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GENNEIA S.A. — Capital/Financing Update 2021
Sep 17, 2021
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Capital/Financing Update
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ACTA DE DIRECTORIO N°697: A los 16 días del mes de septiembre de 2021, siendo las 11:00 horas, se reúne el Directorio de GENNEIA S.A. (la “Sociedad”), encontrándose presente el Director Titular Sr. César Pablo Rossi. Participan mediante el sistema de videoconferencia “ Microsoft Teams ® ”, en los términos del Art. 7.7 del estatuto social, los Sres. Directores Jorge Pablo Brito, Darío Ezequiel Lizzano, Jorge De Pablo Cajal, Juan Facundo Genís, Carlos Alberto Palazón, Osvaldo Héctor Baños y Carlos Alberto de la Vega. Asiste asimismo el Sr. Diego Serrano Redonnet en representación de la Comisión Fiscalizadora. La totalidad de los Directores presentes por unanimidad dejan constancia que la plataforma de videoconferencia utilizada les permite su libre accesibilidad a la presente sesión y su plena participación con voz y voto. Preside la reunión el Presidente de la Sociedad, el Sr. Jorge Pablo Brito, quien luego de constatar la existencia de quórum válido y suficiente, declara abierta la sesión y pone a consideración el primer punto de la Agenda: 1. Consideración de los resultados de la Oferta de Canje y Solicitud de Consentimiento. Ratificación de lo actuado. Continúa con el uso de la palabra el Sr. Presidente y expone que, como es de conocimiento de los Sres. Directores presentes, el 2 de agosto de 2021, la Sociedad inició un proceso de oferta de canje y solicitud de consentimiento a los tenedores de: (i) las obligaciones negociables clase XX con vencimiento en 2022 (las “Obligaciones Negociables Clase XX”), y (ii) las obligaciones negociables privadas con vencimiento en 2022 (las “Obligaciones Negociables Privadas”; y junto con las Obligaciones Negociables Clase XX, las “Obligaciones Negociables Existentes”), con los límites establecidos por la Resolución N°861 de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) de acuerdo con los criterios de elegibilidad que se describen en los documentos de la oferta (los “Tenedores”). Consecuentemente, la Sociedad: (A) lanzó una oferta de canje de las Obligaciones Negociables Existentes por las Nuevas Obligaciones Negociables (conforme se define en el próximo punto de la Agenda) (la “Oferta de Canje”); y (B) solicitó (i) a los tenedores de las Obligaciones Negociables Clase XX su consentimiento para modificar ciertos términos y condiciones del contrato de emisión de las Obligaciones Negociables Clase XX y (ii) a los Tenedores de las Obligaciones Negociables Privadas, el otorgamiento de una dispensa para realizar la Oferta de Canje (cada una de esas solicitudes, una “Solicitud de Consentimiento”; y conjuntamente con la Oferta de Canje, la “Oferta de Canje y Solicitud de Consentimiento” y/o la “Transacción”); los términos y condiciones de la Oferta de Canje y Solicitud de Consentimiento, se encuentran detallados en los siguientes documentos: (i) el documento denominado en inglés “ Exchange Offer and Consent Solicitation Memorandum ” que será distribuido entre los Tenedores fuera de la República Argentina (el “Offering Memorandum”), (ii) el suplemento de prospecto correspondiente a las Nuevas Obligaciones Negociables, que será distribuido dentro de la República Argentina (el “Suplemento de Prospecto”); los cuales han sido modificados mediante respectivas adendas de fecha 13 de agosto de 2021. Los Tenedores que aceptaron la Oferta de Canje otorgaron su consentimiento para modificar ciertos términos y condiciones de las Obligaciones Negociables Clase XX, lo cual ocurrió mediante la suscripción de un first supplemental indenture (el “Supplemental Indenture”) y/o para dispensar ciertos compromisos bajo las Obligaciones Negociables Privadas. Continuando con el uso de la palabra, el Sr. Presidente informa que se han presentado en la Oferta de Canje el 81,6152% de las Obligaciones Negociables Clase XX y, sustancialmente, el 100% de las Obligaciones Negociables Privadas, por lo que se ha emitido un monto de valor nominal de US$366.118.638 de Nuevas Obligaciones Negociables. En virtud de lo anterior, la Sociedad han abonado a los Tenedores de las Obligaciones Negociables Existentes: (i) la contraprestación acordada en efectivo y en especie; y
(ii) los intereses adeudados en efectivo, total o parcialmente, quedando pendiente de pago ciertos montos de intereses bajo las Obligaciones Negociables Privadas. En virtud de lo expuesto, el Sr. Presidente mociona para que: (I) se tome nota de los resultados de la Oferta de Canje y Solicitud de Consentimiento precedentemente informados; (II) se tome note de las modificaciones realizadas a las Obligaciones Negociables Clase XX como consecuencia de la Solicitud de Consentimiento, se ratifique la suscripción del Supplemental Indenture y se autorice la suscripción de la documentación necesaria para reflejar las enmiendas aprobadas por los Tenedores; y (III) se apruebe y ratifique todo lo actuado por los subdelegados designados en la reunión de Directorio de fecha 2 de agosto de 2021, incluyendo las modificaciones a la Oferta de Canje de fecha 13 de agosto de 2021, la firma del contrato de fideicomiso en garantía, de fecha 2 de septiembre de 2021, y la documentación que refleja los intereses adeudados bajo las Obligaciones Negociables Privadas. Luego de un breve intercambio de opiniones, el Directorio por unanimidad de votos RESUELVE: aprobar las mociones en su totalidad. A continuación, se somete a consideración el segundo punto de la Agenda: 2. Acreditación del Plan de afectación de los fondos provenientes de las Nuevas Obligaciones Negociables, denominadas Obligaciones Negociables Clase XXXI. Continúa con el uso de la palabra el Sr. Presidente y manifiesta que: (i) las Obligaciones Negociables Clase XXXI fueron emitidas en el contexto de la Oferta de Canje y Solicitud de Consentimiento, dirigida exclusivamente a los Tenedores de las Obligaciones Negociables Existentes; y (ii) la Sociedad no recibió ningún pago en efectivo por la emisión de las Obligaciones Negociables Clase XXXI, ya que la misma fue destinada a la refinanciación de pasivos de la Sociedad, conforme al artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables, en virtud de la Oferta de Canje y Solicitud de Consentimiento. Teniendo en cuenta lo previsto por las normas de la CNV resulta oportuno y mociona para que se manifieste , con carácter de declaración jurada, que la Sociedad no recibió ningún pago en efectivo como consecuencia de la emisión de las Obligaciones Negociables Clase XXXI, según el detalle del informe especial emitido por la firma Deloitte & Co. S.A., el cual ha sido puesto a disposición de los Sres. Directores previamente, y en virtud del cual el profesional interviniente constató el debido cumplimiento del plan de afectación de fondos comprometido. Luego de un breve intercambio de opiniones, el Directorio por unanimidad de votos RESUELVE: aprobar la moción en su totalidad. A continuación, se somete a consideración el tercer punto de la Agenda: 3. Cancelación de las Obligaciones Negociables Privadas. Continúa con el uso de la palabra el Sr. Presidente y manifiesta que, como consecuencia de la participación de sustancialmente el 100% de los Tenedores de las Obligaciones Negociables Privadas en la Oferta de Canje y Solicitud de Consentimiento, las cuales fueron emitidas oportunamente por la Sociedad para inversiones productivas de la Sociedad y/o de sus subsidiarias, y/o para la cancelación y/o precancelación de deuda de corto plazo de la Sociedad, tal como se indicó en la reunión de Directorio de fecha 17 de diciembre de 2018, dichos títulos deben ser canceladas por efectos de la compensación, todo ello en los términos de la Resolución N°861 de la CNV. Adicionalmente, se informa que la Sociedad ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos por la Resolución N°861 de la CNV, en tanto: (i) las Obligaciones Negociables Privadas representan un 14,55% del monto de Obligaciones Negociables Clase XXXI efectivamente colocado en la Oferta de Canje y Solicitud de Consentimiento, no excediendo el límite del 30% establecido en la citada Resolución; (ii) las acreencias de las Obligaciones Negociables Privadas se encuentran contabilizadas en la nota “h” de los estados financieros individuales de la Sociedad correspondientes al último cierre de ejercicio anual, y de los últimos estados financieros
individuales intermedios de la Sociedad correspondientes a junio del 2021, oportunamente publicados por la Sociedad en la AIF; (iii) el ofrecimiento fue dirigido a la totalidad de los titulares de los créditos preexistentes contra la Sociedad (habiendo participado la totalidad de los Tenedores de las Obligaciones Negociables Privadas); (iv) las Obligaciones Negociables Privadas han quedado canceladas por efecto de la compensación; y (v) en el Suplemento de Prospecto correspondiente a la Oferta de Canje y Solicitud de Consentimiento, de fecha 3 de agosto de 2021, se describió adecuadamente el procedimiento para acreditar la titularidad de la acreencia ante el agente de canje (lo cual ha sido replicado en la el Anexo C del Certificado de Transferencia establecido a estos efectos). En virtud de lo expuesto, el Sr. Presidente mociona para que: (I) se apruebe la cancelación de las Obligaciones Negociables Privadas; (II) se autorice a cualesquiera de los Subdelegados (conforme se define a continuación) a realizar todos los trámites necesarios para reflejar la cancelación de las Obligaciones Negociables Privadas en los registros correspondientes (incluyendo, sin limitación, Euroclear, US Bank, y cualquier otra entidad correspondiente); y (III) se manifieste con carácter de Declaración Jurada, y en los términos del Artículo 14 de la Resolución N°861 de la CNV, el cumplimiento de las proporciones y requisitos establecidos por el Artículo 13 de la Resolución N°861 de la CNV. Luego de un breve intercambio de opiniones, el Directorio por unanimidad de votos RESUELVE: aprobar las mociones en su totalidad. A continuación, se somete a consideración el cuarto punto de la Agenda: 4. Consideración del cumplimiento del plan de afectación de fondos provenientes de la colocación de (i) las Obligaciones Negociables Clase XXVIII y Clase XXIX, emitidas bajo el Programa Global para la emisión de obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, a corto, mediano o largo plazo, por un monto máximo en circulación de valor nominal de U$S 800.000.000 (Dólares Estadounidenses ochocientos millones) (o su equivalente en otras monedas) (el “Programa Global”), y (ii) las Obligaciones Negociables Clase XXXII, emitidas bajo el Régimen Simplificado de Emisor Frecuente, establecido en la Sección VIII, Capítulo V, Título II, de las Normas de la CNV, en el marco del prospecto de la Sociedad de fecha 27 de abril de 2021, para la emisión de obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones) por un monto máximo de hasta US$800.000.000 (Dólares Estadounidenses ochocientos millones) (o su equivalente en otras monedas o unidades de valor) (el “Prospecto de Emisor Frecuente”). Toma la palabra el Sr. Presidente, quien expresa que, como es de conocimiento de todos los Sres. Directores: (i) con fecha 24 de agosto del 2020, este Directorio resolvió aprobar la emisión, bajo el Programa Global, de las obligaciones negociables “Clase XXVIII”, denominadas en Dólares Estadounidenses, por un valor nominal de US$13.163.580 (Dólares Estadounidenses trece millones ciento sesenta y tres mil quinientos ochenta) (las “Obligaciones Negociables Clase XXVIII”), y la emisión de las obligaciones negociables “Clase XXIX”, denominadas en Dólares Estadounidenses, por un valor nominal de US$12.836.420 (Dólares Estadounidenses doce millones ochocientos treinta y seis mil cuatrocientos veinte) (las “Obligaciones Negociables Clase XXIX”), cuyos términos y condiciones se describen en el suplemento de prospecto de fecha 24 de agosto del 2020 (el “Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Clase XXVIII y XXIX”); y (ii) con fecha 3 de agosto del 2021, este Directorio resolvió aprobar la emisión, bajo el Prospecto de Emisor Frecuente, de las obligaciones negociables “Clase XXXII”, denominadas en Dólares Estadounidenses, por un valor nominal de US$ 48.971.674 (Dólares Estadounidenses cuarenta y ocho millones novecientos setenta y un mil seiscientos setenta y cuatro) (las “Obligaciones Negociables Clase XXXII”), cuyos términos y condiciones
se describen en el suplemento de prospecto de fecha 3 de agosto de 2021 (el “Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Clase XXXII”; y junto con el Suplemento de Prospecto de las Obligaciones Negociables Clase XXVIII y XXIX, los “Suplementos de Prospectos”). Manifiesta también el Sr. Presidente que los fondos (netos de las comisiones de colocadores y gastos de emisión) provenientes de la colocación de las Obligaciones Negociables Clase XXVIII, las Obligaciones Negociables Clase XXIX, y las Obligaciones Negociables Clase XXXII se han afectado totalmente para la cancelación de pasivos de la Sociedad, conforme el plan de afectación de fondos que surge del destino de los fondos de los Suplementos de Prospectos. En virtud de ello, el Sr. Presidente mociona para que se apruebe el cumplimiento total de los referidos planes de afectación de fondos con carácter de declaración jurada, para su presentación ante la Comisión Nacional de Valores, según lo requerido por la normativa vigente de dicho organismo, autorizándose a cualesquiera de los Sres. Directores de la Sociedad, así como a los Sres. Bernardo S. Andrews y Juan I. Brennan, a la Sra. Sofía Gonzalez Bennasar, y a los Dres. Eduardo F. Segura, Juan M. Pueyrredón, Carlos A. Lovera y Matías J. Fraga para que, cualesquiera de ellos en forma individual e indistinta, suscriban la documentación que la CNV pudiera requerir con relación a los asuntos considerados en la presente. Luego de un breve intercambio de opiniones, el Directorio por unanimidad de votos RESUELVE: aprobar la moción en su totalidad. Acto seguido, se somete a consideración el quinto punto de la Agenda: 5. Subdelegación en uno o más miembros del Directorio y/o en ciertos funcionarios de la Sociedad, de las facultades vinculadas con las decisiones indicadas en la presente por un plazo de tres (3) meses, prorrogable, de conformidad con el artículo 1°, Capítulo II, Título II de las Normas de la CNV. Toma la palabra el Sr. Presidente y manifiesta que, resulta conveniente subdelegar en uno o más miembros del Directorio y/o en ciertos funcionarios de la Sociedad las facultades necesarias a los efectos de suscribir la documentación necesaria en relación con las decisiones adoptadas en los puntos precedentes, al igual que todos los trámites y gestiones ante los organismos que correspondan. En tal sentido, mociona para que se faculte a los Sres. Directores de la Sociedad y al Sr. Bernardo Sebastián Andrews (los “Subdelegados”), para que cualesquiera de ellos, en forma individual e indistinta: (i) realicen ante la CNV, la BCBA, el BYMA, el MAE, el BCRA y/o CVSA y/o cualquier otro mercado de valores autorizado por la CNV, de la Argentina y/o mercado del exterior, y/o cualquier organismo público y/o privado, todas las gestiones y presentaciones necesarias relativas a la emisión de las Obligaciones Negociables Clase XXXI, las modificaciones realizadas a las Obligaciones Negociables Clase XX, la acreditación de los cumplimientos de los planes de afectación de fondos, la cancelación de las Obligaciones Negociables Privadas y el cumplimiento de las obligaciones impuestas por la Resolución N°861 de la CNV; (ii) revisen, acepten, determinen, modifiquen, aprueben y suscriban el texto definitivo del Suplemento de Prospecto que refleje las modificaciones realizadas a las Obligaciones Negociables Clase XX, tanto en su versión completa como resumida (en caso de ser necesaria), para su posterior publicación de los medios de difusión dispuestos por la normativa aplicable al afecto; y (iii) publiquen en el Boletín Oficial de la República Argentina, en el Boletín Diario de la BCBA y en cualquier otro medio de publicación los avisos requeridos por las normas legales aplicables en relación con las Nuevas Obligaciones Negociables o las Obligaciones Negociables Existentes. Luego de un breve intercambio de opiniones, el Directorio por unanimidad de votos RESUELVE: aprobar la moción en su totalidad. A continuación, se somete a consideración el sexto y último punto de la Agenda: 6. Otorgamiento de autorizaciones. Toma la palabra el Sr. Presidente, y mociona para que se autorice a los Sres. Bernardo Sebastián Andrews, Carlos
Alberto Palazón, Juan Ignacio Brennan, Martín Broder, Eduardo Federico Segura, Ariel Montenegro, Juan Manuel Pueyrredón, Carlos Lovera, Matías Julián Fraga, Hugo Nicolás Bruzone, José María Bazán, Lucrecia Von Petery, Leandro Belusci, Sofía Gallo, Cristian Ragucci Lucila Dorado, Ramón Augusto Poliche, Josefina Reyes, Manuel Etchevehere, Valentin Alfredo Bonato, y Delfina Calderale, para que cualesquiera de ellos, en forma individual e indistinta, realicen con las más amplias facultades, lo siguiente: tomar vista de actuaciones, contestar requerimientos o vistas, y firmar publicar edictos y avisos, presentar escritos, retirar copias, firmar, suscribir e inicialar declaraciones juradas, dictámenes profesionales requeridos por la normativa vigentes, y toda la documentación que resulte necesaria, recibir notificaciones, y realizar los trámites, presentaciones y gestiones que estimen necesarios para obtener las registraciones y aprobaciones de lo resuelto precedentemente ante la CNV, el BYMA a través de la BCBA, el MAE y/u otras bolsas o mercados de valores bursátiles o extrabursátiles locales o extranjeros, siempre y cuando se encuentren autorizadas/os por la CNV, el Boletín Oficial de la República Argentina, el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, el Boletín Diario de la BCBA y ante cualquier otro organismo público o privado de la Argentina y/o del exterior. Asimismo, se ratifican todas las actuaciones que los autorizados hubiesen realizado en representación de la Sociedad en el marco de la Oferta de Canje y Solicitud de Consentimiento. Luego de un breve intercambio de opiniones, el Directorio por unanimidad de votos RESUELVE: aprobar la moción en su totalidad. No habiendo más asuntos que tratar, se cierra la sesión siendo las 11:30 horas, dejando constancia el Sr. Síndico participante de la regularidad de las decisiones adoptadas con la participación de los Directores mediante el sistema de videoconferencia, y procediéndose a la previa lectura y firma del acta de la presente sesión por el Sr. Director y el Sr. Síndico presentes.
FIRMADA POR LOS SEÑORES CÉSAR PABLO ROSSI, EN SU CALIDAD DE DIRECTOR, Y DIEGO SERRANO REDONNET, COMO MIEMBRO DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA. ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL QUE CONSTA EN LOS FOLIOS 78 A 82 DEL LIBRO DE ACTAS DE DIRECTORIO N° 7 DE GENNEIA S.A., RUBRICADO EL 14 DE FEBRERO DE 2020 ANTE LA DIRECCIÓN DE PERSONAS JURIDICAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.