Remuneration Information • Feb 28, 2019
Remuneration Information
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| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2018 | |
|---|---|---|
| CIF: | A48943864 | |
| Denominación Social: | ||
| GESTAMP AUTOMOCION, S.A. | ||
| Domicilio social: |
POLIGONO INDUSTRIAL DE LEBARIO S/N (ABADIÑO) VIZCAYA
A.1. Explique la política vigente de remuneraciones de los consejeros aplicable al ejercicio en curso. En la medida que sea relevante se podrá incluir determinada información por referencia a la política de retribuciones aprobada por la junta general de accionistas, siempre que la incorporación sea clara, específica y concreta.
Se deberán describir las determinaciones específicas para el ejercicio en curso, tanto de las remuneraciones de los consejeros por su condición de tal como por el desempeño de funciones ejecutivas, que hubiera llevado a cabo el consejo de conformidad con lo dispuesto en los contratos firmados con los consejeros ejecutivos y con la política de remuneraciones aprobada por la junta general.
En cualquier caso, se deberá informar, como mínimo, de los siguientes aspectos:
La Política de Remuneraciones de los Consejeros de Gestamp Automoción, S.A. (la "Sociedad") vigente en el ejercicio en curso, fue aprobada por la Junta General ordinaria de Accionistas en su reunión de fecha 7 de mayo de 2018 (en adelante, la "Política de Remuneraciones").
A. PROCEDIMIENTOS Y ÓRGANOS INVOLUCRADOS EN LA DETERMINACIÓN Y APROBACIÓN DE LA POLÍTICA DE REMUNERACIONES
El Consejo de Administración de la Sociedad es el órgano responsable de proponer a la Junta General la Política de Remuneraciones del Consejo de Administración. Asimismo, el Consejo de Administración se encarga de distribuir la asignación fija anual para los Consejeros por su condición de tal, en la que se tendrá en cuenta las condiciones de cada consejero, las funciones y responsabilidades que les sean atribuidas y su pertinencia a las distintas Comisiones. De otro lado, respecto a los Consejeros Ejecutivos el Consejo de Administración determina su retribución por sus funciones ejecutivas y demás condiciones contractuales ajustándose en todo caso a lo establecido en la Política de Remuneraciones.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones por su parte, propone al Consejo de Administración, para su elevación a la Junta General, la Política de Remuneraciones de los Consejeros. Asimismo, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones propone la remuneración individual de todos Consejeros, tanto por su condición de tal como los ejecutivos, así como las condiciones de los contratos que la Sociedad suscriba con los Consejeros que desempeñen funciones ejecutivas.
En última instancia, corresponde a la Junta General de Accionistas de la Sociedad la aprobación de la Política de Remuneraciones. Dicha Política de Remuneraciones permanecerá vigente en tanto la Junta General no apruebe su modificación.
B. POLÍTICA DE REMUNERACIONES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO EN CURSO (2019)
Remuneración de los Consejeros por su condición de tal:
De acuerdo con la Política de Remuneraciones, la retribución de los Consejeros por su condición de tal consiste en una asignación fija anual. La Política de Remuneraciones no contempla ningún otro tipo de remuneración o beneficios (tales como dietas de asistencia, sistema de ahorro o previsión, ni anticipos, créditos o garantías) como parte de la remuneración.
Según establece la Política de Remuneraciones, el importe máximo de la retribución fija de los Consejeros por su condición de tal fijado por la Junta General de Accionistas de 7 de mayo de 2018 es de 950.000 euros/año.
La determinación de la remuneración de cada Consejero por su condición de tal para el ejercicio en curso fue aprobada por el Consejo de Administración el 17 de diciembre de 2018, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, y se desglosa de la siguiente manera:
• Una retribución fija por pertenencia al Consejo de Administración: 80.000 euros/año.
• Una retribución fija por pertenencia a Comisiones: 15.000 euros/año.
• Retribución fija por Presidencia de alguna Comisión: 15.000 euros/año.
Remuneración de los Consejeros por el desempeño de funciones ejecutivas:
La remuneración del Presidente Ejecutivo del Consejo de Administración de la Sociedad consiste en una remuneración fija de 714.000 euros anuales y una remuneración variable anual de 306.000 euros. Dada su condición de accionista de control de la Sociedad, el Presidente Ejecutivo no cuenta con un incentivo a largo plazo en su estructura de remuneración.
La remuneración del Consejero Delegado de la Sociedad consiste en una retribución fija de 561.000 euros anuales, una retribución variable anual de 255.000 euros, una retribución variable plurianual a 5 años para el periodo 2016-2021 por un importe total de 3.000.000 euros, así como determinados beneficios sociales.
La remuneración definida para el ejercicio en curso incorpora para los Consejeros con funciones ejecutivas un incremento, con respecto al ejercicio anterior, de un 2% sobre la retribución fija y variable anual y para los Consejeros por su condición de tal un incremento, con respecto al ejercicio anterior, de un 6.67% sobre la remuneración fija por pertenencia al Consejo de Administración, con plenos efectos desde el 1 de enero de 2019, tal y como acordó el Consejo de Administración a propuesta de la Comisión de Nombramiento y Retribuciones en su reunión de 17 de diciembre de 2018.
De un lado, para la determinación de la composición y cuantías de la remuneración de los Consejeros definida en la Política de Remuneraciones inicial aprobada por la Junta General de 3 de marzo de 2017, se contó con el estudio sobre remuneraciones de sociedades cotizadas proporcionado por los asesores expertos en recursos humanos Spencer Stuart. De otro, para la revisión de determinados extremos del contenido de la referida Política de Remuneraciones se contó con el asesoramiento del despacho de abogados Cuatrecasas. Adicionalmente, para la revisión de las condiciones contractuales de los Consejeros con funciones ejecutivas se contó asimismo con el asesoramiento del despacho de abogados Garrigues. Finalmente, de cara a la revisión de la Política de Remuneraciones aprobada por la Junta General el 7 de mayo de 2018, se contó con el asesoramiento del despacho de abogados GBP legal.
Asimismo, señale si la sociedad ha establecido algún período de devengo o consolidación de determinados conceptos retributivos variables, en efectivo, acciones u otros instrumentos financieros, un período de diferimiento en el pago de importes o entrega de instrumentos financieros ya devengados y consolidados, o si se ha acordado alguna cláusula de reducción de la remuneración diferida o que obligue al consejero a la devolución de remuneraciones percibidas, cuando tales remuneraciones se hayan basado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta.
Únicamente los Consejeros Ejecutivos de la Sociedad disponen de elementos variables como parte de su remuneración, tal y como establece la Política de Remuneraciones de la Sociedad. En este sentido:
En lo que respecta al mix retributivo del Presidente Ejecutivo del Consejo de Administración de la Sociedad, la retribución fija supone un 70% y la retribución variable anual un 30% del total de la remuneración, bajo un porcentaje de desempeño del 100% de los objetivos definidos.
En lo que respecta al mix retributivo del Consejero Delegado de la Sociedad, la retribución fija supone un 38%, la retribución variable anual un 17%, y la retribución variable plurianual un 45%del total de la remuneración, bajo un porcentaje de desempeño del 100% de los objetivos definidos.
El principal objetivo de la Política de Remuneraciones de la Sociedad es la creación de valor de la Sociedad y de las sociedades pertenecientes a su grupo (en adelante, el "Grupo") de forma sostenida en el tiempo, asegurando su transparencia y objetividad. En este sentido:
La remuneración variable de carácter anual persigue la consecución de un objetivo económico-financiero vinculado al valor del Grupo en el corto plazo.
La remuneración variable plurianual persigue la creación de valor a largo plazo, fomentar la retención y motivación del personal Directivo, así como alinear sus intereses con los intereses de la Sociedad, según quede definido en el Plan Estratégico del Grupo en cada momento, y que de forma indirecta se alinean también con los intereses de los accionistas en cuanto que contribuye a la generación de valor de los accionistas.
Todos los objetivos fijados anualmente para los Consejeros Ejecutivos, así como los niveles de consecución de los mismos son aprobados por el Consejo de Administración, previó informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, siendo sus importes satisfechos una vez aprobadas las cuentas anuales consolidadas del Grupo por la Junta General de Accionistas de las Sociedad.
Los contratos de los Consejeros Ejecutivos, en consonancia con lo establecido en la Política de Remuneraciones, contemplan una cláusula de reembolso (claw-back) que permite a la Sociedad reclamar el reembolso de los componentes variables de la retribución cuando se ponga de manifiesto que su liquidación y abono se ha producido total o parcialmente en base a información falsa o inexacta o cuando afloren riesgos u otras circunstancias no previstas ni asumidas por la Sociedad, que tengan un efecto negativo material sobre la cuenta de resultados.
El importe y naturaleza de los componentes fijos de la retribución de los Consejeros por su condición de tal que se prevé se devengarán en el ejercicio en curso se encuentran definidos al inicio del presente apartado A1. A continuación, se presentan dichos importes de forma agregada:
• Retribución fija por pertenencia al Consejo de Administración: 720.000euros.
El importe total devengado en el ejercicio para los Consejeros por su condición de tal será de 840.000 euros/año, cuyo valor se encuentra por debajo del límite máximo de 950.000 euros/anuales establecido en la Política de Remuneraciones.
No se definen otros conceptos retributivos, ni beneficios sociales para los Consejeros por su condición de tal.
El importe y naturaleza de los componentes fijos de la retribución de los Consejeros ejecutivos que se prevé se devengarán en el ejercicio se encuentran definidos al inicio de este apartado A1.
El importe total agregado de los componentes fijos de la remuneración de los Consejeros con funciones ejecutivas que se prevé se devengará para el ejercicio en curso asciende a 1275.000 euros/año.
No se define remuneración en especie para los Consejeros por su condición de tal ni para el Presidente Ejecutivo del Consejo de Administración de la Sociedad.
Por su parte, el Consejero Delegado de la Sociedad cuenta con los siguientes componentes de remuneración en especie:
• Primas de seguro de vida, cuyo importe asciende a 5.536 euros. • Coche de empresa, cuyo importe asciende a 6.970 euros.
- Importe y naturaleza de los componentes variables, diferenciando entre los establecidos a corto y largo plazo. Parámetros financieros y no financieros, incluyendo entre estos últimos los sociales, medioambientales y de cambio climático, seleccionados para determinar la remuneración variable en el ejercicio en curso, explicación de en qué medida tales parámetros guardan relación con el rendimiento, tanto del consejero, como de la entidad y con su perfil de riesgo, y la metodología, plazo necesario y técnicas previstas para poder determinar, al finalizar el ejercicio, el grado de cumplimiento de los parámetros utilizados en el diseño de la remuneración variable.
Indique el rango en términos monetarios de los distintos componentes variables en función del grado de cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, y si existe algún importe monetario máximo en términos absolutos.
Importe y naturaleza de los componentes variables. Parámetros seleccionados para determinar la retribución variable en el ejercicio en curso.
Sólo la remuneración de los Consejeros Ejecutivos contempla elementos de naturaleza variable según establece la Política de Remuneraciones.
La remuneración variable de los Consejeros Ejecutivos tiene como objetivo: (i) vincular parte de su retribución a la consecución de objetivos concretos, alineados con los objetivos estratégicos y la creación de valor del Grupo, (ii) potenciar su compromiso y (iii) vincular sus objetivos a corto y largo plazo con los del Grupo y sus accionistas.
• La retribución variable anual está ligada a un objetivo económico-financiero vinculado 100% al valor del Grupo, entendiendo este objetivo como un múltiplo del Ebitda consolidado menos la Deuda Neta definidos en el Presupuesto de cada año. El grado de cumplimiento se calcula comparando el valor real obtenido en el ejercicio y el valor objetivo definido anteriormente. La remuneración se calcula tomando como base la retribución variable objetivo, a la que se le aplica un porcentaje en función del grado de consecución de los objetivos. La curva de pago tiene un umbral mínimo de un 70% y un umbral máximo del 120%. Si el resultado alcanzado es inferior al 70% no se paga cantidad alguna y si se encuentra entre el umbral mínimo (70%) y máximo (120%) se retribuye en función del porcentaje realmente obtenido. Por encima del umbral máximo del 120%, se retribuye al 120% independientemente del resultado alcanzado.
• La retribución variable anual del Presidente Ejecutivo del Consejo de Administración es de 306.000 euros y la del Consejero Delegado de 255.000 euros según determinó el Consejo de Administración en su reunión del 17 de diciembre de 2018, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
• En este sentido, el importe de la remuneración variable anual de los Consejeros con funciones ejecutivas a las que daría origen el plan bajo un porcentaje de desempeño igual al 100% para el ejercicio en curso, sería de 561.000euros.
• En 2016 se aprobó un plan de incentivos a largo plazo para el periodo 2016-2020 para determinados Directivos de la Sociedad, vinculado a la consecución de objetivos a largo plazo con el fin de promover la creación de valor del Grupo de forma sostenida en el tiempo, así como aumentar los niveles de retención y motivación del personal clave para la compañía.
• El plan de incentivos a largo plazo para el Consejero Delegado está ligado al cumplimiento al final del periodo de un objetivo económicofinanciero formulado en el Plan Estratégico del Grupo y ligado a los intereses de los accionistas en cuanto que se vincula a la creación de valor del Grupo. El cumplimiento del objetivo concede al beneficiario la percepción de una cuantía en metálico dentro de los seis primeros meses del 2021, una vez verificado el cumplimiento del objetivo económico al que está vinculado el Plan tras la aprobación de las Cuentas Anuales Consolidadas del 2020 por parte de la Junta General de Accionistas.
• La creación de valor de Grupo se determina como la diferencia de valor de Grupo entre la fecha de inicio y la media aritmética del valor de los ejercicios cerrados en 2019 y 2020. El valor del grupo se define como un múltiplo del Ebitda consolidado menos la Deuda neta. La curva de pago tiene un umbral mínimo de un 70% y un umbral máximo del 120%. Si el resultado alcanzado es inferior al 70% no se paga cantidad alguna y si se encuentra entre el umbral mínimo (70%) y máximo (120%) se retribuye en función del porcentaje realmente obtenido. Por encima del umbral máximo del 120%, se retribuye al 120%, con independencia del resultado obtenido.
• En este sentido, el importe de la retribución variable plurianual del Consejero Delegado de la Sociedad a la que daría origen el plan bajo un porcentaje de desempeño igual al 100% sería de 3.000.000 euros para el periodo 2016-2020.
No se definen parámetros no financieros como parte de la remuneración variable de los Consejeros con funciones ejecutivas.
Plazo necesario y técnicas previstas para poder determinar, al finalizar el ejercicio, el grado de cumplimiento de los parámetros utilizados en el diseño de la remuneración variable.
La evaluación de la consecución de objetivos para la determinación de los importes variables a satisfacer a los Consejeros Ejecutivos es realizada de forma anual por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y aprobada por el Consejo de Administración de la Sociedad. Al tratarse de un sistema de retribución variable ligado exclusivamente a objetivos económico-financieros, cuantificables e incluidos en las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo, el pago de la retribución variable anual se realiza tras la aprobación de las mismas por la Junta General de Accionistas.
En base a los criterios de cálculo y la curva de pago antes definida, se establecen los siguientes rangos de consecución de objetivos, expresados en porcentajes, que darían lugar a una remuneración variable diferente en función de los resultados que se alcanzaran.
• Remuneración Variable Anual:
Presidente Ejecutivo del Consejo de Administración:
• Para un porcentaje de consecución inferior al 70% del objetivo definido, no se abonaría importe alguno (0 euros).
• Para un porcentaje de consecución entre el 70% y el 120% del objetivo definido, se abonaría de forma lineal el valor del porcentaje alcanzado, esto es, para un 70% se abonaría 214.200 euros, para un porcentaje del 100% se abonarían 306.000 euros y para un porcentaje del 120% se abonaría 367.200 euros.
• Para un porcentaje de consecución superior al 120% del objetivo definido, se abonaría 367.200 euros.
Consejero Delegado:
• Para un porcentaje de consecución inferior al 70% del objetivo definido, no se abonaría importe alguno (0 euros).
• Para un porcentaje de consecución entre el 70% y el 120% del objetivo definido, se abonaría de forma lineal el valor del porcentaje alcanzado, esto es, para un 70% se abonaría 178.500 euros, para un porcentaje del 100% se abonarían 255.000 euros y para un porcentaje del 120% se abonaría 300.000 euros.
• Para un porcentaje de consecución superior al 120% del objetivo definido, se abonaría 306.000 euros.
• Remuneración Variable Plurianual:
Consejero Delegado:
• Para un porcentaje de consecución inferior al 70% del objetivo definido, no se abonaría importe alguno (0 euros).
• Para un porcentaje de consecución entre el 70% y el 120% del objetivo definido, se abonaría de forma lineal el valor del porcentaje alcanzado, esto es, para un 70% se abonaría 2.100.000 euros, para un porcentaje del 100% se abonarían 3.000.000 euros y para un porcentaje del 120% se abonaría, 3.600.000 euros.
• Para un porcentaje de consecución superior al 120% del objetivo definido, se abonaría 3.600.000 euros.
Se deberá indicar si el devengo o consolidación de alguno de los planes de ahorro a largo plazo está vinculado a la consecución de determinados objetivos o parámetros relacionados con el desempeño a corto y largo plazo del consejero.
A fecha de emisión del presente informe, la Política de Remuneraciones no contempla sistemas de ahorro a largo plazo para los Consejeros por su condición de tal, ni para los Consejeros con funciones ejecutivas.
Durante el ejercicio en curso no se ha producido ningún pago o indemnización por resolución o cese anticipado o derivado de la terminación de la relación contractual en los términos previstos entre la Sociedad y el Consejero, o pactos acordados, tales como exclusividad, no concurrencia postcontractual, permanencia o fidelización.
Las condiciones contractuales definidas en este sentido en los contratos suscritos entre la Sociedad y los Consejeros con funciones ejecutivas se definen en el siguiente apartado.
A continuación, se detallan las características de los contratos de los Consejeros con funciones ejecutivas:
• Duración. Indefinida.
• Cláusula de recobro (claw-back). Cláusula que permite a la Sociedad reclamar el reembolso de los componentes variables de la retribución, cuando se ponga de manifiesto que su liquidación y abono se ha producido total o parcialmente en base a información falsa o inexacta o cuando afloren riesgos u otras circunstancias no previstas ni asumidas por la Sociedad, que tengan un efecto negativo material sobre las cuentas de resultados.
• Indemnización. Indemnización por cese en sus funciones causado por decisión unilateral de la Sociedad, que no derive de un incumplimiento grave y culpable del Consejero, teniendo, en su caso, derecho a percibir una indemnización bruta equivalente a dos años de la suma de la retribución fija y variable anual vigente en el momento del cese.
De forma adicional, el contrato suscrito entre la Sociedad y el Consejero Delegado contempla las siguientes cláusulas:
• Exclusividad. Cláusula que establece el compromiso del Consejero Delegado a prestar sus servicios a las sociedades del Grupo con dedicación absoluta y exclusiva durante la vigencia del Contrato.
• Obligación de no competencia. Cláusula que estable el compromiso del Consejero Delegado, durante la vigencia del Contrato, a no realizar ninguna actividad que pueda suponer competencia con cualquier sociedad del Grupo, ni directa ni indirectamente, ni a través de personas ni sociedades o inversiones interpuestas, ni de cualquier otra forma.
A fecha de emisión del presente informe, la Política de Remuneraciones no prevé remuneración suplementaria alguna como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo para los Consejeros por su condición de tal, ni para los Consejeros con funciones ejecutivas.
La Política de Remuneraciones no contempla la posibilidad como forma de remuneración para los Consejeros de ningún tipo de crédito, ni anticipo, ni garantía, ni ninguna otra remuneración diferente de las indicadas de forma expresa en la citada Política de Remuneraciones y, por tanto, no se prevé que se devengue cantidad alguna en el ejercicio en curso por estos conceptos.
No obstante, en 2016, con anterioridad a la aprobación de la mencionada Política, la Sociedad ofreció a ciertos directivos clave para el Grupo, entre ellos al Consejero Delgado, la posibilidad de comprar acciones de la Sociedad a precio de mercado. Para ello, la Sociedad ofreció préstamos a dichos directivos en condiciones de mercado y al tipo de interés legal del dinero, por lo que, en consecuencia, dicho préstamo no es considerado a ningún efecto parte de la remuneración de los directivos o Consejeros de la Sociedad.
A fecha de emisión del presente informe, la Política de Remuneraciones no prevé el devengo de ninguna otra remuneración suplementaria no incluida en los apartados anteriores para los Consejeros por su condición de tal, ni para los Consejeros con funciones ejecutivas.
A.2. Explique cualquier cambio relevante en la política de remuneraciones aplicable en el ejercicio en curso derivada de:
Una nueva política o una modificación de la política ya aprobada por la Junta.
Cambios relevantes en las determinaciones específicas establecidas por el consejo para el ejercicio en curso de la política de remuneraciones vigente respecto de las aplicadas en el ejercicio anterior.
Tal y como establece el artículo 8 del Reglamento de Consejo de Administración, corresponde al Consejo de Administración la determinación de la remuneración de los Consejeros. En este sentido, el Consejo de Administración de 17 de diciembre de 2018, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, acordó elevar un 6.67% el importe de la remuneración fija por pertenecía al Consejo de Administración de los Consejeros por su condición de tal, con efectos desde el 1 de enero de 2019, quedando los determinaciones de la remuneración de los Consejeros por su condición de tal de la siguiente manera:
• Una retribución fija por pertenencia al Consejo de Administración: 80.000 euros/año (siendo en el ejercicio anterior de 75.000 euros/año). • Una retribución fija por pertenencia a Comisiones: 15.000 euros/año (no se modificó el importe respecto al ejercicio anterior). • Una retribución fija por Presidencia de alguna Comisión: 15.000 euros/año (no se modificó el importe respecto al ejercicio anterior).
El importe máximo global definido en la Política de Remuneraciones vigente es superior al importe agregado que se prevé devengarán los Consejeros en su condición de tal durante el ejercicio 2019 aplicando los nuevos importes de remuneración fija antes referidos.
Aun no siendo un cambio relevante, se hace constar que, tal y como se ha informado en el apartado A 1 anterior, el Consejo de Administración en su reunión del Consejo de Administración de 17 de diciembre de 2018, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, aprobó una subida salarial del 2% sobre la retribución fija y variable del Presidente Ejecutivo y el Consejero Delegado con plenos efectos desde el 1 de enero de 2019, como parte de la revisión salarial realizada con carácter general para la plantilla de los Servicios Corporativos del Grupo. Como resultado de lo anterior, la retribución de dichos Consejeros para el presente ejercicio es la siguiente:
• Presidente Ejecutivo:
https://www.gestamp.com/HOME/Inversores-y-Accionistas/Gobierno-Corporativo/Consejo-de-Administracion/Politica-de-remuneraciones.aspx
La Junta General ordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada el 7 de mayo de 2018 aprobó como punto separado en el orden del día, con carácter consultivo, y con un 83.68% de votos a favor, el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de la Sociedad del ejercicio 2017. Este acuerdo únicamente obtuvo 0,41 % de votos en contra, y un 0,04 % de abstenciones. Este resultado permitió al Consejo de Administración confirmar que los accionistas de la Sociedad eran conscientes y estaban conformes con la Política de Remuneraciones aplicada en el referido ejercicio, todo ello en línea con lo establecido en el artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital.
B.1. Explique el proceso que se ha seguido para aplicar la política de remuneraciones y determinar las retribuciones individuales que se reflejan en la sección C del presente informe. Esta información incluirá el papel desempeñado por la comisión de retribuciones, las decisiones tomadas por el consejo de administración y,
El proceso que se ha seguido para aplicar la Política de Remuneraciones correspondiente al ejercicio cerrado y determinar las retribuciones individuales de los Consejeros es el siguiente:
a. Una propuesta de nueva Política de Remuneraciones aplicable a los ejercicios 2018, 2019 y 2020. Dicha propuesta incluía determinadas modificaciones a la política entonces vigente, aprobada por la Junta General de Accionistas de 3 de marzo de 2017 para 2017, 2018 y 2019, para reflejar los cambios surgidos en la estructura organizativa tras el nombramiento de D. Francisco López Peña como Consejero Delegado (anteriormente Director Financiero del Grupo y Consejero Ejecutivo). Los cambios más relevantes incluidos en la nueva Política de Remuneraciones fueron los siguientes:
i. Incremento de la remuneración fija y variable anual del Consejero Ejecutivo, D. Francisco López Peña, por sus nuevas funciones como Consejero Delegado de la Sociedad, pasando su remuneración fija de 455.000 euros/año a 550.000 euros/año y de 195.000 euros/año a 250.000 euros/año como remuneración anual variable.
ii. Incremento del importe máximo global de la remuneración anual de los Consejeros por su condición de tal, pasando de un importe inicial de 880.000 euros a 950.000 euros.
b. Una propuesta de distribución de la remuneración de los Consejeros en su condición de tales para el ejercicio 2018 consistente en mantener la distribución aplicada durante el ejercicio 2017:
i. Por pertenencia al Consejo de Administración: 75.000 euros.
iii. Por ocupar el cargo de Presidente de alguna Comisión: 15.000 euros.
El Consejo de Administración, en su reunión de 14 de diciembre de 2017, aprobó la propuesta de nueva Política de Remuneraciones y la distribución de la remuneración de los Consejeros en su condición de tales para el ejercicio 2018 remitidas por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y el sometimiento de las mismas a la aprobación de la Junta General de Accionistas.
La Junta General ordinaria de Accionistas de 7 de mayo de 2018 aprobó la propuesta de Política de Remuneraciones remitida por el Consejo de Administración.
Al finalizar el ejercicio 2018, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su reunión de 17 de diciembre de 2018, procedió a verificar el cumplimiento de la Política de Remuneraciones aplicada en el ejercicio 2018.
En el mes de febrero, con ocasión de la formulación de las Cuentas Anuales del Grupo, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones procederá a verificar el grado de cumplimiento del componente variable de la remuneración de los consejeros ejecutivos y resultado de dicho componente, si bien su percepción no será satisfecha hasta la aprobación de las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo por la Junta General de Accionistas
Para la aplicación de la Política de Remuneraciones en el ejercicio 2018 no se ha contado con los servicios profesionales de asesores externos.
B.2. Explique las diferentes acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración y cómo han contribuido a reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, incluyendo una referencia a las medidas que han sido adoptadas para garantizar que en la remuneración devengada se ha atendido a los resultados a largo plazo de la sociedad y alcanzado un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, qué medidas han sido adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, y qué medidas han sido adoptadas para evitar conflictos de intereses, en su caso.
El principal objetivo de la Política de Remuneraciones de la Sociedad es la creación de valor del Grupo de forma sostenida en el tiempo, asegurando su transparencia y objetividad. En este sentido, la retribución de los Directivos se compone, además de una remuneración fija, de una:
• Remuneración variable anual. La remuneración variable de carácter anual persigue la consecución de un objetivo económico-financiero vinculado al valor del Grupo.
• Remuneración variable plurianual. La remuneración variable plurianual persigue la creación de valor a largo plazo, fomentar la retención y motivación del personal Directivo, así como alinear sus intereses con los intereses de la Sociedad, según quede definido en el Plan Estratégico del Grupo en cada momento, y que de forma indirecta se alinean también con los intereses de los accionistas en cuanto que contribuye a la generación de valor de los accionistas.
Adicionalmente, y en ambos casos, ambos sistemas se basan en criterios estrictamente objetivos.
Todos los objetivos fijados anualmente para los Consejeros con funciones ejecutivas, así como los niveles de consecución de los mismos son aprobados por el Consejo de Administración, previó informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
Los contratos de los Consejeros con funciones ejecutivas contemplan una cláusula de reembolso (claw-back) que permite a la Sociedad reclamar el reembolso de los componentes variables de la retribución cuando se ponga de manifiesto que su liquidación y abono se ha producido total o parcialmente en base a información falsa o inexacta o cuando afloren riesgos u otras circunstancias no previstas ni asumidas por la Sociedad, que tengan un efecto negativo material sobre las cuentas de resultados.
Informe igualmente sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento, a corto y largo plazo, de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros, incluyendo las devengadas cuyo pago se hubiera diferido, y cómo éstas contribuyen a los resultados a corto y largo plazo de la sociedad.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su reunión de 17 de diciembre de 2018, verificó y confirmó el cumplimiento de la Política de Remuneraciones aplicada en el ejercicio 2018.
En este sentido, en cuanto a la remuneración de los Consejeros por su condición de tal, se verificaron los siguientes importes acordados por el Consejo de Administración de 14 de diciembre de 2017, y se comprobó que los mismos no superaban el importe máximo anual de 950.000 euros vigente. Cantidades devengadas y satisfechas en función del cargo ostentado:
• Retribución fija por pertenencia al Consejo de Administración: 649.790 euros.
• Retribución fija por pertenencia a Comisiones: 93.835 euros.
• Retribución fija por Presidencia de alguna Comisión: 30.000 euros.
No existen otros conceptos retributivos, ni beneficios sociales para los Consejeros por su condición de tal.
La retribución obtenida por los Consejeros en su condición de tal no está vinculada a la obtención de resultados u otras medidas de rendimiento.
Del mismo modo, en cuanto a la remuneración fija de los Consejeros con funciones ejecutivas, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su reunión de 17 de diciembre de 2018, concluyó que ésta cumplía con lo establecido en la Política de Remuneraciones y en los contratos suscritos con ambos Consejeros Ejecutivos en cuanto a su naturaleza e importe.
El importe y naturaleza de los componentes fijos de la retribución de los Consejeros ejecutivos devengados en el ejercicio 2018 han sido los siguientes:
• Retribución fija del Presidente Ejecutivo del Consejo de Administración: 700.000 euros.
• Retribución fija Consejero Delegado: 550.000 euros.
En lo que se refiere a la retribución variable anual de los Consejeros con funciones ejecutivas, las variaciones en el rendimiento de la Sociedad han influido en la variación de las remuneraciones de los Consejeros en tanto en cuanto esta remuneración se basa en criterios objetivos de carácter económico-financieros que atienden a los niveles de Ebitda y Deuda del Grupo y por tanto, cualquier variación del resultado de la Sociedad influirá sobre dicha remuneración.
El nivel de consecución del objetivo se estima que será para el ejercicio 2018 del 86.8% una vez se aprueben las Cuentas Anuales consolidadas del 2018 por la Junta General de Accionistas de la Sociedad y que en su caso dará lugar a los siguientes importes:
• La retribución variable anual del Presidente Ejecutivo del Consejo de Administración sería de 260.400 euros • La retribución variable anual del Consejero Delegado del Grupo sería 217.000 euros.
La verificación del cumplimiento de la Política de Remuneraciones en cuanto a la retribución variable de los Consejeros Ejecutivos, se realizará por parte de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones en el mes de febrero, una vez se formulen las Cuentas Anuales consolidadas del ejercicio 2018.
B.4. Informe del resultado de la votación consultiva de la junta general al informe anual sobre remuneraciones del ejercicio anterior, indicando el número de votos negativos que en su caso se hayan emitido
| Número | % sobre el total | |
|---|---|---|
| Votos emitidos | 481.772.375 | 83,71 |
| Número | % sobre emitidos | |
| Votos negativos | 1.972.273 | 0,41 |
| Votos a favor | 479.617.402 | 99,55 |
| Abstenciones | 182.700 | 0,04 |
La remuneración de los Consejeros por su condición de tal consiste exclusivamente en una remuneración fija por pertenencia al Consejo de Administración y por la presidencia y/o pertenencia alguna de sus Comisiones, tal y como establece la Política de Remuneraciones. No se contempla ningún otro componente fijo o variable en la remuneración de los Consejeros por su condición de tal. Dicha remuneración fue determinada por el Consejo de Administración en su reunión de fecha 14 de diciembre de 2017, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, manteniendo los mismos importes en el ejercicio 2018 que los definidos y devengados en el ejercicio 2017.
Los sueldos de los Consejeros Ejecutivos para el ejercicio 2018 fueron determinados por el Consejo de Administración en su reunión de fecha 14 de diciembre de 2017 a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, a través de la modificación de la Política de Remuneraciones, que fue sometida a la aprobación de la Junta General ordinaria de Accionistas celebrada el 7 de mayo de 2018.
La referida Política de Remuneraciones modificó, con efectos desde el 1 de enero de 2018, el sueldo del Consejero Ejecutivo, D. Francisco López Peña, como consecuencia de su nombramiento como Consejero Delegado de la Sociedad procediéndose a la modificación y aprobación por parte del Consejo de Administración del contrato mercantil que éste había suscrito con la Sociedad. La variación del sueldo devengado por el Consejero Delegado con respecto al ejercicio 2017 fue de 95.000 euros, pasando de un sueldo en 2017 de 455.000 euros/anuales a un sueldo de 550.000 euros/anuales en 2018. El sueldo del Presidente Ejecutivo devengado en el ejercicio 2018 no sufrió variaciones respecto al devengado en el ejercicio 2017.
B.7. Explique la naturaleza y las principales características de los componentes variables de los sistemas retributivos devengados en el ejercicio cerrado.
En particular:
En el caso de planes de opciones sobre acciones u otros instrumentos financieros, las características generales de cada plan incluirán información sobre las condiciones tanto para adquirir su titularidad
incondicional (consolidación), como para poder ejercitar dichas opciones o instrumentos financieros, incluyendo el precio y plazo de ejercicio.
Sólo la remuneración de los Consejeros con funciones ejecutivas contempla elementos de naturaleza variable según establece la Política de Remuneraciones.
La remuneración variable de los Consejeros con funciones ejecutivas tiene como objetivo: (i) vincular parte de su retribución a la consecución de objetivos concretos, alienados con los objetivos estratégicos y la creación de valor del Grupo, (ii) potenciar su compromiso y (iii) vincular sus objetivos a corto y largo plazo con los del Grupo y sus accionistas.
La evaluación de la consecución de objetivos para la determinación de los importes variables a satisfacer a los Consejeros con funciones ejecutivas es realizada por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y aprobada por el Consejo de Administración de la Sociedad. Al tratare se un sistema de retribución variable ligado a objetivos económico-financieros, cuantificables e incluidos en las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo, el proceso de evaluación se realiza tras la aprobación de las mismas por la Junta General de Accionistas.
La retribución variable anual está ligada a un objetivo económico-financiero vinculado 100% al valor del Grupo, entendiendo este objetivo como un múltiplo del Ebitda consolidado menos la Deuda Neta definidos en el Presupuesto de cada año. El grado de cumplimiento se calcula comparando el valor real obtenido en el ejercicio y el valor objetivo definido anteriormente. La remuneración se calcula tomando como base la retribución variable objetivo, a la que se le aplica un porcentaje en función del grado de consecución de los objetivos. La curva de pago tiene un umbral mínimo de un 70% y un umbral máximo del 120%. Si el resultado alcanzado es inferior al 70% no se paga cantidad alguna y si se encuentra entre el umbral mínimo (70%) y máximo (120%) se retribuye en función del porcentaje realmente obtenido. Por encima del umbral máximo del 120%, se retribuye al 120%.
La retribución variable anual del Presidente Ejecutivo del Consejo de Administración es de 300.000 euros y la del Consejero Delegado del Grupo de 250.000 euros según dispone la Política de Remuneraciones, aprobada por la Junta General ordinaria de Accionistas en su reunión de 7 de mayo de 2018.
En este sentido, el importe de la remuneración variable anual de los Consejeros con funciones ejecutivas a las que daría origen el plan bajo un porcentaje de desempeño igual al 100% sería de 550.000euros, y bajo un porcentaje de desempeño igual o superior al 120% sería de 660.000 euros.
En 2016 se aprobó un plan de incentivos a largo plazo para el periodo 2016-2020 para determinados Directivos de la Sociedad, entre los cuales se encuentra el Consejero Delegado del Grupo, vinculado a la consecución de objetivos a largo plazo con el fin de promover la creación de valor del Grupo de forma sostenida en el tiempo, así como aumentar los niveles de retención y motivación del personal clave.
Dicho plan de incentivos está ligado al cumplimiento al final del periodo de un objetivo económico-financiero formulado en el Plan Estratégico del Grupo y ligado a los intereses de los accionistas en cuanto a que se vincula a la creación de valor del Grupo. El cumplimiento del objetivo concede al beneficiario la percepción de una cuantía en metálico dentro de los seis primeros meses del 2021, una vez verificado el cumplimiento del objetivo económico al que está vinculado el plan, tras la aprobación de las Cuentas Anuales Consolidadas del ejercicio 2020.
La creación de valor de Grupo se determina como la diferencia entre el valor del Grupo a la fecha de inicio (diciembre 2015) y la media aritmética del valor del Grupo en los ejercicios 2019 y 2020. El valor del Grupo se define como un múltiplo del Ebitda consolidado menos la Deuda neta. La curva de pago tiene un umbral mínimo de un 70% y un umbral máximo del 120%. Si el resultado alcanzado es inferior al 70%, no se paga cantidad alguna y si se encuentra entre el umbral mínimo (70%) y el máximo (120%), se retribuye en función del porcentaje realmente obtenido. Por encima del umbral máximo del 120%, se retribuye al 120%, independientemente del resultado obtenido.
En este sentido, el importe de la retribución variable plurianual del Consejero Delegado del Grupo a la que daría origen el referido plan, sería de 3.000.000 euros, asumiendo un desempeño igual al 100%, y de 3.600.000 euros, asumiendo un desempeño del 120% o superior.
B.8. Indique si se ha procedido a reducir o a reclamar la devolución de determinados componentes variables cuando se hubieran, en el primer caso, consolidado y diferido el pago o, en el segundo caso, consolidado y pagado, atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta. Describa los importes reducidos o devueltos por la aplicación de las cláusulas de reducción o devolución (clawback), por qué se han ejecutado y los ejercicios a que corresponden.
Tal y como establece la Política de Remuneraciones, los contratos firmados entre la Sociedad y los Consejeros Ejecutivos incluyen una cláusula de recobro (claw-back). No obstante, hasta la fecha, no se ha procedido a reducir o reclamar la devolución de componentes variables, dado que no se han verificado los supuestos para la aplicación de la cláusula de recobro (no se ha puesto de manifiesto que la liquidación y abono de dichos componentes variables se haya producido total o parcialmente en base a información falsa o inexacta, ni han aflorado riesgos u otras circunstancias no previstas ni asumidas por la Sociedad, que tengan un efecto negativo material sobre las cuentas de resultados).
B.9. Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo cuyo importe o coste anual equivalente figura en los cuadros de la Sección C, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, que sean financiados, parcial o totalmente, por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las contingencias que cubre, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.
A fecha de emisión del presente informe, la Política de Remuneraciones no contempla sistemas de ahorro a largo plazo para los Consejeros por su condición de tal, ni para los Consejeros con funciones ejecutivas.
Los Consejeros por su condición de tal no cuentan con este tipo de indemnizaciones.
Por su parte, los contratos que la Sociedad ha suscrito con los Consejeros con funciones ejecutivas contienen una indemnización equivalente a dos anualidades sobre la remuneración fija y variable anual vigente en el momento del cese, para el caso de extinción de la relación mercantil con la Sociedad, siempre que no sea consecuencia de un incumplimiento imputable a los mismos, ni se deba a su exclusiva voluntad. Dicha indemnización, compensará tanto la extinción de la relación mercantil regulada en el contrato, como, en su caso, la extinción de la relación laboral previamente suspendida.
B.11. Indique si se han producido modificaciones significativas en los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos y, en su caso, explique las mismas. Así mismo, explique las condiciones principales de los nuevos contratos firmados con consejeros ejecutivos durante el ejercicio, salvo que se hayan explicado ya en el apartado A.1.
Con motivo del nombramiento como Consejero Delegado D. Francisco López Peña (hasta entonces Consejero Ejecutivo y Director Financiero del Grupo), la Sociedad y el Consejero Delegado suscribieron un nuevo contrato mercantil que modificaba el contrato hasta entonces vigente para adaptarlo a esta nueva realidad. En particular, se procedió a actualizar su nueva posición organizativa y a modificar el importe de la remuneración fija y variable anual, tal y como se ha explicado en el apartado B.1 del presente informe. El resto de las condiciones contractuales no sufrieron modificaciones respecto al contrato anteriormente vigente y son de aplicación las condiciones explicadas en el apartado A.1.
La Política de Remuneraciones aplicable no contempla ningún tipo de remuneración suplementaria.
La Política de Remuneraciones no contempla retribución alguna derivada de la concesión a los Consejeros de ningún tipo de crédito, anticipo o garantía.
En 2016, la Sociedad ofreció a ciertos directivos clave para el Grupo, entre ellos, el Consejero Delegado Don. Francisco López Peña, la posibilidad de comprar acciones de la Sociedad a precio de mercado. Para ello, la Sociedad concedió a dichos Directivos (entre los que se encontraba el Consejero Delegado) un préstamo en condiciones de mercado y al tipo de interés legal del dinero por lo que, en consecuencia, dicho préstamo no es considerado a ningún efecto parte de la remuneración de los Directivos beneficiarios del mismo.
A fecha del presente informe, la Política de Remuneraciones no contempla remuneración en especie alguna para los Consejeros por su condición de tal.
Respecto a los Consejero con funciones ejecutivas, el Consejero Delegado del Grupo dispone de vehículo de empresa y seguro de vida, conforme a la política establecida para los empleados que formen parte de los servicios corporativos del Grupo y a lo establecido en la Política de Remuneraciones.
Por su parte, respecto al Presidente Ejecutivo del Consejo de Administración, la Política de Remuneraciones no prevé ninguna retribución en especie.
El 23 de diciembre de 2016 el accionista significativo de la Sociedad, Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. suscribió un pacto con, entre otros, Mitsui & Co., Ltd. Este pacto, comunicado a la CNMV mediante Hecho Relevante de 7 de abril de 2017 (Nº Registro 250532), contempla entre otras cuestiones, el derecho de Mitsui & Co., Ltd. de nombrar a dos Consejeros del Consejo de Administración de la Sociedad.
Las remuneraciones devengadas por los miembros del Consejo de Administración nombrados por la Junta General de Accionistas a propuesta de Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. en cumplimiento del pacto parasocial referido, esto es, D. Tomofumi Osaki, D. Noburu Katsu (cuyo dimisión se produjo el 2 de abril de 2018) y D. Shinichi Hori (cuyo nombramiento se produjo el 4 de abril de 2018), fueron abonadas, por petición expresa de los mismos, a una cuenta de Mitsui & Co., Ltd. y fueron por un importe total de 153.625 euros en 2018.
A fecha del presente informe, no hay ningún concepto retributivo distinto de los anteriores para los Consejeros de la Sociedad devengado durante el ejercicio cerrado.
| Nombre | Tipología | Periodo de devengo ejercicio 2018 |
|---|---|---|
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA | Presidente ejecutivo | Desde 01/01/2018 hasta 31/12/2018 |
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA | Consejero Delegado | Desde 01/01/2018 hasta 31/12/2018 |
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA | Vicepresidente dominical | Desde 01/01/2018 hasta 31/12/2018 |
| Don TOMOFUMI OSAKI | Consejero Dominical | Desde 01/01/2018 hasta 31/12/2018 |
| Don GEERT MAURICE VAN POELVOORDE | Consejero Otro Externo | Desde 01/01/2018 hasta 31/12/2018 |
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO | Consejero Independiente | Desde 01/01/2018 hasta 31/12/2018 |
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ | Consejero Independiente | Desde 01/01/2018 hasta 31/12/2018 |
| Don ANA GARCÍA FAU | Consejero Independiente | Desde 01/01/2018 hasta 31/12/2018 |
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA | Consejero Independiente | Desde 01/01/2018 hasta 31/12/2018 |
| Don CÉSAR CERNUDA REGO | Consejero Independiente | Desde 01/01/2018 hasta 31/12/2018 |
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ | Consejero Otro Externo | Desde 01/01/2018 hasta 31/12/2018 |
| Don SHINICHI HORI | Consejero Dominical | Desde 04/04/2018 hasta 31/12/2018 |
| Don NOBORU KATSU | Consejero Dominical | Desde 01/01/2018 hasta 02/04/2018 |
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2018 |
Total ejercicio 2017 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA | 700 | 260 | 960 | 752 | ||||||
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA | 550 | 217 | 13 | 780 | 498 | |||||
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA | 75 | 15 | 90 | 67 | ||||||
| Don TOMOFUMI OSAKI | 75 | 75 | 56 | |||||||
| Don GEERT MAURICE VAN POELVOORDE | ||||||||||
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO | 75 | 30 | 105 | 79 | ||||||
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ | 75 | 30 | 105 | 79 | ||||||
| Don ANA GARCÍA FAU | 75 | 15 | 90 | 67 | ||||||
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA | 75 | 15 | 90 | 67 | ||||||
| Don CÉSAR CERNUDA REGO | 75 | 75 | 56 | |||||||
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ | 75 | 15 | 90 | 67 | ||||||
| Don SHINICHI HORI | 56 | 56 | ||||||||
| Don NOBORU KATSU | 19 | 4 | 23 | 67 |
Observaciones
En 2017 el Consejero Otro Externo, D. Geert Maurice Van Poelvoorde, renunció por motivos profesionales a la remuneración devengada en calidad de Consejero de la Sociedad, no habiendo sido satisfecho ningún importe o concepto retributivo a su favor durante el ejercicio 2018.
| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2018 |
Instrumentos financieros concedidos durante Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio el ejercicio 2018 |
Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2018 |
|||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don TOMOFUMI OSAKI |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don GEERT MAURICE VAN POELVOORDE |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ANA GARCÍA FAU |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don CÉSAR CERNUDA REGO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ |
Plan | 0,00 |
| Instrumentos financieros Instrumentos financieros al concedidos durante principio del ejercicio 2018 el ejercicio 2018 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2018 |
|||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don SHINICHI HORI | Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don NOBORU KATSU | Plan | 0,00 |
Observaciones
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA | |
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA | |
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA | |
| Don TOMOFUMI OSAKI | |
| Don GEERT MAURICE VAN POELVOORDE | |
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO | |
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ | |
| Don ANA GARCÍA FAU | |
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA |
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don CÉSAR CERNUDA REGO | |
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ | |
| Don SHINICHI HORI | |
| Don NOBORU KATSU |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2017 | ||||
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA |
||||||||||
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA | ||||||||||
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA |
||||||||||
| Don TOMOFUMI OSAKI | ||||||||||
| Don GEERT MAURICE VAN POELVOORDE |
||||||||||
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO |
||||||||||
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ FRAILE DÍAZ |
||||||||||
| Don ANA GARCÍA FAU |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
|||||
| Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | ||
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA |
|||||||||
| Don CÉSAR CERNUDA REGO | |||||||||
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ |
|||||||||
| Don SHINICHI HORI | |||||||||
| Don NOBORU KATSU |
Observaciones
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA | Concepto | |
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA | Concepto | |
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA | Concepto | |
| Don TOMOFUMI OSAKI | Concepto | |
| Don GEERT MAURICE VAN POELVOORDE | Concepto | |
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO | Concepto |
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ | Concepto | |
| Don ANA GARCÍA FAU | Concepto | |
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA | Concepto | |
| Don CÉSAR CERNUDA REGO | Concepto | |
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ | Concepto | |
| Don SHINICHI HORI | Concepto | |
| Don NOBORU KATSU | Concepto |
Observaciones
b) Retribuciones a los consejeros de la sociedad por su pertenencia a consejos de otras sociedades del grupo:
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2018 |
Total ejercicio 2017 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA | ||||||||||
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA | ||||||||||
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA | ||||||||||
| Don TOMOFUMI OSAKI | ||||||||||
| Don GEERT MAURICE VAN POELVOORDE |
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2018 |
Total ejercicio 2017 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO | ||||||||||
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ | ||||||||||
| Don ANA GARCÍA FAU | ||||||||||
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA | ||||||||||
| Don CÉSAR CERNUDA REGO | ||||||||||
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ | ||||||||||
| Don SHINICHI HORI | ||||||||||
| Don NOBORU KATSU |
Observaciones
| Nombre | Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2018 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2018 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2018 |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
|
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don TOMOFUMI OSAKI |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don GEERT MAURICE VAN POELVOORDE |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ |
Plan | 0,00 |
| Nombre | Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2018 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2018 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2018 |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
|
| Don ANA GARCÍA FAU |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don CÉSAR CERNUDA REGO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don SHINICHI HORI | Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don NOBORU KATSU | Plan | 0,00 |
Observaciones
iii) Sistemas de ahorro a largo plazo.
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA | |
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA | |
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA | |
| Don TOMOFUMI OSAKI | |
| Don GEERT MAURICE VAN POELVOORDE | |
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO | |
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ | |
| Don ANA GARCÍA FAU | |
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA | |
| Don CÉSAR CERNUDA REGO | |
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ | |
| Don SHINICHI HORI | |
| Don NOBORU KATSU |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | |||
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA |
||||||||||
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | Ejercicio 2018 | Ejercicio 2017 | |||
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA |
||||||||||
| Don TOMOFUMI OSAKI | ||||||||||
| Don GEERT MAURICE VAN POELVOORDE |
||||||||||
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO |
||||||||||
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ FRAILE DÍAZ |
||||||||||
| Don ANA GARCÍA FAU | ||||||||||
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA |
||||||||||
| Don CÉSAR CERNUDA REGO | ||||||||||
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ |
||||||||||
| Don SHINICHI HORI | ||||||||||
| Don NOBORU KATSU |
Observaciones
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA | Concepto | |
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA | Concepto | |
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA | Concepto | |
| Don TOMOFUMI OSAKI | Concepto | |
| Don GEERT MAURICE VAN POELVOORDE | Concepto | |
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO | Concepto | |
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ | Concepto | |
| Don ANA GARCÍA FAU | Concepto | |
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA | Concepto | |
| Don CÉSAR CERNUDA REGO | Concepto | |
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ | Concepto | |
| Don SHINICHI HORI | Concepto | |
| Don NOBORU KATSU | Concepto |
Observaciones
c) Resumen de las retribuciones (en miles de €):
Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | |||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2018 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2018 grupo |
||
| Don FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA | 960 | 960 | ||||||||||
| Don FRANCISCO LÓPEZ PEÑA | 780 | 780 | ||||||||||
| Don JUAN MARÍA RIBERAS MERA | 90 | 90 | ||||||||||
| Don TOMOFUMI OSAKI | 75 | 75 | ||||||||||
| Don GEERT MAURICE VAN POELVOORDE | ||||||||||||
| Don JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO | 105 | 105 | ||||||||||
| Don ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ | 105 | 105 | ||||||||||
| Don ANA GARCÍA FAU | 90 | 90 | ||||||||||
| Don PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA | 90 | 90 | ||||||||||
| Don CÉSAR CERNUDA REGO | 75 | |||||||||||
| Don GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ | 90 | 90 |
| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | |||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2018 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2018 grupo |
||
| Don SHINICHI HORI | 56 | 56 | ||||||||||
| Don NOBORU KATSU | 23 | 23 | ||||||||||
| TOTAL | 2.539 | 2.539 |
Observaciones
Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.
No existen otros aspectos relevantes.
Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha:
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
[ ] [ √ ] Si No
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