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Ledesma S.A. — Annual Report 1999
Jul 6, 2001
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Download source file| Denominación de la Sociedad: | ||||||||||||||||||||||||||
| CALILEGUA SOCIEDAD ANONIMA | ||||||||||||||||||||||||||
| Balance Especial al 31 de Diciembre de 1999 | ||||||||||||||||||||||||||
| NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES | ||||||||||||||||||||||||||
| (Cifras expresadas en pesos) | ||||||||||||||||||||||||||
| 1- | NORMAS LEGALES Y PROFESIONALES | |||||||||||||||||||||||||
| En cumplimiento de la Ley Nº 19.550 (t.o. 1984), la Resolución Nº 5/88 ( modificatoria de la Resolución | ||||||||||||||||||||||||||
| Nº 12/86 ) y Resolución Nº 8/95 de la Inspección General de Justicia y las Resoluciones Nº 135 y 136/84 | ||||||||||||||||||||||||||
| del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Capital Federal (C.P.C.E.C.F.), los Estados Contables | ||||||||||||||||||||||||||
| de la Sociedad al 31.12.99 fueron preparados de acuerdo con los lineamientos de las Resoluciones Técnicas | ||||||||||||||||||||||||||
| Nro. 4, 5, 6, 8, 9, 10 y 12 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas | ||||||||||||||||||||||||||
| (F.A.C.P.C.E.) y con lo establecido por el Decreto Nº 316/95 del Poder Ejecutivo Nacional. | ||||||||||||||||||||||||||
| 2- | DISCONTINUACION DEL AJUSTE POR INFLACION | |||||||||||||||||||||||||
| Los estados contables reconocen los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda en | ||||||||||||||||||||||||||
| forma integral hasta el 31 de Agosto de 1995, mediante la aplicación del método de reexpresión en moneda | ||||||||||||||||||||||||||
| constante establecido por la Resolución Técnica Nro. 6 de la F.A.C.P.C.E. | ||||||||||||||||||||||||||
| Por tratarse de una Sociedad controlada por otra sujeta a las disposiciones de la Comisión Nacional de | ||||||||||||||||||||||||||
| Valores y de acuerdo con lo requerido por la Resolución General Nro. 272, la Sociedad discontinuó la | ||||||||||||||||||||||||||
| aplicación del método manteniendo las reexpresiones registradas hasta dicha fecha. | ||||||||||||||||||||||||||
| Este criterio es aceptado por las normas contables profesionales en la medida que la variación en el índice | ||||||||||||||||||||||||||
| de precios aplicable para la reexpresión no supere el 8 % anual. La variación de dicho índice durante el | ||||||||||||||||||||||||||
| período finalizado el 31 de Diciembre de 1999 fue inferior al porcentaje mencionado y se estima la misma | ||||||||||||||||||||||||||
| situación para el ejercicio en curso. La Inspección General de Justicia a través de la resolución General 8/95 | ||||||||||||||||||||||||||
| dispone la discontinuidad del proceso de ajuste por inflación a partir del 1ero. de Septiembre de 1995. | ||||||||||||||||||||||||||
| 3- | CRITERIOS DE VALUACION | |||||||||||||||||||||||||
| Los principales criterios de valuación utilizados para la preparación de los Estados Contables son los | ||||||||||||||||||||||||||
| siguientes: | ||||||||||||||||||||||||||
| a) | Bancos, Otros Créditos y Deudas | |||||||||||||||||||||||||
| - | En moneda nacional, sin claúsula de ajuste: a su valor nominal. | |||||||||||||||||||||||||
| - | En moneda extranjera: se convirtieron al tipo de cambio vigente al cierre de cada período. | |||||||||||||||||||||||||
| - | El crédito c/D.G.I. por los quebrantos impositivos conformados Ley Nro. 24.073 se valuó a la | |||||||||||||||||||||||||
| cotización del Bocon Pro 1 en pesos vigente en el mercado a la fecha del cierre de cada período, | ||||||||||||||||||||||||||
| neto de la Previsión para Quebrantos Impositivos Conformados declarados Prescriptos (Nota 8). | ||||||||||||||||||||||||||
| Los créditos y deudas incluyen la porción devengada al cierre de cada período de los resultados financie- | ||||||||||||||||||||||||||
| ros pertinentes. | ||||||||||||||||||||||||||
| No se han segregado los componentes financieros implícitos contenidos en Activos y Pasivos, por | ||||||||||||||||||||||||||
| no ser significativos. | ||||||||||||||||||||||||||
| b) | Inversiones corrientes | |||||||||||||||||||||||||
| - | Colocaciones de fondos, en moneda local: a su valor nominal más los intereses devengados | |||||||||||||||||||||||||
| a la fecha de cierre de cada período. | ||||||||||||||||||||||||||
| - | Colocaciones de fondos, en moneda extranjera: se valuaron al tipo de cambio vigente al cierre | |||||||||||||||||||||||||
| de cada período, más los intereses devengados a esa fecha. | ||||||||||||||||||||||||||
| - | Acciones y Títulos Públicos: se valuaron de acuerdo con las cotizaciones vigentes en el merca- | |||||||||||||||||||||||||
| do abierto a la fecha de cierre de cada período. | ||||||||||||||||||||||||||
| - | Ahorro Obligatorio s/ Ley 23.256 se valuó al cierre del período anterior a su valor nominal, más el interés | |||||||||||||||||||||||||
| devengado hasta la fecha establecida en la Ley. | ||||||||||||||||||||||||||
| c) | Inversiones no corrientes: | |||||||||||||||||||||||||
| - | Sociedades Art. 33 Ley 19.550: | |||||||||||||||||||||||||
| Participación en sociedades controladas: a su valor patrimonial proporcional: | ||||||||||||||||||||||||||
| La Biznaga S.A. y Magdala S.A., sobre los Estados Contables Especiales al 30.11.99 | ||||||||||||||||||||||||||
| Castinver S.A., según Estados Contables Especiales al 31.12.99 | ||||||||||||||||||||||||||
| Aeroled S.A., según Estados Contables Especiales al 31.12.99 | ||||||||||||||||||||||||||
| Bridgeport Holding Limited es una compañia con sede en Nassau, Bahamas, constituida el | ||||||||||||||||||||||||||
| 21 de Junio de 1994, y hasta la fecha no ha desarrollado actividad alguna, en consecuencia | ||||||||||||||||||||||||||
| se valuó al valor del aporte inicial más el aporte irrevocable de US$ 10.000 realizado el 2 de | ||||||||||||||||||||||||||
| Abril de 1997, al tipo de cambio vigente al cierre del período. | ||||||||||||||||||||||||||
| - | Otras Sociedades: | |||||||||||||||||||||||||
| Electroquímica El Carmen: Se valuó a Valor Patrimonial Proporcional sobre los últimos esta- | ||||||||||||||||||||||||||
| dos contables disponibles del 31.08.94, dado que el valor de costo ajustado supera al mismo. | ||||||||||||||||||||||||||
| Aircom S.A.: Los últimos estados contables disponibles corresponden al 30.06.97. La inver- | ||||||||||||||||||||||||||
| sión está valuada al Valor Patrimonial Proporcional, dado que el valor de costo ajustado su- | ||||||||||||||||||||||||||
| pera al mismo. | ||||||||||||||||||||||||||
| CAISSA : Está valuada a su costo, reexpresado al 31.08.95, dada la escasa participación que | ||||||||||||||||||||||||||
| posee Calilegua S.A. | ||||||||||||||||||||||||||
| Ledesma Bolivia S.A.: Con fecha 3 de Octubre de 1997 se adquirió el 1% del paquete acciona- | ||||||||||||||||||||||||||
| rio de dicha sociedad por un total de US$ 188.-. Ledesma Bolivia S.A. fue constituida en la | ||||||||||||||||||||||||||
| ciudad de La Paz, Bolivia, con el fin de participar en un nuevo emprendimiento hidrocarburífero | ||||||||||||||||||||||||||
| mediante la celebración de un acuerdo de operación conjunta denominado "Tecpetrol de Bolivia | ||||||||||||||||||||||||||
| S.A.- Ledesma Bolivia S.A.- Compañía General de Combustibles S.A- (Sucursal Bolivia)- Mobil | ||||||||||||||||||||||||||
| Boliviana de Petróleos Inc.- Contrato de Riesgo Compartido- Bloque Campero Oeste" (U.T.E.), | ||||||||||||||||||||||||||
| con el objeto de desarrollar por un plazo de duración de 40 años, tareas de exploración, | ||||||||||||||||||||||||||
| explotación y comercialización de hidrocarburos en el bloque Campero Oeste, con una | ||||||||||||||||||||||||||
| participación del 4%. | ||||||||||||||||||||||||||
| Actualmente la U.T.E se encuentra en la primera fase del período de exploración. | ||||||||||||||||||||||||||
| d) | Cuentas del Patrimonio Neto | |||||||||||||||||||||||||
| Se encuentran reexpresadas en moneda del 31 de Agosto de 1995 excepto la cuenta de Capital Sus- | ||||||||||||||||||||||||||
| cripto, la cuál se ha mantenido a su valor nominal y el ajuste derivado de su reexpresión se expone | ||||||||||||||||||||||||||
| en las respectivas cuentas de Ajustes. | ||||||||||||||||||||||||||
| e) | Cuentas del Estado de resultados | |||||||||||||||||||||||||
| Los cargos se encuentran expresados en moneda de cada uno de los meses comprendidos, excepto: | ||||||||||||||||||||||||||
| - | El resultado de inversiones permanentes que se determinó en función del valor patrimonial pro- | |||||||||||||||||||||||||
| porcional de las empresas. | ||||||||||||||||||||||||||
| 4- | COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS | 31.12.99 | 31.12.98 | |||||||||||||||||||||||
| a) | Bancos | |||||||||||||||||||||||||
| - | En moneda argentina | 27.043 | 21.114 | |||||||||||||||||||||||
| - | En moneda extranjera (Anexo G) | 21.661 | 22.358 | |||||||||||||||||||||||
| 48.704 | 43.472 |
| b) | Inversiones - Corrientes | ||||||||||||||||||||||||
| - | Colocaciones de fondos en M. Arg. (Anexo D) | 14.197.493 | 7.688.673 | ||||||||||||||||||||||
| - | Colocaciones de fondos en M. Extr. (Anexo D ) | 25.262.223 | 40.217.675 | ||||||||||||||||||||||
| - | Acciones y otros títulos en M. Extr. (Anexo C ) | 1.694.510 | 6.088.796 | ||||||||||||||||||||||
| - | Acciones y otros títulos en M. Arg. (Anexo C) | 0 | 4.849.974 | ||||||||||||||||||||||
| - | Ahorro Obligatorio (Anexo D) | 0 | 8.128 | ||||||||||||||||||||||
| 41.154.226 | 58.853.246 | ||||||||||||||||||||||||
| c) | Créditos c/Soc. art. 33 Ley 19.550 | ||||||||||||||||||||||||
| - | Ledesma S.A.A.I. | 0 | 1.155.993 | ||||||||||||||||||||||
| - | Aeroled S.A. | 0 | 166.575 | ||||||||||||||||||||||
| 0 | 1.322.568 | ||||||||||||||||||||||||
| d) | Otros Créditos - Corrientes | ||||||||||||||||||||||||
| - | D.G.I. - Quebranto Imp. Conf. - Ley 24.073 | 2.157.325 | 1.974.458 | ||||||||||||||||||||||
| - | Previsión Quebrantos Impositivos conformados | ||||||||||||||||||||||||
| (Anexo E) | (1.809.191) | (1.655.834) | |||||||||||||||||||||||
| - | Anticipos Fiscales | 27.420 | 0 | ||||||||||||||||||||||
| - | Rentas a cobrar (Anexo G) | 671 | 671 | ||||||||||||||||||||||
| 376.225 | 319.295 | ||||||||||||||||||||||||
| e) | Deudas Soc. Art. 33 Ley 19.550 | ||||||||||||||||||||||||
| Ledesma S.A.A.I. | 20.718.902 | 0 | |||||||||||||||||||||||
| 20.718.902 | 0 | ||||||||||||||||||||||||
| f) | Resultado Inversiones Permanentes | ||||||||||||||||||||||||
| - | La Biznaga S.A. | 1.079.074 | 1.121.032 | ||||||||||||||||||||||
| - | Magdala S.A. | 4.068 | 1.039 | ||||||||||||||||||||||
| - | Castinver S.A. | 220.728 | 282.092 | ||||||||||||||||||||||
| - | Aeroled S.A. | (5.071) | 30 | ||||||||||||||||||||||
| 1.298.799 | 1.404.193 | ||||||||||||||||||||||||
| g) | Otros Ingresos y Egresos | ||||||||||||||||||||||||
| - | Ingresos y Egresos Varios | (10.979) | (52.907) | ||||||||||||||||||||||
| - | Recupero Prov. Imp Gcias | 0 | 766.625 | ||||||||||||||||||||||
| (10.979) | 713.718 | ||||||||||||||||||||||||
| h) | Resultados Financieros y por Tenencia | ||||||||||||||||||||||||
| - | Generados por Activos | ||||||||||||||||||||||||
| Intereses y otros ingresos financieros | 2.497.569 | 1.426.547 | |||||||||||||||||||||||
| Diferencia de Cambio | 16.609 | 2.953 | |||||||||||||||||||||||
| Revaluación Bocon Queb. Imp. | 1.051 | (40.138) | |||||||||||||||||||||||
| 2.515.229 | 1.389.362 | ||||||||||||||||||||||||
| - | Generados por Pasivos | ||||||||||||||||||||||||
| Intereses y gastos financieros (Cuadro I) | (13.184) | (13.094) | |||||||||||||||||||||||
| (13.184) | (13.094) | ||||||||||||||||||||||||
| 2.502.045 | 1.376.268 | ||||||||||||||||||||||||
| i) | Egresos ordinarios que no representan aplicac. de fondos | ||||||||||||||||||||||||
| - | Provisión Impuesto a las Ganancias | 402.127 | 971.765 | ||||||||||||||||||||||
| - | Revaluación Bocones Quebrantos Impositivos | 0 | 40.138 | ||||||||||||||||||||||
| 402.127 | 1.011.903 | ||||||||||||||||||||||||
| j) | Ingresos ordinarios que no representan origen de fondos | ||||||||||||||||||||||||
| - | Recupero Provisión Imp. a las Ganancias | 0 | (766.625) | ||||||||||||||||||||||
| - | Revaluación Bocones Quebrantos Impositivos | (1.051) | 0 | ||||||||||||||||||||||
| - | Resultado Inversiones Permanentes | (1.298.799) | (1.404.193) | ||||||||||||||||||||||
| - | Otros | (5) | 275 | ||||||||||||||||||||||
| (1.299.855) | (2.170.543) | ||||||||||||||||||||||||
| 5- | ESTADO DEL CAPITAL SOCIAL | ||||||||||||||||||||||||
| El estado del capital al 31 de Diciembre de 1999 es el siguiente: | |||||||||||||||||||||||||
| Capital suscripto, integrado e inscripto: | 13.872.991 | ||||||||||||||||||||||||
| 6- | IMPUESTO A LAS GANANCIAS | ||||||||||||||||||||||||
| La Sociedad determina el impuesto a las ganancias aplicando la tasa vigente del 35% sobre la utilidad | |||||||||||||||||||||||||
| impositiva del período, sin considerar el efecto de las diferencias temporarias entre el resultado contable | |||||||||||||||||||||||||
| y el impositivo. | |||||||||||||||||||||||||
| El impuesto a la ganancia mínima presunta fue establecido por la Ley N° 25.063 por el término de | |||||||||||||||||||||||||
| diez ejercicios anuales. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias, dado | |||||||||||||||||||||||||
| que, mientras este último grava la utilidad impositiva del período, el impuesto a las ganancias | |||||||||||||||||||||||||
| mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos | |||||||||||||||||||||||||
| activos productivos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Sociedad coincidi- | |||||||||||||||||||||||||
| rá con el mayor de ambos impuestos. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima pre- | |||||||||||||||||||||||||
| sunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computar- | |||||||||||||||||||||||||
| se como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto | |||||||||||||||||||||||||
| a la ganancia mínima presunta que pudiera producirse en cualquiera de los cuatro ejercicios | |||||||||||||||||||||||||
| siguientes. | |||||||||||||||||||||||||
| En el período terminado el 31 de Diciembre de 1999, el importe estimado en concepto del impuesto a | |||||||||||||||||||||||||
| las ganancias fue superior al impuesto a la renta mínima presunta estimado y se imputó al resultado | |||||||||||||||||||||||||
| del período en el rubro Impuesto a las ganancias. | |||||||||||||||||||||||||
| 7- | BIENES DE DISPONIBILIDAD RESTRINGIDA | ||||||||||||||||||||||||
| Existen US$ en billetes por valor de $ 671, en concepto de renta cobrada por los Bonex Serie 1984, | |||||||||||||||||||||||||
| que fueran entregados a la Dirección Nacional de Aduanas en garantía de operaciones de importación. | |||||||||||||||||||||||||
| 8- | QUEBRANTOS IMPOSITIVOS | ||||||||||||||||||||||||
| La situación sobre el reconocimiento de créditos fiscales por parte de la Dirección General impositiva, | |||||||||||||||||||||||||
| así como sobre la cobranza de los créditos oportunamente reconocidos, no ha variado respecto de lo | |||||||||||||||||||||||||
| comentado en nota 8 a los Estados Contables anuales al 31/03/99. | |||||||||||||||||||||||||
| Idénticos comentarios son válidos respecto a la situación de los juicios iniciados al Estado Nacional por | |||||||||||||||||||||||||
| parte de Ledesma SAAI y Calilegua S.A., cuyo origen fue la aplicación retroactiva del art. 30 de la Ley N° | |||||||||||||||||||||||||
| 24.463. | |||||||||||||||||||||||||
| 9- | INVERSIONES EN SOCIEDADES | ||||||||||||||||||||||||
| Durante el período se han producido los siguientes hechos: | |||||||||||||||||||||||||
| a) Aporte irrevocable a La Biznaga S.A.A.C.I.F y M. | |||||||||||||||||||||||||
| Con fecha 26 de mayo de 1999, la Sociedad efectuó un aporte irrevocable a cuenta de futuros aumentos de | |||||||||||||||||||||||||
| capital a su sociedad controlada, La Biznaga S.A.A.C.I.F y M., de $ 734.000. | |||||||||||||||||||||||||
| Con fecha 28 de septiembre de 1999, la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria Unánime de La Biznaga S.A., | |||||||||||||||||||||||||
| aprobó el aumento de capital de la sociedad en $734.000, elevándolo de $24.000 a $758.000, representado por | |||||||||||||||||||||||||
| 758.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de $1 valor nominal cada una. | |||||||||||||||||||||||||
| Este aumento fue suscripto solamente por Calilegua S.A., por lo tanto la Sociedad incrementó su participación | |||||||||||||||||||||||||
| en la sociedad pasando del 99,433% al 99,982%. | |||||||||||||||||||||||||
| b) Distribución de dividendos y reducción de capital de Magdala S.A. | |||||||||||||||||||||||||
| Mediante resolución de la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de fecha 11 de mayo de 1999, | |||||||||||||||||||||||||
| Magdala S.A., resolvió distribuir dividendos en efectivo correspondientes a los resultados acumulados del | |||||||||||||||||||||||||
| ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 1998, por $ 240.000 y efectuar una reducción de capital, mediante | |||||||||||||||||||||||||
| la distribución de $ 483.519,20 entre los accionistas, correspondientes a la Cuenta Ajuste Integral de | |||||||||||||||||||||||||
| Capital del ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 1998. | |||||||||||||||||||||||||
| Con fecha 27 de mayo de 1999, la Sociedad recibió en concepto de dividendos y reducción de capital las | |||||||||||||||||||||||||
| sumas de $ 239.208,40 y 481.924,85 respectivamente. |
| 10- | DEVOLUCION DE APORTES IRREVOCABLES | |||||||||||||
| Con fecha 12 de mayo de 1999, la Sociedad ha acordado con su Sociedad controlante, Ledesma S.A.A.I., | ||||||||||||||
| revertir los aportes irrevocables no capitalizados, recibidos de esta, por un monto de $42.018.902 correspondiente | ||||||||||||||
| al valor original más el ajuste, para permitir una mejor aplicación de las inversiones líquidas del grupo societario. | ||||||||||||||
| Con fechas 13 y 18 de mayo de 1999, la Sociedad devolvió $ 19.583.000 y $ 1.717.000 respectivamente. | ||||||||||||||
| 11- | VENCIMIENTOS ESTIMADOS DE CREDITOS, DEUDAS E INVERSIONES |
| 12- | CAMBIO DE CRITERIO DE VALUACION EN LOS BIENES DE CAMBIO DE LA BIZNAGA S.A. | |||||||||||||||||
| Al 30 de Junio de 1999, cierre de su ejercicio anual, la sociedad controlada La Biznaga S.A., contabilizó un | ||||||||||||||||||
| Ajuste Ejercicios Anteriores correspondiente a los siguientes conceptos: | ||||||||||||||||||
| $ | ||||||||||||||||||
| Valuación cereales existencia al inicio | 1.351.715 | |||||||||||||||||
| Provisión Impuestos | 82.406 | |||||||||||||||||
| 1.434.121 | ||||||||||||||||||
| La Biznaga S.A. cambió el criterio de valuación de los cereales cosechados (Bienes de Cambio), pasando de | ||||||||||||||||||
| costo de reproducción a precio de mercado neto de gastos de venta. | ||||||||||||||||||
| El efecto en Calilegua S.A. del cambio de criterio al 31 de Marzo de 1999 fue un incremento de $ 570.861 | ||||||||||||||||||
| computado como ajuste de ejercicios anteriores en su Estado de Evolución del Patrimonio Neto. | ||||||||||||||||||
| 13- | CAMBIO DE SIGLO EN LOS SISTEMAS DE INFORMACION | |||||||||||||||||
| Se ha cumplido sin inconvenientes el cambio al año 2000 y todas las operaciones se desarrollan normalmente. |
| Denominación de la Sociedad | ||||||
| CALILEGUA SOCIEDAD ANONIMA | ||||||
| Balance Especial al 31 de Diciembre de 1999 | ||||||
| NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS | ||||||
| Expresados en pesos (Nota 2.- a los Estados Contables de Calilegua S.A.) | ||||||
| 1. | SOCIEDADES OBJETO DE CONSOLIDACION | |||||
| De conformidad con lo requerido por el Art. 62 de la Ley 19.550 (T.O. 1984) | ||||||
| se presentan los Estados Contables Consolidados de Calilegua S.A al 31 de Diciembre de 1999. A tal efecto se consideraron: | ||||||
| Estados Contables Especiales de Calilegua S.A. al 31.12.99 | ||||||
| Estados Contables Especiales de La Biznaga S.A.A.C.I.F. y M. al 30.11.99 | ||||||
| Estados Contables Especiales de Magdala S.A. al 30.11.99 | ||||||
| Estados Contables Especiales de Castinver S.A. al 31.12.99 | ||||||
| La empresa Bridgeport Holdings Ltd. se consolidó en una sola línea por lo | ||||||
| expuesto en la Nota 3- c.- a los Estados Contables de Calilegua S.A. | ||||||
| 2. | BASES DE CONSOLIDACION | |||||
| Los Estados Contables Consolidados de Calilegua S. A. han sido | ||||||
| confeccionados consolidando línea por línea y siguiendo las especificaciones | ||||||
| de la Resolución Técnica Nro.4 de la F.A.C.P.C.E. | ||||||
| 3. | PARTICIPACION EN EL CAPITAL | |||||
| SOCIEDAD | PARTICIPACION CONSOLIDADA | |||||
| DIRECTA | INDIRECTA | |||||
| LA BIZNAGA S.A.A.C.I.F y M. | 99,98 | - | ||||
| MAGDALA S.A. | 99,67 | - | ||||
| CASTINVER S.A. | 99,75 | - | ||||
| 4. | SINTESIS DE LOS CRITERIOS DE VALUACION | |||||
| Los criterios contables aplicados por las empresas que consolidan son | ||||||
| similares a los de la consolidante por lo cual no han sido necesarios ajustes | ||||||
| adicionales. |
| Jorge Helios López Linares | ||||
| Contador Público (U.B.A.) | ||||
| INFORME DEL AUDITOR | ||||
| Señor Presidente de : | ||||
| CALILEGUA SOCIEDAD ANONIMA | ||||
| Corrientes 415 | ||||
| CAPITAL FEDERAL | ||||
| De mi consideración | ||||
| En mi carácter de Contador Público independiente, informo sobre la auditoría de los estados | ||||
| contables de CALILEGUA S.A., detallados en el apartado A siguiente: | ||||
| A. | ESTADOS AUDITADOS | |||
| A.1 | Estados contables de Calilegua S.A. | |||
| A.1.1. | Estado de situación patrimonial especial al 31 de Diciembre de 1999 y 1998 y los correspon- | |||
| dientes Estados de Resultados, de Evolución del Patrimonio Neto y de Origen y Aplicación | ||||
| de Fondos por el período de nueve meses finalizado en esa fecha. | ||||
| A.1.2. | Notas 1 a 13 y los Anexos C, D, E, G e I que son parte integrante de los estados contables. | |||
| A.2 | Estados contables consolidados de Calilegua S.A. y sus sociedades controladas | |||
| A.2.1 | Estado de situación patrimonial especial consolidado al 31 de Diciembre de 1999 y 1998 y | |||
| los correspondientes Estados de Resultados y de Origen y Aplicación de Fondos por | ||||
| el período de nueve meses finalizado en esa fecha. | ||||
| A.2.2 | Notas 1 a 4 que son parte integrante de los estados contables consolidados. | |||
| B. | ALCANCE DE LA TAREA DE AUDITORIA | |||
| El examen de la información contenida en los estados contables indicados en A. no se realizó | ||||
| de acuerdo con las normas de auditoría vigentes para estados contables anuales sino que | ||||
| se limitó a la aplicación de las normas de revisión limitada para estados contables de perío- | ||||
| dos intermedios contenidas en la Resolución Técnica Nro. 7 de la Federación Argentina de | ||||
| Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, razón por la cuál no expreso opinión sobre | ||||
| los mencionados estados contables tomados en su conjunto. | ||||
| Con respecto a las sociedades valuadas a valor patrimonial proporcional, mencionadas en | ||||
| la nota 1. a los estados consolidados, corresponde señalar que los estados contables de | ||||
| las mismas han sido auditados por otros profesionales sin que sus respectivos dictámenes | ||||
| de revisión limitada, o de auditoría completa contengan salvedades ni limitación alguna. | ||||
| Asimismo, con fecha 2 de Junio de 1999 he dictaminado sobre el balance general cerrado al | ||||
| 31 de Marzo de 1999. | ||||
| Sigue en hoja Nro. 2 | ||||
| Jorge Helios López Linares | ||||
| Contador Público (U.B.A.) | ||||
| Hoja Nro. 2 | ||||
| C. | DICTAMEN | |||
| En base al examen limitado realizado informo que: | ||||
| 1) | Los estados contables mencionados en el apartado A. han sido preparados de acuerdo | |||
| con disposiciones de la Ley 19.550 (t.o. 1984) y las Resoluciones pertinentes de la Comi- | ||||
| sión Nacional de Valores, por tratarse de una Sociedad Controlada por otra sujeta a las | ||||
| disposiciones de dicha Comisión. | ||||
| 2) | Dichos estados contables han sido preparados de manera uniforme con el procedi- | |||
| miento seguido en la confección del Balance General de cierre del ejercicio anterior. | ||||
| D. | INFORMACION ESPECIAL REQUERIDA POR DISPOSICIONES LEGALES | |||
| A efectos de dar cumplimiento a disposiciones legales informo que: | ||||
| 1) | Los estados contables mencionados en el apartado A. precedente han sido prepara- | |||
| dos, en sus aspectos formales, de acuerdo con disposiciones de la Ley 19.550 y sus | ||||
| modificatorias y las Resoluciones pertinentes de la Comisión Nacional de Valores. | ||||
| 2) | En cumplimiento del Decreto Nº 316/95, de la resolución Nº 8/95 de la Inspección Gral. | |||
| de Justicia y la Resolución Nº 290/97 de la Comisión Nacional de Valores, y tal como | ||||
| se menciona en la Nota 2.- de los presentes estados contables, Calilegua S.A. ha dis- | ||||
| continuado el ajuste por inflación de los estados contables a partir del 1º de Septiembre | ||||
| de 1995. | ||||
| La discontinuación del ajuste por inflación no produjo efectos significativos en los pre- | ||||
| sentes estados contables. | ||||
| 3) | Al 31 de Diciembre de 1999 no surgen de los registros contables de Calilegua S.A. deu- | |||
| das devengadas ni exigibles a favor de la Administración Nacional de la Seguridad | ||||
| Social. | ||||
| Al 31 de Diciembre de 1999 las deudas devengadas a favor de la Administración Nacional | ||||
| de la Seguridad Social que surgen de los registros contables de las sociedades que | ||||
| consolidan con la controlante ascienden a pesos 97.695,05 que no son exigibles a esa | ||||
| fecha por hallarse en curso de normal cumplimiento. | ||||
| Saludo al Señor presidente muy atentamente. | ||||
| Buenos Aires, 3 de Febrero de 2000 |
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Apr 10
Interim / Quarterly Report
2026
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