Registration Form • Feb 23, 2022
Registration Form
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| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2021 | |
|---|---|---|
| CIF: | A-28079226 | |
| Denominación Social: AMPER, S.A. |
||
C/ VIRGILIO, 2 EDIFICIO 4 (CIUDAD DE LA IMAGEN) (POZUELO DE ALARCÓN) MADRID

A.1. Complete el siguiente cuadro sobre el capital social y los derechos de voto atribuidos, incluidos, en su caso, los correspondientes a las acciones con voto por lealtad, a la fecha de cierre del ejercicio:
Indique si los estatutos de la sociedad contienen la previsión de voto doble por lealtad:
[ ] Sí
[ √ ] No
| Fecha de última | Capital social (€) | Número de | Número de | |
|---|---|---|---|---|
| modificación | acciones | derechos de voto | ||
| 28/06/2021 | 55.431.964,20 | 1.108.639.284 | 1.108.639.284 |
Indique si existen distintas clases de acciones con diferentes derechos asociados:
| [ ] | Sí | |
|---|---|---|
[ √ ] No
A.2. Detalle los titulares directos e indirectos de participaciones significativas a la fecha de cierre del ejercicio, incluidos los consejeros que tengan una participación significativa:
| Nombre o denominación |
% derechos de voto atribuidos a las acciones |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
||
|---|---|---|---|---|---|
| social del accionista | Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | |
| JPMBLSA RE MUTUAL FUNDS (LU) |
3,18 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 3,18 |
| DON JOSÉ LUIS MARTINAVARRO DEALBERT |
0,04 | 5,12 | 0,00 | 0,00 | 5,16 |
Durante el ejercicio 2021, el accionista Jomar e Hijos, S.L. ha adquirido 1.905.500 acciones lo que ha hecho aumentar su posición accionarial pasando de las 54.819.595 acciones de las que era titular a 31 de diciembre de 2020 a las 56.725.095 acciones de las que es titular a 31 de diciembre de 2021. Dichas adquisiciones han sido realizadas en condiciones de mercado y no son significativas dado el volumen que representan frente al total de acciones en circulación de la compañía.
D. José Luís Martinavarro Dealbert es consejero delegado de Jomar e Hijos, S.L. ostentando una participación del 29,7%. Asimismo es presidente con una participación de 29,7% de Rufinco, S.L., ostentando esta mercantil la presidencia de Jomar e Hijos, S.L.
D. José Luís Martinavarro Dealbert es consejero dominical de Amper desde el 31 de octubre de 2020.

| Nombre o denominación social del titular indirecto |
Nombre o denominación social del titular directo |
% derechos de voto atribuidos a las acciones |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
|---|---|---|---|---|
| Sin datos |
Las variaciones más significativas en el top 10 de accionistas en el ejercicio 2021 son:
A.3. Detalle, cualquiera que sea el porcentaje, la participación al cierre del ejercicio de los miembros del consejo de administración que sean titulares de derechos de voto atribuidos a acciones de la sociedad o a través de instrumentos financieros, excluidos los consejeros que se hayan identificado en el apartado A.2, anterior:
| Nombre o denominación social del consejero |
% derechos de voto atribuidos a las acciones |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
% derechos de voto que pueden ser transmitidos a través de instrumentos financieros |
|||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | ||
| DON FERNANDO CASTRESANA MORENO |
0,01 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,01 | 0,00 | 0,00 |
| DON JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ NAVARRO OLIVER |
0,00 | 1,76 | 0,00 | 0,00 | 1,76 | 0,00 | 0,00 |
% total de derechos de voto titularidad de miembros del consejo de administración 1,77
D. Juan José Navarro Oliver es titular de una participación indirecta del 1,76% del capital de Amper, S.A., a través de las sociedades Global Income S.A. y Trinity Place Fund, titulares de una participación directa del 0,34% y del 1,42% respectivamente.

| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación |
% derechos de voto atribuidos a las acciones |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
% derechos de voto que pueden ser transmitidos a través de |
|---|---|---|---|---|---|
| social del titular directo |
instrumentos financieros |
||||
| Sin datos |
Detalle el porcentaje total de derechos de voto representados en el consejo:
% total de derechos de voto representados en el consejo de administración 0,00
A.4. Indique, en su caso, las relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, en la medida en que sean conocidas por la sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario, excepto las que se informen en el apartado A.6:
| Nombre o denominación social relacionados | Tipo de relación | Breve descripción |
|---|---|---|
| Sin datos |
A.5. Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, y la sociedad y/o su grupo, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:
| Nombre o denominación social relacionados | Tipo de relación | Breve descripción |
|---|---|---|
| Sin datos |

A.6. Describa las relaciones, salvo que sean escasamente relevantes para las dos partes, que existan entre los accionistas significativos o representados en el consejo y los consejeros, o sus representantes, en el caso de administradores persona jurídica.
Explique, en su caso, cómo están representados los accionistas significativos. En concreto, se indicarán aquellos consejeros que hubieran sido nombrados en representación de accionistas significativos, aquellos cuyo nombramiento hubiera sido promovido por accionistas significativos, o que estuvieran vinculados a accionistas significativos y/o entidades de su grupo, con especificación de la naturaleza de tales relaciones de vinculación. En particular, se mencionará, en su caso, la existencia, identidad y cargo de miembros del consejo, o representantes de consejeros, de la sociedad cotizada, que sean, a su vez, miembros del órgano de administración, o sus representantes, en sociedades que ostenten participaciones significativas de la sociedad cotizada o en entidades del grupo de dichos accionistas significativos:
| Nombre o denominación | Nombre o denominación | Denominación social de | |
|---|---|---|---|
| social del consejero o | social del accionista | la sociedad del grupo del | Descripción relación/cargo |
| representante, vinculado | significativo vinculado | accionista significativo | |
| Sin datos |
No aplica.
A.7. Indique si han sido comunicados a la sociedad pactos parasociales que la afecten según lo establecido en los artículos 530 y 531 de la Ley de Sociedades de Capital. En su caso, descríbalos brevemente y relacione los accionistas vinculados por el pacto:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
Indique si la sociedad conoce la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas. En su caso, descríbalas brevemente:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
En el caso de que durante el ejercicio se haya producido alguna modificación o ruptura de dichos pactos o acuerdos o acciones concertadas, indíquelo expresamente:
A.8. Indique si existe alguna persona física o jurídica que ejerza o pueda ejercer el control sobre la sociedad de acuerdo con el artículo 5 de la Ley del Mercado de Valores. En su caso, identifíquela:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |

| Número de | Número de acciones | % total sobre |
|---|---|---|
| acciones directas | indirectas(*) | capital social |
| 0,00 |
| Nombre o denominación social del titular directo de la participación | Número de acciones directas |
||
|---|---|---|---|
| Sin datos |
Al cierre del ejercicio 2020 el total de acciones propias en cartera ascendía a 8.724.804 acciones por un valor de 1.668 miles de euros. Durante el primer semestre del ejercicio 2021, se adquirieron 257.419 acciones adicionales hasta llegar a la cifra de 8.982.223 acciones en autocartera.
El total de esta autocartera se destinó a la adquisición del 26,76% de las participaciones sociales de la sociedad Núcleo de Comunicaciones y Control, S.L. hasta la fecha propiedad de sus socios minoritarios, alcanzando así Grupo Amper el 100% de la participación en la compañía.
A fecha de cierre del ejercicio 2021, el Grupo Amper no tiene acciones en autocartera.
La Junta General de Accionistas celebrada el 29 de junio de 2021, autorizó al Consejo de Administración, en los términos más amplios posibles y al amparo de lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley de Sociedades de Capital, para la adquisición derivativa de acciones propias de Amper, directamente o a través de sociedades de su Grupo, con sujeción a los siguientes límites y requisitos:
a) Modalidades de la adquisición: adquisición por título de compraventa, por cualquier otro acto "intervivos" a título oneroso o cualquier otra permitida por la Ley, incluso con cargo a beneficios del ejercicio y/o reservas de libre disposición.
b) Número máximo de acciones a adquirir: las adquisiciones podrán realizarse, en cada momento, en una o varias veces, hasta la cifra máxima permitida por la Ley.
c) El precio o contravalor: las adquisiciones se realizarán al precio cruzado por las acciones en contratación libre (incluido el mercado de bloques) en la sesión en el Mercado Continuo, en la fecha de adquisición.
d) Duración de la autorización: 4 años a contar desde la fecha del presente acuerdo.
En el desarrollo de estas operaciones se procederá, además, al cumplimiento de las normas que, sobre la materia, se contienen en el Reglamento Interno de Conducta en los Mercados de Valores de Amper.
Igualmente autorizó al Consejo de Administración para que pueda enajenar las acciones adquiridas o destinar, total o parcialmente, las acciones propias adquiridas a la ejecución de programas retributivos que tengan por objeto o supongan la entrega de acciones o derechos de opción sobre acciones, conforme a lo establecido en el apartado 1o a) del artículo 146 de la Ley de Sociedades de Capital.
La presente delegación de facultades en el Consejo de Administración sustituye a la conferida por la Junta General de Accionistas de la Sociedad celebrada el 27 de junio de 2018 que, en consecuencia, quedará sin efecto.

También se facultó al Consejo de Administración, en los más amplios términos, para el uso de la autorización objeto de este acuerdo y para su completa ejecución y desarrollo, pudiendo delegar, indistintamente, estas facultades a favor del Presidente Ejecutivo, de cualquiera de los consejeros, del Secretario General y del Consejo o de cualquier otra persona a la que el Consejo apodere expresamente para este fin, con la amplitud que estime pertinente.
| % | |
|---|---|
| Capital flotante estimado | 92,60 |
En su caso, explique las medidas aprobadas y los términos en que se producirá la ineficiencia de las restricciones:
A.14. Indique si la sociedad ha emitido valores que no se negocian en un mercado regulado de la Unión Europea.
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |

En su caso, indique las distintas clases de acciones y, para cada clase de acciones, los derechos y obligaciones que confiera:
La modificación de estatutos se acordará en Junta General de Accionistas. Habrán de concurrir a ella, en primera convocatoria, accionistas presentes o representados que posean al menos el 50% del capital suscrito con derecho a voto. En segunda convocatoria, será suficiente la concurrencia del 25% de dicho capital. Cuando concurran accionistas que representen menos del 50% del capital suscrito con derecho a voto, los acuerdos de modificación de estatutos sólo podrán adoptarse válidamente con el voto favorable de los dos tercios del capital presente o representado en la Junta.
B.4. Indique los datos de asistencia en las juntas generales celebradas en el ejercicio al que se refiere el presente informe y los de los dos ejercicios anteriores:
| Datos de asistencia | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Fecha junta general | % de | % en | % voto a distancia | ||
| presencia física | representación | Voto electrónico | Otros | Total | |
| 27/06/2019 | 4,88 | 25,06 | 0,00 | 0,57 | 30,51 |
| De los que Capital flotante | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| 31/10/2020 | 3,57 | 34,48 | 0,77 | 0,00 | 38,82 |
| De los que Capital flotante | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| 29/06/2021 | 3,56 | 28,53 | 0,54 | 0,00 | 32,63 |
| De los que Capital flotante | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |

B.5. Indique si en las juntas generales celebradas en el ejercicio ha habido algún punto del orden del día que, por cualquier motivo, no haya sido aprobado por los accionistas:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
La dirección de la página web es www.grupoamper.com
El acceso a la información sobre Gobierno Corporativo y otra información sobre las juntas generales se puede localizar en el siguiente enlace: https://www.grupoamper.com/accionistas/

C.1.1 Número máximo y mínimo de consejeros previstos en los estatutos sociales y el número fijado por la junta general:
| Número máximo de consejeros | 9 |
|---|---|
| Número mínimo de consejeros | 5 |
| Número de consejeros fijado por la junta | 8 |
| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Categoría del consejero |
Cargo en el consejo |
Fecha primer nombramiento |
Fecha último nombramiento |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|---|
| DON PEDRO MORENÉS EULATE |
Ejecutivo | PRESIDENTE | 09/10/2020 | 09/10/2020 | COOPTACION | |
| DON FERNANDO CASTRESANA MORENO |
Independiente | CONSEJERO COORDINADOR INDEPENDIENTE |
27/06/2018 | 27/06/2018 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON JOSÉ LUIS MARTINAVARRO DEALBERT |
Dominical | CONSEJERO | 31/10/2020 | 31/10/2020 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS |
Dominical | CONSEJERO | 29/06/2021 | 29/06/2021 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON PILAR PLATERO SANZ |
Independiente | CONSEJERO | 11/03/2021 | 11/03/2021 | COOPTACION | |
| DON MÓNICA ESPINOSA CALDAS |
Independiente | CONSEJERO | 11/03/2021 | 11/03/2021 | COOPTACION | |
| DON MARÍA LUISA PONCELA GARCÍA |
Independiente | CONSEJERO | 29/06/2021 | 29/06/2021 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON JUAN JOSÉ |
Dominical | CONSEJERO | 31/10/2020 | 31/10/2020 | COOPTACION |

| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Categoría del consejero |
Cargo en el consejo |
Fecha primer nombramiento |
Fecha último nombramiento |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|---|
| RODRÍGUEZ NAVARRO OLIVER |
||||||
| Número total de consejeros 8 |
Indique los ceses que, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, se hayan producido en el consejo de administración durante el periodo sujeto a información:
| Nombre o denominación social del consejero |
Categoría del consejero en el momento del cese |
Fecha del último nombramiento |
Fecha de baja | Comisiones especializadas de las que era miembro |
Indique si el cese se ha producido antes del fin del mandato |
|---|---|---|---|---|---|
| DON PEDRO ANDRÉS CASADO VICENTE |
Independiente | 20/06/2017 | 11/03/2021 | Vocal de la Comisión de Auditoría y Control, y Presidente de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. |
SI |
| DON CÉSAR REVENGA BUIGUES |
Ejecutivo | 10/10/2019 | 11/03/2021 | SI |
| CONSEJEROS EJECUTIVOS | ||||
|---|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Cargo en el organigrama de la sociedad |
Perfil | ||
| DON PEDRO MORENÉS EULATE |
Presidente Ejecutivo | D. Pedro Morenés Eulate nació en Las Arenas (Vizcaya), el 17 de septiembre de 1948. Está casado y tiene tres hijos. Es licenciado en Derecho por la Universidad de Navarra, Diplomado en Dirección de Empresas por el INSIDE de la Universidad Comercial de Deusto, Diplomado en Estudios Europeos, Diplomado en la Escuela de Práctica Jurídica y Master en Ship Management & Economics en el Bremen Institute of Shipping Economics. DATOS RELEVANTES -1979: Abogado en ejercicio. -1984: Miembro del Bufete de Abogados Marítimos AMYA, en Madrid. -1988: Abogado de Empresa en Astilleros Españoles, S.A. Responsable del Área de Contratación Internacional. -1991: Director de los Servicios Jurídicos de la División de Construcción Naval del |

| CONSEJEROS EJECUTIVOS | ||
|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Cargo en el organigrama de la sociedad |
Perfil |
| Instituto Nacional de Industria (INI). Secretario del Consejo y de Asuntos Jurídicos de Astilleros Españoles, S.A. y de Astilleros y Talleres del Noroeste S.A. Vocal del Consejo de Manises S.A. -Profesor de derecho de construcción naval y corretaje marítimo en el Instituto Marítimo Español, en Madrid, y de las mismas materias, en el Instituto Europeo de Estudios Marítimos. -1994: Director Comercial de la División de Construcción Naval del INI y miembro de su Comité de Dirección. -Mayo 1996 – Mayo 2000: Secretario de Estado de Defensa en el Ministerio de Defensa. -Mayo 2000 – Agosto 2002: Secretario de Estado de Seguridad en el Ministerio del Interior. -Agosto 2002 – Marzo 2005: Secretario de Estado de Política Científica y Tecnológica en el Ministerio de Ciencia y Tecnología. -Agosto 2002- Marzo 2004 Presidente del CDTI -Agosto 2002- Marzo 2004 Consejo Rector CSIC -Desde marzo 2005 hasta junio 2010: Secretario General del Círculo de Empresarios. -Desde enero 2009 hasta enero 2011: Presidente del Consejo de Administración de Construcciones Navales del Norte, SL. -Desde Enero 2005 hasta enero 2012 Presidente de KUITVER ESTUDIOS -De junio 2010 a diciembre de 2011: Presidente de MBDA España. -Desde el 21 de diciembre de 2011 hasta noviembre 2016: Ministro de Defensa -Desde abril 2017 hasta septiembre 2018: Embajador de España en Washington -Desde 2020 en adelante Presidente del Consejo de Administración de Kuitver Energía -2020 en adelante Presidente de Boguillas, S.L. -De octubre de 2020 - Presidente del Consejo de Administración del Grupo Amper -De octubre de 2020 - Presidente del Consejo de Administración de Nervión Industries OTROS -Miembro del Consejo de Administración de Telefónica, S.A. y de Tabacalera S.A. (hoy, Altadis). 1996-1998. -Presidente del Real Club de la Puerta de Hierro 2006 - 2012 DISTINCIONES -Gran Cruz de Isabel la Católica -Gran Cruz de Carlos III -Gran Cruz del Mérito Naval -Comendador de la Legión de Honor -Gran Cruz de Don Enrique el Navegante (Portugal) -Gran Cruz del Mérito Militar del Perú -Gran Cruz del Mérito Naval del Perú -Gran Cruz de la Orden de San Carlos de Colombia -Cruz de Plata de la Guardia Civil -Medalla de Plata al Mérito Policial. |
||
| Número total de consejeros ejecutivos | 1 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 12,50 |

| CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES | ||
|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
Perfil |
| DON JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ NAVARRO OLIVER |
DON JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ-NAVARRO OLIVER |
D. Juan José Rodríguez- Navarro Oliver tiene en su haber más de veinte años de experiencia en gestión de activos financieros e inversiones de capital privado. Después de trabajar para BBVA en Madrid y Lehman Brothers en Londres, en el año 2000, Juan José cofundó Opencapital, una empresa de gestión de activos con sede en España y en 2004 Global Income una empresa de gestión de activos con sede en Bélgica. En la actualidad, D. Juan José Rodríguez- Navarro Oliver ocupa varios puestos de responsabilidad en distintas sociedades de inversión financiera, entre los que se encuentran: Consejero y Gestor de Inversiones en Global Income SA-SIF en Luxemburgo, fundador y accionista principal de Trinity Place Fund, Consejero de Finen SICAV y Maver21 SICAV en España y presidente no ejecutivo de BMI Insurance Brokers. El Sr. Rodríguez- Navarro tiene un Máster en Tributación por el Centro de Estudios Financieros de Madrid, un Postgrado en Finanzas en Pforzhein Fachhochschule für Wirtschaft de Pforzheim en Alemania, una Licenciatura en Finanzas en la Universidad South Bank de Londres en el Reino Unido y un Máster en Empresas por la Universidad San Pablo CEU de Madrid. |
| DON JOSÉ LUIS MARTINAVARRO DEALBERT |
JOMAR E HIJOS, S.L. | D. José Luis Martinavarro Dealbert creó en 1992 la sociedad Rufinco, S.L. y su brazo inversor Jomar e Hijos S.L. . En la actualidad es presidente de Rufinco y consejero delegado de Jomar e Hijos. Asimismo desempeña el cargo de presidente o consejero en diferentes sociedades: Cítrico Global, S.L., Inversora Hotelera Azteca, Acorbil, S.A., Bluevert, S.L., Agrihold, S.L. y Amper, S.A. entre otras. Desde 1962 a 1970 trabajó en la sociedad E. Martinavarro, S.A., compañía productora y exportadora de cítricos, en los departamentos de Producción y Compras. Desde 1970 a 1995 desempeñó el cargo de director general adjunto en la misma sociedad. Ha realizado estudios en España y Reino Unido. |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS |
JOMAR E HIJOS, S.L. | Licenciado en CC. EE. y Empresariales por la Universidad Pontificia de Comillas (ICADE), MBA IESE. Experiencia Profesional 1992-2003. Consejero Delegado del Grupo KA Internacional, empresa de origen familiar cabecera de una red de tiendas de decoración y mobiliario (propias y franquiciadas). Durante su gestión pasó de 30 tiendas en España a más de 450 tiendas en 21 países. 1998-2003. Consejero delegado de CRH Construcciones y Reformas Hoteleras, empresa dedicada a la realización de proyectos en el sector hotelero. 2004- Actualidad: Presidente y fundador de Advanced Quality Solutions, S.L., empresa dedicada al desarrollo de software de gestión. Presidente y fundador de Mega Cuadro, S.A., empresa propietaria de la marca FANN de tiendas de enmarcación y decoración con 11 establecimientos en |

| CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES | ||
|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
Perfil |
| España. Presidente del Grupo Cablerías Conductoras, cabecera de las compañías Cablerías Auto (fabricante de cableados de automoción), Grupo Koala (distribución de material eléctrico), INOTECH S.A.R.L. (líder de la distribución en Francia de material eléctrico a grandes superficies, OTIO (empresa especializada en domótica). Presidente y cofundador de Auriga Global Investors, SV, S.A., empresa española del sector financiero, miembro de distintos mercados de valores especializada en gestión de patrimonios e intermediación de renta fija y variable. |
| Número total de consejeros dominicales | 3 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 37,50 |
| CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES | ||
|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Perfil | |
| DON FERNANDO CASTRESANA MORENO |
Fernando Castresana Bilbao, España, 1969. Formación Académica Licenciado en CC.EE. y Empresariales por la Universidad de Deusto en 1992 Experiencia profesional • 2011-2018 - Consejero Delegado Grupo Tryo Aerospace & Electronics (hasta junio de 2018) - Desde diciembre de 2016, Presidente y accionista de Tryo Communication Systems, S.A. (antigua División de Transmisión de la sociedad Mier Comunicaciones, S.A.). • 1997-2011 Corporación IBV - Director General de Corporación IBV (holding industrial participado al 50%-50% por BBVA e Iberdrola) - Director Financiero - Responsable de Control de gestión • 1993-1997 - Senior de Auditoría de Arthur Andersen |
|
| DON MARÍA LUISA PONCELA GARCÍA |
Dña. Marisa Poncela García ha ejercido responsabilidades tanto en el sector privado como en el sector público. Es experta en definición de estrategias de internacionalización y de innovación de empresas; negociadora de intereses comerciales e innovadores de alto nivel a nivel internacional; experta en financiación de proyectos y empresas, start ups entre otras, a través de diferentes instrumentos financieros; tiene experiencia en abordar retos tecnológicos, como la digitalización empresarial, que conllevan nuevas formas de gestión del negocio y nuevos canales de comercialización, y ha desempeñado funciones de gestión y liderazgo de equipos de hasta 2000 personas trabajando en red y ubicados en diferentes ciudades y países. Dentro del sector privado, ha sido miembro de distintos Consejos de Administración en calidad de Consejera Independiente, en las empresas TALGO, IDOM y Laboratorios SALVAT; Directora de Relaciones Institucionales en Abbott Laboratories y Directora General de la Fundación Abbott; co fundadora de ADDTALENTIA S.L. Dentro del sector público ha ocupado los puestos de Directora de Internacional en Renfe Operadora; Secretaria de Estado de Comercio; Secretaria General de Ciencia e Innovación; Presidenta del Centro de Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI); Directora General de Innovación y Competitividad; Directora de Gabinete del Secretario General de |

| CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES | |||
|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Perfil | ||
| Innovación; Directora de Gabinete del Secretario General de Industria; Subdirectora General de Innovación y de Programas Tecnológicos en el Ministerio de Industria y de Ciencia y Tecnología, además de otros cargos de responsabilidad en el Ministerio de Economía y Hacienda; Consejera Económica y Comercial de la Embajada de España en Budapest. Es licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Zaragoza y pertenece al cuerpo de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado. |
|||
| DON MÓNICA ESPINOSA CALDAS |
Dª Mónica Espinosa ha desarrollado su carrera profesional como ejecutiva en la industria y como consultora estratégica desarrollando su actividad principalmente en EEUU, Latinoamérica y Europa. Ha sido consejera de diversas compañías. Ha liderado la Estrategia, el Desarrollo de Negocio (orgánico y vía adquisición) e Innovación durante 19 años en Endesa, desarrollando la línea de negocio germen de Enel/EndesaX en Iberia, Latam, Italia y Rumania. Cuenta con un profundo conocimiento de negocio, comercial y de marketing. Ha liderado la transformación digital del negocio eléctrico (Retail) y la movilidad eléctrica. Miembro del Consejo de Administración de sociedades del Grupo en Portugal e Italia. Trabajó 7 años en McKinsey &Co en USA y España, centrada en el sector de Bienes de Consumo, Distribución y Retail en Gran Bretaña, Suiza, Alemania y España. Inicio su carrera profesional en Accenture en el sector servicios en España y EE.UU. Mónica es Máster en Administración de Empresas (MBA) del Instituto de Empresa, con la especialidad de Negocios internacionales y doctora en Medicina y Cirugía por la Universidad Autónoma de Madrid. Ha realizado cursos ejecutivos en las Universidades de Harvard y Stanford, así como participado en el Programa de consejeros de ESADE. |
||
| DON PILAR PLATERO SANZ |
Dª Pilar Platero Sanz es licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Interventora y Auditora del Estado, Inspectora de Hacienda y Técnico de Auditoría y Contabilidad del Ministerio de Hacienda. Inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas. Ha desempeñado diversos puestos directivos en la Intervención General de la Administración del Estado, tanto en la Oficina Nacional de Auditoría como en las Intervenciones Delegadas en los Museos Nacionales del Prado y del Centro de Arte Reina Sofía, así como en los gabinetes del Ministro de Hacienda y de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos. En el sector privado fue socia de Equipo Económico. Consultora del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Subsecretaria del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y Presidenta del holding de empresas públicas Sociedad Estatal de Participaciones del Estado (SEPI). Dª Pilar Platero Sanz es Consejera independiente de Logista Holdings desde el 26/11/2019. |
| Número total de consejeros independientes | 4 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 50,00 |

Indique si algún consejero calificado como independiente percibe de la sociedad, o de su mismo grupo, cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de consejero, o mantiene o ha mantenido, durante el último ejercicio, una relación de negocios con la sociedad o con cualquier sociedad de su grupo, ya sea en nombre propio o como accionista significativo, consejero o alto directivo de una entidad que mantenga o hubiera mantenido dicha relación.
En su caso, se incluirá una declaración motivada del consejo sobre las razones por las que considera que dicho consejero puede desempeñar sus funciones en calidad de consejero independiente.
| Nombre o denominación social del consejero |
Descripción de la relación | Declaración motivada |
|---|---|---|
| Sin datos |
| OTROS CONSEJEROS EXTERNOS | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Se identificará a los otros consejeros externos y se detallarán los motivos por los que no se puedan considerar dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad, sus directivos, o sus accionistas: |
|||||
| Nombre o denominación social del consejero |
Motivos | Sociedad, directivo o accionista con el que mantiene el vínculo |
Perfil | ||
| Sin datos |
| Número total de otros consejeros externos | N.A. |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | N.A. |
Indique las variaciones que, en su caso, se hayan producido durante el periodo en la categoría de cada consejero:
| Nombre o denominación social del consejero |
Fecha del cambio | Categoría anterior | Categoría actual |
|---|---|---|---|
| DON PEDRO MORENÉS EULATE |
11/03/2021 | Independiente | Ejecutivo |
| Número de consejeras | % sobre el total de consejeros de cada categoría |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio | Ejercicio | Ejercicio | Ejercicio | Ejercicio | Ejercicio | Ejercicio | Ejercicio | |
| 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | |
| Ejecutivas | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
| Dominicales | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
| Independientes | 3 | 75,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |

| Número de consejeras | % sobre el total de consejeros de cada categoría |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2021 |
Ejercicio 2020 |
Ejercicio 2019 |
Ejercicio 2018 |
Ejercicio 2021 |
Ejercicio 2020 |
Ejercicio 2019 |
Ejercicio 2018 |
|
| Otras Externas | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
| Total | 3 | 37,50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
En caso afirmativo, describa estas políticas de diversidad, sus objetivos, las medidas y la forma en que se ha aplicado y sus resultados en el ejercicio. También se deberán indicar las medidas concretas adoptadas por el consejo de administración y la comisión de nombramientos y retribuciones para conseguir una presencia equilibrada y diversa de consejeros.
En caso de que la sociedad no aplique una política de diversidad, explique las razones por las cuales no lo hace.
Artículo 9 del Reglamento del Consejo de Administración. Política de diversidad del Consejo de Administración y selección de consejeros.
corporativo. 2. El resultado del análisis previo de las necesidades y competencias requeridas por el Consejo de Administración se recogerá en un informe justificativo de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones que se publicará al convocar la Junta General de Accionistas a la que se someta la ratificación, el nombramiento o la reelección de cada consejero.
En el ejercicio 2021 se han incorporado 3 mujeres al Consejo de Administración de Amper, lo que representa un 37,5% del total de consejeros de la sociedad. Asimismo, la Comisión de Auditoría y Control y la de Nombramientos y Retribuciones tiene cuota femenina del 33,33% en el ejercicio 2021, llegando al 100% en el caso de la Comisión de Sostenibilidad.

C.1.6 Explique las medidas que, en su caso, hubiese convenido la comisión de nombramientos para que los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras, y que la compañía busque deliberadamente e incluya entre los potenciales candidatos, mujeres que reúnan el perfil profesional buscado y que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres. Indique también si entre estas medidas está la de fomentar que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas:
VÉASE APARTADO C.1.5
Cuando a pesar de las medidas que, en su caso, se hayan adoptado, sea escaso o nulo el número de consejeras o altas directivas, explique los motivos que lo justifiquen:
El Consejo de Administración de Amper S.A. está compuesto en la actualidad por 8 personas, de las cuales 3 son mujeres y 5 hombres.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en el momento de cubrir vacantes o de proponer el nombramiento o reelección de Consejeros sigue procedimientos de selección objetivos e imparciales que no obstaculizan la selección de consejeras, buscando e incluyendo entre los potenciales candidatos a las personas, sean hombres o mujeres, que reúnan el perfil buscado.
En este momento se cumple el 40% y se verifica por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones que el Consejo de Administración tenga un perfil consecuente de género, además de conocimientos y competencias.
Se incluye un extracto del REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES DE AMPER, S.A. relativo a estas cuestiones:
4.1. Los miembros de la Comisión serán designados por el Consejo de Administración teniendo presentes sus conocimientos, aptitudes y experiencia y los cometidos de la Comisión, debiendo reunir los miembros de la Comisión, en su conjunto, conocimientos y experiencia adecuados a las funciones que estén llamados a desempeñar y,en particular en las siguientes áreas:
a) gobierno corporativo;
b) análisis y evaluación estratégica de recursos humanos;
c) selección de consejeros y directivos, incluida la evaluación de los requisitos de idoneidad que pudieran ser exigibles en virtud de la normativa aplicable la Sociedad;
d) desempeño de funciones de alta dirección; y
e) diseño de políticas y planes retributivos de consejeros y altos directivos.
4.2. Se procurará que la composición de la Comisión sea diversa, teniendo en cuenta lo relativo a género, experiencia profesional, competencias, capacidades personales y conocimientos sectoriales.
La Comisión tendrá facultades generales de propuesta e informe en materia de nombramientos y ceses de consejeros y altos directivos. En particular, sin perjuicio de otros cometidos que le asigne el Consejo de Administración, corresponderá a la Comisión:
a) Proponer al Consejo de Administración la política de selección de consejeros y verificar anualmente su cumplimiento e informando de ello en el informe anual de gobierno corporativo. La referida política de selección de consejeros será concreta y verificable y asegurará que las propuestas de nombramiento o reelección se fundamenten en un análisis previo de las necesidades del Consejo de Administración y que favorece la diversidad de conocimientos, experiencias y género, de conformidad con las mejores prácticas de gobierno corporativo y con lo establecido en el presente artículo.
b) Evaluar las competencias, conocimientos, y experiencias de los consejeros que ya forman parte del Consejo de Administración, de forma que ello permita (i) definir las funciones y aptitudes necesarias en los candidatos que deban cubrir cada vacante y (ii) evaluar el tiempo y dedicación precisos para que puedan desempeñar eficazmente su cometido, teniendo en cuenta a tales efectos los objetivos de diversidad fijados por la Sociedad y asegurándose de que los consejeros no ejecutivos tienen suficiente disponibilidad de tiempo para el correcto desarrollo de sus funciones. c) Analizar el resto de ocupaciones de cada consejero de la Sociedad. Como parte de la anterior evaluación y teniendo en cuenta la exigencia de dedicación al Consejo de Administración, la Comisión llevará a cabo dicho análisis y, en particular, el del número máximo de consejos de los que el

consejero puede razonablemente formar parte, debiendo velar por que los consejeros dediquen en la práctica el tiempo suficiente y proponiendo, en caso contrario, las medidas adecuadas.
Para más información, véase apartado C.1.5
| Nombre o denominación social del accionista |
Justificación |
|---|---|
| DON JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ NAVARRO OLIVER |
Las mismas constan en la propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones al Consejo de Administración, así como en el informe justificativo del Consejo de Administración sobre la propuesta de nombramiento de don Juan José Rodríguez-Navarro Oliver como consejero dominical de la compañía de fecha 17 de septiembre de 2020. Dicha propuesta de nombramiento fue sometida y aprobada por la Junta General de Accionistas de fecha 31 de octubre de 2020. Como se indica en el citado informe justificativo del Consejo, la dilatada experiencia en el asesoramiento y la alta dirección de sociedades nacionales e internacionales del Sr. Rodríguez-Navarro, ocupando cargos de máxima responsabilidad durante toda su trayectoria profesional, contribuirá al adecuado equilibrio del Consejo de Administración y la aportación de sus conocimientos y experiencias generarán beneficios a la compañía y a sus accionistas. |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS |
A propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones al Consejo de Administración, así como en el informe justificativo del Consejo de Administración sobre la propuesta de nombramiento de don Iñigo Resusta Covarrubias como consejero dominical de la compañía de fecha 25 de mayo de 2021. Dicha propuesta de nombramiento fue sometida y aprobada por la Junta General de Accionistas de fecha 29 de junio de 2021. Igualmente, el Consejo de Administración considera que D. Iñigo Resusta Covarrubias está en disposición de ejercer un buen gobierno en la Sociedad, encontrándose en condiciones de dedicar el tiempo necesario para desempeñar eficazmente su cometido, sin que se aprecien factores que determinen un conflicto continuado o estructural con los intereses de la misma o que impidan dedicar un tiempo suficiente a sus funciones. Asimismo acredita que cuenta con amplios conocimientos y experiencia que le hace idónea para el desempeño de la función propuesta en los términos legal y reglamentariamente establecidos, y es una persona que presenta una trayectoria de honorabilidad profesional y comercial que no arroja dudas acerca de su capacidad para desarrollar una gestión sana y prudente de la Sociedad. En conclusión, D. Iñigo Resusta Covarrubias reúne, a juicio del Consejo de Administración y teniendo en cuenta la propuesta y el informe favorable emitidos por la Comisión de Nombramientos, la competencia, experiencia y méritos necesarios para su nombramiento como miembro del Consejo de Administración de la Sociedad, con la categoría de consejero dominical, por el periodo estatutario de cuatro años. |

Indique si no se han atendido peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial es igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. En su caso, explique las razones por las que no se hayan atendido:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
C.1.9 Indique, en el caso de que existan, los poderes y las facultades delegadas por el consejo de administración, incluyendo los relativos a la posibilidad de emitir o recomprar acciones, en consejeros o en comisiones del consejo:
| Nombre o denominación social del consejero o comisión |
Breve descripción |
|---|---|
| PEDRO MORENÉS EULATE | Todas las competencias y facultades que le corresponden en virtud de la Ley y los Estatutos Sociales, que llevará aparejado el otorgamiento, con carácter solidario, de los poderes y facultades que a continuación se indican: (i) Sin perjuicio de las competencias del Consejo de Administración, así como de las facultades que puedan ser delegadas de modo permanente en otros órganos o comisiones delegadas del Consejo, el Presidente del Consejo de Administración está investido de las atribuciones necesarias para el pleno ejercicio de su cargo, incluidas la dirección estratégica de la Sociedad, la alta inspección de la Sociedad y de todos sus servicios, la supervisión del cumplimiento de los Estatutos Sociales (los "Estatutos") y la ejecución de los acuerdos de la Junta General y del Consejo de Administración, la dirección del equipo directivo de la Sociedad, la responsabilidad del funcionamiento eficaz del Consejo, la promoción y tutela del buen gobierno corporativo y de la responsabilidad social corporativa y la responsabilidad del desarrollo del negocio, así como la definición de las políticas de comunicación, la estrategia global, la innovación y los nuevos proyectos de la Sociedad. (ii) El Presidente del Consejo de Administración, como primer ejecutivo de la Sociedad, será considerado como superior jerárquico de la Sociedad y su equipo directivo, y estará investido de las atribuciones necesarias para el ejercicio de esta autoridad, y, en particular, de la facultad para proponer el nombramiento de los miembros de la primera línea ejecutiva de la Sociedad, sin perjuicio de las facultades indelegables del Consejo, así como para efectuar, de conformidad con la ley, cualquiera otros nombramientos dentro de la Sociedad; será, además, el responsable de la coordinación de los órganos de gobierno de la Sociedad y del equipo directivo, así como de la conducción del negocio de la misma y de las máximas funciones gerenciales y ejecutivas de la Sociedad. (iii) El ejercicio de las funciones del Presidente del Consejo de Administración se ajustará a lo establecido en los Estatutos, el Reglamento de la Junta General y el Reglamento del Consejo de Administración. (iv) Se delegan con carácter solidario todas y cada una de las facultades legal y estatutariamente delegables de acuerdo con los artículos 249 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio ("Ley de Sociedades de Capital") y 149 del Reglamento del Registro Mercantil, sin perjuicio de las facultades que el Consejo de Administración pueda delegar de forma expresa en otros órganos con facultades del Consejo delegadas de modo permanente. En este sentido, el Presidente podrá realizar cualesquiera actos u operaciones, así como otorgar y suscribir toda clase de contratos y documentos públicos y privados, tanto en el ámbito nacional como internacional, para la ejecución de |

| Nombre o denominación social del consejero o comisión |
Breve descripción | ||
|---|---|---|---|
| sus facultades delegadas, otorgándole el Consejo de Administración cualesquiera poderes o facultades especiales necesarios dentro de los límites, y con sujeción a las mayorías, legal y estatutariamente establecidas. (v) Otorgar poderes o sustituir, en todo o en parte, las facultades relacionadas en favor de otros miembros del Consejo de Administración y directivos de la Sociedad, con o sin limitaciones y de forma solidaria o mancomunada, de conformidad con lo establecido en la Ley y en los Estatutos. |
| Nombre o denominación social del consejero |
Denominación social de la entidad del grupo |
Cargo | ¿Tiene funciones ejecutivas? |
|---|---|---|---|
| DON PEDRO MORENÉS EULATE |
AMPER INGENIO 3000, S.L. | CONSEJERO | NO |
C.1.11 Detalle los cargos de consejero, administrador o director, o representante de los mismos, que desempeñen los consejeros o representantes de consejeros miembros del consejo de administración de la sociedad en otras entidades, se traten o no de sociedades cotizadas:
| Identificación del consejero o representante |
Denominación social de la entidad, cotizada o no |
Cargo |
|---|---|---|
| DON MARÍA LUISA PONCELA GARCÍA | PATENTES TALGO S.A. | CONSEJERO |
| DON MARÍA LUISA PONCELA GARCÍA | IDOM S.A.U. | CONSEJERO |
| DON MARÍA LUISA PONCELA GARCÍA | LABORATORIOS SALVAT S.A. | CONSEJERO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | ISLENI GLOBAL S.A. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | ADVANCED QUALITY SOLUTIONS S.L. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | RHO INVESTMENTS SIL S.A. | CONSEJERO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | RIO NARCEA RECURSOS S.A. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | INVERSIONES RETABLO S.L. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | CABLERIAS AUTO S.L. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | AURIGA GLOBAL INVESTORS SOCIEDAD DE VALORES S.A. |
PRESIDENTE-CONSEJERO DELEGADO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | IRESCO INVERSIONES S.L. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | CABLERIAS GROUP S.L. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | DISTRIBUCION Y VENTA DE MATERIAL ELECTRICO Y PRODUCTOS DE BRICOLAGE INOKO S.L. |
ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | NAMASTE CAPITAL INVESTMENTS S.L. | PRESIDENTE-CONSEJERO DELEGADO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | AURIGA RENOVABLES S.L. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |

| Identificación del consejero o representante |
Denominación social de la entidad, cotizada o no |
Cargo |
|---|---|---|
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | MEET WITH SUCCESS S.L. | ADMINISTRADOR MANCOMUNADO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | RIO SAGRADO S.L. | CONSEJERO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | AURIGA SHERPA I S.L. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | FINALTER S.L. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | GRABAT ENERGY S.L. | CONSEJERO DELEGADO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | WESTFIELD COMUNICACION S.L. | ADMINISTRADOR MANCOMUNADO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | GRAPH BIKES S.L. | PRESIDENTE-CONSEJERO DELEGADO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | AURIGA GRAPHENO S.L. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | ECORE NANOTECHNOLOGIES S.L. | PRESIDENTE-CONSEJERO DELEGADO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | IBROKER GLOBAL MARKETS S.V. S.A. | CONSEJERO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | GRABAT AUTOMOTIVE S.L. | ADMINISTRADOR MANCOMUNADO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | AGROAURIGA S.L. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | URBAN TRAWL S.L. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | GRAPHENE WORLD WIDE S.L. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | CIVITAS PACENSIS S.L. | CONSEJERO DELEGADO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | QUEKA REAL PARTNERS S.L. | VICEPRESIDENTE-CONSEJERO DELEGADO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | LITHIUM IBERIA S.L. | PRESIDENTE-CONSEJERO DELEGADO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | AURIGA LEAGUE S.A. | PRESIDENTE-CONSEJERO DELEGADO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | ROCKNROLLA INVESTMENTS S.L. | PRESIDENTE-CONSEJERO DELEGADO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | AURIGA CAPITAL MARKETS S.L. | PRESIDENTE-CONSEJERO DELEGADO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | POTRA BAYA S.L. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | PANGRAM CAPITAL S.L. | CONSEJERO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | SITATUNGA CAPITAL INVESTMENTS S.L. |
PRESIDENTE-CONSEJERO DELEGADO |
| DON IÑIGO RESUSTA COVARRUBIAS | PANGRAM CP SICC S.A. | VICEPRESIDENTE-CONSEJERO DELEGADO |
| DON PILAR PLATERO SANZ | COMPAÑÍA DE DISTRIBUCIÓN INTEGRAL LOGISTA HOLDINGS, S.A. |
CONSEJERO |
| DON JOSÉ LUIS MARTINAVARRO DEALBERT |
RUFINCO S.L. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON JOSÉ LUIS MARTINAVARRO DEALBERT |
BLUEVERT CAP NAU, S.L. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON JOSÉ LUIS MARTINAVARRO DEALBERT |
INVERSORA SANTA FE, S.A. | CONSEJERO |

| Identificación del consejero o representante |
Denominación social de la entidad, cotizada o no |
Cargo |
|---|---|---|
| DON JOSÉ LUIS MARTINAVARRO DEALBERT |
JOMAR E HIJOS S.L. | CONSEJERO |
| DON JOSÉ LUIS MARTINAVARRO DEALBERT |
AGRIHOLD S.L. | CONSEJERO |
| DON JOSÉ LUIS MARTINAVARRO DEALBERT |
MARMOAGRO S.L. | CONSEJERO |
| DON JOSÉ LUIS MARTINAVARRO DEALBERT |
CITRUSVEST S.L. | CONSEJERO |
| DON JOSÉ LUIS MARTINAVARRO DEALBERT |
GEOBUILD S.L. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON JOSÉ LUIS MARTINAVARRO DEALBERT |
INVERSORA HOTELERA AZTECA S.L. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON JOSÉ LUIS MARTINAVARRO DEALBERT |
INVERSORA PLAYA LANGOSTA, S.A. | CONSEJERO |
| DON JOSÉ LUIS MARTINAVARRO DEALBERT |
INVERSORA PLAYA ESMERALDA, S.A. | CONSEJERO |
| DON FERNANDO CASTRESANA MORENO |
Induhold Participaciones, S.L. | PRESIDENTE |
| DON FERNANDO CASTRESANA MORENO |
Commtia Systems, S.A. | PRESIDENTE |
| DON FERNANDO CASTRESANA MORENO |
Grupo Equipamiento Auxiliar Azol Gas, S.L. |
CONSEJERO DELEGADO |
D. Pedro Morenés Eulate renunció a su cargo de presidente del Consejo de Administración de Amper Ingenio 3000, S.L. con fecha 1 de febrero de 2022.
Indique, en su caso, las demás actividades retribuidas de los consejeros o representantes de los consejeros, cualquiera que sea su naturaleza, distinta de las señaladas en el cuadro anterior.
| Identificación del consejero o representante | Demás actividades retribuidas |
|---|---|
| DON MÓNICA ESPINOSA CALDAS | Consejo asesor CAIA (Consejo Asesor Innovación Abierta) en Caser Seguros |
C.1.12 Indique y, en su caso explique, si la sociedad ha establecido reglas sobre el número máximo de consejos de sociedades de los que puedan formar parte sus consejeros, identificando, en su caso, dónde se regula:
[ ] [ √ ] Sí No
C.1.13 Indique los importes de los conceptos relativos a la remuneración global del consejo de administración siguientes:
Remuneración devengada en el ejercicio a favor del consejo de administración (miles de euros) 521

| Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de ahorro a largo plazo con derechos económicos consolidados(miles de euros) |
|
|---|---|
| Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de ahorro a largo plazo con derechos económicos no consolidados(miles de euros) |
|
| Importe de los fondos acumulados por los consejeros | |
| antiguos por sistemas de ahorro a largo plazo (miles de euros) |
Del total de la remuneración devengada por el Consejo de Administración en el ejercicio 2021 (520 miles de euros):
301 miles de euros, corresponde a la asignación fija y a las dietas de asistencia a las reuniones del Consejo de Amper, S.A. y de sus Comisiones - 20 miles de euros corresponden a dietas por asistencia a consejo de sociedades filiales del Grupo,
184 miles de euros corresponden a la retribución devengada por el Presidente del Consejo de Administración, de los cuales 161 miles de euros se han devengado en concepto de retribución fija por la prestación de sus funciones ejecutivas en la Sociedad, 20 miles de euros por otros conceptos de asesoramiento profesional y estratégico de la compañía y 3 miles de euros como retribución en especie el seguro de vida a favor del mismo, - 16 miles de euros corresponden a los honorarios percibidos por un consejero en el año 2021, de acuerdo con el contrato de asesoramiento y prestación de servicios jurídicos firmados por la Amper y la sociedad Consulting Nombela, SL administrada y participada al 100% por dicho consejero. El contrato de colaboración fue aprobado por unanimidad por el Consejo de Administración de Amper, con el informe favorable de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones del 9 de enero de 2018. Este contrato se ha cancelado con fecha 11 de marzo de 2021.
| Nombre o denominación social | Cargo/s | ||
|---|---|---|---|
| DON CÉSAR REVENGA BUIGUES | Director General Corporativo Grupo Amper | ||
| Número de mujeres en la alta dirección | |||
| Porcentaje sobre el total de miembros de la alta dirección | 0,00 | ||
| Remuneración total alta dirección (en miles de euros) | 145 |
C.1.15 Indique si se ha producido durante el ejercicio alguna modificación en el reglamento del consejo:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
Si se ha producido. Se aprobó un nuevo Reglamento de Consejo de Administración en el Consejo de Administración de 27 de octubre de 2021.
El Reglamento del Consejo de Administración de Amper no fija ningún límite de edad para ser nombrado consejero, así como tampoco para el ejercicio de este cargo.
A los efectos de iniciar a los nuevos consejeros en el conocimiento de la Sociedad y de sus reglas de gobierno corporativo se les facilitará un programa de orientación y apoyo, sin perjuicio de que la sociedad pueda establecer, cuando las circunstancias lo aconsejen, programas de actualización de conocimientos dirigidos a los consejeros.
EELECCIÓN DE CONSEJEROS
Las propuestas de reelección de consejeros que el Consejo de Administración decida someter a la Junta General de Accionistas habrán de sujetarse a un proceso formal de elaboración, del que necesariamente formará parte un informe emitido por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
CESE DE LOS CONSEJEROS

Los consejeros cesarán en el cargo cuando (i) haya transcurrido el período para el que fueron nombrados en los términos previstos por la legislación aplicable, siempre que no fuesen reelegidos, (ii) cuando notifiquen su renuncia o dimisión a la Sociedad o (iii) cuando lo decida la Junta General de Accionistas.
Los consejeros que cesen en su cargo por dimisión u otro motivo antes de que haya transcurrido el período para el que fueron nombrados explicarán en una carta remitida a todos los miembros del Consejo de Administración, de manera suficiente, las razones de su cese o, en el caso de consejeros no ejecutivos, su parecer sobre los motivos del cese por la Junta General de Accionistas. De todo ello se dará cuenta en el informe anual de gobierno corporativo. Asimismo, en la medida en que sea relevante para los inversores, la Sociedad publicará a la mayor brevedad posible el cese incluyendo referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el consejero.
Los consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en los siguientes casos:
a) Cuando por circunstancias sobrevenidas se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición previstos en la ley o en el sistema de gobernanza de la Sociedad.
b) Cuando por hechos o conductas imputables al consejero se hubiere ocasionado un daño grave al patrimonio social o a la reputación de la Sociedad o surgiera riesgo de responsabilidad penal para la Sociedad o alguna de las sociedades del Grupo.
c) Cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia Sociedad, que puedan perjudicar al crédito y reputación de esta.
d) Cuando perdieran la honorabilidad, idoneidad, solvencia, competencia, disponibilidad o el compromiso con su función necesarios para ser consejero de la Sociedad. En particular, cuando las actividades que desarrolle el consejero, o las sociedades que controle, directa o indirectamente, o las personas físicas o jurídicas accionistas o vinculadas a cualquiera de ellas, pudieran comprometer su idoneidad.
e) Cuando resulten gravemente amonestados por el Consejo de Administración por haber infringido alguna de sus obligaciones como consejeros, mediante acuerdo adoptado por mayoría de dos tercios de los consejeros.
f) Cuando su permanencia en el Consejo de Administración pueda poner en riesgo por cualquier causa y de forma directa, indirecta o a través de las personas vinculadas con él, el ejercicio leal y diligente de sus funciones conforme al interés social.
g) Cuando desaparezcan los motivos por los que fue nombrado y, en particular, en el caso de los consejeros dominicales, cuando el accionista o los accionistas que propusieron, requirieron o determinaron su nombramiento, vendan o transmitan total o parcialmente su participación con la consecuencia de perder esta la condición de significativa o suficiente para justificar el nombramiento.
h) Cuando un consejero independiente incurra de forma sobrevenida en alguna de las circunstancias que, de conformidad con lo dispuesto en la ley, le impidan seguir siendo considerado como tal.
Dicha separación podrá asimismo proponerse como consecuencia de ofertas públicas de adquisición, fusiones u otras operaciones societarias similares que determinen un cambio significativo en la estructura accionarial de la Sociedad.
En proceso. Se ha realizado la evaluación anual del Consejo 2021 y se ha aprobado un plan de trabajo al respecto que incluye que la Comisión de Nombramientos y Retribuciones realice entrevistas con formularios adecuados para evaluar el desempeño de los consejeros durante 2022.
Describa el proceso de evaluación y las áreas evaluadas que ha realizado el consejo de administración auxiliado, en su caso, por un consultor externo, respecto del funcionamiento y la composición del consejo y de sus comisiones y cualquier otra área o aspecto que haya sido objeto de evaluación.
N/A

C.1.18 Desglose, en aquellos ejercicios en los que la evaluación haya sido auxiliada por un consultor externo, las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo.
Reglamento del Consejo de Administración
Artículo 23. Cese de los consejeros
Los consejeros cesarán en el cargo cuando (i) habiendo transcurrido el período para el que fueron nombrados, se reúna la primera Junta General o haya trascurrido el plazo para la celebración de la Junta General que ha de resolver sobre la aprobación de las cuentas del ejercicio anterior, (ii) cuando notifiquen su renuncia o dimisión a la Sociedad o (iii) cuando lo decida la Junta General en uso de las atribuciones que tiene conferidas legal o estatutariamente.
Los consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en los siguientes casos:
(a) cuando cesen en los puestos ejecutivos a los que estuviere asociado su nombramiento como consejero;
(b) cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición que le inhabilite para continuar en su cargo; (c) cuando resulten gravemente amonestados por la Comisión de Auditoría y Control por haber infringido sus obligaciones como consejeros; (d) cuando su permanencia en el Consejo de Administración pueda poner en riesgo los intereses de la Sociedad o afectar negativamente a su crédito y reputación o cuando desaparezcan las razones por las que fueron nombrados; y
(e) en caso de consejeros dominicales, cuando el accionista a quien representen venda íntegramente su participación en la Sociedad o, haciéndolo parcialmente, alcance un nivel que conlleve la obligación de reducción de sus consejeros dominicales.
| [ ] | Sí |
|---|---|
[ √ ] No
En su caso, describa las diferencias.
C.1.22 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen algún límite a la edad de los consejeros:

C.1.24 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo de administración establecen normas específicas para la delegación del voto en el consejo de administración en favor de otros consejeros, la forma de hacerlo y, en particular, el número máximo de delegaciones que puede tener un consejero, así como si se ha establecido alguna limitación en cuanto a las categorías en que es posible delegar, más allá de las limitaciones impuestas por la legislación. En su caso, detalle dichas normas brevemente.
Dentro de las obligaciones generales del Consejero, recogidas en el art. 28 del Reglamento del Consejo se detalla que, este debe:
Participar activamente en el Consejo de Administración y en sus Comisiones y tareas asignadas, informándose, expresando su opinión, e instando de los restantes consejeros su concurrencia a la decisión que se entienda más favorable para la defensa del interés social. De no asistir, por causa justificada, a las sesiones a las que haya sido convocado, procurará instruir de su criterio al consejero que, en su caso, le represente;
C.1.25 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio. Asimismo, señale, en su caso, las veces que se ha reunido el consejo sin la asistencia de su presidente. En el cómputo se considerarán asistencias las representaciones realizadas con instrucciones específicas.
| Número de reuniones del consejo | 17 |
|---|---|
| Número de reuniones del consejo | |
| sin la asistencia del presidente | 0 |
Indíquese el número de reuniones mantenidas por el consejero coordinador con el resto de consejeros, sin asistencia ni representación de ningún consejero ejecutivo:
| Número de reuniones | 0 |
|---|---|
| --------------------- | --- |
Indique el número de reuniones que han mantenido en el ejercicio las distintas comisiones del consejo:
| Número de reuniones de COMISIÓN AUDITORÍA Y CONTROL |
12 |
|---|---|
| Número de reuniones de COMISIÓN DE SOSTENIBILIDAD |
4 |
| Número de reuniones de COMISIÓN NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
10 |
C.1.26 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio y los datos sobre asistencia de sus miembros:
| Número de reuniones con la asistencia presencial de al menos el 80% de los consejeros | 17 |
|---|---|
| % de asistencia presencial sobre el total de votos durante el ejercicio | 99,10 |
| Número de reuniones con la asistencia presencial, o representaciones realizadas con instrucciones específicas, de todos los consejeros |
17 |
| % de votos emitidos con asistencia presencial y representaciones realizadas con instrucciones específicas, sobre el total de votos durante el ejercicio |
100,00 |

C.1.27 Indique si están previamente certificadas las cuentas anuales individuales y consolidadas que se presentan al consejo para su formulación:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
Identifique, en su caso, a la/s persona/s que ha/han certificado las cuentas anuales individuales y consolidadas de la sociedad, para su formulación por el consejo:
| Nombre | Cargo | |
|---|---|---|
| DON JAIRO VALENCIANO ÁLVAREZ | Director Corporativo Económico | |
| Financiero del Grupo Amper |
Reglamento del Consejo de Administración
Artículo 44. Relaciones con los mercados
El Consejo de Administración será informado del cumplimiento de las normas de conducta y recomendaciones vigentes en materia de información de hechos relevantes y de la observancia en todo caso del Reglamento Interno de Conducta.
La Comisión de Auditoría y Control supervisará la información financiera semestral, trimestral y cualquiera otra que la prudencia exija poner a disposición de los mercados, procurando que ésta se elabore con arreglo a los mismos principios, criterios y prácticas profesionales con que se elaboran las cuentas anuales y que goce de la misma fiabilidad que estas últimas.
Las cuentas que se presenten al Consejo de Administración deben ser previamente certificadas, en cuanto a su exactitud e integridad, por el Presidente (si tiene funciones ejecutivas), el Consejero Delegado y el Director General Corporativo o responsable del departamento correspondiente, haciéndose constar que en las cuentas anuales consolidadas están incorporados los estados contables de todas las sociedades participadas, tanto nacional como internacionalmente, que integran el perímetro de consolidación de acuerdo con la normativa mercantil y contable de aplicación.
El Consejo de Administración, partiendo de las cuentas certificadas, contando con los informes de la Comisión de Auditoría y Control y realizadas las consultas que considere necesarias al auditor externo, habiendo dispuesto de toda la información necesaria, formulará en términos claros y precisos, que faciliten la adecuada comprensión de su contenido, las cuentas anuales y el informe de gestión.
En el apartado 1.2 de las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo Amper se cita textualmente:
"Las Cuentas Anuales Consolidadas del ejercicio 2021 han sido elaboradas de acuerdo con lo establecido por las Normas Internacionales de Información Financiera, siendo de aplicación las NIIF vigentes a 31 de diciembre de 2021 según han sido adoptadas por la Unión Europea (en adelante NIIF – UE), de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo y las actualizaciones posteriores, teniendo en consideración la totalidad de los principios y normas contables y de los criterios de valoración de aplicación obligatoria que tienen un efecto significativo, así como las alternativas que la normativa permite a este respecto."
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
Si el secretario no tiene la condición de consejero complete el siguiente cuadro:
| Nombre o denominación social del secretario | Representante |
|---|---|
| DON MIGUEL CRESPO RODRIGUEZ |

C.1.30 Indique los mecanismos concretos establecidos por la sociedad para preservar la independencia de los auditores externos, así como, si los hubiera, los mecanismos para preservar la independencia de los analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación, incluyendo cómo se han implementado en la práctica las previsiones legales.
Sin perjuicio de otros cometidos que le asigne el Consejo de Administración o de los previstos en los Estatutos Sociales, la Comisión de Auditoría y Control tendrá entre otras las siguientes responsabilidades básicas:
Establecer las oportunas relaciones con el auditor externo para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan suponer amenaza para su independencia, para su examen por la Comisión de Auditoría y Control, y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la Auditoría de cuentas, y, cuando proceda, la autorización de los servicios distintos de los prohibidos, en los términos contemplados en los artículos 5, apartado 4, y 6.2.b) del Reglamento (UE) n.o 537/2014, de 16 de abril, y en lo previsto en la sección 3.a del capítulo IV del título I de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, sobre el régimen de independencia, así como aquellas otras comunicaciones previstas en la legislación de Auditoría de cuentas y en las normas de Auditoría. En todo caso, deberán recibir anualmente de los auditores externos la declaración de su independencia en relación con la entidad o entidades vinculadas a esta directa o indirectamente, así como la información detallada e individualizada de los servicios adicionales de cualquier clase prestados y los correspondientes honorarios percibidos de estas entidades por el auditor externo o por las personas o entidades vinculados a este de acuerdo con lo dispuesto en la normativa reguladora de la actividad de Auditoría de cuentas.
Mantener las relaciones con los auditores externos para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan poner en riesgo la independencia de éstos y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la auditoría de cuentas, así como recibir información y mantener con el auditor de cuentas otras comunicaciones previstas en la legislación de auditoría de cuentas y en las normas técnicas de auditoría; en todo caso, la Comisión de Auditoría y Control deberá recibir anualmente del auditor de cuentas la confirmación escrita de su independencia frente a la entidad o entidades vinculadas a ésta directa o indirectamente, así como la información de los servicios adicionales de cualquier clase prestados a estas entidades por el citado auditor, o por las personas o entidades vinculados a éste de acuerdo con lo dispuesto en la normativa sobre auditoría de cuentas.
C.1.31 Indique si durante el ejercicio la Sociedad ha cambiado de auditor externo. En su caso identifique al auditor entrante y saliente:
En el caso de que hubieran existido desacuerdos con el auditor saliente, explique el contenido de los mismos:
| Sociedad | Sociedades del grupo |
Total | |
|---|---|---|---|
| Importe de otros trabajos distintos de los de auditoría (miles de euros) |
101 | 30 | 131 |
| Importe trabajos distintos de los de auditoría / Importe trabajos de auditoría (en %) |
5,59 | 0,21 | 0,61 |

C.1.33 Indique si el informe de auditoría de las cuentas anuales del ejercicio anterior presenta salvedades. En su caso, indique las razones dadas a los accionistas en la Junta General por el presidente de la comisión de auditoría para explicar el contenido y alcance de dichas salvedades.
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
C.1.34 Indique el número de ejercicios que la firma actual de auditoría lleva de forma ininterrumpida realizando la auditoría de las cuentas anuales individuales y/o consolidadas de la sociedad. Asimismo, indique el porcentaje que representa el número de ejercicios auditados por la actual firma de auditoría sobre el número total de ejercicios en los que las cuentas anuales han sido auditadas:
| IndividualesConsolidadas | ||
|---|---|---|
| Número de ejercicios ininterrumpidos | 6 | 6 |
| IndividualesConsolidadas | ||
| Nº de ejercicios auditados por la firma actual de auditoría / Nº de ejercicios que la sociedad o su grupo han sido auditados (en %) |
17,14 | 17,14 |
C.1.35 Indique y, en su caso detalle, si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones de los órganos de administración con tiempo suficiente:
[ √ ] Sí
[ ] No
El Consejo de Administración se reunirá, con carácter general, al menos ocho veces al año (con, al menos, una reunión al trimestre), así como cuantas otras veces sea convocado por el presidente, a su propia iniciativa o a petición de un consejero independiente. En este último caso, el presidente convocará la sesión extraordinaria en el plazo máximo de tres días hábiles desde la recepción de la solicitud, para su celebración dentro de los tres días hábiles siguientes, incluyendo en el orden del día los asuntos que formen parte de aquélla.
La convocatoria de las sesiones ordinarias se efectuará por fax, carta, telegrama o correo electrónico a cada uno de los consejeros, con una antelación mínima de 3 días respecto de la fecha prevista para la reunión, salvo que la urgencia de los temas a tratar obligue, a juicio del presidente, a una convocatoria urgente, que podrá ser realizada por teléfono, fax, correo electrónico o cualquier otro medio telemático con un preaviso suficiente que permita a los consejeros cumplir con su deber de asistencia. La convocatoria incluirá siempre el orden del día de la sesión y siempre que sea posible se acompañará de la información relevante
debidamente resumida y preparada.
El Presidente del Consejo de Administración decidirá sobre el orden del día de la sesión. Cualquier consejero podrá solicitar al presidente del Consejo de Administración la inclusión de asuntos en el orden del día y este estará obligado a dicha inclusión cuando la solicitud se hubiese formulado con una antelación no inferior a dos días de la fecha prevista para la celebración de la sesión. Para poder someter al Consejo de Administración la aprobación de acuerdos no comprendidos en el orden del día se requerirá el consentimiento expreso de la mayoría de los consejeros presentes en la reunión.
Por el mismo procedimiento, las sesiones del Consejo de Administración podrán ser desconvocadas, suspendidas o su fecha, orden del día o lugar de celebración modificados.
Los consejeros podrán recabar la información adicional que juzguen precisa sobre asuntos de la competencia del Consejo de Administración. Los requerimientos de petición de información deberán hacerse al presidente o al secretario del Consejo de Administración.
Tanto a efectos de la convocatoria del Consejo de Administración como de cualquier comunicación a los consejeros, se estará a la dirección de correo electrónico que el consejero facilite a la Sociedad en el momento de aceptación de su cargo, debiendo notificar a la Sociedad cualquier cambio al respecto.

Las sesiones extraordinarias del Consejo de Administración podrán convocarse por teléfono y no será de aplicación el plazo de antelación y los demás requisitos que se indican en el apartado anterior, con la salvedad referida al supuesto de convocatoria a petición de un consejero independiente, cuando a juicio del Presidente las circunstancias así lo justifiquen.
El Consejo de Administración se entenderá válidamente constituido, con el quórum de asistencia establecido en los estatutos, en el lugar previsto en la convocatoria. Asimismo, el Consejo de Administración se entenderá válidamente constituido sin necesidad de convocatoria si, presentes o representados todos sus miembros, aceptasen por unanimidad la celebración de la sesión.
Sin perjuicio de lo anterior, el Consejo de Administración podrá celebrarse por videoconferencia, conferencia telefónica múltiple u otros medios análogos que puedan existir en el futuro o en varias salas simultáneamente, siempre que se asegure por medios audiovisuales o telefónicos la interactividad e intercomunicación entre los distintos lugares en tiempo real y, por tanto, la unidad de acto, salvo que 3 consejeros manifiesten su oposición a la utilización de estos medios. En este caso, se hará constar en la convocatoria el sistema de conexión y, de resultar aplicable, los lugares en que están disponibles los medios técnicos necesarios para asistir y participar en la reunión. En estos supuestos, los acuerdos se entienden adoptados en la sede social.
Si ningún consejero se opone a ello, el Consejo de Administración podrá igualmente adoptar sus acuerdos por escrito (incluyendo fax o correo electrónico previo y posterior envío por correo del original), sin necesidad de realizar sesión. En este caso, los consejeros podrán remitir sus votos y las consideraciones que deseen hacer constar en el acta por correo electrónico.
El Consejo de Administración elaborará un plan anual de las sesiones ordinarias y dispondrá de un catálogo formal de las materias que serán objeto de tratamiento.
C.1.36 Indique y, en su caso detalle, si la sociedad ha establecido reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad que puedan perjudicar al crédito y reputación de ésta:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
ARTÍCULO 23. CESE DE LOS CONSEJEROS
(b) cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición que le inhabilite para continuar en su cargo; (c) cuando resulten gravemente amonestados por la Comisión de Auditoría y Control por haber infringido sus obligaciones como consejeros; (d) cuando su permanencia en el Consejo de Administración pueda poner en riesgo los intereses de la Sociedad o afectar negativamente a su crédito y reputación o cuando desaparezcan las razones por las que fueron nombrados; y
(e) en caso de consejeros dominicales, cuando el accionista a quien representen venda íntegramente su participación en la Sociedad o, haciéndolo parcialmente, alcance un nivel que conlleve la obligación de reducción de sus consejeros dominicales.
[ √ ] No
C.1.38 Detalle los acuerdos significativos que haya celebrado la sociedad y que entren en vigor, sean modificados o concluyan en caso de cambio de control de la sociedad a raíz de una oferta pública de adquisición, y sus efectos.
N/A
(a) cuando cesen en los puestos ejecutivos a los que estuviere asociado su nombramiento como consejero;

C.1.39 Identifique de forma individualizada, cuando se refiera a consejeros, y de forma agregada en el resto de casos e indique, de forma detallada, los acuerdos entre la sociedad y sus cargos de administración y dirección o empleados que dispongan indemnizaciones, cláusulas de garantía o blindaje, cuando éstos dimitan o sean despedidos de forma improcedente o si la relación contractual llega a su fin con motivo de una oferta pública de adquisición u otro tipo de operaciones.
| Numero de beneficiarios | 1 |
|---|---|
| Tipo de beneficiario | Descripción del acuerdo |
| Presidente Ejecutivo | La Junta General de Accionistas de Amper, S.A. celebrada el 29 de junio de 2021, aprobó la política de remuneraciones de los consejeros de Amper, S.A. para los ejercicios 2021-2024, ambos incluidos, conforme a la propuesta motivada aprobada por el Consejo de Administración de 25 de mayo de 2021 a la que acompañaba el preceptivo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. Para el caso del Presidente Ejecutivo, en función de los acuerdos y aprobaciones anteriormente citadas, en caso de cese tendrá derecho a percibir como indemnización una anualidad del salario bruto percibido el año anterior, y la parte proporcional de variable plurianual bruto del ejercicio anterior al cese (sin que pueda exceder de 2,5 millones de acciones). Igualmente establece la posibilidad de un pacto de no competencia post-contractual para después de extinguido su contrato entre el Presidente Ejecutivo y la Sociedad, en el caso de que la Sociedad manifieste un efectivo interés en ello. Dicho pacto supone que, una vez extinguido dicho contrato, y durante el periodo de un (1) año, salvo renuncia por parte de Amper S.A., el Presidente Ejecutivo no podrá prestar servicios ni directa ni indirectamente, ni por cuenta propia ni ajena, ni por si, ni por terceros, a entidades con el mismo o análogo objeto social a Amper SA, quedando exceptuadas de esta prohibición las entidades integradas en el mismo grupo que la Sociedad. Como compensación percibiría como indemnización una anualidad del salario bruto percibido el año anterior, y la parte proporcional de variable plurianual bruto del ejercicio anterior al cese (sin que pueda exceder de 2,5 millones de acciones). En caso de incumplimiento deberá devolver a la sociedad dichas cantidades e indemnizar a la sociedad por 6 mensualidades de su retribución fija y variable plurianual. Por último, en caso de extinción del contrato, el Presidente Ejecutivo tendrá una indemnización que no podrá exceder de dos anualidades del salario bruto percibido el año anterior, y la parte proporcional de variable plurianual bruto del ejercicio anterior al cese (sin que pueda exceder de 2,5 millones de acciones). |

Indique si, más allá de en los supuestos previstos por la normativa, estos contratos han de ser comunicados y/o aprobados por los órganos de la sociedad o de su grupo. En caso positivo, especifique los procedimientos, supuestos previstos y la naturaleza de los órganos responsables de su aprobación o de realizar la comunicación:
| Consejo de administración | Junta general | |
|---|---|---|
| Órgano que autoriza las cláusulas | √ | |
| Si | No | |
| ¿Se informa a la junta general sobre las cláusulas? |
√ |
C.2.1 Detalle todas las comisiones del consejo de administración, sus miembros y la proporción de consejeros ejecutivos, dominicales, independientes y otros externos que las integran:
| COMISIÓN DE SOSTENIBILIDAD | ||||
|---|---|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría | ||
| DON MARÍA LUISA PONCELA GARCÍA | PRESIDENTE | Independiente | ||
| DON MÓNICA ESPINOSA CALDAS | VOCAL | Independiente | ||
| DON PILAR PLATERO SANZ | VOCAL | Independiente |
| % de consejeros ejecutivos | 0,00 |
|---|---|
| % de consejeros dominicales | 0,00 |
| % de consejeros independientes | 100,00 |
| % de consejeros otros externos | 0,00 |
Explique las funciones que tiene delegadas o atribuidas esta comisión distintas a las que ya hayan sido descritas en el apartado C.1.9, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley, en los estatutos sociales o en otros acuerdos societarios.
El artículo 19 del Reglamento del Consejo de Administración establece que éste constituirá en su seno una Comisión de Sostenibilidad, como órgano interno permanente, de carácter informativo y consultivo, sin funciones ejecutivas, con facultades de información, supervisión, asesoramiento y propuesta dentro de su ámbito de actuación, que se regirá por las normas contenidas en la normativa aplicable, en los Estatutos Sociales, en el Reglamento del Consejo de Administración y, en su caso, el Reglamento de la Comisión de Sostenibilidad. Igualmente, el propio Consejo de Administración podrá determinar la atribución de funciones a la Comisión de Sostenibilidad en su materia de actuación.
La Comisión de Sostenibilidad (CS) tendrá las siguientes responsabilidades básicas, sin perjuicio de cualquier otro cometido que le pudiera asignar el Consejo de Administración (CA):
a. Identificar y orientar la política, objetivos, buenas prácticas y programas de Sostenibilidad y de responsabilidad social corporativa (RSC) del Grupo. E igualmente, emitir los informes y desarrollar las actuaciones que, en materia de desarrollo sostenible, requerimientos ESG y responsabilidad social corporativa, le correspondan de conformidad con el Sistema de gobernanza y sostenibilidad o que le soliciten el CA o su presidente.
b. Elevar al CA las políticas, objetivos y programas de Sostenibilidad y de RSC, así como los correspondientes presupuestos de gastos para la ejecución de las mismas.
c. Revisar periódicamente las políticas aprobadas en materia de sostenibilidad ESG y RSC, así como proponer su modificación y actualización al CA, verificando y promoviendo igualmente el cumplimiento, por parte de la Sociedad y las sociedades del Grupo, de las políticas, normativas y

estándares más exigentes en materia de derechos humanos, laborales y medioambientales en todo cuanto afecte a los trabajadores a lo largo de toda la cadena de suministro y procesos productivos.
d. Supervisar la actuación de la Sociedad en materia de desarrollo sostenible y, en particular, que sus prácticas en materia medioambiental y social cumplen la normativa interna del Grupo en materia de sostenibilidad y sus prácticas se ajustan a la estrategia y a las políticas aprobadas por el CA, informando sobre ello al CA y, en su caso, proponiendo al CA, su actualización o modificación.
e. Determinar las pautas, criterios y principios generales que deberán regir la elaboración del estado de información no financiera. f. Verificar que el contenido del estado de información no financiera se adecúa a la estrategia de desarrollo sostenible de la Sociedad.
g. Informar al CA, con carácter previo a la formulación por este órgano del estado de información no financiera, considerando el informe elaborado, a su vez, por la Comisión de Auditoría y Control acerca de su proceso de elaboración y presentación, así como sobre la claridad y sobre la integridad de su contenido.
h. Monitorizar la contribución del Grupo a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) aprobados por la Organización de las Naciones Unidas.
II. Además de las responsabilidades básicas enumeradas, el CA podrá encomendar a la Comisión de Sostenibilidad, entre otras, el desempeño de las siguientes competencias en materia de ESG:
a. informar acerca de la incorporación del Grupo a los índices internacionales de sostenibilidad de mayor reconocimiento.
b. Asesorar, en el ámbito de su competencia, en temas como empleo, innovación, satisfacción, diversidad e inclusión, integración, no discriminación, igualdad, conciliación, accesibilidad y movilidad.
c. Evaluar la situación del Grupo en materia de desarrollo sostenible y, en particular, en materias medioambientales, sociales y de gobernanza ("ESG"), así como de responsabilidad social corporativa.
d. Asesorar al Consejo de Administración sobre el cumplimiento y los efectos de las iniciativas públicas puestas en marcha en los diferentes países en los que el Grupo opere, para promocionar el desarrollo sostenible.
e. Evaluar los anteproyectos legales en materia de desarrollo sostenible y actividades conexas (igualdad, variables sociales y ambientales en contratos del estado, etc.) y sus posibles efectos sobre las actividades del Grupo.
f. Analizar iniciativas voluntarias y documentos de recomendaciones en materia de desarrollo sostenible, requerimientos ESG y responsabilidad social corporativa que se produzcan en el mercado.
g. Ser informada y asesorar al Consejo de Administración acerca de las últimas tendencias en innovación responsable.
h. Ser informada de las mejores prácticas empresariales, utilizando instrumentos de medición sistemáticos, para valorar el posicionamiento de las empresas de la competencia en materia de desarrollo sostenible, requerimientos ESG y responsabilidad social corporativa.
i. Analizar las diferentes herramientas de medida y observatorios que se pongan en marcha a nivel nacional e internacional en materia de desarrollo sostenible, requerimientos ESG y responsabilidad social corporativa, así como proporcionar recomendaciones para la mejora del posicionamiento del Grupo.
| Nombre | Cargo | Categoría |
|---|---|---|
| DON JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ-NAVARRO OLIVER | VOCAL | Dominical |
| DON FERNANDO CASTRESANA MORENO | VOCAL | Independiente |
| DON MÓNICA ESPINOSA CALDAS | PRESIDENTE | Independiente |
| % de consejeros ejecutivos | 0,00 |
|---|---|
| % de consejeros dominicales | 33,33 |
| % de consejeros independientes | 66,67 |
| % de consejeros otros externos | 0,00 |

Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones estará integrada en su totalidad, por consejeros no ejecutivos nombrados por el Consejo de Administración y mayoritariamente consejeros independientes. La Comisión de Nombramientos y Retribuciones tendrá un mínimo de 3 y un máximo de 5 consejeros, todo ello sin perjuicio de la asistencia, cuando así lo acuerden de forma expresa los miembros de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, de otros consejeros incluidos los ejecutivos, de altos directivos y de cualquier empleado. La determinación del número de miembros y su designación corresponde al Consejo de Administración. Los integrantes de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones serán designados teniendo presentes los conocimientos, aptitudes y experiencia de los consejeros y los cometidos de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones se reunirá cada vez que el Consejo de Administración o su Presidente solicite la emisión de un informe o la adopción de propuestas y, en cualquier caso, siempre que resulte conveniente para el buen desarrollo de sus funciones. En todo caso, se reunirá una vez al año para preparar la información sobre las retribuciones de los consejeros que el Consejo de Administración ha de aprobar.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones se reunirá previa convocatoria del Presidente, por decisión propia o respondiendo a la solicitud de dos de sus miembros o, en su caso, de la Comisión Ejecutiva. En la medida en que sea compatible con su naturaleza, será aplicable a la convocatoria de esta Comisión lo dispuesto en los Estatutos Sociales y en este Reglamento para la convocatoria del Consejo de Administración.
Sin perjuicio de otros cometidos que le asigne el Consejo de Administración, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones tendrá las siguientes responsabilidades básicas:
(a) Evaluar las competencias, conocimientos y experiencia necesarios en el Consejo de Administración.
b) Establecer un objetivo de representación para el sexo menos representado en el Consejo de Administración y elaborar orientaciones sobre cómo alcanzar dicho objetivo.
c) Elevar al Consejo de Administración las propuestas de nombramiento de Consejeros Independientes.
d) Informar las propuestas de nombramiento de los restantes consejeros, así como las propuestas para su reelección o separación por la Junta General de Accionistas.
e) Informar el nombramiento y, en su caso, cese del Consejero Coordinador, y del Secretario y del Vicesecretario del Consejo de Administración para su sometimiento a la aprobación del Consejo de Administración.
f) Evaluar el perfil de las personas más idóneas para formar parte de todas las Comisiones del Consejo de Administración.
g) Examinar y organizar, bajo la coordinación, en su caso, del Consejero Coordinador, y en colaboración con el Presidente del Consejo de Administración, la sucesión del Presidente del Consejo de Administración y del primer ejecutivo de la sociedad.
h) Informar las propuestas de nombramiento y separación de altos directivos y las condiciones básicas de sus contratos.
i) Evaluar periódicamente, y al menos una vez al año, la estructura, el tamaño, la composición y la actuación del Consejo de Administración y de sus Comisiones, su Presidente, y Secretario. Evaluar la composición del Comité de Dirección, así como sus tablas de reemplazo para la adecuada previsión de las transiciones.
j) Evaluar periódicamente y, al menos una vez al año la idoneidad de los diversos miembros del Consejo de Administración y de este en su conjunto.
k) Revisar la política del Consejo de Administración en materia de selección y nombramiento de los miembros de la alta dirección y formularle recomendaciones.
l) Efectuar, en su caso, las propuestas que considere oportunas para la mejora del funcionamiento del sistema de gobierno corporativo de la Sociedad.
m) Supervisar la independencia de los consejeros independientes.
n) Supervisar y revisar, en el ámbito de sus competencias, la información no financiera contenida en el informe de gestión anual.

o) Preparar las decisiones relativas a las remuneraciones de los consejeros y altos directivos, y las demás condiciones de sus contratos, especialmente de tipo económico, entendiéndose como altos directivos a los efectos de los presentes Estatutos, los directores generales o quienes desarrollen funciones de alta dirección bajo la dependencia directa del Consejo de Administración, de Comisiones Ejecutivas o del Presidente ejecutivo o, en su caso, de un Consejero ejecutivo y, en todo caso, el auditor interno de la Sociedad.
p) Informar y preparar la política general de remuneraciones de la Sociedad y en especial las políticas que se refieren a los Consejeros y de los Directores Generales o de quienes desarrollen sus funciones de alta dirección bajo la dependencia directa del Consejo de Administración, de comisiones ejecutivas o de Consejeros ejecutivos, así como la retribución individual y las demás condiciones contractuales de los Consejeros Ejecutivos.
q) Revisar periódicamente los programas de retribución, ponderando su adecuación y sus rendimientos.
r) Velar por la observancia de la política de retribuciones de consejeros y altos directivos, así como informar sobre las condiciones básicas establecidas en los contratos celebrados con estos.
s) Velar por la transparencia de las retribuciones.
t) Proponer al Consejo de Administración la aprobación de los informes o políticas de remuneraciones que este haya de someter a la Junta General de Accionistas, así como informar al Consejo de Administración sobre las propuestas que tengan relación con remuneración que en su caso este vaya a proponer a la Junta General de Accionistas.
| COMISIÓN AUDITORÍA Y CONTROL | ||
|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría |
| DON JOSÉ LUIS MARTINAVARRO DEALBERT | VOCAL | Dominical |
| DON FERNANDO CASTRESANA MORENO | VOCAL | Independiente |
| DON PILAR PLATERO SANZ | PRESIDENTE | Independiente |
| % de consejeros ejecutivos | 0,00 |
|---|---|
| % de consejeros dominicales | 33,33 |
| % de consejeros independientes | 66,67 |
| % de consejeros otros externos | 0,00 |
Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.
COMISIÓN DE AUDITORIA. RESPONSABILIDADES
Sin perjuicio de otros cometidos que le asigne el Consejo de Administración o de los previstos en los Estatutos Sociales, la Comisión de Auditoría y Control tendrá las siguientes responsabilidades básicas:
a) informar a la Junta General de Accionistas sobre las cuestiones que se planteen en relación con aquellas materias que sean competencia de la Comisión de Auditoría y Control y, en particular, sobre el resultado de la auditoría explicando cómo esta ha contribuido a la integridad de la información financiera y la función que la Comisión de Auditoría y Control ha desempeñado en ese proceso.
b) Supervisar la eficacia del control interno de la sociedad, la Auditoría Interna y los sistemas de gestión de riesgos, así como discutir con el auditor de cuentas las debilidades significativas del sistema de control interno detectadas en el desarrollo de la Auditoría, todo ello sin quebrantar su independencia. A tales efectos, y en su caso, podrán presentar recomendaciones o propuestas al órgano de administración y el correspondiente plazo para su seguimiento.
c) Supervisar el proceso de elaboración y presentación de la información financiera preceptiva y presentar recomendaciones o propuestas al órgano de administración, dirigidas a salvaguardar su integridad.
d) Supervisar, en su caso, el procedimiento interno establecido para la aprobación de operaciones vinculadas y operaciones intra-grupo por delegación.
e) Elevar al Consejo de Administración las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor de cuentas,
responsabilizándose del proceso de selección, de conformidad con lo previsto en los artículos 16, apartados 2, 3 y 5, y 17.5 del Reglamento (UE) n.o 537/2014, de 16 de abril, así como las condiciones de su contratación y recabar regularmente de él información sobre el plan de Auditoría y su ejecución, además de preservar su independencia en el ejercicio de sus funciones.

f) Establecer las oportunas relaciones con el auditor externo para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan suponer amenaza para su independencia, para su examen por la Comisión de Auditoría y Control, y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la Auditoría de cuentas, y, cuando proceda, la autorización de los servicios distintos de los prohibidos, en los términos contemplados en los artículos 5, apartado 4, y 6.2.b) del Reglamento (UE) n.o 537/2014, de 16 de abril, y en lo previsto en la sección 3.a del capítulo IV del título I de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, sobre el régimen de independencia, así como aquellas otras comunicaciones previstas en la legislación de Auditoría de cuentas y en las normas de Auditoría.
i) Informar, con carácter previo, al Consejo de Administración sobre todas las materias previstas en la Ley, los estatutos sociales y en el reglamento del Consejo de Administración.
j) Examinar el cumplimiento del Reglamento Interno de Conducta en materia relacionada con los Mercados de Valores, el Reglamento del Consejo de Administración, el Reglamento de la Junta General de Accionistas y, en general, de las reglas de gobierno de la compañía y hacer las propuestas necesarias para su mejora. En particular, corresponde a la Comisión de Auditoría y Control recibir información y, en su caso, emitir informe sobre medidas disciplinarias a miembros del alto equipo directivo de la Sociedad.
k) Proponer al Consejo de Administración el Informe Anual de Gobierno Corporativo.
l) Revisar las cuentas de la Sociedad, vigilar el cumplimiento de los requerimientos legales y la correcta aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados, así como informar las propuestas de modificación de principios y criterios contables sugeridos por la dirección; n) Supervisar los servicios de auditoría interna de la Sociedad,
o) Informar en relación con las transacciones con consejeros de la Sociedad que impliquen o puedan implicar conflictos de interés;
p) Cualquier otra prevista en este Reglamento o que específicamente le venga atribuida por la ley o los Estatutos Sociales vigentes, en cada momento.
q) En relación con el estado de información no financiera: (i) supervisar el proceso de elaboración y presentación de la información no financiera relativa a la Sociedad y a su Grupo; (ii) proponer al Consejo de Administración el nombramiento del prestador independiente de servicios de verificación responsable de verificar la información incluida en este; e (iii) informar a la Comisión de Sostenibilidad sobre el proceso de elaboración y presentación del estado de información no financiera así como sobre su claridad y sobre la integridad de su contenido. Dicho informe se emitirá con carácter previo al que debe emitir la Comisión de Sostenibilidad sobre el citado estado de información no financiera y a su formulación por el Consejo de Administración.
r) Revisar, al menos anualmente, las políticas de riesgos y, de concluirse oportuno, proponer su modificación y actualización al Consejo de Administración.
Identifique a los consejeros miembros de la comisión de auditoría que hayan sido designados teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o en ambas e informe sobre la fecha de nombramiento del Presidente de esta comisión en el cargo.
| Nombres de los consejeros con experiencia |
DON JOSÉ LUIS MARTINAVARRO DEALBERT / DON FERNANDO CASTRESANA MORENO / DON PILAR PLATERO SANZ |
|---|---|
| Fecha de nombramiento del presidente en el cargo |
11/03/2021 |
| Número de consejeras | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2021 | Ejercicio 2020 | Ejercicio 2019 | Ejercicio 2018 | |||||
| Número | % | Número | % | Número | % | Número | % | |
| COMISIÓN DE SOSTENIBILIDAD |
3 | 100,00 | N.A. | N.A. | N.A. | N.A. | N.A. | N.A. |
| COMISIÓN NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
1 | 33,33 | 0 | 0,00 | 0 | 0,00 | 0 | 0,00 |
| COMISIÓN AUDITORÍA Y CONTROL |
1 | 33,33 | 0 | 0,00 | 0 | 0,00 | 0 | 0,00 |

C.2.3 Indique, en su caso, la existencia de regulación de las comisiones del consejo, el lugar en que están disponibles para su consulta, y las modificaciones que se hayan realizado durante el ejercicio. A su vez, se indicará si de forma voluntaria se ha elaborado algún informe anual sobre las actividades de cada comisión.
Las normas de organización y funcionamiento de las Comisiones de Auditoría y Control , de Nombramientos y Retribuciones y de Sostenibilidad se recogen en sus respectivos Reglamentos y en los Estatutos sociales, que se encuentran disponibles para su consulta en la página web de la Sociedad (www.grupoamper.com).
La Comisión de Auditoría y Control, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y la Comisión de Sostenibilidad elaboran anualmente informes sobre las actividades de cada una de ellas. Los informes correspondientes al ejercicio 2021 serán puestos a disposición de los accionistas con ocasión de la convocatoria de la Junta General.

D.1. Explique, en su caso, el procedimiento y órganos competentes para la aprobación de operaciones con partes vinculadas e intragrupo, indicando los criterios y reglas generales internas de la entidad que regulen las obligaciones de abstención de los consejero o accionistas afectados y detallando los procedimientos internos de información y control periódico establecidos por la sociedad en relación con aquellas operaciones vinculadas cuya aprobación haya sido delegada por el consejo de administración.
El Consejo de Administración de Amper S.A (artículo 39-5 del Reglamento del Consejo de Administración), sin perjuicio de las facultades reconocidas en los Estatutos, ostentará con carácter indelegable la aprobación, previo informe de la Comisión de Auditoría y Control, de las operaciones que la Sociedad o sociedades de su Grupo realicen con consejeros, o con accionistas titulares, de forma individual o concertadamente con otros, de una participación significativa, incluyendo accionistas representados en el Consejo de Administración de la Sociedad o de otras sociedades que formen parte del mismo Grupo o con personas a ellos vinculadas.
Los consejeros afectados o que representen o estén vinculados a los accionistas afectados deberán abstenerse de participar en la deliberación y votación del acuerdo en cuestión.
Solo se exceptuarán de esta aprobación las operaciones que reúnan simultáneamente las tres características siguientes:
Asimismo, sin perjuicio de otros cometidos que le asigne el Consejo de Administración o de los previstos en los Estatutos Sociales, la Comisión de Auditoría y Control (artículo 17 del Reglamento del Consejo de Administración) supervisará, en su caso, el procedimiento interno establecido para la aprobación de operaciones vinculadas.
La comisión de Auditoría y Control informará, con carácter previo, al Consejo de Administración sobre todas las materias previstas en la Ley, los estatutos sociales y en el reglamento del Consejo de Administración y en particular, sobre las operaciones con partes vinculadas, así como la supervisión del procedimiento interno que tenga establecido la Sociedad para aquellas operaciones cuya aprobación haya sido delegada.
Los consejeros deberán comunicar a la Comisión de Auditoría y Control y al Consejo de Administración, a través de su Presidente, su Secretario o Vicesecretario, de cualquier situación de conflicto, directo o indirecto, que ellos o personas vinculadas a ellos pudieran tener con el interés de la Sociedad. De concurrir un conflicto de interés, y sin perjuicio de lo dispuesto en el Reglamento, el consejero atenderá a lo dispuesto en el Reglamento Interno de Conducta.
Con la finalidad de que la Sociedad pueda identificar con carácter previo las posibles transacciones vinculadas, los consejeros deberán mantener informado al Consejo si tienen, directa o indirectamente, intereses o influencia significativa en sociedades o entidades que mantengan relaciones comerciales o de negocio con la Sociedad.
Los consejeros a los que afecten las transacciones vinculadas o que representen o estén vinculados a los accionistas afectados, además de no ejercer ni delegar su voto, se ausentarán de la sesión mientras el Consejo o la Comisión de que se trate deliberan y votan sobre ellas.
El Consejo de Administración reflejará en su información pública anual un resumen de las transacciones realizadas por la sociedad con sus consejeros y accionistas significativos. La información tendrá por objeto el volumen global de las operaciones y la naturaleza de las más relevantes.

D.2. Detalle de manera individualizada aquellas operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas entre la sociedad o sus entidades dependientes y los accionistas titulares de un 10 % o más de los derechos de voto o representados en el consejo de administración de la sociedad, indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:
| Nombre o denominación social del accionista o de cualquiera de sus sociedades dependientes |
% Participación |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad dependiente |
Importe (miles de euros) |
Órgano que la ha aprobado |
Identificación del accionista significativo o consejero que se hubiera abstenido |
La propuesta a la junta, en su caso, ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de independientes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Sin datos |
| Nombre o | Naturaleza | Tipo de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
|---|---|---|
| denominación social | de la relación | |
| del accionista o | ||
| de cualquiera de | ||
| sus sociedades | ||
| dependientes | ||
| Sin datos |
No se han realizado operaciones de esta naturaleza en el ejercicio 2021.
D.3. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con los administradores o directivos de la sociedad, incluyendo aquellas operaciones realizadas con entidades que el administrador o directivo controle o controle conjuntamente, e indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:
| Nombre o denominación social de los administradores o directivos o de sus entidades controladas o bajo control conjunto |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad dependiente |
Vínculo | Importe (miles de euros) |
Órgano que la ha aprobado |
Identificación del accionista significativo o consejero que se hubiera abstenido |
La propuesta a la junta, en su caso, ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de independientes |
|
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| (1) | DON JOSÉ LUIS MARTINAVARRO DEALBERT |
AMPER,S.A. | Consejero dominical |
Comisión de Nombramientos y Retribuciones |
D. José Luis Martinavarro Dealbert |
NO |

(3)
| Nombre o denominación social de los administradores o directivos o de sus entidades controladas o bajo control conjunto |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad dependiente |
Vínculo | Importe (miles de euros) |
Órgano que la ha aprobado |
Identificación del accionista significativo o consejero que se hubiera abstenido |
La propuesta a la junta, en su caso, ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de independientes |
|
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| (2) | DON CÉSAR REVENGA BUIGUES |
AMPER, S.A. | Consejero Ejecutivo |
16 | Consejo de Administración de Amper,S.A. |
D. César Revenga Buigues |
NO |
| (3) | DON CLEMENTE FERNÁNDEZ GONZÁLEZ |
AMPER, S.A. | PRESINDENTE EJECUTIVO |
200 | Consejo de Administración de AMPER |
NO | |
| Nombre o denominación social de los administradores o directivos o de sus entidades controladas o bajo control conjunto |
Naturaleza de la operación y otra información necesaria para su evaluación | ||||||
| (1) | DON JOSÉ LUIS MARTINAVARRO DEALBERT |
Jomar e Hijos, S.L. ha adquirido 1.905.500 acciones de Amper, S.A. en el ejercicio 2021 lo que ha hecho aumentar su posición accionarial pasando de las 54.819.595 acciones de las que era titular a 31 de diciembre de 2020 a las 56.725.095 acciones de las que es titular a 31 de diciembre de 2021. Dich |
|||||
| (2) | DON CÉSAR REVENGA |
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones del 9 de enero de 2018, acordó por unanimidad informar favorablemente de la designación del Consejero D. César Revenga Buigues como asesor jurídico de la sociedad. |
| BUIGUES | A tal efecto, en la misma fecha, el Consejo de Administración de la Sociedad acordó por una |
|---|---|
| DON CLEMENTE | Al cierre de 2020 la sociedad dominante tenía concedido un préstamo a D. Clemente Fernández, anterior |
| FERNÁNDEZ | presidente ejecutivo del Grupo, por importe de 200 miles de euros, habiéndose acordado en este ejercicio 2021 |
| GONZÁLEZ | imputar la amortización de dicho préstamo con cargo a la liquidación de sus servicios p |

D.4. Informe de manera individualizada de las operaciones intragrupo significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad con su sociedad dominante o con otras entidades pertenecientes al grupo de la dominante, incluyendo las propias entidades dependientes de la sociedad cotizada, excepto que ninguna otra parte vinculada de la sociedad cotizada tenga intereses en dichas entidades dependientes o éstas se encuentren íntegramente participadas, directa o indirectamente, por la cotizada.
En todo caso, se informará de cualquier operación intragrupo realizada con entidades establecidas en países o territorios que tengan la consideración de paraíso fiscal:
| Denominación social de la entidad de su grupo |
Breve descripción de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| Sin datos |
De acuerdo con la normativa aplicable en vigor, no se han incluido las operaciones entre sociedades del mismo grupo consolidado (esto es, entre las sociedades del Grupo Amper), las cuales han sido objeto de eliminación en el proceso de elaboración de los estados financieros consolidados y forman parte del tráfico habitual de las sociedades en cuanto a su objeto y condiciones.
D.5. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con otras partes vinculadas que lo sean de conformidad con las Normas Internacionales de Contabilidad adoptadas por la UE, que no hayan sido informadas en los epígrafes anteriores.
| Denominación social de la parte vinculada |
Breve descripción de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| Sin datos |
El Reglamento del Consejo de Administración establece que los consejeros deberán comunicar a la Comisión de Auditoría y Control y al Consejo de Administración, a través de su Presidente, su Secretario o Vicesecretario, de cualquier situación de conflicto, directo o indirecto, que ellos o Personas Vinculadas a ellos pudieran tener con el interés de la Sociedad. De concurrir un conflicto de interés, y sin perjuicio de lo dispuesto en el Reglamento, el consejero atenderá a lo dispuesto en el Reglamento Interno de Conducta
Además los consejeros están obligados a abstenerse de participar en la deliberación y votación de acuerdos o decisiones en las que él o una persona vinculada tenga un conflicto de intereses, directo o indirecto. Se excluirán de la anterior obligación de abstención los acuerdos o decisiones que le afecten en su condición de consejero, tales como su designación o revocación para cargos en el órgano de administración u otros de análogo significado.
Adicionalmente, se obliga a los consejeros a abstenerse a realizar transacciones con la Sociedad, excepto que se trate de operaciones ordinarias, hechas en condiciones estándar para los clientes y de escasa relevancia, entendiendo por tales aquéllas cuya información no sea necesaria para expresar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la Sociedad.

[ √ ] No

El Sistema de Control y Gestión de Riesgos de Amper S.A. es un proceso iterativo y homogéneo, que abarca a todos los niveles de la entidad, tanto a nivel unidad de negocio como a nivel de proceso o proyecto, incluyendo las siguientes etapas: i) Identificación de las principales categorías de riesgos, tanto riesgos financieros como no financieros, incluidos los de naturaleza fiscal ii) Evaluación de los mismos, en términos de impacto económico en los estados financieros y probabilidad de ocurrencia, iii) Respuesta al riesgo proporcionada por el responsable del mismo y iv) Seguimiento y reporte de los riesgos identificados, según la frecuencia establecida.
Este Sistema está soportado por una Política de Control y Gestión de Riesgos, cuya actualización ha sido aprobada por el Consejo de Administración en febrero 2022, alineada con las recomendaciones de Buen Gobierno Corporativo emitidas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores y referentes internacionales como COSO (Committee of Sponsoring Organizations of the Treadway Commission) e ISO (International Organization of Standardization), y tiene su desarrollo en un Procedimiento de Control y Gestión de Riesgos. En la Política se detallan los principios básicos del Sistema de Control y Gestión de Riesgos, así como los roles y responsabilidades definidas, y el nivel de riesgo aceptable, que es el grado de exposición que la Sociedad está en disposición de asumir en la medida en la que permita la creación de valor, recalcando que existen ciertas categorías de riesgos como los relacionados con los recursos humanos y el cumplimiento para los cuales el nivel de tolerancia es cero. Aplicado al establecimiento de la estrategia, ayuda a la dirección de la compañía a seleccionar una estrategia consecuente con su nivel de riesgo aceptable.
La Política de Control y Gestión de Riesgos está asimismo alineada con políticas y procedimientos existentes ya en el Grupo, incluidos los relativos al riesgo fiscal. Está definido un proceso de revisión y mejora continua de los mismos, con el fin de proporcionar aseguramiento razonable sobre el cumplimiento de la normativa aplicable.
Además, periódicamente se reporta información sobre riesgos a la Comisión de Auditoría y Control para su supervisión, así como al Consejo de Administración, en el que se detallan los principales riesgos que pueden afectar a la consecución de los objetivos estratégicos del Grupo.
Según lo establecido en el artículo 529 ter de la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 5.3 apartado n) del Reglamento del Consejo de Administración de Amper S.A., no podrán ser objeto de delegación aquellas facultades legal o estatutariamente reservadas al conocimiento directo del Consejo de Administración ni aquellas otras necesarias para un responsable ejercicio de la función general de supervisión, entre ellas la determinación de la Política de Control y Gestión de Riesgos, incluidos los fiscales, y la supervisión de los sistemas internos de información y control.
Para el desarrollo de dichas funciones el Consejo de Administración de Amper S.A. cuenta con el apoyo de la Comisión de Auditoría y Control, que ejerce las funciones relativas a los sistemas de control interno y gestión de riesgos según lo establecido en el artículo 3.3 del Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control y el de la Comisión de Sostenibilidad, que ejerce la supervisión de la información incluida en el estado de información no financiera relativa a riesgos no financieros y demás documentación pública relacionada con sus competencias, según lo establecido en el artículo 2.1 del Reglamento de Sostenibilidad.
La Alta Dirección es responsable de impulsar una cultura en la que la gestión de riesgos sea un factor que se tenga en cuenta en todas las decisiones y a todos los niveles de la entidad, así como de validar la información sobre riesgos antes de ser reportada a la Comisión de Auditoría y Control de Amper S.A y realizar un seguimiento de los planes de acción implementados para mitigar los riesgos que pueden afectar a la consecución de los objetivos estratégicos del Grupo, en función del riesgo aceptable definido.
La función de Gestión de Riesgos, por su parte, tiene como funciones principales: i) Coordinar e impulsar el Modelo de Gestión de Riesgos en el Grupo, fomentando la cultura de gestión de riesgos a todos los niveles, ii) Supervisar las políticas y procedimientos existentes, con el fin de garantizar su alineamiento con la Política de Control y Gestión de Riesgos, iii) Proporcionar el soporte necesario a los propietarios de los riesgos en su labor de identificación, evaluación y gestión de los riesgos, iv) Asesorar al Consejo de Administración en lo relativo a la definición del nivel de riesgo aceptable, y v) Canalizar a la Comisión de Auditoría y Control de Amper S.A. todas las cuestiones relativas al Sistema de Control y Gestión de Riesgos supervisando su ejecución e implantación.
Asimismo, los propietarios o responsables de los riesgos tienen como función principal identificar, evaluar y proporcionar una respuesta a los principales riesgos que afecten a su unidad, así como la implementación y seguimiento de los planes de acción correspondientes, en línea con la Política de Control y Gestión de Riesgos aprobada por el Consejo de Administración.

E.3. Señale los principales riesgos, financieros y no financieros, incluidos los fiscales y en la medida que sean significativos los derivados de la corrupción (entendidos estos últimos con el alcance del Real Decreto Ley 18/2017), que pueden afectar a la consecución de los objetivos de negocio.
El Sistema de Control y Gestión de Riesgos de Amper S.A. contempla las siguientes categorías de riesgos:
I. Riesgos de negocio, son aquellos que se derivan de la búsqueda de nuevos mercados y/o negocios, originados por cambios en el entorno, en el marco regulatorio y la incertidumbre estratégica.
Durante 2021 los eventos de riesgo asociados a esta tipología se han visto incrementada por el efecto del COVID 19, debido al contexto macroeconómico y su impacto en la estrategia, aumentando la incertidumbre.
II. Riesgos operativos, son aquellas posibles pérdidas de valor como resultado de fallos en los proyectos y servicios, procesos, sistemas, recursos humanos y como consecuencia de eventos externos.
Cabe señalar que durante 2021 los eventos de riesgo asociados a esta tipología se han visto incrementados por el COVID19, especialmente los relacionados con la gestión de proyectos, la cadena de suministro, la salud laboral, y la seguridad de la información, especialmente lo relativo a ciberseguridad.
Los principales riesgos operativos que pueden afectar a la consecución de los objetivos estratégicos del Grupo Amper son los debidos a fallos en el servicio, ya que el negocio del Grupo depende de ofrecer a sus clientes un servicio altamente confiable y se requiere en determinadas ocasiones que se garantice la disponibilidad de equipos concretos. En el caso de que el Grupo Amper cometiera errores y/o fallos en el servicio proporcionado, podría suponer costes, interrupciones y en definitiva una reducción de los ingresos, además del daño reputacional al Grupo.
Otro riesgo operativo significativo para el Grupo es la protección del know-how. El conocimiento con el que cuenta la Sociedad en determinadas áreas, servicios y soluciones es uno de sus activos intangibles más valiosos. La protección de dicho conocimiento está encomendada a todos sus profesionales, y en particular a los servicios jurídicos.
III. Riesgos financieros, son aquellas posibles pérdidas de valor como resultado de la inestabilidad de los mercados financieros, como tipo de cambio, tipo de interés, liquidez y de la incapacidad de la empresa para cancelar sus pasivos, así como los riesgos de crédito y los de carácter fiscal.
Las variaciones de los tipos de interés modifican el valor razonable de aquellos activos y pasivos que devengan un tipo de interés fijo, así como los flujos futuros de los activos y pasivos referenciados a un tipo de interés variable. El objetivo de la gestión del riesgo de tipos de interés es alcanzar un equilibrio en la estructura de la deuda que permita minimizar los mencionados riesgos y que minimice el coste de la deuda. A 31 de diciembre de 2021 la deuda financiera del Grupo está referenciada a tipo de interés variable y el tipo de interés de referencia es, fundamentalmente, el Euribor, no contando a cierre con ningún tipo de cobertura de tipos de interés.
El Grupo al operar en el ámbito internacional está expuesto a riesgo de tipo de cambio por operaciones con divisas, especialmente el dólar. El riesgo de tipo de cambio surge de transacciones comerciales futuras, activos y pasivos reconocidos e inversiones netas en el extranjero. A cierre de 2021 el Grupo no tiene contratada ningún tipo de cobertura relativa al tipo de cambio.
En lo relativo al riesgo de crédito, el Grupo tiene políticas para garantizar la recuperabilidad de las inversiones en proyectos, así como la cobrabilidad de las cuentas a cobrar por prestación de servicios a clientes con un historial de crédito adecuado. El Grupo instrumenta los cobros de determinados clientes a través de líneas de factoring sin recurso.
IV. Riesgos de cumplimiento, son aquellas posibles pérdidas de valor ocasionadas por la posibilidad de incurrir en sanciones legales o administrativas, pérdidas financieras significativas o pérdidas de reputación por incumplimiento de leyes, regulaciones, normas internas y códigos de conducta.
El Grupo Amper dispone de un sistema de cumplimiento, soportado por una Política de Cumplimiento Normativo, actualizada en diciembre 2021, integrado por todas las normas, procedimientos formales y actuaciones materiales que tienen por objeto garantizar la actuación de la sociedad conforme a los principios éticos y la legislación aplicable y prevenir conductas incorrectas o contrarias a la ética, regulaciones, normas y códigos de conducta aplicables, a la ley o al sistema de gobernanza de la sociedad que puedan ser cometidas por los profesionales de aquella en el seno de la organización.
El marco de tolerancia en el Grupo Amper está constituido por un conjunto de políticas y procedimientos que aseguren que los riesgos que pueden afectar a la consecución de los objetivos estratégicos se mantienen dentro del nivel aceptable de riesgo. Este nivel se encuentra definido en la Política de Control y Gestión de riesgos, actualizada y aprobada en febrero 2021, y es el grado de exposición que el Grupo está dispuesto a asumir en la medida en la que permita la creación de valor, recalcando que existen ciertas categorías de riesgos como los relacionados con los recursos humanos y el cumplimiento, en cuyo caso el nivel de tolerancia es cero. Aplicado al establecimiento de la estrategia, ayuda a la dirección de la compañía a seleccionar una estrategia consecuente con su nivel de riesgo aceptable.

Para aquellos riesgos identificados que se sitúen fuera de los niveles de tolerancia establecidos se definen, en la medida de lo posible, planes de acción que permitan situar de nuevo el riesgo en los niveles deseables, teniendo en cuenta el binomio coste-beneficio, relativo al posible impacto de la materialización del riesgo en los estados financieros del Grupo.
Durante el ejercicio 2021 no se han materializado riesgos relacionados con la actividad del Grupo, incluidos los fiscales, que hayan tenido un impacto relevante sobre el negocio.
En el proceso de gestión de riesgos establecido en el Grupo y definido en la Política de Control y Gestión de Riesgos, se indica que, una vez los responsables o propietarios de los operativos, incluidos los fiscales, han identificado los mismos, en base a las categorías previamente definidas, deben proporcionar una respuesta a los mismos, que puede ser:
estados financieros en caso de materializarse o bien su probabilidad de ocurrencia.
-Transferir, consiste en trasladar la pérdida del Grupo a un tercero, por ejemplo, mediante pólizas de seguro, externalización de actividades, cláusulas contractuales, etc…
En cuanto a los procedimientos seguidos por la compañía para asegurar que el Consejo de Administración da respuesta a los nuevos riesgos que se presentan, periódicamente la función de Gestión de Riesgos informa sobre los principales riesgos del Grupo al Consejo de Administración y posteriormente realiza un oportuno seguimiento de las medidas de mitigación de los riesgos, definidas e implantadas por los responsables o propietarios de los riesgos, informando a la Comisión de Auditoría y Control del estado de implantación de las mismas y su efectividad. De forma previa al reporte de la información sobre riesgos, la función de Gestión de Riesgos realiza un análisis de posibles riesgos emergentes, tanto internos como externos, a partir de documentos sectoriales y cualquiera otra información procedente de organismos de reconocido prestigio que se pueda considerar relevante.

Describa los mecanismos que componen los sistemas de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de emisión de información financiera (SCIIF) de su entidad.
Informe, señalando sus principales características de, al menos:
De acuerdo con lo establecido en el artículo 5.3 apartado e) del Reglamento del Consejo de Administración de Amper. S.A., el Consejo de Administración es el responsable de la formulación de las cuentas anuales (individuales y consolidadas) y su presentación a la junta general. En este sentido, el Consejo de Administración vela porque dichos documentos reflejen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de Amper S.A., tanto a nivel individual como del grupo consolidado, conforme a lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital.
Son también funciones indelegables del Consejo de Administración: (i) la determinación de la Política de Control y Gestión de riesgos, incluidos los fiscales, (ii) la supervisión de los sistemas internos de información y control, (iii) la aprobación de la información financiera que, por su condición de cotizada, deba hacer pública la sociedad periódicamente y (iv) la definición de la estructura del grupo de sociedades del que la sociedad sea entidad dominante.
El Consejo de Administración de Amper S.A. está formado por 8 miembros, además del Presidente y el secretario, el Consejo cuenta con 4 Consejeros independientes y 3 Consejeros dominicales y para su selección se han tenido en cuenta las recomendaciones de Buen Gobierno Corporativo y Guías Técnicas emitidas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
La Comisión de Auditoría y Control es el Órgano dependiente del Consejo de Administración que tiene responsabilidades específicas de asesoramiento al Consejo de Administración, de supervisión y control de los procesos de elaboración y presentación de la información financiera, de la independencia del auditor de cuentas y de la eficacia de los sistemas internos de control y gestión de riesgos, sin perjuicio de la responsabilidad del Consejo de Administración, según lo estipulado en el Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control de Amper S.A, en los artículos 3.2 y 3.3.
En relación con el proceso de elaboración de la información financiera la Comisión de Auditoría y Control es responsable de:
a. Supervisar y evaluar de forma continuada el proceso de elaboración y presentación, así como la claridad e integridad de la información financiera, los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros relativos a Amper y a su Grupo (incluyendo los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medioambientales, políticos y reputacionales o relacionados con la corrupción), debiendo asegurarse de que los informes financieros semestrales y las declaraciones trimestrales de gestión se formulan aplicando los mismos criterios contables que los informes financieros anuales y supervisar las revisiones de los estados financieros intermedios solicitadas al auditor de cuentas, con el alcance y la periodicidad que sea definido, en su caso;
b. Revisar el cumplimiento de los requerimientos legales, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados y de las normas internacionales de información financiera y no financiera que sean de aplicación;
c. Supervisar el proceso de elaboración y presentación, así como la claridad e integridad de la información no financiera regulada, en el ámbito de sus competencias, relativa a Amper y a su Grupo, debiendo asegurarse de que se formula de acuerdo con los requerimientos legales que resultan de aplicación, así como supervisar las revisiones solicitadas al verificador externo, con el alcance y la periodicidad que sea definido, en su caso;
d. Mantener una comunicación fluida con la Dirección de la Sociedad, para entender sus decisiones sobre la aplicación de los criterios más significativos, con Auditoría Interna para conocer los resultados de las revisiones realizadas y con los auditores o verificadores externos.
e. Entender y supervisar la eficacia del sistema de control interno de la información financiera y no financiera, y recibir información periódica de su responsable;
f. Presentar recomendaciones o propuestas al Consejo de Administración dirigidas a salvaguardar la integridad de la información financiera y no financiera, a instancias de las revisiones realizadas tanto por auditoría interna como por el auditor de cuentas;
g. Evaluar e informar al Consejo de Administración de cualquier cambio de criterio contable significativo, así como de los riesgos significativos del balance y la cuenta de resultados (individual y consolidada) y de fuera de estos.

Por tanto, la responsabilidad última de la existencia y mantenimiento de un adecuado y efectivo SCIIF recae en el Consejo de Administración que ejerce la supervisión directa del mismo a través de la Comisión de Auditoría y Control. A su vez, la Comisión de Auditoría y Control se apoya para dicha supervisión en la Dirección de Auditoría Interna que es la encargada de evaluar el diseño y correcto funcionamiento del SCIIF y su efectividad, informando de las posibles debilidades de control detectadas y del seguimiento de los planes de acción asociados. La dirección es responsable de la implantación y mantenimiento de los controles del SCIFF. Existe un Manual de SCIIF, en proceso de actualización, en el que se establecen los roles, responsabilidades y procedimientos a implantar con el fin de que el sistema de control interno de la sociedad sea efectivo y proporcione aseguramiento razonable sobre la fiabilidad de la información financiera.
El Consejo de Administración supervisa que la Alta Dirección, como parte de la gestión operativa de la Sociedad que tiene encomendada, realice el diseño y revisión de la estructura organizativa y se definan claramente las líneas de responsabilidad y autoridad, con una adecuada distribución de tareas y funciones, así como de segregación de funciones en lo relativo al proceso de elaboración de la información financiera en las unidades de negocio concretas.
La Alta Dirección delega el diseño y revisión de la estructura organizativa en la Dirección Corporativa de Recursos Humanos, que se materializa en un organigrama, al cual tiene acceso todo el personal del Grupo a través de la intranet de la Sociedad.
· Código de conducta, órgano de aprobación, grado de difusión e instrucción, principios y valores incluidos (indicando si hay menciones específicas al registro de operaciones y elaboración de información financiera), órgano encargado de analizar incumplimientos y de proponer acciones correctoras y sanciones:
El Grupo Amper dispone de un código de conducta, denominado Código Ético, cuya actualización fue aprobada por el Consejo de Administración el 14 de febrero de 2020, unificando en un único documento la ética y los valores del Grupo en su conjunto. El objetivo del Código es recoger los principios éticos básicos de obligado cumplimiento que deben conducir la actuación de las empresas del Grupo, sus consejeros, directivos y empleados, y todo aquel tercero que lo acepte, con el fin de impedir y prevenir actos ilícitos y promover buenas prácticas empresariales. El Código Ético se encuentra ubicado en la intranet del Grupo, a disposición de todos los empleados, asegurando su adecuada difusión.
En el Código Ético se establece que el Grupo Amper mantiene registros contables y publica información económico-financiera completa, precisa, comprensible y veraz y se prohíbe cualquier acción encaminada a ocultar a sus accionistas e inversores información económico-financiera que deba hacerse pública de conformidad con la legislación.
Existen además una serie de reglamentos y políticas en el Grupo, alineadas con el Código Ético, que constituyen un desarrollo del mismo, como el Reglamento Interno de Conducta en los mercados de valores, aprobado por el Consejo de Administración el 22 de mayo de 2018, en el cual se establecen las reglas que han de regir la actuación de las personas afectadas por él con el fin de proteger la integridad de los mercados financieros y aumentar la confianza de los inversores, particularmente de aquellos que han invertido en instrumentos financieros emitidos por la Sociedad, tratando de garantizar que todos ellos están en igualdad de condiciones y protegidos contra una utilización indebida de información privilegiada. Adicionalmente, el 21 de diciembre de 2021 el Consejo de Administración aprobó la actualización de la Política de Conflictos de Interés y Operaciones Vinculadas con consejeros, accionistas significativos y altos directivos, así como de Operaciones Intragrupo, la cual tiene por objeto detallar las reglas a seguir en aquellas situaciones en las que entren en conflicto el interés de la Sociedad y el interés personal directo o indirecto de los consejeros o de las personas sometidas a reglas de conflictos de interés, así como en las transacciones que el Grupo o sus empresas realicen con los consejeros, con las personas sometidas a reglas de conflictos de interés o con los Accionistas Significativos.
Asimismo, según se establece en el artículo 3.5 del Reglamento de la Comisión de Auditoría y Control, es dicha Comisión la encargada de supervisar el cumplimiento de la normativa aplicable y la eficacia de las políticas y procedimientos internos de la Sociedad, garantizando su adecuación y consistencia con las previsiones normativas y las recomendaciones, así como de supervisar el cumplimiento del Modelo de Prevención de riesgos penales del Grupo y la eficacia de sus controles. Esta labor la realiza de forma operativa la función de Cumplimiento, que es la encargada de analizar los posibles incumplimientos identificados y de proponer acciones correctoras y sanciones, y reportar periódicamente los asuntos más significativos a la Comisión de Auditoría y Control.
· • Canal de denuncias, que permita la comunicación a la comisión de auditoría de irregularidades de naturaleza financiera y contable, en adición a eventuales incumplimientos del código de conducta y actividades irregulares en la organización, informando, en su caso, si éste es de naturaleza confidencial y si permite realizar comunicaciones anónimas respetando los derechos del denunciante y del denunciado.

En el marco de la implantación del sistema de Cumplimiento Normativo, el Grupo Amper ha establecido un Canal de Denuncias mediante el cual todos sus empleados, proveedores, clientes, accionistas y cualquier persona que trabaje bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores, podrán informar cualquier situación o indicio que implique la comisión de un delito, un incumplimiento de la legislación vigente, una trasgresión de los principios del Código Ético, el Plan de Igualdad y/o un incumplimiento grave de la normativa interna.
Con el fin de garantizar la confidencialidad y seguridad de la información reportada a través de dicho Canal, se ha creado una cuenta de correo electrónico específica, pudiendo asimismo realizar la comunicación ante cualquier miembro del Comité de Ética o bien el superior jerárquico correspondiente. Todas las comunicaciones son anónimas y la confidencialidad de la denuncia queda garantizada al ser tratados todos los datos que, en su caso aparezcan en la denuncia conforme a la Ley Orgánica de Protección de Datos 15/1999, pasando a formar parte de un fichero de denuncias internas, protegido por la Política de Seguridad de la Información existente en el Grupo, respetando por tanto los derechos del denunciante y el denunciado.
La Comisión de Auditoría y Control recibe periódicamente, a través de la función de Cumplimiento, información sobre las denuncias recibidas a través del canal disponible a estos efectos de posibles incumplimientos de dicho Código y otras irregularidades en general y presenta anualmente la Memoria Anual de Actividades de la función de Cumplimiento al Consejo de Administración.
La Dirección de Recursos Humanos del Grupo Amper, junto con la Dirección Económico-Financiera, planifica y desarrolla periódicamente acciones formativas, tanto internas como externas, con el fin de cubrir las necesidades de formación y conocimiento de los empleados de acuerdo a los objetivos estratégicos del Grupo, y específicamente las relativas a la elaboración de los Estados Financieros y cumplimiento del SCIIF y es responsable de la monitorización de la realización de dichas acciones formativas.
En el último trimestre del ejercicio la Dirección Económico-Financiera procede a identificar las necesidades formativas para el siguiente ejercicio, de forma que se asegure que los empleados involucrados reciban formación sobre: i) nuevos estándares de preparación de la información financiera aplicables al Grupo, ii) modificaciones en las regulaciones de reporting establecidas por el regulador de los mercados de capitales aplicables al Grupo, iii) modificaciones en las prácticas y procedimientos de reporting internos del Grupo Amper y iv) modificaciones en las políticas internas del Grupo.
Concretamente, en 2021 destaca la realización de los siguientes seminarios:
Seminario de actualización del Plan General Contable y las Normas Internacionales de Información Financiera.
Formación en la herramienta de reporte ESEF, formato estándar para los estados financieros en Europa.
Informe, al menos, de:
En el Grupo Amper existe un proceso continuo e iterativo de identificación, evaluación, gestión y reporte de todas las categorías de riesgos, incluyendo los de error o fraude, soportado por la Política de Control y Gestión de Riesgos, actualizada en febrero 2021 y documentado en el Procedimiento de Gestión de Riesgos, el cual se encuentra en fase de actualización, en el marco de compromiso de mejora continua.
El Consejo de Administración determina la Política de Control y Gestión de riesgos, incluidos los fiscales, y supervisa los sistemas internos de información y control, apoyándose a tal fin en la Comisión de Auditoría y Control. A su vez, dicha Comisión se apoya en la función de Gestión de Riesgos, ubicada en la Dirección de Auditoría Interna, para facilitar el proceso de identificación, evaluación, gestión y reporte de los riesgos por parte de los responsables de cada área.
El proceso de identificación de los riesgos debe cubrir la integridad y completitud de los mismos, teniendo en cuenta todos los riesgos con posible impacto en los procesos de elaboración de la información financiera, entre ellos:
Los riesgos de negocio, aquellos que se derivan de la búsqueda de nuevos mercados y/o negocios, originados por cambios en el entorno, en el marco regulatorio y la incertidumbre estratégica.
Los riesgos operativos, aquellas posibles pérdidas de valor como resultado de fallos en los proyectos y servicios, procesos, sistemas, recursos humanos y como consecuencia de eventos externos.

· Si el proceso cubre la totalidad de objetivos de la información financiera, (existencia y ocurrencia; integridad; valoración; presentación, desglose y comparabilidad; y derechos y obligaciones), si se actualiza y con qué frecuencia:
Además de llevar a cabo la identificación de los riesgos con posible impacto en los procesos de elaboración de la información financiera, también se identifican los objetivos de la información financiera asociados a cada riesgo crítico, como son:
Existencia y ocurrencia, las transacciones, hechos y demás eventos recogidos por la información financiera efectivamente existen y se han registrado en el momento adecuado.
Integridad, la información refleja la totalidad de las transacciones, hechos y demás eventos en los que la entidad es parte afectada.
Valoración, las transacciones, hechos y demás eventos se registran y valoran de conformidad la normativa aplicable.
Presentación, desglose y comparabilidad, las transacciones, hechos y demás eventos se clasifican, presentan y revelan en la información financiera de acuerdo con la normativa aplicable.
Derechos y obligaciones, la información financiera refleja, a la fecha correspondiente, los derechos y obligaciones a través de los correspondientes activos y pasivos, de conformidad con la normativa aplicable.
Toda la información relativa a los riesgos y objetivos de la información financiera se encuentra recogida en el Manual del SCIIF, que se actualiza periódicamente, cada vez que existen cambios en los procesos o bien cambios en el perímetro de consolidación.
· La existencia de un proceso de identificación del perímetro de consolidación, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la posible existencia de estructuras societarias complejas, entidades instrumentales o de propósito especial:
La Dirección Financiera Corporativa del Grupo Amper, en colaboración con la Dirección Legal, son las responsables de identificar y registrar, en el formato designado a tal efecto, los cambios producidos en las participaciones accionariales del Grupo, cualquiera que sea su naturaleza, ya sean directas o indirectas, así como cualquier entidad en la que el Grupo tenga la capacidad de ejercer el control, independientemente de la forma jurídica a través de la cual se obtenga control, incluyendo, por tanto, en su caso, tanto las sociedades instrumentales como las de propósito especial.
Una vez actualizados los cambios en el registro societario, la Dirección Financiera Corporativa identifica la estructura de control correspondiente, y determina el método mediante el cual la Sociedad se integra en el perímetro de Consolidación, de acuerdo con los criterios previstos en las Normas Internacionales de Contabilidad.
El proceso de identificación de riesgos relativos a errores en la información financiera no es un proceso aislado, sino que está interrelacionado con el proceso de gestión de riesgos de las distintas categorías que integran el Modelo de Gestión de Riesgos, como son los riesgos de negocio, operativos, financieros y de cumplimiento de la Sociedad. Los eventos de riesgo identificados se mapean con las distintas categorías definidas, asegurando que se tiene en cuenta el posible impacto de las distintas categorías de riesgos en la información financiera.
El Consejo de Administración del Grupo Amper tiene la facultad indelegable de aprobación de la Política de Control y Gestión de Riesgos, incluidos los riesgos relacionados con la información financiera. Se apoya para tal labor en la Comisión de Auditoría y Control, la cual supervisa periódicamente la eficacia del Sistema de Control y Gestión de Riesgos, delegando en la función de Auditoría Interna, que evalúa periódicamente el diseño y efectividad del SCIIF, reportando las posibles debilidades de control identificadas y el seguimiento de los planes de acción acordados.

Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:
F.3.1 Procedimientos de revisión y autorización de la información financiera y la descripción del SCIIF, a publicar en los mercados de valores, indicando sus responsables, así como de documentación descriptiva de los flujos de actividades y controles (incluyendo los relativos a riesgo de fraude) de los distintos tipos de transacciones que puedan afectar de modo material a los estados financieros, incluyendo el procedimiento de cierre contable y la revisión específica de los juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones relevantes
El Grupo Amper cuenta con un Modelo de Control Interno sobre la información financiera, basado en el marco COSO (The Committee of Sponsoring Organisations of the Treadway Commission) y alineado con su versión de 2013. El marco consta de los siguientes objetivos:
Además consta de los siguientes componentes, que a su vez se desdoblan en diecisiete principios:
Los objetivos, componentes y principios se encuentran interrelacionados entre sí. Se ha realizado un proceso de aseguramiento para verificar que cada uno de los cinco componentes están presentes, funcionan adecuadamente y de manera integrada en la organización, de modo que se pueda proporcionar aseguramiento razonable sobre la consecución de los objetivos estratégicos de la Sociedad. Se ha concluido que el SCIIF cumple con los requerimientos de COSO.
Existe una relación directa entre los componentes, los principios, y la estructura de la organización. Por lo tanto, ante cualquier cambio relevante en la organización es necesario realizar una revisión del impacto en el Modelo. Por ello, debido al proceso de reorganización y fusiones y adquisiciones al que está sometido actualmente el Grupo se está procediendo a la revisión y actualización del SCIIF.
Como parte del SCIIF y en base al marco COSO, se definen matrices de riesgos (incluidos los relativos a fraude) y controles para cada uno de los procesos de negocio existentes en el Grupo, que puedan tener afectación en los estados financieros. De esta forma, la organización considera la probabilidad de fraude al evaluar los riesgos asociados a la consecución de los objetivos.
El SCIIF se instrumentaliza a través de un proceso secuencial, el cual incluye los roles y responsabilidades más significativas, existiendo una adecuada segregación de funciones.
El proceso incluye los siguientes pasos:
Anualmente la Dirección de Auditoría Interna realiza la evaluación del SCIIF, reportando a la Comisión de Auditoría y Control las posibles debilidades de control identificadas y los planes de acción definidos por los responsables.
En lo relativo a los procedimientos de revisión y autorización de la información financiera, se han definido los siguientes roles y funciones:
a) La Comisión de Auditoría y Control, a través de la función de Auditoría Interna, impulsa y refuerza las políticas que sean precisas de modo que la información que se comunica a los mercados represente la imagen fiel del patrimonio y los resultados del Grupo, y sea comunicada en tiempo y forma, atendiendo a los requerimientos normativos que sean de aplicación.
b) Dirección Financiera Corporativa, analiza y supervisa la información elaborada, antes de hacerla pública de conformidad con la normativa vigente y la presenta a la Comisión de Auditoría y Control y al Consejo de Administración, para su aprobación.
c) Las áreas gestoras, que son las responsables de los procesos y de la implementación y ejecución de los controles necesarios para mitigar los riesgos que pueden impactar en los estados financieros.
- Efectividad y eficiencia de las operaciones.

d) La función de Auditoría Interna, la cual: i) supervisa el establecimiento y mantenimiento de los procedimientos relativos a la elaboración de la información financiera, ii) revisa y valora la corrección, fiabilidad, suficiencia y claridad de la información, iii) asegura que la información es comunicada a la Alta Dirección de forma que permita anticipar cualquier decisión que sea oportuno tomar.
La revisión específica del proceso de Cierre Contable y de los juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones relevantes definidas para cuantificar algunos activos, pasivos, ingresos, gastos y compromisos registrados y/o desglosados en la información financiera, la lleva a cabo la Dirección General Económico-Financiera de la Sociedad, de forma previa al reporte de los estados financieros al Consejo de Administración.
El Grupo Amper es consciente de la relevancia de una efectiva gestión de un sistema de seguridad de la información, siendo la información un activo fundamental para la prestación de sus servicios y la toma de decisiones eficientes, por lo que existe un compromiso expreso de protección de sus propiedades más significativas como parte de una estrategia orientada a la continuidad del negocio, la administración de riesgos y la consolidación de una cultura de seguridad.
Se ha definido una Política de Seguridad de la Información, en cumplimiento con la ISO/IEC 27001, la cual engloba el conjunto de directrices que orientan la forma en la que la organización gestiona y protege la información y los servicios que considera críticos. Tiene su desarrollo en un conjunto de principios, procedimientos y medidas (preventivos, reactivos y de control) para proteger la información que gestiona y sus servicios esenciales, con el objeto de garantizar la seguridad y la continuidad del negocio. El objetivo principal de esta política es asegurar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos, englobando por tanto los relativos a los procesos de elaboración y publicación de la información financiera.
Los objetivos principales de la Política son:
Compromiso con el cumplimiento de los requisitos aplicables a la seguridad de la información.
Protección de los servicios e información contra pérdidas de disponibilidad y contra accesos no autorizados.
Evitar usos maliciosos de la red y accesos no autorizados a los sistemas.
Preservar la confidencialidad e integridad de la información.
Proporcionar formación a las personas con responsabilidad en el uso o administración de sistemas TIC para garantizar una operación segura de los mismos y concienciar a toda la organización en la importancia del cumplimiento de esta política.
Establecer procedimientos de salvaguarda idóneos, incluida la notificación de incidencias de seguridad en el desarrollo de servicios para y por terceros.
La Política de Seguridad de la Información se revisa periódicamente, con carácter anual, y siempre que se hayan producido incidencias graves de seguridad, en línea con el compromiso de mejora continua. Está publicada en la intranet del Grupo, facilitando su conocimiento y aplicación por parte de cualquier empleado del Grupo.
Grupo Amper revisa anualmente la existencia de actividades ejecutadas por terceros que pudieran ser relevantes para el proceso de preparación de la información financiera. Hasta la fecha, el Grupo no ha externalizado procesos de tal índole, por lo que no ha sido necesario solicitar y evaluar informes sobre la eficacia de los controles establecidos por entidades ajenas al Grupo.
De forma recurrente, el Grupo Amper solicita los servicios de expertos externos, para la evaluación de litigios en curso o la valoración de sus instrumentos financieros, entre otros, y previamente realiza la comprobación de la competencia, capacitación, acreditación e independencia de dichos asesores, así como la validez de los datos y métodos utilizados y la razonabilidad de las hipótesis planteadas.

Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:
F.4.1 Una función específica encargada de definir, mantener actualizadas las políticas contables (área o departamento de políticas contables) y resolver dudas o conflictos derivados de su interpretación, manteniendo una comunicación fluida con los responsables de las operaciones en la organización, así como un manual de políticas contables actualizado y comunicado a las unidades a través de las que opera la entidad.
La responsabilidad sobre la aplicación de las políticas contables del Grupo recae sobre la Dirección Económico-Financiera y en particular en el responsable de Consolidación, quien procede a identificar, definir y mantener actualizadas las políticas contables que afectan al Grupo, y a resolver las dudas o conflictos derivados de la interpretación y aplicación en cualquiera de las sociedades filiales del Grupo, asegurando la aplicación coherente de las políticas contables en el Grupo.
El Grupo Amper cuenta con un Manual de Políticas Contables, que recoge las políticas a seguir en función de las distintas tipologías de transacciones habituales en el Grupo y se actualiza, al menos anualmente, de modo que:
-Incluya las políticas contables aplicables a posibles nuevas transacciones que no estuvieran incluidas en versiones anteriores, -Incluya las modificaciones oportunas a las políticas contables del Grupo en consonancia con lo indicado por las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF-UE). -Incluya los cambios en las políticas contables aprobados por la Dirección Económico-Financiera.
Según se indica en el Manual de Políticas Contables, existe un formato único de reporte estándar que está definido para recoger la totalidad de la información necesaria para la preparación de la información financiera consolidada del Grupo y el cual utilizan todas las sociedades del Grupo.
Informe, señalando sus principales características, al menos de:
F.5.1 Las actividades de supervisión del SCIIF realizadas por la comisión de auditoría así como si la entidad cuenta con una función de auditoría interna que tenga entre sus competencias la de apoyo a la comisión en su labor de supervisión del sistema de control interno, incluyendo el SCIIF. Asimismo se informará del alcance de la evaluación del SCIIF realizada en el ejercicio y del procedimiento por el cual el encargado de ejecutar la evaluación comunica sus resultados, si la entidad cuenta con un plan de acción que detalle las eventuales medidas correctoras, y si se ha considerado su impacto en la información financiera.
La Comisión de Auditoría y Control supervisa, a través de la Dirección de Auditoría Interna, la eficacia del Sistema interno de Control y Gestión de Riesgos, incluyendo el correcto funcionamiento del SCIIF, evaluando su diseño y efectividad. La Dirección de Auditoría Interna depende funcionalmente de la Comisión de Auditoría y Control, asegurando su objetividad e independencia.
La Dirección de Auditoría Interna es la encargada de evaluar la razonabilidad y suficiencia del diseño y funcionamiento de los sistemas de control interno y gestión de riesgos del Grupo, revisando:
i. Que los riesgos que puedan afectar al logro de los objetivos del Grupo se encuentran identificados, evaluados, gestionados y se realiza un seguimiento de los mismos.
ii. Que los procesos y operaciones se realizan de acuerdo con las leyes, regulaciones, contratos y resto de políticas que resulten de aplicación. iii. Que los activos están adecuadamente protegidos.
iv. Que el proceso de elaboración y reporte de la información financiera se lleva a cabo con integridad y completitud.

El modelo de alcances de la auditoría del SCIIF considera tanto factores cuantitativos (materialidad de los epígrafes contables) como cualitativos (riesgo de fraude, volumen de transacciones, complejidad, deterioro de valor y potenciales pasivos, estandarización, juicios de valor y estimación y grado de manualidad o integración de sistemas). El alcance de la evaluación SCIIF realizada en 2021 ha abarcado a las principales sociedades del Grupo, y ha sido aprobado por la Comisión de Auditoría y Control.
En relación al SCIIF, la Dirección de Auditoría Interna realiza una revisión anual sobre el adecuado diseño y efectividad de las actividades de control sobre la información financiera. En el marco de dicha revisión, la función de Auditoría Interna emite informes, indicando a los responsables del proceso, a la Alta Dirección y a la Comisión de Auditoría y Control las posibles debilidades de control interno detectadas y los planes de acción definidos por los responsables para mitigarlas, considerando asimismo el posible impacto en la información financiera. Posteriormente la función de Auditoría Interna realizará seguimiento a la implantación de los planes de acción y comunicará dicha información de forma oportuna a la Comisión de Auditoría y Control.
F.5.2 Si cuenta con un procedimiento de discusión mediante el cual, el auditor de cuentas (de acuerdo con lo establecido en las NTA), la función de auditoría interna y otros expertos puedan comunicar a la alta dirección y a la comisión de auditoría o administradores de la entidad las debilidades significativas de control interno identificadas durante los procesos de revisión de las cuentas anuales o aquellos otros que les hayan sido encomendados. Asimismo, informará de si dispone de un plan de acción que trate de corregir o mitigar las debilidades observadas.
La Dirección de Auditoría Interna informa periódicamente a la Comisión de Auditoría y Control sobre las conclusiones alcanzadas en los trabajos realizados y sobre la implantación de los planes de acción definidos. Todas las debilidades de control identificadas están sujetas a recomendaciones y planes de acción.
Además, entre las funciones de la Comisión de Auditoría y Control se incluye el establecimiento de oportunas relaciones con el Auditor Externo para recibir regularmente información sobre los resultados de la auditoría y cualquier cuestión que pudiera ponerse de manifiesto tanto en el seno de la Comisión como durante la ejecución del propio trabajo de auditoría de cuentas. El auditor de cuentas comparece anualmente ante la Comisión de Auditoría y Control para presentar las recomendaciones relacionadas con las debilidades de control interno, identificadas durante el proceso de revisión de las cuentas anuales.
N/A
Informe de:
F.7.1 Si la información del SCIIF remitida a los mercados ha sido sometida a revisión por el auditor externo, en cuyo caso la entidad debería incluir el informe correspondiente como anexo. En caso contrario, debería informar de sus motivos.
El Grupo Amper no ha sometido a revisión, por parte del auditor externo, la información del SCIIF remitida a los mercados en el ejercicio 2021 por no tener carácter obligatorio.

Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas.
En el caso de que alguna recomendación no se siga o se siga parcialmente, se deberá incluir una explicación detallada de sus motivos de manera que los accionistas, los inversores y el mercado en general, cuenten con información suficiente para valorar el proceder de la sociedad. No serán aceptables explicaciones de carácter general.
Cumple [ X ] Explique [ ]
| Cumple [ ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ ] | No aplicable [ X ] |
|---|---|---|---|
| --------------- | ---------------------------- | ----------------- | -------------------- |
La sociedad matriz del Grupo Amper, no esta controlada en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio por otra entidad.

Y que, sin perjuicio de las obligaciones legales de difusión de información privilegiada y otro tipo de información regulada, la sociedad cuente también con una política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa a través de los canales que considere adecuados (medios de comunicación, redes sociales u otras vías) que contribuya a maximizar la difusión y la calidad de la información a disposición del mercado, de los inversores y demás grupos de interés.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]
La política de comunicación y contactos con accionistas está en proceso de elaboración para ser aprobada por el órgano de gobierno de la Sociedad.
Y que cuando el consejo de administración apruebe cualquier emisión de acciones o de valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, la sociedad publique inmediatamente en su página web los informes sobre dicha exclusión a los que hace referencia la legislación mercantil.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]
La Sociedad publica en su página web con antelación a la Junta de Accionistas el informe sobre la independencia del auditor y el informe de funcionamiento de las comisiones.

Y que la sociedad cuente con mecanismos que permitan la delegación y el ejercicio del voto por medios telemáticos e incluso, tratándose de sociedades de elevada capitalización y en la medida en que resulte proporcionado, la asistencia y participación activa en la Junta General.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y que tales requisitos y procedimientos favorezcan la asistencia y el ejercicio de sus derechos a los accionistas y se apliquen de forma no discriminatoria.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

Ninguna de las casuísticas recogidas en esta recomendación se han puesto de manifiesto en el ejercicio 2021.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
El Grupo no tiene previsto el pago de prima para la asistencia a la junta general de accionistas. En caso de cambiar de criterio, desarrollaría una política al respecto.
Y que en la búsqueda del interés social, además del respeto de las leyes y reglamentos y de un comportamiento basado en la buena fe, la ética y el respeto a los usos y a las buenas prácticas comúnmente aceptadas, procure conciliar el propio interés social con, según corresponda, los legítimos intereses de sus empleados, sus proveedores, sus clientes y los de los restantes grupos de interés que puedan verse afectados, así como el impacto de las actividades de la compañía en la comunidad en su conjunto y en el medio ambiente.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Explique [ ]

Que el resultado del análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración se recoja en el informe justificativo de la comisión de nombramientos que se publique al convocar la junta general de accionistas a la que se someta la ratificación, el nombramiento o la reelección de cada consejero.
La comisión de nombramientos verificará anualmente el cumplimiento de esta política y se informará de ello en el informe anual de gobierno corporativo.
| Cumple [ ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ X ] |
|---|---|---|
| --------------- | ---------------------------- | ---------------- |
La Sociedad no tiene una política de selección de consejeros, si bien la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en el momento de cubrir vacantes o de proponer el nombramiento o reelección de Consejeros sigue procedimientos de selección objetivos e imparciales que no obstaculizan la selección de consejeras, buscando e incluyendo entre los potenciales candidatos a las personas, sean hombres o mujeres, que reúnan el perfil buscado.
Y que el número de consejeras suponga, al menos, el 40% de los miembros del consejo de administración antes de que finalice 2022 y en adelante, no siendo con anterioridad inferior al 30%.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Este criterio podrá atenuarse:
Cumple [ X ] Explique [ ]

Que, sin embargo, cuando la sociedad no sea de elevada capitalización o cuando, aun siéndolo, cuente con un accionista o varios actuando concertadamente, que controlen más del 30% del capital social, el número de consejeros independientes represente, al menos, un tercio del total de consejeros.
Cumple [ X ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
En el año 2020 se nombró consejero dominical a D. Juan José Rodríguez-Navarro Oliver a instancias del accionista Global Income, S.A., cuya participación en Amper a 31 de diciembre de 2020 era del 2,26% por su formación y dilatada experiencia profesional en el ámbito financiero, que tanto la Comisión de Nombramientos y Retribuciones como el Consejo de Administración de Amper han considerado que puede ser de gran valor para el Grupo en el desarrollo del Plan Estratégico 2021-2024.
En el año 2021 se ha nombrado a D. Iñigo Resusta Covarrubias consejero dominical a instancias del accionista Jomar e Hijos, S.L.
Amper no ha recibido peticiones formales de presencia en el Consejo procedentes de accionistas adicionales a la de Global Income, S.A. y Jomar e Hijos, S.L..

| Cumple [ X ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ ] | No aplicable [ ] | |
|---|---|---|---|---|
| -- | -------------- | ---------------------------- | ----------------- | --------------------- |
También podrá proponerse la separación de consejeros independientes como consecuencia de ofertas públicas de adquisición, fusiones u otras operaciones corporativas similares que supongan un cambio en la estructura de capital de la sociedad, cuando tales cambios en la estructura del consejo de administración vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en la recomendación 16.
Cumple [ X ] Explique [ ]
Y que, habiendo sido informado o habiendo conocido el consejo de otro modo alguna de las situaciones mencionadas en el párrafo anterior, examine el caso tan pronto como sea posible y, atendiendo a las circunstancias concretas, decida, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, si debe o no adoptar alguna medida, como la apertura de una investigación interna, solicitar la dimisión del consejero o proponer su cese. Y que se informe al respecto en el informe anual de gobierno corporativo, salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta. Ello sin perjuicio de la información que la sociedad deba difundir, de resultar procedente, en el momento de la adopción de las medidas correspondientes.

Y que cuando el consejo de administración adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, este saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir, explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente.
Esta recomendación alcanza también al secretario del consejo de administración, aunque no tenga la condición de consejero.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Y que, sin perjuicio de que se dé cuenta de todo ello en el informe anual de gobierno corporativo, en la medida en que sea relevante para los inversores, la sociedad publique a la mayor brevedad posible el cese incluyendo referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el consejero.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Y que el reglamento del consejo establezca el número máximo de consejos de sociedades de los que pueden formar parte sus consejeros.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]
Con ocasión de su nombramiento, se analiza y verifica la disponibilidad del consejero en función de los compromisos preexistentes.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
| Cumple [ X ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ ] | No aplicable [ ] |
|---|---|---|---|
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cuando, excepcionalmente, por razones de urgencia, el presidente quiera someter a la aprobación del consejo de administración decisiones o acuerdos que no figuraran en el orden del día, será preciso el consentimiento previo y expreso de la mayoría de los consejeros presentes, del que se dejará debida constancia en el acta.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Que los consejeros sean periódicamente informados de los movimientos en el accionariado y de la opinión que los accionistas significativos, los inversores y las agencias de calificación tengan sobre la sociedad y su grupo.
Que el presidente, como responsable del eficaz funcionamiento del consejo de administración, además de ejercer las funciones que tiene legal y estatutariamente atribuidas, prepare y someta al consejo de administración un programa de fechas y asuntos a tratar; organice y coordine la evaluación periódica del consejo, así como, en su caso, la del primer ejecutivo de la sociedad; sea responsable de la dirección del consejo y de la efectividad de su funcionamiento; se asegure de que se dedica suficiente tiempo de discusión a las cuestiones estratégicas, y acuerde y revise los programas de actualización de conocimientos para cada consejero, cuando las circunstancias lo aconsejen.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ X ] Explique [ ]

Para la realización de la evaluación de las distintas comisiones se partirá del informe que estas eleven al consejo de administración, y para la de este último, del que le eleve la comisión de nombramientos.
Cada tres años, el consejo de administración será auxiliado para la realización de la evaluación por un consultor externo, cuya independencia será verificada por la comisión de nombramientos.
Las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo deberán ser desglosadas en el informe anual de gobierno corporativo.
El proceso y las áreas evaluadas serán objeto de descripción en el informe anual de gobierno corporativo.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
La sociedad no cuenta con una Comisión Ejecutiva en la actualidad.
| Cumple [ ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ ] | No aplicable [ X ] |
|---|---|---|---|
| --------------- | ---------------------------- | ----------------- | -------------------- |
Entre las Comisiones del Consejo de Administración de Amper, en la actualidad no hay Comisión Ejecutiva.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]


Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Las acciones de Amper cotizan en bolsa y están incluidas desde el 1 de julio de 2005 en el Ibex Small Cap.
Y que cualquier consejero pueda solicitar de la comisión de nombramientos que tome en consideración, por si los encuentra idóneos a su juicio, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
En el año 2021 el Consejo de Administración de Amper acordó constituir la Comisión de Sostenibilidad, órgano de carácter informativo y consultivo responsable de asesorar al Consejo de Administración en las materias de su competencia y de supervisar y controlar las propuestas en materia de sostenibilidad en los ámbitos social, medioambiental, de salud y seguridad de los productos comercializados por la Sociedad, o por cualquiera de las sociedades del Grupo, así como de las relaciones con los distintos grupos de interés en el ámbito de la sostenibilidad. Asimismo, la Comisión es responsable, junto con la Comisión de Auditoría y Control, de la supervisión de la información incluida en el estado de información no financiera y demás documentación pública relacionada con sus competencias.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Explique [ ]

Se podrá contemplar la entrega de acciones como remuneración a los consejeros no ejecutivos cuando se condicione a que las mantengan hasta su cese como consejeros. Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar, en su caso, para satisfacer los costes relacionados con su adquisición.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
La Junta General de Accionistas de Amper celebrada el 29 de junio de 2021 aprobó la política de retribución de los Consejeros que desempeñan funciones ejecutivas, la cual contempla una parte variable plurianual (liquidada en acciones de la compañía), correlacionada con algún indicador de los rendimientos del consejero o del Grupo de manera plurianual en función de los parámetros marcados en el Plan Estratégico que el Grupo Amper tenga en vigor en cada momento.
En este sentido, la Junta General de Accionistas autorizó que el Presidente Ejecutivo del Grupo Amper, conforme al cumplimiento del Plan 2021-2024 aprobado por el Consejo de Administración del Grupo Amper el 27 de noviembre de 2020 y presentado a los mercados y a la CNMV mediante Hecho Relevante el 18 de diciembre de 2020, pueda percibir una retribución variable plurianual basada en la entrega hasta un máximo de 7.500.000 acciones de Amper SA, con un precio de ejercicio que se apruebe por los Órganos de Gobierno competentes, y que en ningún caso será inferior a 0,16€/acción, cuyo periodo de devengo será de 4 años, de conformidad con lo establecido en el Plan de retribución Variable Plurianual de la compañía. Dicha bonificación se abonará en función del cumplimiento del Plan Estratégico 2021-2024 cuya consecución será determinada por el Consejo de Administración.
Sin perjuicio de lo anterior, se autorizó al Consejo de Administración para que, bajo previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, establezca la posibilidad de rescate y ejecución anual de las acciones en atención al grado de cumplimiento y de forma proporcional a la evolución del Plan con el descuento que se determine, que nunca será inferior a un 25%.
Y, en particular, que los componentes variables de las remuneraciones:
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

Que, adicionalmente, las entidades valoren el establecimiento de una cláusula de reducción ('malus') basada en el diferimiento por un período suficiente del pago de una parte de los componentes variables que implique su pérdida total o parcial en el caso de que con anterioridad al momento del pago se produzca algún evento que lo haga aconsejable.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Se exceptúa el caso en el que el consejero mantenga, en el momento de la transmisión o ejercicio, una exposición económica neta a la variación del precio de las acciones por un valor de mercado equivalente a un importe de al menos dos veces su remuneración fija anual mediante la titularidad de acciones, opciones u otros instrumentos financieros.
Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar para satisfacer los costes relacionados con su adquisición o, previa apreciación favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, para hacer frente a situaciones extraordinarias sobrevenidas que lo requieran.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

A efectos de esta recomendación, entre los pagos por resolución o extinción contractual se considerarán cualesquiera abonos cuyo devengo u obligación de pago surja como consecuencia o con ocasión de la extinción de la relación contractual que vinculaba al consejero con la sociedad, incluidos los importes no previamente consolidados de sistemas de ahorro a largo plazo y las cantidades que se abonen en virtud de pactos de no competencia post-contractual.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
En la actualidad no existen cláusulas de resolución o extinción de esta naturaleza en los contratos de los consejeros de la Sociedad.

En concreto, se indicará si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de la exigida en el presente informe.
La Sociedad aún no se ha adherido al Código de Buenas Prácticas Tributarias, si bien está plenamente comprometida a cumplir con las mejores prácticas de gobierno corporativo, transparencia y cooperación en asuntos fiscales.
Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha:

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
| [ ] | Sí |
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