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Ledesma S.A. Audit Report / Information 2021

Aug 9, 2021

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Audit Report / Information

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ACTA Nº 306: En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los 9 días del mes de agosto de 2021, siendo las 10 horas, se reúnen en la sede social los miembros de la Comisión Fiscalizadora de Ledesma Sociedad Anónima, Agrícola, Industrial , (en adelante, la “Sociedad”), doctores Enrique Sbértoli y María Fraguas en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 294 de la Ley General de Sociedades N°19.550, con el objeto de informar acerca del examen realizado sobre los estados financieros de la Sociedad por el 108º ejercicio social comprendido entre el 1° de junio de 2020 y el 31 de mayo de 2021. Se deja constancia el doctor Ángel Schindel no participa de la presente reunión por encontrarse temporariamente fuera del país.

Por unanimidad se resuelve designar al doctor Enrique Sbértoli para que presida la

reunión.

Toma la palabra el doctor Enrique Sbértoli y manifiesta que como es de conocimiento de los señores miembros, desde su designación por la asamblea de accionistas, la Comisión Fiscalizadora ha venido periódicamente fiscalizando la administración de la Sociedad, como así también verificando las disponibilidades y títulos, las obligaciones y su cumplimiento, habiendo comprobado la corrección de las operaciones sociales, así como sus registraciones contables, todo lo cual se ajusta a las prescripciones legales vigentes.

Continúa diciendo el doctor Enrique Sbértoli que el directorio de la Sociedad sometió la referida documentación contable a consideración de la Comisión Fiscalizadora, quien la analizó ampliamente, habiendo asimismo dado la Sociedad, por intermedio de sus autoridades y funcionarios, todas las explicaciones que oportunamente le fueran solicitadas.

En consecuencia, propone a la Comisión Fiscalizadora que informe que la documentación contable correspondiente al ejercicio social Nº 108 de la Sociedad es correcta y se ajusta a las prescripciones contables y legales en vigor. Asimismo, manifiesta que durante el ejercicio el directorio se ha circunscripto en su actuación a las disposiciones estatutarias, legales y reglamentaciones vigentes.

Por ello el doctor Enrique Sbértoli propone el siguiente texto de informe:

"Señores Accionistas de

Ledesma Sociedad Anónima Agrícola Industrial Presentes.

De nuestra consideración:

En nuestro carácter de miembros de la Comisión Fiscalizadora de Ledesma S.A.A.I., (en adelante, la “Sociedad”), hemos examinado los documentos detallados en el punto 1 siguiente. Los documentos citados son responsabilidad del Directorio de la Sociedad.

1. DOCUMENTOS EXAMINADOS:

1.1.- Estados financieros de Ledesma S.A.A.I.

1.1.1.- Los estados separados y consolidados de situación financiera al 31 de mayo de 2021, los estados separados y consolidados del resultado integral, los estados separados y consolidados de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo por ejercicio finalizado en esa fecha y los anexos y las notas explicativas seleccionadas.

1.1.2.- El Reporte Integrado que contiene la Memoria del Directorio, y el Informe sobre el grado de cumplimiento al Código de Gobierno Societario previsto por la Resolución 797/2019 de la Comisión Nacional de Valores por el ejercicio finalizado el 31 de mayo de 2021.

1.1.3.Información complementaria correspondiente a la Reseña informativa confeccionada según T.O. 2013 de la CNV.

1.1.4.- Información complementaria requerida por el art. 62, inc. b), punto 6) del Reglamento del Listado de Bolsas y Mercados S.A.

2. ALCANCE DEL EXAMEN

Nuestro trabajo fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Dichas normas requieren que la revisión de los documentos detallados en el punto 1 se efectúe de acuerdo con las normas de auditoría vigentes, e incluya la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.

Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos detallados en el punto 1, hemos revisado el trabajo efectuado por el auditor externo quien emitió sendos informes de fecha 9 de agosto de 2021 respecto de los estados financieros consolidados y los estados financieros separados de la Sociedad, ambos al 31 de mayo de 2021, de acuerdo con las normas de auditoría vigentes.

Los objetivos de la auditoría son obtener una seguridad razonable de que los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección significativa, debida a fraude o error, y emitir un informe de auditoría que contenga opinión. Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría realizada de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría (las “NIA”) siempre detecte una incorrección significativa cuando ella exista. Las incorrecciones pueden deberse a fraude o error y se consideran significativas si, individualmente o de forma agregada, puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que los usuarios toman basándose en los estados financieros consolidados.

Como parte de una auditoría de conformidad con las NIA, aplicaron su juicio profesional y mantuvieron una actitud de escepticismo profesional durante toda la auditoría. También:

  • Identifican y evalúan los riesgos de incorrección significativa en los estados financieros, debida a fraude o error, diseñan y aplican procedimientos de auditoría para responder a dichos riesgos y obtenemos elementos de juicio suficientes y apropiados para proporcionar una base para nuestra opinión. El riesgo de no detectar una incorrección significativa debida a fraude es más elevado que en el caso de una incorrección significativa debida a error, ya que el fraude puede implicar colusión, falsificación, omisiones deliberadas, manifestaciones intencionadamente erróneas o la elusión del control interno.

  • Obtienen conocimiento del control interno relevante para la auditoría con el fin de diseñar procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la Sociedad.

  • Evalúan si las políticas contables aplicadas son apropiadas, así como la razonabilidad de las estimaciones contables y revelaciones relacionadas efectuadas por la Dirección.

  • Concluyen sobre lo adecuado de la utilización, por la Dirección, del principio contable de empresa en funcionamiento y, basándose en los elementos de juicio obtenidos, concluyen sobre si existe o no una incertidumbre importante relacionada con hechos o con condiciones que pueden generar dudas significativas sobre la capacidad de la Sociedad para continuar como empresa en funcionamiento. Si concluyen que existe una incertidumbre importante, se requiere que llamen la atención en su informe de auditoría sobre la correspondiente información revelada en los estados financieros o, si dichas revelaciones no son adecuadas, que expresen una opinión modificada. Sus conclusiones se basan en los elementos de juicio obtenidos hasta la fecha de su informe de auditoría. Sin embargo, hechos o condiciones futuras pueden ser causa de que la Sociedad deje de ser una empresa en funcionamiento.

  • Evalúan la presentación global, la estructura y el contenido de los estados financieros, incluida la información revelada, y si los estados financieros representan las transacciones y hechos subyacentes de un modo que logre una presentación razonable.

  • Obtienen elementos de juicio suficientes y apropiados en relación con la información financiera de las entidades o actividades empresariales dentro de la Sociedad para expresar una opinión sobre los estados financieros.

Dado que no es responsabilidad de la Comisión Fiscalizadora efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la

Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio. Consideramos que nuestro trabajo nos brinda una base razonable para fundamentar nuestro informe.

Durante el período hemos dado cumplimiento a lo establecido por el art. N° 294 inc. 1, 2, 3, 4 y 9 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, no habiéndose presentado ninguna de las situaciones contempladas en los inc. 6, 7, 8, 10 y 11 de la citada Ley.

Sobre las políticas de opinión de contabilización y auditoría de la emisora y sobre el grado de objetividad e independencia del auditor externo en el ejercicio de su labor, acorde a lo requerido en el último párrafo del Artículo 4° del Capítulo XXI del Libro 6 de las Normas de la Comisión Nacional de Valores informamos que consideramos apropiada la calidad de las políticas de contabilización y auditoria de la Sociedad y el grado de objetividad e independencia de la auditoría externa en el ejercicio de su labor, basados en que:

a) Conforme surge de los informes del auditor externo, los estados financieros consolidados y separados fueron confeccionados por la Dirección de la Sociedad de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera, las normas contables vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina y las normas pertinentes de la Ley de Sociedades Comerciales y de la Comisión Nacional de Valores;

b) Los informes de auditoría externa mencionados anteriormente incluyen la manifestación de haber aplicado las normas de auditoria vigentes en la República Argentina. Dichas normas requieren que el auditor cumpla con los requerimientos de ética, planifique y ejecute su tarea con el objeto de obtener un grado razonable de seguridad acerca de la inexistencia de distorsiones significativos en los estados financieros y además exigen cierto grado de independencia respecto del auditor externo;

c) No consta a los miembros de esta Comisión que el auditor externo haya prestado servicios de alguna especie –sea en forma directa o indirecta- a los directores y/o a los síndicos de la Sociedad.

3. CONCLUSION

Basados en el examen realizado, con el alcance y las limitaciones descriptos en el párrafo 2, en nuestra opinión, los estados financieros adjuntos presentan razonablemente la situación financiera de la Sociedad al 31 de mayo de 2021, su resultado integral, los cambios en su patrimonio y los flujos de su efectivo por el ejercicio finalizado en esa fecha, de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) y la situación financiera de la Sociedad y sus sociedades subsidiarias al 31 de mayo de 2021, su resultado integral, los cambios en su patrimonio y los flujos de su efectivo por el ejercicio finalizado en esa fecha.

En relación con la Memoria del Directorio y al informe de Gobierno Societario previsto en el Anexo IV de la Res. CNV 797/2019, no tenemos observaciones que formular en materia de nuestra competencia, siendo las afirmaciones sobre hechos futuros responsabilidad exclusiva del Directorio.

Los estados financieros consolidados y separados de la Sociedad al 31 de mayo de 2021 surgen de registros contables llevados de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

De acuerdo a lo requerido por las Normas de la Comisión Nacional de Valores, sobre la independencia del auditor externo y sobre la calidad de las políticas de auditoría aplicadas por el mismo y de las políticas de contabilización de la Sociedad, los informes del auditor externo descriptos anteriormente incluyen la manifestación de haber aplicado las normas de auditoría vigentes en la República Argentina, que comprenden los requisitos de independencia, y no contiene salvedades en relación a la aplicación de dichas normas y de las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 9 de agosto de 2021."

Luego de un cambio de ideas al respecto, la Comisión Fiscalizadora de Ledesma S.A.A.I. , por unanimidad,

R E S U E L V E:

1. Aprobar el texto de dictamen propuesto por el doctor Enrique Sbértoli.

2. Disponer que indistintamente, uno cualquiera de los miembros de la Comisión Fiscalizadora, suscriba en nombre y representación de la misma el referido dictamen, así como también la documentación contable correspondiente al 108º ejercicio económico de la Sociedad finalizado el 31 de mayo del 2021 y expida copia de la presente acta.

Finalmente, se deja constancia que la presente reunión se celebró de manera presencial respetando las medidas de distanciamiento social y de prevención dispuestas por las normas vigentes a la fecha en virtud de la pandemia COVID-19. Mediando aprobación unánime de lo actuado y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las 10:30 horas.

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Responsable de Relaciones con el Mercado Ledesma SAAI