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Ledesma S.A. — Annual Report 2003
Aug 20, 2003
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| MEMORIA Y ESTADOS CONTABLES al 31 de mayo de 2003 |
| MEMORIA |
M E M O R I A 2003
50º EJERCICIO
Señores Accionistas :
En cumplimiento de disposiciones legales y estatutarias de la Sociedad sometemos a vuestra consideración la Memoria, el Balance General, el Inventario, el Estado de Resultados, el Estado de Evolución del Patrimonio Neto, el Estado de Flujo de Efectivo, las Notas, los Anexos y la información complementaria correspondientes, las propuestas de Capitalización de Ajuste del Capital y de Destino de los Resultados, y el Informe de la Comisión Fiscalizadora de Calilegua S.A., correspondientes al 50 ° Ejercicio Social terminado el 31 de mayo de 2003 .
La Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas celebrada el 30 de julio de 2002 resolvió modificar la fecha de cierre de ejercicio prevista en el artículo 15° del Estatuto Social. Este cambio tiene por objeto adecuar la fecha de cierre de Calilegua S.A. con la de su Controlante, Ledesma S.A.A.I. Se estableció así que a partir del 1° de abril de 2003 los ejercicios sociales de Calilegua S.A. cerrarían el 31 de mayo de cada año, en lugar del 31 de marzo. En consecuencia, el 1° de abril de 2003 se inició el 50° Ejercicio Social de la compañía, que concluyó el 31 de mayo de 2003.
I. SITUACION ECONOMICA Y FINANCIERA
A. CALILEGUA S.A.
Durante el Ejercicio Social Irregular bajo análisis, Calilegua S.A. continuó operando como sociedad inversora del Grupo Ledesma, dedicándose al manejo de inversiones financieras.
El resultado final del Ejercicio irregular fue una pérdida de $(349.461), que tiene su origen fundamentalmente en el resultado reconocido por su participación en la Sociedad Controlada La Biznaga S.A., el que ascendió a $(319.891).
B. PRINCIPALES SOCIEDADES CONTROLADAS (Art.33) Ley Nº 19.550
B - 1.1 Castinver
Castinver S.A. arrojó una ínfima ganancia de $1.928, en contraposición a la pérdida expuesta en el Ejercicio anterior.
Tal como comentáramos en la Memoria correspondiente al anterior Ejercicio Social, los resultados de esta Compañía estaban seriamente afectados por los efectos de la inflación sobre su posición monetaria neta activa; la reversión de la tendencia en sus resultados es consecuencia de la baja de la inflación.
B - 1.2. Estancias
En el Ejercicio Económico Irregular finalizado el 31 de mayo de 2003, La Biznaga S.A. obtuvo un resultado negativo de $(319.950). Al igual que lo sucedido en Ledesma S.A.A.I. la evolución desfavorable del tipo de cambio afectó negativamente el resultado del período, toda vez que las existencias de hacienda y cereal tienen valores totalmente dolarizados. Adicionalmente, cabe destacar que durante el período informado se generaron mayores costos operativos relacionados con la estacionalidad de las actividades agropecuarias.
B - 1.3. Bridgeport Investments LLC
Al 31 de mayo de 2003 la participación accionaria de Ledesma S.A.A.I. y Calilegua S.A. en Bridgeport Holdings Llc. generó en ambas Compañías un resultado negativo de $561.392 y $167.625 respectivamente.
Si bien Bridgeport Holdings Llc. generó un resultado positivo de aproximadamente U$S 1.000.000, la disminución en la cotización del dólar entre el inicio y el cierre del presente Ejercicio irregular generó una diferencia de cambio negativa que revirtió el resultado operativo la Compañía.
C. TEMAS IMPOSITIVOS
C - 1. Quebrantos impositivos
La situación de los reclamos judiciales y administrativos contra el Estado Nacional (Administración Federal de Ingresos Públicos - Dirección General Impositiva) relacionados con créditos fiscales derivados de quebrantos impositivos no ha sufrido variaciones durante el presente Ejercicio con respecto a lo informado en la Memoria del 49º Ejercicio Social, a la que remitimos para mayor información.
II. PROPUESTA DE CAPITALIZACIÓN:
El Directorio propone no capitalizar suma alguna de la cuenta Ajuste de Capital.
III. DESTINO DE LOS RESULTADOS
Los resultados no asignados al cierre del 50 º Ejercicio Económico, previos a la propuesta del Directorio, son los siguientes:
Resultados no asignados al inicio del 50 º Ejercicio $23.206.369
Ajuste a los resultados de Ejercicios anteriores $(6.214.911)
Resultados no asignados al inicio modificados $ 16.991.458
Resultado del 50 º Ejercicio $ (349.461)
Resultados no asignados al cierre del 50° Ejercicio $ 16.641.997
El Directorio de Calilegua S.A. propone pasar el saldo de resultados no asignados a Cuenta Nueva.
EL DIRECTORIO
Buenos Aires, 06 de Agosto de 2003.
| ESTADOS CONTABLES |
| ESTADOS CONTABLES BASICOS |
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES
Por el ejercicio irregular de dos meses finalizado el 31 de mayo de 2003
Comparativo con el ejercicio anterior (Nota 1 )
(Expresado en pesos - Nota 2)
NOTA 1. – CAMBIO DE FECHA DE CIERRE DE EJERCICIO
De acuerdo a lo resuelto por la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas del 30 de julio de 2002, la Sociedad adecuó su cierre de ejercicio al de su controlante, pasando del 31 de marzo al 31 de mayo de cada año.
En consecuencia, los presentes estados contables corresponden a un ejercicio irregular de dos meses iniciado el 1° de abril de 2003 y finalizado el 31 de mayo de 2003. A fines comparativos se presentan los estados contables del ejercicio regular de doce meses finalizado el 31 de marzo de 2003.
NOTA 2. – BASES DE PRESENTACION DE LOS ESTADOS CONTABLES
Los presentes estados contables han sido preparados de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, excepto por la no aplicación del método de ajuste por inflación establecido en la Resolución Técnica (RT) Nº 6 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), según se describe en el punto a) de la presente nota y por la presentación del saldo de impuesto diferido sin aplicar valores descontados.
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA) aprobó las RT N° 16, 17, 18, 19 y 20 de la FACPCE y dispuso su aplicación obligatoria a partir de los ejercicios iniciados el 1º de julio de 2002. Estas nuevas RT se enmarcan en el proyecto de armonización de las normas contables profesionales con las normas contables internacionales emitidas por el International Accounting Standards Committee (“IASC”), así como también aclaran situaciones que no estaban expresamente previstas en el marco normativo anterior.
Las principales modificaciones incorporadas por las nuevas RT, que han generado efectos significativos sobre los estados contables de la Sociedad, son: (i) requerimiento obligatorio de aplicar el método del impuesto diferido para el reconocimiento del impuesto a las ganancias, (ii) incorporación de nuevos requisitos de exposición, entre los que se destacan la información comparativa a presentar, que implica comparar Balance General con último cierre de ejercicio y Estados de Resultados, de Evolución del Patrimonio Neto y de Flujo de Efectivo con igual período del ejercicio anterior; y el cambio del nombre del Estado de Origen y Aplicación de Fondos por Estado de Flujo de Efectivo, (iii) cambio en la exposición de los ingresos directos por ventas y de los resultados por tenencia por los bienes de cambio valuados a valor neto de realización.
- Consideración de los efectos de la inflación
Como consecuencia de un nuevo contexto inflacionario y las condiciones creadas por el régimen establecido por la Ley de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario, el 6 de marzo de 2002 el CPCECABA aprobó la Resolución M.D. N° 3/2002, que establece, entre otros aspectos, la reaplicación del ajuste por inflación en los ejercicios o períodos intermedios finalizados a partir del 31 de marzo de 2002 inclusive, tomando como base de ajuste el 31 de diciembre de 2001.
Al 31 de marzo de 2002, fecha de cierre de ejercicio de la Sociedad en ese momento, la Inspección General de Justicia (IGJ) no había autorizado la presentación de estados contables expresados en moneda constante, razón por la que los estados contables a dicha fecha únicamente incluyeron el efecto de la inflación hasta el 31 de agosto de 1995, de acuerdo a lo definido por las normas vigentes hasta dicha fecha.
El 1° de agosto de 2002 la IGJ emitió la Resolución General 11/2002 convalidando lo resultado por el CPCECABA en su Resolución Nº 3/2002. Por este motivo, el efecto de la inflación por el período comprendido entre el 1º de enero y el 31 de marzo de 2002 se expone como ajuste de resultado de ejercicios anteriores en el Estado de Evolución del Patrimonio Neto por el ejercicio finalizado el 31 de marzo de 2003 (Nota 3).
Posteriormente, el 25 de marzo de 2003 el Poder Ejecutivo Nacional publicó el Decreto N° 664/2003, a través del cual dispuso la derogación de la normativa que establecía la presentación de estados contables en moneda homogénea, e instruyó a los organismos de contralor a emitir la correspondiente normativa reglamentaria.
El 22 de abril de 2003 la IGJ emitió la Resolución General 4/2003, a través de la cual dispone la discontinuidad del ajuste para expresar los estados contables en moneda homogénea a partir del 1° de marzo de 2003.
Por tal motivo, los estados contables al 31 de mayo y 31 de marzo de 2003 han sido expresados en moneda constante, siguiendo el método de reexpresión establecido por las Resoluciones Técnicas N° 6 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas hasta el 28 de febrero de 2003. A tal efecto se emplearon coeficientes de ajuste derivados del índice de precios internos al por mayor (IPIM), publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.
La variación en el poder adquisitivo de la moneda por el período comprendido entre el 1º de marzo y el 31 de mayo de 2003 fue de –3,12% (deflación). De aplicar el método de ajuste por inflación hasta mayo de 2003, el patrimonio neto de la Sociedad disminuiría en aproximadamente 3.000.000 y el resultado del ejercicio irregular de dos meses se vería afectado por una ganancia de aproximadamente 2.500.000 y las cifras al 31 de marzo de 2003 hubieran sido reexpresadas a moneda del 31 de mayo de 2003.
- Efectivo
Para la preparación del estado de flujo de efectivo se consideraron caja y los equivalentes de caja que comprenden todas las inversiones de muy alta liquidez, con vencimiento originalmente pactados inferior a tres meses.
NOTA 3. – MODIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE EJERCICIOS ANTERIORES
A partir del 1° de abril de 2003, la Sociedad aplicó las disposiciones de los nuevos principios contables, RT N° 16 a 20 de la FACPCE, que introdujeron las modificaciones mencionadas en la Nota 2.
La aplicación de las disposiciones de los nuevos principios contables ha originado la adecuación de los saldos al comienzo del ejercicio y el consecuente ajuste a los resultados no asignados al inicio del mismo. Asimismo, los estados contables que se presentan con propósitos comparativos han sido modificados para dar efecto retroactivo a la aplicación de dichas disposiciones.
Se han realizado los siguientes ajustes a resultados de ejercicios anteriores:
| Cambios en los criterios de valuación | Resultados no Asignados Ganancia (Pérdida) |
| 31.03.03 | 31.03.02 | |
| Aplicación nuevas normas (RT 16 a 20) | ||
| Impuesto diferido (1) | (151.340) | (1.160.366) |
| Valuación de las participaciones permanentes: | ||
| La Biznaga S.A. | (6.143.964) | (7.583.704) |
| Andaco S.A. | 29.433 | 62.116 |
| Castinver S.A. | 50.960 | 196.406 |
| Subtotal | (6.214.911) | (8.485.548) |
| Aplicación del ajuste por inflación (Nota 2.a) | ||
| Efecto neto | --- | 22.540.451 |
| Total | (6.214.911) | 14.054.903 |
- Efecto neto considerando el pasivo contabilizado como “Otros pasivos no corrientes” al 31.03.03 y 31.03.02 por la inversión en la sociedad Bridgeport Investment LLC.
NOTA 4.- CRITERIOS DE VALUACION
Para la exposición y valuación de los rubros de los estados contables se siguieron los lineamientos establecidos por las RT 4, 5, 6, 8, 9, 16, 17, 18, 19 y 20 de la FACPCE. A continuación se detallan los criterios de valuación utilizados para la confección de los estados contables:
-
Bancos
-
En moneda nacional, sin cláusula de ajuste: a su valor nominal.
-
En moneda extranjera: se convirtieron a los tipos de cambio vigentes al cierre de cada ejercicio.
-
Créditos y Deudas
-
En moneda nacional: a su valor nominal incorporando los intereses devengados al cierre de cada ejercicio según las cláusulas específicas de cada operación, el cual no difiere significativamente de su valor descontado, en caso de corresponder, al cierre de cada ejercicio.
-
El crédito con la Administración Federal de Ingresos Públicos en concepto de Quebrantos Impositivos Conformados, se valuó a su valor de recupero en función de la cotización del Bono de Consolidación en Moneda Nacional IV Serie, 2% (Pro 12) al cierre de cada ejercicio.
-
Inversiones corrientes
-
Colocaciones de fondos en moneda nacional: se valuaron a su valor nominal, más los intereses devengados a la fecha de cierre de cada ejercicio.
-
Colocaciones de fondos en moneda extranjera: se valuaron a los tipos de cambio vigente al cierre de cada ejercicio, más los intereses devengados a dichas fechas.
-
Acciones: se valuaron de acuerdo con las cotizaciones vigentes en el mercado abierto a la fecha de cierre de cada ejercicio menos gastos directos de venta.
-
Inversiones no corrientes
Las inversiones comprenden participaciones en sociedades en las que se ejerce control, control conjunto o influencia significativa e inversiones en otras sociedades en las cuales Calilegua S.A. posee menos del 10% de participación. Estas participaciones se detallan en el Anexo C y han sido valuadas a su valor patrimonial proporcional, excepto por las inversiones en otras sociedades que han sido valuadas a su costo de adquisición reexpresado según lo mencionado en la Nota 2.a), sin exceder su valor recuperable.
Para la determinación de la participación en sociedades sobre las que se ejerce control, control conjunto o influencia significativa, se han utilizado los últimos estados contables disponibles al cierre de cada ejercicio.
La sociedad del exterior Bridgeport Investment LLC ha sido definida como sociedad integrada por considerarla una extensión de las operaciones de la inversión. Los activos y pasivos de dicha sociedad fueron convertidos a pesos utilizando las cotizaciones vigentes al cierre de cada ejercicio. Los resultados fueron convertidos empleando los tipos de cambio correspondientes a las fechas de las transacciones. Las correspondientes diferencias de cambio generadas en la conversión han sido imputadas al resultado de cada ejercicio en el rubro “Resultado Participaciones Permanentes”. La adopción de este criterio no implicó un cambio en la valuación de la Sociedad.
A partir de la vigencia de la Ley N° 25.063, los dividendos, en dinero o especie, que la Sociedad reciba por sus inversiones en otras sociedades en exceso de las utilidades acumuladas impositivas que éstas mantengan al momento de su distribución, estarán sujetos a una retención del 35% en concepto de impuesto a las ganancias con carácter de pago único y definitivo. Calilegua S.A. no ha contabilizado cargo alguno por este impuesto por estimar que las utilidades registradas emergentes de la aplicación del método del valor patrimonial proporcional no estarán sujetos a dicho impuesto.
- Impuesto a las Ganancias y Ganancia Mínima Presunta
La Sociedad determina el impuesto a las ganancias por el método denominado de impuesto diferido, el cual consiste en el reconocimiento del efecto impositivo de las diferencias temporarias entre las valuaciones contables e impositivas de los activos y pasivos, determinado a la tasa vigente del 35% establecida en la Ley de Impuesto a las Ganancias, imputando posteriormente la reversión de las mismas a los resultados de los ejercicios en que se producen, considerando, asimismo, la posibilidad de utilización de quebrantos en el futuro.
El impuesto a la ganancia mínima presunta fue establecido por la Ley Nº 25.063 por el término de diez ejercicios anuales. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias dado que, mientras este último grava la utilidad impositiva del período, el impuesto a la ganancia mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos activos productivos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Sociedad coincidirá con el mayor de ambos impuestos. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia
mínima presunta excede en un período fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que pudiera producirse en cualquiera de los diez ejercicios siguientes, de acuerdo a lo establecido en la Ley 25.360.
A continuación se detalla la composición del impuesto a las ganancias incluido en el estado de resultados:
La conciliación entre el impuesto a las ganancias imputado a resultados y el que resultaría de aplicar al resultado contable la tasa impositiva vigente del 35% es la siguiente:
- Cuentas del Patrimonio Neto
Se encuentran reexpresadas hasta el 28 de febrero de 2003 según lo mencionado en la Nota 2.a), excepto la cuenta de Capital Suscripto, la cual se ha mantenido a su valor nominal y el ajuste derivado de su reexpresión se expone en la respectiva cuenta de Ajuste.
- Cuentas del estado de resultados
Al 31 de mayo de 2003 las cuentas del estado de resultados se encuentran expresadas a sus valores nominales y al 31 de marzo de 2003 fueron reexpresadas aplicando a los saldos mensuales los coeficientes de reexpresión correspondientes, según se explica en Nota 2.a); excepto los resultados de inversiones permanentes que se determinaron en función del valor patrimonial proporcional de las empresas.
Los Resultados Financieros y por Tenencia incluyen los intereses, diferencias de cambio y demás resultados financieros generados por activos, y al 31 de marzo de 2003, adicionalmente el resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda.
NOTA 5.- COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS
NOTA 6.- ESTADO DEL CAPITAL SOCIAL
El estado del capital al 31 de Mayo de 2003 es el siguiente: capital suscripto, integrado e inscripto 13.872.991.
NOTA 7.- QUEBRANTOS IMPOSITIVOS
En lo que respecta a los reclamos administrativos iniciados con motivo del incumplimiento en la entrega de los bonos Ley 23.928 de Cancelación de Deudas en pesos que por derecho le corresponden a Ledesma S.A.A.I. y Calilegua S.A., se han presentado sendos recursos de amparo ante la Justicia Nacional a fin de que el Estado entregue Bonos correspondientes a los créditos fiscales expresamente reconocidos por la AFIP – DGI en el año 1996. En ambos casos se obtuvo sentencia favorable de los respectivos Juzgados de Primera Instancia. Los créditos reconocidos a favor de Ledesma S.A.A.I. y Calilegua S.A. ascendieron a 1.471.112 y 338.369, respectivamente.
En tal sentido la AFIP ha comunicado que en virtud de las disposiciones previstas por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 1873/02 sobre conversión de Deuda Pública Nacional, ambas empresas deben optar entre una variada gama de nuevos títulos públicos en reemplazo de aquellos previstos por la Ley 23.928 par el pago del crédito fiscal reconocido.
La elección realizada por ambas sociedades recayó sobre el bono de Consolidación en Moneda Nacional Cuarta Serie 2% (PRO 12). A la fecha se encuentra pendiente la entrega de estos títulos por parte del Estado Nacional.
NOTA 8.- VENCIMIENTOS DE INVERSIONES, CREDITOS Y DEUDAS
NOTA 9.- SALDOS Y OPERACIONES CON SOCIEDADES ART. 33 LEY 19.550
La Sociedad no realizó operaciones con Sociedades Art. 33 Ley 19.550 y los saldos al cierre de cada ejercicio son los siguientes:
| SOCIEDAD - SALDO | 31.05.03 | 31.03.03 |
| MAGDALA S.A. | ||
| Créditos | -- | 4.000 |
| Saldo Neto | -- | 4.000 |
| LA BIZNAGA S.A. | ||
| Créditos | 900 | -- |
| Dividendos a cobrar | 999.821 | -- |
| Saldo Neto | 1.000.721 | -- |
| FRANQUICIAS AZUCARERAS S.A. | ||
| Deudas | -- | (17.431) |
| Créditos | 2.135 | 2.000 |
| Saldo Neto | 2.135 | (15.431) |
| Créditos Sociedad Art. 33 Ley 19.550 | 1.002.856 | 4.000 |
| Deudas Sociedad Art. 33 Ley 19.550 | -- | (15.431) |
NOTA 10.- HECHOS POSTERIORES
-
La Asamblea General Ordinaria de Accionistas de fecha 23 de julio de 2003 aprobó entre otros temas los siguientes puntos:
-
Pasar a cuenta nueva los resultados no asignados por 23.206.369.
-
Aprobar los aportes irrevocables realizados por Ledesma S.A.A.I. durante el ejercicio al 31 de marzo de 2003 por 4.921.134.
-
A la fecha de emisión de los presentes estados contables el cambio vigente del dólar estadounidense se ha incrementado en un 7%. Esta variación generaría un resultado positivo adicional de aproximadamente 1.400.000, neto del efecto impositivo.
| ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS |
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS
Por el ejercicio irregular de dos meses finalizado el 31 de mayo de 2003
Comparativo con el ejercicio anterior (Nota 1.- a los Estados Contables Básicos)
Expresado en pesos (Nota 2.- a los Estados Contables Básicos de Calilegua S.A.)
NOTA 1 - BASES DE CONSOLIDACION
Siguiendo el procedimiento establecido en la Resolución Técnica Nro. 4 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), Calilegua S.A. ha consolidado sus balances generales al 31 de mayo de 2003 y 31 de marzo de 2003 y los estados de resultados y de flujo de efectivo por el ejercicio irregular de dos meses al 31 de mayo de 2003 y por el ejercicio al 31 de marzo de 2003.
NOTA 2 - SOCIEDADES OBJETO DE CONSOLIDACION
De conformidad con lo requerido por el art. 62 de la Ley Nro. 19.550 (t.o. 1984) se presentan los Estados Contables Consolidados de Calilegua S.A. al 31 de mayo de 2003 y 31 de marzo de 2003.
A tal efecto se consideraron:
- Estados Contables Básicos de Calilegua S.A. al 31 de mayo de 2003 y 31 de marzo de 2003.
- Estados Contables Especiales de La Biznaga S.A.A.C.I.F. al 31 de mayo de 2003 y 31 de marzo de 2003.
- Estados Contables de Castinver S.A. al 31 de mayo de 2003 y 31 de marzo de 2003.
Andaco S.A.
Con fecha 30 de mayo de 2003 la Sociedad vendió a La Biznaga S.A. la cantidad de 100 acciones de Andaco S.A. por 900, por lo cual La Biznaga S.A. posee el 100% de la acciones de Andaco S.A..
En consecuencia, con fecha 2 de junio de 2003, el Directorio de La Biznaga S.A. resolvió concretar el proceso de fusión por absorción de Andaco S.A., tomando como base los estados contables al 31 de mayo de 2003.
Magdala S.A.
Con fecha 10 de marzo de 2003 la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria Unánime de Magdala S.A. decidió la disolución de la Sociedad por haberse reducido a uno el número de accionistas de la misma.
NOTA 3 - PARTICIPACION EN EL CAPITAL
Al 31 de mayo de 2003 y 31 de marzo de 2003 Calilegua S.A. posee las siguientes participaciones directas e indirectas en las sociedades objeto de consolidación:
| Sociedad | PARTICIPACION CONSOLIDADA | |
| DIRECTA | INDIRECTA | |
| LA BIZNAGA S.A.A.C.I.F. y M. | 99.98% | - |
| CASTINVER S.A. | 99.75% | - |
Al 31 de marzo de 2003 Calilegua S.A. tenía participación directa en Magdala S.A. de 100%.
NOTA 4 - PRESENTACION DE ESTADO DE EVOLUCION DEL PATRIMONIO NETO
No se presenta el Estado de Evolución del Patrimonio Neto por ser coincidente con el de la controlante Calilegua S.A..
NOTA 5 - SINTESIS DE CRITERIOS DE VALUACIÓN Y EXPOSICION
Los criterios contables aplicados por las empresas que consolidan son similares a los de la consolidante, los mismos están detallados en la Nota 4 de los estados contables básicos. Adicionalmente, los criterios particulares de valuación y exposición de los siguientes rubros son:
Bienes de Cambio
- Hacienda (vacunos, equinos y otros), cereales y oleaginosas: a valores de mercado neto de gastos de venta.
- Sembrados: los insumos se valuaron a precio de reposición y/o precio de última compra y los laboreos se valuaron por tarifa valor mercado de contratistas. En ambos casos al momento de ser incurridos reexpresados de acuerdo a lo detallado en la Nota 2 a los estados contables básicos de la Sociedad. Los sembrados correspondientes a soja 1° y 2° y maíz se valuaron a valor de ingreso esperado proporcional, dado su elevado estado de avance y proximidad a la cosecha.
- Materias Primas y Materiales: los principales, que incluyen las Materias Primas compradas, se valuaron al costo de reposición y el resto de los materiales, al precio de la última compra.
Los Bienes de Cambio tomados en su conjunto no exceden su valor recuperable .
Bienes de Uso
Han sido valuados al costo de adquisición reexpresado según lo mencionado en Nota 2 a los estados contables básicos de la Sociedad, menos las correspondientes depreciaciones acumuladas.
Dentro del valor de terrenos, campos y fincas se incluyen 9.004.258 en concepto de valor llave abonado por La Biznaga S.A. por la compra de Andaco S.A..
Su origen se basa en el mayor precio abonado considerando el valor de mercado respecto del valor contable de los campos que poseía la sociedad adquirida en el momento de la compra. Dada la naturaleza de la llave, la misma no se amortiza y teniendo en cuenta que ambas sociedades se encuentran en un proceso de fusión de acuerdo a lo mencionado en la Nota 2, el valor se incluye dentro de los Bienes de Uso, destino final luego de producirse la incorporación de los activos de la sociedad absorbida.
Los Bienes de Uso se amortizan por el método de la línea recta en función de la vida útil asignada. El valor del rubro no supera su respectivo valor recuperable.
Resultados por Valuación de Bienes de Cambio a Valor Neto de Realización
Incluye los resultados generados por los stocks de hacienda vacuna, cereales y oleaginosas.
NOTA 6 - COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS
Contadora Pública A. M. de Justo 1150 Of. 202 B
Gladys Meich
Dock 8 – Puerto Madero
Buenos Aires
INFORME DEL AUDITOR
A los Señores Directores de
CALILEGUA S.A.
Corrientes 415 Piso 8° piso
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- He auditado el balance general de Calilegua S.A. al 31 de mayo de 2003 y al 31 de marzo de 2003 y los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el ejercicio irregular de dos meses finalizado el 31 de mayo de 2003 y por el ejercicio de doce meses finalizado el 31 de marzo de 2003. Asimismo, he auditado el balance general consolidado de Calilegua S.A. y sus sociedades controladas al 31 de mayo de 2003 y 31 de marzo de 2003 y los correspondientes estados consolidados de resultados y de flujo de efectivo por el ejercicio irregular de dos meses finalizado el 31 de mayo de 2003 y por el ejercicio de doce meses finalizado el 31 de marzo de 2003, que se exponen como información complementaria. Dichos estados contables son responsabilidad de la Dirección de la Sociedad. Mi responsabilidad es expresar una opinión sobre los mencionados estados contables basada en el trabajo realizado, de acuerdo con lo explicado en los párrafos 2. y 3..
- Mi trabajo fue realizado de acuerdo con las normas de auditoría vigentes. Una auditoría requiere que el auditor planifique y desarrolle su tarea con el objetivo de obtener un grado razonable de seguridad acerca de la inexistencia de manifestaciones no veraces o errores significativos en los estados contables. Una auditoría incluye examinar, sobre bases selectivas, los elementos de juicio que respaldan la información expuesta en los estados contables, así como evaluar las normas contables utilizadas, las estimaciones significativas efectuadas por la Dirección de la Sociedad y la presentación de los estados contables tomados en su conjunto. Considero que la auditoría realizada brinda una base razonable para fundamentar mi opinión.
- No he auditado los estados contables de las sociedades controladas La Biznaga S.A. y Andaco S.A. y de la vinculada Franquicias Azucareras S.A., cuyas participaciones directas e indirectas fueron valuadas a valor patrimonial proporcional según balances al 31 de mayo de 2003 y 31 de marzo de 2003. Los estados contables de estas sociedades han sido examinados por otros profesionales, cuyos informes no contienen salvedades ni limitaciones que puedan modificar los valores contabilizados por Calilegua S.A., excepto por la no consideración del efecto del cambio en el poder adquisitivo de la moneda mencionado en el párrafo 4.. Consecuentemente, mi opinión incluida el párrafo 5. de este informe en lo que se refiere a las cifras correspondientes a estas sociedades, se basa en los informes de otros auditores.
1
- Tal como lo indica la Nota 2.a) a los estados contables básicos y de acuerdo con las normas del organismo de control societario, la Sociedad no ha reconocido contablemente los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda originados a partir del 1° de marzo de 2003, lo que es requerido por las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De aplicar el método de ajuste por inflación hasta mayo de 2003, el patrimonio neto de la Sociedad disminuiría en aproximadamente 3.000.000, el resultado del ejercicio irregular de dos meses se vería afectado por una ganancia de aproximadamente 2.500.000 y las cifras al 31 de marzo de 2003, presentadas a efectos comparativos, hubieran sido reexpresadas a moneda del 31 de mayo de 2003.
- En mi opinión, basada en el trabajo realizado cuyo alcance se describe en el párrafo 2. y en los informes de otros auditores indicados en el párrafo 3., excepto por la falta de reconocimiento contable de los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda mencionados en el párrafo 4., los estados contables detallados en el párrafo 1. presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial de Calilegua S.A. y la situación patrimonial consolidada de Calilegua S.A. con sus sociedades controladas al 31 de mayo de 2003 y 31 de marzo de 2003 y los resultados de sus operaciones y flujo de efectivo por el ejercicio irregular de dos meses finalizado el 31 de mayo de 2003 y por el ejercicio de doce meses finalizado el 31 de marzo de 2003, de conformidad con las normas vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- En cumplimiento de disposiciones vigentes, informo que:
- Los saldos expuestos en los estados contables de Calilegua S.A. correspondientes a los ejercicios finalizados el 31 de mayo de 2003 y 31 de marzo de 2003, surgen de los registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
- Los referidos estados contables y estados contables consolidados han sido confeccionados respetando las normas relativas a su forma y contenido previstas en la Ley Nro. 19.550.
- Al 31 de mayo de 2003 no existen deudas que surjan de los registros contables de Calilegua S.A. devengadas ni exigibles en concepto de aportes y contribuciones con destino al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
Buenos Aires, 6 de agosto de 2003.
Gladys Meich
Contadora Pública U.B.A.
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº129 – Fº184
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