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GENNEIA S.A. Capital/Financing Update 2023

Jul 11, 2023

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Capital/Financing Update

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AVISO DE SUSCRIPCIÓN

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GENNEIA S.A. Emisora

OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE

XXXIX

Obligaciones Negociables simples (no convertibles en acciones) Clase XXXIX denominadas en Dólares Estadounidenses, a tasa de interés fija anual con vencimiento a los 60 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación (las “Obligaciones Negociables Clase XXXIX”), a ser integradas (a) en efectivo, en Pesos al Tipo de Cambio Inicial o (b) en especie, mediante la entrega de Obligaciones Negociables Clase XXIX y/o las Obligaciones Negociables Clase XXXII, pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable.

OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XL

Obligaciones Negociables simples (no convertibles en acciones) Clase XL denominadas y pagaderas en Dólares Estadounidenses, a tasa de interés fija anual con vencimiento a los 24 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación (las “Obligaciones Negociables Clase XL”), a ser integradas en efectivo, en Dólares Estadounidenses.

OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XLI

Obligaciones Negociables simples (no convertibles en acciones) Clase XLI denominadas en Dólares Estadounidenses, a tasa de interés fija anual del 0,00% con vencimiento a los 36 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación (las “Obligaciones Negociables Clase XLI” y, en conjunto con las Obligaciones Negociables Clase XXXIX y las Obligaciones Negociables Clase XL, las “Obligaciones Negociables), a ser integradas (a) en efectivo, en Pesos al Tipo de Cambio Inicial o (b) en especie, mediante la entrega de Obligaciones Negociables Clase XXIX y/o las Obligaciones Negociables Clase XXXII, pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable. Precio de Emisión a licitar.

Por un valor nominal en conjunto de hasta US$ 40.000.000 (Dólares Estadounidenses Cuarenta Millones) ampliable hasta US$ 100.000.000 (Dólares Estadounidenses Cien Millones), a ser emitidas bajo el Régimen Simplificado de Emisor Frecuente

Las Obligaciones Negociables se encuentran alineadas a los cuatro componentes principales de los Principios de Bonos Verdes de 2018 (GBP, por sus siglas en inglés) del ICMA ( International Capital Market Association ) y serán emitidas siguiendo los “Lineamientos para la Emisión de Valores Negociables Sociales, Verdes y Sustentables en Argentina” contenidos en el Anexo III, del Capítulo I, del Título VI de las Normas (T.O. Resolución General N°622/2013 y sus modificaciones) de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”, las “Normas de la CNV”, y los “Lineamientos para la Emisión de Bonos SVS”, respectivamente) y lo dispuesto en la Guía de Bonos Sociales Verdes y Sustentables en el Panel de Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA” y la “Guía BYMA”, respectivamente).

Mediante el presente aviso de suscripción (el “ Aviso de Suscripción ”) complementario al suplemento de prospecto de fecha 10 de julio de 2023 (el “ Suplemento ”), se comunica al público inversor en general que Genneia S.A. (la “ Emisora ”) ofrece en suscripción: (A) las Obligaciones Negociables Clase XXXIX denominadas en Dólares Estadounidenses, a ser y pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable e integrables (a) en efectivo, en Pesos al Tipo de Cambio Inicial (según dicho término se define más adelante) o (b) en especie, mediante la entrega de (i) Obligaciones Negociables Clase XXIX denominadas en Dólares Estadounidenses emitidas el 28 de agosto de 2020 por la Emisora en el marco de su prospecto de fecha 24 de agosto de 2020, por un valor nominal de US$ 12.836.420, a una tasa de interés fija del 2,00% y con vencimiento el 28 de agosto de 2023 (Código de especie CVSA: 54904; Ticker MAE/BCBA: GNCVO) (las “ Obligaciones Negociables Clase XXIX ”); y/o (ii) Obligaciones Negociables Clase XXXII denominadas en Dólares Estadounidenses emitidas el 10 de agosto de 2021 por la Emisora en el marco de su prospecto de fecha 27 de abril de 2021 bajo el Régimen Simplificado de Emisor Frecuente, por un valor nominal de US$48.971.674, a una tasa de interés fija del 3,50% y con vencimiento el 10 de agosto de 2023 (Código de especie CVSA: 55537; Ticker MAE/BCBA: GNCYO) (las “ Obligaciones Negociables Clase XXXII ” y junto con las Obligaciones Negociables Clase XXIX, las “ Obligaciones Negociables Elegibles ”), conforme la Relación de Canje Clase XXXIX, en los términos descriptos en el presente Aviso y en el Suplemento. El capital de las Obligaciones Negociables Clase XXXIX será amortizado en una única cuota en la Fecha de Vencimiento Clase XXXIX (según se define más adelante), a los 60 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación. Las Obligaciones Negociables Clase XXXIX devengarán intereses a una tasa de interés fija anual a licitar, en forma trimestral por período vencido en las Fechas de Pago de Intereses Clase XXXIX (conforme se define más adelante) en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable (conforme se define más adelante (las “ Obligaciones Negociables Clase XXXIX ”); (B) Las Obligaciones Negociables Clase XL denominadas en Dólares Estadounidenses e integrables en efectivo, en

Dólares Estadounidenses. Las Obligaciones Negociables Clase XL serán pagaderas en Dólares Estadounidenses. El capital de las Obligaciones Negociables Clase XL será amortizado en una única cuota en la Fecha de Vencimiento Clase XL (según se define más adelante), a los 24 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación. La Fecha de Vencimiento Clase XL (según se define más adelante) será a los 24 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación. Las Obligaciones Negociables Clase XL devengarán intereses a una tasa de interés fija a licitar, en forma trimestral por período vencido en las Fechas de Pago de Intereses Clase XL, serán pagaderos a partir de los 12 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación (conforme se define más adelante) en Dólares Estadounidenses (conforme se define más adelante) (las “ Obligaciones Negociables Clase XL ”); y (C) Las Obligaciones Negociables Clase XLI denominadas en Dólares Estadounidenses e integrables (a) en efectivo, en Pesos al Tipo de Cambio Inicial o (b) en especie, mediante la entrega de las Obligaciones Negociables Elegibles, conforme la Relación de Canje Clase XLI, en los términos descriptos en el Suplemento. La Emisora podrá, a su exclusivo criterio, emitir las Obligaciones Negociables Clase XLI hasta un monto de US$ 40.000.000 (Dólares Estadounidenses cuarenta millones), ampliable en conjunto con las Obligaciones Negociables Clase XXXIX y las Obligaciones Negociables Clase XL hasta el Monto Máximo. Las Obligaciones Negociables Clase XLI serán pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable. El capital de las Obligaciones Negociables Clase XLI será amortizado en una única cuota en la Fecha de Vencimiento Clase XLI (según se define más adelante), a los 36 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación. A su vez, dado que el capital no amortizado de las Obligaciones Negociables Clase XLI devengará intereses a una tasa de interés fija de 0,00%, no se abonarán intereses (las “ Obligaciones Negociables Clase XLI ”, junto a las Obligaciones Negociables Clase XXXIX y las Obligaciones Negociables Clase XL, las “ Obligaciones Negociables ”), en el marco del prospecto de la Emisora de fecha 3 de julio de 2023 bajo el Régimen Simplificado de Emisor Frecuente, establecido en la Sección VIII, Capítulo V, Título II de las Normas de la CNV, y del Suplemento, publicados en el Boletín Electrónico del Mercado Abierto Electrónico S.A. (“ MAE ”), en el sitio web de la CNV, www.cnv.gov.ar, bajo el ítem “Información Financiera”, en el sitio web institucional de la Emisora (www.genneia.com.ar) y en el Boletín Diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (el “ Boletín Diario de la BCBA ”).

Todos los términos utilizados en mayúscula no definidos en el presente Aviso de Suscripción, tendrán el significado que se les asigna en el Prospecto y/o el Suplemento, según corresponda.

A continuación, se detallan los principales términos y condiciones de las Obligaciones Negociables:

Emisora: Genneia S.A. con domicilio en Nicolás Repetto 3676, 3º Piso (B1663CTJ), Olivos, Partido de Vicente López, Provincia de Buenos Aires, República Argentina (Atención: Sres. Bernardo S. Andrews/Juan Andrés Duzevic, teléfono (+5411) 6090-3200, fax (+5411) 60903201, e-mail: [email protected]).

Descripción: Las Obligaciones Negociables serán obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones y no subordinadas.

Organizador y Colocador : Macro Securities S.A.U.

Agentes Colocadores : Macro Securities S.A.U., Banco BBVA Argentina S.A., Banco Patagonia S.A., Banco Santander Argentina S.A., Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U., Banco Hipotecario S.A., BACS Banco de Crédito y Securitización S.A, Max Capital S.A., Balanz Capital Valores S.A.U., Facimex Valores S.A. y TPCG Valores S.A.U.

Monto de la Emisión: El valor nominal de las Obligaciones Negociables a ser emitido podrá alcanzar el monto de hasta US$ 40.000.000 (Dólares Estadounidenses cuarenta millones) considerando la totalidad de las clases de Obligaciones Negociables en conjunto. Sin perjuicio de ello, la Emisora podrá ampliar dicho monto hasta US$ 100.000.000 (Dólares Estadounidenses cien millones).

LA EMISORA PODRÁ DECLARAR DESIERTO EL PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE CUALESQUIERA O TODAS LAS CLASES DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES, LO CUAL IMPLICARÁ QUE EMITIRÁ

UNA SOLA CLASE, DOS CLASES, TRES CLASES O NO SE EMITIRÁN LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES, RESPECTIVAMENTE. ESTA CIRCUNSTANCIA NO OTORGARÁ DERECHO ALGUNO DE COMPENSACIÓN O INDEMNIZACIÓN.

LA EMISORA PODRÁ, HASTA LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN, DEJAR SIN EFECTO LA COLOCACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES, EN CASO DE QUE HAYAN SUCEDIDO CAMBIOS EN LA NORMATIVA Y/O DE CUALQUIER ÍNDOLE QUE TORNEN MÁS GRAVOSA LA EMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PARA LA EMISORA, BASÁNDOSE EN ESTÁNDARES DE MERCADO HABITUALES Y RAZONABLES PARA OPERACIONES DE SIMILARES CARACTERÍSTICAS EN EL MARCO DE LAS DISPOSICIONES PERTINENTES ESTABLECIDAS POR LA LEY DE MERCADO DE CAPITALES Y LA NORMATIVA APLICABLE DE LA CNV Y DE LA AFIP, QUEDANDO SIN EFECTO ALGUNO LA TOTALIDAD DE LAS OFERTAS RECIBIDAS. ESTA CIRCUNSTANCIA NO OTORGARÁ DERECHO ALGUNO DE COMPENSACIÓN O INDEMNIZACIÓN.

El monto de la emisión será informado oportunamente a través del Aviso de Resultados que se publicará en la AIF, en la Página Web de la Compañía, en BYMA Primarias, en la página web del MAE (www.mae.com.ar), y por un Día Hábil (según se define a continuación) en el Boletín Diario de la BCBA, luego del cierre del Período de Licitación Pública.

Marco para la Emisión de Bonos Verdes : Las Obligaciones Negociables serán emitidas de acuerdo al Marco para la Emisión de Bonos Verdes y se encuentran

alineadas a los cuatro componentes principales de los Principios de Bonos Verdes de 2018 (GBP por sus siglas en inglés) del ICMA (International Capital Market Association) y serán emitidas siguiendo los Lineamientos para la Emisión de Bonos SVS y lo dispuesto en la Guía BYMA.

Según lo establecido en el Marco para la Emisión de Bonos Verdes, la Emisora seleccionará una cartera de “Proyectos Verdes Elegibles” para respaldar la emisión de las Obligaciones Negociables como “bonos verdes” y asignará un valor equivalente al 100% de los fondos netos de la emisión a: (i) la refinanciación de una porción de la inversión realizada en los Proyectos Solares Fotovoltaico Tocota III, y Sierras de Ullum, y en el Proyecto Eólico La Elbita; y/o (ii) la financiación de Proyectos Verdes Elegibles, según lo defina el Comité de Finanzas Sostenibles.

La Emisora se compromete a publicar un reporte de bono verde de conformidad con el “Reglamento para el Listado de Obligaciones Negociables y/o Títulos Públicos y para su Incorporación al Panel de Bonos Sociales, Verdes y Sustentables de BYMA” y los Lineamientos para la Emisión de Bonos SVS de la CNV (el “ Reporte de Bono Verde ”) en su página web (www.genneia.com.ar) y en la AIF para la consideración del público inversor. Dicho Reporte de Bono Verde será publicado anualmente, dentro de los 70 (setenta) días corridos de su cierre de ejercicio o simultáneamente con la presentación de su memoria, lo que ocurra primero, y hasta que los fondos netos sean totalmente aplicados y asignados de conformidad con lo dispuesto bajo la sección “Destino de los Fondos” del Suplemento, y ante la ocurrencia de algún evento de importancia. El Reporte de Bono Verde presentará, como mínimo la siguiente información:

  • Asignación: Genneia reportará las siguientes métricas: (i) el valor de los fondos netos de la emisión de las Obligaciones Negociables que fue asignado a los Proyectos Verdes Elegibles; (ii) la lista con categorías de Proyectos Verdes Elegibles junto a una breve descripción; y (iii) el monto neto de la emisión de cualquier Bono Verde pendientes a ser asignados a Proyectos Verdes Elegibles al final del periodo del reporte.

  • Impacto: Genneia reportará las siguientes métricas: (i) generación anual de energía esperada en GWh; y (ii) Producción anual de emisión de gases de efecto invernadero evitadas, en métricas de toneladas de CO2e.

Asimismo, el Reporte de Bono Verde incluirá un reporte anual de un auditor independiente confirmando la asignación de los fondos netos obtenidos por la emisión de las Obligacionales Negociables han sido asignados a Proyectos Verdes Elegibles, de acuerdo a los términos de ICMA definidos en el Marco de Bono Verde de la Emisora por el Comité de Finanzas Sostenibles. El

reporte de los auditores estará a disposición en la página web de Genneia.

Sustainalytics, BV., una sociedad afiliada de Morningstar Company, una consultora independiente con prestigio en el sector medioambiental, llevó a cabo una Segunda Opinión (“ SPO ” por sus siglas en inglés: Second Party Opinion ) para el Marco de Emisión para Bonos Verdes de la Emisora de febrero de 2021, con el fin de alinearlo los Lineamientos para la Emisión de Bonos SVS. El SPO, publicado el 26 de febrero de 2021, se encuentra disponible en la página web de la Emisora www.genneia.com.ar. El incumplimiento del compromiso de aplicación de fondos de acuerdo al Marco para la Emisión de Bonos Verdes, incluyendo sin limitación la falta de aplicación de los fondos a los destinos mencionados, o en los plazos programados, el desvío de la compañía respecto de lo estipulado en el Marco para la Emisión de Bonos Verdes y los Lineamientos para la Emisión de Bonos SVS, o la falta de publicación en tiempo y forma del Reporte tendrá como consecuencia que las Obligaciones Negociables dejarán de listar en el Panel de Bonos Sociales, Verdes y Sustentables de BYMA.

Moneda de Denominación y Pago :

  • Clase XXXIX: Las Obligaciones Negociables Clase XXXIX estarán denominadas en Dólares Estadounidenses y serán pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable en la Fecha de Amortización Clase XXXIX; o Fecha de Pago de Intereses Clase XXXIX, según fuera el caso.

  • Clase XL: Las Obligaciones Negociables XL estarán denominadas y su capital e intereses serán pagaderos en Dólares Estadounidenses en la Fecha de Amortización Clase XL o en la Fecha de Pago de Intereses Clase XL, según fuera el caso.

  • Clase XLI: Las Obligaciones Negociables Clase XLI estarán denominadas en Dólares Estadounidenses y serán pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable en la Fecha de Amortización Clase XLI.

Rango: Las Obligaciones Negociables calificarán como obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, según la Ley de Obligaciones Negociables y tendrán derecho a los beneficios allí establecidos y se encontrarán sujetas a los requisitos procesales de dichas normas. Las Obligaciones Negociables constituirán obligaciones simples, directas e incondicionales, con garantía común sobre el patrimonio de la Emisora y calificarán pari passu en todo momento entre ellas y con todas las demás deudas no garantizadas y no subordinadas tanto presentes como futuras de la Emisora (con excepción de las obligaciones preferidas en virtud de disposiciones legales y/o contractuales).

Amortización :

  • Clase XXXIX: El capital de las Obligaciones Negociables Clase XXXIX será repagado en forma íntegra en la Fecha de Vencimiento Clase XXXIX (la “ Fecha de Amortización Clase XXXIX ”).

  • Clase XL: El capital de las Obligaciones Negociables Clase XL será repagado en forma íntegra en la Fecha de Vencimiento Clase XL (la “ Fecha de Amortización Clase XL ”).

  • Clase XLI: El capital de las Obligaciones Negociables Clase XLI será repagado en forma íntegra en la Fecha de Vencimiento Clase XLI (la “ Fecha de Amortización Clase XLI ”).

Rescate Opcional:

  • Clase XXXIX: La Compañía tendrá el derecho, a su sola opción, de rescatar las Obligaciones Negociables Clase XXXIX en su totalidad (pero no en parte) que se encuentren en circulación, en cualquier momento a partir del mes cincuenta y cuatro (54) (inclusive) contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación, al valor nominal (más los intereses devengados y no pagados calculados hasta la fecha de rescate, los Montos Adicionales y cualquier otra suma adeudada bajo las Obligaciones Negociables Clase XXXIX). Para mayor información por véase “ De la Oferta – Términos y Condiciones particulares de las Obligaciones Negociables Clase XXXIX” del Suplemento.

  • Clase XL: La Compañía tendrá el derecho, a su sola opción, de rescatar las Obligaciones Negociables Clase XL en su totalidad (pero no en parte) que se encuentren en circulación, en cualquier momento a partir del mes veintiuno (21) (inclusive) contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación, al valor nominal (más los intereses devengados y no pagados calculados hasta la fecha de rescate, los Montos Adicionales y cualquier otra suma adeudada bajo las Obligaciones Negociables Clase XL). Para mayor información por véase “ De la Oferta – Términos y Condiciones particulares de las Obligaciones Negociables Clase XL” del Suplemento.

  • Clase XLI: La Compañía tendrá el derecho, a su sola opción, de rescatar las Obligaciones Negociables Clase XLI en su totalidad (pero no en parte) que se encuentren en circulación, en cualquier momento a partir del mes treinta (30) (inclusive) contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación, al valor nominal (más los intereses devengados y no pagados calculados hasta la fecha de rescate, los Montos Adicionales y cualquier otra suma adeudada bajo las Obligaciones Negociables Clase XLI). Para mayor información por véase “ De la Oferta – Términos y Condiciones particulares de las Obligaciones Negociables Clase XLI” del Suplemento.

  • Clase XXXIX: Será el día en que se cumplan 60 meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación (la “ Fecha de Vencimiento Clase XXXIX ”). En caso de que dicha Fecha de Vencimiento Clase XXXIX corresponda a un día que no sea un Día Hábil, la Fecha de Vencimiento Clase XXXIX será el Día Hábil inmediatamente siguiente.

  • Clase XL: Será el día en que se cumplan 24 meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación (la “ Fecha de Vencimiento Clase XL ”). En caso de que dicha Fecha de Vencimiento Clase XL corresponda a un día que no sea un Día Hábil, la Fecha de Vencimiento Clase XL será el Día Hábil inmediatamente siguiente.

  • Clase XLI: Será el día en que se cumplan 36 meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación (la “ Fecha de Vencimiento Clase XLI ”). En caso de que dicha Fecha de Vencimiento Clase XLI corresponda a un día que no sea un Día Hábil, la Fecha de Vencimiento Clase XLI será el Día Hábil inmediatamente siguiente.

Fecha de Emisión y Liquidación: Será a los dos Días Hábiles de la finalización del Período de Licitación Pública (la “ Fecha de Emisión y Liquidación ”).

Precio de emisión:

  • Clase XXXIX: El 100% del valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase XXXIX.

  • Clase XL: El 100% del valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase XL.

  • Clase XLI: El Precio de Emisión Clase XLI, enunciado como un porcentaje a la par, con descuento o con prima sobre el valor nominal en Dólares Estadounidenses de las Obligaciones Negociables Clase XLI a emitir será determinado por la Compañía truncado a cuatro decimales como resultado del proceso de licitación descripto en “ Plan de Distribución ”, con anterioridad a la Fecha de Emisión y Liquidación y será informado en el Aviso de Resultados.

Tasa de Interés:

  • Clase XXXIX: El capital no amortizado de las

  • Obligaciones Negociables Clase XXXIX devengará intereses a una tasa de interés fija que será informada mediante el Aviso de Resultados.

  • Clase XL: El capital no amortizado de las

  • Obligaciones Negociables Clase XL devengará intereses a una tasa de interés fija que será informada mediante el Aviso de Resultados.

  • Clase XLI: El capital no amortizado de las

  • Obligaciones Negociables Clase XLI devengará intereses a una tasa de interés fija del 0,00% nominal anual. Es decir, no se pagarán intereses.

Base de Cálculo para el Pago de los Intereses : Para el cálculo de los intereses se considerará la cantidad real de días transcurridos y un año de 365 días (cantidad real de días transcurridos/365).

Fecha de Vencimiento

Fechas de Pago de Intereses :

  • Clase XXXIX: Los intereses serán pagados trimestralmente, en forma vencida, a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación, en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente trimestre o, de no ser un Día Hábil o no existir dicho día, el primer Día Hábil posterior (cada una, una “ Fecha de Pago de Intereses Clase XXXIX ”). Las Fechas de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables Clase XXXIX serán informadas mediante el Aviso de Resultados.

  • Clase XL: Los intereses serán pagados trimestralmente, en forma vencida, a partir de los 12 (doce) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación, en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente trimestre o, de no ser un Día Hábil o no existir dicho día, el primer Día Hábil posterior (cada una, una “ Fecha de Pago de Intereses Clase XL ”). Las Fechas de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables Clase XL serán informadas mediante el Aviso de Resultados.

  • Clase XLI: Siendo la tasa de interés de las Obligaciones Negociables Clase XLI 0,00%, las Obligaciones Negociables Clase XLI no tendrán pagos de intereses.

Monto Mínimo de Suscripción:

  • Clase XXXIX: US$50 (Dólares Estadounidenses cincuenta) y múltiplos de US$1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto.

  • Clase XL: US$50 (Dólares Estadounidenses cincuenta) y múltiplos de US$1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto.

  • Clase XLI: US$50 (Dólares Estadounidenses cincuenta) y múltiplos de US$1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto.

Unidad Mínima de Negociación, Denominación Mínima y Valor Nominal Unitario :

  • Clase XXXIX: US$1 (Dólares Estadounidenses uno) y múltiplos de US$1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto.

  • Clase XL: US$1 (Dólares Estadounidenses uno) y múltiplos de US$1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto.

  • Clase XLI: US$1 (Dólares Estadounidenses uno) y múltiplos de US$1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto.

Forma de las Obligaciones Negociables, Liquidación y Compensación : Las Obligaciones Negociables estarán representadas en un certificado global permanente, a ser depositado en Caja de Valores S.A. (“ Caja de Valores ” o “ CVSA ”, indistintamente) de acuerdo a lo establecido por la Ley de Nominatividad de Títulos Valores Privados. Los Tenedores renuncian al derecho

a exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo, conforme a la Ley Nº 20.643 y sus posteriores modificaciones, encontrándose habilitada Caja de Valores para cobrar los aranceles de los depositantes, que éstos podrán trasladar a los Tenedores.

Listado y Negociación: La Emisora ha solicitado autorización para el listado y negociación de las Obligaciones Negociables en BYMA y en el MAE. Asimismo, la Emisora ha solicitado la incorporación de las Obligaciones Negociables al Panel de Bonos Sociales, Verdes y Sustentables de BYMA. Sin embargo, la Emisora no puede garantizar que esta solicitud será aprobada.

Compensación y Liquidación : La liquidación de las Obligaciones Negociables podrá ser efectuada a través de la central de compensación y liquidación de operaciones de MAE denominada “MAE Clear” (siendo el número de mercado de MAE asignado por CNV el N°14). Si los Inversores Interesados (conforme dicho término se define más adelante) no contasen con una cuenta custodio disponible en MAE Clear, la liquidación de las Obligaciones Negociables podrá ser realizada por el Agente Colocador correspondiente, pudiendo cada Agente Colocador utilizar el sistema de depósito colectivo administrado por CVSA.

Debido a que MAE Clear solo compensa y liquida en efectivo, a los efectos de la liquidación en especie intervendrán los Agentes Colocadores conforme se describe en la sección “ Plan de Distribución ” del Suplemento.

Período de Difusión : tendrá lugar el 11 de julio de 2023.

Período de Licitación Pública : comenzará a las 10:00 hs. y finalizará a las 16:00 hs. del 12 de julio de 2023.

Período de Formación del Registro: Será el 12 de julio de 2023 de 10:00 horas a 16:00 horas.

Fecha y Hora de Cierre del Registro: Las Órdenes de Compra deberán presentarse hasta las 16:00 horas del día del Período de Formación del Registro. Con posterioridad a la finalización del Período de Formación del Registro no se recibirán nuevas Órdenes de Compra ni podrán modificarse las Órdenes de Compra ingresadas. La Compañía procederá al cierre del Registro en la Oferta Pública luego de finalizado el Período de Formación de Registro, (la “Fecha y Hora de Cierre del Registro”).

Terminación, Modificación, Suspensión y/o Prórroga : La Emisora, con el consentimiento previo de los Agentes Colocadores y sin necesidad de invocar motivo alguno, podrá suspender y/o prorrogar y/o terminar el Período de Difusión y/o el Período de Licitación Pública en cualquier momento del mismo, comunicando por escrito dicha circunstancia (a más tardar el Día Hábil correspondiente al día de finalización del período de

que se trate o en el mismo día, con 2 horas antes del cierre de la rueda en el caso en que el Período de Licitación Pública fuere de un Día Hábil), publicando un “Hecho Relevante” en la AIF, con anterioridad al vencimiento del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública, en el cual se indicará, en su caso, la nueva fecha de vencimiento del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública o la fecha en que se reanudará el curso del mismo o la forma en que se hará pública la reanudación del curso del mismo.

Método de Colocación y Adjudicación :

  • Clase XXXIX: Formación de Libro.

  • Clase XL: Subasta o Licitación Pública

  • Clase XLI: Formación de Libro.

Para mayor información por favor véase lo detallado en la sección “ Plan de Distribución—Adjudicación y Prorrateo ” del Suplemento.

Tramo Competitivo y Tramo No Competitivo : La oferta constará de un tramo competitivo (el “ Tramo Competitivo ”) y de un tramo no competitivo (el “ Tramo No Competitivo ”). Las Órdenes de Suscripción remitidas bajo el Tramo Competitivo deberán indefectiblemente incluir la Tasa Fija Solicitada Clase XL, mientras que aquellas que se remitan bajo el Tramo No Competitivo no incluirán dicha variable.

  • Tramo No Competitivo: podrán participar del

  • Tramo No Competitivo los Inversores Interesados que fueran personas humanas o jurídicas y remitieran Órdenes de Suscripción de Obligaciones Negociables Clase XL por un valor nominal, en forma individual o conjunto de las Órdenes de Suscripción que fueran remitidas por el mismo Inversor Interesado, de hasta US$100.000 (Dólares Estadounidenses cien mil) para las Obligaciones Negociables Clase XL y que no indiquen una Tasa Fija Solicitada Clase XL. Aquellas ofertas remitidas bajo esta modalidad serán consideradas, a todos los efectos, como ofertas irrevocables y en firme. Las Ofertas que conformen el Tramo No Competitivo no se tomarán en cuenta para la determinación de la Tasa de Corte Clase XL (según este término se define más abajo).La totalidad de Obligaciones Negociables Clase XL adjudicadas al Tramo No Competitivo, no podrá superar, el 50% de las Obligaciones Negociables Clase XL a emitirse.

  • Tramo Competitivo: podrán participar en el

  • Tramo Competitivo los Inversores Interesados que fueran personas humanas o jurídicas y remitieran, una o más Órdenes de Suscripción que contengan monto y Tasa Fija Solicitada Clase XL, incluso cuando sean distintos entre las distintas Órdenes de Suscripción del mismo oferente, pudiendo quedar adjudicadas una, todas, o ninguna de las Órdenes de Suscripción remitidas, de conformidad con el procedimiento que se describe en seguidamente.

Adjudicación y Prorrateo : se realizará de acuerdo con lo detallado en la sección “ Plan de Distribución— Adjudicación y Prorrateo ” del Suplemento.

Regla de Prorrateo : Si, como resultado de los prorrateos, la cantidad de dólares a asignar a una oferta fuera un monto que incluya entre 1 y 49 centavos, el monto asignado será el importe entero inferior, y si fuera un monto que incluya entre 50 y 99 centavos, el monto asignado será el importe entero superior.

Integración:

  • Clase XXXIX: La suscripción e integración de las Obligaciones Negociables Clase XXXIX será efectuada (a) en efectivo, en Pesos al Tipo de Cambio Inicial (según este término se define más adelante), o (b) en especie, mediante la entrega de (i) Obligaciones Negociables Clase XXIX y/o (ii) Obligaciones Negociables Clase XXXII , conforme la Relación de Canje Clase XXXIX, según corresponda. Para mayor información, por favor véase el “ Plan de Distribución” del Suplemento.

  • Clase XL: La suscripción e integración de las Obligaciones Negociables Clase XL será efectuada en efectivo, en Dólares Estadounidenses. Para mayor información, por favor véase el “ Plan de Distribución” del Suplemento.

  • Clase XLI: La suscripción e integración de las Obligaciones Negociables Clase XLI será efectuada (a) en efectivo, en Pesos al Tipo de Cambio Inicial (según este término se define más adelante), o (b) en especie, mediante la entrega de (i) Obligaciones Negociables Clase XXIX y/o (ii) Obligaciones Negociables Clase XXXII , conforme la Relación de Canje Clase XLI. Para mayor información, por favor véase el “ Plan de Distribución” del Suplemento.

Relación de Canje:

  • Clase XXXIX: Por cada US$1,00 de valor nominal de las Obligaciones Negociables XXIX que sus tenedores apliquen para la integración en especie de Obligaciones Negociables Clase XXXIX, recibirán, según corresponda y en caso de que su oferta haya sido adjudicada, US$ 1.0026 de valor nominal de Obligaciones Negociables Clase XXXIX, y por cada US$1,00 de valor nominal de las Obligaciones Negociables XXXII que sus tenedores apliquen para la integración en especie de Obligaciones Negociables Clase XXXIX, recibirán, según corresponda y en caso de que su oferta haya sido adjudicada, US$1.0062 de valor nominal de Obligaciones Negociables Clase XXXIX (la “Relación de Canje Clase XXXIX ”, según corresponda). Los servicios de intereses devengados y no pagados de las Obligaciones Negociables Elegibles ofrecidas en canje a

través de CVSA, no serán pagados por la Emisora directamente, sino que dichos intereses serán incluidos en la Relación de Canje Clase XXXIX, según corresponda. Para mayor información, por favor véase el “ Plan de Distribución” del Suplemento.

  • Clase XLI: La Relación de Canje Clase XLI será el resultado de dividir (i) el Valor Reconocido Clase XLI, según corresponda, por (ii) el Precio de Emisión Clase XLI, según será informado en el Aviso de Resultados.

A LOS EFECTOS DE DETERMINAR EL VALOR NOMINAL DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES ELEGIBLES A INTEGRAR, SEGÚN CORRESPONDA, SE DEBERÁ MULTIPLICAR EL VALOR NOMINAL ADJUDICADO DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XLI POR EL PRECIO DE CORTE, Y A DICHO PRODUCTO, DIVIDIRLO POR EL VALOR RECONOCIDO CLASE XLI, SEGÚN CORRESPONDA.

Tipo de Cambio Inicial : Es el tipo de cambio determinado y publicado por el Banco Central de la República Argentina (el “ BCRA ”) mediante la Comunicación “A” 3500 (o la regulación que la sucediere o modificare en el futuro), truncado a dos decimales, del Día Hábil anterior al Periodo de Licitación Pública, el cual será informado en correspondiente Aviso de Resultados a ser publicado en la AIF, en BYMA Primarias, en la Página Web de la Compañía, en la página web del MAE (www.mae.com.ar), y por un (1) Día Hábil (según se define a continuación) en el Boletín Diario de la BCBA.

Tipo de Cambio Aplicable: Significa el promedio aritmético simple de los últimos tres Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo correspondiente del tipo de cambio determinado y publicado por el BCRA mediante la Comunicación “A” 3500 (o la regulación que la sucediere o modificare en el tiempo), truncado a dos decimales, en base al procedimiento de encuesta de cambio establecido en la misma. En el supuesto que (x) el BCRA dejare de efectuar dicha determinación y publicación, el Tipo de Cambio Aplicable será calculado de acuerdo al promedio aritmético simple de los últimos 3 (tres) Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo del tipo de cambio Dólar divisa vendedor informado por el Banco de la Nación Argentina (“ BNA ”), al cierre de sus operaciones; o (y) el BCRA decida desdoblar el mercado libre de cambios, será el tipo de cambio vendedor del Dólar divisa por operaciones comerciales o de exportación (por oposición, al dólar financiero) que (i) publique el BCRA o (ii) que surja del promedio aritmético simple de los últimos 3 (tres) Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo tipo de cambio informada por el BNA, al cierre de sus operaciones; en los supuestos (x) e (y) anteriores según sea calculado por el Agente de Cálculo.

Fecha de Cálculo: La fecha que opere el segundo Día Hábil antes de la Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables Clase XXXIX y/o XL, Fecha de

Amortización de las Obligaciones Negociables Clase XXXIX y/o XL, conforme resulte aplicable.

Agente de Liquidación : Macro Securities S.A.U.

Destino de los Fondos : La Emisora planea utilizar el producido de esta oferta, en cumplimiento de los requisitos del Artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables, según se detalla en la sección “ Destino de los Fondos ” del Suplemento. Para mayor información, véase la sección “Destino de los Fondos”.

Comisión de colocación : para más información sobre este punto, véase la sección “ Gastos de Emisión ” del Suplemento de Prospecto.

Calificaciones de Riesgo :

  • Clase XXXIX: Moody´s, en su dictamen de fecha 10 de julio de 2023 ha calificado a las Obligaciones Negociables Clase XXXIX como “AA-.ar” con perspectiva “estable”.

  • Clase XL: Moody´s, en su dictamen de fecha 10 de julio de 2023 ha calificado a las Obligaciones Negociables Clase XL como “AA.ar” con perspectiva “estable”.

  • Clase XLI: Moody´s, en su dictamen de fecha 10 de julio de 2023 ha calificado a las Obligaciones Negociables Clase XLI como “AA.ar” con perspectiva “estable”.

Estabilización de mercado : En relación con la emisión de las Obligaciones Negociables, los Agentes Colocadores que participen en su colocación y distribución podrán realizar operaciones destinadas a estabilizar el precio de mercado de dichas Obligaciones Negociables, una vez que éstas ingresaron en la negociación secundaria, conforme con el Artículo 12, Sección IV, Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV y demás normas vigentes.

Código ISIN:

  • Clase XXIX: 54904

  • • Clase XXXII: 55537

Ley Aplicable : Las Obligaciones Negociables se regirán por, y serán interpretadas de conformidad con, las leyes de la República Argentina.

Jurisdicción : Toda controversia que se origine entre la Emisora y los tenedores de Obligaciones Negociables Clase XXXIX en relación con las Obligaciones Negociables Clase XXXIX se resolverá en forma definitiva e irrecurrible por el Tribunal de Arbitraje General de la BCBA o el que se cree en el futuro en la BCBA de conformidad con el artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales y en virtud de la delegación de facultades otorgadas por BYMA a la BCBA en materia de constitución de tribunales arbitrales, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución N°18.629 de la CNV. No obstante lo anterior, los inversores tendrán el derecho de optar por acudir a los tribunales judiciales competentes. Asimismo, en los casos en que las normas vigentes establezcan la

acumulación de acciones entabladas con idéntica finalidad ante un solo tribunal, la acumulación se efectuará ante el tribunal judicial competente.

Acción Ejecutiva: Las Obligaciones Negociables serán emitidas de conformidad con la Ley de Obligaciones Negociables y constituirán “obligaciones negociables” conforme con las disposiciones de la misma y gozarán de los derechos allí establecidos. En particular, conforme con el artículo 29 de dicha ley, en el supuesto de incumplimiento por parte de la Emisora en el pago de cualquier monto adeudado bajo las Obligaciones Negociables, los tenedores de las mismas podrán iniciar

acciones ejecutivas ante tribunales competentes de la Argentina para reclamar el pago de los montos adeudados por la Emisora.

En virtud del régimen de depósito colectivo establecido de conformidad con los términos de la Ley de Nominatividad de Títulos Valores Privados, Caja de Valores podrá expedir certificados de tenencia a favor de los tenedores en cuestión a solicitud de éstos y éstos podrán iniciar con tales certificados las acciones ejecutivas mencionadas.

Todos aquellos agentes del MAE y/o adherentes al mismo que cuenten con línea de crédito otorgada por los Agentes Colocadores, a pedido de dichos agentes, dados de alta para participar en la rueda, sin más. Aquellos agentes del MAE y/o adherentes al mismo que no cuenten con línea de crédito otorgada por los Agentes Colocadores, también deberán solicitar a los mismos la habilitación para participar en la rueda, para lo cual deberán acreditar su inscripción ante la CNV como “Agente Registrado” en los términos de la Ley de Mercado de Capitales y el cumplimiento de las normas en materia de prevención de encubrimiento, lavado de activos y financiación del terrorismo de forma satisfactoria para los Agentes Colocadores, quienes observarán y respetarán en todo momento el trato igualitario entre aquéllos. En cualquier caso, la solicitud deberá realizarse durante el Período de Difusión y hasta las 16:00 hs. del mismo.

Las Obligaciones Negociables se ofertarán públicamente en Argentina de conformidad con el Régimen de Emisor Frecuente. Oferta Pública autorizada por Registro de Emisor Frecuente N° 15, otorgado por la Disposición N° DI-202110-APN-GE#CNV de la Gerencia de Emisoras de la CNV, de fecha 19 de abril de 2021 por hasta valor nominal US$ 800.000.000 (Dólares Estadounidenses ochocientos millones) o su equivalente en otras monedas o unidades de valor y la ratificación de la condición de Emisor Frecuente de la Sociedad otorgada por la Disposición N° DI-2022-16-APNGE#CNV de la Gerencia de Emisoras de la CNV, de fecha 12 de mayo de 2022 por un monto adicional de valor nominal US$ 500.000.000 o su equivalente en otras monedas o unidades de valor bajo el Régimen de Emisor Frecuente y por Disposición N° DI-2023-30-APN-GE#CNV de la Gerencia de Emisoras de la CNV de fecha 30 de junio de 2023 se ratificó la condición de Emisor Frecuente de la Sociedad por hasta la suma de valor nominal US$ 200.000.000 (Dólares Estadounidenses doscientos millones) o su equivalente en otras monedas o unidades de valor. Esta autorización de la CNV sólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La CNV, BYMA o MAE no han emitido juicio sobre los datos contenidos en el Prospecto y/o en el Suplemento. Los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables fueron aprobados por el Directorio de la Emisora con fecha 10 de julio de 2023. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el Prospecto y/o en el Suplemento es exclusiva responsabilidad del Directorio de la Emisora y, en lo que les atañe, del órgano de fiscalización de la Emisora y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados financieros que se acompañan y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley de Mercado de Capitales. De acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 74 de la Sección VIII del Capítulo V del Título II de las Normas de la CNV, dentro de los cinco días hábiles de finalizado el período de colocación de las Obligaciones Negociables la Emisora presentará la documentación definitiva relativa a las mismas ante la CNV.

El Prospecto, el Suplemento y demás documentos relevantes para la emisión de las Obligaciones Negociables se encuentran a disposición de los interesados en las oficinas de la Emisora, del Organizador, de los Agentes Colocadores y del Agente Subcolocador a través de los contactos que se indican en el presente. La Emisora recomienda la lectura y examen del Prospecto y el Suplemento en su totalidad y de los estados financieros consolidados de la Emisora referidos en los mismos y sus notas correspondientes a los últimos tres ejercicios anuales cerrados el 31 de diciembre de 2022, 2021 y 2020 y a los períodos intermedios finalizados el 31 de marzo de 2023 y el 31 de marzo de 2022.

Por cualquier consulta, dirigirse a los Agentes Colocadores: (i) Macro Securities S.A.U., con domicilio en Avenida Eduardo Madero 1182, piso 24, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, e-mail: [email protected] (ii) Banco BBVA Argentina S.A., con domicilio en Av. Córdoba 111, Piso 31, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, e-mail: : [email protected]; (iii) Banco Patagonia S.A., con domicilio en Av. de Mayo 701, piso 24, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, e-mails: [email protected] / [email protected] / [email protected] / [email protected]; (iv) Banco Santander Argentina S.A., con domicilio en Av. Juan de Garay 151, Piso 9°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, e-mail: [email protected]; (v) Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U., con domicilio en Tte. Gral. J. D. Perón 430, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, e-mail: [email protected]; (vi) Banco Hipotecario S.A., con domicilio en Reconquista 151, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, e-mails:

[email protected], [email protected]; (vii) BACS Banco de Crédito y Securitización S.A., con domicilio en Tucumán 1, Piso 19, “A”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, e-mails: [email protected] / [email protected]; (viii) Max Capital S.A., con domicilio en Ortiz de Ocampo 3220, Piso 5. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, e-mail: [email protected]; (ix) Balanz Capital Valores S.A.U., con domicilio en Av. Corrientes 316, Piso 3, oficina 362, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, e-mail: [email protected]; (x) Facimex Valores S.A., con domicilio en Olga Cossettini 831, Piso 1°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, e-mail: [email protected]/[email protected]/[email protected]/nicolaspividori@ facimex.com.ar/[email protected] y; (xi) TPCG Valores S.A.U., con domicilio en Bouchard 547, Piso 27°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, e-mail: [email protected].

Organizador y Colocador

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Macro Securities S.A.U. Organizador Matrícula ALyC y AN Integral N°59

Agentes Colocadores

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Banco BBVA Argentina S.A. Macro Securities S.A.U. Agente Colocador Agente Colocador Matrícula ALyC y AN Integral N°42 Matrícula ALyC y AN Integral N°59

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Banco Santander Argentina S.A. Agente Colocador Matrícula ALyC y AN Integral N°72

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Banco de Galicia y Buenos Aires Banco Patagonia S.A. Banco Hipotecario S.A. S.A.U. Agente Colocador Agente Colocador Agente Colocador Matrícula ALyC y AN Integral N°66 Matrícula ALyC y AN Integral N°40 Matrícula ALyC y AN Integral N°22 BACS Banco de Crédito y Securitización S.A Balanz Capital Valores S.A.U. Max Capital S.A. Agente Colocador Colocador Colocador Matrícula ALyC y AN Integral N°25 Matrícula ALyC y AN Integral N°210 Matrícula ALyC y AN Integral N°570

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Facimex Valores S.A. TPCG Valores S.A.U. Colocador Colocador Matrícula ALyC y AN Integral N°99 Matrícula ALyC y AN Integral N°44

La fecha de este Aviso de Suscripción es 10 de julio de 2023

________ Genneia S.A. Branko Serventich Autorizado por Directorio de Genneia S.A.