activamente para garantizar la disponibilidad de este insumo, no puede garantizarse que en el futuro no se registrarán restricciones en el suministro de gas, especialmente durante los meses de invierno, que puedan afectar la producción de la Emisora y sus resultados.

La existencia de conflictos laborales podría afectar la actividad de la Emisora.

La Emisora emplea a aproximadamente 7.000 personas en distintas locaciones en la República Argentina. La mayoría de estos empleados se encuentran afiliados a distintos sindicatos, de acuerdo a su actividad.

En los últimos años la conflictividad gremial en el país se ha incrementado y los sindicatos han tomado un rol preponderante. En particular, algunas empresas de la industria azucarera han enfrentado conflictos de envergadura en el pasado reciente.

Si bien la Emisora en la actualidad no enfrenta paros o huelgas que impacten significativamente sus resultados o flujos de caja, dado el número de trabajadores que emplea y el hecho que su actividad principal se desarrolla en una provincia que históricamente presentó alta conflictividad social, no es posible descartar que en un futuro se realicen medidas de fuerza que puedan afectar las operaciones y causar perjuicios económicos a la Emisora.

Reembolsos de Exportación

El régimen de reembolsos a las exportaciones ha ido variando a lo largo de los años como consecuencia de las diversas políticas económicas instauradas en el país. Actualmente, y como una expresión de la política de estímulo a las exportaciones, determinados productos cuentan con el beneficio de recibir un reembolso sobre el monto exportado.

No puede garantizarse que futuras políticas económicas que se implementen no eliminarán o modificarán el régimen hoy vigente.

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El retraso en el pago, la eliminación o modificación de dichos reembolsos podría afectar los resultados de la Emisora o su situación financiera.

Una parte relevante de los activos de la Emisora están compuestos por campos y fábricas, que son ilíquidos

Considerados a valor de mercado, los campos y las fábricas propiedad de la Emisora son algunos de los activos principales de la misma. Dado su carácter de ilíquidos, ante circunstancias en las cuales la Emisora se encuentre en falta de liquidez, en caso de no poder valerse de otros activos de realización más inmediata, ésta podría afrontar problemas para obtener fondos mediante la venta de estos activos en un plazo que sea menor al que normalmente requiere su enajenación. Dado que se encuentran afectados a procesos productivos y de cultivo, estos activos tienen modificaciones y construcciones que restringen sus posibilidades de venta o que podrían dificultar dicho proceso. Por ello es poco probable que la Emisora pueda recurrir a su venta como respuesta a cambios en las condiciones económicas y del negocio.

Riesgo de iliquidez y acceso al financiamiento

La actividad azucarera requiere abundante liquidez para financiar capital de trabajo. Esto se debe a que la zafra se realiza a lo largo de seis meses, pero el azúcar es comercializado a lo largo de todo el año calendario, con lo cual la Emisora debe mantener importante stock de producto terminado durante varios meses del año.

La Emisora financia su capital de trabajo principalmente a través de préstamos financieros en pesos y dólares de corto, mediano y largo plazo con diversas entidades financieras del país y del exterior.

La Emisora mantiene excelentes relaciones comerciales con el sistema financiero local, disponiendo de suficientes líneas de financiación para el desarrollo de sus operaciones normales y habituales. Sin perjuicio de lo antedicho, no puede garantizarse que en el futuro la Emisora podrá acceder a estas fuentes de financiamiento, lo que podría afectar adversamente sus negocios y operaciones.

La actividad de la Emisora está expuesta a riesgos operativos

Las operaciones de la Emisora se encuentran sujetas a distintos riesgos, incluyendo condiciones climáticas adversas, incendios, sismos, errores humanos, plagas y enfermedades, daños físicos en las propiedades y equipos y contingencias ambientales, entre otros. Si bien la Emisora cuenta con seguros sobre gran parte de sus activos y operaciones, no se puede garantizar que algunos de los riesgos mencionados o riesgos que la Emisora desconoce a la fecha del presente, no afectarán sus activos y por ende sus negocios, su situación financiera o los resultados de sus operaciones, sus perspectivas o su capacidad para cumplir con sus obligaciones en general y en particular bajo las Obligaciones Negociables.

Obligaciones asumidas en contratos de préstamos

Los términos y condiciones de cierto endeudamiento de la Emisora determinan obligaciones que limitan diversas cuestiones vinculadas al negocio.

En ese sentido, se establecen ciertas condiciones y compromisos que la Emisora debe cumplir durante la vigencia de los mismos, entre los que se encuentra el cumplimiento de índices o ratios financieros específicos. Estos compromisos podrían incumplirse bajo determinadas condiciones lo que obligaría a la Emisora a solicitar “ waivers ” a sus acreedores para evitar que dicho incumplimiento determine una penalidad para la misma. El incumplimiento de ciertos compromisos podría generar la aceleración y ejecución de ciertas deudas, incluidas las Obligaciones Negociables, lo que podría generar perjuicios económicos para la Emisora como ser una limitación para acceder a créditos a las tasas de financiamiento actuales.

Procedimientos legales en curso

La Emisora es parte de una cierta cantidad de procesos laborales, comerciales, civiles, fiscales, penales, ambientales y administrativos que, ya sea en forma independiente o junto con otros procesos, y de resolverse en forma total o parcialmente adversa en su contra, podrían resultar en la imposición de costos materiales, sentencias, multas u otras pérdidas. A agosto de 2021, los procesos en curso contra la Emisora eran 269 y el monto total previsionado por ellos fue de $ 136.982.564.

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Si bien la Emisora considera que ha provisionado tales riesgos adecuadamente, en base a los dictámenes y asesoramiento de sus asesores legales externos y de acuerdo con las normas contables aplicables, ciertas contingencias se encuentran sujetas a cambios. Esto es así dado que se desarrolla nueva información y es posible que las pérdidas resultantes de dichos riesgos, si los procedimientos se resuelven en forma adversa a la Emisora en forma parcial o total, puedan exceder significativamente las previsiones, lo que afectaría la situación financiera de la Emisora.

Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustibles

La ley N° 26.093 sancionada el 29 de abril de 2006 creó el Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustibles. Dicho régimen estableció que todo combustible líquido caracterizado como nafta que se comercialice dentro del territorio nacional, deberá ser mezclado, por aquellas instalaciones que hayan sido aprobadas por la autoridad de aplicación para el fin específico de realizar esta mezcla, con la especie de biocombustible denominada "bioetanol", en un porcentaje de cómo mínimo el cinco por ciento (5%). Este porcentaje es medido sobre la cantidad total del producto final.

Mediante la Resolución 1294/2008, la Secretaría de Energía estableció el mecanismo para calcular el precio de adquisición del bioetanol por parte de las refinerías a los productores. Se determinó que este precio será igual al mayor valor entre el costo teórico inicial de producción de bioetanol más un margen de ganancia razonable ajustado por inflación (el “Precio 1”) y el precio promedio ponderado de la nafta súper sin plomo de más de noventa y dos RON (el “Precio 2”), teniendo el Precio 2 un valor tope equivalente al del valor del Precio 1 más 35%. La Secretaría de Energía se encarga de calcular y publicar en forma mensual el precio resultante de aplicar el mecanismo descripto.

Mediante la Resolución 698/2009, la Secretaría de Energía asignó cupos anuales a distintas empresas para la provisión de bioetanol. Dichos cupos fueron ampliados posteriormente y son asignados por la Secretaría de Energía en forma mensual.

Con fecha 22 de septiembre de 2014 fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución 44/2014 de la Secretaría de Energía la cual dispone que las empresas encargadas de realizar las mezclas de combustibles fósiles con Biocombustibles que se comercialicen en el país para el abastecimiento del mercado interno deberán agregar en las naftas una proporción de Bioetanol que no podrá ser inferior a 8,5% a partir de la entrada en vigencia de la resolución, a 9% a partir del 1° de octubre de 2014, a 9,5% a partir del 1° de noviembre de 2014 y a 10% a partir del 1° de diciembre de 2014, quedando facultada la Subsecretaria de Combustibles para determinar la excepción de la obligatoriedad mencionada precedentemente en las terminales de almacenamiento de combustibles que pudieran presentar complicaciones logísticas a los efectos de llevar a cabo las mezclas en cuestión. La Resolución fue sancionada en el marco de la ley N° 26.093 sancionada el 29 de abril de 2006 creó el Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustibles

Por su parte los precios de adquisición del bioetanol serán calculados mensualmente y publicados entre el día uno y el cinco de cada mes en el sitio web de la Secretaría de Energía, como valores de transferencia fijos a salida de planta para todo el mes. Dicho precio será calculado en base a los costos de producción de bioetanol más un margen de rentabilidad (con lo cual el precio dejó de estar relacionado al precio de las naftas, lo que generó una disminución en el precio recibido por los productores).

A través del Decreto N° 543 de fecha 31 de marzo de 2016 y la Resolución de la Secretaría de Energía 37/2016 se incrementó del diez al doce por ciento la participación obligatoria del Bioetanol en su mezcla con las naftas de uso automotor para el abastecimiento del mercado interno, a partir del 1° de abril de 2016. Este incrementó debe ser enteramente satisfecho con alcohol proveniente de la caña de azúcar, logrando a partir de este nuevo incremento, que el corte se realice 50% con alcohol de caña y 50% con alcohol de maíz. En diciembre 2016 la mezcla del 12% ha sido completamente implementada, 6% se mezcla con bioetanol producido a partir de caña de azúcar y 6% con bioetanol producido a partir de maíz.

La Emisora participa de este mercado a través de la subsidiaria Bio Ledesma S.A.U, empresa que vende la totalidad de su producción de bioetanol en el marco del régimen de biocombustibles. En el caso que dicho régimen se discontinuase, o que la Secretaría de Energía dejase de asignar la totalidad o una parte sustancial del cupo mensual actual de Bio Ledesma S.A.U., o que se modificase unilateralmente la metodología de fijación del precio, esto podría tener efectos adversos significativos sobre los negocios, la situación financiera, los resultados de las operaciones y la capacidad para cumplir con sus obligaciones de la Emisora.

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El 4 de agosto de 2021 fue publicado en el Boletín Oficial la nueva Ley 27.640 - Marco Regulatorio de Biocombustibles, que regirá en Argentina hasta diciembre de 2030. La norma fija nuevos porcentajes de corte para nafta y gasoil. En el caso de la nafta, el porcentaje de corte obligatorio es del 12% de bioetanol (6% a partir de caña de azúcar y 6% a partir de maíz), y se abre la posibilidad que a futuro el corte se reduzca al 9%. La Ley establece que de darse la reducción la misma operaría sobre el porcentaje de maíz, que pasaría del 6% al 3%. La norma deja en manos de la autoridad de aplicación la posibilidad de aplicar dicha reducción. En esta ley no se introdujeron modificaciones en el establecimiento de los precios, la Secretaría de Energía determina y publica “con la periodicidad que estime corresponder los precios a los cuales deberá llevarse a cabo la comercialización de los biocombustibles destinados a la mezcla obligatoria con combustibles fósiles”.

Descalce de moneda

Al 30 de noviembre de 2021, aproximadamente el 48% de la deuda de Ledesma está denominada en dólares estadounidenses y aproximadamente el 27% de la facturación proyectada para los próximos 12 meses también será realizada en la misma moneda. Este 27% de facturación corresponde a las exportaciones de frutas, jugos, aceites, azúcar y papel más las ventas de mercado interno de cereales y oleaginosas, ventas que por las características de su mercado se realizan 100% en dólares estadounidenses. Cabe aclarar, que el 48% de la deuda que está denominada en dólares estadounidenses representa un monto menor al que representa el 27% de la facturación.

Además, a la fecha del prospecto, Ledesma cuenta con una cobertura de bonos dólar link del 3% de la deuda por lo que se reduce la exposición a la moneda extranjera a un 47%.

Por otro lado, por ser productos exportables, los precios del azúcar y del papel que son comercializados en el mercado doméstico tienden, ante fuertes devaluaciones, a tener una suba menor a la del dólar, pero mayor a la de la inflación doméstica.

En definitiva, tomando como referencia un horizonte de plazo de 12 meses desde que se pueda producir una devaluación del peso, el aumento de la deuda medida en pesos generado por la porción de la deuda denominada en dólares sería más que compensado por el aumento de los ingresos en pesos producto de esa misma devaluación.

Situación actual y proyectada en cada una de las unidades de negocios y medidas generales adoptadas para reducir los riesgos y mantener la operatoria general.

Negocio de Azúcar y Alcohol

En marzo del 2020, cuando se iniciaron la pandemia y las cuarentenas a nivel local, Ledesma contaba con una muy buena posición de stocks de azúcar y además el stock total de azúcar del país estaba relativamente ajustado. La cuarentena genero dos efectos contrapuestos sobre la demanda doméstica, por un lado, un fuerte aumento en la demanda en el segmento de consumo masivo (bolsas 1kg) y por el otro una retracción en la demanda en el segmento de consumo industrial para la producción de bebidas y alimentos (bolsa de 25, 50 kg y big-bags). Como Ledesma tiene una fuerte participación en el segmento de consumo masivo, la combinación de los dos efectos generó durante los meses de marzo y abril un volumen consolidado de ventas superior al proyectado y al de los años anteriores. Durante el resto del año 2020 y lo transcurrido del 2021, a medida que las restricciones de circulación se fueron flexibilizando, la demanda de azúcar en cada segmento se fue normalizando. Sin perjuicio de todo lo anterior, no se puede asegurar que una nueva ola de la pandemia no genere nuevas restricciones y que las mismas puedan afectar la capacidad de producción o la demanda de los productos que vende la compañía.

El comportamiento del mercado de Bioetanol, destinado al mercado de refinarías para ser mezclado con la nafta. La demanda en este mercado cayó aproximadamente un 80% durante las primeras 5 semanas de la cuarentena, generando pérdidas significativas de ingresos para la actividad. En el caso particular de Ledesma, que destila alcohol durante todo el año, una parte de esta caída en las ventas fue compensada con un mayor volumen de ventas de alcohol buen gusto para uso farmacéutico. Durante el resto del 2020 y los meses transcurridos del 2021, la demanda de naftas se fue paulatinamente recuperando al ritmo que las restricciones de circulación se fueron flexibilizando. La demanda de nafta actual todavía se encuentra por debajo de los niveles prepandemia.

Con respecto al precio internacional, la pandemia a nivel global generó una abrupta caída los precios. Sin embargo, con posterioridad a la fuerte baja, las cotizaciones se han comportado con cierta volatilidad, aunque ya han

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retornaron a niveles prepandemia. Incluso, el contrato 5 de Londres (azúcar refinado) ha recuperado un 49,6% desde Julio 2020 presentando mejores perspectivas de mediano plazo.

Negocio de Papel

Cuando comenzó la cuarentena, Ledesma se vio obligada al cierre de sus plantas de papel y de cuadernos, ubicadas en las provincias de Jujuy y de San Luis, por 45 días. Asimismo, la estricta cuarentena inicial generó una fuerte retracción en la demanda doméstica de los dos principales productos del Negocio Papel (resmas y cuadernos). A medida que la cuarentena se fue flexibilizando y se habilitó la venta de productos de librería la demanda se fue recomponiendo y la planta de papel de Jujuy volvió a funcionar. Cabe aclarar, que durante los días que las plantas estuvieron paradas, Ledesma tuvo stocks suficientes para abastecer la demanda de ese momento, nunca dejo de comercializar sus productos tanto en el mercado interno, como en los mercados internacionales.

Para compensar la caída de la demanda de los productos tradicionales del negocio, la planta de papel ha comenzado a producir dos nuevos productos, pulpa y papeles para embalajes. Dado que la cuarentena ha disminuido la oferta de papel para reciclado estos dos nuevos productos están teniendo una demanda sostenida.

Por otra parte, el negocio de productos electrolíticos, que forma parte del Negocio Papel, tuvo un fuerte aumento de la demanda de su producto hipoclorito de sodio. El hipoclorito de sodio se utiliza como insumo para fabricar lavandina, que, al ser un elemento de limpieza y desinfección, tuvo un fuerte crecimiento en su demanda a raíz del covid-19.

El 23 de diciembre del 2020, hubo un incendio en la fábrica de papel, específicamente en la máquina de papel, el incendio fue contenido rápidamente y no hubo heridos de ningún tipo, pero si ocasionó daños materiales. Producto de la reparación de los daños tanto de la planta de celulosa como la máquina de papel, ambas estuvieron paradas hasta el 15 de febrero del 2021. En la actualidad todas las plantas de papel ya están trabajando a su ritmo habitual. La fábrica de papel está asegurada, el cobro de los gastos producidos por el siniestro está en pleno trámite, se estima cerrar la indemnización de dicho siniestro durante el segundo o tercer trimestre del ejercicio 2021/22.

Programa de Asistencia para el Trabajo y la Producción.

El Gobierno Nacional creó el Programa de Asistencia para el Trabajo y la Producción (ATP) con el objeto de subsidiar hasta el 50% del salario de los trabajadores de las empresas afectadas por la cuarentena. El monto del subsidio tiene un tope máximo de 2 salarios mínimos vitales y móviles ($33.750) y un piso de 1 ($16.875). Durante el mes de abril, Ledesma ingresó a este programa debido a la caída de su facturación a nivel total compañía y en particular a la baja de sus ventas y al cierre obligado por 45 días de las Plantas de papel que tiene la Cia. en Jujuy y San Luis. El monto otorgado a Ledesma por parte del Gobierno Nacional asciende a $ 120.811.212,73.

Proyectando el próximo ejercicio (2021-22) el Negocio Papel planea seguir con el desarrollo de su línea de productos Ledesma NAT (papel 100% de caña de azúcar, 0% árboles y 0% bloqueadores químicos), tanto en el mercado doméstico, como internacional. Esto se viene dando dentro del fuerte crecimiento de la concientización de la importancia del cuidado del medio ambiente (hace un mes verifico y certifico la huella de carbono de su resmita Ledesma NAT, en valores muy cercanos a carbono neutro: 0,18 kg/resma). A su vez, en virtud de la flexibilización de la cuarentena se viene viendo una recuperación del consumo de sus otras marcas de resmitas (Autor, y su opción más económica, Punax). Esta última viene teniendo un fuerte crecimiento dado que ofrece una valorada relación precio/calidad por parte del mercado. Su desarrollo se logró sobre la base de un producto de buena relación precio/calidad a un costo muy competitivo. Por último, en la medida que se mantenga la demanda, seguirá produciendo y comercializando pulpa y papel para embalaje. Asimismo, la vuelta a las clases presenciales en todas las jurisdicciones del país y por el regreso parcial al trabajo presencial en las oficinas están generando un aumento de la demanda de cuadernos, repuestos escolares y de resmitas, de mantenerse esta situación se espera que la demanda en estos dos segmentos, para el ejercicio 21/22, sea muy superior a la del ejercicio 20/21.

No se puede asegurar que las reglamentaciones relativas al programa –incluyendo requisitos a cumplirse o condiciones a las que ajustarse por parte de los beneficiados- no serán modificadas en el futuro tornándolas más flexibles o restrictivas. Para mayor información sobre el Programa de Asistencia para el Trabajo y la Producción y los requisitos a cumplirse como condición de su otorgamiento ver el capítulo “Directores, Administradores, Gerencia y Empleados - Programa de Asistencia para el Trabajo y la Producción.” .

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Negocio de Frutas y Jugos

La recuperación de la demanda producto de las restricciones de Covid-19 es más lenta de la esperada y abarca tanto a la fruta fresca como a los productos industriales. Ledesma ha iniciado su cosecha de limón y ha colocado la misma en el mercado internacional con precios más bajos que los del año pasado y demanda estable. Nuestro principal producto de exportación (naranja de la variedad Valencia) acaba de finalizar su campaña con una producción mayor a la esperada y prácticamente ya está vendida en su totalidad, con precios moderados producto del contexto.

En el caso de los jugos concentrados, que sirven como materia prima para la elaboración de productos finales, la demanda no ha tenido mayores novedades. La producción de Ledesma está en plena capacidad. En la medida que el clima lo permita, Ledesma planea avanzar con la cosecha primero del limón y luego de las naranjas y los pomelos cumpliendo estrictos protocolos de seguridad Covid que han sido elogiados tanto por la provincia de Jujuy como por los gremios.

Los aceites esenciales siguen siendo demandados y Ledesma prevé mantener los volúmenes de venta de la campaña 2019.

Negocio Agropecuario

Ledesma reaccionó con acciones de prevención desde el inicio de la Pandemia. Se operó con total normalidad durante la cosecha de maíz y soja y en las entregas de grano a destino y tampoco hubo problemas con la operación de compra-venta de hacienda.

Se suministraron todos los elementos de prevención a nuestro personal y las operaciones se realizaron bajo el estricto cumplimiento de protocolos de operación adaptados para la cosecha de granos, operaciones de maquinarias de campo y operaciones ganaderas

En el mercado de carnes, la demanda de carne en Europa es de cortes caros; Cuota Hilton, Cuota 481 y U.E. y la demanda a China, su otro gran comprador, es de cortes de bajo precio. En la etapa inicial del COVID durante el primer semestre de 2020 el mercado Chino redujo significativamente sus compras y posteriormente Europa las redujo a casi cero, pero afortunadamente ya a fines de año ambos mercados se recuperaron con el agregado que el de China aumentó significativamente la demanda superando incluso a la del año previo al COVID.

Simultáneamente China a mediados de 2020 tomó la decisión de importar soja y maíz para recuperar sus stocks internos lo que sumado a una severa sequía que afectó al maíz de segunda brasilero redujo los stocks de granos de USA y Brasil y catapultó los precios internacionales en lo que va de 2021.

En el caso particular de Ledesma, el modelo de negocios incluye una gran proporción de la carne producida a pasto, lo que abarata el costo del kilo producido y nos permite seguir siendo rentables aun con la caída del precio. Este último año prácticamente no se produjo carne en el feedlot pues resultó conveniente vender la recría y vender el maíz evitando suministrarlo como alimento.

El consumo de harinas de trigo creció con el COVID por ser el pan y los fideos alimentos que se cocinan en los hogares y, simultáneamente, las zonas trigueras están con problemas climáticos lo que afectará la oferta de cereal. Ledesma ha decidido aumentar el área de Trigo/soja de segunda en detrimento del área de maíz en ambientes menos aptos para el maíz y maximizar el uso de insumos especialmente fertilizantes en todos los cultivos.

La suba en dólares del precio del ternero y de la carne nos hizo tomar ganancias en el ejercicio pasado y reducir la exposición para el siguiente en donde achicaremos en un 30 % la compra de terneros (unas 4.000 cabezas).

Cobranzas

Las cobranzas de Ledesma en general no han sido afectadas en forma relevante.

Los negocios Azúcar y Alcohol, Frutas, Jugos y Aceites y Agropecuario, recibieron sus cobranzas en forma prácticamente normal, solo se refinanciaron los plazos de cobro con algunos clientes de menor envergadura.

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El Negocio Papel y Librería fue más afectado, en este caso el aumento de cheques de los rechazados fue importante, a medida que estos clientes volvieron a comprar estos cheques se están cambiaron por nuevos cheques. El monto de rechazos que no pudo resolverse fue de bajísima significatividad para los números particulares de este negocio.

Medidas generales adoptadas para reducir los riesgos y mantener la operatoria general.

Desde el inicio de la pandemia, se tomaron acciones bajo dos directrices: la salud de los empleados y la continuidad del negocio. Dentro de este marco, las acciones que realizamos fueron:

  • Carta de Gerente General a todos los empleados

  • Diseño y publicación de un protocolo general a aplicar por toda la compañía

  • Creación de 3 comités de prevención, uno por cada locación.

  • Procedimiento con las acciones de limpieza y desinfección

  • Diseño, publicación y difusión de las recomendaciones de prevención señaladas por la OMS

  • Protocolo transportistas

  • Protocolo coordinado entre los ingenios de Jujuy para el ingreso de contratistas de mantenimiento.

  • Compra de termómetros digitales e infrarrojos

  • Enfermero las 24 horas en planta

  • Protocolo limpieza profunda

  • Video lavado de manos

  • Entrega de alcohol y alcohol en gel al 100 % de los empleados

  • Licencia por cuidado de hijos

  • Teletrabajo

  • Licencia a mayores de 65

  • Licencia a quienes integran grupos de riesgo

  • Instructivo o protocolo de uso de camionetas

  • Protocolo de circulación en trailers

  • WhatsApp de Somos Ledesma

  • Programa de acompañamiento a los líderes en la incertidumbre

Adicionalmente, hemos comenzado la elaboración de los protocolos para la vuelta a las oficinas y adecuado las instalaciones para garantizar una circulación segura por las mismas.

En otro orden, iniciamos procesos para capitalizar sobre lo que estamos siendo capaces de llevar adelante en esta condición de aislamiento y restricciones. Estamos relevando las oportunidades de mejora en mayor automatización de procesos, cultura digital más activa, nuevas competencias que serán requeridas a los equipos de trabajo y mayor frecuencia de teletrabajo.

En cuanto a la experiencia del empleado, vamos hacia una integración de lo digital, repensar los espacios de trabajo presenciales, la oferta de beneficios en este nuevo contexto y los mecanismos para reconocer y recompensar los resultados y el compromiso.

Por último, estamos adecuando el perfil y competencias requeridas a los líderes a partir de los cambios en el contexto social y de negocios que se están produciendo.

Sin perjuicio de todo lo anterior, no se puede asegurar que una nueva ola de la pandemia genere nuevas restricciones y que las mismas puedan afectar la capacidad de producción o la demanda de los productos de la compañía.

III. FACTORES DE RIESGO RELACIONADOS CON LA OFERTA

Las Obligaciones Negociables estarán efectivamente subordinadas al pago del endeudamiento garantizado.

Las Obligaciones Negociables a ser emitidas bajo el Programa, constituirán un endeudamiento directo, incondicional, no privilegiado y no subordinado de la Emisora con garantía común y tendrán en todo momento el mismo rango en su derecho de pago que todas las deudas existentes y futuras no privilegiadas, no garantizadas y

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no subordinadas de la Emisora (salvo las obligaciones que gozan de preferencia legal, como por ejemplo, entre otras, las acreencias por impuestos y de índole laboral). Sin perjuicio de lo anterior, el Suplemento respectivo podrá establecer respecto de una clase o serie en particular, que las Obligaciones Negociables de dicha clase o serie estén subordinadas a otros pasivos de la Emisora o bien cuenten con garantía o privilegio de algún tipo.

Si la Emisora iniciase un procedimiento concursal, se declarase en quiebra o fuese liquidada, los acreedores cuyos créditos se encuentren, de alguna forma, garantizados tendrán prioridad de pago por sobre los reclamos de pago de las Obligaciones Negociables no garantizadas de la Emisora. Si quedaran activos luego del pago de los acreedores garantizados, esos activos podrían resultar insuficientes para satisfacer los créditos de los tenedores de las Obligaciones Negociables y de cualquier otra deuda no garantizada de la Emisora, así como los créditos de otros acreedores generales quienes tendrán derecho a participar a prorrata con los tenedores de Obligaciones Negociables.

Asimismo, de así especificarlo el respectivo Suplemento, la Emisora podrá emitir Obligaciones Negociables que estén subordinadas a otros pasivos de la Emisora. En ese caso, las Obligaciones Negociables subordinadas que se emitan, estarán sujetas en todo momento al pago previo de otros pasivos de la Emisora, según describa el respectivo Suplemento.

Podrá no desarrollarse o no ser sostenible un mercado de negociación activo para las Obligaciones N egociables.

Las Obligaciones Negociables a ser emitidas en el marco del Programa constituyen títulos nuevos para los que actualmente no existe un mercado de negociación activo. En virtud de ello, no es posible garantizar que se desarrollará un mercado de negociación activo para las Obligaciones Negociables de una clase o serie a ser emitida bajo el Programa, o de desarrollarse, que se mantendrá tal mercado. Tampoco puede garantizarse que los futuros precios de negociación de las Obligaciones Negociables no serán inferiores al precio al que fueron inicialmente ofrecidas al público, ya sea por motivos inherentes a la Emisora o por factores totalmente ajenos a la misma. Asimismo, la liquidez y el mercado de las Obligaciones Negociables pueden verse afectados por las variaciones en la tasa de interés y por el decaimiento y la volatilidad de los mercados para títulos valores similares, así como también, por cualquier modificación en la liquidez, la situación patrimonial, económica, financiera o de otro tipo, la solvencia, los resultados, las operaciones o los negocios de la Emisora, su capacidad de cumplir con sus obligaciones en general o con sus obligaciones bajo las Obligaciones Negociables en particular.

La Emisora podrá rescatar las Obligaciones Negociables antes de su vencimiento, según se prevea en las condiciones de emisión

En caso que la Emisora decida rescatar las Obligaciones Negociables de cualquier clase o serie a ser emitidas bajo el Programa antes de su vencimiento (según se describe en el Capítulo XII “ De la Oferta y la Negociación – Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables ” del presente Prospecto) es posible que un inversor no pueda reinvertir los fondos recibidos en virtud del rescate de las Obligaciones Negociables, en títulos similares o a una tasa de interés efectiva tan alta como la tasa de interés abonada por las Obligaciones Negociables.

Los intereses de los accionistas mayoritarios de la Emisora pueden diferir de los intereses de los tenedores de las Obligaciones Negociables.

A la fecha de la última Asamblea de Accionistas de la Emisora, aproximadamente el 90% de las acciones se encontraban en poder del grupo de control compuesto por la familia Blaquier.

El capital social de Ledesma está compuesto por una única clase de acciones y en virtud de lo dispuesto por el Estatuto de la Emisora, los accionistas tienen derecho a elegir los miembros del Directorio. Los accionistas que conforman la mayoría manejan los negocios de la Emisora a través de la elección de los miembros del Directorio, siendo este último quien lleva adelante la conducción de los mismos.

Teniendo en cuenta lo expuesto, pueden existir circunstancias en las cuales el interés de los accionistas mayoritarios, reflejado en las decisiones del Directorio respecto de la conducción de la Emisora, pueda diferir de los intereses de los tenedores de las Obligaciones Negociables.

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III. POLÍTICAS DE LA EMISORA

Políticas de Inversiones, de Financiamiento y Ambientales

Inversiones significativas de los últimos ejercicios

Automatización del fraccionado y embolsado en Fábrica de Azúcar

Con una inversión de USD5 millones entre 2018 y 2019, Ledesma modernizó el sector de fraccionado y embolsado de Fábrica de azúcar incorporando: A) 3 máquinas agrupadoras, a fin de automatizar la tarea de llenado y cierre de bolsones de 10kg de azúcar y, B) 2 nuevas máquinas embolsadoras que permiten mantener el volumen de producción necesario, y realizan en forma automática los procesos de alimentación y de control de peso, reduciendo los tiempos improductivos. C) Reducción de los costos de operación.

Mecanización de la plantación

Hace algunos años Ledesma decidió avanzar con el proyecto de mecanizar progresivamente el 100% de la plantación de caña. En el marco de este proyecto Ledesma prevé invertir aproximadamente USD 3,5 millones, de los cuales ya lleva gran parte erogado. Dicho proyecto le permitirá a la emisora asegurar el cumplimiento de los programas de plantación, (de modo tal de maximizar la eficiencia de las tareas de plantación y de riego, más que nada en las plantaciones de verano), disminuir la cantidad de accidentes laborales inherentes a la tarea, y reducir los costos operativos de la misma.

Nueva línea de resmitas

Durante el último año Ledesma ha desarrollado una nueva línea de resmitas, llamada NAT, buscando introducir en el mercado el concepto de un papel más natural y cuya producción es más amigable con el medioambiente. El papel NAT, es producido 100% a partir de fibra celulósica proveniente de caña de azúcar y no utiliza los blanqueadores químicos en su proceso productivo. En línea con esta decisión, y teniendo en cuenta que recientemente se ha decidido cerrar la planta de papeles encapado ubicada en la provincia de San Luis, Ledesma decidió lanzar una inversión de USD 4,5 millones para la instalación de una nueva máquina resmitera que le permitirá aumentar la producción de resmitas en aproximadamente 20.000 tn anuales. Se estima que está inversión estará terminada para el ejercicio 2021/22.

Optimización de riego (2020/2021)

Primera etapa de un proyecto de inversión enmarcado dentro del Plan para la Optimización del Riego por Gravedad en la Finca El Talar. La inversión tiene como objetivo mejorar el uso del agua para riego, tanto en cantidad, como en eficiencia de uso de agua y mano de obra; El monto invertido en esta etapa fue de USD 950.000, y consiste en la instalación de compuertas automáticas que permitan automatizar el reparto de agua entre los distintos sectores de la Finca, y eliminar las oscilaciones en el sistema de riego. Cuando esté finalizada la inversión se espera obtener, producto de tener mayor producción de caña por hectárea, 2.200t adicionales de azúcar refinado y 200kL de alcohol hidratado.

Reingeniería de estación de filtración de cachaza (2020/2021)

Continuando con el esfuerzo de los ingenieros de la fábrica en la reducción de pérdidas de azúcar en los distintos procesos de fábrica, Ledesma invirtió USD3,6 millones en renovar la estación de filtración de cachaza, reemplazando los filtros de cachaza actuales por tres filtros de mayor capacidad y tecnología más avanzada. Esta inversión permitirá reducir las pérdidas de pol en cachaza. Si bien obtener más azúcar es el principal beneficio, la renovación también optimizará el consumo energético del proceso de filtrado, y al no utilizarse bagacillo como medio para filtrar libera el mismo para ser quemado en las calderas y con el vapor obtener mayor generación de energía eléctrica.

Cambio turbo siemens 1

Durante el ejercicio 2020/2021 se aprobó avanzar con el cambio de uno de los turbo generadores de la central termoeléctrica por uno de tecnología avanzada que permitirá aumentar la confiabilidad y seguridad en la generación de energía eléctrica para todo el complejo agro-industrial. Además, se estima que se obtendrá un retorno de

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aproximadamente USD500.000 por la venta de excedente de energía eléctrica. Es una inversión de USD 9 millones, y se proyecta la puesta en marcha para el ejercicio 2022/23.

Renovación del parque de máquinas agrícolas

Durante el ejercicio en curso se decidió avanzar con una renovación del parque de máquinas agrícolas superior a la habitual. Para el negocio agropecuario se compraron 12 máquinas, principalmente tractores, por un monto total de USD1,1 millones y en el negocio azúcar y alcohol se compró maquinaria nueva por USD4 millones (7 cosechadoras, 5 retroexcavadoras, y 3 topadoras). Con la inversión se espera aumentar la productividad de las máquinas, y reducir los costos operativos de mantenimiento.

Plan de innovación tecnológica en campo

Hace un tiempo que la compañía viene realizando grandes esfuerzos en mejorar los niveles de productividad del campo, a través de la optimización del uso de recursos, mejoras en los procesos de planificación, control y gestión del agro, y disminución de los costos a través de una mayor visibilidad y trazabilidad de los costos agrícolas. Enmarcados en este plan se realizaron varias inversiones, entre la que se destaca el Proyecto Vertical Agro (USD 1.000.000), el cual consiste en la adquisición de una solución corporativa de clase mundial para la gestión de los procesos de campo, que abarca los siguientes procesos: planificación de campaña, la gestión agrícola, la gestión con terceros cañeros o fruteros, la gestión de la báscula, el transporte, el mantenimiento de los equipos. Adicionalmente, se realizaron otras inversiones que apuntan al mismo objetivo, tales como la compra de un drone, que permite ver el estado de los cultivos de modo tal de obtener mejores conclusiones agronómicas, y la instalación de una red de corrección satelital (Red RTK) cuyo objetivo es dar mayor precisión a la guía de los equipos agrícolas.

Nuevo cargadero de productos electrolíticos

En el ejercicio 2020/21 se decidió avanzar con la construcción de una nueva playa de carga de productos químicos, la cual se planea realizar en el transcurso de dos ejercicios. La inversión, cuyo costo aproximado es de USD1,5 millones, tiene por objetivo perfeccionar la performance de la compañía en tres ejes claves: Seguridad en la carga de productos químicos, sostenibilidad de la estrategia del negocio, y mejora en la eficiencia de la carga.

Migración SAP S4/Hana

Al cierre del año 2020 Ledesma invirtió USD345.000 en la adquisición de la licencia de HANA, la nueva tecnología de SAP. La inversión total consta de tres etapas más en las cuales se irá migrando de a poco al nuevo ERP, el cual se espera sea más ágil en el procesamiento de datos, y más ameno y flexible para la explotación por parte de los usuarios.

Medio Ambiente

Ledesma desarrolla actividades agrícolas e industriales en las provincias de Jujuy, San Luis, Entre Ríos, Salta y Buenos Aires. Los procesos agroindustriales se concentran principalmente en Jujuy y están asociados tanto al cultivo de la caña de azúcar y sus derivados (incluyendo el papel, alcohol y bioetanol) como a la producción citrícola y sus derivados.

A lo largo de nuestra extensa historia, siempre pensamos que no es posible la generación sostenible de valor si no se realiza cuidando el ambiente y los recursos naturales. Este principio ha colocado en el centro de la escena la obligación de preservar los entornos naturales en los que se desenvuelve la producción de azúcar, de frutas y de otros alimentos.

En Ledesma tenemos más de 113 años de historia ejerciendo un liderazgo proactivo en búsqueda del crecimiento económico, el progreso social y la preservación del ambiente.

Política y Plan de Sostenibilidad

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Nuestra Política de Sostenibilidad, estructurada en cinco (5) pilares de acción y dos (2) ejes transversales, establece el marco para impulsar la gestión sostenible de los negocios, con la mirada puesta en el futuro.

Ejes transversales

Gobernanza, ética y transparencia

Asegurar el cumplimiento de los valores y compromisos éticos corporativos, la legislación vigente, y alinear el accionar de la compañía a los más altos estándares de desempeño.

Innovación

Impulsar la consolidación de una cultura de innovación, apoyada en procesos de mejora continua, para la generación de valor económico, social y ambiental en todos los procesos de la compañía.

Pilares de acción

Competitividad económica

Asegurar un crecimiento económico rentable y sostenible.

  • Establecer sistemas de producción eficientes basados en los mejores estándares.

  • Realizar y mantener inversiones sostenibles.

Desarrollo de la cadena de valor

  • Liderar el desarrollo de productos y servicios sostenibles de calidad, enfocados a satisfacer las necesidades y expectativas de nuestros clientes y mercados.

  • Acompañar la generación de capacidades de proveedores locales.

Gestionar la logística desde una perspectiva eficiente y sostenible. Extender el compromiso con la sostenibilidad a toda la cadena de valor.

Bienestar y seguridad de las personas

  • Generar empleo de calidad.

  • Capacitar y acompañar el desarrollo de los colaboradores.

  • Crear y mantener un ambiente de trabajo seguro y un entorno saludable.

  • Promover la inclusión y diversidad laboral.

  • Incentivar la conciliación de la vida personal y laboral.

Progreso de las comunidades locales

  • Respetar y proteger los derechos humanos.

  • Impulsar el desarrollo económico local.

  • Contribuir a mejorar la salud y el bienestar.

  • Fortalecer la educación y la cultura.

  • Contribuir a la reducción de la brecha tecnológica.

Preservación del ambiente

  • Gestionar responsablemente nuestras operaciones para proteger los ecosistemas y la biodiversidad.

  • Aplicar un enfoque preventivo en el uso de los recursos naturales.

  • Maximizar nuestra eficiencia energética.

  • Impulsar tecnologías más limpias y eficientes.

  • Promover la incorporación de las mejores prácticas.

  • Concientizar acerca de la preservación del ambiente.

Durante el Ejercicio 2020-2021 nos propusimos avanzar en la implementación de la Política, para lo cual desarrollamos un Plan de Sostenibilidad.

El Plan consta de 25 iniciativas con indicadores que permitirán monitorear sus resultados. Este proceso es aprobado por el Comité de Sostenibilidad, conformado por el Gerente General y los directores que le reportan, y supervisado por el Directorio de Ledesma.

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Política Ambiental

Ledesma S.A.A.I. considera al cuidado del ambiente y de los recursos naturales como condiciones esenciales para la generación sostenible de valor, y a través de su Política Ambiental se compromete con los siguientes principios:

  1. CUMPLIMIENTO DE NORMAS: Asegurar el cumplimiento de nuestras actividades dentro del marco de la legislación ambiental vigente y aplicable en la materia.

  2. GESTIÓN: Establecer una gestión sustentable de los procesos, basada en un equilibrio entre las dimensiones económicas, sociales y ambientales

  3. PREVENCIÓN Y CONSERVACIÓN: Aplicar un enfoque preventivo, evaluando riesgos potenciales, a efectos de preservar los recursos naturales y la biodiversidad.

  4. RESPONSABILIDAD: Promover la responsabilidad ambiental en todos los niveles de la Compañía, como así también entre proveedores, clientes y con las comunidades con las que opera.

  5. COMUNICACIÓN: Promover programas de sensibilización y capacitación, buscando concientizar a cada miembro de su empresa y a toda su cadena de valor, como agentes activos en la construcción de una cultura corporativa comprometida con la sustentabilidad.

  6. MÍNIMO IMPACTO: Evaluar y minimizar el impacto de los diferentes procesos productivos sobre el ambiente.

  7. MÁXIMA EFICIENCIA: Buscar maximizar la eficiencia en la utilización de energía y recursos naturales, fomentando el uso de energías renovables que minimicen el impacto sobre el ecosistema.

  8. RECICLADO: Aplicar las mejores prácticas de conservación ambiental, minimizando y compensando los impactos de sus operaciones, con acento en la minimización de excedentes y reciclado de sus residuos.

  9. CALIDAD: Alentar la aplicación de buenas prácticas ambientales y el uso de tecnologías respetuosas del ambiente procurando alcanzar los estándares de las certificaciones internacionales.

  10. INNOVACIÓN Y MEJORA CONTINUA: Promover la innovación y la mejora continúa en las actividades industriales, productos y servicios, buscando alcanzar el más alto desempeño ambiental posible.

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  1. COMPROMISO: Promover la formación, entrenamiento y compromiso del personal en materia ambiental en conformidad con los principios enunciados. Colaborar con entidades públicas y privadas en la búsqueda de una mayor conciencia ambiental.

Liderazgo y Compromiso

Estructura Corporativa.

Ledesma cuenta, dentro de su estructura, con una Dirección de Innovación, Medio Ambiente y Energía, así como una Gerencia de Medio Ambiente.

Comité Medio Ambiente.

Los temas ambientales son transversales a todos los negocios y áreas de la compañía, en tal sentido se creó un Comité de Medio Ambiente Integrado por un Equipo Técnico de Ledesma conformado por un miembro titular y un suplente de las distintas gerencias de Medio ambiente, Legales, Institucionales, Papel, Azúcar, Campo, Frutas, Energía, SYSO, y un Asesor Legal Ambiental.

Objetivos

  • Garantizar el cumplimiento de la Política Ambiental vigente.

  • Analizar en conjunto todos los aspectos ambientales transversales a la compañía.

  • Analizar el impacto de la actividad industrial en el entorno y en la comunidad de Ledesma.

  • Asegurar la gestión adecuada de los procesos para garantizar el cumplimiento con la legislación ambiental vigente.

  • Tratar en equipo temas críticos relevantes

  • Proponer mejoras para optimizar la gestión ambiental. Establecer objetivos y acciones en conjunto.

  • Optimizar el circuito de residuos desde la generación hasta su disposición final en cada área. Concientizar que la disminución de la generación de residuos es equivalente a fabricar más con menos recursos.

  • Continuar preservando la biosfera en la que el Ingenio está inmersa.

  • Integrar la gestión ambiental a la operatoria diaria junto con la seguridad, la calidad y la mejora continua.

  • Promover la investigación interna y externa para mejorar la performance medioambiental.

Cumplimiento de Normas

Desde el punto de vista ambiental, la provincia de Jujuy cuenta con regulaciones instrumentadas a través de leyes, resoluciones o decretos que controlan las actividades públicas y privadas. La Ley N° 5.063, llamada Ley General del Ambiente, es la más significativa y en sus distintos capítulos da forma y define criterios y normas a ser aplicadas en todo el ámbito provincial. La misma, en el capítulo de residuos peligrosos, tiene en cuenta las disposiciones de la Ley Nacional N° 24.051, entre otras. Por otra parte, el Decreto provincial N° 5.980/06, que es uno de los decretos reglamentarios de la Ley provincial N° 5063, toma del Decreto nacional N° 831/93 los estándares de calidad ambiental referidos a suelo, aire y agua.

De manera resumida se desarrollarán a continuación los decretos reglamentarios que implementan aspectos destacados de la Ley General del Ambiente antes mencionada

El Decreto provincial N° 5.980/06 reglamenta el procedimiento de evaluación de impacto ambiental y establece las normas técnicas de calidad ambiental para la protección de la atmósfera, de las aguas y del suelo. Dicha evaluación se realiza a través de la tramitación del Certificado de Aptitud Ambiental que expide la Dirección Provincial de Calidad Ambiental. Para obtener dicha certificación toda actividad que se desarrolle en el ámbito provincial debe presentar una pormenorizada descripción de sus actividades, inputs, procesos y outputs derivados del mismo. Los requerimientos son los siguientes:

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  1. Descripción de los efluentes líquidos y gaseosos, en su cantidad y calidad u otro tipo de emisiones o vertidos, ruidos, vibraciones, olores, energía, emisiones luminosas, partículas, etc.

  2. Descripción de los residuos sólidos generados, en su cantidad y calidad.

  3. Descripción de la forma de tratamiento o lugar de disposición de residuos.

  4. Identificación, descripción y valoración de los principales impactos ambientales del proyecto.

  5. Medidas adoptadas para prevenir, evitar, eliminar, reducir o mitigar los efectos contaminantes y el impacto ambiental en general.

  6. Compromiso de adecuación a los estándares y valores fijados en dicho Decreto, para las emisiones de contaminantes de aire, agua y suelo.

La presentación de todo lo descripto precedentemente es condición indispensable para la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental (CAA), el que tiene una vigencia de dos años. Para la obtención y renovación de dicho certificado, Ledesma debe presentar evaluaciones trimestrales referidas a calidad de aire y agua y semestrales referidas a suelo. Dichas evaluaciones son llevadas a cabo por laboratorios externos debidamente habilitados por la autoridad de aplicación.

Los Certificados de Aptitud Ambiental otorgados por la Secretaría de Calidad Ambiental de la provincia de Jujuy en vigencia son:

  • CAA N°0011 “Gerencia de campo caña de azúcar” para su actividad de producción, cosecha y

  • transporte de caña de azúcar, emitido mediante resolución N°115/2021 con vencimiento el 07/04/2023. - CAA N°0012 “Gerencia de frutas, área quintas” para su actividad de producción de frutas cítricas

  • y no cítricas, emitido mediante resolución N°116/2021 con vencimiento el 07/04/2023.

  • CAA N°0013 “Gerencia de frutas, planta de empaque” para su actividad envasado de frutas para

  • exportación, emitido mediante resolución N°117/2021 con vencimiento el 07/04/2023.

  • CAA N°0014 “Gerencia de frutas, planta de jugos concentrados y aceites esenciales” para su

  • actividad elaboración de jugos concentrados de frutas y extracción de aceites esenciales, emitido mediante resolución N°119/2021 con vencimiento el 07/04/2023.

  • CAA N°0015 “Gerencia de papel” para su actividad de fabricación de papel, emitido mediante

  • resolución N°118/2021 con vencimiento el 07/04/2023.

  • CAA N°0016 “Gerencia de azúcar y alcohol” para su actividad de elaboración y refinación de

  • azúcar, destilación y deshidratación de alcohol etílico, emitido mediante resolución N°120/2021 con vencimiento el 07/04/2023.

El Decreto provincial N° 6.002/06 reglamenta la creación del Registro Provincial de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos, Industriales y de Servicios, y el Registro Provincial de Residuos Patogénicos. La obligatoriedad de inscripción en dicho registro compete a todas las entidades, firmas, sociedades, establecimientos, empresas, y comercios que por su actividad deben ser objeto de un mayor control y gestión de residuos. Se consideran peligrosos aquellos residuos que poseen constituyentes especiales con un riesgo potencial de causar daño ambiental, superior al de otras actividades. En virtud de ello, la Dirección Provincial de Calidad Ambiental examina y analiza los avances científicos y tecnológicos que determinan criterios para las actividades por su potencial o efectiva capacidad de generar residuos peligrosos.

La efectiva implementación de lo antedicho es a través del Certificado de Aptitud Ambiental Anual N°122 (CAPA), donde se describen e identifican tanto los distintos residuos peligrosos generados como su correcta gestión y disposición final. Se identifican tres partes que integran la cadena obligada en la gestión de los residuos que deben contar con una habilitación otorgada por la autoridad de aplicación, éstos son: generador, transportista y operador final.

El certificado otorgado tiene vigencia anual y se entrega previa presentación de la documentación respaldatoria de la correcta disposición de residuos peligrosos y de informes sobre el total generado por tipo de actividad durante el año.

Gestión sustentable

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Orientamos nuestras inversiones al desarrollo de diferentes iniciativas para el uso eficiente de los recursos y a mitigar los impactos sobre el medio ambiente.

Ledesma se ha trazado diversos objetivos, como el cuidado de las fuentes de agua, la utilización de fuentes de energía renovables y la gestión de la totalidad de los residuos generados en el proceso de producción. Somos miembros del Pacto Global desde 2004 y reportamos anualmente nuestros impactos con la Guía Global Reporting Initiative (GRI) desde el ejercicio 2007-2008 ( https://www.ledesma.com.ar/informe-sostenibilidad/ ).

Cuidado del agua

En Ledesma buscamos año tras año ser más eficientes en el uso del agua, por lo que profundizamos este aspecto en los diferentes procesos productivos, introduciendo cambios tanto metodológicos como de equipos que permitan disminuir el consumo de agua.

Junto a la Fundación ProYungas, estudiamos en forma periódica las cuencas hídricas de las Yungas de forma tal de verificar y asegurar la existencia de las especies autóctonas en nuestros ríos.

Dedicamos tiempo, esfuerzo y recursos en la búsqueda de sistema de riego cada vez más eficientes para incorporar en nuestros campos.

En las unidades Territoriales de Ledesma y Calilegua los principales usos del agua son riego de cultivos de caña de azúcar y cítricos (90%), proceso industrial (9%) y consumo domiciliario (1%). El 95% de nuestras superficies cultivadas se encuentra bajo riego, y el restante 5% se cultiva a secano (sin riego). Aproximadamente el 90% de las fincas de caña de azúcar se encuentran bajo riego por gravedad, mientras que el 10% restante bajo algún tipo de riego presurizado.

Respecto a la plantación de frutas, en junio de 2020 transitamos la auditoría anual de Global G.A.P. Así, incorporamos la auditoria de un módulo ADD ON de Global G.A.P: SPRING – programa sostenible de riego y uso de aguas subterráneas pensado en un enfoque sostenible para la gestión del agua. Como resultado, obtuvimos un certificado de conformidad, disponible en la base de datos Global G.A.P.

Cuidado de los suelos

En todas nuestras actividades agrícolas utilizamos las mejores prácticas para desarrollar una agricultura sostenible. En las fincas del Noroeste Argentino llevamos adelante la cosecha mecanizada “en verde”, que garantiza un mayor rendimiento en azúcar, menor evaporación del agua del suelo e incorporación de nutrientes y materia orgánica.

En todos nuestros establecimientos de la Región Pampeana utilizamos la siembra directa, que aprovecha los residuos del cultivo anterior para mantener el suelo húmedo y proteger la erosión.

Energía y emisiones de gases de efecto invernadero.

En Ledesma usamos nuestros sistemas de cogeneración para abastecernos de energía eléctrica y térmica. A partir del vapor generado en las calderas de potencia generamos energía eléctrica y aportamos calor a los procesos industriales. Además, hace 10 años que estamos utilizando los residuos de la cosecha de la caña de azúcar como combustible renovable para generar energía. En el Ejercicio 2020-2021, el 63% de la energía que consumimos provino de fuentes renovables, un 3% más que el ejercicio anterior.

Para mejorar nuestra eficiencia energética, llevamos a cabo proyectos de ahorro de vapor en diferentes fases de los procesos productivos. Logramos aprovechar mejor el vapor con el uso de evaporadores de placa para la concentración de jugo de caña, una tecnología no muy difundida en nuestro sector. Respecto a la energía eléctrica, tenemos un programa de ahorro en todo el complejo, con el foco en los sistemas de aire comprimido y la modernización de los sistemas de iluminación, entre otras actividades.

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Al mismo tiempo, trabajamos fuertemente en el ahorro de gas en calderas bagaceras con un indicador referenciado a m3N de gas por tonelada de vapor generado. Alcanzamos el objetivo de una reducción de 5,8 m3N de gas/tn de vapor a 2,5 m3N de gas/tn de vapor propuesto. También trabajamos en proyectos de eliminación de purgas y trampas de vapor.

También somos parte de un programa promovido por la Secretaría de Energía de la Nación, en conjunto con el Ministerio de Desarrollo y la Unión Europea, llevado a cabo por la Fundación Bari- loche, que incluye una red de empresas que busca avanzar en cuestiones de eficiencia de energía eléctrica a partir del cumplimiento de la norma ISO 50.001.

Nuestra principal fuente de emisión de Gases de Efecto Invernadero (GEI) es la generación y consumo de energía, un 58% de las emisiones totales. Le siguen en importancia, el transporte y maquinaria con el 21%, la producción agrícola con el 12% y los procesos industriales con el 5% de las emisiones totales. Finalmente, la gestión de residuos y efluentes representa el 4% de las emisiones totales del Complejo Agroindustrial Ledesma (CAL).

Nuestras emisiones totales en el CAL para el ejercicio 2020-2021 fueron de 481.540 tn CO2eq y disminuyeron un 1,8% respecto al Ejercicio anterior. Respecto al año base (2006/ 2007), en los últimos 14 años las emisiones totales (sumando los 3 alcances) disminuyeron un 19%. Las emisiones directas han representado el 90% o más de las emisiones totales a lo largo de todos Ejercicios.

Esta mejora se debe a una disminución del consumo de gas natural en las nuestras calderas de la Central Termoeléctrica, un mayor uso de fuentes renovables para el autoabastecimiento de ener gía eléctrica, un menor volumen de efluentes generados y una menor carga orgánica enviados para su tratamiento al Sistema Integral de Tratamiento de Efluentes (SITE).

Captura de carbono

Gracias al programa Paisaje Productivo Protegido, mantenemos alrededor de 100.000 ha de espacios silvestres, que generan una captura de más de 350.000 tn CO2 por período. Esto repre- senta una compensación anual de más del 70% de nuestras emisiones en el Complejo Agroindus- trial Ledesma.

Huella de Carbono resma NAT

SCS Global Services llevó a cabo la verificación de la huella de carbono de nuestro producto NAT Office Paper Ream, en marzo del 2020. Para ello, utilizó los requisitos del Protocolo WRI / WBSCD GHG: estándar de contabilidad e informes corporativos del Protocolo GHG (Estándar corporati- vo del Protocolo GHG). El resultado fue que la huella de carbono total de nuestra resma de hoja Oficio Ledesma NAT es de 0,18Kg de CO2, un valor amigable con el medioambiente.

Gestión de Residuos

Gestionamos los residuos sólidos y peligrosos de manera sostenible, con el foco puesto en fomentar la reducción de su generación, incentivar la separación en origen, cumplir con la normativa legal vigente y promover la innovación tecnológica para optimizar la cadena de valor y la sustentabilidad. Es por ello que aplicamos la política 5R para el tratamiento de los residuos sólidos: reeducar, reducir, reutilizar, reciclar y recuperar. Desde 2019 contamos con la certificación ISO 14001:2015 para nuestra gestión integral de residuos.

Los residuos pueden ser reutilizados, reciclados o enviados a disposición final, de acuerdo lo que se defina en nuestra Planta de Tratamiento de Residuos Industriales. Durante el Ejercicio reciclamos el 82% de los residuos sólidos industriales. Esto implica que se transforman, embalan y venden para reutilizarse como materias primas en la producción de nuevos bienes. En total se procesaron 3.671 toneladas de residuos, de estas 3.020 toneladas fueron al circuito de reciclado (60% metálicos, 22% celulósicos, 12% plásticos, y 6% otros) y 651 toneladas de residuos peligrosos fueron enviadas a operadores habilitados para su disposición final.

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Los residuos reciclables vendidos generaron un ingreso monetario que permitió cubrir gran parte de los gastos de recolección, acondicionamiento y disposición final.

Gestión de Efluentes

En Ledesma contamos con un Sistema Integral de Tratamiento de Efluentes para el manejo y tratamiento de nuestros efluentes líquidos industriales. Se encuentra monitoreado por un laboratorio de planta con equipamiento acorde que se complementa con muestreos trimestrales realizados por un laboratorio externo homologado. Su eficiencia permite mantener las aguas del río San Francisco dentro de los Niveles Guía de Calidad de Agua previsto por el D.R.: N° 5980/06.

Protección de los ecosistemas y la biodiversidad

El compromiso que tenemos con esta región y con el desarrollo de prácticas productivas de forma sustentable impulsó que en 1979 donemos 76.000 hectáreas para la creación del Parque Nacional Calilegua. Luego de más de 20 años, en el año 2002, esta región en Jujuy fue declarada por la UNESCO como “reserva de biósfera”.

En 2005 iniciamos junto con la Fundación ProYungas un proceso para revalorizar las áreas silvestres que forman parte de nuestras 157.000 hectáreas en Jujuy. Logramos uno de los primeros Ordenamientos Territoriales realizado por una empresa privada en la Argentina, asumiendo el compromiso de conservar dos hectáreas de ambientes naturales por cada hectárea en producción. A partir de 2007 implementamos un programa de monitoreo ambiental que incluyó relevamientos de flora y fauna.

Finalmente, en 2010 desarrollamos el programa Paisaje Productivo Protegido (PPP) junto a Fundación ProYungas. A través de este programa se demuestra que los ecosistemas silvestres pueden ser conservados a largo plazo integrando sistemas productivos gestionados de forma adecuada. Este programa se conforma por:

  1. Planificación del uso y ordenamiento del territorio. Esta etapa dio como resultado el Plan de Ordenamiento Territorial donde se destinaron 100.000 hectáreas de espacios silvestres a la conservación de la naturaleza.

  2. Incorporación de procesos de mejora continua en el desempeño ambiental.

  3. Monitoreo de la biodiversidad. En enero de 2021 un yaguareté fue registrado por las cámaras fotosensibles dentro de las áreas protegidas. El avistamiento de esta especie en peligro de extinción es un indicador de las buenas condiciones del ecosistema dentro de nuestros territorios.

  4. Comunicación interna y externa. Desarrollamos jornadas de capacitación interna sobre la importancia de minimizar los impactos de nuestras actividades. También, en conjunto con la Fundación ProYungas, realizamos más de 10 publicaciones de material de difusión de la información técnica generada en el Programa PPP.

  5. Generación de alianzas estratégicas con actores territoriales.

Objetivos de desarrollo sustentable

Tenemos iniciativas en marcha para realizar contribuciones con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas.

ODS 15 Vida de Ecosistemas Terrestres

Objetivos: Gestionar sosteniblemente los bosques, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y detener la pérdida de biodiversidad Iniciativa: Programa Paisaje Productivo Protegido

ODS 12 Producción y consumos responsables

Objetivos: Garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles Iniciativa: Gestión responsable de residuos:

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Contribución de la iniciativa: Implementar ISO 14001 antes de junio de 2019 para el tratamiento de residuos sólidos del Ingenio Ledesma. Mantener, hasta el 2030, una gestión de residuos eficiente que permita disponer 0 (cero) residuos en el relleno sanitario municipal; y reciclar al menos el 85%

de los residuos anuales que se generan. Incorporar políticas de reducción de residuos en los distintos negocios de la compañía, mediante las mejores técnicas disponibles y generando cambios en los consumos de materias primas e insumos.

Comunicación institucional

En Ledesma pensamos que lo que hacemos tiene valor. No sólo los productos que fabricamos sino también el modo en que los hacemos. Y no sólo los negocios, sino también nuestro vínculo con las comunidades y el ambiente que nos rodea.

Por eso tenemos una política de comunicación abierta, que busca más mostrar que decir. Y fundamentalmente escuchar, porque entendemos que otros puntos de vista siempre nos mejoran. Apostamos a la comunicación transparente y al intercambio genuino.

Intentamos tener canales abiertos apropiados para cada uno de nuestros interlocutores: nuestros empleados, nuestros vecinos, nuestros clientes y nuestros proveedores, los medios masivos, las universidades, las ONG y otras instituciones públicas y privadas.

Publicamos lo que hacemos en nuestro sitio web www.ledesma.com.ar y en las principales redes sociales, Facebook (ComunidadLedesma), Twitter (SomosLedesma) e Instagram (SomosLedesma), entre otras.

Invitamos a periodistas a conocer nuestras fincas, instalaciones y fábricas, y a recorrer los espacios que creamos para dialogar con las comunidades, para que conozcan nuestro trabajo de primera mano.

En nuestra oficina de Relaciones con la Comunidad, en Libertador General San Martín, y en cada uno de los espacios que auspiciamos, dialogamos con las comunidades vecinas.

Nos interesa particularmente promover las yungas jujeñas. Para ello, impulsamos y difundimos actividades culturales, turísticas y deportivas que las involucran. Queremos que cada vez más personas puedan apreciar este magnífico ecosistema que nos rodea.

Nuevos productos Sustentables

Ledesma NAT: Con el objetivo de ofrecer al mercado un producto en línea con las tendencias mundiales centradas en la protección del medio ambiente, lanzamos “Ledesma Nat”. Esta resma de papel de nuevo diseño les ofrece a los clientes un producto totalmente sostenible que incluye hojas 100% a base de caña de azúcar, 0% de fibra de árbol y 0% de productos químicos para blanquear Certificación Producto Yungas.

Todo nuestro papel cuenta con la certificación PRODUCTO YUNGAS – FCA (Fibras Celulósicas Alternativas) de Fundación ProYungas, un sello auditado por IRAM que certifica que el papel de Ledesma se produce a partir de fibras celulósicas no madereras y protegiendo el medio ambiente en cada uno de sus procesos productivos. Además, tenemos certificado el Sistema de Gestión de Calidad de la Fábrica de Papel en la Norma ISO 9001 versión 2015 por DNV GL.

Responsabilidad Social

Ledesma procura alinear su crecimiento económico con el progreso social y el cuidado del ambiente y en ello consiste la esencia de su responsabilidad social. La Sociedad cuenta con una política corporativa de sostenibilidad con el objetivo de consolidar y fortalecer su compromiso integral con el desarrollo sostenible y que constituye el marco y guía de la gestión económica, social y ambiental. Para llevar adelante su estrategia de sostenibilidad, la empresa trabaja con socios institucionales como el Consejo Empresario para el Desarrollo Sostenible (CEADS) y la Fundación Pro-Yungas, entre otras.

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Asimismo, Ledesma reporta en forma anual su desempeño económico, social y ambiental en su informe de sostenibilidad, realizado de acuerdo con los lineamientos del Marco del Consejo Internacional de Reporte Integrado (IIRC), que propone integrar toda la información financiera y no financiera de la organización en un solo documento. Así, somos una de las primeras empresas en Argentina en adoptar este modelo, y la precursora en el sector agroindustrial. Además, nuestro Reporte Integrado 2019-2020 utiliza los Estándares de Global Reporting Initiative (GRI) que alcanza la Opción de Conformidad Esencial, e informa nuestra contribución a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de Naciones Unidas.

El núcleo productivo de Ledesma es el cultivo y procesamiento de la caña de azúcar, proceso del que derivan los ejes de su estrategia de sostenibilidad: producir de forma integrada para maximizar la eficiencia de sus actividades y dar valor agregado a su materia prima; cuidar la tierra y el agua y conservar las yungas jujeñas que son el ecosistema en el que opera la empresa; tomar medidas frente al cambio climático; tener un fuerte compromiso con el desarrollo local de las comunidades jujeñas que están cercanas al principal Complejo Agroindustrial de la empresa y mantener un diálogo permanente con los stakeholders, especialmente con estas comunidades.

De esta estrategia también derivan los principales compromisos con los ODS de Naciones Unidas. La empresa tiene iniciativas en marcha para realizar contribuciones en los siguientes ODS: N° 4: Educación de Calidad, N° 7: Energía asequible y no contaminante, N° 11: Ciudades y comunidades sostenibles, N° 12: Producción y consumo responsables y N° 15: Vida de ecosistemas terrestres y 9 de sus metas. Estas iniciativas están vinculadas, respectivamente, con la generación de competencias para acceso al empleo, el aumento de la fuente renovable en la matriz energética del Complejo Agroindustrial de Ledesma, el Programa de Acceso a la Vivienda propia, la gestión integral de residuos y el Programa Paisaje Productivo Protegido.

La alta dirección está profundamente involucrada en la gestión de la sostenibilidad y toma en cuenta dichas cuestiones en el proceso de toma de decisiones. La compañía cuenta con un Comité de Sostenibilidad, liderado por su Gerente General y conformado por todos los directores ejecutivos, y anualmente el Directorio lleva adelante una reunión de seguimiento de la gestión de la sostenibilidad.

Su política de Responsabilidad Social Empresaria está alineada a la norma ISO 26.000. Esta norma describe la participación activa y el desarrollo de la comunidad como una de las materias de la Responsabilidad Social Empresaria: “ Tanto la participación activa como el desarrollo de la comunidad son partes integrales del desarrollo sostenible […]. La participación activa de una organización en la comunidad debería surgir del reconocimiento de que la organización es una parte interesada en la comunidad y que tiene intereses comunes con ella ”.

En la provincia de Jujuy, que es el objetivo prioritario de las acciones en esta materia, la empresa lleva adelante la intervención más directa, pero también trabaja con las comunidades próximas a las actividades en San Luis y en Entre Ríos. A nivel nacional, Ledesma aporta financiamiento para acompañar a organizaciones sin fines de lucro enfocadas en la mejora de la educación, la nutrición, el fortalecimiento de las instituciones y la promoción de la sustentabilidad. Estas organizaciones son: CIPPEC, Fundación Trauma, Fundación Leer, Fundación Centro de Estudios Infectológicos – FUNCEI, Fundación Marista, Fundación RAP, Fundación Si, Red de Bancos de Alimento, Fundación Conin y Asociación Promover.

Política de Responsabilidad Social Empresaria

El objetivo principal es contribuir con el desarrollo de la provincia de Jujuy, especialmente de las comunidades de las que la empresa forma parte.

Se mantiene un diálogo constante con la comunidad para acompañarla en problemas que ella misma identifica. Se trabaja en redes, articulando iniciativas. Se llevan adelante intervenciones sostenidas que impactan de modo directo en las personas, con foco en la reducción de la brecha tecnológica, la educación técnica, la construcción de capital social y el apoyo a emprendedores locales. Para ello, el Departamento de Relaciones con la Comunidad cuenta con un equipo de más de cuarenta personas dedicadas a gestionar las iniciativas y los programas sociales: la Oficina de Relaciones con la Comunidad, el Centro de Visitantes, los clubes Atlético Ledesma y Talar y los Centros de Capacitación Informática.

Trabajamos por cinco objetivos específicos: (i) estimular el empleo y la empleabilidad; (ii) mejorar la propuesta educativa; (iii) fortalecer el tejido social, (iv) contribuir con las actividades deportivas y culturales; y (v) apostar a la innovación.

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Para Ledesma, el compromiso de largo plazo con sus vecinos y con la comunidad es un valor, y la empresa procura ser reconocida por la seriedad y la estabilidad de sus programas. Así, el Programa de Informática lleva quince años de implementación; el apoyo a la Escuela Técnica Herminio Arrieta (ETHA) nació con la escuela misma, hace más de cuarenta años; el Centro de Visitantes abrió sus puertas hace ocho años; el Torneo Integración va por su sexta edición, y el programa “Un Equipo Ganador”, para todas las escuelas de la región de Ledesma, ya cumplió 11 años.

Las líneas de acción para alcanzar dichos objetivos son:

Vivienda:

Plan de construcción de mil viviendas:

Para promover el acceso a la vivienda y mejorar la calidad de vida de sus trabajadores, entre 2013 y 2016, Ledesma construyó 1.100 viviendas en la provincia de Jujuy, destinadas a sus empleados dentro de convenio. El Programa consistió en la construcción de dos barrios, toda la infraestructura necesaria para su funcionamiento y las 1.100 viviendas que los componen. El Barrio “Papa Francisco” en Calilegua, de 1.000 viviendas y el Barrio “El Encuentro” en el Talar, de 100 casas, están habitados por más de 5.000 personas, entre los nuevos propietarios y sus familias.

Desde la finalización de las obras de infraestructura, Ledesma continúa trabajando junto con los vecinos para promover proyectos de mejora de la calidad de vida. Se impulsaron proyectos para la instalación de parques y plazas de uso recreativo, forestación, espacios para la práctica de deportes y acompañamiento a gestiones de las comisiones vecinales para alcanzar objetivos comunes en cada barrio.

Para la realización de este Programa la empresa destinó 60.5 hectáreas que hasta entonces eran productivas. El programa tiene un abordaje social que es clave para su éxito: un equipo de seis asistentes sociales acompaña a los adjudicatarios en el proceso de acceso a su casa. Cada trabajador está pagando su vivienda con el equivalente a 40 horas de trabajo mensuales y en la cantidad de años que sea necesaria para no generar una cuota mayor al 20% de su salario. Pagada la cuota n° 150, si quedara deuda, Ledesma la condona.

Esta acción se enmarca en una política histórica de la Emisora que en el año 1964 creó la Fundación Ingenio Ledesma, con el único objeto de proveer de vivienda a sus empleados. Así entre 1970 y 1975 la Emisora construyó y financió al costo más de 5.000 viviendas que constituyen el casco urbano que dio origen a las ciudades de Libertador General San Martín, Calilegua, El Talar y Fraile Pintado.

Estimular las condiciones de empleabilidad de los jóvenes:

Programa Escuela de Oficios.

Junto con la Escuela Técnica Ingeniero Herminio Arrieta (ET HA) formamos a jóvenes de la localidad de El Talar en electricidad, carpintería, soldadura y herrería. 2 ciclos lectivos (18 meses). En el primer año el alumno realiza una rotación trimestral, por lo que se capacita en tres oficios distintos. Durante el segundo año elige el oficio en el cual quiere especializarse y lo aprende durante 9 meses. La capacitación está acreditada por la autoridad competente. Esta iniciativa llegó para paliar el problema que representa para El Talar el desempleo juvenil y las pocas oportunidades de continuidad educativa.

Este proyecto también se propone contribuir en el desarrollo de la autoestima de los jóvenes y en su capacidad para orientar sus vidas, proporcionar una educación adecuada al talento personal y al contexto social del grupo, y fomentar a que sean agentes de cambio social. Son las mismas instituciones del Talar que proponen a los alumnos lo que se refleja en los altos índices de satisfacción de este programa.

Programa de Innovación y Tecnología

Este programa, que ofrece 1.900 vacantes anuales a través de la oferta de más de 160 cursos, nació con cursos básicos de informática y fue evolucionando hacia herramientas de trabajo colaborativo como entorno Google, aplicaciones y programas con software libre para diseño e impresión 3D, realidad aumentada y virtual, robótica, programación y juegos matemáticos, entre otros. También se dictan cursos de manejo de editores de texto e internet a adultos mayores.

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En 2019 sumamos talleres de verano para niños a partir de los 6 años y realizamos cursos para personas con discapacidad trabajando con alumnos de la Escuela Especial Nº 10. Además, adaptamos un curso especial para un alumno no vidente.

Con el objetivo de estar conectados con otras instituciones y programas que trabajan en la temática, organizamos la 3° Jornada de Tecnología, un evento para alumnos de escuelas primarias de la región; estuvimos presentes en la feria “Jujuy Ciencia Viva” del Ministerio de Educación de la Provincia de Jujuy; realizamos capacitaciones para docentes en conjunto con la Fundación Varkey; y colaboramos con el proyecto SIVEO de prototipo de lentes para personas no videntes del Complejo Educativo “José Hernández” de San Salvador de Jujuy.

Educación:

Programa Escuela Empresa.

A través del programa “Escuela-empresa y prácticas profesionales” cada año recibimos en nuestro complejo agroindustrial y en las fincas a un promedio de 300 alumnos de las escuelas técnicas y aerotécnicas del Departamento Ledesma, provincia de Jujuy.

Los alumnos realizan prácticas en instalaciones de la empresa con el objetivo de aprender la resolución de problemas técnicos reales y acreditar las horas de prácticas profesionales requeridas para recibirse.

Implementamos este programa desde 2014, avalado como “prácticas profesionalizantes” desde el Ministerio de Educación, ya que está contemplado dentro de la currícula de las escuelas donde lo llevamos adelante.

Los alumnos pasan por un proceso de rotación mensual por diferentes sectores de Ledesma, como electricidad en las áreas de mantenimiento, química en los laboratorios o electromecánica en áreas de servicios de Campo, y, en menor medida, charlas técnicas.

Además, incorporamos a las charlas de los diferentes procesos de la Gerencia de Campo a la Escuela de Alternancia N° 2, de Vinalito, con la misma modalidad que la Agrotécnica N° 5 de Fraile Pintado.

Articulación con la Escuela Técnica Herminio Arrieta:

La Sociedad está apoyando a la Escuela Técnica en su plan de acercar la enseñanza al mundo del trabajo. El propósito es promover la cultura del trabajo y ofrecer los medios que permitan la inserción laboral de aquellos chicos que no siguen estudios superiores. En el ejercicio 2018-2019, invertimos $ 5 millones, centrándonos en cuatro ejes: mejoras edilicias, equipamiento, prácticas profesionales y mejora pedagógica.

Apoyo al Colegio José María Paz

Concluyó el Plan de Mejora de la Calidad Educativa en Lengua y Matemática, desarrollado durante 9 años con apoyo de Ledesma, y se contribuyó con materiales y dinero para la construcción de baños nuevos en el colegio primario y de un playón polideportivo en el secundario.

Plan de Mejora Escuela Cooperativa

Continuó el plan de mejora de esta escuela. Ledesma brindó ayuda económica para sustentar el trabajo del gabinete psicopedagógico que asesora a los docentes, y se realizan talleres para alumnos, padres y docentes para atender las necesidades y problemáticas de la institución. También se realizó el cercado perimetral del nivel inicial y se está completando el del nivel primario.

Un equipo ganador

Este programa, que ya lleva once años, tiene como objetivo inculcar hábitos saludables a alumnos de quinto grado de escuelas primarias de Jujuy. Ledesma lo lleva adelante en alianza con la Fundación Centro de Estudios

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Infectológicos del Dr. Daniel Stamboulián (FUNCEI) y con el Ministerio de Educación jujeño. En la propuesta de este año se incorporó un trabajo sobre la influencia de la salud emocional en el aprendizaje, por medio de producciones artísticas, como obras de teatro, títeres, canciones, poesías, coreografías y otras. El programa incluye la entrega de una guía pedagógica para los docentes, y un libro y un cuadernillo de actividades para 1400 alumnos de 5° año de 20 escuelas.

Salud y fortalecimiento del Tejido Social:

Abordaje de adicciones:

Uno de los problemas que más preocupa a las comunidades donde Ledesma desarrolla su actividad es el consumo y abuso de drogas y alcohol. Desde 2012 se trabaja en su prevención y se acompaña por medio de un equipo de profesionales idóneos a los grupos de la comunidad que abordan esta problemática.

En el último ejercicio continuó el apoyo a la Fundación Madres de la Esperanza y al grupo interinstitucional de El Talar y se trabajó con docentes y directivos de Región V de Jujuy.

Medicina Itinerante

El proyecto de Medicina Itinerante (MIT) que ya cumplió tres años promueve la integración interinstitucional, a fin de disminuir las brechas de oportunidades y calidad en la asistencia de pacientes y fortalecer el sistema de referencia y contra referencia para la atención primaria de la salud en zonas de difícil acceso. Además de Ledesma participan de este programa el Hospital Oscar Orías, el Centro Universitario de Investigaciones en Telemedicina y e-salud de la UBA, el Programa Cibersalud y estudiantes del Internado Anual Rotatorio. Ledesma acompañó financiando los viajes y el hospedaje para los profesionales que llevan adelante el proyecto y donó una notebook al Hospital Oscar Orías para aplicar a cibersalud. Se trabajó en este hospital, tanto en modalidad presencial como remota, y en San Francisco y Valle Grande.

Telemedicina rural

Tiene como misión darles a los centros de atención primaria herramientas innovadoras para disminuir el aislamiento de las zonas de difícil acceso en términos de asistencia a la salud, y anticipar al centro de mayor complejidad la derivación de pacientes. Se busca proporcionarles mayor asesoramiento y apoyo profesional, y aumentar las competencias de agentes sanitarios y enfermeros. La primera fase de prueba de la conectividad desde San Francisco con el Hospital Oscar Orías y con Buenos Aires resultó satisfactoria.

Programa de Apoyo a Merenderos

Ledesma aporta cada mes los insumos para la preparación de la canasta básica de alimentos de 24 merenderos, que alcanzan a 2.000 niños de entre 2 y 13 años de las localidades de Libertador General San Martín, Fraile Pintado, Calilegua y El Talar. Los merenderos cumplen además un rol social, ya que son centros comunitarios arraigados a la cultura del lugar que representan un alivio económico para las familias vulnerables, proveen alimentos a algunos individuos con riesgo nutricional, contienen a niños en situaciones familiares conflictivas o precarias y son un espacio de encuentro y de desarrollo de otras actividades. Estas acciones se articulan con la Carrera de Trabajo Social del Instituto de Enseñanza Superior no Universitaria N°7- Populorum Progressio.

Celebraciones por el Día del Niño

Durante cuatro días celebramos este día en distintos lugares de Libertador General San Martín y el Talar, con gran cantidad de juegos y experiencias recreativas, leche chocolatada y facturas. Se trató de una propuesta desarrollada junto al equipo del Área de Acción Social de las municipalidades de Libertador General San Martín y El Talar, en las que participaron más de 25.000 chicos.

Donaciones

A través de donaciones, Ledesma colabora con productos propios como azúcar, papel, cuadernos y útiles escolares para las 40 escuelas de todos los niveles que se encuentran en la zona de influencia del Complejo Agroindustrial de Jujuy.

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Deporte y Cultura:

Club Atlético Ledesma

El Club Atlético Ledesma es la institución social y deportiva emblema de la Sociedad, y ofrece un espacio de recreación para la comunidad y para los empleados de la Sociedad en la provincia de Jujuy. Fue fundado hace 91 años y tiene 1.900 socios. Con amplias instalaciones, un gran gimnasio y varias canchas de fútbol, hockey, tenis, paddle, básquet, vóley y bowling, entre otros espacios, el club cuenta con una agenda permanente de actividades culturales, artísticas y sociales. Al mismo tiempo, desde el club se lleva adelante una agenda de trabajo anual que con sus diversas actividades abiertas a la comunidad y a las escuelas de la zona alcanza un total de más de 20 mil chicos y jóvenes. Durante la temporada de pileta, 1.300 alumnos de dos escuelas de la zona realizan allí sus clases de natación.

Club el Talar

Desde fines de 2014 Ledesma trabaja para fortalecer el espacio del Club Atlético del Talar. Se han incorporado recursos humanos a la gestión del club y se iniciaron sustanciales mejoras edilicias y de equipamiento. Allí funciona una escuela de fútbol y otra de hockey a la que asisten 190 chicos. Es además el espacio donde se realizan encuentros culturales y recreativos diversos, festejos por fechas especiales como el Día del Niño e incluso talleres de arte.

Torneo integración de Fútbol Infantil

Desde hace diez años, Ledesma organiza este clásico campeonato de fútbol infantil. El año pasado, durante 14 fechas, participaron 2.300 niños de 8 a 14 años, además de las categorías promocionales, de 5 a 7 años. El objetivo es que todos los chicos practiquen el deporte y lo asocien a los valores de la integración, la solidaridad, el respeto, el compromiso y, sobre todo, el juego limpio, la diversión y la puntualidad. Participan del torneo diversas instituciones de las localidades de Calilegua, Caimancito, Fraile Pintado y Chalicán, Yuto, El Talar, Colonia Santa Rosa y El Bananal.

Además, llevamos adelante talleres sobre comunicación efectiva y liderazgo, prevención de adicciones para jugadores, cuidado del cuerpo y nutrición y clínicas deportivas de iniciación.

Centro de Visitantes Ledesma

En Libertador General San Martín, provincia de Jujuy, funciona el Centro de Visitantes Ledesma. Es un centro de interpretación de la Sociedad, y de las comunidades que integra, en el que se relata la historia de la Emisora, sus principales actividades y los vínculos permanentes con sus vecinos. Es de entrada libre y gratuita. El Centro de Visitantes es hoy también un centro cultural en Libertador General San Martín con una nutrida agenda de muestras y exposiciones. Orienta su gestión hacia diferentes ejes culturales: la promoción del turismo en las Yungas, la vinculación tecnológica, la educación y la articulación institucional provincial y regional. Por primera vez se implementaron talleres anuales, de 8 meses de duración, de ballet, teatro, violín y guitarra para niños.

Concurso Ledesma de Artes Plásticas

De los múltiples eventos que se realizan en el Centro de Visitantes, uno de los más importantes es el Premio Ledesma a los Pintores Jujeños, ya permite estimular el desarrollo de pintores jujeños, especialmente de artistas locales. Este certamen se realiza cada dos años y convoca a participar en cada edición a cerca de cien artistas, además de 800 niños. Las obras son elegidas por un jurado de renombre.

Innovación:

Ledesma forma parte de comunidades en crecimiento y constante búsqueda de progreso. Por eso, desde 2014 incorporó a su política social el objetivo explícito de promover la innovación, tanto en comunidad como recibiendo la que nace de la comunidad. La Sociedad lo hace trabajando en red y abiertos a otras instituciones. En particular, se desarrollan programas para insertar nuevas tecnologías en el quehacer cotidiano de la comunidad jujeña: en los

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centros de capacitación informática de la empresa, en las escuelas de la región y también en el debate público y la agenda regional del norte argentino.

La empresa se vincula activamente con las instituciones que trabajan contenidos de tecnología en Jujuy; el Programa de Capacitación Informática y el Centro de Visitantes trabajan proyectos en conjunto con la Escuela Técnica Herminio Arrieta y con la Tecnicatura en Software y Programación del instituto INTELA de Jujuy. Se llevan a cabo jornadas tecnológicas en las que participan estas cuatro instituciones formadoras y que son organizadas en Ledesma con el apoyo de la Secretaría de Ciencia y Técnica de Jujuy.

La empresa creó un taller de robótica y programación para niños de diez y once años que irá incorporando nuevas camadas hasta llegar a formar chicos de ocho a dieciséis años para que ingresen al programa de tecnología de Ledesma con una formación adecuada para el nuevo mercado del trabajo.

Se incorporaron talleres de impresión 3D con equipamiento nuevo, impresora y escáner, para el Programa de Capacitación Informática, y uno idéntico para la Escuela Técnica, cuyos alumnos llevan a la práctica y ven en la realidad concreta sus proyectos de diseño industrial requeridos como trabajo final para graduarse

Política de distribución de dividendos

Ledesma decide el destino de sus utilidades en función a una estrategia conservadora y prudente en materia de financiamiento y niveles de deuda. Esta política ha permitido atravesar con éxito diversas crisis, tanto locales como internacionales, posibilitando una significativa creación de valor para los accionistas. Esta estrategia permitió además financiar importantes inversiones realizadas durante los últimos años que contribuyeron al crecimiento del negocio y a la generación futura de resultados.

El directorio de la Emisora evalúa las circunstancias imperantes al momento de proponer los cursos de acción a seguir, pudiendo destinar las utilidades a (i) ser reinvertidas en el negocio y/o (ii) distribuir dividendos.

Ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021

La Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha 22 de septiembre de 2021 resolvió que el resultado correspondiente al centésimo octavo ejercicio social cerrado el 31 de mayo de 2021 tenga el siguiente destino: (i) la suma de $260.126.000 a la integración de la Reserva Legal correspondiente al presente ejercicio en los términos del artículo 5 del Capítulo III, del Título IV de las normas de la Comisión Nacional de Valores (T.O. 2013); (ii) la suma de $4.712.806.303 a la constitución de Reserva Facultativa para realizar inversiones y financiar capital de trabajo, y (iii) la suma de $229.589.697 a la distribución de dividendos en efectivo a los Sres. accionistas. Se aclara que conforme al artículo 3, punto 1, e), del Capítulo III, del Título IV de las Normas de la CNV (T.O. 2013) el monto de dividendos expresado en la moneda de fecha de celebración de la Asamblea de accionistas mediante la utilización del índice de precios al consumidor correspondiente al mes anterior a su reunión asciende a $250.000.000.

Ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020

La Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha 30 de septiembre de 2020 resolvió que el resultado correspondiente al centésimo séptimo ejercicio social cerrado el 31 de mayo de 2020 tenga el siguiente destino: (i) la suma de $ 98.822.000 a la absorción de resultados no asignados negativos; (ii) la suma de $ 477.297.000 a la recomposición de la Reserva Legal existente anteriormente en los términos del artículo 5 del Capítulo III, del Título IV de las normas de la Comisión Nacional de Valores (T.O. 2013); (iii) la suma de $ 7.989.000 a la integración de la Reserva Legal correspondiente al presente ejercicio en los términos del artículo 5 del Capítulo III, del Título IV de las normas de la Comisión Nacional de Valores (T.O. 2013); y (iv) la suma de $ 151.783.000 a la constitución de Reserva Facultativa para realizar inversiones y financiar capital de trabajo.

Ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2019

La Asamblea Oridnaria y Extraordinaria de fecha 24 de septiembre de 2019 resolvió que se proceda a la absorción de las pérdidas acumuladas de la sociedad al cierre del centésimo sexto ejercicio social, mediante: (i) la afectación de la totalidad de la Reserva Facultativa, esto es por la suma de $ 265.521.000; (ii) la afectación de totalidad de la Reserva Legal, esto es por la suma de $ 21.784.000; y (iii) la afectación parcial de la cuenta Ajuste de Capital por la suma de $ 1.527.415.580.

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IV.INFORMACIÓN SOBRE LOS DIRECTORES O ADMINISTRADORES, GERENTES, PROMOTORES, MIEMBROS DEL ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN, DEL CONSEJO DE VIGILANCIA Y COMITÉ DE AUDITORÍA (TITULARES Y SUPLENTES)

DIRECTORES Y ADMINISTRADORES TITULARES Y SUPLENTES, Y GERENTES:

Directorio

Generalidades

Conforme surge del artículo octavo del estatuto social, cuya última modificación fuera aprobada por la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas celebrada el 22 de septiembre de 2021 y que aún se encuentra en trámite de inscripción ante la Inspección General de Justicia (la “IGJ”) (el “Estatuto”), la administración de la Sociedad está a cargo de un Directorio designado por la Asamblea General Ordinaria de accionistas, compuesto del número de miembros titulares que fije la misma, entre un mínimo de seis (6) y un máximo de quince (15). La Asamblea puede elegir igual o menor número de suplentes que los titulares. El directorio de la Emisora está actualmente compuesto por siete (7) directores titulares y tres (3) directores suplentes.

En relación a la duración de los directores en su cargo, los directores titulares y suplentes durarán dos (2) años en el ejercicio de sus funciones y se renovarán por mitades cada año. Los directores podrán ser reelegidos en forma indefinida y permanecerán en sus cargos hasta ser reemplazados.

Los directores designados nombrarán en su primera reunión un presidente que ejercerá la representación legal de la Sociedad y un vicepresidente, quienes durarán un año en sus cargos. En caso de ausencia o impedimento del presidente y el vicepresidente, la representación legal de la sociedad recaerá sobre otro director titular designado por el Directorio.

El Directorio funciona con el quórum de la mayoría absoluta de sus miembros, y las decisiones se adoptan por el voto de la mayoría absoluta de los miembros que se tengan por presentes. En caso de empate, el Presidente tiene doble voto. El Directorio puede funcionar con los miembros presentes, o comunicados entre sí por medios de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras; estos últimos serán tenidos por presentes y se los computará a los efectos del quórum, debiendo ello constar en el acta respectiva. En caso de haber participado miembros que no estaban físicamente presentes, el órgano de fiscalización dejará constancia en el acta de la regularidad de las decisiones así adoptadas.

Deberes y obligaciones de los directores

Conforme a la ley argentina, el Directorio tiene a su cargo la administración de la Sociedad y toma todas las decisiones relacionadas con ese fin, así como aquellas decisiones expresamente establecidas en la Ley General de Sociedades, en el Estatuto de la Sociedad y otra normativa aplicable. De este modo, el Directorio es el responsable de ejecutar las decisiones asamblearias y del desarrollo de las tareas especialmente delegadas por los accionistas.

En virtud de la Ley General de Sociedades, los directores están obligados a cumplir sus funciones con la lealtad y diligencia propias de un buen hombre de negocios. Son ilimitada y solidariamente responsables ante la sociedad en la cual ejercen dichos cargos, sus accionistas y los terceros por el indebido cumplimiento de sus funciones, por infringir la ley o el Estatuto de la Sociedad y por cualquier otro daño producido por dolo, abuso de facultades o culpa grave. Asimismo, la Ley de Mercado de Capitales, en su artículo 78, prevé para las sociedades que hagan oferta pública de sus acciones, como es el caso de Ledesma, que se entenderán especialmente comprendidas en el deber de lealtad con que deben actuar los directores, las siguientes: a) La prohibición de hacer uso de los activos sociales y la de hacer uso de cualquier información confidencial, con fines privados; b) La prohibición de aprovechar o de permitir que otro aproveche, ya sea por acción o por omisión, las oportunidades de negocio de la sociedad; c) La obligación de ejercer sus facultades únicamente para los fines para los que la ley, el Estatuto, la asamblea o el directorio se las hayan concedido; y d) La obligación de velar escrupulosamente para que su actuación nunca incurra en conflicto de intereses, directo o indirecto, con los de la sociedad.

El director deberá informar al Directorio y a la Comisión Fiscalizadora de la Sociedad sobre cualquier conflicto de intereses que pudiera tener en una operación propuesta, y deberá abstenerse de votar al respecto.

Miembros del Directorio

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La composición del actual Directorio de la Sociedad fue decidida mediante resolución de los señores accionistas adoptada en la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria celebrada el 22 de septiembre de 2021 y en la reunión de Directorio de la misma fecha. Se fijó en siete (7) el número de directores titulares y en seis (6) el número de directores suplentes.

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Nombre y Apellido Cargo Fecha de
designación
Vencimiento de
mandato
Carlos Herminio
Blaquier
Presidente 22 de septiembre de
2021
31 de mayo de 2023
Alejandro Blaquier Vicepresidente 30 de septiembre de
2020
31 de mayo de 2022
Ignacio Blaquier Director Titular 30 de septiembre de
2020
31 de mayo de 2022
Santiago Blaquier Director Titular 22 de septiembre de
2021
31 de mayo de 2023
Juan Ignacio Pereyra
Iraola
Director Titular 22 de septiembre de
2021
31 de mayo de 2023
Mariano Ignacio
Letemendia
Director Titular 30 de septiembre de
2020
31 de mayo 2022
Matias Guillermo
Sanchez Sorondo
Director Titular 22 de septiembre de
2021
31 de mayo de 2023
Eugenio de Bary Director Suplente 30 de septiembre de
2020
31 de mayo de 2022
Ezequiel Braun
Pellegrini
Director Suplente 30 de septiembre de
2020
31 de mayo 2022
Jorge Otamendi Director Suplente 30 de septiembre
2020
31 de mayo de 2022
Fernando Martin De
las Carreras
Director Suplente 22 de septiembre de
2021
31 de mayo de 2023
Patricio Gutierrez
Eguia
Director Suplente 22 de septiembre de
2021
31 de mayo de 2023
Gustavo Javier Di
Maggio Diez
Director Suplente 22 de septiembre de
2021
31 de mayo de 2023

A continuación, se indica brevemente los antecedentes profesionales de los directores de la Sociedad:

Carlos Herminio Blaquier. Nacido el 8 de julio de 1954, su número de DNI es 11.045.431 y su número de CUIL es 20-11045431-8. Es Abogado, egresado con Diploma de Honor de la Universidad de Buenos Aires, y Licenciado en Administración de Empresas, egresado de la Universidad de Buenos Aires. Ingresó a la Emisora en 1981, y se ha desempeñado como Subgerente General y como Gerente General. En 1994 fue nombrado Vice Presidente. Es actual Presidente de Ledesma S.A.A.I. Adicionalmente, integra como miembro suplente el Comité de Auditoría de Ledesma. Es además, Presidente de las siguientes sociedades controladas por Ledesma: Ledesma Frutas S.A.U. y Bio Ledesma S.A.U, y Director Suplente de la sociedad controlada por Ledesma, Castinver S.A.U..

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Alejandro Blaquier. Nacido el 1 de diciembre de 1957, su número de DNI es 13.417.443 y su número de CUIL 23-13417443-9. Es Abogado, egresado de la Pontificia Universidad Católica Argentina. Ingresó a la Sociedad el 1 de mayo de 1983 y se desvinculó el 31 de mayo de 1988, luego reingresó el 1 de febrero de 1992. Se ha desempeñado como Universitario en Entrenamiento, Sub-administrador General de Ingenio, Sub Gerente de Asuntos Legales y Gerente de Asuntos Legales. Estos últimos dos puestos los ha desempeñado formando parte del Directorio. Actualmente ocupa el cargo de Director Titular de Ledesma y asimismo ocupa el cargo de Presidente del Comité de Auditoría. Adicionalmente, ocupa el cargo de Presidente en la sociedad controlada por Ledesma, Castinver S.A.U., y el cargo de Director Titular de las sociedades controladas por Ledesma: Ledesma Frutas S.A.U. y Franquicias Azucareras S.A. Es además, Vicepresidente de la sociedad controlada por Ledesma: Bio Ledesma S.A.U.

Ignacio Blaquier . Nacido el 5 de junio de 1969, su número de D.N.I. es 20.987.402 y su número de CUIL 2020987402-5. Es Licenciado en Administración de Empresas, egresado de la Pontificia Universidad Católica Argentina. Se incorporó a la Sociedad el 1 de junio de 1995. Es, además, Vicepresidente de las sociedades controladas por Ledesma: Castinver S.A.U. y Ledesma Frutas S.A.U.; y Director Suplente de la sociedad controlada por Ledesma, Bio Ledesma S.A.U.

Santiago Blaquier. Nacido el 26 de julio de 1968, su número de D.N.I. es 20.384.887, y su CUIL 20-20384887-1. Es Licenciado en Administración de Empresas, egresado de la Pontificia Universidad Católica Argentina. Santiago Blaquier ha ingresado a la Emisora en 1995 y se ha desempeñado como Gerente de Negocio Frutas y Jugos. Actualmente, es Director Titular de Ledesma S.A.A.I., y ocupa el cargo de Vicepresidente de Franquicias Azucareras S.A., y el cargo de Director Titular de Ledesma Frutas S.A.U., sociedad controlada por Ledesma. . Además, es Director Suplente de las sociedades controladas por Ledesma, Bio Ledesma S.A.U. y Castinver S.A.U.

Juan Ignacio Pereyra Iraola. Nacido el 27 de noviembre de 1981, su número de DNI es 29.193.507 y su número de CUIL 23-29193507-9. Es Licenciado en Administración de Empresas, egresado de la Universidad Torcuato Di Tella, y realizó un MBA en The Wharton School, Pennsylvania University, Estados Unidos. Ingresó a la Emisora con fecha 4 de abril de 2011, y se ha desempeñado como Asistente de Directorio con un programa de entrenamiento durante un período aproximado de treinta meses pasando por las diferentes áreas de la Sociedad. Actualmente Ocupa el cargo de Director Titular de Ledesma. Adicionalmente, ocupa el cargo de Director Titular en Bio Ledesma S.A.U, y Castinver S.A.U., sociedades controladas por Ledesma.

Mariano Ignacio Letemendia. Titular del D.N.I. 18.286.838 y número de CUIL 20-18286838-9. Es Magister en Administración de Empresas de la Universidad de Loyola University of Chicago (1998). Mariano Letemendia forma parte del Directorio de la Sociedad desde el 21 de septiembre de 2018, y actualmente es Director Titular. Asimismo, es miembro titular del Comité de Auditoría de Ledesma SAAI.

Matias Guillermo Sanchez Sorondo . Titular del D.N.I. N° 16.940.566, y su número de CUIL 20-16940566-3. Matías Guillermo Sanchez Sorondo forma parte del Directorio de la Sociedad desde el 24 de septiembre de 2019, fecha en la cual fue designado Director Titular. Asimismo, es miembro titular del Comité de Auditoría de Ledesma SAAI.

Eugenio de Bary. Nacido el 5 de abril de 1943, su número de DNI es 4.414.521, y su CUIT 23-04414521-9. Es de profesión Agente de Bolsa. Eugenio de Bary forma parte del Directorio de la Sociedad desde el 23 de septiembre de 2013. Actualmente, ocupa el cargo de Director Suplente en Ledesma, y asimismo es Miembro Suplente del Comité de Auditoría de la Sociedad.

Ezequiel Braun Pellegrini . Titular del DNI es 28.862.571, y su CUIT 23-28862571-9. Es abogado, egresado de la Universidad Austral. Con fecha 24 de septiembre de 2019, fue designado como Director Suplente de la Sociedad Además es Gerente Titular de Opensoft Argentina SRL, OE Tech Services SRL y Wella Argentina SRL, Director Suplente de Julius Baer Financial Consultancy SA, y Presidente de Cielos Patagónicos SA y Brevity SA.

Jorge Otamendi. Nacido el 19 de mayo de 1948, su número de DNI es 4.991.919, y su CUIT 20-04991919-1. Es Abogado, egresado de la Pontificia Universidad Católica Argentina, y en 1976 realizó un Master of Comparative Law en University of Illinois at Urbana Champaign, Estados Unidos. Posteriormente, realizó el Doctorado en Derecho y Ciencias Sociales en la Universidad de Buenos Aires. Jorge Otamendi forma parte del Directorio de la Sociedad desde el 22 de septiembre de 2003. Actualmente es Director Suplente y ocupa el cargo de Presidente en AFM S.A.

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Fernando Martin De las Carreras . Titular del DNI es 18.138.964, y su CUIT 20-18138964- 9. Es empresario. Con fecha 22 de septiembre de 2021, fue designado como Director Suplente de la Sociedad. Además es Presidente en Kau Tapen SA y Estancias del Iberá SA, Vicepresidente en Notura SA, y Director Suplente en Jacana SA, Paoconot SA, Lanamerica Cia. Com. E Ind. SA, Lodge SA y Q Service SA.

Patricio Gutierrez Eguía . Titular del DNI es 29.191.780, y su CUIT 20-29191780-2. Es abogado. Con fecha 22 de septiembre de 2021, fue designado como Director Suplente de la Sociedad.

Gustavo Javier Di Maggio Diez . Titular del DNI es 13.254.983 y su CUIT 20-13254983-5. egresado de la Pontificia Universidad Católica Argentina. Con fecha 22 de septiembre de 2021, fue designado como Director Suplente de la Sociedad.

El domicilio constituido de todos los directores es Av. Corrientes 415, Piso 12°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina.

Cabe destacar que Carlos Herminio Blaquier, Santiago Blaquier, Alejandro Blaquier e Ignacio Blaquier son hermanos entre sí y junto con su hermana, María Elena Blaquier, son los accionistas controlantes conforme se informa en el Capítulo “ Accionistas principales ” y “ Transacciones con partes relacionadas ”. Adicionalmente, se informa que Juan Ignacio Pereyra Iraola es hijo de María Elena Blaquier.

A continuación, se detallan los cargos de cada uno de los miembros del Directorio, las respectivas fechas de expiración de sus mandatos y el período en el cual la persona ha servido en el directorio:

Nombre y Apellido Cargo Actual Vencimiento de
mandato
Fecha de inicio como
miembro del directorio
Carlos Herminio
Blaquier
Presidente 31 de mayo de 2023 30 de julio de 1986
Alejandro Blaquier Vicepresidente 31 de mayo de 2022 30 dejulio de 1986
Ignacio Blaquier Director Titular 31 de mayo de 2022 12 dejulio de 1996
Mariano Ignacio
Letemendia
Director Titular 31 de mayo de 2022 21 de septiembre de 2018
Santiago Blaquier Director Titular 31 de mayo de 2023 12 dejulio de 1996
Juan I. Pereyra Iraola Director Titular 31 de mayo de 2023 23 de septiembre de 2013
Matías Guillermo
Sanchez Sorondo
Director Titular 31 de mayo de 2023 24 de septiembre de 2019
Jorge Otamendi Director Suplente 31 de mayo de 2022 22 de septiembre de 2003
Ezequiel Braun
Pellegrini
Director Suplente 31 de mayo de 2022 24 de septiembre de 2019
Eugenio de Bary
Patricio Gutierrez
Eguia
Gustavo Javier Di
Maggio Diez
Fernando Martín De las
Carreras
Director Suplente
Director Suplente
Director Suplente
Director Suplente
31 de mayo de 2022
31 de mayo de 2023
31 de mayo de 2023
31 de mayo de 2023
23 de septiembre de 2013
22 de septiembre de 2021
22 de septiembre de 2021
22 de septiembre de 2021

Independencia de los directores

Se informa que Mariano Letemendia, Matias Guillermo Sanchez Sorondo, Ezequiel Braun Pellegrini, Eugenio de Bary, Patricio Gutierrez Eguía, Gustavo Javier Di Maggio Diez y Fernando Martín De las Carreras revisten la

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condición de “independientes” conforme el criterio establecido por las Normas de la CNV, mientras que los restantes miembros del Directorio no revisten tal condición.

Gerentes de primera línea

A continuación, se detalla la nómina de Gerentes de primera línea de la Emisora:
Nombre Cargo
Javier Cristino Goñi……………………………. Gerente General de Ledesma S.A.A.I.
Eduardo Joaquín Nougués................................... Director de Asuntos Institucionales y
Legales
Martín Franzini………………………………… Director de Negocios Azúcar y Alcohol
Marcos Uribelarrea……………………………... Director de Negocio Papel
Gonzalo Martín Montagne…………………….. Director de Negocios Frutas y Jugos
Marcela Alicia Barroso……………………… Director de Auditoría Interna
Juan Adolfo Fernández………………………... Director de Finanzas
Augusto Esteban Garaventa……………………. Director
de
Talento
y
Desarrollo
Organizacional
Diego Lerch………………………………….…. Director de Logistica y Servicios
Andrés Blaquier……………………………….... Director de Negocio Agropecuario
Humberto Solá…………………………………. Director de Innovación, Medio Ambiente
y Energía
Nicolás José Colombres……………………….. Director de Oficina de Transformación

Seguidamente, se transcribe una breve descripción de los antecedentes profesionales de los Gerentes de primera línea de la Sociedad que no son directores:

Cristino Javier Goñi , Nacido el 30 de abril de 1964, titular del Documento Nacional de Identidad N° 16.767.032 y Titular del CUIL N° 20-16767032-7, se recibió en 1990 como Ingeniero Industrial de la Universidad de Buenos Aires, Magister en Administración por la Universidad del CEMA. Desde el año 2017 a la fecha de la presente ocupa el cargo de Gerente General de Ledesma S.A.A.I.

Eduardo Joaquín Nougués. Nacido el 19 de mayo de 1962, su número de DNI es 14.480.973, y su número de CUIL 20-14480973-5. Es Ingeniero Civil, egresado de la Universidad Nacional de Tucumán. Realizó un Máster de Administración de Empresas en la Fundación del Tucumán y en la Universidad de Valparaíso, Chile. Se incorporó a Ledesma en el año 1989 y se ha desempeñado como Universitario en Entrenamiento, Subjefe de Departamento de Ingeniería de Campo, Asistente del Administrador General de Ingenio, Administrador General de Ingenio, Gerente Corporativo de Asuntos Institucionales y como Director de Asuntos Institucionales y Legales, cargo que ocupa en la actualidad.

Martín Franzini. Nacido el 14 de mayo de 1979, su número de D.N.I. es 27.387.128 y su número de CUIL 2027387128-5. Es Licenciado en economía empresarial en la Universidad Torcuato Di Tella, 2001. Posteriormente realizó un Máster en Administración de Empresas en la Universidad de San Andrés y del Instituto de la Empresa (Madrid). Ingresó a la Sociedad en el año 2004, donde se desempeñó como Jefe de Ventas y Marketing del Negocio Papel, Gerente Comercial del Negocio Papel, Gerente General de Castinver S.A y como Director del Negocio Azúcar y Alcohol posición que ocupa en la actualidad.

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Marcos Uribelarrea. Nacido el 15 de junio de 1963, su número de DNI es 16.335.561 y su número de CUIT 2016335561-3. Es Ingeniero Agrónomo, egresado de la Universidad de Buenos Aires, y realizó un Máster en Administración de Empresas en la Universidad del CEMA. Ingresó a la Sociedad el 1 de octubre de 2003 y se desempeñó como Gerente Comercial de Negocio Papel, como Gerente de Negocio Papel y como Director de Negocio Papel, posición que ocupa en la actualidad.

Gonzalo Martín Montagne. Nacido el 23 de diciembre de 1969, su número de DNI es 21.486.088 y su número de CUIT 20-21486088-1. Es Licenciado en Administración de Empresas, egresado de la Universidad de Belgrano. Ingresó a la Sociedad el 8 de septiembre de 1993, se desempeñó como Operador Logístico de azúcar, Vendedor de azúcar fraccionado, Asistente de la Gerencia Comercial de Azúcar, Jarabes y Alcohol, Gerente Comercial y Logístico del Negocio Frutas y Jugos, y Director del Negocio Frutas y Jugos, cargo que ocupa actualmente.

Marcela Alicia Barroso. Nacida el 14 de julio de 1966, su número de DNI es 18.130.079 y su número de CUIT 27-18130079-0. Es Contadora Pública Nacional, egresada de la Universidad de Buenos Aires. Se incorporó a la Sociedad en el año 1987, se ha desempeñado como Jefa de área de Control de Gestión y como Jefa del Departamento de Contabilidad y Control de Gestión, dentro de la Gerencia de Contraloría, como Gerente Corporativo de Auditoría y actualmente ocupa el cargo de Director de Auditoría Interna.

Juan Adolfo Fernández. Nacido el 6 de junio de 1981, su número de DNI es 28.908.901 y su número de CUIL 2028908901-3. Es Licenciado en Economía graduado en la Universidad de Buenos Aires. Posteriormente realizó un Máster en Administración de Empresas en el IAE (Universidad Austral). Ingresó a la Sociedad en octubre de 2004 y se ha desempeñado como Analista Financiero, Jefe de Operaciones Financieras, Jefe de Tesorería, Gerente Corporativo de Finanzas y Director de Finanzas, posición que ocupa actualmente.

Augusto Esteban Garaventa. Nacido el 9 de enero de 1962, su número de DNI es 14.809.223 y su número de CUIL 20-14809223-1. Es Licenciado en Administración de Empresas y Contador Público graduado en la Pontificia Universidad Católica Argentina. Posteriormente realizó un Máster en Recursos Humanos en la Universidad de Michigan - EEUU, y certificación como Coach Ontológico en Newfield - Chile. Ingresó a la Sociedad en octubre de1987 como Asistente del Director Administrativo de Ingenio y se desempeñó como Asistente del Administrador General de Ingenio, Subadministrador General de Ingenio, Administrador General de Ingenio, Gerente Corporativo de Recursos Humanos y Director de Talento y Desarrollo Organizacional, posición que ocupa actualmente.

Diego Lerch. Nacido el 28 de julio de 1973, su número de DNI es 23.469.897 y su número de CUIT 20-234698975. Es Contador Público, egresado de la Universidad de Buenos Aires, y realizó un Máster en Administración de Empresas en el la Universidad Torcuato Di Tella. Se incorporó a la Sociedad en el año 1994 y se desempeñó como Jefe de Departamento Contabilidad y Control de Gestión, como Asistente del Gerente General y como Director de Logística y Servicios, posición que ocupa actualmente.

Andrés Blaquier. Nacido el 16 de marzo de 1960, su número de DNI es 18.888.174 y su número de CUIT 2018888174-3. Es Ingeniero en Producción Agropecuaria, egresado de la Pontificia Universidad Católica Argentina, y continuó sus estudios en la misma Universidad recibiéndose de Licenciado en Zootecnia. Ingresó a la Sociedad el 1 de septiembre de 1983, se desempeñó como Profesional Junior Categoría Capataz en La Bellaca, Encargado Provisorio de La Magdala, Responsable Técnico de Producción en La Biznaga, Gerente de Negocios Agropecuarios y como Director del Negocio Agropecuario cargo que ocupa actualmente.

Nicolás José Colombres. Nacido el 19 de diciembre de 1972, titular del Documento Nacional de Identidad N° 23.116.771 y titular del CUIL N° 20-23116771-5, se recibió en 1991 como Licenciado en Administración de Empresas de la Universidad de Tucumán. En 1999 obtuvo el título de Magister en Administración de Empresas (IAE Business School). Durante los años 2016 a 2018 se desempeñó como Gerente General de Glucovil Argentina S.A. A partir de junio de 2018 y a la fecha de la presente se desempeña como Director de la Oficina de Transformación de Ledesma.

Humberto Solá. Nacido el 18 de octubre de 1958, su número de DNI es 12.712.532 y su número de CUIL 2012712532-6. Es Ingeniero Electricista con orientación Electrónica, egresado de la Universidad Nacional de Tucumán, y realizó un Master en Administración de Empresas organizado por la Fundación de Tucumán y la Universidad de Valparaíso. Se incorporó a la Sociedad en el año 1985 y se desempeñó, entre otros cargos, como Gerente Técnico de Papel, Gerente Técnico de Azúcar y Alcohol y como Director de Innovación, Medio Ambiente y Energía, posición que ocupa actualmente.

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El domicilio de todos los miembros de la Gerencia de primera línea es el domicilio legal de la Emisora que figura en la contratapa del presente Prospecto.

Cabe destacar que ciertos gerentes mantienen algún tipo de relación familiar con miembros del Directorio y con los Principales Accionistas.

Remuneraciones

Remuneración del Directorio

Las remuneraciones de los Directores deben respetar los límites fijados por el artículo 261 de la Ley General de Sociedades, sin perjuicio de que pueda ser aplicada la excepción prevista en el último párrafo de dicho artículo, de acuerdo con la reglamentación legal vigente. De conformidad con el artículo décimo del Estatuto social de la Sociedad, la remuneración del Directorio se imputa a gastos generales. Cada uno de los directores que integre el Comité Ejecutivo percibirá, además de su remuneración como empleado de la Sociedad, un honorario estatutario equivalente al uno por ciento (1%) de las utilidades realizadas en el ejercicio. En aquellos ejercicios sociales en los que el Directorio no hubiere constituido el Comité Ejecutivo previsto en el artículo noveno del Estatuto social, los directores que hubieren cumplido funciones técnico-administrativas también percibirán el honorario estatutario del uno por ciento (1%), además de su remuneración como empleado de la Sociedad. Cada uno de los restantes directores recibirá la retribución que a tal efecto establezca la Asamblea de Accionistas.

La Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de la Sociedad de fecha 22 de septiembre de 2021 aprobó la remuneración de los Sres. Directores por el ejercicio de sus cargos durante el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021, por la suma de $281.780.000 (pesos doscientos ochenta y un millones setecientos ochenta mil). La retribución total mencionada comprende los honorarios estatutarios y las remuneraciones por el desempeño de funciones técnicoadministrativas de los directores. Con respecto a estas últimas, se retribuyó a los siguientes directores: Dr. Carlos Herminio Blaquier (Director delegado de la Gerencia General, Asuntos Institucionales y Finanzas), Dr. Alejandro Blaquier (Director delegado a la Gerencia de Asuntos Legales y a la Dirección de Talento y Desarrollo Organizacional), Lic. Santiago Blaquier (Director delegado a los Negocios de Azúcar y Alcohol, y Agro), Lic. Ignacio Blaquier (Director delegado al Negocio Papel), Lic. Juan Ignacio Pereyra Iraola (Director delegado al Negocio de Frutas y a la Dirección de Medio Ambiente e Innovación). Asimismo, se retribuyó Lic. Mariano Letemendia (Director integrante del Comité de Auditoría) y Dr. Matías Guillermo Sánchez Sorondo (Director integrante del Comité de Auditoría) como Directores integrantes del Comité de Auditoría.

Por otro lado, la Emisora no otorga compensaciones en la forma de opciones de acciones ni existen contratos de locación de servicios con la Emisora o sus subsidiarias que prevean beneficios luego de la terminación del mandato de los Directores

Remuneración de la Comisión Fiscalizadora

Para mayor información sobre la Comisión Fiscalizadora y sus miembros, véase “ Datos sobre Directores, Gerencia de Primera Línea, Asesores y Miembros del Órgano de Fiscalización – Directores Titulares, Suplentes y Gerentes de Primera Línea ” de este Prospecto.

De acuerdo a lo dispuesto por el artículo décimo tercero del Estatuto social de la Sociedad, la Asamblea fijará la remuneración de la Comisión Fiscalizadora. La Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha 22 de septiembre de 2021 aprobó la suma de $) $2.845.628 (pesos dos millones ochocientos cuarenta y cinco mil seiscientos veintiocho) como honorarios de la Comisión Fiscalizadora por su gestión correspondiente al ejercicio económico finalizado el 31 de mayo de 2021, a repartirse en partes iguales entre sus integrantes.

Véase más adelante en el presente Capítulo la sección “ Contratos de locación con funcionarios. Pago de servicios con opciones” para mayor información sobre los contratos entre la Sociedad y los integrantes de la Comisión Fiscalizadora .

Remuneración de Comités Especiales

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Los miembros de los Comités Especiales no perciben ninguna remuneración adicional por integrar dichos comités.

Remuneración de Gerencia de Primera Línea

La Emisora remunera a sus Gerentes con una retribución fija, vinculada a los valores de mercado y al expertise de cada uno de ellos y una gratificación anual basada en los rendimientos de la Sociedad y el cumplimiento de los objetivos anuales de cada Gerencia planteados a partir de los objetivos determinados por la Gerencia General

Información sobre participaciones accionarias

A continuación, se informa la participación accionaria en la Sociedad por parte de miembros del Directorio a la fecha de emisión del presente Prospecto:

Nombre Tenencia accionaria Porcentaje s/ acciones en
circulación
Carlos H.Blaquier 79.541.151 18,089%
Alejandro Blaquier 79.541.151 18,089%
Santiago Blaquier 79.541.150 18,089%
Ignacio Blaquier 79.541.150 18,089%

Excepto por los Directores mencionados precedentemente, ningún integrante de la Comisión Fiscalizadora, como así tampoco ningún Gerente de Primera Línea de Ledesma, en forma individual o conjunta, poseen participación accionaria superior al 0,5% en la Emisora u opciones relativas a acciones de la Sociedad a la fecha de emisión de este Prospecto

Otra información relativa al Órgano de Administración, de Fiscalización y Comités Especiales

Comité de Auditoría

De acuerdo a lo dispuesto por el artículo décimo cuarto del Estatuto social, mientras resulte obligatorio de acuerdo a la normativa vigente aplicable, la Sociedad contará con un Comité de Auditoría integrado por directores, en la cantidad que determine el Directorio entre un mínimo de tres (3) y un máximo de cinco (5) miembros titulares, con designación de hasta tres (3) suplentes. Los integrantes del Comité durarán un año en su condición de tales y podrán ser reelegidos indefinidamente; finalizados sus mandatos, continuarán en sus cargos hasta la designación de sus reemplazantes. El Comité de Auditoría ha dictado su reglamento interno mediante acta de fecha 6 de julio de 2004 pasada al Libro de Actas del Comité de Auditoría a los folios 3, 4 y 5.

Actualmente el Comité de Auditoría se encuentra integrado por los siguientes miembros: Alejandro Blaquier, Matías Guillermo Sanchez Sorondo y Mariano Ignacio Letemendia, como miembros titulares, y Carlos H. Blaquier y Eugenio De Bary, como miembros suplentes .

Se informa que Mariano Letemendia y Matias Guillermo Sanchez Sorondo, miembros titulares del Comité de Auditoría y Eugenio de Bary, miembro suplente, revisten la condición de “independientes” conforme el criterio establecido por las Normas de la CNV, mientras que Alejandro Blaquier y Carlos H. Blaquier no revisten tal carácter.

El Comité de Auditoría deberá reunirse como mínimo una vez cada tres meses, y tendrá los deberes y atribuciones que surjan de las normas vigentes, de su Reglamento Interno, y las demás que le imponga la asamblea de accionistas o el Directorio. Además, el Comité de Auditoría tiene las atribuciones y obligaciones establecidas por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. El Comité de Auditoría, cuando lo creyere conveniente, podrá invitar a sus reuniones para que participen con voz, pero sin voto, a otros miembros del Directorio, de la Comisión Fiscalizadora, o a ejecutivos de primer nivel gerencial de la Sociedad.

De acuerdo a lo dispuesto en la Reunión de Directorio de fecha 17 de enero de 2007, los integrantes del Comité de Auditoría serán designados en la misma época en que el Directorio de la Sociedad distribuye los cargos entre sus integrantes, luego de la realización de la asamblea ordinaria anual de accionistas.

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Por su parte, mediante Reunión de Directorio de fecha 22 de septiembre de 2021, se fijó en tres miembros titulares y dos miembros suplentes la integración actual del Comité de Auditoría; designándose a los miembros que se detallan a continuación:

Órgano Integrante Cargo Independencia Vencimiento
del Mandato
Antigüedad
en el cargo
Comité de
Auditoría
Alejandro
Blaquier
Presidente No
independiente
31 de mayo
de 2022
24
de
septiembre
de 2019
Mariano
Letemendia
Vicepresidente Independiente 31 de mayo
de 2022
21 de
septiembre
de 2018
Matias
Guillermo
Sanchez
Sorondo
Miembro
Titular
Independiente 31 de mayo
de 2022
24 de
septiembre
de 2019
Carlos H.
Blaquier
Miembro
Suplente
No
independiente
31 de mayo
de 2022
24 de mayo
de 2004
Eugenio De Bary Miembro
Suplente
Independiente 31 de mayo
de 2022
28 de
septiembre
de 2015

ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN:

Comisión Fiscalizadora

La fiscalización de la Sociedad está a cargo de una Comisión Fiscalizadora compuesta por tres síndicos titulares y tres síndicos suplentes designados por la asamblea de accionistas de Ledesma que duran un año en sus funciones. Los integrantes de la Comisión Fiscalizadora son reelegibles.

La Comisión Fiscalizadora sesiona válidamente con la presencia de la mayoría de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes.

La composición actual de la Comisión Fiscalizadora es la siguiente, conforme surge del Acta N° 144 de Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha 22 de septiembre de 2021:

Nombre y Apellido Cargo Fecha de
designación
Vencimiento
de mandato
María Fraguas Síndico Titular 22 de
septiembre de
2021
31 de mayo
de 2022
Ángel Schindel Síndico Titular 22 de septiembre
de 2021
31 de mayo
de 2022
Enrique Atilio Sbértoli Síndico Titular 22 de septiembre
de 2021
31 de mayo
de 2022

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Mariana Rawson Paz Síndico Suplente 22 de septiembre
de 2021
31 de mayo
de 2022
Luis Rodolfo Bullrich Síndico Suplente 22 de septiembre
de 2021
31 de mayo
de 2022
Juan Carlos Etchebehere Síndico Suplente 22 de septiembre
de 2021
31 de mayo
de 2022

A continuación, se detallan los cargos de cada uno de los miembros de la Comisión Fiscalizadora, y las respectivas fechas de expiración de sus mandatos y el período en el cual la persona ha servido en la comisión:

Nombre y Apellido Cargo Actual Vencimiento de
mandato
Fecha de inicio como
miembro de la comisión
María Fraguas Síndico Titular 31 de mayo de 2022 30 de septiembre de 2004
Ángel Schindel Síndico Titular 31 de mayo de 2022 31 dejulio de 1986
Enrique Sbértoli Síndico Titular 31 de mayo de 2022 20 de septiembre de 2012
Mariana Rawson Paz Síndico Suplente 31 de mayo de 2022 21 de septiembre de 2005
Luis Rodolfo
Bullrich
Síndico Suplente 31 de mayo de 2022 24 de septiembre de 2019
Juan C. Etchebehere Síndico Suplente 31 de mayo de 2022 23 de septiembre de 2013

Seguidamente, se transcribe una breve descripción de los antecedentes profesionales de los miembros de la Comisión Fiscalizadora:

María Fraguas. Nacida el 5 de mayo de 1964, su número de D.N.I. es 16.938.443, y su número de CUIT es 2716938443-1. Es Abogada, egresada de la Pontificia Universidad Católica Argentina, socia del Estudio Nicholson y Cano Abogados, especialista en Derecho Corporativo, Defensa de la Competencia y Seguros. Ocupa cargos en la Gerencia y las Sindicaturas de las siguientes sociedades: Síndico Titular: Máxima S.A. AFJP (en liquidación), HSBC Seguros de Vida (Argentina) S.A., HSBC Seguros de Retiro (Argentina) S.A., HSBC Argentina Holdings S.A., Wellness Services S.R.L., Fintech S.G.R., Castinver S.A.U., Franquicias Azucareras S.A., Bio Ledesma S.A.U., Ledesma Frutas S.A.U.; y Síndico Suplente de Pacuca S.A. y Pacuca Bio Energía S.A., HSBC Bank Argentina SA; HSBC Participaciones (Argentina) S.A.;

Ángel Schindel. Nacido el 20 de noviembre de 1938, su número de L.E. es 4.276.894 y su número de CUIT es 204276894-5. Es Contador Público y Licenciado en Economía, egresado de la Universidad de Buenos Aires. Posteriormente, realizó el Doctorado en Ciencias Económicas en la Universidad de Buenos Aires. Es Miembro Titular de la Comisión Fiscalizadora de la Sociedad. Adicionalmente, es Miembro Titular de las Comisiones Fiscalizadoras de las siguientes sociedades controladas por Ledesma: Castinver S.A.U., Bio Ledesma S.A.U. y Ledesma Frutas S.A.U. Además, es Síndico Titular de Pacuca S.A. y Pacuca Bio Energía S.A.U. Además, ocupa el cargo de Presidente en las siguientes empresas: Araes S.A..

Enrique Atilio Sbértoli. Nacido el 30 de septiembre de 1947, su número de es D.N.I. 7.599.871 y su número de CUIL es 20-07599871-7. Es Contador Público, egresado de la Universidad de Buenos Aires. Es Miembro Titular de la Comisión Fiscalizadora de la Sociedad. Adicionalmente, es Miembro Titular de las Comisiones Fiscalizadoras de las siguientes sociedades controladas por Ledesma: Bio Ledesma S.A.U., Castinver S.A.U. y Ledesma Frutas S.A.U. Asimismo, es Miembro Titular de la Comisión Fiscalizadora de la siguiente sociedad: Hipódromo Argentino de Palermo S.A.

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Mariana Rawson Paz. Nacida el 5 de diciembre de 1965, su número de D.N.I. es 17.672.353 y su número de CUIL 27-17672353-5. Es Abogada, egresada de la Pontificia Universidad Católica Argentina y posee estudios de postgrado en la Universidad de Illinois at Urbana-Champaign, Estados Unidos. Es socia del Estudio Nicholson y Cano Abogados, y se especializa en Derecho Comercial y Corporativo. Adicionalmente, es Miembro Suplente de la Comisión Fiscalizadora de Ledesma SAAI y de las Comisiones Fiscalizadoras de las siguientes sociedades controladas por Ledesma: Castinver S.A.U., Bio Ledesma S.A.U. y Ledesma Frutas S.A.U. Además es Síndica Suplente de Wellness Services S.R.L., Prudential Seguros SA, Chubb Seguros Argentina SA y HSBC Global Asset Managment Argentina; Directora Suplente de Hasbro Argentina S.A. y GR Kosten SAU; Representante Legal de Mitsubishi Corporation Sucursal Argentina; y Gerente de Nicholson y Cano S.R.L.

Luis Rodolfo Bullrich. Nacido el 16 de agosto de 1962, su número de D.N.I. es 14.886.217 y su número de CUIT es 20-14886217-7. Es Abogado, egresado de la Universidad de Buenos Aires, y posee un Master en Economía de la Cámara Argentina de Comercio. Es socio del Estudio Nicholson y Cano Abogados, y se especializa en Litigios y Arbitrajes. Es Miembro Suplente de la Comisión Fiscalizadora de la Sociedad, y de las sociedades controladas por Ledesma, Bio Ledesma S.A.U, Castinver S.A.U. y Ledesma Frutas S.A.U.. Adicionalmente, ocupa cargos en el Directorio y Sindicaturas de las siguientes sociedades: Vicepresidente: Juris S.A., Liquidador Titular: Colombres 175 S.A., Síndico Titular, YPF Energía Eléctrica S.A., Oleoducto Loma Campana – Lago Pellegrini S.A., YPF Ventures S.A.U., Sustentator S.A., Compañía de Hidrocarburo No Convencional S.R.L.; Síndico Suplente: Subdistribuidora Bahia Blanca S.A., Desarrollos Fiduciarios S.A.; Consejero Suplente: Fintech SGR; y Gerente de Nicholson y Cano S.R.L.

Juan Carlos Etchebehere. Nacido el 27 de marzo de 1957, su número de D.N.I. es 12.945.209 y su número de CUIT es 23-12945209-9. Es Abogado, egresado de la Pontíficia Universidad Católica Argentina, socio del Estudio Nicholson y Cano Abogados, especialista en Derecho Laboral. Es Miembro Suplente de la Comisión Fiscalizadora de la Sociedad, y de las sociedades controladas de Ledesma, Bio Ledesma S.A.U., Castinver S.A.U. y Ledesma Frutas S.A.U. Adicionalmente, ocupa cargos en las Sindicaturas de las siguientes sociedades: Síndico Titular: Máxima AFJP S.A. (en liquidación), HSBC Seguros de Vida (Argentina) S.A., HSBC Seguros de Retiro (Argentina) S.A., HSBC Argentina Holdings S.A., Prudential Seguros S.A.; Síndico Suplente: Chubb Seguros Argentina S.A., HSBC BANK Argentina S.A., HSBC Participaciones (Argentina) S.A. y Fintech SGR; Socio Administrador: Sociedad Civil Nicholson y Asociados Abogados; Revisor de Cuentas: Asociación Civil Chacra Exp. Agrícola Santa Rosa. Además, es Director Titular del Olivos Golf Club y Gerente de Nicholson y Cano S.R.L.

El domicilio legal de María Fraguas, Mariana Rawson Paz, Luis Rodolfo Bullrich y Juan Carlos Etchebehere es San Martín 140, Piso 14º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El domicilio legal de Ángel Schindel es Av. Corrientes 415, Piso 12°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El domicilio legal de Enrique Sbértoli es Suipacha 1380, piso 6°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Se informa que todos los síndicos revisten la condición de “independientes” conforme el criterio establecido por las Normas de la CNV y que María Fraguas, Mariana Rawson Paz, Enrique Sbértoli, Luis Rodolfo Bullrich y Juan Carlos Etchebehere pertenecen a firmas que brindan asesoramiento profesional a la Sociedad.

Comité Ejecutivo

Conforme surge del artículo noveno del Estatuto social, el Directorio de la Sociedad podrá designar por mayoría absoluta de sus miembros un Comité Ejecutivo que estará compuesto por el número de directores titulares que fije el Directorio entre un mínimo de tres (3) y un máximo de nueve (9) directores, incluido el presidente, quienes durarán en su cargo un ejercicio, pudiendo ser reelegidos indefinidamente. El Comité Ejecutivo tendrá a su cargo la gestión de los negocios ordinarios de la Sociedad y de todos los asuntos que le asigne el Directorio, y sus integrantes cumplirán funciones técnico-administrativas. El Comité Ejecutivo designado está conformado de la siguiente forma:

Órgano Integrante Cargo Vencimiento
del
Mandato
Carlos Herminio
Blaquier
Presidente 31 de mayo de 2022
Ignacio Blaquier 31 de mayo de 2022

100

Comité
Ejecutivo
Alejandro Blaquier 31 de mayo de 2022
Santiago Blaquier 31 de mayo de 2022
Juan Ignacio Pereyra
Iraola
31 de mayo de 2022

Comités Especiales.

Conforme surge del Informe sobre el grado de cumplimiento del Código de Gobierno Corporativo de la Sociedad, en el seno del Directorio, funcionan diversos comités que analizan los riesgos asociados a los diversos negocios que lleva adelante la Sociedad. Actualmente funcionan los siguientes comités, cuyos integrantes se detallan seguidamente:

Auditoría, Sostenibilidad, Ética, Calibración, Medio Ambiental Corporativo, y Asuntos Institucionales y Legales.

Órgano Funciones Comité de Asuntos Institucionales y Legales (i) Establecer, revisar, evaluar y reformular, cuando sea adecuado, los objetivos y proyectos del área de RSE; (ii) Revisar la gestión y los resultados de los proyectos de RSE para garantizar un proceso de mejora continua; (iii) Supervisar el control presupuestario destinado a las iniciativas de RSE. Comité de Sostenibilidad Supervisa el plan de sostenibilidad y los proyectos corporativos que lo conforman, y aprueba las inversiones para la gestión sostenible del negocio, y está integrado por el Gerente General y gerentes de primera línea. Comité de Ética A los fines de la revisión, interpretación e implementación del Código de Ética, se conforma un Comité de Ética, que está integrado por dos (2) miembros del Directorio, el Gerente General, un representante de la Dirección de Talento y Desarrollo Organizacional y un representante de Auditoría Interna. Comité Medio Ambiental Corporativo Velar por el cumplimiento de dicha Política y está conformado por personal idóneo de cada una de las áreas de la empresa. Sus objetivos incluyen analizar los aspectos medioambientales transversales a la compañía, asegurar una gestión adecuada de los procesos para el cumplimiento de la legislación, proponer mejoras e integrar la gestión medioambiental a la operatoria diaria, entre otros. Comité de Calibración Evaluar los objetivos del personal jerárquico y su desempeño

Contratos de locación con funcionarios. Pago de servicios con opciones

Excepto por lo indicado a continuación en relación a los miembros de la Comisión Fiscalizadora, ni la Sociedad ni sus subsidiarias tienen en vigencia contratos de locación de servicios con los miembros del directorio, gerentes,

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administradores, integrantes de los comités especiales o de auditoría que prevean beneficios luego de la terminación de sus mandatos.

Por otro lado, ni la Emisora ni sus subsidiarias otorgan compensaciones en la forma de opciones de acciones a sus funcionarios.

Los doctores María Fraguas, Enrique Sbertoli, designados como síndicos titulares y los doctores Luis Rodolfo Bullrich, Mariana Rawson Paz, y Juan Carlos Etchebehere designados como síndicos suplentes pertenecen a firmas que brindan asesoramiento profesional a la Sociedad.

Empleados

La Sociedad contaba a fines de noviembre de 2021 con 5.907 empleados repartidos a lo largo de la Argentina con una fuerte presencia empleadora en Jujuy. Sin embargo, debido a la estacionalidad de los negocios, julio es el mes con mayor número de empleados, En julio 2021 la Sociedad contaba con 6.801 empleados. La distribución geográfica de los puestos laborales a julio de los últimos tres años y noviembre 2021 era la siguiente:

Localización Jul-19 Jul-20 Jul-21 Nov-21
Jujuy 6.140 6.084 5.940 5.086
Ciudad Autónoma de Bs. As. 396 399 386 389
San Luis 203 141 122 141
Salta 164 169 160 105
Prov. de Buenos Aires 121 119 117 110
Entre Ríos 37 37 44 44
Mendoza 10 9 8 9
Rosario 6 6 5 5
Tucumán 7 9 10 9
Córdoba 12 9 9 9
Total 7.096 6.982 6.801 5907

Vale destacar que, a partir del 1 de marzo 2019, se dejaron de considerar los empleados de la firma Glucovil Argentina S.A., lo que se traduce en una disminución de alrededor de 300 personas en San Luis.

Por las características propias de la industria azucarera y frutícola, existe una importante cantidad de trabajadores temporarios, que suelen ser contratados por el período de cosecha que comienza en mayo y se extiende hasta noviembre. La distribución de empleados por tipo de contratación de julio de los últimos tres años y noviembre 2021 fue la siguiente:

jul-19 jul-20 jul-21 Nov-21
Total 7.096 6.982 6.801 5.907
Permanente 3.495 3.401 3.428 3.470
Temporario & Cosechero 3.601 3.581 3.373 2.437

Los empleados temporarios y cosecheros son trabajadores permanentes, pero que prestan tareas exclusivamente durante el período del año en que son convocados por la Sociedad ante necesidades estacionales y solo a tal efecto, percibiendo salarios exclusivamente por tal período, y hasta nueva convocatoria. A partir de 2019 temporarios y cosecheros empezaron a administrarse como un único grupo.

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Un importante porcentaje del personal se encuentra dentro de algún convenio colectivo de trabajo. A continuación, se presenta el detalle de los distintos convenios durante julio de los últimos tres años:

Gremios jul-20 jul-21 jul-21
Alimentación(IL) 2% 2% 2%
Azucareros (IL) 50% 49% 56%
CargayDescarga(BA) 1% 1% 1%
Citricultura (IL) 17% 17% 4%
Comercio(BA) 0% 0% 0%
Contrato de Aprendizaje(IL) 0% 0% 0%
UATRE (BAyEntre Ríos) 1% 1% 2%
UATRE(Jujuy ySalta) 6% 7% 8%
Papeleros (IL) 6% 6% 7%
Alimentación(VM) 0% 0% 0%
Papeleros(VM) 0% 0% 0%
Gráficos(VM) 2% 1% 2%
Total en convenio 85% 85% 82%
Total fuera de convenio 15% 15% 18%

IL: Ingenio Ledesma; BA: Buenos Aires, VM: Villa Mercedes

Se informa que la Sociedad cumple regularmente con los pagos de sueldos a los empleados. Éstos no han sufrido alteraciones, ni ha habido suspensiones u otras medidas adoptadas respecto del vínculo laboral.

ASESORES

El principal asesor legal de la Sociedad es el Estudio Nicholson y Cano Abogados, con domicilio en San Martín 140, Piso 14º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El Estudio Nicholson y Cano Abogados asesora legalmente a la Sociedad con relación a este Programa.

El principal asesor impositivo de la Emisora es el Estudio Peña Freytes y Asociados Soc. Civil, con domicilio en Av. Córdoba 1255 - Piso 11º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

AUDITORES

Mediante Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de la Sociedad de fecha 22 de septiembre de 2021 se designó a los doctores Pablo Moreno y Gustavo Lazzati, quienes pertenecen a la firma Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L., miembros de la red global de firmas de Ernst & Young, como auditores externos titular y suplente, respectivamente, a fin de certificar la documentación contable del ejercicio que finalizará el 31 de mayo de 2022.

Los auditores externos de la Sociedad por el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021fueron los siguientes:

Asesor Externo Titular: Pablo Moreno, su número de D.N.I. es 16.171.094 y su número de CUIT es 20-161710947, matriculada en el C.P.C.E.C.A.B.A. al Tomo 164, Folio 235, con domicilio profesional en 25 de Mayo 487, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Asesor Externo Suplente: Gustavo Lazzati, su número de D.N.I. es 26.879.586 y su número de CUIT es 2026.879.586-4, matriculada en el C.P.C.E.C.A.B.A. al Tomo 302, Folio 64, con domicilio profesional en 25 de Mayo 487, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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Los doctores Pablo Moreno y Gustavo Lazzati, pertenecen a la firma Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L., miembros de la red global de firmas de Ernst & Young.

Con relación al presente Programa se ha desempeñado como Auditor a Pistrelli, Henry y Asociados S.R.L

Litigios

Si bien la Emisora es parte de algunos procesos litigiosos, todos ellos se relacionan con el curso habitual de los negocios de la misma y se considera que los mismos no tienen o no han tenido en el pasado reciente, efectos significativos en la situación financiera de la emisora o su rentabilidad.

Asimismo, a la fecha del presente Prospecto, la Emisora no se encuentra inhibida, en concurso, procedimiento preventivo de crisis u otra situación que afecte su actividad.

A continuación, se acompaña un breve resumen de las causas más significativas:

Fisco de la Provincia De Buenos Aires C/ La Biznaga SAACIFM s/ Apremio Provincial ” N° 38918

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires inició en diciembre de 2016 demandas a fin de perseguir el cobro de pesos por vía de apremio alegando que el crédito a favor de ARBA se encuentra instrumentado en títulos ejecutivos expedidos por funcionarios autorizados correspondientes al impuesto inmobiliario.

Por auto del 7 de marzo de 2017 se rechazó el levantamiento de los embargos administrativos denunciados.

El 27 de marzo de 2017 se puso en conocimiento la medida cautelar decretada y solicita la suspensión del proceso de apremio. La Fiscalía de Estado se opuso a la suspensión por presentación del 19.04.2017 y solicita que se oficie a ARBA a fin de que aclare si existe un vínculo entre el título que se ejecuta y la medida cautelar concedida.

El 11 de julio de 2017 se contestó espontáneamente el traslado ordenado, acreditando la identidad de la deuda y puso en conocimiento la suspensión de la ejecución dispuesta por medida cautelar. En virtud de ello, se solicitó que se suspenda el apremio y dejen sin efecto las medidas patrimoniales dispuestas.

Previo a resolver ordenó por resolución del 2 de agosto de 2017 librar oficio a ARBA a fin de que acompañe copia del expediente administrativo.

En febrero de 2018 se agregaron las actuaciones administrativas requeridas.

El 24 de agosto de 2020, la parte actora solicitó el levantamiento de la medida cautelar, a partir de la sentencia definitiva dictada en los autos “LA BIZNAGA SACIFM c/FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/PRETENSIÓN ANULATORIA”, (Expte. 48.409), en la cual se declaró la nulidad del título ejecutivo. También solicitó que se deje sin efecto el traslado de la demanda y que V.S. no se expida sobre las costas toda vez que “no se trabó la Litis”.

A partir de tal presentación, el 26 de agosto de 2020 el Juzgado tuvo presente lo manfiestado para la oportunidad en que se acompañen las resoluciones de ARBA y le ordenó a la actora, que aclare si el desinterés que manifiesta implica desistimiento.

El 9 de septiembre de 2020, la Fiscalía de Estado acompañó Resolución de ARBA que deja sin efecto el Título Ejecutivo y delegación de facultades del Sr. Fiscal, que autoriza a desistir el proceso. En consecuencia, el 15 de septiembre de 2020 se llamó a autos para dictar sentencia, la cual se dictó el mismo día, teniendo por desistido el presente proceso con costas a ARBA y procedió a regular honorarios.

Posteriormente, el 30 de septiembre, la actora interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra la resolución dictada el 15 de septiembre, solicitando se impongan las costas en el orden causado.

El 5 de octubre de 2020, el Tribunal rechazó el recurso de revocatoria y concedió el recurso de apelación dándole traslado del mismo a esta parte por el término de 5 días.

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En tiempo y forma el 23 de octubre, contestamos el traslado conferido, solicitando se impongan costas a la actora, elevándose la causa a la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo el 26 de octubre de 2020.

Sin perjuicio de la elevación, el 18 de marzo de 2021, la Cámara de apelaciones, informó que tenía una imposibilidad de visualizar la totalidad de los trámites, presentaciones y documental del proceso, y devolvió las actuaciones a primera instancia.

A la fecha del presente Prospecto, aún queda pendiente el dictado de sentencia por parte de la Cámara.

“Fisco de la Provincia de Buenos Aires c/ La Biznaga SAACIFM S/ Apremio Provincial” N° 46352

El objeto del proceso es el cobro de pesos sustentado en el titulo ejecutivo N°818624.

El 29 de marzo de 2017 se hace lugar al pedido de suspensión del proceso solicitado por Biznaga.

Se notificó a ARBA el 11 de abril la suspensión del proceso y el 11 de julio a la Fiscalía de Estado.

El 24 de agosto de 2020, la parte actora solicitó el levantamiento de la medida cautelar, a partir de la sentencia definitiva dictada en los autos “LA BIZNAGA SACIFM c/FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/PRETENSIÓN ANULATORIA”, (Expte. 48.409), en la cual se declaró la nulidad del título ejecutivo. También solicitó que se deje sin efecto el traslado de la demanda y que V.S. no se expida sobre las costas toda vez que “no se trabó la Litis”.

El 26 de agosto el Tribunal proveyó la presentación de la actora, continuando con la suspensión dictada en autos y ordenando que se corra traslado de la solicitud de desistimiento a La Biznaga, siendo recurrido luego este auto el 2 de septiembre de 2020, por la actora al interponer recurso de revocatoria con apelación en subsidio, solicitando que se revoque el traslado ordenado.

Posteriormente, el 4 de septiembre de 2020, el Tribunal hizo lugar a la solicitud del Fisco de la Provincia de Buenos Aires revocando por contrario imperio el traslado conferido en auto del 26 de agosto.

El 9 de septiembre de 2020, la parte actora, adjuntando resoluciones de ARBA, solicito nuevamente el desistimiento de la presente causa.

Así las cosas, el 10 de septiembre el Tribunal sentenció el desistimiento de la acción estableciendo que “no encontrándose sustanciada la presente causa de apremio, no corresponde dictar pronunciamiento alguno respecto de las costas.”

El 14 de septiembre, La Biznaga recurrió la sentencia del 10 de septiembre interponiendo en tiempo y forma recurso de reposición, en el cual se solicita que se impongan costas a la actora, entre otras cosas. Mediante resolución del 16 de septiembre de 2020, el Juzgado rechazó el recurso, y regulo honorarios a favor del Dr. Laplacette, de los cuales debía correr con su cumplimiento la actora.

La actora el 28 de septiembre apeló los honorarios regulados a favor del Dr. Laplacette por altos.

El Juzgado en fecha 28 de septiembre de 2020 resolvió conceder el recurso de apelación y ordenó dar traslado de los fundamentos a la demandada.

El 6 de enero de 2021, atento al tiempo transcurrido sin que la actora haya impulsado el recurso interpuesto, solicitamos la caducidad de segunda instancia.

Sin mencionar nada en relación a la caducidad acusada, el 2 de febrero de 2021, el juzgado ordenó la elevación del expediente al tribunal de alzada.

Finalmente, el 3 de febrero de 2021, se elevaron las actuaciones a la Cámara de apelaciones, y hasta el día de confección del presente informe aún no contamos con resolución de segunda instancia.

“Fisco de la Provincia De Buenos Aires c/ Biznaga SAACIFM s/ Apremio Provincial” N° 32408

El objeto del proceso es el cobro de pesos sustentado en el titulo ejecutivo N° 818735.

El 23 de marzo y 28 de mayo se solicitó la suspensión del proceso y acreditó la identidad de la deuda.

El 5 de julio de 2017 se ordenó librar oficio a Arba a fin de que acompañe copia de Disposición delegada. El 11 de julio de 2017 se acompañó nueva documental que acredita identidad de deuda. Se solicita la suspensión del proceso y que se dejen sin efecto medidas.

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El 22 de marzo de 2018, el Tribunal ordenó requerir al Juzgado de Primera instanci|a en lo Contencioso Administrativo N° 2 que informe si la liquidación de deuda N° 818735 emitida en el expediente administrativo N° 2360-0387898/2016 en la que se sustenta la presente ejecución, se encuentra alcanzada por lo decidido en la resolución arribada en la "La Biznaga SACIFIM c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires y Otro s/ Medida Cautelar" (causa Nº 46635).

En virtud de lo informado por el Juzgado Nº 2, el 25 de marzo de 2019 el Tribunal ordenó la suspensión del proceso y en consecuencia se dejaron sin efecto las medidas cautelares dictadas por resolución de fecha 27 de diciembre de 2016.

El 25 de agosto de 2020, la parte actora solicitó el levantamiento de la medida cautelar, a partir de la sentencia definitiva dictada en los autos “LA BIZNAGA SACIFM c/FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/PRETENSIÓN ANULATORIA”, (Expte. 48.409) , en la cual se declaró la nulidad del título ejecutivo. También solicitó que se deje sin efecto el traslado de la demanda y que V.S. no se expida sobre las costas toda vez que “no se trabó la Litis”.

A partir de tal presentación, el juzgado tuvo presente lo manifestado y estableció que “a todo evento deberá cumplirse con lo dispuesto en el artículo 19 de la ley 13406.”

La parte actora, el 9 de septiembre de 2020, realizó una presentación en la cual acompañaba, la requerida resolución de ARBA y autorización del Fisco de la Provincia, desistiendo la causa y solicitando al Tribunal que no se expida en relación a las costas, ni le dé traslado a la parte demandada.

El 29 de setiembre de 2020, la causa pasó con autos a resolver y el 20 de octubre de 2020 se dictó sentencia que tiene por desistida la acción con costas a la actora y regula honorarios en favor de los letrados de La Biznaga.

El 10 de diciembre de 2020, la Parte actora recurrió la sentencia del 20 de octubre de 2021, apealando la imposición de costas y la regulación de honorarios.

El 11 de diciembre de 2020, se ordenó el traslado del recurso interpuesto y el 1 de febrero de 2021, La Biznaga lo contestó.

El 9 de febrero de 2021, La Biznaga solcitó la elevación de las actuaciones y el 12 de febrero de 2021, el tribunal ordenó que se eleven.

Finalmente, el 4 de marzo de 2021, fue recibido el expediente en segunda instancia.

“Fisco de la Provincia De Buenos Aires c/ La Biznaga SAACIFM s/ Apremio Provincial” N° 32412

El objeto del proceso es el cobro de pesos sustentado en el titulo ejecutivo N° 818628.

El 23 de marzo y 28 de mayo se solicitó la suspensión del proceso y acreditó la identidad de la deuda.

El 5 de julio de 2017 se ordenó librar oficio a Arba a fin de que acompañe copia de Disposición delegada.

El 11 de julio se acompañó nuevo documental que acredita identidad de deuda. Se solicita la suspensión del proceso y que se dejen sin efecto medidas.

El 22 de marzo de 2018 el Tribunal ordenó requerir al Juzgado de Primera instancia en lo Contencioso Administrativo N° 2 que informe si la liquidación de deuda Nº 818628 emitida en el expediente administrativo Nº 2360-0387968/2016 en la que se sustenta la presente ejecución, se encuentra alcanzada por lo decidido en la resolución arribada en la "La Biznaga SACIFIM c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires y Otro s/ Medida Cautelar" (causa Nº 46635).

El 25 de agosto de 2020, la parte actora solicitó el levantamiento de la medida cautelar, a partir de la sentencia definitiva dictada en los autos “LA BIZNAGA SACIFM c/FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/PRETENSIÓN ANULATORIA”, (Expte. 48.409) , en la cual se declaró la nulidad del título ejecutivo. También solicitó que se deje sin efecto el traslado de la demanda y que V.S. no se expida sobre las costas toda vez que “no se trabó la Litis”.

A partir de tal presentación, el juzgado tuvo presente lo manifestado y estableció que “a todo evento deberá cumplirse con lo dispuesto en el artículo 19 de la ley 13406.”

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La parte actora, el 9 de septiembre de 2020, realizó una presentación en la cual acompañaba, la requerida resolución de ARBA y autorización del Fisco de la Provincia, desistiendo la causa y solicitando al Tribunal que no se expida en relación a las costas, ni le dé traslado a la parte demandada.

El 29 de setiembre de 2020, la causa pasó con autos a resolver y el 16 de octubre de 2020 se dictó sentencia que tiene por desistida la acción con costas a la actora y regula honorarios en favor de los letrados de la parte demandada.

Posteriormente, el 1 de diciembre de 2020, la actora interpuso recurso de apelación contra la sentencia del 16 de octubre, en cuanto a la imposición de costas y la regulación de honorarios de la parte demandada.

Mediante proveído del 3 de diciembre de 2020, el Tribunal ordenó el traslado del recurso interpuesto por la parte actora.

El 1 de febrero de 2021, La Biznaga contestó el traslado conferido y el 4 de marzo de 2021 se elevaron las actuaciones a la Cámara de apelaciones.

Hasta el día de confección del presente informe, la Cámara no resolvió el recurso de apelación interpuesto por la actora.

“Fisco de la Provincia De Buenos Aires C/ La Biznaga SAACIFM S/ Apremio Provincial” N° 4295

El objeto del proceso es el cobro de pesos sustentado en el titulo ejecutivo N° 817945.

El 3 de abril de 2017 se hizo lugar a la suspensión del proceso y notificó a ARBA.

El 24 de mayo de 2017 ARBA informó al juzgado que dio cumplimiento a la suspensión del proceso de conformidad con lo resuelto en la medida cautelar.

El 24 de agosto de 2020, la parte actora solicitó el levantamiento de la medida cautelar, a partir de la sentencia definitiva dictada en los autos “LA BIZNAGA SACIFM c/FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/PRETENSIÓN ANULATORIA”, (Expte. 48.409) , en la cual se declaró la nulidad del título ejecutivo. También solicitó que se deje sin efecto el traslado de la demanda y que V.S. no se expida sobre las costas toda vez que “no se trabó la Litis”.

A partir de tal presentación, mediante proveído del 27 de agosto de 2020, el juzgado tuvo presente lo manifestado para el momento en el cual la actora acompañe las correspondientes resoluciones de ARBA.

Posteriormente, acompañando las debidas resoluciones, la actora solicitó nuevamente el desistimiento de la acción.

Posteriormente, el 22 de septiembre de 2020, el Juzgado dictó sentencia en donde tenía por desistida la acción con constas a la actora y reguló honorarios a favor de los letrados de la parte demandada, ordenando la apertura de una cuenta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires.

El 30 de septiembre de 2020, la actora interpuso recurso de reposición con apelación en subsidio y el 30 de diciembre de 2020, el tribunal ordenó el traslado de los recursos.

El 1 de febrero de 2021, La Biznaga contestó el traslado conferido, a la vez que recurrió los honorarios regulados a la letrada representante de la parte actora.

Finalmente, mediante resolución del 23 de febrero de 2021, el Juzgado rechazó los recursos de reposición interpuestos por las partes y concedió las apelaciones, y en consecuencia, ordenó la elevación del proceso a la Cámara de apelaciones, lo cuál aún se encuentra sin resolución.

TFN N° 34011-A (SIGEA N° 13289-9572-2010/25)

En fecha 09/12/10 la Aduana publicó en el Boletín Oficial “Planillas de preajuste de valor” de diversos Permisos de Embarque oficializados ante la Aduana de Jujuy por la compañía en el año 2006, mediante los cuales se exportó azúcar blanca refinada. Ello dado que la Aduana entendió inaceptable como base idónea de valoración los valores documentados y declarados (precio pagado o por pagar) en dichos PE.

La Aduana formuló los Cargos nros. 39/11 a 69/11, fundamentando los mismos en el nuevo criterio de valoración de azúcar sostenido mediante las Notas Nº 572/2010 (DE GEVA), 494/2010 (DI GERI) y 656/2010 (SDG CAD).

En fecha 19/11/2013 se interpuso recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación.

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A fin de interrumpir el cómputo de intereses, con fecha 20/12/2019 se acreditó ante el Tribunal Fiscal y ante la Aduana de Jujuy (mediante SIGEA 19144-18353-2019) el pago de los tributos más intereses del 1% mensual por la suma total de $5.374.530.

Asimismo, se solicitó ante el Tribunal el dictado de la sentencia expidiéndose respecto de los intereses confiscatorios.

Con fecha 14/01/2020 se afectó el pago mediante LMANS nros. 20031LMAN000091M, 20031LMAN000119N y 20031LMAN000120F.

Con fecha 03/02/20 se informó ante el Tribunal la afectación del pago.

A la fecha del presente Prospecto, se aguarda dictado de la sentencia del Tribunal Fiscal respecto del planteo por los intereses confiscatorios.

SIGEA N° 12542-1097-2016 (13289-6662-2016)

La División Productos Alimenticios y Subproductos (DI FIEX) mediante notificación 16052NOTI004976X enviada en fecha 31/03/2016 y atento al estudio de valor llevado a cabo por los valores declarados en los Permisos de Embarque involucrados solicitó a la firma que justifique tales valores declarados.

La Aduana formuló los cargos Nros. 20/2016 al 44/2016.

El 26/04/2016 se presentó recurso de impugnación contra dichos cargos.

A la fecha del presente Prospecto se aguarda dictado de resolución aduanera.

SIGEA N° 18010-138-2018

En fecha 13/11/2018 el servicio aduanero notifica los cargos n° 1-33/2018 (RG SALTA) y 337-362/2018 (RG MNZA) en concepto de derechos de exportación con sustento en el art. 748 inc b) del C.A.

En fecha 28/11/2018 se interpone recurso de impugnación.

A fin de interrumpir el cómputo de intereses, con fecha 20/12/2019 se acreditó ante División Impugnaciones del Departamento de Gestión Valoración y Comprobación Documental el pago de los tributos más intereses del 1% mensual por la suma total de $4.604.040.

Con fecha 27/12/2019 se afectó el pago mediante LMAN nro. 19001LMAN149647P.

A la fecha del presente Prospecto se aguarda el dictado de la Resolución aduanera respecto del planteo por los intereses confiscatorios.

TFN N° 34007-A (SIGEA N° 14532-83-2012)

La Aduana de Jujuy publicó una planilla de preajustes en el Boletín Oficial por entender, en principio, inaceptable como base idónea de valoración los valores documentados y declarados (precio pagado o por pagar) en varios Permisos de Embarque oficializados en el 2009 ante la aduana de Jujuy mediante los que la firma exportó a consumo azúcar blanca refinada.

La Aduana emitió los cargos Nros.: 232, 233, 234, 235, 236, 237, 238, 239, 240, 241, 242, 243, 244, 245, 246, 247, 248, 249, 250, 251, 252, 253, 254, 255, 256, 257, 258,259,260, 261, 262 y 263.

En fecha 15/11/2013 se interpuso recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación.

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A fin de interrumpir el cómputo de intereses, con fecha 20/12/2019 se acreditó ante el Tribunal Fiscal y ante la Aduana de Jujuy (mediante SIGEA 19144-18348-2019) el pago de los tributos más intereses del 1% mensual por la suma total de $5.507.460. Asimismo, se solicitó ante el Tribunal el dictado de la sentencia expidiéndose respecto de los intereses confiscatorios.

Con fecha 14/01/2020 se afectó el pago mediante LMANS nros. 20031LMAN000088S y 20031LMAN000122H.

Con fecha 03/02/20 se informó ante el Tribunal la afectación del pago.

A la fecha del presente, se aguarda dictado de la sentencia del Tribunal Fiscal de la Nación respecto del planteo por los intereses confiscatorios.

TFN N° 34563-A (SIGEA N° 13289-34280-2006/ 13289-34726-2010)

La firma oficializó en la Aduana de Rosario en el año 2005 varios permisos de embarque mediante los cuales se exportó azúcar blanca refinada. La Aduana de Rosario publicó conforme a la Resolución 620/99 en Boletín Oficial. Nº 30946 un listado de preajustes y formuló el cargo Nº 128/06.

Con fecha 27/05/2014 se interpone recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación.

A fin de interrumpir el cómputo de intereses, con fecha 20/12/2019 se acreditó ante el Tribunal Fiscal y ante la Aduana de Rosario (mediante SIGEA 19144-18356-2019) el pago de los tributos más intereses del 1% mensual por la suma total de $16.454.340. Asimismo, se solicitó ante el Tribunal el dictado de la sentencia expidiéndose respecto de los intereses confiscatorios.

Con fecha 09/01/2020 se afectó el pago mediante LMANS nros. 20052LMAN001091Z, 20052LMAN001092R y 20052LMAN001093S.

Con fecha 03/02/20 se informó ante el Tribunal la afectación del pago.

A la fecha del presente, se aguarda dictado de la sentencia del Tribunal Fiscal de la Nación respecto del planteo por los intereses confiscatorios.

TFN N° 34571-A (SIGEA N° 13289-34274-2006/13289-34727-2010)

La firma oficializó ante la Aduana de Rosario en el año 2005 el permiso de embarque 05052EC01003925K mediante el cual exportó azúcar blanca refinada. La Aduana de Rosario publicó conforme a la Resolución 620/99 en B.O. Nº 30946 un listado de preajustes entre los cuales se encontraban dicho P.E. y formuló el cargo Nº 128/06.

Con fecha 28/05/2014 se interpone recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación.

A fin de interrumpir el cómputo de intereses, con fecha 20/12/2019 se acreditó ante el Tribunal Fiscal y ante la Aduana de Rosario (mediante SIGEA 19144-18365-2019) el pago de los tributos más intereses del 1% mensual por la suma total de $4.093.740. Asimismo, se solicitó ante el Tribunal el dictado de la sentencia expidiéndose respecto de los intereses confiscatorios.

Con fecha 09/01/2020 se afectó el pago mediante LMAN nro. 20052LMAN001079W.

Con fecha 03/02/20 se informó ante el Tribunal la afectación del pago.

A la fecha del presente se aguarda dictado de la sentencia del Tribunal Fiscal respecto del planteo por los intereses confiscatorios.

N° 12678-

TFN N° 35027-A (SIGEA N° 1267863/64/65/66/67/68/69/70/71/72/73/74/75/76/77/78/79/80/81/82/83/84/85/86/87/88/89/90/91/92/93/94/95/96/97/9 8/99/100/101/102/103/104/105/106/107/108-2010 - 13289-9572-2010/22).

109

Con fechas 20/8/2010 y 29/10/2010, la Dirección Regional Aduanera de la Aduana de Salta publicó en el Boletín Oficial “listados de preajuste de valor” de diversos Permisos de Embarque oficializados ante la Aduana de Jujuy por la por la compañía en el año 2005, mediante los cuales se exportó azúcar blanca refinada. La Aduana formuló los Cargos nros. 180/10 a 225/10, fundamentando los mismos en el nuevo criterio de valoración de azúcar sostenido mediante las Notas Nº 572/2010 (DE GEVA), 494/2010 (DI GERI) y 656/2010 (SDG CAD).

En fecha 29/08/2014 se interpuso recurso de apelación ante el TFN.

A fin de interrumpir el cómputo de intereses, con fecha 20/12/2019 se acreditó ante el Tribunal Fiscal y ante la Aduana de Jujuy (mediante SIGEA 19144-18372-2019) el pago de los tributos más intereses del 1% mensual por la suma total de $4.638.690. Asimismo, se solicitó ante el Tribunal el dictado de la sentencia expidiéndose respecto de los intereses confiscatorios.

Con fecha 14/01/2020 se afectó el pago mediante LMANS nros. 20031LMAN000086Z y 20031LMAN000121G.

Con fecha 03/02/20 se informó ante el Tribunal la afectación del pago.

A la fecha del presente documento se aguarda dictado de la sentencia del Tribunal Fiscal de la Nación respecto del planteo por los intereses confiscatorios.

TFN N° 35709-A (SIGEA N° 14827-182-2012)

El 29/11/2012 la Sección Control de Cargos y Pagos notifica los cargos VERGMETR. Nros. 1053/12; 1054/12, 1055/12; 1056/12; 1057/12, 1058/12, 1059/12, 1060/12, 1061/12, 1062/12, 1063/12, 1064/12, 1065/12, 1066/12, 1067/12; 1068/12, 1069/12, 1070/12; 1071/12; 1072/12; 1073/12; 1074/12; 1075/12; 1076/12, 1077/12; 1078/12, 1079/12; 1080/12; 1081/12, 1082/12; 1083/12; 1084/12; 1085/12; 1086/12; 1087/12; 1088/12; 1089/12; 1090/12; 1091/12; 1092/12; 1093/12; 1094/12; 1095/12; 1096/12; 1097/12; 1098/12; 1099/12; 1100/12.

Mediante los mismos se realiza un ajuste de valor en referencia a varios Permisos de Embarque mediante los cuales la firma exportó Azucar Blanca Refinada. En fecha 17/04/2015 se interpone recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación.

A la fecha del presente documento se aguarda el dictado de la sentencia del Tribunal Fiscal.

SIGEA 18010-146-2018

En fechas 23/01/2019 y 24/01/2019 el servicio aduanero notifica los cargos/LMAN n° 19038LMAN002231C, 19038LMAN002232D, 19038LMAN002230B, 19038LMAN002243F, 19038LMAN002241D, 19038LMAN002240C, 19038LMAN002239K, 19038LMAN002244G, 19038LMAN002242E, 19038LMAN002238J, 19038LMAN002237X, 19038LMAN002235G, 19038LMAN002234F, 19038LMAN002233E, 19038LMAN002236H, 19038LMAN002245H, 19038LMAN002250D, 19038LMAN002251E, 19038LMAN002252F, 19038LMAN002249L, 19038LMAN002253G, 19038LMAN002248K, 19038LMAN002254H, 19038LMAN002246X, 19038LMAN002247J, 19038LMAN002255X, 19038LMAN002256J, 19038LMAN002257K, 19038LMAN002258L, 19038LMAN002260E, 19038LMAN002259M, 19031LMAN000119V, 19031LMAN000120N, 19031LMAN000122P, 19031LMAN000123Z, 19031LMAN000121Y, 19031LMAN000124R, 19031LMAN000126T, 19031LMAN000125S; en concepto de derechos de exportación con sustento en el art. 748 inc b) del C.A.

En fecha 14/02/2019 se interpone recurso de impugnación.

A fin de interrumpir el cómputo de intereses, con fecha 20/12/2019 se acreditó ante División Impugnaciones del Departamento de Gestión Valoración y Comprobación Documental el pago de los tributos más intereses del 1% mensual por la suma total de $2.938.320.

Con fecha 27/12/2019 se afectó el pago mediante LMAN nro. 19001LMAN149632J.

110

A la fecha del presente Prospecto se aguarda el dictado de la Resolución aduanera respecto del planteo por los intereses confiscatorios.

SIGEA N° 13289-11410-2018

Al momento de la oficialización del Permiso de Embarque Nº 18 001 EC01 032707 X, se declaró erróneamente, un valor FOB de USD 368.918,12, cuando en realidad correspondía declarar el importe contenido en la factura de exportación Nro. 0616-00001598, es decir un valor FOB de USD 178.978,76.

Con fecha 03/07/2018 se presentó la autodenuncia por ante la Mesa General de Entradas.

A la fecha del presente documento se aguarda que la Secretaría 3 resuelva la autodenuncia presentada.

TFN N° 2019-103078342 (SIGEA Exp N° 12197-4135/2013)

En fecha 01/10/2014 se notificó a la firma la corrida de vista por la que se le imputa la infracción prevista y penada en el artículo 970 del C.A., respecto del DIT Nº D.I.T. N° 08 001 IT14 003619 J.

En fecha 19/11/2019 se interpuso recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación

A la fecha del presente Prospecto se encuentra en trámite ante el Tribunal Fiscal de la Nación y se aguarda apertura a prueba.

111

V. ESTRUCTURA DEL EMISOR, ACCIONISTAS O SOCIOS Y PARTES RELACIONADAS

Estructura de la Emisora y su grupo económico

La Emisora es la accionista principal de un grupo económico que consta de 4 sociedades controladas en los términos del artículo 33 de la Ley General de Sociedades N° 19.550.

Dentro de este grupo económico, a la finalización del ejercicio social terminado el 31 de mayo de 2021, la Emisora mantenía participaciones directas en Castinver S.A.U. por el 100% del capital social de dicha compañía, Bio Ledesma S.A.U. por el 100% del capital social de dicha compañía, Bridgeport Investmets LLC por el 100% del capital social de dicha compañía; y en Ledesma Frutas S.A.U. por el 100% de dicha compañía.

En lo que respecta a participaciones exclusivamente indirectas, a la finalización del ejercicio social terminado el 31 de mayo de 2021, la Emisora era propietaria del 100% del capital social de Orange Creek S.A.

A excepción de la sociedad Bridgeport Investments LLC, que fue constituida en los Estados Unidos de América y de Orange Creek S.A., constituida en las Bahamas, todas las sociedades subsidiarias fueron constituidas y tienen residencia en el territorio de la República Argentina.

Asimismo, Ledesma tiene una participación del 4% en la UTE Aguaragüe, que explora y extrae petróleo y gas en el área del mismo nombre de la provincia de Salta y donde tiene como socios a Tecpetrol S.A., YPF S.A., Petrobras Argentina S.A., Mobil Argentina S.A. y Compañía General de Combustibles S.A.

El siguiente cuadro muestra la estructura organizacional de Ledesma, incluyendo las principales subsidiarias y participaciones accionarias sobre las mismas. En los casos en que la participación en cada sociedad no sume el 100%, las fracciones menores al total se encuentran en poder de terceros minoritarios.

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Fuente: Información extraída de los estados financieros consolidados de la Emisora al 31 de mayo de 2021 e información interna.

Presencia de Ledesma en el país.

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1. Jujuy 5.940 empleados

2. San Luis

  • 122 empleados

3. Ciudad Autónoma de Bs As 386 empleados

4. Salta

160 empleados

5. Buenos Aires y Entre Ríos 161 empleados.

112

Jujuy

Complejo Agroindustrial Ledesma

  • Campos de caña de azúcar (40.000 ha).

  • Fábricas de azúcar, alcohol, bioetanol, y celulosa y papel.

  • Plantaciones de cítricos (2.000 ha), empaque de frutas, planta de jugos concentrados y extracción de aceites.

  • Generación propia de electricidad (más de 51.000 KW).

  • Canales de riesgos construidos y mantenidos por la empresa (1.400 km).

Buenos Aires y Entre Ríos

Establecimientos agropecuarios

  • Producción de carnes y granos (49.148 ha) en La Biznaga, La Bellaca, Magdala (Buenos Aires) y en Centella (Entre Ríos).

Salta

UTE - Aguaragüe

  • Participación en la exploración y explotación de petróleo y gas en el yacimiento Aguaragüe.

Ledesma Frutas S.A.U.

  • Plantaciones de frutales (800 ha).

San Luis

  • Planta de producción de cuadernos, repuestos escolares y papelería comercial.

Administración central y oficinas comerciales

  • La sociedad tiene su domicilio social en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde funcionan su directorio y la administración central. Además, cuenta con oficinas comerciales en Córdoba, Salta, Mendoza y Rosario.

Accionistas principales

A la fecha de este Prospecto el capital emitido y autorizado de la Sociedad se compone de un total de 439.714.254 de acciones escriturales ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $1 cada una, con derecho a un voto por acción.

A continuación, se listan los titulares de acciones de la Sociedad, en conocimiento de la Emisora, con una tenencia del 5% (cinco por ciento) o más del capital social (los “Accionistas Principales”):

113

ACCIONISTA CANTIDAD DE
ACCIONES
PORCENTAJE
SOBRE EL TOTAL
Los
Maria Elena Blaquier 79.541.151 18,089%
Carlos Herminio Blaquier 79.541.151 18,089%
Alejandro Blaquier 79.541.151 18,089%
Santiago Blaquier 79.541.150 18,089%
Ignacio Blaquier 79.541.150 18,089%
Tenedores
Minoritarios
en
Oferta
Publica
42.008.501 9,554%
TOTAL 439.714.254 100%

Accionistas Principales son titulares, en conjunto, de la nuda propiedad de 397.705.753 acciones de la Sociedad, que representan el 90,446% del capital social y votos de la Emisora, perteneciendo el capital restante a accionistas minoritarios.

Los Accionistas Principales no poseen derechos políticos que en forma individual les permitan formar la voluntad social de la Sociedad. No existen convenios de accionistas u otros acuerdos relativos al gobierno de la Emisora suscriptos por uno o más de sus accionistas que sean de conocimiento de la Sociedad. Sin perjuicio de ello, los Accionistas Principales poseen, en forma conjunta, los derechos políticos que les permiten formar la voluntad social de la Emisora y ejercen un control de hecho estable en los términos del artículo 2º de la Ley de Mercado de Capitales, ya que, desde su incorporación a la Sociedad y hasta la fecha de emisión de este Prospecto, han tomado en forma unánime las decisiones de conducción y gobierno de la Sociedad.

Reseña de cambios significativos en el porcentaje de tenencia de los Accionistas Principales en los últimos cinco años.

Los Accionistas Principales mantienen sus acciones en el país y poseen iguales derechos de voto, siendo que las acciones de la Sociedad en circulación son acciones ordinarias que otorgan derecho a un voto por acción.

Transacciones con partes relacionadas

El siguiente cuadro detalla las transacciones y saldos a cobrar (pagar) con partes relacionadas al 31 de mayo de 2021 y 31 de mayo de 2020:

114

Sociedades controladas, asociadas y
negocios conjuntos
Castinver S.A.U.
Bio Ledesma S.A.U.
Ledesma Frutas S.A.U.
Ledesma Renovables S.A.
Glucovil Argentina S.A.
Glucovil Argentina S.A. (moneda extranjera)
Franquicias Azucareras S.A.
Aguaragüe Unión Transitoria de Empresas
Pacuca S.A.
Ledesma Frutas S.A.U.
Ledesma Renovables S.A.
Glucovil Argentina S.A.
Deudores comerciales y otras
cuentas por cobrar
Deudores comerciales y otras
cuentas por cobrar
31/5/2021
31/5/2020
44.948
242.082
462.661
-
- 27.410
- 391
- 4.295
- 27.987
15
95
1.882
1.751
- 24
509.506
304.035
Préstamos otorgados
31/5/2020
242.082
-
27.410
391
4.295
27.987
95
1.751
24
304.035
31/5/2021
-
-
-
-
31/5/2020
58.337
902
384.790
444.029
Ledesma Frutas S.A.U.
Bio Ledesma S.A.U.
Glucovil Argentina S.A.
Bridgeport Investments LLC
Productores de Alcohol de Melaza S.A.
Cuentasporpagar comerciales
31/5/2021
31/5/2020
19.349
-
- 4.261
- 52.474
19.349
56.735
Préstamos bancariosy financieros
31/5/2020
-
4.261
52.474
56.735
31/5/2021
413.897
-
413.897
31/5/2020
423.572
202.102
625.674
Accionistas
Directores
Otras cuentasporpagar
31/5/2021
-
284.283
284.283
31/5/2020
4.106
72.860
76.966

115

Sociedades controladas, asociadas y
negocios conjuntos
Castinver S.A.U.
Comisiones por Ventas de Inventarios
Ventas
Compra de bienes y servicios
Servicios de administración
Alquileres ganados y otros ingresos
Bio Ledesma S.A.U.
Ventas de Inventarios
Alquileres ganados
Ledesma Frutas S.A.U.
Compra de bienes y servicios
Servicios prestados
Intereses ganados
Ledesma Renovables S.A.
Intereses ganados
Glucovil Argentina S.A.
Ventas
Compra de bienes y servicios
Servicios prestados
Intereses ganados
Dividendos
Productores de Alcohol de Melaza S.A.
Intereses perdidos
Dividendos
Aguaragüe Unión Transitoria de Empresas
Aporte de capital
Bridgeport Investments LLC
Intereses perdidos
Operaciones
Ganancia /(Pérdida)
Operaciones
Ganancia /(Pérdida)
31/5/2021
(182.710)
615
(3.312)
25.028
12.401
2.308.007
92.273
(83.957)
34.893
-
-
31.730
(131.709)
18.848
24.477
-
(55.116)
240.558
(93.702)
(23.496)
31/5/2020
(181.093)
649
(4.774)
22.220
12.515
2.243.376
130.394
(73.908)
26.057
1.627
16
76.912
(218.554)
47.316
13.253
54.485
(75.026)
-
(188.691)
(17.682)

Números en miles de pesos Fuente: Estados Financieros Separados de la Emisora al 31/05/2021.

Asimismo, se informa que los saldos al cierre de los ejercicios 31 de mayo de 2021 y 2020 con partes relacionadas no se encuentran garantizados y algunos de ellos devengan intereses. No existen garantías otorgadas o recibidas en relación con las cuentas por cobrar o pagar con partes relacionadas.

Para mayor información sobre los accionistas controlantes de la Sociedad, véase el apartado anterior de esta sección sobre Accionistas Principales.

Asimismo, las operaciones con partes relacionadas que se llevaron a cabo durante los ejercicios finalizados al 31 de mayo de 2021 y 2020 son adecuadamente identificadas y expuestas en la nota respectiva de los estados financieros separados y consolidados de la Sociedad, tal como lo requieren las normas contables vigentes.

A continuación, se presenta una descripción de las operaciones más significativas con partes relacionadas de la

116

Emisora:

  • Compraventa de alcohol hidratado de Ledesma por parte de Bio Ledesma para la elaboración de etanol combustible.

  • Compraventa de la producción citrícola de Ledesma Frutas S.A.U. por parte de Ledesma.

Legislación argentina relativa a transacciones con partes relacionadas.

El Artículo 72 de la Ley de Mercado de Capitales establece que antes de que una sociedad que realice oferta pública de sus acciones en Argentina pueda celebrar actos o contratos que involucren un “monto relevante” con una o más partes relacionadas, dicha sociedad debe obtener la aprobación de su directorio y el pronunciamiento, previo a dicha aprobación del directorio, de su comité de auditoría o, en su caso, de dos firmas evaluadoras independientes en los que se manifieste que las condiciones de la operación son congruentes con aquéllas que podrían haberse obtenido en una operación en condiciones normales y habituales de mercado.

A los fines del Artículo 72 de la Ley de Mercado de Capitales y regulaciones de la CNV, “monto relevante” significa un importe que supere el 1% del patrimonio social de la sociedad emisora medido conforme al último balance aprobado. A los fines de la Ley de Mercado de Capitales, “parte relacionada” significa (i) los directores, integrantes del órgano de fiscalización y gerentes; (ii) las personas físicas o jurídicas que tengan el control o posean una participación significativa en la sociedad o en su accionista controlante (a ser regulada por la CNV); (iii) cualquier otra sociedad que se halle bajo control común; (iv) los familiares directos de las personas mencionadas en los apartados (i) y (ii) precedentes; o (v) las sociedades en las que las personas referidas en los apartados (i) a (iv) precedentes posean directa o indirectamente participaciones significativas.

Los actos o contratos referidos anteriormente, inmediatamente después de haber sido aprobados por el directorio, deberán ser informados a la CNV, con expresa indicación de la existencia del pronunciamiento del comité de auditoría o, en su caso, de las firmas evaluadoras independientes. Asimismo, conforme al artículo 73 de la Ley de Mercado de Capitales, a partir del día hábil inmediatamente posterior al día en que la transacción sea aprobada por el directorio, los informes del comité de auditoría o de las firmas evaluadoras independientes se pondrán a disposición de los accionistas en la sede social.

Si el comité de auditoría o las dos firmas evaluadoras independientes dictaminan que el contrato no constituye una operación adecuada a las condiciones normales y habituales de mercado, deberá obtenerse previa aprobación en la asamblea de la sociedad.

117

VI. ACTIVOS FIJOS Y SUCURSALES DE LA EMISORA

Principales plantas en operación

Complejo Agroindustrial Ledesma

El Complejo Agroindustrial Ledesma está localizado en la localidad de Libertador General San Martín, provincia de Jujuy y allí se concentran la mayor parte de las actividades productivas del Grupo Ledesma.

La Sociedad cuenta con una refinería de azúcar con capacidad para producir 430.000 toneladas por año de azúcar refinada. El grado de utilización de la misma depende del año agrícola, pero en un año promedio, la capacidad de molienda se utiliza al máximo durante la época de zafra, mientras que la de refinación se utiliza aproximadamente al 75%.

Dentro del mismo complejo se encuentra una fábrica de alcohol con capacidad para producir 110.000 m3 por año y una central de generación eléctrica con capacidad para producir 57 megavoltiamperios o MVA (54 en generación térmica y 3 en hidroeléctrica). Ambas se utilizan al 100% de su capacidad. Por último, también en Libertador General San Martín se encuentra la planta de deshidratado de alcohol de Bio Ledesma. Esta planta tiene una capacidad de 104.000 m3 por año.

Todas estas plantas están monitoreadas y controladas con instrumentación electrónica, asociadas a sistemas de control distribuido de última generación. En la planta de energía las calderas, que se alimentan con gas, bagazo o biomasa, cuentan con sistema de lavado de gases, cumpliendo estrictamente con la reglamentación nacional en materia ambiental.

En la fábrica de papel pueden distinguirse tres plantas productivas, la de celulosa, la de papel y la química. Todos los procesos son operados con un sistema automático de última generación y sus sistemas de gestión de la calidad están certificados ISO 9001 desde el año 1996 por Det Norske Veritas.

La fábrica trabaja en tres turnos rotativos todo el año para producir unas 86.000 toneladas de pulpa blanqueada, 110.000 toneladas de papel y 17.000 toneladas de soda cáustica. Se puede decir que la planta opera al cerca del 95% de su capacidad, aunque algunas partes de ella están preparadas para producir algo más de lo que actualmente se obtiene.

El packing de frutas tiene altamente automatizados los procesos de recepción y selección (con tecnología norteamericana) mientras que el proceso de embalado es manual. La capacidad de procesamiento es de 40 toneladas de fruta por hora.

Todos los procesos involucrados en la elaboración de los productos que procesa la planta de empaque de frutas de Ledesma S.A.A.I. así como los procesos asociados están orientados a satisfacer las expectativas de nuestros clientes. Para ello hemos adoptado un sistema de gestión de calidad certificado, basado en los requisitos de la norma ISO 9001. Además, se nos audita periódicamente en protocolos de Prácticas Sociales; BSCI y GRASP enmarcados en las normas laborales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como en las reglamentaciones nacionales ambos estándares tienen como objetivo mejorar continuamente el desempeño social en la cadena de suministro.

Ledesma también cuenta con una planta de producción de jugos y aceites esenciales. Esta planta tiene una capacidad de procesamiento de 600 toneladas por día. Todos los productos elaborados se encuentran bajo el alcance del Sistema de Gestión de Calidad certificado en el Standard BRC, que comprende los aspectos de inocuidad, calidad, autenticidad y legalidad. Además, contamos con certificación Kosher y también se nos audita periódicamente en protocolos de Prácticas Sociales basado en el protocolo SMETA 4 PILAR que implica requisitos relacionados a Normas Laborales, Salud y Seguridad, medioambiente y ética empresarial.

Villa Mercedes

En Villa Mercedes, provincia de San Luis, funciona moderna planta destinada a la producción de cuadernos, repuestos escolares y papelería comercial.

La planta de cuadernos tiene una capacidad de 17.000 toneladas por año.

118

119

VII. ANTECEDENTES FINANCIEROS

El siguiente resumen de la información contable consolidada ha sido obtenido de los Estados Financieros Auditados de la Emisora a las fechas y para cada uno de los ejercicios/períodos indicados a continuación, los cuales han sido oportunamente presentados ante la CNV y, por lo tanto, esta información debe leerse conjuntamente con los Estados Financieros Auditados y con el Capítulo “ Avisos Importantes – Presentación de la Información Contable ”.

El resumen de la información patrimonial y de resultados consolidada correspondiente a los ejercicios económicos finalizados el 31 de mayo de 2021, 2020 y 2019 y a los períodos intermedios de tres meses finalizados el 31 de agosto de 2021 y de 2020 ha sido obtenido de los Estados Financieros Auditados de la Emisora a dichas fechas, considerando el efecto del ajuste por inflación contable comentado en el apartado “Información clave sobre la emisora – Resumen de la Información contable y financiera consolidada” para los ejercicios al 31 de mayo de 2021, 2020 y 2019.

Este Capítulo contiene declaraciones a futuro que involucran ciertos riesgos, incertidumbres y presunciones. Las declaraciones a futuro pueden ser identificadas en general por términos tales como “puede”, “en el futuro”, “considera”, “espera”, “anticipa”, “proyecta”, “pretende”, “debería”, “procura”, “estima”, “futuro” o expresiones similares. Estas declaraciones hacen referencia a expectativas, contienen proyecciones de resultados de las operaciones o de condiciones financieras o incluyen otra información a futuro. Las declaraciones a futuro están sujetas a diversos riesgos e incertidumbres, y la Emisora no presta garantía alguna sobre el efectivo cumplimiento de las mismas. Los resultados reales de la Emisora podrían diferir significativamente de aquellos identificados en estas manifestaciones referentes a hechos futuros como resultado de muchos factores, incluyendo, sin carácter taxativo los consignados en otras secciones del presente Prospecto.

Resumen de la información contable y financiera consolidada

120

Ejercicios finalizados al 31 de mayo Periodos de 3 meses finalizados al 31.05.2021 (i) 31.05.2020 (i) 31.05.2019 (ii) 31.08.2021 (iii) 31.08.2020 (iii) (en miles de pesos) (en miles de pesos)

INFORMACIÓN DEL ESTADO CONSOLIDADO DEL RESULTADO INTEGRAL

Operaciones continuadas
Ingresos de actividades ordinarias
Costo de ventas
Ganancia por ventas
Ingresos de produccion agopecuaria
Costo de produccion agropecuaria
Resultado por produccion agropecuaria
Ganancia bruta
Cambio en el valor razonable de activos biológicos
Gastos de comercialización
Gastos de administración
Otros ingresos operativos
Otros gastos operativos
Ganancia operativa
Ingresos financieros
Costos financieros
Participaciones en los resultados netos de asociadas
Ganancia / (Pérdida) antes del impuesto a las
ganancias por operaciones continuadas
Impuesto a las ganancias sobre operaciones
continuadas
Ganancia / (Pérdida) neta del ejercicio por
operaciones continuadas
Operaciones discontinuadas
Ganancia neta del ejercicio por operaciones
discontinuadas
Ganancia / (Pérdida) neta del ejercicio
Otro resultado integral que se reclasificara a
resultados en ejercicios posteriores
Diferencia de cambio por conversión de inversión
en asociada
Ganancia / (Pérdida) integral total neta del
ejercicio
41.615.180
43.019.622
28.760.479
12.331.428
11.880.129
(28.302.071)
(27.795.826)
(19.267.209)
(7.478.090)
(7.546.792)
13.313.109
15.223.796
9.493.270
4.853.338
4.333.337
3.556.629
2.680.354
1.871.686
192.750
385.140
(1.504.065)
(1.164.108)
(603.599)
(143.708)
(134.126)
2.052.564
1.516.246
1.268.087
49.042
251.014
15.365.673
16.740.042
10.761.357
4.902.380
4.584.351
547.166
291.790
24.494
(88.294)
430.384
(7.662.216)
(7.629.314)
(5.054.263)
(2.614.196)
(2.502.386)
(4.530.375)
(4.731.201)
(3.404.285)
(965.809)
(1.171.762)
397.519
207.921
681.691
55.293
26.965
(227.071)
(239.486)
(371.906)
(99.181)
(209.498)
3.890.696
4.639.752
2.637.088
1.190.193
1.158.054
4.155.250
3.478.295
1.079.708
951.612
566.799
(1.848.844)
(6.347.069)
(6.578.357)
(715.173)
(1.028.925)
(26.709)
97.543
103.494
(9.705)
26.284
6.170.393
1.868.521
(2.758.067)
1.416.927
722.212
(1.808.686)
(774.867)
334.893
(666.978)
(538.151)
4.361.707
1.093.654
(2.423.174)
749.949
184.061
840.815
0
242.010
0
0
5.202.522
1.093.654
(2.181.164)
749.949
184.061
2.820
19.882
5.366
(14.153)
8.358
5.205.342
1.113.536
(2.175.798)
735.796
192.419

(i) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de mayo de 2021. (ii) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de mayo de 2020.

(iii) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de agosto de 2021.

121

Ejercicios finalizados al 31 de mayo 31.05.2021 (i) 31.05.2020 (i) 31.05.2019 (ii) (en miles de pesos) Informacion del estado consolidado De situacion financiera

Periodos de 3 meses finalizados al 31 de agosto 31.08.2021 (iii) 31.05.2021 (iii) (en miles de pesos)

Activos
Activos no corrientes
Propiedades, planta y equipo
Derechos de uso de activos
Inversiones en asociadas, negocios
conjuntos y controladas
Activos Intangibles
Activos biológicos
Otros créditos financieros
Otros créditos no financieros
Activos corrientes
Activos biológicos
Inventarios
Otros créditos financieros
Otros créditos no financieros
Deudores comerciales y otras cuentas por cobrar
Efectivo y colocaciones a corto plazo
Activos mantenidos para la venta
Total de activos
Patrimonio y pasivos
Patrimonio
Capital social
Ajuste de capital social
Reserva legal
Reserva facultativa
Reserva resultado conversión
Resultados no asignados
Patrimonio total
Pasivos
Pasivos no corrientes
Préstamos bancarios y financieros
Deuda por arrendamientos
Pasivo por impuesto a las ganancias diferido, neto
Otras cuentas por pagar
Provisión para juicios y contingencias
Pasivos corrientes
Préstamos bancarios y financieros
Deuda por arrendamientos
Cuentas por pagar comerciales
Deudas sociales
Deudas fiscales
Otras cuentas por pagar
Total de pasivos
Total de patrimonio y pasivos
15.971.616
15.050.402
9.768.849
823.220
917.925
-
732.134
712.315
425.193
112.813
59.271
21.964
502.173
512.841
248.132
684.068
639.745
603.261
56.273
294.046
152.042
18.882.297
18.186.545
11.219.441
692.627
939.428
523.737
11.978.873
11.848.421
7.678.376
720.891
992.066
354.301
284.102
465.329
354.749
4.656.644
4.951.558
3.189.802
1.776.359
486.062
587.388
20.109.496
19.682.864
12.688.353
27.788
2.420.815
1.647.467
39.019.581
40.290.224
25.555.261
439.714
439.714
439.714
11.265.112
11.265.112
9.630.584
721.206
-
31.292
225.571
-
381.404
169.604
166.784
98.822
5.202.522
946.777
(2.705.856)
18.023.729
12.818.387
7.875.960
6.655.861
10.233.153
3.574.017
425.164
505.515
-
1.964.594
1.795.706
1.020.715
3.221
1.502
3.599
156.310
167.070
198.953
9.205.150
12.702.946
4.797.284
4.119.617
7.380.235
8.066.678
227.762
306.925
-
4.002.927
4.493.622
3.504.271
1.863.010
1.862.776
960.899
1.141.704
516.913
164.727
435.682
208.420
185.442
11.790.702
14.768.891
12.882.017
20.995.852
27.471.837
17.679.301
39.019.581
40.290.224
25.555.261
17.165.556
17.447.743
874.269
899.303
498.858
799.800
121.164
123.239
521.752
548.585
719.818
747.292
20.567
61.474
19.921.984
20.627.436
1.336.033
756.641
17.456.197
13.085.983
865.716
787.517
682.043
310.359
7.849.648
5.087.020
525.522
1.940.530
28.715.159
21.968.050
30.359
30.359
48.667.502
42.625.845
439.714
439.714
12.346.896
12.346.896
787.861
787.861
246.418
246.418
171.126
185.279
6.433.296
5.683.347
20.425.311
19.689.515
5.970.195
7.271.008
425.164
464.459
2.078.726
2.146.166
3.221
3.518
159.838
170.756
8.637.144
10.055.907
7.621.980
4.500.360
233.952
248.813
5.580.591
4.372.886
2.319.759
2.035.193
1.435.818
1.247.222
2.412.947
475.949
19.605.047
12.880.423
28.242.191
22.936.330
48.667.502
42.625.845

(i) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de mayo de 2021.

(ii) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de mayo de 2020.

(iii) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de agosto de 2021.

Consideraciones generales

Resultados operativos consolidados y situación financiera consolidada

122

Los siguientes comentarios y el análisis del Directorio sobre el resultado de las operaciones de la Emisora y su situación financiera se deben leer junto con el Capítulo “ Información Clave de la Emisora ” y con los Estados Financieros Auditados de la Sociedad y sus notas relacionadas que fueron oportunamente presentados ante la CNV.

A los fines de los siguientes comentarios y análisis, en tanto no se especifique algo diferente, las referencias a los ejercicios 2021, 2020 y 2019 deben entenderse como referencias a los ejercicios finalizados el 31 de mayo de 2021, 2020 y 2019, respectivamente y las referencias a agosto de 2021 y agosto de 2020 deben entenderse como referencia a los períodos intermedios de tres meses finalizados el 31 de agosto de 2021 y de 2020.

Políticas contables críticas

En relación con la confección de los Estados Financieros Auditados de la Emisora oportunamente presentados ante la CNV, la Sociedad se ha basado en variables y suposiciones derivadas de su experiencia histórica y de algunos otros factores que ha considerado razonables y apropiados. Si bien la Emisora ha revisado estas estimaciones y suposiciones en el giro habitual de los negocios, la representación de su situación financiera y el resultado de las operaciones a menudo exige que su Directorio formule juicios respecto de los efectos de cuestiones que están en sí mismas sujetas a incertidumbres en lo que concierne al valor de libros de los activos y pasivos de la Sociedad. Los resultados reales pueden diferir considerablemente de los estimados de acuerdo con diferentes variables, suposiciones o condiciones. La Emisora ha descripto, adicionalmente a lo ya mencionado en el Capítulo III “Información clave sobre la emisora – Resumen de la Información contable y financiera consolidada” referente al ajuste por inflación, cada una de las siguientes políticas contables más significativas a fin de que sea posible comprender el modo en que su Directorio formula los juicios y las opiniones con respecto a dichas políticas y estimaciones y el grado de sensibilidad de las mismas:

  • Reconocimiento de ingresos;

  • Instrumentos financieros derivados y la contabilización de cobertura;

  • Valuación de inventarios y activos biológicos;

  • Inversión en sociedades y combinación de negocios;

  • Juicios, estimaciones y supuestos contables significativos;

  • Impuesto a las ganancias corriente e impuesto a la ganancia mínima presunta; e

  • Impuesto a las ganancias diferido.

Reconocimiento de ingresos

El Grupo Ledesma obtiene sus ingresos principalmente de: (i) la producción y venta de azúcar, alcohol y subproductos (segmento azúcar, jarabes y alcohol), (ii) la producción y venta de papel y derivados directos (segmento papel y librería), (iii) la producción y venta de frutas y jugos (segmento frutas y jugos), (iv) la producción venta de productos agropecuarios y (v) las actividades financieras y las restantes actividades que no encuadran en las categorías anteriores que incluyen, por ejemplo, el arrendamiento sobre propiedades de inversión.

Los ingresos se reconocen en la medida que sea probable que los beneficios económicos ingresen al Grupo Ledesma y que los ingresos se puedan medir en forma confiable, independientemente de la fecha de pago. Los ingresos se miden al valor razonable de la contraprestación recibida o por recibir, teniendo en cuenta las condiciones de pago definidas contractualmente y sin incluir impuestos ni aranceles. Los criterios específicos de reconocimiento enumerados a continuación también deberán cumplirse para que los ingresos sean reconocidos:

  • Venta de bienes, cereales y hacienda: Los ingresos de actividades ordinarias procedentes de la venta de bienes, cereales y hacienda se reconocen cuando los riesgos significativos y las ventajas inherentes a la propiedad se hayan sustancialmente transferido al comprador, lo cual ocurre, por lo general al momento de la entrega de los bienes. Las ventas son expuestas segregando los componentes financieros implícitos (siempre que los mismos sean significativos) y netas de devoluciones y bonificaciones.

  • Ingresos por servicios: Los ingresos asociados a la prestación de servicios se reconocen considerando el grado de realización de la prestación a la fecha de cierre de cada ejercicio, siempre y cuando el resultado de la transacción pueda ser estimado con fiabilidad.

123

  • Intereses ganados: Para todos los instrumentos financieros medidos al costo depreciado, los intereses ganados o perdidos se registran utilizando el método de la tasa de interés efectiva, que es la tasa de interés que descuenta en forma exacta los flujos futuros de pagos y cobros en efectivo a lo largo de la vida esperada del instrumento financiero, o de un período de menor duración, según corresponda, respecto del importe neto en libros del activo o pasivo financiero

Instrumentos financieros derivados y la contabilización de cobertura

El Grupo Ledesma contrata derivados para cubrirse de los riesgos financieros y comerciales relacionados con la variación del tipo de cambio, las tasas de interés o de los precios del azúcar de exportación y de determinados commodities, en este último caso dentro de los límites establecidos por el Directorio de cada Sociedad del Grupo Ledesma para cada tipo de producto (soja, trigo, cebada, etc.). Todos los instrumentos financieros derivados son inicialmente reconocidos a su valor razonable a la fecha de inicio del contrato y se mantienen - en cualquier medición subsecuente - también a su valor razonable. Los derivados se registran como activo cuando su valor razonable es positivo y como pasivo cuando es negativo.

Los compromisos en firme por compra o venta de commodities a precio fijo se los considera instrumentos financieros y, por lo tanto, son valorizados conforme a los criterios establecidos por la NIC 39. La razón para ello radica en que los commodities comprendidos en dichos contratos son rápidamente convertibles en efectivo, básicamente (i) por tratarse de unidades fungibles, (ii) por disponer de precios o cotizaciones de mercado accesibles al cierre de cada ejercicio/período, y (iii) por no existir un límite para la venta de dichos commodities en el mercado, es decir las cantidades comprendidas en dichos contratos pueden ser colocadas en el mercado sin un esfuerzo significativo de venta y sin variaciones relevantes respecto de los precios o cotizaciones de mercado mencionados anteriormente. En consecuencia, al cierre de cada ejercicio/período, los mencionados compromisos en firme por compra y venta de commodities a precio fijo se valúan a su valor razonable conforme a las pautas establecidas por la NIC 39, e independientemente si los mismos son cubiertos con instrumentos financieros derivados, los cuales, tal como se mencionó anteriormente, buscan mitigar el riesgo de las fluctuaciones de las variaciones en los precios.

Las diferencias (ganancias o pérdidas) que surjan de cambios en el valor razonable de los derivados se reconocen en el estado del resultado integral, salvo tratamiento específico bajo contabilidad de coberturas – de existir - que se reconocen como otro resultado integral dentro del estado del resultado integral. En el caso de contratos de commodities que cumplen con la definición de un derivado, según la definición de la NIC 39, los cambios en el valor razonable de los mismos se reconocen en el estado del resultado integral como “Otros ingresos (costos) financieros, netos”.

Para la valuación de los derivados, se utilizan precios o cotizaciones de mercado a la fecha de cierre de cada ejercicio/período, en el caso en que estén disponibles. Tal es el caso para los instrumentos financieros derivados utilizados para mitigar riesgos de tipo de cambio, tasas de interés y los asociados con el valor razonable de los commodities.

Cuando no existen precios o cotizaciones de mercado para los instrumentos financieros derivados contratados, se estima su valor razonable descontando los flujos de fondos futuros asociados a los mismos.

Si bien el Grupo Ledesma aplica técnicas de valuación habituales de mercado, los cambios en los modelos de valuación o en las hipótesis aplicadas en los mismos podrían resultar en valuaciones de dichos instrumentos distintas de las que han sido registradas en los estados de situación financiera y del resultado integral.

Conforme la NIC 39, la clasificación de los instrumentos financieros derivados como instrumento de cobertura comprende:

a. Cobertura de valor razonable

Son coberturas para mitigar la exposición ante cambios en el valor razonable de un activo o pasivo reconocido contablemente, de un compromiso en firme no reconocido (salvo el riesgo de variación de tipo de cambio), o bien de una porción identificada de dicho activo, pasivo o compromiso en firme, que pueda atribuirse a un riesgo en particular y afectar al resultado integral del ejercicio/período.

Los cambios en el valor razonable del instrumento de cobertura se registran en resultados, junto con cualquier cambio en el valor razonable de las partidas cubiertas. En este sentido, cuando un compromiso en firme no

124

reconocido es designado como ítem cubierto, los cambios subsecuentes en el valor razonable del compromiso en firme atribuible al riesgo cubierto se reconocen como un activo o pasivo y la consecuente ganancia o pérdida se reconoce inmediatamente en resultados.

b. Cobertura de flujos de efectivo

Son coberturas para mitigar la exposición ante la variación de los flujos de fondos que: (i) se atribuye a un riesgo particular asociado con un activo o pasivo reconocido, o a una transacción prevista altamente probable o el riesgo de variación de tipo de cambio en un compromiso firme no reconocido, y que (ii) pueda afectar al resultado del ejercicio/período.

c. Cobertura de inversión neta

Son coberturas para mitigar la exposición ante las variaciones en el tipo de cambio sobre la participación en los activos netos de subsidiarias, asociadas y participación en negocios conjuntos con moneda funcional distinta al peso argentino.

Las coberturas de inversiones netas en subsidiarias, asociadas y participación en negocios conjuntos son contabilizadas de forma similar a las coberturas de flujos de efectivo. Cuando la subsidiaria, asociada y negocio conjunto es vendida o se dispone de la misma de cualquier otra forma, las ganancias y pérdidas acumuladas en el otro resultado integral se reclasifican al resultado del ejercicio/período. En este sentido, el Grupo Ledesma utiliza los préstamos financieros como cobertura a la exposición del riesgo de tasa de cambio sobre sus inversiones en subsidiarias, asociadas y participación en negocios conjuntos con moneda funcional distinta al peso argentino.

El Grupo Ledesma documenta en el inicio de cada transacción la relación entre el instrumento de cobertura y las partidas cubiertas, así como el objetivo de gestión del riesgo y estrategia de cobertura para las diversas transacciones cubiertas. El Grupo Ledesma también documenta la medición de la efectividad, tanto en el inicio de la cobertura como en su comportamiento posterior, en lo relativo a si los derivados que son utilizados en operaciones de cobertura son evaluados como altamente efectivos.

La contabilización de coberturas es interrumpida cuando el instrumento de cobertura vence, o es vendido, finalizado o ejercido, o deja de cumplir los criterios para la contabilización de coberturas. En ese momento, cualquier ganancia o pérdida acumulada correspondiente al instrumento de cobertura que haya sido registrado en el otro resultado integral se mantiene dentro del mismo hasta que se produzca la operación prevista. Cuando no se espera que se produzca la operación que está siendo objeto de cobertura, las ganancias o pérdidas acumuladas netas reconocidas en el otro resultado integral se reclasifican al resultado del ejercicio/período.

Los instrumentos derivados que no son designados como instrumentos de cobertura por el Grupo Ledesma se clasifican como corrientes o no corrientes, o se separan en porciones corrientes y no corrientes en base a una evaluación de los hechos y las circunstancias (es decir, los flujos de efectivo contractuales subyacentes), de la siguiente manera:

  • (i) cuando el Grupo Ledesma mantiene un derivado como una cobertura de tipo económica (y no aplica la contabilidad de coberturas) durante un período de más de 12 meses a partir de la fecha de presentación, el derivado se clasifica como no corriente (o dividido en porciones corrientes y no corrientes) para que se corresponda con la clasificación de la partida subyacente.

  • (ii) los derivados implícitos que no se relacionen estrechamente con el contrato anfitrión se clasifican en forma coherente con los flujos de efectivo del contrato anfitrión.

  • (iii) los instrumentos derivados que se designan como instrumentos de cobertura y que son instrumentos de cobertura eficaces se clasifican en forma coherente con la clasificación de la partida cubierta subyacente. El instrumento derivado se divide en una porción corriente y otra no corriente solamente si se puede efectuar una asignación fiable.

Valuación de inventarios y activos biológicos

Los inventarios y activos biológicos se valúan al costo o al valor neto de realización, el que resulte menor.

Los costos incurridos para llevar cada producto a su ubicación actual y darle su condición actual, se contabilizan de la siguiente manera:

125

  • (i) Mercadería de reventa, materias primas y materiales: al costo de adquisición según el método de precio ponderado.

  • (ii) Productos terminados, en proceso y materias primas de propia elaboración: al costo de los materiales y la mano de obra directa y una proporción de los costos fijos de producción basada en la capacidad normal de operación, excluyendo los costos por préstamos.

(iii) Importaciones en curso: al precio de compra más los gastos de importación.

(iv) Activos Biológicos (En desarrollo):

Haciendas: han sido medidas a su valor razonable, correspondiente a las respectivas cotizaciones al cierre de cada ejercicio en los mercados a los que normalmente accede el Grupo Ledesma, netas de los costos adicionales que generará su comercialización.

Sementeras: han sido medidas a su valor neto de realización al cierre de cada ejercicio o a su costo incurrido de cierre del ejercicio, según corresponda.

  • (v)Activos Biológicos (En producción):

Haciendas: han sido medidas a su valor razonable, correspondiente a las respectivas cotizaciones al cierre de cada ejercicio en los mercados a los que normalmente accede el Grupo Ledesma, netas de los costos adicionales que generará su comercialización.

(vi) Activos Biológicos (Terminados):

Haciendas: han sido medidas a su valor razonable, correspondiente a las respectivas cotizaciones al cierre de cada ejercicio en los mercados a los que normalmente accede el Grupo Ledesma, netas de los costos adicionales que generará su comercialización.

(vii) Productos agropecuarios:

Cereales y oleaginosas: han sido medidos a su valor razonable, correspondiente a las respectivas cotizaciones al cierre de cada ejercicio en los mercados a los que normalmente accede el Grupo Ledesma, netas de los costos adicionales que generará su comercialización.

El valor neto de realización es el precio de venta estimado en el giro normal de los negocios estimado en base a cotizaciones vigentes en los mercados a los que accede el Grupo Ledesma, menos los costos estimados de completamiento y los costos estimados necesarios para efectuar la venta.

Inversión en sociedades y combinaciones de negocios

Las subsidiarias y asociadas son aquellas entidades en las que el Grupo Ledesma ejerce control e influencia significativa, respectivamente. Adicionalmente, el Grupo Ledesma cuenta con participaciones en negocios conjuntos, que son entidades controladas en forma conjunta, donde los participantes mantienen un acuerdo contractual que establece el control conjunto sobre las actividades económicas de la entidad. El contrato exige que haya unanimidad para la toma de decisiones financieras y operativas por parte de los miembros del negocio conjunto. A efectos de los estados financieros separados de Ledesma, se contabiliza la participación en las subsidiarias, las asociadas y en los negocios de control conjunto a través del método de la participación, y a efectos de los presentes estados consolidados se sigue el mismo método, pero solo para la contabilización de la participación en asociadas y en los negocios de control conjunto.

En virtud del método de la participación, la inversión efectuada en la subsidiaria, la asociada o negocio conjunto se registra inicialmente en el estado de situación financiera al costo, más (menos) los cambios en la participación de la Sociedad o del Grupo Ledesma sobre los activos netos de la subsidiaria, la asociada o negocio conjunto después

126

de la fecha de adquisición. La plusvalía relacionada con la subsidiaria, la asociada o participación en un negocio conjunto se incluye en el importe en libros de la inversión y este valor llave de negocio no se amortiza ni se somete individualmente a pruebas del deterioro de su valor.

El estado del resultado integral refleja la participación en los resultados de las operaciones de la subsidiaria, las asociadas o entidades bajo control conjunto. Si hubiera cambios reconocidos directamente en el patrimonio de la subsidiaria, la asociada o negocio conjunto, la Sociedad o el Grupo Ledesma reconoce su participación sobre cualquiera de estos cambios y la revela, según corresponda, en el estado de cambios en el patrimonio. A efectos de consolidación, las ganancias y pérdidas no trascendidas a terceros procedentes de las transacciones entre el Grupo Ledesma y la asociada o entidad bajo control en forma conjunta se eliminan en la medida de la participación del Grupo Ledesma, mientras que las transacciones entre el Grupo Ledesma y su subsidiaria se eliminan totalmente.

La información financiera de las subsidiarias, las asociadas o negocios conjuntos se preparan para el mismo ejercicio/período de información que el Grupo Ledesma. De ser necesario, se realizan los ajustes a los fines de alinear las políticas contables de la subsidiaria, la asociada o entidad bajo control conjunto con las del Grupo Ledesma.

Una vez aplicado el método de la participación, el Grupo Ledesma determina si es necesario reconocer pérdidas por deterioro adicionales respecto de la inversión que tenga en su subsidiaria, asociada o entidad controlada en forma conjunta. A cada fecha de información, el Grupo Ledesma determina si existe evidencia objetiva alguna de que la inversión en la subsidiaria, la asociada o negocio conjunto se hubiera deteriorado. Si este fuera el caso, el Grupo Ledesma calcula el monto del deterioro como la diferencia entre el monto recuperable de la subsidiaria, la asociada o negocio conjunto y su importe en libros y reconoce dicho importe en el rubro “Participación en los resultados netos de asociadas” en el estado del resultado integral.

Ante la pérdida de control, influencia significativa o control conjunto sobre la subsidiaria, asociada o negocio conjunto, respectivamente, el Grupo Ledesma mide y reconoce cualquier inversión residual que conserve a su valor razonable. Cualquier diferencia entre el importe en libros de la subsidiaria, asociada o entidad anteriormente controlada en forma conjunta, ante la pérdida de control, influencia significativa o control conjunto, respectivamente, y el valor razonable de la inversión residual retenida y los importes procedentes de su venta, se reconoce en resultados.

Juicios, estimaciones y supuestos contables significativos

La preparación de los estados financieros de acuerdo con las NIIF requiere la elaboración y consideración, por parte de la Dirección del Grupo Ledesma, de juicios, estimaciones y supuestos contables significativos que impactan en los saldos informados de activos y pasivos, ingresos y gastos, así como en la determinación y revelación de activos y pasivos contingentes a la fecha de cierre del ejercicio sobre el que se informa. En este sentido, las incertidumbres controladas con las estimaciones y supuestos adoptados podrían dar lugar en el futuro a resultados finales que podrían diferir de dichas estimaciones y requerir de ajustes significativos a los saldos informados de los activos y pasivos afectados.

Estimaciones y supuestos contables significativos

Los supuestos claves relacionados con el futuro y otras fuentes clave de estimaciones de incertidumbres a la fecha de cierre del ejercicio sobre el que se informa, que tienen un alto riesgo de ocasionar ajustes significativos sobre los importes en libros de los activos y los pasivos durante los próximos ejercicios, se describen a continuación:

El Grupo Ledesma ha basado sus estimaciones y supuestos contables significativos considerando los parámetros disponibles al momento de la preparación de los estados financieros consolidados. Sin embargo, las circunstancias y los supuestos actuales sobre los acontecimientos futuros podrían variar debido a cambios en el mercado o a circunstancias que surjan más allá del control del Grupo Ledesma. Esos cambios se reflejan en los supuestos en el momento en que ellos ocurren.

Deterioro de activos no financieros

Existe deterioro cuando el importe en libros de un activo o de una unidad generadora de efectivo excede su importe recuperable, que es el valor razonable menos los costos de venta o su valor de uso, el que sea mayor. El cálculo del valor razonable menos los costos de venta se basan en información disponible sobre operaciones de ventas

127

vinculantes en condiciones entre partes independientes para bienes similares o precios de mercado observables menos los costos incrementales de disposición del bien. El cálculo del valor de uso se basa en un modelo de flujos de efectivo descontados. Los flujos de efectivo surgen del presupuesto para los próximos años y no incluyen las actividades de reestructuración a las que el Grupo Ledesma aún no se ha comprometido ni inversiones futuras significativas que aumentarán el rendimiento del bien de la unidad generadora de efectivo que se somete a prueba. El monto recuperable es sensible a las variaciones en la tasa de descuento utilizada para el modelo de flujo de fondos descontados y a los ingresos de fondos futuros esperados, así como a la tasa de crecimiento utilizada con fines de extrapolación.

Impuesto a las ganancias

La Dirección de la Sociedad realiza estimaciones para calcular el cargo por impuesto a las ganancias. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados financieros consolidados.

Los activos y pasivos por impuesto diferido se miden a las tasas impositivas que se espera sean de aplicación en el período en el que el pasivo se cancele o el activo se realice, basándose en las tasas y normativas fiscales que estén aprobadas o cuyo procedimiento de aprobación se encuentre próximo a completarse a la fecha de cierre del ejercicio sobre el que se informa. Las tasas impositivas reales futuras podrían diferir de las consideradas por la Dirección a la fecha de preparación de los presentes estados financieros consolidados, pudiendo requerir ajustes futuros a las pérdidas y ganancias impositivas ya registradas.

El activo por impuesto a las ganancias diferido se reconoce para todas las pérdidas impositivas no utilizadas en la medida que sea probable que haya una ganancia impositiva disponible contra la cual puedan utilizarse tales pérdidas. La determinación del monto del activo por impuesto a las ganancias diferido que se puede reconocer requiere un nivel significativo de juicio por parte de la Dirección de cada Sociedad, sobre la base de la oportunidad y el nivel de la ganancia impositiva futura y de las estrategias futuras de planificación fiscal.

Valor razonable de instrumentos financieros

En los casos en que el valor razonable de los activos y pasivos financieros registrados en el estado de situación financiera no surja de mercados activos, sus valores razonables se determinan mediante la utilización de técnicas de valoración, incluyendo modelos de flujos de efectivo descontados.

Cuando es posible, los datos de los que se nutren estos modelos se toman de mercados observables. Pero cuando no es así, se requiere un grado de juicio discrecional para determinar los valores razonables. Estos juicios incluyen la consideración de datos tales como el riesgo de liquidez, el riesgo de crédito y la volatilidad.

Los cambios en los supuestos relacionados con estos factores podrían afectar los importes de los valores razonables informados para los instrumentos financieros.

Otras estimaciones significativas

A continuación, se enuncian otras estimaciones significativas usadas por la Dirección del Grupo Ledesma:

  • Los plazos de cobro de ciertos saldos acumulados correspondientes a ciertos créditos fiscales y su valuación respectiva;

  • La vida útil, valores residuales y recuperabilidad de propiedades, planta y equipo;

  • La probabilidad de ocurrencia y el monto de previsiones para desvalorizaciones de activos;

  • Los supuestos utilizados para el cálculo del valor razonable de los activos y pasivos financieros incluyendo riesgo de crédito.

  • La probabilidad de ocurrencia y monto involucrado de contingencias.

Impuesto a las ganancias

Los activos y pasivos por el impuesto a las ganancias corriente del ejercicio se miden por los importes que se espera recuperar o pagar de o a la autoridad fiscal. El Grupo Ledesma determina el impuesto a las ganancias a pagar aplicando la tasa vigente del 30% sobre la utilidad impositiva de cada ejercicio. La Sociedad ha calculado el impuesto a las ganancias por el método del impuesto a las ganancias diferido el cual consiste en el reconocimiento del efecto impositivo de las diferencias temporarias entre la valuación contable y la impositiva de los activos y pasivos, y su posterior imputación a los resultados de los ejercicios en los cuales se produce la reversión de las

128

mismas, considerando asimismo la posibilidad de aprovechamiento de los quebrantos impositivos en el futuro, si los hubiere.

El impuesto a la ganancia mínima presunta ha sido derogado por el artículo 76 de la Ley 27.200 para los ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2019.

La Ley 27.430 de Reforma Fiscal, modificada por las Leyes 27.468 y 27.541, establece respecto del ajuste por inflación impositivo, con vigencia para ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2018, lo siguiente:

  • (a) que dicho ajuste resultará aplicable en el ejercicio fiscal en el cual se verifique un porcentaje de variación del índice de precios al consumidor nivel general con cobertura nacional (IPC) que supere el 100% en los treinta y seis meses anteriores al cierre del ejercicio que se liquida;

  • (b) que, respecto del primer, segundo y tercer ejercicio a partir de su vigencia, ese procedimiento será aplicable en el caso que la variación de ese índice, calculada desde el inicio y hasta el cierre de cada uno de esos ejercicios, supere un 55%, 30% y 15% para el primer, segundo y tercer año de aplicación, respectivamente;

  • (c) el efecto del ajuste por inflación impositivo positivo o negativo correspondiente al primer y segundo ejercicio fiscal iniciados a partir del 1° de enero de 2019, debe imputarse un sexto al ejercicio fiscal en que se determine el ajuste y los cinco sextos restantes en los períodos fiscales inmediatos siguientes; y

  • (d) para los ejercicios fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2021, se podrá deducir el 100% del ajuste en el año en el cual se determina.

Al 31 de mayo de 2021, se cumplen los parámetros que establece la ley de impuesto a las ganancias para practicar el ajuste por inflación impositivo y en la registración del impuesto a las ganancias corriente y diferido se han incorporado los efectos que se desprenden de la aplicación de ese ajuste en los términos previstos en la ley.

Con fecha 16 de junio de 2021 el Poder Ejecutivo promulgó la Ley N° 27.630 que establece cambios en la tasa de impuesto a las ganancias para empresas con vigencia para los ejercicios fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2021.

La Ley N° 27.630 modifica la ley de impuesto a las ganancias para empresas de la siguiente manera:

  • a) Establece el pago del impuesto en base a una estructura de alícuotas escalonadas en función del nivel de ganancia neta imponible acumulada de cada empresa La escala a aplicar consta de tres segmentos con el alcance que se detalla a continuación:
Ganancia neta imponible
acumulada

Mas de $
A $
-
5.000.000
5.000.000
50.000.000
50.000.000
En
adelante
Pagarán $
-
1.250.000
14.750.00
0
Más el %
25%
30%
35%
Sobre el
excedente de
$
Mas de $
-
5.000.000
50.000.000
-
5.000.000
50.000.000
  • b) Los montos previstos en la escala se ajustarán anualmente a partir del 1° de enero de 2022, considerando la variación anual del índice de precios al consumidor que suministre el INDEC correspondiente al mes de octubre del año anterior al del ajuste respecto del mismo mes del año anterior.

  • c) La empresa que remese utilidades a su casa matriz deberá ingresar una tasa adicional del 7% al momento de la remesa.

No se espera que las modificaciones impositivas generadas por esta nueva norma produzcan una ganancia o pérdida generada por las diferencias temporarias o quebrantos impositivos sobre los que se ha calculado el impuesto diferido.

129

Impuesto a las ganancias diferido

El Grupo Ledesma determina el cargo contable por impuesto a las ganancias aplicando el método del impuesto a las ganancias diferido, el cual consiste en el reconocimiento (como activo o pasivo) del efecto impositivo de las diferencias temporarias entre la valuación contable y la impositiva de los activos y pasivos, y su posterior imputación a los resultados de los períodos o ejercicios en los cuales se produce la reversión de las mismas.

Los pasivos por impuesto diferido se reconocen por todas las diferencias temporarias imponibles, salvo:

(i) Cuando el pasivo por impuesto a las ganancias diferido surja del reconocimiento inicial de una plusvalía o de un activo o un pasivo en una transacción que no constituya una combinación de negocios y que, al momento de la transacción, no afecte la ganancia contable ni la ganancia o la pérdida impositiva;

(ii) Con respecto a las diferencias temporarias imponibles relacionadas con las inversiones en asociadas cuando la oportunidad de la reversión de las diferencias temporarias se pueda controlar y sea probable que dichas diferencias temporarias no se reversen en el futuro cercano.

Los activos por impuesto diferido se reconocen para todas las diferencias temporarias deducibles, y por la compensación futura de créditos fiscales y quebrantos impositivos no utilizados, en la medida en que sea probable la existencia de ganancias imponibles disponibles futuras contra las cuales se puedan compensar dichas diferencias temporarias deducibles, o se puedan utilizar dichos créditos fiscales y quebrantos impositivos, salvo:

(i) Cuando el activo por impuesto diferido surja del reconocimiento inicial de un activo o un pasivo en una transacción que no constituya una combinación de negocios y que, al momento de la transacción, no afecte la ganancia contable ni la ganancia o la pérdida impositiva;

(ii) Con respecto a las diferencias temporarias deducibles relacionadas con las inversiones en asociadas, donde los activos por impuesto diferido se reconocen solamente en la medida en que sea probable que las diferencias temporarias deducibles se reviertan en un futuro cercano, y que existan ganancias imponibles disponibles futuras contra las cuales se puedan compensar dichas diferencias.

El importe en libros de los activos por impuesto a las ganancias diferido se revisa en cada fecha de cierre del ejercicio sobre el cual se informa y se reduce en la medida en que ya no sea probable la existencia de ganancias imponibles futuras para permitir que esos activos por impuesto a las ganancias diferido sean utilizables total o parcialmente. Los activos por impuesto diferido no reconocidos se reevalúan en cada fecha de cierre de ejercicio sobre el que se informa y se reconocen en la medida en que se torne probable la existencia de ganancias imponibles futuras para que permitan recuperar dichos activos por impuesto diferido no reconocidos con anterioridad.

Los activos y pasivos por impuesto diferido se miden a las tasas impositivas que se espera sean de aplicación en el ejercicio en el que el activo se realice o el pasivo se cancele, en base a las tasas impositivas y normas fiscales que fueron aprobadas a la fecha de cierre de ejercicio sobre el que se informa, o cuyo procedimiento de aprobación se encuentre próximo a completarse a esa fecha.

El impuesto a las ganancias diferido relacionado con partidas reconocidas fuera del resultado se reconoce fuera de este. Las partidas de impuesto a las ganancias diferido se reconocen en correlación con la transacción subyacente ya sea en el otro resultado integral o directamente en el patrimonio, excepto que se encuentren asociadas a las excepciones mencionadas en los párrafos anteriores.

Los activos y pasivos por impuesto diferido se compensan si existe un derecho legalmente exigible de compensar los activos y pasivos por el impuesto a las ganancias corriente, y si los impuestos diferidos se relacionan con la misma entidad sujeta a impuestos y la misma jurisdicción fiscal.

Análisis sobre los resultados de las operaciones y la situación financiera

Resultados consolidados de las operaciones correspondientes a los ejercicios finalizados el 31 de mayo de 2021 y 2020

130

Ejercicios finalizados al 31 de 31.05.2021 (i) 31.05.2020 (i)

(en miles de pesos)

INFORMACIÓN DEL ESTADO CONSOLIDADO DEL RESULTADO INTEGRAL

Operaciones continuadas
Ingresos de actividades ordinarias
Costo de ventas
Ganancia por ventas
Ingresos de produccion agopecuaria
Costo de produccion agropecuaria
Resultado por produccion agropecuaria
Ganancia bruta
Cambio en el valor razonable de activos biológicos
Gastos de comercialización
Gastos de administración
Otros ingresos operativos
Otros gastos operativos
Ganancia operativa
Ingresos financieros
Costos financieros
Participaciones en los resultados netos de asociadas
Ganancia / (Pérdida) antes del impuesto a las
ganancias por operaciones continuadas
Impuesto a las ganancias sobre operaciones
continuadas
Ganancia / (Pérdida) neta del ejercicio por
operaciones continuadas
Operaciones discontinuadas
Ganancia neta del ejercicio por operaciones
discontinuadas
Ganancia neta del ejercicio
Otro resultado integral que se reclasificara a
resultados en ejercicios posteriores
Diferencia de cambio por conversión de inversión
en asociada
Ganancia / (Pérdida) integral total neta del
ejercicio
Variacion
%
41.615.180
43.019.622
(1.404.442)
-3%
(28.302.071)
(27.795.826)
(506.245)
2%
13.313.109
15.223.796
(1.910.687)
-13%
3.556.629
2.680.354
876.275
33%
(1.504.065)
(1.164.108)
(339.957)
29%
2.052.564
1.516.246
536.318
35%
15.365.673
16.740.042
(1.374.369)
-8%
547.166
291.790
255.376
88%
(7.662.216)
(7.629.314)
(32.902) 0,43%
(4.530.375)
(4.731.201)
200.826
-4%
397.519
207.921
189.598
91%
(227.071)
(239.486)
12.415
-5%
3.890.696
4.639.752
(749.056)
-16%
4.155.250
3.478.295
676.955
19%
(1.848.844)
(6.347.069)
4.498.225
-71%
(26.709)
97.543
(124.252) -127%
6.170.393
1.868.521
4.301.872
230%
(1.808.686)
(774.867)
(1.033.819)
133%
4.361.707
1.093.654
3.268.053
299%
840.815
0
840.815
100%
5.202.522
1.093.654
4.108.868
376%
2.820
19.882
(17.062)
-86%
5.205.342
1.113.536
4.091.806
367%

Variaciones netas en los resultados de las operaciones entre el 31 de mayo de 2021 y el 31 de mayo de 2020

(i) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de mayo de 2021.

131

Ingresos de actividades ordinarias

El siguiente cuadro refleja las variaciones, en miles de pesos y en términos porcentuales, de ventas netas consolidadas del Grupo Ledesma, por segmentos de operación:

31.05.2021 (i)
31.05.2020 (i)
21.821.841
21.067.491
754.350
4%
10.990.718
12.668.127
1.677.409
-
-13%
4.909.243
5.727.802
818.559
-
-14%
3.893.378
3.556.202
337.176
9%
41.615.180
43.019.622
1.404.442
-
-3%
(en miles de pesos)
Información sobre ingresos de actividades
ordinarias por segmentos
Azúcar y alcohol
Papel y librería
Frutas y jugos
Productos agropecuarios

(i) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de mayo de 2021 e información de gestión a la misma fecha elaborada por la Emisora.

Las ventas del Grupo Ledesma por actividades ordinarias disminuyeron un 3% alcanzando los miles de pesos 41.615.180 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021, en comparación con los miles de pesos 43.019.622 por el ejercicio finalizado el 31 de mayo 2020. La disminución neta registrada en las ventas al mercado interno es el resultado de un aumento en los segmentos de operación de productos agropecuarios (9%) azúcar y alcohol (4%) y la disminución en los segmentos de papel y librería (13%) y frutas y jugos (14%).

Costo de ventas

El costo de ventas del Grupo Ledesma registró un aumento del 2% alcanzando los miles de pesos 28.302.071 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021, en comparación con los miles de pesos 27.795.826 del ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020.

Ganancia por ventas

La ganancia bruta por las ventas de actividades ordinarias disminuyo un 13% alcanzando los miles de pesos 13.313.109 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021, en comparación con los miles de pesos 15.223.796 del ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020.

Ingresos de producción agropecuaria

Los ingresos de producción agropecuaria aumentaron un 33% alcanzando los miles de pesos 3.556.629 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021, en comparación con los miles de pesos 2.680.354 del ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020.

Costo de producción agropecuaria

El costo de la producción agropecuaria se incrementó un 29% alcanzó los miles de pesos 1.504.065 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021, en comparación con los miles de pesos 1.164.108 del ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020.

Ganancia bruta

La ganancia bruta del Grupo Ledesma registró una disminución del 8% alcanzando los miles de pesos 15.365.673 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021, en comparación con los miles de pesos 16.740.042 del ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020.

132

Cambio en el valor razonable de activos biológicos

El cambio en el valor razonable de activos biológicos del Grupo Ledesma se incrementó un 88%, pasando de una ganancia de miles de pesos 291.790 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a una ganancia de miles de pesos 547.166 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Gastos de comercialización

Los gastos de comercialización del Grupo Ledesma se incrementaron un 0,43%, de miles de pesos 7.629.314 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 hasta alcanzar los miles de pesos 7.662.216 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo 2021.

Gastos de administración

Los gastos de administración del Grupo Ledesma se redujeron un 4%, pasando de miles de pesos 4.731.201 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 4.530.375 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Otros ingresos operativos

Los ingresos operativos del Grupo Ledesma se incrementaron un 91%, pasando de una ganancia de miles de pesos 207.921 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a una ganancia de miles de pesos 397.519 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021. Esta variación se debió principalmente al aumento en las líneas de resultado venta de propiedades de inversión (91.929, en miles de pesos) y servicios prestados (59.481, en miles de pesos), respecto al año anterior.

Otros gastos operativos

Los gastos operativos del Grupo Ledesma se redujeron un 5%, pasando de una pérdida de miles de pesos 239.486 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a una pérdida de miles de pesos 227.071 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021. Esta variación se debió principalmente al neto entre la disminución en la línea diversos (63.089, en miles de pesos) y el aumento de las líneas de provisión para juicios y contingencias (5.274, en miles de pesos) y desvalorización de inventarios (45.400, en miles de pesos), respecto del año anterior.

Ganancia operativa

La ganancia operativa del Grupo Ledesma se redujo en un 16%, pasando de miles de pesos 4.639.752 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 3.890.696 por el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Ingresos financieros

Los ingresos financieros del Grupo Ledesma se incrementaron un 19%, pasando de una ganancia de miles de pesos 3.478.295 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 hasta alcanzar los miles de pesos 4.155.250 por el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021. Este incremento se debió principalmente a diferencia de cambio debido a la fluctuación del tipo de cambio y al valor actual de créditos y deudas.

Costos financieros

Los costos financieros del Grupo Ledesma se redujeron un 71%, pasando de una pérdida de miles de pesos 6.347.069 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 hasta alcanzar una pérdida de miles de pesos 1.848.844 por el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021. Esta disminución se debió principalmente a diferencia de cambio debido a la fluctuación del tipo de cambio, intereses financieros y al valor actual de créditos y deudas.

Participaciones en los resultados netos de asociadas

133

El resultado del Grupo Ledesma por la participación en los resultados netos de asociadas registró una disminución de miles de pesos 124.252., pasando de ganancia miles de pesos 97.543 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a pérdida miles de pesos 26.709 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Impuesto a las ganancias sobre operaciones continuadas

La pérdida del cargo por impuesto a las ganancias del Grupo Ledesma registró un incremento del 133% en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021, pasando de miles de pesos 774.867 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 1.808.686 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Ganancia neta del ejercicio por operaciones discontinuadas

La ganancia neta del ejercicio por operaciones discontinuadas se incrementó en 840.815 al 31 de mayo de 2021 por la venta del remanente en la participación que Ledesma tenía en Glucovil Argentina S.A.

Ganancia integral total neta del ejercicio

Para el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021, el Grupo Ledesma registró una ganancia neta de miles de pesos 5.205.342, lo que representa un aumento en comparación con la ganancia neta de miles de pesos 1.113.536 por el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020

Resultados consolidados de las operaciones correspondientes a los ejercicios finalizados el 31 de mayo de 2020 y 2019

Las variaciones no son representativas ya que los estados financieros al 31 de mayo de 2020 incluyen ajuste por inflación y reexpresion de la moneda a mayo 2021, y los estados financieros al 31 de mayo 2019 no incluyen ajuste por inflación a mayo 2021.

Resultados consolidados de las operaciones correspondientes a los períodos intermedios de tres meses finalizados el 31 de agosto de 2021 y de 2020.

Variaciones netas en los resultados de las operaciones entre el 31 de agosto de 2021 y de 2020.

134

Periodos de 3 meses finalizados al 31.08.2021 (iii) 31.08.2020 (iii) (en miles de pesos)

INFORMACIÓN DEL ESTADO CONSOLIDADO DEL RESULTADO INTEGRAL

Operaciones continuadas
Ingresos de actividades ordinarias
Costo de ventas
Ganancia por ventas
Ingresos de produccion agopecuaria
Costo de produccion agropecuaria
Resultado por produccion agropecuaria
Ganancia bruta
Cambio en el valor razonable de activos biológicos
Gastos de comercialización
Gastos de administración
Otros ingresos operativos
Otros gastos operativos
Ganancia operativa
Ingresos financieros
Costos financieros
Participaciones en los resultados netos de asociadas
Ganancia antes del impuesto a las ganancias por
operaciones continuadas
Impuesto a las ganancias sobre operaciones
continuadas
Ganancia neta del ejercicio por operaciones
continuadas
Operaciones discontinuadas
Ganancia neta del ejercicio por operaciones
discontinuadas
Ganancia neta del ejercicio
Otro resultado integral que se reclasificara a
resultados en ejercicios posteriores
Diferencia de cambio por conversión de inversión
en asociada
Ganancia integral total neta del ejercicio
Variacion
%
12.331.428
11.880.129
451.299
4%
(7.478.090)
(7.546.792)
68.702
-1%
4.853.338
4.333.337
520.001
12%
192.750
385.140
(192.390)
-50%
(143.708)
(134.126)
(9.582)
7%
49.042
251.014
(201.972)
-80%
4.902.380
4.584.351
318.029
7%
(88.294)
430.384
(518.678) -121%
(2.614.196)
(2.502.386)
(111.810)
4%
(965.809)
(1.171.762)
205.953
-18%
55.293
26.965
28.328
105%
(99.181)
(209.498)
110.317
-53%
1.190.193
1.158.054
32.139
3%
951.612
566.799
384.813
68%
(715.173)
(1.028.925)
313.752
-30%
(9.705)
26.284
(35.989) -137%
1.416.927
722.212
694.715
96%
(666.978)
(538.151)
(128.827)
24%
749.949
184.061
565.888
307%
0
0
0
0%
749.949
184.061
565.888
307%
(14.153)
8.358
(22.511) -269%
735.796
192.419
543.377
282%

(i) Fuente: Estados financieros consolidados 31 de agosto de 2021.

Ingresos de actividades ordinarias

El siguiente cuadro refleja las variaciones, en miles de pesos y en términos porcentuales, de ventas netas consolidadas del Grupo Ledesma, por segmentos de operación:

135

31.08.2021 (i)
31.08.2020 (i)
6.491.044
5.660.305
830.739
15%
2.974.915
2.874.435
100.480
3%
2.613.799
2.705.843
92.044
-
-3%
251.670
639.546
387.876
-
-61%
12.331.428
11.880.129
451.299
4%
(en miles de pesos)
Información sobre ingresos de actividades
ordinarias por segmentos
Azúcar y alcohol
Papel y librería
Frutas y jugos
Productos agropecuarios

(i) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de agosto de 2021.

Las ventas del Grupo Ledesma de actividades ordinarias se incrementaron un 4% alcanzando los miles de pesos 11.880.129 en el período de 3 meses finalizado el 31 de agosto de 2020, en comparación con los miles de pesos 12.331.428 por el período de 3 meses finalizado el 31 de agosto de 2021. El incremento neto registrado en las ventas es el resultado de un aumento en los segmentos de operaciones de azúcar y alcohol (15%) y papel y librería (3%) y una baja en los segmentos de operaciones frutas y jugos (3%) y productos agropecuarios (61%).

Costo de ventas

El costo de ventas del Grupo Ledesma registró una disminución del 1% alcanzando los miles de pesos 7.478.090 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021, en comparación con los miles de pesos 7.546.792 del período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2020.

Ganancia por ventas

La ganancia por las ventas de actividades ordinarias se incrementó un 12% alcanzando los miles de pesos 4.853.338 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021, en comparación con los miles de pesos 4.333.337 del período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2020.

Ingresos de producción agropecuaria

Los ingresos de producción agropecuaria se redujeron un 50% alcanzando los miles de pesos 192.750 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021, en comparación con los miles de pesos 385.140 del período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2020.

Costo de producción agropecuaria

El costo de la producción agropecuaria se incrementó un 7%, alcanzo los miles de pesos 143.708 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021, en comparación con los miles de pesos 134.126 del período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2020.

Ganancia bruta

La ganancia bruta aumentó un 7% alcanzando los miles de pesos 4.902.380 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021, en comparación con los miles de pesos 4.584.351 del período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2020.

Cambio en el valor razonable de los activos biológicos

El cambio en el valor razonable de los activos biológicos disminuyó un 121%, alcanzó una pérdida de miles de pesos 88.294 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021, en comparación con la ganancia en miles de pesos 430.384 del período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2020.

Gastos de comercialización

Los gastos de comercialización del Grupo Ledesma se incrementaron un 4%, de miles de pesos 2.502. 386 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2020 hasta alcanzar los miles de pesos 2.614.196 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

136

Gastos de administración

Los gastos de administración del Grupo Ledesma se redujeron un 18%, pasando de miles de pesos 1.171.762 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2020 a miles de pesos 965.809 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Otros ingresos operativos

Los otros ingresos operativos del Grupo Ledesma se incrementaron en un 105%, pasando de una ganancia de miles de pesos 26.965 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2020 a una ganancia de miles de pesos 55.293 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021. Esta variación se debió principalmente a los servicios prestados y arrendamientos.

Otros gastos operativos

Los otros gastos operativos del Grupo Ledesma se redujeron en un 53%, pasando de una pérdida de miles de pesos 209.498 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2020 a una pérdida de miles de pesos 99.181 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021. Esta variación se debió principalmente a la disminución de desvalorización de inventarios y de servicios prestados y arrendamientos.

Ganancia operativa

La ganancia operativa del Grupo Ledesma se incrementó en un 3%, pasando de miles de pesos 1.158.054 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2020 a miles de pesos 1.190.193 por el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Ingresos financieros

Los ingresos financieros del Grupo Ledesma se incrementaron en un 68%, pasando de una ganancia de miles de pesos 566.799 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2020 hasta alcanzar una ganancia de miles de pesos 951.612 por el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021. Este incremento de los ingresos financieros se debió principalmente al aumento en el efecto de la diferencia de cambio neto de la disminución en el valor actual de créditos y deudas.

Costos financieros

Los costos financieros del Grupo Ledesma disminuyeron en un 30%, pasando de una pérdida de miles de pesos 1.028.925 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2020 hasta alcanzar una pérdida de miles de pesos 715.173 por el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021. Esta variación de los costos financieros se debió principalmente a la disminución en el efecto de la diferencia de cambio, operaciones a futuro e intereses financieros netos del incremento de la pérdida por el valor actual de los créditos.

Participaciones en los resultados netos de asociadas

El resultado del Grupo Ledesma por la participación en los resultados netos de asociadas registró una disminución de miles de pesos 35.989, pasando de ganancia miles de pesos 26.284 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2020 a pérdida miles de pesos 9.705 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Impuesto a las ganancias sobre operaciones continuadas

El cargo por impuesto a las ganancias del Grupo Ledesma registró un incremento del 24%, pasando de una pérdida de miles de pesos 538.151 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2020 a una pérdida de miles de pesos 666.978 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Ganancia integral total neta del período

Para el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021, el Grupo Ledesma registró una ganancia neta de miles de pesos 735.796, lo que representa un incremento del 282% en comparación con la ganancia neta de miles de pesos 192.419 por el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2020.

137

Estados consolidados de situación financiera al 31 de mayo de 2021 y 2020

Variaciones patrimoniales netas entre el 31 de mayo de 2021 y 2020.

Informacion del estado consolidado
De situacion financiera
Activos
Activos no corrientes
Propiedades, planta y equipo
Derechos de uso de activos
Inversiones en asociadas, negocios
conjuntos y controladas
Activos Intangibles
Activos biológicos
Otros créditos financieros
Otros créditos no financieros
Activos corrientes
Activos biológicos
Inventarios
Otros créditos financieros
Otros créditos no financieros
Deudores comerciales y otras cuentas por cobrar
Efectivo y colocaciones a corto plazo
Activos mantenidos para la venta
Total de activos
Patrimonio y pasivos
Patrimonio
Capital social
Ajuste de capital social
Reserva legal
Reserva facultativa
Reserva resultado conversión
Resultados no asignados
Patrimonio total
Pasivos
Pasivos no corrientes
Préstamos bancarios y financieros
Deuda por arrendamientos
Pasivo por impuesto a las ganancias diferido, neto
Otras cuentas por pagar
Provisión para juicios y contingencias
Pasivos corrientes
Préstamos bancarios y financieros
Deuda por arrendamientos
Cuentas por pagar comerciales
Deudas sociales
Deudas fiscales
Otras cuentas por pagar
Total de pasivos
Total de patrimonio y pasivos
31.05.2021 (i)
31.05.2020 (i)
Pag 127 Variacion
Variacion
%
15.971.616
15.050.402
921.214
6%
823.220
917.925
(94.705)
-10%
732.134
712.315
19.819
3%
112.813
59.271
53.542
90%
502.173
512.841
(10.668)
-2%
684.068
639.745
44.323
7%
56.273
294.046
(237.773)
-81%
18.882.297
18.186.545
695.752
4%
692.627
939.428
(246.801)
-26%
11.978.873
11.848.421
130.452
1%
720.891
992.066
(271.175)
-27%
284.102
465.329
(181.227)
-39%
4.656.644
4.951.558
(294.914)
-6%
1.776.359
486.062
1.290.297
265%
20.109.496
19.682.864
426.632
2%
27.788
2.420.815
(2.393.027)
-99%
39.019.581
40.290.224
(1.270.643)
-3%
439.714
439.714
0
0%
11.265.112
11.265.112
0
0%
721.206
0
721.206
100%
225.571
0
225.571
100%
169.604
166.784
2.820
2%
5.202.522
946.777
4.255.745
449%
18.023.729
12.818.387
5.205.342
41%
6.655.861
10.233.153
(3.577.292)
-35%
425.164
505.515
(80.351)
-16%
1.964.594
1.795.706
168.888
9%
3.221
1.502
1.719
114%
156.310
167.070
(10.760)
-6%
9.205.150
12.702.946
(3.497.796)
-28%
4.119.617
7.380.235
(3.260.618)
-44%
227.762
306.925
(79.163)
-26%
4.002.927
4.493.622
(490.695)
-11%
1.863.010
1.862.776
234
0%
1.141.704
516.913
624.791
121%
435.682
208.420
227.262
109%
11.790.702
14.768.891
(2.978.189)
-20%
20.995.852
27.471.837
(6.475.985)
-24%
39.019.581
40.290.224
(1.270.643)
-3%
Ejercicios finalizados al 31 de mayo
(en miles de pesos)

(i) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de mayo de 2021.

138

Propiedades, planta y equipo

Las propiedades, planta y equipo del Grupo Ledesma se incrementaron en miles de pesos 921.214, pasando de miles de pesos 15.050.402 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 15.971.616 al cierre del ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Derechos de uso activos

Los activos por derechos de uso del Grupo Ledesma se redujeron en un 10%, pasando de miles de pesos 917.925 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 823.220 al cierre del ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Inversiones en asociadas, negocios conjuntos y controladas

Las inversiones en asociadas, negocios conjuntos y controladas del Grupo Ledesma registraron un aumento del 3%, pasando de miles de pesos 712.315 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 732.134 al cierre del ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Activos intangibles

Los intangibles adquiridos por el Grupo Ledesma registraron un incremento del 90%, pasando de miles de pesos 59.271 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 112.813 al cierre del ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Activos biológicos no corrientes

Los activos biológicos no corrientes del Grupo Ledesma se redujeron un 2%, pasando de miles de pesos 512.841 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 502.173 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 .

Otros créditos financieros no corrientes

Los otros créditos financieros no corrientes del Grupo Ledesma se incrementaron un 7%, pasando de miles de pesos 639.745 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 684.068 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Otros créditos no financieros no corrientes

Los otros créditos financieros no corrientes del Grupo Ledesma se redujeron un 81%, pasando de miles de pesos 294.046 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 56.273 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Activos biológicos corrientes

Los activos biológicos corrientes del Grupo Ledesma se redujeron en un 26%, pasando de miles de pesos 939.428 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 692.627 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Inventarios

Los inventarios del Grupo Ledesma se incrementaron un 1%, pasando de miles de pesos 11.848.421 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 11.978.873 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Otros créditos financieros corrientes

Los otros créditos financieros corrientes del Grupo Ledesma se redujeron en un 27%, pasando de miles de pesos 992.066 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 720.891 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

139

Otros créditos no financieros corrientes

Los otros créditos no financieros del Grupo Ledesma disminuyeron en un 39%, pasando de miles de pesos 465.329 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 284.102 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Deudores comerciales y otras cuentas por cobrar

Los deudores comerciales y otras cuentas por cobrar del Grupo Ledesma se redujeron un 6%, pasando de miles de pesos 4.951.558 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 4.656.644 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Efectivo y colocaciones a corto plazo

El efectivo y colocaciones a corto plazo del Grupo Ledesma registró un incremento del 265%, pasando de miles de pesos 486.062 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 1.776.359 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Activos mantenidos para la venta

Los activos mantenidos para la venta registraron una disminución del 99%, ascienden a miles de pesos 27.788 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021. Dicha disminución corresponde a la venta del remanente de a participación en la sociedad Glucovil Argentina S.A.

Patrimonio atribuible a los propietarios de la controladora

El patrimonio del Grupo Ledesma atribuible a los propietarios de la controladora aumento en un 41% pasando de miles de pesos 12.818.387 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 18.023.729 al cierre del ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Préstamos bancarios y financieros no corrientes

Los préstamos bancarios y financieros no corrientes del Grupo Ledesma se redujeron un 35%, pasando de miles de pesos 10.233.153 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 6.655.861 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Deuda por arrendamientos no corrientes

La deuda por arrendamientos no corrientes del Grupo Ledesma se redujo en un 16%, pasando de miles de pesos 505.515 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 425.164 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Pasivo por impuesto a las ganancias diferido, neto

El pasivo por impuesto a las ganancias diferido no corrientes del Grupo Ledesma aumentó un 9%, pasando de miles de pesos 1.795.706 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 1.964.594 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Otras cuentas por pagar no corrientes

Las otras cuentas por pagar no corrientes del Grupo Ledesma se incrementaron en miles de pesos 1.719, pasando de miles de pesos 1.502 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 3.221 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Provisión para juicios y contingencias no corrientes

140

La provisión para juicios y contingencias no corrientes del Grupo Ledesma se redujo un 6%, pasando de miles de pesos 167.070 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 156.310 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Préstamos bancarios y financieros corrientes

Los préstamos bancarios y financieros corrientes del Grupo Ledesma se redujeron un 44%, pasando de miles de pesos 7.380.235 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 4.119.617 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Deuda por arrendamientos corrientes

La deuda por arrendamientos corrientes del Grupo Ledesma se redujo en un 26%, pasando de miles de pesos 306.925 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 227.762 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Cuentas por pagar comerciales

Las cuentas por pagar comerciales del Grupo Ledesma disminuyeron un 11%, pasando de miles de pesos 4.493.622 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 4.002.927 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Deudas sociales

Las deudas sociales corrientes del Grupo Ledesma aumentaron en miles de pesos 234, pasando de miles de pesos 1.862.776 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 1.863.010 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Deudas fiscales corrientes

Las deudas fiscales corrientes del Grupo Ledesma aumentaron en miles de pesos 624.791, pasando de miles de pesos 516.913 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 1.141.704 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Otras cuentas por pagar

Las otras cuentas por pagar corrientes del Grupo Ledesma aumentaron un 109%, pasando de miles de pesos 208.420 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a miles de pesos 435.682 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

Estados consolidados de situación financiera al 31 de mayo de 2020 y 2019

Variaciones patrimoniales netas entre el 31 de mayo de 2020 y 2019

La variación de estos periodos no es comparable ya que la información de mayo 2020 se actualizó en mayo 2021 con el ajuste por inflación, no así los estados financieros de mayo 2019.

Estados consolidados de situación financiera de período intermedio al 31 de agosto de 2021 y 31 de mayo de 2021.

Variaciones patrimoniales netas entre el 31 de agosto de 2021 y 31 de mayo de 2021.

141

Al

31.08.2021 (iii) 31.05.2021 (iii)

(en miles de pesos)

Informacion del estado consolidado
De situacion financiera
Activos Variacion %
Activos no corrientes
Propiedades, planta y equipo 17.165.556 17.447.743 (282.187) -2%
Derechos de uso de activos 874.269 899.303 (25.034) -3%
Inversiones en asociadas, negocios
conjuntos y controladas 498.858 799.800 (300.942) -38%
Activos Intangibles 121.164 123.239 (2.075) -2%
Activos biológicos 521.752 548.585 (26.833) -5%
Otros créditos financieros 719.818 747.292 (27.474) -4%
Otros créditos no financieros 20.567 61.474 (40.907) -67%
19.921.984 20.627.436 (705.452) -3%
Activos corrientes
Activos biológicos 1.336.033 756.641 579.392 77%
Inventarios 17.456.197 13.085.983 4.370.214 33%
Otros créditos financieros 865.716 787.517 78.199 10%
Otros créditos no financieros 682.043 310.359 371.684 120%
Deudores comerciales y otras cuentas por cobrar 7.849.648 5.087.020 2.762.628 54%
Efectivo y colocaciones a corto plazo 525.522 1.940.530 (1.415.008) -73%
28.715.159 21.968.050 6.747.109 31%
Activos mantenidos para la venta 30.359 30.359 0 0%
Total de activos 48.667.502 42.625.845 6.041.657 14%
Patrimonio y pasivos
Patrimonio
Capital social 439.714 439.714 0 0%
Ajuste de capital social 12.346.896 12.346.896 0 0%
Reserva legal 787.861 787.861 0 0%
Reserva facultativa 246.418 246.418 0 0%
Reserva resultado conversión 171.126 185.279 (14.153) -8%
Resultados no asignados 6.433.296 5.683.347 749.949 13%
Patrimonio total 20.425.311 19.689.515 735.796 4%
Pasivos
Pasivos no corrientes
Préstamos bancarios y financieros 5.970.195 7.271.008 (1.300.813) -18%
Deuda por arrendamientos 425.164 464.459 (39.295) -8%
Pasivo por impuesto a las ganancias diferido, neto 2.078.726 2.146.166 (67.440) -3%
Otras cuentas por pagar 3.221 3.518 (297) -8%
Provisión para juicios y contingencias 159.838 170.756 (10.918) -6%
8.637.144 10.055.907 (1.418.763) -14%
Pasivos corrientes
Préstamos bancarios y financieros 7.621.980 4.500.360 3.121.620 69%
Deuda por arrendamientos 233.952 248.813 (14.861) -6%
Cuentas por pagar comerciales 5.580.591 4.372.886 1.207.705 28%
Deudas sociales 2.319.759 2.035.193 284.566 14%
Deudas fiscales 1.435.818 1.247.222 188.596 15%
Otras cuentas por pagar 2.412.947 475.949 1.936.998 407%
19.605.047 12.880.423 6.724.624 52%
Total de pasivos 28.242.191 22.936.330 5.305.861 23%
Total de patrimonio y pasivos 48.667.502 42.625.845 6.041.657 14%

(i) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de agosto de 2021.

Propiedades, planta y equipo

Las propiedades, planta y equipo del Grupo Ledesma se redujo en miles de pesos 282.187, pasando de miles de pesos 17.447.743 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 17.165.556 al cierre del período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Derechos de uso activos

142

Los activos por derechos de uso del Grupo Ledesma disminuyeron en miles de peso 25.034, pasando de miles pesos 899.303 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 874.269 al cierre del período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Inversiones en asociadas, negocios conjuntos y controladas

Las inversiones en asociadas, negocios conjuntos y controladas del Grupo Ledesma registraron una disminución del 38%, pasando de miles de pesos 799.800 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 498.858 al cierre del período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Activos intangibles

Los intangibles adquiridos por el Grupo Ledesma registraron una disminución del 2%, pasando de miles de pesos 123.239 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 121.164 al cierre del período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Activos biológicos no corrientes

Los activos biológicos no corrientes del Grupo Ledesma disminuyeron un 5%, pasando de miles de pesos 548.585 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 521.752 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021 .

Otros créditos financieros no corrientes

Los otros créditos financieros no corrientes del Grupo Ledesma disminuyeron un 4%, pasando de miles de pesos 747.292 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 719.818 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Otros créditos no financieros no corrientes

Los otros créditos no financieros no corrientes del Grupo Ledesma disminuyeron un 67%, pasando de miles de pesos 61.474 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 20.567 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Activos biológicos corrientes

Los activos biológicos corrientes del Grupo Ledesma se incrementaron en un 77%, pasando de miles de pesos 756.641 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 1.336.033 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Inventarios

Los inventarios del Grupo Ledesma aumentaron un 33%, pasando de miles de pesos 13.085.983 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 17.456.197 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Otros créditos financieros corrientes

Los otros créditos financieros corrientes del Grupo Ledesma aumentaron en miles de pesos 78.199, pasando de miles de pesos 787.517 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 865.716 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Otros créditos no financieros corrientes

Los otros créditos no financieros del Grupo Ledesma aumentaron en un 120%, pasando de miles de pesos 310.359 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 682.043 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Deudores comerciales y otras cuentas por cobrar

143

Los deudores comerciales y otras cuentas por cobrar del Grupo Ledesma se incrementaron un 54%, pasando de miles de pesos 5.087.020 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 7.849.648 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Efectivo y colocaciones a corto plazo

El efectivo y colocaciones a corto plazo del Grupo Ledesma registró una reducción del 73%, pasando de miles de pesos 1.940.530 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 525.522 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Activos mantenidos para la venta

Los activos mantenidos para la venta no registraron variaciones entre el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 y el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Patrimonio atribuible a los propietarios de la controladora

El patrimonio del Grupo Ledesma atribuible a los propietarios de la controladora se incrementó en un 4% pasando de miles de pesos 19.689.515 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 20.425.311 al cierre del período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Préstamos bancarios y financieros no corrientes

Los préstamos bancarios y financieros no corrientes del Grupo Ledesma disminuyeron un 18%, pasando de miles de pesos 7.271.008 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 5.970.195 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Deuda por arrendamientos no corrientes

La deuda por arrendamientos no corrientes del grupo Ledesma disminuyo un 8%, pasando de miles de pesos 464.459 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 425.164 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Pasivo por impuesto a las ganancias diferido, neto

El pasivo por impuesto a las ganancias diferido no corrientes del Grupo Ledesma disminuyó un 3%, pasando de miles de pesos 2.146.166 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 2.078.726 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Otras cuentas por pagar no corrientes

Las otras cuentas por pagar no corrientes del Grupo Ledesma disminuyeron en miles de pesos 297, pasando de miles de pesos 3.518 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 3.221 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Provisión para juicios y contingencias no corrientes

La provisión para juicios y contingencias no corrientes del Grupo Ledesma disminuyó un 6%, pasando de miles de pesos 170.756 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 159.838 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Préstamos bancarios y financieros corrientes

Los préstamos bancarios y financieros corrientes del Grupo Ledesma aumentaron un 69%, pasando de miles de pesos 4.500.360 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 7.621.980 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

144

Deuda por arrendamientos corrientes

La deuda por arrendamientos corrientes del grupo Ledesma disminuyo un 6%, pasando de miles de pesos 248.813 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 233.952 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Cuentas por pagar comerciales

Las cuentas por pagar comerciales del Grupo Ledesma se incrementaron un 28%, pasando de miles de pesos 4.372.886 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 5.580.591 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Deudas sociales

Las deudas sociales corrientes del Grupo Ledesma aumentaron un 14%, pasando de miles de pesos 2.035.193 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 2.319.759 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Deudas fiscales corrientes

Las deudas fiscales corrientes del Grupo Ledesma aumentaron en miles de pesos 188.596, pasando de miles de pesos 1.247.222 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 1.435.818 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Otras cuentas por pagar corrientes

Las otras cuentas por pagar corrientes del Grupo Ledesma aumentaron un 407%, pasando de miles de pesos 475.949 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021 a miles de pesos 2.412.947 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021.

Liquidez y recursos de capital

Las principales fuentes de liquidez del Grupo Ledesma son los flujos generados por actividades operativas y el financiamiento obtenido de terceros. Los flujos de efectivo generados por las operaciones se ven afectados por distintos factores como, por ejemplo, la estacionalidad del negocio, los precios y volúmenes de venta y los costos de producción, entre otros.

Las principales aplicaciones que le dio el Grupo Ledesma a estos flujos de efectivo en el pasado fueron inversiones en la adquisición de propiedades, planta y equipo, incrementos en el capital de trabajo y servicios de deuda. La dirección del Grupo Ledesma espera que esas sigan siendo las principales aplicaciones en el futuro cercano.

En lo que respecta al financiamiento obtenido de terceros, las principales operaciones de los últimos tiempos fueron las siguientes:

Con fecha 22 de agosto del 2018, la Emisora refinanció el contrato por el cual la entidad COÖPERATIEVE RABOBANK U.A. proveeía financiamiento para la prefinanciación de exportaciones por un monto de USD 28.920.000. El nuevo contrato extiende el vencimiento de la prefinanciación por 60 meses, siendo el vencimeinto de la misma el 22 de agosto de 2023. Además, se redujo el spread de los intereses y se modificó el período de pago de los mismos, por lo que el nuevo contrato devenga intereses semestrales variables, cuando anteriormente eran trimestrales.

Con fecha 28 de agosto de 2019, Ledesma precanceló la prefinanciación de exportaciones con la entidad COÖPERATIEVE RABOBANK U.A. por el monto de USD 28.920.000 (dólares estadounidenses veintiocho millones novecientos veinte mil).

En simultaneo, Ledesma suscribió un contrato de préstamo denominado en inglés, ” Term Facilities Agreement” por la suma de USD 90.000.000 (dólares estadounidenses noventa millones) ampliable hasta USD 110.000.000 (dólares estadounidenses ciento diez millones) con Nederlandse Financierings-maatschappij voor

145

Ontwikkelingslanden N.V. (“FMO”). Coöperatieve Rabobank U.A. actuó como asesor financiero de la transacción. El préstamo se compone de dos tramos, uno de USD 40.000.000 (dólares estadounidenses cuarenta millones) por 7 años, con intereses semestrales variables y otro tramo de USD 50.000.000 (dólares estadounidenses cincuenta millones) por 5 años, con intereses semestrales variables. Ambos tramos tienen un período de gracia de capital de 2 años y, está garantizado con una hipoteca en primer grado de privilegio a favor de FMO sobre tierras agrícolas ubicadas en la Provincia de Jujuy. Los fondos del préstamo serán destinados por la Emisora a inversiones de capital y expansión del capital de trabajo de la empresa en relación a sus actividades industriales, al reembolso total de ciertas líneas de financiamiento (cómo la línea del Rabobank), al refinancieamiento de deuda de corto plazo incurrida y a la recompra de obligaciones negociables emitidas por la Sociedad.

La Emisora estima que el nivel actual de capital de trabajo y acceso a líneas de financiamiento es adecuado para el correcto desempeño de sus operaciones. En caso de requerir un incremento este podría obtenerse de los flujos de efectivo generados por el Grupo Ledesma o recurriendo a líneas de crédito otorgadas por entidades financieras locales y aún no utilizadas.

Asímismo, la Emisión de las nuevas Obligaciones Negociables bajo el Programa constituirá una fuente adicional de liquidez con la que contará la Sociedad.

Emisión de Obligaciones Negociables Simples

En el marco del programa global, aprobado por Resolución de la Comisión Nacional de Valores N° 17.432 de fecha 14 de agosto de 2014, por un monto máximo en circulación de US$ 150.000.000 o su equivalente en otras monedas, la Sociedad ha realizado las siguientes emisiones de obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones:

Clase I

Con fecha 2 de octubre de 2014, Ledesma emitió las Obligaciones Negociables Clase I por un monto de $ 71.540.000, con vencimiento a los 18 meses de la fecha de emisión y liquidación. La tasa de corte fue 2,75% nominal anual, con intereses trimestrales. Por reunión del Consejo de Calificación del 8 de septiembre de 2014 de FIX SCR S.A., se le ha asignado a las Obligaciones Negociables Clase 1 la calificación de “AA-(arg)”.

El capital fue amortizado íntegramente, mediante un único pago efectuado en la fecha de vencimiento, 7 de abril de 2016.

Clase II

Las Obligaciones Negociables Clase II fueron emitidas con fecha 2 de octubre de 2014, por un monto de $ 228.460.000, con vencimiento a los 36 meses de la fecha de emisión y liquidación. La tasa de corte fue 4,24% nominal anual, con intereses trimestrales. Por reunión del Consejo de Calificación del 8 de septiembre de 2014 de FIX SCR S.A., se le ha asignado a las Obligaciones Negociables Clase 2 la calificación de “AA-(arg)”.

El capital ha sido amortizado totalmente el 9 de octubre de 2017.

Clase III

Con fecha 30 de marzo de 2015, la emisora emitió las Obligaciones Negociables Clase III, por un monto de $ 260.116.666, con vencimiento a los 24 meses desde la fecha de emisión y liquidación. La tasa de interés fue fija, 27,50% nominal anual, durante los primeros 12 meses desde la fecha de emisión, y durante el período restante la tasa de corte fue 4,00% nominal anual. Por reunión del Consejo de Calificación del 5 de marzo de 2015 de FIX SCR S.A., se le ha asignado a las Obligaciones Negociables Clase 3 la calificación de “AA-(arg)”.

Los intereses fueron pagaderos trimestralmente, y el capital ha sido totalmente amortizado al 3 de abril de 2017.

Clase IV

Con fecha 20 de julio de 2016, la emisora licitó las Obligaciones Negociables Clase IV. Por reunión del Consejo de Calificación del 30 de junio de 2016 de FIX SCR S.A., se le ha asignado a las Obligaciones Negociables Clase 4 la calificación de “A+(arg)”.

La serie clase 4 fue declarada desierta.

146

Clase V

Con fecha 20 de julio de 2016, la emisora emitió las Obligaciones Negociables Clase V, por un monto de $400.000.000, con vencimiento a los 36 meses desde la fecha de emisión y liquidación. La tasa de corte fue del 3,74% nominal anual, con intereses trimestrales. Por reunión del Consejo de Calificación del 30 de junio de 2016 de FIX SCR S.A., se le ha asignado a las Obligaciones Negociables Clase 5 la calificación de “A+(arg)”.

El capital se encuentra amortizado totalmente, mediante un único pago efectuado el 25 de julio de 2019.

Clase VI

Con fecha 22 de mayo de 2017, se licitaron las obligaciones negociables Clase VI. Por reunión del Consejo de Calificación del 23 de marzo de 2017 de FIX SCR S.A., se le ha asignado a las Obligaciones Negociables Clase 6 la calificación de “A(arg)”.

La serie clase 6 fue declarada desierta por la Emisora.

Clase VII

El 22 de mayo de 2017, la emisora emitió las Obligaciones Negociables Clase VII por un monto de $350.000.000. La tasa de corte fue 4,09% nominal anual, con intereses trimestrales. Por reunión del Consejo de Calificación del 23 de marzo de 2017 de FIX SCR S.A., se le ha asignado a las Obligaciones Negociables Clase 6 la calificación de “A(arg)”.

Con fecha 18 de octubre de 2019, la Emisora recompró el 92,57% del Valor Nominal, es decir VN 324.000.000. El capital se encuentra totalmente amortizado, mediante un único pago efectuado el 26 de mayo de 2020.

Clase VIII

El 17 de julio de 2020, Ledesma emitió las Obligaciones Negociables Clase VIII por un monto de $444.664.500 con vencimiento a los 6 meses desde la fecha de emisión y liquidación. La tasa de interés fue fija del 33,24% nominal anual con intereses trimestrales. Por reunión del Consejo de Calificación del 8 de julio de 2020 de FIX SCR S.A., se le ha asignado a las Obligaciones Negociables Clase 8 la calificación de “A2(arg)”.

El capital se encuentra totalmente amortizado mediante un único pago efectuado el 18 de enero de 2021.

Clase IX

El 17 de julio de 2020, Ledesma emitió las Obligaciones Negociables Clase IX por un monto de $1.055.335.500 con vencimiento a los 12 meses desde la fecha de emisión y liquidación. La tasa de corte fue 3,00% nominal anual con intereses trimestrales. Por reunión del Consejo de Calificación del 8 de julio de 2020 de FIX SCR S.A., se le ha asignado a las Obligaciones Negociables Clase 9 la calificación de “A2(arg)”.

El capital se encuentra amortizado en un 50% mediante un pago efectuado el 19 de abril de 2021. El 50% restante se amortizará el 19 de julio de 2021.

Clase X

El 23 de julio de 2021, Ledesma emitió las Obligaciones Negociables Clase X por un monto de $3.000.000.000 con vencimiento a los 10 meses desde la fecha de emisión y liquidación. La tasa de corte fue 4,74% nominal anual con el primer pago de interés en forma cuatrimestral y los restantes en forma trimestral. Por reunión del Consejo de Calificación del 6 de julio de 2021 de FIX SCR S.A., se le ha asignado a las Obligaciones Negociables Clase 9 la calificación de corto plazo “A1(arg)”.

El 20 de julio de 2021, FIX SCR S.A. emitió el informe de calificación correspondiente a las Obligaciones Negociables Clase X, en el cual les asignó la calificación de corto plazo “A1(arg)”, lo cual indica una muy sólida capacidad de pago en tiempo y forma de los compromisos financieros respecto de otros emisores o emisiones del mismo país. Para acceder al informe completo ingresar a https://www.fixscr.com/site/download?file=VklZ5uLKsHx6VJBoH3VunP1dO9wFfR-T.pdf

147

A su vez, el 9 de diciembre de 2021 emitió el informe de calificación correspondiente a la Clase X, confirmando la calificación de corto plazo “A1 (arg)”. Para acceder al informe completo ingresar a https://www.fixscr.com/site/download?file=fkXSZHidIhrhFykvjlDRUeTEyAUTPMlh.pdf

El capital se amortizará íntegramente el 27 de mayo de 2022.

Los informes de calificación mencionados y sus actualizaciones se encuentran a disposición del público inversor en el sitio web de la calificadora de riesgo (https://www.fixscr.com).

Para más información sobre la composición de la deuda de Ledesma al 31 de mayo de 2021 véase la sección “ Endeudamiento de la Emisora al 31 de mayo de 2021 ” en este mismo Capítulo.

Flujos de efectivo consolidados correspondientes a los ejercicios finalizados el 31 de mayo de 2021 y 2020.

En el siguiente cuadro se reflejan las principales fuentes y aplicaciones de efectivo del Grupo Ledesma durante los ejercicios finalizados el 31 de mayo de 2021 y 2020:

Ejercicios finalizados al Ejercicios finalizados al
31.05.2021 (i31.05.2020 (i)
(en miles de pesos) Pag 143 Variacion
Informacion del estado de flujo de efectivo consolidado Variacion %
Flujo neto de efectivo generado por (utilizado en) las actividades de operación 3.999.470 3.531.605 467.865 13%
Flujo neto de efectivo generado por (utilizado en) las actividades de inversion 243.302 (1.966.894) 2.210.196 -112%
Flujo neto de efectivo generado por (utlizado en) las actividades de financiacion (3.173.101) (2.629.500) (543.601) 21%
Resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda generaod por e 202.292 (538.170) 740.462 -138%
Diferencia de cambio 18.334 1.216.077 (1.197.743) -98%
Aumento (dismunicion) neto del efectivo y equivalente de efectivo 1.290.297 (386.882) 1.677.179 -434%

(i) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de mayo de 2021.

Flujo neto de efectivo generado por las actividades de operación

El flujo neto de efectivo generado por el Grupo Ledesma en las actividades de operación registró un incremento de miles de pesos 467.865, pasando de una variación positiva de miles de pesos 3.531.605 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020, a una variación positiva de miles de pesos 3.999.470 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021. Dicho aumento en el flujo de efectivo generado por las actividades de operación se debió principalmente al efecto neto de:

  • El aumento de fondos netos generados por: (i) disminución en el resultado por intereses y diferencias de cambio devengadas; (ii) resultados que no generan flujos de efectivo y (iii) variaciones saldos patrimoniales.

Flujo neto de efectivo utilizado en las actividades de inversión

El flujo neto de efectivo utilizado por el Grupo Ledesma en las actividades de inversión registró un aumento de miles de pesos 2.210.196, pasando de una variación negativa de miles de pesos 1.966.894 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020 a una variación positiva miles de pesos 243.302 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021. Dicho aumento en el flujo de efectivo utilizado en las actividades de inversión se debió principalmente al cobro por venta operación discontinuada.

Flujo neto de efectivo utilizado en las actividades de financiación

El flujo neto de efectivo utilizado por el Grupo Ledesma en las actividades de financiación registró una disminución en su utilización de miles de pesos 543.601, pasando de una variación negativa de miles de pesos 2.629.500, en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2020, a una variación negativa de miles de pesos 3.173.101 en el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021. Dicha variación en el flujo de efectivo utilizado en las actividades de financiación

148

se debió principalmente a la cancelación de préstamos, parcialmente compensado por el menor pago de intereses por deudas financieras.

Flujos de efectivo consolidados correspondientes a los períodos intermedios finalizados al 31 de agosto de 2021 y 2020.

En el siguiente cuadro se reflejan las principales fuentes y aplicaciones de efectivo del Grupo Ledesma durante los períodos intermedios al 31 de agosto de 2021 y 2020:

Al
31.08.2021 (iii) 31.08.2020 (iii)
(en miles de pesos) Pag 145 Variacion
Informacion del estado de flujo de efectivo consolidado Variacion %
Flujo neto de efectivo generado por (utilizado en) las actividades de operación (3.257.370) (901.975) (2.355.395) 261%
Flujo neto de efectivo generado por (utilizado en) las actividades de inversion (536.275) (635.003) 98.728 -16%
Flujo neto de efectivo generado por (utlizado en) las actividades de financiacion 2.204.549 1.610.350 594.199 37%
Resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda generaod por e 99.780 349.071 (249.291) -71%
Diferencia de cambio 74.308 (20.457) 94.765 -463%
Aumento (dismunicion) neto del efectivo y equivalente de efectivo (1.415.008) 401.986 (1.816.994) -452%

(iv) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de agosto de 2021.

Flujo neto de efectivo generado por las actividades de operación

El flujo neto de efectivo generado por el Grupo Ledesma en las actividades de operación registró una disminución de miles de pesos 2.355.395, pasando de una variación negativa de miles de pesos 901.975 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2020, a una variación negativa de miles de pesos 3.257.370 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021. Dicha disminución en el flujo de efectivo generado por las actividades de operación se debió principalmente al efecto neto de:

  • la disminución de fondos netos generados por: (i) costos financieros; (ii) variación de los créditos, (iii) disminución de intereses devengados y (iv) variación de inventarios y activos biológicos.

  • El aumento de fondos netos generados por: (i) aumento del resultado del ejercicio y (ii) aumento de deudas.

Flujo neto de efectivo utilizado en las actividades de inversión

El flujo neto de efectivo utilizado por el Grupo Ledesma en las actividades de inversión registró un incremento de miles de pesos 98.728, pasando de una variación negativa de miles de pesos 635.003 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2020 a una variación negativa miles de pesos 536.275 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021. Dicho incremento se debe principalmente a un menor monto en concepto de adquisición de propiedades, plantas y equipos y de activos intangibles.

Flujo neto de efectivo utilizado en las actividades de financiación

El flujo neto de efectivo utilizado por el Grupo Ledesma en las actividades de financiación registró un incremento de miles de pesos 594.199, pasando de una variación positiva de miles de pesos 1.610.350 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2020, a una variación positiva de miles de pesos 2.204.549 en el período de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021. Dicha variación en el flujo de efectivo utilizado en las actividades de financiación se debió principalmente a la variación neta del aumento préstamos bancarios y financieros y la disminución en concepto de pagos por deudas de arrendamientos y de intereses por deudas financieras.

Inversiones en propiedades, planta y equipo

Las inversiones del Grupo Ledesma en propiedades, planta y equipo para los ejercicios finalizados el 31 de mayo de 2021 y 2020 y para el período intermedio finalizado al 31 de agosto de 2021 se reflejan en el cuadro siguiente:

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Adquisiciones de Propiedades, Planta, Equipo, de Activos Intangibles y de Derechos de Uso

Azúcar/Alcohol Papel Frutas Agropecuario Otros Total
Por el ejercicio finalizado el 31.05.2021(i) 1.838.660 221.602 468.100 88.149 11.738 2.628.249
Por el ejercicio finalizado el 31.05.2020(i) 1.507.849 383.913 113.312 19.656 155.056 2.179.786
Por el ejercicio finalizado el 31.08.2021(ii) 128.586 117.564 214.813 91.027 - 551.990

(i) Fuente: Estados financieros consolidados de la Emisora al 31 de mayo de 2021.

(ii) Fuente: Estados financieros consolidados de la Emisora al 31 de agosto de 2021.

En general, las inversiones del Grupo Ledesma durante los ejercicios finalizados el 31 de mayo de 2021 y 2020 tuvieron como objetivo mantener las capacidades productivas de mediano plazo, la mayor parte de las mismas fueron en el negocio azúcar y alcohol. Dentro de estas inversiones, se destacan las de renovación de maquinarias (cosechadoras, tractores, motoniveladoras, camionetas y cuatriciclos) con el objetivo de mantener la confiabilidad y eficiencia de las mismas y las de plantación de caña de azúcar para mantener la edad promedio y por ende la productividad del cañaveral.

Para mayor información sobre las inversiones en propiedades plantas y equipos, ver el Capítulo “Información sobre la Emisora – Inversiones significativas de los últimos ejercicios” en el presente Prospecto.

Endeudamiento de la Emisora al 31 de mayo de 2021 y al 31 de agosto de 2021.

Al 31 de mayo de 2021 (i)

(en miles de pesos argentinos)

Préstamos bancarios y financieros

Préstamos bancarios y financieros corrientes 4.119.617 Préstamos bancarios y financieros no corrientes 6.655.861 Total prestamos bancarios y financieros 10.775.478

Al 31 de mayo de 2021 **Hasta 3 meses ** De 3 a 6 meses De 6 a 9 meses De 9 a 12 meses Más de un año
Total
Préstamos financieros locales
Préstamos financieros del exterior
Prefinanciación de exportaciones
Préstamos financieros con 3eros en ME
Obligaciones negociables
Adelantos en cuentas corrientes bancarias
119.168
283.387
25.663
550.201
798.182
71.429
-
-
113.922
1.740.808
-
-
416.858
-
-
-
6.655.861
-
-
721.376
8.680.056
-
25.663
550.201
798.182
Total 1.776.601 71.429 1.854.730 416.858 6.655.861 10.775.478

(i) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de mayo de 2021.

Al 31 de agosto de 2021 (ii)

(en miles de pesos argentinos)

Préstamos bancarios y financieros

Préstamos bancarios y financieros corrientes 7.621.980 Préstamos bancarios y financieros no corrientes 5.970.195 Total prestamos bancarios y financieros 13.592.175

Al 31 de agosto de 2021 **Hasta 3 meses ** De 3 a 6 meses De 6 a 9 meses De 9 a 12 meses Más de un año
Total
Préstamos financieros locales
Préstamos financieros del exterior
Prefinanciación de exportaciones
Préstamos financieros con 3eros en ME
Obligaciones negociables
Adelantos en cuentas corrientes bancarias
170.875
-
102.108
111.818
230.059
910.333
-
969.245
247.200
-
3.000.000
546.006
424.002
910.334
-
333.333
5.636.862
-
1.405.469
7.457.529
102.108
3.111.818
1.515.251
Total 384.801 2.109.637 3.793.206 1.334.336 5.970.195 13.592.175

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(ii) Fuente: Estados financieros consolidados de la Emisora al 31 de agosto de 2021.

Política y objetivos de financiamiento

De acuerdo a lo que ha sido una característica durante toda su historia y teniendo en cuenta el actual contexto de la economía argentina y mundial, la Emisora continuará manteniendo una política de financiamiento orientada a obtener un costo de financiamiento razonable, privilegiando la prudencia y asegurando la protección del capital de los accionistas. Siguiendo estos principios, la dirección del Grupo Ledesma espera mantener niveles manejables de endeudamiento y enfocar sus inversiones en proyectos rentables en negocios en los que tiene ventajas competitivas.

En los últimos años se ha incrementado el nivel de deuda estructural de la compañía por lo que se buscó alargar el plazo promedio y diversificar las fuentes de financiamiento. En este sentido se ha trabajado en tener acceso al mercado de capitales, mediante la emisión de obligaciones negociables, y en obtener préstamos bancarios a mayor plazo. En cuanto al balance de monedas, la idea es que los vencimientos anuales de deuda en moneda extranjera no superen el flujo anual de exportaciones. La utilización de derivados de moneda o de tasas de interés, un instrumento válido para alcanzar los objetivos de la Emisora. La Emisora cuenta con líneas bancarias acordadas y no utilizadas con varias entidades locales. En caso de ser necesario, para financiar inversiones o aumentos en el capital de trabajo, el Grupo Ledesma podría acceder a estas líneas.

Medidas gubernamentales que afectan los resultados de las operaciones de la Emisora

“Programa de Precios Cuidados”

Desde diciembre 2019, la secretaría de comercio comenzó a trabajar en una nueva versión del programa de precios cuidados. Luego de una larga negociación, en marzo 2020 Ledesma ingresó a este programa. Desde entonces Ledesma ha tenido una buena parte de su producción de azúcar fraccionada bajo controles de precio. Si bien la naturaleza de los controles de precios es hacer foco en las marcas de bajo precio y canales masivos (cadenas nacionales), dependiendo del momento político, los programas han sido más o menos amplios. En este momento Ledesma se encuentra en conversaciones con la Secretaria de Comercio para hacer algunas modificaciones al anexo de la Resolución 1050, con la expectativa de eximir del programa algunas de nuestras marcas.

INFORMACIÓN CONTABLE

a) Estados financieros y otra información contable:

Los estados financieros de la Sociedad correspondientes a los ejercicios económicos finalizados el 31 de mayo de 20201, 2020 y 2019 como así también los estados financieros por el período intermedio de tres meses finalizado el 31 de agosto de 2021 y de 2020 y 30 de noviembre de 2021 y 30 de noviembre de 2020, se encuentran a disposición de los interesados en el sitio de la CNV (www.argentina.gob.ar/cnv) bajo los siguientes números de ID:

Estado Financiero **Fecha de publicación ** ID
Trimestral al30de noviembre de 2021 11 de enero de 2022 2844060
Trimestral al 30 de noviembre de 2020 4 de febrero de 2021 2709234
Trimestral al31 de agosto de 2021 12 de octubre de 2021 2803479
Trimestral al31 de agosto de 2020 5de noviembre de 2020 2677802
Anual al31 de mayo de 2021 9de agosto de 2021 2779544
Anual al31 de mayo de 2020 28de agosto de 2020 2648347
Anual al 31 de mayo de 2019 9de agosto de 2019 2506440

b) Cambios significativos:

Excepto lo informado en el Capítulo Factores de Riesgo - Factores de riesgo relacionados con el sector en el que la emisora se desarrolla - Situación actual y proyectada en cada una de las unidades de negocios y medidas generales adoptadas para reducir los riesgos y mantener la operatoria general del presente Prospecto, el

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Directorio de la Emisora considera que no han ocurrido otros cambios significativos en la situación patrimonial o financiera de Ledesma desde el 30 de noviembre de 2021 y hasta la fecha del presente Prospecto.

CAPITALIZACIÓN Y ENDEUDAMIENTO

El siguiente cuadro detalla el efectivo y equivalentes de efectivo con más las colocaciones a largo plazo y la capitalización total consolidada y auditada (deuda de corto y largo plazo y el patrimonio) al 31 de mayo de 2021 y al 31 de agosto de 2021 de acuerdo con las disposiciones de la CNV. Esta información debe leerse conjuntamente con los Estados Financieros Auditados y revisados de la Emisora y con el Capítulo “Antecedentes Financieros” del presente Prospecto.

Efectivo y colocaciones a corto plazo
Deuda financiera:
Préstamos bancarios y financieros corrientes
Préstamos bancarios y financieros no corrientes
a) Deuda financiera total
Patrimonio:
Capital social
Ajuste de capital
Reserva legal
Reserva facultativa
Resultados no asignados
Reserva resultado conversión
b) Patrimonio total
c) Capitalizacion (a + b)
31.05.2021 (i) 31.08.2021 (ii)
1.776.359
525.522
1.776.359
525.522
4.119.617
7.621.980
6.655.861
5.970.195
10.775.478
13.592.175
439.714
439.714
11.265.112
12.346.896
721.206
787.861
225.571
246.418
5.202.522
6.433.296
169.604
171.126
18.023.729
20.425.311
28.799.207
34.017.486

(i) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de mayo de 2021.

(ii) Fuente: Estados financieros consolidados al 31 de agosto de 2021.

CAPITAL SOCIAL

Descripción del capital social

A la fecha del presente Prospecto y conforme surge de los estados financieros correspondiente al ejercicio finalizado el 31 mayo de 2021 el capital social de la Emisora asciende a $ 439.714.254 (Pesos Cuatrocientos treinta y nueve Millones setecientos catorce mil doscientos cincuenta y cuatro) y se encuentra representado por 439.714.254 (Cuatrocientos treinta y nueve Millones setecientos catorce mil doscientos cincuenta y cuatro) acciones ordinarias, nominativas no endosables de valor nominal un peso ($ 1) cada una y con derecho a un voto por acción, sometidas al régimen de oferta pública de títulos valores establecido por la normativa vigente. Asimismo, la cantidad total de acciones de la Sociedad emitidas y autorizadas es de 439.714.254, las cuales se encuentran totalmente suscriptas e integradas. El capital social se encuentra inscripto en la IGJ bajo el número 24.726, del Libro 92 de Sociedad por Acciones, con fecha 21 de diciembre de 2018.

Conforme fuera aprobado por la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada el 23 de septiembre de 2013 las acciones de la Sociedad son escriturales. La conversión de acciones cartulares por acciones escriturales fue autorizada por la CNV mediante Disposición Nº1897 de fecha 23 de diciembre de 2013, notificada a la Sociedad el 8 de enero de 2014. Asimismo, mediante resolución del 24 de enero de 2014, la BCBA otorgó la transferencia de la autorización de listado otorgada oportunamente de nominativas no endosables de valor

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nominal $1 cada una (1 voto) a acciones ordinarias escriturales de VN $1 cada una (1 voto) cuyo registro será llevado por Caja de Valores S.A. Con fecha 27 de enero de 2014 la Sociedad publicó en el boletín diario de la BCBA el correspondiente aviso, dando cuenta de la autorización emitida por la BCBA.

Conforme fuera aprobado por la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha 24 de febrero de 2018, en la cual se aprobó el Compromiso Previo de Fusión suscripto entre Ledesma S.A.A.I., Calilegua S.A. y La Biznaga S.A.A.C.I.F. y M. con fecha 18 de octubre de 2017; se redujo el capital social de Ledesma S.A.A.I. por la suma de $ 285.746; es decir, de la suma de $ 440.000.000 a la suma de $ 439.714.254, como consecuencia de la cancelación de 285.746 acciones de las que Ledesma S.A.A.I. era titular en los términos del artículo 220, inciso 3 de la Ley General de Sociedades como consecuencia de la incorporación a su patrimonio de Calilegua S.A y asimismo se aprobó la relación de canje fijada en el Compromiso Previo de Fusión para la incorporación del accionista minoritario de Calilegua S.A. a Ledesma S.A.A.I., conforme al siguiente detalle: por 1 (una) acción de Calilegua S.A. le corresponderán 12,3064 acciones de Ledesma S.A.A.I. No se fijó relación de canje alguna respecto de la incorporación de La Biznaga S.A.A.C.I.F. y M. al patrimonio de Ledesma S.A.A.I. atento a que ésta resultaba titular en forma directa e indirecta del capital social y votos de La Biznaga S.A.A.C.I.F. y M.

En consecuencia, la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha 24 de febrero de 2018, aprobó la reforma del artículo 4 del Estatuto de Ledesma S.A.A.I., relativo al capital social, a fin de que el mismo refleje el monto actual del capital de Ledesma S.A.A.I.

No existe compromiso alguno de incrementar el capital de la Sociedad.

No existen opciones sobre el capital de la Emisora o sobre el de cualquier sociedad del Grupo Ledesma.

Para mayor información sobre la composición accionaria véase el Capítulo “ Accionistas Principales ” y “ Transacciones con Partes Relacionadas ”.

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VIII. INFORMACIÓN ADICIONAL

INSTRUMENTO CONSTITUTIVO Y ESTATUTOS

Datos de inscripción .

La Emisora fue autorizada por decreto del Poder Ejecutivo de fecha 19 de mayo de 1914 e inscripta originalmente en el Registro Público de Comercio el 25 de junio de 1914 bajo el número 39, Folio 324, Libro 39, Tomo A de Estatutos Nacionales.

La última modificación al Estatuto Social fue aprobada por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria celebrada el 22 de septiembre de 2021 y se encuentra inscripto con el número 19983 en el Libro 102 de Sociedades por Acciones de IGJ con fecha 1 de diciembre de 2021.

Directorio

El título III del Estatuto Social regula lo atinente al Directorio. El Estatuto Social no contiene disposiciones referidas a las facultades especiales de directores para votar sobre propuestas, convenios o contratos en los que tales directores tengan un interés especial. El Código de Ética de la Sociedad establece la obligación a todo el personal de la Sociedad, cualquiera sea su nivel jerárquico, de privilegiar siempre los intereses de la Sociedad por sobre cualquier situación que pudiera representar un beneficio personal, real o potencial, para sí mismos o para personas allegadas a ellos.

Para información sobre la remuneración del Directorio véase el Capítulo VIII “ Información sobre los directores o administradores, gerentes, promotores, miembros del órgano de fiscalización, del consejo de vigilancia y comité de auditoría (titulares y suplentes” .

El Estatuto no prevé disposiciones especiales respecto de las facultades de los directores a tomar préstamos ni a cómo pueden ser modificadas tales facultades. Tampoco hace mención al retiro o no retiro de los directores al llegar a una edad determinada.

Para información respecto del Directorio véase el Capítulo I “ Información sobre los directores o administradores, gerentes, promotores, miembros del órgano de fiscalización, del consejo de vigilancia y comité de auditoría (titulares y suplentes ”.

El artículo 8 del Estatuto Social establece que el Directorio podrá funcionar con los miembros presentes, o comunicados entre sí por medios de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras; y que estos últimos serán tenidos por presentes y se los computará a los efectos del quórum, debiendo ello constar en el acta respectiva. En caso de haber participado miembros que no estaban físicamente presentes, el órgano de fiscalización dejará constancia en el acta de la regularidad de las decisiones así adoptadas.

Derecho a dividendos

El artículo 20 del Estatuto Social establece que las ganancias realizadas y líquidas se destinarán: a) 5% (cinco por ciento), hasta alcanzar el 20% (veinte por ciento) del capital suscripto, para el fondo de reserva legal; b) a remuneración del Directorio, en su caso; c) a remuneración de la Comisión Fiscalizadora; d) a dividendo de las acciones preferidas, con prioridad los acumulativos impagos; y e) el saldo, en todo o en parte, a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendo de las acciones ordinarias, o a fondos de reservas facultativos o de previsión, o a cuenta nueva, o al destino que determine la asamblea.

Los dividendos deben ser puestos a disposición de los accionistas en proporción a las respectivas integraciones, dentro de los plazos que fijen las disposiciones legales y reglamentarias en vigencia. Transcurridos tres años contados desde la fecha en que los dividendos fueron puestos a disposición de los accionistas, operará la prescripción de los mismos a favor de la Emisora, conforme lo establece el artículo 24 del Estatuto Social.

Derecho de voto. Reelección de directores.

Cada una de las acciones da derecho a un voto. El Estatuto Social admite que los Directores puedan presentarse para la reelección en período sucesivos. El Estatuto no hace mención a disposiciones específicas en las que se

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permita o requiera el voto acumulativo, siendo de aplicación en este punto las disposiciones de la Ley General de Sociedades.

Liquidación de la Sociedad

El artículo 23° del Estatuto Social establece que la liquidación de la Sociedad puede ser efectuada por el directorio o por los liquidadores designados por la asamblea, bajo el control de la Comisión Fiscalizadora. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital social integrado, la distribución del remanente entre los accionistas se efectuará conforme a sus respectivas integraciones sujeto a las prioridades que correspondiere en el caso de existencia de acciones preferidas.

No existen previsiones estatutarias con respecto a disposiciones para el rescate, ni para un fondo de rescate de acciones, ni de responsabilidad por otras compras de acciones por parte de la Emisora.

Tampoco existen previsiones estatutarias con respecto a disposiciones discriminatorias contra cualquier tenedor existente o futuro de tales acciones como resultado de la tenencia, por tal tenedor, de una cantidad sustancial de acciones.

No existen disposiciones estatutarias respecto de los requisitos necesarios para modificar los derechos de los accionistas, siendo de aplicación la Ley General de Sociedades.

Asambleas

Convocatoria

De acuerdo a lo establecido en el artículo décimo quinto del Estatuto Social las Asambleas deberán ser convocadas en la forma establecida en las disposiciones legales vigentes.

En consecuencia, mientras la Sociedad haga oferta pública de sus acciones, la primera convocatoria a asamblea deberá publicarse en el Boletín Oficial de la jurisdicción correspondiente y en uno de los diarios de mayor circulación general de la República durante 5 (cinco) días con una anticipación no menor a 20 (veinte) días corridos y no mayor a los 45 (cuarenta y cinco) días corridos de la fecha fijada para su celebración, computándose los plazos a partir de la última publicación. Deberá mencionarse el carácter de la asamblea, fecha, hora y lugar de reunión, orden del día y los recaudos especiales exigidos por el Estatuto para la concurrencia de los accionistas. La asamblea en segunda convocatoria por haber fracasado la primera deberá celebrarse dentro de los 30 (treinta) días siguientes, y las publicaciones se efectuarán por 3 (tres) días con 8 (ocho) de anticipación como mínimo. Adicionalmente, la decisión de convocar a asamblea deberá informarse como hecho relevante mediante la Autopista de Información Financiera del sitio web de la Comisión Nacional de Valores (https://www.argentina.gob.ar/cnv).

En relación con la fecha de celebración de las asambleas, el artículo 234 de la Ley General de Sociedades establece que las Asambleas ordinarias serán celebradas dentro de los cuatro meses del cierre del ejercicio para considerar los puntos 1 y 2 del artículo 234 de la Ley General de Sociedades.

Quórum, mayorías y requisitos para el voto

Conforme surge del artículo 16° del Estatuto Social, la constitución de las asambleas ordinarias en primera convocatoria requerirá la presencia de accionistas que representen la mayoría de las acciones con derecho a voto. En la segunda convocatoria, las asambleas ordinarias se considerarán constituidas cualquiera sea el número de las acciones con derecho a voto que estuvieran presentes.

Las resoluciones de las asambleas ordinarias, tanto en primera como en segunda convocatoria, serán tomadas por mayoría absoluta de los votos presentes que puedan emitirse en la respectiva decisión. Las asambleas extraordinarias se reunirán en primera convocatoria con la presencia de accionistas que representen el 60% (sesenta por ciento) de las acciones con derecho a voto. En la segunda convocatoria se requerirá la concurrencia de accionistas que representen el 30% (treinta por ciento) de las acciones con derecho a voto.

Las resoluciones de las asambleas extraordinarias, tanto en primera como en segunda convocatoria, serán tomadas por mayoría absoluta de los votos presentes que puedan emitirse en la respectiva decisión, salvo cuando se trataren

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los supuestos del artículo 244 de la Ley General de Sociedades, en cuyo caso, las resoluciones deberán adoptarse por el voto favorable de la mayoría de las acciones con derecho a voto.

Para asistir a una asamblea el accionista deberá depositar en la Sociedad sus acciones o un certificado de depósito librado al efecto por una institución autorizada. Dicho certificado permitirá que cada accionista pueda registrarse en el libro de depósito de acciones y registro de asistencia a asamblea, el cual se cerrará 3 (tres) días hábiles antes de la fecha en que se realice la asamblea. La Sociedad entrega los comprobantes de depósito que sirven para la admisión a la asamblea e importa el bloqueo de las acciones hasta el día siguiente al fijado para la celebración de la asamblea.

Según lo establecido en la Ley General de Sociedades, las sociedades extranjeras que sean propietarias de acciones de una sociedad anónima argentina deberán registrarse en el Registro Público de Comercio para poder ejercer determinados derechos de los accionistas, entre ellos el derecho de voto. Dicha inscripción exige la presentación de documentos societarios y contables. En consecuencia, si una sociedad extranjera no inscripta en el Registro Público de Comercio posee acciones de la Sociedad, su facultad de ejercer sus derechos como accionista podría resultar limitada.

Los directores, miembros de la Comisión Fiscalizadora y gerentes de primera línea tienen tanto el derecho como la obligación de asistir a todas las asambleas de accionistas. Dichas personas solo podrán ejercer su derecho de voto en la medida en que les corresponda como accionistas. No obstante, dichas personas no podrán votar propuesta alguna relacionada con la aprobación de su gestión o atinentes a su responsabilidad o a su remoción con causa. Asimismo, los accionistas que tengan conflicto de intereses con la Sociedad deben abstenerse de votar; caso contrario podrán verse obligados a responder por daños frente a la Sociedad, cuando sin su voto no se hubiera logrado la mayoría necesaria para una decisión válida.

Asimismo, los accionistas que en forma dolosa o culposa voten a favor de una resolución que posteriormente sea declarada nula judicialmente por ser contraria a la ley o al Estatuto serán solidaria e ilimitadamente responsables por daños frente a la Sociedad o terceros, incluidos los accionistas.

No existe limitación a los derechos a poseer acciones de la Sociedad, como así tampoco limitaciones que surjan del Estatuto social de la Emisora, para que los accionistas no residentes o extranjeros ejerzan sus derechos de voto con excepción a las limitaciones legales ya expuestas en esta sección.

El Estatuto Social no contiene disposiciones relativas a la celebración de asambleas a distancia.

Objeto social

Atento que la sociedad se ha presentado como oferente y socio estratégico financiero en la Convocatoria Abierta Nacional e Internacional para la contratación en el Mercado Eléctrico Mayorista de energía eléctrica de fuentes renovables de generación, a los fines de celebrar contratos de abastecimiento de energía eléctrica renovables con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima, en la Asamblea del 24 de septiembre de 2019 se aprobó la reforma del art. 3° del Estatuto, con el fin de ampliar su objeto social para contemplar en el mismo la generación y comercialización de energía eléctrica renovable.

La Asamblea de Accionistas del 24 de septiembre de 2019 aprobó la reforma del artículo 3° del Estatuto Social conforme al siguiente texto: “Artículo 3° - La sociedad tiene por objeto la industrialización, producción, comercialización y/o distribución, directa o en participación, de azúcar y otros edulcorantes, alcohol y otros combustibles, pastas para papel, papel, productos químico-industriales, forestales, frutales y agrícola- ganaderos, la realización de actividades vinculadas a la minería, el depósito de bienes de terceros, la compraventa, importación y exportación de los referidos productos y de las materias primas y bienes relacionados con los mismos e inversiones inmobiliarias y en obras de arte, la generación y comercialización de energías renovables en sus diferentes formas (en cuanto ello resulta posible de acuerdo a las normas que rijan dichas actividades al momento en que las mismas se lleven a cabo), incluyendo sin limitación, energía hidráulica, fotovoltaica, eólica, biomasa, o energía eléctrica de cualquier otra fuente renovable, como así también realizar inversiones en actividades complementarias de su objeto. Todas las inversiones que hagan al objeto social o que sean complementarias del mismo podrán efectuarse tanto en la República Argentina como en el extranjero. Para el cumplimiento de sus fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos no prohibidos por las leyes y por este Estatuto. Podrá establecer en cualquier punto del país y del extranjero los establecimientos comerciales e industrias que considere necesario, pudiendo realizar inversiones en negocios y

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sociedades creadas o a crearse, comprar, arrendar y vender muebles e inmuebles en la República Argentina y en el extranjero y practicar toda clase de operaciones comerciales, financieras e inmobiliarias que tengan relación directa o indirecta con su objeto.”

Dicha reforma de Estatuto se encuentra inscripta ante la IGJ bajo el número 4739, libro 99, tomo -, de Sociedades por Acciones, con fecha 13 de marzo de 2020.

Por otro lado, atento que la sociedad se encuentra analizando la posibilidad de encarar nuevos proyectos para brindar servicios de transporte, realizar actividades inmobiliarias, y de construcción, en la Asamblea del 22 de septiembre de 2021 se aprobó la reforma del art. 3° del Estatuto a fin de contemplar en el mismo las nuevas actividades. En tal sentido, la Asamblea de Accionistas del 22 de septiembre de 2021 aprobó la reforma del artículo 3° del Estatuto Social conforme al siguiente texto: Artículo 3° - La sociedad tiene por objeto la industrialización, producción, comercialización y/o distribución, directa o en participación, de azúcar y otros edulcorantes, alcohol y otros combustibles, pastas para papel, papel, productos químico-industriales, forestales, frutales y agrícolaganaderos, la realización de actividades vinculadas a la minería, el depósito de bienes de terceros, la compraventa, importación y exportación de los referidos productos y de las materias primas y bienes relacionados con los mismos, inversiones inmobiliarias y en obras de arte, el servicio a terceros de transporte, depósito y logística de mercaderías y bienes, materia prima y/o producción terminada, sea en el ámbito nacional o internacional, la generación y comercialización de energías renovables en sus diferentes formas (en cuanto ello resulta posible de acuerdo a las normas que rijan dichas actividades al momento en que las mismas se lleven a cabo), incluyendo sin limitación, energía hidráulica, fotovoltaica, eólica, biomasa, o energía eléctrica de cualquier otra fuente renovable, como así también realizar inversiones en actividades complementarias de su objeto; la actividad inmobiliaria y de inversión mediante la adquisición, compra-venta, permuta, locación, división, explotación de toda clase de inmuebles, urbanos y rurales, la construcción en terrenos propios o ajenos de toda clase de edificios y la realización de obras de propiedad horizontal y todo tipo de conjuntos inmobiliarios, ya sea para su explotación y/o venta, la importación, compra-venta y distribución de productos, maquinarias y materias primas relacionadas con la actividad inmobiliaria y de la construcción; la realización de actividades de ingeniería y construcción civil, incluyendo el estudio, diseño, planeamiento, contratación y ejecución de toda clase de edificaciones, obras civiles y bienes inmuebles en general, propios o de terceros, así como la realización en ellas de adiciones, mejoras modificaciones, restauraciones y reparaciones. Todas las inversiones que hagan al objeto social o que sean complementarias del mismo podrán efectuarse tanto en la República Argentina como en el extranjero. Para el cumplimiento de sus fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos no prohibidos por las leyes y por este estatuto. Podrá establecer en cualquier punto del país y del extranjero los establecimientos comerciales e industrias que considere necesario, pudiendo realizar inversiones en negocios y sociedades creadas o a crearse, comprar, arrendar y vender muebles e inmuebles en la República Argentina y en el extranjero y practicar toda clase de operaciones comerciales, financieras e inmobiliarias que tengan relación directa o indirecta con su objeto.

Dicha reforma de estatuto se encuentra inscripta ante IGJ con el número 19983 en el Libro 102 de Sociedades por Acciones con fecha 1 de diciembre de 2021.

Cambios en el capital

El capital Social puede aumentarse, sin límite alguno ni necesidad de modificar el Estatuto social, a través de cualquiera de las formas o procedimientos autorizados por la ley, mediante la emisión de acciones de las clases establecidas en el Estatuto social. La evolución del capital social figurará en los balances de la Sociedad

CONTRATOS IMPORTANTES

A la fecha del presente Prospecto, la Emisora no es parte de ningún contrato vigente que, por su naturaleza, exceda aquellos originados en el curso ordinario de sus negocios.

Aprobaciones societarias del Programa

El Programa fue aprobado por Asamblea General Ordinaria de Accionistas de fecha 26 de febrero de 2014 y reunión de Directorio de la Sociedad celebrada el 7 de abril de 2014.

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La prórroga del Programa y la actualización de sus términos y condiciones fue aprobada por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de fecha 21 de septiembre de 2018 y reunión de Directorio de la Sociedad celebrada el 13 de agosto de 2019.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA SOBRE REUNIONES A DISTANCIA

Por medio de la Resolución General N° 830 del 3 de abril de 2020, la CNV estableció que, durante todo el periodo en que se prohíba, limite o restrinja la libre circulación de las personas en general, como consecuencia del estado de emergencia sanitaria en virtud del Decreto N° 297/2020 y normas sucesivas, las entidades emisoras podrán celebrar reuniones a distancia del órgano de gobierno, aun en los supuestos en que el Estatuto Social no las hubiera previsto, siempre que se cumplan los recaudos mínimos allí establecidos. Asimismo, durante el mismo periodo, las entidades emisoras también podrán celebrar reuniones del órgano de administración, aun en los supuestos en que el estatuto social no las hubiera previsto, siempre que se cumpla con los recaudos previstos en el artículo 61 de la Ley N° 26.831

CONTROLES DE CAMBIO

El siguiente es un resumen de las principales normas vigentes en materia cambiaria en la República Argentina. Las consideraciones que siguen no importan un consejo u opinión legal, sino una breve descripción de ciertos (y no todos) aspectos de la normativa cambiaria argentina. El presente resumen está basado en las leyes y reglamentaciones cambiarias de la República Argentina vigentes a la fecha del presente y está sujeto a cualquier modificación posterior en las leyes y reglamentaciones argentinas que puedan entrar en vigencia con posterioridad a dicha fecha. A pesar de que la descripción que sigue se ampara en una interpretación razonable de las normas vigentes, no puede garantizarse que las autoridades de aplicación o los tribunales concuerden con todos y cada uno de los comentarios aquí efectuados. Se recomienda a los potenciales adquirentes de las Obligaciones Negociables consultar a sus asesores respecto de la aplicación de la normativa cambiaria a las Obligaciones Negociables.

En enero de 2002, con la sanción de la Ley de Emergencia Pública, Argentina declaró la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, y se facultó al Poder Ejecutivo Nacional para establecer el sistema que determinará la relación de cambio entre el Peso y las divisas extranjeras, y dictar regulaciones cambiarias. El 8 de febrero de 2002 a través del Decreto 260/2002, según fuera modificado por la ley N° 27.744, el Poder Ejecutivo Nacional estableció (i) el mercado libre de cambios (“MLC”) por el cual deben cursarse las operaciones de cambio que sean realizadas por las entidades financieras y las demás personas autorizadas por el BCRA para dedicarse de manera permanente o habitual al comercio de la compra y venta de monedas y billetes extranjeros, oro amonedado o en barra de buena entrega y cheques de viajero, giros, transferencias u operaciones análogas en moneda extranjera; y (ii) que las operaciones de cambio en divisas extranjeras deben ser realizadas al tipo de cambio libremente pactado entre las partes contratantes y sujetarse a los requisitos y a la reglamentación que establezca el Banco Central.

En septiembre de 2019, el Poder Ejecutivo Nacional estableció, por medio del Decreto N° 609/19 y modificatorias, ciertas reglas relacionadas con las exportaciones de bienes y servicios, con las transferencias al exterior y con el acceso MLC. En tal sentido se estableció que (i) el contravalor de la exportación de bienes y servicios deberá ingresarse al país en divisas y/o negociarse en el MLC en las condiciones y plazos que establezca el BCRA y (ii) el BCRA establecerá los supuestos en los que el acceso al MLC para la compra de moneda extranjera y metales preciosos amonedados y las transferencias al exterior requerirán autorización previa, con base en pautas objetivas en función de las condiciones vigentes en el MLC y distinguiendo la situación de las personas humanas de la de las personas jurídicas, entre otras medidas.

A ese fin, el BCRA dictó la Comunicación “A” 6770, según fuera posteriormente modificada y complementada, la cual, a partir del 1 de septiembre de 2019, implementó un amplio mecanismo de control de cambios. Con fecha 24 de junio de 2021, el BCRA aprobó un nuevo texto ordenado de las normas sobre "Exterior y cambios". A continuación, se detalla un resumen de las principales regulaciones establecidas.

Exportaciones de Bienes

Obligación de ingreso y liquidación

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Conforme con el texto ordenado de “Exterior y Cambios”, el contravalor en divisas de las exportaciones oficializadas a partir del 2 de septiembre de 2019 hasta alcanzar el valor facturado según la condición de venta pactada deberá ingresarse al país y liquidarse en el MLC en los plazos allí indicados. Sin perjuicio de los plazos máximos establecidos, los cobros de exportaciones deberán ser ingresados y liquidados en el MLC dentro de los 5 días hábiles de la fecha de cobro.

Por otro lado, los montos en moneda extranjera originados en cobros de siniestros por coberturas contratadas, en la medida que los mismos cubran el valor de los bienes exportados, están también alcanzados por la obligación de ingreso y liquidación.

A su vez, el exportador deberá seleccionar una entidad para que realice el “Seguimiento de las negociaciones de divisas por exportaciones de bienes”. La obligación de ingreso y liquidación de divisas de un permiso de embarque se considerará cumplida cuando la entidad haya certificado tal situación por los mecanismos establecidos a tal efecto.

Anticipos, prefinanciaciones y postfinanciaciones del exterior

Los anticipos, prefinanciaciones y postfinanciaciones del exterior deben ser ingresadas y liquidadas en el MLC dentro de los 5 días hábiles de la fecha de cobro o desembolso en el exterior.

Asimismo, las prefinanciaciones, postfinanciaciones y financiaciones a importadores del exterior otorgadas por entidades financieras locales deberán ser liquidadas en el MLC al momento de su desembolso.

Aplicación de divisas de cobros de exportaciones

De acuerdo con el texto ordenado de “Exterior y Cambios”, existe una aplicación de divisas de cobros de exportaciones de bienes (lo cual dispensa al exportador de ingresar y liquidar las divisas pagadas) cuando se ha certificado que los propios bienes exportados o las divisas cobradas por ellos fueron utilizados para cancelar el capital, intereses y/o gastos de otorgamiento de operaciones de financiamiento, pagar utilidades y dividendos; o concretar la repatriación de una inversión directa de un accionista no residente en los casos allí admitidos.

Cancelación de anticipos u otras financiaciones de exportación sin aplicación de divisas por cobros de exportaciones de bienes.

Como regla general, estas operaciones deberán ser canceladas con fondos originados en el cobro de exportaciones de bienes, salvo que el cliente pueda demostrar que no puede hacerlo de dicha forma por causas ajenas a su voluntad, en cuyo caso el acceso al MLC para cancelar anticipos u otras financiaciones de exportaciones del exterior sin aplicación de divisas de cobros de exportaciones de bienes se regirá por las normas para la cancelación de servicios de capital de préstamos financieros.

Exportaciones de Servicios

Por su parte, los cobros por la prestación de servicios por parte de residentes a no residentes deberán ser ingresados y liquidados en el MLC en un plazo no mayor a los 5 días hábiles a partir de la fecha de su percepción en el exterior o en el país o de su acreditación en cuentas del exterior.

Endeudamientos financieros con el exterior

Obligación de ingreso y liquidación.

De conformidad las normas de “Exterior y cambio”, las deudas de carácter financiero con el exterior que se desembolsen a partir del 1 de septiembre de 2019 deben ingresarse y liquidarse en el MLC como requisito para el posterior acceso al mismo para atender sus servicios de capital e intereses. En el caso de las entidades autorizadas a operar en cambios, ello se considerará cumplido con el ingreso de los fondos a la Posición General de Cambios.

Asimismo, las financiaciones que otorguen las entidades financieras en moneda extranjera a clientes del sector privado no financiero deben ser liquidadas en el mercado local de cambios al momento de su desembolso.

Pago de servicios de capital e intereses

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Para el acceso al MLC para la atención de los servicios de capital e intereses de las deudas de carácter financiero con el exterior se deben verificar las siguientes condiciones: (i) el deudor demuestre el ingreso y liquidación de divisas en el MLC por un monto equivalente al valor nominal del endeudamiento financiero con el exterior., lo que se considera cumplido en los casos previstos en los puntos 3.5.1.1. a 3.5.1.8. de las normas de “Exterior y Cambios”; (ii) en caso de corresponder, que la operación se encuentra declarada en la última presentación vencida del Relevamiento de Activos y Pasivos Externos; y (iii) el acceso al MLC se produce con una anterioridad no mayor a los 3 días hábiles a la fecha de vencimiento del servicio de capital o interés a pagar

Hasta el 30 de junio de 2022 se requerirá la conformidad previa del BCRA para el acceso al MLC para la cancelación de servicios de capital de endeudamientos financieros con el exterior cuando el acreedor sea una contraparte vinculada al deudor. Este requisito no resulta de aplicación para las operaciones propias de las entidades financieras locales y, a partir del 14 de junio de 2021, cuando el cliente cuente con una “Certificación de aumento de exportaciones de bienes en el año 2021” o “Certificación de aumento de las exportaciones de bienes en el año 2022” por el equivalente del monto de capital que se abona.

Asimismo, en la medida que se encuentre vigente el requisito de conformidad previa del BCRA para el acceso al MLC para la cancelación al vencimiento de capital de los endeudamientos financieros con el exterior del sector privado no financiero cuando el acreedor sea una contraparte vinculada al deudor, este requisito no será aplicable en la medida que los fondos hayan sido ingresados y liquidados por el MLC a partir del 2 de octubre de 2020 y el endeudamiento tenga una vida promedio no inferior a los dos años.

Por otra parte, en la medida que se encuentre vigente el requisito de conformidad previa del BCRA para el acceso al MLC para la cancelación al vencimiento de capital e intereses de los endeudamientos financieros con el exterior, este requisito no resultará de aplicación en la medida que se cumpla la totalidad de las condiciones establecidas en el punto 3.5.5 de las normas de “Exterior y Cambios”.

A su vez, los endeudamientos financieros con el exterior quedarán habilitados a cancelar sus servicios de capital e intereses a partir de su vencimiento mediante la aplicación de cobros de exportaciones de bienes y servicios, en la medida que se cumplan los requisitos previstos en el punto 7.9. de las normas de “Exterior y Cambios”; y, en los términos previstos en el punto 7.9.5., se admitirán que los mencionados cobros sean acumulados, por los montos exigidos en los contratos de endeudamiento, en cuentas del exterior y/o el país con el objeto de garantizar la cancelación de los servicios de los endeudamientos financieros con el exterior.

En el caso de que el deudor registre vencimientos de capital programados hasta el 30 de junio de 2022, se debe cumplir con lo previsto en el punto 3.17 de las normas de “Exterior y Cambios”.

Precancelación

Se requerirá la conformidad previa del BCRA para el acceso al MLC para la precancelación con más de 3 días hábiles antes al vencimiento de servicios de capital e intereses de deudas financieras con el exterior, excepto que se verifiquen las siguientes condiciones: (i) la precancelación sea efectuada en manera simultánea con los fondos liquidados de un nuevo endeudamiento de carácter financiero desembolsado a partir de la fecha; (ii) la vida promedio del nuevo endeudamiento sea mayor a la vida promedio remanente de la deuda que se precancela; y (iii) el monto acumulado de los vencimientos de capital del nuevo endeudamiento en ningún momento podrá superar el monto que hubieran acumulado los vencimientos de capital de la deuda que se cancela.

Por otra parte, se podrá acceder al MLC con una antelación de hasta 45 días corridos a la fecha de vencimiento para cancelar capital e intereses de deudas financieras con el exterior cuando la precancelación se concreta en el marco de un proceso de refinanciación de deuda de conformidad con el punto 3.17 de las normas de “Exterior y Cambios” y se verifica la totalidad de las condiciones establecidas, el monto de intereses abonado no supera el monto de los intereses devengados por el endeudamiento refinanciado hasta la fecha en que se cerró la refinanciación y el monto acumulado de los vencimientos de capital del nuevo endeudamiento no podrá superar el monto que hubieran acumulado los vencimientos de capital de la deuda refinanciada.

Asimismo, también se permite el acceso al MLC con anterioridad a la fecha de vencimiento para cancelar intereses de deudas financieras con el exterior cuando la precancelación se concreta en el marco de un proceso de canje de títulos de deuda emitidos por el cliente y se verifica la totalidad de las condiciones establecidas en el punto 3.5.3.2 de las normas de “Exterior y Cambios”.

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Títulos de deuda

De acuerdo con las normas de “Exterior y Cambios”, las emisiones de residentes de títulos de deuda con registro público en el país a partir del 29 de noviembre de 2019, denominadas y suscriptas en moneda extranjera y cuyos servicios de capital e intereses sean pagaderos en moneda extranjera en el país, deben ser liquidadas en el MLC como requisito para el posterior acceso al mismo a los efectos de atender sus servicios de capital e intereses. En el caso de entidades financieras, ello se considerará cumplido con el ingreso de los fondos a la Posición General de Cambios.

Refinanciación de vencimientos de capital pasivos en moneda extranjera (Comunicación “A” 7106 y modificatorias)

Quienes registren vencimientos de capital por un monto mayor al equivalente a (i) US$ 1.000.000 por mes calendario, programados entre el 15 de octubre de 2020 y el 31 de marzo de 2021; y (ii) US$ 2.000.000 por mes calendario, programados entre el 1 de abril de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, por las siguientes operaciones: i) endeudamientos financieros con el exterior del sector privado no financiero con un acreedor que no sea una contraparte vinculada del deudor, ii) endeudamientos financieros con el exterior por operaciones propias de las entidades, o iii) emisiones de títulos de deuda con registro público en el país denominados en moneda extranjera de clientes del sector privado o de las propias entidades; deben presentar al BCRA, dentro de los plazos allí indicados, un plan de refinanciación en base a los siguientes criterios:

  • el monto neto por el cual se accederá al MLC en los plazos originales no superará el 40% del monto de capital que vencía; en caso de superarlo, se cuenta con una “certificación de aumento de exportaciones de bienes en el año 2021” emitida en el por el equivalente al valor en que se excede el mencionado porcentaje.; y

  • el resto del capital haya sido, como mínimo, refinanciado con un nuevo endeudamiento externo con una vida promedio de 2 años.

Adicionalmente a la refinanciación otorgada por el acreedor original se admitirá el cómputo de nuevos endeudamientos financieros con el exterior otorgado por otros acreedores y que sean liquidados en el MLC por el cliente. En el caso de emisiones de títulos de deuda con registro público en el país en moneda extranjera se admitirá también el cómputo de nuevas emisiones que cumplan las condiciones previstas en el punto 3.6.4. de las normas de “Exterior y cambios”.

Lo anterior no resulta aplicable a i) los endeudamientos con organismos internacionales o sus agencias asociadas o garantizados por los mismos, o ii) los endeudamientos otorgados al deudor por agencias oficiales de créditos o garantizados por los mismos, iii) los endeudamientos originados a partir del 1 de enero de 2020 y a) cuyos fondos hayan sido ingresados y liquidados en el MLC; o b) que constituyan refinanciaciones de vencimientos de capital posteriores a esa fecha, en la medida que la refinanciación haya permitido alcanzar los parámetros descriptos, y iv) la porción remanente de vencimientos ya refinanciados en la medida que la refinanciación haya permitido alcanzar los parámetros descriptos. (v) un deudor que accederá al mercado de cambios para la cancelación del capital por los endeudamientos comprendidos por un monto que no superará el equivalente a USD 2.000.000 (dos millones de dólares estadounidenses) en el mes calendario y en el conjunto de las entidades.

Adicionalmente a la refinanciación otorgada por el acreedor original, el esquema de refinanciación se considerará cumplimentado cuando el deudor acceda al MLC para cancelar capital por un monto superior al 40 % del monto del capital que vencía, en la medida que el deudor por un monto igual o superior al excedente sobre el 40% cuente con una “Certificación de aumento de exportaciones de bienes en el año 2021” por el equivalente al valor en que se excede el mencionado porcentaje o registre liquidaciones en el MLC a partir del 9 de octubre de 2020, en concepto de: (i) emisiones de títulos de deuda con registro público en el exterior u otros endeudamientos financieros con el exterior, o (ii) emisiones de títulos de deuda con registro público en el país denominadas en moneda extranjera que cumplan las condiciones previstas en el punto 3.6.1.3 de las normas de “Exterior y Cambios”.

Excepciones a la obligación de liquidación

Conforme con de las normas de “Exterior y Cambios”, no resultará exigible la liquidación en el MLC de los fondos en moneda extranjera que reciban los residentes por cobros de exportaciones de bienes o servicios, enajenación de activos no financieros no producidos, endeudamientos financieros con el exterior y emisiones de títulos de deuda

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con registro público en el país denominados en moneda extranjera, en la medida que se cumplan la totalidad de las condiciones allí establecidas.

Acceso al Mercado Único y Libre de Cambios

Residentes

Se prohíbe el acceso al MLC para el pago de deudas y otras obligaciones en moneda extranjera entre residentes concertadas a partir del 1 de septiembre de 2019.

No obstante, se permite el acceso para la cancelación a partir de su vencimiento de capital e intereses de: i) las financiaciones en moneda extranjera otorgadas por entidades financieras locales, incluyendo los pagos por los consumos en moneda extranjera efectuados mediante tarjetas de crédito, ii) las emisiones de títulos de deuda que se realicen con el objeto de refinanciar deudas instrumentadas mediante registros o escrituras públicas al 30 de agosto de 2019 y conlleven un incremento de la vida promedio de las obligaciones; iii) las emisiones a partir del 29 de noviembre de 2019 de títulos de deuda con registro público en el país, denominadas y suscriptas en moneda extranjera y cuyos servicios de capital e intereses sean pagaderos en el país en moneda extranjera, en la medida que la totalidad de los fondos obtenidos sean liquidados en el MLC; iv) las emisiones realizadas a partir del 9 de octubre de 2020 de títulos de deuda con registro público en el país, denominadas en moneda extranjera y cuyos servicios sean pagaderos en moneda extranjera en el país, en la medida que su vida promedio no sea inferior a 2 años y su entrega a los acreedores haya permitido alcanzar los parámetros de refinanciación previstos en el punto 3.17 de las normas de “Exterior y Cambios”; y v) las emisiones realizadas a partir del 7 de enero de 2021 de títulos de deuda con registro público en el país denominadas en moneda extranjera y cuyos servicios sean pagaderos en moneda extranjera en el país, en la medida que fueran entregadas a acreedores para refinanciar deudas preexistentes con una extensión de la vida promedio, cuando corresponda al monto de capital refinanciado, los intereses devengados hasta la fecha de refinanciación y, en la medida que los nuevos títulos de deuda no registren vencimientos de capital durante los primeros dos años, el monto equivalente a los intereses que se devengarían en los dos primeros años por el endeudamiento que se refinancia anticipadamente y/o por la postergación del capital refinanciado y/o por los intereses que se devengarían sobre los montos así refinanciados.

El acceso al MLC con anterioridad al vencimiento requerirá la conformidad previa del BCRA excepto que la operación encuadre en alguna de las situaciones enumeradas en el punto 3.6.4 de las normas de “Exterior y Cambios” y se cumplan la totalidad de las condiciones estipuladas para cada uno de los casos.

En el caso de que un deudor registre vencimientos de capital programados hasta el 30 de junio de 2022 por emisiones de títulos de deuda con registro público en el país denominados en moneda extranjera se debe cumplir con lo previsto en el punto 3.17 de las normas de “Exterior y Cambios”.

A través de la Comunicación “A” 7374 del 30 de septiembre de 2021, el BCRA introdujo la posibilidad de que las entidades financieras locales accedan al mercado de cambios para hacer frente a sus obligaciones con no residentes por garantías financieras otorgadas a partir del 1 de octubre del 2021, en la medida que se reúnan la totalidad de las condiciones allí establecidas.

No residentes

Los clientes no residentes requieren la conformidad previa del BCRA para el acceso al MLC para la compra de moneda extranjera. Se encuentras exceptuadas de este requisito las operaciones de (i) Organismos internacionales e instituciones que cumplan funciones de agencias oficiales de crédito a la exportación, (ii) Representaciones diplomáticas y consulares y personal diplomático, (iii) Representaciones en el país de Tribunales, Autoridades u Oficinas, Misiones Especiales, Comisiones u Órganos Bilaterales; (iv) las transferencias al exterior a nombre de personas humanas que sean beneficiarias de jubilaciones o pensiones abonadas por la ANSES, por hasta el monto abonado por dicho organismo en el mes calendario y en la medida que la transferencia se efectúe a una cuenta bancaria de titularidad del beneficiario en su país de residencia registrado; (v) la compra de billetes en moneda extranjera por parte de personas humanas no residentes en concepto de turismo y viajes por hasta un monto máximo equivalente a US$ 100, en la medida que la entidad haya verificado que el sujeto no residente ha liquidado un monto mayor o igual al que desea adquirir dentro de los 90 días corridos anteriores; (vi) las transferencias a cuentas bancarias en el exterior de personas humanas que percibieron fondos en el país asociados a los beneficios otorgados por el Estado Nacional en el marco de las Leyes 24.043, 24.411 y 25.914 y concordantes; y (vii) repatriaciones de

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inversiones directas de no residentes en empresas que no sean controlantes de entidades financieras locales, en la medida que el aporte de capital haya sido ingresado y liquidado por el MLC a partir del 2 de octubre de 2020 y la repatriación tenga lugar como mínimo 2 años después de su ingreso.

Certificación de aumento de las exportaciones de bienes

A partir del 14 de junio de 2021, los clientes que cuenten con una “Certificación de aumento de las exportaciones de bienes en el año 2021” o “Certificación de aumento de las exportaciones de bienes en el año 2022” emitida de conformidad con las normas de “Exterior y Cambios” quedarán exceptuados del requisito de conformidad previa del BCRA para acceder al MLC en aquellas operaciones en que se prevea tal opción. En todos los casos, se deberá acreditar el cumplimiento de los restantes requisitos generales y específicos que sean aplicables a la operación en virtud de la normativa cambiaria vigente.

Formación de activos en el exterior (residentes)

Personas jurídicas

Con excepción de las entidades autorizadas a operar en cambios, cuyas tenencias en moneda extranjera se rigen por las normas específicas aplicables, las personas jurídicas, gobiernos locales, fondos comunes de inversión, fideicomisos y otras universalidades constituidas en el país requieren la conformidad previa del BCRA para el acceso al MLC para la constitución de activos externos y para la constitución de todo tipo de garantías vinculadas a la concertación de la totalidad de operaciones de derivados.

Personas humanas

Por otra parte, las personas humanas residentes también requieren la conformidad previa del BCRA para el acceso al MLC para la constitución de activos externos, ayuda familiar y para la constitución de todo tipo de garantías vinculadas a la concertación de la totalidad de operaciones de derivados cuando supere el equivalente de US$ 200 mensuales (neto de las deducciones que correspondan aplicar conforme a las normas de “Exterior y Cambios”) en el conjunto de las entidades autorizadas a operar en cambios y de los conceptos señalados precedentemente. La operación deberá cursarse con débito a una cuenta del cliente en una entidad financiera local, admitiéndose el uso de efectivo hasta US$ 100 por mes (los limites no son acumulativos).

Para el caso de compra de moneda extranjera dentro del límite mensual se requiere, adicionalmente, la presentación de una declaración jurada por parte del cliente respecto a que se compromete a no concertar en el país operaciones de títulos valores con liquidación en moneda extranjera a partir del momento en que requiere el acceso y por los 90 días corridos subsiguientes.

Restricciones adicionales.

Los clientes que registren financiaciones pendientes de cancelación que correspondan a i) refinanciaciones previstas en el punto 2.1.1. de las normas sobre “Servicios financieros en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto N° 260/2020 Coronavirus (COVID-19), ii) “Créditos a Tasa Cero”, “Créditos a Tasa Cero 2021” o “Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas, o iii) financiaciones en pesos comprendidas en el punto 2 de la Comunicación “A” 6937, en los puntos 2. y 3 de la Comunicación “A” 7006 y normas complementarias, no podrán, hasta su total cancelación, acceder al MLC para realizar operaciones correspondientes a la formación de activos externos, ayuda familiar y derivados.

Por otra parte, los beneficiarios de planes o programas caracterizados como de ayuda social, incluido los subsidios de carácter alimentario, tampoco podrán acceder al MLC por estos conceptos.

Asimismo, las personas que hayan sido beneficiadas por el congelamiento de cuotas de créditos hipotecarios previsto en el artículo 2 del Decreto N° 319/20, tampoco podrán acceder al MLC para realizar operaciones correspondientes a los mismos conceptos mientras dure el beneficio respecto a la actualización del valor de la cuota

Por su parte, las personas humanas que revistan el carácter de funcionarios públicos nacionales a partir del rango de Subsecretario de Estado (o rango equivalente), como así también a los miembros de los directorios de los bancos públicos nacionales y el BCRA no podrán acceder al MLC por estos conceptos sin la conformidad previa del BCRA.

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Requisitos adicionales para los egresos por el MLC

Información anticipada de operaciones.

Los clientes de las entidades autorizadas a operar en cambios deberán informar a aquellas las operaciones de compra de moneda extranjera por un monto igual o superior a US$ 10.000 con la antelación necesaria para que las entidades puedan dar cumplimiento al régimen informativo establecido en las normas de “Exterior y cambios”. Dicho régimen informativo deberá ser reportado, para las operaciones a concretarse a partir del 6 de octubre del 2021 inclusive, cuando las operaciones de egresos comprendidas impliquen un acceso al mercado de cambios por un monto diario que sea igual o superior al equivalente a USD 10.000 (diez mil dólares estadounidenses).

El día de la operación u operaciones, el cliente podrá optar por cursar las operaciones informadas por cualquier entidad autorizada, pero si la entidad interviniente es distinta de aquella a través de la cual se informó la operación, la primera deberá contar con una constancia de la entidad informante de que la operación ha sido debidamente informada.

Declaraciones juradas

Adicionalmente a los requisitos que sean aplicables a cada caso, en las operaciones de clientes que correspondan a egresos por el MLC -incluyendo aquellas que se concreten a través de canjes o arbitrajes- las entidades deberán contar con la autorización previa del BCRA a menos que cuenten con una declaración jurada del cliente en la que conste que: a) en el día en que solicita el acceso al MLC y en los 90 días corridos anteriores no ha efectuado ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior o la adquisición en el país con liquidación en pesos de títulos valores emitidos por no residentes, lo indicado en referencia a la adquisición en el país con liquidación en pesos de títulos valores emitidos por no residentes regirá para las adquisiciones liquidadas a partir del 29 de octubre de 2021. ; y b) se compromete a no realizar ventas en el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior o la adquisición en el país con liquidación en pesos de títulos valores emitidos por no residentes a partir del momento en que requiere el acceso y por los 90 días corridos subsiguientes. En caso de que el cliente sea una persona jurídica la entidad deberá contar adicionalmente con una declaración jurada en la que conste: y) el detalle de las personas humanas o jurídicas que ejercen una relación de control directo sobre el cliente; y z) que en el día en que solicita el acceso al MLC y en los 90 días corridos anteriores no ha entregado en el país fondos en moneda local ni otros activos locales líquidos, a ninguna persona humana o jurídica que ejerza una relación de control directo sobre ella, salvo aquellos directamente asociados a operaciones habituales de adquisición de bienes y/o servicios. Estos requisitos no resultarán de aplicación para i) operaciones de clientes realizadas en el marco de los puntos 3.14.2. a 3.14.5. de las normas de “Exterior y Cambios”, ii) las operaciones de egresos que correspondan a operaciones propias de la entidad en carácter de cliente, iii) las cancelaciones de financiaciones en moneda extranjera otorgadas por entidades financieras locales, incluyendo los pagos por los consumos en moneda extranjera efectuados mediante tarjetas de crédito o compra; y iv) las transferencias al exterior a nombre de personas humanas que sean beneficiarias de jubilaciones y/o pensiones abonadas por la ANSES en la medida que las mismas sean cursadas en forma automática por la entidad en su carácter de apoderada del beneficiario no residente.

Asimismo, las entidades también requerirán la autorización previa del BCRA para acceder al MLC a menos que cuenten con una declaración jurada del cliente en la que conste que: a) la totalidad de sus tenencias de moneda extranjera en el país se encuentran depositadas en cuentas en entidades financieras y que no posee activos externos líquidos disponibles al inicio del día en que solicita el acceso al MLC por un monto superior equivalente a US$ 100.000, y b) se compromete a liquidar en el MLC, dentro de los cinco días hábiles de su puesta a disposición, aquellos fondos que reciba en el exterior originados en el cobro de préstamos otorgados a terceros, el cobro de un depósito a plazo o de la venta de cualquier tipo de activo, cuando el activo hubiera sido adquirido, el depósito constituido o el préstamo otorgado con posterioridad al 28 de mayo de 2020. En el caso de que el cliente tuviera activos externos líquidos disponibles por un monto superior al establecido, la entidad también podrá aceptar una declaración jurada del cliente en la que deje constancia que no se excede tal monto al considerar que, parcial o totalmente, tales activos a) fueron utilizados durante esa jornada para realizar pagos que hubieran tenido acceso al MLC, b) fueron transferidos a favor del cliente a una cuenta de corresponsalía de una entidad local autorizada a operar en cambios, c) son fondos depositados en cuentas bancarias del exterior que se originan en cobros de exportaciones de bienes y/o servicios o anticipos, prefinanciaciones o postfinanciaciones de exportaciones de bienes

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otorgados por no residentes, o en la enajenación de activos no financieros no producidos para los cuales no ha transcurrido el plazo de 5 días hábiles desde su percepción; o d) son fondos depositados en cuentas bancarias del exterior originados en endeudamientos financieros con el exterior y su monto no supera el equivalente a pagar por capital e intereses en los próximos 365 días corridos. No obstante, este requisito no será de aplicación para los egresos correspondientes a: i) operaciones de clientes realizadas en el marco de los puntos 3.8., 3.13. y 3.14.1. a 3.14.5. de las normas de “Exterior y Cambios”, ii) operaciones propias de la entidad en carácter de cliente, iii) cancelaciones de financiaciones en moneda extranjera otorgadas por entidades financieras locales por los consumos en moneda extranjera efectuados mediante tarjetas de crédito o compra; y iv) los pagos al exterior de las empresas no financieras emisoras de tarjetas por el uso de tarjetas de crédito, compra, débito o prepagas emitidas en el país.

El BCRA dispuso, a través de la comunicación A 7385, que la adquisición en el país con liquidación en pesos de títulos valores externos queda comprendida entre las operaciones alcanzadas por la exigencia dispuesta en los puntos 3.16.3.1 y 3.16.3.2 de las normas de exterior y cambios, relativas a los requisitos complementarios para los egresos por el mercado de cambios. Se dispone que la entidad, para eximirse de la conformidad previa del BCRA para las operaciones en cuestión, deberá contar con una declaración jurada del cliente respecto a sus operaciones con títulos valores en la que el mismo deja constancia de que, en el día en que solicita el acceso al mercado y en los 90 (noventa) días corridos anteriores, no ha concertado en el país ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior; además de comprometerse a no concertar en el país ventas de títulos con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior a partir del momento en que requiere el acceso y por los 90 (noventa) días corridos subsiguientes. A los efectos de este último compromiso, se tomarán en consideración las adquisiciones liquidadas a partir del 29 de octubre del 2021.

Inscripción en el registro de información cambiaria de exportadores e importadores de bienes

A partir del 01 de junio de 2021, se necesitará la conformidad previa del BCRA para dar curso a aquellas operaciones que correspondan a egresos por el mercado de cambios –incluyendo aquellas que se concreten a través de canjes o arbitrajes- de los sujetos obligados a cumplimentar el “ Registro de información cambiaria de exportadores e importadores de bienes ” que no hayan cumplido con la inscripción a dicho registro.

Transferencias de divisas.

Se permite a las personas humanas la transferencia sin restricciones de divisas desde sus cuentas locales en moneda extranjera a cuentas bancarias propias en el exterior con la presentación de una declaración jurada de que no han efectuado venta de títulos valores con liquidación local en moneda extranjera en los últimos 5 días hábiles.

Operaciones de canje y arbitraje.

Las operaciones de canje y arbitraje podrán realizarse sin la conformidad previa del BCRA en la medida que de instrumentarse como operaciones individuales pasando por pesos puedan realizarse sin dicha conformidad de acuerdo a las normas del MLC. Asimismo, se podrán realizar sin restricciones los canjes y arbitrajes que impliquen ingresos de divisas por operaciones no alcanzadas por la obligación de liquidación en el MLC.

Asimismo, la Comunicación “A” 6780 y modificatorias aclaran que estas disposiciones también resultan de aplicación a las centrales locales de depósito colectivo de valores por los fondos percibidos en moneda extranjera por los servicios de capital y renta de títulos en moneda extranjera abonados en el país; a menos que dichos servicios correspondan a títulos del Tesoro Nacional, que sean retransferidos al exterior como parte del proceso de pago a solicitud de las centrales de depósito colectivo del exterior. No obstante, la norma no destraba la situación para las personas jurídicas o las provincias que deben pagar sus títulos de deuda en el exterior a través de Caja de Valores S.A., atento a que el agente depositario tiene prohibido girar los dólares a cuentas de personas del exterior.

Por otra parte. El 18 de noviembre de 2021, el BCRA dispuso que las operaciones de canje y arbitraje de personas humanas no residentes podrán realizarse sin restricciones en la medida que los fondos resultantes sean acreditados en una “Caja de ahorro para turistas” prevista en las normas sobre “Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales”. Asimismo, estableció que las operaciones de canje y arbitraje que concreten personas humanas no residentes en el marco de lo expuesto precedentemente o con el objeto de transferir al exterior los fondos remanentes en la “Caja de ahorro para turistas” al momento del cierre, estarán exceptuadas de la declaración jurada reglada en el punto 3.16.3 de las normas sobre exterior y cambios.

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Adquisición y liquidación de títulos valores

De conformidad con las Normas de la CNV, para dar curso a operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera debe observarse un plazo mínimo de tenencia de dichos valores negociables en cartera de dos días hábiles cuando sea en jurisdicción extranjera, y de un día hábil cuando sea en jurisdicción local. En ambos casos contados a partir su acreditación en el agente depositario.

Los plazos mínimos anteriores no serán de aplicación cuando se trate de compras de valores negociables con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción extranjera o de compras de valores negociables con liquidación en moneda extranjera, respectivamente.

Por otra parte, debe observarse un plazo mínimo de tenencia de dos días hábiles para dar curso a transferencias de valores negociables adquiridos con liquidación en moneda nacional a entidades depositarias del exterior, salvo en aquellos casos en que la acreditación en dicho agente depositario sea producto de la colocación primaria de valores negociables emitidos por el Tesoro Nacional o se trate de acciones y/o CEDEARs con negociación en mercados regulados por la CNV.

Asimismo, las Normas de la CNV establecen que la concertación y liquidación de operaciones en moneda nacional con valores negociables admitidos al listado y/o negociación en Argentina, por parte de las subcuentas de cartera propia de titularidad de los agentes inscriptos y demás sujetos bajo fiscalización de la CNV, sólo podrán llevarse a cabo en mercados autorizados y/o cámaras compensadoras registradas ante la CNV.

Por su parte, el BCRA estableció que las transacciones de títulos valores concertadas en el exterior no podrán liquidarse en pesos en el país, pudiéndose liquidar en pesos en el país solamente aquellas operaciones concertadas en el país.

Asimismo, el BCRA estableció que las personas que sean beneficiarias de a) refinanciaciones previstas en el punto 1.1.1. de las normas sobre “Servicios financieros en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto N° 260/2020 Coronavirus (COVID-19)”; b) “Créditos a Tasa Cero”, “Créditos a Tasa Cero 2021”, “Créditos a Tasa Cero Cultura” o “Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas”, c) financiaciones en pesos comprendidas en el punto 2. de la Comunicación “A” 6937, en los puntos 2. y 3. de la Comunicación “A” 7006 y normas complementarias, o d) el congelamiento de cuotas de créditos hipotecarios previsto en el artículo 2 del Decreto N° 319/20; no podrán, hasta su total cancelación o mientras dure el beneficio respecto a la actualización del valor de la cuota según sea el caso, concertar ventas en el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o canjes de títulos valores por otros activos externos o transferirlos a entidades depositarias del exterior. A su vez, la comunicación “A” 7385 del 28 de octubre del 2021, estableció que se encuentran comprendidas dentro de las limitaciones precedentemente enunciadas la adquisición en el país con liquidación en pesos de títulos valores externos.

La comunicación “A” 7340 del 12 de agosto del 2021, dispuso que las operaciones de compra venta de títulos valores que se realicen con liquidación en moneda extranjera deberán abonarse ya sea por transferencia de fondos desde y hacia cuentas a la vista a nombre del cliente en entidades financieras locales, o contra cable sobre cuentas bancarias a nombre del cliente en una entidad del exterior que no esté constituida en países o territorios donde no se aplican las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional. Agrega que no se permite la liquidación de estas operaciones mediante el pago en billetes en moneda extranjera, o mediante su depósito en cuentas custodia o en cuenta de terceros.

Por su parte, los Agentes de Negociación y Agentes de Liquidación y Compensación deben solicitar a sus clientes previo cumplimiento de la instrucción de adquisición de títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior, la presentación de una declaración jurada del titular que manifieste que no resulta beneficiario como empleador del salario complementario establecido en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y a la Producción (ATP), y que no se encuentra alcanzada por ninguna restricción legal o reglamentaria para efectuar las operaciones y/o transferencias mencionadas.

Pagos de utilidades y dividendos

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Se permite el acceso al MLC para girar divisas al exterior en concepto de utilidades y dividendos a accionistas no residentes, sin la conformidad previa del BCRA, en la medida que se cumplan las condiciones establecidas en el punto 3.4 de las normas de “Exterior y Cambios”.

Los casos que no encuadren en lo expuesto anteriormente requieren la conformidad previa del BCRA para el acceso al MLC para el giro al exterior de divisas por estos conceptos.

Boleto de cambio

Se reincorpora la obligación de realizar un boleto de compra o venta de cambio, según corresponda, por cada operación de cambio.

Relevamiento de Activos y Pasivos Externos.

La Comunicación “A” 6401, según fuera modificada por la Comunicación “A” 6795, implementó un nuevo Relevamiento de Activos y Pasivos Externos, con carácter de declaración jurada, que reemplazo a los relevamientos dispuestos por la Comunicación “A” 3602 y “A” 4237, a partir de la información al 31 de diciembre de 2017; y que deben cumplir las personas jurídicas, patrimonios y otras universalidades residentes que no estén comprendidas en la categoría de Gobierno General de acuerdo a la definición de la Sexta Edición del Manual de Balanza de Pagos del FMI.

La Comunicación establece que, en relación a las declaraciones desde el año 2017 hasta el 2019 (inclusive), aquellos residentes respecto de los cuales la suma de flujos de activos y pasivos durante el año calendario anterior o el saldo de tenencias de activos y pasivos externos a la finalización del año calendario anterior supere el equivalente a los US$ 50 millones continuaran obligados a presentar declaraciones juradas trimestrales, mientras que aquellos declarantes con montos entre el equivalente a US$ 10 millones y US$ 50 millones presentaran declaraciones anuales, y aquellos con montos entre el equivalente a US$ 1 millón y US$ 10 millones o que no estén incluidos en ninguno de los supuestos anteriores pero tuvieran deuda con no residentes al final de los años 2018 o 2019, una declaración anual simplificada.

Adicionalmente, a partir del primer trimestre de 2020, se establece que todos los residentes con pasivos externos al cierre de cualquier trimestre calendario o que los hubieran cancelado durante ese periodo deberán presentar declaraciones trimestrales; y todos los residentes que registren un saldo de activos y pasivos externos al cierre de cada año calendario por un monto igual o mayor a US$ 50 millones, deberán efectuar una presentación anual.

Para un detalle de la totalidad de las regulaciones cambiarias y al ingreso de capitales y vigentes al día de la fecha, se sugiere a los inversores consultar con sus asesores legales y dar una lectura completa a la normativa mencionada, junto con sus reglamentaciones y normas complementarias, a cuyo efecto los interesados podrán consultar las mismas en el sitio web del Ministerio de Economia (www.argentina.gob.ar/economia) o el BCRA (www.bcra.gov.ar), según corresponda.

CARGA TRIBUTARIA

El siguiente es un resumen de las principales consecuencias impositivas en la Argentina en lo que respecta a la adquisición, titularidad y disposición de Obligaciones Negociables.

Las consideraciones que siguen no importan un consejo u opinión legal respecto de las transacciones que puedan realizar los suscriptores de las Obligaciones Negociables, sino una breve descripción de ciertos (y no todos) aspectos del sistema impositivo argentino vinculados con la emisión de un programa de obligaciones negociables. Se recomienda a los potenciales adquirentes de las Obligaciones Negociables consultar a sus asesores en materia tributaria con relación a las consecuencias impositivas de la adquisición, tenencia y venta de las Obligaciones Negociables. El presente resumen está basado en las leyes y reglamentaciones impositivas de la Argentina vigentes a la fecha del presente Prospecto y está sujeto a cualquier modificación posterior en las leyes y reglamentaciones argentinas que puedan entrar en vigencia con posterioridad a dicha fecha.

A pesar de que la descripción que sigue se ampara en una interpretación razonable de las normas vigentes, no puede garantizarse que las autoridades de aplicación o los tribunales concuerden con todos y cada uno de los comentarios aquí efectuados.

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Impuesto a las Ganancias y retenciones impositivas

Personas físicas y sucesiones indivisas

Para los ejercicios fiscales o años fiscales que se inicien a partir del 1 de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019, inclusive, de acuerdo con el artículo 95 de la Ley del Impuesto a las Ganancias (t.o. 2019), los intereses de las obligaciones negociables y los resultados provenientes de operaciones de compraventa, cambio, permuta, o disposición de obligaciones negociables obtenidos por personas humanas residentes en Argentina y sucesiones indivisas radicadas en Argentina se encuentran gravados por el Impuesto a las Ganancias. Así, las ganancias obtenidas en concepto de intereses o rendimientos quedan alcanzadas a la alícuota progresiva según la escala prevista en el artículo 94 de la Ley del Impuesto a las Ganancias (t.o 2019) (que llega al 35%), y las ganancias de capital por la venta obligaciones negociables realizadas por esos sujetos, quedan alcanzadas a una alícuota del 5% (en caso de valores en moneda nacional sin cláusula de ajuste) o del 15% (en caso de valores en moneda nacional con cláusula de ajuste o en moneda extranjera).

La ganancia bruta por la enajenación de las obligaciones negociables realizada por personas humanas residentes en Argentina o por sucesiones indivisas radicadas en Argentina se determina deduciendo del precio de transferencia el costo de adquisición. De tratarse de valores en moneda nacional con cláusula de ajuste o en moneda extranjera, las actualizaciones y diferencias de cambio no son consideradas como integrantes de la ganancia bruta.

La Ley N° 27.430 establece normas específicas para la imputación de la ganancia proveniente de valores que devenguen intereses y rendimientos; y, asimismo, establece la existencia de quebrantos específicos por determinado tipo de inversiones y operaciones dependiendo del sujeto que las realice. En el caso de personas físicas y sucesiones indivisas residentes en Argentina, los quebrantos específicos pueden compensarse exclusivamente con ganancias futuras derivadas de la misma fuente y clase. Los inversores deberán considerar las disposiciones que les resulten aplicables según su caso concreto.

No obstante, el artículo 33 de la Ley 27.541 dispuso el restablecimiento de la vigencia de las normas derogadas por los incisos b), c) y d) del artículo 81 de la Ley 27.430. En virtud de ello, los resultados que obtengan las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en Argentina en concepto de intereses o rendimientos de obligaciones negociables estarán exentos del impuesto a las ganancias, si se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables N° 23.576.

De conformidad con el artículo 36 de la mencionada ley, la exención aplicará en la medida que se cumplan los siguientes requisitos y condiciones (los “Requisitos y Condiciones de Exención”):

  • (i) Se trate de obligaciones negociables que sean colocadas por oferta pública autorizada por la CNV, en cumplimiento de la Ley de Mercados de Capitales, las Normas de la CNV y las demás normas aplicables de la CNV;

  • (ii) Los fondos a obtener mediante la colocación de las Obligaciones Negociables deberán ser utilizados por el emisor para: (i) inversiones en activos físicos situados en Argentina, (ii) la integración de capital de trabajo en Argentina, (iii) la refinanciación de pasivos y/o (iv) la integración de aportes de capital en sociedades controladas o vinculadas al emisor siempre que los fondos derivados de la misma se apliquen a los destinos antes especificados; y (v) si la Emisora es una entidad financiera en el marco de la Ley de Entidades Financieras (según éste término se define más abajo), los fondos podrán ser destinados al otorgamiento de préstamos siempre y cuando los tomadores de dichos préstamos los utilicen para los destinos antes especificados.

  • (iii) El emisor deberá acreditar ante la CNV, en el tiempo y forma que determinen las reglamentaciones aplicables, que los fondos obtenidos de la oferta de las Obligaciones Negociables fueron utilizados para cualquiera de los fines descriptos en el apartado anterior.

Las Normas de la CNV establecen ciertas condiciones y requisitos con respecto a la colocación pública de Obligaciones Negociables. Si la emisión no cumple con los Requisitos y Condiciones de Exención, el artículo 38 de la Ley de Obligaciones Negociables establece que decaen los beneficios resultantes del tratamiento impositivo previsto en esa ley y, por ende, la Emisora será responsable del pago de los impuestos que hubiera correspondido a los tenedores. En tal caso, el emisor debería tributar, en concepto de Impuesto a las Ganancias, la tasa máxima prevista en el artículo 94 de la Ley de Impuesto a las Ganancias sobre el total de la renta devengada a favor de los inversores. La AFIP reglamentó mediante la Resolución General Nº 1516/2003, modificada por la Resolución General N° 1578/2003, el mecanismo de ingreso del Impuesto a las Ganancias por parte de la emisora en el supuesto

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en que se entienda incumplido alguno de los requisitos del artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables.

Asimismo, el artículo 32 de la Ley N° 27.541 ha derogado el artículo 95 de la Ley del Impuesto a las Ganancias (t.o. 2019) -ver arriba para mayores detalles- así como el artículo 96 de la misma norma, en ambos casos a partir del periodo fiscal 2020, por lo que a partir de dicho momento queda sin efecto el denominado “impuesto cedular” en cuanto se refiere al rendimiento producto de las colocaciones de capital en obligaciones negociables emitidas en la Argentina, entre otros activos.

Por su parte, y de conformidad con el artículo 34 de la Ley N° 27.541, que incorporó un último párrafo al inciso u) del art. 26 de la Ley del Impuesto a las ganancias, la ganancia obtenida por personas humanas y sucesiones indivisas residentes en Argentina derivada de la compraventa, permuta o disposición de obligaciones negociables se encuentra exenta del Impuesto a las Ganancias, en la medida que coticen en bolsas o mercados de valores autorizados por la CNV, sin que resulte de aplicación lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley del Impuesto a las Ganancias. Idéntico tratamiento le resultará de aplicación a los Beneficiarios del Exterior, por aquellos valores no comprendidos en el cuarto párrafo del inciso u) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

Beneficiarios del exterior

Las ganancias de capital derivadas de la compraventa, cambio, permuta, o disposición de las obligaciones negociables, que fueran obtenidas por los Beneficiarios del Exterior, se encuentran exentas del Impuesto a las Ganancias en virtud de lo dispuesto por el cuarto párrafo del inciso u) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias (t.o. 2019), en la medida en que se trate de obligaciones negociables que cumplan con las Condiciones del Artículo 36 y siempre que tales beneficiarios no residan en jurisdicciones no cooperantes y los fondos invertidos no provengan de jurisdicciones no cooperantes.

Por su parte, el artículo 34 de la Ley N° 27.541 ha incorporado con efecto a partir del período fiscal 2020, un último párrafo al inciso u) del artículo 26 de la Ley del Impuesto a las Ganancias (t.o. 2019) que exime a los Beneficiarios del Exterior de los resultados provenientes de operaciones de compraventa, cambio, permuta o disposición de los valores no comprendidos en el cuarto párrafo del inciso referido, ello en la medida en que los beneficiarios de que se trata no residan en jurisdicciones no cooperantes o los fondos invertidos no provengan de jurisdicciones no cooperantes. A efectos de las exenciones detalladas en los párrafos precedentes, no regirá lo dispuesto en los artículos 28 de la Ley de Impuesto a las Ganancias (t.o. 2019) y 106 de la Ley de Procedimiento Tributario N°11.683, que subordinan la aplicación de exenciones o desgravaciones totales o parciales del Impuesto a las Ganancias a que ello no resulte en una transferencia de ingresos a fiscos extranjeros.

Adicionalmente, el artículo 33 de la Ley N° 27.541 dispuso sustituir el inciso h) del artículo 26 de la Ley del Impuesto a las Ganancias (t.o. 2019), por lo que conforme al texto actualmente vigente la exención contenida en dicha norma alcanza (i) a los intereses originados por depósitos efectuados en caja de ahorro, cuentas especiales de ahorro, a plazo fijo en moneda nacional y los depósitos de terceros u otras formas de captación de fondos del público conforme lo determine el BCRA, siempre que los mismos sean realizados en instituciones sujetas al régimen legal de entidades financieras normado por la Ley N°21.526 y excluyendo a los intereses provenientes de depósitos con cláusula de ajuste, en tanto que (ii) a efectos de la exención de que se trata se ha restablecido la vigencia -entre otras normas- del punto 3 del artículo 36 bis de la Ley N°23.576, que por su parte exime del Impuesto a las Ganancias a los resultados provenientes de la compraventa, cambio, permuta, conversión y disposición de las obligaciones negociables que cumplan las Condiciones del Artículo 36, aclarando la norma que cuando se trate de beneficiarios del exterior no resultarán de aplicación las restricciones contenidas en el artículo 28 de la Ley de Impuesto a las Ganancias (t.o. 2019) ni en el artículo 106 de la Ley N° 11.683 (t.o. 1998), que restringen la aplicación de exenciones cuando de ello pudiere resultar una transferencia de ingresos a fiscos extranjeros.

El artículo 249 del Decreto Reglamentario de la Ley del Impuesto a las Ganancias (t.o. 2019) dispone que cuando se trate de una enajenación de obligaciones negociables realizada por Beneficiarios del Exterior y que no califique como exenta, la ganancia neta presunta de los resultados derivados de la enajenación quedará alcanzada por el inciso i) del artículo 104 de la Ley del Impuesto a las Ganancias (t.o. 2019) (que presume una ganancia neta equivalente al 90% de las sumas pagadas) y de corresponder por el segundo párrafo del artículo referido (que brinda la opción de determinar la ganancia neta deduciendo del beneficio bruto pagado los gastos realizados en el país necesarios para su obtención, mantenimiento y conservación, así como las deducciones admitidas por la ley del gravamen según el tipo de ganancia de que se trate y reconocidas por la administración fiscal). Por su parte, los Beneficiarios del Exterior que residan en jurisdicciones no cooperantes o los fondos invertidos por los mismos provengan de jurisdicciones no cooperantes estarán sujetos a la alícuota del 35% prevista en el artículo 102 de la

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Ley de Impuesto a las Ganancias.

Cuando la titularidad de las obligaciones negociables corresponda a un sujeto del exterior y el adquirente sea un sujeto residente en Argentina, éste último deberá actuar como agente de retención e ingresar el impuesto. En cambio, y conforme a lo normado en el artículo 252 del Decreto Reglamentario de la Ley del Impuesto a las Ganancias (t.o. 2019), cuando la titularidad de las obligaciones negociables corresponda a un sujeto del exterior, y el adquirente sea también una persona humana o entidad del exterior, el enajenante beneficiario del exterior deberá ingresar el impuesto directamente a través del mecanismo que al efecto establezca la AFIP, o podrá hacerlo (i) a través de un sujeto residente en el país con mandato suficiente o (ii) a través de su representante legal domiciliado en el país.

Sociedades de capital

En lo que refiere a los intereses y ganancias de capital que obtengan las sociedades de capital (en general: las sociedades anónimas —incluidas las sociedades anónimas unipersonales—, las sociedades en comandita por acciones, en la parte que corresponda a los socios comanditarios, y las sociedades por acciones simplificadas del Título III de la Ley N°27.349, constituidas en el país; las sociedades de responsabilidad limitada, las sociedades en comandita simple y la parte correspondiente a los socios comanditados de las sociedades en comandita por acciones; las asociaciones, fundaciones, cooperativas y entidades civiles y mutualistas, constituidas en el país, en cuanto no corresponda por la ley de Impuesto a las Ganancias otro tratamiento impositivo, las sociedades de economía mixta, por la parte de las utilidades no exentas del impuesto; las entidades y organismos a que se refiere el artículo 1 de la Ley N° 22.016, no comprendidos en los apartados precedentes, en cuanto no corresponda otro tratamiento impositivo en virtud de lo establecido por el artículo 6 de dicha ley; los fideicomisos constituidos en el país, excepto aquellos en los que el fiduciante posea la calidad de beneficiario (la excepción no será de aplicación en los casos de fideicomisos financieros o cuando el fiduciante beneficiario sea un sujeto comprendido en el Título V de la Ley de Impuesto a las Ganancias); los fondos comunes de inversión constituidos en el país, no comprendidos en el primer párrafo del Artículo 1 de la Ley N° 24.083 y sus modificaciones; las sociedades incluidas en el inciso b) del Artículo 49 y los fideicomisos comprendidos en el inciso c) del mismo artículo que opten por tributar conforme a las disposiciones aplicables a las sociedades de capital cumpliendo los requisitos exigidos para el ejercicio de esa opción) (“Entidades Argentinas”) tenedoras de Obligaciones Negociables, dichos intereses o resultados por compraventa, cambio, permuta o disposición de Obligaciones Negociables también estarán alcanzados por el Impuesto a las Ganancias. La Ley 27.630 (publicada en el Boletin Oficial del 16/06/2021) modificó las alícuotas aplicables a partir del periodo fiscal 2021 estableciendo una escala progresiva en función de la ganancia neta imponible acumulada del sujeto. Tales alícuotas comienzan con una tasa del 25% cuando la ganancia neta acumulada es inferior a $ 5.000.000; la tasa asciende al 30% cuando la ganancia neta acumulada se encuentra entre $ 5.000.000 y $50.000.000 y finalmente se aplica una tasa del 35% para los contribuyentes cuya ganancia neta acumulada supere $50.000.000. Adicionalmente, se prevé una retención adicional del 7% al momento en que dichas sociedades distribuyan dividendos o utilidades

Impuesto al Valor Agregado (“IVA”)

Todas las operaciones financieras y prestaciones relacionadas con la emisión, suscripción, colocación, transferencia, amortización, pago de intereses y cancelación de las Obligaciones Negociables y sus garantías, se encuentran exentas del pago del IVA en virtud de lo dispuesto en el artículo 36 bis de la Ley de Obligaciones Negociables. Asimismo, se establece que esas Obligaciones Negociables deberán haber sido colocadas mediante oferta pública y que las Condiciones del Artículo 36 deberán haberse cumplido puntualmente. Adicionalmente, los intereses de Obligaciones Negociables estarán exentos de este impuesto conforme el artículo 7, inc. h, apartado 16, subapartado 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Impuesto sobre los Bienes Personales (“IBP”)

Las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en la Argentina o en el extranjero deben incluir los títulos valores a los fines de la determinación del IBP. En lo que refiere a las Obligaciones Negociables en particular, la ley 27.638 (publicada en el Boletín Oficial del 04/08/2021) incorporó dentro de las exenciones del IBP a las Obligaciones Negociables emitidas en moneda nacional que cumplan con los requisitos del artículo 36 de la ley 23.576. Esta exención aplicará desde el periodo fiscal 2021 en adelante. Las Obligaciones Negociables que no cumplen con los requisitos exigidos en la exención, estarán sujetas al IBP.

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Respecto de las personas humanas y las sucesiones indivisas residentes en la Argentina, el impuesto grava todos los bienes situados en la Argentina y en el exterior en la medida que su valor en conjunto resulte superior a dos millones de pesos ($ 2.000.000).

Por medio de la ley Nº 27.541, se introdujeron ciertas modificaciones a la Ley de Bienes Personales con efectos a partir del periodo fiscal 2019 inclusive, referidas a las alícuotas aplicables según el valor total de los bienes gravados.

El gravamen a ingresar será el que resulte a aplicar, sobre el valor total de los bienes sujetos al impuesto la escala que se detalla a continuación*:

Valor total de los bienes que exceda el mínimo no
imponible
Valor total de los bienes que exceda el mínimo no
imponible
Pagarán $ Más el % Sobre el excedente de $
Más de$ A$
0 3.000.000,inclusive 0 0,50% 0
3.000.000 6.500.000 inclusive 15.000 0,75% 3.000.000
6.500.000 18.000.000,inclusive 41.250 1,00% 6.500.000
18.000.000 en adelante 156.250 1,25% 18.000.000
  • Por medio de la Ley N° 27.541 se delegó en el Poder Ejecutivo hasta el 31 de diciembre de 2020, la facultad de fijar alícuotas diferenciales superiores en hasta un 100% sobre la tasa máxima expuesta en el cuadro anterior, para gravar los bienes situados en el exterior, y de disminuirla, para el caso de activos financieros situados en el exterior, en caso de verificarse la repatriación del producido de su realización, supuesto en el que podrá fijar la magnitud de su devolución de hasta el monto oportunamente ingresado. Para tales supuestos se establece (i) una definición de los bienes que se consideran como activos financieros situados en el exterior, y (ii) que el mínimo no imponible se restará en primer término de los bienes situados en el país. En tal sentido, mediante el dictado del Decreto N° 99/2019, se dispone que, en relación a los activos situados en el exterior, las personas físicas y las sucesiones indivisas residentes en la Argentina, deberán calcular el IBP a ingresar, conforme la siguiente tabla con alícuotas incrementadas:
Valor total de los bienes delpaísydel exterior Valor total de los bienes delpaísydel exterior
El valor total de los bienes situados en el exterior que exceda el
Más de $ mínimo no imponible no computado contra los bienes del país
a $
pagarán el %
0 3.000.000,inclusive 0,70
3.000.000 6.500.000,inclusive 1,20
6.500.000 18.000.000,inclusive 1,80
18.000.000 En adelante 2,25

Cabe señalar que las alícuotas incrementadas no aplicarán en la medida que se cumplan determinados requisitos vinculados con la repatriación de ciertos activos correspondientes a un porcentaje del valor total de los bienes situados en el exterior

Este impuesto se aplica sobre el valor de mercado, en el caso de títulos valores con cotización, o sobre el costo de adquisición, incrementados de corresponder, en el importe de intereses, actualizaciones y diferencias de cambio que se hubieran devengado, en el caso de títulos valores sin cotización, en ambos casos al 31 de diciembre de cada año.

Si bien las Obligaciones Negociables en poder de personas humanas y sucesiones indivisas ubicadas fuera de la Argentina técnicamente estarían sujetas al gravamen, por sus bienes radicados en la Argentina, no se ha establecido un procedimiento para la recaudación de dicho impuesto con relación a tales títulos. El IBP no se aplica a valores negociables que pertenezcan a (i) sociedades domiciliadas en la Argentina, y (ii) sociedades domiciliadas en el exterior (“Sociedades Extranjeras”) siempre que las mismas no estén alcanzadas por la presunción legal que se describe a continuación.

En general se presumirá en forma concluyente que todos los títulos emitidos por emisores privados argentinos sobre los que tenga titularidad directa una sociedad extranjera se considerarán propiedad de personas físicas domiciliadas

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en la Argentina o sucesiones indivisas ubicadas en el país y, por lo tanto, estarán sujetos al IBP, siempre que dicha sociedad reúna las siguientes condiciones: (i) esté ubicada en un país que no exige que las acciones o títulos valores privados sean nominativos y (ii) de conformidad con su naturaleza o estatuto (a) tenga como objeto principal invertir fuera de su país de constitución y/o (b) no pueda realizar determinadas actividades en su propio país o no pueda realizar ciertas inversiones permitidas de conformidad con las leyes de ese país. En esos casos, la ley impone la obligación de abonar el IBP a una alícuota incrementada en un 100% de la alícuota de 0,50% para el año fiscal 2019 y siguientes para el emisor privado argentino (el “Responsable Substituto”). La Ley del Impuesto sobre los Bienes Personales también autoriza al Responsable Sustituto a obtener el reintegro del monto pagado, sin limitación alguna, mediante retención o ejecución de los activos que dieron lugar al pago.

Esta presunción legal no se aplica a las siguientes sociedades extranjeras que tengan la titularidad directa de títulos valores como las Obligaciones Negociables: (i) compañías de seguros, (ii) fondos de inversión abiertos, (iii) fondos de retiro y (iv) bancos o entidades financieras cuya casa matriz se encuentre ubicada en un país cuyo banco central o autoridad equivalente haya adoptado las normas internacionales de supervisión bancaria establecidas por el Comité de Basilea.

Sin perjuicio de lo antedicho, el Decreto N° 812/96 establece que la presunción legal expuesta anteriormente no se aplicará a acciones y a títulos de deuda privados cuya oferta pública haya sido autorizada por la CNV y que coticen en bolsas de valores ubicadas en la Argentina o en el exterior. Para asegurar que esta presunción legal no se aplicará y, por lo tanto, que el emisor privado argentino no será responsable como un Responsable Substituto, el emisor privado argentino debe conservar en sus registros una copia debidamente certificada de la resolución de la CNV que autoriza la oferta pública de las acciones o valores de deuda privados y de la prueba que ese certificado de autorización se encontraba vigente al 31 de diciembre del ejercicio en que se produjo el pasivo impositivo. La Emisora tiene la intención de cumplir con esos requerimientos.

La Ley del IBP y sus normas reglamentarias no han sido aún interpretadas extensamente o aplicadas por las autoridades fiscales o jueces argentinos. En consecuencia, ciertos aspectos de dicha ley continúan sin determinarse. Queda sin aclarar, por ejemplo, si las referencias a titularidad “directa” se refieren únicamente a titularidad registral o abarcan la titularidad beneficiaria. Asimismo, el concepto de “negociación”, según su utilización en la ley en relación con personas jurídicas extranjeras y otras entidades no ha sido desarrollado quedando sin aclarar si el término se refiere a negociación actual y continua, negociación periódica o meramente el perfeccionamiento de una oferta de Obligaciones Negociables dentro o fuera del país. No pueden darse garantías respecto de la interpretación o aplicación de estas y otras disposiciones legales y normas relacionadas por las autoridades fiscales y jueces.

De acuerdo con las modificaciones introducidas por la Ley N° 27.541, el sujeto del impuesto se regirá por el criterio de residencia en los términos y condiciones establecidos en el artículo 119 y siguientes de la Ley de Impuesto a las Ganancias (t.o. 2019), quedando sin efecto el criterio de “domicilio”. Por último, las condiciones de aplicación de los criterios de residencia en efectos relación con este Impuesto se encuentran reglamentados por la Resolución General (AFIP) N°4760, publicada en el Boletín Oficial el 17/07/2020.

Impuesto sobre los Débitos y Créditos en Cuenta Corriente Bancaria

La Ley N° 25.413 de Competitividad, reglamentada por el Decreto N° 380/01 y modificada, entre otras, por la Ley N° 25.453 y la N° 27.541, estableció un Impuesto sobre los Débitos y Créditos – de cualquier naturaleza – en todas las cuentas abiertas en bancos, con excepción de aquellos débitos o créditos específicamente excluidos por la Ley y sus reglamentaciones. Los débitos y créditos en cuenta corriente bancaria están sujetos a una alícuota general del 0,6%, respectivamente, aunque en ciertos casos puede aplicarse una tasa reducida del 0,075%; y las extracciones en efectivo, bajo cualquier forma, estarán sujetos al doble de la tasa vigente para cada caso, sobre el monto de los mismos (excepto para las cuentas cuyos titulares sean personas humanas o personas jurídicas que revistan la calidad de PyME). Los pagos depositados en cajas de ahorros están exentos de este impuesto. El impuesto es retenido por la entidad bancaria.

En el caso que las sumas pagaderas en relación a las Obligaciones Negociables (por capital, intereses u otros conceptos) sean acreditadas a los tenedores de las Obligaciones Negociables, que no gocen de un tratamiento específico, en cuentas abiertas en entidades financieras locales, el crédito correspondiente a dicha acreditación se encontrará gravado con este impuesto a la alícuota general del 0,6%.

De acuerdo con el Decreto N° 380/01 y sus modificatorias y complementarias, también serán considerados como hechos imponibles de este impuesto: (i) ciertas operaciones en las que no se utiliza una cuenta corriente bancaria,

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efectuadas por las entidades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras; y (ii) todos los movimientos o entregas de fondos, aún en efectivo, que efectúe cualquier persona, por cuenta propia o por cuenta y/o a nombre de otra, mediante sistemas organizados de pago que reemplacen el uso de las cuentas corrientes bancarias (Art. 2 inc. (b) del Anexo I del Decreto N° 380/01). Mediante Resolución N° 2111/06, la AFIP aclaró que los movimientos o entregas de fondos referidos son aquellos efectuados a través de sistemas de pago organizados –existentes o no a la vigencia de este impuesto- que reemplacen el uso de la cuenta bancaria, efectuados por cuenta propia o ajena, en el ejercicio de actividades económicas.

De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nº 409/2018 (publicado en el Boletín Oficial el 7 de mayo de 2018), el cual sustituyó el articulo 13 al Decreto Nº 380/2001 los titulares de cuentas bancarias gravadas podrán computar como crédito de impuestos, indistintamente, contra el Impuesto a las Ganancias o la Contribución Especial sobre el Capital de las Cooperativas, el 33% de los importes liquidados y percibidos por el agente de percepción en concepto del presente gravamen, originados en las sumas acreditadas y debitadas en dichas cuentas, por los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1 de enero de 2018.

Existen ciertas exenciones que podrían aplicar según el tipo de contribuyente de que se trate y el uso que intente darse a la cuenta. Así, por ejemplo, los débitos y créditos en cuenta bancarias abiertas por entidades extranjeras de acuerdo con la Comunicación “A” 3250 del BCRA y utilizadas con el sólo propósito de realizar inversiones financieras en el país, se encuentran exentas del impuesto de acuerdo a lo establecido por el artículo 10, inciso s) del Decreto N° 380/2001. Asimismo, la Ley N° 27.264 estableció que el impuesto sobre los débitos y créditos que hubiese sido efectivamente ingresado podrá ser computado en un cien por ciento (100%) como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias por las empresas que sean consideradas “micro” y “pequeñas” y en un sesenta por ciento (60%) por las industrias manufactureras consideradas “medianas -tramo 1-” en los términos del artículo 1° de la Ley N° 25.300 y sus normas complementarias.

Sin perjuicio de lo anterior, a partir del dictado de la Resolución General (AFIP) N° 3900/2016, ciertas cuentas bancarias requieren ser registradas en el registro establecido por la autoridad administrativa (AFIP-DGI) a fin de que puedan beneficiarse de las exenciones y reducciones previstas para este impuesto.

La Ley N° 27.432, acordó la prórroga de este impuesto hasta el 31 de diciembre del 2022, inclusive. Además, esa norma estableció que el Poder Ejecutivo Nacional podrá disponer que el porcentaje del impuesto previsto en la Ley 25.413 y sus modificaciones que a la fecha de entrada en vigencia de esta Ley (i.e. 30 de diciembre de 2017) no resulte computable como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias, se reduzca progresivamente en hasta un veinte por ciento (20%) por año a partir del 1° de enero de 2018, pudiendo establecerse que, en 2022, se compute íntegramente el impuesto previsto en la Ley 25.413 y sus modificaciones como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias.

Impuesto sobre los Ingresos Brutos

Se trata de un impuesto local, establecido independientemente por la Ciudad de Buenos Aires y por cada provincia argentina. La base imponible es el monto de los ingresos brutos obtenidos como consecuencia del desarrollo de cualquier actividad comercial en forma habitual en cada jurisdicción.

En este contexto, los inversores que regularmente desarrollen sus actividades o que se presuma que desarrollan sus actividades en alguna jurisdicción en la que obtienen ingresos originados por la tenencia o por la venta o transferencia de obligaciones negociables están sujetos al impuesto sobre los Ingresos Brutos a tasas que varían de acuerdo con la legislación específica de cada jurisdicción, a menos que se aplique una exención.

Tanto en la Ciudad de Buenos Aires como en la provincia de Buenos Aires se ha establecido que toda operación sobre obligaciones negociables emitidas de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Obligaciones Negociables, la percepción de intereses y actualización devengadas y el valor de venta en caso de transferencia estarán exentos del tributo, en la medida que se aplique la exención respecto del Impuesto a las Ganancias.

Con fecha 21 de diciembre de 2017, el Congreso Nacional aprobó mediante la Ley 27.429 el denominado “Consenso Fiscal 2017” suscripto entre el Poder Ejecutivo Nacional y representantes de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el mismo se acuerda armonizar las estructuras tributarias de las distintas jurisdicciones, con el fin de promover el empleo, la inversión y el crecimiento económico, y promover políticas uniformes. Asimismo, el 4 de diciembre de 2018 el Congreso Nacional aprobó mediante la Ley 27.469 el denominado “Consenso Fiscal 2018”, mediante el cual se complementa y modifica el Consenso Fiscal 2017.

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Así pues, conforme las previsiones del Consenso Fiscal, a la fecha de este Prospecto tanto los Poderes Legislativos de la Ciudad de Buenos Aires como de la Provincia de Buenos Aires, entre otras provincias, han aprobado las leyes de adhesión a mencionado Consenso, ya que el mismo sólo producirá efectos respecto de las jurisdicciones que lo aprueben por sus legislaturas y a partir de esa fecha. En relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, las provincias argentinas y la Ciudad de Buenos Aires asumieron el compromiso de establecer exenciones y aplicar alícuotas máximas para ciertas actividades y periodos.

Sin perjuicio de lo anterior, mediante el Consenso Fiscal 2019 del 17 de diciembre de 2019 (ratificado por la ley 27.542) y el Consenso Fiscal 2020 del 4 de diciembre de 2020 (ratificado por la ley 27.634) el presidente de la Nación, los gobernadores y el jefe de gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, celebraron un acuerdo mediante el cual resolvieron suspender hasta el 31 de diciembre de 2021 ciertas disposiciones del Consenso Fiscal 2017 y del Consenso Fiscal 2018, incluidas las relativas a Ingresos Brutos.

Considerando la autonomía en materia tributaria de la cual gozan las distintas jurisdicciones provinciales incluyendo a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los inversores deberán considerar la posible incidencia del impuesto sobre los ingresos brutos en otras jurisdicciones conforme a las disposiciones de la legislación aplicable que pudiera resultar relevante en cada caso en particular.

Impuesto de Sellos

Se trata de un impuesto local, es decir, que es establecido independientemente por la Ciudad de Buenos Aires y por cada provincia de la República Argentina.

Tanto en las provincias de la República Argentina como en la Ciudad de Buenos Aires los potenciales adquirentes deberán considerar la posible incidencia de este impuesto, bajo la legislación local que resulte aplicable, con relación a la emisión, suscripción, colocación y transferencia de las Obligaciones Negociables.

Tanto en la Ciudad de Buenos Aires como en la Provincia de Buenos Aires están exentos de este impuesto todos los actos, contratos y operaciones, incluyendo entregas o recepciones de dinero, relacionados con la emisión, suscripción, colocación y transferencia de obligaciones negociables, emitidas conforme el régimen de la Ley de Obligaciones Negociables. Esta exención comprenderá a los aumentos de capital que se realicen para la emisión de acciones a entregar, por conversión de las obligaciones negociables, como así también, a la constitución de todo tipo de garantías personales o reales a favor de inversores o terceros que garanticen la emisión sean anteriores, simultáneos o posteriores a la misma.

Como resultado del Consenso Fiscal 2017, las provincias argentinas y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires asumieron el compromiso de establecer una alícuota máxima de Impuesto de Sellos del 0,75% a partir del 1° de enero de 2019, 0,5% a partir del 1° de enero de 2020, 0,25% a partir del 1° de enero de 2021 y eliminarlo a partir del 1° de enero de 2022. Mediante el Consenso Fiscal 2018 se acordó posponer por un año calendario el cronograma mencionado anteriormente para las jurisdicciones que aprueben el Consenso Fiscal 2018, suspensión que fue reiterada por el Consenso Fiscal 2019 y por el Consenso Fiscal 2020 que la extendió hasta el 31 de diciembre de 2021.

Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes (ITGB)

El ITGB grava todo aumento de riqueza a título gratuito como consecuencia de una transmisión o acto de esa naturaleza. Actualmente el impuesto es local, es decir no se grava a nivel federal, y sólo la provincia de Buenos Aires se encuentra aplicando dicho gravamen.

El ITGB alcanza al enriquecimiento que se obtenga en virtud de toda transmisión a título gratuito, incluyendo: herencias, legados, donaciones, anticipos de herencia y cualquier otra transmisión que implique un enriquecimiento patrimonial a título gratuito;

Son contribuyentes del ITGB las personas físicas y las personas jurídicas beneficiarias de una transmisión gratuita de bienes;

Para los contribuyentes domiciliados en la provincia de Buenos Aires el ITGB recae sobre el monto total del enriquecimiento gratuito, tanto por los bienes situados en dicha provincia como fuera de ella. En cambio, para los

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sujetos domiciliados fuera de la provincia de Buenos Aires el ITGB recae únicamente sobre el enriquecimiento gratuito originado por la transmisión de los bienes situados en la provincia de Buenos Aires.

Se consideran situados en la provincia de Buenos Aires, entre otros supuestos, (i) los títulos y las acciones, cuotas o participaciones sociales y otros valores mobiliarios representativos de su capital, emitidos por entes públicos o privados y por sociedades, cuando éstos estuvieren domiciliados en la provincia; (ii) los títulos, acciones y demás valores mobiliarios que se encuentren en la respectiva provincia al tiempo de la transmisión, emitidos por entes privados o sociedades domiciliados en otra jurisdicción; y (iii) los títulos, acciones y otros valores mobiliarios representativos de capital social o equivalente que al tiempo de la transmisión se hallaren en otra jurisdicción, emitidos por entes o sociedades domiciliados también en otra jurisdicción, en proporción a los bienes de los emisores que se encontraren en la provincia de Buenos Aires.

Están exentas del ITGB, en la provincia de Buenos Aires, las transmisiones gratuitas de bienes cuando su valor en conjunto -sin computar las deducciones, exenciones ni exclusiones- sea igual o inferior a $322.800, monto que se elevará a $1.344.000 cuando se trate de padres, hijos y cónyuges.

En cuanto a las alícuotas, se han previsto escalas progresivas del 1,6026% al 8,7840% según el grado de parentesco y la base imponible involucrada.

La transmisión gratuita de Obligaciones Negociables podría estar alcanzada por el ITGB en la medida que forme parte de transmisiones gratuitas de bienes cuyos valores en conjunto -sin computar las deducciones, exenciones ni exclusiones- sean superiores a $322.800 o $1.344.000 cuando se trate de padres, hijos y cónyuges.

Para el resto de las provincias, en el caso que graven con el ITGB, deberá realizarse el análisis teniendo en cuenta la legislación de cada provincia en particular.

Restricción respecto de países no considerados cooperadores a los fines de la transparencia fiscal

Cuando se tratare de ingresos de fondos provenientes de países no considerados “cooperadores a los fines de la transparencia fiscal”, cualquiera sea su naturaleza, concepto o tipo de operación de que se trate, se considerará que tales fondos constituyen incrementos patrimoniales no justificados para el tomador o receptor local.

Los incrementos patrimoniales no justificados a que se refiere el párrafo anterior con más un 10% en concepto de renta dispuesta o consumida en gastos no deducibles, representan ganancias netas del ejercicio en que se produzcan, a los efectos de la determinación del impuesto a las ganancias y en su caso, base para estimar las operaciones gravadas omitidas del respectivo ejercicio comercial en los impuestos al valor agregado e internos.

Conforme el artículo 82 de la Ley 27.430, a los efectos previstos en las normas legales y reglamentarias, toda referencia efectuada a “países de baja o nula tributación” o “países no considerados “cooperadores a los fines de la transparencia fiscal””, en los términos dispuestos por los artículos 19 y 20 de la LIG.

Se consideran países, dominios, jurisdicciones, territorios, estados asociados o regímenes tributarios especiales cooperadores a los fines de la transparencia fiscal, aquellos que suscriban con el Gobierno un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria o un convenio para evitar la doble imposición internacional con cláusula de intercambio de información amplio, siempre que se cumplimente el efectivo intercambio de información.

Dicha condición quedará sin efecto en los casos en que el acuerdo o convenio suscripto se denuncie, deje de tener aplicación por cualquier causal de nulidad o terminación que rigen los acuerdos internacionales, o cuando se verifique la falta de intercambio efectivo de información.

La consideración como país cooperador a los fines de la transparencia fiscal podrá ser reconocida también, en la medida en que el gobierno respectivo haya iniciado con el Gobierno las negociaciones necesarias a los fines de suscribir un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria o un convenio para evitar la doble imposición internacional con cláusula de intercambio de información amplio.

Los acuerdos y convenios aludidos en el presente artículo deberán cumplir en lo posible con los estándares internacionales de transparencia adoptados por el Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información en Materia Fiscal, de forma tal que por aplicación de las normas internas de los respectivos países, dominios,

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jurisdicciones, territorios, estados asociados o regímenes tributarios especiales con los cuales ellos se suscriban, no pueda alegarse secreto bancario, bursátil o de otro tipo, ante pedidos concretos de información que les realice la República Argentina.

La AFIP establecerá los supuestos que se considerarán para determinar si existe o no intercambio efectivo de información y las condiciones necesarias para el inicio de las negociaciones tendientes a la suscripción de los acuerdos y convenios aludidos.

En cuanto a las jurisdicciones de baja o nula tributación, la Ley de Impuesto a las Ganancias las define como aquellos países, dominios, jurisdicciones o territorios, estados asociados o regímenes tributarios especiales que establezcan una tributación máxima a la renta empresaria inferior al sesenta por ciento (60%) de la alícuota contemplada en el inciso a) del artículo 73 de dicha ley.

Ello así, las Obligaciones Negociables no pueden ser originalmente (i) adquiridas por cualquier persona o entidad domiciliada, constituida o radicada en un país no considerado cooperador a los fines de la transparencia fiscal, o (ii) compradas por alguna persona o entidad que, a efectos de la adquisición de las Obligaciones Negociables, utilice una cuenta localizada o abierta en un país no considerado cooperador a los fines de la transparencia fiscal.

No obstante lo dispuesto en los párrafos precedentes, la AFIP considerará como justificados aquellos ingresos de fondos a cuyo respecto el interesado pruebe fehacientemente que se originaron en actividades efectivamente realizadas por el contribuyente o por terceros en dichos países o que provienen de colocaciones de fondos oportunamente declarados.

Ni el Prospecto ni el Suplemento respectivo constituirán una oferta de venta, y/o una invitación a formular ofertas de compra de las Obligaciones Negociables: (i) en aquellas jurisdicciones en que la realización de dicha oferta y/o invitación no fuera permitida por las normas vigentes; (ii) para aquella/s persona/s o entidad/es con domicilio, constituida/s o residente/s de un país no considerado “cooperador a los fines de la transparencia fiscal”, o para aquella/s persona/s o entidad/es que, a efectos de la adquisición de las Obligaciones Negociables, utilice una cuenta localizada o abierta en un país no considerado “cooperador a los fines de la transparencia fiscal”.

Por su parte, el artículo 19 de la Ley de Impuesto a las Ganancias (t.o. 2019) define a las “jurisdicciones no cooperantes” como aquellos países o jurisdicciones que no tengan vigente con la República Argentina un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria o un convenio para evitar la doble imposición internacional con cláusula amplia de intercambio de información. Asimismo, considera como no cooperantes a aquellos países que, teniendo vigente un acuerdo con los alcances antes definidos, no cumplan efectivamente con el intercambio de información. Además, el artículo establece que el Poder Ejecutivo Nacional elaborará un listado de las jurisdicciones no cooperantes con base en el criterio antes descripto, el que ha sido establecido en el artículo 24 del Decreto N° 862/2019, reglamentario de la Ley de Impuesto a las Ganancias, T.O. 2019. El público inversor deberá cumplir con todas las normas vigentes en cualquier país en que comprara, ofreciera y/o vendiera las Obligaciones Negociables y/o en la que poseyera y/o distribuyera el Prospecto y el Suplemento respectivo y deberá obtener los consentimientos, las aprobaciones y/o los permisos para la compra, oferta y/o venta de las Obligaciones Negociables requeridos por las normas vigentes en cualquier país a las que se encontraran sujetos y/o en los que realizaran dichas compras, ofertas y/o ventas. Ni la Sociedad ni los colocadores que sean designados por la Emisora, tendrán responsabilidad alguna por incumplimientos a dichas normas vigentes. El inversor deberá asumir que la información que consta en este Prospecto es exacta a la fecha de la portada del presente, y no así a ninguna otra fecha.

Tasa de Justicia

En el caso que sea necesario iniciar un proceso de ejecución con relación a las Obligaciones Negociables en la Argentina, se aplicará una tasa de justicia (actualmente del 3,0%) sobre el monto del reclamo presentado ante los tribunales argentinos con asiento en la Ciudad de Buenos Aires.

EL RESUMEN QUE ANTECEDE NO CONSTITUYE UN ANÁLISIS COMPLETO DE TODAS LAS CONSECUENCIAS IMPOSITIVAS RELACIONADAS CON LA TITULARIDAD DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES. SE ACONSEJA A LOS TENEDORES Y POSIBLES COMPRADORES CONSULTAR A SUS ASESORES IMPOSITIVOS ACERCA DE LAS CONSECUENCIAS IMPOSITIVAS EN SU SITUACIÓN EN PARTICULAR

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DOCUMENTOS A DISPOSICIÓN

Podrán obtenerse copias del presente Prospecto en el domicilio de la Sociedad sito en Av. Corrientes 415, Piso 12º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10 a 15 hs. Asimismo, el Prospecto junto con los estados financieros referidos en el mismo estarán disponibles en la AIF en el sitio web de la CNV (https://www.argentina.gob.ar/cnv), en el ítem “ Información Financiera ”. Una versión resumida del presente Prospecto se publicará en el Boletín Diario de la BCBA, la que a su vez estará disponible en https://bolsar.info/, actuando ésta entidad en virtud del ejercicio de facultades delegadas por Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA”) a favor de aquella conforme Resolución Nº 18.629 de la CNV. Por último, los documentos se encontrarán disponibles en el sitio web de la Emisora: www.ledesma.com.ar.

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IX TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES

A continuación, se detallan los términos y condiciones generales de las Obligaciones Negociables que podrán ser emitidas por la Emisora en el marco del Programa. En cada Suplemento correspondiente se detallarán los términos y condiciones específicos de las Obligaciones Negociables de la clase y/o serie en cuestión, los cuales complementarán los siguientes términos y condiciones generales con respecto a las Obligaciones Negociables de dicha clase y/o serie.

General

La creación del Programa fue aprobada por la Asamblea Ordinaria de Accionistas de la Sociedad que se celebró el 26 de febrero de 2014 y por el Directorio en su reunión de fecha 7 de abril de 2014.

La oferta pública de las Obligaciones Negociables fue autorizada por la CNV por medio de la Resolución Nº 17.432 del 14 de agosto de 2014.

La prórroga del Programa y la actualización de sus términos y condiciones fue aprobada por la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad de fecha 21 de septiembre de 2018 y por el Directorio en su reunión de fecha 13 de agosto de 2019; y autorizada por la Disposición N° DI-2020-29-APN-GE#CNV de fecha 16 de junio de 2020 de la Gerencia de Emisoras de la CNV.

Descripción: Las Obligaciones Negociables constituirán “ obligaciones negociables ” simples no convertibles en acciones de acuerdo a los términos de la Ley de Obligaciones Negociables y darán derecho a los beneficios dispuestos en la referida ley y estarán sujetas a los requisitos allí establecidos.

Rango y Garantías : Las Obligaciones Negociables constituirán un endeudamiento directo, incondicional, no privilegiado y no subordinado de la Sociedad con garantía común y tendrán en todo momento el mismo rango en su derecho de pago que todas las deudas existentes y futuras no privilegiadas, no garantizadas y no subordinadas de la Sociedad (salvo las obligaciones que gozan de preferencia legal, como por ejemplo, entre otras, las acreencias por impuestos y de índole laboral). Sin perjuicio de lo anterior, el Suplemento respectivo podrá establecer respecto de una clase y/o serie en particular, que las Obligaciones Negociables de dicha clase y/o serie estén subordinadas a otros pasivos de la Sociedad o bien cuenten con garantía o privilegio de algún tipo.

Monto Máximo del Programa: El monto del capital total de todas las clases y/o series de Obligaciones Negociables en circulación en cualquier momento no superará los Dólares Estadounidenses ciento cincuenta millones (V/N US$ 150.000.000) o su equivalente en otras monedas. Asimismo, sujeto a la aprobación previa de la CNV, el Programa podrá ser modificado en cualquier momento a efectos de aumentar su monto máximo sin el consentimiento de los tenedores de Obligaciones Negociables.

Sujeto a lo que dispongan las normas aplicables al momento de la emisión, con el objeto de determinar el monto de Obligaciones Negociables en circulación a la fecha de emisión de cada Clase, en el supuesto de emitirse las mismas en una moneda distinta del Dólar, se incluirá en el respectivo Suplemento, la fórmula o procedimiento a utilizar para la determinación de la equivalencia entre la moneda utilizada en cada emisión y el Dólar.

Plazo del Programa: El Programa ha sido prorrogado por un plazo de cinco (5) años a contarse desde el 14 de agosto de 2019 mediante Disposicion N° DI-2020-29-APN-GE#CNV de fecha 16 de junio de 2020 de la Gerencia de Emisoras de la CNV, o cualquier plazo mayor que se autorice conforme con las normas aplicables. Sin perjuicio de ello, el vencimiento de las diversas clases y/o series podrá operar con posterioridad al vencimiento del Programa.

Denominación de las Obligaciones Negociables: Las Obligaciones Negociables podrán estar denominadas en Pesos, Dólares Estadounidenses o cualquier otra moneda conforme se indique en el Suplemento en cada clase y/o serie, sujeto a todos los requisitos legales o reglamentarios aplicables a la emisión de dicha moneda.

Monto Mínimo de Suscripción: El Suplemento de cada clase y/o serie establecerá el monto mínimo de suscripción aplicable a la misma el que se ajustará a lo previsto por las Normas de las CNV.

Emisión en Clases y/o Series: Durante la vigencia del Programa, las Obligaciones Negociables se emitirán en una o más clases y/o series, de conformidad con la normativa aplicable. Las Obligaciones Negociables que se emitan en una misma serie otorgarán los mismos derechos. Los términos y condiciones de emisión del Programa se

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aplicarán a cada clase y/o serie de Obligaciones Negociables que se emita bajo el mismo, sin perjuicio de las adecuaciones que se acuerden en cada una de ellas en los Suplementos respectivos.

Plazo de Amortización: Las Obligaciones Negociables de cada clase y/o serie tendrán los plazos de amortización que se especifiquen en los Suplementos correspondientes. Los plazos siempre estarán dentro de los plazos mínimos y máximos que permitan las normas vigentes.

Tasa de Interés: Según se especifique en los Suplementos correspondientes, las Obligaciones Negociables podrán devengar intereses a tasa fija, a tasa variable, a una combinación de tasa fija y variable o sobre la base de cualquier otro método o bien las Obligaciones Negociables podrán ser emitidas sobre la base de un descuento en su valor nominal sin cupón de intereses o de la manera que se contemple en el Suplemento de cada emisión y se computarán, calcularán y abonarán conforme lo que allí se indique.

Todo importe adeudado por la Emisora bajo las Obligaciones Negociables que no sea pagado en la correspondiente fecha y forma, cualquiera sea la causa, devengará intereses punitorios sobre los importes impagos desde la fecha en que dicho importe debería haber sido pagado incluida, y hasta la fecha de su efectivo pago no incluida, a la tasa de interés correspondiente al período de intereses vencido e impago, incrementada en el porcentaje indicado en el Suplemento correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, cada Suplemento podrá regular de manera detallada una base de cálculo para los intereses punitorios distinta a la indicada en el presente párrafo.

Precio de Emisión: Las Obligaciones Negociables podrán emitirse a la par o con descuento, o con prima sobre la par, según se indique en el Suplemento correspondiente.

Pago de Servicios: Los intereses y/o amortizaciones de capital (los “Servicios”) respecto de las Obligaciones Negociables serán pagaderos en las condiciones que se estipule en el Suplemento correspondiente.

Si la fecha fijada para el pago fuera un día inhábil, quedará pospuesta al siguiente día hábil, sin que se devenguen intereses sobre dicho pago por el o los días que se posponga el vencimiento. El monto de intereses a pagar por cada unidad monetaria de capital se redondeará al centavo más cercano, redondeando hacia arriba el medio centavo. Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Sociedad ponga a disposición de los inversores, o del agente de pago de existir éste, o de la Caja de Valores, en cuanto a las Obligaciones Negociables allí depositadas, los fondos correspondientes. Se entenderá por “Día Hábil” cualquier día que no sea sábado, domingo o cualquier otro en que los bancos comerciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (o aquella otra ciudad que en cada Suplemento se pueda indicar en forma adicional) y los mercados de valores estuvieran autorizados o requeridos por las disposiciones legales vigentes a cerrar o que, de otra forma, no estuvieran abiertas para operar o tuvieran alguna otra restricción dispuesta por el Banco Central lunes a viernes, salvo aquellos en los que las entidades financieras y los mercados de valores están obligadas a cerrar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según lo ordene el BCRA, salvo que el Suplemento estableciera otra definición.

Rescate a Opción de la Sociedad: La Sociedad podrá rescatar la totalidad o una parte de cualquier clase y/o serie de Obligaciones Negociables en circulación antes de su vencimiento. Sin perjuicio de lo anterior, un Suplemento podrá expresamente prohibir el rescate de las Obligaciones Negociables respectivas a opción de la Sociedad.

En el supuesto que Ledesma resolviera rescatar total o parcialmente cualquier clase y/o serie de Obligaciones Negociables, el Emisor publicará un aviso de rescate con razonable antelación en el cual indicará el monto de capital a ser rescatado, el precio de rescate, el procedimiento y otros términos y condiciones en que se llevará a cabo el rescate.

El rescate anticipado parcial se realizará en forma proporcional respetando el principio de trato igualitario entre los obligacionistas.

Rescate Anticipado por Razones Impositivas: Las Obligaciones Negociables de cualquier clase y/o serie podrán ser rescatadas antes de su vencimiento a opción de la Sociedad en su totalidad, pero no parcialmente, en caso que la Sociedad se encuentre obligada a pagar cualquier monto adicional como resultado de cualquier cambio o modificación de las normas vigentes en materia impositiva establecidas por cualquier autoridad gubernamental en Argentina, o como resultado de cualquier cambio en la aplicación, reglamentación y/o interpretación oficial de dichas normas, incluida la interpretación de cualquier tribunal judicial o administrativo competente, toda vez que dicho cambio o modificación entre en vigencia en la fecha de emisión de la clase y/o serie de Obligaciones Negociables en cuestión o posteriormente y sujeto a los demás términos y condiciones que se establezcan en tales

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Suplementos. A menos que se especifique en los Suplementos correspondientes una forma de cálculo del monto de rescate diferente, las Obligaciones Negociables que se rescaten conforme con la presente cláusula se rescatarán por un importe equivalente al monto de capital de las Obligaciones Negociables así rescatadas, más los intereses devengados sobre las mismas a la fecha del rescate y cualquier monto adicional pagadero en ese momento respecto de las mismas. Sin perjuicio de lo anterior, un Suplemento podrá restringir o incluso no permitir el rescate anticipado de las Obligaciones Negociables respectivas por razones impositivas por parte de la Emisora conforme lo previsto en el presente párrafo.

En el supuesto que la Emisora resolviera rescatar cualquier clase y/o serie de Obligaciones Negociables publicará un aviso de rescate con razonable antelación en el cual indicará el monto de capital a ser rescatado, el precio de rescate, el procedimiento y otros términos y condiciones en se llevará a cabo el rescate.

Precio de Rescate: En los casos que sea procedente el rescate, el precio de rescate será equivalente al valor nominal de las Obligaciones Negociables a ser rescatadas, excepto en el caso de Obligaciones Negociables sin cupón de interés, que serán rescatables al Valor Nominal Amortizado (según se define más adelante), más los intereses devengados sobre las mismas hasta la fecha de rescate (excepto en el caso de Obligaciones Negociables sin cupón de interés) y cualquier monto adicional pagadero en esa fecha respecto de las mismas.

Valor Nominal Amortizado: significa, en relación con Obligaciones Negociables sin cupón de interés, un importe igual a la suma de: (a) el Precio de Referencia; y (b) el resultado de aplicar el Rendimiento Aplicable (capitalizado anualmente) sobre el Precio de Referencia: (i) desde la fecha de emisión (inclusive); y (ii) hasta: (x) la Fecha Relevante (excluida); o (y) si el pago no fuera efectuado en la Fecha Relevante, la fecha en la que el obligacionista reciba todos los montos adeudados a dicha fecha en relación con tales Obligaciones Negociables. En esta definición:

Fecha Relevante: significa, en relación con Obligaciones Negociables sin cupón de interés de la clase o serie en cuestión: (a) la fecha fijada para el rescate de las mismas; o (b) la fecha en la que las mismas se tornen inmediatamente exigibles y pagaderas.

Precio de Referencia: significa el porcentaje del valor nominal de las Obligaciones Negociables sin cupón de interés de la clase o serie en cuestión, especificado en el Suplemento correspondiente o en cualquier aviso contemplado en el mismo.

Rendimiento Aplicable: significa la tasa identificada como “Rendimiento Aplicable” para las Obligaciones Negociables sin cupón de interés de la clase o serie en cuestión, en el Suplemento correspondiente o en cualquier aviso contemplado en el mismo.

Sin perjuicio de lo anterior, cada Suplemento podrá establecer un precio de rescate distinto al indicado en el presente apartado, en cuyo caso será calculado de conformidad con lo que se establezca en las respectivas condiciones de emisión de cada clase y/o serie.

Rescate Anticipado a Opción de los Obligacionistas: Las Obligaciones Negociables no serán rescatables ni total ni parcialmente a opción de los obligacionistas de las mismas con anterioridad a su fecha de vencimiento, ni los obligacionistas tendrán derecho a solicitar a la Sociedad la adquisición de las mismas de otra manera con anterioridad a dicha fecha excepto que el Suplemento respectivo prevea de manera expresa que las Obligaciones Negociables puedan ser rescatadas anticipadamente a opción de los tenedores. En dicho caso, el Suplemento deberá regular los términos y condiciones en que se llevará a cabo dicho rescate.

Cancelación : Las Obligaciones Negociables rescatadas quedarán canceladas y no podrán ser revendidas o puestas en circulación nuevamente si dentro del plazo de ciento ochenta (180) días de rescatadas no fuera transferidas a terceros.

Compra o Adquisición de Obligaciones Negociables por Parte de la Emisora: La Emisora podrá, de acuerdo con las normas vigentes y en la medida permitida por dichas normas, en cualquier momento y en forma pública o privada comprar o de cualquier otra forma adquirir Obligaciones Negociables en circulación y realizar con ellas cualquier acto jurídico, pudiendo en tal caso la Emisora, sin carácter limitativo, mantener en cartera, transferir a terceros y/o cancelar tales Obligaciones Negociables. Las Obligaciones Negociables así adquiridas por la Emisora, mientras no sean transferidas a un tercero por la misma, no serán consideradas en circulación a los efectos de calcular el quórum y/o las mayorías en las asambleas de tenedores de las Obligaciones Negociables y no darán a la Emisora derecho a voto en tales asambleas ni tampoco serán consideradas a los fines de computar los porcentajes

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referidos en “ Supuestos de Incumplimiento” del presente y/o cualquier otro porcentaje de tenedores referido en el presente y/o en los Suplementos correspondientes. Sin perjuicio de lo anterior, un Suplemento podrá restringir o incluso prohibir a la Emisora la compra o adquisición de Obligaciones Negociables en los términos del presente párrafo.

Forma de las Obligaciones Negociables: Las Obligaciones Negociables se emitirán de acuerdo con la Ley de Obligaciones Negociables y las demás normas vigentes en la República Argentina a la fecha de la emisión de las mismas. Las Obligaciones Negociables se podrán emitir en forma escritural o cartular; esta última representados por certificado global o títulos definitivos, de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 24.587 de Nominatividad de los Títulos Valores Privados o de cualquier otra forma que sea permitida conforme las normas vigentes, circunstancia que se indicará en el Suplemento correspondiente.

De conformidad con lo dispuesto por dicha ley, actualmente las sociedades argentinas no pueden emitir títulos valores privados al portador ni nominativo endosables. El registro de los valores nominativos no endosables o escriturales podrá ser llevado por la Emisora o ser confiado a un agente de registro legalmente habilitado. Si las Obligaciones Negociables estuvieran representadas por certificados globales, éstos podrán ser permanentes, y en tal caso los titulares de las Obligaciones Negociables no tendrán derecho a exigir la entrega de láminas individuales. Caja de Valores será la entidad depositaria de las Obligaciones Negociables representadas por certificados globales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo. La Caja de Valores se encuentra habilitada para cobrar aranceles a los depositantes, que éstos podrán trasladar a los titulares de las Obligaciones Negociables. El registro de las Obligaciones Negociables será llevado por la Emisora o podrá ser asignado a un agente de registro, que será un banco comercial o la Caja de Valores.

Adicionalmente, de acuerdo a lo que se establezca en el Suplemento correspondiente, podrá solicitarse la admisión de las Obligaciones Negociables para su compensación en el Banco Euroclear SA/NV, Clearstream Banking, Societé Ánonime, el Depositary Trust Company, o cualquier otro sistema de compensación que allí se establezca.

Titularidad y Legitimación: En el caso de Obligaciones Negociables escriturales, la titularidad de las mismas resultará de la inscripción respectiva en el registro pertinente; y, en el caso de Obligaciones Negociables nominativas no endosables, de las anotaciones respectivas en los títulos y en el registro pertinente.

Según lo previsto por el artículo 129 de la Ley de Mercado de Capitales, en el caso de Obligaciones Negociables escriturales, se expedirán comprobantes del saldo de cuenta para la transmisión de tales Obligaciones Negociables o constitución sobre ellas de derechos reales, y para la asistencia a asambleas o ejercicio de derechos de voto. Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto por el mencionado artículo 129 y el artículo 131 de la Ley de Mercado de Capitales, se podrán expedir comprobantes del saldo de cuenta de valores escriturales o comprobantes de los valores representados en certificados globales, según sea el caso, a efectos de legitimar al titular (o a la persona que tenga una participación en el certificado global en cuestión) para reclamar judicialmente, o ante jurisdicción arbitral en su caso, incluso mediante acción ejecutiva si correspondiere, presentar solicitudes de verificación de crédito o participar en procesos universales, para lo que será suficiente título dicho comprobante, sin necesidad de autenticación u otro requisito.

Transferencias: Las transferencias de Obligaciones Negociables depositadas en sistemas de depósito colectivo serán efectuadas de acuerdo con los procedimientos aplicables del depositario en cuestión, y respetando las normas vigentes. Las transferencias de Obligaciones Negociables escriturales serán efectuadas por los titulares registrales de acuerdo con los procedimientos aplicables del agente de registro en cuestión, y respetando las normas vigentes, en especial el artículo 129 de la Ley de Mercado de Capitales.

Toda transferencia de Obligaciones Negociables nominativas o escriturales deberá notificarse por escrito a la Emisora o al agente de registro, según sea el caso, y surtirá efecto contra el Emisora y los terceros a partir de la fecha de su inscripción en los registros que correspondan.

A menos que se disponga de otro modo en los Suplementos respectivos, la transferencia de Obligaciones Negociables nominativas no endosables representadas en títulos cartulares definitivos será efectuada por los titulares registrales mediante la entrega de los títulos en cuestión al correspondiente agente de registro, conjuntamente con una solicitud escrita, aceptable para dicho agente de registro, en la cual se solicite la transferencia de los mismos, en cuyo caso el agente de registro inscribirá la transferencia y entregará al nuevo titular registral los nuevos títulos cartulares definitivos debidamente firmados por la Emisora, en canje de los anteriores. Siempre y cuando la emisión de este tipo de títulos estuviera autorizada por las normas aplicables, las Obligaciones

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Negociables nominativas endosables se transmitirán por una cadena ininterrumpida de endosos (debiendo el endosatario, para ejercitar sus derechos, solicitar el registro correspondiente); y las Obligaciones Negociables al portador por la simple entrega de las mismas al nuevo tenedor.

En relación con las Obligaciones Negociables escriturales, el artículo 130 de la Ley de Mercado de Capitales dispone que el tercero que adquiera a título oneroso valores negociables anotados en cuenta o escriturales de una persona que, según los asientos del registro correspondiente, aparezca legitimada para transmitirlos, no estará sujeto a reivindicación, a no ser que en el momento de la adquisición haya obrado de mala fe o con dolo.

Derechos Reales y Gravámenes: Toda constitución de derechos reales, todo gravamen, medida precautoria y cualquier otra afectación de los derechos conferidos por las Obligaciones Negociables, será notificada a la Emisora o al agente de registro o a la entidad depositaria, según sea el caso, para su anotación en los registros que correspondan y surtirá efectos frente a la Sociedad y los terceros desde la fecha de tal inscripción. Asimismo, se anotará en el dorso de los títulos cartulares definitivos representativos de Obligaciones Negociables nominativas, todo derecho real que grave tales Obligaciones Negociables. En caso de Obligaciones Negociables escriturales, conforme el artículo 129 de la Ley de Mercado de Capitales, tales gravámenes deberán estar inscriptos en el respectivo registro para ser oponibles a terceros.

Canje: Los titulares de Obligaciones Negociables escriturales y los beneficiarios de participaciones en Obligaciones Negociables representadas por títulos globales podrán, en los casos detallados a continuación, canjear las Obligaciones Negociables escriturales y las participaciones en títulos globales, por títulos definitivos cuando (i) el depositario del título global (en el caso de Obligaciones Negociables representadas por títulos globales) o el agente de registro (en el caso de Obligaciones Negociables escriturales) notifique a la Emisora que no tiene la intención de, o que está incapacitado para, continuar desempeñándose como depositario de los títulos globales o agente de registro, según sea el caso, y otro depositario o agente de registro, según sea el caso, autorizado por las normas legales vigentes, no fuera designado por la Emisora dentro de los 60 Días Hábiles de recibida dicha notificación pero en ningún caso con posterioridad a la fecha prevista para que el depositario y/o el agente de registro cese en sus funciones; (ii) si la presentación de Obligaciones Negociables definitivas fuera requerida por las leyes argentinas u otras leyes y reglamentaciones aplicables en relación con el cumplimiento de los derechos de los Tenedores de Obligaciones Negociables; (iii) haya ocurrido y perdure un Supuesto de Incumplimiento (según se define más adelante) y/o (iv) la Emisora, en cualquier momento y a su solo criterio, decida que todas o parte de las Obligaciones Negociables no estén representadas por títulos globales o dejen de ser escriturales, según sea el caso. En tales supuestos, los titulares de Obligaciones Negociables escriturales y los beneficiarios de participaciones en Obligaciones Negociables representadas por títulos globales podrán recibir uno o más títulos definitivos, por idéntico monto de capital que sus Obligaciones Negociables escriturales o que su participación así canjeada, en canje de sus Obligaciones Negociables escriturales o de su participación en el título global, según sea el caso. En todos los casos, los titulares de Obligaciones Negociables escriturales y/o los beneficiarios de participaciones en Obligaciones Negociables representadas por títulos globales, tendrán derecho a recibir los títulos definitivos a más tardar dentro de los 20 Días Hábiles posteriores a la fecha a partir de la cual deba realizarse el canje.

Los títulos definitivos emitidos en virtud de cualquier canje de participaciones en títulos globales y/o de Obligaciones Negociables escriturales serán obligaciones válidas de la Emisora y evidenciarán la misma deuda y tendrán derecho a los mismos beneficios que las participaciones en los títulos globales y/o las Obligaciones Negociables escriturales así canjeadas. En todos los casos, los títulos definitivos serán entregados por la Emisora en su domicilio sito en Av. Corrientes 415, Piso 12º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Los gastos y costos derivados de la realización de cualquier canje de Obligaciones Negociables estarán a cargo de la Emisora.

Reemplazo: Sujeto a la normativa aplicable y a lo estipulado en el presente punto, en caso de que cualquier título global o título definitivo sea dañado, mutilado, destruido, extraviado, hurtado o robado, la Emisora, a solicitud escrita del titular registral del título global o definitivo en cuestión, emitirá un nuevo título global o definitivo en reemplazo del mismo.

En todos los casos, el titular registral que solicite el reemplazo proveerá la Emisora, conjuntamente con su solicitud, garantías y compromisos de indemnizar aceptables para la Emisora, a fin de que la Emisora y sus directores, síndicos y agentes queden exentos de toda responsabilidad en relación con el reemplazo en cuestión. Cuando el reemplazo sea de títulos globales o títulos definitivos dañados y/o mutilados, el titular registral en cuestión deberá entregar a la Emisora, conjuntamente con su solicitud, el título global o título definitivo dañado y/o mutilado.

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Cuando el reemplazo sea de títulos globales o títulos definitivos aparentemente destruidos, extraviados, hurtados o robados, el titular registral en cuestión deberá entregar la Emisora, conjuntamente con su solicitud, prueba de la aparente destrucción, extravío, hurto o robo.

Los títulos globales o títulos definitivos emitidos en virtud de cualquier reemplazo de títulos globales o títulos definitivos serán obligaciones válidas de la Emisora y evidenciarán la misma deuda y tendrán derecho a los mismos beneficios que los títulos globales o títulos definitivos reemplazados. En todos los casos, los títulos definitivos serán entregados por la Emisora en su domicilio sito en Av. Corrientes 415, Piso 12º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Los gastos y costos derivados de la realización de cualquier reemplazo de Obligaciones Negociables, incluyendo el pago de las sumas suficientes para cubrir cualquier impuesto, tasa, contribución y/u otra carga gubernamental presente o futura de cualquier naturaleza, así como cualquier honorario y gasto de cualquier depositario o agente de registro, no estarán a cargo de la Emisora y estarán a cargo del titular registral que solicite el reemplazo en cuestión.

Montos Adicionales: El Emisor pagará a su vencimiento todos los impuestos relacionados con la emisión, la colocación y/o el registro de las Obligaciones Negociables o con cualquier otro documento mencionado en los Suplementos.

Todos los pagos de capital e intereses efectuados por el Emisor en virtud de las Obligaciones Negociables serán realizados sin deducciones y/o retenciones por, o a cuenta de, cualquier impuesto, tasa, derecho contribución, imposición y/u otra carga gubernamental argentina, presente o futura de cualquier naturaleza en efecto en la fecha del presente Prospecto o impuesta en el futuro por parte de Argentina o de cualquier autoridad argentina con competencia en la materia, excepto que el Emisor esté obligado por las disposiciones legales vigentes a efectuar dichas deducciones y/o retenciones por, o a cuenta de, cualquier impuesto, tasa, derecho contribución, imposición y/u otra carga gubernamental argentina. En tales casos, el Emisor (i) efectuará las deducciones y/o retenciones en cuestión y pagará los montos así deducidos y/o retenidos a la autoridad impositiva que corresponda; y (ii) pagará a los tenedores de dichas Obligaciones Negociables en el mismo momento en el cual efectúe los pagos respecto de los cuales se practica la retención y/o deducción, los montos adicionales que sean necesarios para permitir que los montos recibidos por tales tenedores, luego de efectuadas las deducciones y/o retenciones en cuestión, sean equivalentes a los montos que los mismos hubieran recibido en virtud de tales Obligaciones Negociables en ausencia de las deducciones y/o retenciones (los “Montos Adicionales”). Sin embargo, la Emisora no abonará tales Montos Adicionales: (i) en el caso de pagos para los cuales se requiere la presentación de las Obligaciones Negociables, cuando cualquiera de dichas Obligaciones Negociables no fuera presentada dentro de los 30 (treinta) días hábiles posteriores a la fecha en que dicho pago se tornó exigible; (ii) cuando tales deducciones y/o retenciones resultaran aplicables en virtud de una conexión entre el tenedor de las Obligaciones Negociables y cualquier autoridad impositiva Argentina, que no sea la mera tenencia de las Obligaciones Negociables y la percepción de pagos de capital o intereses; (iii) en relación con cualquier impuesto a o sobre los bienes personales (incluyendo el Impuesto a los Bienes Personales), los activos (como el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta), las sucesiones, las herencias, las donaciones, las ventas, las transferencias y/o las ganancias de capital y/u otros impuestos similares y/o que reemplacen a los indicados precedentemente; (iv) cuando las deducciones y/o retenciones fueran impuestas como resultado de la falta de cumplimiento por parte del tenedor de las Obligaciones Negociables en cuestión (dentro de los 30 (treinta) días hábiles de así serle requerido por escrito por el Emisor, o aquel menor plazo que fuera fijado por la ley impositiva argentina que da lugar a la aplicación del presente punto) de cualquier requisito de información (incluyendo la presentación de certificaciones u otros documentos) requerido por las disposiciones legales vigentes para eliminar y/o reducir tales deducciones y/o retenciones; (v) en relación al Impuesto a las Ganancias que les corresponda tributar a los tenedores comprendidos en el Título VI de la Ley argentina Nº 20.628 (TO en 1997 y modificatorias) del Impuesto a las Ganancias; (vi) en relación al impuesto a los créditos y débitos efectuados en cuentas de cualquier naturaleza abiertas en las entidades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras; (vii) en relación con impuestos pagaderos de otra forma que no sea mediante deducción y/o retención de los pagos de capital, intereses y/u otros montos adeudados en virtud de las Obligaciones Negociables; y/o (viii) cualquier combinación de los apartados precedentes.

Adicionalmente, el Emisor pagará cualquier impuesto de sellos relacionado con la creación, emisión y oferta de las Obligaciones Negociables que pueda corresponder, excluyendo aquellos impuestos fijados por una jurisdicción fuera de Argentina.

Compromisos: La Sociedad se obliga a cumplir los siguientes compromisos en tanto existan Obligaciones Negociables en circulación:

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1. Notificación de incumplimiento. La Sociedad notificará por escrito a los tenedores de las Obligaciones Negociables en circulación, o al fiduciario o agente designado, si fuera el caso, en forma inmediata de haber tomado conocimiento de la ocurrencia y subsistencia de cualquier Supuesto de Incumplimiento y/o de cualquier supuesto que con cualquier notificación y/o el transcurso del tiempo podrá constituir un Supuesto de Incumplimiento, especificando las medidas que se propone adoptar en relación los mismos.

2. Mantenimiento del listado. La Sociedad realizará sus mejores esfuerzos para obtener y mantener las autorizaciones para el listado y/o negociación otorgadas por los mercados en los cuales se negocien las Obligaciones Negociables de cada Clase y/o Serie, y a cumplir con los requisitos establecidos por dichos mercados.

3. Cumplimiento de leyes y otros acuerdos. La Sociedad cumplirá con todas las normas vigentes que le sean aplicables y con todas las obligaciones asumidas bajo cualquier acuerdo del cual sea parte, salvo cuando el incumplimiento de dichas normas o acuerdos no tuviera un efecto significativo adverso en la situación financiera o de otro tipo, los resultados, las operaciones, los negocios o las perspectivas de la Sociedad y/o afectara adversamente los derechos de los tenedores de Obligaciones Negociables.

4. Personería jurídica y bienes. La Sociedad deberá: (i) mantener vigente su personería jurídica; (ii) tomar todas las medidas necesarias para mantener todos los derechos, privilegios, títulos de propiedad, autorizaciones y otros derechos similares necesarios y/o convenientes para el normal desarrollo de sus negocios, actividades y/u operaciones; y (iii) mantener los bienes que sean necesarios para el adecuado desenvolvimiento de sus negocios, actividades y/u operaciones en buen estado de uso y conservación, debiendo efectuar todas las reparaciones, renovaciones, reemplazos y mejoras que resulten necesarias para el normal desarrollo de sus negocios, actividades y/u operaciones.

5. Seguros. La Emisora asegurará en compañías aseguradoras sólidas, responsables y de primera línea, los montos pertinentes, cubriendo los riesgos que normalmente cubren las compañías que desarrollan negocios similares y que son titulares y/u operan bienes similares a los que posee y/u opera la Emisora, según el caso, en las mismas áreas en las que la Emisora posee y/u opera sus bienes.

6. Estados Financieros. Mantenimiento de Libros y Registros . La Sociedad preparará sus estados financieros de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados según sean aplicados en la Argentina las normas contables vigentes y las demás normas aplicables (incluyendo, sin limitación, las Normas de la CNV), y los mismos serán dados a conocer entre el público inversor a través de los medios previstos por las normas vigentes. Asimismo, la Sociedad llevará libros, cuentas y registros de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados según sean aplicados en la Argentina, las normas contables vigentes y las demás normas aplicables (incluyendo, sin limitación, las Normas de la CNV).

Sin perjuicio de lo anterior, los Suplementos correspondientes podrán agregar compromisos adicionales a los detallados en relación con las Obligaciones Negociables de la respectiva clase y/o serie.

Supuestos de Incumplimiento: Mientras cualquier Obligación Negociable de una clase o serie en particular esté en circulación, si se produce y subsiste uno o más de los supuestos de incumplimiento que se enumeran seguidamente (“Supuestos de Incumplimiento”):

(i) incumplimiento por parte de la Sociedad en el pago a su vencimiento de cualquier monto de capital, intereses, Montos Adicionales y/o cualquier otro monto adeudado bajo las Obligaciones Negociables si dicho incumplimiento subsiste durante un período de 5 (cinco) días hábiles para el caso del capital y de 10 (diez) días para el caso de los intereses, Montos Adicionales y/o cualquier otro monto adeudado bajo las Obligaciones Negociables;

(ii) incumplimiento por parte de la Sociedad de los compromisos detallados en la sección “ Compromisos ” en el Capítulo “ Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables ” de este Prospecto;

(iii) Incumplimiento por parte de la Sociedad de cualquier otra obligación bajo las Obligaciones Negociables (distinta de las referidas en los incisos (i) y/o (ii) anteriores), si dicho incumplimiento subsiste durante un período de 30 (treinta) días desde que fuera notificado y solicitado su subsanación;

(iv) La Sociedad (i) son declaradas en – o piden su - concurso preventivo o quiebra y/o (ii) un acreedor solicita su quiebra, y/o son declaradas en cesación de pagos de la totalidad o de una parte significativa de sus deudas, o solicitan la homologación de un acuerdo preventivo extrajudicial, todo ello en el marco de la Ley N° 24.522 de Concursos y Quiebras;

(v) sea ilícito el cumplimiento por parte de la Sociedad de cualquier obligación asumida en relación con las Obligaciones Negociables, y/o cualquiera de dichas obligaciones dejara de ser válida, obligatoria y ejecutable; y/o

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(vi) los accionistas de la Sociedad dispongan la disolución y/o liquidación de la Sociedad y/o de las Subsidiarias Relevantes, respectivamente.

( vii) cualquier autoridad gubernamental (i) expropie, nacionalice o confisque todo o una parte significativa (1) de los bienes de Ledesma y/o (2) del capital accionario de Ledesma; y/o (ii) asuma la custodia o el control de los bienes de Ledesma y/o de las actividades u operaciones de Ledesma y/o del capital accionario de Ledesma de modo que le impida desarrollar sus funciones normalmente; y/o (iii) tome cualquier acción que impida a Ledesma desarrollar sus actividades o una parte significativa de las mismas, durante un período mayor de 30 Días Hábiles, y tal acción afecte de manera significativamente adversa la capacidad de Ledesma para cumplir con las obligaciones asumidas en relación con las Obligaciones Negociables;

(viii) se emitieran en contra de Ledesma una o más sentencias u órdenes judiciales definitivas disponiendo el pago de sumas de dinero que individual o conjuntamente consideradas sean iguales o superiores a US$ 15.000.000 y dichas sentencias u órdenes judiciales no fueran cumplidas, desestimadas, dispensadas o suspendida su ejecución dentro del plazo de 45 Días Hábiles desde su declaración;

Cualquier titular o titulares de Obligaciones Negociables de una clase y/o serie que en ese momento se encuentren en circulación que, por sí o en conjunto con otros titulares, represente/n al menos un veinticinco (25%) del capital total no amortizado de dicha clase y/o serie podrá o podrán, según corresponda, una vez vencido el plazo de gracia aplicable, declarar inmediatamente vencido y exigible el capital de todas las Obligaciones Negociables de esa clase y/o serie, junto con los intereses devengados hasta la fecha de caducidad de plazos y cualquier otro monto que corresponda bajo las Obligaciones Negociables, mediante el simple envío de aviso por escrito por cualquier medio fehaciente a la Sociedad, a la CNV y, en su caso, al mercado de valores donde se encuentren listadas las Obligaciones Negociables. Ante dicha declaración el capital se tornará inmediatamente vencido y exigible, sin ninguna otra acción o aviso de cualquier naturaleza a menos que con anterioridad a la fecha de entrega de ese aviso se hubieran remediado todos los Supuestos de Incumplimiento que dieron origen a los Supuestos de Incumplimiento correspondientes, y no se verificaran otros nuevos; estableciéndose sin embargo que en el caso de los Supuestos de Incumplimiento detallados en los puntos (iv), (v) y (vi) se producirá inmediatamente la caducidad de plazos para el pago de todos los montos adeudados en virtud de todas las Obligaciones Negociables sin necesidad de notificación alguna o de declaración de ninguna especie por parte de los tenedores. Si en cualquier momento con posterioridad a que el capital de las Obligaciones Negociables de una clase y/o serie haya sido declarado vencido y exigible, la Sociedad abonara una suma suficiente para pagar todos los montos vencidos de capital e intereses respecto de la totalidad de las Obligaciones Negociables de dicha clase y/o serie que se hayan tornado vencidos, con más los intereses moratorios, y se hayan reparado cualesquiera otros incumplimientos referidos a esos Obligaciones Negociables, entonces los tenedores de la mayoría del valor nominal de las Obligaciones Negociables la clase y/o serie en cuestión podrán, mediante notificación escrita a Ledesma, dispensar todos los Supuestos de Incumplimiento con respecto a la clase y/o serie en cuestión y dejar sin efecto la caducidad, aunque tal dispensa afecte la existencia de cualquier incumplimiento posterior .

Cualquier monto denominado en moneda extranjera mencionado precedentemente, a los efectos del cálculo correspondiente, será convertido a pesos al (i) tipo de cambio comprador de cierre del día de la fecha en que se realiza la determinación conforme sea publicado por el Banco de la Nación Argentina para operaciones financieras, o (ii) en caso de no existir o no informarse el tipo de cambio indicado en (i) precedente, al tipo de cambio sustituto al que se dé curso a los pagos correspondientes al servicio de deuda financiera en moneda extranjera en Argentina; y (iii) en caso de no existir o no informarse dicho cambio sustituto, se tomará el promedio aritmético del tipo de cambio aplicable al servicio de deuda financiera en moneda extranjera cotizado por los tres (3) bancos privados con mayor volumen de depósitos en el sistema financiero argentino a la fecha de cálculo; ello, salvo que, por la naturaleza comercial de la transacción en cuestión, las disposiciones legales vigentes al momento de la determinación permitan realizar los pagos bajo dichas transacciones a otro tipo de cambio aplicable a las mismas en cuyo caso se aplicará este último.

Las disposiciones precedentes se aplicarán sin perjuicio del derecho de cada obligacionista de iniciar una acción contra Ledesma por el pago del capital, intereses, Montos Adicionales y cualquier otro monto vencido e impago bajo las Obligaciones Negociables. Véase “ Acción Ejecutiva de las Obligaciones Negociables ” más adelante.

En cada Suplemento correspondiente se podrán agregar supuestos de incumplimiento adicionales en relación con las Obligaciones Negociables de la clase y/o serie en cuestión.

Compromisos de los Tenedores de Obligaciones Negociables de Suministrar Información Relativa a Impuestos y a Normativa sobre Lavado de Dinero: La Sociedad y los colocadores de cualquier clase y/o serie se reservan el derecho a solicitar a los potenciales adquirentes y tenedores de Obligaciones Negociables o de

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colocadores, respectivamente, cualquier documentación y/o información requerida por, o en representación de, cualquier autoridad competente, a los efectos de cumplimentar debidamente las obligaciones impuestas a su cargo ya sea en carácter de emisora de las Obligaciones Negociables, incluyendo toda aquella información y/o documentación que sea requerida por las normas vigentes sobre prevención del lavado de activos de origen delictivo y financiación del terrorismo emanadas de la UIF, CNV, BCRA y/o de cualquier otro organismo que corresponda competentes en la materia, todo ello conforme las disposiciones legales vigentes en la República Argentina.

Notificaciones: Todas las notificaciones que Ledesma deba efectuar a los obligacionistas se efectuarán mediante las publicaciones que requieran las normas aplicables vigentes (incluyendo las Normas de la CNV y las normas de los mercados en los que listen y/o se negocien las Obligaciones Negociables involucradas).

En los casos no contemplados por las normas aplicables vigentes, cualquier notificación que Ledesma deba efectuar en relación con las Obligaciones Negociables se entenderá cumplida mediante la publicación por un (1) día hábil, de un aviso a tal efecto en BYMA a través del Boletín Diario de la BCBA o en cualquier otro medio de difusión perteneciente a la entidad en que se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables. Las notificaciones se considerarán efectuadas al día siguiente al día de la fecha del Boletín Diario en que se realice dicha publicación. Asimismo, la información que dichas notificaciones contengan también estará simultáneamente disponible en el sitio web de la CNV (www.argentina.gob.ar/cnv).

Cualquier notificación que Ledesma deba practicar en forma individual a cualquier obligacionista será considerada como válidamente practicada si fuera efectuada por correo al domicilio registrado por dicho obligacionista con el agente de registro, a condición de que la notificación haya sido entregada en dicho domicilio, que tendrá el carácter de domicilio constituido.

Modificación de Ciertos Términos y Condiciones: La Emisora puede, sin necesidad del consentimiento de ningún tenedor, modificar y reformar los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables, para cualquiera de los siguientes fines:

(i) agregar compromisos en beneficio de los tenedores de todas y cada una de las clases y/o series de Obligaciones Negociables;

(ii) agregar Supuestos de Incumplimiento en beneficio de los tenedores de todas y cada una de las clases y/o series de Obligaciones Negociables;

(iii) designar un sucesor de cualquier agente de registro, co-agente de registro, agente de pago o agente de cálculo designados en relación con las Obligaciones Negociables de cualquier clase y/o serie;

(iv) cumplir con cualquier requerimiento de la CNV tendiente a obtener o mantener la autorización de oferta pública de las Obligaciones Negociables;

(v) realizar modificaciones tendientes a aumentar el monto del Programa;

(vi) subsanar cualquier ambigüedad, defecto o inconsistencia en los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables; y/o

(vii) introducir cualquier cambio no sustancial que, en opinión de buena fe del Directorio de la Emisora, no afecte de modo adverso el derecho de ningún tenedor de la clase y/o serie pertinente de Obligaciones Negociables.

Destino de los Fondos: En cumplimiento de la Ley de Obligaciones Negociables, los fondos netos provenientes de la emisión de cada clase y/o serie de Obligaciones Negociables serán utilizados por la Sociedad, para uno o más de los siguientes fines: (i) inversiones en activos físicos y bienes de capital situados en el país, incluyendo pero no limitándose a inversiones para incrementar la generación de energía a partir de biomasa, compra de tractores, implementos y otros rodados, inversiones en las fábricas de papel y de cuadernos y repuestos, renovación de cañaverales y plantaciones de frutas) en el curso ordinario de los negocios de la Emisora, (ii) adquisición de fondos de comercio situados en el país, (iii) integración de capital de trabajo en el país, principalmente relacionado con el mantenimiento de la operación habitual y normal del negocio, y de los bienes de uso de la Sociedad, entre otros, (iv) refinanciación de pasivos, (iv) integración de aportes de capital en sus Sociedades Controladas o sociedades vinculadas a la Emisora, (v) adquisición de participaciones sociales y/o (vi) financiamiento del giro comercial de su negocio, cuyo producido se aplique exclusivamente a los destinos antes especificados según se haya establecido en la resolución que disponga la emisión, y dado a conocer al público inversor a través del Suplemento correspondiente.

Asamblea: Las asambleas de tenedores de Obligaciones Negociables de cualquier clase y/o serie serán convocadas por el órgano de administración de la Sociedad, o en su defecto por el órgano de fiscalización de la Sociedad, cuando lo juzgue necesario y/o le fuera solicitado por tenedores que representen, por lo menos, el cinco por ciento (5%) del monto total de capital de las Obligaciones Negociables de la clase y/o serie pertinente en circulación.

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Asimismo, en tanto el órgano de administración como el órgano de fiscalización de la Sociedad omitieran hacerlo, la convocatoria podrá ser efectuada por la autoridad de contralor o por un juez. Si una asamblea se convoca a solicitud de los tenedores de Obligaciones Negociables, la solicitud indicará los temas a tratar y la asamblea deberá ser convocada para que se celebre dentro de los 40 (cuarenta) días de recibida la solicitud de los tenedores.

Las asambleas serán convocadas por publicaciones durante 5 (cinco) días, con 10 (diez) días de anticipación por lo menos y no más de 30 (treinta) días (computados ambos plazos desde última publicación), en el Boletín Oficial de la República Argentina y en uno de los diarios de mayor circulación general en la Argentina. En las publicaciones deberá mencionarse el carácter de la asamblea, la fecha, hora, lugar de reunión, orden del día y requisitos de asistencia para los tenedores. Las asambleas en segunda convocatoria por haber fracasado la primera deberán celebrarse dentro de los 30 (treinta) días siguientes, y las publicaciones se harán por 3 (tres) días con ocho de anticipación como mínimo. Ambas convocatorias podrán realizarse simultáneamente, estableciéndose que si la asamblea en segunda convocatoria fuera citada para celebrarse el mismo día deberá serlo con un intervalo no inferior a una hora de la fijada para la primera. Las asambleas podrán celebrarse sin publicación de la convocatoria cuando se reúnan tenedores que representen el monto total de capital de las Obligaciones Negociables de la clase y/o serie en circulación y las decisiones se adopten por unanimidad de dichos tenedores.

A menos que se especifique en los Suplementos correspondientes otra jurisdicción, las asambleas deberán reunirse en la ciudad de Buenos Aires. Para asistir a las asambleas los tenedores deberán, con no menos de 3 (tres) días hábiles de anticipación al de la fecha fijada para la asamblea, comunicar por escrito a la Emisora que asistirán a tal asamblea adjuntando a dicha comunicación un certificado emitido por el agente de registro a tal fin y/o la documentación que acredite conforme a derecho el carácter de tenedor y la tenencia invocada. Todo tenedor de Obligaciones Negociables de la clase y/o serie en cuestión puede asistir a la asamblea personalmente o por poder. Los directores, funcionarios, gerentes, miembros de la comisión fiscalizadora y empleados de la Emisora no podrán ser designados como apoderados (estableciéndose, sin embargo, que en el caso de Obligaciones Negociables al portador los tenedores deberán, en vez de adjuntar dicho certificado, depositar con la Emisora las correspondientes Obligaciones Negociables al portador o una copia de las mismas certificada por escribano público). Los tenedores no podrán disponer las Obligaciones Negociables a las cuales correspondan dichas comunicaciones hasta después de realizada la asamblea, a menos que sea cancelada la comunicación relativa a tales Obligaciones Negociables.

Las asambleas serán presididas por el representante de los tenedores y, a falta de éste, por un miembro del órgano de fiscalización o en su defecto por un representante de la autoridad de control o por quien hubiera sido designado judicialmente y, en su defecto, y luego de 30 (treinta) minutos de la hora establecida para la celebración de la misma, por quien designen (en forma previa y ad referéndum de la asamblea una vez constituida) los tenedores presentes de entre los tenedores o sus representantes presentes. El presidente de una asamblea que se continúa luego de haber pasado a cuarto intermedio puede no ser el mismo que aquél que presidió la asamblea inicialmente.

La constitución de las asambleas en primera convocatoria requiere la presencia de tenedores que representen, por lo menos, la mayoría absoluta del valor nominal en circulación de las Obligaciones Negociables de la clase y/o serie en cuestión (sin perjuicio de la posibilidad que un Suplemento exija un quórum mayor para una clase o serie particular), y la constitución de las asambleas en segunda convocatoria quedará constituida con los tenedores de las Obligaciones Negociables de dicha clase y/o serie que se encontraren presentes, cualquiera sea su número y el porcentaje sobre el valor nominal en circulación que representen.

Cada tenedor tendrá derecho a una cantidad de votos equivalente al valor nominal del capital de las Obligaciones Negociables de las que sea titular y con las cuales esté presente en la asamblea.

Las resoluciones en ambos casos serán tomadas por mayoría absoluta de los votos presentes en la asamblea sin perjuicio que un Suplemento podrá establecer una mayoría agravada. Sin embargo, se requerirá el voto afirmativo de tenedores que representen (i) el porcentaje del monto total de capital de las Obligaciones Negociables de la clase y/o serie en cuestión en circulación que se especifica en “Supuestos de Incumplimiento” para adoptar las medidas especificadas en dicho título; y (ii) el setenta y cinco por ciento (75%) de capital de las Obligaciones Negociables de la clase y/o serie en cuestión en circulación para modificar las condiciones fundamentales de las Obligaciones Negociables de la clase y/o serie en cuestión, incluyendo, sin limitación, los siguientes: (1) cambio de las fechas de pago de capital, intereses, Montos Adicionales bajo las Obligaciones Negociables de la respectiva clase y/o serie; (2) reducción del monto de capital, de la tasa de interés y/o de cualquier otro Monto Adicional pagadero bajo las Obligaciones Negociables de la clase y/o serie en cuestión; (3) cambio del lugar y/o de la moneda de los pagos bajo las Obligaciones Negociables de la clase y/o serie; (4) modificación de los porcentajes del monto total de capital

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de las Obligaciones Negociables de la serie en cuestión en circulación que se especifican en “Supuestos de Incumplimiento” y (5) modificación de éste párrafo.

Las asambleas podrán pasar a cuarto intermedio por una vez a fin de continuar dentro de los 30 (treinta) días siguientes. Sólo podrán participar en la reunión los tenedores que hubieran efectuado la comunicación a la Emisora referida más arriba.

Las Obligaciones Negociables que hayan sido rescatadas o adquiridas por la Emisora conforme con lo dispuesto en “Rescate a Opción de la Sociedad” y/o “Compra o Adquisición de Obligaciones Negociables por parte de la Emisora” del presente, mientras se mantengan en cartera, no serán consideradas en circulación a los efectos de calcular el quórum y/o las mayorías en las asambleas.

Todas las decisiones adoptadas por las asambleas de tenedores serán concluyentes y vinculantes para todos los tenedores de Obligaciones Negociables de la respectiva clase y/o serie, independientemente de si estaban o no presentes en las asambleas y de si se abstuvieron o votaron en contra.

Salvo que se disponga lo contrario o de otro modo en el Suplemento aplicable, se podrá, sin necesidad de reunión ni emisión de voto en asamblea, si se obtuviera el consentimiento de la mayoría absoluta de obligacionistas cuando se trate de decisiones que correspondan a la asamblea ordinaria o extraordinaria, salvo que se trate de modificaciones a las condiciones fundamentales de las Obligaciones Negociables de la clase y/o serie en cuestión que se requerirá el consentimiento de obligacionistas que representen el setenta y cinco por ciento (75%) del capital total pendiente de pago de las Obligaciones Negociables de la Serie y/o Clase en circulación, si los obligacionistas manifiestan su voluntad mediante notas por escrito dirigidas a la Emisora y que cuenten con certificación notarial de la firma y facultades de quien suscribe.

Todas las cuestiones relativas a las asambleas no contempladas en el presente se regirán por la Ley de Obligaciones Negociables, la Ley General de Sociedades y las demás normas aplicables.

Ley Aplicable: Las Obligaciones Negociables se regirán por, y serán interpretadas de conformidad con, las leyes de Argentina y/o de cualquier otra jurisdicción que se especifique en los Suplementos correspondientes; estableciéndose, sin embargo, que todas las cuestiones relativas a la autorización, firma, otorgamiento y entrega de las Obligaciones Negociables por la Emisora, así como todas las cuestiones relativas a los requisitos legales necesarios para que las Obligaciones Negociables sean “obligaciones negociables” bajo las leyes de Argentina, se regirán por la Ley de Obligaciones Negociables, la Ley General de Sociedades y todas las demás normas argentinas.

Jurisdicción: Todo conflicto que se suscite entre los obligacionistas, por un lado, y la Emisora, por el otro, en relación con las Obligaciones Negociables (incluyendo, sin limitación, sobre la existencia, validez, calificación, interpretación, alcance o cumplimiento de las Obligaciones Negociables), será resuelto: (a) por el Tribunal de Arbitraje General de la BCBA (o el que en un futuro lo reemplace) (en virtud del ejercicio de facultades delegadas por BYMA a favor de aquella conforme Resolución Nº 18.629 de la CNV), de acuerdo con las reglas del arbitraje de derecho, quedando a salvo el derecho de los obligacionistas contemplado en el artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales, de optar por acudir a los tribunales judiciales competentes; el laudo arbitral será inapelable, renunciando las partes a la interposición de recursos, sin perjuicio de los dispuesto en art. 760 del Código Procesal Civil y Comercial; o (b) de la forma que se establezca en el Suplemento aplicable, de conformidad con la ley vigente a la fecha del mismo. Ello sin perjuicio de la acción ejecutiva de cobro que tramitará ante los tribunales competentes del domicilio de la Emisora.

Acción Ejecutiva de las Obligaciones Negociables: En virtud de lo establecido en el Artículo 29 de la Ley de Obligaciones Negociables, en el supuesto de incumplimiento por parte de la Emisora en el pago del capital o intereses de las Obligaciones Negociables a su vencimiento, cualquier tenedor de tales Obligaciones Negociables podrá iniciar una acción ejecutiva directamente contra la Emisora por los pagos adeudados con respecto a dichas Obligaciones Negociables.

Fiduciarios y Otros Agentes: Las Obligaciones Negociables podrán ser emitidas en el marco de contratos de fideicomiso y/o de contratos de agencia que oportunamente la Emisora celebre con entidades que actúen como fiduciarios y/o agentes, lo cual será especificado en los Suplementos correspondientes. Tales fiduciarios y/o agentes fiscales desempeñarán funciones solamente respecto de las clases y/o series de Obligaciones Negociables que se especifiquen en los respectivos contratos, y tendrán los derechos y obligaciones que se especifiquen en los mismos. Asimismo, la Emisora podrá designar otros agentes en relación con las Obligaciones Negociables para que

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desempeñen funciones solamente respecto de las clases y/o series de Obligaciones Negociables que se especifiquen en cada caso.

Otras Emisiones de Obligaciones Negociables: La Emisora, sin el consentimiento de los obligacionistas de Obligaciones Negociables emitidas bajo cualquier clase y/o serie en circulación pero sujeto a la autorización de la CNV, podrá en cualquier momento emitir nuevas Obligaciones Negociables que tengan los mismos términos y condiciones que las Obligaciones Negociables de cualquier serie en circulación y que sean iguales en todo sentido, excepto por sus fechas de emisión y/o precios de emisión, de manera que tales Obligaciones Negociables sean consideradas como integrantes de la misma serie que dichas Obligaciones Negociables en circulación y sean fungibles con las mismas. Sin perjuicio de lo anterior, un Suplemento podrá limitar o eliminar la posibilidad por parte de la Emisora de emitir Obligaciones Negociables de una misma serie en los términos indicados precedentemente.

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X. DE LA OFERTA Y LA NEGOCIACIÓN

1. Plan de distribución

Las Obligaciones Negociables serán colocadas por oferta pública en Argentina conforme con los términos de la Ley de Mercado de Capitales y las Normas de la CNV.

En los Suplementos correspondientes se detallará el plan de distribución aplicable a las Obligaciones Negociables de una clase y/o serie, el cual deberá ajustarse a lo previsto en las Normas de la CNV, las disposiciones previstas en el Capítulo IV, Título VI de dichas normas. El plan de distribución podrá establecer que las Obligaciones Negociables sean integradas por los correspondientes suscriptores en efectivo y/o mediante la entrega de obligaciones negociables en circulación.

Ledesma podrá declarar desierta la colocación de las Obligaciones Negociables de cualquier clase y/o serie informando dicha circunstancia: (a) cuando no se hubieran recibido ofertas o no se hayan recibido ofertas en el “tramo competitivo”; o (b) cuando las ofertas con una tasa o margen de interés solicitado inferior o igual a la tasa o al margen de interés de corte o con un precio ofrecido igual o superior al de corte, representen un valor nominal de Obligaciones Negociables que, razonablemente (i) resulte poco significativo como para justificar la emisión de las Obligaciones Negociables; y/o (ii) considerando la ecuación económica resultante, torne no rentable para Ledesma la emisión de las Obligaciones Negociables. En caso de ser declarada desierta la colocación de las Obligaciones Negociables, las ofertas recibidas quedarán automáticamente sin efecto, sin que tal circunstancia genere responsabilidad de ningún tipo para Ledesma y/o los colocadores y/o los sub-colocadores ni otorgue a los oferentes derecho a reclamo y/o a indemnización alguna.

2. Listado y negociación

Las Obligaciones Negociables a ser emitidas bajo el Programa podrán listarse en la BCBA (en virtud del ejercicio de facultades delegadas por BYMA a favor de aquella conforme Resolución Nº 18.629 de la CNV) y negociarse en el MAE si así fuera previsto en los Suplementos de cada clase y/o serie y eventualmente podrá solicitarse autorización para el listado en otros mercados autorizados del país y/o del exterior según se especifique en los Suplementos correspondientes.

3. Colocación

La Emisora colocará las Obligaciones Negociables a ser emitidas en el marco del Programa a través de los colocadores y/o sub-colocadores que la misma designe en relación con cada clase y/o serie de Obligaciones Negociables, para ser colocadas en el país a través de oferta pública y/u ofrecidas en el extranjero. Cada Suplemento especificará los nombres y domicilios de dichos colocadores y/o sub-colocadores y el método de colocación a ser utilizado en oportunidad de la colocación de cada clase y/o serie de Obligaciones Negociables conforme la normativa aplicable vigente en dicho momento.

4. Operaciones de estabilización

En las ofertas públicas iniciales de las Obligaciones Negociables, los colocadores que participen en su colocación y distribución podrán (pero no estarán obligados a) realizar operaciones destinadas a estabilizar el precio de mercado de dichas obligaciones negociables conforme con el artículo 12 del Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV que establece entre otras disposiciones que, en caso de ser efectuadas, dichas operaciones deberán ajustarse a las siguientes condiciones: (i) no podrán extenderse más allá de los primeros 30 días corridos desde el primer día en el cual se haya iniciado la negociación secundaria de las correspondientes obligaciones negociables en el mercado; (ii) podrán ser realizadas por agentes que hayan participado en la organización y coordinación de la colocación y distribución; (iii) podrán realizarse operaciones de estabilización destinadas a evitar o moderar alteraciones bruscas en el precio al cual se negocien las obligaciones negociables que han sido objeto de colocación primaria por medio del sistema de formación de libro o subasta o licitación pública; (iv) ninguna operación de estabilización que se realice en el período autorizado podrá efectuarse a precios superiores a aquéllos a los que se hayan negociado las obligaciones negociables en cuestión en los mercados autorizados, en operaciones entre partes no vinculadas con las actividades de organización, distribución y colocación; y (v) los agentes que realicen operaciones en los términos descriptos, deberán informar a los mercados la individualización de las mismas. Los mercados deberán hacer públicas las operaciones de estabilización, ya fuere cada operación individual o al cierre diario de las operaciones.

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5. Calificaciones de riesgo

Conforme establece el Art 45, Sección V, Capítulo V, Título II de las Normas de la CNV, la Emisora ha optado por no solicitar la calificación de riesgo del Programa. Sin perjuicio de ello, la Emisora podrá optar por calificar o no cada clase y/o serie de las Obligaciones Negociables que se emitan bajo el mismo, y hará constar la calificación otorgada en los Suplementos correspondientes.

En caso de que la Emisora opte por calificar una o más clases y/o series de Obligaciones Negociables, las mismas contarán solamente con una calificación de riesgo a menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes.

6. Gastos de la emisión. Gastos a cargo de los Obligacionistas.

Los gastos relativos a las calificadoras de riesgo, los aranceles pagaderos a la CNV, BYMA/BCBA, MAE y Caja de Valores (si los hubiera), los honorarios del contador público dictaminante, los honorarios de asesores legales, los gastos de publicación y cualquier otro gasto, arancel y honorario pagadero en relación con la colocación y emisión de las Obligaciones Negociables, estarán a cargo de la Emisora. Asimismo, en el caso que un agente de colocación y/o underwriter sea designado, sus honorarios y gastos también estarán a cargo de la Emisora de acuerdo con los términos del contrato celebrado a tales fines.

LOS SUSCRIPTORES QUE RECIBAN LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES NO ESTARÁN OBLIGADOS A PAGAR COMISIÓN ALGUNA, EXCEPTO QUE, SI UN SUSCRIPTOR REALIZA LA OPERACIÓN A TRAVÉS DE SU CORREDOR, OPERADOR, BANCO COMERCIAL, COMPAÑÍA FIDUCIARIA U OTRA ENTIDAD, PUEDE OCURRIR QUE DICHO SUSCRIPTOR DEBA PAGAR COMISIONES A ESAS ENTIDADES, LAS CUALES SERÁN DE SU EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD. ASIMISMO, EN EL CASO DE TRANSFERENCIAS U OTROS ACTOS RESPECTO DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES (I) REPRESENTADAS POR UN TÍTULO GLOBAL DEPOSITADO EN LA CAJA DE VALORES, Y/O (II) INCORPORADAS AL RÉGIMEN DE DEPÓSITO COLECTIVO A CARGO DE LA CAJA DE VALORES, ESTA ENTIDAD SE ENCUENTRA HABILITADA PARA COBRAR ARANCELES A LOS DEPOSITANTES, QUE ÉSTOS PODRÁN TRASLADAR A LOS TENEDORES DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES.

XI. PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO

El concepto de “lavado de dinero” se usa generalmente para denotar transacciones que tienen la intención de introducir fondos provenientes del delito en el sistema institucionalizado y así transformar ganancias por actividades ilegales en activos de origen aparentemente legítimo.

El 13 de abril de 2000, el Congreso Argentino aprobó la Ley Nº 25.246 de Encubrimiento y Lavado de Activos de Origen Delictivo, modificada por las Leyes N° 26.087, 26.119, 26.268, 26.683, 26.733 26.734– (la “Ley Antilavado”). La Ley Antilavado se encuentra actualmente reglamentada por el Decreto N° 290/2007 (modificado por el Decreto N° 1936/2010).

La Ley Antilavado crea la Unidad de Información Financiera (“UIF”), organismo que funciona dentro de la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y que tiene a su cargo el análisis, tratamiento y transmisión de información con el fin de prevenir e impedir el lavado de activos y la financiación del terrorismo.

Con el dictado de la Ley N° 27.260 y su Decreto Reglamentario N° 895/2016, la UIF pasó a estar bajo la órbita del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas, actualmente el Ministerio de Hacienda.

En el mes de febrero de 2016, mediante Decreto N° 360/2016 se creó el “Programa de Coordinación Nacional para el Combate del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo”, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos otorgándosele la función de reorganizar, coordinar y fortalecer el sistema nacional anti lavado de activos y contra la financiación del terrorismo, en atención a los riesgos concretos que puedan tener impacto en el territorio nacional y a las exigencias globales de mayor efectividad en el cumplimiento de las obligaciones y recomendaciones internacionales establecidas por las Convenciones de las Naciones Unidas y los estándares del GAFI, las cuales serán llevadas a cabo a través de un Coordinador Nacional designado al efecto; y se modificó la normativa vigente estableciendo que sea el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos la autoridad central del

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Estado Nacional para realizar las funciones de coordinación interinstitucional de todos los organismos y entidades del sector público y privado con competencia en esta materia, reservando a la UIF la capacidad de realizar actividades de coordinación operativa en el orden nacional, provincial y municipal en lo estrictamente atinente a su competencia de organismo de información financiera.

Mediante la Ley N°27.446, se introdujeron modificaciones a Ley N°25.246 tendientes a simplificar y agilizar los procesos judiciales, adecuando la normativa vigente a la realidad operativa de la UIF; y a receptar ciertos estándares internacionales en materia de intercambio de información entre los sujetos obligados. En tal sentido se sustituyeron y derogaron varios artículos.

Uno de los ejes centrales del régimen de prevención, represión y lucha contra dichos delitos que establece la Ley Antilavado consiste en la obligación de informar a la UIF, impuesta a determinados sujetos que –por su profesión, actividad o industria– ocupan una posición clave para la detección de operaciones sospechosas de lavado de activos y/o financiación del terrorismo. Dichos sujetos (los “Sujetos Obligados”) son los enumerados taxativamente en el art. 20 de la Ley Antilavado. Esta nómina comprende, entre otros, a las “ entidades financieras sujetas al régimen de la Ley Nº 21.526 y modificatorias ” y a “ los agentes y sociedades de bolsa, sociedades gerente de fondos comunes de inversión, agentes de mercado abierto electrónico, y todos aquellos intermediarios en la compra, alquiler o préstamo de títulos valores que operen bajo la órbita de bolsas de comercio con o sin mercados adheridos; los agentes intermediarios inscriptos en los mercados de futuros y opciones cualquiera sea su objeto ”.

La Ley Antilavado tipifica el lavado de activos de origen delictivo como un delito bajo el artículo 303 del Código Penal argentino, el cual queda consumado cuando una persona convierte, transfiere, administra, vende, grava o aplica de cualquier otro modo dinero o cualquier clase de bienes provenientes de un delito, con la consecuencia posible de que los bienes originarios o los subrogantes adquieran la apariencia de un origen legítimo, siempre que el valor del activo supere los Pesos 300.000, ya sea en un sólo acto o por la reiteración de hechos diversos vinculados entre sí.

Las penas establecidas son las siguientes: (i) de tres (3) a diez (10) años de prisión y multas de dos (2) a diez (10) veces el monto de la operación; (ii) la pena prevista en el inciso (i) será aumentada en un tercio del máximo y en la mitad del mínimo, en los siguientes casos: 1) cuando el autor realizare el hecho con habitualidad o como miembro de una asociación o banda formada para la comisión continuada de hechos de esta naturaleza; 2) cuando el autor fuera funcionario público que hubiera cometido el hecho en ejercicio u ocasión de sus funciones. En este caso, sufrirá además pena de inhabilitación especial de tres (3) a diez (10) años. La misma pena sufrirá el que hubiere actuado en ejercicio de una profesión u oficio que requirieran habilitación especial; (iii) si el valor de los bienes no superare la suma de Pesos 300.000, el autor será reprimido con la pena de prisión de seis (6) meses a tres (3) años; y (iv) el que recibiere dinero u otros bienes de origen delictivo con el fin de hacerlos aplicar en una operación que les de la apariencia posible de un origen lícito, haciendo que parezcan de origen legítimo. Esta persona será sancionada en virtud de las disposiciones que establece el artículo 303 del Código Penal Argentino (de seis (6) meses a tres (3) años de prisión).

Adicionalmente, cuando los hechos delictivos hubieren sido realizados en nombre, o con la intervención, o en beneficio de una persona de existencia ideal, se impondrán a la entidad las siguientes sanciones conjunta o alternativamente: (i) multa de dos (2) a diez (10) veces el valor de los bienes objeto del delito; (ii) suspensión total o parcial de actividades, que en ningún caso podrá exceder de diez (10) años; (iii) suspensión para participar en concursos o licitaciones estatales de obras o servicios públicos o en cualquier otra actividad vinculada con el estado, que en ningún caso podrá exceder de diez (10) años; (iv) cancelación de la personería cuando hubiese sido creada al sólo efecto de la comisión del delito, o esos actos constituyan la principal actividad de la entidad; (v) pérdida o suspensión de los beneficios estatales que tuviere; (vi) publicación de un extracto de la sentencia condenatoria a costa de la persona jurídica. Para graduar estas sanciones, los jueces tendrán en cuenta el incumplimiento de reglas y procedimientos internos, la omisión de vigilancia sobre la actividad de los autores y partícipes, la extensión del daño causado, el monto de dinero involucrado en la comisión del delito, el tamaño, la naturaleza y la capacidad económica de la persona jurídica. Cuando fuere indispensable mantener la continuidad operativa de la entidad, o de una obra, o de un servicio en particular, no serán aplicables las sanciones previstas por el inciso (ii) y el inciso (iv).

Las personas físicas y jurídicas sujetas a la Ley Antilavado deben cumplir con las siguientes obligaciones: (a) recabar de sus clientes, requirentes o aportantes documentos que prueben fehacientemente su identidad, personería jurídica, domicilio, demás datos que en cada caso se estipule, (b) informar cualquier hecho u operación sospechosa que de acuerdo con los usos y costumbres de la actividad que se trate, como así también de la experiencia e

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idoneidad de las personas obligadas a informar, resulten inusuales, sin justificación económica o jurídica o de complejidad inusitada o injustificada, sean realizadas en forma aislada o reiterada (independientemente de su monto), y (c) abstenerse de revelar al cliente o a terceros las actuaciones que se están realizando en cumplimiento con la Ley de Prevención del Lavado de Dinero y Financiación del Terrorismo. En el marco de análisis de un reporte de operación sospechosa, las personas físicas o jurídicas antes mencionadas no podrán oponer a la UIF los secretos bancario, bursátil o profesional, ni los compromisos legales o contractuales de confidencialidad. La AFIP sólo podrá revelar el secreto fiscal en aquellos casos en que el reporte de la operación sospechosa hubiera sido realizado por dicho organismo y con relación a la persona o personas físicas o jurídicas involucradas directamente en la operación reportada. En los restantes casos, la UIF requerirá el levantamiento del secreto fiscal al juez federal competente en materia penal del lugar donde deba ser suministrada la información.

En virtud de la Ley Antilavado, cuando la UIF haya agotado el análisis de la operación reportada y surgieren elementos de convicción suficientes para confirmar su carácter de sospechosa de lavado de activos conforme a la Ley Antilavado, ello será comunicado al Ministerio Público a fines de establecer si corresponde ejercer la acción penal.

Por otra parte, la Ley N° 26.733, mediante la incorporación de los artículos 306 y 307 del Código Penal, trae consigo la protección de la información privilegiada (la “Información”). El primero de dichos artículos prevé penas privativas de la libertad, multas e inhabilitación a todo aquél que por su trabajo, profesión o función dentro de una sociedad emisora (director, miembro de órgano de fiscalización, accionista, etc.), por sí o por terceros, suministre o utilice la Información para su negociación, listado, compra, venta o liquidación de valores negociables. El artículo 307, por otro lado, tipifica los agravantes correspondientes en sus incisos a) b) c) y d), variando el modo comisivo según sus efectos y sujetos intervinientes, innovando en una pena elevada de ocho (8) años de prisión, en los supuestos de uso de la Información que causare perjuicio grave en el mercado de valores y, si fuere cometido por un director, miembro del órgano de fiscalización, funcionario o empleado de una entidad autorregulada o de sociedades calificadoras de riesgo, o por un funcionario público, entre otros, estos últimos recibirán además inhabilitación especial de hasta ocho (8) años.

Asimismo, la Ley N° 26.733 complementa la aplicación armónica de la normativa mediante la incorporación de los artículos 308, 309 y 310, sancionando con las mismas penas antes mencionadas, el uso indiscriminado de la Información. El primero refiere al que manipule, aparente o disimule sobre los valores negociables mayor liquidez o afirmare circunstancias falsas como verdaderas, con el fin de negociarla a un mejor precio. El segundo de los artículos mencionados exclusivamente sanciona al que realice actividades de intermediación financiera, en cualquiera de sus modalidades, sin autorización. Por último, el artículo 310 subsume la figura penal de manera específica a los empleados y funcionarios de instituciones financieras y de aquellas que operen en el mercado de valores que insertaren datos falsos o mencionaren hechos inexistentes o documentaren contablemente una operación crediticia activa o pasiva o de negociación de valores negociables con la intención de obtener un beneficio o causar un perjuicio, para sí o para terceros.

La Ley N°26.733 también introduce los artículos 311 y 312 al Código Penal. El primero de ellos castiga con pena de prisión e inhabilitación de hasta seis (6) años a los empleados y funcionarios de instituciones financieras y de aquellas que operen en el mercado de valores que directa o indirectamente, y con independencia de los cargos e intereses fijados por la institución, reciban indebidamente dinero o algún otro beneficio económico, como condición para celebrar operaciones crediticias, financieras o bursátiles. El segundo de ellos establece lo siguiente: “ Cuando los hechos delictivos previstos en los artículos precedentes hubieren sido realizados en nombre, o con la intervención, o en beneficio de una persona de existencia ideal, se aplicarán las disposiciones previstas en el artículo 304 del Código Penal. Cuando se trate de personas jurídicas que hagan oferta pública de valores negociables, las sanciones deberán ser aplicadas cuidando de no perjudicar a los accionistas o titulares de los títulos respectivos a quienes no quepa atribuir responsabilidad en el hecho delictivo. A ese fin deberá escucharse al órgano de fiscalización de la sociedad. Cuando la persona jurídica se encuentre concursada las sanciones no podrán aplicarse en detrimento de los derechos y privilegios de los acreedores por causa o título anterior al hecho delictivo. A ese fin deberá escucharse al síndico del concurso ”.

La Resolución N°3/2014 de la UIF introdujo varias adecuaciones a la normativa “antilavado”, las cuales se ajustan a los estándares internacionales establecidos en las Recomendaciones 1 y 20 del GAFI, que refieren a las obligaciones de reporte y registración de operaciones sospechosas por parte de los sujetos obligados mencionados en el artículo 20 de la Ley Antilavado.

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En ese sentido, la Resolución N° 3/2014 dispone que el plazo de reporte de operaciones sospechosas de lavado de activos, sin perjuicio del plazo máximo de 150 días corridos para reportar hechos u operaciones sospechosos de lavado de activos, previsto en el artículo 21 bis de la Ley Antilavado, los sujetos obligados deberán reportar a la UIF todo hecho u operación sospechosos de lavado de activos dentro de los 30 días corridos, contados desde que los hubieren calificado como tales y, en caso de ser sospechosas de financiamiento del terrorismo, deberán reportarse dentro de las 48 horas.

Asimismo, la Resolución N°3/2014 establece requisitos que los sujetos obligados deberán cumplir cuando se vinculen entre sí. Los sujetos obligados, al operar con otros sujetos obligados, de conformidad con las resoluciones emitidas por la UIF para cada uno de ellos, deberán solicitarles una declaración jurada sobre el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de prevención del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo, junto con la correspondiente constancia de inscripción ante la UIF.

Asimismo, la Resolución N° 4/2017 de la UIF, introduce las Cuentas Especiales de Inversión. Los Sujetos Obligados podrán aplicar medidas de debida diligencia especial de identificación a inversores extranjeros (en la República Argentina) y nacionales al momento de solicitar la apertura a distancia de las cuentas especiales de inversión. La citada resolución define las cuentas especiales de inversión como aquellas cuentas limitadas específicamente al objeto de la inversión financiera, abiertas ante una entidad financiera/bancaria o ante un agente de liquidación y compensación (propio o integral), agente de negociación o agente de administración de productos de inversión colectiva de la República Argentina. Dichas cuentas pueden ser: (i) Cuenta corriente especial de inversión (Entidades Financieras), y (ii) Cuenta comitente/cuotapartista con cuenta custodia. (Entidades Financieras o agentes de liquidación y compensación (propio o integral), agentes de negociación y agentes de administración de productos de inversión colectiva).

En fecha 21 de junio de 2017, mediante Resolución 30-E/2017 de la Unidad de Información Financiera, se derogó la Resolución N°121/11 la cual establecía las medidas y procedimientos que los sujetos obligados bajo el artículo 20, incisos 1 y 2 de la Ley 25.246 debían observar en materia de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. En su reemplazo, la Resolución 30-E/2017 establece nuevos lineamientos para la gestión de riesgos de lavado de activos y financiamiento de terrorismo, de cumplimiento mínimo para las entidades alcanzadas por el régimen de la Ley 26.246 (así como sus normas complementarias y modificatorias), los cuales deberán ser adoptados y aplicados de acuerdo a las políticas, procedimientos y controles de cada entidad, para gestionar el riesgo de ser utilizadas por terceros con objetivos criminales de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

Mediante la Resolución 21/2018 de la UIF, la cual entró en vigencia el 1 de junio de 2018, se derogó el régimen impuesto por la Resolución 229/2011 y se derogó parcialmente la Resolución 140/2012; con el objeto de establecer las obligaciones que los sujetos obligados en el ámbito del mercado de capitales deberán cumplir para gestionar los riesgos de LA/FT, en concordancia con los estándares, las buenas prácticas, guías y pautas internacionales actualmente vigentes, conforme las Recomendaciones emitidas por el GAFI. A los fines de la Resolución 21/2018 se consideran sujetos obligados (i) los incluidos en los incisos 4 y 5 del artículo 20 de la Ley Antilavado y sus modificatorias (en tal sentido, conforme las categorías de Agentes establecidas en la Ley de Mercado de Capitales N° 26.831, se incluye a los Agentes de Liquidación y Compensación y los Agentes de Negociación en toda aquella actividad que realicen en el ámbito del Mercado de Capitales, y los Agentes de Administración de Productos de Inversión Colectiva de Fondos Comunes de Inversión); y (ii) las personas jurídicas, contempladas en el inciso 22 del artículo 20 de la Ley Antilavado y sus modificatorias, que actúen como fiduciarios financieros cuyos valores fiduciarios cuenten con autorización de oferta pública de la CNV.

Además, la Resolución 21/2018 establece que los clientes de los sujetos obligados se clasificarán en base al riesgo (bajo, medio, y alto), lo que permitirá la aplicación de diligencias debidas sobre dicho cliente según la matriz del riesgo, y también permitirá una diligencia debida de riesgo simplificada respecto de los clientes y accionistas de fondos extranjeros (siempre que cumplan con las condiciones correspondientes de su país de origen). De esta manera se alcanzará un proceso de identificación sin perjudicar el sistema de prevención. En este marco, los individuos pueden implementar plataformas tecnológicas reconocidas que permiten llevar a cabo procedimientos a largo plazo, sin la necesidad de presentar documentación en persona, y sin perjudicar las exigencias correspondientes.

Asimismo, la Resolución Nº156/2018 de fecha 28 de diciembre de 2018 aprobó los textos ordenados de las Resoluciones UIF Nº30-E/2017, 21/2018 y 28/2018, las cuales surgieron de la Recomendación N 1 del GAFI que establece que debe aplicarse un enfoque basado en riesgo para entender sus riesgos de lavado de activos y

194

financiación del terrorismo, a fin de asegurar que las medidas para prevenir o mitigar dichos delitos sean proporcionales a los riesgos identificados.

Por medio de la Resolución UIF N°117/2019 se actualizaron determinados umbrales establecidos en las Resoluciones 30/2017, 21/2018 y 28/2018, entre otras, para una prevención eficaz del lavado de activos y la financiación del terrorismo, desde una perspectiva de un enfoque basado en el riesgo, de acuerdo a los estándares internacionales que promueve GAFI.

En el marco de la pandemia del COVID-19 y en línea con las disposiciones del Decreto N° 260/20 y modificatorios, la UIF decidió suspender – por medio de las Resoluciones UIF N° 29/20 y 32/20- los plazos en los sumarios administrativos que tramitan ante la UIF y los procedimientos de supervisión en curso hasta el 12 de abril de 2020, sin perjuicio de su extensión y prórroga automática en el caso que el PEN resolviera extender el aislamiento social, preventivo y obligatorio más allá de dicha fecha. A la fecha del presente, dichos plazos fueron reanudados conforme con la Resolución UIF 116/20.

El pasado 21 de octubre de 2021, la UIF dictó las Resoluciones N° 112 y N° 113, que establecieron directivas e instrucciones respecto de las medidas que deben aplicar los sujetos obligados para identificar y conocer a sus clientes y la forma y oportunidad en que deben proveer información a la UIF conforme la actividad económica que realizan.

La Resolución N° 112 modificó la definición de beneficiario final en las distintas normas aplicables a cada uno de los sujetos obligados, y estableció que serán considerados beneficiarios finales aquellas personas humanas que posean como mínimo el 10% del capital o los derechos de voto de una persona jurídica, un fideicomiso, un fondo de inversión, un patrimonio de afectación y/o de cualquier otra estructura y/o a las personas humanas que por otros medios puedan ejercer el control final de dichas estructuras. Asimismo, dispone que se entenderá como control final el ejercido de manera directa o indirecta, cuando, por circunstancias de hecho o derecho, las personas humanas tengan la potestad de conformar por sí la voluntad social para la toma de las decisiones por parte del órgano de gobierno de la persona o estructura jurídica y/o para la designación o remoción de integrantes del órgano de administración. Cuando no sea posible individualizar a los beneficiarios finales, se considerará como tal a la persona humana que tenga a su cargo la dirección, administración o representación de la persona o estructura jurídica, según corresponda, sin perjuicio de las facultades de la UIF para verificar las causas que llevaron a la no identificación de los beneficiarios finales. En el caso de los contratos de fideicomisos u otras estructuras jurídicas similares nacionales o extranjeras, se deberá individualizar a los beneficiarios finales de cada una de las partes del contrato. Otros puntos destacables de la norma son el establecimiento de la obligatoriedad de la presentación de una declaración jurada para que los sujetos obligados identifiquen a los beneficiarios finales de sus clientes y mantengan actualizada la información respecto de estos, y la disposición de que cualquier caso de incumplimiento de la normativa será sancionable conforme a lo dispuesto por el capítulo IV de la Ley N° 25246 y sus modificatorias.

La Resolución N° 113 de la UIF actualizó el monto mínimo de las operaciones vinculadas con las inscripciones iniciales, transferencias, constituciones de prenda y cancelaciones anticipadas de prenda relacionadas con Automotores y compraventa de automotores, conforme el cual será obligatorio para los sujetos obligados la definición de un perfil de los clientes, aumentando a $4.800.000 el monto mínimo anual de las operaciones a partir del cual los sujetos obligados deberán definir un perfil de cliente, además de tener en cuenta el monto, tipo, naturaleza y frecuencia de las operaciones que realiza el cliente, así como el origen y destino de los recursos involucrados en su operatoria. Adicionalmente, estableció la actualización automática de dicho monto, en los meses de enero y julio de cada año, en base al porcentaje de incremento del Índice de Precios del Sector Automotor acumulado en los últimos seis meses. También se actualizaron los montos a partir de los cuales es obligatorio para los sujetos obligados la confección de reportes sistemáticos respecto de las operaciones de: i) expedición de cédulas azules en automotores, ii) cesión y/o reinscripción y/o cancelación anticipada de prendas en automotores y iii) adquisición de automotores.

Por su parte, el artículo 1 de la Sección I, Título XI de las Normas de la CNV sobre “Prevención del Lavado de Dinero y Financiación del Terrorismo” dispone que dentro de los Sujetos Obligados se comprenderá a los Agentes de Negociación, los Agentes de Liquidación y Compensación, los Agentes de Distribución y Colocación, y los Agentes de Administración de Productos de Inversión Colectiva.

En dicho contexto, se establece que “los Sujetos Obligados deberán observar lo establecido en la Ley Antilavado, en las normas reglamentarias emitidas por la UIF y en las Normas de la CNV. Ello incluye los decretos del Poder Ejecutivo Nacional referidos a las decisiones adoptadas por el Consejo De Seguridad De Las Naciones Unidas, en

195

la lucha contra el terrorismo, y el cumplimiento de las Resoluciones (con sus respectivos Anexos) del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto Finalmente, el artículo 5 establece ciertos requisitos para la realización de operaciones por parte de clientes provenientes de o que operen desde dominios, jurisdicciones, territorios o Estados asociados que no figuren incluidos dentro del listado de países cooperadores a los fines de la transparencia fiscal (conforme la lista del Decreto N° 589/2013).

Asimismo, en caso de que la operación fuera efectuada u ordenada por personas constituidas, con domicilio o con residencia en jurisdicciones o territorios no considerados “países cooperadores”, pero que revistan la calidad de intermediarios registrados en un mercado autorregulado sujeto al control de una autoridad con funciones similares a las de la CNV, dicha operación sólo podrá ser efectuada si la CNV hubiera suscripto un memorando de entendimiento, cooperación e intercambio de información con dicha autoridad reguladora extranjera.

Las normas de la CNV establecen la obligatoriedad de utilizar sistemas informáticos de mercados de valores para la colocación primaria por oferta pública de valores negociables. De esta manera, los agentes que operan a través de los mercados de valores participarán en toda licitación pública de valores negociables y, como consecuencia de ello, dichos agentes serán responsables por su actuación en tales licitaciones en cumplimiento de la normativa aplicable, incluyendo el régimen de lavado de dinero vigente, en función de lo dispuesto por el artículo 6 sección I capítulo IV título VI de las Normas de la CNV.

Los inversores interesados podrán verse obligados a entregar a la Sociedad y a los Colocadores, en caso de existir, toda la información y documentación que estén obligados a presentar o aquella que pueda ser requerida por la Sociedad y los Colocadores, en su caso, para dar cumplimiento a las leyes penales y a otras leyes y reglamentaciones relacionadas con el lavado de activos, incluidas las normas del mercado de capitales para la prevención del lavado de activos emitidas por la UIF y normas similares de la CNV y/o el BCRA. La Sociedad y los Colocadores, en caso de existir, se reserva el derecho de rechazar órdenes de cualquier inversor si consideran que las mencionadas normas no han sido cumplidas enteramente.

Asimismo, los Sujetos Obligados mencionados deben cumplir lo dispuesto en el Decreto N° 918/2012 en materia de prevención de financiación del terrorismo vinculada con personas o entidades designadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de conformidad con la Resolución 1267 (1999) y sus sucesivas.

Por medio de la Resolución N° 816/19 de fecha 14 de noviembre de 2019, según fuera modificada por la Resolución General 846/2020, la CNV resolvió adecuar el Título XI de las Normas (N.T. 2013 y mod.), con la finalidad de, entre otras, (i) incluir los nuevos sujetos obligados contemplados en los incisos 4° y 5° del artículo 20 de la Ley N° 25.246, tales como las Plataformas de Financiamiento Colectivo, los Agentes Asesores Globales de Inversión y las personas humanas o jurídicas que actúen en la colocación de Fondos Comunes de Inversión o de otros productos de inversión colectiva; (ii) reformar los procedimientos de fiscalización por parte de la CNV, en particular la forma de instrumentar el envío de información por parte de los sujetos obligados; y (iii) reformular los requisitos de idoneidad, integridad y solvencia, con el objetivo de aumentar la protección al público inversor e incorporando la obligación de constatar los antecedentes del Registro Público de Personas y Entidades Vinculadas a Actos de Terrorismo y su Financiamiento creado por el Decreto N° 489/2019.

El 10 de julio de 2014, se publicó en el boletín oficial la resolución UIF N° 300/2014. La misma establece un seguimiento reforzado sobre las operaciones que se realicen con “monedas virtuales”, además de incluir estas transacciones en los reportes sistemáticos previstos en la resolución UIF N° 70/2011.

A principios del año 2015 entró en vigencia la comunicación “A” 5612 del BCRA (modificada por la comunicación “A” 5736 del BCRA), que establece la discontinuidad operativa (cede de la relación con el cliente) cuando no se pudiera dar cumplimiento a la identificación y conocimiento del mismo, conforme a lo previsto en la normativa vigente. Esta medida deberá iniciarse, dentro de los 150 días de corridos de advertidas las circunstancias que la motivan. Cuando corresponda dar inicio a la discontinuidad operativa, se deberán observar los procedimientos y plazos previstos por las disposiciones del BCRA que resultan específicas del/los producto/s que el cliente hubiese tenido contratado/s. Para los productos y/o servicios cuyos procedimientos y/o plazos de discontinuidad no hayan sido previstos por disposiciones específicas del BCRA, deberá producirse el cierre de la cuenta o la discontinuidad operativa, según el caso, en un plazo máximo de 30 días corridos contados desde el momento en que se determine que corresponde dar inicio al citado proceso de discontinuidad.

Asimismo, se deja constancia que toda operación de cambio de divisas será realizada por medio del MLC.

196

Por último, se informa que el Código Penal argentino, tipifica los delitos de terrorismo y financiación del terrorismo en sus artículos 41 quinquies, 303 a 304 y 306. A continuación, se realiza una breve reseña de las normas penales relevantes en la materia:

A. Cuando alguno de los delitos previstos en el Código Penal hubiere sido cometido con la finalidad de aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo, la escala penal correspondiente se incrementará en el doble del mínimo y el máximo. Estas agravantes no se aplicarán cuando el o los hechos de que se traten tuvieren lugar en ocasión del ejercicio de derechos humanos y/o sociales o de cualquier otro derecho constitucional (del art. 41 quinquies).

B. Será reprimido con prisión de cinco a quince años y multa de dos a diez veces del monto de la operación, el que directa o indirectamente recolectare o proveyere bienes o dinero, con la intención de que se utilicen, o a sabiendas de que serán utilizados, en todo o en parte: para financiar la comisión de un delito con la finalidad establecida en el punto A precedente; por una organización que cometa o intente cometer delitos con la finalidad establecida en el punto A precedente; por un individuo que cometa, intente cometer o participe de cualquier modo en la comisión de delitos con la finalidad establecida en el punto A precedente. Las penas establecidas se aplicarán independientemente del acaecimiento del delito al que se destinara el financiamiento y, si éste se cometiere, aún si los bienes o el dinero no fueran utilizados para su comisión. Si la escala penal prevista para el delito que se financia o pretende financiar fuera menor que la establecida en este punto B, se aplicará al caso la escala penal del delito que se trate. Las disposiciones de este punto B regirán aun cuando el ilícito penal que se pretende financiar tuviere lugar fuera del ámbito de aplicación espacial del Código Penal argentino, o cuando la organización o el individuo que cometa o intente cometer delitos con la finalidad establecida en el punto A precedente se encontraren fuera del territorio nacional, en tanto el hecho también hubiera estado sancionado con pena en la jurisdicción competente para su juzgamiento (del art. 306).

A los efectos de suscribir las Obligaciones Negociables, los Oferentes deberán suministrar toda aquella información y documentación que deban presentar o ser requerida por los Colocadores y/o la Emisora para el cumplimiento de, entre otras, las normas sobre prevención del lavado de activos emanadas de la UIF o establecidas por la CNV o el BCRA.

Para un análisis más exhaustivo del régimen de prevención, represión y lucha contra el lavado de activos y financiación del terrorismo vigente al día de la fecha, se sugiere a los inversores consultar con sus asesores legales la normativa vigente y aplicable, a cuyo efecto los interesados podrán consultar su texto actualizado en el sitio web del ministerio de hacienda y finanzas públicas de la nación www.infoleg.gob.ar.

197

ANEXO I

RESEÑA INFORMATIVA AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2021

(Expresada en miles de pesos)

(Nota 2.2. a los Estados Financieros Consolidados Condensados de Ledesma S.A.A.I.)

1. BREVE COMENTARIO SOBRE LAS ACTIVIDADES DE LA EMPRESA INFORMACIÓN CONSOLIDADA

En el período de seis meses finalizado el 30 de noviembre de 2021, el Grupo Ledesma (Ledesma S.A.A.I. y controladas) obtuvo una ganancia neta del período por 397.079, conformada principalmente por una ganancia operativa de 1.816.657, una ganancia asociada a resultados financieros por 634.050 y una ganancia por participaciones en los resultados netos de asociadas y controladas por 22.113. Las actividades desarrolladas por el Grupo Ledesma se mencionan en la Nota 1 a los estados financieros consolidados condensados al 30 de noviembre de 2021.

  1. ESTRUCTURA FINANCIERA CONSOLIDADA AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2021 COMPARATIVA CON EL MISMO PERÍODO DEL EJERCICIO ANTERIOR (Cifras expresadas en miles de pesos)
Activo no corriente
Activo corriente
Activo disponible para la venta
Total de activos
Patrimonio Neto
Pasivo no corriente
Pasivo corriente
Total pasivos
Total de patrimonio y pasivos
30/11/2021
21.731.521
33.003.031
33.439
54.767.991
21.780.982
10.200.034
22.786.975
32.987.009
54.767.991
30/11/2020
21.417.166
34.066.238
38.430
55.521.834
20.102.624
14.356.806
21.062.404
35.419.210
55.521.834
  1. ESTRUCTURA DEL RESULTADO INTEGRAL CONSOLIDADO AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2021 COMPARATIVA CON EL MISMO PERÍODO DEL EJERCICIO ANTERIOR (Cifras expresadas en miles de pesos)
Ganancia operativa
Ingresos financieros, netos
Participaciones en los resultados netos de asociadas
Ganancia (Pérdida) por operaciones continuadas antes
del impuesto a las ganancias
Impuesto a las ganancias sobre operacionescontinuadas
Ganancia neta del período por operaciones continuadas
Ganancia neta del período por operaciones
discontinuadas
Ganancia neta del período
Otro resultado integral neto del período
Ganancia integral total neta del período
30/11/2021
1.816.657
634.050
22.113
2.472.820
(2.075.741)
397.079
-
397.079
(29.201)
367.878
30/11/2020
3.024.880
3.445.664
46.012
6.516.556
(2.862.874)
3.653.682
1.011.794
4.665.476
12.157
4.677.633

198

4. ESTRUCTURACONSOLIDADA DEL FLUJO DE EFECTIVO AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2021 COMPARATIVA CON EL MISMO PERÍODO DEL EJERCICIO ANTERIOR (Cifras expresadas en miles de pesos)

Flujo neto de efectivo utilizado en las actividades de
operación
Flujo neto de efectivo (utilizado en) / generado por las
actividades de inversión
Flujo neto de efectivo generado por las actividades de
financiación
Resultado por exposición al cambio de poder adquisitivo de la
moneda generado por el efectivo
Diferencia de cambio
Variación neta de efectivo y equivalente al efectivo
Efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del ejercicio
Efectivo y equivalentes de efectivo al cierre delperíodo
30/11/2021
(4.794.187)
(1.089.106)
4.513.277
209.612
69.451
(1.090.953)
2.137.574
1.046.621
30/11/2020
(2.948.790)
1.928.091
1.959.805
548.946
262.019
1.750.071
584.902
2.334.973
  1. DATOS ESTADISTICOS (EN UNIDADES FÍSICAS) AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2021 COMPARATIVOS CON EL MISMO PERÍODO DEL EJERCICIO ANTERIOR (Información no examinada y no cubierta por el Informe de Revisión)
AZÚCAR (tns.)
2do. Trimestre del Ejercicio 21/22
2do. Trimestre del Ejercicio 20/21
2do. Trimestre del Ejercicio 19/20
Acumulado 2do. Trimestre 21/22
Acumulado 2do. Trimestre 20/21
Acumulado 2do. Trimestre 19/20
() Incluye reventa.
CONVERSIONES PAPELERAS
(tns.)
2do. Trimestre del Ejercicio 21/22
2do. Trimestre del Ejercicio 20/21
2do. Trimestre del Ejercicio 19/20
Acumulado 2do. Trimestre 21/22
Acumulado 2do. Trimestre 20/21
Acumulado 2do. Trimestre 19/20
ALCOHOL (klt.)*
2do. Trimestre del Ejercicio 21/22
2do. Trimestre del Ejercicio 20/21
2do. Trimestre del Ejercicio 19/20
Acumulado 2do. Trimestre 21/22
Acumulado 2do. Trimestre 20/21
Volumen de
producción
100.675
78.763
51.746
173.499
151.039
132.330
Volumen de
producción
26.618
25.458
24.547
50.391
48.884
51.297
Volumen de
producción()**
53.260
41.224
17.187
103.234
71.157
Volumen de
ventas
Volumen de
ventas
Mercado Local(*)
Exportación
67.085
33.896
57.186
29.016
68.164
22.756
138.139
61.075
125.764
46.956
137.510
34.446
Volumen de
ventas
Total
100.981
86.202
90.920
199.214
172.720
171.956
Mercado Local
Exportación
20.100
5.602
15.688
5.945
20.696
3.108
37.061
11.216
34.903
9.235
38.211
7.352
Volumen de
ventas
Total
25.702
21.633
23.804
48.277
44.138
45.563
Mercado Local
(*)
51.190
35.939
16.585
93.713
56.159
Exportación
-
891
-
-
1.006
Total
51.190
36.830
16.585
93.713
57.165

199

Acumulado 2do. Trimestre 19/20 35.436 34.618

34.618

  • (*) Incluye ventas a Bio Ledesma S.A.

  • (**) No incluye alcohol producido de propiedad de Cañeros.

FRUTA EMBALADA Y A
GRANEL
(tns.)
2do. Trimestre del Ejercicio 21/22
2do. Trimestre del Ejercicio 20/21
2do. Trimestre del Ejercicio 19/20
Acumulado 2do. Trimestre 21/22
Acumulado 2do. Trimestre 20/21
Acumulado 2do. Trimestre 19/20
Volumen de
producción(*)
Mercado Local
() **
8.989
1.137
4.726
1.873
3.874
1.556
33.964
2.861
29.156
3.919
31.686
3.400
Exportació
n
()**
Total
10.923
4.888
8.517
33.763
26.256
29.096
12.060
6.761
10.073
36.624
30.175
32.496

() Incluye fruta comprada en packing de Ingenio. (*) Incluye operaciones de reventa.

JUGOS (tns.)
2do. Trimestre del Ejercicio 21/22
2do. Trimestre del Ejercicio 20/21
2do. Trimestre del Ejercicio 19/20
Acumulado 2do. Trimestre 21/22
Acumulado 2do. Trimestre 20/21
Acumulado 2do. Trimestre 19/20
CEREALES (tns.)
2do. Trimestre del Ejercicio 21/22
2do. Trimestre del Ejercicio 20/21
2do. Trimestre del Ejercicio 19/20
Acumulado 2do. Trimestre 21/22
Acumulado 2do. Trimestre 20/21
Acumulado 2do. Trimestre 19/20
Volumen de
producción(*)
Volumen de
producción(*)
Volumen de
ventas
Volumen de
ventas
Volumen de
ventas
Mercado Local()** Exportación
()**
Total
1.521
476
1.374
5.000
3.346
5.836
Volumen de
producción
7.055
9.490
4.620
11.032
10.605
14.084
3.076
2.577
3.208
4.499
3.568
4.771
Mercado Local
16.961
32.244
25.293
25.296
45.940
79.083
Exportación
-
-
-
-
-
-
Total
16.961
32.244
25.293
25.296
45.940
79.083
GANADERIA (tns.)
2do. Trimestre del Ejercicio 21/22
2do. Trimestre del Ejercicio 20/21
2do. Trimestre del Ejercicio 19/20
Acumulado 2do. Trimestre 21/22
Acumulado 2do. Trimestre 20/21
Acumulado 2do. Trimestre 19/20
Volumen de
producción
1.585
1.389
1.324
2.497
2.953
1.772
Volumen de ventas Volumen de ventas
Mercado Local
757
3.508
442
1.103
6.398
1.484
Exportación
-
-
-
-
-
-
Total
757
3.508
442
1.103
6.398
1.484

6. ÍNDICES

Índices
Liquidez
(Activo corriente / Pasivo corriente)
Solvencia
(Patrimonio total / Pasivo)
Inmovilización del capital
(Activo no corriente / Total del activo)
Rentabilidad
(Resultado del período / Patrimonio total)
30/11/2021
1,45
0,66
0,40
0,02
30/11/2020
1,62
0,57
0,39
0,00

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7. PERSPECTIVAS (Información no examinada y no cubierta por el Informe de Revisión)

El segundo trimestre de este ejercicio económico se caracterizó por un bajo nivel de casos de COVID-19 registrados en todo el territorio argentino. Aun cuando la misma situación se replicó entre nuestros colaboradores, hemos seguido aplicando protocolos estrictos para cuidar a nuestra gente y no hemos tenido problemas para el normal desarrollo de nuestras actividades productivas. El impacto de la pandemia y de la presencialidad, todavía acotada en los lugares de trabajo y establecimientos educativos terciario o universitarios, siguieron afectando la demanda de algunos de nuestros productos, sobre todo los del Negocio Papel, aunque el impacto se ha reducido parcialmente. El resultado operativo del período fue inferior al comparativo del ejercicio anterior en términos reales producto de una combinación de factores. Por un lado, se dio una caída en los márgenes brutos de los negocios de Azúcar y Frutas y por otro se redujo el aporte del negocio Agropecuario.

En el Negocio Azúcar continúan vigentes los acuerdos de precios enmarcados en el programa precios cuidados que generaron dificultades para compensar los incrementos de costos, impactando negativament e en los márgenes.

En el Negocio Papel seguimos adaptándonos a la nueva normalidad del mercado. La demanda se mantiene todavía por debajo de los niveles pre-pandemia y no esperamos una rápida mejora, aunque se observe una incipiente recuperación. Es por ello que seguimos desarrollando productos para el mercado de papeles de embalaje, lo que ha permitido mantener los niveles de producción además de generar un nuevo mercado.

Mirando hacia adelante los desafíos se mantienen. En el Negocio Azúcar, si bien se estima que los buenos precios internacionales podrían mantenerse, será muy importante observar hasta qué punto los precios domésticos pueden compensar los incrementos de costos. Estos últimos se verán presionados por el incremento en el costo de los insumos y por la menor disponibilidad de caña, producto de la sequía ocurrida en la primavera pasada. En Papel el foco estará en la recomposición de la demanda luego del impacto de la pandemia. En Frutas, Jugos y Aceites, el principal foco de preocupación pasa por el atraso del tipo de cambio experimentado durante los últimos meses, ya que el negocio es especialmente sensible a esta variable. Por último, el Negocio Agropecuario mantiene buenas perspectivas de precios para los granos, pero presenta algunas señales de alarma por el lado de las restricciones a la exportación de carne y por la amenaza de un segundo año consecutivo de precipitaciones insuficientes producto de un posible fenómeno de “la Niña”. Este fenómeno se ha ido desarrollando en los últimos meses impactando principalmente sobre los campos que la compañía posee en la provincia de Entre Ríos.

Por su parte el fuerte crecimiento de casos de Covid-19 registrado hacia fines de diciembre y comienzos de enero encienden una luz de alerta de cara a su impacto, tanto en la demanda como en lo productivo.

Teniendo en cuenta todo esto y la posible reversión del atraso cambiario, con su correspondiente impacto sobre el costo financiero, somos prudentes en nuestras expectativas para los próximos trimestres y continuamos enfocados en nuestro plan de mejora de competitividad, que nos permitirá seguir recorriendo el camino trazado y aprovechar las oportunidades que se nos presenten.

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EMISORA

Ledesma S.A.A.I.

Av. Corrientes 415, Piso 12º Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina

ASESORES LEGALES DE LA EMISORA

Nicholson & Cano Abogados San Martín 140, Piso 14º Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina

AUDITORES

Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L.

(entidad miembro de Ernst and Young Global) 25 de mayo 487 (C1002ABI) – Ciudad Autónoma de Buenos Aires República Argentina

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Ramón Masllorens

Responsable de Relaciones con el Mercado de Ledesma SAAI

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