AI assistant
Ledesma S.A. — Audit Report / Information 2024
Apr 11, 2024
68466_rns_2024-04-11_f9c8fea1-a4db-4017-8d88-39769adbf53c.pdf
Audit Report / Information
Open in viewerOpens in your device viewer
ACTA Nº 321 - SESION DEL 11 DE ABRIL DE 2024
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 11 días del mes de abril del año 2024, a las 9:00 horas se reúnen en la sede social de Av. Corrientes 415, piso 8° los miembros Comisión Fiscalizadora de Ledesma S.A.A.I. (en adelante, la ‘Sociedad’), doctora María Fraguas y Enrique Sbértoli, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 294 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, con el objeto de informar acerca de la revisión realizada sobre los estados financieros consolidados y separados condensados de la Sociedad por el período de nueve meses comprendido entre el 1° de junio de 2023 y el 29 de febrero de 2024.
Toma la palabra el doctor Enrique Sbértoli y manifiesta que como es de conocimiento de los señores miembros de esta Comisión, desde su designación por la asamblea de accionistas, la Comisión Fiscalizadora ha venido periódicamente fiscalizando la administración de la Sociedad, como así también verificando las disponibilidades y títulos, las obligaciones y el cumplimiento de las prescripciones legales vigentes, tanto en las operaciones sociales como en su registración contable.
Continúa manifestando el doctor Enrique Sbértoli que el directorio de la Sociedad sometió la referida documentación contable a la consideración de la Comisión Fiscalizadora quién la analizó ampliamente, habiendo dado la Sociedad por intermedio de sus autoridades y funcionarios, todas las explicaciones que oportunamente le fueron solicitadas.
El doctor Enrique Sbértoli señala que la documentación mencionada fue recibida por los integrantes de ésta Comisión con la debida anticipación. Por tal motivo y luego de un amplio intercambio de ideas y sin tener observaciones que formular, se resuelve por unanimidad aprobar el Informe de Comisión Fiscalizadora correspondiente a la documentación contable de la Sociedad por el período 1º de junio de 2023 al 29 de febrero de 2024, es decir, abarcando hasta el tercer trimestre inclusive.
Por ello el doctor Enrique Sbértoli propone emitir el siguiente informe:
“INFORME DE COMISIÓN FISCALIZADORA
Señores Accionistas de Ledesma S.A.A.I., Presente.
De nuestra consideración:
En nuestro carácter de miembros de la Comisión Fiscalizadora de LEDESMA S.A.A.I. (en adelante, la “Sociedad”), hemos efectuado una revisión de los documentos detallados en el párrafo 1 siguiente. La preparación de los documentos citados es responsabilidad del Directorio de la Sociedad.
1. DOCUMENTOS OBJETO DE LA REVISIÓN:
-
1.1 Estados financieros separados condensados de período intermedio de la Sociedad.
-
1.1.1 Estado separado de situación financiera al 29 de febrero de 2024 comparativo con el ejercicio anterior.
-
1.1.2 Estados separados del resultado integral por los períodos de nueve y tres meses finalizado el 29 de febrero de 2024, y el estado de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo por el período de nueve meses finalizado en esa fecha.
-
1.1.3 Notas explicativas seleccionadas.
-
1.2 Estados financieros consolidados condensados de la Sociedad con sus controladas.
-
1.2.1 Estado consolidado de situación financiera al 29 de febrero de 2024 comparativo con el ejercicio anterior.
-
1.2.2 Estado consolidado del resultado integral por los períodos de nueve y tres meses finalizado el 29 de febrero de 2024, y el estado consolidado de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo por el período de nueve meses finalizado en esa fecha.
1.2.3 Notas explicativas seleccionadas.
2. ALCANCE DE LA REVISIÓN
Nuestro trabajo fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Dichas normas requieren que la revisión de los documentos detallados en el párrafo 1 se efectúe de acuerdo con la Norma Internacional sobre Encargos de Revisión 2410, adoptadas por la FACPCE a través de la Resolución Técnica N° 33, tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (“IAASB”, por sus siglas en inglés), e incluya la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.
Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos detallados en el párrafo 1, hemos revisado el trabajo efectuado por el auditor externo quien emitió sus informes con fecha 11 de abril de 2024 respecto de los estados financieros separados y los estados financieros consolidados de la Sociedad, de acuerdo con la Norma Internacional sobre Encargos de Revisión 2410, adoptadas por la FACPCE a través de la Resolución Técnica N° 33, tal como fueron aprobadas por Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (“IAASB”, por sus siglas en inglés).
El informe de los auditores externos contiene la siguiente aclaración previa: una revisión de información financiera de períodos intermedios consiste en realizar indagaciones, principalmente a las personas responsables de las cuestiones contables y financieras, y aplicar procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión. El alcance de esta revisión es sustancialmente menor que el de una auditoría realizada de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría, y, por consiguiente, no permite a los auditores obtener seguridad de la toma de conocimiento de todas las cuestiones significativas que podrían identificarse en una auditoría. Por lo tanto, no expresaron los auditores tal opinión.
Dado que no es responsabilidad de la Comisión Fiscalizadora efectuar un control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio.
Asimismo, durante el período hemos dado cumplimiento a lo establecido por el art. N° 294 inc. 1, 2, 3, 4 y 9 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, no habiéndose presentado ninguna de las situaciones contempladas en los inc. 6, 7, 8, 10 y 11 de la citada Ley. Sobre los estados financieros separados condensados de período intermedio informamos que:
-
Los mismos surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las normas legales vigentes.
-
Al 29 de febrero de 2024, la deuda devengada en concepto de aportes y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino, que surge de los registros contables de la Sociedad, asciende a $ 996.451.441, no siendo exigible a esa fecha.
Sobre los estados financieros consolidados condensados de período intermedio informamos que:
-
Los mismos surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las normas legales vigentes.
-
La información contenida en la “Reseña Informativa” por los períodos intermedios finalizados del 29 de febrero de 2024 y 28 de febrero de 2023, es presentada por la Sociedad juntamente con los estados financieros para cumplimentar con las normas de la CNV. Dicha información, excepto por los datos indicados como “No cubiertos en el informe de Revisión”, surge de los estados financieros mencionados en el punto 1.2. del párrafo 1.
-
Al 29 de febrero de 2024, la deuda devengada en concepto de aportes y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino, que surge
de los registros contables de la Sociedad, asciende a $ 996.451.441, no siendo exigible a esa fecha.
3. CONCLUSIÓN
Basados en nuestra revisión, con las aclaraciones descriptas en el párrafo 2, no hemos tomado conocimiento de ninguna modificación importante que deba hacerse a los estados financieros adjuntos para que los mismos estén presentados de conformidad con las normas contables profesionales aplicables en cada caso.
Hemos leído la información contenida en “Reseña Informativa” al 29 de febrero de 2024, sobre la cual en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos observaciones que formular.
Adicionalmente informamos que los estados financieros adjuntos surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Por su parte, de acuerdo con los trabajos realizados, cabe destacar que los estados financieros mencionados han sido preparados, en todos sus aspectos significativos, de conformidad con las normas de la Resolución Técnica N° 26 de la FACPCE, la Norma Internacional de Contabilidad N° 34, las normas pertinentes a la Ley General de Sociedades N° 19.550 y las correspondientes a la Comisión Nacional de Valores.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 11 de abril de 2024”
Luego de un cambio de ideas la Comisión Fiscalizadora de Ledesma S.A.A.I. por unanimidad,
R E S U E L V E:
-
1º) Aprobar el texto del informe propuesto por el doctor Enrique Sbértoli.
-
2º) Disponer que indistintamente, uno cualquiera de los miembros de la Comisión Fiscalizadora suscriba en nombre y representación de la misma dicho informe, expida copia de la presente acta, así como el resto de la referida documentación contable a ser presentada en la Comisión Nacional de Valores y Bolsas y Mercados Argentinos S.A.
Mediando aprobación unánime de lo actuado y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las 9:30 horas.
==> picture [169 x 87] intentionally omitted <==
Ramón Masllorens
Responsable de Relaciones con el Mercado