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Inmobiliaria Colonial Socimi S.A.

Major Shareholding Notification Feb 27, 2025

1843_rns_2025-02-27_83d4e258-3a27-4a95-b72c-b3d75d70f4df.pdf

Major Shareholding Notification

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DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR

Fecha fin del ejercicio de referencia: 31/12/2024
CIF: A-28027399
Denominación Social:
INMOBILIARIA COLONIAL, SOCIMI, S.A.

Domicilio social:

PASEO DE LA CASTELLANA, 52 MADRID

A. ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD

A.1. Complete el siguiente cuadro sobre el capital social y los derechos de voto atribuidos, incluidos, en su caso, los correspondientes a las acciones con voto por lealtad, a la fecha de cierre del ejercicio:

Indique si los estatutos de la sociedad contienen la previsión de voto doble por lealtad:

[ ] Sí

[ √ ] No

Fecha de última Capital social (€) Número de Número de
modificación acciones derechos de voto
03/07/2024 1.568.361.717,50 627.344.687 627.344.687

Indique si existen distintas clases de acciones con diferentes derechos asociados:

[ ] Sí

[ √ ] No

A.2. Detalle los titulares directos e indirectos de participaciones significativas a la fecha de cierre del ejercicio, incluidos los consejeros que tengan una participación significativa:

Nombre o
denominación
% derechos de voto
atribuidos a las acciones
% derechos de voto a través
de instrumentos financieros
% total de
social del accionista Directo Indirecto Directo
Indirecto
derechos de voto
BLACKROCK, INC 0,00 2,91 0,00 0,23 3,14
CORPORACIÓN
FINANCIERA ALBA,
S.A.
0,00 5,01 0,00 0,00 5,01
CREDIT AGRICOLE,
S.A.
0,00 3,59 0,00 0,00 3,59
DON CARLOS
FERNÁNDEZ
GONZÁLEZ
0,00 12,76 0,00 0,00 12,76
FUNDACIÓN
BANCARIA CAIXA
D ESTALVIS I
PENSIONS DE
BARCELONA
0,00 17,32 0,00 0,00 17,32
PUIG, S.A. 0,00 8,05 0,00 0,00 8,05
QATAR
INVESTMENT
AUTHORITY
0,00 16,37 0,00 0,00 16,37

Los porcentajes que se indican en el cuadro anterior se han calculado a partir de las comunicaciones a la CNMV a 31 de diciembre de 2024, ajustando los porcentajes al capital social y número de acciones de Colonial a 31 de diciembre de 2024. D. Carlos Fernández González tiene un vínculo estrecho con Finaccess México, S.A. de C.V., Sociedad Operadora de Fondos de Inversión. Dicha sociedad posee una participación indirecta del 0,39% del capital social de Colonial. El titular directo de la participación es Latin 10, S.A. de C.V., fondo gestionado independientemente por Finaccess Mexico, S.A. de C.V.

Detalle de la participación indirecta:

Nombre o
denominación social
del titular indirecto
Nombre o
denominación social
del titular directo
% derechos de
voto atribuidos
a las acciones
% derechos de voto a
través de instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
BLACKROCK, INC BLACKROCK
HOLDING
2,91 0,23 3,14
CORPORACIÓN
FINANCIERA ALBA,
S.A.
ALBA EUROPE, SARL 5,01 0,00 5,01
CREDIT AGRICOLE,
S.A.
PREDICA 3,59 0,00 3,59
DON CARLOS
FERNÁNDEZ
GONZÁLEZ
FINACCESS
INMOBILIARIA, S.L.
11,47 0,00 11,47
FUNDACIÓN
BANCARIA CAIXA D
ESTALVIS I PENSIONS
DE BARCELONA
CRITERIA CAIXA
S.A.U.
17,32 0,00 17,32
PUIG, S.A. EXEA INVERSIONES
INMOBILIARIAS, S.L.
8,05 0,00 8,05
QATAR INVESTMENT
AUTHORITY
QATAR HOLDING
NETHERLANDS BV
12,90 0,00 12,90
QATAR INVESTMENT
AUTHORITY
DIC HOLDING LLC 3,47 0,00 3,47

Indique los movimientos en la estructura accionarial más significativos acaecidos durante el ejercicio:

Movimientos más significativos

(1) Con fecha 3 de julio de 2024, la Fundacion Bancaria Caixa D'Estalvis i Pensions De Barcelona, a través de Criteria Caixa, S.A.U. se convirtió en el accionista principal de la Sociedad pasando a ostentar una participación del 17,32% del capital social.

(2) En noviembre de 2024, Aguila LTD ha dejado de ser accionista de la Sociedad tras la colocación privada acelerada realizada por Park S.à r.l. y Sierra Nevada (Bermuda) LP. (sociedades controladas por Aguila LTD) de sus acciones de Colonial.

(4) Blackrock Inc. comunicó al mercado, con fecha 23 de diciembre de 2024, que los derechos de voto asociados a sus acciones habían descendido por debajo del umbral del 3%.

(3) Corporación Financiera Alba, S.A. comunicó al mercado, con fecha 29 de febrero de 2024, la venta de su participación del 5,006% a Alba Europe, SARL, que está participada al 100% por Corporación Financiera Alba, S.A.

A.3. Detalle, cualquiera que sea el porcentaje, la participación al cierre del ejercicio de los miembros del consejo de administración que sean titulares de derechos de voto atribuidos a acciones de la sociedad o a través de instrumentos financieros, excluidos los consejeros que se hayan identificado en el apartado A.2, anterior:

Del % total de
derechos de voto
% derechos de voto
atribuidos a las
acciones (incluidos
votos por lealtad)
% derechos de
voto a través de
instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
atribuidos a las
acciones, indique,
Nombre o en su caso, el % de
denominación los votos adicionales
social del consejero atribuidos que
corresponden a
las acciones con
voto por lealtad
Directo Indirecto Directo Indirecto Directo Indirecto
DON JUAN JOSÉ
BRUGERA CLAVERO 0,09 0,00 0,00 0,00 0,09 0,00 0,00
DON PEDRO VIÑOLAS
SERRA 0,09 0,00 0,00 0,00 0,09 0,00 0,00
DOÑA ANA CRISTINA
PERALTA MORENO 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
DON SILVIA MÓNICA
ALONSO-CASTRILLO 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
ALLAIN

% total de derechos de voto titularidad de miembros del consejo de administración 12,94

  • No se incluye en este apartado la participación del consejero D. Carlos Fernández González al estar incluida en el apartado A.2. anterior, pero sí se tiene en cuenta su participación en el porcentaje total de derechos de voto titularidad de miembros del Consejo de Administración. - Todos los consejeros incluidos en el presente apartado poseen derechos de voto sobre acciones de la sociedad, si bien, en algunos casos, esa participación no alcanza el 0,01% de capital social de Inmobiliaria Colonial, SOCIMI, S.A.

Detalle de la participación indirecta:

Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación
social del
titular directo
% derechos de voto
atribuidos a las
acciones (incluidos
votos por lealtad)
% derechos de
voto a través de
instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
Del % total de
derechos de
voto atribuidos
a las acciones,
indique, en su
caso, el % de los
votos adicionales
atribuidos que
corresponden a
las acciones con
voto por lealtad
Sin datos

Detalle el porcentaje total de derechos de voto representados en el consejo:

% total de derechos de voto representados en el consejo de administración 54,69
--------------------------------------------------------------------------- -------

Participaciones de la que son titulares aquellos accionistas significativos representados en el consejo pero que no ostentan directamente la condición de consejeros:

  • Criteria Caixa, S.A.U.: 17,32%

  • Puig, S.A.: 8,05%

  • Qatar Investment Authority: 16,37%

A.4. Indique, en su caso, las relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, en la medida en que sean conocidas por la sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario, excepto las que se informen en el apartado A.6:

Nombre o denominación social relacionados Tipo de relación Breve descripción
Sin datos

A.5. Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, y la sociedad y/o su grupo, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:

Nombre o denominación social relacionados Tipo de relación Breve descripción
Sin datos

A.6. Describa las relaciones, salvo que sean escasamente relevantes para las dos partes, que existan entre los accionistas significativos o representados en el consejo y los consejeros, o sus representantes, en el caso de administradores persona jurídica.

Explique, en su caso, cómo están representados los accionistas significativos. En concreto, se indicarán aquellos consejeros que hubieran sido nombrados en representación de accionistas significativos, aquellos cuyo nombramiento hubiera sido promovido por accionistas significativos, o que estuvieran vinculados a accionistas significativos y/o entidades de su grupo, con especificación de la naturaleza de tales relaciones de vinculación. En particular, se mencionará, en su caso, la existencia, identidad y cargo de miembros del consejo, o representantes de consejeros, de la sociedad cotizada, que sean, a su vez, miembros del órgano de administración, o sus representantes, en sociedades que ostenten participaciones significativas de la sociedad cotizada o en entidades del grupo de dichos accionistas significativos:

Nombre o denominación Nombre o denominación Denominación social de
social del consejero o social del accionista la sociedad del grupo del Descripción relación/cargo
representante, vinculado significativo vinculado accionista significativo
DON BEGOÑA
ORGAMBIDE GARCÍA
GRUPO FINACCESS S.A.P.I.
DE C.V.
FINACCESS INMOBILIARIA,
S.L.
Consejera

Nombre o denominación
social del consejero o
representante, vinculado
Nombre o denominación
social del accionista
significativo vinculado
Denominación social de
la sociedad del grupo del
accionista significativo
Descripción relación/cargo
DON BEGOÑA
ORGAMBIDE GARCÍA
GRUPO FINACCESS S.A.P.I.
DE C.V.
FINACCESS CAPITAL
INVERSORES, S.L.
Consejera
DON SHEIKH ALI JASSIM
M.J. AL-THANI
QATAR INVESTMENT
AUTHORITY
26 CHAMPS ELYSEES Consejero
DON SHEIKH ALI JASSIM
M.J. AL-THANI
QATAR INVESTMENT
AUTHORITY
AL NURAN BANK Consejero
DON SHEIKH ALI JASSIM
M.J. AL-THANI
QATAR INVESTMENT
AUTHORITY
HAPPAG LLOYD Consejero
DON GIULIANO ROTONDO QATAR INVESTMENT
AUTHORITY
QATAR INVESTMENT
AUTHORITY
Consejero
DON GIULIANO ROTONDO QATAR INVESTMENT
AUTHORITY
COIMA RES S.P.A. Consejero
DON GIULIANO ROTONDO QATAR INVESTMENT
AUTHORITY
NOVA BOCANA
BARCELONA, S.A.
Consejero
DON CARLOS FERNÁNDEZ
GONZÁLEZ
GRUPO FINACCESS S.A.P.I.
DE C.V.
GRUPO FINACCESS S.A.P.I.
DE C.V.
Presidente y Director
General
DON MANUEL PUIG
ROCHA
EXEA INVERSIONES
INMOBILIARIAS, S.L.
QUAESTOR HOLDINGS, S.A. Vicepresidente
DON FELIPE MATÍAS
CAVIEDES
CRITERIA CAIXA S.A.U. CRITERIA CAIXA S.A.U. Directivo
DOÑA ELENA SALGADO
MÉNDEZ
CRITERIA CAIXA S.A.U. CRITERIA CAIXA S.A.U. Asesora

A.7. Indique si han sido comunicados a la sociedad pactos parasociales que la afecten según lo establecido en los artículos 530 y 531 de la Ley de Sociedades de Capital. En su caso, descríbalos brevemente y relacione los accionistas vinculados por el pacto:

[ ]
[ √ ] No

Indique si la sociedad conoce la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas. En su caso, descríbalas brevemente:

[ ]
[ √ ] No

En el caso de que durante el ejercicio se haya producido alguna modificación o ruptura de dichos pactos o acuerdos o acciones concertadas, indíquelo expresamente:

A.8. Indique si existe alguna persona física o jurídica que ejerza o pueda ejercer el control sobre la sociedad de acuerdo con el artículo 5 de la Ley del Mercado de Valores. En su caso, identifíquela:

[ ]
[ √ ] No

A.9. Complete los siguientes cuadros sobre la autocartera de la sociedad:

A fecha de cierre del ejercicio:

Número de Número de acciones % total sobre
acciones directas indirectas(*) capital social
9.376.122 1,49

(*) A través de:

Nombre o denominación social del titular directo de la participación Número de
acciones directas
Sin datos

Explique las variaciones significativas habidas durante el ejercicio:

Explique las variaciones significativas

Durante el ejercicio 2024 se han llevado a cabo operaciones de compraventa a través de un intermediario financiero (Banco Sabadell) al amparo de un contrato de liquidez suscrito el 4 de enero de 2022. En particular, se han comprado 19.199.909 títulos y se han vendido 19.143.188 títulos durante el ejercicio 2024.

Asimismo, durante el ejercicio 2024 se han realizado entregas de acciones a empleados de Colonial por un importe total de 255.629 acciones. En julio de 2024 el marco del aumento de capital suscrito por Criteria y sus sociedades dependientes, se entregaron 3.418.735 títulos en autocartera como parte del "ajuste de dividendo" acordado en la transacción de julio de 2024.

Por último, en noviembre de 2024 la Sociedad adquirió 5.000.000 acciones propias, representativas de un 0,80% de su capital social, en el marco de la colocación privada acelerada realizada por Park S.à r.l. y Sierra Nevada (Bermuda) LP. (sociedades controladas por Aguila LTD).

A.10. Detalle las condiciones y plazo del mandato vigente de la junta de accionistas al consejo de administración para emitir, recomprar o transmitir acciones propias:

La Junta General de accionistas de Colonial, celebrada el 21 de junio de 2022 autorizó al Consejo de Administración, bajo el punto quinto del orden del día, para la adquisición derivativa de acciones propias. En cuanto a los términos y condiciones de la autorización: i) el valor nominal

de las acciones adquiridas, directa o indirectamente, sumándose al de las que ya posean la Sociedad y sus filiales, no podrá exceder del 10% del capital social suscrito o del importe máximo que pudiera establecerse legalmente; ii) el precio mínimo o contraprestación por la adquisición será de 0,01 euros por acción y el precio máximo o contraprestación por la adquisición será el equivalente al valor de cotización de las acciones propias adquiridas en un mercado regulado secundario oficial en el momento de la adquisición con un incremento máximo del 5%, pudiendo incrementarse el límite máximo hasta el 25% sobre el valor de cotización en el caso de que la adquisición de acciones propias se realice mediante una oferta pública dirigida a todos los accionistas; iii) las modalidades de adquisición podrán consistir en compraventa, permuta o cualquier otra modalidad de negocio a título oneroso, según lo aconsejen las circunstancias, y iv) la duración de la autorización es por 5 años. Asimismo, la autorización otorgada prevé expresamente que las acciones adquiridas puedan ser utilizadas, total o parcialmente, para su entrega o transmisión a administradores, directivos o empleados de la Sociedad o de las sociedades de su Grupo, directamente o como consecuencia del ejercicio por parte de aquellos de derechos de opción, todo ello en el marco de los sistemas retributivos referenciados al valor de cotización de las acciones de la Sociedad.

Por lo que se refiere a la facultad para emitir acciones, la Junta General de accionistas de Inmobiliaria Colonial, SOCIMI, S.A. celebrada el 30 de junio de 2021 autorizó al Consejo de Administración, bajo el punto quinto del orden del día y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 297.1b) de la Ley de Sociedades de Capital, para aumentar el capital social mediante aportaciones dinerarias hasta la mitad de la cifra de capital social en el momento de la autorización, dentro del plazo máximo de 5 años, en una o varias veces, y en la oportunidad y cuantía que considere adecuadas. Dentro de la cuantía máxima indicada se atribuyó al Consejo de Administración la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente hasta un máximo del 20% del capital social.

Adicionalmente a lo anterior, la Junta General de accionistas de Inmobiliaria Colonial, SOCIMI, S.A. celebrada el 30 de junio de 2021 autorizó al Consejo de Administración, bajo el punto sexto del orden del día, para emitir, en nombre de la Sociedad y en una o varias ocasiones, y por un plazo máximo de 5 años, obligaciones convertibles en nuevas acciones de la Sociedad u otros valores análogos que puedan dar derecho, directa o indirectamente a la suscripción de acciones de la Sociedad, con expresa atribución de la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente de los accionistas hasta un máximo del 20% del capital social en el momento de la autorización, así como de aumentar el capital en la cuantía necesaria para atender la conversión.

A.11. Capital flotante estimado:

  • A.12. Indique si existe cualquier restricción (estatutaria, legislativa o de cualquier índole) a la transmisibilidad de valores y/o cualquier restricción al derecho de voto. En particular, se comunicará la existencia de cualquier tipo de restricciones que puedan dificultar la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado, así como aquellos regímenes de autorización o comunicación previa que, sobre las adquisiciones o transmisiones de instrumentos financieros de la compañía, le sean aplicables por normativa sectorial.
    • [ ] [ √ ] Sí No
  • A.13. Indique si la junta general ha acordado adoptar medidas de neutralización frente a una oferta pública de adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007.
[ ]
[ √ ] No

En su caso, explique las medidas aprobadas y los términos en que se producirá la ineficiencia de las restricciones:

A.14. Indique si la sociedad ha emitido valores que no se negocian en un mercado regulado de la Unión Europea.

[ ]
[ √ ] No

En su caso, indique las distintas clases de acciones y, para cada clase de acciones, los derechos y obligaciones que confiera:

B. JUNTA GENERAL

  • B.1. Indique y, en su caso detalle, si existen diferencias con el régimen de mínimos previsto en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) respecto al quórum de constitución de la junta general:
    • [ ] [ √ ] Sí No
  • B.2. Indique y, en su caso, detalle si existen diferencias con el régimen previsto en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) para la adopción de acuerdos sociales:
    • [ ] [ √ ] Sí No
  • B.3. Indique las normas aplicables a la modificación de los estatutos de la sociedad. En particular, se comunicarán las mayorías previstas para la modificación de los estatutos, así como, en su caso, las normas previstas para la tutela de los derechos de los socios en la modificación de los estatutos.

De conformidad con los Estatutos Sociales, para que la Junta pueda acordar válidamente el aumento o la reducción de capital o cualquier otra modificación de los Estatutos Sociales, habrán de concurrir a ella, en primera convocatoria, accionistas que, presentes o representados, posean, al menos, el 50% del capital suscrito con derecho a voto. En segunda convocatoria será suficiente la concurrencia del 25% de dicho capital. Por lo que se refiere a la adopción de acuerdos, los Estatutos Sociales establecen que se votarán separadamente aquellos asuntos que sean sustancialmente independientes, en particular, la modificación de cada artículo o grupo de artículos de los Estatutos Sociales que tengan autonomía propia. Asimismo, si el capital presente o representado superase el 50% bastará con que el acuerdo se adopte por mayoría absoluta, mientras que se requerirá el voto favorable de los dos tercios del capital presente o representado en la Junta General cuando en segunda convocatoria concurran accionistas que representen el 25% o más del capital suscrito con derecho de voto sin alcanzar el 50%.

B.4. Indique los datos de asistencia en las juntas generales celebradas en el ejercicio al que se refiere el presente informe y los de los dos ejercicios anteriores:

Datos de asistencia
Fecha junta general % de % en % voto a distancia
presencia física representación Voto electrónico Otros Total
21/06/2022 1,87 71,73 0,00 10,13 83,73

Datos de asistencia
% de % voto a distancia
% en
Fecha junta general presencia física representación Voto electrónico Otros Total
De los que Capital flotante 0,14 31,99 0,00 0,00 32,13
15/06/2023 1,88 59,57 0,00 18,10 79,55
De los que Capital flotante 0,16 25,26 0,00 1,20 26,62
12/06/2024 1,71 61,91 0,00 17,70 81,32
De los que Capital flotante 0,17 22,64 0,00 0,22 23,03
13/06/2024 1,80 64,67 0,01 18,32 84,80
De los que Capital flotante 0,16 21,81 0,01 0,84 22,82

La Junta General celebrada el 12 de junio de 2024 tuvo carácter extraordinario y la celebrada el 13 de junio de 2024 ordinario.

  • B.5. Indique si en las juntas generales celebradas en el ejercicio ha habido algún punto del orden del día que, por cualquier motivo, no haya sido aprobado por los accionistas:
    • [ ] [ √ ] Sí No
  • B.6. Indique si existe alguna restricción estatutaria que establezca un número mínimo de acciones necesarias para asistir a la junta general, o para votar a distancia:
    • [ √ ] [ ] Sí No
Número de acciones necesarias para asistir a la junta general 500
Número de acciones necesarias para votar a distancia 1

Conforme a lo previsto en los Estatutos Sociales (art.19), podrán asistir y votar en las Juntas Generales, por sí o debidamente representados, aquellos accionistas que, por sí mismos o por agrupación, posean, como mínimo, 500 acciones, que deberán estar inscritas en el registro de anotaciones en cuenta, con 5 días de antelación a aquel en que haya de celebrarse la Junta y así lo acrediten mediante la exhibición, en el domicilio social o en las entidades que se indiquen en la convocatoria, del correspondiente certificado de legitimación o tarjeta de asistencia emitidos por Colonial o entidades encargadas de la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, o en cualquier otra forma admitida por la legislación vigente. No obstante, con el objeto de facilitar el ejercicio del derecho de voto respecto de los acuerdos de las Juntas Generales, para votar a distancia Colonial no exige un número mínimo de acciones. En este sentido, los accionistas podrán votar en la Junta General, así como otorgar la correspondiente representación, mediante medios de comunicación a distancia (correspondencia postal, electrónica o cualquier otro medio de comunicación a distancia siempre que se garantice debidamente la identidad del accionista y, en su caso, la seguridad de las comunicaciones electrónicas). Los accionistas que emitan su voto a distancia serán tenidos en cuenta a los efectos de constitución de la Junta como presentes (art. 12 Reglamento de la Junta General). La posibilidad de ejercicio de los derechos de voto a distancia se indicará debidamente a los accionistas en la convocatoria de la Junta General.

El Consejo de Administración de la Sociedad podrá habilitar, con ocasión de la convocatoria de cada Junta General, la asistencia remota a la misma de accionistas y representantes por vía telemática y simultánea, en cuyo caso se establecerán por el Consejo de Administración los plazos, formas y modos de ejercicio de los derechos de los accionistas y representantes, de conformidad con lo previsto en la Ley, los Estatutos Sociales y el Reglamento de la Junta General, todo lo cual se incluirá en la correspondiente convocatoria.

B.7. Indique si se ha establecido que determinadas decisiones, distintas a las establecidas por Ley, que entrañan una adquisición, enajenación, la aportación a otra sociedad de activos esenciales u otras operaciones corporativas similares, deben ser sometidas a la aprobación de la junta general de accionistas:

[ ]
[ √ ] No

B.8. Indique la dirección y modo de acceso a la página web de la sociedad a la información sobre gobierno corporativo y otra información sobre las juntas generales que deba ponerse a disposición de los accionistas a través de la página web de la Sociedad:

Dirección web: https://www.inmocolonial.com/accionistas-e-inversores/accionistas-e-inversores

A través de este acceso se facilita a los accionistas y al público en general, toda la información preceptiva legalmente sobre Gobierno Corporativo (sección de "Gobierno Corporativo" en el enlace https://www.inmocolonial.com/accionistas-e-inversores/gobierno-corporativo), así como otra información relacionada con las Juntas Generales (apartado "Juntas Generales" dentro de la sección de "Gobierno Corporativo" https:// www.inmocolonial.com/accionistas-e-inversores/gobierno-corporativo/juntas-generales), además de aquella que la Sociedad entiende necesaria para una mayor transparencia y un mejor cumplimiento de las buenas prácticas de mercado en materia de gobierno corporativo.

C. ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD

C.1. Consejo de administración

C.1.1 Número máximo y mínimo de consejeros previstos en los estatutos sociales y el número fijado por la junta general:

Número máximo de consejeros 15
Número mínimo de consejeros 5
Número de consejeros fijado por la junta 14

C.1.2 Complete el siguiente cuadro con los miembros del consejo:

Nombre o
denominación
social del
consejero
Representante Categoría
del consejero
Cargo en
el consejo
Fecha primer
nombramiento
Fecha último
nombramiento
Procedimiento
de elección
DOÑA ANA
CRISTINA
PERALTA
MORENO
Independiente CONSEJERO 14/06/2019 15/06/2023 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON SILVIA
MÓNICA
ALONSO
CASTRILLO
ALLAIN
Independiente CONSEJERO 24/01/2019 15/06/2023 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DOÑA MIRIAM
GONZÁLEZ
AMÉZQUETA
LÓPEZ
Independiente CONSEJERO 15/06/2023 15/06/2023 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON CARLOS
FERNÁNDEZ
GONZÁLEZ
Dominical CONSEJERO 28/06/2016 13/06/2024 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DOÑA ANA
LUCRECIA
BOLADO VALLE
Independiente CONSEJERO 14/06/2019 15/06/2023 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON PEDRO
VIÑOLAS
SERRA
Ejecutivo VICEPRESIDENTE
CONSEJERO
DELEGADO
18/07/2008 21/06/2022 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS

Nombre o
denominación
social del
consejero
Representante Categoría
del consejero
Cargo en
el consejo
Fecha primer
nombramiento
Fecha último
nombramiento
Procedimiento
de elección
DON MANUEL
PUIG ROCHA
Dominical CONSEJERO 15/06/2023 15/06/2023 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON JUAN
JOSÉ
BRUGERA
CLAVERO
Otro Externo PRESIDENTE 19/06/2008 21/06/2022 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON BEGOÑA
ORGAMBIDE
GARCÍA
Dominical CONSEJERO 27/09/2022 15/06/2023 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON SHEIKH
ALI JASSIM M.J.
AL-THANI
Dominical CONSEJERO 12/11/2015 13/06/2024 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON GIULIANO
ROTONDO
Dominical CONSEJERO 18/10/2023 13/06/2024 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DOÑA ELENA
SALGADO
MÉNDEZ
Dominical CONSEJERO 12/06/2024 12/06/2024 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON FELIPE
MATÍAS
CAVIEDES
Dominical CONSEJERO 12/06/2024 12/06/2024 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS

Número total de consejeros 13

Indique los ceses que, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, se hayan producido en el consejo de administración durante el periodo sujeto a información:

Nombre o
denominación
social del
consejero
Categoría del
consejero en el
momento del cese
Fecha del último
nombramiento
Fecha de baja Comisiones
especializadas
de las que
era miembro
Indique si el cese
se ha producido
antes del fin
del mandato
DON LUIS
MALUQUER
TREPAT
Independiente 21/06/2022 09/05/2024 - Comisión
Ejecutiva,
Comisión
de Auditoría
SI

Nombre o
denominación
social del
consejero
Categoría del
consejero en el
momento del cese
Fecha del último
nombramiento
Fecha de baja Comisiones
especializadas
de las que
era miembro
Indique si el cese
se ha producido
antes del fin
del mandato
y Control,
Comisión de
Nombramientos
y Retribuciones
y Comisión de
Sostenibilidad
DON JUAN
CARLOS GARCÍA
CAÑIZARES
Dominical 27/09/2022 11/09/2024 - Comisión
Ejecutiva y
Comisión de
Nombramientos y
Retribuciones
SI

Causa del cese, cuando se haya producido antes del término del mandato y otras observaciones; información sobre si el consejero ha remitido una carta al resto de miembros del consejo y, en el caso de ceses de consejeros no ejecutivos, explicación o parecer del consejero que ha sido cesado por la junta general

D. Luis Maluquer presentó su dimisión al considerar que había llegado el momento de dar por concluido un ciclo en su vida profesional tras haber transcurrido, desde su primer nombramiento como Consejero de la Sociedad, un periodo próximo al máximo que establece la normativa para que un Consejero pueda tener la consideración de independiente.

Por otro lado, D. Juan Carlos García Cañizares presentó su dimisión al considerar que existían razones profesionales que le impedían tener suficiente disponibilidad de tiempo en el futuro para el correcto desarrollo de sus funciones como consejero de la Sociedad.

Tanto D. Luis Maluquer como D. Juan Carlos García remitieron respectivamente una carta al Consejo de Administración informando de las razones de sus renuncias.

C.1.3 Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del consejo y su distinta categoría:

CONSEJEROS EJECUTIVOS
Nombre o
denominación
social del consejero
Cargo en el
organigrama
de la sociedad
Perfil
DON PEDRO
VIÑOLAS SERRA
Vicepresidente y
Consejero Delegado
Licenciado en Ciencias Empresariales y MBA por ESADE y por la
Universidad Politécnica de Cataluña y Diplomado en Ciencias
Empresariales por la Universidad de Barcelona, donde también estudió
Derecho. Pedro Viñolas se incorporó, en 1990, como Director del Servicio
de Estudios de la Bolsa de Barcelona, de la que posteriormente fue
Subdirector General, y en la que permaneció hasta 1997. En esa fecha
se incorporó, como Director General, a FILO, S.A. empresa inmobiliaria
cotizada en bolsa en la que permaneció hasta 2001. Posteriormente
y hasta julio de 2008, ocupó el cargo de Socio y Consejero Delegado
en el Grupo Financiero Riva y García. Ha sido presidente del Urban
Land Institute en España, miembro del Consejo de Administración del
grupo financiero Riva y García. Asimismo, también ha sido presidente
del Instituto Español de Analistas Financieros en Cataluña desde el
año 1994 hasta el año 2000. Actualmente es Presidente del Consejo
de Administración de Société Foncière Lyonnaise. Es miembro del

% sobre el total del consejo 7,69

CONSEJEROS EJECUTIVOS
Nombre o
denominación
social del consejero
Cargo en el
organigrama
de la sociedad
Perfil
Patronato de ESADE y miembro del Consejo de Administración de
Bluespace, S.A. Es miembro del Consejo de la European Real Estate
Association (EPRA). Asimismo, desde marzo de 2023, es Consejero de
Banco Sabadell.
Número total de consejeros ejecutivos 1
CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES
Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación del
accionista significativo
a quien representa
o que ha propuesto
su nombramiento
Perfil
DON CARLOS
FERNÁNDEZ
GONZÁLEZ
GRUPO FINACCESS
S.A.P.I. DE C.V.
Ingeniero Industrial, ha realizado programas de alta dirección en el
Instituto Panamericano de Alta Dirección de Empresa. Durante más de
30 años ha ocupado puestos de elevada responsabilidad, complejidad y
competencias en la dirección de empresas de diversos sectores. Ha sido
CEO (1997-2013) y Presidente del Consejo de Administración (2005-2013)
de Grupo Modelo. Desde su nombramiento como CEO hasta 2013
este Grupo se consolidó como la empresa cervecera líder en México,
el séptimo grupo a nivel mundial y la mayor empresa exportadora
de cerveza en el mundo. Asimismo, ha sido Consejero en empresas
internacionales y nacionales como, entre otras, Anheuser Busch (EUA),
Emerson Electric Co. (EUA), Grupo Televisa (México), Crown Imports,
Ltd. (EUA), Inbursa (México) y Bolsa Mexicana de Valores. Además, ha
sido miembro del consejo asesor internacional de Banco Santander,
S.A. (España), Consejero de Grupo Financiero Santander México S.A.B
de C.V. y hasta octubre de 2019, Consejero de Banco Santander, S.A.
(España). Actualmente es Presidente del Consejo de Administración y
director general de Grupo Finaccess S.A.P.I. de C.V. -empresa de la que
es fundador- con presencia en México, Estados Unidos, Europa, China,
Australia y Nueva Zelanda. Además de Inmobiliaria Colonial, SOCIMI,
S.A., es Consejero en Restaurant Brands New Zealand Limited.
DON MANUEL PUIG
ROCHA
PUIG, S.A. Ingeniero Industrial por la Universidad Politécnica de Cataluña (UPC).
Manuel Puig ha ocupado diversos cargos ejecutivos en Puig durante
más de 35 años. Durante su carrera profesional en Puig, Manuel Puig
estuvo a cargo de la dirección de varias de sus marcas y en los últimos
diez años participó muy activamente en los procesos de adquisición
que configuraron el crecimiento inorgánico de Puig. Desde 2007,
Manuel Puig es Vicepresidente de Puig, miembro de su Consejo de

CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES
Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación del
accionista significativo
a quien representa
o que ha propuesto
su nombramiento
Perfil
Administración y, desde febrero de 2021, Presidente de la Comisión
ESG del Consejo de Administración de Puig. Además, es miembro de
los Consejos de Administración de Exea Empresarial, Isdin, Flamagas,
Fluidra y RACC.
DON BEGOÑA
ORGAMBIDE
GARCÍA
GRUPO FINACCESS
S.A.P.I. DE C.V.
Licenciada en Administración y Finanzas con mención honorífica por
la Universidad Panamericana donde también estudió Maestría en
Evaluación de Proyectos de Inversión. Diplomada en Comunicación
y Reputación Corporativa por la Universidad Anáhuac y Programa
de Alta Dirección Internacional (PADI), impartido por el ITAM, en
colaboración con Kellogg, Stanford y Ashridge. Su experiencia
profesional se sitúa fundamentalmente en el campo financiero, en
particular en lo relacionado con el análisis de la situación financiera de
empresas, viabilidad y rentabilidad de proyectos y la implementación
de estrategias de comunicación financiera y corporativa para inversores
y analistas. La Sra. Orgambide fue directora de Relación con Inversores
de Grupo Modelo S.A.B. de C.V. y con posterioridad ocupó el mismo
cargo en el Grupo Sports World S.A.B. de C.V. En 2015 se incorporó
en Walmart de México S.A.B. de C.V. como directora de Planeación
Estratégica y M&A. Actualmente es directora de Relación con Inversores
de Finaccess Capital, S.A. de C.V. y ha desarrollado experiencia en
el análisis de inversiones, principalmente en el sector restauración y
bienes raíces, y la evaluación de retornos. Es responsable también del
diseño e implementación de la estrategia de comunicación para el
grupo de inversores sobre la situación y evolución financiera de las
distintas inversiones. Adicionalmente, es miembro de los Consejos de
Administración de las empresas FCapital Dutch, Finaccess Restauración,
Finaccess Inmobiliaria, Finaccess Capital Inversores y Atrides, todas
ellas subsidiarias de Finaccess Capital que invierten directamente en
empresas de restauración y bienes raíces. Adicionalmente es miembro
del Consejo de Administración de AmRest Holdings SE.
DON SHEIKH ALI
JASSIM M.J. AL
THANI
QATAR INVESTMENT
AUTHORITY
Catarí. Licenciado en Economía y Ciencias Políticas por la Universidad
de Portland (Oregón, EE.UU.). En colaboración con el Gobierno de Qatar,
ha estado involucrado principalmente en los sectores de Comercio,
Finanzas e Inmobiliario por más de 30 años. Es Consejero Senior en
Estrategia e Inversiones desde 2007. Fue Vicepresidente, miembro del
Consejo de Administración y del Comité Ejecutivo del Housing Bank
for Trade and Finance Of Jordan (la segunda banca más importante
de Jordania) hasta 2016. Fue miembro del Consejo de Administración
y Vicepresidente de United Arab Shipping Company en Dubái (EAU)
desde 2003 hasta 2016. Desde 2007 es Vicepresidente del Libyan

CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES
Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación del
accionista significativo
a quien representa
o que ha propuesto
su nombramiento
Perfil
Qatari Bank y en 2009 fue nombrado presidente y director general
de Qatar Navigation (empresa de la que formó parte del consejo de
administración desde 2003 hasta 2016). Qatar Navigation se dedica al
transporte marítimo y al sector inmobiliario. Desde 2012, es miembro
del Consejo de Administración de Qatar Abu Dhabi Investment
Company; empresa especializada en inversión inmobiliaria y private
equity. En noviembre de 2015, fue nombrado consejero de SFL.
DON GIULIANO
ROTONDO
QATAR INVESTMENT
AUTHORITY
El Sr. Rotondo se licenció en 2004 por la Universidad Bocconi de
Milán con magna cum laude en Economía y Gestión de Mercados
Financieros. El Sr. Rotondo cuenta con 20 años de experiencia en el
sector inmobiliario. Actualmente, es el director inmobiliario para Europa
de QIA, grupo al que se incorporó en 2012. Anteriormente trabajó en el
grupo del sector inmobiliario de Morgan Stanley, donde desempeño
diversas funciones tanto en adquisiciones como en gestión de activos.
A lo largo de su carrera, el Sr. Rotondo ha completado operaciones en
el sector inmobiliario por valor superior a 15.000 millones de dólares en
diversas geografías (Europa, Europa Central y Oriental, Estados Unidos y
otros mercados) y sectores. Desde su llegada, ha sido responsable y ha
dirigido algunas de las principales inversiones inmobiliarias de QIA.
DOÑA ELENA
SALGADO MÉNDEZ
CRITERIA CAIXA S.A.U. Licenciada en ingeniería industrial en las especialidades de Técnicas
Energéticas y Organización Industrial, así como en Ciencias Económicas
en la especialidad de Estructura Económica y un MBA por la Escuela
de Organización Industrial. Ha ocupado diversos cargos dentro
del sector público, tales como Directora General del Ministerio de
Economía y Hacienda desde 1985 hasta 1991, Secretaria de Estado de
Comunicaciones en el Ministerio de Obras Públicas desde 1991 hasta
1996, Ministra de Sanidad y Consumo desde 2004 hasta 2007, Ministra
de Administraciones Públicas desde 2007 hasta 2009, Diputada
por Cantabria en el Parlamento español desde 2008 hasta 2011 y
Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda desde
2009 hasta 2011. En el sector privado, fue Directora de Lenzi Consulting
desde 1997 hasta 2004 y Presidenta de la Asociación Española de
Empresas de Consultoría desde 2016 hasta 2023. Asimismo, ha sido
miembro del Consejo de Administración de diversas compañías como
Hispasat, Hunosa, Renfe, Abertis Telecom y Telefónica. Actualmente, es
miembro del Consejo de Administración de Saba Infraestructuras, S.A. y
Presidenta de la Fundación Abertis
DON FELIPE
MATÍAS CAVIEDES
CRITERIA CAIXA S.A.U. Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad
de Valladolid. Especialista Universitario en Contabilidad y Auditoría
por la Universidad de Alcalá y Advanced Management Program (AMP)

CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES
Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación del
accionista significativo
a quien representa
o que ha propuesto
su nombramiento
Perfil
por el IE. Su experiencia profesional se sitúa fundamentalmente en
el campo financiero, en particular en lo relacionado con la gestión de
cartera de participadas, la valoración de empresas y el análisis financiero
y de inversiones. Inició su carrera profesional en Arthur Andersen desde
2000 hasta 2006, en el ámbito de la auditoría en el sector productos
y servicios. Con posterioridad, ha ocupado cargos de responsabilidad
como responsable de inversiones en sociedades participadas en Caja
de Burgos desde 2006 hasta 2010 y en Banca Cívica desde 2010
hasta 2012, formando parte de la implementación de las políticas de
inversión y la ejecución de operaciones de M&A. Desde 2012 es Director
de Inversiones en CriteriaCaixa, ocupándose del análisis, ejecución y
seguimiento de la estrategia de inversión en diversos sectores. Ha sido
miembro de diversos consejos de administración en compañías de
sectores industriales e inmobiliario.
Número total de consejeros dominicales 7
% sobre el total del consejo 53,85
CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES
Nombre o
denominación
social del consejero
Perfil
DOÑA ANA
CRISTINA PERALTA
MORENO
Es licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad Complutense de
Madrid, Máster en Dirección Financiera por el CEF (1991), ha realizado el Programa PMD (Program
for Management Development) en Harvard Business School (2002) y el programa PADE en el
IESE (2016). Dña. Ana Peralta es actualmente consejera independiente de BBVA y de Grenergy
Renovables, S.A. Tiene una amplia experiencia en el sector financiero. Comenzó su carrera
profesional en Bankinter en 1990, entidad a la que estuvo ligada hasta finales de 2008, y donde
desarrolló su actividad en áreas muy diversas. Fue directora de la primera Oficina de Internet de
Bankinter, directora del Gabinete del Presidente, y en sus últimos años en el Banco, Chief Risk
Officer y miembro del Comité de Dirección. Entre los años 2009 y 2012 formó parte del Comité
de Dirección de Banco Pastor, donde ocupó la posición de Directora General de Riesgos. Entre
2012 y 2018, Dña. Ana Peralta compaginó su actividad como Senior Advisor de Oliver Wyman
Financial Services con su participación en varios consejos de administración. Fue consejera
independiente del Banco Etcheverría, de Deutsche Bank, SAE, y de Lar Holding Residencial.
DON SILVIA
MÓNICA ALONSO
CASTRILLO ALLAIN
Licenciada en ciencias políticas por la Universidad Sciences Po (París), Máster y Doctorada
en estudios españoles y latinoamericanos por la universidad de la Sorbona (París). Accedió
por oposición a la enseñanza pública de estudios hispánicos en Francia. Se ha dedicado a la
enseñanza y a la investigación durante 25 años (1984-2009) en varias instituciones académicas

CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES
Nombre o
denominación
social del consejero
Perfil
francesas: Universidad de Toulouse, Sciences Po y la Escuela de Negocios ESSEC. Autora de
varios libros sobre historia y política española contemporánea. La Sra. Alonso-Castrillo trabajó
para la embajada de Francia en Singapur como consejera de ciencia y cultura, antes de ser
nombrada directora regional de INSEAD. Supervisó el desarrollo de dos campus en Singapur:
el Liceo Francés e INSEAD (1996-1999). A su regreso a Europa en el año 2000, trabajó durante
15 años con ESSEC, gestionando el desarrollo internacional y la recaudación de fondos para la
escuela de negocios, que también abrió un campus en Singapur. En 2007, fundó en Madrid la
consultora Sociedad de Estudios Hispano Franceses, S.L., firma que ha estado liderando hasta
2019 y de la cual es socia única y administradora a la fecha actual. Desde 2013, la Sra. Alonso
Castrillo dirige la finca familiar en el Valle del Loira (Francia). Ha formado parte de la Junta del
College de Bernardins (París) y del Comité Ejecutivo de la Fondation pour les Sciences Sociales
(París). Ha sido consejera de SFL de 2017 a enero de 2019 y de Koiki Home S.L. de 2017 a febrero
de 2023.
DOÑA MIRIAM
GONZÁLEZ
AMÉZQUETA
LÓPEZ
Doble Licenciada en Derecho y en Ciencias Económicas y Empresariales (E-3) por la Universidad
Pontificia de Comillas (ICADE). Dña. Miriam González-Amézqueta comenzó en 1989 su carrera
profesional como analista financiera en Santander Investment S.V.B (BSN) donde permaneció
hasta el año 2000. Tras la fusión de BSN con BCH, fue directora de renta variable en el bróker
fusionado. Entre los años 2000 y 2008 prestó sus servicios en Lehman Brothers International
Europe como managing director y, posteriormente, como directora general de Lehman Brothers
plc. Sucursal en España. Además, entre otras funciones, fue la responsable de renta variable
para España y Portugal. Asimismo, fue miembro del Comité Ejecutivo de renta variable europeo,
del comité de Dirección de Iberia, del comité de integración y diversidad en Londres, del
equipo europeo de selección y contratación y de "Lehman Faculty" como ponente en los cursos
internos en Londres y Nueva York y presidenta del comité de integración y diversidad para el
Sur de Europa. Entre los años 2008 y 2011, tras la compra de Lehman Brothers por Nomura
International Europe, fue la Directora General de Renta Variable en España para acciones
Europeas, Americanas y Asiáticas. Durante el año 2012 cursó el Programa para Alta Dirección
en Internet Business de ISDI. En el año 2013 creó Alamir Servicios Financieros, sociedad de la
que es socia, para invertir en startups, principalmente Fintech, con la estrategia de participar
activamente en su gestión y posterior desarrollo a nivel global. En la actualidad, Dña. Miriam
González-Amézqueta es consejera independiente de los Consejos de Administración de
Deutsche Bank S.A.E, desde febrero de 2017, de MIO Group, desde junio de 2021, y de NH
Hotel Group, desde junio de 2023. A su vez, en Deutsche Bank S.A.E, es presidenta de las
Comisiones de Riesgos y de Remuneraciones y miembro de las de las Comisiones de Auditoría
y de Nombramientos. Además, es presidenta de la Comisión de Auditoría y de la Comisión
de Nombramientos y Retribuciones en MIO Group. Y por último también es Presidenta de la
Comisión de Auditoría y Control de NH Hotel Group.
DOÑA ANA
LUCRECIA BOLADO
VALLE
Licenciada en Farmacia por la Universidad Complutense de Madrid y Master of Business
Administration (MBA) en IE Business School. A lo largo de su trayectoria profesional, Dña. Ana
Bolado Valle ha ocupado diversos cargos directivos en el Grupo Santander (1986-2017), dirigiendo
importantes áreas de negocio tanto mayorista como minorista, proyectos de transformación
digital y áreas claves para el Grupo como la Dirección Corporativa de Recursos Humanos
entre 2005 y 2010. También ha sido Consejera de Parques Reunidos Servicios Centrales, S.A.

CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES
Nombre o
denominación Perfil
social del consejero
y de Unicaja Banco, S.A. En la actualidad, Dña. Ana Bolado Valle es Consejera dominical en
Metrovacesa, S.A., nombrada a propuesta de Banco Santander, S.A., Caceis Group y Caceis Bank.
En relación con esta última entidad, Dña. Ana Bolado es vocal en las siguientes comisiones:
Estrategia, Auditoría, Riesgos y Cumplimiento y Nombramientos y Retribuciones. Asimismo es
Senior Advisor en Fellow Funders, plataforma de financiación participativa (equity crowdfunding)
para apoyar la financiación de startups y pymes, así como miembro del Instituto de Consejeros y
Administradores (ICA) y de Women Corporate Directors.
Número total de consejeros independientes 4
% sobre el total del consejo 30,77

N.A.

Indique si algún consejero calificado como independiente percibe de la sociedad, o de su mismo grupo, cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de consejero, o mantiene o ha mantenido, durante el último ejercicio, una relación de negocios con la sociedad o con cualquier sociedad de su grupo, ya sea en nombre propio o como accionista significativo, consejero o alto directivo de una entidad que mantenga o hubiera mantenido dicha relación.

En su caso, se incluirá una declaración motivada del consejo sobre las razones por las que considera que dicho consejero puede desempeñar sus funciones en calidad de consejero independiente.

Nombre o
denominación Descripción de la relación Declaración motivada
social del consejero
Sin datos
OTROS CONSEJEROS EXTERNOS
Se identificará a los otros consejeros externos y se detallarán los motivos por los que no se puedan considerar
dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad, sus directivos, o sus accionistas:
Nombre o
denominación
social del consejero
Motivos Sociedad, directivo o
accionista con el que
mantiene el vínculo
Perfil
DON JUAN
JOSÉ BRUGERA
CLAVERO
Fue consejero ejecutivo de la
Sociedad hasta el 30 de abril de
2022.
INMOBILIARIA
COLONIAL, SOCIMI, S.A.
Presidente de Inmobiliaria
Colonial, SOCIMI, S.A. desde 2008.
Anteriormente fue Consejero
Delegado desde 1994 a 2006.
Presidente de Société Foncière
Lyonnaise desde 2010 hasta
abril de 2022. Con anterioridad
fue Consejero Director General
de Mutua Madrileña, Consejero

OTROS CONSEJEROS EXTERNOS
Se identificará a los otros consejeros externos y se detallarán los motivos por los que no se puedan considerar
dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad, sus directivos, o sus accionistas:
Nombre o
denominación
social del consejero
Motivos Sociedad, directivo o
accionista con el que
mantiene el vínculo
Perfil
Delegado de SindiBank y
Subdirector General de Banco
de Sabadell. Otras ocupaciones:
Ha sido Presidente del Patronato
de la Universidad Ramón Llull
(URL); Presidente de la Fundación
ESADE, Panrico, Holditex y
del Círculo de Economía de
Barcelona, así como Consejero
del Periódico de Catalunya. Es
Ingeniero Técnico Industrial y
MBA por ESADE. PDG por el IESE
y Doctor Honoris Causa por la
Universidad de Rhode Island.
Número total de otros consejeros externos 1
% sobre el total del consejo 7,69

Indique las variaciones que, en su caso, se hayan producido durante el periodo en la categoría de cada consejero:

Nombre o denominación
social del consejero
Fecha del cambio Categoría anterior Categoría actual
Sin datos

C.1.4 Complete el siguiente cuadro con la información relativa al número de consejeras al cierre de los últimos 4 ejercicios, así como la categoría de tales consejeras:

Número de consejeras % sobre el total de
consejeros de cada categoría
Ejercicio Ejercicio Ejercicio Ejercicio Ejercicio Ejercicio Ejercicio Ejercicio
2024 2023 2022 2021 2024 2023 2022 2021
Ejecutivas 0,00 0,00 0,00 0,00
Dominicales 2 1 1 28,57 16,67 20,00 0,00
Independientes 4 4 3 3 100,00 80,00 75,00 75,00
Otras Externas 0,00 0,00 0,00 0,00
Total 6 5 4 3 46,15 38,46 36,36 27,27

C.1.5 Indique si la sociedad cuenta con políticas de diversidad en relación con el consejo de administración de la empresa por lo que respecta a cuestiones como, por ejemplo, la edad, el género, la discapacidad, o la formación y experiencia profesionales. Las entidades pequeñas y medianas, de acuerdo con la definición contenida en la Ley de Auditoría de Cuentas, tendrán que informar, como mínimo, de la política que tengan establecida en relación con la diversidad de género.

[ √ ]
------- ----

[ ] No

[ ] Políticas parciales

En caso afirmativo, describa estas políticas de diversidad, sus objetivos, las medidas y la forma en que se ha aplicado y sus resultados en el ejercicio. También se deberán indicar las medidas concretas adoptadas por el consejo de administración y la comisión de nombramientos y retribuciones para conseguir una presencia equilibrada y diversa de consejeros.

En caso de que la sociedad no aplique una política de diversidad, explique las razones por las cuales no lo hace.

Descripción de las políticas, objetivos, medidas y forma en que se han aplicado, así como los resultados obtenidos

La Sociedad cuenta con una Política de Selección y Diversidad en donde se concretan unos parámetros estrictos para su aplicación. Esta política es aplicable a la designación y reelección de candidatos a consejero y se basa en los principios de diversidad y equilibrio en la composición del Consejo de Administración, dentro del objetivo general de dotar de efectividad y profesionalidad al funcionamiento de dicho órgano e incrementar la calidad en la gestión societaria. De conformidad con la Política de Selección y Diversidad, la selección de los candidatos a consejero requerirá un análisis previo de las necesidades de la Sociedad que será realizado por el Consejo de Administración, previo informe de la CNR. En dicho proceso, se buscarán personas que reúnan los requisitos de cualificación y honorabilidad profesional y personal, así como de capacidad, establecidos en la Política. Una vez cumplidos dichos requisitos, se velará por que los procesos de selección favorezcan la diversidad de edad, género, discapacidad o formación y experiencia profesionales en el seno del Consejo de Administración. Igualmente, dentro de los objetivos de la Política de Selección y Diversidad se prevé que en la designación de consejeros se atienda a los criterios generales sobre la composición del Consejo de Administración, en especial al relativo al equilibrio en la presencia de consejeros ejecutivos, dominicales e independientes, con respeto a los principios y recomendaciones recogidos en el Código de Buen Gobierno.

Durante el ejercicio 2020, a propuesta de la CNR, se sometió a la aprobación del Consejo la modificación de la Política de Selección y Diversidad a fin de adaptarla a las nuevas recomendaciones del Código de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas, aprobadas por la CNMV en junio de 2020. Entre las modificaciones más relevantes cabe destacar, la modificación relativa a la diversidad de género, así como la inclusión de la edad como un criterio para la selección de consejeros. En los últimos años, la Sociedad ha venido desarrollando una planificación concreta para la implementación de la mencionada política, que ha tenido como resultado positivo que la composición del Consejo de Administración cuente con una diversidad adecuada en lo relativo a edad, género y formación y experiencia profesional. En particular, el número de consejeras se ha incrementado durante los ejercicios 2022, 2023 y 2024, triplicando el número de mujeres que formaban parte del Consejo de Administración en el ejercicio 2019. Así, durante el ejercicio 2024, el Consejo de Administración tras haber llevado a cabo un análisis de la composición del Consejo de Administración, las necesidades del mismo y la composición accionarial de la Sociedad propuso el nombramiento como nuevo miembro del Consejo de Administración de Dña. Elena Salgado Méndez.

Asimismo, la Sociedad también cumplirá con las obligaciones en materia de paridad introducidas en la Ley de Sociedades de Capital por la Ley de Paridad, prestando especial atención a que el Consejo de Administración esté compuesto, en todo momento y como mínimo, por un cuarenta por ciento de personas del sexo menos representado o por cualquier otro porcentaje que establezca la normativa aplicable en cada momento. En este sentido, al cierre de 2024 la Sociedad ha cumplido sus objetivos en materia de diversidad, incrementando el número de consejeras y alcanzando una representación del 46,15% de mujeres en el Consejo de Administración, cumpliendo con las mejores recomendaciones de buen gobierno y de la Ley de Sociedades de Capital.

C.1.6 Explique las medidas que, en su caso, hubiese convenido la comisión de nombramientos para que los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras, y que la compañía busque deliberadamente e incluya entre los potenciales candidatos, mujeres que reúnan el perfil profesional buscado y que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres. Indique también si entre estas medidas está la de fomentar que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas:

Explicación de las medidas

De conformidad con el artículo 529 bis de la Ley de Sociedades de Capital y el artículo 9 del Reglamento del Consejo de Administración, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones (la "CNR") ha velado durante el ejercicio 2024 por que los procedimientos de selección de sus miembros favorezcan la diversidad y no adolezcan de sesgos implícitos que puedan implicar discriminación alguna y, en particular, que faciliten la selección de consejeras en un número que permita alcanzar una presencia equilibrada entre hombres y mujeres.

La política de selección y diversidad de la Sociedad se basa en los principios de diversidad y equilibrio en la composición del Consejo de Administración, dentro del objetivo general de dotar de efectividad y profesionalidad al funcionamiento de dicho órgano social y de incrementar la calidad en la gestión societaria. En este sentido, la Sociedad, en el proceso de selección o reelección de los candidatos a consejero, se guía por el propósito de alcanzar un adecuado equilibrio y, desde la entrada en vigor de las modificaciones introducidas por la Ley de Paridad en la Ley de Sociedades de Capital, la Sociedad persigue el objetivo de que el Consejo de Administración esté compuesto, como mínimo, de un cuarenta por ciento de personas del sexo menos representado o cualquier otro porcentaje que establezca la normativa que le resulta de aplicación. Tal y como recoge dicha política, la selección de los candidatos a consejeros en el ejercicio 2024 ha ido precedida de un análisis previo de las necesidades de la Sociedad realizado por el Consejo de Administración, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. En dicho proceso, una vez cumplidos los requisitos de cualificación y honorabilidad profesional y personal así como de capacidad, se ha velado por que los procesos de selección favoreciesen la integración en el Consejo de Administración de consejeros con diversidad de formación y experiencia profesional, capacidades, conocimientos, edad y género, así como que no adoleciesen de cualquier tipo de sesgo implícito que pudiese implicar discriminación alguna, entre otras, por razones de sexo, edad o capacidades diversas, todo ello en el mejor interés de la Sociedad. En particular, se ha evitado cualquier tipo de sesgo que dificultase el nombramiento de mujeres en el Consejo de Administración.

Adicionalmente, de conformidad con la política de selección y diversidad, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha mantenido como objetivo en el ejercicio 2024 promover un aumento de la presencia de mujeres en el seno del Consejo de Administración.

En este sentido, durante el ejercicio 2024 se ha producido el nombramiento de Dña. Elena Salgado Méndez, de tal manera que el número de mujeres representadas en el Consejo de Administración ha seguido incrementándose hasta alcanzar el 46,15%, superando de esa forma el porcentaje del 40% del número de mujeres en el Consejo de Administración al cierre del ejercicio 2024. Estos nombramientos, junto con las dimisiones que han tenido lugar durante el ejercicio, también han supuesto que el 100% de los consejeros con categoría de independientes sean mujeres. Asimismo, hay que destacar que en la Comisión de Auditoría y Control (la "CAC"), la CNR y la Comisión de Sostenibilidad (la "CS") la participación de mujeres es del 100%, estando por tanto las tres comisiones presididas por consejeras.

Por otro lado, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones verifica anualmente el cumplimiento de dicha política e informa de sus conclusiones al Consejo de Administración. En este sentido, durante el ejercicio 2024, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha verificado el cumplimiento de la política de selección y diversidad, informando favorablemente al Consejo de Administración, tal y como se indica en el apartado C.1.7 del IAGC.

Por otro lado, conforme a lo previsto en la política, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha velado por que en la selección de altos directivos de la Sociedad se favoreciese la diversidad de formación y experiencia profesional, capacidades, conocimientos, edad y género, así como que no se adoleciese de cualquier tipo de sesgo implícito que pudiese implicar discriminación alguna. En particular, la Comisión ha velado por que en los procedimientos de selección de altos directivos se favoreciese la diversidad de género. Cabe destacar que, durante el ejercicio 2024, un 50% de los cargos de alta dirección en la Sociedad han sido ocupados por mujeres, cumpliendo así con el requisito previsto en la Ley de Sociedades de Capital relativo a que la alta dirección se componga, como mínimo, de un cuarenta por ciento de personas del sexo menos representado. Por lo tanto, durante 2024 se han cumplido los objetivos anteriores, en la medida en que el 46,15% de miembros del Consejo de Administración y el 50% de altos directivos son mujeres.

Cuando a pesar de las medidas que, en su caso, se hayan adoptado, sea escaso o nulo el número de consejeras o altas directivas, explique los motivos que lo justifiquen:

Explicación de los motivos

N.A.

C.1.7 Explique las conclusiones de la comisión de nombramientos sobre la verificación del cumplimiento de la política dirigida a favorecer una composición apropiada del consejo de administración.

En el marco de la verificación del cumplimiento de la Política de Selección y Diversidad de Colonial, durante 2024 la CNR analizó la composición del Consejo de Administración, sus necesidades y la estructura accionarial de la Sociedad, para valorar las condiciones que debían reunir los consejeros en el ejercicio de sus cargos y la dedicación necesaria para el adecuado desempeño, todo ello en el marco de diferentes procesos de selección. Asimismo, analizó la calificación de los miembros del Consejo de Administración de conformidad con lo dispuesto en los textos

corporativos, la Ley de Sociedades de Capital y las recomendaciones de gobierno corporativo. En virtud de lo anterior, tras los nombramientos y ratificaciones que han tenido lugar durante 2024, y sobre los que la CNR informó favorablemente, se puede concluir que la CNR ha seguido promoviendo la diversidad y una composición adecuada conforme a las necesidades del Consejo de Administración y se ha anticipado al objetivo de que el Consejo de Administración estuviera integrado como mínimo por un cuarenta por ciento de personas del sexo menos representado.

C.1.8 Explique, en su caso, las razones por las cuales se han nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial es inferior al 3% del capital:

Nombre o denominación
social del accionista
Justificación
Sin datos

Indique si no se han atendido peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial es igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. En su caso, explique las razones por las que no se hayan atendido:

  • [ ] Sí
  • [ √ ] No
  • C.1.9 Indique, en el caso de que existan, los poderes y las facultades delegadas por el consejo de administración, incluyendo los relativos a la posibilidad de emitir o recomprar acciones, en consejeros o en comisiones del consejo:
Nombre o denominación
social del consejero o comisión
Breve descripción
PEDRO VIÑOLAS SERRA En su condición de Consejero Delegado tiene delegadas a su favor todas las
facultades delegables del Consejo de Administración. Adicionalmente, en su
calidad de Vicepresidente del Consejo de Administración, tiene asignadas las
facultades que se establecen en el Reglamento del Consejo de Administración.
Comisión Ejecutiva Tiene delegadas todas las facultades inherentes al Consejo de Administración
excepto aquellas indelegables conforme a la ley, incluyendo la posibilidad de
emitir o recomprar acciones.

C.1.10 Identifique, en su caso, a los miembros del consejo que asuman cargos de administradores, representantes de administradores o directivos en otras sociedades que formen parte del grupo de la sociedad cotizada:

Nombre o denominación
social del consejero
Denominación social
de la entidad del grupo
Cargo ¿Tiene funciones ejecutivas?
DON PEDRO VIÑOLAS
SERRA
Société Foncière Lyonnaise Presidente NO
DON PEDRO VIÑOLAS
SERRA
Inmocol One, S.A.U. Persona física representante
del administrador único
Inmobiliaria Colonial,
SOCIMI, S.A.
SI
DON PEDRO VIÑOLAS
SERRA
Inmocol Two, S.L.U. Persona física representante
del administrador único
Inmobiliaria Colonial,
SOCIMI, S.A.
SI

Nombre o denominación
social del consejero
Denominación social
de la entidad del grupo
Cargo ¿Tiene funciones ejecutivas?
DON PEDRO VIÑOLAS
SERRA
Colonial Lab, S.L.U. Persona física representante
del administrador único
Inmobiliaria Colonial,
SOCIMI, S.A.
SI
DON PEDRO VIÑOLAS
SERRA
Colonial Tramit, S.L. Persona física representante
del administrador único,
Inmobiliaria Colonial,
SOCIMI, S.A.
SI
DON PEDRO VIÑOLAS
SERRA
Utopicus Innovación
Cultural, S.L.
Consejero NO
DON JUAN JOSÉ BRUGERA
CLAVERO
Société Foncière Lyonnaise Consejero NO
DON SHEIKH ALI JASSIM
M.J. AL-THANI
Société Foncière Lyonnaise Consejero NO
DON PEDRO VIÑOLAS
SERRA
Colonial Living, S.L.U. Persona física representante
del administrador único,
Inmobiliaria Colonial,
SOCIMI, S.A.
SI

C.1.11 Detalle los cargos de consejero, administrador o director, o representante de los mismos, que desempeñen los consejeros o representantes de consejeros miembros del consejo de administración de la sociedad en otras entidades, se traten o no de sociedades cotizadas:

Identificación del
consejero o representante
Denominación social de
la entidad, cotizada o no
Cargo
DOÑA ANA LUCRECIA BOLADO VALLE Metrovacesa S.A. CONSEJERO
DOÑA ANA LUCRECIA BOLADO VALLE Caceis Group CONSEJERO
DOÑA ANA LUCRECIA BOLADO VALLE Caceis Bank CONSEJERO
DOÑA ANA CRISTINA PERALTA
MORENO
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A. CONSEJERO
DOÑA ANA CRISTINA PERALTA
MORENO
Grenergy Renovables S.A. CONSEJERO
DON SILVIA MÓNICA ALONSO
CASTRILLO ALLAIN
Sociedad de Estudios Hispano
Franceses, S.L.
ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DON PEDRO VIÑOLAS SERRA Blue Self Storage, S.L. CONSEJERO
DON PEDRO VIÑOLAS SERRA Banco de Sabadell, S.A. CONSEJERO
DON PEDRO VIÑOLAS SERRA Inmocol Torre Europa, S.A. CONSEJERO
DON PEDRO VIÑOLAS SERRA Value Based Management, S.L. ADMINISTRADOR UNICO
DON PEDRO VIÑOLAS SERRA Fundación ESADE PATRONO
DON PEDRO VIÑOLAS SERRA European Public Real Estate CONSEJERO

Identificación del
consejero o representante
Denominación social de
la entidad, cotizada o no
Cargo
DON SHEIKH ALI JASSIM M.J. AL
THANI
26 Champs Elysees CONSEJERO
DON SHEIKH ALI JASSIM M.J. AL
THANI
Al Nuran Bank PRESIDENTE
DON SHEIKH ALI JASSIM M.J. AL
THANI
Happag Lloyd CONSEJERO
DON SHEIKH ALI JASSIM M.J. AL
THANI
Rayyan Islamic Bank CONSEJERO
DON SHEIKH ALI JASSIM M.J. AL
THANI
Qatar Insurance and re-insurance co. CONSEJERO
DON SHEIKH ALI JASSIM M.J. AL
THANI
Libyian Qatari Bank (Nuran Bank) VICEPRESIDENTE
DON BEGOÑA ORGAMBIDE GARCÍA Grupo Finaccess S.A.P.I. de C.V. OTROS
DON BEGOÑA ORGAMBIDE GARCÍA FCapital Dutch, S.L. CONSEJERO
DON BEGOÑA ORGAMBIDE GARCÍA Finaccess Restauración, S.L. CONSEJERO
DON BEGOÑA ORGAMBIDE GARCÍA Finaccess Inmobiliaria, S.L. CONSEJERO
DON BEGOÑA ORGAMBIDE GARCÍA Finaccess Capital Inversores, S.L. CONSEJERO
DON BEGOÑA ORGAMBIDE GARCÍA Atrides CONSEJERO
DON BEGOÑA ORGAMBIDE GARCÍA AmRest Holdings, S.E. CONSEJERO
DON CARLOS FERNÁNDEZ
GONZÁLEZ
Restaurant Brands New Zealand
Limited
CONSEJERO
DON CARLOS FERNÁNDEZ
GONZÁLEZ
Estudia Mas, S.A.P.I. de C.V. (antes
Promotora de Crédito Educativo,
S.A.P.I. de C.V.)
CONSEJERO
DON CARLOS FERNÁNDEZ
GONZÁLEZ
Prepárate, S.A. de C.V. CONSEJERO
DON CARLOS FERNÁNDEZ
GONZÁLEZ
Fundación CEPA González Díez PRESIDENTE
DON CARLOS FERNÁNDEZ
GONZÁLEZ
Grupo Finaccess S.A.P.I. de C.V. PRESIDENTE
DON CARLOS FERNÁNDEZ
GONZÁLEZ
Endeavor España PATRONO
DON CARLOS FERNÁNDEZ
GONZÁLEZ
Grupo Far-Luca, S.A. de C.V. PRESIDENTE
DON CARLOS FERNÁNDEZ
GONZÁLEZ
Ciniia de México, S.A. de C.V. PRESIDENTE
DON CARLOS FERNÁNDEZ
GONZÁLEZ
Finacprom, S.A. de C.V. PRESIDENTE

Identificación del
consejero o representante
Denominación social de
la entidad, cotizada o no
Cargo
DON CARLOS FERNÁNDEZ
GONZÁLEZ
Solidaridad y Trabajo Virgen del
Camino, S.L.
PRESIDENTE
DON CARLOS FERNÁNDEZ
GONZÁLEZ
Fundación Solidaridad y Trabajo
Virgen del Camino
REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON CARLOS FERNÁNDEZ
GONZÁLEZ
Sociedad Mexicana para el Estudio de
Movimientos Anormales, A.C.
OTROS
DON CARLOS FERNÁNDEZ
GONZÁLEZ
Fundación de Ayuda a la Ancianidad,
I.A.P.
OTROS
DOÑA MIRIAM GONZÁLEZ
AMÉZQUETA LÓPEZ
Deutsche Bank S.A.E.U. CONSEJERO
DOÑA MIRIAM GONZÁLEZ
AMÉZQUETA LÓPEZ
Media Investment Optimization, S.A. CONSEJERO
DOÑA MIRIAM GONZÁLEZ
AMÉZQUETA LÓPEZ
NH Hotel Group, S.A. CONSEJERO
DON MANUEL PUIG ROCHA Lyskamm 1861, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DON MANUEL PUIG ROCHA Schwarzsee 2018, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DON MANUEL PUIG ROCHA Exea Empresarial, S.L. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON MANUEL PUIG ROCHA Inmo, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DON MANUEL PUIG ROCHA Whymper 1865, SCR, S.A. PRESIDENTE
DON MANUEL PUIG ROCHA Torre Puig LH 4648, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DON MANUEL PUIG ROCHA Quaestor Investments, S.A. PRESIDENTE
DON MANUEL PUIG ROCHA Puig, S.L. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON MANUEL PUIG ROCHA Puig Brands, S.A. VICEPRESIDENTE
DON MANUEL PUIG ROCHA Maveinn Inversiones Inmobiliarias, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DON MANUEL PUIG ROCHA Sociedad Textil Lonia, S.A. CONSEJERO
DON MANUEL PUIG ROCHA Tansiluxs, S.L. ADMINISTRADOR MANCOMUNADO
DON MANUEL PUIG ROCHA Casa Fiesta Formentera y Asociados,
S.L.
ADMINISTRADOR MANCOMUNADO
DON MANUEL PUIG ROCHA Charlotte Tilbury Limited CONSEJERO
DON MANUEL PUIG ROCHA Beijing Yitian Shidai Trading Co., LLC CONSEJERO
DON MANUEL PUIG ROCHA Cosmetika SAS CONSEJERO
DON MANUEL PUIG ROCHA Ponteland Distribuiçao, S.A. CONSEJERO
DON MANUEL PUIG ROCHA Puig North America, Inc. CONSEJERO
DON MANUEL PUIG ROCHA Quaestor Holdings, S.A. VICEPRESIDENTE
DON MANUEL PUIG ROCHA Inmo Montaigne ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DON MANUEL PUIG ROCHA Inmo USA Inc. ADMINISTRADOR SOLIDARIO

Identificación del
consejero o representante
Denominación social de
la entidad, cotizada o no
Cargo
DON MANUEL PUIG ROCHA Flamasats, S.L. CONSEJERO
DON MANUEL PUIG ROCHA Isdin, S.A. CONSEJERO
DON MANUEL PUIG ROCHA Exea Capital, SCR, S.A. PRESIDENTE
DON MANUEL PUIG ROCHA Real Automóvil Club de Cataluña, S.L. OTROS
DON MANUEL PUIG ROCHA Fluidra, S.A. CONSEJERO
DON MANUEL PUIG ROCHA Inomocol Torre Europa, S.A. PRESIDENTE
DON MANUEL PUIG ROCHA Exea Ventures, S.L. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON GIULIANO ROTONDO Coima Res S.p.A. CONSEJERO
DON GIULIANO ROTONDO Nova Bocana Barcelona, S.A. CONSEJERO
DON FELIPE MATÍAS CAVIEDES Criteria Caixa, S.A.U. OTROS
DOÑA ELENA SALGADO MÉNDEZ Saba Infraestructuras, S.A. CONSEJERO
DOÑA ELENA SALGADO MÉNDEZ Elsa and Partners, S.L.U. ADMINISTRADOR UNICO

En atención a la información de la que dispone la Sociedad, ninguno de los cargos recogidos en la tabla anterior es remunerado salvo los que se indican a continuación:

  • D. Pedro Viñolas Serra: Blue Self Storage, S.L. y Banco de Sabadell, S.A.

  • Dña. Ana Bolado Valle: Metrovacesa, S.A., Caceis Group y Caceis Bank.

  • Dña. Ana Peralta Moreno: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A y Grenergy Renovables, S.A.

  • Dña. Silvia Mónica Alonso-Castrillo Allain: Sociedad de Estudios Hispano Franceses S.L.

  • Dña. Miriam González-Amézqueta López: Deutsche Bank S.A.E.U., NH Hotel Group, S.A. y Media Investment Optimization, S.A.

  • D. Carlos Fernández González: Grupo Finaccess S.A.P.I. de C.V. y Grupo Far-Luca, S.A. de C.V.

  • Dña. Begoña Orgambide García: AmRest Holdings, S.E.

  • D. Manuel Puig Rocha: Lyskamm 1861, S.L., Puig Brands, S.A., Quaestor Holdings, S.A., Real Automóvil Club de Cataluña, S.L. y Fluidra, S.A.

  • Sheikh Ali Jassim M.J.Al-Thani: 26 Champs Elysees, Al Nuran Bank, Happag Lloyd, Rayyan Islamic Bank, Qatar Insurance and re-insurance co. y

Libyian Qatari Bank (Nuran Bank)

  • D. Giuliano Rotondo: Coima Res S.p.A.

  • D. Felipe Matías: Criteria Caixa, S.A.U.

  • Dña Elena Salgado Méndez: Saba Infraestructuras, S.A.

Indique, en su caso, las demás actividades retribuidas de los consejeros o representantes de los consejeros, cualquiera que sea su naturaleza, distinta de las señaladas en el cuadro anterior.

Identificación del consejero o representante Demás actividades retribuidas
DON BEGOÑA ORGAMBIDE GARCÍA Directora de relación con inversores en Finaccess Capital
DOÑA ELENA SALGADO MÉNDEZ Asesoría en Abertis, Criteria Caixa, Repsol y Trilantic Europe

C.1.12 Indique y, en su caso explique, si la sociedad ha establecido reglas sobre el número máximo de consejos de sociedades de los que puedan formar parte sus consejeros, identificando, en su caso, dónde se regula:

[ √ ]
[ ] No

Explicación de las reglas e identificación del documento donde se regula

Colonial, en atención a sus principios internos de organización y funcionamiento adecuado de su estructura de administración y gestión, así como en previsión siempre del mejor interés social de la entidad, regula en su Reglamento del Consejo de Administración que el consejero no podrá formar parte de más de 4 consejos de administración de otras sociedades cotizadas españolas distintas de Colonial o sociedades de

su Grupo. No obstante, se prevé que los consejeros ejecutivos de la Sociedad no puedan formar parte de más de 2 consejos de administración de otras sociedades cotizadas distintas de Colonial o sociedades de su Grupo. En este sentido, cuando formen parte de dos o más Consejos de Administración de sociedades del mismo Grupo, se computarán como un único Consejo de Administración. Esta prohibición podrá ser excepcionalmente dispensada por el Consejo de Administración. Adicionalmente cabe señalar que, dentro de los deberes generales del consejero que se detallan en el Reglamento del Consejo de Administración, le es de aplicación a éste, entre otros, el deber de desempeñar el cargo y cumplir con los deberes impuestos por las leyes, los estatutos sociales y demás normas de régimen interno con la diligencia de un ordenado empresario, teniendo en cuenta la naturaleza del cargo y las funciones atribuidas; teniendo siempre una dedicación adecuada y adoptando las medidas precisas para la buena dirección y el control de la Sociedad.

C.1.13 Indique los importes de los conceptos relativos a la remuneración global del consejo de administración siguientes:

Remuneración devengada en el ejercicio a favor del consejo de administración (miles de euros) 4.339
Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de
ahorro a largo plazo con derechos económicos consolidados(miles de euros)
Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de
ahorro a largo plazo con derechos económicos no consolidados(miles de euros)
970
Importe de los fondos acumulados por los consejeros
antiguos por sistemas de ahorro a largo plazo (miles de euros)

No existen sistemas de ahorro a largo plazo para los consejeros no ejecutivos, únicamente corresponde al Consejero Delegado.

C.1.14 Identifique a los miembros de la alta dirección que no sean a su vez consejeros ejecutivos, e indique la remuneración total devengada a su favor durante el ejercicio:

Nombre o denominación social Cargo/s
DON ALBERTO ALCOBER TEIXIDO Director de negocio
DON CARLOS ESCOSA FARGA Director de auditoría interna
DON JUAN MANUEL ORTEGA MORENO Director de inversiones
DOÑA NURIA OFERIL COLL Directora de asesoria jurídica
DOÑA BEGOÑA MUÑOZ LÓPEZ Directora Recursos Humanos y Servicios Generales
DOÑA CARMINA GANYET CIRERA Directora General Corporativa
Número de mujeres en la alta dirección
Porcentaje sobre el total de miembros de la alta dirección
Remuneración total alta dirección (en miles de euros) 2.412

C.1.15 Indique si se ha producido durante el ejercicio alguna modificación en el reglamento del consejo:

[ ] [ √ ] Sí No

C.1.16 Indique los procedimientos de selección, nombramiento, reelección y remoción de los consejeros. Detalle los órganos competentes, los trámites a seguir y los criterios a emplear en cada uno de los procedimientos.

Con la finalidad de atender a la normativa vigente en cada momento, así como a los más altos estándares de exigencia en materia de selección de candidatos a consejeros, atendiendo a los conocimientos, experiencias en el sector y en el ámbito de gestión de sociedades cotizadas, Colonial

ha desarrollado sus procedimientos de selección, nombramiento, reelección y remoción de los consejeros a través de la Política de Selección y Diversidad, aprobada por el Consejo a propuesta de la CNR, y que se regulan en el Reglamento del Consejo de Administración. De conformidad con lo establecido en la referida política, el Consejo de Administración realizará un análisis previo de las necesidades de la Sociedad y del Grupo, apoyado al efecto por el asesoramiento debido y, en todo caso, con base en la propuesta de nombramiento o en preceptivo informe favorable de la CNR. Los consejeros serán nombrados por la Junta General de Accionistas o, en caso de vacante anticipada, por el Consejo de Administración en el ejercicio de su facultad de cooptación. La propuesta de nombramiento o reelección de consejeros independientes corresponde a la CNR. En los demás casos, la propuesta corresponde al propio Consejo. La propuesta deberá ir acompañada en todo caso de un informe justificativo del Consejo en el que se valore la competencia, experiencia y méritos del candidato propuesto, que se unirá al acta de la Junta General o del propio Consejo. La propuesta de nombramiento o reelección de cualquier consejero no independiente deberá ir precedida, además, de un informe de la CNR. A los efectos de que la Junta General pueda disponer de la información necesaria para el nombramiento de los consejeros, desde la publicación del anuncio de convocatoria y hasta la celebración de la Junta General, la Sociedad deberá publicar ininterrumpidamente en la página web corporativa, al menos, la siguiente información sobre las personas propuestas para el nombramiento, ratificación o reelección de miembros del Consejo: la identidad, el currículo y la categoría a la que pertenezca, así como la propuesta e informes mencionados anteriormente y el informe justificativo de la CNR en el que se recoja el resultado del análisis previo de las necesidades del Consejo. Adicionalmente, la Política de Selección y Diversidad establece una serie de situaciones que impiden ser candidato a consejero. En lo concerniente a la remoción de los consejeros, estos podrán ser separados de su cargo en cualquier momento por la Junta General aun cuando la separación no conste en el orden del día. Además, los consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente previo informe de la CNR, la correspondiente dimisión, todo ello de conformidad con lo recogido, y en los casos establecidos en el Reglamento del Consejo de Administración, supuestos que se detallan en el apartado C.1.19 posterior. El Consejo de Administración no propondrá la separación de ningún consejero independiente antes del cumplimiento del periodo estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el Consejo previo informe de la CNR. En particular, se entenderá que existe justa causa cuando el consejero pase a ocupar nuevos cargos o contraiga nuevas obligaciones que le impidan dedicar el tiempo necesario al desempeño de las funciones propias del cargo de consejero, incumpla los deberes inherentes a su cargo o incurra en algunas de las circunstancias que le hagan perder su condición de independiente, de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable. También podrá proponerse el cese de consejeros independientes como consecuencia de ofertas públicas de adquisición, fusiones u otras operaciones corporativas similares que supongan un cambio en la estructura de capital de la Sociedad, cuando tales cambios vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad. Sin perjuicio de lo indicado, el Reglamento del Consejo de Administración establece que los consejeros independientes no deberán permanecer como tales durante un periodo continuado superior a 12 años. Por otro lado, el Consejo de Administración propondrá el cese de los restantes consejeros antes del cumplimiento del periodo estatutario para el que fueron nombrados cuando concurran causas excepcionales y justificadas aprobadas por el propio Consejo, y previo informe de la CNR. Cuando ya sea por dimisión o por acuerdo de la Junta General, un Consejero cese en su cargo antes del término de su mandato, explicará de manera suficiente las razones de su dimisión o, en el caso de Consejeros no ejecutivos, su parecer sobre los motivos del cese por la Junta General, en una carta que remitirá a todos los miembros del Consejo de Administración. Sin perjuicio de que se dé cuenta de todo ello en el Informe Anual de Gobierno Corporativo, en la medida en que sea relevante para los inversores, la Sociedad publicará el cese a la mayor brevedad posible, incluyendo una referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el Consejero.

C.1.17 Explique en qué medida la evaluación anual del consejo ha dado lugar a cambios importantes en su organización interna y sobre los procedimientos aplicables a sus actividades:

Descripción modificaciones

La evaluación anual del Consejo de Administración correspondiente al ejercicio 2023 fue satisfactoria, sin que haya dado lugar a cambios importantes en la organización interna de la Sociedad y/o sobre los procedimientos aplicables a sus actividades en el ejercicio 2024. En este sentido, tras haber sido identificadas las cuestiones a mejorar respecto al ejercicio 2023, a lo largo del ejercicio 2024 se ha mejorado, entre otras cuestiones, en relación con: (a) el Consejo de Administración: la mayor participación por parte de los miembros del Comité de Dirección en las reuniones del Consejo, el incremento en el nivel de información otorgado a los consejeros respecto a las potenciales operaciones corporativas y el seguimiento de la información sobre los principales riesgos que impactan en el negocio de Colonial; (b) la CAC: la coordinación y fluidez entre los equipos de auditoría interna y de cumplimiento normativo de la Sociedad y sus filiales y la antelación con que se remite la documentación previa a las reuniones de la Comisión; (c) la CNR: la duración de las reuniones, la antelación y calidad con la que se facilita la documentación soporte de las reuniones y la delimitación de las funciones de la Comisión respecto de otras comisiones evitando solapamientos; y (d) la CS: la claridad de la documentación soporte, la coordinación con otras comisiones y la delimitación de las funciones de la Comisión respecto de otras comisiones evitando solapamientos.

Describa el proceso de evaluación y las áreas evaluadas que ha realizado el consejo de administración auxiliado, en su caso, por un consultor externo, respecto del funcionamiento y la composición del consejo y de sus comisiones y cualquier otra área o aspecto que haya sido objeto de evaluación.

Descripción proceso de evaluación y áreas evaluadas

El Consejo de Administración ha llevado a cabo una evaluación del desempeño del propio Consejo, de sus Comisiones, del Presidente, del Consejero Delegado y de la Secretaría del Consejo.

Para llevar a cabo el proceso de evaluación del Consejo, sus Comisiones (a excepción de la CAC en la medida en que se autoevalúa), del Presidente, del Consejero Delegado y de la Secretaría se ha contado con el asesoramiento de un consultor externo (Georgeson). El procedimiento de evaluación ha consistido, principalmente, en las siguientes fases: (i) la cumplimentación de forma anónima por parte de los consejeros de los

cuestionarios preparados por el consultor externo, previamente validados por la CNR; (ii) una vez remitidas las respuestas, el consultor elaboró un informe con las conclusiones del proceso de evaluación y las recomendaciones de mejora; (iii) la CNR analizó el resultado de la evaluación realizada por Georgeson; y (iv) por último, la Presidenta de la CNR presentó al Consejo de Administración las conclusiones del proceso de evaluación y las recomendaciones de mejora en relación con la evaluación del desempeño y de sus funciones del Consejo de Administración, de la CNR y de la CS, del Presidente, del Consejo Delegado y del Secretario del Consejo.

En lo que respecta a la Comisión de Auditoría y Control, a diferencia del resto de Comisiones que han contado con el asesoramiento de un consultor externo, ésta ha llevado a cabo un ejercicio de autoevaluación. El proceso de autoevaluación llevado a cabo por la Comisión de Auditoría y Control comenzó con el diseño y preparación de un cuestionario que evalúa el grado de satisfacción de los miembros de la Comisión con su funcionamiento, la estructura del mismo, su organización, la ejecución de competencias, sus medios o recursos, su composición, la formación de sus miembros, el desempeño de su Presidenta, la coordinación con sus principales interlocutores y las otras comisiones, la adecuación en tiempo y forma de las convocatorias de las reuniones, la calidad de las reuniones, el tiempo empleado en cada materia, el rigor de las actas y el cumplimiento del plan de acción para mejorar el funcionamiento del mismo, entre otros. Una vez definido su contenido, este cuestionario se remitió a todos los miembros de la Comisión. Posteriormente, se analizaron las respuestas de los cuestionarios y las recomendaciones y sugerencias de mejora y, a partir de éstas, la Presidenta de la CAC presentó al Consejo de Administración las conclusiones del proceso de evaluación y las recomendaciones de mejora.

Posteriormente, el Consejo de Administración evaluó y adoptó un plan de acción con el objeto de corregir las deficiencias detectadas respecto de: (i) la calidad y eficiencia del funcionamiento del Consejo de Administración; (ii) el funcionamiento y la composición de sus Comisiones; (iii) la diversidad de composición y competencias del Consejo de Administración; (iv) el desempeño del Presidente del Consejo de Administración y del primer ejecutivo de la Sociedad; y (v) el desempeño de la Secretaría del Consejo de Administración.

Por otro lado, el Consejo de Administración aprobó los informes de funcionamiento del Consejo de Administración, de la CAC, de la CNR y de la CS.

C.1.18 Desglose, en aquellos ejercicios en los que la evaluación haya sido auxiliada por un consultor externo, las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo.

Durante el ejercicio 2024, Georgeson ha prestado a la Sociedad servicios relacionados con las actividades de identificación de accionistas y "Proxy Solicitation" en el marco de las Juntas Generales Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas. Por otro lado, Computershare, empresa del mismo grupo, presta los servicios de libro de accionistas.

C.1.19 Indique los supuestos en los que están obligados a dimitir los consejeros.

Al objeto de preservar la independencia y el mejor cumplimiento de sus funciones por los consejeros de Colonial, la Sociedad regula en su Reglamento del Consejo de Administración, que los consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente previo informe de la CNR, la correspondiente dimisión en los siguientes casos: 1. Cuando incurran en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente establecidos. 2. Cuando cesen en los puestos ejecutivos a los que estuviere asociado su nombramiento como consejero o cuando desaparezcan las razones por las que fueron nombrados. En particular, los consejeros dominicales presentarán su dimisión cuando el accionista a quien representen transmita íntegramente su participación accionarial en Colonial o la rebaje hasta un nivel que exija la reducción del número de sus consejeros dominicales. En los supuestos en los que, no obstante lo previsto previamente, el Consejo de Administración estime que concurren causas que justifican la permanencia del Consejero se tendrá en cuenta en particular la incidencia que las nuevas circunstancias sobrevenidas puedan tener sobre la calificación del consejero. 3. Cuando resulten gravemente amonestados por la CNR por haber infringido sus obligaciones como consejeros. 4. Cuando su continuidad como miembro del Consejo pueda afectar negativamente al funcionamiento del Consejo o perjudicar al crédito y reputación de la Sociedad por cualquier causa. En particular, los consejeros deberán informar al Consejo y, en su caso, dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia Sociedad, que puedan perjudicar al crédito y reputación de ésta y, en particular, deberán informar al Consejo de Administración de cualquier causa penal en la que aparezcan como investigados, así como de sus vicisitudes procesales. En caso de haber sido informado el Consejo de Administración, o habiendo conocido de otro modo, de alguna de las situaciones referidas en la frase anterior, el Consejo examinará el caso tan pronto como sea posible y, atendiendo a las circunstancias concretas, decidirá, previo informe de la CNR, si debe o no adoptar alguna medida. De ello se dará cuenta razonada en el Informe Anual de Gobierno Corporativo salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta. Asimismo, Colonial informa a sus consejeros que ostentan la calificación de independientes, el límite temporal que legalmente se establece de 12 años, a los efectos de que llegado dicho plazo, se proceda a efectuar los trámites oportunos para el cumplimiento de la legislación aplicable.

C.1.20 ¿Se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales, en algún tipo de decisión?:

[ ]
[ √ ] No

En su caso, describa las diferencias.

C.1.21 Explique si existen requisitos específicos, distintos de los relativos a los consejeros, para ser nombrado presidente del consejo de administración:

[ ]
[ √ ] No
------- -- ----

C.1.22 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen algún límite a la edad de los consejeros:

[ ]
[ √ ] No
  • C.1.23 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen un mandato limitado u otros requisitos más estrictos adicionales a los previstos legalmente para los consejeros independientes, distinto al establecido en la normativa:
  • [ ] Sí
  • [ √ ] No
  • C.1.24 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo de administración establecen normas específicas para la delegación del voto en el consejo de administración en favor de otros consejeros, la forma de hacerlo y, en particular, el número máximo de delegaciones que puede tener un consejero, así como si se ha establecido alguna limitación en cuanto a las categorías en que es posible delegar, más allá de las limitaciones impuestas por la legislación. En su caso, detalle dichas normas brevemente.

Con la finalidad de establecer unas normas de funcionamiento del Consejo que permitan el desarrollo efectivo de sus funciones en el marco de las exigencias de gobierno que, tanto en las normas internas como en la legislación, son de aplicación para la Sociedad, se permite por el Reglamento del Consejo de Administración, atendiendo a la Ley de Sociedades de Capital, que la representación se confiera por escrito y con carácter especial para cada reunión, y sólo a favor de otro miembro del Consejo. No obstante, los consejeros no ejecutivos sólo podrán hacerlo en otro no ejecutivo.

C.1.25 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio. Asimismo, señale, en su caso, las veces que se ha reunido el consejo sin la asistencia de su presidente. En el cómputo se considerarán asistencias las representaciones realizadas con instrucciones específicas.

Número de reuniones del consejo 12
Número de reuniones del consejo
sin la asistencia del presidente
0

Indíquese el número de reuniones mantenidas por el consejero coordinador con el resto de consejeros, sin asistencia ni representación de ningún consejero ejecutivo:

Número de reuniones 0

Indique el número de reuniones que han mantenido en el ejercicio las distintas comisiones del consejo:

Número de reuniones de Comisión
de Nombramientos y Retribuciones
11
Número de reuniones de
Comisión de Sostenibilidad
5
Número de reuniones
de Comisión Ejecutiva
0

Desde el 30 de abril de 2022 la Sociedad ha dejado de contar con la figura del Consejero coordinador, en la medida en que el Presidente del Consejo de Administración ya no ostenta la condición de consejero ejecutivo. Durante el ejercicio 2024, dos de las reuniones que mantuvo la CAC fueron de forma conjunta con la CS.

C.1.26 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio y los datos sobre asistencia de sus miembros:

Número de reuniones con la asistencia presencial de al menos el 80% de los consejeros 12
% de asistencia presencial sobre el total de votos durante el ejercicio 98,05
Número de reuniones con la asistencia presencial, o representaciones realizadas con instrucciones
específicas, de todos los consejeros
12
% de votos emitidos con asistencia presencial y representaciones realizadas con instrucciones
específicas, sobre el total de votos durante el ejercicio
100,00

C.1.27 Indique si están previamente certificadas las cuentas anuales individuales y consolidadas que se presentan al consejo para su formulación:

[ √ ]
[ ] No

Identifique, en su caso, a la/s persona/s que ha/han certificado las cuentas anuales individuales y consolidadas de la sociedad, para su formulación por el consejo:

Nombre Cargo
DOÑA ANGELS ARDERIU IBARS Directora financiera

C.1.28 Explique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por el consejo de administración para que las cuentas anuales que el consejo de administración presente a la junta general de accionistas se elaboren de conformidad con la normativa contable.

Además, la Comisión de Auditoría y Control es el encargado de supervisar el correcto funcionamiento e implementación de los sistemas de control interno de la Sociedad establecidos y presentados por el responsable de auditoría interna de la Sociedad, así como de los sistemas de gestión de riesgos en el proceso de elaboración de la información financiera.

Finalmente, el Consejo de Administración es el encargado de formular y someter a la aprobación de la Junta General de Accionistas, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría y Control, las cuentas anuales. En los supuestos excepcionales en que existan salvedades, el Presidente de la Comisión de Auditoría y Control explicará con claridad a la Junta General de Accionistas el parecer de la Comisión sobre el contenido y alcance de

La Sociedad tiene establecidos diferentes mecanismos para supervisar el proceso de elaboración de las cuentas anuales que se presentan a la Junta General de Accionistas. El Consejo de Administración, a través de la Comisión de Auditoría y Control, se encarga de la supervisión del proceso de elaboración de las cuentas anuales.

A estos efectos, la Comisión de Auditoría y Control se encarga de analizar, con carácter previo a la presentación al Consejo de Administración de la información financiera, el proceso de elaboración de: (i) la información financiera anual que comprende, entre otros, las cuentas anuales, individuales y consolidadas, y los informes de gestión; (ii) la información financiera correspondiente al primer y al tercer trimestre; y (iii) el informe financiero semestral correspondiente al primer semestre del ejercicio en cuestión.

En particular, la Comisión de Auditoría y Control desempeña la función de supervisión financiera a través de un proceso continuado durante todo el ejercicio, llevando a cabo un seguimiento de la evolución de los principales hitos y magnitudes del balance, así como de la cuenta de resultados y de los informes financieros. La Comisión de Auditoría y Control supervisa los procesos de elaboración de la correspondiente información financiera atendiendo en todo caso a los criterios contables prestablecidos, la normativa aplicable y cualquier información complementaria que resultare necesaria o conveniente. Del mismo modo, para tratar de evitar que las cuentas anuales se presenten con salvedades, la Comisión de Auditoría y Control cuenta con el apoyo de los directores de las diferentes áreas, incluido el área de auditoría interna, y de los representantes del auditor externo con quienes mantiene tantas reuniones como sean necesarias a los efectos de garantizar el cumplimiento de la normativa contable y de presentar al Consejo un informe sin salvedades ni limitaciones.

dichas limitaciones o salvedades, poniéndose a disposición de los accionistas un resumen de dicho parecer en el momento de la publicación de la convocatoria de la Junta General, junto con el resto de propuestas e informes del Consejo de Administración.

C.1.29 ¿El secretario del consejo tiene la condición de consejero?

[ ]
[ √ ] No

Si el secretario no tiene la condición de consejero complete el siguiente cuadro:

Nombre o denominación social del secretario Representante
DON FRANCISCO PALÁ LAGUNA

C.1.30 Indique los mecanismos concretos establecidos por la sociedad para preservar la independencia de los auditores externos, así como, si los hubiera, los mecanismos para preservar la independencia de los analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación, incluyendo cómo se han implementado en la práctica las previsiones legales.

Entre las obligaciones de la CAC se encuentra la de preservar la independencia del auditor externo en el ejercicio de sus funciones. Asimismo, en relación con el auditor externo, le corresponde: (i) elevar al Consejo de Administración las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor de cuentas; (ii) definir el proceso de selección de conformidad con lo previsto en la normativa vigente y los procedimientos internos, así como las condiciones de su contratación; (iii) recabar regularmente del auditor de cuentas información sobre su estrategia y planes de auditoría y su ejecución; (iv) preservar la independencia del auditor externo en el ejercicio de sus funciones; y (v) evaluar el grado de involucración del socio principal y el revisor de calidad.

También le corresponde a la CAC analizar, proponer y, en su caso, decidir sobre las cuestiones que pudieran surgir entre el Consejo de Administración y el auditor externo, en particular: (i) en caso de renuncia del auditor externo, examinar las circunstancias que la hubieran motivado; (ii) velar para que la retribución del auditor externo por su trabajo no comprometa su integridad ni su independencia; (iii) aprobar el procedimiento para la autorización de la prestación por el auditor externo de servicios distintos a los de auditoría de cuentas; (iv) supervisar que la Sociedad comunique a través de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) el cambio de auditor y lo acompañe de una declaración sobre la eventual existencia de desacuerdos con el auditor saliente y, si hubieran existido, de su contenido; (v) asegurar que el auditor externo mantengan anualmente una reunión con el pleno del Consejo de Administración para informarle sobre el trabajo realizado; y (vi) asegurar que la Sociedad y el auditor externo respetan las normas vigentes sobre prestación de servicios distintos a los de auditoría, los límites a la concentración del negocio del auditor y, en general, las demás normas sobre independencia de los auditores.

Del mismo modo, también es función de la CAC establecer las oportunas relaciones con el auditor externo para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan suponer amenaza para su independencia, para su examen por la Comisión, y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la auditoría de cuentas, y, cuando proceda, la autorización de los servicios distintos de los prohibidos, en los términos contemplados en la normativa vigente sobre el régimen de independencia, así como aquellas otras comunicaciones previstas en la normativa aplicable. En todo caso, deberán recibir anualmente de los auditores externos la declaración de su independencia en relación con la Sociedad o entidades vinculadas a ésta directa o indirectamente, así como la información detallada e individualizada de los servicios adicionales de cualquier clase prestados y los correspondientes honorarios percibidos de estas entidades por el auditor externo o entidades vinculadas a este de acuerdo con lo dispuesto en la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas. Corresponderá también a la CAC emitir anualmente, con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de cuentas, un informe en el que se expresará una opinión sobre si la independencia de los auditores de cuentas o sociedades de auditoría resulta comprometida. Este informe deberá contener, en todo caso, la valoración motivada de la prestación de todos y cada uno de los servicios adicionales a que hace referencia el punto anterior, individualmente considerados y en su conjunto, distintos de la auditoría legal y en relación con el régimen de independencia o con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas.

C.1.31 Indique si durante el ejercicio la Sociedad ha cambiado de auditor externo. En su caso identifique al auditor entrante y saliente:

[ ] Sí

No

[ √ ]

En el caso de que hubieran existido desacuerdos con el auditor saliente, explique el contenido de los mismos:

  • [ ] Sí
  • [ √ ] No

  • C.1.32 Indique si la firma de auditoría realiza otros trabajos para la sociedad y/o su grupo distintos de los de auditoría y en ese caso declare el importe de los honorarios recibidos por dichos trabajos y el porcentaje que el importe anterior supone sobre los honorarios facturados por trabajos de auditoría a la sociedad y/ o su grupo:
  • [ √ ] [ ] Sí No
Sociedad Sociedades
del grupo
Total
Importe de otros trabajos distintos
de los de auditoría (miles de euros)
185 70 255
Importe trabajos distintos
de los de auditoría / Importe
trabajos de auditoría (en %)
50,55 15,98 31,72

En relación con los servicios distintos a los propios de auditoría, 92 miles de euros corresponden a servicios relacionados con la auditoría prestados al Grupo en concepto de revisiones limitadas, emisión de comfort letters e informes de procedimientos acordados sobre ratios ligados a contratos de financiación y sobre determinados indicadores ligados a sistemas de retribución variable.

El resto de 163 miles de euros corresponden a honorarios por otros servicios profesionales para la realización de revisiones de los indicadores ESG contenidos en el informe anual integrado, del inventario de gases efecto invernadero, del Green Bonds Report, así como de revisiones de traducciones del francés al inglés de diversa información corporativa.

  • C.1.33 Indique si el informe de auditoría de las cuentas anuales del ejercicio anterior presenta salvedades. En su caso, indique las razones dadas a los accionistas en la Junta General por el presidente de la comisión de auditoría para explicar el contenido y alcance de dichas salvedades.
  • [ ] [ √ ] Sí No
  • C.1.34 Indique el número de ejercicios que la firma actual de auditoría lleva de forma ininterrumpida realizando la auditoría de las cuentas anuales individuales y/o consolidadas de la sociedad. Asimismo, indique el porcentaje que representa el número de ejercicios auditados por la actual firma de auditoría sobre el número total de ejercicios en los que las cuentas anuales han sido auditadas:
IndividualesConsolidadas
Número de ejercicios ininterrumpidos 8 8
IndividualesConsolidadas
Nº de ejercicios auditados por la firma actual de auditoría / Nº de
ejercicios que la sociedad o su grupo han sido auditados (en %)
21,05 21,05

C.1.35 Indique y, en su caso detalle, si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones de los órganos de administración con tiempo suficiente:

[ √ ] Sí

Detalle del procedimiento

Con la finalidad de garantizar que los consejeros puedan atender adecuadamente sus funciones, los Presidentes del Consejo de Administración y de cada una de las Comisiones, con la colaboración del Secretario, velan por que los consejeros cuenten, previamente y con la antelación suficiente, con la información necesaria para la deliberación y adopción de acuerdos sobre los asuntos a tratar en cada sesión, salvo que el Consejo de Administración o la Comisión se hubiera constituido o hubiera sido excepcionalmente convocado por razones de urgencia. Igualmente, cualquier consejero podrá, previa solicitud al Presidente, Consejero Delegado, o Secretario, requerir y examinar los libros, registros, documentos y demás antecedentes de las operaciones sociales, pudiendo, asimismo, obtener la información complementaria necesaria de los interlocutores que se considere apropiados. Por último, existen cauces para que los consejeros y las Comisiones puedan obtener el asesoramiento preciso para el cumplimiento de sus funciones incluyendo, si así lo exigieran las circunstancias, asesoramiento externo con cargo a la Sociedad. En este sentido, y atendiendo a las funciones propias del Presidente del Consejo, los consejeros remitirán al mismo las solicitudes de asesoramiento externo que consideren necesarias, procediendo el Presidente a dar el oportuno traslado a los asesores externos.

C.1.36 Indique y, en su caso detalle, si la sociedad ha establecido reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad que puedan perjudicar al crédito y reputación de ésta:

[ √ ]
[ ] No

Explique las reglas

El Reglamento del Consejo de Administración establece que los consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente previo informe de la CNR, la correspondiente dimisión cuando su continuidad como miembro del Consejo pueda afectar negativamente al funcionamiento del Consejo o perjudicar al crédito y reputación de la Sociedad por cualquier causa. En particular, los consejeros deberán informar al Consejo de Administración y, en su caso, dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia Sociedad, que puedan perjudicar al crédito y reputación de ésta y, en concreto, deberán informar al Consejo de Administración de cualquier causa penal en la que aparezcan como investigados, así como de sus vicisitudes procesales. En caso de haber sido informado el Consejo de Administración, o habiendo conocido de otro modo, de alguna de las situaciones referidas, el Consejo examinará el caso tan pronto como sea posible y, atendiendo a las circunstancias concretas, decidirá, previo informe de la CNR, si debe o no adoptar alguna medida. De ello se dará cuenta razonada en el Informe Anual de Gobierno Corporativo salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta.

C.1.37 Indique, salvo que hayan concurrido circunstancias especiales de las que se haya dejado constancia en acta, si el consejo ha sido informado o ha conocido de otro modo alguna situación que afecte a un consejero, relacionada o no con su actuación en la propia sociedad, que pueda perjudicar al crédito y reputación de ésta:

[ ]

[ √ ] No

C.1.38 Detalle los acuerdos significativos que haya celebrado la sociedad y que entren en vigor, sean modificados o concluyan en caso de cambio de control de la sociedad a raíz de una oferta pública de adquisición, y sus efectos.

A 31 de diciembre de 2024 la Sociedad tenía firmada una línea de crédito sostenible por importe de 1.000 millones de euros, con vencimiento en 2029, prorrogable anualmente. A 31 de diciembre de 2024 dicha línea de crédito no estaba dispuesta. Esta línea de crédito sostenible podría vencer anticipadamente en caso de que se produjese un cambio de control.

Por otro lado, se han realizado varias emisiones de valores de renta fija que prevén un vencimiento anticipado de las obligaciones, a elección de los obligacionistas, en el caso que se produzca un cambio de control que conlleve la pérdida de calificación "Investment Grade". El importe total de las emisiones asciende a 2.825 millones de euros.

C.1.39 Identifique de forma individualizada, cuando se refiera a consejeros, y de forma agregada en el resto de casos e indique, de forma detallada, los acuerdos entre la sociedad y sus cargos de administración y dirección o empleados que dispongan indemnizaciones, cláusulas de garantía o blindaje, cuando éstos dimitan o sean despedidos de forma improcedente o si la relación contractual llega a su fin con motivo de una oferta pública de adquisición u otro tipo de operaciones.

Numero de beneficiarios 2
Tipo de beneficiario Descripción del acuerdo
Consejero Delegado y Directora General
Corporativa
Consejero Delegado: percibirá una compensación adicional y especial
como indemnización en el supuesto de cese o no renovación no
justificados de su cargo, o reducción sustancial de sus funciones. La
indemnización se devengará asimismo (i) en los casos de renuncia
o dimisión de su cargo como consecuencia de haberse producido
un cambio de control en la Sociedad o un cambio relevante en
la composición del Consejo de Administración; (ii) en el supuesto
de modificación de las condiciones pactadas en su contrato sin su
consentimiento; así como (iii) en los demás supuestos que establezca
el Consejo de Administración. Para calcular esta indemnización
se tendrá en consideración 2 anualidades de su retribución fija
(800.000€) y retribución variable anual target (100% de la retribución
fija), excluyéndose otras cantidades que hubiera podido percibir
así como los derechos que pudieran derivarse del incentivo a largo
plazo vigente en cada momento. El ILP, aprobado por la JGO de
13/06/2024, establece que si durante la vigencia del plan fuera cesado
de su cargo sin justa causa, la JG no prorrogara su mandato o se
modificase sustancialmente sus funciones (incluida la pérdida de la
condición de consejero delegado), tendrá derecho a la liquidación
anticipada del plan , percibiendo el número target de acciones
que le correspondiese para cada ciclo vivo del plan del que fuera
beneficiario, prorrateado por el número de días transcurridos entre la
fecha de inicio del correspondiente ciclo y la fecha efectiva de cese,
falta de prórroga de su mandato o modificación sustancial de sus
funciones. No obstante, perderá su derecho a la entrega de acciones
en caso de despido procedente salvo causas objetivas, rescisión
de su contrato con justa causa o en caso de dimisión por iniciativa
de los mismos, así como en caso de incumplimiento contractual
en materia de confidencialidad, prohibición de ofrecimiento de
servicios o competencia. En estos casos, perderá igualmente cualquier
derecho sobre acciones otorgadas. Además, en caso de que, de
conformidad con la normativa aplicable, se formule una oferta pública
de adquisición sobre la Sociedad cuyo resultado positivo implique
un cambio de control en la Sociedad, se producirá la liquidación
anticipada del ILP para aquellos beneficiarios que hubieran terminado
su relación con Colonial por cualquier causa en el plazo de 6 meses
a contar desde la liquidación de la oferta pública de adquisición,
procediéndose a la entrega del número máximo de acciones que
se les hubiera asignado en cada uno de los ciclos vivos del ILP.
Directora General Corporativa: por desistimiento empresarial (deberá

Tipo de beneficiario Descripción del acuerdo
ejercitar preaviso de 3 meses) y/o cambio de control de la Sociedad,
le corresponde una indemnización bruta equivalente a la suma
de (a) 2 veces la remuneración fija anual vigente en la fecha del
fin del Contrato más (b) la suma de las remuneraciones variables
percibidas por ella en los 2 años anteriores al fin del contrato (en
caso de cambio de control, siempre que el fin del contrato sea
dentro de los 3 meses siguientes a la fecha de cambio de control).
Para el cálculo de la indemnización, se excluirán las cantidades que
hubiera podido percibir y los derechos que pudieran derivarse de
su participación en el ILP vigente en cada momento. Por despido
disciplinario u objetivo improcedente, la misma indemnización que
el desistimiento empresarial. Por último, como beneficiaria del ILP,
aprobado por la Junta General Ordinaria de 13/06/2024, se contempla
que perderá su derecho a la entrega de acciones en caso de despido
procedente salvo causas objetivas, rescisión de su contrato con
justa causa o por dimisión por iniciativa propia, así como en caso
de incumplimiento contractual en materia de confidencialidad,
prohibición de ofrecimiento de servicios o competencia. En estos
casos, perderá igualmente cualquier derecho sobre acciones
otorgadas.

Indique si, más allá de en los supuestos previstos por la normativa, estos contratos han de ser comunicados y/o aprobados por los órganos de la sociedad o de su grupo. En caso positivo, especifique los procedimientos, supuestos previstos y la naturaleza de los órganos responsables de su aprobación o de realizar la comunicación:

Consejo de administración Junta general
Órgano que autoriza las cláusulas
Si No
¿Se informa a la junta
general sobre las cláusulas?

El régimen interno de aprobación de los términos y condiciones de los contratos suscritos por la Sociedad, o las sociedades del Grupo, con la Alta Dirección y sus Consejeros, regulado en los Estatutos Sociales y en el Reglamento del Consejo de Administración, no difiere del régimen legal previsto en la Ley de Sociedades de Capital.

En lo que respecta a las cláusulas de los contratos de la Alta Dirección, son aprobadas por el Consejo de Administración, previo informe favorable de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad.

La información relativa a estas cláusulas, incorporadas en el contrato del Consejero Delegado, se incluye en el Informe Anual sobre Remuneraciones de Consejeros para el ejercicio social 2024 que será sometido al voto consultivo de la Junta General Ordinaria de Accionistas de 2025, como punto separado del Orden del Día.

C.2. Comisiones del consejo de administración

C.2.1 Detalle todas las comisiones del consejo de administración, sus miembros y la proporción de consejeros ejecutivos, dominicales, independientes y otros externos que las integran:

Comisión Ejecutiva
Nombre Cargo Categoría
DON CARLOS FERNÁNDEZ GONZÁLEZ VOCAL Dominical
DON PEDRO VIÑOLAS SERRA VOCAL Ejecutivo
DON JUAN JOSÉ BRUGERA CLAVERO PRESIDENTE Otro Externo
DON GIULIANO ROTONDO VOCAL Dominical
DOÑA ANA LUCRECIA BOLADO VALLE VOCAL Independiente
DON FELIPE MATÍAS CAVIEDES VOCAL Dominical
% de consejeros ejecutivos 16,67
% de consejeros dominicales 50,00
% de consejeros independientes 16,67
% de consejeros otros externos 16,67

Explique las funciones que tiene delegadas o atribuidas esta comisión distintas a las que ya hayan sido descritas en el apartado C.1.9, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley, en los estatutos sociales o en otros acuerdos societarios.

La Comisión Ejecutiva estará constituida por un mínimo de tres y un máximo de ocho miembros. El Presidente y Secretario de la misma serán los del Consejo de Administración. La Comisión Ejecutiva podrá nombrar de entre sus miembros a un Vicepresidente que desempeñará las funciones del Presidente en caso de ausencia. El Consejo de Administración designará a los miembros de la Comisión Ejecutiva, procurando que la estructura de participación de las diferentes categorías de consejeros sea similar a la del propio Consejo. La designación de los consejeros que hayan de constituir la Comisión Ejecutiva requerirá, para su validez, el voto favorable de dos tercios de los componentes del Consejo y no producirá efecto alguno hasta su inscripción en el Registro Mercantil.

Los miembros de la Comisión Ejecutiva cesarán cuando lo hagan en su condición de consejero o cuando así lo acuerde el Consejo. La Comisión Ejecutiva será convocada por su Presidente, por propia iniciativa o cuando lo soliciten dos de sus miembros. La convocatoria se realizará mediante carta, telegrama, e-mail o telefax, dirigido a cada uno de sus miembros con una antelación mínima de 48 horas a la fecha de la reunión, pudiendo no obstante convocarse con carácter inmediato por razones de urgencia.

Las reuniones se celebrarán en el domicilio de la Sociedad o en cualquier lugar designado por el Presidente e indicado en la convocatoria. Para la válida constitución de la Comisión Ejecutiva se requiere que concurran a la reunión, presentes o representados, la mayoría de sus miembros. Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los miembros de la Comisión. En caso de conflicto de interés, el consejero afectado se abstendrá de intervenir en la operación a que el conflicto se refiera. Los votos de los consejeros afectados por el conflicto y que han de abstenerse se deducirán a efectos del cómputo de la mayoría de votos que sea necesaria. En caso de empate, se someterá el asunto al Consejo de Administración. La Comisión Ejecutiva, a través de su Presidente, informará al Consejo de los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas por la Comisión, debiendo recibir todos los miembros del Consejo copia de las actas de las sesiones de la Comisión Ejecutiva. Durante el ejercicio 2024 la Comisión no se ha reunido en ninguna ocasión.

Comisión de Auditoría y Control
Nombre Cargo Categoría
DOÑA ANA CRISTINA PERALTA MORENO VOCAL Independiente

Comisión de Auditoría y Control
Nombre Cargo Categoría
DOÑA MIRIAM GONZÁLEZ-AMÉZQUETA LÓPEZ PRESIDENTE Independiente
DOÑA ANA LUCRECIA BOLADO VALLE VOCAL Independiente
DON BEGOÑA ORGAMBIDE GARCÍA VOCAL Dominical
% de consejeros ejecutivos 0,00
% de consejeros dominicales 25,00
% de consejeros independientes 75,00
% de consejeros otros externos 0,00

Con fecha 9 de mayo de 2024, se produjo la dimisión de D. Luis Maluquer Trepat como consejero y por tanto como miembro de las comisiones de las que formaba parte, entre ellas la CAC. Asimismo, el 30 de junio de 2024, transcurrió el plazo legalmente establecido para la finalización del mandato de Dña. Ana Peralta Moreno como presidenta de la CAC, por lo que se nombró a Dña. Miriam González-Amézqueta López como nueva Presidenta por el plazo de 4 años, permaneciendo Dña. Ana Peralta como vocal de la CAC. En este sentido, la CAC está actualmente compuesta por cuatro miembros, tres de los cuales ostentan la condición de independientes y uno de dominical.

Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.

Las funciones, procedimientos y reglas de funcionamiento de la CAC constan en el Reglamento del Consejo y en su propio reglamento. Durante el 2024 realizó, entre otras:

-Información financiera y sobre sostenibilidad. La CAC analizó, antes de su formulación por el Consejo, el proceso de elaboración de:(i) la información financiera anual del ejercicio cerrado a 31/12/2023 que comprende, entre otros, las cuentas anuales, individuales y consolidadas y los informes de gestión;(ii) la información financiera del primer y tercer trimestre del ejercicio 2024;(iii) el informe financiero semestral del primer semestre del ejercicio 2024;y(iv) la información sobre sostenibilidad recogida en el informe anual integrado. Asimismo, supervisó y aprobó una nueva referencia sobre sostenibilidad en el Código Ético.

-Sistemas de control interno La CAC supervisó el funcionamiento e implementación de los sistemas de control interno y gestión de riesgos, incluidos los riesgos fiscales. El análisis consistió en el control de la información financiera y sobre sostenibilidad. La CAC fue informada sobre el SCIIF y los informes que se prepararon. Tras los controles correspondientes, se consideró que el SCIIF funcionaba correctamente. Adicionalmente, supervisó la actualización del mapa de riesgos corporativo, la evolución de los riesgos y controles adoptados para su mitigación. Asimismo, propuso al Consejo el informe sobre la política de control y gestión de riesgos. Además, hizo seguimiento de la modificación de la política de control y gestión de riesgos, informando favorablemente al Consejo sobre las mismas.

-Relaciones con el auditor externo La CAC estableció las oportunas relaciones con el auditor externo(PwC) actuando como canal de comunicación entre Consejo y auditor externo, evaluando las conclusiones de los trabajos de auditoría. Asimismo, tuvo acceso a información sobre su plan de trabajo, grado de avance del desarrollo de su actividad y hallazgos significativos. Igualmente, el auditor externo prestó servicios distintos a los de auditoría. Estos servicios e importes devengados por los mismos fueron aprobados por la CAC. Por otro lado, confirmó la independencia del auditor externo. Aprobó la propuesta de selección del nuevo auditor externo (período 2025-2027).

-Auditoría interna La CAC aprobó el Plan de Auditoría Interna del 2024 y supervisó la evolución y grado de cumplimiento del mismo. Asimismo, analizó los resultados de las tareas más significativas desempeñadas por el director de auditoría interna, entre las que se encuentran, el seguimiento del SCIIF, la implementación de una aplicación informática para monitorizar el SCIINF, la preparación del capítulo de riesgos a incluir en el informe anual integrado 2024 y distintas auditorías. Adicionalmente, analizó el grado de cumplimiento de los principios fundamentales y recomendaciones de la CNMV sobre gobernanza en materia de ciberseguridad. Igualmente supervisó la coordinación de la auditoría interna con la de SFL y realizó las propuestas para impulsar dicha coordinación. Por último, el director de auditoría interna facilitó a la CAC diferentes informes sobre la independencia del auditor externo.

-Riesgos fiscales. La CAC dio seguimiento recurrente a las principales cuestiones sobre riesgos fiscales, supervisando el informe fiscal correspondiente al 2023. Adicionalmente, basándose en el informe presentado por la dirección financiera de Colonial, analizó el mapa de los principales riesgos fiscales y los controles existentes en esta materia.

-Operaciones vinculadas La CAC fue informada sobre las operaciones potencialmente vinculadas. Tras analizarlas, informó favorablemente al Consejo sobre la ampliación del importe de un préstamo intragrupo que aprobaría el Consejo, sin que se hubiere planteado ninguna operación vinculada que por razón de importe o valor estuviera reservada a la Junta General. Asimismo se elaboró un informe sobre las operaciones vinculadas llevadas a cabo por Colonial en 2023.

-Gobierno corporativo La CAC informó favorablemente sobre el IAGC del ejercicio 2023. Asimismo, supervisó el cumplimiento de las políticas internas, promoviendo e impulsando el cumplimiento de las normas y textos corporativos. Además, lideró e hizo seguimiento de los trabajos para adaptar el Reglamento de la CAC a las novedades de la Guía Técnica 1/2024. El Reglamento fue aprobado por el Consejo (diciembre 2024)

-Cumplimiento normativo. Colonial hizo un cambio en su modelo de compliance nombrando un chief compliance officer que asumió las funciones de la UCN. En este sentido la CAC analizó las actuaciones de la UCN/chief compliance officer, tomó razón del informe elaborado por un experto externo sobre los procedimientos de control interno sobre prevención de blanqueo, supervisó y realizó un seguimiento sobre privacidad y protección de datos, del canal ético y del cumplimiento del plan de formación plurianual y políticas corporativas. Por otro lado, en el mejor interés del Grupo, analizó la situación y grado de cumplimiento normativo de SFL, en especial, sobre protección de datos y prevención de riesgos penales. Finalmente tomó razón de los nuevos modelos de negocio y sus ventajas, nuevos riesgos y principales implicaciones -Operaciones corporativas. La CAC recibió información sobre la potencial fusión entre Colonial y SFL, analizando e informando al Consejo sobre sus potenciales condiciones económicas, riesgos asociados e impacto contable. Asimismo, tomo razón analizó e informó favorablemente al Consejo sobre las condiciones económicas, riesgos asociados e impacto contable de la adquisición de acciones de Colonial por Criteria (aportaciones dinerarias y no dinerarias-mediante la aportación de inmuebles residenciales y oficinas). Del mismo modo, hizo un seguimiento de la integración del modelo de negocio de su filial-Utopicus-en Colonial.

-Autocartera. Fue debidamente informada del número de acciones en autocartera.

Identifique a los consejeros miembros de la comisión de auditoría que hayan sido designados teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o en ambas e informe sobre la fecha de nombramiento del Presidente de esta comisión en el cargo.

Nombres de los consejeros
con experiencia
DOÑA ANA CRISTINA PERALTA
MORENO / DOÑA MIRIAM
GONZÁLEZ-AMÉZQUETA LÓPEZ /
DOÑA ANA LUCRECIA BOLADO
VALLE / DON BEGOÑA ORGAMBIDE
GARCÍA
Fecha de nombramiento
del presidente en el cargo
30/06/2024
Comisión de Nombramientos y Retribuciones
Nombre Cargo Categoría
DON SILVIA MÓNICA ALONSO-CASTRILLO ALLAIN VOCAL Independiente
DOÑA ANA LUCRECIA BOLADO VALLE PRESIDENTE Independiente
DOÑA ANA CRISTINA PERALTA MORENO VOCAL Independiente
DOÑA ELENA SALGADO MÉNDEZ VOCAL Dominical
% de consejeros ejecutivos 0,00
% de consejeros dominicales 25,00
% de consejeros independientes 75,00
% de consejeros otros externos 0,00

Durante el ejercicio 2024, se produjeron las dimisiones de D. Luis Maluquer Trepat y D. Juan Carlos García Cañizares, con fecha 9 de mayo y 11 de septiembre de 2024, respectivamente, como consejeros y por tanto como miembros de las comisiones de las que formaban parte, entre ellas la CNR. El 3 de julio de 2024, se hicieron efectivos los nombramientos de Dña. Ana Peralta Moreno y Dña. Elena Salgado Méndez como miembros de la CNR.

Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.

Las funciones que tiene atribuidas la CNR, así como sus procedimientos y reglas de funcionamiento constan en el Reglamento del Consejo de Administración (artículo 33) y en el ejercicio de sus funciones la CNR ha realizado durante 2024, entre otras, las siguientes actividades:

1.Nombramientos:

  • Informar favorablemente al Consejo de Administración sobre la propuesta de ratificación y nombramiento de D. Giuliano Rotondo como consejero dominical de la Sociedad a propuesta de Qatar Investment Authority (QIA).

  • Informar favorablemente al Consejo de Administración sobre la propuesta de reelección de Sheikh Ali Jassim M. J. Al-Thani y D. Carlos Fernández González como consejeros dominicales de la Sociedad a propuesta de Qatar Investment Authority (QIA) y del Grupo Finaccess, respectivamente.

  • Informar favorablemente al Consejo de Administración sobre la propuesta de nombramiento de Dña. Elena Salgado Méndez y D. Felipe Matías Caviedes como consejeros dominicales de la Sociedad a propuesta de Criteria.

  • Informar favorablemente al Consejo de Administración sobre la propuesta de nombramiento de Dña. Elena Salgado Méndez y Dña. Ana Peralta Moreno como miembros de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de la Sociedad.

  • Informar favorablemente al Consejo de Administración sobre la propuesta de nombramiento de D. Felipe Matías Caviedes y Dña. Ana Bolado Valle como miembros de la Comisión Ejecutiva de la Sociedad.

  • Tomar razón del nombramiento de D. Juan Muñoz Jiménez como Chief Compliance Officer, asumiendo las funciones que hasta ahora tenía la Unidad de Cumplimiento Normativo.

  • Materia retributiva:

  • Informar favorablemente y proponer al Consejo de Administración la aprobación del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros. - Analizar los resultados de las votaciones sobre la política de remuneraciones y los acuerdos sobre remuneraciones adoptados en las distintas Juntas Generales.

  • Proponer al Consejo de Administración la retribución variable del Consejero Delegado y del equipo directivo con cargo al ejercicio 2023. - Determinar las métricas, ponderaciones y objetivos para la fijación de la retribución variable del Consejero Delegado para el ejercicio 2024.

  • Acordar la estructura de los objetivos para determinar la retribución variable del equipo directivo correspondiente al ejercicio 2024.

  • Proponer al Consejo de Administración para su aprobación por la Junta General Ordinaria de Accionistas, con el asesoramiento de Willis Towers Watson, un nuevo plan de incentivo a largo plazo (ILP) dirigido al personal clave del grupo Colonial, incluyendo al Consejero Delegado de la Sociedad.

  • Proponer al Consejo de Administración el texto del nuevo Reglamento del Incentivo a Largo Plazo de la Sociedad aplicable al nuevo plan ILP 2024-2026.

  • Proponer al Consejo de Administración, con el asesoramiento de Willis Towers Watson y previo informe favorable de la Comisión de Sostenibilidad en materia de ESG, las métricas y parámetros (incluyendo el número de acciones que tendrán derecho a percibir los beneficiarios) del primer ciclo (2024-2026) del nuevo plan de incentivo a largo plazo sujeto a la aprobación de la Junta General Ordinaria de Accionistas de 2024.

  • Proponer al Consejo de Administración , en función del cumplimiento de los indicadores y a la consecución de determinados hitos, el acuerdo de liquidación y el número de acciones que tendrán derecho a percibir los beneficiarios por la liquidación del plan de incentivo a largo plazo (ILP) 2021-2023, dentro del límite máximo fijado por la Junta General.

  • Velar por la observancia de la política retributiva establecida por la Sociedad.

  • Analizar y debatir el sistema retributivo y de incentivos a largo plazo de Société Foncière Lyonnaise (SFL) para alinearlo con el de la Sociedad. Dicho sistema está sujeto a aprobación por los órganos societarios de SFL.

  • Gobierno Corporativo:

  • Analizar el grado de seguimiento de las recomendaciones de gobierno corporativo, conforme se recoge en el Informe Anual de Gobierno Corporativo.

  • Revisar, sin que tuvieran lugar cambios significativos, el plan de sucesión del Presidente del Consejo de Administración y del Consejero Delegado de la Sociedad.

  • Informar favorablemente sobre el número de miembros que componen el Consejo de Administración dentro del número mínimo y máximo previsto en los Estatutos Sociales de la Sociedad.

  • Verificar el cumplimiento de política de diversidad e informar de sus conclusiones al Consejo de Administración.

  • Gestión ordinaria:

  • Coordinar, formular y elevar al Consejo los informes correspondientes al ejercicio 2023 sobre la evaluación del funcionamiento del Consejo de Administración, de la Comisión y de la Comisión de Sostenibilidad, así como del desempeño de sus funciones por el Presidente del Consejo, el Consejero Delegado y el Secretario del Consejo, contando con el asesoramiento del experto externo Georgeson.

  • Fomentar el plan de formación y actualización de conocimientos de los consejeros.

  • Analizar la calificación de los miembros del Consejo de Administración de conformidad con lo dispuesto en los textos corporativos, la Ley de Sociedades de Capital y las recomendaciones de gobierno corporativo.

  • Supervisar la estrategia y gestión en materia de recursos humanos.

  • Dar seguimiento, supervisar y tomar razón del análisis y los informes sobre la estructura organizativa de SFL prestando especial atención a los cambios organizativos y a los potenciales cambios derivados de una posible fusión con la Sociedad.

  • Coordinar el calendario de sesiones de la Comisión para el próximo ejercicio 2025.

Comisión de Sostenibilidad

Nombre Cargo Categoría
DOÑA ANA CRISTINA PERALTA MORENO VOCAL Independiente
DON SILVIA MÓNICA ALONSO-CASTRILLO ALLAIN PRESIDENTE Independiente
DOÑA ANA LUCRECIA BOLADO VALLE VOCAL Independiente
% de consejeros ejecutivos 0,00
% de consejeros dominicales 0,00

% de consejeros independientes 100,00
% de consejeros otros externos 0,00

Durante el ejercicio 2024, se produjo la dimisión de D. Luis Maluquer Trepat, con fecha 9 de mayo de 2024 como consejero y por tanto como miembro de la comisión de sostenibilidad.

Explique las funciones que tiene delegadas o atribuidas esta comisión distintas a las que ya hayan sido descritas en el apartado C.1.9, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley, en los estatutos sociales o en otros acuerdos societarios.

Las funciones que tiene atribuidas la CS, así como sus procedimientos y reglas de funcionamiento constan en el Reglamento del Consejo de Administración (artículo 34) y en el ejercicio de sus funciones la CS ha realizado durante 2024, entre otras, las siguientes actividades: 1. Análisis, evaluación e impulso de las políticas y prácticas de la Sociedad en materia de desarrollo sostenible y medioambiental.

  1. Supervisión y aprobación, junto con la Comisión de Auditoría y Control, del informe anual integrado de la Sociedad, a los efectos de someterlo a la aprobación del Consejo de Administración para su posterior publicación y difusión al mercado. Además, la Comisión ha llevado a cabo un análisis de los aspectos y avances del informe anual integrado en materia de ESG, de su impacto en el mercado y de la posición de la Sociedad frente a sus competidores.

  2. Análisis de la vinculación de una parte de la retribución variable de los consejeros ejecutivos y del equipo directivo al cumplimiento de objetivos ESG.

  3. Determinación, con el asesoramiento de Willis Towers Watson, de los parámetros que servirán de base para el cumplimento de la métrica de ESG en el ciclo 2024-2026 del nuevo plan de incentivos a largo plazo (ILP).

  4. Revisión del informe sobre los indicadores con los que trabaja la Sociedad en materia de ESG, así como de los informes de aseguramiento limitado sobre el inventario GEI 2023 (Inventario de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero) y sobre Bonos verdes (Green Bonds) preparados, sin salvedades, por el auditor externo de la Sociedad.

  5. Análisis cuantitativo de las métricas más relevantes en materia de sostenibilidad, tales como el consumo total de energía, la intensidad de consumo o las emisiones de carbono.

  6. Análisis y seguimiento del cumplimiento de los criterios cuantitativos y cualitativos en materia de ESG fijados por determinadas agencias independientes respecto al ejercicio 2023.

  7. Supervisión del grado de cumplimiento de la estrategia climática de la Sociedad.

  8. Revisión y seguimiento del grado de cumplimiento de la estrategia y de los objetivos de descarbonización de los activos de la Sociedad en el corto y largo plazo, en pro del plan de absorción de carbono (removal) para conseguir el objetivo de neutralidad en carbono en el año 2030, así como de la aplicación de la herramienta Carbon Risk Real Estate Monitor (CRREM).

  9. Análisis de los progresos en el seguimiento de las emisiones de huella de carbono del alcance 1 (Scope 1—emisiones directas), alcance 2 (Scope 2 —emisiones indirectas) y alcance 3 (Scope 3—otras emisiones indirectas), de acuerdo con los estándares mundiales (GHG).

  10. Supervisión de la actualización de los mecanismos de reporting a la directiva europea Corporate Sustainability Reporting Directive (CSRD), mejorando la trazabilidad entre los resultados del análisis de materialidad y los contenidos reportados por la Sociedad en materia Social. 12. Planificación y fomento de las sesiones de formación dirigidas a los trabajadores y miembros del Consejo de Administración en materia de ESG, abordando temas tales como los nuevos requisitos establecidos por la nueva directiva CSRD, así como los impactos positivos sobre la Sociedad de su plan de descarbonización.

  11. Seguimiento de los avances en el desarrollo del sistema de control de la información sobre sostenibilidad y la implantación de herramientas digitales (Deepki).

  12. Seguimiento del desarrollo e implementación de un sistema de control interno que impulse la fiabilidad de los datos relacionados con la información sobre sostenibilidad.

  13. Análisis del impacto en Colonial de las tendencias y novedades regulatorias, taxonomía verde y la normativa española y europea en materia de ESG expuestas por un asesor externo de la Sociedad.

  14. Determinación de las nuevas funciones y competencias que asumirá la Comisión una vez se modifique el Reglamento del Consejo de Administración.

  15. Organización del calendario de sesiones de la Comisión de Sostenibilidad para el próximo ejercicio 2025.

C.2.2 Complete el siguiente cuadro con la información relativa al número de consejeras que integran las comisiones del consejo de administración al cierre de los últimos cuatro ejercicios:

Número de consejeras
Ejercicio 2024
Ejercicio 2023
Ejercicio 2022 Ejercicio 2021
Número % Número % Número % Número %
Comisión Ejecutiva 1 16,67 0 0,00 0 0,00 0 0,00

Número de consejeras
Ejercicio 2024 Ejercicio 2023 Ejercicio 2022 Ejercicio 2021
Número % Número % Número % Número %
Comisión de
Auditoría y Control
4 100,00 4 80,00 2 66,67 2 50,00
Comisión de
Nombramientos y
Retribuciones
4 100,00 2 50,00 2 40,00 2 40,00
Comisión de
Sostenibilidad
3 100,00 3 75,00 3 60,00 3 60,00

El 3 de julio de 2024 se hizo efectivo el nombramiento de Dña. Ana Peralta Moreno y Dña. Elena Salgado Méndez como miembros de la CNR. Tras las dimisiones de D. Luis Maluquer Trepat y D. Juan Carlos García Cañizares, la CAC, la CNR y la CS están compuestas al 100% por mujeres, siendo el cargo de presidente de la CAC, la CNR y la CS también ocupados por mujeres en la actualidad.

C.2.3 Indique, en su caso, la existencia de regulación de las comisiones del consejo, el lugar en que están disponibles para su consulta, y las modificaciones que se hayan realizado durante el ejercicio. A su vez, se indicará si de forma voluntaria se ha elaborado algún informe anual sobre las actividades de cada comisión.

La regulación de las comisiones del consejo de administración se encuentra en los Estatutos Sociales y en el Reglamento del Consejo de Administración, que están disponibles en la página web corporativa (https://www.inmocolonial.com/accionistas-e-inversores/gobierno-corporativo/ documentacion). Asimismo, la compañía cuenta con un Reglamento de la CAC también disponible en la página web corporativa (https:// www.inmocolonial.com/accionistas-e-inversores/gobierno-corporativo/documentacion). Por lo que se refiere a los informes anuales sobre sus actividades, se han llevado a cabo informes sobre el funcionamiento, estructura y funciones de la CAC, de la CNR y de la CS. Se pondrán a disposición de los accionistas los informes de la CAC y la CNR, junto con el resto de documentación que corresponda, en el momento de la convocatoria de la Junta General Ordinaria de Colonial, en la página web corporativa de la Sociedad. Durante el ejercicio 2024 se ha aprobado el texto del nuevo Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control, una vez actualizado a las novedades introducidas por la Guía Técnica 1/2024 de la CNMV.

D. OPERACIONES VINCULADAS Y OPERACIONES INTRAGRUPO

D.1. Explique, en su caso, el procedimiento y órganos competentes para la aprobación de operaciones con partes vinculadas e intragrupo, indicando los criterios y reglas generales internas de la entidad que regulen las obligaciones de abstención de los consejero o accionistas afectados y detallando los procedimientos internos de información y control periódico establecidos por la sociedad en relación con aquellas operaciones vinculadas cuya aprobación haya sido delegada por el consejo de administración.

De conformidad con el Reglamento del Consejo de Administración, tienen la consideración de operaciones vinculadas aquellas operaciones que la Sociedad o sociedades del Grupo realicen con Consejeros, con accionistas titulares de, al menos, un 10% de los derechos de voto o representados en el Consejo de Administración de la Sociedad, o cualesquiera otras personas que deban considerarse partes vinculadas con arreglo a las Normas Internacionales de Contabilidad (las "Operaciones Vinculadas"). Como excepción a lo previsto en la definición anterior, no tendrán la consideración de Operación Vinculada: (i) las operaciones realizadas entre la Sociedad y sus sociedades dependientes íntegramente participadas (ya sea directa o indirectamente); (ii) la aprobación por el Consejo de Administración de los términos y condiciones de los contratos a suscribir con Consejeros que vayan a desempeñar funciones ejecutivas, incluyendo, en su caso, el Consejero Delegado, o altos directivos, así como la determinación por el Consejo de los importes o retribuciones concretas a abonar en virtud de dichos contratos; y (iii) las operaciones que realice la Sociedad con sus sociedades dependientes o participadas, siempre que ninguna otra parte vinculada a la Sociedad tenga intereses en dichas entidades dependientes o participadas.

La Junta General de Accionistas es el órgano competente para la aprobación de Operaciones Vinculadas en los supuestos legalmente establecidos y, en particular, en relación con Operaciones Vinculadas cuyo importe sea igual o superior al 10% del total de las partidas del activo según el último balance anual aprobado por la Sociedad. En este supuesto, el accionista afectado estará privado del derecho de voto, salvo en los casos en que la propuesta de acuerdo haya sido aprobada por el Consejo de Administración sin el voto en contra de la mayoría de los Consejeros independientes.

La aprobación del resto de las Operaciones Vinculadas corresponde al Consejo de Administración, que no puede delegar esta competencia salvo respecto a las siguientes Operaciones Vinculadas: (i) con sociedades integradas en el Grupo que se realicen en el ámbito de la gestión ordinaria y en condiciones de mercado, y (ii) las que se concierten en virtud de contratos cuyas condiciones estandarizadas se apliquen en masa a un elevado número de clientes, se realicen a precios o tarifas establecidos con carácter general por quien actúe como suministrador del bien o servicio de que se trate, y cuya cuantía no supere el 0,5% del importe neto de la cifra de negocios de la Sociedad. Los Consejeros afectados o que representen o estén vinculados a los accionistas afectados deberán abstenerse de participar en la deliberación y votación del correspondiente acuerdo. Con independencia del órgano al que corresponda la aprobación de cada Operación Vinculada, la CAC debe emitir un informe previo a la aprobación por la Junta General o por el Consejo de Administración de una Operación Vinculada, evaluando si la operación es justa y razonable desde el punto de vista de la Sociedad y, en su caso, de los accionistas distintos a la parte vinculada, y dar cuenta de los presupuestos en que se basa la evaluación y de los métodos utilizados. En la elaboración del referido informe no podrán participar los Consejeros que sean miembros de la CAC y estén afectados por la Operación Vinculada. Este informe no resulta preceptivo en relación con la celebración de Operaciones Vinculadas cuya aprobación haya sido delegada por el Consejo de Administración en los casos legalmente permitidos. En estos casos, el propio Consejo de Administración cuenta con un procedimiento interno de información y control periódico para verificar la equidad y transparencia de las operaciones, así como el cumplimiento de los criterios legales aplicables. Asimismo, la Comisión establece los mecanismos de control sobre las operaciones vinculadas cuya aprobación haya sido delegada por el Consejo de Administración a los efectos de que pueda comprobar que se cumplen los criterios legales que amparan dicha delegación.

D.2. Detalle de manera individualizada aquellas operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas entre la sociedad o sus entidades dependientes y los accionistas titulares de un 10 % o más de los derechos de voto o representados en el consejo de administración de la sociedad, indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:

Nombre o
denominación social
del accionista o
de cualquiera de
sus sociedades
dependientes
%
Participación
Nombre o
denominación
social de la
sociedad o entidad
dependiente
Importe
(miles de
euros)
Órgano que la
ha aprobado
Identificación
del accionista
significativo o
consejero que se
hubiera abstenido
La propuesta a la
junta, en su caso,
ha sido aprobada
por el consejo sin
el voto en contra
de la mayoría de
independientes
Sin datos
Nombre o Naturaleza Tipo de la operación y otra información necesaria para su evaluación
denominación social de la relación
del accionista o
de cualquiera de
sus sociedades
dependientes
Sin datos

Conforme a lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital ("(…) se entenderán por operaciones vinculadas aquellas realizadas por la sociedad o sus sociedades dependientes con consejeros, con accionistas titulares de un 10 % o más de los derechos de voto o representados en el consejo de administración de la sociedad, o con cualesquiera otras personas que deban considerarse partes vinculadas con arreglo a las Normas Internacionales de Contabilidad, adoptadas de conformidad con el Reglamento (CE) 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de julio de 2002, relativo a la aplicación de normas internacionales de contabilidad"), la CAC no ha considerado durante el ejercicio 2024 ninguna operación como vinculada al margen de la operación descrita en el apartado D.4, todo ello sin perjuicio de aquellas operaciones que tienen esa consideración de conformidad con la normativa contable y que se recogen en la Nota 20 de las cuentas anuales individuales de Colonial.

D.3. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con los administradores o directivos de la sociedad, incluyendo aquellas operaciones realizadas con entidades que el administrador o directivo controle o controle conjuntamente, e indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:

Nombre o
denominación
social de los
administradores
o directivos o de
sus entidades
controladas o
bajo control
conjunto
Nombre o
denominación
social de la
sociedad
o entidad
dependiente
Vínculo Importe
(miles de
euros)
Órgano que la
ha aprobado
Identificación
del accionista
significativo o
consejero que se
hubiera abstenido
La propuesta a la
junta, en su caso,
ha sido aprobada
por el consejo sin
el voto en contra
de la mayoría de
independientes
Sin datos
Nombre o
denominación
social de los
administradores
o directivos o de Naturaleza de la operación y otra información necesaria para su evaluación
sus entidades
controladas o
bajo control
conjunto
Sin datos

Conforme a lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital ("(…) se entenderán por operaciones vinculadas aquellas realizadas por la sociedad o sus sociedades dependientes con consejeros, con accionistas titulares de un 10 % o más de los derechos de voto o representados en el consejo de administración de la sociedad, o con cualesquiera otras personas que deban considerarse partes vinculadas con arreglo a las Normas Internacionales de Contabilidad, adoptadas de conformidad con el Reglamento (CE) 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de julio de 2002, relativo a la aplicación de normas internacionales de contabilidad"), la CAC no ha considerado durante el ejercicio 2024 ninguna operación como vinculada al margen de la operación descrita en el apartado D.4, todo ello sin perjuicio de aquellas operaciones que tienen esa consideración de conformidad con la normativa contable y que se recogen en la Nota 20 de las cuentas anuales individuales de Colonial.

D.4. Informe de manera individualizada de las operaciones intragrupo significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad con su sociedad dominante o con otras entidades pertenecientes al grupo de la dominante, incluyendo las propias entidades dependientes de la sociedad cotizada, excepto que ninguna otra parte vinculada de la sociedad cotizada tenga intereses en dichas entidades dependientes o éstas se encuentren íntegramente participadas, directa o indirectamente, por la cotizada.

En todo caso, se informará de cualquier operación intragrupo realizada con entidades establecidas en países o territorios que tengan la consideración de paraíso fiscal:

Denominación
social de la
entidad de
su grupo
Breve descripción de la operación y otra
información necesaria para su evaluación
Importe
(miles de euros)
Société Foncière
Lyonnaise
La Sociedad firmó un contrato marco con SFL, sociedad participada
por Colonial en un 98,24%, que regula la posibilidad de estructurar
préstamos intragrupo con un vencimiento de hasta 1 año, y un
importe máximo de hasta 1.100 millones de euros, aplicando
siempre unos tipos de interés y un precio de mercado.
1.100.000

Conforme a lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital ("(…) se entenderán por operaciones vinculadas aquellas realizadas por la sociedad o sus sociedades dependientes con consejeros, con accionistas titulares de un 10 % o más de los derechos de voto o representados en el consejo de administración de la sociedad, o con cualesquiera otras personas que deban considerarse partes vinculadas con arreglo a las Normas Internacionales de Contabilidad, adoptadas de conformidad con el Reglamento (CE) 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de julio de 2002, relativo a la aplicación de normas internacionales de contabilidad"), la CAC no ha considerado durante el ejercicio 2024 ninguna operación como vinculada al margen de la operación descrita en este apartado D.4, todo ello sin perjuicio de aquellas operaciones que tienen esa consideración de conformidad con la normativa contable y que se recogen en la Nota 20 de las cuentas anuales individuales de Colonial.

D.5. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con otras partes vinculadas que lo sean de conformidad con las Normas Internacionales de Contabilidad adoptadas por la UE, que no hayan sido informadas en los epígrafes anteriores.

Denominación
social de la
parte vinculada
Breve descripción de la operación y otra
información necesaria para su evaluación
Importe
(miles de euros)
Sin datos

Conforme a lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital ("(…) se entenderán por operaciones vinculadas aquellas realizadas por la sociedad o sus sociedades dependientes con consejeros, con accionistas titulares de un 10 % o más de los derechos de voto o representados en el consejo de administración de la sociedad, o con cualesquiera otras personas que deban considerarse partes vinculadas con arreglo a las Normas Internacionales de Contabilidad, adoptadas de conformidad con el Reglamento (CE) 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de julio de 2002, relativo a la aplicación de normas internacionales de contabilidad"), la CAC no ha considerado durante el ejercicio 2024 ninguna operación como vinculada al margen de la operación descrita en el apartado D.4, todo ello sin perjuicio de aquellas operaciones que tienen esa consideración de conformidad con la normativa contable y que se recogen en la Nota 20 de las cuentas anuales individuales de Colonial.

D.6. Detalle los mecanismos establecidos para detectar, determinar y resolver los posibles conflictos de intereses entre la sociedad y/o su grupo, y sus consejeros, directivos, accionistas significativos u otras partes vinculadas.

Con carácter general, los consejeros de la Sociedad deben adoptar las medidas necesarias para evitar incurrir en situaciones en las que sus intereses, ya sean por cuenta propia o ajena, puedan entrar en conflicto con el interés social y con sus deberes para con la Sociedad.

Adicionalmente, de conformidad con los Estatutos Sociales y el Reglamento del Consejo de Administración, los consejeros deben abstenerse de participar en la deliberación y votación de acuerdos o decisiones en las que él o una persona vinculada tenga un conflicto de intereses (ya sea directo o indirecto), excluyendo aquellos acuerdos o decisiones que les afecten en su condición de administrador, tales como su designación o revocación para cargos en el Consejo de Administración u otros de análogo significado. En particular, los consejeros deben abstenerse de: (a) realizar operaciones con la Sociedad, excepto cuando se trate de operaciones ordinarias, hechas en condiciones estándar para los clientes y de escasa relevancia, entendiendo por tales aquéllas cuya información no sea necesaria para expresar la imagen del del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la Sociedad; (b) utilizar el nombre de la Sociedad o invocar su condición de consejero para influir indebidamente en la realización de operaciones privadas; (c) hacer uso de los activos sociales, incluida la información confidencial de la Sociedad, con fines privados; (d) aprovecharse de las oportunidades de negocio de la Sociedad; (e) obtener ventajas o remuneraciones de terceros distintos de la Sociedad y su Grupo, asociadas al desempeño de su cargo, salvo que se trate de atenciones de mera cortesía; y (f) desarrollar actividades por cuenta propia o cuenta ajena que entrañen una competencia efectiva, sea actual o potencial, con la Sociedad o que, de cualquier otro modo, se sitúen en un conflicto permanente con los intereses de la Sociedad. Lo previsto anteriormente será de aplicación también en el caso de que el beneficiario de los actos o de las actividades prohibidas sea una persona vinculada al consejero, conforme la definición legal de persona vinculada.

La autorización debe ser necesariamente acordada por la Junta General cuando tenga por objeto la dispensa de la prohibición de obtener una ventaja o remuneración de terceros, o afecte a una operación cuyo valor sea superior al 10% de los activos sociales, pudiendo ser otorgada en los demás casos por el Consejo de Administración siempre que quede garantizada la independencia de los miembros que la conceden respecto del consejero dispensado. Además, es preciso asegurar la inocuidad de la operación autorizada para el patrimonio social o, en su caso, su realización en condiciones de mercado y la transparencia del proceso. La obligación de no competir con la Sociedad solo podrá ser objeto de dispensa en el supuesto de que no quepa esperar daño para la Sociedad o el que quepa esperar se vea compensado por los beneficios que ésta prevé obtener. La dispensa se concederá mediante acuerdo expreso y separado de la Junta General.

  • D.7. Indique si la sociedad está controlada por otra entidad en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, cotizada o no, y tiene, directamente o a través de sus filiales, relaciones de negocio con dicha entidad o alguna de sus filiales (distintas de las de la sociedad cotizada) o desarrolla actividades relacionadas con las de cualquiera de ellas.
    • [ ] [ √ ] Sí No

E. SISTEMAS DE CONTROL Y GESTION DE RIESGOS

E.1. Explique el alcance del Sistema de Control y Gestión de Riesgos financieros y no financieros de la sociedad, incluidos los de naturaleza fiscal.

Colonial busca generar valor sostenible a través de la gestión estratégica de su actividad empresarial, teniendo en cuenta los riesgos y oportunidades asociados, lo que ayuda a reforzar su liderazgo en el sector y consolidar su posición a largo plazo. La gestión del riesgo es un aspecto clave en la cultura organizativa de Colonial, y por este motivo, la Sociedad dispone de una Política de Control y Gestión de Riesgos, la cual establece los principios básicos y directrices de actuación para asegurar que los riesgos de toda naturaleza que pudieran afectar negativamente a la consecución de los objetivos del Grupo Colonial sean identificados, analizados, evaluados, gestionados y controlados de forma sistemática, con criterios uniformes y dentro de los umbrales o niveles de tolerancia establecido. Asimismo. Colonial ha desarrollado el Sistema de Control y Gestión de Riesgos (en adelante, SCGR), que establece unas bases para una gestión eficiente y efectiva de los riesgos financieros y no financieros en toda la organización, incluidos los fiscales.

Para cumplir con estos objetivos corporativos, los riesgos a los que Colonial está expuesta son identificados, analizados, evaluados, gestionados, controlados y actualizados. Con el objetivo de mantener un SCGR eficaz y actualizado, Colonial elabora un mapa de riesgos corporativo, el cual identifica los principales riesgos que afectan al Grupo, los evalúa en términos de impacto y probabilidad de ocurrencia. Dicho mapa se revisa y actualiza ande forma periódica cada año, con el objetivo de disponer de una herramienta de gestión de riesgos integrada y dinámica, que evoluciona con los cambios del entorno en el que opera la compañía y los cambios de la propia organización. Asimismo, el SCGR de Colonial establece actividades de monitorización por los propietarios de riesgos (direcciones de área), a través de la actualización de las fichas de los riesgos con el fin de verificar la eficacia de los controles implantados.

La función de Auditoría Interna analiza el mapa de riesgos corporativo para proponer los procesos, riesgos y controles cuya revisión se incluye en el Plan de Auditoría Interna de cada ejercicio.

E.2. Identifique los órganos de la sociedad responsables de la elaboración y ejecución del Sistema de Control y Gestión de Riesgos financieros y no financieros, incluido el fiscal.

El Consejo de Administración tiene atribuida la función de determinación de la política de control y gestión de riesgos, incluidos los fiscales, identificando los principales riesgos de la Sociedad e implementando y supervisando los sistemas internos de información y control, con el fin de asegurar la viabilidad futura y competitividad de la Sociedad, adoptando las decisiones más relevantes para su mejor desarrollo. Para la gestión de dicha función cuenta con el apoyo de la Comisión de Auditoría y Control (CAC). La CAC realiza, entre otras, las siguientes funciones relativas al ámbito del control y gestión de riesgos:

  • Supervisar de forma directa la función interna de control y gestión de riesgos.

  • Elevar al Consejo para su aprobación un informe sobre la política y gestión de riesgos.

  • Supervisar el nivel de riesgo que la Sociedad considere aceptable y las medidas previstas para mitigar, eliminar o gestionar cualquier riesgo, en caso de que llegara a materializarse, así como los sistemas de información y control interno que se utilizarán para controlar y gestionar los citados riesgos.

  • Supervisar la eficacia de los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros vinculados.

Adicionalmente, la Sociedad tiene constituidas la Unidad de Compliance y la Unidad de Auditoría Interna como herramientas para reforzar dicho objetivo. La Unidad de Compliance tiene la responsabilidad de velar por el adecuado cumplimiento de las normas y leyes que puedan afectar a la Sociedad y la función de Auditoría Interna tiene la responsabilidad de realizar las actividades de supervisión necesarias, contempladas en sus planes anuales, para evaluar la eficacia de los procesos de gestión de riesgos y de los controles implantados para mitigarlos.

Las principales responsabilidades asignadas en relación con el SCGR corresponden al Consejo de Administración, la Comisión de Auditoría y Control y la unidad de Auditoría Interna. El SCGR también determina explícitamente las responsabilidades propias de la alta dirección, direcciones operativas y propietarios de los riesgos en relación con la gestión de riesgos.

E.3. Señale los principales riesgos, financieros y no financieros, incluidos los fiscales y en la medida que sean significativos los derivados de la corrupción (entendidos estos últimos con el alcance del Real Decreto Ley 18/2017), que pueden afectar a la consecución de los objetivos de negocio.

De conformidad con un adecuado control y gestión de los riesgos, al objeto de evitar posibles situaciones de corrupción, sobornos o actuaciones fraudulentas, Colonial ha aprobado diferentes políticas que establecen mecanismos y controles para evitar que se produzcan tales situaciones. Asimismo, y para la adecuada aplicación de estas políticas y demás los mecanismos de control que dispone la Sociedad, ésta diferencia en dos grandes ámbitos los distintos tipos de riesgos a los que se expone el Grupo en función de su origen:

  • Riesgos externos: riesgos relativos al entorno en el que Colonial desarrolla su actividad y que influyen y condicionan las operaciones de la compañía.

  • Riesgos internos: riesgos originados a partir de la propia actividad de la compañía y su equipo gestor.

Entre los principales riesgos externos que afronta Colonial para la consecución de sus objetivos se incluyen:

  • Riesgos económicos, derivados de la coyuntura política y macroeconómica en los países en los que opera, y de cambios en las propias expectativas de los inversores.

  • Riesgos de mercado, derivados de la transformación del sector y del propio modelo de negocio, de la mayor complejidad para desarrollar la

estrategia de inversión/desinversión, y de la fluctuación del mercado inmobiliario con impacto en la valoración de los activos inmobiliarios. - Riesgos financieros, relacionados con las restricciones en los mercados de capitales, las fluctuaciones de los tipos de interés, el impacto de los

cambios en la normativa fiscal y los de gestión de la cartera de clientes.

  • Riesgos del entorno, como son los relacionados con la gestión de crisis, los derivados de la regulación y demandas más exigentes en ESG, y principalmente los relacionados con los riesgos físicos y de transición provocados por el cambio climático con consecuencias en la actividad del Grupo.

Entre los principales riesgos internos que afronta Colonial para la consecución de sus objetivos se incluyen:

  • Riesgos estratégicos en relación a la dimensión y diversificación del Grupo, a la composición del portfolio de activos, y a la estrategia en el mercado de coworking.

  • Riesgos operativos diversos relacionados con la gestión de arrendamientos, con el desarrollo de los proyectos en plazo y coste, con la gestión del nivel de endeudamiento y de la calificación crediticia actual, con ciberataques o fallos en los sistemas de información, así como los propios de la gestión de la estructura organizativa y del talento.

  • Riesgos derivados del cumplimiento de toda la normativa y obligaciones contractuales que le es de aplicación, incluidos los riesgos fiscales relacionados con la pérdida de la condición de SOCIMI por parte de Colonial o de su condición de Sociedad de Inversión Inmobiliaria Cotizada (SIIC) por parte de su filial francesa Société Foncière Lyonnaise.

E.4. Identifique si la entidad cuenta con niveles de tolerancia al riesgo, incluido el fiscal.

De acuerdo con el marco definido en el SCGR, Colonial analiza y evalúa el nivel de riesgo y grado de exposición del Grupo a los diferentes riesgos identificados de acuerdo con los cambios de su entorno, con el fin de poder alcanzar los objetivos, la estrategia definida, así como preservar el valor del Grupo.

La gestión operativa del modelo de riesgos de Colonial se ha estructurado a través de un mapa de riesgos corporativo, entendido como la herramienta mediante la que se representan gráficamente la evaluación de los riesgos en función de su impacto, efecto producido en Colonial medido en términos económicos, y su probabilidad, potencial de materialización del evento de riesgo en el tiempo.

En este sentido, la evaluación de los riesgos se realiza desde un doble enfoque, el del riesgo inherente, entendido como aquel al que se enfrenta la organización en ausencia de acciones/controles mitigadores y riesgo residual, entendido como aquél que permanece una vez tomadas las medidas correspondientes de prevención y control. Como resultado de ello se obtiene una clasificación de los riesgos, si bien la política de la compañía es monitorizar de forma adecuada cada uno de los riesgos.

Los propietarios de cada uno de los riesgos son los responsables de definir e implementar las medidas de gestión y controles de los riesgos. Para cada riesgo se elaboran las correspondientes fichas de riesgos, con el objetivo de reflejar cada evaluación del riesgo, así como de las medidas implantadas para su control y gestión.

E.5. Indique qué riesgos, financieros y no financieros, incluidos los fiscales, se han materializado durante el ejercicio.

Los riesgos inherentes definidos en el modelo de negocio del Grupo Colonial de acuerdo con las diferentes actividades que desarrolla son susceptibles de materializarse a lo largo de cada ejercicio. A continuación, destacamos los principales riesgos materializados durante este ejercicio 2024:

• Riesgo político: El año 2024 se ha caracterizado por la continuidad de los conflictos bélicos y tensiones geopolíticas. La incertidumbre política se ha mantenido e incluso aumentado, entre otras causas, por el impacto que puedan tener las políticas del nuevo gobierno en Estados Unidos, así como a nivel local por los apoyos poco consistentes de los gobiernos de Francia y España.

• Riesgo regulatorio: Como consecuencia del riesgo anterior, destaca el aumento de la inseguridad jurídica generada principalmente por propuestas de modificación de los regímenes fiscales especiales, SOCIMI y SIIC, que podrían tener un impacto adverso en el sector y en la capacidad de atracción de capitales e inversores extranjeros, perdiendo capacidad competitiva respecto a otros países europeos.

• Riesgo de tipos de interés: La reducción de tipos de interés se ha materializado en este año, si bien ha sufrido mayor retraso del esperado por el posible impacto de nuevos aranceles en Estados Unidos y la continuación del control de la inflación en Europa.

• Riesgo de fluctuación del ciclo inmobiliario: La disminución de tipos podría resultar en una mejora de las valoraciones de los activos y un retorno a mejores expectativas de ciclo inmobiliario, en un contexto de transformación del mismo y adaptación de los activos a transformar o incorporar nuevos usos.

• Riesgos físicos y de transición del cambio climático: Este año 2024 ha venido marcado por la continuidad y aumento de los efectos del cambio climático a nivel mundial, alejándose de los compromisos adquiridos en los acuerdos de París. En este sentido, en los últimos años los riesgos físicos y de transición vinculados al cambio climático han generado la implantación de políticas y estrategias en dicho ámbito en el Grupo Colonial, a través del plan de descarbonización aprobado, así como actuaciones específicas dirigidas a mejorar la calidad de los inmuebles y la medición de sus niveles de consumo energético, con el fin de optimizar su impacto medioambiental.

• Riesgo regulación y requisitos ESG: La adaptación a los crecientes requerimientos de reporte de información no financiera ha generado una revisión del cumplimiento de estos y la definición e implantación de sistemas de control y gestión. Asimismo, en este ámbito ESG, la próxima aplicación a la Directiva de Reporte de Sostenibilidad Corporativa (CSRD), así como la de Taxonomía Europea, ha requerido un proyecto de análisis y monitorización para la adaptación gradual y cumplimiento de dichos requerimientos por parte del Grupo Colonial.

• Riesgo de capital humano: La gestión del capital humano y desarrollo de talento en este entorno tan complejo sigue siendo una prioridad para Colonial, en un contexto de posible fusión con su filial SFL, al objeto de afrontar los cambios y nuevos retos en el modelo de negocio, gestionar los riesgos mencionados anteriormente, así como las nuevas oportunidades de crecimiento y desarrollo para el Grupo.

En este contexto, Colonial ha revisado y monitorizado la evolución de dichos riesgos, mostrando una elevada resiliencia, en especial, en el ámbito estratégico, operativo y financiero, y un correcto funcionamiento de los sistemas de control implantados, lo que ha permitido gestionar y mitigar dichos riesgos de forma adecuada y garantizar las operaciones y preservar el valor del Grupo.

E.6. Explique los planes de respuesta y supervisión para los principales riesgos de la entidad, incluidos los fiscales, así como los procedimientos seguidos por la compañía para asegurar que el consejo de administración da respuesta a los nuevos desafíos que se presentan.

En el modelo de gestión de riesgos implantado se establecen los planes de respuesta y supervisión de los principales riesgos en base a su valoración. El mapa de riesgos corporativo tiene un enfoque dinámico, por lo que se revisa con carácter anual con el objetivo de realizar el seguimiento de la evolución de los riesgos que afectan al Grupo y de los planes de respuesta definidos e implantados por cada área estableciendo las medidas de gestión y los controles necesarios para mitigar cada uno de los riesgos de los que son propietarios. La actualización del mapa de riesgos corporativo es revisada por la Comisión de Auditoría y Control que, a su vez, reporta al Consejo de Administración, así como de cualquier variación significativa de los riesgos que forman parte de dicho mapa de riesgos. En este sentido, los riesgos se clasifican en base a su impacto y probabilidad, de mayor a menor severidad.

De acuerdo con lo establecido por el SCGR las acciones a realizar para dar respuesta a dichos riesgos son las siguientes:

• Evitar: Supone salir de las actividades que generen riesgos, dado que no se ha identificado ninguna opción de respuesta al riesgo que redujera el impacto y/o la probabilidad hasta un nivel aceptable.

• Reducir: Implica llevar a cabo acciones para reducir la probabilidad o el impacto del riesgo o ambos conceptos a la vez de manera que se reduzca el riesgo residual a un nivel deseado.

• Compartir: La probabilidad o el impacto del riesgo se reduce trasladando o compartiendo una parte del riesgo para reducir el riesgo residual a un nivel deseado.

• Aceptar: No se emprende ninguna acción que afecte a la probabilidad o el impacto del riesgo dado que el riesgo residual ya está dentro del nivel deseado.

Los propietarios de cada uno de los riesgos son los responsables de elaborar las correspondientes fichas de riesgos, con el objetivo de reportar el tratamiento establecido para mitigar y/o mantener el nivel de riesgo, así como definir las medidas de gestión y controles implementados para cada riesgo.

La actividad de supervisión de los planes de respuesta responsabilidad de los propietarios de los riesgos es llevada a cabo por auditoría interna.

F. SISTEMAS INTERNOS DE CONTROL Y GESTIÓN DE RIESGOS EN RELACIÓN CON EL PROCESO DE EMISIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA (SCIIF)

Describa los mecanismos que componen los sistemas de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de emisión de información financiera (SCIIF) de su entidad.

F.1. Entorno de control de la entidad.

Informe, señalando sus principales características de, al menos:

F.1.1 Qué órganos y/o funciones son los responsables de: (i) la existencia y mantenimiento de un adecuado y efectivo SCIIF; (ii) su implantación; y (iii) su supervisión.

El Consejo de Administración tal y como se establece en su Reglamento, es el último responsable de la existencia y mantenimiento de un adecuado y efectivo SCIIF.

Concretamente, el artículo 5 del Reglamento del Consejo ("Funciones Generales y Competencias") establece, entre otras, las siguientes funciones:

• La determinación de las políticas y estrategias generales de la Sociedad; la aprobación de la política de inversiones y financiación, el plan estratégico o de negocio, los objetivos de gestión y presupuesto anuales y la política relativa a acciones propias, así como la determinación de la política de gobierno corporativo de la Sociedad y del Grupo, de la política de dividendos. Asimismo, el Consejo de Administración determinará la política de control y gestión de riesgos, incluidos los fiscales, identificando los principales riesgos de la Sociedad e implementando y supervisando los sistemas internos de información y control, con el fin de asegurar la viabilidad futura y competitividad de la Sociedad, adoptando las decisiones más relevantes para su mejor desarrollo.

Con esta finalidad, Colonial ha desarrollado un Manual de Control Interno y Gestión de Riesgos del SCIIF, aprobado por la CAC, en el que se detalla la metodología de fijación de materialidad a efectos de importancia de los riesgos, la metodología de documentación, así como la metodología de clasificación y evaluación de riesgos y actividades de control asociadas.

• La aprobación de la información financiera que, por su condición de cotizada, la Sociedad deba hacer pública periódicamente.

• La supervisión del efectivo funcionamiento de las Comisiones que el Consejo hubiera constituido y de la actuación de los órganos delegados y de los directivos que hubiera designado.

• La aprobación y modificación del Reglamento del Consejo de Administración.

El Modelo Organizativo y de Supervisión del SCIIF, aprobado por la CAC, establece el mecanismo que el Consejo de Administración, y por delegación la CAC, estima adecuado y suficiente para asegurar la integridad, fiabilidad, presentación adecuada y validez de la información financiera de Colonial.

Sin perjuicio de las demás funciones que le atribuya la ley, el Reglamento del Consejo de Administración y el Reglamento de la CAC, en particular, corresponderán, entre otras, a la CAC las siguientes funciones relacionadas con el modelo organizativo del SCIIF:

• Supervisar de forma directa la función interna de control y gestión de riesgos y elevar al Consejo para su aprobación un informe sobre la política de control y gestión de riesgos. Esta política identificará al menos: (i) los distintos tipos de riesgo, incluidos los emergentes, financieros y no financieros, a los que se enfrenta la Sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance; (ii) un modelo de control y gestión de riesgos. Asimismo, supervisará el nivel de riesgo que la Sociedad considere aceptable y las medidas previstas para mitigar, eliminar o gestionar cualquier riesgo, en caso de que llegara a materializarse, así como los sistemas de información y control interno que se utilizarán para controlar y gestionar los citados riesgos.

• Supervisar, teniendo en cuenta las diferentes fuentes de información disponibles, el proceso de elaboración y presentación de la información financiera preceptiva, así como de la no financiera (incluyendo la supervisión del reporte de sostenibilidad y la eficacia de los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros vinculados), y presentar recomendaciones o propuestas al Consejo de Administración. • Informar y elevar al Consejo de Administración las propuestas que correspondan en caso de que, tras revisar la información financiera y no financiera, la CAC no quedase satisfecha con algún aspecto.

• Establecer las directrices para que la Sociedad vele por que la información financiera y no financiera publicada en la página web corporativa esté permanentemente actualizada y coincida con la que se haya publicado en la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. • En relación con los sistemas de información y control interno: (i) supervisar y evaluar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera y no financiera, así como los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros relativos a la Sociedad y, en su caso, al Grupo (incluyendo los riesgos políticos, estratégicos, legales, reputacionales, de ciberseguridad y de sostenibilidad, entre otros), revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables; (ii) velar por la independencia y eficacia de la función de auditoría interna, proponiendo la selección, nombramiento y, en su caso, cese motivado del responsable del servicio de auditoría interna. En este sentido, la Comisión valorará las condiciones de las personas que integran la auditoría interna con el objetivo de asegurar que no tienen intereses directos o indirectos en el desempeño de sus funciones que puedan poner en duda la independencia necesaria; (iii) aprobar o, en su caso, proponer la aprobación al Consejo de Administración de las funciones, el plan de trabajo anual y los recursos de la auditoría interna, asegurándose de que su actividad esté enfocada principalmente en los riesgos relevantes; (iv) recibir información periódica sobre sus actividades y verificar que la alta dirección tiene en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes; y (v) velar en general por que las políticas y sistemas establecidos en materia de control interno se apliquen de un modo efectivo en la práctica.

• Supervisar que la unidad que asuma la función de auditoría interna vele por el buen funcionamiento de los sistemas de información y control interno y gestión de riesgos.

• Servir de canal de comunicación bidireccional entre el Consejo de Administración, el auditor externo y el verificador de la Sociedad, según corresponda, evaluando los resultados de cada auditoría y cada proceso de verificación, correspondiéndole además en relación con el auditor externo y el verificador: (i) elevar al Consejo de Administración las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor de cuentas y del verificador; (ii) definir y responsabilizarse del proceso de selección de conformidad con lo previsto en la normativa vigente y los procedimientos internos, así como las condiciones de su contratación; (iii) recabar regularmente del auditor de cuentas y del verificador información sobre su estrategia y planes de auditoría y verificación y su ejecución; (iv) preservar la independencia del auditor externo y del verificador en el ejercicio de sus funciones; y (v) evaluar el grado de involucración del socio principal y el revisor de calidad.

• Informar, con carácter previo, al Consejo de Administración sobre todas las materias previstas en la Ley, los Estatutos Sociales y en el Reglamento del Consejo y, en particular, sobre: a) La información financiera que la Sociedad deba hacer pública periódicamente; y b) La creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales. De las reuniones de la Comisión se levantarán las correspondientes actas que estarán a disposición de todos los miembros del Consejo. Por último, la Unidad de Auditoría Interna es responsable de la elaboración y propuesta del Plan de Auditoría Interna anual a la CAC, el cual incluye las pruebas necesarias para verificar el cumplimiento de los manuales, procedimientos y políticas relacionadas con el SCIIF. El auditor interno ejecutará las pruebas de auditoría interna y será responsable de reportar sus conclusiones a la CAC, incluyendo las debilidades de control interno identificadas, las recomendaciones de mejora y las conclusiones generales del plan de auditoría anual, en el que se incluye, entre otras, específicamente las relacionadas con el SCIIF.

  • F.1.2 Si existen, especialmente en lo relativo al proceso de elaboración de la información financiera, los siguientes elementos:
  • · Departamentos y/o mecanismos encargados: (i) del diseño y revisión de la estructura organizativa; (ii) de definir claramente las líneas de responsabilidad y autoridad, con una adecuada distribución de tareas y funciones; y (iii) de que existan procedimientos suficientes para su correcta difusión en la entidad:

La responsabilidad de desarrollar el modelo organizativo del SCIIF de Colonial recae en la Dirección de Auditoría Interna y en la Dirección Financiera, en la medida que son las dos direcciones con mayor involucración en la elaboración y posterior supervisión de la información financiera a publicar.

No obstante, todas las Direcciones vinculadas en mayor o menor medida al proceso de elaboración de la información financiera deberán asimismo responsabilizarse del adecuado cumplimiento de las actividades, procesos y controles en los que están involucrados.

A modo ejecutivo, el SCIIF de Colonial se estructura de la siguiente manera: a) Establecimiento de un entorno general de control adecuado, en el que se desarrollan las principales directrices de funcionamiento del SCIIF, así como los roles y responsabilidades de alto nivel.

b) Identificación de los riesgos relevantes cuya ocurrencia puede afectar de una forma material a la información financiera.

c) Para los riesgos identificados en los procesos relevantes, se implantan controles específicos mitigantes, de forma que se reduzcan los riesgos a niveles aceptables. Las Direcciones operativas afectadas se encargan de la adecuada implantación de estos procedimientos.

d) La Dirección Financiera se encarga de mantener documentadas y actualizadas las políticas y manuales contables de Colonial y de mantener un entorno de controles generales sobre los sistemas de información.

e) Finalmente, la función de Auditoría Interna y la CAC se encargan de la función de supervisión del SCIIF con el objetivo de garantizar su eficacia operativa.

· Código de conducta, órgano de aprobación, grado de difusión e instrucción, principios y valores incluidos (indicando si hay menciones específicas al registro de operaciones y elaboración de información financiera), órgano encargado de analizar incumplimientos y de proponer acciones correctoras y sanciones:

Con fecha 28 de septiembre de 2011, el Consejo de Administración de la Sociedad aprobó el Código Ético de Colonial. Este Código Ético plasma el compromiso de Colonial con los principios de la ética empresarial y la transparencia, estableciéndose una serie de principios básicos a los que deben atenerse en todo momento los profesionales de Colonial y, adicionalmente, sus socios y proveedores, puesto que sus actuaciones pueden afectar a la reputación de Colonial.

Concretamente, y en relación con la información financiera, el artículo 6.5 del Código establece lo siguiente:

"Colonial asume como principio directriz de su comportamiento empresarial para con sus accionistas, con inversores, analistas y el mercado en general, transmitir una información veraz, completa y que exprese la imagen fiel de la Sociedad y del Grupo, de sus actividades empresariales y sus estrategias de negocio.

La comunicación se realiza siempre conforme a las normas y en plazos establecidos por la legislación en cada caso vigente. La acción empresarial y las decisiones estratégicas de Colonial se enfocan a la creación de valor para sus accionistas, la transparencia en su gestión, la adopción de las mejores prácticas de Gobierno Corporativo en sus empresas y la observancia estricta de las normas que en esta materia estén en cada momento vigentes".

La difusión interna y externa del Código Ético es responsabilidad de la Unidad de Compliance de Colonial, en dependencia de la CAC, habiéndose llevado a cabo dicha difusión en el adecuado cumplimiento de las normas aplicables, asegurándose la recepción y conocimiento por todos y cada uno de los empleados de Colonial.

La Unidad de Compliance tiene la función de recopilar las irregularidades o incumplimientos del Código e informar al Departamento de Recursos Humanos para que adopte las medidas disciplinarias necesarias conforme al régimen de faltas y sanciones previsto en el convenio colectivo o en la legislación laboral aplicable.

El Consejo de Administración tiene la responsabilidad de revisar y actualizar el Código Ético atendiendo al informe elaborado por la CAC.

· • Canal de denuncias, que permita la comunicación a la comisión de auditoría de irregularidades de naturaleza financiera y contable, en adición a eventuales incumplimientos del código de conducta y actividades irregulares en la organización, informando, en su caso, si éste es de naturaleza confidencial y si permite realizar comunicaciones anónimas respetando los derechos del denunciante y del denunciado.

De conformidad con el artículo 3 del Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control de Colonial, establece como responsabilidad de la CAC, entre otras:

"Supervisar, a través de la información que reciba periódicamente y sin perjuicio de los órganos responsables por razón de materia, el funcionamiento del canal de denuncias que alerte de posibles irregularidades o incumplimientos de la normativa y de los códigos éticos internos y que se dirija no solo a los empleados, consejeros y directivos de la Sociedad, sino también a otros grupos de interés relevantes, como proveedores y accionistas, entre otros. Dicha supervisión sobre el funcionamiento del canal incluirá, entre otros, las denuncias recibidas, junto con las medidas y líneas de actuación propuestas o adoptadas. Asimismo, la Comisión propondrá al Consejo de Administración las acciones oportunas, en caso de juzgarlo necesario, para mejorar su funcionamiento y reducir el riesgo de irregularidades, pudiendo involucrar para ello a la auditoría interna o a un asesor externo cuando, por su trascendencia o complejidad, lo considere oportuno."

La finalidad de este Canal, disponible en la página web corporativa, es facilitar la comunicación de posibles irregularidades que puedan ser constitutivas de una infracción penal o administrativa grave o muy grave, incluyendo, entre otras conductas, aquellas vinculadas con la prevención del blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, irregularidades contables o bien conductas que infrinjan el Código Ético o la legislación vigente.

A las comunicaciones recibidas a través del Canal Ético le serán de aplicación los principios y garantías establecidos en la Política General del Canal Ético de Grupo Colonial, garantizándose la seguridad de las comunicaciones, así como su confidencialidad.

Tal y como se ha comentado en el punto anterior, la Unidad de Compliance tiene atribuida la responsabilidad de gestionar las irregularidades e incumplimientos de la normativa, y en concreto, del Código Ético de Colonial, en dependencia de la CAC. La Unidad de Compliance ha sido designada por el Consejo de Administración como responsable de la gestión del canal ético, el cual es revisado de forma recurrente para garantizar su confidencialidad y cumplimiento con la normativa que le es aplicable.

· Programas de formación y actualización periódica para el personal involucrado en la preparación y revisión de la información financiera, así como en la evaluación del SCIIF, que cubran al menos, normas contables, auditoría, control interno y gestión de riesgos:

Colonial dispone de un Plan de Formación que afecta a todas las áreas en función de las necesidades propias de cada una de ellas. Son las propias áreas funcionales, bajo la coordinación y supervisión del área de Recursos Humanos, las responsables de diseñar y proponer los planes específicos de formación de sus áreas.

Para el caso concreto del personal involucrado en la preparación y revisión de la información financiera, la base formativa se estructura a partir de la asistencia a eventos de actualización normativa, tanto financiera como contable y fiscal, así como la recepción, distribución y análisis de documentación de asesores externos sobre actualizaciones normativas.

Asimismo, la Unidad de Compliance imparte formación de forma periódica en relación con la prevención de riesgos penales, con objeto de mantener actualizado al personal de la compañía de los sistemas de prevención en dicho ámbito. Adicionalmente, la Unidad de Compliance, conjuntamente con las áreas funcionales, se encarga de identificar y distribuir las novedades legislativas que afectan a Colonial, de forma que pueda procederse a su análisis e implantación.

En su caso, cuando existen cambios normativos de especial relevancia en el ámbito financiero, contable o fiscal se propone, desde la Dirección Financiera de Colonial, la necesidad de una formación específica para cubrir estas novedades.

Asimismo, desde el Departamento de Auditoría Interna se ha asistido a monográficos y foros, realizados de forma externa, asociados a la evaluación de determinados ámbitos de control interno y de gestión de riesgos.

F.2. Evaluación de riesgos de la información financiera.

Informe, al menos, de:

  • F.2.1 Cuáles son las principales características del proceso de identificación de riesgos, incluyendo los de error o fraude, en cuanto a:.
  • · Si el proceso existe y está documentado:

Colonial dispone de un Sistema de Control y Gestión de Riesgos (SCGR), tal y como se indica en el apartado E.1 de este informe.

El seguimiento y control de los riesgos es función básica de la CAC, en delegación del Consejo de Administración de la Sociedad, y cuenta para ello con la gestión llevada a cabo por la Dirección de las distintas unidades operativas las cuales colaboran en su identificación y corrección, siempre en aplicación del SCGR, tal y como se indica en los apartados F.1.1 y F.1.2 de este Informe.

El Modelo Organizativo y de Supervisión del SCIIF de Colonial, así como el Manual de Control Interno y Gestión de Riesgos del SCIIF cuyo objetivo es asegurar la elaboración y emisión de información financiera fiable, están alineados con la política general de riesgos de Colonial, el SCGR, de la que forman parte y han sido aprobados por la CAC.

· Si el proceso cubre la totalidad de objetivos de la información financiera, (existencia y ocurrencia; integridad; valoración; presentación, desglose y comparabilidad; y derechos y obligaciones), si se actualiza y con qué frecuencia:

El Manual de Control Interno y Gestión de Riesgos del SCIIF de Colonial contempla las siguientes siete tipologías de riesgos: 1) Integridad: Transacciones, hechos, activos, pasivos o intereses patrimoniales que "no" son identificados y, en consecuencia, "no" son introducidos en la contabilidad de la entidad. Entradas de datos "no" capturadas dentro de los mayores o entradas de datos rechazadas. Desgloses "no" identificados y, en consecuencia, "no" incluidos en las notas de los estados financieros o intencionadamente omitidos.

2) Existencia: Transacciones "no" autorizadas que son introducidas en la aplicación contable de la entidad. Transacciones duplicadas. Ajustes erróneos realizados en los mayores.

3) Desglose y comparabilidad: Desgloses "no" identificados y, en consecuencia, "no" incluidos en las notas de los estados financieros o intencionadamente omitidos. Transacciones que no han sido registradas de manera consistente en el tiempo.

4) Derechos y obligaciones: Incorrecta determinación de la capacidad de controlar los derechos derivados de un activo o de un contrato/acuerdo. Correcta determinación de las obligaciones derivadas de un pasivo o de un contrato/acuerdo.

5) Valoración: Incorrecta determinación del valor de un activo, pasivo, ingreso o gasto y que puede generar el registro de ajustes en la determinación de los valores de mercado, valor amortizado, valor en uso o por un error en la amortización, así como por ajustes realizados y que no estén debidamente justificados.

6) Clasificación: incorrecta presentación de las transacciones económicas en los estados financieros (activo vs pasivo, ingreso vs gasto, corriente vs no corriente,...).

7) Corte de operaciones: incorrecto registro de las transacciones en el periodo contable correspondiente.

El Manual de Control Interno y Gestión de Riesgos del SCIIF de Colonial se revisa y actualiza periódicamente por la Unidad de Auditoría Interna y por la Dirección Operativa-Financiera conjuntamente, a propuesta de cualquiera de ellos, teniendo en cuenta también las sugerencias y propuestas de la función de Auditoría Interna derivadas de su operativa de revisión. Cualquier revisión o actualización que suponga una modificación del manual requiere la aprobación de la CAC, previo conocimiento y revisión por parte de Auditoría Interna y de la Dirección Financiera.

· La existencia de un proceso de identificación del perímetro de consolidación, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la posible existencia de estructuras societarias complejas, entidades instrumentales o de propósito especial:

El Reglamento del Consejo de Administración y el Reglamento de la CAC de Colonial establecen como responsabilidad de esta Comisión, entre otras:

"En relación con los sistemas de información y control interno: (i) supervisar y evaluar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera y no financiera, así como los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros relativos a la Sociedad y, en su caso, al Grupo (incluyendo los riesgos políticos, estratégicos, legales, reputacionales, de ciberseguridad y de sostenibilidad, entre otros), revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables,(...)".

En este sentido, Colonial dispone de un proceso de consolidación en el que se establece, como procedimiento básico, la determinación, en cada cierre contable, del perímetro de consolidación del Grupo.

Este procedimiento está desarrollado por el departamento de Contabilidad y Fiscalidad en dependencia de la Dirección Financiera, y se informa a la CAC cuando se modifica el perímetro de consolidación.

· Si el proceso tiene en cuenta los efectos de otras tipologías de riesgos (operativos, tecnológicos, financieros, legales, fiscales, reputacionales, medioambientales, etc.) en la medida que afecten a los estados financieros:

Tal y como se ha descrito en el primer punto de este apartado F.2.1, el seguimiento y control de los riesgos es función básica de la CAC, por delegación del Consejo de Administración de la Sociedad, contando para ello con la gestión llevada a cabo por la Dirección de las distintas unidades operativas, las cuales colaboran en su identificación y corrección.

El Modelo Organizativo y de Supervisión del SCIIF de Colonial, así como el Manual de Control Interno y Gestión de Riesgos del SCIIF, están alineados con la política general de riesgos de Colonial (ver apartado E. de este Informe), de la que forman parte, y están aprobados por la CAC. En el proceso de identificación de riesgos sobre la información financiera dentro del SCIIF se han considerado todos los ámbitos de riesgo identificados en el mapa de riesgos de Colonial.

· Qué órgano de gobierno de la entidad supervisa el proceso:

El Reglamento del Consejo de Administración y el Reglamento de la CAC de Colonial establecen como responsabilidad de esta Comisión, entre otras:

"Supervisar de forma directa la función interna de control y gestión de riesgos y elevar al Consejo para su aprobación un informe sobre la política de control y gestión de riesgos. Esta política identificará al menos: (i) los distintos tipos de riesgo, incluidos los emergentes, financieros y no financieros, a los que se enfrenta la Sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance; (ii) un modelo de control y gestión de riesgos. Asimismo, supervisará el nivel de riesgo que la Sociedad considere aceptable y las medidas previstas para mitigar, eliminar o gestionar cualquier riesgo, en caso de que llegara a materializarse, así como los sistemas de información y control interno que se utilizarán para controlar y gestionar los citados riesgos."

En este sentido, la CAC es la responsable de la aprobación del Manual de Control Interno y Gestión de Riesgos del SCIIF de Colonial. Tal como se indica en los apartados F.1.1 y F.1.2 de este informe, la función de Auditoría Interna se encarga de la supervisión del SCIIF con el objetivo de garantizar su eficacia operativa. El Director de Auditoría Interna ejecutará las pruebas de auditoría interna y será responsable de reportar sus conclusiones a la CAC, incluyendo las debilidades de control interno identificadas, las recomendaciones de mejora y las conclusiones generales del plan de auditoría anual, en el que se incluye, entre otras, específicamente las relacionadas con el SCIIF.

F.3. Actividades de control.

Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:

F.3.1 Procedimientos de revisión y autorización de la información financiera y la descripción del SCIIF, a publicar en los mercados de valores, indicando sus responsables, así como de documentación descriptiva de los flujos de actividades y controles (incluyendo los relativos a riesgo de fraude) de los distintos tipos de transacciones que puedan afectar de modo material a los estados financieros, incluyendo el procedimiento de cierre contable y la revisión específica de los juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones relevantes

En relación con los procedimientos de revisión y autorización de la información financiera y la descripción del SCIIF, a publicar en los mercados de valores, tal y como se ha comentado con anterioridad, es responsabilidad de la CAC la supervisión de la elaboración y publicación de información financiera fiable al mercado. En este sentido, la mencionada Comisión aprobó un Manual de Emisión de Información Regulada que regula el procedimiento de elaboración y aprobación de esta información.

Adicionalmente, el Manual de Control Interno y Gestión de Riesgos del SCIIF de Colonial establece el criterio para identificar la información financiera pública relevante, siendo ésta la siguiente:

a) Información Periódica Pública (IPP):

1) Informe Financiero trimestral.

2) Informe Financiero semestral.

  • 3) Informe Financiero anual e Informe Anual de Gobierno Corporativo (IAGC).
  • b) Informe Anual de Retribuciones de los Consejeros (IAR).
  • c) Documento de registro.
  • d) Otra información relevante.

Para cada conjunto de información financiera regulada relevante a publicar en el mercado existe un procedimiento de elaboración y revisión, que involucra desde el área Operativo Financiera, el área de Desarrollo Corporativo y Control de Gestión, ambas en dependencia de la Dirección General Corporativa, pasando por el área de Asesoría Jurídica y finalizando, en función de cada información regulada, en el Consejero Delegado, el Consejo de Administración o la propia Junta General de Accionistas.

En cuanto a la documentación descriptiva de los flujos de actividades y controles (incluyendo los relativos a riesgo de fraude) de los distintos tipos de transacciones que puedan afectar de modo material a los estados financieros, Colonial dispone de un Modelo Organizativo y de Supervisión del SCIIF, aprobado por la CAC, que estructura los mecanismos específicos que se han habilitado para mantener un ambiente de control interno que propicie la generación de información financiera completa, fiable y oportuna, y que prevea la posible existencia de irregularidades y las vías para detectarlas y remediarlas.

El Modelo Organizativo del SCIIF de Colonial se basa en dos ámbitos diferenciados:

a) El entorno de control general, en el que se desarrollan las principales directrices de funcionamiento del SCIIF así como los roles y

responsabilidades de alto nivel.

b) Los controles específicos sobre el SCIIF, donde se desarrollan los procedimientos operativos relacionados con la elaboración de la información financiera.

Asimismo, Colonial dispone de un Manual de Control Interno y Gestión de Riesgos del SCIIF en el que se desarrolla de una forma operativa el modelo de controles específicos establecido con respecto a los riesgos sobre la información financiera, así como la documentación formal, mientras que en el Modelo Organizativo se detallan los controles y mecanismos de alto nivel.

Una vez determinada la información financiera relevante, se procede a la identificación de los ciclos y procesos de negocio que pueden tener un impacto material sobre la mencionada información, tanto en el proceso de elaboración como en el de emisión. Una vez identificados los procesos, se identifican, por parte de las áreas funcionales responsables y por la auditoría interna, los riesgos implícitos en los procesos y los controles correspondientes. Estos procesos, riesgos y controles se documentan formalmente para su adecuada ejecución y supervisión.

Se garantiza que los riesgos identificados son consistentes con el modelo corporativo de riesgos.

El alcance de los procesos seleccionados permite asegurar que, del adecuado cumplimiento de los mismos, se obtiene una información financiera íntegra y fiable.

El procedimiento de identificación de los procesos, riesgos y controles relevantes del SCIIF es realizado conjuntamente por la Dirección Financiera y Auditoría Interna y posteriormente aprobado por la CAC. Dentro de este proceso se ha considerado, específicamente, todo lo relacionado con el posible riesgo de fraude, de forma que existen actividades de control enfocadas a prevenir este riesgo.

Los procesos clave identificados en Colonial con relación al SCIIF son: a) Cierre contable, incluido el proceso de juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones relevantes.

b) Consolidación y reporting de las filiales.

c) Reconocimiento de ingresos.

d) Valoración de activos (determinación del valor razonable de las inversiones inmobiliarias).

e) Tesorería, deuda y derivados.

f) Impuestos y tributos.

g) Sistemas de información, incluidos los mecanismos de captura y preparación de la información financiera que soportan la información a emitir.

h) Inversiones y adquisiciones de activos.

i) Compras de bienes y servicios.

j) Recursos humanos.

La totalidad de los procesos clave se encuentran documentados, estando sujetos a la propia actualización anual atendiendo a posibles modificaciones. Los procesos clave de Colonial con influencia relevante en la elaboración de la información financiera se documentan a partir de los siguientes componentes:

a) Flujogramas de las actividades de los procesos.

b) Narrativas con la descripción de los procesos, sus riesgos y lo controles existentes.

c) Matrices de riesgos y controles.

El Manual de Control Interno y Gestión de Riesgos del SCIIF es una norma interna de obligado cumplimiento, por tanto, será imprescindible el seguimiento de los procesos establecidos, así como de los controles implantados, por parte de todas las funciones/departamentos involucrados, para garantizar la seguridad en la elaboración de la información financiera de Colonial. La persona con mayor rango de cada uno de los departamentos involucrados en los procesos documentados dentro del modelo de control interno, es la responsable de asegurar que los procedimientos y controles se aplican y documentan correctamente para cada periodo contable que se haya establecido. En este sentido, Colonial dispone de una aplicación informática para monitorizar las respuestas a los controles definidos en cada periodo contable para los procesos clave. El seguimiento y supervisión del cumplimiento de dichos controles es realizado por parte de la auditoría interna. Siempre que existen operaciones con un peso relevante de juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones, se realiza una monitorización específica, como es el caso de las valoraciones de activos inmobiliarios.

F.3.2 Políticas y procedimientos de control interno sobre los sistemas de información (entre otras, sobre seguridad de acceso, control de cambios, operación de los mismos, continuidad operativa y segregación de funciones) que soporten los procesos relevantes de la entidad en relación a la elaboración y publicación de la información financiera.

La responsabilidad de los sistemas de información corporativos de Colonial recae en la función de Sistemas, en dependencia de la Dirección Financiera que a su vez depende directamente de la Dirección General Corporativa.

En la actualidad, Colonial mantiene la operación y mantenimiento de sus sistemas corporativos de información que dan soporte a la información financiera externalizados en un proveedor externo, de forma que el responsable de Sistemas de Colonial gestiona los principales aspectos relacionados con la seguridad física, continuidad y operación de los sistemas con el proveedor externo.

Por su lado, el responsable de Sistemas de Colonial es el responsable de establecer el modelo de control interno sobre los sistemas en los aspectos referentes a la seguridad de accesos, segregación de funciones (en coordinación con las áreas operativas de negocio y de soporte) y control de cambios, además de llevar a cabo las actividades de seguimiento de riesgos y controles derivados de la externalización de los sistemas.

Todas las Sociedades del Grupo Colonial operan bajo un mismo sistema transaccional (SAP).

El modelo de control interno de los sistemas de Colonial contempla, entre otros, los siguientes procesos:

a) Seguridad de los equipos y de los centros de procesos de datos (en coordinación con el proveedor externo).

b) Seguridad lógica de las aplicaciones (en coordinación con el proveedor externo).

c) Seguimiento de los Service Level Agreement (SLA´s) y de los Service Level Objectives (SLO's) con los proveedores externos.

d) Gestión de proyectos, implantaciones, desarrollos y evoluciones de los sistemas actuales.

e) Gestión de las operaciones.

f) Gestión de las infraestructuras y comunicaciones.

g) Gestión de los sistemas de respaldo y recuperación (en coordinación con el proveedor externo).

h) Gestión de usuarios, perfiles y accesos.

i) Gestión de auditorías de sistemas de información.

F.3.3 Políticas y procedimientos de control interno destinados a supervisar la gestión de las actividades subcontratadas a terceros, así como de aquellos aspectos de evaluación, cálculo o valoración encomendados a expertos independientes, que puedan afectar de modo material a los estados financieros.

Tal y como se describe en el apartado F3.1, Colonial ha identificado los procesos clave con impacto material en la información financiera. Dentro de los criterios utilizados para esta identificación, se ha considerado el correspondiente a actividades con elevada implicación de terceros e incluso subcontratación total.

En este sentido, los procesos relevantes con participación significativa de terceros son los siguientes:

a) Valoración de activos inmobiliarios: determinación del valor razonable.

b) Instrumentos financieros de cobertura: test de eficacia y obtención del valor razonable.

c) Sistemas de información: mantenimiento y explotación.

Para cada uno de estos procesos en los que participan de forma relevante terceras partes, se ha procedido a la documentación de los mismos e identificación de los riesgos y controles implantados. Las áreas funcionales implicadas en los diferentes procesos son responsables del seguimiento de los mismos y de la implantación de los controles diseñados.

F.4. Información y comunicación.

Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:

F.4.1 Una función específica encargada de definir, mantener actualizadas las políticas contables (área o departamento de políticas contables) y resolver dudas o conflictos derivados de su interpretación, manteniendo una comunicación fluida con los responsables de las operaciones en la organización, así como un manual de políticas contables actualizado y comunicado a las unidades a través de las que opera la entidad.

El Modelo Organizativo y de Supervisión del SCIIF de Colonial, aprobado por la CAC, ha determinado que la Dirección Financiera es la responsable de mantener documentadas las políticas contables de Colonial, lo que a su vez implica la resolución de las dudas o conflictos derivados de su aplicación.

Colonial dispone de un Manual de Políticas Contables del Grupo de obligado cumplimiento para todo el perímetro de sociedades aprobado por la CAC. La elaboración y mantenimiento de este Manual es responsabilidad de la Dirección Financiera.

F.4.2 Mecanismos de captura y preparación de la información financiera con formatos homogéneos, de aplicación y utilización por todas las unidades de la entidad o del grupo, que soporten los estados financieros principales y las notas, así como la información que se detalle sobre el SCIIF.

Colonial se asegura un mayor control y seguridad del proceso de captación y elaboración de la información financiera por cuanto que dispone de una herramienta informática que facilita las tareas de consolidación financiera y planificación presupuestaria financiera y operativa del Grupo. El Manual de Políticas Contables del Grupo establece el plan de cuentas y modelos de estados financieros que deben seguir todas las sociedades y que están parametrizados en la mencionada herramienta, garantizando la homogeneidad de la información financiera.

La elaboración de la información financiera regulada, así como los estados financieros individuales de las sociedades nacionales de Colonial, se centraliza en la Dirección Financiera y en la Dirección Desarrollo Corporativo y Control de Gestión de Colonial, de forma que se garantiza una homogeneidad en su elaboración.

Una parte significativa de los detalles necesarios para elaborar esta información financiera se obtiene directamente de la herramienta informática, ya que ha sido parametrizada para elaborarla. Para los casos que determinada información deba elaborarse fuera de esta herramienta, Colonial dispone de mecanismos de control de su integridad y fiabilidad, así como de archivo físico de la misma en un repositorio de datos interno, con limitación de acceso al personal involucrado en la preparación de la información financiera.

Asimismo, Colonial dispone de una herramienta informática denominada Archer con el objetivo de monitorizar la información específica para la gestión del SCIIF, en relación con el cumplimiento de los controles establecidos para los procedimientos clave definidos por la Sociedad para las SCIIF. El seguimiento y supervisión del funcionamiento de dicha herramienta es realizado por parte de la auditoría interna.

F.5. Supervisión del funcionamiento del sistema.

Informe, señalando sus principales características, al menos de:

F.5.1 Las actividades de supervisión del SCIIF realizadas por la comisión de auditoría así como si la entidad cuenta con una función de auditoría interna que tenga entre sus competencias la de apoyo a la comisión en su labor de supervisión del sistema de control interno, incluyendo el SCIIF. Asimismo se informará del alcance de la evaluación del SCIIF realizada en el ejercicio y del procedimiento por el cual el encargado de ejecutar la evaluación comunica sus resultados, si la entidad cuenta con un plan de acción que detalle las eventuales medidas correctoras, y si se ha considerado su impacto en la información financiera.

Entre las principales actividades realizadas por la CAC en relación al SCIIF en el ejercicio 2024 se ha aprobado el Plan de Auditoría Interna del ejercicio 2024, el cual incluye la supervisión del SCIIF, tomando conocimiento de su grado de implantación, cumplimiento y eficacia.

Con el objetivo de conocer las debilidades de control interno detectadas en la ejecución de los trabajos de los auditores externos, así como los aspectos relevantes o incidencias de los mismos, la CAC ha mantenido reuniones con los auditores externos de la Sociedad. Finalmente, la CAC ha llevado a cabo las siguientes actividades principales relacionadas con la información financiera:

• Revisión del contenido de la información financiera pública comunicada a los mercados.

• Análisis de la coherencia de los criterios contables utilizados, así como análisis de las observaciones y recomendaciones recibidas de los auditores externos.

• Revisión del informe de gestión.

• Revisión de la información contenida en las cuentas anuales y en los estados financieros semestrales relativa a operaciones vinculadas. • Seguimiento de la eficacia de los procesos, riesgos y controles relevantes relacionados con los sistemas de control interno y con el SCIIF. Con respecto a la función de auditoría interna, el Reglamento del Consejo de Administración y el Reglamento de la CAC establecen como responsabilidad de esta Comisión, entre otras:

"En relación con los sistemas de información y control interno: velar por la independencia y eficacia de la función de auditoría interna, proponiendo la selección, nombramiento y, en su caso, cese motivado del responsable del servicio de auditoría interna. En este sentido, el Comité valorará las condiciones de las personas que integran la auditoría interna con el objetivo de asegurar que no tienen intereses directos o indirectos en el desempeño de sus funciones que puedan poner en duda la independencia necesaria; […]; (iv) recibir información periódica sobre sus actividades y verificar que la alta dirección tiene en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes".

En julio de 2009 la CAC aprobó el Estatuto de la función de Auditoría Interna de Colonial. Entre las principales responsabilidades de esta función se incluyen la verificación periódica del grado de aplicación de las políticas y procedimientos aprobados que conforman el sistema de control interno, aportando en su caso sugerencias para su mejora.

En la actualidad, la CAC ya ha aprobado el Plan de Auditoría Interna del ejercicio 2025, en el que se incluyen las actuaciones necesarias para la supervisión y evaluación de los procedimientos de control interno, la realización de trabajos específicos para verificar la eficacia operativa del SCIIF de Colonial, reportando de forma regular las incidencias detectadas y las acciones de mejora necesarias, así como su potencial impacto sobre la información financiera, una vez contrastadas con las áreas auditadas.

F.5.2 Si cuenta con un procedimiento de discusión mediante el cual, el auditor de cuentas (de acuerdo con lo establecido en las NTA), la función de auditoría interna y otros expertos puedan comunicar a la alta dirección y a la comisión de auditoría o administradores de la entidad las debilidades significativas de control interno identificadas durante los procesos de revisión de las cuentas anuales o aquellos otros que les hayan sido encomendados. Asimismo, informará de si dispone de un plan de acción que trate de corregir o mitigar las debilidades observadas.

El artículo 8 del Reglamento del Consejo de Administración de Colonial establece lo siguiente:

orden del día de las diferentes sesiones en función del calendario establecido para cada año.

"Las relaciones del Consejo de Administración con el auditor externo se realizarán a través de la Comisión de Auditoría y Control". En este sentido, el Reglamento del Consejo de Administración y el Reglamento de la CAC establecen las siguientes funciones: • Servir de canal de comunicación bidireccional entre el Consejo de Administración y el auditor externo de la Sociedad, según corresponda, evaluando los resultados de cada auditoría, correspondiéndole además en relación con el auditor externo: (i) elevar al Consejo de Administración las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor de cuentas; (ii) definir y responsabilizarse del proceso de selección de conformidad con lo previsto en la normativa vigente y los procedimientos internos, así como las condiciones de su contratación; (iii) recabar regularmente del auditor de cuentas información sobre su estrategia y planes de auditoría y su ejecución; (iv) preservar la independencia del auditor externo en el ejercicio de sus funciones; y (v) evaluar el grado de involucración del socio principal y el revisor de calidad. • Establecer las oportunas relaciones con el auditor externo para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan suponer una amenaza para su independencia, para su examen por la CAC, y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la auditoría de cuentas, y, cuando proceda, la autorización de los servicios distintos de los prohibidos, en los términos contemplados en la normativa vigente sobre el régimen de independencia, así como aquellas otras comunicaciones previstas en la normativa aplicable.

• Supervisar la eficacia del control interno de la Sociedad, la auditoría interna y los sistemas de gestión de riesgos, así como discutir con el auditor de cuentas, las debilidades significativas que, en su caso, pudieran ponerse de manifiesto en relación con el sistema de control interno y las modificaciones o ajustes significativos detectados por éstos, todo ello sin quebrantar su independencia. A tales efectos, la Comisión podrá presentar recomendaciones o propuestas al Consejo de Administración y el correspondiente plazo para su seguimiento y corrección. Todas estas actividades de supervisión del Consejo de Administración y de la CAC de la Sociedad son realizadas a lo largo del año e incluidas en el

F.6. Otra información relevante.

No se han identificado aspectos adicionales a desglosar.

F.7. Informe del auditor externo.

Informe de:

F.7.1 Si la información del SCIIF remitida a los mercados ha sido sometida a revisión por el auditor externo, en cuyo caso la entidad debería incluir el informe correspondiente como anexo. En caso contrario, debería informar de sus motivos.

La información del SCIIF remitida a los mercados no ha sido sometida a revisión específica por parte del auditor externo. No obstante lo anterior, la CAC y la función de auditoría interna llevan a cabo las actividades de supervisión del SCIIF, que complementan con las aportaciones del auditor externo respecto a la identificación, en su caso, de debilidades de control interno en el transcurso de su trabajo de auditoría financiera externa. En este sentido, el auditor externo no ha realizado recomendaciones significativas de control interno, en el marco de la auditoría de cuentas del ejercicio 2024.

G. GRADO DE SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DE GOBIERNO CORPORATIVO

Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas.

En el caso de que alguna recomendación no se siga o se siga parcialmente, se deberá incluir una explicación detallada de sus motivos de manera que los accionistas, los inversores y el mercado en general, cuenten con información suficiente para valorar el proceder de la sociedad. No serán aceptables explicaciones de carácter general.

  1. Que los estatutos de las sociedades cotizadas no limiten el número máximo de votos que pueda emitir un mismo accionista, ni contengan otras restricciones que dificulten la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que, cuando la sociedad cotizada esté controlada, en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, por otra entidad, cotizada o no, y tenga, directamente o a través de sus filiales, relaciones de negocio con dicha entidad o alguna de sus filiales (distintas de las de la sociedad cotizada) o desarrolle actividades relacionadas con las de cualquiera de ellas informe públicamente con precisión acerca de:
    2. a) Las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio entre, por un lado, la sociedad cotizada o sus filiales y, por otro, la sociedad matriz o sus filiales.
    3. b) Los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de intereses que puedan presentarse.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

    1. Que durante la celebración de la junta general ordinaria, como complemento de la difusión por escrito del informe anual de gobierno corporativo, el presidente del consejo de administración informe verbalmente a los accionistas, con suficiente detalle, de los aspectos más relevantes del gobierno corporativo de la sociedad y, en particular:
    2. a) De los cambios acaecidos desde la anterior junta general ordinaria.
    3. b) De los motivos concretos por los que la compañía no sigue alguna de las recomendaciones del Código de Gobierno Corporativo y, si existieran, de las reglas alternativas que aplique en esa materia.

  1. Que la sociedad defina y promueva una política relativa a la comunicación y contactos con accionistas e inversores institucionales en el marco de su implicación en la sociedad, así como con los asesores de voto que sea plenamente respetuosa con las normas contra el abuso de mercado y dé un trato semejante a los accionistas que se encuentren en la misma posición. Y que la sociedad haga pública dicha política a través de su página web, incluyendo información relativa a la forma en que la misma se ha puesto en práctica e identificando a los interlocutores o responsables de llevarla a cabo.

Y que, sin perjuicio de las obligaciones legales de difusión de información privilegiada y otro tipo de información regulada, la sociedad cuente también con una política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa a través de los canales que considere adecuados (medios de comunicación, redes sociales u otras vías) que contribuya a maximizar la difusión y la calidad de la información a disposición del mercado, de los inversores y demás grupos de interés.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el consejo de administración no eleve a la junta general una propuesta de delegación de facultades, para emitir acciones o valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, por un importe superior al 20% del capital en el momento de la delegación.

Y que cuando el consejo de administración apruebe cualquier emisión de acciones o de valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, la sociedad publique inmediatamente en su página web los informes sobre dicha exclusión a los que hace referencia la legislación mercantil.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que las sociedades cotizadas que elaboren los informes que se citan a continuación, ya sea de forma preceptiva o voluntaria, los publiquen en su página web con antelación suficiente a la celebración de la junta general ordinaria, aunque su difusión no sea obligatoria:
    2. a) Informe sobre la independencia del auditor.
    3. b) Informes de funcionamiento de las comisiones de auditoría y de nombramientos y retribuciones.
    4. c) Informe de la comisión de auditoría sobre operaciones vinculadas.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la sociedad transmita en directo, a través de su página web, la celebración de las juntas generales de accionistas.

Y que la sociedad cuente con mecanismos que permitan la delegación y el ejercicio del voto por medios telemáticos e incluso, tratándose de sociedades de elevada capitalización y en la medida en que resulte proporcionado, la asistencia y participación activa en la Junta General.

  1. Que la comisión de auditoría vele por que las cuentas anuales que el consejo de administración presente a la junta general de accionistas se elaboren de conformidad con la normativa contable. Y que en aquellos supuestos en que el auditor de cuentas haya incluido en su informe de auditoría alguna salvedad, el presidente de la comisión de auditoría explique con claridad en la junta general el parecer de la comisión de auditoría sobre su contenido y alcance, poniéndose a disposición de los accionistas en el momento de la publicación de la convocatoria de la junta, junto con el resto de propuestas e informes del consejo, un resumen de dicho parecer.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la sociedad haga públicos en su página web, de manera permanente, los requisitos y procedimientos que aceptará para acreditar la titularidad de acciones, el derecho de asistencia a la junta general de accionistas y el ejercicio o delegación del derecho de voto.

Y que tales requisitos y procedimientos favorezcan la asistencia y el ejercicio de sus derechos a los accionistas y se apliquen de forma no discriminatoria.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que cuando algún accionista legitimado haya ejercitado, con anterioridad a la celebración de la junta general de accionistas, el derecho a completar el orden del día o a presentar nuevas propuestas de acuerdo, la sociedad:
    2. a) Difunda de inmediato tales puntos complementarios y nuevas propuestas de acuerdo.
    3. b) Haga público el modelo de tarjeta de asistencia o formulario de delegación de voto o voto a distancia con las modificaciones precisas para que puedan votarse los nuevos puntos del orden del día y propuestas alternativas de acuerdo en los mismos términos que los propuestos por el consejo de administración.
    4. c) Someta todos esos puntos o propuestas alternativas a votación y les aplique las mismas reglas de voto que a las formuladas por el consejo de administración, incluidas, en particular, las presunciones o deducciones sobre el sentido del voto.
    5. d) Con posterioridad a la junta general de accionistas, comunique el desglose del voto sobre tales puntos complementarios o propuestas alternativas.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que, en el caso de que la sociedad tenga previsto pagar primas de asistencia a la junta general de accionistas, establezca, con anterioridad, una política general sobre tales primas y que dicha política sea estable.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que el consejo de administración desempeñe sus funciones con unidad de propósito e independencia de criterio, dispense el mismo trato a todos los accionistas que se hallen en la misma posición y se guíe por el interés social, entendido como la consecución de un negocio rentable y sostenible a largo plazo, que promueva su continuidad y la maximización del valor económico de la empresa.

Y que en la búsqueda del interés social, además del respeto de las leyes y reglamentos y de un comportamiento basado en la buena fe, la ética y el respeto a los usos y a las buenas prácticas comúnmente aceptadas, procure conciliar el propio interés social con, según corresponda, los legítimos intereses de sus empleados, sus proveedores, sus clientes y los de los restantes grupos de interés que puedan verse afectados, así como el impacto de las actividades de la compañía en la comunidad en su conjunto y en el medio ambiente.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el consejo de administración posea la dimensión precisa para lograr un funcionamiento eficaz y participativo, lo que hace aconsejable que tenga entre cinco y quince miembros.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que el consejo de administración apruebe una política dirigida a favorecer una composición apropiada del consejo de administración y que:
    2. a) Sea concreta y verificable.
    3. b) asegure que las propuestas de nombramiento o reelección se fundamenten en un análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración; y
    4. c) favorezca la diversidad de conocimientos, experiencias, edad y género. A estos efectos, se considera que favorecen la diversidad de género las medidas que fomenten que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas.

Que el resultado del análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración se recoja en el informe justificativo de la comisión de nombramientos que se publique al convocar la junta general de accionistas a la que se someta la ratificación, el nombramiento o la reelección de cada consejero.

La comisión de nombramientos verificará anualmente el cumplimiento de esta política y se informará de ello en el informe anual de gobierno corporativo.

  1. Que los consejeros dominicales e independientes constituyan una amplia mayoría del consejo de administración y que el número de consejeros ejecutivos sea el mínimo necesario, teniendo en cuenta la complejidad del grupo societario y el porcentaje de participación de los consejeros ejecutivos en el capital de la sociedad.

Y que el número de consejeras suponga, al menos, el 40% de los miembros del consejo de administración antes de que finalice 2022 y en adelante, no siendo con anterioridad inferior al 30%.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el porcentaje de consejeros dominicales sobre el total de consejeros no ejecutivos no sea mayor que la proporción existente entre el capital de la sociedad representado por dichos consejeros y el resto del capital.

Este criterio podrá atenuarse:

  • a) En sociedades de elevada capitalización en las que sean escasas las participaciones accionariales que tengan legalmente la consideración de significativas.
  • b) Cuando se trate de sociedades en las que exista una pluralidad de accionistas representados en el consejo de administración y no tengan vínculos entre sí.

Cumple [ X ] Explique [ ]

  1. Que el número de consejeros independientes represente, al menos, la mitad del total de consejeros.

Que, sin embargo, cuando la sociedad no sea de elevada capitalización o cuando, aun siéndolo, cuente con un accionista o varios actuando concertadamente, que controlen más del 30% del capital social, el número de consejeros independientes represente, al menos, un tercio del total de consejeros.

Cumple [ ] Explique [ X ]

La sociedad cuenta con 4 consejeros independientes sobre un total de 13. En este sentido, si bien el porcentaje de consejeros independientes no alcanza el 50% dispuesto por la recomendación, atendiendo a la estructura accionarial actual de la Sociedad, se estima que la representación de dicha tipología de consejeros es adecuada, de forma que la totalidad de intereses quedan debidamente representados en el órgano de administración.

    1. Que las sociedades hagan pública a través de su página web, y mantengan actualizada, la siguiente información sobre sus consejeros:
    2. a) Perfil profesional y biográfico.
    3. b) Otros consejos de administración a los que pertenezcan, se trate o no de sociedades cotizadas, así como sobre las demás actividades retribuidas que realice cualquiera que sea su naturaleza.
    4. c) Indicación de la categoría de consejero a la que pertenezcan, señalándose, en el caso de consejeros dominicales, el accionista al que representen o con quien tengan vínculos.
    5. d) Fecha de su primer nombramiento como consejero en la sociedad, así como de las posteriores reelecciones.
    6. e) Acciones de la compañía, y opciones sobre ellas, de las que sean titulares.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que en el informe anual de gobierno corporativo, previa verificación por la comisión de nombramientos, se expliquen las razones por las cuales se hayan nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial sea inferior al 3% del capital; y se expongan las razones por las que no se hubieran atendido, en su caso, peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial sea igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que los consejeros dominicales presenten su dimisión cuando el accionista a quien representen transmita íntegramente su participación accionarial. Y que también lo hagan, en el número que corresponda, cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de sus consejeros dominicales.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que el consejo de administración no proponga la separación de ningún consejero independiente antes del cumplimiento del período estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el consejo de administración previo informe de la comisión de nombramientos. En particular, se entenderá que existe justa causa cuando el consejero pase a ocupar nuevos cargos o contraiga nuevas obligaciones que le impidan dedicar el tiempo necesario al desempeño de las funciones propias del cargo de consejero, incumpla los deberes inherentes a su cargo o incurra en algunas de las circunstancias que le hagan perder su condición de independiente, de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable.

También podrá proponerse la separación de consejeros independientes como consecuencia de ofertas públicas de adquisición, fusiones u otras operaciones corporativas similares que supongan un cambio en la estructura de capital de la sociedad, cuando tales cambios en la estructura del consejo de administración vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en la recomendación 16.

Cumple [ X ] Explique [ ]

  1. Que las sociedades establezcan reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad, que puedan perjudicar al crédito y reputación de esta y, en particular, que les obliguen a informar al consejo de administración de cualquier causa penal en la que aparezcan como investigados, así como de sus vicisitudes procesales.

Y que, habiendo sido informado o habiendo conocido el consejo de otro modo alguna de las situaciones mencionadas en el párrafo anterior, examine el caso tan pronto como sea posible y, atendiendo a las circunstancias concretas, decida, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, si debe o no adoptar alguna medida, como la apertura de una investigación interna, solicitar la dimisión del consejero o proponer su cese. Y que se informe al respecto en el informe anual de gobierno corporativo, salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta. Ello sin perjuicio de la información que la sociedad deba difundir, de resultar procedente, en el momento de la adopción de las medidas correspondientes.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que todos los consejeros expresen claramente su oposición cuando consideren que alguna propuesta de decisión sometida al consejo de administración puede ser contraria al interés social. Y que otro tanto hagan, de forma especial, los independientes y demás consejeros a quienes no afecte el potencial conflicto de intereses, cuando se trate de decisiones que puedan perjudicar a los accionistas no representados en el consejo de administración.

Y que cuando el consejo de administración adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, este saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir, explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente.

Esta recomendación alcanza también al secretario del consejo de administración, aunque no tenga la condición de consejero.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que cuando, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, un consejero cese en su cargo antes del término de su mandato, explique de manera suficiente las razones de su dimisión o, en el caso de consejeros no ejecutivos, su parecer sobre los motivos del cese por la junta, en una carta que remitirá a todos los miembros del consejo de administración.

Y que, sin perjuicio de que se dé cuenta de todo ello en el informe anual de gobierno corporativo, en la medida en que sea relevante para los inversores, la sociedad publique a la mayor brevedad posible el cese incluyendo referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el consejero.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
  1. Que la comisión de nombramientos se asegure de que los consejeros no ejecutivos tienen suficiente disponibilidad de tiempo para el correcto desarrollo de sus funciones.

Y que el reglamento del consejo establezca el número máximo de consejos de sociedades de los que pueden formar parte sus consejeros.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el consejo de administración se reúna con la frecuencia precisa para desempeñar con eficacia sus funciones y, al menos, ocho veces al año, siguiendo el programa de fechas y asuntos que establezca al inicio del ejercicio, pudiendo cada consejero individualmente proponer otros puntos del orden del día inicialmente no previstos.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que las inasistencias de los consejeros se reduzcan a los casos indispensables y se cuantifiquen en el informe anual de gobierno corporativo. Y que, cuando deban producirse, se otorgue representación con instrucciones.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que cuando los consejeros o el secretario manifiesten preocupación sobre alguna propuesta o, en el caso de los consejeros, sobre la marcha de la sociedad y tales preocupaciones no queden resueltas en el consejo de administración, a petición de quien las hubiera manifestado, se deje constancia de ellas en el acta.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [    ] Explique [    ] No aplicable [    ]
  1. Que la sociedad establezca los cauces adecuados para que los consejeros puedan obtener el asesoramiento preciso para el cumplimiento de sus funciones incluyendo, si así lo exigieran las circunstancias, asesoramiento externo con cargo a la empresa.

  1. Que, con independencia de los conocimientos que se exijan a los consejeros para el ejercicio de sus funciones, las sociedades ofrezcan también a los consejeros programas de actualización de conocimientos cuando las circunstancias lo aconsejen.

Cumple [ X ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que el orden del día de las sesiones indique con claridad aquellos puntos sobre los que el consejo de administración deberá adoptar una decisión o acuerdo para que los consejeros puedan estudiar o recabar, con carácter previo, la información precisa para su adopción.

Cuando, excepcionalmente, por razones de urgencia, el presidente quiera someter a la aprobación del consejo de administración decisiones o acuerdos que no figuraran en el orden del día, será preciso el consentimiento previo y expreso de la mayoría de los consejeros presentes, del que se dejará debida constancia en el acta.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que los consejeros sean periódicamente informados de los movimientos en el accionariado y de la opinión que los accionistas significativos, los inversores y las agencias de calificación tengan sobre la sociedad y su grupo.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el presidente, como responsable del eficaz funcionamiento del consejo de administración, además de ejercer las funciones que tiene legal y estatutariamente atribuidas, prepare y someta al consejo de administración un programa de fechas y asuntos a tratar; organice y coordine la evaluación periódica del consejo, así como, en su caso, la del primer ejecutivo de la sociedad; sea responsable de la dirección del consejo y de la efectividad de su funcionamiento; se asegure de que se dedica suficiente tiempo de discusión a las cuestiones estratégicas, y acuerde y revise los programas de actualización de conocimientos para cada consejero, cuando las circunstancias lo aconsejen.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que cuando exista un consejero coordinador, los estatutos o el reglamento del consejo de administración, además de las facultades que le corresponden legalmente, le atribuya las siguientes: presidir el consejo de administración en ausencia del presidente y de los vicepresidentes, en caso de existir; hacerse eco de las preocupaciones de los consejeros no ejecutivos; mantener contactos con inversores y accionistas para conocer sus puntos de vista a efectos de formarse una opinión sobre sus preocupaciones, en particular, en relación con el gobierno corporativo de la sociedad; y coordinar el plan de sucesión del presidente.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que el secretario del consejo de administración vele de forma especial para que en sus actuaciones y decisiones el consejo de administración tenga presentes las recomendaciones sobre buen gobierno contenidas en este Código de buen gobierno que fueran aplicables a la sociedad.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que el consejo de administración en pleno evalúe una vez al año y adopte, en su caso, un plan de acción que corrija las deficiencias detectadas respecto de:
    2. a) La calidad y eficiencia del funcionamiento del consejo de administración.
    3. b) El funcionamiento y la composición de sus comisiones.
    4. c) La diversidad en la composición y competencias del consejo de administración.
    5. d) El desempeño del presidente del consejo de administración y del primer ejecutivo de la sociedad.
    6. e) El desempeño y la aportación de cada consejero, prestando especial atención a los responsables de las distintas comisiones del consejo.

Para la realización de la evaluación de las distintas comisiones se partirá del informe que estas eleven al consejo de administración, y para la de este último, del que le eleve la comisión de nombramientos.

Cada tres años, el consejo de administración será auxiliado para la realización de la evaluación por un consultor externo, cuya independencia será verificada por la comisión de nombramientos.

Las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo deberán ser desglosadas en el informe anual de gobierno corporativo.

El proceso y las áreas evaluadas serán objeto de descripción en el informe anual de gobierno corporativo.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que cuando exista una comisión ejecutiva en ella haya presencia de al menos dos consejeros no ejecutivos, siendo al menos uno de ellos independiente; y que su secretario sea el del consejo de administración.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que el consejo de administración tenga siempre conocimiento de los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas por la comisión ejecutiva y que todos los miembros del consejo de administración reciban copia de las actas de las sesiones de la comisión ejecutiva.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que los miembros de la comisión de auditoría en su conjunto, y de forma especial su presidente, se designen teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría y gestión de riesgos, tanto financieros como no financieros.

  1. Que bajo la supervisión de la comisión de auditoría, se disponga de una unidad que asuma la función de auditoría interna que vele por el buen funcionamiento de los sistemas de información y control interno y que funcionalmente dependa del presidente no ejecutivo del consejo o del de la comisión de auditoría.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el responsable de la unidad que asuma la función de auditoría interna presente a la comisión de auditoría, para su aprobación por esta o por el consejo, su plan anual de trabajo, le informe directamente de su ejecución, incluidas las posibles incidencias y limitaciones al alcance que se presenten en su desarrollo, los resultados y el seguimiento de sus recomendaciones y le someta al final de cada ejercicio un informe de actividades.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

    1. Que, además de las previstas en la ley, correspondan a la comisión de auditoría las siguientes funciones:
      1. En relación con los sistemas de información y control interno:
      2. a) Supervisar y evaluar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera y no financiera, así como los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros relativos a la sociedad y, en su caso, al grupo —incluyendo los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medioambientales, políticos y reputacionales o relacionados con la corrupción— revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables.
      3. b) Velar por la independencia de la unidad que asume la función de auditoría interna; proponer la selección, nombramiento y cese del responsable del servicio de auditoría interna; proponer el presupuesto de ese servicio; aprobar o proponer la aprobación al consejo de la orientación y el plan de trabajo anual de la auditoría interna, asegurándose de que su actividad esté enfocada principalmente en los riesgos relevantes (incluidos los reputacionales); recibir información periódica sobre sus actividades; y verificar que la alta dirección tenga en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes.
      4. c) Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados y a otras personas relacionadas con la sociedad, tales como consejeros, accionistas, proveedores, contratistas o subcontratistas, comunicar las irregularidades de potencial trascendencia, incluyendo las financieras y contables, o de cualquier otra índole, relacionadas con la compañía que adviertan en el seno de la empresa o su grupo. Dicho mecanismo deberá garantizar la confidencialidad y, en todo caso, prever supuestos en los que las comunicaciones puedan realizarse de forma anónima, respetando los derechos del denunciante y denunciado.
      5. d) Velar en general por que las políticas y sistemas establecidos en materia de control interno se apliquen de modo efectivo en la práctica.
      1. En relación con el auditor externo:
      2. a) En caso de renuncia del auditor externo, examinar las circunstancias que la hubieran motivado.
      3. b) Velar que la retribución del auditor externo por su trabajo no comprometa su calidad ni su independencia.
      4. c) Supervisar que la sociedad comunique a través de la CNMV el cambio de auditor y lo acompañe de una declaración sobre la eventual existencia de desacuerdos con el auditor saliente y, si hubieran existido, de su contenido.
      5. d) Asegurar que el auditor externo mantenga anualmente una reunión con el pleno del consejo de administración para informarle sobre el trabajo realizado y sobre la evolución de la situación contable y de riesgos de la sociedad.
      6. e) Asegurar que la sociedad y el auditor externo respetan las normas vigentes sobre prestación de servicios distintos a los de auditoría, los límites a la concentración del negocio del auditor y, en general, las demás normas sobre independencia de los auditores.

  1. Que la comisión de auditoría pueda convocar a cualquier empleado o directivo de la sociedad, e incluso disponer que comparezcan sin presencia de ningún otro directivo.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la comisión de auditoría sea informada sobre las operaciones de modificaciones estructurales y corporativas que proyecte realizar la sociedad para su análisis e informe previo al consejo de administración sobre sus condiciones económicas y su impacto contable y, en especial, en su caso, sobre la ecuación de canje propuesta.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

    1. Que la política de control y gestión de riesgos identifique o determine al menos:
    2. a) Los distintos tipos de riesgo, financieros y no financieros (entre otros los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medio ambientales, políticos y reputacionales, incluidos los relacionados con la corrupción) a los que se enfrenta la sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance.
    3. b) Un modelo de control y gestión de riesgos basado en diferentes niveles, del que formará parte una comisión especializada en riesgos cuando las normas sectoriales lo prevean o la sociedad lo estime apropiado.
    4. c) El nivel de riesgo que la sociedad considere aceptable.
    5. d) Las medidas previstas para mitigar el impacto de los riesgos identificados, en caso de que llegaran a materializarse.
    6. e) Los sistemas de información y control interno que se utilizarán para controlar y gestionar los citados riesgos, incluidos los pasivos contingentes o riesgos fuera de balance.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que bajo la supervisión directa de la comisión de auditoría o, en su caso, de una comisión especializada del consejo de administración, exista una función interna de control y gestión de riesgos ejercida por una unidad o departamento interno de la sociedad que tenga atribuidas expresamente las siguientes funciones:
    2. a) Asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de control y gestión de riesgos y, en particular, que se identifican, gestionan, y cuantifican adecuadamente todos los riesgos importantes que afecten a la sociedad.
    3. b) Participar activamente en la elaboración de la estrategia de riesgos y en las decisiones importantes sobre su gestión.
    4. c) Velar por que los sistemas de control y gestión de riesgos mitiguen los riesgos adecuadamente en el marco de la política definida por el consejo de administración.

  1. Que los miembros de la comisión de nombramientos y de retribuciones –o de la comisión de nombramientos y la comisión de retribuciones, si estuvieren separadas– se designen procurando que tengan los conocimientos, aptitudes y experiencia adecuados a las funciones que estén llamados a desempeñar y que la mayoría de dichos miembros sean consejeros independientes.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que las sociedades de elevada capitalización cuenten con una comisión de nombramientos y con una comisión de remuneraciones separadas.

Cumple [ ] Explique [ X ] No aplicable [ ]

Atendiendo a la estructura de la sociedad a 31 de diciembre de 2024, en particular, al número de empleados y directivos, así como a su organización y actividad, se considera conveniente que exista una única CNR. Además de las razones derivadas de la organización interna y del número de empleados de la Sociedad, Colonial entiende que debido a su estructura actual no resultaría eficiente separar las competencias de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones en dos Comisiones diferenciadas y que la existencia de una única Comisión favorece a la coordinación de las facultades a desempeñar por éstas sin que, en ningún caso, dificulte el cumplimiento de las funciones legalmente previstas. Asimismo, la no separación de las Comisiones permite a la Sociedad optimizar y no duplicar los costes al no devengar retribuciones adicionales sobre los mismos consejeros por el cumplimiento de las mismas funciones en dos órganos diferenciados. Adicionalmente, la composición de ambas Comisiones sería probablemente coincidente teniendo en cuenta el número de consejeros con la categoría de independientes en el Consejo de Administración. Por todo ello, por el momento, no se considera necesario ni conveniente separar en dos Comisiones la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.

  1. Que la comisión de nombramientos consulte al presidente del consejo de administración y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos.

Y que cualquier consejero pueda solicitar de la comisión de nombramientos que tome en consideración, por si los encuentra idóneos a su juicio, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que la comisión de retribuciones ejerza sus funciones con independencia y que, además de las funciones que le atribuya la ley, le correspondan las siguientes:
    2. a) Proponer al consejo de administración las condiciones básicas de los contratos de los altos directivos.
    3. b) Comprobar la observancia de la política retributiva establecida por la sociedad.
    4. c) Revisar periódicamente la política de remuneraciones aplicada a los consejeros y altos directivos, incluidos los sistemas retributivos con acciones y su aplicación, así como garantizar que su remuneración individual sea proporcionada a la que se pague a los demás consejeros y altos directivos de la sociedad.
    5. d) Velar por que los eventuales conflictos de intereses no perjudiquen la independencia del asesoramiento externo prestado a la comisión.
    6. e) Verificar la información sobre remuneraciones de los consejeros y altos directivos contenida en los distintos documentos corporativos, incluido el informe anual sobre remuneraciones de los consejeros.

  1. Que la comisión de retribuciones consulte al presidente y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos y altos directivos.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que las reglas de composición y funcionamiento de las comisiones de supervisión y control figuren en el reglamento del consejo de administración y que sean consistentes con las aplicables a las comisiones legalmente obligatorias conforme a las recomendaciones anteriores, incluyendo:
    2. a) Que estén compuestas exclusivamente por consejeros no ejecutivos, con mayoría de consejeros independientes.
    3. b) Que sus presidentes sean consejeros independientes.
    4. c) Que el consejo de administración designe a los miembros de estas comisiones teniendo presentes los conocimientos, aptitudes y experiencia de los consejeros y los cometidos de cada comisión, delibere sobre sus propuestas e informes; y que rindan cuentas, en el primer pleno del consejo de administración posterior a sus reuniones, de su actividad y que respondan del trabajo realizado.
    5. d) Que las comisiones puedan recabar asesoramiento externo, cuando lo consideren necesario para el desempeño de sus funciones.
    6. e) Que de sus reuniones se levante acta, que se pondrá a disposición de todos los consejeros.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que la supervisión del cumplimiento de las políticas y reglas de la sociedad en materia medioambiental, social y de gobierno corporativo, así como de los códigos internos de conducta, se atribuya a una o se reparta entre varias comisiones del consejo de administración que podrán ser la comisión de auditoría, la de nombramientos, una comisión especializada en sostenibilidad o responsabilidad social corporativa u otra comisión especializada que el consejo de administración, en ejercicio de sus facultades de auto-organización, haya decidido crear. Y que tal comisión esté integrada únicamente por consejeros no ejecutivos, siendo la mayoría independientes y se le atribuyan específicamente las funciones mínimas que se indican en la recomendación siguiente.

    1. Las funciones mínimas a las que se refiere la recomendación anterior son las siguientes:
    2. a) La supervisión del cumplimiento de las reglas de gobierno corporativo y de los códigos internos de conducta de la empresa, velando asimismo por que la cultura corporativa esté alineada con su propósito y valores.
    3. b) La supervisión de la aplicación de la política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa así como a la comunicación con accionistas e inversores, asesores de voto y otros grupos de interés. Asimismo se hará seguimiento del modo en que la entidad se comunica y relaciona con los pequeños y medianos accionistas.
    4. c) La evaluación y revisión periódica del sistema de gobierno corporativo y de la política en materia medioambiental y social de la sociedad, con el fin de que cumplan su misión de promover el interés social y tengan en cuenta, según corresponda, los legítimos intereses de los restantes grupos de interés.
    5. d) La supervisión de que las prácticas de la sociedad en materia medioambiental y social se ajustan a la estrategia y política fijadas.
    6. e) La supervisión y evaluación de los procesos de relación con los distintos grupos de interés.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que las políticas de sostenibilidad en materias medioambientales y sociales identifiquen e incluyan al menos:
    2. a) Los principios, compromisos, objetivos y estrategia en lo relativo a accionistas, empleados, clientes, proveedores, cuestiones sociales, medio ambiente, diversidad, responsabilidad fiscal, respeto de los derechos humanos y prevención de la corrupción y otras conductas ilegales
    3. b) Los métodos o sistemas para el seguimiento del cumplimiento de las políticas, de los riesgos asociados y su gestión.
    4. c) Los mecanismos de supervisión del riesgo no financiero, incluido el relacionado con aspectos éticos y de conducta empresarial.
    5. d) Los canales de comunicación, participación y diálogo con los grupos de interés.
    6. e) Las prácticas de comunicación responsable que eviten la manipulación informativa y protejan la integridad y el honor.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la remuneración de los consejeros sea la necesaria para atraer y retener a los consejeros del perfil deseado y para retribuir la dedicación, cualificación y responsabilidad que el cargo exija, pero no tan elevada como para comprometer la independencia de criterio de los consejeros no ejecutivos.

Cumple [ X ] Explique [ ]

  1. Que se circunscriban a los consejeros ejecutivos las remuneraciones variables ligadas al rendimiento de la sociedad y al desempeño personal, así como la remuneración mediante entrega de acciones, opciones o derechos sobre acciones o instrumentos referenciados al valor de la acción y los sistemas de ahorro a largo plazo tales como planes de pensiones, sistemas de jubilación u otros sistemas de previsión social.

Se podrá contemplar la entrega de acciones como remuneración a los consejeros no ejecutivos cuando se condicione a que las mantengan hasta su cese como consejeros. Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar, en su caso, para satisfacer los costes relacionados con su adquisición.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que en caso de remuneraciones variables, las políticas retributivas incorporen los límites y las cautelas técnicas precisas para asegurar que tales remuneraciones guardan relación con el rendimiento profesional de sus beneficiarios y no derivan solamente de la evolución general de los mercados o del sector de actividad de la compañía o de otras circunstancias similares.

Y, en particular, que los componentes variables de las remuneraciones:

  • a) Estén vinculados a criterios de rendimiento que sean predeterminados y medibles y que dichos criterios consideren el riesgo asumido para la obtención de un resultado.
  • b) Promuevan la sostenibilidad de la empresa e incluyan criterios no financieros que sean adecuados para la creación de valor a largo plazo, como el cumplimiento de las reglas y los procedimientos internos de la sociedad y de sus políticas para el control y gestión de riesgos.
  • c) Se configuren sobre la base de un equilibrio entre el cumplimiento de objetivos a corto, medio y largo plazo, que permitan remunerar el rendimiento por un desempeño continuado durante un período de tiempo suficiente para apreciar su contribución a la creación sostenible de valor, de forma que los elementos de medida de ese rendimiento no giren únicamente en torno a hechos puntuales, ocasionales o extraordinarios.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que el pago de los componentes variables de la remuneración quede sujeto a una comprobación suficiente de que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de otro tipo previamente establecidas. Las entidades incluirán en el informe anual de remuneraciones de los consejeros los criterios en cuanto al tiempo requerido y métodos para tal comprobación en función de la naturaleza y características de cada componente variable.

Que, adicionalmente, las entidades valoren el establecimiento de una cláusula de reducción ('malus') basada en el diferimiento por un período suficiente del pago de una parte de los componentes variables que implique su pérdida total o parcial en el caso de que con anterioridad al momento del pago se produzca algún evento que lo haga aconsejable.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

.

  1. Que las remuneraciones relacionadas con los resultados de la sociedad tomen en cuenta las eventuales salvedades que consten en el informe del auditor externo y minoren dichos resultados.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que un porcentaje relevante de la remuneración variable de los consejeros ejecutivos esté vinculado a la entrega de acciones o de instrumentos financieros referenciados a su valor.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que una vez atribuidas las acciones, las opciones o instrumentos financieros correspondientes a los sistemas retributivos, los consejeros ejecutivos no puedan transferir su titularidad o ejercitarlos hasta transcurrido un plazo de al menos tres años.

Se exceptúa el caso en el que el consejero mantenga, en el momento de la transmisión o ejercicio, una exposición económica neta a la variación del precio de las acciones por un valor de mercado equivalente a un importe de al menos dos veces su remuneración fija anual mediante la titularidad de acciones, opciones u otros instrumentos financieros.

Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar para satisfacer los costes relacionados con su adquisición o, previa apreciación favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, para hacer frente a situaciones extraordinarias sobrevenidas que lo requieran.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que los acuerdos contractuales incluyan una cláusula que permita a la sociedad reclamar el reembolso de los componentes variables de la remuneración cuando el pago no haya estado ajustado a las condiciones de rendimiento o cuando se hayan abonado atendiendo a datos cuya inexactitud quede acreditada con posterioridad.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que los pagos por resolución o extinción del contrato no superen un importe equivalente a dos años de la retribución total anual y que no se abonen hasta que la sociedad haya podido comprobar que el consejero ha cumplido con los criterios o condiciones establecidos para su percepción.

A efectos de esta recomendación, entre los pagos por resolución o extinción contractual se considerarán cualesquiera abonos cuyo devengo u obligación de pago surja como consecuencia o con ocasión de la extinción de la relación contractual que vinculaba al consejero con la sociedad, incluidos los importes no previamente consolidados de sistemas de ahorro a largo plazo y las cantidades que se abonen en virtud de pactos de no competencia post-contractual.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

H. OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS

    1. Si existe algún aspecto relevante en materia de gobierno corporativo en la sociedad o en las entidades del grupo que no se haya recogido en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas de gobierno en la entidad o su grupo, detállelos brevemente.
    1. Dentro de este apartado, también podrá incluirse cualquier otra información, aclaración o matiz relacionado con los anteriores apartados del informe en la medida en que sean relevantes y no reiterativos.

En concreto, se indicará si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de la exigida en el presente informe.

  1. La sociedad también podrá indicar si se ha adherido voluntariamente a otros códigos de principios éticos o de buenas prácticas, internacionales, sectoriales o de otro ámbito. En su caso, se identificará el código en cuestión y la fecha de adhesión. En particular, hará mención a si se ha adherido al Código de Buenas Prácticas Tributarias, de 20 de julio de 2010:

  2. El 10 de diciembre de 2015, el Consejo de Administración de la Sociedad acordó la adhesión al Código de Buenas Prácticas Tributarias. Dicho acuerdo fue comunicado a la Administración Tributaria el 8 de enero de 2016.

  3. El 27 de julio de 2016, como consecuencia de una modificación del Reglamento del Consejo de Administración, se decidió que las competencias sobre la supervisión del cumplimiento de las reglas de gobierno corporativo y demás cuestiones relacionadas con el mismo correspondieran a la CNR. Al amparo de lo anterior y al objeto de implantar en Colonial las mejores prácticas en materia de gobierno corporativo, la CNR constituyó la Unidad de Cumplimiento Normativo, con dependencia directa de la Comisión e integrada por el Presidente de la CNR y la Directora de los Servicios Jurídicos de la compañía. Asimismo, el 17 de diciembre de 2020 se acordó por el Consejo la modificación del Reglamento del Consejo de Administración a los efectos de su adaptación a las nuevas modificaciones de las recomendaciones de buen gobierno aprobadas por la CNMV en junio de 2020, constituyéndose en dicha fecha la CS, entre cuyas funciones principales se encuentran, entre otras, la de velar periódicamente por el adecuado cumplimiento de las políticas en materia medioambiental y de desarrollo sostenible que hayan sido aprobadas por la Sociedad. Durante el segundo semestre de 2024, la Sociedad ha llevado a cabo un cambio en su modelo de compliance con el nombramiento de un chief compliance officer que ha pasado a asumir las funciones de la Unidad de Cumplimiento Normativo.

  4. Durante el ejercicio 2023, la Sociedad comenzó a trabajar en la implementación de un plan estratégico de descarbonización para poder alcanzar objetivos cada vez más ambiciosos, dada la relevancia de los aspectos de sostenibilidad. Este ambicioso plan estratégico de descarbonización, que va en línea con los principios recogidos en el acuerdo de París celebrado en diciembre de 2015, responde al compromiso de la Sociedad de alcanzar en el año 2030 la neutralidad en emisiones de carbono en el conjunto de su portafolio de oficinas estableciendo unos objetivos de reducción de emisiones alineados con Science Based Target Initiative ("SBTi") y con la limitación del aumento de la temperatura media de la Tierra por debajo de los 1,5 ºC. En este sentido, SBTi validó y aprobó el objetivo del plan de descarbonización del Grupo de reducir sus emisiones significativamente hasta el año 2030.

  5. En cuanto a lo expuesto sobre la CAC en el apartado C.2.1, se informa que, los servicios distintos de los de auditoría que han sido prestados por el auditor externo durante el ejercicio 2024 consistieron en el servicio de revisión independiente y la emisión de informes de aseguramiento limitado sobre: (i) los indicadores ESG contenidos en el informe anual integrado; (ii) el inventario de los indicadores de los gases efecto invernadero (GEI); y (iii) el "Green Bonds Report 2023".

  6. La operación vinculada que se incluye en este informe es la única operación que la CAC ha considerado como operación vinculada durante el ejercicio 2024 de conformidad con lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital, sin perjuicio de aquellas operaciones que tienen esa consideración de conformidad con la normativa contable y que se recogen en la Nota 20 de las cuentas anuales individuales de Colonial. 6. En diciembre de 2024 la Sociedad aprobó la modificación del Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control a los efectos de alinear su contenido con las previsiones de la Guía Técnica 1/2024 de la CNMV sobre Comisiones de Auditoría de entidades de interés público. 7. En la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 13 de junio de 2024 se aprobó, bajo el punto cuarto del orden del día, el nombramiento de Deloitte, S.L. como nuevo auditor de cuentas de Inmobiliaria Colonial, SOCIMI, S.A. y de su grupo consolidado para los ejercicios sociales cerrados a 31 de diciembre de 2025, 2026 y 2027.

Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha:

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.

[ ]
[ √ ] No

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