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GENNEIA S.A. — Capital/Financing Update 2023
Feb 3, 2023
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Capital/Financing Update
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AVISO DE SUSCRIPCIÓN
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GENNEIA S.A.
OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XXXVIII
Denominadas en Dólares Estadounidenses, a tasa de interés fija con vencimiento a los 120 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación, por un valor nominal de hasta US$ 60.000.000 ampliable hasta un monto de US$ 80.000.000, según se detalla debajo, a ser integradas en efectivo, en Pesos al Tipo de Cambio Inicial, y pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable (las “Obligaciones Negociables Clase XXXVIII” o las “Obligaciones Negociables” indistintamente)
A ser emitidas bajo el Régimen de Emisor Frecuente (conforme se define más adelante)
Las Obligaciones Negociables se encuentran alineadas a los cuatro componentes principales de los Principios de Bonos Verdes de 2018 (GBP, por sus siglas en inglés) del ICMA ( International Capital Market Association ) y serán emitidas siguiendo los “Lineamientos para la Emisión de Valores Negociables Sociales, Verdes y Sustentables en Argentina” contenidos en el Anexo III, del Capítulo I, del Título VI de las Normas (T.O. Resolución General N°622/2013 y sus modificaciones) de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”, las “Normas de la CNV”, y los “Lineamientos para la Emisión de Bonos SVS”, respectivamente) y lo dispuesto en la Guía de Bonos Sociales Verdes y Sustentables en el Panel de Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA” y la “Guía BYMA”, respectivamente).
Las Obligaciones Negociables serán ofrecidas por un valor nominal en conjunto de hasta US$ 60.000.000 (Dólares Estadounidenses sesenta millones), ampliable hasta un monto máximo de US$ 80.000.000 (Dólares Estadounidenses ochenta millones) (el “Monto Máximo”) y serán emitidas en el marco del prospecto de Genneia S.A. de fecha 17 de mayo de 2022 bajo el Régimen Simplificado de Emisor Frecuente, establecido en la Sección VIII, Capítulo V, Título II de las Normas de la CNV (el “Régimen de Emisor Frecuente” y el “Prospecto”, respectivamente).
Mediante el presente aviso de suscripción (el “Aviso de Suscripción”), se comunica al público inversor en general que Genneia S.A. (“Genneia” y/o la “Emisora” y/o la “Compañía” y/o la “Sociedad”, indistintamente) ofrece en suscripción las Obligaciones Negociables Clase XXXVIII, a tasa de interés fija, con vencimiento a los 120 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación a ser emitidas por hasta un monto de US$ 60.000.000 (Dólares Estadounidenses sesenta millones), ampliable hasta el Monto Máximo, a ser amortizadas en 13 cuotas semestrales, pagándose la primer cuota de amortización en el mes 48 contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación, de las cuales las primeras 12 cuotas serán equivalentes al 7,69% del capital y la última cuota será equivalente al 7,72% del capital, denominadas en Dólares Estadounidenses a ser integradas en efectivo, en Pesos al Tipo de Cambio Inicial, y pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable, en el marco del Prospecto, y del suplemento de prospecto relativo a las Obligaciones Negociables de fecha 3 de febrero de 2023 (el “Suplemento”), publicados en la misma fecha en el Boletín Electrónico del Mercado Abierto Electrónico S.A. (“MAE”), en el sitio web de la CNV (www.argentina.gob.ar/cnv), bajo el ítem “ Información Financiera ”, en el sitio web institucional de la Emisora (www.genneia.com.ar) y en el Boletín Diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (el “Boletín Diario de la BCBA”).
Todos los términos utilizados en mayúscula no definidos en el presente Aviso de Suscripción, tendrán el significado que se les asigna en el Prospecto y/o el Suplemento, según corresponda:
Emisora: Genneia S.A. con domicilio en Nicolás Repetto N°3676, piso 3° (B1636CTL), Olivos, Partido de Vicente López, Provincia de Buenos Aires, República Argentina (Atención: Sres. Carlos Alberto Palazón/Juan Andrés Duzevic, teléfono (+5411) 6090-3200, fax (+5411) 60903201, e-mail: [email protected]).
Organizador : Banco Macro S.A.
Agentes Colocadores : Macro Securities S.A.U.
Monto de la Emisión: El valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase XXXVIII a ser emitido podrá alcanzar el monto de hasta US$ 60.000.000 (Dólares Estadounidenses sesenta millones) ampliable hasta US$ 80.000.000 (Dólares Estadounidenses ochenta millones).
LA EMISORA PODRÁ DECLARAR DESIERTO EL PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES, LO CUAL IMPLICARÁ QUE NO SE EMITIRÁN LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES. ESTA CIRCUNSTANCIA NO OTORGARÁ DERECHO ALGUNO DE COMPENSACIÓN O INDEMNIZACIÓN.
LA EMISORA PODRÁ, HASTA LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN, DEJAR SIN EFECTO LA COLOCACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES, EN CASO DE QUE HAYAN SUCEDIDO CAMBIOS EN LA NORMATIVA Y/O DE CUALQUIER ÍNDOLE QUE TORNEN MÁS GRAVOSA LA EMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PARA LA EMISORA, BASÁNDOSE EN ESTÁNDARES DE MERCADO HABITUALES Y RAZONABLES PARA OPERACIONES DE SIMILARES CARACTERÍSTICAS EN EL MARCO DE LAS DISPOSICIONES PERTINENTES ESTABLECIDAS POR LA LEY DE MERCADO DE CAPITALES Y LA NORMATIVA
APLICABLE DE LA CNV Y DE LA AFIP, QUEDANDO SIN EFECTO ALGUNO LA TOTALIDAD DE LAS OFERTAS RECIBIDAS. ESTA CIRCUNSTANCIA NO OTORGARÁ DERECHO ALGUNO DE COMPENSACIÓN O INDEMNIZACIÓN.
El monto de la emisión será informado oportunamente a través del Aviso de Resultados que se publicará en la AIF, en la Página Web de la Compañía, en BYMA Primarias, en la página web del MAE (www.mae.com.ar), y por un Día Hábil (según se define a continuación) en el Boletín Diario de la BCBA, luego del cierre del Período de Licitación Pública.
Marco para la Emisión de Bonos Verdes : Las Obligaciones Negociables Clase XXXVIII serán emitidas de acuerdo al Marco para la Emisión de Bonos Verdes y se encuentran alineadas a los cuatro componentes principales de los Principios de Bonos Verdes de 2018 (GBP por sus siglas en inglés) del ICMA (International Capital Market Association) y serán emitidas siguiendo los Lineamientos para la Emisión de Bonos SVS y lo dispuesto en la Guía BYMA.
Según lo establecido en el Marco para la Emisión de Bonos Verdes, la Emisora seleccionará una cartera de “Proyectos Verdes Elegibles” existentes para respaldar la emisión de las Obligaciones Negociables Clase XXXVIII como “bonos verdes” y asignará un valor equivalente al 100% de los fondos netos de la emisión a la inversión en el Proyecto Solar Fotovoltaico Tocota III y en el Proyecto Eólico La Elbita I; asimismo, la Emisora ha seleccionado el “Proyecto Verde Elegible” para respaldar la emisión de las Obligaciones Negociables Clase XXXVIII como “bonos verdes” y asignará un valor equivalente al 100% de los fondos netos de la emisión a dicho proyecto.
La Emisora se compromete a publicar un reporte de bono verde de conformidad con el “Reglamento para el Listado de Obligaciones Negociables y/o Títulos Públicos y para su Incorporación al Panel de Bonos Sociales, Verdes y Sustentables de BYMA” y los Lineamientos para la Emisión de Bonos SVS de la CNV (el “ Reporte de Bono Verde ”) en su página web (www.genneia.com.ar) y en la AIF para la consideración del público inversor. Dicho Reporte de Bono Verde será publicado anualmente, dentro de los 70 (setenta) días corridos de su cierre de ejercicio o simultáneamente con la presentación de su memoria, lo que ocurra primero, y hasta que los fondos netos sean totalmente aplicados y asignados de conformidad con lo dispuesto bajo la sección “Destino de los Fondos” del presente Suplemento, y ante la ocurrencia de algún evento de importancia. El Reporte de Bono Verde presentará, como mínimo la siguiente información:
- Asignación: Genneia reportará las siguientes métricas: (i) el valor de los fondos netos de la emisión de las Obligaciones Negociables Clase XXXVIII que fue asignado a los Proyectos Verdes Elegibles; (ii) la lista con categorías de Proyectos Verdes Elegibles junto a una breve descripción; y (iii) el monto neto de la emisión
de cualquier Bono Verde pendientes a ser asignados a Proyectos Verdes Elegibles al final del periodo del reporte.
- Impacto: Genneia reportará las siguientes métricas: (i) generación anual de energía esperada en GWh; y (ii) Producción anual de emisión de gases de efecto invernadero evitadas, en métricas de toneladas de CO2e.
El Reporte de Bono Verde será acompañado de (i) la confirmación de que un valor igual a los fondos netos obtenidos por la emisión de las Obligaciones Negociables y con un saldo de deuda remanente han sido asignados a la financiación de activos elegibles (en los términos de ICMA) de Proyecto Solar Fotovoltaico Tocota III y/o Proyecto Eólico La Elbita I, y (ii) un reporte anual de un auditor independiente confirmando el punto anterior. El reporte de los auditores estará a disposición en la página web de Genneia.
Sustainalytics, BV., una sociedad afiliada de Morningstar Company, una consultora independiente con prestigio en el sector medioambiental, llevó a cabo una Segunda Opinión (“ SPO ” por sus siglas en inglés: Second Party Opinion ) para el Marco de Emisión para Bonos Verdes de la Emisora de febrero de 2021, con el fin de alinearlo los Lineamientos para la Emisión de Bonos SVS. El SPO, publicado el 26 de febrero de 2021, se encuentra disponible en la página web de la Emisora www.genneia.com.ar.
El incumplimiento del compromiso de aplicación de fondos de acuerdo al Marco para la Emisión de Bonos Verdes, incluyendo sin limitación la falta de aplicación de los fondos a los destinos mencionados, o en los plazos programados, el desvío de la compañía respecto de lo estipulado en el Marco para la Emisión de Bonos Verdes y los Lineamientos para la Emisión de Bonos SVS, o la falta de publicación en tiempo y forma del Reporte tendrá como consecuencia que las Obligaciones Negociables Clase XXXVIII dejarán de listar en el Panel de Bonos Sociales, Verdes y Sustentables de BYMA.
Sustainalytics, BV., una sociedad afiliada de Morningstar Company, una consultora independiente con prestigio en el sector medioambiental, llevó a cabo una Segunda Opinión (“ SPO ”, por sus siglas en inglés: Second Party Opinion ) para el Marco de Emisión para Bonos Verdes de la Emisora de febrero de 2021, con el fin de alinear los Lineamientos para la Emisión de Bonos SVS. El SPO, publicado el 26 de febrero de 2021, se encuentra disponible en la página web de la Emisora www.genneia.com.ar.
El incumplimiento del compromiso de aplicación de fondos de acuerdo al Marco para la Emisión de Bonos Verdes, incluyendo sin limitación la falta de aplicación de los fondos a los destinos mencionados, o en los plazos programados, el desvío de la compañía respecto
de lo estipulado en el Marco para la Emisión de Bonos Verdes y los Lineamientos para la Emisión de Bonos SVS, o la falta de publicación en tiempo y forma del Reporte tendrá como consecuencia que las Obligaciones Negociables dejarán de listar en el Panel de Bonos Sociales, Verdes y Sustentables de BYMA.
Moneda de Denominación y Pago : Las Obligaciones Negociables Clase XXXVIII estarán denominadas en Dólares Estadounidenses y serán pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable en la Fecha de Amortización Clase XXXVIII; o Fecha de Pago de Intereses Clase XXXVIII, según fuera el caso.
Amortización : El capital de las Obligaciones Negociables Clase XXXVIII será repagado en 13 cuotas semestrales, pagándose la primera cuota de amortización en el mes 48 contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación, de las cuales las primeras 12 cuotas serán equivalentes al 7,69% del capital y la última cuota será equivalente al 7,72% del capital (las “ Fechas de Amortización Clase XXXVIII ”). Las Fechas de Amortización Clase XXXVIII de las Obligaciones Negociables Clase XXXVIII serán informadas mediante el Aviso de Resultados.
Fecha de Vencimiento : Será el día en que se cumplan 120 meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación (la “ Fecha de Vencimiento Clase XXXVIII ”). En caso de que dicha Fecha de Vencimiento Clase XXXVIII corresponda a un día que no sea un Día Hábil, la Fecha de Vencimiento Clase XXXVIII será el Día Hábil inmediatamente siguiente.
Fecha de Emisión y Liquidación: Será el 10 de febrero de 2023 (la “ Fecha de Emisión y Liquidación ”).
Precio de Emisión Clase XXXVIII: 100% del valor nominal de las Obligaciones Negociable Clase XXXVIII.
Tasa de Interés: El capital no amortizado de las Obligaciones Negociables Clase XXXVIII devengará intereses a una tasa de interés fija a licitar que será informada mediante el Aviso de Resultados.
Base de Cálculo para el Pago de los Intereses : Para el cálculo de los intereses se considerará la cantidad real de días transcurridos y un año de 365 días (cantidad real de días transcurridos/365).
Fechas de Pago de Intereses : Los intereses serán pagados trimestralmente, en forma vencida, a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación, en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente trimestre o, de no ser un Día Hábil o no existir dicho día, el primer Día Hábil posterior (cada una, una “Fecha de Pago de Intereses Clase XXXVIII”). Las Fechas de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables Clase XXXVIII serán informadas mediante el Aviso de Resultados.
Monto Mínimo de Suscripción: US$100 (Dólares Estadounidenses cien) y múltiplos de US$1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto.
Unidad Mínima de Negociación, Denominación Mínima y Valor Nominal Unitario : US$100 (Dólares Estadounidenses cien) y múltiplos de US$1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto.
Forma de las Obligaciones Negociables, Liquidación y Compensación : Las Obligaciones Negociables estarán representadas en un certificado global permanente, a ser depositado en Caja de Valores S.A. (“Caja de Valores”) de acuerdo a lo establecido por la Ley de Nominatividad de Títulos Valores Privados.
Los Tenedores renuncian al derecho a exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo, conforme a la Ley Nº 20.643 y sus posteriores modificaciones, encontrándose habilitada Caja de Valores para cobrar los aranceles de los depositantes, que éstos podrán trasladar a los Tenedores.
Listado y Negociación: La Emisora solicitará autorización para el listado y negociación de las Obligaciones Negociables en BYMA y en el MAE. Asimismo, la Emisora ha solicitado la incorporación de las Obligaciones Negociables al Panel de Bonos Sociales, Verdes y Sustentables de BYMA. Sin embargo, la Emisora no puede garantizar que esta solicitud será aprobada.
Compensación y Liquidación : La liquidación de las Obligaciones Negociables podrá ser efectuada a través de la central de compensación y liquidación de operaciones de MAE denominada “MAE Clear” (siendo el número de mercado de MAE asignado por CNV el N°14). Si los Inversores Interesados (conforme dicho término se define más adelante) no contasen con una cuenta custodio disponible en MAE Clear, la liquidación de las Obligaciones Negociables podrá ser realizada por el Agente Colocador correspondiente, pudiendo cada Agente Colocador utilizar el sistema de depósito colectivo administrado por Caja de Valores.
Período de Difusión : comenzará a las 10:00 hs. del 3 de febrero de 2023 y finalizará a las 16:00 hs. del 7 de febrero de 2023.
Período de Licitación Pública de las Obligaciones Negociables : comenzará a las 10:00 hs. y finalizará a las 16:00 hs. del 8 de febrero de 2023.
Terminación, Modificación, Suspensión y/o Prórroga : La Emisora, con el consentimiento previo de los Agentes Colocadores y sin necesidad de invocar motivo alguno, podrá suspender y/o prorrogar y/o terminar el Período de Difusión y/o el Período de Licitación Pública en cualquier momento del mismo, comunicando por escrito dicha circunstancia (a más tardar el Día Hábil correspondiente al día de finalización del período de que se trate o en el mismo día, con 2 horas antes del cierre de la rueda en el caso en que el Período de
Licitación Pública fuere de un Día Hábil), publicando un “Hecho Relevante” en la AIF, con anterioridad al vencimiento del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública, en el cual se indicará, en su caso, la nueva fecha de vencimiento del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública o la fecha en que se reanudará el curso del mismo o la forma en que se hará pública la reanudación del curso del mismo.
Método de Colocación y Adjudicación : La colocación de las Obligaciones Negociables se realizará por licitación pública, bajo la modalidad abierta. Para más información, por favor véase la sección “ Plan de Distribución - Procedimiento de Colocación Primaria de las Obligaciones Negociables” .
Sin perjuicio que el ingreso de las ofertas por agentes del MAE (incluyendo, sin limitación, a los Agentes Colocadores y/o adherentes del mismo) se efectúe a través del módulo de licitaciones del sistema “SIOPEL”, cabe destacar que la formación del Libro y aceptación de las Ofertas de Suscripción se llevará a cabo en ambiente BYMA, a través del sistema habilitado a tal fin (BYMA PRIMARIAS).
Por cada Clase, en ningún caso un Inversor Interesado (según éste término se define más abajo) podrá presentar, ante uno o más Agentes Colocadores y/o agentes del MAE y/o adherentes al mismo, Órdenes de Suscripción y/u ofertas por medio de las cuales, en forma individual o conjunta, se solicite un valor nominal superior al Monto Máximo ofrecido por la Emisora.
Tramo Competitivo y Tramo No Competitivo : La oferta constará de un tramo competitivo (el “Tramo Competitivo”) y de un tramo no competitivo (el “Tramo No Competitivo”). Las Órdenes de Suscripción remitidas bajo el Tramo Competitivo deberán indefectiblemente incluir la Tasa Fija Solicitada, mientras que aquellas que se remitan bajo el Tramo No Competitivo no incluirán dicha variable.
- Tramo No Competitivo: podrán participar del Tramo No Competitivo los Inversores Interesados que fueran personas humanas o jurídicas y remitieran Órdenes de Suscripción de Obligaciones Negociables por un valor nominal, en forma individual o conjunto de las Órdenes de Suscripción que fueran remitidas por el mismo Inversor Interesado, de hasta US$100.000 (Dólares Estadounidenses cien mil) para las Obligaciones Negociables y que no indiquen una Tasa Fija Solicitada. Aquellas ofertas remitidas bajo esta modalidad serán consideradas, a todos los efectos, como ofertas irrevocables y en firme. Las Ofertas que conformen el Tramo No Competitivo no se tomarán en cuenta para la determinación de la Tasa de Corte.
La totalidad de Obligaciones Negociables adjudicadas al Tramo No Competitivo, no podrá superar, el 50% de las Obligaciones Negociables a emitirse.
- Tramo Competitivo: podrán participar en el Tramo Competitivo los Inversores Interesados que fueran personas humanas o jurídicas y remitieran, una o más Órdenes de Suscripción que contengan monto y Tasa Fija Solicitada, incluso cuando sean distintos entre las distintas Órdenes de Suscripción del mismo oferente, pudiendo quedar adjudicadas una, todas, o ninguna de las Órdenes.
Adjudicación y Prorrateo : se realizará de acuerdo con lo detallado en la sección “ Plan de Distribución— Adjudicación y Prorrateo ” del Suplemento.
Regla de Prorrateo : Si, como resultado de los prorrateos, la cantidad de valores nominales a asignar a una oferta fuera un monto que incluya entre 1 y 49 centavos de dólar, el monto asignado será el importe entero inferior, y si fuera un monto que incluya entre 50 y 99 centavos de dólar, el monto asignado será el importe entero superior.
Integración: La suscripción e integración de las Obligaciones Negociables será efectuada en efectivo, en Pesos al Tipo de Cambio Inicial.
Los suscriptores de las Órdenes de Suscripción que hubieran sido adjudicadas deberán integrar el precio de suscripción correspondiente a las Obligaciones Negociables efectivamente adjudicadas, en Pesos, mediante (i) transferencia electrónica del correspondiente precio a la cuenta que se indique en el formulario de las Órdenes de Suscripción y/o (ii) débito del correspondiente precio de la cuenta del suscriptor que se indique en la correspondiente Orden.
En la Fecha de Emisión y Liquidación, una vez efectuada la integración de las Obligaciones Negociables las mismas serán acreditadas en las cuentas depositante y comitente en Caja de Valores de titularidad de los Oferentes adjudicados indicadas en sus respectivas Órdenes de Suscripción.
Tipo de Cambio Inicial : Es el tipo de cambio determinado y publicado por el Banco Central de la República Argentina (el “ BCRA ”) mediante la Comunicación “A” 3500 (o la regulación que la sucediere o modificare en el futuro), truncado a dos decimales, del Día Hábil anterior al Periodo de Licitación Pública, el cual será informado en correspondiente Aviso de Resultados a ser publicado en la AIF, en BYMA Primarias, en la Página Web de la Compañía, en la página web del MAE (www.mae.com.ar), y por un (1) Día Hábil (según se define a continuación) en el Boletín Diario de la BCBA.
Tipo de Cambio Aplicable: Significa el promedio aritmético simple de los últimos tres Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo correspondiente del tipo de cambio determinado y publicado por el BCRA mediante la Comunicación “A” 3500 (o la regulación que la sucediere o modificare en el tiempo), truncado a dos decimales, en base al procedimiento de encuesta de cambio establecido en la misma. En el supuesto que (x) el BCRA dejare de efectuar dicha determinación y
publicación, el Tipo de Cambio Aplicable será calculado de acuerdo al promedio aritmético simple de los últimos 3 (tres) Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo del tipo de cambio Dólar divisa vendedor informado por el Banco de la Nación Argentina (“ BNA ”), al cierre de sus operaciones; o (y) el BCRA decida desdoblar el mercado libre de cambios, será el tipo de cambio vendedor del Dólar divisa por operaciones comerciales o de exportación (por oposición, al dólar financiero) que (i) publique el BCRA o (ii) que surja del promedio aritmético simple de los últimos 3 (tres) Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo tipo de cambio informada por el BNA, al cierre de sus operaciones; en los supuestos (x) e (y) anteriores según sea calculado por el Agente de Cálculo.
Fecha de Cálculo: La fecha que opere el segundo Día Hábil antes de la Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables, Fecha de Amortización de las Obligaciones Negociables conforme resulte aplicable.
Agente de Liquidación : Macro Securities S.A.U.
Destino de los Fondos : la Emisora planea utilizar el producido de esta oferta, en cumplimiento de los requisitos del Artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables, según se detalla en la sección “ Destino de los Fondos ” del Suplemento. Para mayor información, véase la sección “ Destino de Fondos ” del Suplemento.
Comisión de colocación : para más información sobre este punto, véase la sección “ Gastos de Emisión ” del Suplemento de Prospecto.
Calificaciones de Riesgo : Moody´s, en su dictamen de fecha 2 de febrero de 2023 ha calificado a las
Obligaciones Negociables Clase XXXVIII como “AA-.ar” con perspectiva estable.
Estabilización de mercado : En relación con la emisión de las Obligaciones Negociables, los Agentes Colocadores que participen en su colocación y distribución podrán realizar operaciones destinadas a estabilizar el precio de mercado de dichas Obligaciones Negociables, una vez que éstas ingresaron en la negociación secundaria, conforme con el Artículo 12, Sección IV, Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV y demás normas vigentes. Para más información, véase la sección “ Plan de Distribución—Estabilización ” en el Suplemento de Prospecto.
Ley Aplicable : Las Obligaciones Negociables se regirán por, y serán interpretadas de conformidad con, las leyes de la República Argentina.
Jurisdicción : Toda controversia que se origine entre la Emisora y los tenedores de Obligaciones Negociables Clase XXXVIII en relación con las Obligaciones Negociables Clase XXXVIII se resolverá en forma definitiva e irrecurrible por el Tribunal de Arbitraje General de la BCBA o el que se cree en el futuro en la BCBA de conformidad con el artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales y en virtud de la delegación de facultades otorgadas por BYMA a la BCBA en materia de constitución de tribunales arbitrales, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución N°18.629 de la CNV. No obstante lo anterior, los inversores tendrán el derecho de optar por acudir a los tribunales judiciales competentes. Asimismo, en los casos en que las normas vigentes establezcan la acumulación de acciones entabladas con idéntica finalidad ante un solo tribunal, la acumulación se efectuará ante el tribunal judicial competente.
Todos aquellos agentes del MAE y/o adherentes al mismo que cuenten con línea de crédito otorgada por los Agentes Colocadores, a pedido de dichos agentes, dados de alta para participar en la rueda, sin más. Aquellos agentes del MAE y/o adherentes al mismo que no cuenten con línea de crédito otorgada por los Agentes Colocadores, también deberán solicitar a los mismos la habilitación para participar en la rueda, para lo cual deberán acreditar su inscripción ante la CNV como “Agente Registrado” en los términos de la Ley de Mercado de Capitales y el cumplimiento de las normas en materia de prevención de encubrimiento, lavado de activos y financiación del terrorismo de forma satisfactoria para los Agentes Colocadores, quienes observarán y respetarán en todo momento el trato igualitario entre los inversores. En cualquier caso, la solicitud deberá realizarse durante el Período de Difusión y hasta las 16:00 hs. del último día del Período de Difusión.
Las Obligaciones Negociables se ofertarán públicamente en Argentina de conformidad con el Régimen de Emisor Frecuente. Oferta Pública autorizada por Registro de Emisor Frecuente N° 15, otorgado por la Disposición N° DI-202110-APN-GE#CNV de la Gerencia de Emisoras de la CNV, de fecha 19 de abril de 2021 y el aumento del Monto Máximo de emisión de Obligaciones Negociables bajo el Régimen de Emisor Frecuente por Disposición N°DI-2022-16-APNGE#CNV de la Gerencia de Emisoras de la CNV de fecha 12 de mayo de 2022. Esta autorización de la CNV sólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La CNV, BYMA o MAE no han emitido juicio sobre los datos contenidos en el Prospecto y/o en el Suplemento. Los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables fueron aprobados por reunión de Directorio de la Emisora en fecha 1 de febrero de 2023. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el Prospecto y/o en el Suplemento es exclusiva responsabilidad del Directorio de la Emisora y, en lo que les atañe, del órgano de fiscalización de la Emisora y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados financieros que se acompañan y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley de Mercado de Capitales. De acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 74 de la Sección VIII del Capítulo V del Título II de las Normas de la CNV, dentro de los cinco días hábiles de finalizado el período de colocación de las Obligaciones Negociables la Emisora presentará la documentación definitiva relativa a las mismas ante la CNV.
El Prospecto, el Suplemento y demás documentos relevantes para la emisión de las Obligaciones Negociables se encuentran a disposición de los interesados en las oficinas de la Emisora, del Organizador, de los Agentes Colocadores y del Agente Subcolocador a través de los contactos que se indican en el presente. La Emisora recomienda la lectura y examen del Prospecto y el Suplemento en su totalidad y de los estados financieros consolidados de la Emisora referidos en los mismos y sus notas correspondientes a los últimos tres ejercicios anuales cerrados el 31 de diciembre de 2022, 2021 y 2020 y a los períodos intermedios finalizados el 30 de septiembre de 2022 y el 30 de septiembre de 2021.
Por cualquier consulta, dirigirse a los Agentes Colocadores: (i) Macro Securities S.A.U., Eduardo Madero 1180 (C1106CBK), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina (Atención: Leandro Lintura), teléfono 5222-6720, e-mail [email protected]; (los “Agentes Colocadores”).
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Organizador
Banco Macro S.A.
Organizador
Matrícula ALyC y AN Integral N°27
Agentes Colocadores
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Macro Securities S.A.U. Agente Colocador Matrícula ALyC y AN Integral N°59
La fecha de este Aviso de Suscripción es 3 de febrero de 2023
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Manuel Etchevehere
Autorizado
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