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Ledesma S.A. — Annual Report 2003
Aug 21, 2003
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| ESTADOS CONTABLES al 31 de marzo de 2003 y 2002 |
MEMORIA
Señores accionistas:
En cumplimiento de disposiciones legales y estatutarias sometemos a vuestra consideración la Memoria, el Balance General, el inventario, el Estado de Resultados, el Estado de Evolución del Patrimonio Neto, el Estado de Origen y Aplicación de Fondos, las Notas y los Anexos y la propuesta de Destino de Resultados correspondiente al 20º Ejercicio terminado el 31 de marzo de 2003.
CONSIDERACIONES GENERALES:
Durante el presente ejercicio, Castinver continuó desarrollando satisfactoriamente sus actividades de distribución papelera en todo el país, ajustando su política comercial a las nuevas condiciones del mercado, logrando aumentar los volúmenes comercializados sin perjuicio en los niveles de utilidad deseados.
ASPECTOS FINANCIEROS:
La Sociedad operó con suficiente capital propio y no fue necesario recurrir al crédito externo ni al aporte de sus accionistas.
ASPECTOS COMERCIALES:
Tal se comentó en nuestra memoria anterior, al comienzo del ejercicio en cuestión se verificaba el menor consumo de papel obra de los últimos años y a márgenes mínimos, luego de ello y debido a sustitución de importaciones y a una leve recuperación de los consumos históricos, se logró aumentar los volúmenes esperados y lograr resultados esperados.
Si bien nos encontramos aun atravesando la crisis mas profunda de la historia Argentina, lo comentado en el párrafo anterior y la prudente administración de nuestra Política comercial nos permite mantener un prudente optimismo para el nuevo ejercicio.
DESTINO DE LOS RESULTADOS:
Los resultados no asignados al cierre del 20º Ejercicio Económico son los siguientes:
Resultados no asignados ajustados al inicio del ejercicio neto de las decisiones adoptadas por la Asamblea del 30/7/2002 (Ganancia):
6.143.065
Ajuste Resultados Ejercicios anteriores 43.928
Distribución Dividendos ad referendum (2.500.000)
Resultado del Ejercicio (1.705.347)
Total de Resultados no asignados 1.981.646
El Directorio de Castinver S.A. propone a los señores accionistas el siguiente destino para los resultados no asignados correspondientes al 20º Ejercicio Social
A cuenta Nueva 1.981.646
Total de Resultados no asignados 1.981.646
El Directorio agradece la colaboración del personal de la Empresa en el logro de los objetivos alcanzados durante el ejercicio
EL DIRECTORIO
CASTINVER S.A.
ESTADOS CONTABLES POR EL EJERCICIO
FINALIZADO EL 31 DE MARZO DE 2003
COMPARATIVO CON EL EJERCICIO ANTERIOR
EJERCICIO ECONOMICO NRO. 20
Denominación: CASTINVER SOCIEDAD ANONIMA.
Domicilio Legal: Corrientes 415 Piso 8 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Actividad Principal: Comercialización de productos de Librería, Papelería y Azúcar
Inscripción en el Del estatuto o contrato social: 21/10/1983.
Registro Público
de Comercio De la última modificación (Nota 8): 09/09/2002.
Inscripción en la Inspección General de Justicia número: 7831 del libro 98 tomo A
Fecha de vencimiento del estatuto o contrato social: 21/10/2082.
Denominación de la Sociedad controlante: CALILEGUA S.A.
Domicilio Legal: Corrientes 415 Piso 8 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Actividad Principal: Inversora.
Participación de la sociedad controlante sobre el patrimonio: 99,74 %
Porcentaje de votos de la sociedad controlante: 99,74 %
Composición del capital ( en pesos históricos – Nota 1):
ACCIONES CAPITAL
Cantidad Clase Nro. Votos Emitido Suscripto Integrado
que otorga c/u
440.000 Ordinarias 1 voto 440.000 440.000 440.000
escriturales
| Firmado a efectos de su identificación 0con mi informe de fecha 240/04/2003 Gladys E. Meich Contadora Pública U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A T° 129 – F° 184 | - 1 - | Alejandro Blaquier Presidente |
CASTINVER SOCIEDAD ANONIMA
ESTADOS CONTABLES POR EL EJERCICIO
FINALIZADO EL 31 DE MARZO DE 2003
COMPARATIVO CON EL EJERCICIO ANTERIOR
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES
(cifras expresadas en pesos – Nota 1)
NOTA 1. - BASES DE PRESENTACION DE LOS ESTADOS CONTABLES
La Resolución Técnica Nro. 6 de la F.A.C.P.C.E. requiere que los estados contables sean expresados en moneda constante de la fecha de cierre de cada ejercicio, empleando coeficientes de ajuste derivados del índice de precios internos al por mayor, publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.
La Resolución General Nro. 8/95 de la Inspección General de Justicia requirió que a partir del 1ro. de septiembre de 1995 se discontinúe la aplicación del método de reexpresión en moneda constante, convalidando las reexpresiones registradas hasta dicha fecha, conforme lo estableció el Decreto 316/95.
La Resolución Nro. 140/96 de la F.A.C.P.C.E. estableció que este criterio es aceptado en la medida que la variación en el índice de precios aplicado para la reexpresión no supere el 8% anual.
Según lo detallado en Nota 9, el 6 de enero de 2002 fue sancionada la Ley 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario que eliminó el régimen cambiario de Convertibilidad del peso con el dólar estadounidense. En febrero de 2002 se estableció un mercado único y libre de cambios. Estas medidas provocaron una significativa devaluación del peso e incrementos generalizados de precios. La inflación acumulada al 31 de marzo de 2003 ascendió al 119%.
Con fecha 6 de marzo de 2002, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, considerando que el país ya no presenta un contexto de estabilidad monetaria, emitió la Resolución M.D. Nº 3/2002, en la cual determina la vigencia de la Resolución Técnica Nº 6 para los ejercicios o períodos intermedios cerrados a partir del 31 de marzo de 2002 inclusive, tomando como base de ajuste el 31 de diciembre de 2001.
El 17 de julio de 2002 el Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto 1269/02, derogó el Decreto 316/95 e instruyó a la Inspección General de Justicia, Comisión Nacional de Valores, Administración Federal de Ingresos Públicos y otros organismos de control para que dicten las reglamentaciones pertinentes a los fines de la recepción de estados contables confeccionados en moneda constante.
El 25 de julio de 2002 la Comisión Nacional de Valores emitió la Resolución General N° 415 estableciendo la obligatoriedad de presentación de estados contables reexpresados, reconociendo los efectos de la inflación a partir del 1 de enero de 2002.
El Decreto 664/03 del 20 de marzo de 2003 derogó el Decreto 1269/02 mencionado en el párrafo anterior. Tanto la Comisión Nacional de Valores, por medio de su Resolución General N° 441, como la Inspección General de Justicia, a través de su Resolución General N° 4/2003 pubicada el 22 de abril de 2003, dispusieron cancelar la aplicación del método de ajuste por inflación a partir del 1° de marzo de 2003.
Teniendo en cuenta lo indicado anteriormente, los estados contables al 31 de marzo de 2003 fueron expresados en moneda del 28 de febrero de 2003, reconociendo los efectos de la inflación desde el 1º de enero de 2002 y hasta dicha fecha.
La inflación del mes de marzo de 2003 fue de –0,6%, por lo que el efecto de no expresar los estados contables en moneda de dicho mes no es significativo.
Los estados contables al 31 de marzo de 2002, emitidos el 26 de abril de 2002, fueron originalmente expresados en moneda histórica. Para presentarlos con fines comparativos se corrigieron para reconocer los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda correspondiente al período enero a marzo de 2002, y posteriormente se reexpresaron en moneda del 28 de febrero de 2003. El efecto sobre el patrimonio neto inicial asciende a 43.928, y se expone en el Estado de Evolución del Patrimonio Neto como Ajuste de Resultados de Ejercicios Anteriores.
NOTA 2.- CRITERIOS DE VALUACION
Para la exposición y valuación de los rubros de los estados contables se siguieron los lineamientos establecidos por las Resoluciones Técnicas 6, 8, 9, 10 y 12 de la F.A.C.P.C.E.
A continuación se detallan los criterios de valuación utilizados para la confección de los estados contables:
a) Los rubros monetarios (caja y bancos, créditos y deudas), se valuaron a su valor nominal. Los créditos y deudas incluyen la porción devengada de interés al cierre de cada ejercicio.
b) Las disponibilidades en moneda extranjera se valuaron al tipo de cambio vigente al cierre de cada ejercicio.
c) Inversiones corrientes: corresponden a la participación en el Fondo de Inversión “Boston Liquidity Management Fund” del BankBoston International de los Estados Unidos de Norteamérica. Se valuó a su cotización al 31 de marzo de 2003, convirtiéndose a pesos al tipo de cambio vigente a esa fecha.
d) Los bienes de uso se valuaron a su costo incurrido reexpresado según se explica en Nota 1, menos las correspondientes amortizaciones acumuladas.
La amortización de dichos bienes se calcula por el método de la línea recta, aplicando alícuotas suficientes para extinguir sus valores al final de la vida útil estimada. El valor residual de los bienes de uso considerados en su conjunto no supera su valor recuperable.
e) Cargos diferidos: corresponde a la franquicia de Printing Group y se valuó a su costo reexpresado en moneda constante según se explica en la Nota 1. La franquicia se amortiza en diez años por el método de la línea recta. El valor residual así calculado se ajusta al valor recuperable de dicho activo.
f) Previsiones: deducidas del activo, constituídas para regularizar y adecuar la valuación de los siguientes rubros: Créditos por ventas, Cargos diferidos y Otros Activos.
g) Al 31 de marzo de 2003 la Sociedad constituyó provisión por el impuesto a las ganancias aplicando la tasa vigente del 35% sobre la utilidad impositiva estimada, sin considerar el efecto de las diferencias temporarias entre el resultado contable y el impositivo.
El impuesto a la ganancia mínima presunta fue establecido por la Ley N° 25.603. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias, dado que, mientras este último grava la utilidad impositiva del ejercicio, el primero constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos activos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Sociedad coincidirá con el mayor de ambos impuestos. Sin embargo, el exceso del impuesto a la ganancia mínima presunta, podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente de impuesto a las ganancias que pudiera producirse en cualquiera de los diez ejercicios siguientes de acuerdo a lo establecido en la ley 25.360.
En el ejercicio finalizado el 31 de marzo de 2002, la Sociedad ha estimado la provisión del impuesto a las ganancias en 33.946, mientras que el importe determinado en concepto de provisión de impuesto a la ganancias mínima presunta fue de 72.482. El excedente, de 38.536 se consideró como un crédito y se expone, junto con el impuesto a la ganancia mínima presunta de ejercicios anteriores, en el rubro Otros Créditos No Corrientes.
h) El capital social se reexpresó según se explica en Nota 1, y la diferencia entre el valor ajustado y el valor nominal se expone en la cuenta Ajuste de Capital.
i) La reserva legal y los resultados no asignados fueron reexpresados teniendo en cuenta el efecto de la inflación, según se explica en Nota 1.
j) Las cuentas del estado de resultados al 31 de marzo de 2003 fueron reexpresadas aplicando a los saldos mensuales los coeficientes de reexpresión correspondientes, según se explica en Nota 1, excepto las que representan consumos de bienes no monetarios, que se exponen a sus valores reexpresados, de acuerdo a lo indicado en los puntos d) y e).
Los Resultados Financieros y por Tenencia incluyen el resultado por exposición a la inflación, los intereses, diferencias de cambio y demás resultados financieros generados por activos y pasivos.
NOTA 3. - COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS:
| 31/03/2003 | 31/03/2002 |
3.1 CAJA Y BANCOS
| Caja en $ | 18.640 | 35.762 | |
| Caja en u$s | 28.512 | 3.739 | |
| Fondos fijos | 4.991 | 6.966 | |
| Letras de tesorería de cancelación de oblig.provinc. | 217.620 | 238.121 | |
| Bancos Cta. Cte. en $ | 539.812 | 545.667 | |
| Bancos Cta. Cte. en u$s | 173.056 | ---- | |
| 982.631 | 830.255 |
3.2 INVERSIONES
| Fondo de Inversión en u$s | 2.420.190 | ---- | |
| 2.420.190 | --- | ||
Corresponde a 304.022 cuotas del fondo de inversión Boston Liquidity Management Fund, del BankBoston International, Miami, Estados Unidos de Norteamérica.
3.3 CREDITOS POR VENTAS
| Créditos por Ventas Comunes | 2.121.718 | 3.905.312 | |
| Cheques en Cartera | 668.399 | 1.269.175 | |
| Previsión Créditos Incobrables (Anexo E) | (674.893) | (1.951.208) | |
| 2.115.224 | 3.223.279 | ||
| 31/03/2003 | 31/03/2002 |
3.4 OTROS CREDITOS CORRIENTES
| Préstamos y Ant. al Personal | 1.133 | 11.582 | ||||||
| Garantía de Alquileres | 900 | 1.506 | ||||||
| Fondos a Rendir | 120 | 201 | ||||||
| Saldo a favor obras sociales | 5.694 | ---- | ||||||
| Créditos Varios | 1.694 | 2.039 | ||||||
| Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta / Ganancias: | ||||||||
| - Provisión | ---- | (72.482) | ||||||
| - Anticipos | ---- | 44.992 | ||||||
| - Saldo a Favor | ---- | 173.139 | ||||||
| - Ret. de terceros | ---- | 91.582 | ||||||
| Anticipos Soc. Art. 33 Ley 19550 (Nota 5) | ---- | 1.953.737 | ||||||
| Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias | ---- | 23.622 | ||||||
| Franquicias a Facturar | 2.400 | 4.014 | ||||||
| Intereses a Cobrar | 18.060 | 81.792 | ||||||
| 30.001 | 2.315.724 |
3.5 OTROS ACTIVOS
| Bienes en Desuso | 24.341 | 24.341 | |
| Previsión por Desvalorización (Anexo E) | (24.341) | (24.341) | |
| ---- | ---- |
3.6 OTROS CREDITOS NO CORRIENTES
| Crédito Ganancia Mínima Presunta | ---- | 109.952 | |
| ---- | 109.952 |
3.7 CUENTAS POR PAGAR
| Comunes | 6.460 | 18.043 | |
| Soc. Art. 33 Ley 19.550 (Nota 5) | 3.223.979 | ---- | |
| Provisión para gastos | 22.565 | 36.632 | |
| 3.253.004 | 54.675 |
| 31/03/2003 | 31/03/2002 |
| 3.8 DEUDAS FISCALES | |||
| Impuesto a las ganancias: * Provisión * Retención de terceros * Retenciones a terceros * Saldo a Favor Mínima Presunta | 352.000 (154.393) 6.366 (58.458) | ---- ---- 13.004 ---- | |
| Impuesto sobre créditos y débitos en cuentas bancarias | ---- | (45.445) | |
| Impuesto al Valor Agregado | 87.526 | 110.777 | |
| Impuesto a los Ingresos Brutos | 58.747 | 54.830 | |
| 291.788 | 133.166 | ||
| 3.9 OTROS PASIVOS | |||
| Garantía de Directores | 3.000 | 5.019 | |
| 3.000 | 5.019 |
3.10 COMISIONES POR VENTAS DE MERCADERIAS EN CONSIGNACION
| * Comisiones por ventas de mercadería en consignación (Nota 5) | 6.035.914 | 4.364.850 | |
| * Impuesto a los Ingresos Brutos | (294.185) | (267.639) | |
| 5.741.729 | 4.097.211 |
3.11 RESULTADOS FINANCIEROS Y POR TENENCIA
| Generados por activos: | |||
| * Resultado por exposición a la inflación | (2.840.867) | (2.114.314) | |
| * Intereses y diferencias de cambio | (563.912) | 1.018.104 | |
| Generados por pasivos: | |||
| * Resultado por exposición a la inflación | 324.276 | 602.540 | |
| (3.080.503) | (493.670) |
NOTA 4. -CAPITAL SOCIAL
El capital suscripto e integrado de la Sociedad al 31 de marzo de 2003 asciende a 440.000, y se halla inscripto en el Registro Público de Comercio.
NOTA 5. - SALDOS Y OPERACIONES CON SOCIEDADES ART. 33 LEY 19.550
Los saldos y operaciones con Ledesma S.A.A.I. al cierre de cada ejercicio son:
| 31/03/2003 | 31/03/2002 | ||
| SALDOS: * Cuentas por pagar * Créditos varios | 3.275.697 (1.360) | (1.859.943) ---- | |
| * Financiación a devengar | (48.453) | (93.794) | |
| * Gastos a debitar | (1.905) | ---- | |
| 3.223.979 | (1.953.737) |
| OPERACIONES: * Comisiones por venta de mercadería en consignación | 6.035.914 | 4.364.850 |
NOTA 6.- VENCIMIENTOS ESTIMADOS DE CREDITOS Y DEUDAS
| RUBRO | 30/06/03 | 30/09/03 | 31/12/03 | 31/03/04 | Más de 1 año | TOTAL | INTERES |
| ACTIVO | |||||||
| Créditos por ventas | 2.115.224 | ---- | ---- | ---- | ---- | 2.115.224 | (a) |
| Otros créditos Corrientes | 29.501 | 500 | ---- | ---- | ---- | 30.001 | No |
| PASIVO | No | ||||||
| Cuentas por pagar | 3.253.004 | ---- | ---- | ---- | ---- | 3.253.004 | No |
| Remun.y Cs.Sociales | 151.298 | ---- | 25.763 | ---- | ---- | 177.061 | No |
| Deudas fiscales | 152.639 | 139.149 | ---- | ---- | ---- | 291.788 | No |
| Otros pasivos | 3.000 | ---- | ---- | ---- | ---- | 3.000 | No |
(a) Devenga un interés promedio del 5% a 60 días.
NOTA 7.- RESTRICCIONES A LA DISTRIBUCION DE UTILIDADES
De acuerdo a las disposiciones de la Ley 25.063 de reforma impositiva, vigente a partir del 1 de enero de 1999, cuando se efectúen pagos de dividendos que superen las ganancias determinadas en base a la aplicación de normas fiscales, la Sociedad deberá retener en concepto de pago único y definitivo el 35% de la diferencia.
Se excluyen de esta disposición los resultados acumulados al 31 de marzo de 1998. En caso que se defina la distribución de la totalidad de resultados acumulados, la Sociedad estima que no deberá efectuar retenciones significativas.
NOTA 8.- RESOLUCION DE LA ASAMBLEA ORDINARIA
Con fecha 30 de julio de 2002, la Asamblea Ordinaria unánime resolvió, entre otras cosas, modificar la fecha de cierre del ejercicio social, de forma de adecuarla a la resolución de la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria Unánime de Accionistas de su sociedad controlante, Calilegua S.A..
Como consecuencia de ello, modificó el artículo 15° del Estatuto Social, resolviendo que el ejercicio social cierre el 31 de mayo de cada año.
NOTA 9.- REFORMA AL REGIMEN CAMBIARIO
El 6 de enero de 2002 fue sancionada la Ley 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario, por medio de la cual se dispuso, entre otras, las siguientes medidas:
- Modificación a la Ley de Convertibilidad vigente desde marzo de 1991, eliminando la equivalencia $1 = U$S1 y estableciendo un nuevo régimen cambiario mediante la creación de un mercado oficial y un mercado libre de cambios. En términos generales, por el mercado oficial se cursarían las operaciones de comercio exterior, y el resto de las operaciones relacionadas con giros y cobros de divisas con el exterior se cursarían en el mercado libre. La paridad inicial fijada para el mercado oficial fue de $1,40 por U$S1.
- Suspensión de despidos sin justa causa por un período de 180 días.
- Diferimiento de la deducción de la diferencia de cambio en el impuesto a las ganancias. Los resultados negativos que tengan su origen en la aplicación del nuevo tipo de cambio sobre los activos y pasivos en moneda extranjera existentes a la fecha de la sanción de la ley se deducirán en el Impuesto a las Ganancias, en la proporción de un 20% anual en cada uno de los primeros cinco ejercicios que cierren con posterioridad a la sanción de la ley.
- Mantenimiento de la derogación de las normas que establezcan o autoricen la indexación de los precios, actualización monetaria, variación de costos o cualquier otra forma de repotenciación de las deudas, impuestos, precios o tarifas de los bienes, obras o servicios.
El 3 de febrero de 2002, el Gobierno Nacional anunció la creación de un nuevo régimen cambiario, eliminando el mercado dual anterior, estableciendo un único mercado libre de cambios, en el cual las cotizaciones resultarán del libre juego de la oferta y la demanda.
Asimismo, con fecha 4 de febrero de 2002, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto PEN Nº 214/02, el cual derogó todas las normas que se le opongan y estableció, entre otras medidas, lo siguiente:
- Conversión a pesos con paridad de 1 peso por dólar de las obligaciones en dólares estadounidenses ajenas al sistema financiero.
- Conversión de los depósitos en dólares estadounidenses existentes en el sistema financiero a la fecha de sanción de la Ley Nº 25.561 a la paridad de 1,40 pesos por dólar.
- Conversión de las deudas en dólares con el sistema financiero existentes a la fecha de sanción de la Ley Nº 25.561, a la paridad de 1 peso por dólar.
- Las obligaciones de cualquier naturaleza u origen que se generen con posterioridad a la sanción de la Ley Nº 25.561, no podrán contener ni ser alcanzadas por cláusulas de ajuste.
Impacto de estas normas sobre la posición económica y financiera de la empresa:
La Sociedad no poseía al 31 de diciembre de 2001 saldos significativos de activos o pasivos en dólares estadounidenses. Los saldos en cuentas bancarias en dólares estadounidenses a dicha fecha fueron convertidos a pesos aplicando la paridad de 1,40 pesos por dólar.
NOTA 10- IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Tal como se indica en la Nota 2. g) la Sociedad calculó el impuesto a las ganancias considerando el resultado impositivo del ejercicio. Este resultado impositivo es ganancia debido a que no reconoce los efectos de la inflación, originada por la salida del régimen de convertibilidad mencionada en la Nota 9, sobre sus activos y pasivos monetarios.
De aplicar el método de ajuste por inflación impositivo establecido en el Título VI de la ley del Impuesto a las Ganancias, que no está derogado sino que sus efectos fueron suspendidos por la Ley 24.073, que dispuso el congelamiento al mes de marzo de 1992 de los índices a aplicar para realizar el ajuste, la Sociedad tendría quebranto impositivo en el ejercicio.
En opinión de la Dirección, el no reconocimiento de la inflación torna al gravamen confiscatorio, ya que se impone sobre resultados nominales que no representan la real capacidad contributiva de la Sociedad. Al respecto, de no modificarse la legislación tributaria al momento de presentación de la declaración jurada por el cierre del ejercicio, la Dirección evaluará las acciones a seguir a efectos de recuperar las sumas que en su opinión se ingresen en exceso.
ALEJANDRO BLAQUIER
Presidente
Gladys Meich
Contadora Pública A. M. de Justo 1150 Of. 202 B
Dock 8 – Puerto Madero
Buenos Aires
INFORME DEL AUDITOR
A los Señores Directores de
CASTINVER S.A.
Corrientes 415 Piso 8
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- He auditado el balance general de CASTINVER S.A. al 31 de marzo de 2003 y 2002 y los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de origen y aplicación de fondos por los ejercicios finalizados en esas fechas. Dichos estados contables son responsabilidad de la Dirección de la Sociedad. Mi responsabilidad es expresar una opinión sobre los mencionados estados contables basada en el trabajo realizado, de acuerdo con lo explicado en el párrafo 2.
- Mi trabajo fue realizado de acuerdo con las normas de auditoría vigentes. Una auditoría requiere que el auditor planifique y desarrolle su tarea con el objetivo de obtener un grado razonable de seguridad acerca de la inexistencia de manifestaciones no veraces o errores significativos en los estados contables. Una auditoría incluye examinar, sobre bases selectivas, los elementos de juicio que respaldan la información expuesta en los estados contables, así como evaluar las normas contables utilizadas, las estimaciones significativas efectuadas por la Dirección de la Sociedad y la presentación de los estados contables tomados en conjunto. Considero que mi auditoría me brinda una base razonable para fundamentar mi opinión.
- De acuerdo a lo indicado en la Nota 1, los estados contables al 31 de marzo de 2002 emitidos el 26 de abril de 2002, no reconocieron los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda. La aplicación del método de ajuste por inflación era requerida por las normas contables profesionales vigentes a dicha fecha. El 1º de agosto de 2002, la Inspección General de Justicia, a través de la Resolución General 11/02 dispuso reconocer en los estados contables los efectos de la inflación a partir del 1° de enero de 2002. En consecuencia, los estados contables al 31 de marzo de 2002 que se exponen como información comparativa fueron modificados teniendo en cuenta las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda correspondientes al período enero a marzo de 2002, y posteriormente se reexpresaron en moneda de cierre del ejercicio 2003.
- En mi opinión, los estados contables mencionados en el párrafo 1 presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial de CASTINVER S.A. al 31 de marzo de 2003 y 2002, los resultados de sus operaciones y sus orígenes y aplicaciones de fondos por los ejercicios finalizados en esas fechas, de conformidad con las normas contables profesionales.
- Informo además, en cumplimiento de disposiciones legales vigentes, que en mi opinión:
- Los saldos expuestos en los estados contables de CASTINVER S.A. correspondientes a los ejercicios finalizados el 31 de marzo de 2003 y 2002, surgen de los registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, y han sido preparados dando cumplimiento a la Resolución General Nro. 4/2003 de la Inspección General de Justicia.
- Al 31 de marzo de 2003 la deuda devengada en concepto de aportes y contribuciones con destino al Régimen Nacional de Seguridad Social, que surge de los registros contables de la Sociedad, asciende a $ 36.219,12, no existiendo deudas exigibles a esa fecha.
Buenos Aires, 24 de abril de 2003.
Gladys E. Meich
Contadora Pública U.B.A.
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº129 – Fº184
- 2 -