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Grupo ST S.A. — Audit Report / Information 2021
Dec 22, 2021
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Audit Report / Information
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ACTA DE COMISION FISCALIZADORA Nº 132
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 21 días del mes de diciembre de 2021, siendo las 11:00 horas, se reúnen los miembros de la Comisión Fiscalizadora de Grupo ST S.A., Sres. Francisco Guillermo José Gonzalez Fischer, Luis Horacio Biller y Gabriel Orden quienes firman al pie de la presente acta. La presente reunión tiene por objeto tratar lo siguiente: Estados Financieros de Grupo ST S.A. por el período finalizado el 30 de septiembre de 2021 e Informes de la Comisión Fiscalizadora.
Toma la palabra el Sr. Luis H. Biller quien manifiesta que habiéndose completado las tareas de revisión correspondientes al período finalizado el 30 de septiembre de 2021 prescriptas en el artículo 294 de la Ley Nº 19.550, y habiéndose tenido en cuenta los informes del auditor externo de la Sociedad de fecha 21 de diciembre de 2021 emitido por el Dr. Clauido Bercholc, esta Comisión está en condiciones de emitir los informes correspondientes. Se deja constancia que se encuentra en poder de los Sres. síndicos, por habérseles distribuido con anterioridad a la celebración de la presente reunión, toda la documentación nombrada precedentemente.
A continuación, tras un breve intercambio de opiniones, los miembros de la Comisión resuelven aprobar por unanimidad, los textos de los informes a emitir, los cuales se transcriben a continuación:
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA SOBRE REVISION ESTADOS FINANCIEROS SEPARADOS CONDENSADOS DE PERIODO INTERMEDIO
A los señores Accionistas de Grupo ST S.A. Av. Av. Corrientes 1174 Piso 9 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Hemos efectuado una revisión de los Estados Financieros Separados Condensados Intermedios adjuntos de Grupo ST S.A. (“la Sociedad”), los que comprenden el estado de situación financiera separado condensado intermedio al 30 de septiembre de 2021, los estados separados condensados intermedios de resultados integrales y de otros resultados integrales por los períodos de tres y nueve meses finalizados el 30 de septiembre de 2021, los estados de cambios en el patrimonio y de flujo de efectivo separados condensados correspondiente al período de nueve meses finalizado en esa fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información complementaria seleccionada incluidas en Notas 1 a 27 y Anexos que los complementan.
Los saldos y otra información correspondientes al ejercicio 2020 y a sus períodos intermedios, son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y por lo tanto deberán ser considerados en relación con esos estados financieros.
Responsabilidad de la Dirección
El Directorio y la Gerencia de la Sociedad son responsables de la preparación y presentación razonable de los estados financieros separados condensados intermedios mencionados en el apartado 1, de conformidad con el marco de información contable establecido por la Comisión Nacional de Valores (CNV), que se basa en las normas internacionales de información financiera (“NIIF”) y, en particular para los estados financieros intermedios, en la Norma Internacional de Contabilidad N°34 “Información Financiera Intermedia”, tal como esas normas fueron emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (“IASB”, por su sigla en inglés) y adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, con la excepción del punto 5.5 “Deterioro del Valor” de la NIIF 9 de Instrumentos Financieros, que en forma transitoria y hasta el 31 de diciembre de 2021, fue excluida por el BCRA para las entidades del Grupo C del marco contable aplicable a las entidades financieras.
Asimismo, el Directorio y la Gerencia de Grupo ST S.A. son responsables de la existencia del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados financieros separados de periodos intermedios libres de incorrecciones significativas originadas en errores o en irregularidades.
Responsabilidad de la Comisión Fiscalizadora y alcance de la revisión
Nuestra responsabilidad consiste en emitir una conclusión sobre los Estados Financieros Separados Condensados Intermedios adjuntos, sobre la base de nuestra revisión. Nuestro trabajo fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Dichas normas requieren que la revisión de los
documentos antes citados se efectúe de acuerdo con las normas de auditoría vigentes. No hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los criterios y decisiones empresarias de administración, financiación y, comercialización, dado que estas cuestiones son de responsabilidad exclusiva del Directorio. Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos citados en el primer párrafo, hemos revisado el trabajo efectuado por el Dr. Claudio Bercholc en su carácter de auditor externo, quien emitió su informe con fecha 21 de diciembre de 2021, de acuerdo con las normas de revisión establecidas en la Resolución Técnica N°37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas aplicables a la revisión de estados financieros de periodos intermedios, y cumpliendo con los requerimientos de ética pertinentes a la auditoría de los estados financieros intermedios de la Sociedad.
Una revisión de información financiera intermedia consiste en la realización de indagaciones al personal de la Sociedad responsable, principalmente, de la preparación de la información contable y financiera incluida en los estados financieros condensados intermedios y en la realización de procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión. El alcance de esta revisión es sustancialmente inferior al de un examen de auditoría. En consecuencia, no nos permite obtener seguridad de que tomaremos conocimiento de todas las cuestiones significativas que podrían identificarse en una auditoría. Por lo tanto, no expresamos una opinión de auditoría sobre la situación financiera, el resultado integral y flujo de efectivo de la Entidad.
Conclusión
Como resultado de nuestra revisión, y basados en el informe de fecha 21 de diciembre de 2021 que emitió el Dr. Claudio Bercholc, , nada ha llamado nuestra atención que nos hiciera concluir que los Estados Financieros Separados Condensados Intermedios de Grupo ST S.A. al 30 de septiembre de 2021, indicados en el apartado 1, no han sido preparados, en todos sus aspectos significativos, de conformidad con el marco de información contable establecido por el CNV, que se describe en el apartado 2.
Énfasis sobre ciertas cuestiones reveladas en los estados financieros
Sin modificar nuestra conclusión, queremos enfatizar:
-
a) Como indica en su Nota 2. a los Estados Financieros Condensados Separados adjuntos, por disposición del ente regulador que lo ha suspendido hasta el 1 de enero de 2022 para las entidades del “Grupo C”, no ha aplicado la sección 5.5. “Deterioro de Valor” de la NIIF 9 “Instrumentos Financieros” Si bien la entidad ha desarrollado una metodología de cálculo para la determinación del efecto que sobre los estados financieros provocaría la aplicación de dicha norma, no ha procedido a cuantificarlo respecto de los estados financieros al 30 de septiembre de 2021. Esta cuestión debe ser tenida en cuenta por los usuarios que utilicen las NIIF para la interpretación de los Estados Financieros Separados.
-
b) En la Nota 44 de los Estados Financieros Consolidados Condensados Intermedios se describe detalladamente la incertidumbre sobre los posibles efectos del brote de COVID19 que la Organización Mundial de la Salud declaró una pandemia global en marzo de 2020, sobre las principales variables económicas, financieras, de liquidez y de operaciones de la entidad en general y en consecuencia los impactos y las resoluciones finales no pueden preverse a la fecha.
-
c) Como se describe en la Nota 43, a los Estados Financieros Consolidados Condensados Intermedios adjuntos:
-
El BCRA inició un sumario a BST y su directorio referido a presuntos excesos en materia de fraccionamiento de clientes vinculados, respecto del cual resolvió la determinación de una multa para los sumariados la que está en proceso de apelación. Asimismo, la Entidad interpuso medida cautelar solicitando efectuar el pago de la multa una vez dictada sentencia firme, la que venció con fecha 26 de diciembre de 2019. Con fecha 29 de diciembre de 2020 fue rechazado el recurso de apelación de la causa, imponiendo el pago del proceso a la Entidad. El 19 de febrero de 2021 el banco presentó un recurso extraordinario de apelación. La ejecución de la multa que inicio el B.C.R.A fue suspendida por el juez actuante en conformidad con B.C.R.A.
-
El BCRA inició con fecha 30 de enero de 2020 un sumario a BST por presunto incumplimiento a las normas sobre Registraciones contables, calificado de “gravedad baja”. El Banco ha realizado la presentación del descargo correspondiente fundado en la nulidad del cargo y la inexistencia de la presunta infracción imputada. Con fecha 1 de junio de 2021 la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias del BCRA, a través de la Resolución 2021-70, rechazó los planteos de nulidad y determino imponer, una multa de $ 1.440 en los
términos del art. 41, inc. 3, Ley 21.526, la cual fue abonada el 26 de julio de 2021 con el correspondiente cargo.
Información sobre otros requerimientos legales y reglamentarios
En cumplimiento de disposiciones vigentes, informamos que:
-
Los Estados Financieros Separados Condensados Intermedios de Grupo ST S.A. al 30 de septiembre de 2021 se encuentran pendientes de transcripción en el Libro Inventario y Balances y surgen de registros contables llevados en sus aspectos formales de conformidad con normas legales, y cumplen con lo dispuesto en la Ley General de Sociedades y en las resoluciones pertinentes de la Comisión Nacional de Valores (C.N.V.).
-
En ejercicio del control de legalidad que nos compete, hemos aplicado durante el período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2021 los restantes procedimientos descriptos en el artículo N°294 de la Ley N°19.550, que consideramos necesarios de acuerdo con las circunstancias, no teniendo observaciones que formular al respecto.
-
Hemos leído la reseña informativa, sobre la cual, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos observaciones que formular.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 21 de diciembre de 2021.
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA SOBRE REVISION ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS CONDENSADOS DE PERÍODO INTERMEDIO
A los señores Accionistas de Grupo ST S.A. Av. Av. Corrientes 1174 Piso 9 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Hemos efectuado una revisión de los Estados Financieros Consolidados Condensados Intermedios adjuntos de Grupo ST S.A. (“la Sociedad”), los que comprenden el estado de situación financiera consolidado condensado intermedio al 30 de septiembre de 2021, los estados consolidados condensados intermedios de resultados integrales y de otros resultados integrales por los períodos de tres y nueve meses finalizados el 30 de septiembre de 2021, de cambios en el patrimonio y de flujo de efectivo consolidados condensados intermedios correspondiente al período de nueve meses finalizado en esa fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información complementaria seleccionada incluidas en Notas 1 a 45 y Anexos que los complementan.
Los saldos y otra información correspondientes al ejercicio 2020 y a sus períodos intermedios, son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y por lo tanto deberán ser considerados en relación con esos estados financieros.
Responsabilidad de la Dirección y la Gerencia de la Entidad
El Directorio y la Gerencia de la Sociedad son responsables de la preparación y presentación razonable de los estados financieros consolidados condensados intermedios mencionados en el apartado 1, de conformidad con el marco de información contable establecido por la Comisión Nacional de Valores (CNV), que se basa en las normas internacionales de información financiera (“NIIF”) y, en particular para los estados financieros intermedios, en la Norma Internacional de Contabilidad N°34 “Información Financiera Intermedia”, tal como esas normas fueron emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (“IASB”, por su sigla en inglés) y adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, con la excepción del punto 5.5 “Deterioro del Valor” de la NIIF 9 de Instrumentos Financieros, que en forma transitoria y hasta el 31 de diciembre de 2021 fue excluida por el BCRA para las entidades del Grupo C (al que pertenece Banco de Servicios y Transacciones S.A.) del marco contable aplicable a las entidades financieras.
Asimismo, el Directorio y la Gerencia de Grupo ST S.A. son responsables de la existencia del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados financieros consolidados de periodos intermedios libres de incorrecciones significativas originadas en errores o en irregularidades.
Responsabilidad de la Comisión Fiscalizadora y alcance de la revisión
Nuestra responsabilidad consiste en emitir una conclusión sobre los Estados Financieros Consolidados Condensados Intermedios adjuntos sobre la base de nuestra revisión. Nuestro trabajo fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Dichas normas requieren que la revisión de los documentos antes citados se efectúe de acuerdo con las normas de auditoría vigentes. No hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los
criterios y decisiones empresarias de administración, financiación y, comercialización, dado que estas cuestiones son de responsabilidad exclusiva del Directorio. Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos citados en el primer párrafo, hemos revisado el trabajo efectuado por Claudio Bercholc en su carácter de auditor externo, quien emitió su informe con fecha 21 de diciembre de 2021, de acuerdo con las normas de revisión establecidas en la Resolución Técnica N°37 de la Federación Argentina Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y con las “Normas mínimas sobre Auditoría Externas” emitidas por el BCRA aplicables a la revisión de estados financieros de período intermedio, y cumpliendo con los requerimientos de ética pertinentes a la auditoría de los estados financieros intermedios de la Sociedad.
Una revisión de información financiera intermedia consiste en la realización de indagaciones al personal de la Sociedad responsable, principalmente, de la preparación de la información contable y financiera incluida en los estados financieros condensados intermedios y en la realización de procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión. El alcance de esta revisión es sustancialmente inferior al de un examen de auditoría. En consecuencia, no nos permite obtener seguridad de que tomaremos conocimiento de todas las cuestiones significativas que podrían identificarse en una auditoría. Por lo tanto, no expresamos una opinión de auditoría.
Conclusión
Como resultado de nuestra revisión, y basados en el informe de fecha 21 de diciembre de 2021 que emitió el Dr. Claudio Bercholc, nada ha llamado nuestra atención que nos hiciera concluir que los Estados Financieros Consolidados Condensados Intermedios de Grupo ST S.A. al 30 de septiembre 2021, indicados en el apartado 1; no han sido preparados, en todos sus aspectos significativos, de conformidad con el marco de información financiera establecido por la CNV, descripto en el apartado 2.
Énfasis sobre ciertas cuestiones reveladas en los estados financieros
Sin modificar nuestra conclusión, queremos enfatizar:
-
a) Como indica en la Nota 2.1. a los Estados Financieros Condensados Consolidados adjuntos, por disposición del ente regulador que lo ha suspendido hasta el 1 de enero de 2022 para las entidades del “Grupo C”, no ha aplicado la sección 5.5. “Deterioro de Valor” de la NIIF 9 “Instrumentos Financieros” Si bien la entidad ha desarrollado una metodología de cálculo para la determinación del efecto que sobre los estados financieros provocaría la aplicación de dicha norma, no ha procedido a cuantificarlo respecto de los estados financieros al 30 de septiembre de 2021. Esta cuestión debe ser tenida en cuenta por los usuarios que utilicen las NIIF para la interpretación de los Estados Financieros Consolidados.
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b) Como se describe en la Nota 43, a los Estados Financieros Consolidados Condensados Intermedios adjuntos:
-
El BCRA inició un sumario a BST y su directorio referido a presuntos excesos en materia de fraccionamiento de clientes vinculados, respecto del cual resolvió la determinación de una multa para los sumariados la que está en proceso de apelación. Asimismo, la Entidad interpuso medida cautelar solicitando efectuar el pago de la multa una vez dictada sentencia firme, la que venció con fecha 26 de diciembre de 2019. Con fecha 29 de diciembre de 2020 fue rechazado el recurso de apelación de la causa, imponiendo el pago del proceso a la Entidad. El 19 de febrero de 2021 el banco presentó un recurso extraordinario de apelación. La ejecución de la multa que inicio el B.C.R.A fue suspendida por el juez actuante en conformidad con B.C.R.A.
-
El BCRA inició con fecha 30 de enero de 2020 un sumario a BST por presunto incumplimiento a las normas sobre Registraciones contables, calificado de “gravedad baja”. El Banco ha realizado la presentación del descargo correspondiente fundado en la nulidad del cargo y la inexistencia de la presunta infracción imputada. Con fecha 1 de junio de 2021 la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias del BCRA a través de la Resolución 2021-70 rechazo los planteos de nulidad y determino imponer una multa de $ 1.440 en los términos del art. 41, inc. 3, Ley 21.526, la cual fue abonada el 26 de julio de 2021 con el correspondiente cargo.
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c) En la Nota 44 de los estados financieros consolidados condensados intermedios se describe detalladamente la incertidumbre sobre los posibles efectos del brote de COVID19 que la Organización Mundial de la Salud declaró una pandemia global en marzo de 2020, sobre las principales variables económicas, financieras, de liquidez y de operaciones de la entidad en general y en consecuencia los impactos y las resoluciones finales no pueden preverse a la fecha.
Información sobre otros requerimientos legales y reglamentarios
En cumplimiento de disposiciones vigentes, informamos que:
-
Los Estados Financieros Consolidados Condensados Intermedios adjuntos se encuentran pendientes de transcripción en el Libro Inventario y Balances y surgen de registros contables llevados en sus aspectos formales de conformidad con normas legales, y cumplen con lo dispuesto en la Ley General de Sociedades y en las resoluciones pertinentes de la Comisión Nacional de Valores (C.N.V.).
-
En ejercicio del control de legalidad que nos compete, hemos aplicado durante el período de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2021 los restantes procedimientos descriptos en el artículo N°294 de la Ley N°19.550, que consideramos necesarios de acuerdo con las circunstancias, no teniendo observaciones que formular al respecto.
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Hemos leído la reseña informativa, sobre la cual, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos observaciones que formular.
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Tal como se menciona en la Nota 36 a los Estados Financieros Consolidados Condensados Intermedios, y en cumplimiento de lo requerido por las normas emitidas por la Comisión Nacional de Valores informamos que el patrimonio neto de la sociedad al 30 de septiembre de 2021 es suficiente respecto al patrimonio neto mínimo exigido para poder cumplir con las funciones como Agente de Liquidación (ALyC). Asimismo, la contrapartida mínima de dicho patrimonio cumple con los requisitos establecidos en el cuerpo normativo de referencia respecto a la contrapartida del patrimonio neto mínimo exigible.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 21 de diciembre de 2021.
Asimismo, se resuelve autorizar al Sr. Francisco G. J. Gonzalez Fischer para firmar en representación de esta Comisión, los informes antes citados, los estados financieros y cualquier otra documentación necesaria a efectos de cumplir con los requisitos legales y/o administrativos sobre los que se requiera intervención de la Comisión Fiscalizadora. No habiendo otros asuntos que considerar, se levanta la sesión siendo las 12:20 horas.
Francisco G.J. Gonzalez Fischer Luis Horacio Biller Gabriel Orden