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Ledesma S.A. Audit Report / Information 2003

Nov 6, 2003

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Deloitte & Co. S.R.L.
Florida 234, Piso 5
C1005AAF Buenos Aires
Argentina

Tel: 54-11-4320-2700
Fax: 54-11-4325-8081
www.deloitte.com.ar

INFORME DE LOS AUDITORES

Señor Presidente y Directores de

Productores de Alcohol de Melaza S.A.

Maipú 267

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

En nuestro carácter de Contadores Públicos independientes, informamos sobre el resultado de la auditoría que hemos realizado de los estados contables de Productores de Alcohol de Melaza S.A. individualizados en el apartado 1 siguiente. Los estados citados constituyen una información preparada y aprobada por el Directorio de la Sociedad en ejercicio de sus funciones exclusivas. Nuestra tarea profesional consiste en emitir una opinión sobre dichos estados contables.

1 - Estados Contables objeto de la auditoría

1.1 Estados Básicos (expresados en moneda homogénea – nota 1.1.b)

1.1.1 Balances Generales al 30 de junio de 2003 y 2002.

1.1.2 Estados de Resultados por los ejercicios finalizados el 30 de junio de 2003 y 2002.

1.1.3 Estados de Evolución del Patrimonio Neto por los ejercicios finalizados el 30 de junio de 2003 y 2002.

1.1.4 Estado de Flujo de Efectivo por el ejercicio finalizado el 30 de junio de 2003.

1.2 Información Complementaria (expresada en moneda homogénea – nota 1.1.b)

Encabezamiento, Notas (1, 2, 4 y 5) y Anexos (A, C, E, F y H) por los ejercicios finalizados al 30 de junio de 2003 y 2002 y Nota 3 por el ejercicio finalizado el 30 de junio de 2003, que son parte integrante de los estados contables.

2 - Alcance del trabajo de auditoría

Para poder emitir una opinión sobre los estados contables mencionados en el apartado 1, hemos realizado el examen de acuerdo con las normas de auditoría vigentes en la República Argentina, incluidas en la Resolución Técnica Nº 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, aprobada por la Resolución Nº C. 267/85 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

2.

Dichas normas exigen la adecuada planificación y ejecución de la auditoría para poder establecer con un nivel de razonable seguridad, que la información proporcionada por los estados contables considerados en su conjunto, carece de errores o distorsiones significativos.

Una auditoría comprende, básicamente, la aplicación de pruebas selectivas para obtener evidencias respaldatorias de montos y afirmaciones relevantes, la evaluación de aquellas estimaciones importantes realizadas por el Directorio de la Sociedad y la revisión del cumplimiento de las normas contables profesionales de valuación y exposición vigentes en la República Argentina.

Los estados contables de la sociedad Alpamsa S.A., que la Sociedad ha utilizado para valuar sus inversiones no corrientes por el método del valor patrimonial proporcional al 30 de junio de 2003 y 2002, que corresponden los ejercicios finalizados en esas fechas, han sido auditados por otro profesional quien, en su carácter de contador público, emitió su informe sin observaciones.

3 - Aclaraciones previas

  1. Tal como se explica en la nota 3.1.a) a los estados contables básicos, a partir del corriente ejercicio, en la preparación de los estados contables referidos en el apartado 1 se han aplicado las normas establecidas por las Resoluciones Técnicas Nros. 5, 6, 8, 9 y 16 a 20 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, en los términos en que fueron aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se ha dado cumplimiento también a la Resolución General N° 434/03 de la Comisión Nacional de Valores (C.N.V.), que adoptó las Resoluciones Técnicas Nros. 16, 17, 18, 19 y 20 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.), con las modificaciones incorporadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P.C.E.C.A.B.A.) mediante sus Resoluciones C.D. Nros. 238/01, 243/01, 261/01, 262/01 y 187/02 y M.D. N° 32/02 y con ciertas excepciones, que no impactan significativamente en los estados contables de la Sociedad.
  2. Cabe mencionar que como consecuencia de las modificaciones introducidas en las normas contables, según lo indicado en el inciso anterior, a partir de los estados contables correspondientes al ejercicio finalizado el 30 de junio de 2003 la información se presenta en forma comparativa con el último cierre anual. Por tal motivo la información correspondiente a los estados de situación patrimonial, de resultados y de evolución del patrimonio neto, las notas 1, 2, 4 y 5 y los anexos (A, C, E, F y H), se presentan en forma comparativa con el último cierre anual (31 de diciembre de 2002), a excepción del estado de flujo de efectivo en el que sólo se presenta la información correspondiente al ejercicio finalizado el 30 de junio de 2003, en función a la dispensa establecida por la Resolución Técnica Nro. 8, en su capítulo II, apartado E, que se menciona en la nota 1.2.10.

Con relación al cierre del ejercicio finalizado el 30 de junio de 2002, cuya información se presenta en forma comparativa, nuestro informe de auditoría fue emitido con fecha el 30 de agosto de 2002. Nuestra opinión sobre los referidos estados contables estaba sujeta a la resolución final de las cuestiones que pudieran derivarse de las situaciones expuestas en el apartado 3.1 de Aclaraciones Previas del mencionado informe, las cuales, a la fecha del presente informe, han sido superadas.

3.

  1. Conforme se explica en la nota 3.1. b) a los estados contables básicos, el Decreto Nº 664/03 del Poder Ejecutivo Nacional y las Resoluciones Generales números 4/2003 de la Inspección General de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 441/03 de la Comisión Nacional de Valores suspendieron la preparación de los estados contables en moneda homogénea a partir del 1º de marzo de 2003. Desde el punto de vista de las normas contables profesionales, la expresión de los estados contables en moneda homogénea sigue vigente. La sociedad decidió discontinuar dicha reexpresión a partir del 1 de enero de 2003.

Tal como se señala en la nota mencionada el efecto de no haber expresado la información contable en moneda homogénea de febrero de 2003, tal como lo requieren las normas contables profesionales vigentes, no es significativo sobre los estados contables considerados en su conjunto. De haberse expresado la información contable en moneda homogénea de cierre de ejercicio el patrimonio neto de la Sociedad y los resultados del ejercicio hubieran ascendido aproximadamente a $ 12.543.609,39 y 1.446.504,98, respectivamente.

La información patrimonial al 30 de junio de 2002 y de resultados y de evolución del patrimonio neto por el ejercicio finalizado en esa fecha, que se presenta con fines comparativos, fue reexpresada hasta el mes de diciembre de 2002.

4- Dictamen

En nuestra opinión, excepto por lo mencionado en el inciso c) del apartado 3 de aclaraciones previas, el balance general de Productores de Alcohol de Melaza S.A. y los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo, expresados en moneda homogénea, mencionados en el apartado 1, presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial de la sociedad al 30 de junio de 2003 y 2002, los resultados de sus operaciones y las variaciones en su patrimonio por los ejercicios económicos finalizados en esas fechas, y las variaciones de su efectivo por el ejercicio finalizado el 30 de junio de 2003, de acuerdo con normas contables profesionales vigentes en la República Argentina.

5 - Información especial requerida por disposiciones vigentes

(estados contables al 30 de junio de 2003)

a) Las cifras de los estados contables señalados en el apartado 1 de este informe, concuerdan con los registros contables de los libros rubricados de la Sociedad, los que, en sus aspectos formales, han sido llevados de conformidad con las disposiciones vigentes.

b) Los estados contables mencionados en el apartado 1 se exponen de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 19.550 y la Resolución General No. 6/80 y complementarias de la Inspección General de Justicia, dando también cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución General N° 434/03 de la Comisión Nacional de Valores y se encuentran asentados en el Libro Inventario y Balances.

4.

c) Según surge de los registros contables mencionados, el pasivo devengado al 30 de junio de 2003 a favor del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones asciende a $31.073,51, no siendo exigibles a esa fecha.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 7 de octubre de 2003

DELOITTE & Co. S.R.L.
(Registro de Soc. Com.
C.P.C.E.C.A.B.A. – T° 1 - F° 3)
MIGUEL C. MAXWELL
Socio
Contador Público (U.B.A.)
C.P.C.E.(C.A.B.A.) T° CXI F° 142


INFORMACION COMPLEMENTARIA

Notas a los Estados Contables

Nota 1 - Bases de presentación de los estados contables

1.1 Bases de preparación

Las normas contables más relevantes aplicadas por la sociedad en la preparación de los estados contables que se informan fueron las siguientes:

a) Nuevas normas contables aplicadas

Los estados contables se han preparado de acuerdo con las normas establecidas por la Resoluciones Técnicas Nros. 5, 6, 8, 9 y 16 a 20 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, en los términos en que fueron aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P.C.E.C.A.B.A.). Se ha dado cumplimiento también a lo dispuesto por Resolución General N° 434/03 de la Comisión Nacional de Valores (C.N.V.), que adoptó las Resoluciones Técnicas Nros. 16, 17, 18, 19 y 20 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.), con las modificaciones incorporadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P.C.E.C.A.B.A.) mediante sus Resoluciones C.D. Nros. 238/01, 243/01, 261/01, 262/01 y 187/02 y M.D. N° 32/02 y con ciertas excepciones que no impactan significativamente en los estados contables de la Sociedad.

b) Consideración de los efectos de la inflación

La Resolución MD (Mesa Directiva) N° 3/02 emitida el 6 de marzo de 2002 por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pone en vigencia nuevamente la Resolución Técnica N° 6 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, por considerar que el país ya no presenta un contexto de estabilidad monetaria. Esta resolución establece que los estados contables deben estar expresados en moneda homogénea.

Con fecha 16 de julio de 2002 el Poder Ejecutivo Nacional sancionó el decreto N° 1.269/02, que derogó el anterior Decreto N° 316/95, con lo cual se eliminó la restricción para los organismos de control de recibir estados contables en moneda homogénea. Dicho decreto fue reglamentado para el ámbito de la Inspección General de Justicia por la Resolución General N° 11/2002.

2.

Con fecha 25 de marzo de 2003 el Poder Ejecutivo Nacional sancionó y publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 664/2003, por medio del cual, en su parte central, se instruyó a todos los organismos de fiscalización de sociedades y a todos los organismos de control dependientes del Poder Ejecutivo Nacional, que dispongan en el ámbito de sus respectivas competencias, que los balances o estados contables que le sean presentados, deberán observar lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley N° 23.928 y sus modificaciones. Esto significa que los organismos de control no podrán recibir estados contables expresados en moneda homogénea. El referido decreto fue reglamentado para el ámbito de la Inspección General de Justicia por la Resolución General 4/2003 publicada en el Boletín Oficial con fecha 22 de abril de 2003, mientras que en ámbito de la Comisión Nacional de Valores fue reglamentado por la Resolución General N° 441, emitida el 8 de abril de 2003. Estas resoluciones establecen que se debe discontinuar, a partir del 1° de marzo de 2003, la aplicación del método de reexpresión de estados contables establecido por la Resolución Técnica N° 6, con las modificaciones introducidas por la Resolución Técnica N° 19 de la F.A.C.P.C.E., tal como fuera adoptada por las resoluciones M.D. 3/2002 y M.D. 262/2001 del C.P.C.E.C.A.B.A., no aceptándose la presentación de aquellos estados contables que contengan actualizaciones posteriores a dicha fecha. Por su parte y desde el punto de vista de las normas contables profesionales, la expresión de estados contables en moneda homogénea sigue vigente, dado que no ha sido suspendida ni derogada la Resolución MD (Mesa Directiva) N° 3/02 del C.P.C.E.C.A.B.A. que estableció la obligatoriedad de presentar los estados contables en moneda homogénea en base a las variaciones del índice de precios internos al por mayor (IPIM) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

Las cifras de los estados contables anteriores a enero 2003, han sido reexpresadas hasta el 31 de diciembre de 2002. El efecto de no haber expresado la información contable en moneda homogénea de febrero de 2003, tal como requieren las normas contables profesionales vigentes, no es significativo sobre los estados contables en su conjunto.

De haberse expresado la información contable en moneda homogénea al cierre de ejercicio el patrimonio neto de la Sociedad y los resultados del ejercicio hubieran ascendido aproximadamente a $ 12.543.609,39 y 1.446.504,98.

La información patrimonial al 30 de junio de 2002 y de resultados y de evolución del patrimonio neto por el ejercicio finalizado en esa fecha, que se presenta con fines comparativos, fue reexpresada hasta el mes de diciembre de 2002.

3.

c) Resultados Financieros y por Tenencia (incluyendo el resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda)

No han sido segregados los componentes financieros implícitos contenidos en partidas de resultados, ya que se consideró que no se producirían distorsiones significativas en los estados contables, con relación a los resultados que se habrían obtenido de haberse segregado los mismos.

1.2 Criterios de valuación

Los principales criterios de valuación y exposición utilizados para la preparación de los estados contables son los siguientes:

1.2.1 Caja y bancos, créditos y deudas en general: han sido valuados:

  • En moneda de curso legal: a su valor nominal, contemplando, en caso de corresponder, los intereses devengados al cierre de cada ejercicio.

  • En moneda extranjera: a su valor nominal en moneda extranjera convertido al tipo de cambio vigente al cierre de cada ejercicio para la liquidación de estas operaciones.

  • Bancos en Bonos Nacionales y Provinciales: a su valor nominal.

No existen saldos por cobrar y por pagar de largo plazo para los cuales deba determinarse su valor actual en base a la interpretación establecida por la Resolución MD N° 32/02 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. No se aplicó el criterio de valor actual a los rubros corrientes dado que el bajo nivel de variación en los índices de precios internos al por mayor permite considerar el ejercicio como de estabilidad monetaria.

4.

1.2.2 Inversiones (No Corrientes)

Las participaciones en sociedades art. 33 Ley N° 19.550 han sido valuadas a sus valores patrimoniales proporcionales al 30 de junio de 2003, determinado sobre la base de estados contables de las sociedades emisoras a la misma fecha, para lo cual se han aplicado las normas establecidas por la Resolución Técnica N° 5 de la F.A.C.P.C.E..

1.2.3 Bienes de Cambio

Mercadería de reventa y Materias Primas: han sido valuadas a su costo de reposición a la fecha de cierre del ejercicio, que no supera su valor recuperable.

1.2.4 Bienes de uso

a) Los bienes de uso, excepto los incluidos en el rubro Tanques e Instalaciones, han sido valuados a su costo incurrido reexpresado en moneda homogénea del 31 de diciembre de 2002, en función de lo mencionado en la nota 1.1.b), menos la correspondiente amortización acumulada.

  1. Al 30 de junio de 2000 se ha incorporado un Revalúo Técnico en el rubro Tanques e Instalaciones, efectuado por peritos valuadores independientes, aprobado por la Inspección General de Justicia el 22 de mayo de 2001 (Conformidad Administrativa N° 05650).

La valuación al 30 de junio de 2003 de los bienes incluidos en este rubro es la que surge del Revalúo Técnico practicado en la fecha mencionada en el párrafo anterior, reexpresada según lo mencionado en la nota 1.1.b), menos la correspondiente amortización acumulada.

La diferencia de valor resultante de la aplicación del revalúo técnico ha sido imputada al rubro Reserva por Revaluaciones Técnicas de bienes de uso incluido en el Patrimonio Neto.

La amortización es calculada por el método de la línea recta a partir del ejercicio de su incorporación, aplicando la alícuota correspondiente a la vida útil asignada.

El valor de los bienes de uso, considerados en su conjunto, no supera su valor recuperable.

5.

1.2.5 Préstamos (ejercicio 2002)

  • En moneda de curso legal: se han valuado a sus valores nominales, adicionándoles los intereses devengados al cierre del ejercicio, según la tasa originalmente pactada.

  • En moneda extranjera pesificada (de acuerdo a los artículos 1° y 3° del Dec. 214/2002 y la Comunicación B.C.R.A. 3561): se han valuado a sus valores convertidos a pesos, utilizando la relación U$S 1 = $ 1, ajustados por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (C.E.R.), adicionándoles los intereses devengados al 30 de junio de 2002, según la tasa originalmente pactada.

  • En moneda extranjera: se han valuado a sus valores de cotización, al cierre del ejercicio finalizado el 30 de junio de 2002, adicionándoles los intereses devengados a esa fecha, según la tasa originalmente pactada.

  • En Especie: se han valuado al costo de reposición al 30 de junio de 2002 de los bienes afectables a su cancelación.

Préstamos (ejercicio 2003)

  • En moneda extranjera: se han valuado a sus valores de cotización, al cierre del ejercicio finalizado el 30 de junio de 2003, adicionándoles los intereses devengados a esa fecha, según la tasa originalmente pactada.

  • En Moneda de Curso Legal: se han valuado a sus importes nominales.

1.2.6 Previsiones:

  • Deducidas del Activo: la Sociedad registra sus cuentas a cobrar por el importe que estima será recuperado. En consecuencia, se registra una previsión para cuentas de cobro dudoso para cubrir aquellos créditos que se estima no serán recuperados. La metodología de cálculo está basada en la experiencia acumulada por el Directorio y la Gerencia de la Sociedad y en su sólido conocimiento de este tipo de operaciones. Los recuperos son registrados en el ejercicio en que se producen. El importe definitivo de cuentas por cobrar incobrables puede diferir del importe estimado de la previsión para cuentas de dudoso cobro registrado en los presentes estados contables.

  • Incluidas en el pasivo: se han constituido para afrontar situaciones contingentes que puedan resultar en una pérdida para la Sociedad, cuya materialización depende de que uno o más eventos futuros ocurran o dejen de ocurrir. La evaluación de los pasivos contingentes es realizada por el Directorio y la Gerencia con la asistencia de los asesores legales de la Sociedad, en base a los elementos de juicio disponibles.

6.

      1. Patrimonio Neto:

Las cuentas que integran este rubro han sido expresadas en moneda homogénea del 31 de diciembre de 2002 en función a lo mencionado en nota 1.1.b), excepto la cuenta Capital Suscripto y Primas de Emisión, que se han mantenido a su valor de origen; el ajuste derivado de su reexpresión se expone en la cuenta “Ajuste de Capital”.

1.2.8 Partidas del Estado de Resultados originadas en operaciones:

Se expresaron a moneda homogénea considerando el mes en que se originaron, excepto los cargos por activos consumidos (bienes de uso y bienes de cambio) que fueron determinados de acuerdo con los valores en moneda homogénea de tales activos, según se indica en nota 1.1.b).

Se consideró que no se producirían distorsiones significativas en los resultados del ejercicio finalizado el 30 de junio de 2003, de haberse considerado la reexpresión a moneda homogénea de los valores corrientes del mes de realización de cada una de las operaciones.

      1. Impuesto a las ganancias e Impuesto Diferido:

A partir del corriente ejercicio, las normas vigentes requieren la contabilización del cargo por impuesto a las ganancias por el método del impuesto diferido. Este criterio implica el reconocimiento de partidas de activos y de pasivos por impuesto diferido, en los casos en que se produzcan diferencias temporarias entre la valuación contable y la valuación fiscal de los activos y de los pasivos.

La composición del activo impositivo diferido neto al 30 de junio de 2003 y 2002, es la siguiente:

7.

Asimismo, la evolución de la previsión para desvalorización del activo impositivo diferido por los ejercicios finalizados el 30 de junio de 2003 y 2002, es la siguiente:

      1. Estado de Flujo de Efectivo:

La Sociedad presenta dicho estado de acuerdo con el método indirecto, partiendo del resultado neto del ejercicio y sumándole o deduciéndole, según corresponda, aquellas partidas que intervinieron en su determinación, pero que no afectaron los fondos, y los cambios en activos y pasivos. La Sociedad considera como concepto de “Efectivo” al rubro “Caja y Bancos”.

No se ha presentado Estado de Flujo de Efectivo comparativo, de acuerdo a lo previsto por la Resolución Técnica Nro. 8 en su capítulo II apartado E , debido a que la emisión de dicha información no era requerida por las normas de contabilidad vigentes al cierre del ejercicio finalizado al 30 de junio de 2002.

1.2.11 Uso de estimaciones en la preparación de los estados contables:

La preparación de los estados contables de acuerdo con las normas de contabilidad vigentes, requiere que el Directorio de la Sociedad efectúe estimaciones que afectan la determinación de activos y pasivos y la revelación de contingencias a la fecha de presentación de los estados contables. Los importes reales pueden diferir de las estimaciones efectuadas para la preparación de los estados contables.

El informe de fecha 7 de octubre de 2003

se extiende en documento aparte

DELOITTE & Co. S.R.L.

JUAN ANTONIO NICHOLSON (h) MIGUEL C. MAXWELL HECTOR M. MARTINEZ
Síndico Abogado C.S. Tº 17 Fº 3 (U.B.A.) Socio Contador Público (U.B.A.) C.P.C.E. (C.A.B.A.) Tº CXI Fº 142 Presidente

13.

Nota 4 - Estado del Capital
Emitido Suscripto Integrado Inscripto
$ $ $ $
Estado al 30.06.2002 1.400.000,00 1.400.000,00 1.400.000,00 1.000.000,00
Aumento de Capital 1.600.000,00 1.600.000,00 1.600.000,00 -
Estado al 30.06.2003 3.000.000,00 3.000.000,00 3.000.000,00 1.000.000,00 (1)
  1. Los aumentos de Capital aprobados por las Asambleas Generales Ordinaria celebrada el 12 de octubre de 1999 y Extraordinaria celebrada el 3 de febrero de 2003 fueron inscriptos por la Inspección General de Justicia el 15 de agosto de 2003. En consecuencia, a la fecha de emisión de los presentes estados contables el Capital Social de Productores de Alcohol de Melaza S.A. emitido, suscripto, integrado, e inscripto asciende a $3.000.000.- y está representado por 3.000.000 de acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal un peso cada una y un voto por acción.

Nota 5 - Mercaderías de Terceros

Al 30 de junio de 2003 y 2002 existían en depósitos bajo responsabilidad de la Sociedad, mercaderías de terceros por $815.441,60 y $5.600.133,55, respectivamente.

El informe de fecha 7 de octubre de 2003

se extiende en documento aparte

DELOITTE & Co. S.R.L.

JUAN ANTONIO NICHOLSON (h) MIGUEL C. MAXWELL HECTOR M. MARTINEZ
Síndico Abogado C.S. Tº 17 Fº 3 (U.B.A.) Socio Contador Público (U.B.A.) C.P.C.E. (C.A.B.A.) Tº CXI Fº 142 Presidente

INFORME DEL SINDICO

Señores Accionistas de

Productores de Alcohol de Melaza S.A.

En mi carácter de Síndico Titular y en cumplimiento de las disposiciones del inciso 5° del artículo 294 de la Ley Nº 19.550, he examinado la documentación individualizada en el apartado I), presentada por el Directorio de la Sociedad. Mi responsabilidad es informar sobre dichos documentos basado en el trabajo que se menciona en el apartado II).

I) Documentación examinada

  1. Balance General al 30 de junio de 2003.
  2. Estado de Resultados por el ejercicio finalizado el 30 de junio de 2003.
  3. Estado de Evolución del Patrimonio Neto por el ejercicio finalizado el 30 de junio de 2003.
  4. Estado de Flujo de Efectivo por el ejercicio finalizado el 30 de junio de 2003.
  5. Encabezamiento, notas (1 a 5) y Anexos (A, C, E, F y H) por el ejercicio finalizado el 30 de junio de 2003.
  6. Inventario al 30 de junio de 2003.
  7. Memoria del directorio por el ejercicio finalizado el 30 de junio de 2003.

Los estados contables mencionados en los incisos a) a e) están expresados en moneda homogénea. Sobre el particular, debe considerarse lo mencionado en el inciso b) del apartado III) de este informe.

II) Alcance del exámen

Para realizar mi tarea sobre los estados contables detallados en el apartado I), he verificado, entre otras tareas, la planificación, naturaleza, alcance, oportunidad y resultados de la auditoría practicada por los auditores externos, quienes emitieron su informe en el día de la fecha.

Dado que no es responsabilidad del síndico efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio.

Informo además que, en cumplimiento del ejercicio del control de legalidad que me compete, he aplicado durante el ejercicio los restantes procedimientos descriptos en el artículo 294 de la Ley N° 19.550, que consideré necesarios de acuerdo con las circunstancias.

Asimismo, en relación con la memoria del Directorio correspondiente al ejercicio terminado el 30 de junio de 2003, he verificado que contiene la información requerida por el art. 66 de la Ley de Sociedades Comerciales y, en lo que es materia de mi competencia, que sus datos numéricos concuerdan con los registros contables de la Sociedad y otra documentación pertinente.

2.

III) Aclaraciones previas al Dictamen

  1. Tal como se explica en la nota 3.1.a) a los estados contables básicos, a partir del corriente ejercicio, en la preparación de los estados contables referidos en el apartado 1 se han aplicado las normas establecidas por las Resoluciones Técnicas Nros. 5, 6, 8, 9 y 16 a 20 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, en los términos en que fueron aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se ha dado cumplimiento también a la Resolución General N° 434/03 de la Comisión Nacional de Valores (C.N.V.), que adoptó las Resoluciones Técnicas Nros. 16, 17, 18, 19 y 20 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.), con las modificaciones incorporadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P.C.E.C.A.B.A.) mediante sus Resoluciones C.D. Nros. 238/01, 243/01, 261/01, 262/01 y 187/02 y M.D. N° 32/02 y con ciertas excepciones, que no impactan significativamente en los estados contables de la Sociedad.

  2. Conforme se explica en la nota 3.1. b) a los estados contables básicos, el Decreto Nº 664/03 del Poder Ejecutivo Nacional y las Resoluciones Generales números 4/2003 de la Inspección General de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 441/03 de la Comisión Nacional de Valores suspendieron la preparación de los estados contables en moneda homogénea a partir del 1º de marzo de 2003. Desde el punto de vista de las normas contables profesionales, la expresión de los estados contables en moneda homogénea sigue vigente. La sociedad decidió discontinuar dicha reexpresión a partir del 1 de enero de 2003.

Tal como se señala en la nota mencionada el efecto de no haber expresado la información contable en moneda homogénea de febrero de 2003, tal como lo requieren las normas contables profesionales vigentes, no es significativo sobre los estados contables considerados en su conjunto. De haberse expresado la información contable en moneda homogénea de cierre de ejercicio el patrimonio neto de la Sociedad y los resultados del ejercicio hubieran ascendido aproximadamente a $ 12.543.609,39 y 1.446.504,98, respectivamente.

La información patrimonial al 30 de junio de 2002 y de resultados y de evolución del patrimonio neto por el ejercicio finalizado en esa fecha, que se presenta con fines comparativos, fue reexpresada hasta el mes de diciembre de 2002.

IV) Dictamen

Basado en el examen realizado, con el alcance descripto en el apartado II), en mi opinión, excepto por lo mencionado en el inciso b) del apartado III) de aclaraciones previas:

a) los estados contables al 30 de junio de 2003 expresados en moneda homogénea, señalados en los incisos a) a e) del apartado I), presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos la situación patrimonial de la Sociedad al 30 de junio de 2003, los resultados de sus operaciones y las variaciones en su patrimonio y de su efectivo por el ejercicio finalizado en esa fecha.

b) en relación con la memoria del Directorio, no tengo observaciones que formular en materia de mi competencia, siendo las afirmaciones sobre hechos futuros responsabilidad exclusiva del Directorio.

3.

c) los estados contables expresados en moneda homogénea, mencionados en los incisos a) a e) del apartado I), y el correspondiente inventario, surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 7 de octubre de 2003

JUAN ANTONIO NICHOLSON (h)
Síndico
Abogado
C.S. T° 17 F° 3 (U.B.A.)