Pre-Annual General Meeting Information • Mar 27, 2025
Pre-Annual General Meeting Information
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En virtud de lo previsto en el artículo 227 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, Grenergy Renovables, S.A. ("Grenergy" o la "Sociedad") comunica la siguiente
El Consejo de Administración de Grenergy ha acordado convocar Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad a celebrar en el domicilio social sito en Madrid, calle Rafael Botí 26, el día 29 de abril de 2025, a las 11:00 horas, en primera convocatoria, y a la misma hora y en el mismo lugar, el día siguiente, 30 de abril de 2025, en segunda convocatoria. Se prevé que la Junta General se celebre en primera convocatoria.
Se adjuntan como Anexos I y II, respectivamente, el anuncio de la convocatoria y los textos completos de las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración de Grenergy.
En Madrid, a 27 de marzo de 2025
D. David Ruiz de Andrés Presidente del Consejo de Administración Grenergy Renovables, S.A.
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Anuncio de la convocatoria
El Consejo de Administración de Grenergy Renovables, S.A. (la "Sociedad") ha acordado convocar a los accionistas de la Sociedad a la Junta General Ordinaria que se celebrará, en primera convocatoria, en el domicilio social sito en Madrid, calle Rafael Botí 26, el día 29 de abril de 2025, a las 11:00 horas, y en segunda convocatoria, en el mismo lugar y hora, el día 30 de abril de 2025, al objeto de deliberar y resolver acerca de los asuntos comprendidos en el siguiente orden del día.
Se prevé que la Junta General Ordinaria de Accionistas se celebre en primera convocatoria, esto es, el día 29 de abril de 2025. De cambiar esta previsión, se comunicará oportunamente.
Sexto. Reducción del capital social en un importe nominal máximo de 700.000 euros, mediante la amortización de un máximo de 2.000.000 acciones propias de 0,35 euros de valor nominal cada una de ellas, representativas de un máximo del 6,83% del capital social actual de la Sociedad. Delegación de facultades.
Séptimo. Fijación del número de miembros del Consejo de Administración.
| Octavo. | Reelección de Dña. María Merry del Val Mariátegui como Consejera dominical de la Sociedad. |
|---|---|
| IV. | Punto relativo a la retribución de los Consejeros |
| Noveno. | Votación consultiva del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de la Sociedad correspondiente al ejercicio 2024. |
| V. | Puntos relativos a las autorizaciones al Consejo de Administración |
| Décimo. | Autorización al Consejo de Administración para la adquisición derivativa de acciones propias. |
| Undécimo. | Autorización para la reducción del plazo de la convocatoria de las juntas generales extraordinarias de accionistas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 515 de la Ley de Sociedades de Capital. |
| VI. | Punto relativo a la delegación de facultades |
| Duodécimo. | Delegación de facultades para formalizar, interpretar, subsanar, ejecutar e inscribir, en |
Los accionistas de la Sociedad que representen, al menos, el 3% ciento del capital social, podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de la Junta General Ordinaria de Accionistas, incluyendo uno o más puntos del orden del día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada. El ejercicio de este derecho deberá realizarse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social (calle Rafael Botí 26, 28023 Madrid) dentro de los 5 días siguientes a la publicación de la presente convocatoria. El complemento a la convocatoria deberá publicarse con 15 días de antelación como mínimo a la fecha establecida para la reunión de la Junta General.
Asimismo, los accionistas de la Sociedad que representen, al menos, el 3% del capital social podrán, dentro de los 5 días siguientes a la publicación de la convocatoria, presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de la Junta General convocada. A medida que se reciban, la Sociedad asegurará la difusión entre el resto de los accionistas de dichas propuestas y de la documentación que, en su caso, se acompañe, publicándolas ininterrumpidamente en la página web corporativa (www.grenergy.eu) durante el plazo que determine la normativa vigente.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de los Estatutos Sociales y en el artículo 7 del Reglamento de la Junta General de Accionistas de la Sociedad, tendrán derecho de asistencia a la Junta General todos los accionistas que tengan inscritas sus acciones en el correspondiente registro contable de anotaciones en cuenta con 5 días de antelación a aquel en el que haya de celebrarse la Junta General, y así lo acrediten mediante la exhibición del correspondiente certificado de legitimación o tarjeta de asistencia emitidos por la Sociedad o entidades encargadas de la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, o en cualquier otra forma admitida por la legislación vigente. El registro de tarjetas de asistencia comenzará dos horas antes de la señalada para el inicio de la Junta General.
Todo accionista que tenga derecho a asistir podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, aunque ésta no sea accionista, en la forma y con los requisitos establecidos en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (la "Ley de Sociedades de Capital"), el artículo 16 de los Estatutos Sociales y el artículo 7 del Reglamento de la Junta General de Accionistas.
La representación deberá conferirse por escrito y con carácter especial para cada Junta General, en los términos y con el alcance establecido en la Ley de Sociedades de Capital. En todo caso, el número de acciones representadas se computará para la válida constitución de la Junta General. La representación es siempre revocable. La asistencia del representado a la Junta General, ya sea personalmente o por haber emitido el voto a distancia, tendrá el valor de revocación.
En caso de que se hayan emitido instrucciones por parte del accionista representado, el representante emitirá el voto con arreglo a las mismas. El representante podrá tener la representación de más de un accionista sin limitación en cuanto al número de accionistas representados. Cuando un representante tenga representaciones de varios accionistas, podrá emitir votos de signo distinto en función de las instrucciones dadas por cada accionista.
El ejercicio del derecho de representación podrá acreditarse por el representante el día de la celebración de la Junta General mediante la presentación física de la tarjeta de asistencia debidamente cumplimentada y firmada. En la página web corporativa (www.grenergy.eu) está publicado el modelo de tarjeta de asistencia adaptado para esta Junta General Ordinaria de Accionistas.
En caso de que se suscitaran dudas sobre el destinatario o el alcance de la representación, se entenderá que la delegación: (i) se efectúa a favor del Presidente del Consejo de Administración (salvo conflicto de interés); (ii) se refiere a todos los puntos comprendidos en el orden del día de la convocatoria; (iii) vota a favor de todas las propuestas formuladas por el Consejo de Administración en relación con los puntos comprendidos en el orden del día de la convocatoria; y (iv) se extiende a los puntos no previstos en el orden del día de la convocatoria que puedan ser tratados en la Junta General de Accionistas conforme a la Ley, respecto de los cuales el representante ejercitará el voto en el sentido que entienda más favorable a los intereses del representado en el marco del interés social.
A partir de la publicación de la presente convocatoria, los accionistas podrán examinar en el domicilio social de la Sociedad y consultar en su página web corporativa (www.grenergy.eu) los documentos que se mencionan a continuación:
Asimismo, en relación con los puntos del orden del día relativos a las cuentas anuales, al estado de información no financiera, a la aplicación del resultado, a la gestión social y a la reelección del auditor de cuentas, se pone a disposición:
Cuentas anuales individuales e informe de gestión individual de la Sociedad correspondientes al ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2024, junto con el correspondiente informe de auditoría.
Cuentas anuales consolidadas e informe de gestión consolidado de la Sociedad y sus sociedades dependientes, correspondientes al ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2024, junto con el correspondiente informe de auditoría.
En relación con el punto del orden del día relativo a la reducción del capital social:
En relación con los puntos del orden del día relativos al nombramiento de Consejeros, se pone a disposición:
En relación con los puntos del orden del día relativos a la retribución de los Consejeros, se pone a disposición:
Asimismo, y con carácter general:
Desde la publicación de la presente convocatoria y hasta el quinto día anterior al previsto para la celebración de la Junta General, o verbalmente durante la Junta General, los accionistas podrán solicitar las informaciones o aclaraciones que estimen precisas acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, así como formular por escrito las preguntas que consideren pertinentes. Asimismo, los accionistas podrán solicitar a los administradores, por escrito y dentro del mismo plazo, o verbalmente durante la celebración de la Junta General, las aclaraciones que estimen precisas acerca del informe del auditor y acerca de la información accesible al público que la Sociedad hubiera facilitado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General, esto es, desde el 7 de mayo de 2024. Este derecho se podrá ejercitar remitiendo la comunicación escrita a la dirección de correo electrónico [email protected] o a la dirección postal calle Rafael Botí 26, 28023, Madrid, Departamento de Relación con Inversores.
Los accionistas con derecho de asistencia podrán, con carácter previo a la celebración de la Junta General, otorgar su representación o emitir su voto a distancia sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el orden del día de la convocatoria por escrito a través de los siguientes medios: (i) correspondencia postal (remitiendo a la Sociedad la tarjeta de asistencia debidamente cumplimentada al domicilio social en calle Rafael Botí 26, 28023 Madrid); (ii) plataforma de delegación o voto por medios electrónicos habilitada expresamente en la página web corporativa (www.grenergy.eu); o (iii) cualquier otro medio de comunicación a distancia, siempre que se garantice debidamente la identidad del sujeto que ejerce su derecho de voto. En concreto, se considerará debidamente garantizada la identidad del sujeto que ejerce su derecho a voto si: (a) la comunicación es electrónica y está firmada con firma electrónica avanzada; o (b) si consta la firma manuscrita del socio y ésta ha sido legitimada notarialmente.
Las delegaciones y votos a distancia emitidos mediante cualesquiera de los medios anteriores deberán recibirse por la Sociedad, como regla general, con 24 horas de antelación a la hora prevista para la celebración de la Junta General en primera convocatoria, esto es, antes de las 11:00 horas del día 28 de abril de 2025. Sin perjuicio de lo anterior, el Presidente estará facultado para admitir votos recibidos con posterioridad.
En la página web de la Sociedad (www.grenergy.eu) está disponible el modelo de tarjeta de asistencia, así como las reglas aprobadas por el Consejo de Administración de la Sociedad aplicables al ejercicio por el accionista de la representación y el voto por medios de comunicación a distancia.
El voto emitido a distancia quedará sin efecto:
Los accionistas que hayan emitido su voto a distancia serán considerados como presentes a los efectos de la constitución de la Junta General.
Los datos de carácter personal que los accionistas remitan a la Sociedad para el ejercicio de su derecho de asistencia, delegación y voto en la Junta General, o que sean facilitados por las entidades bancarias y sociedades y agencias de valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, a través de la entidad legalmente habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, así como la grabación audiovisual, en su caso, del desarrollo íntegro de la Junta General, para facilitar el seguimiento y adecuada difusión, serán tratados con la finalidad de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente entre los accionistas y la Sociedad, así como para remitir información solicitada, en su caso, por el accionista. Asimismo, se informa a los accionistas que dichos datos se tratarán con las finalidades indicadas. Los accionistas tendrán la posibilidad de ejercer su derecho de acceso, supresión, rectificación, portabilidad, limitación del tratamiento y oposición, así como de revocar el consentimiento de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de datos y demás normativa vigente, mediante comunicación escrita (que debería incluir la identificación del titular de los derechos mediante fotocopia del Documento Nacional de Identidad) dirigida a Grenergy Renovables, S.A.: calle Rafael Botí 26, Madrid.
La Sociedad, en su condición de responsable del fichero, informa de la adopción de las medidas de seguridad legalmente exigidas en sus instalaciones, sistemas y ficheros, garantizando la confidencialidad de los datos personales correspondientes, salvo en los supuestos en que éstos deban ser facilitados por exigencias de la Ley o por requerimiento judicial o administrativo.
El Consejo de Administración ha acordado la presencia de notario para que levante acta de la reunión de conformidad con lo establecido en los artículos 203 de la Ley de Sociedades de Capital y 101 del Reglamento del Registro Mercantil aprobado por el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio.
Desde la publicación de la presente convocatoria y hasta la fecha prevista para la celebración de la Junta General, se ha habilitado un Foro Electrónico de Accionistas en la página web de la Sociedad (www.grenergy.eu) con el fin de dar cumplimiento al artículo 539 de la Ley de Sociedades de Capital. Las normas de su funcionamiento y el formulario que debe rellenarse para participar en el mismo se encuentran disponibles en la página web de la Sociedad (www.grenergy.eu).
La Sociedad se reserva la posibilidad de realizar las modificaciones a la presente convocatoria que resulten necesarias o convenientes a la vista de las circunstancias extraordinarias concurrentes o de los cambios legales que puedan producirse. La Sociedad informará a través de su página web (www.grenergy.eu) o por los medios que resulten convenientes de cuantas medidas resulten aplicables en función de las resoluciones o recomendaciones que puedan emitir las autoridades competentes.
Se informa a los accionistas de que la Junta General será retransmitida a través de la página web corporativa de la Sociedad (www.grenergy.eu).
Para cualquier aclaración o información adicional, los accionistas pueden dirigirse a la Sociedad, a través de los siguientes medios:
Madrid, a 27 de marzo de 2025.
David Ruiz de Andrés Presidente del Consejo de Administración
Textos completos de las propuestas de acuerdo
PROPUESTAS DE ACUERDOS SOBRE LOS PUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE GRENERGY RENOVABLES, S.A. QUE PREVISIBLIMENTE SE CELEBRARÁ EL 29 DE ABRIL DE 2025 EN PRIMERA CONVOCATORIA.
I. Puntos relativos a las cuentas anuales, al estado de información no financiera, a la aplicación del resultado, a la gestión social y a la reelección del auditor de cuentas.
Primero.- Examen y aprobación de las cuentas anuales y del informe de gestión de Grenergy Renovables, S.A. y de su grupo consolidado correspondientes al ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2024.
Se acuerda aprobar las cuentas anuales individuales de Grenergy Renovables, S.A. (la "Sociedad") (comprensivas del balance de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria) correspondientes al ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2024, tal y como han sido formuladas por el Consejo de Administración y verificadas por el auditor de cuentas de la Sociedad según resulta del correspondiente informe de auditoría.
Asimismo, se acuerda aprobar el informe de gestión individual correspondiente al ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2024, tal y como ha sido formulado por el Consejo de Administración.
Se acuerda aprobar las cuentas anuales consolidadas de Grenergy Renovables, S.A. (la "Sociedad") (comprensivas del balance de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria, todos ellos consolidados) correspondientes al ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2024, tal y como han sido formuladas por el Consejo de Administración y verificadas por el auditor de cuentas de la Sociedad según resulta del correspondiente informe de auditoría.
Asimismo, se acuerda aprobar el informe de gestión consolidado correspondiente al ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2024, tal y como ha sido formulado por el Consejo de Administración.
Se acuerda aprobar el estado de información no financiera e información sobre sostenibilidad del grupo consolidado de Grenergy Renovables, S.A. correspondiente al ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2024, y que forma parte del informe de gestión consolidado del grupo de Grenergy Renovables, S.A.
De las cuentas anuales individuales aprobadas se desprende que Grenergy Renovables, S.A., durante el ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2024, ha obtenido un beneficio por importe de 31.723.333,12 euros, que se acuerda sea aplicado en su totalidad, conforme a la propuesta efectuada por el Consejo de Administración, a reservas voluntarias.
Se acuerda aprobar la gestión social del Consejo de Administración de Grenergy Renovables, S.A. durante el ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2024.
Tras la expiración del nombramiento del actual auditor de cuentas de Grenergy Renovables, S.A. (la "Sociedad") y de su grupo consolidado, se acuerda reelegir, a propuesta de la Comisión de Auditoría, a Ernst & Young, S.L. para llevar a cabo la auditoría de las cuentas anuales, individuales y consolidadas, de la Sociedad correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2025.
Se hace constar que Ernst & Young S.L., con número de identificación fiscal (NIF) B-78970506 y número S0530 del Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), tiene su domicilio social en Madrid, calle Raimundo Fernández Villaverde 65 (28003 Madrid), y se halla inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, tomo 9.364 general, 8.130 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, folio 68 y hoja 87690-1.
Sexto.- Reducción del capital social en un importe nominal máximo de 700.000 euros, mediante la amortización de un máximo de 2.000.000 acciones propias de 0,35 euros de valor nominal cada una de ellas, representativas de un máximo del 6,83% del capital social actual de la Sociedad. Delegación de facultades.
Se acuerda reducir el capital social de Grenergy Renovables, S.A. (la "Sociedad") mediante la amortización de acciones propias, todo ello conforme a los términos y condiciones que se indican a continuación.
Se acuerda reducir el capital social de la Sociedad en un importe nominal máximo de 700.000 euros, mediante la amortización de un máximo de 2.000.000 acciones propias de 0,35 euros de valor nominal cada una de ellas, representativas de un máximo del 6,83% del capital social atendiendo al número de acciones de la Sociedad actualmente en circulación.
La reducción de capital se llevará a cabo mediante la amortización de las acciones propias adquiridas al amparo del programa de recompra aprobado por el Consejo de Administración de la Sociedad el 17 de diciembre de 2024 en virtud de la autorización para la adquisición derivativa de acciones propias conferida por la Junta General de Accionistas de la Sociedad celebrada el 29 de junio de 2021 (el "Programa de Recompra"). El establecimiento del Programa de Recompra, así como los términos y condiciones del mismo, se notificó al mercado mediante comunicación de "información privilegiada" el 7 de enero de 2025 (núm. 2.543).
Dicho Programa de Recompra se acordó de conformidad con lo previsto en el artículo 5 del Reglamento (UE) nº 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado (Reglamento sobre abuso de mercado) y por el que se derogan la Directiva 2003/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, y las Directivas 2003/124/CE, 2003/125/CE y 2004/72/CE de la Comisión y en el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016, por el que se completa el Reglamento (UE) n.° 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a las condiciones aplicables a los programas de recompra y a las medidas de estabilización (el "Reglamento Delegado").
Conforme a lo establecido en el artículo 340.3 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (la "Ley de Sociedades de Capital"), se entenderá que el capital social queda reducido en el valor nominal correspondiente al número de acciones efectivamente adquiridas al amparo del Programa de Recompra durante el plazo previsto en el apartado 5 siguiente. En este sentido, el importe definitivo de la reducción de capital quedará fijado por el Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución en el Presidente del Consejo de Administración, en función del número definitivo de acciones adquiridas al amparo del Programa de Recompra, dentro del número máximo de acciones referido anteriormente.
La finalidad de la reducción de capital es la amortización de acciones propias, coadyuvando de esta manera a la política de retribución al accionista de la Sociedad mediante el incremento del beneficio por acción.
La Sociedad amortizará el número total de acciones adquiridas amparo del Programa de Recompra. La adquisición de dichas acciones se lleva a cabo conforme a los términos y condiciones previstos en la autorización para la adquisición derivativa de acciones propias aprobada por la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada el 29 de junio de 2021 bajo el punto decimosexto de su orden del día, y con sujeción a las condiciones de precio y volumen establecidas en el artículo 3 del Reglamento Delegado. En este sentido, en la adquisición de acciones al amparo del Programa de Recompra, la Sociedad: (i) no adquiere acciones a un precio superior al más elevado de los siguientes: (a) el precio de la última operación independiente, o (b) la oferta independiente más alta de ese momento en el centro de negociación donde se efectúe la compra; y (ii) no compra en cualquier día de negociación más del 25% del volumen diario medio de las acciones de la Sociedad en el centro de negociación donde se efectúe la compra.
La reducción de capital no implicará devolución de aportaciones a los accionistas en la medida en que, en el momento de ejecución de la reducción de capital, la Sociedad será el titular de las acciones a amortizar.
Por otro lado, la reducción de capital se realizará con cargo a reservas de libre disposición. Se dotará una reserva por un importe igual al valor nominal de las acciones amortizadas, de la que sólo será posible disponer con los mismos requisitos exigidos para la reducción del capital social. En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 335 c) de la Ley de Sociedades de Capital, no habrá lugar al derecho de oposición de los acreedores recogido en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital.
De conformidad con lo establecido en el artículo 342 de la Ley de Sociedades de Capital, las acciones propias adquiridas por la Sociedad deberán amortizarse no más tarde del mes siguiente a la terminación del Programa de Recompra (31 de diciembre de 2025). En este sentido, la reducción de capital se ejecutará, como máximo, dentro del mes siguiente a la fecha de terminación del Programa de Recompra y, en todo caso, dentro del año siguiente a la fecha de adopción del presente acuerdo.
No obstante, tal y como prevé el Programa de Recompra, la Sociedad se reserva el derecho a finalizar anticipadamente el Programa de Recompra si, con anterioridad a su fecha límite de vigencia, se hubiera cumplido su finalidad y, en particular, si se hubiera adquirido al amparo del mismo el número máximo de acciones o acciones por un precio de adquisición que alcanzara el importe monetario máximo, o si concurriera cualquier otra circunstancia que así lo aconsejara o exigiera. En dicho caso, la reducción de capital se ejecutará en el mes siguiente a la fecha de terminación anticipada del Programa de Recompra.
Por tanto, el Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución en el Presidente del Consejo de Administración, ejecutará la reducción de capital cuando se produzca la finalización (ordinaria o anticipada) del Programa de Recompra.
Sin perjuicio de las delegaciones de facultades específicas contenidas en los apartados anteriores (las cuales se deben entender que se han concedido con expresas facultades de sustitución en las personas aquí indicadas), se acuerda facultar al Consejo de Administración de la Sociedad, con toda amplitud que se requiera en Derecho, y con expresas facultades de sustitución en los miembros del Consejo de Administración, así como en la Secretaria y en la Vicesecretaria del Consejo de Administración, para que cualquiera de ellos, indistintamente y con su sola firma, pueda realizar todas las actuaciones necesarias o convenientes para la ejecución del presente acuerdo y, en particular, con carácter indicativo y no limitativo, para:
Se acuerda fijar el número de miembros que componen el Consejo de Administración de Grenergy Renovables, S.A. en 8 miembros, dentro del número mínimo y máximo previsto en los Estatutos Sociales.
Conforme a la propuesta del Consejo de Administración, y previo informe de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Sostenibilidad, se acuerda reelegir a Dña. María Merry del Val Mariátegui como Consejera de Grenergy Renovables, S.A., con la calificación de dominical, por el plazo estatutario de 3 años a contar desde la fecha de adopción del presente acuerdo.
Se acuerda aprobar, con carácter consultivo, el informe anual sobre remuneraciones de los Consejeros de Grenergy Renovables, S.A. relativo al ejercicio social cerrado el 31 de diciembre de 2024, que ha sido puesto a disposición de los accionistas al tiempo de la convocatoria de la Junta General.
Se acuerda autorizar al Consejo de Administración de Grenergy Renovables, S.A. (la "Sociedad") para que pueda llevar a cabo, directa o indirectamente, y en la medida que lo estime conveniente en atención a las circunstancias, la adquisición derivativa de acciones de la propia Sociedad dentro de los límites legales existentes en cada momento, todo ello conforme a los términos y condiciones que se indican a continuación:
Expresamente se hace constar que la autorización otorgada para adquirir acciones propias puede ser utilizada, total o parcialmente, para su entrega o transmisión a administradores, directivos o empleados de la Sociedad o de sociedades de su grupo, directamente o como consecuencia del ejercicio por parte de aquéllos de derechos de opción, todo ello en el marco de los sistemas retributivos referenciados al valor de cotización de las acciones de la Sociedad aprobados en debida forma.
Se acuerda facultar al Consejo de Administración de la Sociedad, con toda la amplitud que se requiera en derecho, y con expresas facultades de sustitución en los miembros del Consejo de Administración, así como en la Secretaria y en la Vicesecretaria del Consejo de Administración, para que, cualquiera de ellos, indistintamente y con su sola firma, pueda realizar todas las actuaciones necesarias o convenientes para la ejecución del presente acuerdo y, en particular, con carácter indicativo y no limitativo, para determinar la modalidad para instrumentar la adquisición de acciones propias, así como solicitar cuantas autorizaciones y adoptar cuantos acuerdos sean necesarios o convenientes en orden al cumplimiento de la normativa legal vigente, ejecución y buen fin del presente acuerdo.
La aprobación de este acuerdo implicará dejar sin efecto alguno, desde el momento de la aprobación del acuerdo propuesto por la Junta General de accionistas, el anterior acuerdo de autorización al Consejo de Administración aprobado bajo el punto decimosexto del orden del día de la Junta General Ordinaria de accionistas de la Sociedad de 29 de junio de 2021.
De conformidad con lo previsto en el artículo 515 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, se acuerda autorizar y aprobar que las Juntas Generales Extraordinarias de accionistas de Grenergy Renovables, S.A. (la "Sociedad") puedan ser convocadas con una antelación mínima de 15 días, siempre que la Sociedad ofrezca a los accionistas la posibilidad efectiva de votar por medios electrónicos accesibles a todos ellos. La presente autorización se concede hasta la fecha de celebración de la siguiente Junta General Ordinaria de la Sociedad.
Se acuerda facultar a todos los Consejeros, así como a la Secretaria y en la Vicesecretaria del Consejo de Administración, para que cualquiera de ellos, con carácter solidario e indistinto, pueda comparecer ante Notario con el objeto de elevar a público los anteriores acuerdos con los pactos, declaraciones y manifestaciones que fueran necesarias o convenientes y se deriven, directa o indirectamente, de dichos acuerdos; efectuar cuantas aclaraciones o subsanaciones fueren precisas o convenientes, así como interpretar, precisar o complementar los acuerdos adoptados por la Junta General de accionistas y, en general, otorgar aquellos documentos privados y/o públicos necesarios o convenientes para la ejecución de los acuerdos precedentes, así como los actos precisos para la inscripción en los registros públicos correspondientes de tales acuerdos; y, en especial, otorgar cuantos documentos públicos o privados sean necesarios o convenientes hasta la obtención de la correspondiente inscripción de los acuerdos adoptados en el Registro Mercantil, incluyendo la petición de inscripción parcial, con facultades, incluso, para su subsanación o rectificación a la vista de la calificación verbal o escrita del Registro Mercantil.
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